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General de Alquiler de Maquinaria S.A.

Remuneration Information Apr 28, 2015

1830_def-14a_2015-04-28_6c0a86ae-6ef2-4764-aefc-589afd9aa724.pdf

Remuneration Information

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ANEXO 1

INFORME ANUAL SOBRE REMUNERACIONES DE LOS CONSEJEROS DE SOCIEDADES ANONIMAS COTIZADAS

DATOS IDENTIFICATIVOS DEL EMISOR

FECHA FIN DEL EJERCICIO DE REFERENCIA 31/12/2014

C.I.F. A-83443556

DENOMINACIÓN SOCIAL

GENERAL DE ALQUILER DE MAQUINARIA, S.A.

DOMICILIO SOCIAL

ZURBARAN, 9 LOCAL DCHA, MADRID

MODELO DE INFORME ANUAL SOBRE REMUNERACIONES DE

LOS CONSEJEROS DE LAS SOCIEDADES ANÓNIMAS COTIZADAS

A POLÍTICA DE REMUNERACIONES DE LA SOCIEDAD PARA EL AÑO EN CURSO

  • A.1 Explique la política de remuneraciones de la Sociedad. Dentro de este epígrafe se incluirá información sobre:
  • Principios y fundamentos generales de la política de remuneraciones.
  • Cambios más significativos realizados en la política de remuneraciones respecto a la aplicada durante el ejercicio anterior, así como las modificaciones que se hayan realizado durante el año de las condiciones de ejercicio de opciones ya concedidas.
  • Criterios utilizados y composición de los grupos de empresas comparables cuyas políticas de remuneración se hayan examinado para establecer la política de remuneración de la sociedad.
  • Importancia relativa de los conceptos retributivos variables respecto a los fijos y criterios seguidos para determinar los distintos componentes del paquete retributivo de los consejeros (mix retributivo).

Explique la política de remuneraciones

Principios inspiradores de la política de remuneraciones de la Sociedad:

La Sociedad persigue mantener políticas orientadas a proponer carreras profesionales estables y de largo recorrido en el grupo. Asimismo, la consecución de los objetivos de la Sociedad depende, en gran medida, de la calidad, capacidad de trabajo, dedicación y conocimiento del negocio de las personas que desempeñan puestos clave y lideran la organización. Estas premisas determinan la política de retribuciones del grupo en general, la de los consejeros en especial y, en particular, la de los consejeros ejecutivos, de forma que se pueda atraer y retener a los profesionales más sobresalientes del sector y maximizar la gestión de la Sociedad.

Así, la política de remuneración de los consejeros de la Sociedad por el desempeño de sus funciones procura: (i) asegurar que tanto la retribución global como su estructura sean competitivas con el conjunto del sector nacional e internacional; (ii) que la retribución sea adecuada para recompensar la dedicación, calificación y responsabilidad exigidas para el desempeño del cargo así como, por lo que respecta a los consejeros ejecutivos, adecuada para el desempeño de sus funciones ejecutivas; y (iii) mantener un componente variable anual que esté vinculado a la consecución de objetivos concretos, cuantificables y alineados con el interés de los accionistas de la Sociedad.

1.Las remuneraciones consistentes en entregas de acciones de la Sociedad o de sociedades del grupo, de opciones sobre acciones o instrumentos referenciados al valor de la acción, de retribuciones variables ligadas al rendimiento de la Sociedad o los sistemas de previsión se limitarán a los consejeros ejecutivos.

LOS CRITERIOS ORIENTADORES DE LA RETRIBUCIÓN DE LOS MIEMBROS DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN SON LOS SIGUIENTES:

Se exceptuará de la limitación señalada en el párrafo anterior la entrega de acciones, cuando se establezca la condición de que los consejeros las mantengan hasta el término de su mandato.

2.La remuneración de los consejeros será la necesaria para retribuir la dedicación, cualificación y responsabilidad que el cargo exija; pero no tan elevada como para comprometer su independencia.

3.Las remuneraciones relacionadas con los resultados de la Sociedad tomarán en cuenta las eventuales salvedades que consten en el informe del auditor externo y minoren dichos resultados.

4.En el caso de retribuciones variables, las políticas retributivas procurarán incorporar las cautelas técnicas precisas para asegurar que tales retribuciones guardan relación con el desempeño profesional de sus beneficiarios y no derivan simplemente de la evolución general de los mercados o del sector de actividad de la compañía, de transacciones atípicas o excepcionales, o de otras circunstancias similares.

Durante el ejercicio 2014 no se ha producido ninguna variación en la política de retribuciones respecto al año anterior. En este mismo sentido, dada la singularidad de la Compañía por su condición de ser la única empresa cotizada de su sector, no ha establecido un marco de comparables, salvo en la medida en que las anteriores pautas generales descritas puedan estar inspirando la política de remuneración de otras sociedades.

