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GENNEIA S.A. Board/Management Information 2009

Apr 8, 2009

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ACTA DE DIRECTORIO Nº 189

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 5 días del mes de marzo de 2009, siendo las 13.00 horas se reúne el Directorio de EMGASUD S.A. (en adelante “EMGASUD” o la “Sociedad”, indistintamente) en la sede social, con la presencia de los Señores Directores que firman al pie, y en representación de la Comisión Fiscalizadora de la Sociedad el Sr. Síndico que suscribe la presente. Preside la reunión el Sr. Alejandro P. Ivanissevich en su carácter de Presidente de la Sociedad, quien expone orden del día a tratar:

  1. Consideración de los documentos enumerados en el art. 234 inc. 1º de la ley 19.550 correspondientes al ejercicio económico cerrado el 31.12.08:

El Sr. Presidente expresa que resulta necesario considerar la documentación correspondiente al ejercicio económico finalizado el 31 de diciembre de 2008, a saber: la Memoria, el Estado de Situación Patrimonial, el Estado de Resultados, el Estado de Evolución del Patrimonio Neto, las Notas y Anexos a los Estados Contables y demás documentación del ejercicio económico cerrado el 31 de diciembre de 2008. Luego de una breve deliberación, por unanimidad se RESUELVE: Aprobar la Memoria, el Estado de Situación Patrimonial, el Estado de Resultados, el Estado de Evolución del Patrimonio Neto, las Notas y Anexos a los Estados Contables, el Informe de los Auditores Independientes y demás documentación del ejercicio económico cerrado el 31 de diciembre de 2008, tal como se encuentran transcriptos en el libro Inventario y Balances de la Sociedad.

2. Convocatoria a Asamblea Ordinaria:

El Sr. Presidente expresa que corresponde convocar a Asamblea General Ordinaria de accionistas a fin de considerar la documentación aprobada en el punto anterior del temario. Luego de una breve deliberación, por unanimidad se RESUELVE: Convocar a Asamblea General Ordinaria de accionistas a celebrarse el día 6 de marzo de 2009, a las 09:00 horas en la sede social de la Sociedad a fin de considerar el siguiente Orden del Día:

  1. Designación de dos accionistas para suscribir el Acta;
  2. Consideración de los documentos enumerados en el Art. 234 inc. 1º de la Ley 19.550 correspondientes al ejercicio económico cerrado el 31.12.08;
  3. Consideración y destino de los resultados del ejercicio económico cerrado el 31.12.08;
  4. Fijación de honorarios de los miembros de la Comisión Fiscalizadora por el ejercicio en consideración.
  5. Elección de los miembros de la Comisión Fiscalizadora;
  6. Aprobación y ratificación de la gestión de los miembros de la Comisión Fiscalizadora por el ejercicio en consideración;
  7. Fijación de honorarios del Directorio por el ejercicio en consideración;
  8. Fijación de número de Directores y su elección; y
  9. Aprobación y ratificación de la gestión del Directorio por el ejercicio en consideración.

El Sr. Presidente deja constancia de que se prescinde de la publicación de la convocatoria de la Asamblea, atento haber comprometido la totalidad de los Sres. Accionistas su presencia en la misma y su voto coincidente y concordante sobre los puntos del Orden del Día, por lo que aquella revestirá el carácter de unánime en los términos del art. 237, último párrafo, de la Ley de Sociedades Comerciales.

No habiendo más asuntos que tratar, siendo las 14:00 horas, se levanta la sesión. Acto seguido, se procede a transcribir la Memoria correspondiente a los estados contables de la Sociedad aquí considerados:

MEMORIA

(INFORMACIÓN NO CUBIERTA POR EL INFORME DEL AUDITOR)

En cumplimiento de disposiciones legales y estatutarias vigentes, el Directorio tiene el agrado de someter a vuestra consideración la presente Memoria y los Estados Contables correspondientes al Ejercicio económico finalizado el 31 de diciembre de 2008.

  1. PERFIL DE LA COMPAÑÍA

EMGASUD es una compañía energética integrada e innovadora en materia de proyectos energéticos sustentables.

Junto con sus subsidiarias es uno de los principales grupos inversores en nueva infraestructura energética en la República Argentina en los últimos años, en especial en nueva capacidad de generación eléctrica y en transporte de gas natural.

La principal actividad de EMGASUD y el resto de su grupo corporativo consiste en la realización de actividades, obras y servicios, propios y/o relacionados con los negocios de producción y comercialización de energía eléctrica; la comercialización, transporte y distribución de gas natural, y la investigación, estudio y planeamiento de proyectos de inversión en el sector de energías renovables.

El año 2008 consolidó su participación en el mercado de generación eléctrica, aumentó su capital social incorporando un socio estratégico con amplio expertise en la industria energética a nivel mundial e inició su participación en el mercado de capitales logrando la aprobación de la Comisión Nacional de Valores para la oferta pública de títulos valores.

A lo largo del ejercicio avanzó con el objetivo de ser un actor líder en la provisión de servicios energéticos sustentables, basados en la excelencia, la preservación del medio ambiente, el respeto a las normas legales y a los valores de la empresa, sustentados en la honestidad, eficiencia, compromiso, responsabilidad en el desarrollo de los negocios, en las relaciones interpersonales, y en las comunidades en las que opera.

  1. RESEÑA DEL EJERCICIO - SITUACIÓN ECONÓMICA DE LA ARGENTINA. CONTEXTO MACROECONÓMICO

Durante el ejercicio 2008 la economía mundial se vio sacudida por la crisis financiera que afectó los mercados de los países centrales. En efecto, en el tercer trimestre la caída de una serie de bancos denominados “de inversión” en los Estados Unidos, provocada por la mora en el pago de hipotecas de baja calidad crediticia que habían sido transformadas en bonos y adquiridos por diversos inversores financieros, fue el primer paso para el desplome del sistema financiero internacional.

Argentina no escapó a esta situación, aun contando con escasa financiación del exterior. En el escenario de negocios de un mundo globalizado, la economía real ter mina resultando afectada.

El saldo del intercambio comercial disminuyó en el tercer trimestre del ejercicio en un 26% con respecto a igual período del ejercicio 2007, pasando de U$S 3.956 millones en el tercer trimestre 2007 a U$S 2.947 millones.

La inflación acumulada para el ejercicio se ubicó – según los datos publicados por INDEC – en el 7.2%.

El Estimador Mensual de Actividad Económica acumulado de enero –diciembre 2008, respecto a igual período del año 2007, muestra un incremento del 7.1%.

El índice de desocupación para el cuarto trimestre del ejercicio 2008 se mantuvo en 7.1%, valor similar a igual período de 2007.

La variación porcentual anual de 2008 del PBI a precios de mercado es del 7% - 1.7% por debajo de la variación porcentual para el ejercicio anterior.

Producto de la baja en la demanda de productos agrícolas, el precio de los principales productos agrarios exportados por Argentina disminuyeron su valor en los mercados internacionales.

Con movimientos durante el año, finalmente el dólar estadounidense termino cotizando al 31 de diciembre en valores superiores a $3,40 por dólar.

En el orden institucional merece señalarse el cambio introducido por el Poder Ejecutivo Nacional sobre el sistema Previsional de Jubilaciones y Pensiones.

En el mes de Octubre el gobierno presentó al Poder Legislativo un proyecto de ley para nacionalizar los fondos previsionales de capitalización individual. El 9 de Diciembre de 2008 fue promulgada en el Boletín Oficial la ley 26.425 que eliminó el régimen de capitalización.

A comienzos de septiembre, el Gobierno Nacional anunció la decisión unilateral de cancelar la deuda con el Club de Paris por unos U$S 6.700 millones. La profundización de la crisis financiera internacional y la abrupta caída de las cotizaciones de los títulos argentinos, que hubieran estado implicados en el nuevo canje, han puesto entre paréntesis estas operaciones. El ejecutivo ha comunicado que si bien existe voluntad de pago, se están revisando los momentos y las oportunidades para hacerlo.

  1. ESTRUCTURA DE LA COMPAÑÍA

EMGASUD desarrolla su actividad en cinco unidades de negocio (i) la generación de energía eléctrica; (ii) el transporte regulado de gas natural a través del Gasoducto Patagónico; (iii) la construcción de gasoductos de alta presión y de redes de distribución de gas; (iv) la distribución de gas natural en las localidades de Dolores, Pinamar, Cariló, Valeria del Mar, Ostende y Santa Clara del Mar (Provincia de Buenos Aires); y (v) la comercialización desregulada de gas natural, capacidad de transporte de gas natural y de energía eléctrica por su subsidiaria Enersud Energy S.A.

Las operaciones de distribución y de transporte de gas natural de la Compañía, en particular sus tarifas y demás términos de su actividad, se encuentran sujetas a la regulación del Gobierno Nacional, actuando a través de la Secretaría de Energía y el Ente Nacional Regulador del Gas.

EMGASUD interactúa entre sus distintas unidades de negocio generando ventajas estratégicas entre las actividades reguladas y no reguladas y entre los sectores de gas natural y de la generación de energía eléctrica, en aras de optimizar los resultados de la Compañía con una clara visión estratégica entre los activos regulados y los no regulados.

  1. CAPITALIZACIÓN

Los proyectos de energía que la compañía inició en 2008, llevo a la búsqueda de nuevos inversores con el fin de aumentar el capital social acorde a las nuevas necesidades de inversión constituir alianzas estratégicas afianzando el posicionamiento de la compañía en la industria energética.

El 21 de Noviembre de 2008 la sociedad celebra con el grupo AEI un Stock Subscription Master Agreement. AEI es una empresa multinacional con presencia en 20 países, incluyendo 15 en Latinoamérica.

Se concretó la incorporación del grupo AEI como accionista, quien aportó en la sociedad la suma de U$S 25.000.000.

En consecuencia, al 31 de diciembre de 2008 el Capital Social suscripto e integrado es de AR$ 39.425.364 mientras que el Patrimonio Neto es de AR$ 225.614.123

La composición accionaria del Grupo a la fecha de emisión de los presentes estados contables se detalla en el Cuadro 2.

Cuadro 2 – Composición accionaria

  1. OBLIGACION NEGOCIABLE - COLOCACIÓN SERIE I

Durante el ejercicio 2008 EMGASUD llevo adelante el proyecto de emisión de su primera obligación negociable con oferta pública.

El objetivo de la colocación contemplaba la financiación del proyecto Energía Distribuida II, incluyendo la cancelación anticipada de las facilidades financieras recibidas en Mayo 2008.

Habiendo otorgado el mandato de colocación - junto con la firma de los contratos de financiamiento- a Banco Macro y ABN Amro Bank. La dirección financiera de la compañía trabajó en la estructuración de la emisión en el marco del proyecto de economía real.

Se elaboraron los documentos de la transacción, prospecto, suplemento de precios y contratos de fideicomiso, entre otros,

En el mes de julio 2008 se realiza la primera presentación a la Comisión Nacional de Valores iniciando desde este momento la relación con el organismo debiendo ajustarse al régimen de información de oferta pública

Al mismo tiempo se avanzó en la presentación del bono a los posibles inversores.

Al cierre del ejercicio, se contaba con un plan de acción trazado por la compañía, sus asesores legales y los bancos colocadores que preveía la actualización del prospecto y el suplemento de precios estimando el tramo final de la operación durante el mes de enero 2009 y el inicio del período de colocación en los primeros días de febrero.

Hechos posteriores al cierre.

Con fecha 10 de Febrero de 2009 EMGASUD emitió y colocó exitosamente la suma de U$S 101.603.000 en el marco del Programa de Obligaciones Negociables Simples por hasta U$S 200.000.000 Primera Serie, la cual contemplaba un monto máximo de U$S 150.000.000

Se recibieron órdenes de colocación que representan a los distintos actores del mercado bursátil argentino, tales como: entidades financieras y bancarias, ANSES, compañías de seguros e inversores privados.

La tasa de corte fue del 14% coincidente con la tasa de colocación del bono.

Las obligaciones negociables vencen en diciembre de 2011, tienen un esquema de pago de amortización semestral con un período de gracia iniciando el pago del capital en diciembre 2009.

Las garantías otorgadas por EMGASUD consisten en la constitución de un fondo de reserva cedido en forma fiduciaria al Fideicomiso de Garantía administrado por Deutsche Bank. El fondo de reserva se compone de una reserva inicial que ha sido descontada del monto de colocación del bono por un total de U$S 4.7 millones, más un monto de reserva mensual fijo por la suma de U$S 4.715 que ha sido cedido por EMGASUD en su carácter de fiduciante sobre la cobranza proveniente de CAMMESA por el cobro de los contratos celebrados bajo el proyecto Energía Distribuida II – ver punto 8.1.1.a.

Adicionalmente se ha constituido a favor del Fidecomiso en Garantía una prenda sobre las turbinas adquiridas a GE para ser instaladas y operadas en el proyecto en las centrales de Matheu y Paraná – ver punto 8.1.1.a “Tecnología”.

La Serie I del programa de Obligaciones Negociables cuenta con la calificación A+ (Arg.) otorgada por Fitch Argentina.

Los fondos provenientes de la colocación de obligaciones negociables fueron aplicados a la cancelación de los contratos de préstamos de financiación de importaciones celebrados con Banco Macro y ABN Amro Bank, a la constitución del fondo de reserva inicial y al pago de costos de colocación y emisión. El neto será invertido en la habilitación y puesta en marcha de las centrales de Energía Distribuida II.

Esta emisión constituye un hito en la historia de EMGASUD confirmando la firme intención manifestada en años anteriores de colocar a la compañía frente a los más estrictos standards de fiscalización y seguimiento a partir de su ingreso al mercado de capitales.

  1. GOBIERNO CORPORATIVO

6.1 Autoridades

En la Asamblea de Accionistas y reunión de Directorio de EMGASUD, celebradas el 28 de noviembre de 2008 fue designado el Sr. Alejandro Pedro Ivanissevich, como Presidente de la Sociedad, quien reviste la condición de dependiente. El Sr. Juan Manuel Arias ha sido designado en el cargo de Vicepresidente, quien reviste la condición de Independiente.

En el mes de Febrero de 2009 ha incorporado a su nómina de colaboradores al Contador Eduardo Pawluszek quien se desempeña como CEO de la compañía.

Se logra de este modo separar las funciones de Presidente del Directorio y gerencia general de la compañía otorgando mayor independencia al directorio de acuerdo a lo establecido en el Código de Buen Gobierno Corporativo aprobado por la sociedad.

6.2. Toma de decisiones y sistema de control interno

La Sociedad promueve la delegación de autoridad, permitiendo dar respuestas ágiles y eficientes a las actividades, existiendo a la vez una clara y explícita definición de los alcances de dicha delegación mediante la fijación de límites de aprobación implementados sistematizadamente, que minimizan riesgos.

Por otra parte, tiene previsto desarrollar un área de Auditoría Interna cuya misión consistirá en asegurar al Directorio, al Comité de Auditoria y al nivel gerencial de la Sociedad que existen procesos efectivos y eficientes de control interno para identificar y administrar los riesgos del negocio.

A mediados del ejercicio 2009 comenzará a operar en un nuevo sistema integrado de gestión acorde al desarrollo de las actividades de la compañía actualizando las normas y procedimientos a la nueva estructura de la compañía y enfocando sus esfuerzos a mejorar el sistema de comunicaciones internas.

6.3. Código de Buen Gobierno Corporativo. Resolución CNV 516/07.

La Comisión Nacional de Valores mediante el Decreto sobre Régimen de Transparencia de la Oferta Pública N° 677/01 sentó las bases para promover la conciencia sobre la importancia de contar con adecuadas prácticas de gobierno corporativo y con un marco regulatorio que consagre jurídicamente principios tales como los de "información plena", "transparencia", "eficiencia", "protección del público inversor", "trato igualitario entre inversores" y "protección de la estabilidad de las entidades e intermediarios financieros".

