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GENNEIA S.A. Capital/Financing Update 2018

Nov 7, 2018

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PROSPECTO RESUMIDO

GENNEIA S.A.

Programa global para la emisión de Obligaciones Negociables simples (no convertibles en acciones) a corto, mediano o largo plazo por un monto máximo de hasta US$800.000.000 (o su equivalente en otras monedas).

El presente prospecto resumido (el “Prospecto Resumido”) y el prospecto completo de fecha [•] de octubre de 2018 (el “Prospecto”) corresponde al programa global de Genneia S.A. (“Genneia”, la “Emisora”, la “Compañía” o la “Sociedad”) para la emisión y re-emisión de obligaciones negociables simples no convertibles en acciones a corto, mediano o largo plazo, con o sin garantías, subordinadas o no (el “Programa”, y las obligaciones negociables emitidas bajo el mismo, los “Títulos”, las “Obligaciones Negociables” o las “ONs”), por hasta un monto máximo en circulación en cualquier momento de hasta US$800.000.000 (Dólares Estadounidenses seiscientos millones) o su equivalente en otras monedas, determinado al momento de emitirse cada Clase y/o Serie. Este Prospecto Resumido deberá leerse conjuntamente con el Prospecto, los estados contables aplicables al presente y el correspondiente Suplemento de Precio (según se define más adelante).

El monto, denominación, moneda, precio de emisión, fechas de amortización y vencimiento e intereses, si los hubiera, y garantías, si las hubiera, junto con los demás términos y condiciones aplicables a cualquier Clase y/o Serie de Títulos, se detallarán en un suplemento de precio preparado en relación a dicha Clase y/o Serie de Títulos (cada uno, un “Suplemento de Precio”), el cual complementará los términos y condiciones de los Títulos descriptos en la sección “De la Oferta y Listado. Términos y Condiciones de los Títulos” de este Prospecto Resumido y del Prospecto.

La oferta pública de los Títulos emitidos bajo el Programa ha sido autorizada por las Resoluciones N°15.987 de la Comisión Nacional de Valores (la “CNV”) de fecha 25 de septiembre de 2008, N°17.245 de la CNV de fecha 12 de diciembre de 2013, que aprobara el primer aumento del monto del Programa y N°18.345 de fecha 10 de noviembre de 2016 que aprobara el segundo aumento del monto del monto del Programa hasta la suma de US$600.000.000 (Dólares Estadounidenses seiscientos millones). Las mencionadas autorizaciones sólo significan que se ha cumplido con los requisitos establecidos en materia de información. La CNV no ha emitido juicio sobre los datos contenidos en el Prospecto. La veracidad de la información contable, financiera y económica así como de toda otra información suministrada en el presente Prospecto Resumido y en el Prospecto es exclusiva responsabilidad del Directorio, y en lo que les atañe, de la Comisión Fiscalizadora y de los auditores en cuanto a sus respectivos informes sobre los estados financieros que se acompañan y demás responsables contemplados en los artículos 119 y 120 de la Ley N°26.831 de Mercado de Capitales, junto con sus modificatorias y complementarias (la “Ley de Mercado de Capitales”). El Directorio manifiesta, con carácter de declaración jurada, que el presente Prospecto Resumido contiene a la fecha de su publicación información veraz y suficiente sobre todo hecho relevante que pueda afectar la situación patrimonial, económica y financiera de la Sociedad y de toda aquella que deba ser de conocimiento del público inversor con relación a la presente emisión, conforme las normas vigentes. De acuerdo con lo establecido en el artículo 119 de la Ley de Mercado de Capitales, los emisores de valores, juntamente con los integrantes de los órganos de administración y fiscalización, estos últimos en materia de su competencia, y en su caso los oferentes de los valores con relación a la información vinculada a los mismos, y las personas que firmen el prospecto de una emisión de valores con oferta pública, serán responsables de toda la información incluida en los prospectos por ellos registrados ante la CNV. De acuerdo con lo establecido en el artículo 120 de la Ley de Mercado de Capitales, las entidades y agentes intermediarios en el mercado autorizado que participen como organizadores o colocadores en una oferta pública de venta o compra de valores deberán revisar diligentemente la información contenida en los prospectos de la oferta. Los expertos o terceros que opinen sobre ciertas partes del prospecto sólo serán responsables por la parte de esa información sobre la que emitieron opinión.

Las Obligaciones Negociables serán emitidas en los términos de, y en cumplimiento con, todos los requisitos impuestos por la Ley de Obligaciones Negociables Nº23.576 de la República Argentina (“Argentina”) (con sus modificatorias y complementarias, la “Ley de Obligaciones Negociables”), y las normas de la CNV, según texto ordenado mediante la Resolución General N°622/2013 N.T. 2013 (junto con sus modificatorias y complementarias, las “Normas de la CNV”). Asimismo, resultarán aplicables la Ley General de Sociedades Nº19.550 (junto con sus modificatorias y complementarias, la “Ley General de Sociedades”), la Ley de Mercado de Capitales, y demás normas vigentes (incluyendo, sin limitación, las Normas de la CNV).

Podremos solicitar la admisión de las obligaciones negociables de una o más clases o series al régimen de listado de la Bolsa de Valores de Luxemburgo para la negociación en el mercado Euro MTF, el mercado alternativo de la Bolsa de Valores de Luxemburgo, y para su listado y negociación en Bolsas y Mercados Argentinos S.A. (el “BYMA”), a través de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires (la “BCBA”) en virtud del ejercicio de la facultad delegada por el BYMA a la BCBA conforme lo dispuesto por la Resolución N°18.629 de la CNV, y en el Mercado Abierto Electrónico S.A. (el “MAE”), respectivamente. No podremos garantizar, no obstante, que estas solicitudes serán aceptadas. El Suplemento de Precio aplicable a una clase o serie de obligaciones negociables especificará si las obligaciones negociables de esa clase o serie listarán en la Bolsa de Valores de Luxemburgo para su negociación en el mercado Euro MTF, en el BYMA, en el MAE, o en cualquier otro mercado de valores.

La inversión en las obligaciones negociables implica riesgos significativos. Véase el capítulo “Información Clave sobre la Sociedad―Factores de Riesgo” en el presente Prospecto Resumido y en el Prospecto. El respectivo suplemento de precio de cualquier clase o serie de obligaciones negociables podrá detallar otros riesgos que deberán ser considerados al realizar la inversión.

El Programa no cuenta con calificación de riesgo. La Emisora podrá optar por calificar cada una de las Clases o Series de Obligaciones Negociables a emitirse bajo el Programa, conforme lo determine en cada oportunidad en el respectivo Suplemento de Precio. Las calificaciones de riesgo no constituirán -ni podrán ser consideradas como- una recomendación de adquisición de las Obligaciones Negociables por parte de la Emisora o por parte de cualquier agente colocador participante en una Clase y/o Serie bajo el Programa.

Originariamente el Programa tenía una duración de cinco años contados a partir de la fecha de la Resolución N°15.987 de la CNV de fecha 25 de septiembre de 2008 que autorizó la oferta pública del Programa, sin perjuicio de ello, mediante Resolución N°17.245 de la CNV de fecha 12 de diciembre de 2013 se dispuso prorrogar la vigencia del plazo del Programa por cinco años contados a partir de la fecha de dicha resolución y ampliar el monto del Programa hasta US$400.000.000 o su equivalente en otras monedas, adicionalmente mediante Resolución N°18.345 del 10 de noviembre de 2016, el Directorio de la CNV autorizó el aumento del monto del Programa por hasta el monto de US$600.000.000 o su equivalente en otras monedas. Con fecha 12 de julio de 2012, por Disposición N°1.716, la Gerencia de Emisoras de la CNV dispuso transferir la autorización de oferta pública otorgada a Emgasud S.A. a Genneia S.A., en virtud del cambio de denominación social resuelto por Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de Emgasud S.A. celebrada el 23 de marzo de 2012. Asimismo, mediante Disposición N° DI-2018-52-APN-GE#CNV de fecha 26 de octubre de 2018 de la Gerencia de Emisoras de la CNV, se dispuso prorrogar la vigencia del plazo del Programa por cinco años adicionales contados a partir de la fecha de vencimiento del plazo original y ampliar el monto del programa por hasta US$800.000.000 o su equivalente en otras monedas.

Los Títulos se emitirán con una amortización de entre un mínimo de siete días y un máximo de 30 años o aquellos otros plazos mínimos o máximos que resulten imperativos bajo las normas en vigencia al momento de la emisión de una Clase y/o Serie de Obligaciones Negociables.

El Directorio de la Sociedad manifiesta con carácter de declaración jurada, que la emisora, sus beneficiarios finales, y las personas físicas o jurídicas que poseen como mínimo el 20% de su capital o de los derechos a voto, o que por otros medios ejercen el control final, directo o indirecto sobre la misma, no registran condenas por delitos de lavado de activos y/o financiamiento del terrorismo y/o no figuran en las listas de terroristas y organizaciones terroristas emitidas por el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas.

Antes de tomar decisiones de inversión respecto de las Obligaciones Negociables, el público inversor deberá considerar la totalidad de la información contenida en este Prospecto Resumido, en el Prospecto y en los Suplementos de Precio correspondientes (incluyendo sin limitación lo expuesto bajo los capítulos “Resumen de los Términos y Condiciones de los Títulos”,Información Clave sobre la Sociedad―Factores de Riesgoe “Información sobre la Sociedad―Litigios”).

Podrán solicitarse copias del Prospecto, del Prospecto Resumido y estados contables de la Sociedad referidos en el Prospecto Resumido y en el Prospecto, así como también los Suplementos de Precio en la sede social de la Sociedad sita en Nicolás Repetto 3676, 3er. Piso, Olivos, Provincia de Buenos Aires, Argentina, en días hábiles en el horario de 10 a 18 hs., teléfono/fax +54 11 6090-3200. Asimismo, el Prospecto Resumido definitivo y el Prospecto definitivo estarán disponibles en el boletín diario de la BCBA (www.bolsar.com), la página web de la CNV (www.cnv.gob.ar) en el ítem “Información Financiera” de la AIF, en la página web de la Emisora (www.genneia.com.ar), en el boletín electrónico del MAE y en la página web de la Bolsa de Comercio de Luxemburgo (www.bourse.lu).

La fecha del Prospecto Resumido es 7de noviembre de 2018.

DOCUMENTOS A DISPOSICIÓN Y OTROS INCORPORADOS POR REFERENCIA

Para obtener información respecto al presente acápite, se recomienda a los potenciales inversores revisar cuidadosamente la Sección “Documentos a Disposición y otros incorporados por Referencia” en el Prospecto.

NOTIFICACIÓN A LOS INVERSORES

Antes de tomar decisiones de inversión respecto de las Obligaciones Negociables, el público inversor deberá considerar la totalidad de la información contenida en este Prospecto y en los Suplementos de Precio correspondientes (complementados, en su caso, por los avisos respectivos).

CONFORME CON LO ESTABLECIDO EN LOS ARTÍCULOS 119 Y 120 DE LA LEY DE MERCADO DE CAPITALES, LOS EMISORES DE VALORES NEGOCIABLES CON OFERTA PÚBLICA, JUNTO CON LOS INTEGRANTES DE LOS ÓRGANOS DE ADMINISTRACIÓN Y DE FISCALIZACIÓN (ESTOS ÚLTIMOS EN MATERIA DE SU COMPETENCIA), Y EN SU CASO LOS OFERENTES DE LOS VALORES NEGOCIABLES CON RELACIÓN A LA INFORMACIÓN VINCULADA A LOS MISMOS, Y LAS PERSONAS QUE FIRMEN EL PROSPECTO DE UNA EMISIÓN DE VALORES NEGOCIABLES CON OFERTA PÚBLICA, SERÁN RESPONSABLES DE TODA LA INFORMACIÓN INCLUIDA EN LOS PROSPECTOS POR ELLOS REGISTRADOS ANTE LA COMISIÓN NACIONAL DE VALORES. LAS ENTIDADES Y AGENTES INTERMEDIARIOS EN EL MERCADO QUE PARTICIPEN COMO ORGANIZADORES, O COLOCADORES EN UNA OFERTA PÚBLICA DE VENTA O COMPRA DE VALORES DEBERÁN REVISAR DILIGENTEMENTE LA INFORMACIÓN CONTENIDA EN LOS PROSPECTOS DE LA OFERTA. LOS EXPERTOS O TERCEROS QUE OPINEN SOBRE CIERTAS PARTES DEL PROSPECTO SÓLO SERÁN RESPONSABLES POR LA PARTE DE DICHA INFORMACIÓN SOBRE LA QUE HAN EMITIDO OPINIÓN.

LOS DIRECTORES Y SÍNDICOS DE LA EMISORA SON ILIMITADA Y SOLIDARIAMENTE RESPONSABLES POR LOS PERJUICIOS QUE LA VIOLACIÓN DE LAS DISPOSICIONES DE LA LEY DE OBLIGACIONES NEGOCIABLES PRODUZCA A LOS OBLIGACIONISTAS, ELLO ATENTO LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 34 DE LA LEY DE OBLIGACIONES NEGOCIABLES.

Al tomar decisiones de inversión respecto de las Obligaciones Negociables, el público inversor deberá basarse en su propio análisis de la Sociedad, en los términos y condiciones de las Obligaciones Negociables, y en los beneficios y riesgos involucrados. El contenido de este Prospecto y/o de los Suplementos de Precio correspondientes no debe ser interpretado como asesoramiento legal, comercial, financiero, impositivo, cambiario y/o de otro tipo. El público inversor deberá consultar con sus propios asesores respecto de los aspectos legales, comerciales, financieros, impositivos, cambiarios y/o de otro tipo relacionados con su inversión en las Obligaciones Negociables.

No se ha autorizado a ningún organizador, agente colocador y/o a cualquier otra persona a brindar información y/o efectuar declaraciones respecto de la Emisora y/o de las Obligaciones Negociables que no estén contenidas en el presente Prospecto Resumido, en el Prospecto y/o en los Suplementos de Precio correspondientes, y, si se brindara y/o efectuara dicha información y/o declaraciones, las mismas no podrán ser consideradas autorizadas y/o consentidas por la Emisora y/o los correspondientes organizadores o agentes colocadores.

En caso que la Sociedad se encontrara sujeta a procesos judiciales de quiebra, concursos preventivos, acuerdos preventivos extrajudiciales y/o similares, las normas vigentes que regulan las Obligaciones Negociables (incluyendo, sin limitación las disposiciones de la Ley de Obligaciones Negociables) y los términos y condiciones de las Obligaciones Negociables emitidas bajo cualquier Clase y/o Serie, estarán sujetos a las disposiciones previstas por la Ley de Concursos y Quiebras N°24.522 y sus modificatorias, y demás normas aplicables a procesos de reestructuración empresariales.