Los miembros del Consejo perciben una remuneración fija anual, y, en base a la consecución de una serie de objetivos determinables y ciertos, podría devengarse una retribución variable que, como máximo, sería igual a la remuneración fija anual y se devengaría únicamente si se alcanza el 100% del objetivo, no admitiendo prorrateos basados en cumplimientos parciales.

Adicionalmente, los miembros del Consejo reciben una cantidad fija por asistencia a las reuniones del Consejo o de la Comisión de Auditoria y Retribuciones, únicamente en el caso de que la asistencia sea presencial.

A.2 Información sobre los trabajos preparatorios y el proceso de toma de decisiones que se haya seguido para determinar la política de remuneración y papel desempeñado, en su caso, por la Comisión de Retribuciones y otros órganos de control en la configuración de la política de remuneraciones. Esta información incluirá, en su caso, el mandato y la composición de la Comisión de Retribuciones y la identidad de los asesores externos cuyos servicios se hayan utilizado para definir la política retributiva. Igualmente se expresará el carácter de los consejeros que, en su caso, hayan intervenido en la definición de la política retributiva.

Explique el proceso para determinar la política de remuneraciones

La Sociedad no ha utilizado los servicios de ningún asesor externo a la hora de definir la política retributiva, que se encuentra delimitada en el artículo 30 de sus Estatutos y en los artículos 24 y 25 del Reglamento del Consejo de Administración en relación con las funciones encomendadas a la Comisión de Auditoria y Nombramientos. Esta Comisión está formado por 3 miembros, de los que 2 son consejeros independientes (uno asume el cargo de presidente de la misma), y el tercero tiene la condición de dominical.

De conformidad por tanto con el mencionado artículo 30 de los Estatutos Sociales, y sin perjuicio de las percepciones que reciban los consejeros ejecutivos, la retribución de los consejeros se compondrá de los siguientes conceptos, los cuales se actualizarán cada año según el Índice de Precios al Consumo, o índice equivalente que lo sustituya, salvo que la Junta General establezca otro porcentaje distinto:

a) Una retribución fija anual de una cantidad que determine la Junta General que no supere el límite de 16.000 euros para cada consejero. A falta de determinación por parte de la Junta General, la cantidad será la misma que para el año anterior.

b) Las dietas por asistencia al Consejo de Administración y, en su caso, por asistencia a reuniones de la Comisión de Auditoría y Nombramientos, serán de 3.000 euros por consejero y reunión. Cuando la fecha de reunión del Consejo de Administración coincida con la fecha de reunión de cualquiera de las Comisiones, los consejeros percibirán una única dieta por asistencia a dichas sesiones celebradas en la misma fecha.

c) Una retribución adicional de hasta 6.000 euros para cada consejero, que se devengará si se alcanzan los objetivos de carácter económico-financiero que serán determinados, junto con la cantidad efectivamente a devengar, de manera cierta y cada año por la Junta General para el ejercicio en curso, en el cual se adopte el acuerdo que corresponda. Si pasado el ejercicio no se alcanzaran los objetivos referidos, no se devengará cantidad alguna por este concepto.

Asimismo, la Junta General podrá graduar la remuneración que haya de percibir cada uno de los administradores en función de su pertenencia o no a órganos delegados y, en general, de su dedicación a la administración de la Sociedad. Dentro de los límites de los apartados a, b y c anteriores, podrán establecerse fórmulas de retribución consistentes en la entrega de acciones o de derechos de opciones sobre acciones, o que estén referenciadas al valor de las acciones. Corresponderá al Consejo de Administración determinar la forma, cuantía y condiciones en que se harán efectivas tales fórmulas.

Adicionalmente, y con independencia de la retribución contemplada en los apartados anteriores, se prevé el establecimiento de sistemas de remuneración referenciados al valor de cotización de las acciones o que conlleven la entrega de acciones o de derechos de opción sobre acciones, destinados a los consejeros. La aplicación de dichos sistemas de retribución deberá ser acordada por la Junta General de accionistas, que determinará el valor de las acciones que se tome como referencia, el número de acciones a entregar a cada consejero, el precio de ejercicio de los derechos de opción, el plazo de duración de este sistema de retribución y demás condiciones que estime oportunas.