El mencionado decreto reconoció que la mayoría de las reformas que contempla incorporan tendencias mundiales referidas a prácticas de gobierno corporativo, que ya han sido adoptadas por muchos de los llamados “mercados emergentes”, y que “la dilación en la adopción de estos principios, pondría a nuestro país en una situación de desventaja comparativa en la competencia por atraer inversiones”.

Con fecha 11 de Octubre de 2007 la CNV aprobó la resolución 516/07 que establece como contenidos mínimos del Código de Gobierno Societario las recomendaciones descriptas en el Anexo I que integra esa Resolución General. El contar con este código será obligatorio para las sociedades autorizadas para ofertar públicamente las acciones representativas de su capital social, bajo el concepto de “cumpla o explique”.

Considerando estos hechos, el directorio de la sociedad ha decidido establecer un marco institucional apropiado que coloque a la sociedad en una posición competitiva a la hora de su ingreso al mercado de capitales.

A tales efectos aprobó la conformación del comité de Auditoria, Remuneraciones, Corporate Governance, y el comité de Responsabilidad Social.

Los comités han iniciado sus tareas en 2008, y el directorio ha encargado al comité de Corporate Governance el desarrollo de un plan de acción para la emisión de un Código de Buen Gobierno Corporativo en los términos de los Códigos de Buenas practica a nivel mundial y cumpliendo con las disposiciones de la resolución 516/07 y el decreto 677/01.

En Junio de 2008 el directorio ha dado aprobación al Código de Buen Gobierno Corporativo.

  1. MARCO REGULATORIO

A continuación se detalla el marco regulatorio de las unidades de negocio de Generación de Energía Eléctrica, distribución de Gas Natural y Transporte de Gas por el Gasoducto Patagónico.

7.1 Marco Regulatorio Industria Eléctrica.

7.1.1.Generalidades

Marco Legal. La Ley Nº 24.065, sancionada en 1992 y reglamentada por el Decreto N° 1398/92, ha establecido el marco regulatorio básico del sector eléctrico hoy vigente y, además de instrumentar las privatizaciones de las empresas estatales del sector, lo ha separado verticalmente en cuatro grandes categorías: la generación, el transporte, la distribución y la demanda, disponiendo, asimismo, la organización del MEM a partir de los lineamientos establecidos en el Decreto N° 634/91. El decreto N° 186/95 creó la figura del “participante”, destacándose entre éstos el “comercializador”, definido como aquella empresa que sin ser agente del MEM, comercialice energía eléctrica en bloque.

El ENRE es el organismo de regulación, fiscalización y control de la industria de la energía eléctrica y, en esa calidad, es el responsable de hacer cumplir la Ley Nº 24.065.

El despacho técnico, la programación y la organización económica del SADI y del MEM es responsabilidad de CAMMESA. CAMMESA actúa, asimismo, como entidad recaudadora de todos los agentes del MEM.

CAMMESA es una sociedad anónima sin fines de lucro cuyos accionistas son por partes iguales del veinte por ciento respectivamente: el Gobierno Nacional (representado por la Secretaría de Energía) y las cuatro asociaciones que agrupan a los segmentos en que está dividido el sector eléctrico (generación, transporte, distribución y grandes usuarios).

CAMMESA tiene a su cargo las siguientes funciones:

  • administrar el sistema interconectado nacional de acuerdo con el Marco Regulatorio Eléctrico, lo que incluye:

(i) determinar el despacho técnico y económico de energía (cronograma de producción de todas las plantas generadoras de un sistema energético para equilibrar la producción con la demanda) en el SADI;

(ii) maximizar la seguridad del sistema y la calidad de la electricidad suministrada;

(iii) minimizar los precios mayoristas en el mercado spot;

(iv) planificar los requerimientos de capacidad de energía y optimizar su utilización en cumplimiento de las normas que periódicamente establece la Secretaría de Energía;

(v) supervisar la operación del mercado a término y administrar el despacho técnico de electricidad conforme a los contratos celebrados en ese mercado;

  • actuar en calidad de agente de los distintos participantes del MEM;
  • comprar o vender electricidad a otros países celebrando las correspondientes operaciones de importación y exportación; y
  • prestar servicios de consultoría y otros servicios relacionados con estas actividades.

Los costos operativos de CAMMESA se cubren mediante aportes obligatorios de todos los participantes del MEM. Las normas vigentes han fijado un monto máximo para el presupuesto anual de CAMMESA, equivalente al 0,85% del total de las operaciones en el MEM proyectadas para cada año.

7.1.2. Estructura actual de la industria.

La generación y el MEM. La generación de energía eléctrica es calificada como una actividad de interés general afectada al servicio público de electricidad, pero realizada en el marco de un mercado competitivo. Como resultado de la privatización y de la incorporación de nuevos actores, el sector de la generación, aún después del proceso de consolidación de los últimos 2 (dos) años, tiene una estructura competitiva con al menos cinco empresas importantes de envergadura similar (ENDESA: Central Costanera, El Chocón y Dock Sud; SADESA: Central Puerto, Piedra del Águila, Central Térmica Mendoza y Ensenada; Pampa: Central Güemes, Loma de la Lata, Central Piedra Buena y Nihuiles; AES: San Nicolás y Alicurá, entre otras; y PETROBRAS: Genelba y Pichi Picún Leufú). A ello hay que sumarle que una importante porción del sector de generación está en manos estatales (Yacyretá, Salto Grande, Atucha y Embalse) y de otros generadores privados (Duke, Capex, Pluspetrol, entre otros).

Debe destacarse que los generadores de energía eléctrica cuya fuente es térmica (generación a partir del vapor generado por combustión de gas natural, líquidos derivados del petróleo como gas oil o fuel oil o carbón) no requieren de una concesión estatal para funcionar en tanto que los generadores cuya fuente es hidráulica requieren de una concesión estatal a los efectos del usos de las aguas. Es por ello que la privatización de las unidades de generación hidroeléctrica se efectuó mediante el otorgamiento de concesiones en tanto que la privatización de las unidades de generación térmica se concretó mediante la venta y posterior transferencia de los activos.

El MEM es el mercado en donde generadores, distribuidores y grandes usuarios concretan los intercambios de la energía eléctrica y se integra con un mercado horario o spot y un mercado a término (de contratos).

Los grandes usuarios (usuarios cuyo consumo excede los niveles de consumo máximos establecidos por el Marco Regulatorio) están autorizados a prescindir de su compañía local de distribución y a adquirir energía eléctrica directamente de generadores o comercializadores.

En el mercado spot, se comercializan los valores reales de oferta y demanda de energía. CAMMESA despacha las unidades disponibles de acuerdo a los costos variables de producción declarados por los agentes generadores, ya sea en función del costo de combustible o del valor de agua declarado, despachándose en primer lugar las unidades más eficientes. El precio del mercado spot es determinado por CAMMESA en forma horaria en un lugar geográfico específico, llamado "Nodo Mercado" situado en el centro de cargas del sistema, situado en Ezeiza, Provincia de Buenos Aires. El precio calculado es el precio correspondiente al que se deriva del hipotético incremento de costo del sistema que resultaría de un despacho óptimo de las unidades disponibles para poder abastecer una hipotética demanda adicional de un mega-watt-hora en cualquier momento dado.

Desde la aprobación de la Ley de Emergencia Pública fue aprobada, una serie de modificaciones transitorias modificaron el mecanismo original de determinación de precios en el MEM.

El precio de la energía se transfiere a los usuarios finales a través de las empresas de servicios públicos de distribución. Con el fin de habilitar este proceso, CAMMESA calcula un precio estacional después de realizar un análisis de las condiciones de la oferta y la demanda de energía eléctrica para el período cuyo precio se calcula. El precio estacional es un precio trimestral fijo. El Marco Regulatorio estableció un fondo de estabilización que arbitra las diferencias entre el precio estacional y el precio spot en el MEM. Cuando el precio estacional resulta superior al precio spot, se acumula un superávit en el fondo de estabilización y cuando el precio spot es superior al estacional, los montos acumulados en el fondo compensan las pérdidas sufridas. Las medidas adoptadas de conformidad con la Ley de Emergencia Pública también distorsionaron este mecanismo, ya que a pesar de un aumento relativo del precio spot, el precio estacional permaneció congelado para todos los usuarios hasta el año 2004, año en el que se dispuso un ajuste parcial que no alcanzó a la demanda residencial, segmento que continúa con el precio estacional congelado. Esta situación ha determinado que los montos recaudados en concepto de precio estacional sea siempre insuficiente al valor correspondiente al precio spot, circunstancia que ha determinado un déficit creciente del fondo de estabilización.

Según el Marco Regulatorio, los generadores no sólo son compensados por la energía vendida en el mercado, sino también por pagos fijos por disponibilidad de potencia.

Asimismo, el Marco Regulatorio prevé un mercado a término donde los vendedores y compradores puedan celebrar libremente contratos a largo plazo para la compra y el suministro de energía, incluyendo contratos de exportación e importación de energía eléctrica.

Transporte y distribución. Por su parte, tanto el transporte como la distribución son regulados como servicios públicos debido a su carácter de monopolios naturales. A estos efectos, el Gobierno Nacional ha otorgado concesiones de explotación a empresas privadas bajo ciertas condiciones de prestación (principalmente parámetros de calidad de servicio y fijación de las tarifas que tienen derecho a cobrar por las prestaciones a su cargo).

El transporte de energía eléctrica está segmentado en un sistema de transporte en alta tensión (operado por la empresa TRANSENER, hoy co-controlada por Pampa, Electroingeniería y ENARSA), que interconecta las principales áreas productoras y consumidoras de energía eléctrica, y en varios sistemas troncales por los que se transmite la energía dentro de las distintas áreas.

La distribución de energía eléctrica sólo está regulada en el nivel federal para el caso de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los partidos que integran las áreas metropolitanas del Gran Buenos Aires y del Gran La Plata. EDENOR (controlada por Pampa Energía S.A.) opera en la zona norte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en la zona norte del Gran Buenos Aires, EDESUR (controlada por ENDESA y Petrobras) opera en la zona sur, tanto de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires como del Gran Buenos Aires, y EDELAP (controlada por AES) opera en La Plata y en el Gran La Plata. En el resto del país, el servicio de distribución de electricidad está regulado a nivel provincial.

El servicio de transporte es prestado por concesionarios que operan y explotan líneas de transporte de alta y media tensión y consiste en la transformación y el transporte de electricidad desde los puntos de entrega de los generadores a los puntos de recepción de los distribuidores o grandes usuarios, según sea el caso. El Marco Regulatorio establece que las empresas de transporte deben ser independientes de otros participantes del MEM, y les prohíbe la compra y/o venta de energía.

Las tarifas aplicadas por las empresas de transporte de energía eléctrica incluyen: (a) un cargo de conexión, (b) un cargo por capacidad de transporte, y (c) un cargo que retribuye la energía transportada efectivamente. Los ingresos provenientes de la ampliación del sistema son regulados por separado. Las tarifas de transporte son pasadas a los usuarios finales mediante los distribuidores.

Las empresas de distribución se encargan de abastecer a los usuarios finales que no pueden contratar una fuente de suministro eléctrico independiente por su nivel de consumo.

Las principales características de los contratos de concesión tanto para el transporte como la distribución eléctrica son: (a) normas de calidad de prestación de servicio con penalidades por incumplimiento; (b) adjudicación de un contrato de concesión por 95 (noventa y cinco) años por el monopolio del servicio de suministro en un área o red de suministro, dividido en “Períodos de Gestión”, con un plazo inicial de 15 (quince) años y plazos posteriores de diez años. Al término del período expresado, el paquete accionario mayoritario de la empresa debe ser ofertado para la venta nuevamente; y (c) tarifas fijadas según criterios económicos: con sistema de price caps y procesos predeterminados respecto de su cálculo y ajuste.

Los cargos cobrados a los usuarios finales por las empresas de distribución, incluyen: a) el precio de compra de energía en el MEM (el precio estacional tal como fue descrito arriba), b) los costos de transporte y c) un valor agregado de distribución (VAD) que remunera al distribuidor. El VAD representa el costo económico o marginal de las redes a disposición de los usuarios, más los costos de funcionamiento y de mantenimiento de las redes y los costos de gestión, todos ellos considerados dentro de un marco de razonable eficiencia empresaria. Las tarifas así determinadas deben permitir a un distribuidor eficiente cubrir sus costos de funcionamiento, financiar la renovación y mejora de las instalaciones, satisfacer la demanda creciente, cumplir con los estándares de calidad predeterminados y obtener un retorno razonable, teniendo en cuenta su eficacia y eficiencia de funcionamiento, en consonancia con las cantidades invertidas y con los riesgos nacionales e internacionales inherentes a la actividad.

Tanto los contratos iniciales de concesión de transporte como los de distribución: (i) fijaban tarifas en dólares convertibles a pesos al momento de la facturación según el tipo de cambio actual, (ii) preveían que las tarifas fijadas en dólares serían indexadas semestralmente según las variaciones del índice de precios de EE.UU. (mayorista o minorista o una combinación de ambos) y (iii) preveían que las tarifas tendrían un proceso de revisión integral periódicamente (el primero después de los 10 primeros años y posteriormente cada 5 años).

7.1.3. Energía Delivery.

El sector eléctrico se ha visto profundamente afectado por la Ley de Emergencia Pública y las medidas adoptadas en consecuencia.

Las tarifas de transporte y distribución de electricidad fueron convertidas a pesos, perdiendo más de las dos terceras partes de su valor real y fueron congeladas por más de seis años. Sólo tuvieron aumentos limitados y de pequeña escala.

Como resultado de las medidas adoptadas los niveles de oferta de electricidad se han estancado mientras que la demanda ha aumentado sostenidamente, previéndose que dicha tendencia alcista se mantendrá en los próximos años. Esto ha provocado que durante los últimos años la escasez de electricidad se sienta en los picos máximos de consumo, especialmente durante los días más fríos de invierno. Para hacer frente a esta escasez de suministro, el Poder Ejecutivo Nacional ha puesto en marcha varias medidas, entre ellas, las restricciones de suministro a grandes clientes y las importaciones de combustibles líquidos y de electricidad.

Con el fin de superar estos problemas y teniendo en cuenta los pronósticos sobre el aumento futuro de la demanda, el Poder Ejecutivo Nacional ha puesto recientemente en marcha los programas conocidos como "Energía Plus" y “Energía Delivery” que fomentan la inversión privada en nuevas instalaciones de generación, permitiendo a sus propietarios vender la energía producida a precios suficientes para prever el costo de los proyectos más una rentabilidad razonable. El propósito de estas medidas no es solo el de superar la actual situación de escasez energética sino el de agregar capacidad instalada para acompañar el crecimiento sostenido de la demanda que se prevén para el corto y mediano plazo.

En el mismo sentido, en forma reciente, la Secretaría de Energía dictó la Resolución N° 724/2008, habilitó la realización de Contratos de Compromiso de Abastecimiento MEM asociados a la reparación o repotenciación de grupos de generadores y/o equipamiento asociado, con agentes generadores del MEM. La remuneración a percibir por la parte vendedora goza de la prioridad de pago establecida el inciso e) de la Resolución de la Secretaría de Energía N° 406/03.

Energía Delivery. Por medio de la Resolución de la Secretaría de Energía N° 220, la Secretaría de Energía habilitó la celebración de Contratos de Abastecimiento de Energía Eléctrica (“CAE)” entre el MEM (representado por CAMMESA) y empresas que aporten una nueva oferta de generación al sistema[1] mediante todos aquellos proyectos de instalación de energía adicional en los que participe el Gobierno Nacional, ENARSA o los que determine el MPFIPyS.

La Resolución de la Secretaría de Energía N° 220/07 incluye las siguientes características básicas de los CAE:

(i) Vigencia: 10 (diez) años de plazo máximo.

(ii) Partes: Como parte vendedora, la empresa cuya oferta haya sido aprobada por la Secretaría de Energía; y como parte compradora el MEM en su conjunto representado por CAMMESA.

(ii) Remuneración: Será determinada en base a los costos aceptados por la Secretaría de Energía y aprobados por el MPFIPyS.

(iii) Punto de entrega: el nodo de vinculación de la central con el SADI.

