AI assistant
GCDI S.A. — Capital/Financing Update 2021
Dec 29, 2021
68773_rns_2021-12-29_193d4b1b-a844-46d9-b62b-38c846b73159.pdf
Capital/Financing Update
Open in viewerOpens in your device viewer
==> picture [75 x 37] intentionally omitted <==
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 29 de diciembre de 2021
Señores Comisión Nacional de Valores Bolsas y Mercados Argentinos S.A. Mercado Abierto Electrónico S.A. Presente
Ref.: TGLT S.A. ⎯ Hecho relevante. No oposición a los términos del Contrato de Fideicomiso MPN en garantía de las Obligaciones Negociables Clase XVI.
De mi mayor consideración:
Tengo el agrado de dirigirme a Uds., en mi carácter de Responsable de Relaciones con el Mercado de TGLT S.A. (la “Sociedad”), en relación con el hecho relevante publicado por la Sociedad el 23 de diciembre de 2021 en la Autopista de la Información Financiera de la Comisión Nacional de Valores (la “AIF”), identificado con el ID N° #2838117 (el “Hecho Relevante”), por el cual la Sociedad diera cuenta de la instrumentación del Contrato de Fideicomiso celebrado con fecha 23 de diciembre de 2021 (el “Contrato de Fideicomiso”) entre la Sociedad y Banco de Servicios y Transacciones S.A., en su carácter de fiduciario, y en beneficio de los tenedores de las obligaciones negociables clase XVI emitidas por la Sociedad a tasa de interés fija incremental, con vencimiento el 11 de febrero de 2023, por un valor nominal de US$20.305.100 (ISIN: ARTGLT5600I6) (las “Obligaciones Negociables Clase XVI”).
Al respecto la Sociedad informa que habiéndose cumplido el plazo de cuatro (4) días hábiles establecido en la cláusula 17.2 del Contrato de Fideicomiso para que los tenedores de las Obligaciones Negociables Clase XVI realicen oposiciones expresas, formales e indubitables a los términos del Contrato de Fideicomiso, la Sociedad no ha recibido oposiciones expresas, formales e indubitables a los términos del Contrato de Fideicomiso por parte de tenedores de las Obligaciones Negociables Clase XVI.
Teniendo en consideración que la Sociedad no ha recibido oposiciones expresas, formales e indubitables a los términos del Contrato de Fideicomiso por parte de tenedores de las Obligaciones Negociables Clase XVI que representen más del 34% del valor nominal en circulación de las Obligaciones Negociables Clase XVI, la Sociedad informa que no se cumplió la condición resolutoria establecida en la cláusula 17.2 del Contrato de Fideicomiso.
Sin otro particular, saludo a Uds. muy atentamente.
_________ Daniel Antúnez Responsable de Relaciones con el Mercado TGLT S.A.