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Enagas S.A. — Proxy Solicitation & Information Statement 2026
Feb 18, 2026
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Proxy Solicitation & Information Statement
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Enagás S.A.
Convocatoria de Junta General Ordinaria de Accionistas
El Consejo de Administración de Enagás, S.A. (en adelante, la "Sociedad") ha acordado, en su sesión del día 16 de febrero de 2026, convocar Junta General Ordinaria de Accionistas de la Sociedad, a celebrar, en primera convocatoria, el día 25 de marzo de 2026 a las 12:00 horas en Avenida Partenón 5, 28042 Madrid (Auditorio Ifema Sur) y, en caso de no alcanzarse el quórum de asistencia requerido por la Ley y los Estatutos, en segunda convocatoria, el día 26 de marzo de 2026 a las 12:00 horas, igualmente en Avenida Partenón 5, 28042 Madrid (Auditorio Ifema Sur), siendo válidas las mismas tarjetas expedidas para la primera convocatoria.
Se comunica a los señores accionistas que es previsible la celebración de la Junta General en segunda convocatoria. De no ser así, se avisará con antelación y publicidad suficiente.
ORDEN DEL DÍA
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- Examen y aprobación, en su caso, de las Cuentas Anuales (Balance, Cuenta de Pérdidas y Ganancias, Estado que refleja los cambios en el patrimonio neto del ejercicio, Estado de flujos de efectivo y Memoria) e Informe de Gestión que incluye el estado de información no financiera consolidado (e información de sostenibilidad), correspondientes al ejercicio social 2025 tanto de Enagás, S.A. como de su Grupo Consolidado.
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- Aprobación del estado de información no financiera consolidado (e información de sostenibilidad) incluido en el informe de Gestión del Grupo Enagás correspondiente al ejercicio social 2025.
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- Aprobación, en su caso, de la propuesta de aplicación del resultado de Enagás, S.A. correspondiente al ejercicio social 2025.
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- Aprobación, en su caso, de la gestión del Consejo de Administración de Enagás, S.A. correspondiente al ejercicio social 2025.
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- Reelección y nombramiento de miembros del Consejo de Administración. Las siguientes propuestas serán objeto de votación separada:
- 5.1 Reelegir Consejero por el período estatutario de cuatro años a D. Antonio Llardén Carratalá quien tendrá la condición de otro Consejero Externo.
- 5.2 Reelegir Consejero por el período estatutario de cuatro años a D. Arturo Gonzalo Aizpiri quien tendrá la condición de Consejero Ejecutivo.
- 5.3 Reelegir Consejera por el período estatutario de cuatro años a Dª. Ana Palacio Vallelersundi quien pasará a tener la condición de otra Consejera Externa.
- 5.4 Reelegir Consejera por el período estatutario de cuatro años a Dª. María Teresa Costa Campi quien tendrá la condición de Consejera Independiente.
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- 5.5 Reelegir Consejera por el período estatutario de cuatro años a Dª. Clara Belén García Fernández-Muro quien tendrá la condición de Consejera Independiente.
- 5.6 Reelegir Consejero por el período estatutario de cuatro años a D. Manuel Gabriel González Ramos quien tendrá la condición de Consejero Independiente.
- 5.7 Nombrar Consejero por el período estatutario de cuatro años a D. Vicente Pedret Clemente quien tendrá la condición de Consejero Independiente.
- 5.8 Mantener el número de miembros del Consejo de Administración en 15.
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- Delegación a favor del Consejo de Administración durante el plazo máximo de cinco años, con expresas facultades de sustitución, de la facultad para acordar la emisión, en una o varias veces, de cualesquiera valores de renta fija o instrumentos de deuda de análoga naturaleza, simples o garantizados, por un importe máximo de cinco mil millones (5.000.000.000) de euros.
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- Delegación a favor del Consejo de Administración durante el plazo máximo de cinco años, con expresas facultades de sustitución, de la facultad para acordar la emisión, en una o varias veces, de cualesquiera valores de renta fija o instrumentos de deuda de análoga naturaleza convertibles en o que den derecho a suscribir acciones de la Sociedad o que sean canjeables o den derecho a adquirir acciones de la Sociedad o de otras sociedades, por un importe máximo de mil millones (1.000.000.000) de euros; así como para aumentar el capital social en la cuantía necesaria, y para excluir, en su caso, el derecho de suscripción preferente hasta un límite del 10% del capital social en el momento de la presente delegación.
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- Sometimiento a votación con carácter consultivo del informe anual sobre remuneraciones de los consejeros a los efectos del artículo 541 de la Ley de Sociedades de Capital.
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- Delegación de facultades para complementar, desarrollar, ejecutar, subsanar y formalizar los acuerdos adoptados por la Junta General de Accionistas.
COMPLEMENTO A LA CONVOCATORIA DE LA JUNTA GENERAL Y PRESENTACIÓN DE NUEVAS PROPUESTAS
De acuerdo con lo establecido en el artículo 519 de la Ley de Sociedades de Capital, se informa a los señores accionistas que representen, al menos, el tres por ciento del capital social, que podrán solicitar, mediante notificación fehaciente que habrá de recibirse en el domicilio social (Enagás, S.A. Secretaría General, Paseo de los Olmos 19, 28005 Madrid) dentro de los cinco días siguientes a la publicación de este anuncio de convocatoria, que se publique un complemento a la misma incluyendo uno o más puntos en el orden del día, siempre que los nuevos puntos vayan acompañados de una justificación o, en su caso, de una propuesta de acuerdo justificada. El complemento de la convocatoria, en su caso, será publicado con quince días de antelación como mínimo a la fecha establecida para la reunión de la Junta General.
