Remuneration Information • Apr 9, 2019
Remuneration Information
Open in ViewerOpens in native device viewer
| Fecha fin del ejercicio de referencia: | 31/12/2018 |
|---|---|
| CIF: | A-83443556 |
Denominación Social:
ZURBARAN, 9 LOCAL DCHA MADRID
A.1. Explique la política vigente de remuneraciones de los consejeros aplicable al ejercicio en curso. En la medida que sea relevante se podrá incluir determinada información por referencia a la política de retribuciones aprobada por la junta general de accionistas, siempre que la incorporación sea clara, específica y concreta.
Se deberán describir las determinaciones específicas para el ejercicio en curso, tanto de las remuneraciones de los consejeros por su condición de tal como por el desempeño de funciones ejecutivas, que hubiera llevado a cabo el consejo de conformidad con lo dispuesto en los contratos firmados con los consejeros ejecutivos y con la política de remuneraciones aprobada por la junta general.
En cualquier caso, se deberá informar, como mínimo, de los siguientes aspectos:
La política de remuneraciones es aprobada por la Junta General de Accionistas a propuesta de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones. La Junta General de Accionistas celebrada el 27 de junio de 2018, a la vista del informe de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, que fue ratificado por el Consejo de Administración en su reunión de 24 de mayo de 2018, acordó modificar la política de remuneraciones de los consejeros de GAM.
La política de remuneraciones de la Sociedad se encuentra delimitada en el artículo 30 de los Estatutos Sociales y en el artículo 24 del Reglamento del Consejo de Administración. En 2018, de conformidad con el artículo 30 de los Estatutos Sociales, la retribución de los Consejeros en su condición de tales se compuso de los siguientes conceptos:
a) Una retribución fija anual de una cantidad que determine la Junta General. A falta de determinación por parte de la Junta General, la cantidad será la misma que para el año anterior.
b) Las dietas por asistencia al Consejo de Administración, tanto asistencia presencial como telefónica y, en su caso, por asistencia a reuniones de las comisiones del Consejo, en la cuantía que determine la Junta General. Cuando la fecha de la reunión del Consejo de Administración coincida con la fecha de la reunión de cualquiera de las comisiones, los consejeros percibirán una única dieta por asistencia a dichas sesiones.
c) Una retribución variable adicional por importe máximo igual a la retribución fija determinada por la junta general para el ejercicio anterior, que se devengará si se alcanzan los objetivos de carácter económico-financiero que serán determinados, junto con la cantidad efectivamente a devengar, de manera cierta y cada año por la Junta General para el ejercicio en curso, en el cual se adopte el acuerdo que corresponda. Si no se alcanzaran los objetivos referidos, no se devengará cantidad alguna por este concepto.
Las retribuciones anteriores se entienden sin perjuicio de las remuneraciones adicionales de los consejeros por el desempeño de funciones ejecutivas previstas en los contratos que deberán celebrarse conforme a lo dispuesto en el art. 249 LSC. En el contrato se detallarán todos los conceptos por los que pueda obtener una retribución por el desempeño de funciones ejecutivas, incluyendo, en su caso, la eventual indemnización por cese anticipado en dichas funciones y las cantidades a abonar por la sociedad en concepto de primas de seguro o de contribución a sistemas de ahorro. El contrato deberá ser conforme, en todo caso, con la política de retribuciones aprobada por la Junta General.
Las percepciones anteriores serán compatibles e independientes del pago de los honorarios o salarios que pudieran acreditarse frente a la Sociedad, por prestación de servicios o por vinculación laboral, según sea el caso, con origen en una relación contractual distinta de la derivada del cargo de administrador, los cuales se someterán al régimen legal que les fuere aplicable.
En lo referente a Responsabilidad civil, la Sociedad podrá contratar un seguro de responsabilidad civil para sus Consejeros.
Asimismo, el artículo 24 del Reglamento del Consejo de Administración establece, respecto de la remuneración de los miembros del Consejo de Administración, que:
a) El Consejo determinará la remuneración de cada consejero por sus funciones de supervisión, control y adopción de decisiones sustanciales (en su "condición de tales") y, en su caso, por el desempeño de funciones ejecutivas. La distribución de la remuneración acordada por el consejo deberá ser acorde, en todo caso, con lo previsto en los Estatutos Sociales y en la política de remuneraciones de los consejeros aprobada por la Junta General.
b) El Consejo aprobará con el voto favorable de las dos terceras partes de sus miembros, los contratos que deben suscribirse con ocasión del nombramiento o reelección del consejo delegado o la atribución de funciones ejecutivas en virtud de otro título a cualquier consejero.
Dada la singularidad de la Sociedad por su condición de ser la única empresa cotizada de su sector, no ha establecido un marco de comparables, si bien ha tenido en cuenta las políticas de remuneraciones de otras compañías que, por tamaño, evolución histórica u objetivos empresariales, pueden resultar útiles en la comparativa.
La Sociedad no ha contratado los servicios de ningún asesor externo con el objeto de definir la política retributiva.
Asimismo, señale si la sociedad ha establecido algún período de devengo o consolidación de determinados conceptos retributivos variables, en efectivo, acciones u otros instrumentos financieros, un período de diferimiento en el pago de importes o entrega de instrumentos financieros ya devengados y consolidados, o si se ha acordado alguna cláusula de reducción de la remuneración diferida o que obligue al consejero a la devolución de remuneraciones percibidas, cuando tales remuneraciones se hayan basado atendiendo a unos datos cuya inexactitud haya quedado después demostrada de forma manifiesta.