Ni este Prospecto ni los Suplementos de Precio correspondientes constituirán una oferta de venta y/o una invitación a formular ofertas de compra de las Obligaciones Negociables en aquellas jurisdicciones en que la realización de dicha oferta y/o invitación no fuera permitida por las normas vigentes. El público inversor deberá cumplir con todas las normas vigentes en cualquier jurisdicción en que comprara, ofreciera y/o vendiera las Obligaciones Negociables y/o en las que poseyera y/o distribuyera este Prospecto y/o los Suplementos de Precio correspondientes, y deberá obtener los consentimientos, las aprobaciones y/o los permisos para la compra, oferta y/o venta de las Obligaciones Negociables requeridos por las normas vigentes en cualquier jurisdicción a la que se encontraran sujetos y/o en la que realizarán dichas compras, ofertas y/o ventas. Ni la Emisora, ni los correspondientes organizadores o agentes colocadores tendrán responsabilidad alguna por incumplimientos a dichas normas vigentes.

Ni la entrega de este Prospecto y/o de los Suplementos de Precio correspondientes, ni la venta de Obligaciones Negociables en virtud de los mismos, significarán, en ninguna circunstancia, que la información contenida en este Prospecto es correcta en cualquier fecha posterior a la fecha de este Prospecto.

En relación con la emisión de las Obligaciones Negociables, el o los colocadores, si los hubiera, y/o cualquier otro intermediario que participe en la colocación de las mismas por cuenta propia o por cuenta de la Sociedad, podrán, de acuerdo a lo que se reglamente en el Suplemento de Precio correspondiente, sobre adjudicar o efectuar operaciones que estabilicen o mantengan el precio de mercado de las Obligaciones Negociables ofrecidas a un nivel por encima del que prevalecería de otro modo en el mercado. Tales operaciones podrán efectuarse en los mercados autorizados por la CNV o de otro modo de acuerdo a las normas aplicables vigentes. Dicha estabilización, en caso de iniciarse, podrá ser suspendida en cualquier momento y se desarrollará dentro del plazo y en las condiciones que sean descriptas en el Suplemento de Precio correspondiente a cada Clase y/o Serie, todo ello de conformidad con las normas aplicables vigentes.

EN RELACIÓN CON LA EMISIÓN DE LAS OBLIGACIONES NEGOCIABLES LOS COLOCADORES LOCALES QUE PARTICIPEN EN SU COLOCACIÓN Y DISTRIBUCIÓN POR CUENTA PROPIA O POR CUENTA DE LA EMISORA O TITULAR DE LAS OBLIGACIONES NEGOCIABLES PODRÁN, REALIZAR OPERACIONES DESTINADAS A ESTABILIZAR EL PRECIO DE MERCADO DE AQUELLAS OBLIGACIONES NEGOCIABLES CONFORME CON EL ARTÍCULO 12 DE LA SECCIÓN IV DEL CAPÍTULO IV DEL TÍTULO VI DE LAS NORMAS DE CNV. Y DEMÁS NORMAS VIGENTES (LAS CUALES PODRÁN SER SUSPENDIDAS Y/O INTERRUMPIDAS EN CUALQUIER MOMENTO). TALES OPERACIONES DEBERÁN AJUSTARSE A LAS SIGUIENTES CONDICIONES: (I) NO PODRÁN EXTENDERSE MÁS ALLÁ DE LOS PRIMEROS 30 DÍAS CORRIDOS DESDE EL PRIMER DÍA EN EL CUAL SE HAYA INICIADO LA NEGOCIACIÓN DE LAS CORRESPONDIENTES OBLIGACIONES NEGOCIABLES EN EL MERCADO; (II) PODRÁN SER REALIZADAS POR LOS AGENTES COLOCADORES LOCALES QUE HAYAN PARTICIPADO EN LA COLOCACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE LAS OBLIGACIONES NEGOCIABLES; (III) PODRÁN REALIZARSE OPERACIONES DE ESTABILIZACIÓN DESTINADAS A EVITAR O MODERAR LAS BAJAS EN EL PRECIO AL CUAL SE NEGOCIEN LAS OBLIGACIONES NEGOCIABLES COMPRENDIDAS EN LA OFERTA PÚBLICA INICIAL EN CUESTIÓN POR MEDIO DEL SISTEMA DE FORMACIÓN DE LIBRO O POR SUBASTA O LICITACIÓN PÚBLICA; (IV) NINGUNA OPERACIÓN DE ESTABILIZACIÓN QUE SE REALICE EN EL PERÍODO AUTORIZADO PODRÁ EFECTUARSE A PRECIOS SUPERIORES A AQUELLOS A LOS QUE SE HAYA NEGOCIADO LAS OBLIGACIONES NEGOCIABLES EN CUESTIÓN EN LOS MERCADOS AUTORIZADOS, EN OPERACIONES ENTRE PARTES NO VINCULADAS CON LA DISTRIBUCIÓN Y COLOCACIÓN; Y (V) LOS AGENTES QUE REALICEN OPERACIONES EN LOS TÉRMINOS ANTES INDICADOS, DEBERÁN INFORMAR A LOS MERCADOS LA INDIVIDUALIZACIÓN DE LAS MISMAS. LOS MERCADOS DEBERÁN HACER PÚBLICAS LAS OPERACIONES DE ESTABILIZACIÓN, YA FUERE EN CADA OPERACIÓN INDIVIDUAL O AL CIERRE DIARIO DE LAS OPERACIONES.

En cada Suplemento de Precio, el o los colocadores deberán indicar si llevarán a cabo operaciones de estabilización.

INFORMACIÓN RELEVANTE

Para obtener información respecto al presente acápite, se recomienda a los potenciales inversores revisar cuidadosamente la Sección “Información Relevante” en el Prospecto.

DECLARACIONES SOBRE HECHOS FUTUROS

Para obtener información respecto al presente acápite, se recomienda a los potenciales inversores revisar cuidadosamente la Sección “Declaraciones Sobre Hechos Futuros” en el Prospecto.

TÉRMINOS TÉCNICOS Y REGULATORIOS

Para obtener información respecto al presente acápite, se recomienda a los potenciales inversores revisar cuidadosamente la Sección “Términos Técnicos y Regulatorios” en el Prospecto.

RESUMEN

El siguiente resumen destaca cierta información importante de este prospecto. Sin embargo, no contiene toda la información que puede ser importante para los inversores a efectos de adoptar la decisión de invertir en las Obligaciones Negociables. La Sociedad insta a los inversores a leer y examinar cuidadosamente este Prospecto en su totalidad, y en particular las secciones tituladas “Factores de Riesgo” y “Reseña y Perspectiva Operativa y Financiera” y los Estados financieros incluidos en el presente, para una comprensión más cabal de los negocios de la Sociedad.

Introducción

La Sociedad es la compañía líder en energías renovables en Argentina que se dedica principalmente a la generación de energía eléctrica obtenida a partir de fuentes renovables (generación de energía eólica, solar y de biomasa) y de fuentes convencionales (generación de energía térmica). A la fecha del presente Prospecto, la Sociedad tiene una capacidad instalada total de 803 MW (160 MW de energía eólica y 643 MW de energía térmica), proyectos con PPAs adjudicados por 686 MW (585 MW de energía eólica, 82MW de energía solar y 19 MW de biomasa) y proyectos en desarrollo cuya producción será comercializada en el Mercado a Término por 44 MW.

La Sociedad ha sido pionera y actualmente es la empresa de generación de energía eólica líder de la Argentina en términos de capacidad instalada, a la fecha de este prospecto. Argentina posee una de las condiciones más favorables en el mundo, de acuerdo con Windnavigator de UL y Solargis iMaps, con factores de carga de aproximadamente 50% y factores de carga de energía solar por encima de un 30%. La Sociedad, al haber sido uno de los primeros participantes en el mercado se aseguró el acceso a ubicaciones de primer nivel, con fuertes recursos eólicos y con acceso al tendido eléctrico. La Sociedad posee y opera activos de generación de energía eólica de alta calidad utilizando equipamiento y tecnología de punta. Nuestra cartera de parques eólicos incluye los parques eólicos Rawson I y Rawson II (“Rawson I y II”) y su expansión, Rawson III (“Rawson III”), todos ellos ubicados en la Provincia del Chubut, en la región patagónica, con una capacidad instalada de 84 MW y 25 MW, respectivamente, a la fecha de este Prospecto. El 29 de noviembre de 2017, y como parte de un plan estratégico de la Sociedad para consolidar un hub eólico de más de 500 MW en la Provincia del Chubut, la Sociedad amplió su cartera eólica en la Provincia del Chubut mediante la adquisición a Sideli S.A. (quien a su vez había adquirido este activo en 2016 de Isolux Corsan) el 100 % de las acciones de Loma Blanca, que es propietaria y operadora del parque eólico Trelew, con una capacidad instalada de 51 MW. El 16 de abril de 2018, la CNDC autorizó dicha adquisición accionaria. Actualmente el parque eólico opera bajo la denominación comercial de “Parque Eólico Trelew”. En abril de 2018, la Sociedad adquirió los Proyectos Solares Ullum 1, 2 y 3, los cuales cuentan con PPAs ya adjudicados para una capacidad de generación comprometida e instalada de 82 MW.

Los activos de la Sociedad

A continuación se detalla información relativa a los proyectos operativos y en construcción, sobre los cuales la Sociedad ya posee PPAs adjudicados a la fecha del presente

Proyecto Tipo de Energía Estado FOC MW Tarifas (1) Comprador
Matheu Térmica Operativa noviembre 2008 42,00 21,275 CAMMESA
Paraná Térmica Operativa junio 2009 42,00 21,275 CAMMESA
CDU Térmica Operativa octubre 2009 42,00 21,275 CAMMESA
Olavarría Térmica Operativa septiembre 2009 42,00 21,275 CAMMESA
Las Armas Térmica Operativa junio 2010 35,00 21,275 CAMMESA
Bragado I Térmica Operativa junio 2011 50,00 21,275 CAMMESA
Bragado II Térmica Operativa febrero 2017 59,00 25,000 CAMMESA
Bragado III Térmica Operativa mayo 2017 59,00 19,000 CAMMESA
Costa Térmica Operativa septiembre 2009 3,50 22.942 Prov. Chubut
Río Mayo Térmica Operativa junio 2008 3,50 22,942 Prov. Chubut
Rawson I Eólica Operativa enero 2012 52,50 128,700 CAMMESA
Rawson II Eólica Operativa enero 2012 31,15 124,200 CAMMESA
Rawson III Eólica Operativa diciembre 2017 25,05 77,000 PPAs Privado
Trelew Eólica Operativa agosto 2013 51,00 127,000 CAMMESA
Madryn I Eólica En construcción noviembre 2018 71,10 76,2 CAMMESA
Madryn II Eólica En construcción noviembre 2019 151,20 76,2 CAMMESA
Villalonga Eólica En construcción mayo 2019 51,75 54,9 CAMMESA
Chubut Norte I Eólica En construcción abril 2019 28,30 66,0 CAMMESA
Chubut Norte III Eólica En construcción abril 2020 58,80 38,9 CAMMESA
Chubut Norte IV Eólica En construcción abril 2020 84,00 38,9 CAMMESA
Pomona I Eólica En construcción septiembre 2019 101,40 54.9 CAMMESA
Necochea Eólica En construcción diciembre 2019 37,95 55.5 CAMMESA
La Florida Biomasa En construcción febrero 2021 19,00 106.7 CAMMESA
Ullum I Solar En construcción noviembre 2018 25,00 53.7 CAMMESA
Ullum II Solar En construcción noviembre 2018 25,00 55.2 CAMMESA
Ullum III Solar En construcción diciembre 2018 32,00 57.6 CAMMESA

Nota: Listado de FOC comprometidos para proyectos PPA con CAMMESA

  1. Tarifa (i) mensual por capacidad instalada para energía térmica y (ii) por MW para energía renovable expresada en dólares estadounidenses.

En un esfuerzo por consolidar su posición de líder del sector de energías renovables, la Sociedad ha competido exitosamente en las licitaciones de la Ronda 1, la Ronda 1.5 (2016) y la Ronda 2 (2017) del Programa RenovAr impulsado por el gobierno argentino. Asimismo, está en proceso de construcción de: (i) ocho parques eólicos con PPAs adjudicados y con una capacidad instalada combinada programada de 585 MW, incluido su proyecto insignia, el parque eólico Madryn, con una capacidad instalada programada de 222 MW, cuya primera fase se espera que esté habilitada para su operación comercial en noviembre de 2018 y su segunda fase en noviembre de 2019, los proyectos de parques eólicos Chubut Norte I, Chubut Norte III y Chubut Norte IV que añadirán 171 MW de capacidad instalada, y nuestros proyectos de parques eólicos Villalonga, Pomona y Necochea, que añadirán 195 MW; (ii) una planta de biomasa con una capacidad instalada comprometida de 19 MW y (iii) tres plantas de generación de energía solar con una capacidad instalada comprometida de 82 MW.

Adicionalmente a su posición como líder en el mercado de renovables en la Argentina, la Sociedad se encuentra en una posición única para aprovechar la continua necesidad de generación energética de energía térmica eficiente para compensar la intermitencia de una base creciente de generación energética de bases renovables y para cubrir los picos de demanda durante las temporadas de invierno y verano, tal como se muestra por el incremento de los pagos que recibe bajo el esquema de remuneración de energía base en esas temporadas.

La Sociedad tiene una experiencia significativa en el desarrollo y operación de plantas de generación de energía térmica, la que le otorga la flexibilidad de continuar aprovechando las oportunidades del sector. La Sociedad opera diez centrales de generación de energía térmica con un factor de disponibilidad promedio al 31 de diciembre de 2017 de 98,4%. Las centrales térmicas de la Sociedad son alimentadas con gas natural y combustible diésel, las cuales están ubicadas en las provincias de Buenos Aires, Tucumán y Entre Ríos, con una capacidad instalada combinada de 636 MW. La Sociedad es concesionaria de dos plantas termoeléctricas aisladas ubicadas en la Provincia del Chubut que no están conectadas al SADI, con una capacidad combinada de 7 MW. En 2017, la Sociedad añadió 363 MW de capacidad instalada de generación de energía térmica. En agosto de 2017, notificamos a la Provincia de Chubut la terminación de los PPA, efectiva desde principios de agosto de 2018 o la fecha en que la Provincia de Chubut reciba las plantas. Ver “Información sobre la Sociedad—Generación de Energía— Contratos de Compra de Energía Eléctrica para las Centrales Eléctricas Aisladas de la Sociedad”. La Sociedad celebró sendos PPA con CAMMESA para la ampliación de sus plantas de energía Bragado II y Bragado III, con el objeto de agregar 118 MW de capacidad instalada, que comenzaron su operación comercial en febrero de 2017 y en mayo de 2017, respectivamente, ésta última un mes antes de su fecha de habilitación comercial programada. El 11 de agosto de 2017, la Sociedad incorporó a su cartera la más grande de sus plantas de generación de energía térmica, la Planta Cruz Alta, situada en la Provincia de Tucumán, con una capacidad instalada de 245 MW, mediante la adquisición de GETSA por parte de GEDSA, nuestra subsidiaria controlada en un 100%.