Las percepciones previstas en este artículo serán compatibles e independientes de los sueldos, retribuciones, indemnizaciones, o compensaciones de cualquier clase establecidos con carácter general o individual para aquellos miembros del Consejo de Administración que cumplan funciones ejecutivas, cualquiera que sea la naturaleza de su relación con la Sociedad, ya sea laboral -común o especial de alta dirección- mercantil o de prestación de servicios. De conformidad con la legislación aplicable, la política de retribuciones de los miembros del Consejo de Administración será aprobada por Junta General, y se pronunciará, como mínimo, sobre las siguientes cuestiones:

a) Importe de los componentes fijos, con desglose, en su caso, de las dietas por participación en el Consejo y sus Comisiones y una estimación de la retribución fija anual a la que den origen.

b) Conceptos retributivos de carácter variable (incluyendo, en particular: (i) las clases de consejeros a los que se apliquen, así como explicación de la importancia relativa de los conceptos retributivos variables respecto a los fijos; (ii) los criterios de evaluación de resultados en los que se base cualquier derecho a una remuneración en acciones, opciones sobre acciones o cualquier componente variable; y (iii) los parámetros fundamentales y fundamento de cualquier sistema de primas anuales u otros beneficios no satisfechos en efectivo). Cuando contemple retribuciones variables, la definición de la política retributiva vendrá acompañada de una estimación del importe absoluto de las retribuciones variables a las que dará origen, en función del grado de cumplimiento de las hipótesis u objetivos que tome como referencia. c) Principales características de los sistemas de previsión.

La política de retribución incluirá también las condiciones que deberán respetar los contratos de quienes ejerzan funciones de alta dirección como consejeros ejecutivos, entre las que se incluirán:

a) La duración de sus contratos.

b) Los plazos de preaviso.

c) Cualesquiera otras cláusulas relativas a primas de contratación, así como indemnizaciones o blindajes por resolución anticipada o terminación de la relación contractual entre la Sociedad y el consejero ejecutivo.

A.3 Indique el importe y la naturaleza de los componentes fijos, con desglose, en su caso, de las retribuciones por el desempeño de funciones de la alta dirección de los consejeros ejecutivos, de la remuneración adicional como presidente o miembro de alguna comisión del consejo, de las dietas por participación en el consejo y sus comisiones u otras retribuciones fijas como consejero, así como una estimación de la retribución fija anual a la que den origen. Identifique otros beneficios que no sean satisfechos en efectivo y los parámetros fundamentales por los que se otorgan.

Explique los componentes fijos de la remuneración

Los miembros del Consejo de Administración, incluido los ejecutivos, perciben anualmente una retribución fija de 6.000 euros, cantidad de la que proporcionalmente se efectúa un pago cuatrimestral. En caso de que un consejero cese en su cargo a lo largo del año, únicamente tendrá derecho a percibir la parte proporcional al tiempo en que haya mantenido su condición de consejero. Este mismo criterio de proporcionalidad se aplica en el caso de la incorporación de un nuevo miembro en el Consejo de Administración de la Compañía.

El hecho de pertenecer a una Comisión del Consejo no da lugar a incremento en esta retribución fija.

Adicionalmente, cada miembro del consejo tiene derecho a una retribución variable anual máxima de 6.000 euros. La determinación de la misma se hace en base a la consecución de unos objetivos ciertos y medibles que se presentan y aprueban anualmente en la Junta General de Accionistas.

Los consejeros perciben una dieta por asistencia (únicamente presencial) a las reuniones del Consejo de Administración y de la Comisión de Auditoria y Nombramientos de 3.000 euros. Los miembros del Consejo, que también lo sean de la Comisión no percibirán doble dieta en el supuesto de que las reuniones de ambos órganos se celebren el mismo día. El desglose de la retribución del consejero ejecutivo aparece recogida en el detalle del apartado D.1 de este informe.

A.4 Explique el importe, la naturaleza y las principales características de los componentes variables de los sistemas retributivos.

En particular:

  • Identifique cada uno de los planes retributivos de los que los consejeros sean beneficiarios, su alcance, su fecha de aprobación, fecha de implantación, periodo de vigencia así como sus principales características. En el caso de planes de opciones sobre acciones y otros instrumentos financieros, las características generales del plan incluirán información sobre las condiciones de ejercicio de dichas opciones o instrumentos financieros para cada plan.
  • Indique cualquier remuneración en concepto de participación en beneficios o primas, y la razón por la que se otorgaron.
  • Explique los parámetros fundamentales y fundamento de cualquier sistema de primas anules (bonus).
  • Las clases de consejeros (consejeros ejecutivos, consejeros externos dominicales, consejeros externos independientes u otros consejeros externos) que son beneficiarios de sistemas retributivos o planes que incorporan una retribución variable.
  • El fundamento de dichos sistemas de retribución variable o planes, los criterios de evaluación del desempeño elegidos, así como los componentes y métodos de evaluación para determinar si se han cumplido o no dichos criterios de evaluación y una estimación del importe absoluto de las retribuciones variables a las que daría origen el plan retributivo vigente, en función del grado de cumplimiento de las hipótesis u objetivos que tome como referencia.
  • En su caso, se informará sobre los periodos de diferimiento o aplazamiento de pago que se hayan establecido y/o los periodos de retención de acciones u otros instrumentos financieros si existieran.