Los miembros del Consejo perciben una remuneración fija anual, y, con base en la consecución de una serie de objetivos determinables y ciertos, podría devengarse una retribución variable por el importe que determine la Junta General que, como máximo, sería igual a la remuneración fija anual y se devengaría únicamente si se alcanza el 100% del objetivo, no admitiendo prorrateos basados en cumplimientos parciales.
Los criterios para determinar la procedencia de la remuneración variable han sido identificados por el Consejo de Administración tras un análisis profundo de la realidad empresarial de la Sociedad. Se trata de criterios que:
a) Permiten una fácil comparativa año a año, y que por tanto ponen de manifiesto la efectiva evolución de la Sociedad.
b) Están disociados o son fácilmente disociables de circunstancias extraordinarias que pudieran tener impacto en la retribución variable.
c) Son verificables y su conceptualización está clara.
En particular, los criterios orientadores de la retribución de los miembros del Consejo de Administración son los siguientes:
a) Las remuneraciones consistentes en entregas de acciones de la Sociedad o de sociedades del grupo, de opciones sobre acciones o instrumentos referenciados al valor de la acción, de retribuciones variables ligadas al rendimiento de la Sociedad o los sistemas de previsión se limitarán a los consejeros ejecutivos. Se exceptuará de la limitación señalada en el párrafo anterior la entrega de acciones, cuando se establezca la condición de que los consejeros las mantengan hasta el término de su mandato.
b) La remuneración de los consejeros será la necesaria para retribuir la dedicación, cualificación y responsabilidad que el cargo exija; pero no tan elevada como para comprometer su independencia.
c) Las remuneraciones relacionadas con los resultados de la Sociedad tomarán en cuenta las eventuales salvedades que consten en el informe del auditor externo y minoren dichos resultados.
d) En el caso de retribuciones variables, las políticas retributivas procurarán incorporar las cautelas técnicas precisas para asegurar que tales retribuciones guardan relación con el desempeño profesional de sus beneficiarios y no derivan simplemente de la evolución general de los mercados o del sector de actividad de la compañía, de transacciones atípicas o excepcionales, o de otras circunstancias similares.
Véase apartado A.1.7. siguiente, en lo relativo al devengo del Incentivo variable.
Los miembros del Consejo de Administración, incluidos los consejeros ejecutivos, perciben anualmente una retribución fija que ha sido fijada por la Junta en la cantidad de 6.000 euros, cantidad de la que proporcionalmente se efectúa un pago cuatrimestral. En caso de que un consejero cese en su cargo a lo largo del año, únicamente tendrá derecho a percibir la parte proporcional al tiempo en que haya mantenido su condición de consejero. Este mismo criterio de proporcionalidad se aplica en el caso de la incorporación de un nuevo miembro en el Consejo de Administración de la Compañía. El hecho de pertenecer a una Comisión del Consejo no da lugar a incremento en esta retribución fija. Los consejeros perciben una dieta por asistencia, tanto presencial como telefónica, a las reuniones del Consejo de Administración y de cada una de las comisiones del Consejo fijada por la Junta en 3.000 euros (por consejero y reunión). Los miembros del Consejo, que también lo sean de la Comisión no percibirán doble dieta en el supuesto de que las reuniones de ambos órganos se celebren el mismo día.
El Consejero Delegado, por el desempeño de funciones ejecutivas,:
a) tendrá derecho a percibir una cantidad de 497.000 euros como retribución fija. Esta cantidad se actualizará cada año según el índice de precios al consumo o índice equivalente que lo sustituya, salvo que el consejo de administración establezca otro porcentaje distinto. Esta cantidad ha sido actualizada para el ejercicio 2018 siendo el importe de la retribución fija correspondiente al consejero delegado de 532.900€.
b) quedará integrado en la póliza de responsabilidad civil para directivos y consejeros que, en su caso, la Sociedad tenga concertada en cada momento;
c) tendrá derecho a participar en los sistemas de previsión social (por ejemplo, para la cobertura de su supervivencia, enfermedad o accidentes) en términos similares a los que estén establecidos en cada momento con carácter general para los directivos de la Sociedad;
d) podrá tener a su disposición, con cargo a la Sociedad, un vehículo de gama alta acorde con la representatividad de su cargo.
El Consejero Delegado, por el desempeño de funciones ejecutivas, tendrá derecho a percibir:
a) Un bonus de permanencia por importe total de 350.000 euros netos, a razón de 70.000 euros netos anuales -haciéndose cargo la Sociedad de la tributación correspondiente- que GAM hará efectivo no más tarde del día 31 de diciembre de cada ejercicio, durante cinco ejercicios (a contar desde el año 2015 incluido). Este importe será incrementado en una cantidad equivalente a aquella a la que asciendan los intereses totales devengados por el préstamo concedido por la Sociedad al consejero delegado en fecha 28 de agosto de 2014, con la finalidad de adquirir acciones de la propia Sociedad. El importe anual al que ascienda el bonus de permanencia se destinará directa y necesariamente a la amortización del referido préstamo.
b) Un incentivo variable, como beneficiario del plan extraordinario de retribución variable del equipo gestor de GAM, suscrito inicialmente entre la Sociedad y las entidades Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A., Banco Santander, S.A., Banco Popular, S.A., Banco de Sabadell, S.A., Bankia, S.A., Caixabank, S.A., Hiscan Patrimonio S.A., Kutxabank, S.A., Liberbank, S.A. y Abanca Corporación Industrial y Empresarial, S.L.U. (las "Entidades") el 31 de marzo de 2015, conforme éste fue novado en julio de 2017 (el "Plan 2015"), el Consejero Delegado tendrá derecho a percibir una retribución adicional consistente en la entrega de acciones de la Sociedad, todo ello en los términos aprobados por la Junta General Extraordinaria de Accionistas de GAM celebrada el 16 de diciembre de 2015, a los efectos de lo dispuesto en el artículo 219 de la Ley de Sociedades de Capital, y descritos en detalle en el hecho relevante número 232501 publicado por GAM en fecha 16 de diciembre de 2015.
