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GCDI S.A. — Audit Report / Information 2010
Mar 10, 2011
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EJERCICIO 2010
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 9 de marzo de 2011
A los Sres. Directores y Accionistas de TGLT S.A. Presente
En nuestro carácter de miembros del Comité de Auditoría de TGLT S.A. (“TGLT” o la “Sociedad”) procedemos a presentarles el informe sobre el tratamiento dado a las cuestiones de nuestra competencia durante el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2010, previstas en el Decreto 677/2001, en la Resolución General N° 400/02 de la Comisión Nacional de Valores (“CNV”) y marco legal aplicable.
Antecedentes y actuación del Comité de Auditoría
La Sociedad ingresó al régimen de oferta pública a principios del mes de noviembre de 2010 al concluir exitosamente su emisión y colocación de acciones por oferta pública.
De acuerdo a la normativa aplicable a la Sociedad, la conformación del Comité de Auditoría es de 3 (tres) directores titulares e igual o menor número de suplentes, quienes son designados por el Directorio de entre sus miembros, por mayoría simple de sus integrantes. Podrán integrar el Comité aquellos directores versados en temas financieros, contables o empresarios y la mayoría de sus integrantes deberán ser independientes, de acuerdo con el criterio establecido para ello en las Normas de la CNV. A partir del 18 de enero de 2011, por resolución del Directorio el Comité de Auditoría está constituido por los Sres. Alejandro Emilio Marchionna Faré, Marcos Galperín y Mariano Weil, como miembros titulares, y los señores Aldo Raúl Bruzoni y Fernando Gallino, como miembros suplentes.
El Comité de Auditoría no elaboró un plan de actuación para el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2010 en virtud de la fecha de su constitución e inicio de actividades, pero sí lo ha realizado en relación con el ejercicio a finalizar el 31 de diciembre de 2011.
- Competencias y responsabilidades del Comité de Auditoría.
Para el desarrollo de la actividad del Comité de Auditoría enmarcada, a nivel normativo por lo establecido en el Decreto 677/01 “Régimen de Transparencia de la Oferta Pública”, Resoluciones Generales de la CNV, y a nivel interno por lo dispuesto en su reglamento interno, se ha procedido a cumplimentar y tomar intervención -de acuerdo a lo explicado en las secciones siguientes- respecto de algunos de los siguientes temas de incumbencia y responsabilidad del Comité de Auditoría:
-Opinar respecto de la propuesta del Directorio para la designación de los auditores externos a contratar por la Sociedad y velar por su independencia;
-Revisar los planes de la auditoría externa e interna y evaluar su desempeño, y emitir una opinión al respecto en ocasión de la presentación y publicación de los estados contables anuales;
-Analizar los diferentes servicios prestados por la auditoría externa y su relación con la independencia de esta;
-Supervisar el funcionamiento de los sistemas de control interno y del sistema administrativo-contable, así como la fiabilidad de este último y de toda la información financiera o de otros hechos significativos que sea presentada a la CNV y a las entidades autorreguladas en cumplimiento del régimen informativo aplicable;
-Supervisar la aplicación de las políticas en materia de información sobre la gestión de riesgos de la Sociedad;
-Proporcionar al mercado información completa respecto de las operaciones en las cuales exista conflicto de intereses con integrantes de los órganos sociales o accionistas controlantes, y emitir opinión fundada y comunicarla al mercado toda vez que en la Sociedad exista o pueda existir un supuesto de conflicto de intereses;
-Opinar sobre la razonabilidad de las propuestas de honorarios y de planes de opciones sobre acciones de los directores y administradores de la Sociedad que formule el órgano de administración;
-Opinar sobre el cumplimiento de las exigencias legales y sobre la razonabilidad de las condiciones de emisión de acciones o valores convertibles en acciones, en caso de aumento de capital con exclusión o limitación del derecho de preferencia;
-Verificar el cumplimiento de las normas de conducta que resulten aplicables;
-Emitir opinión fundada respecto de operaciones con partes relacionadas en los casos establecidos por el Decreto 677/01;
-Elaborar anualmente un plan de actuación para el ejercicio del que dará cuenta al Directorio y la Comisión Fiscalizadora;
-Informar los honorarios facturados, exponiendo separadamente: los correspondientes a la auditoría externa y otros servicios relacionados destinados a otorgar confiabilidad a terceros y los correspondientes a servicios especiales distintos de los mencionados anteriormente;
-Emitir para su publicación el informe anual en el que dé cuenta del tratamiento dado durante el ejercicio a las cuestiones de su competencia previstas en el artículo 15 del Régimen de Transparencia de la Oferta Pública del Decreto Nº 677/01;
-Dar a publicidad, en los plazos previstos en las Normas de la CNV, o inmediatamente después de producidas en ausencia de estos, las opiniones previstas en los incisos a), d), e), f) y h) del artículo 15 del Régimen de Transparencia de Oferta Pública del Decreto Nº 677/01; y
-Considerar todo otro tema que el Directorio oportunamente le delegue, así como toda otra función que establezca la normativa aplicable que sea de competencia del Comité.
