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GENNEIA S.A. — Capital/Financing Update 2014
Oct 1, 2014
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Download source fileADENDA AL SUPLENTO DE PRECIO DE FECHA 26 SEPTIEMBRE 2014
| OBLIGACIONES NEGOCIABLES CLASE XIV EN DÓLARES ESTADOUNIDENSES A TASA FIJA CON VENCIMIENTO A LOS 48 MESES DESDE SU FECHA DE EMISIÓN | OBLIGACIONES NEGOCIABLES CLASE XV EN PESOS A TASA VARIABLE CON VENCIMIENTO A LOS 36 MESES DESDE SU FECHA DE EMISIÓN |
EN CONJUNTO O EN FORMA INDIVIDUAL POR UN VALOR NOMINAL GLOBAL TOTAL
DE HASTA U$S 15.000.000 AMPLIABLE A U$S 25.000.000
En referencia a las Obligaciones Negociables Clase XIV a tasa fija con vencimiento a los 48 meses de la Fecha de Emisión y Liquidación, denominadas en Dólares Estadounidenses (las “Obligaciones Negociables Clase XIV”); y a las Obligaciones Negociables Clase XV a tasa variable con vencimiento a los 36 meses de la Fecha de Emisión y Liquidación, denominadas en Pesos (las “Obligaciones Negociables Clase XV”, y junto con las Obligaciones Negociables Clase XIV, las “Obligaciones Negociables”), que serán emitidas por Genneia S.A. (la “Sociedad”, “Genneia”, la “Emisora” o la “Compañía”, indistintamente) por un valor nominal en conjunto o en forma individual de hasta U$S 15.000.000 (Dólares Estadounidenses quince millones) convertidos al Tipo de Cambio Inicial, ampliable hasta U$S 25.000.000 (Dólares Estadounidenses veinticinco millones) (el “Monto Máximo de Emisión”) (o su equivalente en otras monedas) en el marco de su programa global para la emisión de obligaciones negociables simples (no convertibles en acciones) a corto, mediano o largo plazo por un monto máximo de hasta U$S 400.000.000 (Dólares Estadounidenses cuatrocientos millones) (o su equivalente en otras monedas) (el “Programa”), cuyos términos fueron establecidos en el Suplemento de Precio de fecha 26 de septiembre de 2014 (el “Suplemento de Precio”) que fuera publicado en la página web de la Comisión Nacional de Valores (www.cnv.gob.ar) bajo el ID N° 4-248108-D y en el Boletín Diario de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires el 29 de septiembre de 2014, se comunica al público inversor en general la siguiente información:
Se incluye dentro de la sección “Términos y Condiciones Generales de las Obligaciones Negociables” una sub-sección denominada “Limitación en el otorgamiento de gravámenes” cuyo contenido se detalla a continuación:
“Limitación en el otorgamiento de gravámenes”: Ni la Emisora ni sus Sociedades Controladas otorgarán, asumirán ni permitirán la existencia de ningún derecho real, servidumbre, derechos de uso, derecho de retención, garantía o cualquier otro gravamen sobre cualquiera de sus activos, excepto por Gravámenes Permitidos. A los efectos del presente compromiso, “Gravámenes Permitidos” significa: (i) gravámenes fijados por la ley por impuestos aún no vencidos o que estuvieran siendo controvertidos de buena fe por los procedimientos adecuados y para los que la Emisora o sus Sociedades Controladas hubieran constituido las reservas adecuadas de conformidad con las normas contables profesionales aplicables, aplicadas en forma consistente, (ii) gravámenes de transportistas, depositarios, proveedores, técnicos, locadores, vendedores, cargas sociales y otros similares fijados por ley, originados en el curso habitual de los negocios y en garantía de obligaciones que no estuvieran vencidas en más de treinta días o que estuvieran siendo controvertidas de buena fe por los procedimientos adecuados y para las que la Emisora o sus Sociedades Controladas hubieran constituido reservas adecuadas de conformidad con las normas contables profesionales aplicables, aplicadas en forma consistente; (iii) prendas y depósitos efectuados en el curso habitual de los negocios en cumplimiento de las leyes o reglamentaciones sobre indemnizaciones por accidentes de trabajo, seguro por invalidez o de desempleo, jubilaciones y pensiones y otras leyes o reglamentaciones respecto de cargas sociales, (iv) gravámenes en efectivo en garantía del cumplimiento de cauciones, contratos comerciales, alquileres, obligaciones originadas de puro derecho, avales y fianzas, garantías de cumplimiento y de retorno de dinero, licitaciones y demás obligaciones de igual naturaleza, en cada caso, en el curso habitual de los negocios; (v) gravámenes originados en sentencias que no constituyen un Evento de Incumplimiento según el evento de incumplimiento