En base a lo anterior, la Sociedad espera que, con la finalización de los proyectos a la fecha de este Prospecto, la composición de la cartera de la Sociedad para el año 2021 (y sin perjuicio de la facultad de la Sociedad de desprenderse de sus activos térmicos luego del vencimiento de los respectivos PPAs) sea la siguiente:

El mapa debajo, muestra la ubicación geográfica de nuestros proyectos operativos y de expansión a la fecha de este Prospecto.

Las ventas netas de la Sociedad para el ejercicio económico finalizado al 31 de diciembre de 2017, totalizaron US$156,8 millones, la utilidad bruta fue de US$86,1 millones, la ganancia neta ascendía a US$34,0 millones y el EBITDA Ajustado fue de US$119,9 millones. El margen de ganancia bruta y el EBITDA Ajustado fue del 54,9% y 76,5%, respectivamente. Durante el ejercicio económico finalizado el 31 de diciembre de 2016, las ventas netas, la utilidad bruta, la ganancia neta y el EBITDA Ajustado de la Sociedad ascendieron a US$117,2 millones, US$59,6 millones, US$14,9 millones y US$88,8 millones, respectivamente, con un margen de ganancia bruta y un EBITDA Ajustado del 50,8% y 75,8%, respectivamente.

Las ventas netas de la Sociedad para el período económico finalizado al 30 de junio de 2018, totalizaron US$98 millones, la utilidad bruta de US$55,1 millones, la pérdida neta ascendía a US$15,2 millones y el EBITDA Ajustado fue de US$75,9 millones. El margen de ganancia bruta y el EBITDA Ajustado fue del 56,2% y 77,4%, respectivamente. Durante el período económico finalizado el 30 de junio de 2017, las ventas netas, la utilidad bruta, la ganancia neta y el EBITDA Ajustado de la Sociedad ascendieron a US$68,6 millones, US$37,7 millones, US$0,5 millones y US$54,7 millones, respectivamente, con un margen de ganancia bruta y un EBITDA Ajustado del 54,9% y 79,7%, respectivamente.

Las ventas netas de la Sociedad para el ejercicio económico finalizado al 31 de diciembre de 2017, totalizaron Ps.2.646.419 miles, la utilidad bruta de Ps.1.453.809 miles, la ganancia neta ascendía a Ps.640.993 miles y el EBITDA Ajustado fue de Ps.2.021.865 miles. El margen de ganancia bruta y el EBITDA Ajustado fue del 54,9% y 76,4%, respectivamente. Durante el ejercicio económico finalizado el 31 de diciembre de 2016, las ventas netas, la utilidad bruta, la ganancia neta y el EBITDA Ajustado de la Sociedad ascendieron a Ps.1.751.932 miles, Ps.886.589 miles, Ps.212.679 miles y Ps.1.319.323 miles, respectivamente, con un margen de ganancia bruta y un EBITDA Ajustado del 50,6% y 75,3%, respectivamente.

Las ventas netas de la Sociedad para el período económico finalizado al 30 de junio de 2018, totalizaron Ps.2.206.439 miles, la utilidad bruta de Ps.1.237.542 miles, la pérdida neta ascendía a Ps.318.883 miles y el EBITDA Ajustado fue de Ps.1.689.779 miles. El margen de ganancia bruta y el EBITDA Ajustado fue del 56,1% y 76,6%, respectivamente. Durante el período económico finalizado el 30 de junio de 2017, las ventas netas, la utilidad bruta, la ganancia neta y el EBITDA Ajustado de la Sociedad ascendieron a Ps.1.087.553 miles, Ps.599.329 miles, Ps.42.690 miles y Ps.867.244 miles, respectivamente, con un margen de ganancia bruta y un EBITDA Ajustado del 55,1% y 79,7%, respectivamente.

Sustancialmente todos los ingresos provenientes de la generación de energía de la Sociedad derivan de la venta de capacidad en firme de las centrales térmicas y de la electricidad efectivamente generada y entregada por las centrales térmicas y parques eólicos de la Sociedad a través de sus PPA firmados con CAMMESA y IEASA, con excepción de los ingresos de la central Cruz Alta y la central Pinamar que derivan del Esquema de remuneración de energía base establecido en la Resolución 19/2017. Además, en septiembre de 2016, la Sociedad celebró un PPA privado con Loma Negra C.I.A.S.A. (“Loma Negra”), el cual fue el primer PPA celebrado con un usuario privado en Argentina. En abril de 2018, celebró un PPA con Oroplata S.A., el segundo PPA con un usuario privado. En junio de 2018, la sociedad celebró dos nuevos PPAs con usuarios privados, uno con Banco Macro S.A. para el parque eólico Rawson III y el otro con Meranol S.A.C.I. para cualquiera de sus parques eólicos no afectados a otros PPAs. La mayoría de los PPA firmados por la Sociedad para centrales térmicas son acuerdos a largo plazo denominados en dólares estadounidenses y disponen pagos por capacidad en firme, que le proporcionan a la Sociedad flujos estables y predecibles. A la fecha de este Prospecto, la vida promedio remanente estimada de nuestros PPA es de 13,7 años (17,9 años para nuestros PPA de energía eólica, 3,84 años para los PPAs de energía térmica, 20 años para energía solar y 20 años para biomasa). Para mayor información acerca del cálculo de plazos de los PPA de la Sociedad, véase “Información sobre la Sociedad—Generación de Energía—Contratos de Compra de Energía Eléctrica o PPA.” El Esquema de remuneración de energía base aplicable a las plantas de Cruz Alta y Pinamar, también tiene tarifas en dólares estadounidenses para el pago de la capacidad. Aunque los PPA para los parques eólicos, solares y centrales de biomasa no prevén tarifas por capacidad en firme –como es habitual en el sector de la energía eólica– los mismos están denominados en dólares estadounidenses y tienen el beneficio de la prioridad de despacho que les otorga la resolución del gobierno para la energía no almacenable generada a partir de fuentes renovables.

La Sociedad posee una base de activos diversificada con una amplia cartera de proyectos. La Sociedad ha desarrollado una importante cartera de nuevos proyectos de energía, con un equipo con experiencia en todo el ciclo de generación de energía eléctrica, desde la prospección y el desarrollo de proyectos hasta la construcción y la operación de plantas de energía tanto renovable como convencional. Con la finalización de los proyectos actualmente en desarrollo, la Sociedad espera contar para junio de 2020 con una capacidad instalada total de 1.513 MW, de los cuales 870 MW provendrán de fuentes renovables y 643 MW de fuentes térmicas. A su vez, para enero del 2021, una vez finalizada nuestra planta de biomasa, la Sociedad contará con 1.523 MW, de los cuales 889 MW serán de fuentes renovables y 643 MW de fuentes térmicas (sin perjuicio de la facultad de la Sociedad de desprenderse de sus activos térmicos luego del vencimiento de los respectivos PPAs).

La Sociedad continúa evaluando proyectos de energía que le permitan alcanzar un crecimiento sostenido y tiene previsto capitalizar su experiencia para seguir ampliando su cartera de proyectos de generación de energía. Después de más de una década de inversiones limitadas, el sector eléctrico de Argentina está atravesando un proceso de grandes reformas, que incluyen la ampliación y modernización de la capacidad de generación del país. Las mejoras tienen el objetivo de ampliar el estrecho margen que hoy existe entre la oferta y la demanda de energía en horas pico y alcanzar un 20% de la demanda de consumo total de energía del país a ser suplida por fuentes renovables en 2025, lo que debería impulsar una expansión más profunda del sector de generación de energías renovables. Adicionalmente, el gobierno argentino ha implementado un programa que brinda importantes incentivos para lograr la transición de gran parte de la capacidad energética del país hacia fuentes renovables. La Sociedad se encuentra bien posicionada para aprovechar estas tendencias positivas del sector y tiene previsto seguir participando en los procesos licitatorios para fuentes de energía renovable y térmica. La Sociedad tiene previsto acompañar su expansión con flujos de efectivo predecibles; mediante inversiones en nuevos proyectos (inclusive en la cartera de proyectos que le fueron adjudicados), asegurando PPA atractivos a largo plazo para las nuevas instalaciones y, oportunamente, tener en cuenta la adquisición de proyectos desarrollados (total o parcialmente) por terceros, si las condiciones son atractivas para la Sociedad y el perfil del proyecto se ajusta a su estrategia de crecimiento a largo plazo.

Las plantas de generación de energía eléctrica de la Sociedad son modernas, confiables y eficientes para el sector eléctrico argentino. La operación comercial de los parques eólicos Rawson I y II comenzó en enero de 2012; el parque eólico Trelew, adquirido en noviembre de 2017, había comenzado a operar en agosto de 2013; la expansión del parque eólico Rawson III inició su operación comercial en diciembre de 2017, y las plantas térmicas comenzaron su operación comercial entre febrero de 2008 y mayo de 2017, con excepción de la central térmica de Cruz Alta, la cual comenzó a operar en 2002 y 2003. Desde el inicio de su operación comercial, los parques eólicos Rawson I y II han generado electricidad sin mayores interrupciones y registraron un factor de carga promedio de 42,5% al 30 de junio de 2018. Adicionalmente, la Sociedad ha alcanzado una sólida trayectoria en el mantenimiento de la disponibilidad de sus plantas (incluyendo la disponibilidad del Parque Eólico Trelew adquirido con fecha 29 de noviembre de 2017), registrando en sus parques eólicos un factor de disponibilidad promedio de 93,0% y en sus centrales termoeléctricas un promedio ponderado en su factor de disponibilidad de 95,6% durante el periodo de seis meses finalizado el 30 de junio de 2018 (incluyendo la disponibilidad de Cruz Alta desde el 11 de agosto de 2017).

La Sociedad también se dedica a la compraventa de gas natural a través del MEG, con empresas de generación de energía y grandes usuarios de gas natural para usos industriales, entre otros y a la comercialización de capacidad de transporte de gas natural asignada a la Sociedad en 2006 para la expansión del Gasoducto San Martín (5,8 mmcfd con derecho a comercializar dicha capacidad hasta el año 2042). La Sociedad también comercializa esa capacidad en virtud de contratos de compra en firme a largo plazo denominados en dólares estadounidenses con diversos clientes industriales.

La Oportunidad de Mercado de Argentina

Argentina se encuentra en un proceso de importantes cambios políticos. En este marco, el gobierno actual, que entró en funciones el 10 de diciembre de 2015, se encuentra desarrollando una serie de medidas destinadas a mejorar las condiciones macroeconómicas y fomentar nuevas inversiones locales y extranjeras.

La Sociedad considera que los sectores energético y eléctrico de la Argentina deben crecer para satisfacer la demanda insatisfecha en momentos pico, y se necesitan importantes inversiones para abordar este desafío. Durante los últimos 15 años, el mercado eléctrico de la Argentina ha demostrado tener una demanda creciente de energía eléctrica, acompañada de una falta de inversión, sumando una capacidad de generación antigua e ineficiente y altos costos operativos, que han creado un margen muy estrecho entre la oferta y la demanda en situaciones de picos de demanda.

El aumento del margen entre demanda y la oferta de electricidad en Argentina es un objetivo clave para el gobierno actual. En esta línea, el gobierno argentino también ha convocado a distintas licitaciones para la instalación de nueva capacidad de energía eléctrica en Argentina. La SEN licitó bajo la Resolución N° 21/2016 la instalación de nuevas unidades térmicas con inicio de operaciones previsto entre el verano de 2016-2017 y el verano de 2017-2018, ofreciendo a los generadores PPAs de largo plazo con CAMMESA, fijados en dólares estadounidenses. En mayo de 2017, la SEN realizó un llamado a licitación bajo la Resolución N° 287/2017 para la instalación de nuevas centrales térmicas de ciclo combinado y unidades de generación para satisfacer la demanda en el MEM. A la fecha de este prospecto, el gobierno ha recibido ofertas para 6,6 GW de nueva capacidad de generación térmica, varias veces mayor a la capacidad originalmente prevista por el gobierno, y ha adjudicado aproximadamente 4,8 GW de nueva capacidad de generación térmica instalada antes de mediados de 2018.

En octubre de 2015, el Congreso Argentino modificó el Programa de Energías Renovables, estableciendo como meta aumentar la contribución de energías renovables a la demanda local total al 8% en 2017 y 20% en 2025, y asimismo ordenó a ciertos consumidores industriales y comerciales cubrir parte de sus crecientes consumos con fuentes de energía renovables y otorgó beneficios impositivos y de otros tipos a nuevos proyectos de energía renovable. En julio y octubre de 2016 y agosto de 2017, el Ministerio de Energía ordenó a CAMMESA convocar a licitaciones para la instalación de generación adicional de energías renovables bajo el Programa de Energías Renovables. Tras la Ronda 1, la Ronda 1.5 y la Ronda 2 del Programa RenovAr, el gobierno ha recibido ofertas por 17.31 GW de nueva capacidad de generación de energías renovables, superior a la capacidad originalmente prevista por el gobierno, y a la fecha del presente Prospecto, ha adjudicado aproximadamente 4,5 GW de nueva capacidad de energías renovables en virtud de la Ronda 1, la Ronda 1.5 y la Ronda 2, principalmente a proyectos de energía eólica y solar, a ser instalados entre uno y dos años en el caso de proyectos de parques eólicos.

Principales fortalezas de la Sociedad

Pionero y líder en el sector de generación de energía eólica en la Argentina.

Genneia es pionero y líder en el sector de generación de energía eléctrica eólica de Argentina, operando a la fecha del Prospecto, aproximadamente el 70% de la capacidad eólica instalada en el país a la fecha del Prospecto. Argentina posee una de las condiciones más favorables en el mundo para la generación de energía eólica renovable, con factores de carga de aproximadamente 50% y factores de carga de energía solar por encima de un 30%. La Sociedad al haber sido una de los pioneros participantes en el mercado, se aseguró el acceso a ubicaciones de primer nivel, con recursos eólicos únicos y acceso al tendido eléctrico. En septiembre de 2016, la Sociedad celebró un PPA con Loma Negra, el primer PPA celebrado con un usuario privado en Argentina. En abril de 2018, celebramos un PPA con Oroplata, nuestro segundo PPA con un usuario privado. En junio de 2018, la sociedad celebró dos nuevos PPAs con usuarios privados, uno con Banco Macro para el parque eólico Rawson III y el otro con Meranol S.A.C.I. para cualquiera de sus parques eólicos no afectados a otros PPAs.

La Sociedad es dueña y opera una diversificada cartera, enfocada en activos selectos de alta calidad, construidos utilizando tecnología y equipos de última generación. En 2017, la Sociedad incrementó su cartera de activos operativos con la finalización de los proyectos de ampliación Bragado II y III y Rawson III, y con la adquisición de la Planta Cruz Alta y Loma Blanca IV, los cuales otorgaron un flujo de efectivo inmediato. En abril de 2018, aumentamos nuestra cartera con la adquisición de nuestras plantas solares Ullum, ubicadas en la Provincia de San Juan. Además de sus activos operativos, la Sociedad también tiene una importante cartera de nuevos proyectos de generación, con especial hincapié en energía proveniente de fuentes renovables desarrollada a través de adjudicaciones bajo las licitaciones públicas Ronda 1 y 1,5 (en 2016) y Ronda 2 (en 2017) del Programa RenovAr.