(iv) Sanciones: Los CAE incluirán un régimen de sanciones por incumplimiento en función de la afectación que pueda introducir la indisponibilidad de las unidades comprometidas en los CAE en el adecuado abastecimiento de la demanda de energía eléctrica en el SADI.

(v) Despacho: Las máquinas y centrales afectadas al cubrimiento de los CAE generarán en la medida que resulten despachadas por CAMMESA.

Respecto de los principales términos y condiciones de los CAE celebrados entre CAMMESA y Enarsa en el marco del proyecto “Energía Distribuida II” de EMGASUD, ver Sección XII, “Información sobre la Sociedad. Unidades de Negocio. Generación de Energía Eléctrica. Proyecto Generación Energía Distribuida II. Contratos de Abastecimiento MEM”.

Asimismo, dicha resolución detalla los requisitos que deberán cumplir las ofertas de generación adicional que pretendan la celebración de CAE. Al respecto, se dispone que se deberán presentar los proyectos de inversión respectivos, adjuntando la siguiente información: (i) unidades a ser habilitadas y que asumirán el compromiso; (ii) disponibilidad garantizada de las unidades; (iii) duración ofertada del CAE; (iv) período de vigencia de la oferta; (v) disponibilidad de potencia comprometida para todo el período ofertado en MW; (vi) desagregación de los costos fijos y variables, y en particular los correspondientes al financiamiento utilizado para la instalación de la nueva capacidad ofertada y documentación respaldatoria.

En base a la información remitida, la Secretaría de Energía debe evaluar las ofertas remitidas e instruir a CAMMESA sobre aquellas que resulten aceptadas para su contratación, indicando expresamente la anualidad de los costos de instalación a considerar y/o la metodología de cálculo que se deberá aplicar a esos efectos, como también los costos fijos y variables aceptados a ser reconocidos en el CAE. Junto con esta instrucción, la Secretaría de Energía remitirá a CAMMESA el texto del contrato a suscribir y la metodología a implementar para su inclusión en las transacciones económicas del MEM.

La potencia que resulte eventualmente asignada y la energía suministrada en cumplimiento de los CAE recibirá una remuneración mensual calculada en base a la anualidad de los costos de instalación a considerar, y los costos fijos y variables requeridos para la adecuada operación del equipamiento comprometido, de acuerdo a la metodología a definir en el respectivo contrato.

CAMMESA deberá emitir la documentación comercial necesaria para la facturación de los CAE y realizar las adecuaciones pertinentes sobre las cuestiones transaccionales u operativas que fueren menester.

Los agentes generadores que hayan suscripto los CAE deberán cumplir con todos los requisitos establecidos en “Los Procedimientos para la Programación el Despacho de Cargas y el Cálculo de Precios”, declarando los costos variables de producción y valores de agua de las unidades comprometidas de acuerdo a la metodología vigente y a los máximos costos que fueren reconocidos.

Por último, se establece que en tanto sea de aplicación la Resolución de la Secretaría de Energía N° 406/2003, las obligaciones de pago bajo los CAE tendrán la prioridad de cancelación establecida en el inciso e) del artículo 4 de dicha resolución.

Ello implica que, a fin de reducir el riesgo de pago de las ventas correspondientes a los CAE, se ha establecido que los costos asociados a estos contratos tendrán prioridad de pago frente a las acreencias de otros agentes del mercado. En este sentido, el orden de prioridad a aplicar para la cancelación de las obligaciones de pago derivadas de estos contratos, será igual o superior a la correspondiente al reconocimiento de los costos operativos de los generadores térmicos. En otras palabras, la recuperación de costos asociados a los CAE tendrá, al menos, la misma prioridad que la recuperación de, por ejemplo, los costos del combustible utilizado para generación de energía eléctrica ya instalada.

Por medio de la Resolución de la Secretaría de Energía N° 1836/07, la Secretaría de Energía instruyó a CAMMESA a suscribir con ENARSA los CAE correspondientes a emplazamientos a ser comunicados en cada caso, aprobando como Anexo I, el modelo de contrato a suscribir y disponiendo que las condiciones particulares de cada CAE debería ser aprobada por la Secretaría de Energía.

Los Proyectos de Energía Distribuida II y Energía Distribuida I desarrollados por la Sociedad (se enmarcan dentro del marco regulatorio precedentemente descripto.

7.2 Industria del Gas

7.2.1. Marco Regulatorio

El marco regulatorio básico aplicable a las actividades transporte y distribución de gas natural de la Compañía está establecido en la Ley de Gas Natural, promulgada en junio de 1992, y reglamentada por los Decretos N° 1189/92, N° 1738/92, N° 2255/92, N° 1186/93, N° 2731/93, N° 692/95, N° 951/95 y N° 1020/95, las regulaciones dictadas por el ENARGAS, y las autorizaciones de subdistribución y transporte. Dicho marco regulatorio se encuentra hoy afectado por la disposiciones de la Ley Nº 25.561 de Emergencia Pública y Reforma del Régimen Cambiario,que alteraron ciertos aspectos del marco legal de la actividad,.

Básicamente, la Ley de Gas Natural tiene como finalidad, entre otras, (i) proteger los intereses del público consumidor de gas, (ii) promover mercados competitivos, (iii) regular el transporte y distribución del gas natural, (iv) asegurar una producción suficiente para satisfacer las necesidades internas, (v) establecer los régimenes tarifarios (vi) asegurar las inversiones a largo plazo y (vii) promover la protección del medio y el eficaz transporte, almacenamiento, suministro y uso del gas natural.

El Estado Nacional supervisa las actividades comerciales privadas referentes a la industria del gas natural mediante el ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS), un ente autárquico que tiene a su cargo velar por el cumplimiento de los objetivos y las prescripciones tanto de la Ley de Gas Natural, el marco regulatorio y las condiciones contractuales aplicables a las empresas dedicadas al negocio del gas natural.

El ENARGAS, que opera dentro de la órbita del MPFIPyS, es dirigido y administrado por un directorio que se compone de cinco directores designados por el Poder Ejecutivo Nacional. Tiene su propio presupuesto que forma parte del presupuesto nacional, sometido a la aprobación del Congreso de la Nación Argentina. Los fondos anuales que recibe derivan de una tasa anual de control e inspección que pagan, entre otras, las empresas distribuidoras y transportistas de gas, y los intermediarios y depositarios de gas. En 2007, el Poder Ejecutivo Nacional declaró al ENARGAS sujeto a intervención. A partir de entonces, el interventor designado por el Poder Ejecutivo Nacional reemplazó al Directorio, tomando a su cargo sus funciones y facultades.

7.2.2. Estructura de Oferta de Gas natural.

Los productores más importantes, después de YPF, son Total Austral S.A., Petrobras Energía, Pluspetrol S.A., Pan American Energy S.A., Tecpetrol S.A., C.A.P.S.A., Wintershal, Apache y Chevron, entre otros. La legislación vigente autoriza al Gobierno Nacional a imponer por decreto limitaciones a la exportación de gas natural cuando el consumo interno no resulta satisfecho por fuentes propias. Asimismo, se requiere la expresa autorización del Gobierno Nacional para proceder a la exportación de gas natural. Actualmente, la Argentina exporta gas natural a Chile, Brasil y Uruguay.

En línea con los cambios regulatorios que se produjeron en el sector de gas natural a partir de la emisión de los Decretos N° 180 y N° 181 en el año 2004 conocidos como “unbundling de gas”., mediante la Resolución N° 752/05 se reglamentó lo dispuesto en el Decreto N° 180/04 en cuanto a que todos los clientes de categorías grandes usuarios (industrias y centrales eléctricas), estaciones de carga de GNC, pequeñas industrias (SGG) y clientes comerciales (SGP) con consumo superior a 9.000 m³/mes deben contratar en forma directa su gas en boca de pozo a productores y/o comercializadores.

Con fecha 22 de diciembre de 2005 la Secretaría de Energía (“SE”) dictó la Resolución N° 2020, en la que se estableció un cronograma de fechas para el inicio de las compras de gas natural en forma directa por las categorías de usuarios denominadas Servicio General “P” y GNC. Se subdividió en tres grupos la categoría de usuarios del servicio general "P", fijando las fechas a partir de las cuales empezarán a recibir el gas natural directamente de los productores

También se establecieron una serie de restricciones a la representación de las estaciones de GNC para la compra de gas natural, a efectos de limitar posibles integraciones verticales entre sujetos de la industria del gas y se creó el Mecanismo de Asignación de Gas Natural para GNC, a través del cual, las estaciones expendedoras de GNC que reciben gas natural mediante un mecanismo de oferta y demanda en el ámbito del Mercado Electrónico de Gas (“MEG”).

Posteriormente, con fecha 28 de febrero de 2006 la SE emitió la Resolución N° 275/06, la cual modificó la Resolución N° 2.020/05 y estableció un mecanismo de asignación de gas natural para estaciones de expendio de GNC.

7.2.3. Subdistribución de Gas Natural.

La actividad del subdistribuidor se halla definida en el Artículo Nº 1 del Anexo I del Decreto Reglamentario Nº 1738/92; en el punto 1.1. de las Reglas Básicas de las Licencias de Distribución de gas por redes (en adelante Reglas Básicas) y en el Artículo Nº 2, apartado ii) del Reglamento de Servicio de Distribución de gas por redes (en adelante el “Reglamento de Servicio”), éstos últimos aprobados por el Decreto 2.255/92 como asimismo y en forma concordante, en el Artículo Nº 1 de los respectivos Contratos de Transferencia del capital accionario de las Sociedades Licenciatarias del Servicio de Distribución de Gas por redes.

Se infiere de los preceptos citados en el anterior considerando, como así también de lo ordenado por el Artículo Nº 16, incisos b) y c) de la Ley Nº 24.076 y su reglamentación, que la figura del subdistribuidor tiene su origen en situaciones preexistentes a la fecha de sanción del Marco Regulatorio o en la declinación del distribuidor de atender el requerimiento del servicio de gas de un grupo de solicitantes de su zona.

En atención a lo dispuesto por el Artículo Nº 4 de la Ley Nº 24.076 y su Decreto Reglamentario, la única forma en que el ENARGAS puede otorgar una habilitación es por medio de una Autorización. Así el ENARGAS, en su carácter de Autoridad Regulatoria, tiene la facultad exclusiva y excluyente de determinar quien va a ser Subdistribuidor, según surge de los Artículos 12 del Decreto Nº 1.738/92 y 52, incisos a) y x) de la Ley Nº 24.076.

De acuerdo a lo establecido por la Ley de Gas Natural, el Decreto Reglamentario N° 1738/92 y la Licencia de Distribución aprobada por Decreto N° 2255/92, las licenciatarias cuentan con un derecho prioritario para la ejecución de obras de extensión de la red de distribución dentro de la zona que les fuera licenciada. Sin perjuicio de ello, dicha prioridad puede ceder en virtud de la inviabilidad económica del proyecto de extensión o del desinterés que demuestre la distribuidora, previa autorización por parte del ENARGAS, frente a un tercero interesado que demuestre su interés e idoneidad para llevar adelante las obras. A tal fin, dicha autoridad aplicará el criterio de mayor beneficio para el usuario final.

La Autorización asimila el marco tarifario de un subdistribuidor a aquel aplicable para los distribuidores, regulados éstos por la Ley de Gas Natural y los Documentos de la Privatización (Cf Artículo 12, inciso 2 del Decreto Nº 1738/92) y será asimilado a éste, en todo lo que el ENARGAS no disponga lo contrario (Cf. Artículo 16, inciso 6 del Decreto 1738/92). Según éste marco normativo, los distribuidores y consecuencia también la Compañía, debe operar y mantener sus instalaciones y proveer la distribución del servicio sin interrupción, para satisfacer cualquier demanda razonable sin discriminación alguna.

7.2.4. Transporte de gas natural.

El servicio de transporte de gas está regulado por el ENARGAS y se encuentra sometido a las disposiciones de la Ley de Gas Natural. Las formas de constituirse en un transportista de gas en Argentina tienen como únicos orígenes legales posibles; 1) la Ley de Hidrocarburos N° 17.319 y 2) la Ley de Gas Natural, a través de las licencias y/o de las posibilidades que brinda el artículo 16 para interesados en expandir los sistemas actualmente licenciados.

La Ley del Gas Natural “regula el transporte y distribución de gas natural que constituyen un servicio público nacional” (art. 1) y fija expresamente los objetivos que debe regir la regulación del transporte y también de la distribución del gas natural (art. 2). En el artículo 1 del Decreto Reglamentario N° 1738/92 se prevé que “el servicio público de transporte y de distribución de gas está sujeto a la jurisdicción nacional en todo el territorio de la República”.

Por su parte, la Ley de Gas define “Servicio Licenciado”, como el servicio público de transporte por el sistema de gasoductos de acuerdo con las obligaciones de servicio, y “Transportista”, como toda persona titular de una licencia de transporte. El punto 8.1.3 de las Licencias de Transporte de la Industria del Gas establece que "la licenciataria no estará obligada a llevar a cabo extensiones del Sistema de Gasoductos". Las ampliaciones se realizarán siempre que existan requerimientos de nueva capacidad de transporte en firme solicitada por cargadores que estén dispuestos a celebrar contratos de compra por plazos variables, pero que en general superan los 10 (diez) años.

7.2.5. La figura del tercero interesado.

El artículo 16 de la Ley de Gas Natural prevé que para que un transportista de gas natural pueda comenzar la construcción, la ampliación o la extensión de obras de magnitud, debe obtener del ENARGAS la correspondiente autorización. Dicha norma prevé que los terceros interesados en la realización de tales obras, que no hubieran estado previstas en la respectiva licencia de la licenciataria, pueden arribar a un acuerdo con la licenciataria que corresponda y someterlo a la autorización del ENARGAS.

El ENARGAS como autoridad de aplicación ha autorizado distintos emprendimientos conectados a los sistemas licenciados a TGS y TGN. Ellos son -entre otros- los gasoductos Gasandes Argentina, Norandino Argentina (Resolución ENARGAS N° 597/98), TGM (Resolución ENARGAS N° 598/98), Gas Link (Resolución ENARGAS N° 2620/02), y EMPRENDIMIENTOS DE GAS DEL SUR S.A. (Resolución ENARGAS N° 3114/04).

El 4 de febrero de 2008 el ENARGAS definió a través de la Resolución I/180 que la figura del Tercero Interesado es aplicable a la Compañía respecto del emprendimiento conocido como el Gasoducto Patagónico, según el alcance que prevé el artículo 16 inciso b) de la Ley de Gas Natural, precisando asimismo que sea la misma quien opere y mantenga los ramales de aproximación a las localidades a las que se le abastece de gas natural.

7.2.6. Tarifas de Distribución y Transporte.

A través de la Ley del Gas Natural, el Decreto Reglamentario N° 1738/1992 y la licencia, se estableció un mecanismo transparente para la determinación de las tarifas finales a los usuarios que resultan de la suma de (a) el precio del gas natural en el punto de entrada al sistema de transporte reconocido por el ENARGAS; (b) la tarifa o el margen de transporte reconocido en tarifa; y (c) la tarifa o el margen de distribución.

Teniendo en cuenta la naturaleza monopólica del transporte y distribución de gas natural, estas actividades se regularon por medio de un mecanismo de precio tope o máximo (price cap) con determinados ajustes previstos en el marco regulatorio y se decidió que el segmento de la producción (oferta de gas), fuera desregulado.

Las tarifas de gas se calculaban en dólares y se expresaban en pesos según el tipo de conversión establecido en la Ley de Convertibilidad, que era de un peso por dólar. El criterio conducente a la fijación de las tarifas, se basaba en un precio máximo revisable por períodos quinquenales que permitía a las compañías reguladas retener en dicho lapso una porción de los beneficios económicos originados en su propia eficiencia.

Desde el punto de vista de los principios de la regulación económica, se trataba de un sistema inspirado en la regulación por incentivos que descansa en un mecanismo de precio tope (price-cap) con revisión quinquenal de tarifas.