Explique los componentes variables de los sistemas retributivos

Los consejeros tienen derecho a percibir anualmente una cantidad variable máxima de 6.000 euros en función del cumplimiento de unos objetivos de carácter económico-financiero que serán determinados, junto con la cantidad efectiva a devengar, de manera cierta en la Junta General de cada año para el ejercicio en curso. Esta posibilidad de retribución variable está recogida en el artículo 30 de los Estatutos Sociales. En caso de que no se alcancen los objetivos referidos, no se devenga ninguna cantidad por este concepto.

Conforme al acuerdo alcanzado en la JGA de 2014 cada uno de los consejeros tendría derecho a percibir una cantidad de hasta 6.000 € que se devengaría si se cumpliera el 100% del objetivo de EBITDA consolidado recurrente al cierre del ejercicio terminado 31.12.2014 (este objetivo se fijó en el Plan de Negocio de la Sociedad en 28.409 miles de euros). Aparte de este concepto de retribución variable, los consejeros, con excepción del consejero ejecutivo, no reciben ningún otro tipo de remuneración, si bien es cierto que el citado artículo de los Estatutos contempla la posibilidad de establecer sistemas de remuneración referenciados al valor de la cotización de las acciones o que conlleven la entrega de acciones o de derechos de opción sobre acciones. En tal caso, la aplicación de dichos sistemas de retribución deberá ser acordada por la Junta General de accionistas que determinará el valor de las acciones que se tome como referencia, el número de acciones a entregar a cada consejero, el precio de ejercicio de los derechos de opción, el plazo de duración de e este sistema de retribución y resto de condiciones.

No existen anticipos ni créditos concedidos al conjunto de miembros del Consejo de Administración, así como tampoco obligaciones asumidas con ellos a título de garantías.

Los miembros del Consejo de Administración no devengan cantidad alguna como compromiso por pensiones presente ni futuro.

Por su parte, el consejero ejecutivo tiene derecho a percibir una retribución variable cuyo importe máximo se establece anualmente y que se devenga por tramos en función del cumplimiento de los objetivos que se hayan marcado a propuesta de la Comisión de Auditoria y Nombramiento y aprobados por el Consejo de Administración, así como por la Junta. El importe establecido por la Junta General de accionistas en 2014 fue de 300.000 euros (ver detalle en el apartado D.1 del presente informe), a devengar de acuerdo con los siguientes criterios: Las 2/4 del total de los 300.000 euros vinculado al cumplimiento del objetivo de la cifra de ventas de internacional excluyendo Portugal (según este objetivo se fija en el Plan de Negocio de la Sociedad, esto es, 58.529 miles de euros), empezando a devengarse linealmente a partir del 80% de la magnitud financiera correspondiente a dicho concepto, hasta el límite del 100% (ej. si se alcanza el 93% de dicha magnitud financiera, se pagaría el 93% de 150.000 euros).

La 1/4 del total de los 300.000 euros vinculado al cumplimiento del objetivo de EBITDA consolidado recurrente al cierre del ejercicio terminado el 31 de diciembre de 2013 (según este objetivo se fija en el Plan de Negocio de la Sociedad, esto es, 28.409 miles de euros) en caso de que se cumpla dicho objetivo al 100%.

La 1/4 del total de los 300.000 euros vinculado al cash flow al servicio de la deuda (según este objetivo se fija en el Plan de Negocio de la Sociedad, esto es, 34.296 miles de euros), empezando a devengarse linealmente a partir del 80% de la magnitud financiera correspondiente a dicho concepto, hasta el límite del 100% (ej. si se alcanza el 93% de dicha magnitud financiera, se pagaría el 93% de 75.000 euros).

A.5 Explique las principales características de los sistemas de ahorro a largo plazo, incluyendo jubilación y cualquier otra prestación de supervivencia, financiados parcial o totalmente por la sociedad, ya sean dotados interna o externamente, con una estimación de su importe o coste anual equivalente, indicando el tipo de plan, si es de aportación o prestación definida, las condiciones de consolidación de los derechos económicos a favor de los consejeros y su compatibilidad con cualquier tipo de indemnización por resolución anticipada o terminación de la relación contractual entre la sociedad y el consejero.

Indique también las aportaciones a favor del consejero a planes de pensiones de aportación definida; o el aumento de derechos consolidados del consejero, cuando se trate de aportaciones a planes de prestación definida.

Explique los sistemas de ahorro a largo plazo

No aplica

A.6 Indique cualesquiera indemnizaciones pactadas o pagadas en caso de terminación de las funciones como consejero.

Explique las indemnizaciones

No aplica

A.7 Indique las condiciones que deberán respetar los contratos de quienes ejerzan funciones de alta dirección como consejeros ejecutivos. Entre otras, se informará sobre la duración, los límites a las cuantías de indemnización, las cláusulas de permanencia, los plazos de preaviso, así como el pago como sustitución del citado plazo de preaviso, y cualesquiera otras cláusulas relativas a primas de contratación, así como indemnizaciones o blindajes por resolución anticipada o terminación de la relación contractual entre la sociedad y el consejero ejecutivo. Incluir, entre otros, los pactos o acuerdos de no concurrencia, exclusividad, permanencia o fidelización y no competencia post-contractual.