Posicionamiento para aprovechar una generación térmica eficiente

Además de la posición como actor líder en energías renovables en Argentina, la Sociedad se encuentra en una posición única para aprovechar la necesidad continua de generación eficiente de energía térmica para compensar la intermitencia de una base creciente de energías renovables y para cubrir picos de demanda en el invierno y verano, tal como se muestra por el incremento en los pagos bajo el esquema de remuneración de energía base. También posee experiencia significativa en la generación de energía térmica, lo que le otorga la flexibilidad para continuar aprovechando oportunidades en el sector. La Sociedad posee y opera 643 MW de activos de generación de energía térmica de alta eficiencia con un factor de disponibilidad promedio del 98,4% al 31 de diciembre de 2017. Las centrales de generación de energía térmica de la Sociedad están estratégicamente ubicadas y altamente valuadas dado el incremento en la demanda de energía eléctrica sumado a una falta de inversión en la capacidad de generación energética de Argentina por más de una década. La Sociedad ha añadido 363 MW de capacidad instalada de energía térmica en 2017 a través de la expansión de nuestras centrales de energía Bragado II y Bragado III y a través de la adición de la central Cruz Alta el 11 de agosto de 2017 mediante la adquisición de GETSA por parte de GEDSA, su subsidiaria totalmente controlada.

Contratos de Compra de Energía Eléctrica o PPA a largo plazo que generan un flujo estable y previsible, denominado en dólares estadounidenses.

La Sociedad deriva principalmente todos sus ingresos de PPA a largo plazo, denominados en dólares estadounidenses, que le proporcionan un flujo estable y previsible de efectivo. Los ingresos de las centrales El Bracho y Pinamar, derivan del esquema de remuneración de energía base, el cual compensa a los generadores por la capacidad en firme y, en menor medida y desde febrero de 2017 establece una tarifa en dólares estadounidenses. A la fecha del presente Prospecto, la vida contractual remanente promedio de nuestros PPA es de 13,7 años (17,9 años para nuestros PPA de energía eólica, 3, 8 años para los PPAs de energía térmica, 20 años para los de energía solar y 20 años para el de biomasa). Para mayor información sobre el cálculo del plazo de los PPA de la Sociedad, véase “Información sobre la Emisora—Generación de Energía—Contratos de Compraventa de Energía”. En todos los PPA celebrados por la Sociedad, a excepción de dos de ellos, las contrapartes son entidades respaldadas por el estado con perfiles crediticios mejorados desde la asunción del actual gobierno en 2015. Los PPA de la Sociedad relativos a las plantas de generación de energía térmica no dependen del despacho de energía, sino que prevén pagos por capacidad en firme en base a la disponibilidad de las plantas y a la electricidad efectivamente entregada. Si bien los PPA de la Sociedad relativos a los parques eólicos y centrales fotovoltaicas no establecen tarifas por capacidad en firme, como es habitual en los sectores de energía eólica y solar, se benefician de la prioridad de despacho en la red eléctrica (SADI) en virtud de la resolución de la SEN. Los parques eólicos de la Sociedad también gozan de prioridad en la curva de despacho y factores de carga elevados, que garantizan el pago por generación en virtud de los PPA. La cartera singular de activos de energía renovable y térmica de la Sociedad le permite ofrecer ambos productos a sus clientes, lo cual resulta en ventajas comerciales para la Sociedad en comparación con otras partes que participan únicamente en la generación de energía a partir de fuentes renovables.

Momento atractivo para el sector de la energía eléctrica en Argentina.

La falta de inversión en el sector de generación de energía eléctrica creó la necesidad de generar nueva capacidad de generación en la Argentina. Durante los últimos 15 años, la demanda en la Argentina ha aumentado sustancialmente y coincide con una sustancial falta de inversión, lo que resulta en un margen de recursos ajustado. La creciente presión sobre la demanda a medida que la economía argentina continúe creciendo demuestra que es necesario invertir en generación para mantener la viabilidad del sistema. Aumentar el margen entre la demanda y la oferta de energía en Argentina constituye una meta clave del actual gobierno, y la Sociedad se encuentra idealmente posicionada para aprovechar el crecimiento necesario para concretar este incremento.

La gerencia de primera línea de la Sociedad posee una trayectoria sólida en todas las etapas de generación. La gerencia de primera línea de la Sociedad cuenta con vasta experiencia en la industria y el sector financiero, incluyendo una experiencia significativa en el sector energético en la Argentina. La experiencia de la gerencia de primera línea de la Sociedad abarca:

  • proyecciones, desarrollo, licitaciones, construcción y operación de activos energéticos;
  • operar plantas existentes de manera eficiente;
  • completar los proyectos a tiempo y conforme a lo presupuestado;
  • identificar, evaluar y desarrollar oportunidades de crecimiento de alta calidad e integrar nuevos negocios adquiridos o desarrollados; y
  • adherir a las más elevadas normas ambientales, sociales y de compliance.

Sólida capitalización y acceso al mercado de capitales. Los accionistas de la Sociedad han empleado su capacidad financiera para comprometer un monto de capital significativo con el objeto de respaldar el crecimiento de la Sociedad, incluyendo mediante aportes de capital por un total de US$ 100 millones en 2017 y US$ 20 millones en 2018, a la fecha del presente prospecto. Por su parte, la Sociedad ha realizado emisiones de deuda en los mercados internacionales en 2017 y 2018. Asimismo, la Sociedad ha progresado asegurando el financiamiento a largo plazo de sus subsidiarias sin recurso contra la Sociedad. A medida que estos activos sean comercialmente operables, la Sociedad tendrá la oportunidad de refinanciar deuda de proyectos y asegurar términos de financiación más atractivos para su deuda, lo cual, a su vez, mejorará su flujo de efectivo libre, reducirá costos de capital y le permitirá financiar su estrategia de crecimiento.

Estrategia

La Sociedad se esfuerza en generar valores sustentables de largo plazo para sus clientes y accionistas a través de la adopción de estrategias que apuntan a mejorar sus márgenes operativos, perfil financiero y la inversión en proyectos nuevos y existentes. Con el fin de alcanzar estos objetivos, las principales estrategias de la Sociedad son las siguientes:

Mantener un funcionamiento correcto y eficiente de sus plantas.

La Sociedad está comprometida en mantener un funcionamiento correcto y eficiente de sus plantas eléctricas con el fin de generar flujos de efectivo estables y previsibles. La Sociedad está abocada a mantener un elevado factor de disponibilidad de sus plantas actualmente operativas, incluyendo aquellas recientemente adquiridas, y a lograr resultados similares con la cartera de nuevos proyectos. En este sentido, la Sociedad tiene previsto seguir invirtiendo en equipos para mejorar la eficiencia y disponibilidad.

Centrar el crecimiento de la Sociedad en los flujos de efectivo predecible en base a los PPAs.

Si bien la Sociedad está en una buena posición para aprovechar las oportunidades de crecimiento en el sector energético, su objetivo es completar esa expansión con un flujo de efectivo predecible con base contractual. La Sociedad obtuvo, o espera obtener previo a la construcción, PPAs a largo plazo denominados en dólares estadounidenses para la mayor parte de los proyectos de ampliación de capacidad que tiene en cartera. La estrategia a futuro consiste en seguir realizando inversiones sustanciales en nuevos proyectos una vez que la Sociedad haya logrado obtener PPA a largo plazo con términos atractivos para las nuevas plantas.

Cumplir con estrictas normas de gobierno corporativo y responsabilidad social.

La Sociedad cumple con estrictas normas de gobierno corporativo y responsabilidad social y procura garantizar la transparencia, rendición de cuentas y responsabilidad en el giro ordinario de los negocios para sus accionistas y otras partes interesadas. Asimismo, la Sociedad se esmera por brindar un servicio de alta calidad, operando sus plantas en forma segura y sustentable. En términos de sustentabilidad, la Sociedad procura llevar a cabo sus operaciones en plena conformidad con las disposiciones legales y ambientales aplicables. En términos de seguridad, la Sociedad implementa y cumple con las normas de seguridad de la industria en Argentina a los efectos de garantizar la seguridad de sus empleados y contratistas y de las comunidades en las que lleva a cabo operaciones. En adición a ello, la Sociedad ha adoptado y da cumplimiento a un programa de integridad y ética que sigue las mejores prácticas y recomendaciones nacionales e internacionales en la materia, que incluyen procedimientos adecuados de investigación de cualquier potencial hecho irregular que llegue a conocimiento del área de Compliance de la Sociedad, incluyendo como resultado de cualquier denuncia interna o externa como parte del procedimiento de denuncias regulado en la política anti soborno y anticorrupción de la Sociedad.

Información de contacto

El domicilio legal de la Sociedad es Nicolás Repetto 3676, 3er Piso (1636), Olivos, Provincia de Buenos Aires, Argentina. Su número de teléfono es +54 (11) 6090-3200, su número de fax es +54 (11) 6090-3201, y su correo electrónico es [email protected]. El sitio web de la Sociedad es www.genneia.com.ar. La información publicada en el sitio web de la Sociedad o conectada a la misma no forma parte de este Prospecto.

DATOS SOBRE DIRECTORES, GERENCIA, ASESORES Y MIEMBROS DEL ÓRGANO DE FISCALIZACIÓN

Para obtener información respecto al presente acápite, se recomienda a los potenciales inversores revisar cuidadosamente la Sección “Datos sobre Directores, Gerencia, Asesores y Miembros del Órgano de Fiscalización” en el Prospecto.

RESUMEN DE LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES DE LOS TÍTULOS

Los términos y condiciones aplicables a cada Clase y/o Serie de Títulos en particular constarán en el Suplemento de Precio correspondiente, en el cual se podrán completar o ampliar, respecto de dicha Clase y/o Serie en particular, los términos y condiciones generales de los Títulos que se incluyen en el siguiente texto (las “Condiciones”) y que se aplicarán a cada Clase y/o Serie de Títulos.

Emisora Genneia S.A.
Títulos a emitir bajo el Programa Obligaciones negociables simples, no convertibles en acciones, conforme la Ley de Obligaciones Negociables.
Monto máximo del Programa US$800.000.000, o su equivalente en otras monedas en circulación en cualquier momento, determinado al momento de emitirse cada Clase y/o Serie, pudiendo re-emitirse las sucesivas Clases y/o Series que se amorticen.
Duración del Programa Cinco años contados desde el 12 de diciembre de 2018 (fecha de vencimiento del plazo original), o el plazo máximo adicional que eventualmente pueda ser fijado por futuras regulaciones que resulten aplicables, en cuyo caso la Gerencia de Emisoras podrá decidir la extensión de su plazo de vigencia. El plazo de vigencia actual expirará el 12 de diciembre de 2023.
Clases y Series Las Obligaciones Negociables podrán emitirse en diferentes clases y/o series. Dentro de cada clase contarán con los mismos derechos, pudiendo diferir en su fecha de emisión. Las Obligaciones Negociables de una misma clase con distinta fecha de emisión pertenecerán a una serie distinta de la misma clase.
Amortización de las Obligaciones Negociables Entre un mínimo de siete días y un máximo de 30 años, o aquellos otros plazos mínimos o máximos que resulten imperativos bajo las normas en vigencia al momento de la emisión de una Clase y/o Serie.
Precio de emisión de las Obligaciones Negociables Las Obligaciones Negociables podrán emitirse a la par, bajo la par o con prima sobre la par, según se indique en el Suplemento de Precio cada Clase y/o Serie.
Interés Las Obligaciones Negociables podrán emitirse devengando interés a tasa fija, a tasa flotante, con descuento de emisión o sin devengar interés.
Garantía Las Obligaciones Negociables podrán ser sin garantía, o con garantía especial, flotante o fiduciaria, o garantizadas por un tercero, conforme lo determine el Directorio.
Rango y Garantías de las Obligaciones Negociables Las Obligaciones Negociables constituirán, en principio, y salvo que el respectivo Suplemento de Precio establezca lo contrario, obligaciones simples, incondicionales, con garantía común y no subordinadas de la Sociedad. El Suplemento de Precio podrá establecer para una determinada Clase y/o Serie de Obligaciones Negociables, que éstas cuenten con garantías o que sean subordinadas. Las Obligaciones Negociables de una determinada Clase y/o Serie con garantía común no tendrán el beneficio de los bienes afectados a garantías especiales, reales, flotantes, fiduciarias u otras garantías de cualquier otra deuda de la Sociedad, incluyendo Obligaciones Negociables de otras Clases y/o Series garantizadas.
Moneda de emisión Dólares, pesos, o cualquier otra moneda que oportunamente determine el Directorio, sujeto al cumplimiento de todos los requisitos legales y reglamentarios aplicables.
Forma Las Obligaciones Negociables que se emitan bajo el Programa podrán (i) serlo en forma escritural; o (ii) estar representadas por participaciones en un certificado global nominativo no endosable que será depositado en ocasión de la emisión de cada clase y/o serie en un régimen de depósito colectivo, conforme se determinará en el Suplemento de Precio pertinente.
Destino de los fondos Los fondos provenientes de la colocación de las Obligaciones Negociables emitidas bajo el Programa serán destinados a cualquiera de los destinos contemplados en el Artículo 36 de la Ley de Obligaciones Negociables, conforme eventualmente determine el Directorio, delegándose en el Directorio de la Sociedad la facultad de decidir específicamente el destino que se dará al producido neto de la colocación de cada Clase y/o Serie en particular emitida bajo el Programa. Para mayor información, véase “Información Clave Sobre la Sociedad—Razones para la Oferta y Destino de los Fondos.
Rescate anticipado a opción de la Sociedad Siempre respetando la igualdad de trato entre los inversores y siempre y cuando se especifique en el Suplemento de Precio correspondiente a una Clase y/o Serie, las Obligaciones Negociables de dicha Clase y/o Serie serán rescatables total o parcialmente en forma anticipada a opción de la Sociedad, al valor nominal con más los intereses devengados hasta la fecha de pago del valor de reembolso y la prima de rescate que allí se establezca.
Rescate por razones impositivas A menos que se especifique lo contrario en los Suplementos de Precio correspondientes, las Obligaciones Negociables de cualquier Clase y/o Serie podrán ser rescatadas a opción de la Sociedad, siempre respetando la igualdad de trato entre los inversores, en su totalidad, pero no parcialmente, en caso que tuvieran lugar ciertos cambios impositivos que generen en la Sociedad la obligación de pagar ciertos montos adicionales bajo las Obligaciones Negociables. Véase “De la Oferta y la Negociación—Detalles de la oferta y la negociación— Rescate por Razones Impositivas” del presente Prospecto.
Compromisos A menos que se especifique lo contrario en los Suplementos de Precio correspondientes, la Sociedad se obliga a cumplir los compromisos que se detallan en “De la Oferta y la Negociación—Detalles de la oferta y la negociación—Compromisos Generales de la Sociedad” del presente en tanto existan Obligaciones Negociables en circulación. En los Suplementos de Precio correspondientes se podrán establecer compromisos adicionales a los detallados en “De la Oferta y la Negociación—Detalles de la oferta y la negociación.- Compromisos Generales de la Sociedad.
Eventos de Incumplimiento Véase “De la Oferta y la Negociación.- Detalles de la oferta y la negociación—Eventos de Incumplimiento.” En los Suplementos de Precio correspondientes se podrán establecer eventos de incumplimiento adicionales a los allí detallados.
Listado y Negociación La Sociedad deberá solicitar el listado de las Obligaciones Negociables en el BYMA, en virtud del ejercicio de la facultad delegada por el BYMA a la BCBA conforme lo dispuesto por la Resolución N°18.629 de la CNV, y para su negociación en el MAE y, asimismo las Obligaciones Negociables podrán ser listadas en otros mercados de valores del país o del exterior, según se indique en cada Suplemento de Precio.
Calificaciones de riesgo El Programa no contará con calificación de riesgo. La Sociedad podrá calificar una o más Clases y/o Series de Obligaciones Negociables a emitirse bajo el Programa, conforme lo determine en cada oportunidad el Directorio y se indique en el respectivo Suplemento de Precio.
Impuestos Los pagos sobre las Obligaciones Negociables se efectuarán sin deducciones ni retenciones por, o a cuenta de, impuestos nacionales, provinciales o municipales argentinos, salvo que se determine lo contrario en el correspondiente Suplemento de Precio. En caso de exigirse dichas deducciones o retenciones, la Sociedad habrá de pagar los montos adicionales que resulten necesarios a fin de que los obligacionistas reciban los mismos montos que hubieran recibido en el caso de no haberse exigido dichas retenciones o deducciones.
Fiduciario Las Clases y/o Series podrán contar con un fiduciario, con los alcances del Artículo 13 de la Ley de Obligaciones Negociables, de acuerdo con lo que determine el Suplemento de Precio respectivo.
Colocación Las Obligaciones Negociables serán colocadas a través de oferta pública en el país y/o en el extranjero, en mercados autorizados por la CNV, sobre la base de una suscripción en firme o una colocación en base a los mejores esfuerzos, según lo que sea acordado entre la Sociedad y los colocadores respectivos, a ser designados por el Directorio, y según se establezca en el Suplemento de Precio respectivo. El Suplemento de Precio respectivo especificará los nombres y las direcciones de dichos colocadores y los términos de colocación acordados por la Sociedad con los mismos. Asimismo, cada Clase y/o Serie de Obligaciones Negociables que se emitan en el marco del Programa serán colocadas utilizando procedimientos de colocación, según se determine en el Suplemento de Precio respectivo y de conformidad con lo dispuesto por la Ley de Mercado de Capitales, la Ley de Obligaciones Negociables, las Normas de la CNV, y demás normativa aplicable. En tal caso, de no alcanzarse la colocación de la totalidad, o de la cantidad parcial prevista, el contrato de suscripción de las Obligaciones Negociables quedará resuelto de pleno derecho, debiendo restituirse a los inversores los importes recibidos, sin intereses.
Jurisdicción Toda acción contra la Sociedad en razón de las Obligaciones Negociables podrá ser interpuesta en forma no exclusiva ante los Tribunales Ordinarios en lo Comercial con asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el Tribunal Arbitral Permanente de la BCBA de conformidad con las disposiciones del artículo 46 de la Ley de Mercado de Capitales o cualquier otro tribunal al cual la Sociedad decida someterse con respecto a cada una de las Clases y/o Series, conforme se establezca en cada Suplemento de Precio.
Legislación Aplicable Las Obligaciones Negociables constituirán obligaciones negociables en virtud de la Ley de Obligaciones Negociables, y gozarán de los beneficios allí previstos. La calificación como Obligaciones Negociables, la autorización, formalización y otorgamiento de las Obligaciones Negociables por parte de la Sociedad, y la aprobación de las mismas por la CNV para su oferta pública en Argentina, se regirá por la ley argentina. Las demás cuestiones relacionadas a las Obligaciones Negociables podrán regirse por la legislación de otra jurisdicción conforme se establezca en cada Suplemento de Precio.
Acción Ejecutiva Conforme a lo dispuesto por la Ley de Mercado de Capitales, los tenedores de las Obligaciones Negociables podrán solicitar en los términos del artículo 129 de la Ley de Mercado de Capitales la expedición de un comprobante de saldo en cuenta o comprobante de participación en el certificado global, según sea el caso, a efectos de legitimar al titular para efectuar cualquier reclamo judicial inclusive mediante acción ejecutiva conforme lo dispone el artículo 29, primer párrafo de la Ley de Obligaciones Negociables o ante cualquier jurisdicción arbitral, si correspondiere.