A partir de la sanción de la Ley de Emergencia Pública y de acuerdo con lo previsto en el artículo 9 de la Ley de Emergencia Pública, tratándose de contratos de prestación de servicios públicos, la renegociación a encararse deberá tomar en consideración los siguientes criterios:

1) el impacto de las tarifas en la competitividad de la economía y en la distribución de los ingresos;

2) la calidad de los servicios y los planes de inversión, cuando ellos estuviesen previstos contractualmente;

3) el interés de los usuarios y la accesibilidad de los servicios;

4) la seguridad de los sistemas comprendidos; y

5) la rentabilidad de las empresas.

Es decir, ante el abandono del régimen de tipo de cambio fijo establecido en la Ley de Convertibilidad y la pesificación de toda la economía argentina, la Ley de Emergencia Pública dispuso la renegociación de los contratos de servicios públicos.

Con esa finalidad, en julio de 2003, se creó la Unidad para la Renegociación y Análisis de Contratos de Servicios Públicos (UNIREN) bajo dependencia conjunta del Ministerio de Economía y Producción y el MPFIPyS. La UNIREN tiene la misión de asistir en el proceso de renegociación de contratos de obras y servicios públicos, suscribir acuerdos integrales o parciales y elevar proyectos normativos concernientes a adecuaciones transitorias de precios y tarifas, entre otras funciones.

Hasta la fecha, el proceso de renegociación ha verificado como resultado efectivo, el dictado de la Resolución ENARGAS N° 3729/07, con fecha 9 de abril de 2007, que autorizó a Gas Natural Ban S.A. a un incremento de tarifas del 14% para los consumidores residenciales y del 15% para las industrias y comercios, aplicable retroactivamente al 1° de enero de 2005. Dicha resolución incluyó además un esquema para futuros ajustes. Dicho ajuste de tarifa fue el primero acordado entre la UNIREN y cualquiera de las sociedades de servicios públicos en el negocio del transporte o distribución de gas natural.

Mediante Decreto 2016/08 se ratificó el Acta Acuerdo de renegociación contractual suscripta por la Unidad de Renegociación y Análisis de Contratos de Servicios Públicos y la empresa Litoral Gas Sociedad Anónima, con fecha 6 de mayo de 2008, pero aún no se han dictado nuevos cuadros tarifarios.

Tarifas Actuales de EMGASUD
a) Distribución

Actualmente, como consecuencia del dictado de la Ley de Emergencia Pública, la aplicación del esquema tarifario de las distribuidoras se encuentra suspendido y es objeto de la renegociación de la licencia. Las principales disposiciones que afectan a la Compañía son: la “pesificación” de las tarifas que estaban establecidas en dólares convertibles al tipo de cambio

fijado por la Ley de Convertibilidad (Ley N° 23.928), y la prohibición del ajuste de tarifas basado en cualquier índice,

En su carácter de Subdistribuidor de Gas Natural, EMGASUD debe tener las mismas obligaciones que el distribuidor respectivo (conforme artículo 12, inciso 2 del Decreto Nº 1738/92) y será asimilado a éste, en todo lo que la autoridad de contralor no disponga lo contrario (conforme artículo 16, inciso 6 del Decreto N° 1738/92). En esa inteligencia y como principio general, se aplican, además de la Ley de Gas Natural y sus Reglamentaciones, las Reglas Básicas de la Licencia, el Reglamento de Servicio, el Régimen Tarifario y las Normas Técnicas.

Es decir que el cuadro tarifario que se expone más adelante para Camuzzi Gas Pampeana S.A., específicamente el correspondiente a la subzona Buenos Aires, es el que aplica Emgasud a sus clientes de las áreas abastecidas.

Cabe destacar asimismo que el ENARGAS dictó, en agosto de 2008, la Resolución Nº I/409 que estableció una segmentación -manteniendo los límites establecidos previamente en el Decreto 180/04 de las categorías R2 y R3 ya que se han observado perfiles de consumo marcadamente disímiles dentro de las categorías R2 y R3 que ameritan la segmentación de las mismas, a fin de reflejar adecuadamente las diferencias de comportamiento de los usuarios residenciales, protegiendo a aquellos con menor poder de compra. En efecto, “..a fin de reflejar adecuadamente las diferencias de comportamiento de los usuarios residenciales…” se segmentó la categoría R2 en tres segmentos – R21 con un rango de consumo anual entre 501 y 650 m3; R22 entre 651 y 800 m3 y R23 entre 801 y 1.000 m3 – y la categoría R3 en cuatro segmentos – R31 con un rango de consumo anual entre 1.001 y 1.250 m3; R32 entre 1.251 y 1.500 m3; R33 entre 1.501 y 1.800 m3 y R34 con un rango de consumo anual mayor a 1.800 m3 -.

Desde setiembre de 2008 a la fecha, el Gobierno ha autorizado tres aumentos en las tarifas de Gas Natural. Dos ajustes se corresponden con aumentos en
el Precio de Gas en yacimiento, mientras que el tercer ajuste corresponde a un Cargo Especifico creado para financiar la importación de Gas de Bolivia y
de Gas Natural Licuado, a efectos de asegurar el abastecimiento interno.

Con respecto a los dos aumentos en el precio del Gas, un porcentaje de éstos (aprox. 65%) es destinado a un Fondo creado para subsidiar el consumo
residencial de GLP, mientras que el porcentaje restante (aprox. 35%) se destinaría a recomponer el precio que reciben los productores.

El primer aumento rige desde setiembre de 2008, y es el resultado de un Acuerdo firmado entre el Gobierno Nacional y los productores de Gas (Res. SE 1070/08) en el cual se estableció: 1) una nueva segmentación de la demanda residencial – dejándola dividida en 8 categorías según los niveles de consumo- y 2) un ajuste en los precios que afecta a las 5 categorías de mayor consumo (eso es consumos mayores a 800 m3/año). Anteriormente no existía esta segmentación y toda la demanda estaba sujeta a la misma tarifa.

El segundo ajuste -también autorizado por el Gobierno Nacional (Res. SE 1417/08)- rige desde noviembre de 2008 y modificó los precios de Gas del Acuerdo firmado en setiembre. Este nuevo ajuste afecta a las 4 categorías de mayor consumo (consumos mayores a 1.000 m3/año) y contiene aumentos de mayor magnitud a los incorporados en setiembre, ello en el marco de las medidas de política energética iniciadas con el dictado del Decreto Nº 181/04, que dio lugar al esquema de normalización de precios de gas en el punto de ingreso al sistema de transporte.

Con fecha 16 de diciembre de 2008, a través de la Resolución N° I/571 el ENARGAS ha aprobado, el cuadro tarifario que corresponde aplicar a partir del 1 de noviembre de 2008 para Camuzzi Gas Pampeana S.A. y para los subdistribuidores que actúan en el área, cuyos aumentos corresponden a un reconocimiento del mayor valor del gas que no impacta en los márgenes de la Compañía.

Con respecto al Cargo Especifico, por el Decreto Nº 2067 de fecha 27 de noviembre de 2008 fue creado el Fondo Fiduciario para atender las importaciones de gas natural y toda aquella necesaria para complementar la inyección de gas natural que sea requerida para satisfacer las

necesidades nacionales de dicho hidrocarburo, con el fin de garantizar el abastecimiento interno y la continuidad del crecimiento del país y sus industrias. Su reglamentación fue realizada a través de la resolución Nº 1451/2008 del Ministerio de Planificación y el Enargas ha definido su magnitud a través de la Res. Enargas 563/08, comenzando su facturación a inicios del 2009.

b) Transporte
Cuadros tarifarios del Gasoducto Patagónico

Por Resolución N° I/223 del ENARGAS del 04 de febrero de 2008 se aprobaron los cuadros tarifarios del Gasoducto Patagónico, según surge de los cuadros que se exponen a continuación. Las tarifas así calculadas brindan a la fecha, de acuerdo a la metodología empleada, la oportunidad que obtenga los ingresos suficientes para satisfacer todos los costos operativos aplicables al servicio, los impuestos, las amortizaciones y una rentabilidad razonable.

Cabe resaltar que las tarifas emitidas por el ENARGAS para este gasoducto son -a la fecha- las primeras y únicas definidas por la autoridad competente para remunerar una infraestructura de transporte ejecutada posteriormente a la del año 2001/2002.

El Anexo I a dicha resolución es de aplicación desde la habilitación comercial del ducto hasta la fecha de su interconexión al Gasoducto San Martín licenciado a TGS.

El Anexo II a dicha resolución transcripto a continuación será de aplicación cuando las obras de conexión se encuentren concluidas y el ENARGAS así lo haya autorizado.

  1. RESEÑA DE LAS OPERACIONES

8.1. Unidades de Negocios.

8.1.1. Unidad de Negocios - Generación de Energía Eléctrica

8.1.1.a. Energía Delivery II.

El proyecto de Energía Delivery II constituye un hito de máxima relevancia en la evolución de la compañía. A partir de la puesta en marcha de las siete centrales térmicas con una potencia total instalada de 241 MW, la generación de energía eléctrica constituirá la unidad de negocios con mayor peso específico dentro del volumen de negocios de la compañía. Tanto a nivel de facturación como resultado económico.

Las estimaciones realizadas permiten suponer razonablemente que – iniciada la operación de las centrales de energía distribuida II- la unidad de negocios de generación tendrá una participación del orden del 83% sobre el total de ingresos de la compañía.

En noviembre de 2008 se inició la generación en la Central Térmica Matheu.

Desde el inicio de su actividad la central ha sido despachada en forma casi permanente por CAMMESA.

Hasta el 31 de diciembre de 2008 la central generó 29.516 MW facturando la suma de $ 13.256.239.-

La instalación de las centrales requiere una inversión estimada de U$S 114.000.000 más IVA. La financiación necesaria para el proyecto se dió en una primera etapa a través del mercado financiero por un total de U$S 64.300.000 utilizados para la adquisición de las turbinas a GE e hincar la instalación, y luego a través de la salida de EMGASUD al mercado de capitales con la emisión de Obligaciones Negociables colocadas en febrero 2009 por un total de U$S 101.000.000. Con el producido se ha cancelado las obligaciones financieras, tal como se explica en el punto 5.

En estos primeros meses de operación la cobranza de CAMMESA se ha concretado sin inconvenientes de acuerdo a los plazos previstos en el contrato.

Dada la magnitud del proyecto se describen a continuación las principales características de la licitación, tecnología utilizada y puntos relevantes de los contratos marco de la operación.

Licitación y adjudicación de contratos.

Luego de la adjudicación de la instalación de las centrales aeroderivadas en Pinamar, con fecha febrero 2008 ENARSA lanzo una nueva licitación pública N° 2/2007 cuyo objeto –similar al concurso anterior- consistente en proveer el servicio de generación eléctrica distribuida producida por plantas transportables generadoras de energía eléctrica, incluyendo la provisión, instalación, puesta en marcha, operación y mantenimiento de las mismas.

El pliego de la Licitación previó once renglones, con la consecuente posibilidad de ofertar la provisión del servicio en once localidades distintas.

El 12 de febrero de 2008 EMGASUD presentó su propuesta a la Licitación de acuerdo al procedimiento indicado anteriormente, que incluyó ofertas para la instalación, puesta en marcha, operación y mantenimiento y puesta a disposición de potencia de energía para siete centrales de generación conforme al siguiente detalle:

  1. EDENOR (Matheu) - 65,4 MW
  2. EDELAP (Dique) - 43,6 MW
  3. Bell Ville - 21,8 MW
  4. Santa Fe Oeste - 21,8 MW
  5. Rafaela - 21,8 MW
  6. Paraná - 43,6 MW con opción a 21,8 MW adicionales
  7. Dolores - 21,8 MW

En el marco de un proceso competitivo amplio y transparente, sobre un total de 30 pliegos vendidos, se presentaron las propuestas de más de 18 compañías, muchas de ellas integrantes de grupos internacionales, tales como Alstom Power (Francia), SO Energy (Brasil) y Aggreko (España).

De un total de potencia licitada de 750 MW, le fueron adjudicados a EMGASUD en las dos fases de la Licitación nodos por un total de potencia aproximada de 240 MW, es decir, aproximadamente, un 30 % del total de potencia licitada.

En una primera fase, le fueron adjudicados a EMGASUD los renglones o nodos Matheu, Bell Ville, Paraná y Dolores. EMGASUD ofreció una alternativa integral que incluyó la provisión de gas natural y su transporte para la generación durante un mínimo de 9 meses del año.

El 14 de abril de 2008, ENARSA aceptó las ofertas de contratos por dichos nodos que les fueran remitidas por EMGASUD el 9 de abril de 2008.

El 19 de marzo de 2008 ENARSA convocó a todas las empresas cuyas ofertas habían sido declaradas admisibles en la primera fase de la Licitación, al concurso de precios ENARSA 001/08, por medio del cual se solicitaron ofertas en los mismos términos y condiciones de la primera fase de la Licitación para cuatro localidades adicionales.

El 8 de abril de 2008 EMGASUD presentó su propuesta al Concurso de Precios, la que incluyó ofertas para la instalación, puesta en marcha, operación y mantenimiento y puesta a disposición de potencia de energía para tres centrales de generación conforme al siguiente detalle:

  1. Olavarría - 43, 6 MW
  2. Concepción del Uruguay - 43, 6 MW
  3. Trelew - 32 MW

Esta segunda propuesta presentó las mismas características técnicas y comerciales que la oferta presentada en la primera fase de la Licitación. El Concurso de Precios fue adjudicado a la Compañía para las localidades de Olavarría y Concepción del Uruguay.

Relocalización de Central Dolores y de capacidad de expansión de Centrales Matheu y Pinamar a Centrales Bragado y Las Armas.

A partir de la evaluación de las características del sitio en Dolores a ser cedido en comodato por ENARSA para la instalación de la central térmica Dolores (Estación Transformadora Dolores de Transba S.A.), EMGASUD concluyó que no sería recomendable la instalación de una central en dicho predio, en función de la cercanía de un barrio de viviendas residenciales actualmente en expansión que podría eventualmente verse afectado por el incremento del nivel sonoro de la turbina, aún cuando los valores de emisión sonora se encuentran dentro de los límites ofertados, y asimismo, en virtud de las posibles interferencias que podrían producirse en el tráfico vehicular de la Autovía 2 ubicada a 200 metros aproximadamente de dicho predio por el movimiento de camiones abastecedores de combustibles líquidos para la central.

Asimismo el 8 de julio de 2008 Edenor S.A. notificó a que por motivos de seguridad no resulta posible generar un espacio libre en la Estación Transformadora Matheu de dicha empresa para la instalación de una tercer turbina (adicional a las dos turbinas ya instaladas y que generarán una potencia de 42 MW), que hubiere permitido llevar la potencia de dicha central a 63 MW; y por otro lado EMGASUD consideró conveniente instalar en una nueva Central en la localidad de Las Armas, Provincia de Buenos Aires, las 2 Turbinas Taurus por un total de potencia de 10 MW adquiridas a Solar Turbines International Company, en lugar de instalar las mismas en la central Pinamar, a fines de evitar un incremento en los actuales niveles de emisión sonora de esta última central.

En función de lo expuesto, EMGASUD realizó consultas técnicas con Transba S.A. de modo de evaluar conjuntamente un sitio alternativo para la instalación de estos equipos que brinden similares ventajas al sistema. Luego de diversas evaluaciones, se concluyó que la relocalización de la turbina cuya instalación se preveía para la central térmica Dolores (de 21 MW) y de la tercer turbina cuya instalación se preveía para la central térmica Matheu (de 21 MW), a una nueva central térmica a ser instalada en el predio de la Estación Transformadora Bragado 220/132/66 Kv de Transba S.A. en la localidad de Bragado, Provincia de Buenos Aires, constituyendo una alternativa superadora en función de las siguientes características

En resumen, los contratos celebrados con ENARSA por el proyecto de Energía Delivery II involucran a las siguientes centrales térmicas:

Matheu Provincia de Bs As 42 MW
Paraná Provincia de Entre Ríos 42 MW
Concepción Provincia de Entre Ríos 21 MW con opción a instalar una segunda maquina de igual potencia.
Olavarría Provincia de Buenos Aires 42 MW
Bell Ville Provincia de Córdoba 21 MW
Bragado Provincia de Buenos Aires 42 MW

En total 210 MW de potencia instalada con opción a 231 MW.