La indemnización que existe establecida para el consejero ejecutivo se desprende de su contrato de prestación de servicios con la entidad. Salvo en caso de renuncia voluntaria, en caso de terminación de la relación contractual tendrá derecho a percibir la cantidad equivalente a dos anualidades.

A.8 Explique cualquier remuneración suplementaria devengada a los consejeros como contraprestación por los servicios prestados distintos de los inherentes a su cargo.

Explique las remuneraciones suplementarias

No aplicable.

A.9 Indique cualquier retribución en forma de anticipos, créditos y garantías concedidos, con indicación del tipo de interés, sus características esenciales y los importes eventualmente devueltos, así como las obligaciones asumidas por cuenta de ellos a título de garantía.

Explique los anticipos, créditos y garantías concedidos
--------------------------------------------------------- -- --

No aplicable.

A.10 Explique las principales características de las remuneraciones en especie.

Explique las remuneraciones en especie

No aplicable.

A.11 Indique las remuneraciones devengadas por el consejero en virtud de los pagos que realice la sociedad cotizada a una tercera entidad en la cual presta servicios el consejero, cuando dichos pagos tenga como fin remunerar los servicios de éste en la sociedad.

Explique las remuneración devengadas por el consejero en virtud de los pagos que realice la sociedad cotizada a una tercera entidad en la cual presta servicios el consejero

No aplicable.

A.12 Cualquier otro concepto retributivo distinto de los anteriores, cualesquiera que sea su naturaleza o la entidad del grupo que lo satisfaga, especialmente cuando tenga la consideración de operación vinculada o su emisión distorsione la imagen fiel de las remuneraciones totales devengadas por el consejero.

Explique los otros conceptos retributivos

No aplicable.

A.13 Explique las acciones adoptadas por la sociedad en relación con el sistema de remuneración para reducir la exposición a riesgos excesivos y ajustarlo a los objetivos, valores e intereses a largo plazo de la sociedad, lo que incluirá, en su caso, una referencia a: medidas previstas para garantizar que en la política de remuneración se atienden a los resultados a largo plazo de la sociedad, medidas que establezcan un equilibrio adecuado entre los componentes fijos y variables de la remuneración, medidas adoptadas en relación con aquellas categorías de personal cuyas actividades profesionales tengan una repercusión material en el perfil de riesgos de la entidad, fórmulas o cláusulas de recobro para poder reclamar la devolución de los componentes variables de la remuneración basados en los resultados cuando tales componentes se hayan pagado atendiendo a unos datos cuya inexactitud haya quedado después demostrada de forma manifiesta y medidas previstas para evitar conflictos de intereses, en su caso.

Explique los acciones adoptadas para reducir los riesgos

El artículo 25 del Reglamento del Consejo de Administración establece claramente los criterios con los que se persigue reducir la exposición de las remuneraciones a riesgos excesivos. En este sentido cabe destacar los siguientes principios:

  • Las remuneraciones relacionadas con los resultados de la Sociedad tomarán en cuenta las eventuales salvedades que consten en el informe del auditor externo y minoren dichos resultados.

  • En el caso de retribuciones variables, las políticas retributivas procurarán incorporar las cautelas técnicas precisas para asegurar que tales retribuciones guardan relación con el desempeño profesional de sus beneficiarios y no derivan simplemente de la evolución general de los mercados o del sector de actividad de la compañía, de transacciones atípicas o excepcionales, o de otras circunstancias similares.

Por su parte, el importe máximo de la retribución fija y variable de los consejeros queda establecida en los propios Estatutos de la Sociedad en 16.000 y 6.000 euros respectivamente.

Tanto estos importes, como la cuantía a percibir por parte de los consejeros de carácter ejecutivo, se someten a aprobación de la Junta General de Accionistas, lo que garantiza su proporcionalidad.

B POLITICA DE REMUNERACIONES PREVISTA PARA EJERCICIOS FUTUROS

B.1 Realice una previsión general de la política de remuneraciones para ejercicios futuros que describa dicha política con respecto a: componentes fijos y dietas y retribuciones de carácter variable, relación entre la remuneración y los resultados, sistemas de previsión, condiciones de los contratos de consejeros ejecutivos, y previsión de cambios más significativos de la política retributiva con respecto a ejercicios precedentes.

Previsión general de la política de remuneraciones

La política de remuneraciones de GAM para el ejercicio 2015 comprende los siguientes conceptos:

a) Remuneración de los consejeros en su condición de tales:

Cada uno de los consejeros de la Sociedad, en su condición de tal, y de conformidad con el sistema de remuneración previsto estatutariamente, tendrá derecho a percibir:

(i) Una cantidad de 6.000 euros como retribución fija. En el supuesto de que alguno de los consejeros se haya incorporado o haya cesado en sus funciones a lo largo del ejercicio, esta cantidad se abonará en proporción al tiempo que haya permanecido en el cargo durante el ejercicio.