Los accionistas que representen ese mismo porcentaje podrán, en el plazo y forma señalados en el párrafo anterior, presentar propuestas fundamentadas de acuerdos sobre asuntos ya incluidos o que deban incluirse en el orden del día.
INTERVENCIÓN DE NOTARIO EN LA JUNTA
De conformidad con los artículos 203 de la Ley de Sociedades de Capital, 33 de los Estatutos Sociales y 14 del Reglamento de la Junta General, el Consejo de Administración ha requerido la presencia de Notario para que levante Acta de la reunión de la Junta General.
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DERECHO DE ASISTENCIA Y VOTO
De acuerdo con los artículos 27 de los Estatutos Sociales y 9 y 11.1 del Reglamento de la Junta General, podrán asistir y votar en la Junta General los accionistas que, con cinco días de antelación a aquél previsto para la celebración de la Junta, sean titulares de acciones que estén inscritas en el correspondiente registro contable, esto es el 20 de marzo de 2026.
Los accionistas con derecho de asistencia deberán acreditar su condición de tales a través de la correspondiente tarjeta de asistencia, delegación y voto, que será emitida por las Entidades Adheridas a la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores u organismo que lo sustituya, debidamente completada al efecto.
El capital social está representado por DOSCIENTAS SESENTA Y UN MILLONES NOVECIENTAS NOVENTA MIL SETENTA Y CUATRO acciones, de una única clase y serie y con derecho a voto. De conformidad con lo dispuesto en la Disposición adicional trigésimo primera de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, y el artículo 6 bis de los Estatutos Sociales, ninguna persona física o jurídica podrá ejercer derechos políticos en Enagás, S.A. por encima del 3 por 100, no pudiendo estas acciones sindicarse a ningún efecto. Aquellos sujetos que realicen actividades en el sector gasista y aquellas personas físicas o jurídicas que, directa o indirectamente, participen en el capital de éstos en más de un 5 por 100, no podrán ejercer derechos políticos en Enagás, S.A. por encima del 1 por 100. Dichas limitaciones no serán aplicables a la participación directa o indirecta correspondiente al sector público empresarial.
Los accionistas con derecho a voto podrán ejercerlo por sí mismos o por medio de representación, de cualquiera de los modos previstos en el artículo 11 del Reglamento de la Junta General y de conformidad con lo acordado por el Consejo de Administración:
- 1.- Asistiendo físicamente y votando en la Junta, con la tarjeta de asistencia, delegación y voto debidamente firmada y cumplimentada. El registro de tarjetas de asistencia, delegación y voto comenzará a las 10:00 horas y las acreditaciones se aceptarán hasta las 12:00 horas, momento señalado para el comienzo de la Junta.
- 2.- Asistiendo y votando telemáticamente en tiempo real, según el procedimiento establecido en el apartado "Asistencia, representación y voto en caso de asistencia telemática a la Junta General" de este anuncio.
- 3.- Votando con carácter previo a la Junta por correspondencia postal, con la tarjeta de asistencia, delegación y voto debidamente firmada y completada al efecto, o mediante comunicación electrónica por el procedimiento establecido al efecto, ya sea mediante voto electrónico haciendo uso del formulario disponible al efecto que se encuentra en la página web de la Sociedad (www.enagas.es) o por voto telefónico llamando al teléfono número+34 910 607 385.
- 4.- Votando con carácter previo a la Junta en la Oficina de Información al Accionista, con la tarjeta de asistencia, delegación y voto debidamente firmada y completada al efecto.
El voto emitido por cualquiera de los dos últimos medios señalados anteriormente sólo podrá dejarse sin efecto:
- a) Por revocación posterior y expresa efectuada por el mismo medio empleado para la emisión del voto y dentro del plazo establecido para dicha emisión.
- b) Por asistencia física o telemática a la Junta General del accionista que lo hubiera emitido.
La venta de las acciones cuya titularidad confiere el derecho al voto efectuada, al menos, cinco días antes de la fecha prevista para la celebración de la Junta, anulará el voto emitido con anterioridad a dicha venta.
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En el caso de que un accionista emita válidamente su voto una o más veces mediante el mismo o diferentes medios de comunicación a distancia prevalecerá el recibido en último lugar, quedando invalidados los recibidos en fecha anterior.
DERECHO DE REPRESENTACIÓN
Todo accionista con derecho de asistencia podrá hacerse representar en la Junta General por medio de otra persona, que no necesitará ser accionista, cumpliendo los requisitos y formalidades establecidos al efecto. La representación deberá conferirse, con carácter especial para cada Junta, por escrito, mediante correspondencia postal o por medios de comunicación electrónicos, siempre que se garantice debidamente la identidad del sujeto que ejerce la representación y la seguridad de las comunicaciones electrónicas.
