AGM Information • Mar 21, 2024
AGM Information
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Borja Acha Besga Secretario del Consejo de Administración
Madrid, 21 de marzo de 2024
De conformidad con lo establecido en el artículo 227 de la Ley del Mercado de Valores, Endesa, S.A. publica el Anuncio de Convocatoria de la próxima Junta General Ordinaria de Accionistas y la Propuesta de Acuerdos:

ANUNCIO DE CONVOCATORIA
El Consejo de Administración de ENDESA, S.A. ("Endesa" o la "Sociedad"), con fecha 19 de marzo de 2024, ha acordado convocar la Junta General Ordinaria de Accionistas que se celebrará en Madrid, en la sede social, sita en la calle Ribera del Loira nº 60, el día 24 de abril de 2024, a las 12:00 horas, en convocatoria única. Se recuerda a los señores accionistas la posibilidad de asistir a la reunión de forma telemática.
Los asuntos que serán objeto de deliberación y votación son los comprendidos en el siguiente
11.Reelección de Dña. Pilar González de Frutos como Consejera independiente de la Sociedad.
De conformidad con los artículos 172 y 519 de la Ley de Sociedades de Capital los accionistas que representen al menos el tres por ciento del capital social podrán solicitar que se publique un complemento a la presente convocatoria incluyendo uno o más puntos en el orden del día de la Junta General, siempre que los nuevos puntos vayan acompañados de una justificación o, en su caso, de una propuesta de acuerdo justificada.
De conformidad con el artículo 519.3 de la Ley de Sociedades de Capital, los accionistas que representen, al menos, el tres por ciento del capital social podrán presentar propuestas fundamentadas de acuerdo sobre asuntos ya incluidos o que deban incluirse en el orden del día de la Junta.
El ejercicio de estos derechos deberá hacerse mediante notificación fehaciente que habrá de recibirse en el domicilio social de la Sociedad, en la calle Ribera del Loira, nº 60, 28042-Madrid, a la atención del Secretario del Consejo de Administración, dentro de los cinco días siguientes a la publicación de esta convocatoria.
El acta de la reunión de la Junta General Ordinaria de Accionistas será extendida por un Notario del Ilustre Colegio Notarial de Madrid, requerido al efecto por el Consejo de Administración, de conformidad con lo establecido en el artículo 203 de la Ley de Sociedades de Capital en relación con el artículo 101 del Reglamento del Registro Mercantil, el artículo 34 de los Estatutos Sociales y el artículo 22 del Reglamento de la Junta General.
El Notario, los miembros del Consejo de Administración y el Secretario de la Junta podrán asistir a la reunión presencial o telemáticamente, por audioconferencia o videoconferencia.
Podrán asistir presencialmente a la Junta General los accionistas titulares de, al menos, cien acciones, siempre que las tengan inscritas en el correspondiente registro contable de anotaciones en cuenta con cinco días de antelación a su celebración, esto es el 19 de abril de 2024, y se provean de la correspondiente Tarjeta de Asistencia, Delegación y Voto a Distancia, que emitirán las entidades que lleven los registros contables y podrán ser utilizadas por los accionistas para delegar la representación. Ello se entenderá sin perjuicio de los certificados de legitimación emitidos de conformidad con los asientos del registro contable por la entidad encargada o adherida correspondiente.
Los accionistas titulares de menos de cien acciones podrán asistir telemáticamente (cumpliendo los requisitos que se detallan más adelante), votar a distancia o delegar su representación en un accionista con derecho de asistencia presencial, así como agruparse con otros accionistas que se encuentren en la misma situación hasta reunir al menos cien acciones, debiendo los accionistas agrupados conferir su representación a uno de ellos. La agrupación deberá llevarse a cabo con carácter especial para esta Junta y constar por escrito.
Todo accionista que tenga derecho de asistencia (presencial o telemática) podrá hacerse representar en la Junta por medio de otra persona, con arreglo a lo establecido en la Ley, en los Estatutos Sociales y en el Reglamento de la Junta General.
En el caso de las delegaciones de voto remitidas a la Sociedad u otorgadas en favor de sus Administradores o del Secretario del Consejo de Administración, ya sea directamente o a través de las entidades depositarias de las acciones o encargadas del registro de anotaciones en cuenta, se aplicarán, salvo indicación contraria del accionista representado, las siguientes reglas:
En el caso de que accionistas que representen, al menos, el tres por ciento del capital social, hayan ejercido el derecho de solicitar un complemento de la convocatoria o de presentar propuestas fundamentadas de acuerdo sobre asuntos ya incluidos o que deban incluirse en el orden del día de la Junta, la Sociedad difundirá de inmediato tales puntos complementarios y nuevas propuestas de acuerdo y hará público un nuevo modelo de Tarjeta de Asistencia, Delegación y Voto a Distancia con las modificaciones precisas para que puedan votarse los nuevos puntos del orden del día y propuestas alternativas de acuerdo, en los mismos términos que los propuestos por el Consejo de Administración.
Igualmente, el apoderamiento se extiende a los asuntos que, no figurando en el orden del día de la reunión, puedan ser sometidos a votación en la Junta General de Accionistas. En este caso, y salvo indicación en contrario por parte del accionista representado, el representante ejercerá el voto en el sentido que estime más favorable para los intereses del accionista representado.