Sin perjuicio de lo anterior, con respeto a la Entidades que suscribieron el acuerdo de modificación parcial del Plan 2015 (la "Modificación del Plan") o posteriormente se adhirieron o se adhieran a dicho acuerdo (todas ellas conjuntamente, las "Otorgantes"), consistente en la sustitución y reemplazo del tramo A bajo el Plan 2015, el Consejero Delegado tendrá derecho a percibir una retribución variable (el "Incentivo"), cuyo devengo tiene como presupuesto que se produzca la trasmisión total o parcial de las acciones de GAM de las que sean titulares directa o indirectamente las Otorgantes y que conlleve un cambio de control en GAM, conforme este concepto se define en el artículo 131 del Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Mercado de Valores y en el artículo 4 del Real Decreto 1066/2007, de 27 de julio, sobre el régimen jurídico de las ofertas públicas de adquisición de valores, con independencia de que, de acuerdo con dicho Real Decreto, resulte obligatorio o no formular una oferta pública de adquisición (el "Supuesto de Devengo"). El importe total del Incentivo a percibir por el consejero delegado será igual al 67% del 10% del importe que reciban las Otorgantes en concepto de precio o contraprestación por las acciones propiedad de las Otorgantes en el momento de suscripción de la Modificación del Plan, al tiempo del Supuesto de Devengo, con el límite del valor correspondiente a las acciones que les habría correspondido recibir con cargo a las Otorgantes bajo el tramo A del Plan 2015, valoradas al precio de salida máximo previsto en dicho tramo a los efectos del cálculo del número de acciones a entregar por las Otorgantes al consejero delegado. El pago del Incentivo se llevará a cabo por las Otorgantes, en proporción a su participación en el Supuesto de Devengo, en la misma
especie de la contraprestación recibida por las acciones en el Supuesto de Devengo. No obstante, cada Otorgante individualmente, podrá a su libre elección optar por satisfacer la parte del pago que le corresponda por su equivalente en metálico. En ningún caso el pago se podrá realizar mediante entrega de acciones de la propia Sociedad.
La Modificación del Plan quedará automáticamente sin efecto, con respecto a las Otorgantes, si no se produce un Supuesto de Devengo el 31 de diciembre de 2019 a más tardar.
Los términos y condiciones actuales del Plan 2015 seguirán en vigor en la medida en que no resulten expresamente modificados y, en particular, el tramo A continuará vigente en su integridad para aquellas Entidades que no pasen a ser Otorgantes, o aquellos beneficiarios que rechacen participar de la Modificación del Plan. En este sentido, los principales rasgos del Plan 2015 son los siguientes:
El Plan 2015 está vinculado a la evolución del valor de las acciones de la Sociedad y tiene como objetivo promover el alineamiento de los intereses del Equipo Gestor y de los accionistas, de forma que se incentive y fidelice la labor desempeñada por el Equipo Gestor y se fomente su estabilidad y permanencia, así como la creación de valor para los accionistas de GAM. El Plan 2015 está dividido en los siguientes tramos:
* Véase continuación en apartado D.1 por falta de espacio
Indique el rango en términos monetarios de los distintos componentes variables en función del grado de cumplimiento de los objetivos y parámetros establecidos, y si existe algún importe monetario máximo en términos absolutos.
Los consejeros tienen derecho a percibir anualmente una cantidad variable por importe máximo de 6.000 euros por consejero, en función del cumplimiento de unos objetivos de carácter económico-financiero que serán determinados, junto con la cantidad efectiva a devengar, de manera cierta en la Junta General de cada año para el ejercicio en curso. Esta posibilidad de retribución variable está recogida en el artículo 30 de los Estatutos Sociales. En caso de que no se alcancen los objetivos referidos, no se devenga ninguna cantidad por este concepto.
Aparte de este concepto de retribución variable, los consejeros, con excepción del consejero ejecutivo, no reciben ningún otro tipo de remuneración variable.
No existen anticipos ni créditos concedidos al conjunto de miembros del Consejo de Administración, salvo por el préstamo concedido al consejero delegado en fecha 28 de agosto de 2014, en condiciones económicas y jurídicas de mercado y cuyo importe pendiente asciende a 70.000€, así como tampoco obligaciones asumidas con ellos a título de garantías. Los miembros del Consejo de Administración no devengan cantidad alguna como compromiso por pensiones presente ni futuro.
Por su parte, el consejero ejecutivo tiene derecho a percibir de acuerdo con lo previsto en el contrato de consejero delegado (conforme éste ha sido novado en 3 ocasiones, primera novación a fecha 20 de abril de 2015, una segunda novación a fecha 29 de julio de 2016 y una tercera novación a fecha 27 de junio de 2018) aprobado por el Consejo de Administración en los términos previstos en el artículo 249 de la Ley de Sociedades de Capital, una retribución variable por importe máximo de 390.000€, que se devenga por tramos en función del cumplimiento de los objetivos previstos en su contrato conforme a esos se determinen para cada ejercicio a propuesta de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, y que son los siguientes: (a) el objetivo de la cifra de ventas consolidadas; (b) el objetivo de EBIT consolidado al cierre del ejercicio terminado el 31 de diciembre del ejercicio correspondiente; y (c) el objetivo de la caja antes del repago de la deuda y después de inversiones, según cada uno de estos objetivos se fije en el presupuesto aprobado por la Sociedad para cada ejercicio para cada magnitud financiera señalada. El importe máximo de la retribución variable será de: (i) 300.000 en caso de cumplimiento del 100% de los objetivos antes referidos, y (ii) 390.000 euros para supuestos de cumplimiento de objetivos del 130% o superior.