(ii) Una cantidad de 3.000 euros (por consejero y reunión) en concepto de dietas por asistencia a las sesiones del consejo de administración y, en su caso, a las reuniones de las comisiones del consejo. Se computará como única la asistencia a una sesión del consejo de administración y a una sesión de cualquiera de las comisiones del consejo cuando las fechas de celebración de ambas coincidan.

(iii) Una cantidad variable de hasta 6.000 euros, que se devengará si se cumple el 100% del objetivo de EBITDA consolidado recurrente al cierre del ejercicio terminado el 31 de diciembre del ejercicio correspondiente (según este objetivo se fije en el plan de negocio de la Sociedad para cada ejercicio).

Las cantidades que figuran en los apartados (i) y (ii) anteriores se actualizarán cada año según el índice de precios al consumo o índice equivalente que lo sustituya, salvo que la junta general establezca otro porcentaje distinto.

b) Remuneración de los consejeros por el desempeño de funciones ejecutivas

Los consejeros, por el desempeño de funciones ejecutivas, tendrán derecho a percibir los conceptos que se detallan a continuación:

(i) Una cantidad de 320.000 euros como retribución fija. Esta cantidad se actualizará cada año según el índice de precios al consumo o índice equivalente que lo sustituya, salvo que el consejo de administración establezca otro porcentaje distinto.

(ii) Una retribución variable por importe de hasta un máximo equivalente al total de su retribución fija, que se devengará por tramos y en función del cumplimiento de los siguientes objetivos:

  • 2/4 del total vinculado al cumplimiento del objetivo de la cifra de ventas de internacional (según este objetivo se fije en el plan de negocio de la Sociedad para cada ejercicio). Empezará a devengarse linealmente a partir del 80% de la magnitud financiera correspondiente a dicho concepto, hasta el límite del 100%.

  • 1/4 del total vinculado al cumplimiento del objetivo de EBITDA consolidado recurrente al cierre del ejercicio terminado el 31 de diciembre del ejercicio correspondiente (según este objetivo se fije en el plan de negocio de la Sociedad para cada ejercicio) en caso de que se cumpla dicho objetivo al 100%.

  • 1/4 del total vinculado a la caja antes del repago de la deuda e inversiones (según este objetivo se fije en el plan de negocio de la Sociedad para cada ejercicio). Empezará a devengarse linealmente a partir del 80% de la magnitud financiera correspondiente a dicho concepto, hasta el límite del 100%.

(iii) Los principales términos y condiciones del contrato suscrito con el consejero ejecutivo de la Sociedad incluyen los siguientes:

-Duración: el contrato estará en vigor en tanto el consejero ejecutivo mantenga su condición de consejero delegado de la Sociedad.

-Indemnización por cese: en caso de cese no voluntario tendrá derecho a una indemnización equivalente a la cantidad percibida por todos los conceptos retributivos por el ejercicio de su cargo durante los dos años inmediatamente anteriores al cese. La indemnización será de aplicación siempre que el consejero ejecutivo haya desempeñado sus funciones como consejero delegado de la Sociedad durante al menos dos años desde su nombramiento.

-Remuneración extraordinaria: el consejo de administración podrá decidir el otorgamiento de una remuneración extraordinaria de cuantía y condiciones a fijar por el propio consejo, que no podrán exceder el importe de la retribución fija referida en el punto b)(i) anterior, por su desempeño y dedicación en operaciones corporativas, de adquisición, estructurales o de reestructuración de especial relevancia estratégica para la Sociedad.

El contrato no prevé pactos de exclusividad ni de no concurrencia post-contractual, permanencia o fidelización, más allá de lo indicado respecto de la indemnización por cese no voluntario.

B.2 Explique el proceso de toma de decisiones para la configuración de la política de remuneraciones prevista para los ejercicios futuros, y el papel desempeñado, en su caso, por la comisión de retribuciones.

Explique el proceso de tomas de decisiones para la configuración de la política de remuneraciones

De conformidad con lo previsto en la normativa aplicable, la comisión de nombramientos y retribuciones tiene atribuidas, entre otras, la función de proponer al consejo de administración la política de retribuciones de los consejeros, así como la retribución individual y las demás condiciones contractuales de los consejeros ejecutivos, velando por su observancia. De acuerdo con lo anterior, la comisión de nombramientos y retribuciones, previo análisis de la situación del mercado y de la compañía, así como del perfil de los consejeros, es el órgano encargado de proponer al consejo de administración la política de remuneraciones de los consejeros de la Sociedad. El consejo de administración, a su vez, sobre la base de la propuesta de la comisión y previo análisis de ésta, es quien debe remitir a la junta general una propuesta de política de remuneraciones para su aprobación, que será en todo caso acorde con el sistema de retribución previsto en los estatutos sociales de GAM.