Tecnología.

La tecnología a ser instalada en el proyecto corresponde a unidades generadores de energía eléctrica, en este caso turbinas de gas que operan a combustible dual – gas natural o fuel oil.

Para la provisión de la energía EMGASUD utilizará 11 turbinas de 21 MW y 2 turbinas de 5 MW cada una.

Los equipos de 21 MW son modelo GE TM 2500. EMGASUD ha adquirido a GE 4 unidades generadoras y ha celebrado un contrato de alquiler por las otras 7 unidades.

Los equipos de 5 MW han sido adquiridos a Solar. Las turbinas corresponden al modelo Taurus.

La particular tecnología elegida ofrecida por las unidades generadoras a ser instaladas en las distintas Centrales del proyecto, es del tipo superior a los equipos heavy duty tradicionales que se utilizan comúnmente en proyectos similares en Argentina. Dicha mayor eficiencia asegura su despacho por el COD (Centro Operativo de Despacho ) de CAMMESA en un orden de prioridad frente a otros equipos de generación térmica acorde con la previsión de horas de despacho ubicándose entre los equipos de mayor eficiencia entre los ciclos abiertos (no combinados) existentes en el mercado de generación térmica en la Argentina.

Instalación de las centrales.

Para la puesta en marcha de las centrales se requiere por un lado llevar adelante la instalación eléctrica y por otro la instalación de las obras de gas necesarias para suministrar el combustible a las mismas.

Las obras de gas son llevadas a cabo en su totalidad por la Unidad de Negocios de Construcción de Ductos de EMGASUD.

Si bien las particularidades de cada central requieren diferentes trabajos, en líneas generales las obras de gas consisten en la instalación del gasoducto de aproximación desde la transportista hasta la central, la instalación de las plantas externas y la conexión a las turbinas.

En cuanto a la instalación eléctrica, la central de Matheu se ha llevado a cabo con personal de la Unidad de Negocios de Generación, subcontratando en forma separada los distintos trabajos de obra civil, movimiento de tierra y commissioning.

Este sistema ha sido utilizado también para las centrales de Paraná y Concepción. Sin embargo la gerencia ha considerado prudente con el fin de acelerar los plazos y adelantar la operación comercial de las centrales, celebrar contratos llave en mano para la ejecución de los trabajos de instalación eléctrica de los sites de Las Armas y Concepción

Operación y Mantenimiento

La puesta en marcha de las turbinas su operación y mantenimiento esta tercerizado bajo la supervisión del equipo técnico de EMGASUD:

Las centrales de Matheu y Paraná serán operadas y mantenidas por la firma Proenergy.

La operación de la central de Las Armas se encuentra en proceso de licitación.

Las centrales que cuentan con equipos alquilados a GE serán operadas y mantenidos por esta compañía.

EMGASUD ha celebrado el contrato de operación y mantenimiento por las dos centrales con Proenergy Argentina. Por otra parte el contrato de alquiler de los equipos GE incluye el contrato de mantenimiento de las mismas. Durante el mes de Marzo 2008 será suscripto el contrato por operación con GE.

Aspectos contractuales.

Precio. Los Contratos EMGASUD-ENARSA prevén un precio compuesto por: (i) un cargo mensual fijo correspondiente a la potencia efectivamente puesta a disposición del SADI; (ii) un cargo variable por la energía efectivamente despachada entregada, calculado en base a la liquidación de ventas que CAMMESA practique a partir de los valores efectivamente realizados cada mes en virtud de los Contratos de Abastecimiento MEM, pudiéndose descontar los importes de penalidades originadas en incumplimientos de bajo los Contratos EMGASUD-ENARSA (el cual prevé penalidades por incremento en consumo de combustible líquido suministrado por ENARSA, por atrasos en la fecha de entrada en operación comercial o por indisponibilidad forzada de la Central comprometida correspondiente), o bien penalidades resultantes de los Procedimientos para la programación de la operación, el despacho de cargas y el cálculo de precios aprobados por la Resolución ex Secretaría de Energía Eléctrica N° 61/92, sus modificatorias y complementarias; y (iii) un cargo mensual fijo por operación y mantenimiento.

Plazo y forma de pago del precio. El precio de cada Contrato EMGASUD-ENARSA está estipulado en Dólares y resulta pagadero de acuerdo a las normas y procedimientos de CAMMESA para el sistema en genral.

Contratos de Abastecimiento MEM. Cada uno de los Contratos EMGASUD -ENARSA prevé como mecanismo para simplificar y asegurar el pago del precio) la cesión por ENARSA a EMGASUD de las acreencias que tenga para con CAMMESA correspondientes a los contratos de abastecimiento de energía eléctrica que ENARSA celebró con CAMMESA. y la instrucción a CAMMESA para que efectúe los pagos debidos a ENARSA bajo los Contratos de Abastecimiento MEM, directamente a EMGASUD.

Facturación y pago. El importe facturado será calculado en base a la potencia contratada y la energía suministrada determinados sobre la base de la liquidación de ventas que CAMMESA practique a partir de los valores efectivamente realizados cada mes, en virtud del Contrato de Abastecimiento MEM y a los precios establecidos en el respectivo Contrato EMGASUD-ENARSA, descontando aquellos importes que pudieran corresponder por penalidades originadas en incumplimientos de EMGASUD. Dicha liquidación de ventas emitida por CAMMESA deberá ser remitida por ENARSA a EMGASUD mensualmente.

Plazo. Los Contratos EMGASUD -ENARSA prevén un plazo de operación comercial de 3 (tres) años a partir de la entrada en operación comercial de la central respectiva, el que se prorrogará por cualquier demora causada por retraso en el cumplimiento de tareas a cargo de ENARSA o de cualquier tercero por quien no deba responder EMGASUD, incluyendo eventuales órdenes administrativas o judiciales que impidan la consecución de obras o eventos de caso fortuito o fuerza mayor. ENARSA tiene una opción de realizar una o más renovaciones del contrato, por un período de hasta 24 (veinticuatro) meses.

Localización y puesta en funcionamiento de las Centrales. La entrega a EMGASUD por ENARSA de la tenencia sin restricciones de los inmuebles en donde funcionará cada Central es una condición para la entrada en vigencia del respectivo Contrato -ENARSA.

A la fecha EMGASUD ha recibido de ENARSA (i) la tenencia de los terrenos correspondientes al emplazamiento de la Central Matheu sin restricciones; (ii) la tenencia de los terrenos correspondientes al emplazamiento de la Central Paraná con restricciones en cuanto a sus condiciones de ocupación, previéndose que dichas restricciones serán sorteadas a la brevedad; (iii) la tenencia de los terrenos correspondientes al emplazamiento de la Central Concepción, sin cumplimentar la entrega de planos de mensura correspondientes. En el sitio se encuentra aún equipamiento asociado al almacenamiento de combustible cuyo proceso de limpieza/ inertización/ retiro, no es a cargo de EMGASUD. Se procederá a cercar este sector debidamente ; y (iv) la tenencia de los terrenos correspondientes al emplazamiento de la Central Bell Ville, los cuales al no resultar totalmente aptos para la ingeniería trazada, obligaron a programar una reubicación de parte de los equipos a ser instalados en dicha Central. Actualmente se cuenta con factibilibilidad municipal en un terreno lindero para ejecutar el proyecto, sin concretarse aún el arrendamiento a su titular.

Por otro lado, (i) en función de los compromisos contractuales asumidos por ENARSA, se prevé la entrega a la brevedad de los terrenos correspondientes al emplazamiento de la Central Olavarría (a cuyo fin actualmente ENARSA ha informado a EMGASUD que se encuentra en avanzadas negociaciones con Transba S.A. para acordar su cesión en comodato); y (ii) ENARSA también ha informado a EMGASUD que se encuentra en avanzadas negociaciones con Transba para la oportuna cesión en comodato de los terrenos correspondientes al emplazamiento de la Central de Las Armas. En cuanto al emplazamiento de la Central Bragado, al no haber suficiente espacio dentro de la Estación Transformadora Bragado,  se está en proceso de selección de un terreno adecuado, situado en las inmediaciones de dicha Estación Transformadora.

8.1.1.b. Generación eléctrica en Pinamar -

En enero de 2008 EMGASUD S.A. habilitó la Central Térmica Pinamar, dando de este modo inicio a la actividad de Generación Eléctrica de EMGASUD.

Desde el momento de la habilitación hasta la fecha de cierre de ejercicio, la central Pinamar generó un total de 104.785 MWh facturando la suma de $ 21.984.189.-

Este proyecto se había iniciado en EMGASUD en octubre 2007 cuando presentó la propuesta al pliego de licitación ENARSA 1/2007. La licitación fue adjudicada para la región Costa Atlántica. La misma contempló la provisión de 4 turbinas con una potencia de 5MW cada una totalizando 20MW en la localidad de Pinamar.

Las características técnicas de las turbinas permiten la generación a modo de combustible dual, gas oil y gas natural, instalados en los sistemas de distribución regional vinculada a la red del SADI.

El contrato celebrado con ENARSA prevé un precio de venta compuesto por cargo por puesta a disposición y un cargo por energía despachada. El contrato es en dólares, por un plazo de 3 años con opción a ser renovado por dos períodos de dos años cada uno.

Los equipos son provistos por Sullair quien recibe el cargo por potencia puesta a disposición y son operados por EMGASUD, quien factura la generación de energía con gas natural.

El contrato celebrado con ENARSA prevé – a instancias de esta - la posibilidad de contratar una mayor puesta a disposición y generación eléctrica. En este sentido EMGASUD instalará 10 MW en la localidad bonaerense de Las Armas de acuerdo a la relocalización de centrales acordada con ENARSA tal como fue explicado en el punto 7.1.1.a apartado Licitación y adjudicación de contrato.

8.1.1. c. Centrales Termoeléctricas Río Mayo y Gobernador Costa

En Mayo de 2008 se culminaron las obras de instalación de la primera de las dos centrales que conforman el proyecto de instalación y operación en la provincia de Chubut. El proyecto se enmarca en el contrato celebrado en el año 2007 con la provincia del Chubut con vigencia hasta el año 2025.

La Central Térmica Río Mayo comenzó a operar el 1° de junio de 2008.

La central cuenta con una potencia de 3.48 MW hora en 3 equipos marca Cummins propiedad de EMGASUD.

Desde el inició de las operaciones hasta el 31 de diciembre de 2008, generó 5.312 kw h la cual fue entregada al sistema de distribución provincial, facturando un total de $ 4.033.168.-

La segunda central en la localidad de Gobernador Costa se encuentra en proceso de instalación. Luego de sufrir cambios de ingeniería en virtud de necesidades planteadas por la provincia, se suscribió un nuevo acuerdo compromiso entre las partes en el cual se fijo la fecha de finalización de la instalación para el mes de Abril de 2009.

De acuerdo al contrato, la provincia de Chubut se obliga a adquirir a EMGASUD la energía eléctrica producida térmicamente, necesaria para abastecer la totalidad de la demanda eléctrica del Sistema Eléctrico Regional a los precios pactados durante el plazo de vigencia del Contrato.

La provincia pagará mensualmente a EMGASUD un Cargo por Potencia Puesta a Disposición por el tiempo y en la proporción que EMGASUD mantenga los equipos de componentes de la obra en disposición de entregar energía eléctrica al sistema, sean o no requeridos para su funcionamiento, y un Cargo por Energía Térmica Generada, el cual será ajustable semestralmente en función del precio del gas natural.

8.1.2. Unidad de Negocios - Transporte de Gas

A partir del 29 de mayo de 2007 EMGASUD comenzó a transportar gas a través del Gasoducto Patagónico.

El ENARGAS con fecha 1° de Febrero de 2008 emitió la Resolución I/180 mediante la cual a) define a EMGASUD como Tercero Interesado en orden a las disposiciones contenidas en el artículo 16, inciso b) de la Ley de Gas Natural y normas concordantes y b) designa a EMGASUD como operador de los ramales de 25 y 70 Kg. /cm2, atento a que EMGASUD es una empresa con experiencia en la industria de gas.

El transporte abastece a las siete localidades intermedias, percibiendo una tarifa de transporte en firme por el servicio brindado. El servicio de transporte de gas y la tarifa están regulados por el ENARGAS y son sometidos a las disposiciones de la Ley N° 24.076 (“Ley de Gas Natural”) y sus reglamentaciones.

EMGASUD cuenta con la habilitación para el transporte por el Gasoducto Patagónico hasta el año 2042.

Por el servicio prestado, EMGASUD ha vendido su capacidad de transporte a través de concursos abiertos de capacidad en firme. El principal cliente es Camuzzi Gas del Sur S.A., el cuál es el distribuidor de gas en el área.

Durante el ejercicio 2008 se han comercializado 1.356.131 m3 de transporte interrumpible en su mayoría en los meses de junio, julio y agosto.

EMGASUD realiza el despacho de transporte de gas diario a través del equipo profesional de su controlada ENERSUD.

En relación a la tarifa asignada a como repago de la inversión realizada, los gastos asociados a la construcción y operación del Gasoducto Patagónico y a la obtención de una rentabilidad justa y razonable, el ENARGAS ha dispuesto una redeterminación de la misma, adecuando el valor de la tarifa aplicable a la efectiva ejecución de la obra de interconexión entre el Yacimiento Cerro Dragón y el Gasoducto San Martín (sistema de TGS).

Bajo este encuadre la tarifa en la condición actual es de $ 1,164530 por m3 y a partir de la habilitación del tramo de la inversión en la conexión antes señalada, la tarifa a aplicar es de $1,441308 por m3.

Como puede observarse la tarifa final ha sido ajustada positivamente respecto de aquella que fuera determinada oportunamente en un valor de $ 1,390251 por m3.

Venta de Capacidad Firme Remanente

Con fecha 23 de junio de 2008, EMGASUD realizó un nuevo concurso público, ofreciendo a los interesados la posibilidad de contratar la capacidad de transporte remanente del Gasoducto Patagónico actualmente disponible.

EMGASUD ha recibido por parte de Camuzzi Gas del Sur S.A. ofertas por incrementos de la capacidad de transporte contratada por 110.000 m3 para el año 2009 y 33.000m3 para el año 2010, y otra Oferta de Ingentis II (sociedad vinculada) por 143.100 m3/día.

Está sujeta a evaluación la posibilidad de realización de nuevas obras de ampliación sobre el Gasoducto Patagónico, quedando las mismas y la tarifa a aplicar sujetas al análisis del ENARGAS, a cuyo fin se ha iniciado la instancia administrativa correspondiente.

8.1.3. Unidad de Negocios - Distribución de gas natural

Por resoluciones del Ente Nacional Regulador del Gas (“ENARGAS”), EMGASUD actúa como Subdistribuidor de gas en diversas localidades de la Provincia de Buenos Aires: Dolores, a partir de noviembre de 1994, por el término de 10 años, prorrogable según desempeño hasta alcanzar los treinta y cinco años; en las localidades de Pinamar, Ostende, Valeria del Mar y Cariló, Partido de Pinamar, por Resolución Nº 2.829 del ENARGAS de mayo de 2003, hasta el 28 de diciembre de 2027; y en la localidad de Santa Clara del Mar, Partido de Mar Chiquita, autorizado en marzo de 2004 por Resolución M.J. Nº 523 del ENARGAS.

Ciertos activos de la Sociedad son definidos como necesarios para prestar el servicio de subdistribución, por lo que la Sociedad esta obligada a conservarlos y a efectuar los trabajos necesarios con el objeto de mantenerlos en buenas condiciones de operación, para cumplir con los estándares de seguridad y calidad establecidos en las normas.

Asimismo, las regulaciones del sistema de distribución de gas, establecen ciertos compromisos y obligaciones, incluyendo entre otras, la obligación de proporcionar el servicio de distribución, requisitos en relación con la calidad del servicio, y mantener sus instalaciones en forma segura y prudente.