descripto en el apartado (c) de los eventos de incumplimiento enumerados en la sección “XVIII. De la Oferta y la Cotización. Términos y Condiciones de los Títulos – Eventos de Incumplimiento” del Prospecto; (vi) irregularidades menores en el título de dominio de inmuebles que no garanticen obligaciones monetarias y que no interfieran sustancialmente con la ocupación, uso o goce de la Emisora y/o sus Sociedades Controladas de cualquiera de sus bienes o activos; (vii) servidumbres, derechos de zonificación, derechos de paso y gravámenes similares sobre inmuebles fijados por ley u originados en el curso habitual de los negocios que no garanticen obligaciones monetarias y no afecten sustancialmente el valor de los bienes afectados o interfieran con el curso habitual de los negocios de la Emisora y sus Sociedades Controladas; (viii) gravámenes que aseguren el precio de bienes o activos que sean adquiridos, construidos o creados por la Emisora o sus Sociedades Controladas pero únicamente si (a) dicho gravamen garantiza únicamente montos de capital (no superiores al costo de dicha adquisición, construcción o creación) obtenidos con el objeto de dicha adquisición, construcción o creación, junto con los costos, gastos, intereses y comisiones incurridos al respecto, (b) dicho gravamen fuera creado o se originara dentro de los 120 días de completada la adquisición, construcción o creación y (c) dicho gravamen estuviera confinado únicamente a los bienes adquiridos, construidos o creados, y/o a los créditos y cuentas por cobrar producidos por la operación de dichos bienes; (ix) gravámenes constituidos en garantía de nueva deuda financiera incurrida por la Emisora, en la medida que dichos gravámenes garanticen obligaciones por un monto que no exceda de U$S 15.000.000 (dólares estadounidenses quince millones) y sólo aseguren obligaciones derivadas de dichas operaciones; (x) gravámenes en virtud de operaciones de leasing o similares o por alquileres bajo contratos de locación que requieran ser capitalizados de conformidad con las normas contables profesionales aplicables, incurridos en el curso ordinario de los negocios; (xi) gravámenes constituidos sobre las acciones emitidas por las Sociedades Controladas; (xii) cualquier otro gravamen existente a la Fecha de Emisión otorgado por la Emisora y/o por sus Sociedades Controlados y debidamente registrado y contabilizado de conformidad con las normas contables profesionales aplicables; y (xiii) cualquier renovación o reemplazo de los gravámenes precedentemente enunciados.”
El presente aviso complementa el Suplemento de Precio. Se informa al público inversor que la presente modificación implica un mejoramiento de los términos y condiciones de las Obligaciones Negociables Clase XIV y las Obligaciones Negociables Clase XV descriptos en el Suplemento de Precio.
Contactos:
| EMISORA | ||||||
| GENNEIA S.A. Av. Leandro N. Alem 928, Piso 7° (C1001AAR) Ciudad Autónoma de Buenos Aires Argentina | ||||||
| ORGANIZADORES | ||||||
| BANCO MACRO S.A. Sarmiento 447 (C1041AAI) Ciudad Autónoma de Buenos Aires Argentina | INDUSTRIAL AND COMMERCIAL BANK OF CHINA (ARGENTINA) S.A. Boulevard Cecilia C. Grierson 355 Piso 12 (C1001ADA) Ciudad deAutónoma de Buenos Aires Argentina | BACS BANCO DE CRÉDITO Y SECURITIZACIÓN S.A. Tucumán 1, Piso 19 Ciudad Autónoma de Buenos Aires Argentina | ||||
| AGENTES COLOCADORES | ||||||
| MACRO SECURITIES S.A. Juana Manso 555 8 “A” (C1041AAI) Ciudad Autónoma de Buenos Aires Argentina | INDUSTRIAL AND COMMERCIAL BANK OF CHINA (ARGENTINA) S.A. Boulevard Cecilia C. Grierson 355 Piso 12 (C1001ADA) Ciudad deAutónoma de Buenos Aires Argentina | BANCO HIPOTECARIO S.A. Reconquista 151, Piso 5 (C1003ABC) Ciudad Autónoma de Buenos Aires Argentina | BACS BANCO DE CRÉDITO Y SECURITIZACIÓN S.A. Tucumán 1, Piso 19 Ciudad Autónoma de Buenos Aires Argentina | |||
| ASESORES LEGALES | ||||||
| DE LA EMISORA | DE LOS ORGANIZADORES Y AGENTES COLOCADORES | |||||
| Marval, O’Farrell & Mairal Av. Leandro N. Alem 928, Piso 7° (C1001AAR) Ciudad Autónoma de Buenos Aires Argentina | Bruchou, Fernández Madero & Lombardi Ing. Butty 275, Piso 12° (C1001AFA) Ciudad Autónoma de Buenos Aires Argentina | |||||
| AUDITORES | ||||||
| Deloitte & Co. S.A. Florida 234, Piso 5° (C1005AAF) Ciudad Autónoma de Buenos Aires Argentina |
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 1 de octubre de 2014.
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Tomás Córdoba
Sub-delegado