Con respecto a los posibles conflictos de interés de los representantes, se informa que:
Del mismo modo, los Consejeros pueden encontrarse en conflicto de interés si se plantea contra ellos el ejercicio de la acción de responsabilidad o si se propone su separación.
De conformidad con el artículo 11 del Reglamento de la Junta General, las entidades que aparezcan legitimadas como accionistas en virtud del registro contable de las acciones pero que actúen por cuenta de diversas personas, podrán fraccionar el voto y ejercitarlo en sentido divergente en cumplimiento de instrucciones de voto diferentes, si así las hubieran recibido.
Todos los textos y documentación de la Junta General Ordinaria de Accionistas se podrán consultar y obtener en la página web de la sociedad www.endesa.com, que incluye formato accesible para personas con limitaciones visuales.
Así mismo, de conformidad con lo establecido en la Ley de Sociedades de Capital, los accionistas tienen derecho a examinar y obtener en el domicilio social (previa presentación de la Tarjeta de Asistencia, Delegación y Voto a Distancia, desde la fecha de publicación de esta convocatoria, de lunes a jueves de 9:00 a 14:00 horas y de 16:00 a 18:00 horas, y los viernes de 9:00 a 14:00 horas, hasta el día 23 de abril de 2024) o a solicitar a la Sociedad que les sean entregados o remitidos, de forma inmediata y gratuita, copia de los documentos que se relacionan a continuación. Para favorecer la sostenibilidad, se recomienda solicitar dicha documentación por correo electrónico a la dirección [email protected]:
Con arreglo a lo previsto en los artículos 197 y 520 de la Ley de Sociedades de Capital y en el artículo 9 del Reglamento de la Junta General, desde la publicación de esta convocatoria y hasta el 19 de abril de 2024, inclusive, los accionistas podrán solicitar por escrito las informaciones o aclaraciones que estimen precisas o formular las preguntas que estimen pertinentes acerca de los asuntos comprendidos en el orden del día de la Junta o aclaraciones acerca de la información accesible al público que se hubiera facilitado por la Sociedad a la Comisión Nacional del Mercado de Valores desde la celebración de la última Junta General y acerca del informe del auditor.
Las peticiones de información se ajustarán a las reglas establecidas en el artículo 9.3 del Reglamento de la Junta General y se podrán realizar mediante la entrega de la petición en el domicilio social o mediante su envío a la Sociedad por correspondencia postal a la dirección: ENDESA, S.A. (JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS - SECRETARÍA DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN), CALLE RIBERA DEL LOIRA, Nº 60, 28042-MADRID o mediante comunicación electrónica a través de la página web de la Sociedad (www.endesa.com), accediendo al espacio dedicado a la Junta General Ordinaria de Accionistas, en el apartado "Derecho de información del accionista".
Serán admitidas aquellas peticiones en las que el documento electrónico en cuya virtud se solicita la información incorpore la firma electrónica cualificada o avanzada empleada por el solicitante, en los términos previstos en el Reglamento (UE) No 910/2014 del Parlamento Europeo y del

Consejo de 23 de julio de 2014, siempre que estén basadas en un certificado electrónico reconocido del que no conste su revocación y emitido por la Autoridad Pública de Certificación Española (CERES), dependiente de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre o emitido por CAMERFIRMA. Corresponderá al accionista la prueba del envío de la solicitud a la Sociedad en forma y plazo.
Además, durante la celebración de la reunión, podrán formular preguntas o aclaraciones sobre las materias señaladas, de acuerdo con lo establecido en las "Reglas de asistencia telemática".
Los accionistas de Endesa con derecho de asistencia y voto podrán (i) ejercer el voto en relación con los puntos del orden del día de la Junta General Ordinaria de Accionistas, o (ii) conferir su representación, a través de medios de comunicación a distancia y con carácter previo a la celebración de la Junta, en los términos previstos a continuación y de conformidad con lo señalado en la Ley de Sociedades de Capital, en los artículos 26, 26 bis y 30 de los Estatutos sociales y en los artículos 10, 10 bis y 21 del Reglamento de la Junta General:
Para emitir el voto a distancia o para conferir la representación mediante comunicación electrónica con la Sociedad, los accionistas de Endesa deberán hacerlo a través de la página web de la Sociedad (www.endesa.com), accediendo al espacio dedicado a Junta General Ordinaria de Accionistas, apartado "Voto y delegación a distancia".
De conformidad con lo previsto en los Estatutos y en el Reglamento de la Junta General, el mecanismo para la emisión del voto o para delegar la representación por medios electrónicos ha de disponer de las debidas garantías de autenticidad e identificación del accionista que ejercita el derecho al voto. Las garantías que, al amparo de lo previsto en el artículo 21 del Reglamento de la Junta General, el Consejo de Administración estima adecuadas para asegurar la autenticidad e identificación del accionista que ejercita su derecho de voto o delega la representación, son la firma electrónica cualificada y la firma electrónica avanzada, en los términos previstos en el Reglamento (UE) No 910/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo de 23 de julio de 2014, siempre que estén basadas en un certificado electrónico reconocido del que no conste su revocación y emitido por la Autoridad Pública de Certificación Española (CERES), dependiente de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre o emitido por CAMERFIRMA.
Aquellos accionistas que dispongan de una firma electrónica que cumpla los requisitos indicados y se identifiquen mediante ella, así como aquellos accionistas poseedores del Documento Nacional de Identidad electrónico (DNIe), podrán emitir su voto o delegar la representación a través de la página web de la Sociedad (www.endesa.com), siguiendo el procedimiento allí establecido.