II Tratamiento dado por el Comité de Auditoría a las cuestiones de su competencia:
Con el objeto de cumplir con las responsabilidades enunciadas precedentemente, el Comité realizó diferentes tareas que a continuación se sintetizan.
- Auditoría Externa: designación y evaluación de desempeño.
El Comité de Auditoría no emitió su opinión sobre la propuesta del Directorio de mantener la designación de Adler, Langdon, Hasenclever & Asociados, firma miembro de Grant Thornton International, como auditor externo de la Sociedad durante el ejercicio social finalizado el 31 de diciembre de 2010 debido a que el mismo se constituyó con posterioridad a la fecha en que dicha propuesta y resolución fue tomada por la Sociedad, cuando la Sociedad aún no se encontraba bajo el régimen de oferta pública.
El Comité de Auditoría cumplirá con esa tarea respecto de la propuesta que el Directorio realice en relación con la designación de la Auditoría Externa para el ejercicio a finalizar el 31 de diciembre de 2011.
Durante el período de trabajo en el que el Comité de Auditoría desarrolló su labor para el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2010, se ha analizado el resultado del plan de trabajo de la Auditoría Externa sobre el balance anual.
Adicionalmente, se ha evaluado tanto la independencia de la Auditoría Externa así como las políticas de su funcionamiento cumpliendo con los requerimientos de la normativa legal aplicable.
Como resultado de todo lo realizado por el Comité, se informa que no se ha tomado conocimiento de ninguna anomalía o cuestión de relevancia que deba ser informada respecto de los servicios brindados por la Auditoría Externa en el período en análisis, considerando adecuado su desempeño.
Por último, se han analizado los servicios brindados por la Auditoría Externa, y los honorarios facturados por ésta, los cuales responden razonablemente a los servicios oportunamente prestados.
A continuación se informa acerca de los honorarios facturados correspondientes a servicios de auditoría y otros servicios diferentes a los anteriores:
Servicios de Aud. Externa por el ejercicio 2010: $ 290.182 (IVA incluido)
Otros servicios no incluidos en los anteriores del ejercicio 2010 $ 0
Total: $ 290.182
- Auditoría Interna: evaluación de su desempeño.
Considerando que la Sociedad ingresó al régimen de oferta pública a principios de noviembre del año 2010, la Sociedad no contaba a dicha fecha con un plan de auditoría interna implementado como el que tienen la mayoría de las sociedades que se encuentran en el régimen de oferta pública con anterioridad.
La Sociedad se encuentra formulando un plan de auditoría interna que será presentado para revisión al Comité de Auditoría y que será la base de la evaluación para el ejercicio en curso.
- Funcionamiento de los sistemas de control interno y administrativo contable.
El Comité de Auditoría, a fin de evaluar y supervisar el funcionamiento de los sistemas de control interno y administrativo contable de la Sociedad, tomo conocimiento del accionar, el cumplimiento de objetivos y el compromiso que en materia de control adopta cada una de las áreas críticas de la Sociedad. Dada la importancia que tiene la eficiencia y eficacia de los procedimientos para asegurar razonablemente la integridad de los activos y resultados de la Sociedad, el Comité tuvo también en cuenta para su evaluación el énfasis dado por la Sociedad en desarrollar en forma continua la descripción o actualización de normas y procedimientos habiéndose registrado mejoramientos en el curso del ejercicio 2010, entendiendo por tanto el Comité de Auditoría conveniente seguir con estas tareas de forma de buscar la optimización de los sistemas de control y administrativo contable.