PRESENTACIÓN DE INFORMACIÓN FINANCIERA Y DE OTRO TIPO

Para obtener información respecto al presente acápite, se recomienda a los potenciales inversores revisar cuidadosamente la Sección “Presentación de Información Financiera y de Otro Tipo” en el Prospecto.

INFORMACIÓN CLAVE SOBRE LA SOCIEDAD

  1. Información contable y financiera

Los siguientes cuadros presentan un resumen de la información contable y financiera de la Sociedad por los ejercicios anuales cerrados el 31 de diciembre de 2017, 2016 y 2015, y por los períodos de seis meses finalizados el 30 de junio de 2018 y 2017. La siguiente información se extrajo de, y deberá ser leída conjuntamente con los estados contables consolidados anuales auditados de la Sociedad y sus notas y anexos por los ejercicios cerrados al 31 de diciembre de 2017, 2016 y 2015 y los estados financieros consolidados condensados intermedios no auditados de la Sociedad y sus notas y anexos correspondientes a los períodos de seis meses finalizados el 30 de junio de 2018 y 2017, los cuales han sido oportunamente presentados ante la CNV. La siguiente información deberá ser leída conjuntamente con los estados contables consolidados de la Emisora y con la información contenida en las secciones “Información clave sobre la Sociedad”, “Presentación de Información Contable y otra Información”, “Reseña y Perspectiva Operativa y Financiera” y “Presentación de información financiera y de otro tipo” del presente Prospecto.

Ciertas cifras que se incluyen en el presente Prospecto y en los estados contables que se acompañan al mismo, han sido redondeadas para facilitar su presentación. Los valores porcentuales incluidos en el presente Prospecto se han calculado en algunos casos sobre la base de las cifras mencionadas antes de su redondeo. Por este motivo, es posible que ciertos valores porcentuales que figuran en el Prospecto no coincidan con los que se obtienen al realizar los mismos cálculos sobre la base de las cifras que figuran en los estados contables que se acompañan, así como también, que algunos otros montos que aparecen en el presente Prospecto no arrojen un total exacto.

Los estados contables consolidados por el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2017, 2016 y 2015 y los estados financieros consolidados condensados por los períodos de seis meses finalizados el 30 de junio de 2018 y 2017 han sido confeccionados de conformidad con las NIIF. La adopción de las NIIF tal como fueron emitidas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB por su sigla en inglés), fue resuelta por la Resolución Técnica N°26 (texto ordenado) de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (“FACPCE”) y por las Normas CNV. Las NIIF son de aplicación obligatoria para la Sociedad, según la norma contable profesional y las normas regulatorias antes citadas, a partir del ejercicio que se inició el 1° de enero de 2012.

Estado de Resultados Consolidado

Información seleccionada del Estado de Resultados y Otros Resultados Integrales Consolidados (de acuerdo a NIIF) por los ejercicios finalizados el 31 de diciembre de 2017, 2016 y 2015:

Al 31/12/2017 Consolidado Al 31/12/2016 Consolidado Al 31/12/2015 Consolidado
(en miles de pesos) (en miles de pesos) (en miles de pesos)
Ingresos por ventas netas 2.646.419 1.751.932 1.148.683
Costo de ventas (1.192.610) (865.343) (545.971)
Utilidad bruta 1.453.809 886.589 602.712
Gastos de comercialización (21.909) (20.300) (20.219)
Gastos de administración (215.040) (132.500) (134.223)
Otros egresos, netos (73.551) (30.050) (58.059)
Resultados por inversiones a largo plazo (1.887) - -
Resultados financieros, netos (787.206) (361.589) (511.621)
Utilidad (pérdida) neta antes de impuesto a las ganancias 354.216 342.150 (121.410)
Impuesto a las ganancias 286.777 (129.471) (78.216)
Utilidad (pérdida) neta del ejercicio 640.993 212.679 (199.626)
Otros resultados integrales
Diferencia de cambio por conversión 579.789 329.877 465.171
Total de otros resultados integrales 579.789 329.877 465.171
Resultado integral total del ejercicio 1.220.782 542.556 265.545
Utilidad (pérdida) neta atribuible a:
Propietarios de la controladora 640.993 212.679 (199.626)
Total utilidad (pérdida) del ejercicio 640.993 212.679 (199.626)
Resultado integral total atribuible a:
Propietarios de la controladora 1.220.782 542.556 265.545
Resultado integral total del ejercicio 1.220.782 542.556 265.545
Resultado por acción (básico y diluido) 7,56 3,10 3,80

Información del Estado de Resultados y Otros Resultados Integrales Consolidados Condensados (de acuerdo a NIIF) por los períodos de seis (6) meses finalizados el 30 de junio de 2018 y 2017

Al 30/06/2018 Consolidado Al 30/06/2017 Consolidado
(en miles de pesos) (en miles de pesos)
Ingresos por ventas netas 2.206.439 1.087.553
Costo de ventas (968.897) (488.224)
Utilidad bruta 1.237.542 599.329
Gastos de comercialización (19.924) (6.491)
Gastos de administración (181.948) (65.786)
Otros egresos, netos (38.851) (49.609)
Resultados por inversiones a largo plazo (25.810) (12)
Resultados financieros, netos (1.279.887) (361.607)
(Pérdida) utilidad neta antes de impuesto a las ganancias (308.878) 115.824
Impuesto a las ganancias (10.005) (73.134)
(Pérdida) utilidad neta del período (318.883) 42.690
Otros resultados integrales
Diferencia de cambio por conversión 2.677.181 147.059
Total de otros resultados integrales 2.677.181 147.059
Resultado integral total del período 2.358.298 189.749
(Pérdida) utilidad neta atribuible a:
Propietarios de la controladora (318.883) 42.690
Total (pérdida) utilidad del período (318.883) 42.690
Resultado integral total atribuible a:
Propietarios de la controladora 2.358.298 189.749
Resultado integral total del período 2.358.298 189.749
Resultado por acción (básico y diluido) (3,17) 0,55

Información del Balance General Consolidado (de acuerdo a NIIF) al 31 de diciembre de 2017, 2016 y 2015:

Al 31/12/2017 Consolidado Al 31/12/2016 Consolidado Al 31/12/2015 Consolidado
(en miles de pesos) (en miles de pesos) (en miles de pesos)
Activo corriente
Caja y bancos 550.640 430.120 14.017
Inversiones 1.279.896 418.722 3.983
Créditos por ventas 738.055 364.896 497.321
Otros créditos 162.837 131.425 103.975
Inventarios 36.510 26.037 21.844
Total del activo corriente 2.767.938 1.371.200 641.140
Activo no corriente
Créditos por ventas 421.410 320.635 188.447
Otros créditos 2.666.702 680.761 327.680
Inversiones 87.437 - -
Inventarios 156.311 117.416 85.018
Llave de negocio 392.412 - -
Bienes de uso 10.298.388 5.768.393 4.068.438
Activos en concesión 33.110 41.601 41.579
Activos intangibles 588.698 67.683 55.506
Total del activo no corriente 14.644.468 6.996.489 4.766.668
Total del activo 17.412.406 8.367.689 5.407.808
Pasivo corriente
Cuentas por pagar 1.156.555 857.860 696.013
Préstamos 1.228.287 2.275.423 1.124.529
Remuneraciones y cargas sociales 83.278 61.655 47.936
Cargas fiscales 83.132 6.916 5.223
Otros pasivos 38.946 18.318 18.297
Previsiones 5.838 2.132 16.778
Total del pasivo corriente 2.596.036 3.222.304 1.908.776
Pasivo no corriente
Préstamos 8.591.696 2.449.572 1.597.138
Cargas fiscales 5.479 251 439
Otros pasivos 132.477 79.630 57.740
Pasivo por impuesto diferido 1.266.990 665.685 436.024
Total del pasivo no corriente 9.996.642 3.195.138 2.091.341
Total del pasivo 12.592.678 6.417.442 4.000.117
Patrimonio neto (según estados respectivos)
Capital suscripto 98.134 68.694 68.694
Prima de emisión 2.465.721 856.462 856.462
Contribuciones de capital 30.048 20.048 20.048
Reserva legal 996 996 996
Otros resultados integrales 1.741.032 1.161.243 831.366
Resultados no asignados 483.797 (157.196) (369.875)
Patrimonio neto atribuible a los propietarios de la controladora 4.819.728 1.950.247 1.407.691
Total del pasivo y patrimonio neto 17.412.406 8.367.689 5.407.808

Información del Balance General Consolidado Condensado (de acuerdo a NIIF) al 30 de junio de 2018 y 2017

Al 30/06/2018 Consolidado Al 30/06/2017 Consolidado
(en miles de pesos) (en miles de pesos)
Activo corriente
Caja y bancos 828.315 357.141
Inversiones 1.512.233 2.268.534
Créditos por ventas 1.148.111 842.702
Otros créditos 548.505 643.316
Inventarios 51.160 24.421
Total del activo corriente 4.088.324 4.136.114
Activo no corriente
Créditos por ventas 380.720 3.790
Otros créditos 4.978.453 974.451
Inversiones 339.607 -
Inventarios 260.509 130.566
Llave de negocio 607.057 -
Bienes de uso 20.878.502 6.501.183
Activos en concesión 7.318 42.442
Activos intangibles 1.130.600 70.830
Otros activos - 10.297
Total del activo no corriente 28.582.766 7.733.559
Total del activo 32.671.090 11.869.673
Pasivo corriente
Cuentas por pagar 3.248.046 954.133
Préstamos 1.879.129 593.113
Remuneraciones y cargas sociales 72.214 49.041
Cargas fiscales 27.472 31.015
Otros pasivos 239.592 32.627
Previsiones 7.929 4.861
Total del pasivo corriente 5.474.382 1.664.790
Pasivo no corriente
Cargas fiscales 4.330 157
Otros pasivos 202.500 74.608
Préstamos 17.303.017 6.446.239
Pasivo por impuesto diferido 2.105.856 773.341
Total del pasivo no corriente 19.615.703 7.294.345
Total del pasivo 25.090.085 8.959.135
Patrimonio neto (según estados respectivos)
Capital suscripto 103.040 85.867
Prima de emisión 2.861.794 1.604.789
Contribuciones de capital 32.048 25.048
Reserva legal 19.626 996
Reserva facultativa 465.167 -
Otros resultados integrales 4.418.213 1.308.302
Resultados no asignados (318.883) (114.506)
Patrimonio neto atribuible a los propietarios de la controladora 7.581.005 2.910.496
Patrimonio neto atribuible a la participación no controladora - 42
Total del patrimonio neto - 2.910.538
Total del pasivo y patrimonio neto 32.671.090 11.869.673

Otra Información Financiera

Ejercicio finalizado el 31 de diciembre de Seis meses finalizados el 30 de junio de
2017 2016 2015 2018 2017
Utilidad (pérdida), neta 640.993 212.679 (199.626) (318.883) 42.690
Impuesto a las ganancias (286.777) 129.471 78.216 10.005 73.134
Resultados financieros, netos 787.206 361.589 511.621 1.279.887 361.607
Depreciaciones y amortizaciones 805.005 585.534 349.194 654.109 340.192
Otros egresos, netos(1) 73.551 30.050 58.059 38.851 49.609
Resultados por inversiones a largo plazo 1.887 - - 25.810 12
EBITDA Ajustado 2.021.865 1.319.323 797.464 1.689.779 867.244

(1) Otros egresos netos incluyen Ps. 73,5 millones, Ps. 26,2 millones, Ps. 21,3 millones, Ps. 36,5 y Ps. 49,8 correspondiente a impuesto a los débitos y créditos bancarios por los ejercicios finalizados al 31 de diciembre de 2017, 2016 y 2015, y el período de seis meses finalizado el 30 de junio de 2018 y 2017, respectivamente.