El accionista que otorgue su representación por medios electrónicos se obliga a comunicar al representante designado la representación conferida. Cuando la representación se confiera a algún Consejero o al Secretario del Consejo de Administración de Endesa esta comunicación se entenderá realizada mediante la recepción por Endesa de dicha delegación electrónica.
Cuando la representación se confiera a otro representante o accionista que reúna al menos cien acciones, dicho representante podrá acudir presencialmente a la Junta General, identificándose mediante su Documento Nacional de Identidad (DNI) o Pasaporte con el fin de que la Sociedad pueda comprobar la delegación conferida, acompañando copia/s impresa/s acreditativa/s de dicha/s delegación/es electrónica/s.
Para la emisión del voto a distancia o para delegar la representación mediante correo postal, o mediante su entrega en las entidades participantes en IBERCLEAR o en la sede social de Endesa, los accionistas deberán cumplimentar y firmar el apartado correspondiente de la Tarjeta de Asistencia, Delegación y Voto a Distancia emitida en papel por la entidad participante en IBERCLEAR en la que tengan depositadas sus acciones.
Una vez cumplimentada y firmada la Tarjeta de Asistencia, Delegación y Voto a Distancia en el apartado correspondiente, el accionista podrá:
En el supuesto de que la Tarjeta de Asistencia, Delegación y Voto a Distancia emitida por la entidad participante en IBERCLEAR no incorpore un apartado dedicado al voto a distancia, el accionista que desee votar a distancia deberá descargar de la página web de Endesa (www.endesa.com) e imprimir en papel la Tarjeta de Asistencia, Delegación y Voto a Distancia, cumplimentándola y firmándola junto con la tarjeta de asistencia emitida por la entidad participante en IBERCLEAR. Una vez cumplimentadas y firmadas ambas tarjetas, el accionista deberá remitirlas mediante correo postal o entregarlas en la entidad participante o en la sede social de Endesa conforme lo indicado anteriormente.
Todos los representantes designados podrán asistir telemáticamente. A estos efectos, el representante designado por el accionista deberá enviar mediante correo electrónico dirigido al buzón [email protected], entre las 0:00h del 1 de abril de 2024 y las 12:00h del 23 de abril de 2024, la información y documentación que a continuación se señala:
Asimismo, para asistir telemáticamente los representantes designados deberán seguir las instrucciones descritas en el apartado siguiente para la asistencia por medios telemáticos.
Con carácter previo a la conexión telemática el día de celebración de la Junta, los accionistas que vayan a asistir por medios telemáticos deberán realizar un pre-registro a través de la aplicación informática disponible en la página web corporativa, accediendo al espacio dedicado a Junta General Ordinaria de Accionistas, apartado "Asistencia telemática", entre las 0:00h del 1 de abril de 2024 y las 12:00h del 23 de abril de 2024 y los representantes que quieran asistir telemáticamente realizarán el pre-registro durante el mismo plazo, mediante correo electrónico que deberán remitir, tal y como se señala en el anterior apartado VI.(iii) anterior. Durante el

mencionado plazo los accionistas y representantes podrán remitir las intervenciones y propuestas de acuerdos que, conforme a la Ley de Sociedades de Capital, tengan intención de formular. Dicho pre-registro será un requisito indispensable para que los accionistas y representantes puedan conectarse y participar telemáticamente en la Junta.
Tras efectuar el pre-registro, el día de celebración de la Junta, el 24 de abril de 2024, los accionistas y representantes que deseen participar en la reunión, que se iniciará a las 12:00h, deberán realizar la conexión o registro entre las 10:00h y las 11:30h para poder ser considerados como accionistas presentes y constar en la lista de asistentes. No se considerará presente al accionista o representante que realice la conexión transcurrida la hora límite establecida. Asimismo, en relación a las intervenciones y propuestas de acuerdos que conforme a la Ley de Sociedades de Capital, tengan intención de formular quienes vayan a asistir por medios telemáticos, y que no hayan sido remitidas en el trámite de pre-registro, deberán remitirse a la Sociedad, por escrito, en la forma establecida en la aplicación informática de la página web de la Sociedad, entre las 10:00h y las 11:30h del día 24 de abril de 2024.
En el caso de que un accionista o representante remita válidamente intervenciones y/o propuestas de acuerdo en el pre-registro y en el registro, prevalecerá la última recibida por la Sociedad en el registro o conexión telemática el día de celebración de la Junta.
Los accionistas y los representantes que asistan telemáticamente a la Junta podrán votar durante su celebración a través de la aplicación informática de la página web de la Sociedad.
En aquello no regulado expresamente en este anuncio, resultarán de aplicación a los accionistas que asistan telemáticamente a la Junta las mismas normas sobre el voto y la adopción de acuerdos previstas en el Reglamento de la Junta General para la asistencia presencial a la celebración de la Junta.
Para su validez y de conformidad con lo previsto en el Reglamento de la Junta General, tanto las delegaciones a distancia como los votos a distancia (ya sean electrónicos o mediante correo postal) deberán recibirse por la Sociedad antes de las 12:00 horas del día 23 de abril de 2024. En caso contrario, la delegación se tendrá por no conferida y el voto por no emitido, salvo que la recepción posterior pero antes de la celebración de la Junta General Ordinaria de Accionistas permita efectuar las debidas comprobaciones para poderla computar.