Adicionalmente, y con independencia de las retribuciones señaladas anteriormente, el Consejero Delegado tendrá derecho a participar en los planes de incentivos, entregas de acciones, opciones sobre acciones o retribuciones indexadas al valor de la acción que en lo sucesivo puedan acordarse por la Sociedad para sus directivos.
El Consejo de Administración podrá decidir el otorgamiento de una remuneración extraordinaria de cuantía y condiciones a fijar por el propio Consejo, que no podrán exceder el importe de la retribución fija, por su desempeño y dedicación en operaciones corporativas, de adquisición, estructurales o de reestructuración, de especial relevancia estratégica para la Sociedad. En cualquier caso, la remuneración extraordinaria que acuerde el Consejo de Administración deberá ser conforme a la política de remuneraciones de los consejeros aprobada por la Junta General.
Véase, asimismo, el apartado A.1.7, en lo relativo al incentivo variable del plan extraordinario de retribución variable del equipo gestor de GAM.
Se deberá indicar si el devengo o consolidación de alguno de los planes de ahorro a largo plazo está vinculado a la consecución de determinados objetivos o parámetros relacionados con el desempeño a corto y largo plazo del consejero.
La indemnización que existe establecida para el consejero ejecutivo se desprende de su contrato con la Sociedad. Salvo en caso de renuncia voluntaria, en caso de terminación de la relación contractual tendrá derecho a percibir la cantidad equivalente a dos anualidades, excluyendo de dicho cálculo las cantidades en concepto de bonus de permanencia y en concepto de entrega de acciones como beneficiario del plan de opciones sobre acciones.
Los principales términos y condiciones del contrato suscrito con el consejero ejecutivo de la Sociedad son:
a) Duración: el contrato estará en vigor en tanto el consejero ejecutivo mantenga su condición de consejero delegado de la Sociedad.
b) Indemnización por cese: en caso de cese no voluntario tendrá derecho a una indemnización equivalente a la cantidad percibida por todos los conceptos retributivos por el ejercicio de su cargo durante los dos años inmediatamente anteriores al cese, excluyendo de dicho cálculo (esto es de la cantidad percibida durante los dos años anteriores al cese), las cantidades en concepto de bonus de permanencia y como beneficiario del Plan. La indemnización será de aplicación siempre que el consejero ejecutivo haya desempeñado sus funciones como consejero delegado de la Sociedad durante al menos dos años desde su nombramiento.
El contrato del consejero delegado no prevé pactos de exclusividad ni de no concurrencia post-contractual, más allá de lo indicado respecto de la indemnización por cese no voluntario.
Existe una retribución en forma de préstamo otorgado en agosto del 2014 al Consejero delegado por importe de 350 miles de euros con vencimiento 28 de agosto del 2019. El tipo de interés que devenga este préstamo es del 3,5% fijo, siendo el importe adeudado al 31 de diciembre de 2018 de 70 miles de euros.
Los cambios o modificaciones a destacar dentro de la política de remuneración son:
La modificación del Plan Extraordinario de Retribución Variable del ejercicio 2018. Ver Apartado A.1.7 del presente informe.
El importe máximo de retribución variable que el Consejero Delegado tendrá derecho a percibir por el desempeño de sus funciones ejecutivas, en función del cumplimiento de una serie de objetivos, pasa de un máximo de 300.000 euros en ejercicios anteriores a 390.000 euros. Ver Apartados A.1.7 y A.1.8 del presente informe.
https://gamrentals.com/system/resources/
W1siZiIsIjIwMTgvMDYvMjgvMDhfNDZfNDhfODg3X1Jlc3VsdGFkb3Nfdm90YWNpb25lc0pHT18yMDE4LnBkZiJdXQ/Resultados %20votacionesJGO-2018.pdf
A.4. Explique, teniendo en cuenta los datos facilitados en el apartado B.4, cómo se ha tenido en cuenta el voto de los accionistas en la junta general a la que se sometió a votación, con carácter consultivo, el informe anual de remuneraciones del ejercicio anterior.
La votación del punto del orden del día de la Junta relativo a la "Votación con carácter consultivo del informe anual de remuneraciones del ejercicio 2017", tuvo lugar en los mismos términos que para el reto de puntos incluidos en el orden del día de la Junta.
B.1. Explique el proceso que se ha seguido para aplicar la política de remuneraciones y determinar las retribuciones individuales que se reflejan en la sección C del presente informe. Esta información incluirá el papel desempeñado por la comisión de retribuciones, las decisiones tomadas por el consejo de administración y, en su caso, la identidad y el rol de los asesores externos cuyos servicios se hayan utilizado en el proceso de aplicación de la política retributiva en el ejercicio cerrado.
Los miembros del Consejo de Administración, en su condición de tal, han percibido una cantidad fija anual de 6.000 euros por consejero, abonadas proporcionalmente al tiempo que cada consejero haya permanecido en el cargo durante el ejercicio 2018. Por otro lado, cada consejero ha recibido una retribución variable de 6.000 euros en función del cumplimiento de unos objetivos económicofinanciero y proporcionalmente al tiempo que cada consejero haya permanecido en el cargo durante el ejercicio 2018. Adicionalmente, cada asistencia a las reuniones del Consejo y de cada una de las comisiones del Consejo ha supuesto una remuneración por consejero y reunión de 3.000 euros.