Los representantes designados deberán identificarse mediante su Documento Nacional de Identidad o Pasaporte, y entregar una copia impresa de la delegación efectuada, en su caso por medios postales o electrónicos, debidamente firmada por el representante y el accionista representado.
Toda delegación que no contenga expresión nominativa de la persona en quien se delega, se entenderá conferida al Presidente de la Junta.
La representación es siempre revocable. La asistencia física o telemática a la Junta del representado tendrá valor de revocación de la representación otorgada. El voto efectuado a través de cualquier medio de comunicación a distancia hará ineficaz cualquier otorgamiento de representación electrónica o mediante correspondencia postal ya sea anterior, que se tendrá por revocada, o posterior, que se tendrá por no efectuada.
Los accionistas menores de edad o incapacitados y las personas jurídicas accionistas serán representados por quienes ostenten su representación debidamente acreditada.
No se podrá tener en la Junta más de un representante tanto en los casos de representación legal como en el supuesto de que el accionista delegue el derecho de asistencia.
Si se hubieran emitido instrucciones de voto por parte del accionista representado, el representante emitirá el voto con arreglo a dichas instrucciones y tendrá la obligación de conservar las instrucciones durante un año desde la celebración de la Junta que se convoca. El representante podrá tener la representación de más de un accionista sin limitación en cuanto al número de accionistas representados. Cuando un representante tenga representaciones de varios accionistas, podrá emitir votos de signo distinto en función de las instrucciones dadas por cada accionista.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 523 de la Ley de Sociedades de Capital y el artículo 10 del Reglamento de la Junta, antes de su nombramiento, el representante deberá informar con detalle al accionista de si existe situación de conflicto de intereses. Si el conflicto fuera posterior al nombramiento y no se hubiese advertido al accionista representado de su posible existencia, deberá informarle de ello inmediatamente. En ambos casos, de no haber recibido nuevas instrucciones de voto precisas para cada uno de los asuntos sobre los que el representante tenga que votar en nombre del accionista, deberá abstenerse de emitir el voto.
De conformidad con el artículo 526 de la Ley de Sociedades de Capital respecto a las eventuales situaciones de conflictos de intereses, el administrador a quien un accionista confiera su delegación no podrá ejercitar el derecho de voto correspondiente a las acciones representadas en aquellos puntos del orden del día en los que se encuentre en conflicto de intereses, salvo que hubiese recibido del representado instrucciones de voto precisas para cada uno de dichos puntos. En relación con todos ellos, si el representado no hubiera emitido instrucciones de voto precisas, la representación, salvo indicación
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expresa en contrario por el accionista, se entenderá conferida al Secretario de la Junta General de Accionistas.
A los efectos de lo dispuesto en los artículos 523 y 526 de la Ley de Sociedades de Capital, se informa de que todos los miembros del Consejo de Administración se encuentran en una situación de conflicto de intereses respecto de los puntos 4 y 8 del orden del día. Asimismo, se encuentran en una situación de conflicto de intereses (i) respecto de los puntos 5.1, 5.2, 5.3, 5.4, 5.5.,5.6 y 5.7 del orden del día, únicamente el propio consejero cuya reelección o nombramiento se propone; y (ii) en los supuestos recogidos en los apartados b) o c) del artículo 526.1 de la Ley de Sociedades de Capital que pudieran presentarse fuera del orden del día con arreglo a la Ley, el consejero afectado, en su caso.
De conformidad con el artículo 524 de la Ley de Sociedades de Capital las entidades intermediarias que aparezcan legitimadas como accionistas en virtud del registro contable de las acciones pero que actúen por cuenta de diversos beneficiarios últimos, podrán en todo caso fraccionar el voto y ejercitarlo en sentido divergente en cumplimiento de instrucciones de voto diferentes, si así las hubieran recibido. Estas entidades intermediarias podrán delegar el voto a cada uno de los beneficiarios últimos o a terceros designados por estos, sin que pueda limitarse el número de delegaciones otorgadas.
REPRESENTACIÓN Y VOTO PREVIO A LA JUNTA A TRAVÉS DE MEDIOS DE COMUNICACIÓN A DISTANCIA
Voto en la Oficina de Información al Accionista
En el caso de que el accionista decida emitir su voto, personalmente o mediante representante, en la Oficina de Información al Accionista, deberá presentar la tarjeta de asistencia, delegación y voto en la que conste con claridad la identidad del accionista, el número de acciones de las que es titular, el sentido de su voto en cada uno de los puntos del orden del día, así como su firma autógrafa, y exhibir el DNI o Pasaporte, si el accionista es persona física. Asimismo, en caso de representación, tanto si el accionista es persona física como si es persona jurídica, el representante deberá exhibir el documento que acredite la representación.
Representación y voto mediante correspondencia postal
Para otorgar la representación o ejercer el voto por correspondencia postal, deberá remitirse al domicilio social (Enagás, S.A. –Oficina de Información al Accionista- Paseo de los Olmos 19, 28005 Madrid), en sobre cerrado, la tarjeta de asistencia, delegación y voto debidamente cumplimentada en el apartado correspondiente y firmada.