La asistencia presencial o mediante medios telemáticos a la Junta General Ordinaria de Accionistas del accionista que hubiera delegado o votado a distancia previamente, sea

cual fuere el medio utilizado para su emisión, dejará sin efecto dicha delegación o voto. La asistencia física dejará sin efecto la asistencia telemática.
El voto, sea cual fuere el medio utilizado para su emisión, hará ineficaz cualquier delegación electrónica o mediante tarjeta impresa en papel, ya sea anterior, que se tendrá por revocada, o posterior, que se tendrá por no efectuada.
En el caso de que un accionista realice válidamente varias delegaciones, prevalecerá la última recibida por la Sociedad.
En el caso de que un accionista vote a distancia válidamente varias veces, prevalecerá la última votación recibida por la Sociedad.
El accionista que desee votar a distancia (por medios electrónicos o correo postal) debe indicar el sentido de su voto para cada uno de los puntos incluidos en el orden del día. Si, en relación con alguno de los puntos del orden del día, no indica el sentido de su voto, se entenderá que vota a favor de las propuestas del Consejo de Administración sobre los asuntos incluidos en el orden del día formulado por éste.
En caso de emplear medios electrónicos, con carácter previo a la celebración de la Junta, sólo cabrá una actuación electrónica (solo se podrá votar o conferir la representación una única vez).
Tanto la representación como el voto emitido a distancia con carácter previo a la Junta quedarán sin efecto por la enajenación de las acciones que confieren el derecho de asistencia de que tenga conocimiento la Sociedad.
Los accionistas personas jurídicas y los no residentes en España deberán consultar a través de la Línea de Atención a Accionistas 900 666 900 la posibilidad de, en su caso, adaptar, con las debidas garantías, los mecanismos de voto y delegación a distancia a sus peculiaridades.
Asimismo, en caso de que el accionista sea persona jurídica, éste deberá comunicar a la Sociedad cualquier modificación o revocación en las facultades que ostente su representante. Endesa declina cualquier responsabilidad hasta que se produzca dicha notificación.
Podrán votar, delegar o asistir telemáticamente cualesquiera de los cotitulares de un depósito de acciones y les serán de aplicación entre sí las reglas de prelación establecidas en el apartado 2 anterior. A los efectos del artículo 126 de la Ley de Sociedades de Capital, se presume que el cotitular que en cada momento realice una actuación (delegación, voto o asistencia física o remota) se encuentra designado por el resto de los copropietarios para ejercitar los derechos de socio. En estos supuestos, tendrá la consideración de asistente aquél de entre los titulares que se registre en primer lugar (física o remotamente). En relación con ello y a los efectos del artículo 126 de la Ley de Sociedades de Capital, se presume que el cotitular que se registre en primer lugar (física o
remotamente) se encuentra designado por el resto de los copropietarios para ejercitar los derechos de socio.
Endesa se reserva el derecho a modificar, suspender, cancelar o restringir los mecanismos de asistencia telemática, de voto y representación electrónica cuando razones técnicas o de seguridad así lo demanden, sin perjuicio de que se adopten las medidas que cada situación requiera, entre ellas, la eventual suspensión temporal o prórroga de la Junta si ello fuese preciso para garantizar el pleno ejercicio de sus derechos por los accionistas o sus representantes.
Endesa no será responsable de los perjuicios que pudieran ocasionarse al accionista derivados de averías, sobrecargas, caídas de líneas, fallos en la conexión, mal funcionamiento del servicio de correos o cualquier otra eventualidad de igual o similar índole, ajenas a la voluntad de Endesa, que impidan la utilización de los mecanismos de voto y representación a distancia.
Es responsabilidad exclusiva del accionista la custodia de su firma electrónica para participar en la Junta.
Conforme a la normativa vigente, se ha habilitado en la página web de la Sociedad (www.endesa.com) un Foro Electrónico de Accionistas, cuyo uso se ajustará a la finalidad legal y a las garantías y reglas de funcionamiento establecidas por la Sociedad, pudiendo acceder a este los accionistas y asociaciones de accionistas que se hallen debidamente legitimadas.
Los datos personales que los accionistas remitan para el ejercicio o representación de sus derechos de asistencia y voto en Junta o aquéllos que sean facilitados por las entidades bancarias y sociedades y agencias de valores en las que dichos accionistas tengan depositadas sus acciones, a través de la entidad legalmente habilitada para la llevanza del registro de anotaciones en cuenta (IBERCLEAR), serán tratados por la Sociedad, como Responsable de tratamiento, con la finalidad de gestionar la convocatoria y celebración de la Junta General. Todo ello en cumplimiento de las obligaciones legales.
Está previsto que el desarrollo de la Junta General sea objeto de grabación y podrá estar disponible al público, en su totalidad o en parte, a través de la página web corporativa y en medios de comunicación acreditados. A su vez, está previsto que, durante el transcurso de la Junta General, se pueda comunicar de forma pública el nombre, apellidos y número de acciones de los accionistas que intervengan. Tanto la grabación y comunicación de la imagen o voz de las personas que participen en la Junta General, como la comunicación pública de determinados datos personales de los accionistas que formulen preguntas tiene como base jurídica el interés legítimo de la Sociedad, así como el cumplimiento de las normas y principios generales de transparencia de buen gobierno corporativo.