Asimismo, el consejo de administración será el órgano competente para distribuir entre los consejeros la retribución que les corresponde en su condición de tales y, en su caso, determinar su remuneración por el desempeño de funciones ejecutivas, todo ello de conformidad con la política de remuneraciones aprobada.

B.3 Explique los incentivos creados por la sociedad en el sistema de remuneración para reducir la exposición a riesgos excesivos y ajustarlo a los objetivos, valores e intereses a largo plazo de la sociedad.

Explique los incentivos creados para reducir riesgos

La sociedad no considera necesario establecer ningún incentivo, dados los principios y directrices que vienen recogidos en los Estatutos Sociales y el Reglamento del Consejo de Administración, textos de obligado cumplimineto a la hora de determinar estas cuestiones.

C RESUMEN GLOBAL DE CÓMO SE APLICÓ LA POLÍTICA DE RETRIBUCIONES DURANTE EL EJERCICIO CERRADO

C.1 Explique de forma resumida las principales características de la estructura y conceptos retributivos de la política de remuneraciones aplicada durante el ejercicio cerrado, que da lugar al detalle de las retribuciones individuales devengadas por cada uno de los consejeros que se reflejan en la sección D del presente informe, así como un resumen de las decisiones tomadas por el consejo para la aplicación de dichos conceptos.

Explique la estructura y conceptos retributivos de política de retribuciones aplicada durante el ejercicio

Los miembros del Consejo de administración, cualquiera que sea su condición perciben una cantidad fija anual de 6.000 euros, que se abona en proporción al tiempo que haya percibido en el cargo durante el ejercicio 2014. No ha habido devengo de ninguna cantidad variable, al no haberse alcanzado el objetivo establecido a cierre de 2014. Adicionalmente, cada asistencia a las reuniones del Consejo y de la Comisión de Auditoría y Nombramiento ha supuesto una remuneración por consejero de 3.000 euros.

En el caso del consejero ejecutivo, la remuneración de la parte fija ha ascendido a 320.000 euros aprobado en Junta General. En concepto de retribución variable, y en base a los tramos establecidos en cada objetivo, le ha correspondido una cantidad de 283.000 euros.

D DETALLE DE LAS RETRIBUCIONES INDIVIDUALES DEVENGADAS POR CADA UNO DE LOS CONSEJEROS

Nombre Tipología Período de devengo ejercicio 2014
HECTOR FABIAN GOMEZ-SAINZ GARCIA Dominical Desde 27/02/2014 hasta 06/11/2014.
ASTURIANA DE ADMINISTRACION DE VALORES
MOBILIARIOS SL
Dominical Desde 01/01/2014 hasta 08/04/2014.
CAROLINA TEJUCA ALVAREZ Dominical Desde 01/01/2014 hasta 31/12/2014.
METOTEC, S.L. Dominical Desde 01/01/2014 hasta 31/12/2014.
PEDRO LUIS FERNANDEZ PEREZ Ejecutivo Desde 01/01/2014 hasta 31/12/2014.
GONZALO HINOJOSA POCH Dominical Desde 01/01/2014 hasta 31/12/2014.
LORENZO JOSE MARTINEZ MARQUEZ Independiente Desde 01/01/2014 hasta 31/12/2014.
JORGE MORRAL HOSPITAL Independiente Desde 01/01/2014 hasta 31/12/2014.
CARLOS PUENTE COSTALES Independiente Desde 01/01/2014 hasta 31/12/2014.

D.1 Complete los siguientes cuadros respecto a la remuneración individualizada de cada uno de los consejeros (incluyendo la retribución por el ejercicio de funciones ejecutivas) devengada durante el ejercicio.

a) Retribuciones devengadas en la sociedad objeto del presente informe:

i) Retribución en metálico (en miles de €)

Nombre Sueldos Remuneración
fija
Dietas Retribución
variable
a corto
plazo
Retribucion
variable
a largo
plazo
Remuneración
por
pertenencia
a
comisiones
del Consejo
Indemnizaciones Otros
conceptos
Total
año
2014
Total
año
2013
PEDRO LUIS FERNANDEZ PEREZ 6 320 21 283 0 0 0 0 630 582
CARLOS PUENTE COSTALES 6 0 18 0 0 0 0 0 24 27
GONZALO HINOJOSA POCH 6 0 21 0 0 0 0 0 27 27
METOTEC, S.L. 6 0 21 0 0 0 0 0 27 27
Nombre Sueldos Remuneración
fija
Dietas Retribución
variable
a corto
plazo
Retribucion
variable
a largo
plazo
Remuneración
por
pertenencia
a
comisiones
del Consejo
Indemnizaciones Otros
conceptos
Total
año
2014
Total
año
2013
JORGE MORRAL HOSPITAL 6 0 21 0 0 12 0 0 39 36
LORENZO JOSE MARTINEZ MARQUEZ 6 0 21 0 0 12 0 0 39 39
CAROLINA TEJUCA ALVAREZ 6 0 21 0 0 12 0 0 39 15
HECTOR FABIAN GOMEZ-SAINZ GARCIA 6 0 4 0 0 0 0 0 10 0