En el supuesto de que la tarjeta expedida por la entidad participante de IBERCLEAR no incorpore el apartado relativo a "Voto a distancia" o este estuviera incompleto, el accionista podrá completarla utilizando el modelo de tarjeta que la Sociedad pone a su disposición en la página web de la Sociedad (www.enagas.es). Dicha tarjeta debidamente cumplimentada y firmada deberá hacerse llegar a la Sociedad.
Representación y voto mediante comunicación electrónica
Los accionistas que deseen otorgar la representación o votar electrónicamente podrán hacerlo a través de la página web de la Sociedad (www.enagas.es), sección "Accionistas e Inversores", en el apartado destinado a la Junta General de Accionistas, siguiendo las instrucciones que al efecto aparecen especificadas en cada una de las pantallas de la citada web y completando los formularios disponibles en la misma. Para ello, harán constar su identidad mediante (i) el Certificado Electrónico de Usuario emitido por la Entidad Pública de Certificación Española (CERES) dependiente de la Fábrica Nacional de la Moneda y Timbre, respecto al cual no conste su revocación; (ii) el certificado electrónico cualificado incorporado al Documento Nacional de Identidad electrónico emitido de
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conformidad con el Real Decreto 1553/2005, de 23 de diciembre, por el que se regula la expedición del Documento Nacional de Identidad y sus certificados de firma electrónica (el certificado será obtenido por el accionista, sin cargo para la Sociedad, y deberá estar vigente en el momento de efectuar el voto); o (iii) las credenciales usuario/contraseña que el accionista recibirá en su dirección de correo electrónico, previa petición a través de un formulario especial de solicitud de credenciales disponible en la propia plataforma de voto, delegación electrónica y asistencia telemática, y tras la verificación de su identidad y de su condición de accionista.
Asimismo, los accionistas personas físicas también podrán emitir anticipadamente su voto llamando al teléfono número +34 910 607 385. Para poder ejercer el voto telefónico, el accionista deberá (i) identificarse con su nombre completo y apellidos, (ii) indicar el número de su Documento Nacional de Identidad o pasaporte y (iii) indicar el número de acciones de que sea titular o cotitular (en caso de que las acciones estén en varias cuentas de valores, bastará con indicar el número de acciones en una de las cuentas), lo que la Sociedad verificará en tiempo real, siempre que no existan impedimentos técnicos para ello.
Normas comunes
Para mayor detalle sobre el procedimiento y reglas de estas modalidades de representación y voto, los accionistas pueden consultar el "Procedimiento para la emisión de voto y otorgamiento de representación de la Junta General de Accionistas por medios de comunicación a distancia y asistencia y voto telemáticos", aprobado por el Consejo de Administración en su reunión de 16 de febrero de 2026, que figura en la página web de la Sociedad (www.enagas.es), sección "Accionistas e Inversores", en el apartado destinado a la Junta General de Accionistas.
Para que la representación conferida o el voto efectuado por los citados medios sean válidos deberán ser recibidos en el domicilio de la Sociedad (Enagás, S.A. –Oficina de Información al Accionista– Paseo de los Olmos 19, 28005 Madrid) o a través de su página web (www.enagas.es) en el caso de representación y voto mediante comunicación electrónica, entre el día de publicación del anuncio de convocatoria de la Junta General y no más tarde de las veinticuatro horas anteriores a la fecha y hora prevista para la celebración de la Junta en segunda convocatoria.
Con posterioridad al plazo indicado, sólo se admitirán las representaciones conferidas por escrito que se presenten en las mesas de registro de entrada de accionistas, en el lugar y día señalados para la celebración de la Junta General.
ASISTENCIA, REPRESENTACIÓN Y VOTO EN CASO DE ASISTENCIA TELEMÁTICA A LA JUNTA GENERAL
De conformidad con los artículos 27 de los Estatutos Sociales y 9 y 11 del Reglamento de la Junta General, los accionistas con derecho de asistencia pueden igualmente asistir a la Junta General de Accionistas y votar en tiempo real mediante el empleo de los medios telemáticos que se prevén a continuación, y en dicho supuesto, los accionistas con derecho a voto podrán ejercerlo por sí mismos o por medio de representación.
Identificación y registro previo: para garantizar la identidad de los asistentes, los accionistas o representantes que deseen utilizar los mecanismos de asistencia telemática deberán registrarse previamente a través de la aplicación de voto y delegación electrónica y asistencia telemática (en adelante, la "Aplicación"), accesible a través de la página web (www.enagas.es), en el apartado destinado a la Junta General de Accionistas de la sección "Accionistas e Inversores", desde la fecha de publicación del anuncio de convocatoria y no más tarde de las veinticuatro horas anteriores a la fecha y hora prevista para la celebración de la Junta General (esto es, a las 12:00 horas del día 24 de marzo de 2026 si la Junta General se celebrase en primera convocatoria y a las 12:00 horas del día 25 de marzo de 2026 si, como está
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previsto, la Junta General se celebra en segunda convocatoria). Con posterioridad a dicha hora, no se admitirá ningún registro previo para el ejercicio del derecho de asistencia telemática. Se recomienda que todos aquellos accionistas o representantes que deseen asistir de forma telemática a la Junta General completen el registro previo con antelación suficiente para poder realizar el correcto procesamiento de la documentación acreditativa de la identidad y legitimación de los accionistas o de sus representantes.