Durante el ejercicio 2008 EMGASUD continúo trabajando en perfeccionar el negocio de distribución de gas natural procurando llegar a los usuarios finales con un servicio de excelencia.

Durante el ejercicio económico 2008 se incorporaron 3.093 usuarios, con una distribución de 2.937 clientes residenciales y 156 comerciales.

A marzo de 2009 EMGASUD atiende un total de 25.000 clientes despachando más de 49 millones de metros cúbicos de gas al año contratando la compra y transporte en forma directa con los productores y el transportista del área.

Cuadro 3 – Incorporación de Usuarios (Acumulado)

U.N. 2008 2007 2006 2005 2004 CFWD
Dolores 3,126 2,488 1,991 1,553 990 2,402
Pinamar 15,153 13,118 10,626 8,158 5,652 6,770
Santa Clara 924 504 179 68 - -
Total 19,203 16,110 12,796 9,779 6,642 9,172

Gráfico 1 – Crecimiento de Usuarios Acumulado.

Cuadro 4 - Red de Distribución Construida (Acumulado)

Gráfico 2 – Crecimiento por año de la Red Domiciliaria.

Consecuentemente con el crecimiento de la red y de la población de usuarios, se registro un aumento del 21% en la distribución de gas durante el Ejercicio 2008, detallado por Unidad de Negocio según el cuadro siguiente:

Cuadro 5 - Gas Natural Despachado

U.N. 2008 2007 2006 2005 2004
Dolores 15,256,150 16,354,552 14,632,676 14,637,174 13,474,607
Pinamar Distribución 32,863,203 31,796,379 25,074,859 20,779,765 15,843,979
Pinamar Generación 34,401,131
Santa Clara 921,942 170,355 48,950 23,926 314
Total 83,442,426 48,321,286 39,756,485 35,440,865 29,318,900
  • Valores expresados en metros cúbicos de 9.300 Kcal

Gráfico 3 - Evolución del Gas Natural Despachado

8.1.4. Unidad de Negocios – Construcción de Redes de Distribución de Gas y de Gasoductos de Alta Presión.

EMGASUD principalmente desarrolla la construcción de gasoductos como un medio para su posicionamiento en el sector energético desregulado.

La inversión en activos fijos y en personal especializado realizada por EMGASUD le permite a la Sociedad contar con la capacidad técnica y profesional para desarrollar la actividad de construcción de gasoductos de alta presión con recursos propios.

Esta unidad de negocios ha permitido o permitirá a EMGASUD (i) el ingreso en el sector de transporte de gas natural y (ii) la ejecución de las obras necesarias para el Proyecto de Energía Distribuida II.

Obras realizadas en 2008.

Extensiones del Gasoducto Patagónico

EMGASUD ha habilitado a fines de mayo de 2008 dos ramales de alimentación de gas natural que interconectarán las localidades de Río Pico y Corcovado, ubicadas en la Provincia del Chubut, con el sistema del Gasoducto Patagónico. La obra tiene una extensión de 108 Km. e incluye asimismo la construcción de nueve estaciones reguladoras de presión de primera etapa (reducen la presión del gas de 75 a 25 kg/cm2) y de segunda etapa (reducen la presión del gas de 25 a 4 kg/cm2). Asimismo, EMGASUD prevé la realización de las obras para la construcción de las plantas reductoras de presión en las localidades de Gobernador Costa, Río Mayo, Alto Río Senguer, Tecka y José de San Martín, todas ellas en la Provincia del Chubut.

El monto total de la obra asciende a aproximadamente 28.850.000 más el impuesto al valor agregado.

En virtud de la decisión de ENARGAS a través de la Resolución I/180 de febrero 2008, la operación y mantenimiento de estos ramales al igual que los de abastecimiento a las localidades intermedias de la Provincia del Chubut será realizada por esta Sociedad.

Acuerdo para el suministro y construcción llave en mano a precio fijo del gasoducto para la provisión de gas natural a la central Timbúes

En abril 2008 EMGASUD habilitó la obra correspondiente al gasoducto de alta presión para la provisión de gas natural a la Central Timbres. El mismo fue construido en las comunas de Timbúes y Oliveros, Provincia de Santa Fe.

Conforme al acuerdo referido, EMGASUD asumió a) el diseño, ingeniería de detalle y constructiva, fabricación, suministro de materiales y equipos, construcción, montaje, pruebas y puesta en servicio de un gasoducto de 18 pulgadas de diámetro y aproximadamente 12 Km. de longitud que se extiende desde el predio de la central Timbúes hasta el Gasoducto Troncal de TGN, que une San Jerónimo Sur con la Ciudad de Santa Fe; y b) el diseño, ingeniería de detalle y constructiva, construcción, fabricación y montaje de los cruces dirigidos y tunelados.

El precio total acordado por la construcción de la obra básica del gasoducto fue de U$S 3.842.526, más IVA.

De la construcción de la obra han surgido mayores costos producto de las demoras de Termoeléctrica José de San Martín S.A en conseguir los permisos de servidumbre de paso. EMGASUD ha reclamado el reconocimiento de los mismos, encontrándose en la etapa final de la negociación. Estimamos razonablemente que Termoeléctrica José de San Martín S.A. efectivizará como mínimo la suma de 799.997. Este importe ha sido reconocido en el rubro Deudores por ventas – construcción de gasoductos del balance general al 31 de diciembre de 2008.

Obras Ampliación 2006-2008 gasoductos TGS Concurso TGS N° 02/05

El 26 de mayo del año 2008 EMGASUD habilitó la obra de ampliación del Gasoducto LOOP TGS.

En virtud de un acuerdo de construcción llave en mano celebrado entre Enersud y EMGASUD., en carácter de constructor, para la ejecución de las obras y prestación de servicios de construcción de las obras comprometidas por Enersud en relación Concurso de Capacidad de Transporte TGS N° 02/05 según se describe en el punto 1.5, EMGASUD ha concretado la construcción del loop de Garayalde, Provincia del Chubut, obra física integrante de las ampliaciones de capacidad de transporte asignada a su subsidiaria Enersud Energy S.A. como contraprestación de la capacidad de transporte de gas natural asignada en el concurso de transporte antes mencionado.

La obra ya finalizada consta de un loop de 30” de diámetro y una longitud de 30 Km. emplazado en las proximidades de la estación de compresión de Garayalde del sistema de TGS.

El precio de transferencia por esta obra asciende a U$S 18.914.871.

La obra ha sido transferida a ENERSUD en septiembre 2008 registrando un crédito con dicha Sociedad. ENERSUD ha cedido a favor de EMGASUD el cobro de tres de los contratos de venta de capacidad de transporte a fin de cancelar en forma mensual el costo de la obra. La financiación otorgada por EMGASUD es por un plazo de 48 meses y devenga una tasa del 12%.

Contratos de construcción de un ramal y red de distribución para la localidad de Villa Rivadavia, Provincia del Chubut

En abril de 2008 EMGASUD habilitó las obras correspondientes a la construcción de un ramal de polietileno sobre la Ruta Provincial Nº 15 y la Ruta Nacional Nº 71 desde la planta reductora de presión sita en la localidad de Cholila hasta la localidad de Villa Rivadavia, Provincia del Chubut, la construcción de la red de distribución domiciliaria para la localidad de Villa Rivadavia, Provincia del Chubut, la conexión a la planta reductora de presión sita en la localidad de Cholila, Provincia del Chubut, y la colocación e instalación de aproximadamente 65 servicios domiciliarios sobre el ramal y la red.

El precio acordado de la obra fue de 1.987.715 con IVA incluido, suma que ya ha sido abonada.

Obra refuerzo distribución Tres Arroyos – Quilmes

En 2008, EMGASUD por encarco de ENERSUD ejecuto las obras de refuerzo sobre el sistema de distribución de la licenciataria zonal Camuzzi Gas Pampeana a los efectos de que Cervecería Quilmes pueda hacer uso de la totalidad de la capacidad de transporte contratada a Enersud Energy.

La obra, comprendió un refuerzo de 4.700 metros en cañería de 8” y 25 metros en 6” sobre el gasoducto de la Distribuidora zonal.

EMGASUD transfirió las obras a su subsidiaria Enersud de acuerdo a los términos establecidos en el contrato celebrado entre las partes. La obra será cobrada en el período de un año contado a partir de la entrega.

Por la provisión de las obras, Cervecería Quilmes abonará adicionalmente a Enersud sobre una base firme (independientemente de los volúmenes transportados) un precio de U$S 0.436 por millón de Btu sobre la capacidad de transporte contratada (35.000 m3/día) por un período de 15 años.

8.1.4.b Obras en Ejecución.

Gasoducto Loop Regional Sur de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur (2da. Etapa)

El contrato de fideicomiso para la ampliación del Gasoducto Loop Regional Sur de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur prevé la posibilidad de realizar una segunda etapa de ampliación del ducto por un valor estimado de 53.100.000, con menos el monto total gastado en la primera etapa de la obra. De realizarse la obra EMGASUD tiene el derecho prioritario de llevarla adelante.

En el mes de Enero de 2009 EMGASUD presentó en función de los términos del contrato de Fideicomiso Loop Fueguino I, un presupuesto para la ejecución de la obra que dio en llamarse “Ampliación mínima invierno 2009”.

Ha diferencia de la segunda etapa contemplada en el contrato original de fideicomiso, será ejecutado un loop por 11 Km. El costo total de la obra presentado por – incluyendo los caños- EMGASUD. asciende a la suma de $ 17.119.643.-

La obra será financiada a través del Fideicomiso Loop Fueguino, ENARSA será el inversor aportando los fondos necesarios para el repago de la obra. Cammuzzi actuará como Gerente de Proyecto.

Con fecha 19 de Febrero se suscribió el contrato de Locación de Obra entre EMGASUD y el gerente del Proyecto, el mismo prevé el pago a través de un anticipo del 30% y la certificación quincenal de los trabajos.

El 23 de Febrero se ha iniciado la movilización a la obra la cual tendrá un plazo de ejecución de 4 meses, previendo su habilitación antes del inicio del invierno 2009.

Gasoducto Regional Ruta 34 - Provincia de Santa Fe

El proyecto consiste en la construcción de 3 gasoductos con una extensión total de 144,3 Km. para abastecer a 13 localidades de la Provincia de Santa Fe.

El primer gasoducto es de 6 Km. de longitud y abastecerá la localidad de Bustinza, alimentándose desde el sistema de transporte de TGN del gasoducto Campo Duran. El segundo gasoducto es de 124 Km. y contempla el suministro de gas a diez localidades sobre la ruta nacional Nº 34: Lucio V. López, Salto Grande, Totoras, Clason, San Genaro Norte, San Genaro, Centeno, Casas, Cañada Rosquín y San Martín de las Escobas. El gasoducto se conectaría al sistema de TGN en el punto San Jerónimo. El tercer gasoducto proveerá de gas natural a las localidades de Díaz y Monje, con una longitud total de 14,3 Km. y se alimentará desde el sistema de transporte de TGN, en la intersección de la autopista Rosario - Santa Fe con la Ruta Provincial Nº 65. Asimismo, el proyecto contempla la construcción de nueve plantas reductoras de presión.

De acuerdo con los términos del contrato de fideicomiso que seguidamente se describirá, originalmente se previó que la construcción demandaría una inversión total de 33.350.000, de los cuales EMGASUD aportaría en forma de obras 12.561.938. En contraprestación parcial a dicha inversión, EMGASUD recibiría 8.750.000 en valores representativos de deuda serie B.

El origen del Gasoducto Regional Centro Santa Fe se remonta al 3 de marzo de 2005, fecha en la que el MPFIPyS, la Secretaría de Energía y la Provincia de Santa Fe suscribieron una carta de intención reconociendo el interés en construir la obra detallada y establecieron las bases y pautas para su ejecución.

Con fecha 17 de noviembre de 2005, la Secretaría de Energía como organizador, la Provincia de Santa Fe, el Gobierno Nacional a través del MPFIPyS, el Banco de la Nación Argentina, la Sociedad en su carácter de fiduciante y Nación Fideicomisos S.A. en su carácter de fiduciario, celebraron el Contrato Suplementario de Fideicomiso Financiero Gasoducto Regional Centro Santa Fe (el “Fideicomiso Regional Centro Santa Fe”), en el marco del programa global para la emisión de valores representativos de deuda y/o certificados de participación “Fideicomisos de Gas” - Decreto N° 180/2004 y Resolución MPFIPyS N° 185/2004 por medio de los cuales se creó el fondo fiduciario para atender inversiones en transporte y distribución de gas.

EMGASUD, en su carácter de fiduciante, cedió y transfirió fiduciariamente al fiduciario (i) el derecho de EMGASUD a construir y operar el proyecto; (ii) la provisión de bienes y servicios conexos a la ejecución de la obra y servicios de ingeniería y dirección de obra por un valor de 3.811.983 en concepto de aporte no reembolsable; y (iii) la provisión de obras contra la entrega de Valores Representativos de Deuda Serie B a ser cancelados con los cargos fideicomiso gas que resulten aprobados por el ENARGAS en cumplimiento con lo dispuesto por el artículo 7º de la Resolución MPFIPyS Nº 185/2004 por un valor de 8.750.000. Los VRD Serie B referidos serán amortizados en forma mensual a partir de la fecha prevista en el Fideicomiso Regional Centro Santa Fe y devengarán la tasa del 7%, actualizada por CER, desde la fecha de su integración hasta su efectivo pago.

Asimismo, en julio de 2006 la Secretaría de Energía, Nación Fideicomisos S.A. y EMGASUD, celebraron el contrato de gerenciamiento en el marco del Fideicomiso Regional Centro Santa Fe, siguiendo los lineamientos acordados en dicho fideicomiso y en la carta de intención de fecha 3 de marzo de 2005. Mediante la suscripción de tal contrato, la Sociedad asumió el cargo de gerente de la obra y, como tal, asumió la obligación de prestar por sí o por terceros subcontratistas, todos los servicios que sean necesarios para la concreción de la ejecución de las obras a ser ejecutadas por el Fideicomiso Regional Centro Santa Fe. Se estableció que Nación Fideicomisos S.A., en su carácter de fiduciario, pagará a EMGASUD como contraprestación por los servicios de gerenciamiento del proyecto (servicios de ingeniería, dirección de proyecto y administración), el valor que surja de aplicar el 1% al monto de la inversión excluidos los impuestos, costos y gastos asociados a la constitución y puesta en marcha del Fideicomiso y el IVA asociado a la ejecución de las obras.

Con el fin de satisfacer la demanda de consumo de gas natural a generarse a partir de este gasoducto, EMGASUD se presentó en el concurso 01/2004 organizado por TGN, resultando adjudicataria de 25.000 m3/día para la ruta de transporte Neuquén - Litoral.

Adicionalmente, el proyecto incluye la construcción de tres puentes en transferencia con los gasoductos troncales, la construcción de las redes de distribución domiciliaria en cada una de las localidades con una longitud aproximada de 235.000 metros.

Las obras fueron suspendidas en el año 2006 a la espera de la aprobación del nuevo presupuesto de obra por parte de ENARGAS. Este presupuesto contempla los mayores costos sufridos por el incremento en los precios de las tuberías, mano de obra y materiales en general. Al 31 de diciembre de 2008, EMGASUD ha incurrido en costos en relación con dicho proyecto por un monto de 7.462.682, sobre los cuales ha recibido un anticipo por parte del Fideicomiso por un monto de 1.017.961, cuya certificación y cobro del saldo se encuentra pendiente a la fecha, a la espera de la aprobación final de la actualización del presupuesto de obra y el proyecto por parte de los entes reguladores, estimando la Sociedad que la obra será concluida durante el año 2009 y que la certificación y cobro de dichos montos se producirá en un término mayor a doce meses.