En el caso del consejero ejecutivo, la remuneración de la parte fija ha ascendido a 532.900 euros de conformidad con lo previsto en su contrato y las correspondientes modificaciones de su retribución fija aprobada por el consejo. En concepto de retribución variable, y en base a los tramos establecidos en cada objetivo, le ha correspondido una cantidad de 364.100 euros. Adicionalmente ha devengado en concepto de bonus de permanencia 70.000 euros.
B.2. Explique las diferentes acciones adoptadas por la sociedad en relación con el sistema de remuneración y cómo han contribuido a reducir la exposición a riesgos excesivos y ajustarlo a los objetivos, valores e intereses a largo plazo de la sociedad, incluyendo una referencia a las medidas que han sido adoptadas para garantizar que en la remuneración devengada se ha atendido a los resultados a largo plazo de la sociedad y alcanzado un equilibrio adecuado entre los componentes fijos y variables de la remuneración, qué medidas han sido adoptadas en relación con aquellas categorías de personal cuyas actividades profesionales tengan una repercusión material en el perfil de riesgos de la entidad, y qué medidas han sido adoptadas para evitar conflictos de intereses, en su caso.
Véase apartado A.1.4.
B.3. Explique cómo la remuneración devengada en el ejercicio cumple con lo dispuesto en la política de retribución vigente.
Informe igualmente sobre la relación entre la retribución obtenida por los consejeros y los resultados u otras medidas de rendimiento, a corto y largo plazo, de la entidad, explicando, en su caso, cómo las variaciones en el rendimiento de la sociedad han podido influir en la variación de las remuneraciones de los consejeros, incluyendo las devengadas cuyo pago se hubiera diferido, y cómo éstas contribuyen a los resultados a corto y largo plazo de la sociedad.
No hay remuneraciones con pago diferido diferentes a las que pudieran surgir de los planes de stock options descritos en el apartado A.1.7. Respecto al resto de cuestiones, véase apartado A.1.
B.4. Informe del resultado de la votación consultiva de la junta general al informe anual sobre remuneraciones del ejercicio anterior, indicando el número de votos negativos que en su caso se hayan emitido
| Número | % sobre el total | |||
|---|---|---|---|---|
| Votos emitidos | 17.686.653 | 53,13 | ||
| Número | % sobre emitidos | |||
| Votos negativos | 1.180 | 0,01 | ||
| Votos a favor | 17.685.473 | 99,99 | ||
| Abstenciones | 0,00 |
B.5. Explique cómo se han determinado los componentes fijos devengados durante el ejercicio por los consejeros en su condición de tales, y cómo han variado respecto al año anterior.
Ver explicación de los apartados A.1.4 y A.1.5.
B.6. Explique cómo se han determinado los sueldos devengados, durante el ejercicio cerrado, por cada uno de los consejeros ejecutivos por el desempeño de funciones de dirección, y cómo han variado respecto al año anterior.
Ver explicación de los apartados A.1.4; A.1.6; A.1.7; A.1.8 y A.2.
B.7. Explique la naturaleza y las principales características de los componentes variables de los sistemas retributivos devengados en el ejercicio cerrado.
En particular:
En el caso de planes de opciones sobre acciones u otros instrumentos financieros, las características generales de cada plan incluirán información sobre las condiciones tanto para adquirir su titularidad incondicional (consolidación), como para poder ejercitar dichas opciones o instrumentos financieros, incluyendo el precio y plazo de ejercicio.
Explique los componentes variables a corto plazo de los sistemas retributivos:
Ver explicación de los apartados A.1.7 y A.1.8.
Explique los componentes variables a largo plazo de los sistemas retributivos:
B.8. Indique si se ha procedido a reducir o a reclamar la devolución de determinados componentes variables cuando se hubieran, en el primer caso, consolidado y diferido el pago o, en el segundo caso, consolidado y pagado, atendiendo a unos datos cuya inexactitud haya quedado después demostrada de forma manifiesta. Describa los importes reducidos o devueltos por la aplicación de las cláusulas de reducción o devolución (clawback), por qué se han ejecutado y los ejercicios a que corresponden.
B.9. Explique las principales características de los sistemas de ahorro a largo plazo cuyo importe o coste anual equivalente figura en los cuadros de la Sección C, incluyendo jubilación y cualquier otra prestación de supervivencia, que sean financiados, parcial o totalmente, por la sociedad, ya sean dotados interna o externamente, indicando el tipo de plan, si es de aportación o prestación definida, las contingencias que cubre, las condiciones de consolidación de los derechos económicos a favor de los consejeros y su compatibilidad con cualquier tipo de indemnización por resolución anticipada o terminación de la relación contractual entre la sociedad y el consejero.
B.10. Explique, en su caso, las indemnizaciones o cualquier otro tipo de pago derivados del cese anticipado, sea el cese a voluntad de la empresa o del consejero, o de la terminación del contrato, en los términos previstos en el mismo, devengados y/o percibidos por los consejeros durante el ejercicio cerrado.
B.11. Indique si se han producido modificaciones significativas en los contratos de quienes ejerzan funciones de alta dirección como consejeros ejecutivos y, en su caso, explique las mismas. Así mismo, explique las condiciones principales de los nuevos contratos firmados con consejeros ejecutivos durante el ejercicio, salvo que se hayan explicado ya en el apartado A.1.
B.12. Explique cualquier remuneración suplementaria devengada a los consejeros como contraprestación por los servicios prestados distintos de los inherentes a su cargo.
B.13. Explique cualquier retribución derivada de la concesión de anticipos, créditos y garantías, con indicación del tipo de interés, sus características esenciales y los importes eventualmente devueltos, así como las obligaciones asumidas por cuenta de ellos a título de garantía.
B.14. Detalle la remuneración en especie devengada por los consejeros durante el ejercicio, explicando brevemente la naturaleza de los diferentes componentes salariales.