Información Operativa

La siguiente tabla presenta la información operativa de la Sociedad para los períodos indicados.

Ejercicio finalizado el 31 de diciembre de Seis meses finalizados el 30 de junio de
2015 2016 2017 2018 2017
Factor de disponibilidad (%)
Centrales Térmicas 97,2 99,0 98,4 95,6 99,7
Matheu 99,3 99,5 100,0 100,0 99,9
Paraná 99,0 99,7 100,0 100,0 100,0
Concepción del Uruguay 99,4 99,2 99,9 100,0 99,8
Olavarría 98,9 99,5 99,9 99,9 99,9
Las Armas 91,2 99,3 99,7 99,4 99,8
Bragado 95,6 98,1 94,2 95,1 98,4
Pinamar 99,8 99,8 99,8 99,9 99,6
Gobernador Costa 78,2 90,5 91,9 62,8 99,8
Río Mayo 91,8 94,1 96,7 99,3 99,6
Cruz Alta(1) n/a n/a 100,0 99,9 99,7
Parques eólicos 98,3 99,0 98,2 93,0 98,0
Rawson I y II 98,3 99,0 98,2 98,4 98,0
Rawson III n/a n/a 96,2 99,0 n/a
Trelew n/a n/a 87,0 81,6 n/a
Factor de disponibilidad total 97,5 99,0 97,6 94,3 98,9
Venta de Energía (GWh)
Centrales Térmicas 816 746 781 402 509
Matheu 69 68 28 4 24
Paraná 81 65 32 5 26
Concepción del Uruguay 83 52 25 2 22
Olavarría 80 75 29 4 24
Las Armas 152 150 110 43 59
Bragado I, II y III 230 239 452 265 192
Pinamar 98 73 48 18 23
Gobernador Costa 11 12 13 6 6
Río Mayo 12 12 12 6 6
Cruz Alta(1) n/a n/a 32 49 127
Parques eólicos 286 257 318 264 139
Rawson I y II 286 257 298 138 139
Rawson III n/a n/a 4 53 n/a
Trelew n/a n/a 16 74 n/a
Total de energía vendida 1.102 1.003 1.099 666 648

(1) El 11 de agosto de 2017 Genneia Desarrollos S.A. adquirió a Pluspetrol Resources Corporation B.V. y Pluspetrol Resourses Corporation la totalidad de las acciones de la sociedad Generadora Eléctrica De Tucumán S.A. (“GETSA”), cuyo objeto social y actividad es la generación y comercialización de energía eléctrica a través de dos centrales térmicas ubicadas en la provincia de Tucumán. Los datos estadísticos para períodos anteriores son expuestos en su totalidad a efectos informativos.

b) Indicadores

Al 31 de diciembre de 2017, 2016 y 2015:

RATIOS Al 31/12/2017 Consolidado Al 31/12/2016 Consolidado Al 31/12/2015 Consolidado
Liquidez Corriente (Activo Corriente / Pasivo Corriente) 1,07 0,43 0,34
Solvencia (Patrimonio Neto / Pasivo) 0,38 0,30 0,35
Inmovilización del capital (Activo No Corriente / Activo Total) 0,84 0,84 0,88
Rentabilidad (Resultado del ejercicio/ Patrimonio Neto Promedio) 0,19 0,13 (0,19)

Al 30 de junio de 2018 y 2017

RATIOS Al 30/06/2018 Consolidado Al 30/06/2017 Consolidado
Liquidez Corriente (Activo Corriente / Pasivo Corriente) 0,75 2,48
Solvencia (Patrimonio Neto / Pasivo) 0,30 0,32
Inmovilización del capital (Activo No Corriente / Activo Total) 0,87 0,65

.

c) Capitalización y endeudamiento:

Endeudamiento

El siguiente cuadro establece la deuda de corto plazo y capitalización de la Sociedad bajo las NIIF al 30 de junio de 2018, (i) sobre una base real, y (ii) en forma ajustada a fin de dar efecto a la emisión y venta de las Obligaciones Negociables y el destino de los fondos netos resultantes de ella. Véase “Razones para la oferta y destino de los fondos”.

Esta información debe leerse junto con los Estados contables Auditados de la Sociedad incluidos en otra sección de este prospecto y con la información contenida en “Presentación de Información Financiera y de Otra Índole”, “Destino de los Fondos” y “Reseña y Perspectiva Operativa y Financiera”.

Al 30/06/2018 Consolidado Al 30/06/2017 Consolidado
(en miles de pesos) (en miles de pesos)
Préstamos
A corto plazo 1.879.129 593.113
A largo plazo 17.303.017 6.446.239
Total préstamos 19.182.146 7.039.352
Patrimonio Neto
Capital social suscripto 103.040 85.867
Prima de emisión 2.861.794 1.604.789
Contribuciones de capital 32.048 25.048
Reserva legal 19.626 996
Reserva facultativa 465.167 -
Otros resultados integrales 4.418.213 1.308.302
Resultados no asignados (318.883) (114.506)
Total patrimonio neto atribuible a los propietarios de la controladora 7.581.005 2.910.496
Capitalización total (1) 26.763.151 9.949.848
(1) Incluye total de préstamos más patrimonio neto

El siguiente cuadro expone los préstamos garantizados y no garantizados:

Al 30/06/2018 Consolidado Al 30/06/2017 Consolidado
(en miles de pesos) (en miles de pesos)
Préstamos
A corto plazo 1.879.129 593.113
Obligaciones negociables 988.615 515.676
Otras deudas bancarias y financieras 832.998 67.298
Partes relacionadas, netas de comisiones - -
Leasing 57.516 10.139
Adelantos en cuenta corriente - -
A largo plazo 17.303.017 6.446.239
Obligaciones negociables 15.197.088 6.339.782
Otras deudas bancarias y financieras 2.057.495 99.780
Partes relacionadas, netas de comisiones - -
Leasing 48.434 6.677
Total de préstamos 19.182.146 7.039.352

Para más información sobre el endeudamiento de la Sociedad, véase “Descripción del Endeudamiento de la Sociedad.

d) Acontecimientos Recientes

Préstamo de Banco Macro

La Sociedad obtuvo una línea de crédito otorgada por Banco Macro S.A., por un monto máximo de capital de hasta US$ 20 millones, que al día de la fecha, ha sido desembolsado en su totalidad y cuyo vencimiento opera a los 60 días corridos a contar desde el 27 de septiembre de 2018.

Emisión privada de obligaciones negociables

Con fecha 9 de octubre de 2018, la asamblea de la Sociedad, aprobó la emisión de obligaciones negociables simples, no convertibles en acciones, por un valor nominal de hasta U$S 50.000.000, a ser colocadas en forma privada, de conformidad con la Ley de Obligaciones Negociables, con sus accionistas Argentum Investments I LLC y Fintech Energy LLC en partes iguales

e) Razones para la oferta y destino de los fondos

Los fondos provenientes de la colocación de las Obligaciones Negociables a ser emitidas en el marco del Programa serán destinados a cualquiera de los destinos contemplados en el artículo 36 de la Ley de Obligaciones Negociables, para uno o más de los siguientes propósitos: (i) realizar inversiones en activos físicos y bienes de capital en el país, (ii) para la adquisición de fondos de comercio situados en el país, (iii) para la integración de capital de trabajo, (iv) para refinanciar pasivos, en el vencimiento original o con anterioridad, (v) para el financiamiento de aportes de capital a sociedades controladas o vinculadas, (vi) para la adquisición de participaciones sociales, y/o (vii) para el financiamiento del giro comercial del negocio de la Sociedad; en todos los casos cuyo producido se aplique exclusivamente a los destinos antes especificados, o bien a otro destino que cumpla con el artículo 36 de la Ley de Obligaciones Negociables conforme eventualmente determine el Directorio, delegándose en el Directorio de la Sociedad la facultad de decidir específicamente el destino que se dará al producido neto de la colocación de cada Clase y/o Serie en particular emitida bajo el Programa. El destino específico de los fondos obtenidos de la oferta y venta de cada Serie o Clase de Obligaciones Negociables se indicará en el Suplemento de Precio correspondiente.

e) Factores de riesgo

Para obtener información respecto al presente acápite, se recomienda a los potenciales inversores revisar cuidadosamente la Sección “Factores de Riesgo - Información Clave sobre la Sociedad” en el Prospecto.

INFORMACIÓN SOBRE LA SOCIEDAD

Para obtener información respecto al presente acápite, se recomienda a los potenciales inversores revisar cuidadosamente la Sección “Información sobre la Sociedad” en el Prospecto.

RESEÑA Y PERSPECTIVA OPERATIVA Y FINANCIERA

Para obtener información respecto al presente acápite, se recomienda a los potenciales inversores revisar cuidadosamente la Sección “Reseña y Perspectiva Operativa Financiera” en el Prospecto.

ADMINISTRACIÓN DIRECTORES, GERENCIA Y EMPLEADOS

Para obtener información respecto al presente acápite, se recomienda a los potenciales inversores revisar cuidadosamente la Sección “Administración Directores, Gerencia y Empleados” en el Prospecto.

ACCIONISTAS PRINCIPALES Y TRANSACCIONES CON PARTES RELACIONADAS

Para obtener información respecto al presente acápite, se recomienda a los potenciales inversores revisar cuidadosamente la Sección “Accionistas Principales y Transacciones con Partes Relacionadas” en el Prospecto.

MARCO REGULATORIO DEL NEGOCIO DE LA EMISORA

Para obtener información respecto al presente acápite, se recomienda a los potenciales inversores revisar cuidadosamente la Sección “Marco Regulatorio del Negocio de la Emisora” en el Prospecto.

DE LA OFERTA Y LA NEGOCIACIÓN

Para obtener información respecto al presente acápite, se recomienda a los potenciales inversores revisar cuidadosamente la Sección “De la Oferta y la Negociación” en el Prospecto.

TIPOS DE CAMBIO Y CONTROLES CAMBIARIOS

Tipo de Cambio

Desde 1991 hasta fines de 2001, la Ley Argentina Nº23.928 o Ley de Convertibilidad, estableció un régimen conforme al cual el Banco Central estaba obligado a vender dólares estadounidenses a un tipo de cambio fijo de un peso por dólar estadounidense y tenía que mantener una reserva en moneda extranjera, oro y otros instrumentos por una suma total equivalente a la base monetaria como mínimo, que consiste en moneda en circulación y depósitos en pesos del sector financiero en el Banco Central.

El 6 de enero de 2002, el Congreso de la Nación sancionó la Ley de Emergencia Pública, que puso fin formalmente al régimen de la Ley de Convertibilidad, abandonando formalmente más de 10 años de paridad fija entre el peso y el dólar estadounidense y eliminando el requisito de reservas del Banco Central antes mencionado.

La Ley de Emergencia Pública, que fue prorrogada en forma anual hasta el 31 de diciembre de 2017, otorgaba al gobierno nacional la facultad de fijar el tipo de cambio del peso frente a las monedas extranjeras y a emitir regulaciones relativas al mercado cambiario. Tras un breve período en el cual el gobierno nacional estableció un sistema cambiario dual provisorio conforme a la Ley de Emergencia Pública, se permitió al peso fluctuar libremente frente a otras monedas a partir de febrero de 2002, aunque el Banco Central tuvo potestad para intervenir el mercado de cambios comprando y vendiendo divisas por cuenta propia, una práctica que lleva a cabo regularmente. Desde el 2011 y hasta la asunción del nuevo gobierno, el gobierno argentino había incrementado el control del tipo de cambio y la transferencia de fondos desde y para la Argentina.

Atento a los estrictos controles cambiarios que introdujo el gobierno a partir de fines de 2011, en especial, la adopción de medidas que limitaron el acceso de empresas privadas e individuos a divisas extranjeras (entre ellas, la necesidad de obtener una autorización de la AFIP para acceder al mercado de divisas), el tipo de cambio implícito, según se refleja en las cotizaciones de títulos argentinos negociados en mercados extranjeros, en comparación con sus respectivas cotizaciones en el mercado local, incrementó significativamente respecto al tipo de cambio oficial. La mayoría de las restricciones cambiarias se levantaron en diciembre de 2015 y finalmente se restablecieron los derechos de los residentes argentinos de comprar y remesar fuera de Argentina la moneda extranjera sin establecer un monto límite para la compra de divisas, ni afectación específica o necesidad de autorización previa. Así, desde diciembre de 2015, disminuyó considerablemente el importante diferencial que existía entre el tipo de cambio oficial y el tipo de cambio implícito derivado de transacciones con títulos valores. El 30 de diciembre de 2016, el Banco Central flexibilizó aún más los controles cambiarios mediante la eliminación de la repatriación obligatoria de fondos provenientes de la exportación de servicios. El 4 de enero de 2017, el Ministerio de Economía redujo a cero días la permanencia mínima obligatoria aplicable para (i) el ingreso de fondos al mercado cambiario local proveniente de cierta deuda externa y (ii) cualquier ingreso de fondos al mercado cambiario por parte de no residentes.

Luego de varios años de relativamente moderadas variaciones en el tipo de cambio nominal, en 2012, el peso se depreció un 14% respecto del dólar estadounidense. A ello le siguió, en 2013 una depreciación del 33%, en 2014 una depreciación del 31%, incluyendo una pérdida del 24% en el mes de enero y en 2015 una depreciación del 52%, principalmente luego del levantamiento de las restricciones en el mes de diciembre, luego una depreciación del 21% en 2016 y una depreciación del 17% en el 2017, respectivamente. La Sociedad no puede asegurar que el peso no se deprecie o aprecie nuevamente en el futuro.