Las garantías que el Consejo de Administración estima adecuadas para asegurar la identificación del accionista y/o del representante que ejercita su derecho de asistencia telemática es la firma electrónica basada en un certificado cualificado en los términos previstos en la normativa aplicable siempre que esté basada en (i) el Certificado Electrónico de Usuario emitido por la Entidad Pública de Certificación Española (CERES) dependiente de la Fábrica Nacional de la Moneda y Timbre, respecto al cual no conste su revocación, (ii) el certificado electrónico cualificado incorporado al Documento Nacional de Identidad electrónico emitido de conformidad con el Real Decreto 1553/2005, de 23 de diciembre, por el que se regula la expedición del Documento Nacional de Identidad y sus certificados de firma electrónica (el certificado será obtenido por el accionista o el representante, sin cargo para la Sociedad, y deberá estar vigente el día celebración de la Junta General; es responsabilidad exclusiva del accionista o del representante la custodia de su firma electrónica), o (iii) las credenciales usuario/contraseña que el accionista recibirá en su dirección de correo electrónico, previa petición a través de un formulario especial de solicitud de credenciales disponible en la plataforma de voto, delegación electrónica y asistencia telemática, y tras la verificación de su identidad y de su condición de accionista.
Para que se permita el registro del representante como asistente telemático a la Junta General, el representante deberá haber remitido previamente a la Sociedad copia del Documento Nacional de Identidad o Pasaporte, y copia de la delegación efectuada, en su caso por medios postales o electrónicos, debidamente firmada por el representante y el accionista representado. Dicha documentación deberá ser recibida en el domicilio de la Sociedad (Enagás, S.A. –Oficina de Información del Accionista– Paseo de los Olmos 19, 28005 Madrid) o en la dirección de correo electrónico habilitada al efecto ([email protected]) no más tarde de las veinticuatro horas anteriores a la fecha y hora prevista para la celebración de la Junta (esto es, a las 12:00 horas del día 24 de marzo de 2026 si la Junta General se celebrase en primera convocatoria y a las 12:00 horas del día 25 de marzo de 2026 si, como está previsto, la Junta General se celebra en segunda convocatoria).
El accionista o representante que se haya registrado para asistir telemáticamente y desee abandonar la Junta General de Accionistas haciéndolo constar ante el Notario, podrá hacerlo a través del formulario habilitado al efecto en la Aplicación.
Conexión y asistencia: el accionista (o representante) que se haya registrado previamente para asistir telemáticamente a la Junta General conforme al apartado anterior, deberá conectarse a través de la Aplicación entre las 09:30 horas y las 11:45 horas (CEST) del día 25 de marzo de 2026 (si la Junta se celebra en primera convocatoria) o del día 26 de marzo de 2026 (si, como es previsible, la Junta se celebra en segunda convocatoria), e identificarse de nuevo mediante alguno de los siguientes medios: (i) firma electrónica cualificada o avanzada, basada en un certificado electrónico cualificado y vigente, emitido por la Entidad Pública de Certificación Española (CERES), dependiente de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, (ii) Documento Nacional de Identidad electrónico en vigor o (iii) las credenciales usuario/contraseña que deberá haber solicitado en el momento de realizar su registro previo.
Intervención, propuesta e información durante la celebración de la Junta General: El accionista (o su representante) que quiera intervenir en la Junta General, hacer propuestas en los casos que legalmente proceda o solicitar las informaciones o aclaraciones que estime precisas acerca de los asuntos comprendidos en el orden del día o las aclaraciones que estime precisas acerca de la información accesible al público que la Sociedad hubiera facilitado a la Comisión Nacional del Mercado de Valores desde la
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celebración de la última Junta General y acerca del informe del auditor, podrá hacerlo solicitándolo a través del formulario habilitado al efecto en la Aplicación hasta que se cierre el turno de intervenciones, lo que se indicará oportunamente durante el transcurso de la Junta General. En el caso de que el accionista (o su representante) quiera que en todo caso su intervención conste en el acta de la reunión, deberá indicarlo claramente en el formulario.
La solicitud de información o aclaración ejercida durante la Junta General será satisfecha verbalmente durante el transcurso de la misma o, si no pudiera satisfacerse en ese momento, será respondida por escrito dentro de los siete días siguientes a su celebración.
Votaciones: La emisión del voto sobre las propuestas relativas a puntos comprendidos en el orden del día podrá realizarse desde el momento de la conexión del accionista como asistente (o, en su caso, del representante) y hasta que el Presidente o, en su caso, el Secretario de la Junta, anuncie la conclusión del periodo de votación de las propuestas de acuerdo relativas a puntos comprendidos en el orden del día.
En cuanto a las propuestas de acuerdos sobre aquellos asuntos que, por mandato legal, no sea necesario que figuren en el orden del día, los asistentes telemáticos podrán emitir sus votaciones a partir del momento en que se dé lectura a dichas propuestas y se incluyan en la Aplicación para proceder a su votación, a través de la referida Aplicación, y hasta que el Presidente o, en su caso, el Secretario de la Junta, anuncie la conclusión del periodo de votación de las propuestas de acuerdo.
Para la votación de las propuestas de acuerdos se aplicará el procedimiento previsto en los Estatutos y en el Reglamento de la Junta.