Véase apartado A.1.7.
B.15. Explique las remuneraciones devengadas por el consejero en virtud de los pagos que realice la sociedad cotizada a una tercera entidad en la cual presta servicios el consejero, cuando dichos pagos tengan como fin remunerar los servicios de éste en la sociedad.
No aplicable.
B.16. Explique cualquier otro concepto retributivo distinto de los anteriores, cualquiera que sea su naturaleza o la entidad del grupo que lo satisfaga, especialmente cuando tenga la consideración de operación vinculada o su emisión distorsione la imagen fiel de las remuneraciones totales devengadas por el consejero.
No aplicable.
| Nombre | Tipología | Periodo de devengo ejercicio 2018 |
|---|---|---|
| Don JORGE MORRAL HOSPITAL | Consejero Independiente | Desde 01/01/2018 hasta 27/06/2018 |
| Doña VERONICA MARIA PASCUAL BOÉ | Consejero Independiente | Desde 27/06/2018 hasta 31/12/2018 |
| Don JACOBO COSMEN MENENDEZ - CASTAÑEDO | Consejero Independiente | Desde 01/01/2018 hasta 31/12/2018 |
| Don PEDRO LUIS FERNANDEZ PEREZ | Consejero Ejecutivo | Desde 01/01/2018 hasta 31/01/2018 |
| Don JUAN JOSE ZORZONA PEREZ | Consejero Dominical | Desde 01/01/2018 hasta 31/12/2018 |
| Don PABLO BLANCO JUAREZ | Consejero Dominical | Desde 01/01/2018 hasta 31/12/2018 |
| Don CARLOS LUIS HERNANDEZ BUENO | Consejero Dominical | Desde 01/01/2018 hasta 31/12/2018 |
| AFR REPORT, S.L. | Consejero Dominical | Desde 01/01/2018 hasta 31/12/2018 |
C.1. Complete los siguientes cuadros respecto a la remuneración individualizada de cada uno de los consejeros (incluyendo la retribución por el ejercicio de funciones ejecutivas) devengada durante el ejercicio.
| Nombre | Remuneración fija |
Dietas | Remuneración por pertenencia a comisiones del consejo |
Sueldo | Retribución variable a corto plazo |
Retribución variable a largo plazo |
Indemnización | Otros conceptos |
Total ejercicio 2018 |
Total ejercicio 2017 |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Don JORGE MORRAL HOSPITAL | 12 | 12 | 3 | 6 | 33 | 57 | ||||
| Doña VERONICA MARIA PASCUAL BOÉ | 18 | 9 | 3 | 30 | ||||||
| Don JACOBO COSMEN MENENDEZ - CASTAÑEDO | 27 | 21 | 6 | 6 | 60 | 48 | ||||
| Don PEDRO LUIS FERNANDEZ PEREZ | 533 | 33 | 6 | 304 | 136 | 1.012 | 769 |
| Nombre | Remuneración fija |
Dietas | Remuneración por pertenencia a comisiones del consejo |
Sueldo | Retribución variable a corto plazo |
Retribución variable a largo plazo |
Indemnización | Otros conceptos |
Total ejercicio 2018 |
Total ejercicio 2017 |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Don JUAN JOSE ZORZONA PEREZ | 30 | 6 | 6 | 42 | 27 | |||||
| Don PABLO BLANCO JUAREZ | 30 | 6 | 6 | 42 | 33 | |||||
| Don CARLOS LUIS HERNANDEZ BUENO | 33 | 9 | 6 | 6 | 54 | 45 | ||||
| AFR REPORT, S.L. | 33 | 9 | 6 | 6 | 54 | 42 |
Observaciones
ii) Cuadro de movimientos de los sistemas de retribución basados en acciones y beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados.
| Instrumentos financieros al principio del ejercicio 2018 |
Instrumentos financieros concedidos durante Instrumentos financieros consolidados en el ejercicio el ejercicio 2018 |
Instrumentos vencidos y no ejercidos |
Instrumentos financieros al final del ejercicio 2018 |
|||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Denominación del Plan |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes/ consolidadas |
Precio de las acciones consolidadas |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados (miles €) |
Nº instrumentos |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
| Don JORGE MORRAL HOSPITAL |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Doña VERONICA MARIA PASCUAL BOÉ |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don JACOBO COSMEN MENENDEZ - CASTAÑEDO |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don PEDRO LUIS FERNANDEZ PEREZ |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don JUAN JOSE ZORZONA PEREZ |
Plan | 0,00 |
| Instrumentos financieros al principio del ejercicio 2018 |
Instrumentos financieros concedidos durante el ejercicio 2018 |
Instrumentos financieros consolidados en el ejercicio | Instrumentos vencidos y no ejercidos |
Instrumentos financieros al final del ejercicio 2018 |
||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Denominación del Plan |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes/ consolidadas |
Precio de las acciones consolidadas |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados (miles €) |
Nº instrumentos |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
| Don PABLO BLANCO JUAREZ |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don CARLOS LUIS HERNANDEZ BUENO |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| AFR REPORT, S.L. | Plan | 0,00 |
Observaciones
iii) Sistemas de ahorro a largo plazo.