Asimismo, el 19 de mayo de 2017, el Banco Central emitió la Comunicación “A” 6244, que entró en vigor el 1 de julio de 2017 y que fue reformada por la Comunicación “A” 6312 del 30 de agosto de 2017, de conformidad con la cual se establecieron nuevas normas con relación al acceso al mercado cambiario, esencialmente derogando todas las normas previamente dictadas en la materia. De conformidad con esta norma:

    • Se estableció el principio de mercado libre de cambio.
  • Se mantuvo la obligación de llevar a cabo cualquier operación cambiaria a través de una entidad autorizada.
  • Se eliminaron las restricciones relativas a los horarios para operar en el MELC.
  • Se mantiene la obligación de los residentes argentinos de cumplir con el “Relevamiento de emisiones de títulos y de otras obligaciones externas del sector privado financiero y no financiero” (Comunicación “A” 3602 y sus disposiciones complementarias) y el relevamiento de inversiones directas (Comunicación “A” 4237 y sus disposiciones complementarias), aún si no hubiera habido ingreso de fondos al MELC ni ningún acceso futuro a éste por las operaciones a ser declaradas.
  • La obligación de los residentes argentinos de transferir a Argentina y vender en el Mercado de Cambios los fondos provenientes de sus exportaciones de bienes tenía que cumplirse dentro del plazo aplicable.

El 1 de noviembre de 2017 el Presidente Macri dictó el Decreto Nº 893/17 que derogó parcialmente los Decretos Nº 2.581/64, Nº 1.555/86 y Nº 1.638/01, eliminando así la obligación de los residentes argentinos de transferir a Argentina y luego vender en el Mercado Cambiario los fondos provenientes de sus exportaciones de bienes dentro del plazo aplicable. Posteriormente y de conformidad con el Decreto Nº 893/17, el Banco Central emitió la Comunicación “A” 6363 fechada 10 de noviembre de 2017 eliminando así la totalidad de las disposiciones relacionadas con la transferencia y venta de fondos provenientes de exportaciones de bienes en el Mercado Cambiario aplicables a residentes argentinos.

Además, el 28 de diciembre de 2017, en virtud de la Comunicación “A” 6401, el Banco Central reemplazó los regímenes de información establecidos por las Comunicaciones “A” 3602 y “A” 4237 con un nuevo régimen unificado para la información al 31 de diciembre de 2017. El régimen de información unificado incluye una declaración anual, cuya presentación será obligatoria para toda persona cuyo flujo total de fondos o saldo de activos y pasivos ascienda a US$1 millón o más durante el año calendario anterior. Quienes están sujetos a la mencionada obligación de información deberá declarar los siguientes pasivos: (i) acciones y participaciones de capital; (ii) instrumentos de deuda no negociables; (iii) instrumentos de deuda negociables; (iv) derivados financieros y (v) estructuras y terrenos.

Mediante el Decreto N° 27/2018 con fecha 11 de enero de 2018, con el objetivo de brindar una mayor flexibilidad al sistema, favorecer la competencia, permitiendo el ingreso de nuevos operadores al mercado de cambios y reducir los costos que genera el sistema, se estableció el mercado libre de cambios, reemplazando la figura del MULC. A través del MELC se cursarán las operaciones de cambio que sean realizadas por las entidades financieras y las demás personas autorizadas por el BCRA para dedicarse de manera permanente o habitual al comercio de la compra y venta de monedas y billetes extranjeros, oro amonedado o en barra de buena entrega y cheques de viajero, giros, transferencias u operaciones análogas en moneda extranjera.

En virtud de la comunicación “A” 6443 del BCRA, la cual entró en vigencia el 1 de marzo de 2018, las empresas de cualquier sector que operen de manera habitual en el MELC podrán funcionar como agencia de cambios con el único requisito de inscribirse en forma electrónica en el “Registro de operadores de cambio”. Para conocer una descripción detallada de la totalidad de las restricciones y controles cambiarios sobre flujo de capitales vigentes a la fecha del presente, los inversores pueden consultarlos en el sitio de Internet sobre información legislativa del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos o el Banco Central.

Salvo que se indique lo contrario, se han convertido los montos en dólares estadounidenses en este prospecto i) al 31 de diciembre de 2017 que era el tipo de cambio mayorista publicado por el Banco Central y respecto del ejercicio cerrado en dicha fecha al tipo de cambio de Ps.18,649 por US$1,00, (ii) al 31 de diciembre de 2016 y respecto del ejercicio cerrado en dicha fecha al tipo de cambio de Ps.15,31 por US$1,00, que era el tipo de cambio vendedor publicado por el Banco Central, (iii) al 31 de diciembre de 2016 y respecto del ejercicio cerrado en dicha fecha al tipo de cambio de Ps.15,89 por US$1,00, que era el tipo de cambio vendedor publicado por el Central el 31 de diciembre de 2016, (iv) los montos en dólares al 31 de diciembre de 2015 y respecto del ejercicio cerrado en dicha fecha al tipo de cambio de Ps.13,04 por US$1,00, era el tipo de cambio vendedor publicado por el Banco Central el 31 de diciembre de 2015 y (vi) los montos en dólares estadounidenses en este prospecto al 31 de diciembre de 2014 y respecto del ejercicio cerrado en dicha fecha al tipo de cambio de Ps.8,551 por US$1,00, era el tipo de cambio vendedor publicado por el Banco Central el 31 de diciembre de 2014.

La siguiente tabla establece el tipo de cambio anual alto, bajo, promedio y de cierre de período correspondiente a los períodos indicados, expresado en pesos según el dólar estadounidense y ajustado por inflación.

Alto(1) Bajo(1) Promedio(2) Cierre del Período
Ejercicio cerrado el 31 de diciembre,
2012 4,9173 4,3048 4,5515 4,9173
2013 6,5180 4,9228 5,4798 6,5180
2014 8,5555 6,5430 8,1188 8,5520
2015 13,7633 8,5537 9,2689 13,0050
2016 16,0392 13,0692 14,7794 15,8502
2017 18,8300 15,1742 16,5567 18,7742
Mes Finalizado
Enero 16,0533 15,8083 15,9065 15.9117
Febrero 15,8350 15,3675 15,5983 15,4550
Marzo 15,6687 15,3818 15,5237 15.,818
Abril 15,4532 15,1742 15,3600 15,4268
Mayo 16,1420 15,2687 15,6981 16.,420
Junio 16,5985 15,8510 16,1166 16,5985
Julio 2017 17,7642 16,6817 17,1690 17,6700
Agosto 2017 17,7833 17,0583 17,4165 17,3650
Septiembre 2017 17,6108 16,9720 17,2465 17,3183
Octubre 2017 17,6775 17,3217 17,4528 17,6713
Noviembre 2017 17,6703 17,3307 17,4925 17,3845
Diciembre 2017 18,8300 17,2600 17,7001 18,7742
Enero 2018 19,6525 18,4158 19,0290 19,6525
Febrero 2018 20,1600 19,4700 19,8409 20,1150
Marzo 2018 20,3875 20,1440 20,2424 20,1440
Abril 2018 20,6919 20,1450 20,2388 20,2349
Mayo 2018 24,9475 20,9658 23,6687 24,9625
Junio 2018 28,8617 24,9195 26,5342 28,8617
Julio 2018 28,7217 27,1467 27,6388 27,3425
Agosto 2018 39,6083 27,2717 30,1245 37,1250
Septiembre 2018 40,8967 36,9850 38,5900 40,8967

Fuente: Tipos de Cambio de Referencia del Banco Central (Comunicación “A” 3500 del Banco Central).

Notas:

  1. Los tipos de cambio son los diarios altos y bajos reales correspondientes a cada período.

El tipo de cambio promedio anual se calcula como el promedio de los tipos de cambio el último día de cada mes durante el período. El tipo de cambio mensual promedio se calcula en forma diaria respecto de cada mes.

PREVENCIÓN DE LAVADO DE ACTIVOS Y FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO

El concepto de “lavado de activos” se usa generalmente para denotar transacciones que tienen la intención de introducir fondos provenientes del delito en el sistema institucionalizado y así transformar ganancias por actividades ilegales en activos de origen aparentemente legítimo.

El 13 de abril del 2000, el Congreso Argentino aprobó la Ley Nº 25.246 (modificada por las Leyes Nº 26.087, 26.119, 26.268, 26.683 y 26.734 (conjuntamente, la “Ley de Prevención de Lavado de Activos”), que establece un régimen penal administrativo, reemplazó diversos artículos del Código Penal Argentino y creo la Unidad de Información Financiera (la “UIF”). Con el dictado de la Ley N° 27.260 y su Decreto Reglamentario N° 895/2016, la UIF pasa a estar bajo la órbita del Ministerio de Hacienda y Finanzas Públicas, actualmente el Ministerio de Hacienda.

A continuación se establece un resumen de ciertas disposiciones del régimen de prevención de lavado de activos establecido por la Ley de Prevención de Lavado de Activos, incluyendo sus disposiciones modificatorias y complementarias establecidas por otras normas y reglamentaciones, incluyendo normas dictadas por la UIF, el Banco Central, la CNV y otros organismos regulatorios. Se recomienda a los inversores consultar con sus propios asesores jurídicos y leer la Ley de Prevención de Lavado de Activos y sus normas legales. La UIF es la dependencia a cargo del análisis, tratamiento y transmisión de información, con la finalidad de prevenir el lavado de dinero derivado de distintos delitos y del financiamiento del terrorismo.

El Código Penal Argentino tipifica al lavado de activos, estableciendo que se comete el delito cuando una persona convierte, transfiere, administra, vende, grava, disimula o de cualquier otro modo pone en circulación en el mercado, bienes provenientes de un acto ilícito, con la consecuencia posible de que, el origen de los bienes originarios o los subrogantes, adquieran la apariencia de un origen lícito, y siempre que su valor supere la suma de Ps.300.000, sea en un solo acto o por la reiteración de hechos diversos vinculados entre sí. El art. 303 del art. Código Penal Argentino, establece las siguientes penas:

(i) pena de prisión de tres a diez años y multas de dos a diez veces el monto de la operación para el supuesto anterior;

(ii) la pena establecida en el inciso (i) se incrementará en un tercio del máximo y en la mitad del mínimo, cuando:

(a) la persona realizare el hecho con habitualidad o como miembro de una asociación o banda formada para la comisión continuada de hechos de esta naturaleza;

(b) la persona sea un funcionario de gobierno que hubiera cometido el hecho en ejercicio u ocasión de sus funciones. En este caso, sufrirá además pena de inhabilitación especial de tres a diez años. La misma pena sufrirá el que hubiere actuado en ejercicio de una profesión u oficio que requirieran habilitación especial.

(iii) el que recibiere dinero u otros bienes provenientes de un ilícito penal, con el fin de hacerlos aplicar en una operación de las previstas en el inciso 1), que les dé la apariencia posible de un origen lícito, será reprimido con la pena de prisión de seis meses a tres años;

(iv) si el valor de los bienes no excede la suma de Ps.300.000, la pena será prisión por el plazo de seis meses a tres años.

Asimismo, el Código Penal de la Nación prevé en el art. 304 que cuando los hechos delictivos hubieren sido realizados en nombre, o con la intervención, o en beneficio de una persona de existencia ideal, se impondrán a la entidad las siguientes sanciones conjunta o alternativamente:

(i) multa de dos (2) a diez (10) veces el valor de los bienes objeto del delito.

(ii) suspensión total o parcial de actividades, que en ningún caso podrá exceder de diez (10) años.

(iii) suspensión para participar en concursos o licitaciones estatales de obras o servicios públicos o en cualquier otra actividad vinculada con el Estado, que en ningún caso podrá exceder de diez (10) años.

(iv) cancelación de la personería cuando hubiese sido creada al solo efecto de la comisión del delito, o esos actos constituyan la principal actividad de la entidad.

(v) pérdida o suspensión de los beneficios estatales que tuviere.

(vi) publicación de un extracto de la sentencia condenatoria a costa de la persona jurídica.

Para graduar estas sanciones, los jueces tendrán en cuenta el incumplimiento de reglas y procedimientos internos, la omisión de vigilancia sobre la actividad de los autores y partícipes, la extensión del daño causado, el monto de dinero involucrado en la comisión del delito, el tamaño, la naturaleza y la capacidad económica de la persona jurídica. Cuando fuere indispensable mantener la continuidad operativa de la entidad, o de una obra, o de un servicio en particular, no serán aplicables las sanciones previstas por el inciso (ii) y el inciso (iv) anteriores.

Asimismo, el artículo 306 del Código Penal de la Nación (modificado y complementado por la Ley N° 26.734) define el financiamiento del terrorismo como un delito cometido por cualquier persona que directa o indirectamente recolectare o proveyere bienes o dinero, con la intención de que se utilicen, o a sabiendas de que serán utilizados, en todo o en parte: a) Para financiar la comisión de un delito con la finalidad establecida en el artículo 41 quinquies; b) Por una organización que cometa o intente cometer delitos con la finalidad establecida en el artículo 41 quinquies; c) Por un individuo que cometa, intente cometer o participe de cualquier modo en la comisión de delitos con la finalidad establecida en el artículo 41 quinquies. La pena prevista es prisión de cinco a quince años y multas de dos a diez veces el monto de la operación.

La Ley de Prevención de Lavado de Activos, en línea con la práctica aceptada internacionalmente, no atribuye la responsabilidad de controlar estas transacciones delictivas sólo a los organismos del Gobierno Argentino sino que también asigna determinadas obligaciones a diversas entidades del sector privado tales como bancos, agentes de bolsa, sociedades de bolsa y compañías de seguro, que se convierten en partes obligadas legalmente a brindar información. Estas obligaciones consisten básicamente en funciones de captación de información.

De acuerdo con la Ley de Prevención de Lavado de Activos, las siguientes personas, entre otras, deben reportar a la UIF: (i) entidades financieras y compañías de seguros; (ii) agencias de cambio y personas físicas y jurídicas autorizadas por el Banco Central a intervenir en la compra-venta de moneda extranjera con fondos en efectivo o cheques emitidos en moneda extranjera o a través del uso de tarjetas de débito o crédito o en la transferencia de fondos dentro o fuera del territorio nacional; (iii) agentes y sociedades de bolsa, administradoras de fondos comunes de inversión, agentes del mercado abierto electrónico, intermediarios en la compra, alquiler o préstamo de títulos valores; (iv) empresas de servicios de transporte de caudales y compañías o concesionarias que presten servicios de correo orientados a la realización de transferencias de divisas o remisión de distintos tipos de moneda u obligaciones negociables; (v) organizaciones gubernamentales tales como el Banco Central, la AFIP, la Superintendencia de Seguros de la Nación, la CNV y la IGJ; (vi) profesionales del área de ciencias económicas y escribanos públicos; y (vii) personas físicas y jurídicas que actúen como fiduciarios de cualquier tipo y personas físicas y jurídicas que se relacionen en forma directa o indirecta con cuentas fiduciarias, fiduciarios y fiduciantes en virtud de contratos de fideicomiso.