Interconexión El Zorro-Gasoducto San Martín

Se prevé llevar adelante durante el segundo semestre de 2009 el gasoducto de interconexión entre el yacimiento de Pan American Energy en Cerro Dragón y el Gasoducto General San Martín, en el marco de los acuerdos del Gasoducto Patagónico celebrado por EMGASUD

El gasoducto contará con una longitud de 30 Km. de cañería en un espesor de 12 pulgadas.

A la fecha de emisión de los presentes estados contables se han incurrido costos para la obra por un total de 4.563.328,33-

8.1.4.c Otros proyectos de construcción de gasoductos

En 2009 la compañía dará prioridad a la finalización de las obras de gas para el proyecto de Energía Delivery II, y las obras en ejecución antes mencionadas.

A su vez se estima participar en las licitaciones publicas y privadas que sean convocadas con el objetivo de utilizando la capacidad instalada de equipos y estructura de personal. En este sentido podemos mencionar dentro del backlog de obras a ejecutar en el segundo semestre el gasoducto Cordillerano con una longitud aproximada de 7.5 km en 12” y en el tercer trimestre expansiones de TGS-TGN por 30 km en 30”.

8.1.5. Unidad de Negocios – Comercialización de gas natural, de capacidad de transporte de gas y energía eléctrica por Enersud Energy S.A.

Para afianzar su posicionamiento en el mercado de la comercialización de energía, EMGASUD constituyó en el año 2005 su controlada Enersud Energy S.A. (“Enersud”), cuyo objetivo principal consiste en la comercialización de gas natural, comercialización de capacidad de transporte de gas natural para uso industrial o doméstico y otros servicios anexos, así como también la comercialización de energía eléctrica.

Enersud se encuentra consolidándose como agente de compra-venta y referente privilegiado en la prestación de servicios entre productores y grandes consumidores de gas natural en la República Argentina. Sus actividades consisten, entre otras, en brindar asesoramiento, capacitación, servicios de gestión y optimización para el abastecimiento de insumos energéticos, tanto en el mercado del gas natural como en el eléctrico.

Desde el año 2005 Enersud cuenta con una de las licencias de Agente Libre emitidas por el Mercado Electrónico del Gas S.A. (“MEG”), que la habilita para operar en el mercado argentino “spot” de gas natural. Ese mismo año Enersud se inscribió en el Registro del Mercado Mayorista de Gas Natural y en el Registro de Comercializadores.

Existen actualmente 11 agentes libres y 6 agentes de cartera propia que son los únicos autorizados para operar en el MEG. El MEG es una sociedad anónima, dependiente de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires S.A., creada a partir de los Decretos del PEN Nº 180 y N° 181 del 2004.

La comercialización del gas natural se realiza principalmente a grandes usuarios (industriales o generadores), otros comercializadores y/o productores de gas natural.

En lo que respecta a la comercialización de capacidad de transporte de gas natural, en noviembre de 2005 Enersud se presentó al llamado a concurso de capacidad de transporte de TGS N° 02/05 y de TGN N° 01/05 (Expansiones 2006-2008), solicitando capacidad de transporte en firme bajo la modalidad de pago anticipado de la financiación de la obra a través de la ejecución de la porción de los activos físicos que permitan a las transportistas brindar el suministro de la capacidad solicitada por Enersud y a ser comercializada por ésta última.

A la fecha, TGS ha adjudicado a Enersud 165.000 m3/día de capacidad bajo el Concurso TGS N° 02/2005, destinada a la prestación por Enersud de los servicios de transporte firme de gas de capacidad de transporte contratadas con Canteras Cerro Negro S.A., Cervecería y Maltería Quilmes S.A.I.C.A. y G, PBBPOLISUR S.A. y Maltería Pampa S.A. Aún queda pendiente la adjudicación definitiva de los volúmenes correspondientes al Concurso TGN N° 01/2005 estimada en 125.000 m3/día adicionales y respecto de los cuales Enersud ha celebrado cartas de intención con Petroquímica Río Tercero S.A. y Atanor S.A. a los fines de su comercialización.

Los contratos de comercialización prevén la puesta a disposición de una capacidad diaria de transporte de gas natural por un período de hasta 15 años, sobre la base de un servicio de transporte firme. El precio pactado se fijó en dólares estadounidenses, y el mismo cubre las necesidades de inversión y costos de la construcción de las obras asociadas a las expansiones, los cargos de retribución a las transportistas (TGS y TGN) y el margen operativo comercial de Enersud.

Los contratos revisten la modalidad “ship or pay”, es decir, el cliente tiene la obligación del pago del servicio de transporte provisto por Enersud independientemente de la efectiva utilización del mismo, permitiendo a Enersud contar con una renta fija esperada.

Asimismo, para la mayoría de los mencionados contratos, Enersud se reservó –y ha hecho uso- del privilegio de la comercialización del gas natural asociado a la capacidad de transporte requerida por sus clientes.

9.2. SOCIEDADES RELACIONADAS

9.2.1. Enersud Energy S.A.

EMGASUD realiza a través de su controlada ENERSUD ENERGY S.A. la actividad de comercialización de gas y transporte.

Enersud Energy S.A. –constituida en 2005- tiene por objeto la comercialización del gas natural, transporte y servicios anexos. Enersud aspira a consolidarse como agente de compra-venta y referente privilegiado en la prestación de servicios entre productores y grandes consumidores de gas natural en la República Argentina. Sus actividades consisten, entre otras, en brindar asesoramiento, capacitación, servicios de gestión y optimización para el abastecimiento de insumos energéticos, tanto en el mercado del gas natural como en el eléctrico.

En el año 2005 Enersud obtuvo la licencia de Agente Libre del Mercado electrónico de Gas (MEG), que le permite comprar y vender gas natural en mercado spot por sí mismo o por terceros.

Existen actualmente diez agentes libres (Enersud S.A. es uno de ellos) y seis agentes de cartera propia que son los únicos autorizados para operar en el Mercado Electrónico de Gas de la República Argentina.

En noviembre de 2005 Enersud se presentó en el Llamado a Concurso de Capacidad de Transporte de TGS N° 02/05 y TGN N° 01/05, solicitando capacidad de transporte en firme bajo la modalidad de pago anticipado de la financiación de las obras mediante la ejecución de la porción de los activos necesarios para habilitar el suministro de los caudales. En febrero de 2006 se han adicionado volúmenes a los ya previamente adjudicados en la Expansión 2006-2008. Como resultado se ha obteniendo un total, en conjunto, de 290.000 m3/día por un plazo de 35 años. En relación con dicho proceso Enersud se ha comprometido a llevar a cabo las obras respectivas.

Enersud ha celebrado acuerdos con clientes de muy buena calificación crediticia en relación con la comercialización de la capacidad de transporte obtenida en los concursos abiertos. Los acuerdos prevén la puesta a disposición al cargador de una capacidad diaria de transporte de gas desde el punto de recepción hasta el punto de entrega por un período de 15 años, sobre la base de un servicio de transporte firme. El precio pactado es fijado en dólares y los contratos revisten el carácter de “ship or pay”, es decir, el cargador tendrá la obligación del pago del servicio de transporte independientemente de la efectiva utilización del mismo. En relación con dichos acuerdos, Enersud ha asumido ciertos compromisos, entre ellos la realización, finalización y habilitación de las obras anteriormente mencionadas.

En el mes de octubre 2008 ENERSUD inicio la comercialización del volumen de transporte de gas adjudicado a través del concurso de precios TGS 2/2005.

Enersud se encuentra trabajando en la comercialización de nuevos volúmenes de transporte que serán presentados a las transportistas para el correspondiente llamado a concurso público.

A la fecha de emisión de los presentes estados EMGASUD es titular directa e indirectamente del 100% del capital social de ENERSUD SA. El resultado del ejercicio 2007 para ENERSUD arroja una utilidad de AR$ 25.874.

9.2.2 Inversora Ingentis SA

Desde el pasado 5 de enero de 2009 EMGASUD ha dejado de ser accionista de Inversora Ingentis, desvinculando totalmente su participación en el Proyecto Ingentis I. Se describe a continuación los hechos.

En el marco de la Resolución N° 1281/06 del MPFIPyS (programa “Energía Plus”), con fecha 1° de noviembre de 2006 la Provincia del Chubut y Emgasud suscribieron un acuerdo en virtud del cual reconocieron el interés común de construir una central de generación eléctrica en las cercanías de la localidad de Dolavon, Provincia del Chubut, la que consistirá en (i) la construcción de una central termoeléctrica alimentada a gas natural con una potencia efectiva de 200 MW, (ii) la construcción de una granja eólica con una potencia efectiva inicial de 100 MW y (iii) la adecuación de la línea de transmisión eléctrica de 500 KV. entre las localidades de Puerto Madryn y Pico Truncado que permitirá el transporte en el SADI de la energía generada por el proyecto.

El proyecto prevé la posibilidad de cerrar el ciclo abierto y convertir a la planta en un ciclo combinado ampliando así su capacidad a aproximadamente 240 MW.

El desarrollo de este Proyecto se lleva a cabo por la sociedad Ingentis S.A., a la cual EMGASUD cedió todos sus derechos y obligaciones bajo el acuerdo celebrado con la Provincia del Chubut señalado precedentemente. En Ingentis S.A. la Provincia del Chubut tiene una participación accionaría del 39%, y la sociedad holding Inversora Ingentis S.A. tiene una participación del 61% de capital social restante.

Durante el segundo semestre del ejercicio 2008 en virtud de la situación económica imperante, previendo una posible disminución de la demanda de energía en forma privada a los precios previstos para el programa Energía plus.Considerando a su vez las dificultades de financiación de nuevos proyectos en un mercado financiero mundial contraído por la crisis desatada en los países centrales. EMGASUD decidió discontinuar su participación en el proyecto Ingentis I, concentrando la aplicación de fondos a los proyectos de energía propios.

Dado en que la fecha prevista a tales efectos Emgasud no abonó el Precio, el Fiduciario procedió, de conformidad con lo estipulado en el Contrato de Fideicomiso y Contrato de Depósito en Garantía, a (i) transferir y registrar a favor de Pampa las Acciones de Emgasud, (ii) transferir y registrar a favor de Pampa y Dilurey la propiedad plena de las Acciones de Pampa y de Dilurey, (iii) entregar el Pagaré a Pampa, y (iv) entregar también a Pampa el Libro de Registro de Acciones de Inversora Ingentis.

En función de ello, los Estados Contables de EMGASUD al 31 de diciembre de 2008 reflejan la pérdida por el desprendimiento de la inversión la cual ascendió a la suma de $ 24.356.264 incluyendo el costo de la multa por U$S 3.000.000 neteado los aportes pendientes de integración y la cancelación de los prestamos pendientes entre los accionistas.

9.2.3. Ingentis II Esquel SA

Estructura societaria – Descripción.

El 6 de Febrero de 2008 EMGASUD y la Provincia del Chubut firmaron el Estatuto constitutivo de la sociedad INGENTIS II ESQUEL SA.

El capital social inicial de la compañía es de AR$ 10 millones, representado por acciones ordinarias suscriptas en un 61% por EMGASUD y en un 39% por la Provincia del Chubut.

Esta compañía tiene por objeto la instalación de la central térmica, su posterior operación, mantenimiento para la producción de energía eléctrica y la posterior comercialización.

La administración de la sociedad está a cargo de 5 directores titulares, 3 de los cuales son designados por EMGASUD

Proyecto de Generación eléctrica Ingentis II – Esquel.

Con fecha 9 de noviembre de 2007, la Sociedad celebró un acuerdo con la Provincia de Chubut para la realización de obras de infraestructura energética para la construcción de una Central de Generación Eléctrica en las cercanías de la localidad de Esquel, Provincia de Chubut.

Este proyecto cuenta con la sinergia entre las instalaciones existentes: línea de transmisión de Energía y gasoducto de alta presión.

La planta es una Central Termoeléctrica que operará en ciclo abierto con un Turbogenerador a gas natural de tecnología aeroderivada de aproximadamente 42 MW, La Planta se vinculará con el SADI por medio de un vano a abrir en la Línea de 132 KV Esquel-El Coihue. Se construirá una línea de vinculación de aproximadamente 2500 m de longitud. La generación anual bruta: 345 GWh

La inversión total prevista para concretar la presente obra de infraestructura es de AR$ 92.000.000 en una primera etapa y de AR$ 81.000.000 en una segunda etapa, montos que no incluyen el impuesto al valor agregado.

Se prevé negociar la venta de la energía generada mediante  contratos privados a largo plazo, en dólares estadounidenses con industrias de primera  línea.

Con fecha 6 de Febrero de 2008 EMGASUD y la Provincia del Chubut firmaron el estatuto constitutivo de la sociedad Ingentis II Esquel de la cual participan EMGASUD con un 61% y la Provincia del Chubut en un 39%.

Con fecha 28 de Diciembre 2007 EMGASUD ha celebrado el contrato de adquisición de equipos con General Electric por el aprovisionamiento de la turbina. El monto total del contrato asciende a la suma de U$S 19.194.277. A la fecha de emisión de los presentes Estados Contables se han abonado el 71.2% del monto total del contrato.

En el mes de Mayo de 2008 el volcán Chaiten ubicado en la zona aledaña a Esquel entro en actividad produciendo emanaciones de cenizas. El 19 de febrero de 2009 se produjeron nuevas emanaciones. EMGASUD se encuentra reevaluando el proyecto.

9.2.4 Emgasud Renovables.

EMGASUD se propone liderar, en el corto y mediano plazo, el desarrollo de energías renovables en la Argentina, y en miras a ello, aplicar tecnología de punta que incorpore la energía limpia como una línea fundamental en el compromiso de la Sociedad con el medio ambiente y el desarrollo sustentable, preservando los recursos para las generaciones futuras.

A principios de 2007 entró en vigencia la Ley N° 26.190 que estableció un Régimen de Fomento Nacional para el uso de fuentes renovables de energía destinada a la producción de energía eléctrica, complementario del régimen establecido por la Ley N° 25.019 y sus normas reglamentarias, que ya había declarado de interés nacional a la generación eólica y solar. La Ley N° 26.190, aún no reglamentada, establece como política de Estado en materia energética el objetivo de lograr una contribución de las fuentes de energía renovables hasta alcanzar el 8% del consumo de energía eléctrica nacional para fines del año 2016.

Iniciando acciones concretas durante el año 2008 EMGASUD

(i) Ha formalizado con la empresa Garrad Hassan, un compromiso para recibir asistencia técnica y capacitación de esta empresa líder a nivel mundial en diseño de parques eólicos y en certificación de medición de vientos;

(ii). ha seleccionado sitios con alto potencial eólico en ubicaciones estratégicas, en la Provincia del Chubut, Patagonia Argentina, celebrado los respectivos contratos de locación con opción de compra de los mismos que en su conjunto totalizan aproximadamente 4.600 hectáreas, ha instalado torres y equipamiento para la medición del recurso eólico, contando con mediciones certificadas desde octubre de 2008.

(iii) ha presentado en diciembre de 2008 ante la Secretaría de Energía de la Nación Proyectos de Parques Eólicos por un total de 350 MW de potencia en los sitios mencionados y ha solicitado ante dicho organismo el acceso como Agente Generador eólico ante el Mercado Eléctrico Mayorista y presentado la correspondiente Solicitud de Acceso a la Capacidad de Transporte ante Transpa.

(iv) Ha realizado estudios eléctricos sobre la capacidad de inyección de energía eólica al sistema interconectado patagónico con el apoyo técnico de Mercados Energéticos S.A., consultora nacional de amplia experiencia y conocimiento en aspectos técnicos y regulatorios del Mercado Eléctrico Mayorista Argentino.

Con fecha 27 de junio de 2008, EMGASUD (con una participación del 90% en su capital social inicial previsto en la suma de 1.000.000) y Enersud Energy S.A. (con una participación del 10% de dicho capital) constituyeron la sociedad “Emgasud Renovables S.A.” (en adelante “Renovables”), sociedad que  se encuentra inscripta en la Inspección General de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenas, baje el registro nro. 1704, del Libro 43 del Tomo de Sociedades Anónimas.