| Nombre | Remuneración por consolidación de derechos a sistemas de ahorro |
|---|---|
| Don JORGE MORRAL HOSPITAL | |
| Doña VERONICA MARIA PASCUAL BOÉ | |
| Don JACOBO COSMEN MENENDEZ - CASTAÑEDO | |
| Don PEDRO LUIS FERNANDEZ PEREZ | |
| Don JUAN JOSE ZORZONA PEREZ | |
| Don PABLO BLANCO JUAREZ | |
| Don CARLOS LUIS HERNANDEZ BUENO |
| Nombre | Remuneración por consolidación de derechos a sistemas de ahorro |
|---|---|
| AFR REPORT, S.L. |
| Aportación del ejercicio por parte de la sociedad (miles €) | Importe de los fondos acumulados (miles €) | ||||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Sistemas de ahorro con derechos económicos consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos no consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos no consolidados |
|||||||
| Ejercicio 2018 | Ejercicio 2017 | Ejercicio 2018 | Ejercicio 2017 | Ejercicio 2018 | Ejercicio 2017 | Ejercicio 2018 | Ejercicio 2017 | ||||
| Don JORGE MORRAL HOSPITAL |
|||||||||||
| Doña VERONICA MARIA PASCUAL BOÉ |
|||||||||||
| Don JACOBO COSMEN MENENDEZ - CASTAÑEDO |
|||||||||||
| Don PEDRO LUIS FERNANDEZ PEREZ |
|||||||||||
| Don JUAN JOSE ZORZONA PEREZ |
|||||||||||
| Don PABLO BLANCO JUAREZ | |||||||||||
| Don CARLOS LUIS HERNANDEZ BUENO |
|||||||||||
| AFR REPORT, S.L. |
Observaciones
| Nombre | Concepto | Importe retributivo |
|---|---|---|
| Don JORGE MORRAL HOSPITAL | Concepto | |
| Doña VERONICA MARIA PASCUAL BOÉ | Concepto | |
| Don JACOBO COSMEN MENENDEZ - CASTAÑEDO | Concepto | |
| Don PEDRO LUIS FERNANDEZ PEREZ | Concepto | |
| Don JUAN JOSE ZORZONA PEREZ | Concepto | |
| Don PABLO BLANCO JUAREZ | Concepto | |
| Don CARLOS LUIS HERNANDEZ BUENO | Concepto | |
| AFR REPORT, S.L. | Concepto |
Observaciones
i) Retribución devengada en metálico (en miles de €)
| Nombre | Remuneración fija |
Dietas | Remuneración por pertenencia a comisiones del consejo |
Sueldo | Retribución variable a corto plazo |
Retribución variable a largo plazo |
Indemnización | Otros conceptos |
Total ejercicio 2018 |
Total ejercicio 2017 |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Don JORGE MORRAL HOSPITAL | ||||||||||
| Doña VERONICA MARIA PASCUAL BOÉ | ||||||||||
| Don JACOBO COSMEN MENENDEZ - CASTAÑEDO | ||||||||||
| Don PEDRO LUIS FERNANDEZ PEREZ | ||||||||||
| Don JUAN JOSE ZORZONA PEREZ | ||||||||||
| Don PABLO BLANCO JUAREZ | ||||||||||
| Don CARLOS LUIS HERNANDEZ BUENO | ||||||||||
| AFR REPORT, S.L. |
Observaciones
| Instrumentos financieros al principio del ejercicio 2018 |
Instrumentos financieros concedidos durante el ejercicio 2018 |
Instrumentos financieros consolidados en el ejercicio | Instrumentos vencidos y no ejercidos |
Instrumentos financieros al final del ejercicio 2018 |
||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Denominación del Plan |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes/ consolidadas |
Precio de las acciones consolidadas |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados (miles €) |
Nº instrumentos |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
| Don JORGE MORRAL HOSPITAL |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Doña VERONICA MARIA PASCUAL BOÉ |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don JACOBO COSMEN MENENDEZ - CASTAÑEDO |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don PEDRO LUIS FERNANDEZ PEREZ |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don JUAN JOSE ZORZONA PEREZ |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don PABLO BLANCO JUAREZ |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don CARLOS LUIS HERNANDEZ BUENO |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| AFR REPORT, S.L. | Plan | 0,00 |
Observaciones
| Nombre | Remuneración por consolidación de derechos a sistemas de ahorro |
|---|---|
| Don JORGE MORRAL HOSPITAL | |
| Doña VERONICA MARIA PASCUAL BOÉ | |
| Don JACOBO COSMEN MENENDEZ - CASTAÑEDO | |
| Don PEDRO LUIS FERNANDEZ PEREZ | |
| Don JUAN JOSE ZORZONA PEREZ | |
| Don PABLO BLANCO JUAREZ | |
| Don CARLOS LUIS HERNANDEZ BUENO | |
| AFR REPORT, S.L. |
| Aportación del ejercicio por parte de la sociedad (miles €) | Importe de los fondos acumulados (miles €) | |||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Sistemas de ahorro con derechos económicos consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos no consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos no consolidados |
||||||
| Ejercicio 2018 | Ejercicio 2017 | Ejercicio 2018 | Ejercicio 2017 | Ejercicio 2018 | Ejercicio 2017 | Ejercicio 2018 | Ejercicio 2017 | |||
| Don JORGE MORRAL HOSPITAL |
||||||||||
| Doña VERONICA MARIA PASCUAL BOÉ |
| Aportación del ejercicio por parte de la sociedad (miles €) | Importe de los fondos acumulados (miles €) | ||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Sistemas de ahorro con derechos económicos consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos no consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos no consolidados |
|||||
| Ejercicio 2018 | Ejercicio 2017 | Ejercicio 2018 | Ejercicio 2017 | Ejercicio 2018 | Ejercicio 2017 | Ejercicio 2018 | Ejercicio 2017 | ||
| Don JACOBO COSMEN MENENDEZ - CASTAÑEDO |
|||||||||
| Don PEDRO LUIS FERNANDEZ PEREZ |
|||||||||
| Don JUAN JOSE ZORZONA PEREZ |
|||||||||
| Don PABLO BLANCO JUAREZ | |||||||||
| Don CARLOS LUIS HERNANDEZ BUENO |
|||||||||
| AFR REPORT, S.L. |
Observaciones
iv) Detalle de otros conceptos
| Nombre | Concepto | Importe retributivo |
|---|---|---|
| Don JORGE MORRAL HOSPITAL | Concepto | |
| Doña VERONICA MARIA PASCUAL BOÉ | Concepto | |
| Don JACOBO COSMEN MENENDEZ - CASTAÑEDO | Concepto |
| Nombre | Concepto | Importe retributivo |
|---|---|---|
| Don PEDRO LUIS FERNANDEZ PEREZ | Concepto | |
| Don JUAN JOSE ZORZONA PEREZ | Concepto | |
| Don PABLO BLANCO JUAREZ | Concepto | |
| Don CARLOS LUIS HERNANDEZ BUENO | Concepto | |
| AFR REPORT, S.L. | Concepto |
c) Resumen de las retribuciones (en miles de €):
Se deberán incluir en el resumen los importes correspondientes a todos los conceptos retributivos incluidos en el presente informe que hayan sido devengados por el consejero, en miles de euros.