En caso de que, en la tarjeta de representación o votación a distancia, el accionista incluya datos personales referentes a otras personas físicas, el accionista deberá informarles de los extremos contenidos en este aviso legal de protección de datos y cumplir con cualesquiera

otros requisitos que pudieran ser de aplicación para la correcta comunicación de los datos personales a la Sociedad, sin que ésta deba realizar ninguna actuación adicional en términos de información o consentimiento. Los accionistas se hacen responsables de la veracidad de los datos facilitados, así como de comunicar a la Sociedad cualquier modificación de los mismos. Los datos personales de los accionistas serán conservados mientras continúen con dicha condición y no soliciten su supresión o cancelación, y siempre que resulten adecuados, pertinentes y limitados a lo necesario para los fines para los que sean tratados. En el momento en que no sean necesarios para esta finalidad, los datos serán bloqueados durante el periodo en el que puedan ser necesarios para el ejercicio o la defensa frente a acciones administrativas o judiciales y solo podrán ser desbloqueados y tratados de nuevo por este motivo. Superado este periodo, los datos serán definitivamente cancelados.
Los datos serán comunicados al Notario que asistirá conforme a lo previsto legalmente en la Junta General. Asimismo, se podrán ceder a terceros en ejercicio del derecho de información que recoge la ley.
Usted podrá ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación, limitación del tratamiento y portabilidad de los datos en los casos y con el alcance que establezca la normativa aplicable en cada momento. Para ejercer estos derechos podrá dirigirse, mediante comunicación escrita en que se concrete la solicitud, acompañada de fotocopia de cualquier documento acreditativo de identidad, a la Secretaría del Consejo de la Sociedad, sita en Madrid, C/ Ribera del Loira, nº 60, 28042, enviando un correo electrónico a la dirección [email protected], o llamando al teléfono gratuito: 900 666 900.
Se le informa, asimismo, de su derecho a presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos.
Endesa, S.A. ha nombrado un Delegado de Protección de Datos cuyo dato de contacto es el siguiente: [email protected]. Si tiene cualquier duda en relación con las finalidades del tratamiento de sus datos personales o sobre su legitimidad, puede contactar con el Delegado de Protección de Datos.
Madrid, 21 de marzo de 2024
Secretario General y del Consejo de Administración
PROPUESTA DE ACUERDOS


Aprobación de las Cuentas Anuales Individuales de ENDESA, S.A. (Balance de Situación, Cuenta de Pérdidas y Ganancias, Estado de Cambios en el Patrimonio Neto: Estado de Ingresos y Gastos Reconocidos y Estado Total de Cambios en el Patrimonio Neto, Estado de Flujos de Efectivo y Memoria), así como de las Cuentas Anuales Consolidadas de ENDESA, S.A. y Sociedades Dependientes (Estado de Situación Financiera Consolidado, Estado del Resultado Consolidado, Estado de otro Resultado Global Consolidado, Estado de Cambios en el Patrimonio Neto Consolidado, Estado de Flujos de Efectivo Consolidado y Memoria), correspondientes al ejercicio anual terminado el 31 de diciembre de 2023.
Aprobar las Cuentas Anuales Individuales de ENDESA, S.A. (Balance de Situación, Cuenta de Pérdidas y Ganancias, Estado de Cambios en el Patrimonio Neto: Estado de Ingresos y Gastos Reconocidos y Estado Total de Cambios en el Patrimonio Neto, Estado de Flujos de Efectivo y Memoria), así como las Cuentas Anuales Consolidadas de ENDESA, S.A. y Sociedades Dependientes (Estado de Situación Financiera Consolidado, Estado del Resultado Consolidado, Estado de otro Resultado Global Consolidado, Estado de Cambios en el Patrimonio Neto Consolidado, Estado de Flujos de Efectivo Consolidado y Memoria), correspondientes al ejercicio anual terminado el 31 de diciembre de 2023, que fueron formuladas por el Consejo de Administración en sesión celebrada con fecha 27 de febrero de 2024.
Aprobación del Informe de Gestión Individual de ENDESA, S.A. y del Informe de Gestión Consolidado de ENDESA, S.A. y Sociedades Dependientes correspondientes al ejercicio anual terminado el 31 de diciembre de 2023.
Aprobar el Informe de Gestión Individual de ENDESA, S.A. y el Informe de Gestión Consolidado de ENDESA, S.A. y Sociedades Dependientes correspondientes al ejercicio anual terminado el 31 de diciembre de 2023 (salvo por el Estado de Información no Financiera y Sostenibilidad de su Grupo incluido en el Informe de Gestión Consolidado, que se somete a votación en el punto siguiente del orden del día), que fueron formulados por el Consejo de Administración en sesión celebrada con fecha 27 de febrero de 2024.
Aprobación del Estado de Información no Financiera y Sostenibilidad de su Grupo Consolidado correspondiente al ejercicio anual terminado el 31 de diciembre de 2023.
Aprobar el Estado de Información no Financiera y Sostenibilidad de su Grupo Consolidado correspondiente al ejercicio anual terminado el 31 de diciembre de 2023, que fue formulado por el Consejo de Administración en sesión celebrada con fecha 27 de febrero de 2024.
Aprobación de la gestión social correspondiente al ejercicio anual terminado el 31 de diciembre de 2023.
Aprobar la gestión social correspondiente al ejercicio anual terminado el 31 de diciembre de 2023.