En función de lo actuado por el Comité de Auditoría y no habiendo tomado conocimiento de ninguna cuestión relevante que afecte al control interno de la Sociedad y a su sistema administrativo contable que a criterio del Comité deba ser notificada en este informe, se concluye que lo desarrollado hasta el momento por la Sociedad en materia de controles internos y procedimientos es adecuado y satisfactorio no habiendo surgido observaciones al respecto.
4. Confiabilidad de la información enviada a la CNV y a las entidades autorreguladas e informes sobre hechos relevantes.
El Comité de Auditoría, en su responsabilidad de supervisar la confiabilidad de la información financiera y de los hechos relevantes presentados ante los organismos de control (CNV y Bolsa de Comercio de Buenos Aires), ha considerado los informes y documentos emitidos por la Auditoría Externa para el cierre del ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2010, conociendo sus conclusiones acerca de la aplicación por la Sociedad de los principios contables y la razonabilidad de las estimaciones.
En conclusión, se ha analizado la información económico-financiera clave que difunde públicamente la Sociedad o que entrega a los organismos de control.
En virtud de lo establecido por la RG 562/09 y 576/10 de la CNV, el Directorio de la Sociedad ha aprobado con fecha 26 de abril de 2010 el “Plan Formal de Implementación de las Normas Internacionales de Información Financiera” y que fuera presentado a la CNV el día 30 de abril de 2010. A la fecha de cierre del ejercicio al cual se refiere el presente informe, el plan de implementación referido se encontraba siendo cumplido de acuerdo al cronograma respectivo.
En conclusión, y como resultado de lo actuado, el Comité de Auditoría no ha tomado conocimiento de situaciones de relevancia o materiales que a consideración del mismo deban ser mencionadas y no tiene ninguna observación significativa que formular al respecto.
-
- Gestión de riesgos.
El Comité de Auditoría no ha tomado conocimiento de ningún factor que pudiera afectar las políticas que en materia de riesgos viene realizando la Sociedad a través del desarrollo y ejecución de medidas que permitan definir en forma anticipada la aparición de riesgos, determinando las acciones a tomar en caso de que se produzcan.
-
- Normas de conducta.
La Sociedad se encuentra desarrollando el código de conducta societario que será elevado al Comité de Auditoría para su consideración. Sin perjuicio de ello, el Comité de Auditoría ha evaluado la conducta de la Sociedad aplicando las normas generales y no ha tomado conocimiento de alguna cuestión que, a su criterio, signifique apartarse significativamente de dichas normas de conducta.
7. Conflicto de intereses.
El Comité de Auditoría no ha tomado conocimiento de ningún caso de relevancia material en el que intervinieran integrantes de los órganos sociales, afectado por una situación de conflicto de intereses.
8. Operaciones entre partes relacionadas.
No hubo operaciones entre partes relacionadas, en los términos del art. 73 de la Ley 17.811 modificada por el Decreto 677/01, que deban ser objeto de información en el presente.
9. Propuesta de honorarios para Directores.
En relación con la responsabilidad del Comité de opinar sobre la propuesta del Directorio con relación a los honorarios de directores y administradores, se informa que se procederá a opinar al respecto una vez que el Directorio formule su propuesta con anticipación a la Asamblea Ordinaria de Accionistas en relación con el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2010, de acuerdo con las disposiciones vigentes.
10. Emisión de Acciones o valores convertibles en acciones, con exclusión o limitación del derecho de preferencia.
Desde el ingreso de la Sociedad al régimen de oferta pública, no hubo operaciones de emisión de acciones o valores convertibles en acciones, con exclusión o limitación del derecho de preferencia, que deban ser informadas o sobre las cuales este Comité de Auditoría deba opinar en cuanto al cumplimiento de las exigencias legales y su razonabilidad, de conformidad con la normativa aplicable.
Conclusión General
De lo que surge reflejado en el presente informe efectuado por el Comité de Auditoría se concluye que, en relación con el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2010, no se han verificado, a criterio del Comité, observaciones relevantes o situaciones que deban ser mencionadas en este informe en relación con las materias de su competencia.
Atentamente,
Firmado: Directores Alejandro Emilio Marchionna Faré y Mariano Weil, en su carácter de miembros titulares del Comité de Auditoría.