RETRANSMISIÓN EN DIRECTO DE LA JUNTA GENERAL
El accionista (o su representante) que asista telemáticamente a la Junta General podrá seguir el acto completo de la misma que será retransmitido en tiempo real a través de la página web de la Sociedad, sin perjuicio de su grabación y difusión pública a través dicha página web.
DERECHO DE INFORMACIÓN
A los efectos de lo previsto en los artículos 272, 287, 517 y 518 de la Ley de Sociedades de Capital se pone en conocimiento de los accionistas que podrán examinar en el domicilio social de la Sociedad (Paseo de los Olmos 19, 28005 Madrid) y pedir la entrega o envío de forma gratuita de la siguiente información:
- Las Cuentas Anuales (Balance, Cuenta de Pérdidas y Ganancias, Estado que refleja los cambios en el patrimonio neto del ejercicio, Estado de flujos de efectivo y Memoria), Informe de Gestión e Informe de Auditoría de Enagás y de su Grupo Consolidado, todo ello correspondiente al ejercicio social 2025. El Informe de Gestión consolidado contiene el estado de información no financiera (e información de sostenibilidad) relativa al Grupo en el ejercicio 2025, de conformidad con la Ley 11/2018 de 28 de diciembre, en materia de información no financiera y diversidad.
- Estado de información no financiera (e información de sostenibilidad) incluido en el Informe de Gestión consolidado del Grupo Enagás.
- Texto íntegro de la convocatoria de la Junta General y de las propuestas de acuerdos que el Consejo de Administración propone a la Junta para su aprobación; y, en su caso, el complemento a la convocatoria y las propuestas de acuerdos que presenten los accionistas con la documentación que, en su caso, se adjunte.
- Número total de acciones y derechos de voto en la fecha de la convocatoria.
- Modelo de tarjeta de asistencia, delegación y voto.
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- Identidad, currículo y categoría de los miembros del Consejo de Administración propuestos para reelección o nombramiento, así como la propuesta e informes a que se refiere el artículo 529 decies de la Ley de Sociedades de Capital.
- Informe Anual sobre Remuneraciones de los Consejeros.
- Informe Anual de Gobierno Corporativo (incluye Informe de actividad de la Comisión de Auditoría y Cumplimiento).
- Informe del Consejo de Administración en relación con la propuesta de delegación de la facultad para emitir cualesquiera valores de renta fija o instrumentos de deuda de análoga naturaleza, simple o garantizada, a que se refiere el punto 6 del Orden del día.
- Informe del Consejo de Administración a los efectos de lo establecido en los artículos 286, 297.1.b) y 511 de la Ley de Sociedades de Capital, justificativo de la propuesta de delegación de la facultad para emitir cualesquiera valores de renta fija o instrumentos de deuda de análoga naturaleza convertibles en o que den derecho a suscribir acciones de la sociedad o que sean canjeables o den derecho a adquirir acciones de la sociedad o de otras sociedades, con la facultad de aumentar el capital social en la cuantía necesaria y, en su caso y con un límite del 10 por cien del capital social, excluir el derecho de suscripción preferente, a que se refiere el punto 7 del Orden del día.
- Informe de actividad de la Comisión de Sostenibilidad y Nombramientos.
- Informe de actividad de la Comisión de Retribuciones.
- Informe de la Comisión de Auditoría y Cumplimiento sobre la independencia del auditor externo.
- Informe de la Comisión de Auditoría y Cumplimiento sobre operaciones vinculadas.
- Procedimiento para la emisión de voto y otorgamiento de representación en la Junta General de Accionistas por medios de comunicación a distancia y asistencia y voto telemáticos, aprobado por el Consejo de Administración.
- Normas de funcionamiento del "Foro Electrónico de Accionistas" aprobadas por el Consejo de Administración.
Toda esta información se encuentra disponible de forma ininterrumpida en la página web de la Sociedad (www.enagas.es), en el apartado destinado a la Junta General de Accionistas de la sección "Accionistas e Inversores".
De acuerdo con los artículos 197 y 520 de la Ley de Sociedades de Capital, se informa a los accionistas de que, hasta el quinto día anterior a la celebración de la Junta General, podrán solicitar de los administradores las informaciones o aclaraciones que estimen precisas acerca de los asuntos comprendidos en el orden del día o formular por escrito las preguntas que estimen pertinentes, así como solicitar por escrito y dentro del mismo plazo o verbalmente durante la celebración de la junta, las aclaraciones que estimen precisas acerca de la información accesible al público que la Sociedad hubiera facilitado a la Comisión Nacional del Mercado de Valores desde la celebración de la última Junta General y acerca del informe del auditor.
De conformidad con el artículo 539 de la Ley de Sociedades de Capital, en la página web de la Sociedad (www.enagas.es), en el apartado destinado a la Junta General de Accionistas de la sección "Accionistas e Inversores", se ha habilitado un "Foro Electrónico de Accionistas", cuyas normas de funcionamiento han sido aprobadas por el Consejo de Administración, en su reunión de 16 de febrero de 2026.