Las personas físicas y jurídicas sujetas a la Ley de Prevención de Lavado de Activos deben cumplir con ciertas obligaciones, tales como: (a) recabar de sus clientes documentos que prueben fehacientemente su identidad, personería jurídica, domicilio y demás datos que en cada caso se estipulen (la política “conozca a su cliente”); (b) reportar cualquier operación o hecho sospechoso (que de acuerdo con las prácticas habituales del área involucrada, así como la experiencia y competencia de las partes que poseen el deber de informar, sean operaciones que se hubiera intentado efectuar o consumadas que previamente se identificaron como operaciones inusuales por la parte legalmente obligada a informar, así como cualquier operación sin justificación económica o jurídica o de complejidad inusitada o injustificada, sean realizadas en forma aislada o reiterada (independientemente de su monto); y (iii) abstenerse de revelar al cliente o a terceros las actuaciones que se estén realizando en cumplimiento de la Ley de Prevención de Lavado de Activos. Dentro del marco de análisis de un informe de operación sospechosa, las personas físicas y jurídicas antes mencionadas no pueden abstenerse de divulgar a la UIF ninguna información que se les requiera alegando que dicha información se encuentra sujeta a secreto bancario, cambiario o profesional o acuerdos de confidencialidad de naturaleza legal o contractual similares. La AFIP solamente divulgará a la UIF información que obre en su poder cuando el informe de operación sospechosa hubiera sido efectuado por dicha entidad y se refiera a personas físicas o jurídicas involucradas en forma directa en la operación informada. En la totalidad de los restantes casos, la UIF solicitará al juez federal que sea competente en una cuestión penal que ordene a la AFIP revelar información que obre en su poder.

De acuerdo con la Resolución Nº 229/2014 de la UIF y sus modificatorias, tanto el Banco Central como la CNV son considerados “Órganos de Contralor Específicos”. En tal carácter, deben colaborar con la UIF en la evaluación del cumplimiento de los procedimientos de prevención de lavado de activos por parte de las partes legalmente obligadas a informar sujetas a su control. A estos fines, están facultados a supervisar, monitorear e inspeccionar dichas entidades, y de ser necesario, implementar ciertas medidas y acciones correctivas.

La Resolución 121/2011 de la UIF según fuera modificada (la “Resolución 121”), actualmente abrogada por la Resolución 21/2018 de la UIF, era aplicable a entidades financieras sujetas a la Ley de Entidades Financieras, a entidades sujetas a la Ley Nº 18.924 y sus modificatorias y a personas físicas y jurídicas autorizadas por el Banco Central a intervenir en la compra-venta de moneda extranjera con fondos en efectivo o cheques emitidos en moneda extranjera o a través del uso de tarjetas de débito o crédito o en la transferencia de fondos dentro o fuera del territorio nacional. La Resolución Nº 229/2011 de la UIF, según fuera modificada o complementada por las Resoluciones Nº 52/2012 y 140/2012 (la “Resolución 229”) era de aplicación a agentes y sociedades de bolsa, administradoras de fondos comunes de inversión, agentes del mercado abierto electrónico, intermediarios en la compra, alquiler o préstamo de títulos valores que operen bajo la órbita de bolsas de comercio con o sin mercados adheridos y los agentes intermediarios inscriptos en los mercados de futuros y opciones.

La Resolución 121 y la Resolución 229 regulaban, entre otras cuestiones, la obligación de reunir documentación de clientes y las condiciones, obligaciones y restricciones para el cumplimiento de la obligación de informar respecto de operaciones sospechosas de lavado de activos y financiamiento del terrorismo.

En agosto de 2016, la Resolución UIF Nº 94/16 estableció que las partes obligadas legalmente a informar bajo la Resolución 121 pueden aplicar medidas de due diligence simplificado para la identificación del cliente al momento de abrir una caja de ahorros (por ejemplo, presentación de identificación, declaración PEP y verificación de que el titular no se encuentra incluido en los listados de terroristas y/u organizaciones terroristas) en los casos en que el cliente cumpla con ciertos requisitos específicos. De acuerdo con esta resolución, las medidas de identificación simplificada no liberan a la parte legalmente obligada a informar de la obligación de monitorear las operaciones desarrolladas por dicho cliente. Asimismo, si cualquiera de los requisitos indicados en la resolución no pudiera ser verificado, las partes legalmente obligadas a informar deben aplicar las medidas de identificación que se establecen en la Resolución 121.

La Resolución 121 y la Resolución 229 establecían pautas generales en relación con la identificación del cliente (incluso la distinción entre clientes ocasionales y clientes regulares), la información a ser requerida, la documentación que debe ser presentada y los procedimientos para detectar e informar las operaciones sospechosas.

El Banco Central y la CNV deben cumplir asimismo con las normas sobre prevención de lavado de activos establecidas por la UIF, incluyendo el reporte de operaciones sospechosas.

Las Normas CNV (modificadas en septiembre de 2013) incluyen un capítulo especial respecto de “Prevención del Lavado de Dinero y Financiación del Terrorismo” y dejan constancia de que las personas allí establecidas (Agentes de Negociación, los Agentes de Liquidación y Compensación (que sean operadores de bolsa), y los Agentes de Distribución y Colocación, Agentes de Administración y Custodia de Fondos de Inversión Colectiva, Agentes de Corretaje, Agentes Depositarios Colectivos, emisores con respecto a aportes de capital, aportes de capital irrevocables para futuros aumentos de capital o préstamos significativos que hubieran sido efectuados en su beneficio, específicamente con respecto a la identidad de los aportantes y/o acreedores y el origen y legalidad de los fondos así aportados o dados en préstamo) deben ser consideradas legalmente obligadas a informar, conforme a la Ley de Prevención del Lavado de Activos y por lo tanto deben cumplir con todas las leyes y regulaciones vigentes en relación con la materia, incluso las resoluciones emitidas por la UIF, decretos reglamentarios referidos a las resoluciones promulgadas por el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas en relación con la lucha contra el terrorismo y las resoluciones (y sus anexos) emitidas por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto. Asimismo, las Normas CNV imponen ciertas restricciones en relación con los acuerdos de pago (limitando, entre otras cuestiones, el monto en efectivo que las entidades allí establecidas podrían recibir o pagar por día y por cliente, a Ps.1.000) e imponen ciertas obligaciones de información.

Además, las Normas CNV establecen que las entidades mencionadas anteriormente únicamente llevarán a cabo las operaciones contempladas según el régimen de oferta pública cuando dichas operaciones sean llevadas a cabo u ordenadas por personas constituidas, domiciliadas o residentes en países, dominios, jurisdicciones, territorios o estados asociados incluidos en el listado del Decreto del Poder Ejecutivo Nacional Nº 589/2013, artículo 2(b). Cuando dichas personas no se encuentren incluidas en dicho listado y en sus jurisdicciones de constitución califiquen como intermediarios registrados de una entidad bajo el control y supervisión de un organismo que desarrolla funciones similares a las de la CNV, solo se les permitirá llevar a cabo operaciones si presentaran prueba indicando que la comisión de valores pertinente de su jurisdicción ha firmado un memorándum de entendimiento para la cooperación e intercambio de información con la CNV.

En febrero de 2016, mediante Decreto N° 360/2016 se creó el “Programa de Coordinación Nacional para el Combate del Lavado de Activos y la Financiación del Terrorismo”, en el ámbito del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, otorgándosele la función de reorganizar, coordinar y fortalecer el sistema nacional anti lavado de activos y contra la financiación del terrorismo, en atención a los riesgos concretos que puedan tener impacto en el territorio nacional y a las exigencias globales de mayor efectividad en el cumplimiento de las obligaciones y recomendaciones internacionales establecidas por las Convenciones de las Naciones Unidas y los estándares del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), las cuales serán llevadas a cabo e implementadas a través de un Coordinador Nacional designado al efecto. Asimismo, se modificó la normativa vigente estableciendo que sea el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos la autoridad central del Estado Nacional para realizar las funciones de coordinación interinstitucional de todos los organismos y entidades del sector público y privado con competencia en esta materia, reservando a la UIF la capacidad de realizar actividades de coordinación operativa en el orden nacional, provincial y municipal en lo estrictamente atinente a su competencia de organismo de inteligencia financiera.

Por otra parte, en el marco del sistema voluntario de declaración bajo la amnistía impositiva argentina, la Ley 27.260 y su decreto reglamentario Nº 895/16 establecieron que la UIF tiene la facultad de comunicar información a otras agencias de inteligencia públicas o investigaciones, en base a una resolución previa del presidente de la UIF y siempre que existan pruebas confiables y coherentes de la comisión de ciertos delitos bajo la Ley de Prevención de Lavado de Activos. Asimismo, de acuerdo con la Resolución N° 92/2016, se estableció que los sujetos obligados debían implementar un sistema de gestión de riesgos. Asimismo, se implementó un régimen de información especial para operaciones desarrolladas bajo la amnistía impositiva antes mencionada con anterioridad al 31 de marzo de 2017.

De conformidad con la Resolución N° 92/2016, se deben tener en cuenta los siguientes factores para analizar si una operación sospechosa debe ser informada dentro del marco del régimen de transparencia fiscal:

  1. Perfil del Cliente: los Sujetos Obligados deberán definir un perfil del cliente, que estará basado en la información y documentación relativa a la situación económica, patrimonial y financiera que hubiera proporcionado el mismo y que hubiera podido obtener el propio Sujeto Obligado.
  2. Operaciones Inusuales: son aquellas operaciones tentadas o realizadas en forma aislada o reiterada, sin justificación económica y/o jurídica, ya sea porque no guardan relación con el perfil económico, financiero o patrimonial del cliente, o porque se desvían de los usos y costumbres en las prácticas de mercado, por su frecuencia, habitualidad, monto, complejidad, naturaleza y/o características particulares.
  3. Operaciones Sospechosas: son aquellas operaciones tentadas o realizadas, que habiéndose identificado previamente como inusuales, luego del análisis y evaluación realizados por el sujeto obligado, exhiben dudas respecto de la autenticidad, veracidad o coherencia de la documentación presentada por el cliente, ocasionando sospecha de Lavado de Activos; o aun cuando tratándose de operaciones relacionadas con actividades lícitas, exista sospecha de que estén vinculadas o que vayan a ser utilizadas para la Financiación del Terrorismo, debiéndose gestionar los riesgos de la operación evaluando la relación de la misma con la actividad del cliente.

El 11 de enero de 2017, la UIF publicó la Resolución Nº 4/17 (“Resolución 4/17”), que permite a las partes obligadas legalmente a informar detalladas en los incisos 1, 4 y 5 del artículo 20 de la Ley Nº 25.246, y sus disposiciones modificatorias (las “Partes Legalmente Obligadas a Informar de la Res. 4/17”), aplicar medidas de identificación de due diligence especiales a los inversores nacionales y extranjeros (que deben cumplir con los requisitos establecidos por la Resolución 4/17 para calificar) al abrir cuentas de inversiones especiales a distancia (las “Cuentas”). El régimen especial de due diligence no exceptuará a las Partes Legalmente Obligadas a Informar de la Resolución 4/17 de monitorear y supervisar las operaciones llevadas a cabo en el transcurso de la relación comercial, de acuerdo con un enfoque basado en riesgos.

La Resolución 4/17 regula asimismo las medidas de due diligence entre las partes legalmente obligadas a brindar información financiera. Requiere que cuando la apertura de las cuentas sea solicitada por los agentes de liquidación y compensación, o los ALyC, la entidad financiera local haya cumplido con las normas actuales de prevención de lavado de activos y contra el financiamiento del terrorismo luego de haber cumplido el due diligence con respecto a los ALyCs. Los ALyC serán responsables de cumplir con el due diligence con respecto a sus clientes. La Resolución 4/17 establece expresamente que, aunque las entidades financieras no sean responsables de llevar a cabo el due diligence con respecto a los clientes de los ALyC, no se encuentran exentas de monitorear ni supervisar las operaciones llevadas a cabo por sus clientes (los ALyCs) durante el transcurso de la relación comercial, de acuerdo con un enfoque basado en riesgos.

Recientemente, la UIF publicó la Resolución Nº 30/17, que derogó la Resolución 121 y estableció nuevas pautas que las entidades financieras y cambiarias deben seguir en calidad de partes obligadas legalmente a brindar información financiera bajo la Ley de Prevención de Lavado de Activos, en base a las recomendaciones revisadas de FATF del año 2012, a los fines de adoptar un enfoque basado en riesgos. La Resolución 30/17, vigente desde el 15 de septiembre de 2017, determina los elementos de cumplimiento mínimos que deben incluirse en un sistema para la prevención de lavado de activos y financiamiento del terrorismo, como un proceso de due diligence del cliente, programas de capacitación, monitoreo de operaciones, reporte de operaciones sospechosas y normativa de incumplimiento, entre otras.

Con fecha 5 de marzo de 2018, fue publicada la Resolución N° 21/2018 de la UIF, complementaria de la Resolución 30/2017 –dirigida al sector financiero-, incluyendo los lineamientos para la gestión de riesgos de lavado de activos y financiación de terrorismo y de cumplimiento mínimo que los Sujetos Obligados del sector de mercado de capitales deberán adoptar y aplicar para gestionar, de acuerdo con sus políticas, procedimientos y controles, el riesgo de ser utilizadas por terceros con objetivos criminales de lavado de activos y financiación del terrorismo.

Fundamentalmente, la norma cambia el enfoque de cumplimiento normativo formalista a un enfoque basado en riesgos, a fin de asegurar que las medidas implementadas sean proporcionales a los riesgos identificados. Por tanto, los Sujetos Obligados deberán identificar y evaluar sus riesgos y en función de ello, adoptar medidas de administración y mitigación de los mismos, a fin de prevenir de manera más eficaz el lavado de activos y financiación del terrorismo. Así, se habilita a los mismos a implementar plataformas tecnológicas acreditadas que permitan llevar a cabo trámites a distancia, sin exhibición personal de la documentación, sin que ello condicione el cumplimiento de los deberes de Debida Diligencia.

A la vez, las nuevas categorías de agentes han sido contempladas, esto es, los Agentes de Liquidación y Compensación, los Agentes de Negociación (en toda aquella actividad que realicen en el ámbito del Mercado de Capitales) y los Agentes de Administración de Productos de Inversión Colectiva de Fondos Comunes de Inversión, como también los fideicomisos financieros con oferta pública, sus fiduciarios, fiduciantes y las personas físicas o jurídicas vinculadas directa o indirectamente con estos, son también abarcados por la norma, derogando parcialmente la Res N° 140/2012 de la UIF sólo sobre tales sujetos, continuando vigentes las disposiciones de la misma para los restantes fideicomisos.

Para conocer un análisis ampliado del régimen de lavado de activos y financiamiento del terrorismo vigente a la fecha de este prospecto, los inversores deben consultar con sus asesores jurídicos y leer el Título XIII, Libro 2 del Código Penal de la Nación y las normas dictadas por la UIF, la CNV y el Banco Central en su totalidad. A tales fines, las partes interesadas pueden visitar los sitios web del Ministerio de Hacienda (www.minhacienda.gob.ar), de la sección de información legislativa (www.infoleg.gob.ar), de la UIF (www.argentina.gob.ar/uif), de la CNV (www.cnv.gob.ar) y/o del Banco Central, (www.bcra.gov.ar). La información contenida en dichos sitios no forma parte de este Prospecto.

TRATAMIENTO IMPOSITIVO

Para obtener información respecto al presente acápite, se recomienda a los potenciales inversores revisar cuidadosamente la Sección “Tratamiento Impositivo” en el Prospecto.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Para obtener información respecto al presente acápite, se recomienda a los potenciales inversores revisar cuidadosamente la Sección “Información Adicional” en el Prospecto.

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