Aprobación de la propuesta de aplicación del resultado correspondiente al ejercicio anual terminado el 31 de diciembre de 2023 y de la consiguiente distribución de un dividendo con cargo a dicho resultado y al remanente de ejercicios anteriores.
Aprobar la aplicación del resultado del ejercicio formulada por el Consejo de Administración en sesión celebrada con fecha 27 de febrero de 2024 correspondiente al ejercicio 2023, 580.104.835,24 euros, y la consiguiente distribución de un dividendo con cargo a dicho resultado y al remanente de ejercicios anteriores, en los términos siguientes:
| Bases de reparto Ejercicio 2023 Pérdidas y ganancias. Beneficio Remanente Total |
Euros 580.104.835,24 2.874.356.695,50 3.454.461.530,74 |
||
|---|---|---|---|
| Aplicación | |||
| A Dividendo - Importe máximo a distribuir | 1.058.752.117,00 | ||
| correspondiente a 1 euro bruto por acción | |||
| por la totalidad de las acciones (1.058.752.117 acciones) | |||
| A Remanente | 2.395.709.413,74 | ||
| Total | 3.454.461.530,74 |
Con fecha 22 de noviembre de 2023, el Consejo de Administración de ENDESA, S.A. acordó la distribución de un dividendo a cuenta de los resultados del ejercicio 2023 de 0,50 euros brutos por acción. El pago de este dividendo a cuenta se efectuó el día 2 de enero de 2024.
El dividendo complementario (0,50 euros brutos por acción), con cargo al resultado del ejercicio 2023 y al remanente de ejercicios anteriores, será satisfecho el día 1 de julio de 2024.
Fijación del número de miembros del Consejo de Administración en catorce.
Fijar el número de miembros del Consejo de Administración en catorce.
Ratificación del nombramiento por cooptación y reelección de D. Flavio Cattaneo como Consejero dominical de la Sociedad.
Ratificar el nombramiento de D. Flavio Cattaneo como Consejero de la Sociedad, designado por cooptación en virtud del acuerdo adoptado por el Consejo de Administración en sesión de 20 de junio de 2023 y reelegirle, previo informe del Comité de Nombramientos y Retribuciones, por el plazo estatutario de cuatro años.
De conformidad con el artículo 529 duodecies de la Ley de Sociedades de Capital, el Consejero tiene la consideración de dominical.
El informe sobre esta propuesta y la reseña biográfica del Sr. Cattaneo se encuentran a disposición de los accionistas en la página web de la Sociedad.
Ratificación del nombramiento por cooptación y reelección de D. Stefano de Angelis como Consejero dominical de la Sociedad.
Ratificar el nombramiento de D. Stefano de Angelis como Consejero de la Sociedad, designado por cooptación en virtud del acuerdo adoptado por el Consejo de Administración en sesión de 22 de septiembre de 2023 y reelegirle, previo informe del Comité de Nombramientos y Retribuciones, por el plazo estatutario de cuatro años.
De conformidad con el artículo 529 duodecies de la Ley de Sociedades de Capital, el Consejero tiene la consideración de dominical.
El informe sobre esta propuesta y la reseña biográfica del Sr. de Angelis se encuentran a disposición de los accionistas en la página web de la Sociedad.
Ratificación del nombramiento por cooptación y reelección de D. Gianni Vittorio Armani como Consejero dominical de la Sociedad.
Ratificar el nombramiento de D. Gianni Vittorio Armani como Consejero de la Sociedad, designado por cooptación en virtud del acuerdo adoptado por el Consejo de Administración en sesión de 25 de julio de 2023 y reelegirle, previo informe del Comité de Nombramientos y Retribuciones, por el plazo estatutario de cuatro años.
De conformidad con el artículo 529 duodecies de la Ley de Sociedades de Capital, el Consejero tiene la consideración de dominical.
El informe sobre esta propuesta y la reseña biográfica del Sr. Armani se encuentran a disposición de los accionistas en la página web de la Sociedad.
Reelección de Dña. Eugenia Bieto Caubet como Consejera independiente de la Sociedad.
Reelegir a Dña. Eugenia Bieto Caubet como Consejera, a propuesta del Comité de Nombramientos y Retribuciones, por el plazo estatutario de cuatro años.
De conformidad con el artículo 529 duodecies de la Ley de Sociedades de Capital, la Consejera tiene la consideración de independiente.
El informe sobre esta propuesta y la reseña biográfica de la Sra. Bieto se encuentran a disposición de los accionistas en la página web de la Sociedad.

Reelección de Dña. Pilar González de Frutos como Consejera independiente de la Sociedad.
Reelegir a Dña. Pilar González de Frutos como Consejera, a propuesta del Comité de Nombramientos y Retribuciones, por el plazo estatutario de cuatro años.
El informe sobre esta propuesta y la reseña biográfica de la Sra. González se encuentran a disposición de los accionistas en la página web de la Sociedad.
Nombramiento de D. Guillermo Alonso Olarra como Consejero independiente de la Sociedad.
Nombrar a D. Guillermo Alonso Olarra como Consejero de la Sociedad, a propuesta del Comité de Nombramientos y Retribuciones, por el plazo estatutario de cuatro años.
De conformidad con el artículo 529 duodecies de la Ley de Sociedades de Capital, el Consejero tiene la consideración de independiente.
El informe sobre esta propuesta y la reseña biográfica del Sr. Alonso se encuentran a disposición de los accionistas en la página web de la Sociedad.