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Cualquier otra información relativa a la celebración de la Junta que no conste expresamente en este anuncio de convocatoria podrá ser consultada en el Reglamento de la Junta General y en el "Procedimiento para la emisión de voto y otorgamiento de representación de la Junta General de Accionistas por medios de comunicación a distancia, y asistencia y voto telemáticos" disponibles en la página web de la Sociedad (www.enagas.es), en el apartado destinado a la Junta General de Accionistas de la sección "Accionistas e Inversores" o bien a través del teléfono gratuito 900 100 399 en horario de 10:00 a 14:00 horas y de 16:00 a 18:00 horas, de lunes a viernes laborables.
TRATAMIENTO DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL
Los datos personales (incluidos, en su caso, la imagen y voz) que los accionistas remitan a Enagás, S.A. para el ejercicio de sus derechos de asistencia, representación y voto en la Junta General, o que sean facilitados a estos efectos por las entidades en las que dichos accionistas tengan depositadas sus acciones, serán tratados por Enagás, S.A. de conformidad con la Ley Orgánica 3/2018 de Protección de Datos de Carácter Personal y Garantía de Derechos Digitales y con el Reglamento 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, para llevar a cabo el adecuado desarrollo, cumplimiento y control de la relación accionarial existente.
La base jurídica del tratamiento de los datos será el cumplimiento de las obligaciones legales establecidas en la Ley de Sociedades de Capital, relativas a la ejecución de la relación accionarial para la gestión de la convocatoria de la Junta General y su celebración, la tramitación del voto emitido y delegación del voto, así como la gestión de solicitudes de información o cuestiones planteadas por el accionista. La Junta General podrá ser grabada y difundida por la página web de Enagás o por medios de comunicación acreditados. La base jurídica del tratamiento de grabaciones o imágenes del accionista será el interés legítimo de Enagás, S.A. en grabar y transmitir la Junta General, y el propio consentimiento del asistente, otorgado al asistir a la Junta General, teniendo a su disposición otros medios alternativos para el ejercicio de sus derechos sin asistir al acto. Los datos serán conservados mientras sea accionista y, tras ello, por el periodo de prescripción de cualesquiera acciones legales o contractuales que resulten de aplicación.
Estos datos personales serán facilitados al Notario en relación exclusivamente con el levantamiento del acta notarial de la Junta General de Accionistas y podrán ser facilitados a terceros en el ejercicio del derecho de información previsto en la ley o accesibles al público en la medida en que se manifiesten en el desarrollo de la Junta General.
Asimismo, podrán tener acceso a sus datos de carácter personal los proveedores que presten servicios para el desarrollo de la Junta General, para cualquiera de los fines expuestos en esta Convocatoria, así como para aquellos otros fines de carácter técnico o auxiliar. Dichos proveedores tendrán la consideración de encargados del tratamiento y tratarán sus datos personales de conformidad con las indicaciones de la Sociedad. La Sociedad no realizará transferencias internacionales de sus datos personales.
Le informamos de que podrá ejercitar los derechos de acceso, rectificación, portabilidad, supresión, limitación, oposición y derecho a no ser objeto de decisiones automatizadas, cuando dichos derechos sean aplicables, a través del envío de su solicitud a [email protected] o a la dirección postal de Paseo de los Olmos 19, 28005 de Madrid, aportando copia de su DNI o documento equivalente y concretando su solicitud. Asimismo, si considera que sus datos han sido tratados de forma inadecuada, tendrá derecho a presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos (www.aepd.es).
En caso de que en la tarjeta de representación el accionista o en cualquier otra que se utilice en la Junta General se incluyan datos personales referentes a otras personas físicas, el accionista deberá informarles de los extremos contenidos en los párrafos anteriores y cumplir con cualesquiera otros requisitos que pudieran ser de aplicación para
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la correcta cesión de los datos a Enagás, S.A. sin que ésta deba realizar ninguna actuación adicional en términos de información o, en caso de resultar necesario, consentimiento.
Puede consultar información adicional y detallada sobre el tratamiento que hacemos de sus datos en la Política de Protección de Datos en el Aviso Legal de la página web (https://www.enagas.es/enagas/es/Pie/AvisoLegal).
JUNTA SOSTENIBLE
Por séptimo año consecutivo, la Junta General de Accionistas de Enagás se celebrará como evento sostenible conforme a la norma ISO 20121. Esto quiere decir que, desde su planificación hasta su desarrollo y conclusión, se siguen criterios de gestión sostenible en línea con el compromiso de Enagás con la sostenibilidad, creando un valor añadido a sus grupos de interés en el marco de uno de los eventos más relevantes para la compañía.
Madrid, 18 de febrero de 2026 El Secretario General y del Consejo de Administración Diego Trillo Ruiz Enagás, S.A.
NOTAS:
Se informa a los señores accionistas que, a partir del día 12 de marzo y hasta el 25 de marzo, ambos inclusive, en la Oficina de Información al Accionista en el domicilio social de la Sociedad situado en el Paseo de los Olmos 19, 28005 Madrid, en horario de 10:00 a 14:00 horas y de 16:00 a 18:00 horas, de lunes a viernes laborables, se hará entrega del obsequio habitual y de la documentación a que se refiere la convocatoria de la Junta, con la presentación de la tarjeta de asistencia, delegación y voto.
Servicio de autobús: Enagás pondrá a disposición de los señores accionistas un servicio gratuito de autobús, debidamente identificado, el día 26 de marzo de 2026, con salida a las 11:00 horas desde el domicilio social de la Sociedad, en Paseo de los Olmos 19, 28005 Madrid. El autobús regresará a su punto de partida una vez finalizada la Junta General.