ii) Sistemas de retribución basados en acciones

iii) Sistemas de ahorro a largo plazo

b) Retribuciones devengadas por los consejeros de la sociedad por su pertenencia a consejos en otras sociedades del grupo:

i) Retribución en metálico (en miles de €)

Nombre Sueldos Remuneración
fija
Dietas Retribución
variable
a corto
plazo
Retribucion
variable
a largo
plazo
Remuneración
por
pertenencia
a
comisiones
del Consejo
Indemnizaciones Otros
conceptos
Total
año
2014
Total
año
2013
PEDRO LUIS FERNANDEZ PEREZ 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0

ii) Sistemas de retribución basados en acciones

iii) Sistemas de ahorro a largo plazo

c) Resumen de las retribuciones (en miles de €):

Se deberán incluir en el resumen los importes correspondientes a todos los conceptos retributivos incluidos en el presente informe que hayan sido devengados por el consejero, en miles de euros.

En el caso de los Sistemas de Ahorro a largo plazo, se incluirán las aportaciones o dotaciones realizadas a este tipo de sistemas:

Nombre Retribución devengada en la Sociedad Retribución devengada en sociedades del grupo Totales
Total
Retribución
metálico
Importe
de las
acciones
otorgadas
Beneficio
bruto
de las
opciones
ejercitadas
Total
ejercicio
2014
sociedad
Total
Retribución
metálico
Importe
de las
acciones
entregadas
Beneficio
bruto
de las
opciones
ejercitadas
Total
ejercicio
2014
grupo
Total
ejercicio
2014
Total
ejercicio
2013
Aportación
al
sistemas
de
ahorro
durante
el
ejercicio
PEDRO LUIS FERNANDEZ PEREZ 630 0 0 630 0 0 0 0 630 582 0
CARLOS PUENTE COSTALES 24 0 0 24 0 0 0 0 24 27 0
JORGE MORRAL HOSPITAL 39 0 0 39 0 0 0 0 39 36 0
LORENZO JOSE MARTINEZ MARQUEZ 39 0 0 39 0 0 0 0 39 39 0
CAROLINA TEJUCA ALVAREZ 39 0 0 39 0 0 0 0 39 15 0
GONZALO HINOJOSA POCH 27 0 0 27 0 0 0 0 27 27 0
METOTEC, S.L. 27 0 0 27 0 0 0 0 27 27 0
HECTOR FABIAN GOMEZ-SAINZ GARCIA 10 0 0 10 0 0 0 0 10 0 0
TOTAL 835 0 0 835 0 0 0 0 835 753 0

D.2 Informe sobre la relación entre la retribución obtenida por los consejeros y los resultados u otras medidas de rendimiento de la entidad, explicando, en su caso, cómo las variaciones en el rendimiento de la sociedad han podido influir en la variación de las remuneraciones de los consejeros.

Los Consejeros de la sociedad no han recibido ninguna retribución adicional a la contemplada en los apartados anteriores, al no haberse alcanzado los objetivos a partir de los cuales se hubiera devengado una retribución variable.

Por su parte el consejero ejecutivo ha visto prorrateada su retribución variable a tenor del porcentaje de cumplimiento de los objetivos establecidos.

D.3 Informe del resultado de la votación consultiva de la junta general al informe anual sobre remuneraciones del ejercicio anterior, indicando el número de votos negativos que en su caso se hayan emitido:

Número % sobre
el total
Votos emitidos 18.842.279 41,21%
Número % sobre
el total
Votos negativos 0 0,00%
Votos a favor 18.842.279 100,00%
Abstenciones 0 0,00%

E OTRAS INFORMACIONES DE INTERÉS

Si existe algún aspecto relevante en materia de remuneración de los consejeros que no se haya podido recoger en el resto de apartados del presente informe, pero que sea necesario incluir para recoger una información más completa y razonada sobre la estructura y prácticas retributivas de la sociedad en relación con sus consejeros, detállelos brevemente.

El Consejero Asturiana de Administración de Valores Mobiliarios, S.L. renunció a la totalidad de su retribución correspodiente a 2014.

Este informe anual de remuneraciones ha sido aprobado por el consejo de administración de la sociedad, en su sesión de fecha 31/03/2015.

Indique si ha habido consejeros que hayan votado en contra o se hayan abstenido en relación con la aprobación del presente Informe.

Sí No X

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