Nombramiento de Dña. Elisabetta Colacchia como Consejera dominical de la Sociedad.
De conformidad con el artículo 529 duodecies de la Ley de Sociedades de Capital, la Consejera tiene la consideración de dominical.
El informe sobre esta propuesta y la reseña biográfica de la Sra. Colacchia se encuentran a disposición de los accionistas en la página web de la Sociedad.
Nombramiento de Dña. Michela Mossini como Consejera dominical de la Sociedad.
El informe sobre esta propuesta y la reseña biográfica de la Sra. Mossini se encuentran a disposición de los accionistas en la página web de la Sociedad.

Votación con carácter vinculante del Informe anual sobre las Remuneraciones de los Consejeros.
Aprobar el Informe anual sobre Remuneraciones de los Consejeros correspondiente al ejercicio 2023.
Aprobación de la Política de Remuneración de los Consejeros 2024-2027.
Considerando los motivos expuestos en el correspondiente informe específico del Comité de Nombramientos y Retribuciones, aprobar la Política de Remuneraciones de los Consejeros 2024-2027 en los términos que recoge el texto puesto a disposición de los accionistas en la página web de la Sociedad desde la publicación del anuncio de la convocatoria.
Aprobación del Incentivo Estratégico 2024-2026, que incluye el pago en acciones de la Sociedad.
Aprobar el plan de retribución variable a largo plazo denominado "Incentivo Estratégico 2024-2026" (el "Incentivo 2024-2026"), que incluye el pago en acciones de la Sociedad, en la medida en que entre sus beneficiarios se incluye al Consejero ejecutivo de ENDESA, S.A., con las siguientes características principales:
1.- El Incentivo 2024-2026 es un sistema de retribución a largo plazo que tiene como principal finalidad recompensar la contribución a la estrategia empresarial y a la sostenibilidad a largo plazo de la Sociedad de las personas que ocupan posiciones de mayor responsabilidad.
2.- El Incentivo 2024-2026 está dirigido al Consejero Ejecutivo y a los restantes directivos del Grupo Endesa con responsabilidad estratégica que sean determinados por el Consejo de Administración.
3.- El periodo de desempeño será de tres años, a contar desde el 1 de enero de 2024, para el Incentivo 2024-2026.
4.- El Incentivo 2024-2026 prevé la asignación a los beneficiarios de un incentivo compuesto por el derecho a percibir: (i) un número de acciones ordinarias de ENDESA, S.A. (las "Acciones") y (ii) una cantidad dineraria, referenciados a un incentivo base (target), sujeto a las condiciones y posibles variaciones en virtud del mecanismo del Plan.
Con respecto al total del incentivo devengado, el Plan prevé que hasta el 65% del incentivo base (target) se desembolse íntegramente en Acciones.
La cantidad dineraria a satisfacer se calcula como la diferencia entre el importe total del incentivo devengado y la parte a pagar en Acciones.

En el caso de que el número máximo de acciones no fuera un número entero, la cantidad de Acciones que se asignarán a cada destinatario se determinará redondeando la cantidad al valor entero más cercano (por defecto hasta 0,49 y en exceso por encima de este valor).
5.- El devengo del Incentivo 2024-2026 está vinculado al cumplimiento de cuatro objetivos durante el periodo de desempeño:
a) Total Shareholders Return" (TSR) medio de Endesa, respecto al TSR medio del Índice Euro-Stoxx Utilities, elegido como Grupo Comparable, en el periodo 2024-2026 (pondera un 45%)
b) ROIC (Return on Invested Capital) – WACC (Weighted Average Cost of Capital) (pondera un 30%)
c) Reducción de emisiones CO2 (CO2): reducción de las emisiones específicas de CO2 (gCO2/kWh)" de Endesa en 2026, según la evolución del hueco térmico del sistema eléctrico peninsular de España (pondera un 15%).
d) Porcentaje de Mujeres Manager y Middle Manager sobre el total de población de manager y middle manager en 2026 (pondera un 10%)
Para cada uno de los objetivos se establece un nivel de entrada a partir del cual se consideraría cumplido el objetivo y dos niveles de sobrecumplimiento: la consecución por encima del primer nivel equivale a un 150% del incentivo base (target); y la consecución por encima del segundo nivel equivale al cumplimiento máximo del 180% del incentivo base (target). Por lo tanto, el nivel de retribución variable que puede devengarse en virtud del Incentivo 2024-2026 se situaría entre el 0% y el 180% del incentivo base (el incentivo base (target) se corresponde con un nivel de cumplimiento del 100%).
6.- El incentivo base (target) asignado a cada beneficiario en el Incentivo 2024- 2026 se establecerá según contrato individual, si éste recoge estas cuestiones o, en caso contrario, en la correspondiente política del Grupo que define distintos niveles de porcentaje de incentivo base (target) según el nivel de responsabilidad.
El Incentivo 2024-2026 podrá conllevar la entrega de un número máximo de Acciones igual a 119.323. Dicho volumen máximo de acciones supone un 0,011% del capital social de ENDESA, S.A. a la fecha en la que se propone este acuerdo.
Para el Consejero Delegado, el incentivo base (target) será de 518.000 euros, y el número máximo de acciones al que tendrá derecho será 17.775.
7.- Tanto el pago mediante la entrega de acciones como el pago en efectivo estarán sujetos a las reglas de abono y diferimiento que establezcan la Política de Remuneraciones y el Consejo de Administración y, en particular, a las cláusulas malus y clawback que correspondan.