Cabe destacar que tanto EMGASUD como Emgasud Renovables SA cuentan~~,~~ con recursos humanos con alta formación técnica y experiencia comprobada en desarrollo, implementación y operación de emprendimientos energéticos ya operando en todo el país, pero especialmente en la Patagonia, lo que ha implicado poner a disposición un know how técnico y logístico de envergadura.

9.3. Inversiones de Capital

Durante el ejercicio 2008 las inversiones de capital estuvieron orientadas a la compra de turbinas para las centrales eléctricas de Energía Distribuida II, a la ejecución de las obras de instalación de gas y eléctricas para los proyectos energéticos – Pinamar, Mayo, Matheu y el resto de las centrales de ED II.

Esto explica el incremento exponencial del rubro Activos Fijos de los Estados Contables, cuyo saldo final al 31 de diciembre de 2008 ascendía a $ 542.947.828.

9.4. Recursos Humanos

Durante el segundo semestre del año 2008 la Gerencia de Recursos Humanos se abocó a la realización trabajos previos necesarios para la implementación de un sistema integrado de liquidación de sueldos y jornales y administración de Recursos Humanos.

El sistema corresponde al modulo especifico del sistema SAP. El cual fue adquirido por la sociedad para ser instalado junto con los módulos de Finanzas, compras y administración de Stocks.

RRHH será el primero en entrar en producción para el mes de abril de 2009. Esta herramienta traerá grandes beneficios para la compañía agilizando la información y liquidación.

Los proyectos previstos para implementar durante 2009 son:

Sistema de Compensaciones -en colaboración con el Comité de Remuneraciones- involucrará: descripción y evaluación de funciones, estructura salarial y Beneficios, matching de mercado, evaluación de desempeño, plan de dirección por objetivos.

Plan de Desarrollo Nivel Gerencial y Mandos Medios.

Desarrollo de vínculos con Instituciones Académicas.

Plan de Inducción y Manuales.

9.5. Seguridad, Salud y Medio Ambiente

EMGASUD S.A ha dirigido sus actividades de manera tal de mejorar los estándares, procedimientos y controles en materia de Medio Ambiente, en cumplimiento con las normativas y las mejores prácticas vigentes actualmente en el ámbito nacional e internacional.

9.6. Relaciones Institucionales

A través de la Gerencia de Relaciones Institucionales, EMGASUD tuvo activa participación en los distintos ámbitos en los que interactúa.

En 2008 se trabajó fuertemente para apoyar proyectos de inclusión social, desarrollo de prácticas no discriminatorias, responsabilidad social y campañas de concientización para preservar la calidad de vida y la seguridad de nuestros semejantes.

Programa Dignificar la Vida

Fue lanzado en 2001 con el objetivo de brindar asistencia integral a niños en riesgo social que habitan el barrio carenciado Pinazo, ubicado a la vera del arroyo homónimo, en la localidad bonaerense de Del Viso, Partido de Pilar. Experiencias previas de los accionistas mayoritarios de la compañía y otras personas radicadas en la zona motivaron la ampliación del proyecto y la creación del Hogar Sagrada Familia Del Viso, que patrocina y apoya con orgullo Emgasud.

Funciona de lunes a viernes, de 8 a 18 hs y brinda asistencia integral -salud, alimentación y apoyo escolar- a aproximadamente 35 niños y adolescentes provenientes del mencionado barrio.

Lucha contra la discriminación, la xenofobia y el racismo

En cada uno de sus actos, la empresa pone de manifiesto su comportamiento honesto, ético y responsable. Para afirmar aún más estos valores, el 27 de noviembre de 2008 firmó un Acuerdo Marco con el Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (INADI), comprometiendo su mayor esfuerzo para afianzar políticas a favor de la diversidad en el marco de la Red de Empresas contra la Discriminación. Esta iniciativa, tiende a establecer un lenguaje inclusivo en el ámbito laboral y social, colaborar activamente en la implementación práctica de los principios de no discriminación en todos los ámbitos empresarios y promover esos valores en la cadena de valor que integran directivos, trabajadores, proveedores, contratistas y clientes.

Forética Argentina

Forética es una Asociación sin fines de lucro, cuya misión es fomentar la cultura de la gestión ética y la responsabilidad social en las organizaciones. Tiene su sede en España y Emgasud es miembro fundador del capítulo argentino, primera extensión de la entidad en el continente americano. También integra el Consejo Consultivo y la Comisión Directiva, ejerciendo la Vicepresidencia.

En 2008 Forética Argentina obtuvo la personería jurídica y dedicó gran parte de su tiempo al dictado de cursos basados en la Norma SGE21, que establece los principios para la implantación y auditoría de sistemas de gestión ética y socialmente responsable.

Campañas de seguridad

Como lo hace todos los años, la compañía desarrolló una intensa campaña de difusión para informar a la población, acerca de la prevención de accidentes por inhalación de monóxido de carbono. Se puso especial énfasis en la transmisión de conceptos y ejemplos a alumnos que concurren a escuelas de la región donde se presta el servicio de distribución de gas natural, tratando de alertar a quienes suelen estar más expuestos por falta de información o por desatenciones propias de su edad. En 2009 se prevé fortalecer la campaña con la participación de autoridades comunales y fuerzas vivas de los Partidos de Pinamar, Dolores y Mar Chiquita, tratando de generar un ambiente de atención, precaución y toma de conciencia en quienes deben velar por la seguridad de sus familias y la sociedad en su conjunto.

Otro tema que acaparó especial dedicación fue el de prevención de accidentes de tránsito. Más allá del establecimiento y control de normas internas, la empresa participó en varias acciones tendientes a crear conciencia sobre la seguridad en la vía pública. En tal sentido, auspició en exclusividad la campaña de educación vial infantil encarada por el Diario El Chubut en sus ediciones regulares y participó en los foros de discusión organizados por el Instituto para el Desarrollo Empresarial de la Argentina (IDEA). En 2009, Emgasud firmará la Carta Argentina de Seguridad Vial, asumiendo el compromiso de controlar el estricto cumplimiento de los requisitos legales, establecer acciones correctivas y programas de difusión, tanto en el aspecto interno como en el concerniente a las actividades de terceros vinculados a su gestión.

Congreso Mundial de Gas

Argentina será sede de la 24º Conferencia Mundial de Gas (WGC), que se desarrollará entre el 5 y 9 de octubre de 2009 en La Rural, Predio Ferial de Buenos Aires. Participarán aproximadamente 2500 delegados y la exposición, asociada al congreso, ya fue vendida en su totalidad.

EMGASUD integra la comisión organizadora del evento y participa activamente en su programación y variados foros de promoción.

  1. ANALISIS RESULTADO DEL EJERCICIO

10.1. Evaluación del resultado.

El resultado del ejercicio arrojo una pérdida neta de $ 23.512.581

Resulta necesario separar la pérdida reconocida por la desvinculación del proyecto Ingentis I la cual como fue mencionado en el punto 7.2.2, ascendió a la suma de $ 24356.264.

El resultado del ejercicio neto de esta pérdida arroja una utilidad neta de $ 843.683. Este resultado guarda relación con el período de inversión atravesado durante 2008.

En cuanto a la variación en la facturación podemos señalar.

  • Unidad de Negocio Generación Eléctrica. Esta unidad de negocios iniciada en 2008, ha totalizado la suma de $ 39.273.595 durante el ejercicio bajo análisis. Los ingresos por venta de energía comenzaron a producirse desde principios del ejercicio. Habilitada la central de Pinamar la facturación supero en este negocio las estimaciones, encontrándose despachada la central aun en los meses de invierno. La facturación total asciende a $ 21.984.188

La central de Rio Mayo inicio su operación en el mes de junio completando 6 meses de facturación al cierre del ejercicio con un total de $ 4.033.168.

Por último el 17 de noviembre de 2008, la central de Matheu comenzó su operación comercial facturando al cierre del ejercicio un total de $ 13.256.239.

-Unidad de Negocio Transporte de gas natural a través del Gasoducto Patagónico. Las ventas superaron las previsiones. En este sentido durante el período invernal se transporte en exceso por sobre la capacidad en firme contratada.

-Unidad de Negocio Distribución de Gas Natural. Las ventas continuaron con tendencia positiva en cuanto al negocio de distribución de gas natural, esto debido a la incorporación de nuevos usuarios, a pesar de esto el crecimiento ha sido menor al observado en otros ejercicios.

-Unidad de negocios de Construcción de Gasoductos de Alta presión y Redes de distribución. Se evidencia una disminución importante de la facturación y una contribución al resultado operativo en baja. Durante el ejercicio 2008 la ocupación de su capacidad constructiva estuvo destinada casi en exclusividad a la realización de las obras de gas necesarias para el funcionamiento de las centrales térmicas, la ejecución de la obra de ampliación TGS para la compañía subsidiaria ENERSUD y la terminación de la obra de Timbues. Las ventas a terceros por lo tanto estuvieron en niveles bajos en relación a los ejercicios anteriores. Esta situación es conducente con la política general de la compañía de priorizar las obras propias priorizando los negocios de servicios energéticos desregulados.

Cuadro 6 - Evolución de la Facturación por Actividad

*Valores expresados en AR$

En cuanto a la carga financiera, podemos señalar que en el marco de la situación financiera mundial la volatilidad de las tasas de interés en el primer semestre del ejercicio y la escalada a partir del mes de agosto 2008 repercutieron en forma negativa en el resultado de la sociedad, obligada a tomar prestamos en condiciones desventajosas.

En efecto, si bien durante el primer semestre del ejercicio se concreto con éxito la colocación de la financiación con Banco Macro y ABN para la compra de las 4 turbinas GE a través de un Import Financing Loan por U$S 44.300.000 y U$S 20.000.000 a través de un préstamo financiero para la ejecución de la obra. Estos préstamos preveían un take out al mercado de capitales en el cual se comenzó a trabajar desde el mes de Mayo. Esto permitiría a la sociedad extender el plazo de sus obligaciones y obtener fondos extras necesarios para la terminación de las obras de Energía Distribuida II.

Sin embargo la colocación prevista para el mes de septiembre se vio demorada a partir de las modificaciones establecidas por el gobierno nacional en el sistema de Jubilaciones y pensiones.

Por otra parte el aporte de capital necesario para el proyecto de ED II comprometido por los accionistas y solicitado por el directorio para ser integrado en el mes de agosto de 2008 se vio obstaculizado por la crisis financiera internacional. En efecto los grupos internacionales que poseían participación en el paquete accionario de EMGASUD S.A se vieron afectados demorándose la concreción de los aportes los cuales fueron recibidos a fines del mes de noviembre.

Durante estos agitados meses EMGASUD S.A recurrió al mercado financiero local el cual continuó mostrando su apoyo permitiendo la continuidad de las obras de instalación las cuales sin embargo se vieron demoradas debiendo modificar las fechas inicialmente previstas para el inicio de la operación comercial.

Las tasas de interés abonadas por la sociedad durante el período han afectado sustancialmente el resultado económico del ejercicio.

En las líneas de capital de trabajo mantuvo un promedio de AR$ 15 millones a lo largo del año –contra un promedio de AR$ 6 millones en 2006. Todas ellas obtenidas en bancos de primera línea tanto nacionales como internacionales.

La deuda bancaria al cierre muestra la siguiente composición:

Cuadro 9- Declaración de deuda bancaria al 31 de Diciembre del 2008

10.2. Índices.

Tal como se detalla en el punto 4 de la presente, al 31 de Diciembre de 2008 el patrimonio neto de la compañía asciende a la suma de AR$ 225.614.123 el cual se encuentra totalmente suscripto e integrado.

La utilidad operativa de la compañía arroja con respecto a 2007 un incremento del 74% pasando de AR$ 10.2 millones al 31 de diciembre de 2007 a AR$ 17.7 millones al cierre del ejercicio 2008. El incremento positivo se debe al inicio de las operaciones de generación eléctrica en las centrales de Pinamar, Rio Mayo y Matheu.

Durante el ejercicio EMGASUD destino la generación de fondos de las unidades de negocio de transporte, distribución, construcción y comercialización a la realización de las obras de energía distribuida.

Adicionalmente se consiguieron facilidades financieras por U$S 60.3 millones mas garantías bancarias por U$S 13.5 millones con el objetivo de financiar el proyecto – tal como se menciona en el punto 5. A raíz de esto la carga de intereses soportados por la sociedad ha sido elevada.

Contextualizando dentro de la situación financiera mundial y bajo las particularidades del mercado financiero local, se puede concluir que la gestión financiera fue exitosa en cuanto a conseguir los fondos necesarios para mantener la viabilidad del proyecto de Energía Distribuida II. Los costos financieros están en relación con los valores de mercado que mantuvieron las tasas de interés en constante crecimiento especialmente a partir del segundo semestre del ejercicio.

Las decisiones de financiación se tomaron en base a los márgenes de contribución del proyecto de energía y los compromisos asumidos.

La salida al mercado de capitales concretada en febrero 2009, es altamente beneficiosa para la sociedad en cuanto extiende el plazo de sus obligaciones llevándolas de 12 a 34 meses y bajando la tasa promedio abonada del 16.8% al 14%.

El índice de liquidez corriente que muestra un deterioro con respecto al año anterior se ve sustancialmente modificado a partir de la cancelación de las obligaciones financieras con ABN y MACRO a partir de la aplicación de los fondos de colocación de la Obligación Negociables.

Por las características de los negocios de EMGASUD de explotación de capital intensivo el índice de inmovilización de capital es elevado y con tendencia al crecimiento.

La utilidad neta del ejerció se ve sustancialmente afectada por el reconocimiento de la desvinculación de la inversión en el proyecto Ingentis.

Cuadro 10 – Índices

Cuadro 11 – Índices Consolidados

  1. DESTINO DE LOS RESULTADOS

La  Sociedad ha abonado  en concepto de Honorarios al Directorio durante el ejercicio 2008 la cifra de AR$ 531.330.-

Asimismo, el Directorio de la Sociedad propone que la Asamblea de Accionistas vote Honorarios al Directorio correspondientes al ejercicio 2008 por la suma AR$ 1.851.297.

  1. OBJETIVOS PARA EL EJERCICIO 2009

El desafío del ejercicio iniciado el 1° de Enero de 2009 es concluir exitosamente el proceso de instalación y puesta en marcha de las centrales térmicas de Energía Distribuida II.

Para el ejercicio 2009 la sociedad planea afianzar su participación dentro de la industria energética, orientando sus esfuerzos para convertir a EMGASUD en una compañía prestigiosa no solo en materia de innovación pero así también en cuanto a su estructura organizacional, procesos internos y calidad de sus servicios internos y externos. Continuando con la tarea iniciada en este sentido durante el ejercicio 2008 con la compra de las licencias SAP y la solicitud de autorizar su Programa de Obligaciones Negociables en la Bolsa de Comercio de Buenos Aires.

EMGASUD completara en 2009 la implementación del sistema SAP comenzando la entrada en producción con Recursos Humanos en el mes de abril y sumando a partir de Julio 2009 los módulos de Finanzas & Controlling y Compras & Administración de Stocks.

En el mismo sentido se proyecta comenzar a trabajar intensamente para realizarlas adecuaciones necesarias que permitan, en el mediano plazo, certificar los procesos de calidad por normas internacionales.

En el área de nuevos negocios, además de consolidar los proyectos que la Compañía está desarrollando, el objetivo de EMGASUD es continuar desarrollando los proyectos de energía renovable.

  1. AGRADECIMIENTOS.

Finalmente, El Directorio desea expresar su agradecimiento a los clientes y proveedores que se han sumado al nuevo proyecto de EMGASUD y a aquellos que la han acompañado desde sus orígenes; y especialmente expresar un reconocimiento de sincera gratitud a todos sus empleados, quienes con su compromiso y entusiasmo permiten día a día cumplir con los objetivos propuestos.

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 6 de marzo de 2009

EL DIRECTORIO

  1. Son las llamadas ofertas de disponibilidad de generación y energía asociada adicionales presentadas por agentes generadores, cogeneradores y autogeneradores que a la fecha de publicación de la resolución no sean agentes del MEM o no cuenten con las instalaciones de generación a comprometer en esas ofertas.