| Retribución devengada en la Sociedad | Retribución devengada en sociedades del grupo | |||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Total Retribución metálico |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados |
Remuneración por sistemas de ahorro |
Remuneración por otros conceptos |
Total ejercicio 2018 sociedad |
Total Retribución metálico |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados |
Remuneración por sistemas de ahorro |
Remuneración por otros conceptos |
Total ejercicio 2018 grupo |
| Don JORGE MORRAL HOSPITAL | 33 | 33 | ||||||||
| Doña VERONICA MARIA PASCUAL BOÉ | 30 | 30 | ||||||||
| Don JACOBO COSMEN MENENDEZ - CASTAÑEDO | 60 | 60 | ||||||||
| Don PEDRO LUIS FERNANDEZ PEREZ | 1.012 | 1.012 | ||||||||
| Don JUAN JOSE ZORZONA PEREZ | 42 | 42 |
| Retribución devengada en la Sociedad | Retribución devengada en sociedades del grupo | |||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Total Retribución metálico |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados |
Remuneración por sistemas de ahorro |
Remuneración por otros conceptos |
Total ejercicio 2018 sociedad |
Total Retribución metálico |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados |
Remuneración por sistemas de ahorro |
Remuneración por otros conceptos |
Total ejercicio 2018 grupo |
| Don PABLO BLANCO JUAREZ | 42 | 42 | ||||||||
| Don CARLOS LUIS HERNANDEZ BUENO | 54 | 54 | ||||||||
| AFR REPORT, S.L. | 54 | 54 | ||||||||
| TOTAL | 1.327 | 1.327 |
Observaciones
22 / 23
Si existe algún aspecto relevante en materia de remuneración de los consejeros que no se haya podido recoger en el resto de apartados del presente informe, pero que sea necesario incluir para recoger una información más completa y razonada sobre la estructura y prácticas retributivas de la sociedad en relación con sus consejeros, detállelos brevemente.
* Continuación apartado A.1.5:
| i) Tramo A "Acciones a entregar por las Entidades Otorgantes": El derecho de los miembros del Equipo Gestor a percibir acciones de GAM bajo el Tramo A del Plan (o el efectivo equivalente, a elección de las Entidades Otorgantes) se devengará cada vez que cualquiera de las Entidades Otorgantes lleve a cabo una transmisión, total o parcial, de las acciones de GAM de las que sea titular, directa o indirectamente, sin limitación temporal y siempre que el precio de transmisión por acción sea superior a 2,4 euros. Total de acciones sujetas: 1.558.900 La entrega de acciones por las Entidades Otorgantes, cuando corresponda, se realizará de forma gratuita, pudiendo la Entidad Otorgante en cuestión, a su discreción, optar por sustituir su obligación de entrega de acciones bajo el Tramo A por la entrega de su equivalente en metálico. ii) Tramo B "Acciones a entregar por GAM": La obligación de entrega de acciones al Equipo Gestor por parte de la Sociedad bajo el Tramo B se devengará en dos fechas distintas: (a) marzo de 2018 (Subtramo B1); y (b) marzo de 2020 (Subtramo B2). El número de acciones a entregar bajo el Tramo B vendrá determinado por el precio de cotización medio ponderado de las acciones de GAM durante el trimestre anterior a la fecha de entrega de acciones del Subtramo B1 o del Subtramo B2, según corresponda. Existiendo un número máximo de acciones previsto para cada Subtramo B1 y B2, esto es, un total de 331.827 acciones para cada Subtramo. iii) Tramo C "Rachet Adicional": El Rachet Adicional se devengará en caso de que en marzo de 2022: (i) todas Entidades Otorgantes hayan transmitido, al menos, el 90% de sus acciones de GAM; y (ii) el precio de cotización medio ponderado de las acciones de GAM durante el trimestre inmediatamente anterior supere los 4 euros por acción. El número total de acciones a entregar por la Sociedad al Equipo Gestor bajo el Tramo C asciende a 793.000. |
|
|---|---|
** Cabe precisar que las retribuciones incluidas en el epígrafe C.1, son retribuciones efectivamente pagadas en los ejercicios 2018 y 2017.
Este informe anual de remuneraciones ha sido aprobado por el consejo de administración de la sociedad, en su sesión de fecha:
27/03/2019
Indique si ha habido consejeros que hayan votado en contra o se hayan abstenido en relación con la aprobación del presente Informe.
[ ] [ √ ] Si No
Building tools?
Free accounts include 100 API calls/year for testing.
Have a question? We'll get back to you promptly.