8.- Se acuerda delegar en el Consejo de Administración, con expresas facultades de sustitución, para que implemente en el momento y forma que tenga por conveniente, formalice, modifique, interprete, aclare y ejecute el Incentivo 2024- 2026, adoptando cuantos acuerdos y firmando cuantos documentos, públicos o privados, resulten necesarios o convenientes para garantizar su plena eficacia, con facultad de subsanación, rectificación, modificación y complemento y, en general, para que adopte todos los acuerdos y realice todas las actuaciones que

sean necesarios o meramente convenientes para el buen fin de la implementación y operación del Incentivo 2024-2026, incluidas, a título meramente enunciativo y no limitativo, las siguientes facultades:
a) Fijar las condiciones concretas del Incentivo 2024-2026 y de la concesión y ejercicio de los derechos bajo el mismo, incluida la aprobación o modificación del reglamento del Incentivo 2024-2026, la determinación de los beneficiarios, las condiciones para la concesión o ejercicio de los derechos y la verificación de su cumplimiento, los derechos que confiere la condición de beneficiario, los niveles de desempeño para cada uno de los parámetros establecidos como objetivo, las consecuencias de la pérdida de la condición de empleado, directivo o consejero ejecutivo de la Sociedad o de su Grupo o de un cambio de control, determinar las causas de liquidación anticipada, etc.
b) Redactar, firmar y presentar a cualesquiera organismos públicos o privados, a los beneficiarios o a cualquier otra parte la documentación y comunicaciones complementarias que se requieran o sean convenientes a los efectos de la implementación y ejecución del Incentivo 2024-2026, de la concesión de los derechos y de la entrega del incentivo, incluso, cuando sea necesario, las correspondientes comunicaciones previas y folletos informativos.
c) Realizar cualesquiera actuaciones, trámites o declaraciones ante cualquier persona, entidad o registro, público o privado, con el fin de obtener las autorizaciones o verificaciones que se requieran para la concesión de los derechos y el pago del incentivo.
d) Adaptar el contenido del Incentivo 2024-2026 a las circunstancias u operaciones societarias que puedan producirse durante su vigencia, en los términos que tenga por conveniente y, en la medida en que el régimen jurídico aplicable a cualesquiera beneficiarios así lo exija o aconseje, o cuando sea necesario por razones legales, regulatorias, operativas o análogas, adaptar las condiciones de carácter general.
e) Redactar y publicar cuantos anuncios sean necesarios o convenientes.
f) Redactar, firmar, formalizar y, en su caso, certificar cualquier tipo de documento relativo al Incentivo 2024-2026.
g) Y, en general, llevar a cabo cuantas actuaciones y formalizar cuantos documentos se requieran o sean convenientes para la plena validez y eficacia del establecimiento, implementación, operación, ejecución, liquidación y buen fin del Incentivo 2024-2026 y de los acuerdos anteriormente adoptados.
Autorización para que la Sociedad, directamente o través de sus filiales, pueda adquirir acciones propias.
II. Autorizar nuevamente al Consejo de Administración, con expresa facultad de sustitución, para la adquisición derivativa de acciones propias, así como los derechos de suscripción preferente de las mismas, de acuerdo con el artículo 146 de la Ley de Sociedades de Capital, en las siguientes condiciones:
a) Las adquisiciones podrán realizarse mediante compraventa, permuta o por cualquiera de las modalidades legalmente admitidas, directamente por la propia Sociedad, por las sociedades de su grupo o por persona interpuesta, hasta la cifra máxima permitida por la Ley.
La autorización incluye también las adquisiciones que tengan por objeto acciones que, en su caso, hayan de ser entregadas directamente a los trabajadores y administradores de la Sociedad o de sus filiales, o como consecuencia del ejercicio de derechos de opción de que aquellos sean titulares.
Delegación en el Consejo de Administración para la ejecución y desarrollo de los acuerdos que se adopten por la Junta, así como para sustituir las facultades que reciba de la Junta, y concesión de facultades para la elevación a instrumento público e inscripción de dichos acuerdos.
1. Delegar en el Consejo de Administración de la Sociedad, las más amplias facultades para adoptar cuantos acuerdos sean precisos o convenientes para la ejecución, desarrollo, efectividad y buen fin de los acuerdos de la Junta y, en particular, para los siguientes actos, sin carácter limitativo:
2. Facultar al Consejero Delegado, D. José Damián Bogas Gálvez, y al Secretario del Consejo de Administración, D. Borja Acha Besga para que, cualquiera de ellos, indistintamente, pueda (i) realizar cuantos actos, negocios jurídicos, contratos y operaciones sean procedentes en orden a la inscripción de los acuerdos precedentes

en el Registro Mercantil, incluyendo, en particular, y entre otras facultades, las de comparecer ante Notario para otorgar las escrituras públicas o actas notariales necesarias o convenientes a tal fin, publicar los correspondientes anuncios y formalizar cualquier otro documento público o privado que sea necesario o conveniente para la inscripción de tales acuerdos, con facultad expresa de subsanación, sin alterar su naturaleza, alcance o significado; y (ii) comparecer ante las autoridades y entidades competentes en relación con cualesquiera de los acuerdos adoptados, a fin de realizar los trámites y actuaciones necesarios para su desarrollo y efectividad.
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