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PROPUESTA DE ACUERDOS JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS 2026
Primera convocatoria: 25 de marzo de 2026 Segunda convocatoria: 26 de marzo de 2026
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ORDEN DEL DÍA
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- Examen y aprobación, en su caso, de las Cuentas Anuales (Balance, Cuenta de Pérdidas y Ganancias, Estado que refleja los cambios en el patrimonio neto del ejercicio, Estado de flujos de efectivo y Memoria) e Informe de Gestión que incluye el estado de información no financiera consolidado (e información de sostenibilidad), correspondientes al ejercicio social 2025 tanto de Enagás, S.A. como de su Grupo Consolidado.
-
- Aprobación del estado de información no financiera consolidado (e información de sostenibilidad) incluido en el informe de Gestión del Grupo Enagás correspondiente al ejercicio social 2025.
-
- Aprobación, en su caso, de la propuesta de aplicación del resultado de Enagás, S.A. correspondiente al ejercicio social 2025.
-
- Aprobación, en su caso, de la gestión del Consejo de Administración de Enagás, S.A. correspondiente al ejercicio social 2025.
-
- Reelección y nombramiento de miembros del Consejo de Administración. Las siguientes propuestas serán objeto de votación separada:
- 5.1 Reelegir Consejero por el período estatutario de cuatro años a D. Antonio Llardén Carratalá quien tendrá la condición de otro Consejero Externo.
- 5.2 Reelegir Consejero por el período estatutario de cuatro años a D. Arturo Gonzalo Aizpiri quien tendrá la condición de Consejero Ejecutivo.
- 5.3 Reelegir Consejera por el período estatutario de cuatro años a Dª. Ana Palacio Vallelersundi quien pasará a tener la condición de otra Consejera Externa.
- 5.4 Reelegir Consejera por el período estatutario de cuatro años a Dª. María Teresa Costa Campi quien tendrá la condición de Consejera Independiente.
- 5.5 Reelegir Consejera por el período estatutario de cuatro años a Dª. Clara Belén García Fernández-Muro quien tendrá la condición de Consejera Independiente.
- 5.6 Reelegir Consejero por el período estatutario de cuatro años a D. Manuel Gabriel González Ramos quien tendrá la condición de Consejero Independiente.
- 5.7 Nombrar Consejero por el período estatutario de cuatro años a D. Vicente Pedret Clemente quien tendrá la condición de Consejero Independiente.
- 5.8 Mantener el número de miembros del Consejo de Administración en 15.
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- Delegación a favor del Consejo de Administración durante el plazo máximo de cinco años, con expresas facultades de sustitución, de la facultad para acordar la emisión, en una o varias veces, de cualesquiera valores de renta fija o instrumentos de deuda de análoga naturaleza, simples o garantizados, por un importe máximo de cinco mil millones (5.000.000.000) de euros.
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-
- Delegación a favor del Consejo de Administración durante el plazo máximo de cinco años, con expresas facultades de sustitución, de la facultad para acordar la emisión, en una o varias veces, de cualesquiera valores de renta fija o instrumentos de deuda de análoga naturaleza convertibles en o que den derecho a suscribir acciones de la Sociedad o que sean canjeables o den derecho a adquirir acciones de la Sociedad o de otras sociedades, por un importe máximo de mil millones (1.000.000.000) de euros; así como para aumentar el capital social en la cuantía necesaria, y para excluir, en su caso, el derecho de suscripción preferente hasta un límite del 10% del capital social en el momento de la presente delegación.
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- Sometimiento a votación con carácter consultivo del informe anual sobre remuneraciones de los consejeros a los efectos del artículo 541 de la Ley de Sociedades de Capital.
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- Delegación de facultades para complementar, desarrollar, ejecutar, subsanar y formalizar los acuerdos adoptados por la Junta General de Accionistas.
ACUERDO 1º
Examen y aprobación, en su caso, de las Cuentas Anuales (Balance, Cuenta de Pérdidas y Ganancias, Estado que refleja los cambios en el patrimonio neto del ejercicio, Estado de flujos de efectivo y Memoria) e Informe de Gestión (que incluye el estado de información no financiera consolidado e información de sostenibilidad), correspondientes al ejercicio social 2025 tanto de Enagás, S.A. como de su Grupo Consolidado.
Se propone a la Junta General Ordinaria de Accionistas la adopción del siguiente acuerdo:
"Aprobar las Cuentas Anuales (Balance, Cuenta de Pérdidas y Ganancias, Estado que refleja los cambios en el patrimonio neto del ejercicio, Estado de flujos de efectivo y Memoria) y el Informe de Gestión (que incluye el estado de información no financiera consolidado e información de sostenibilidad) correspondientes al ejercicio comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025 de Enagás, S.A. y de su Grupo Consolidado."
ACUERDO 2º
Aprobación del estado de información no financiera (e información de sostenibilidad) consolidado incluido en el Informe de Gestión del Grupo Enagás correspondiente al ejercicio social 2025.
Se propone a la Junta General Ordinaria de Accionistas la adopción del siguiente acuerdo:
"Aprobar el estado de información no financiera (e información de sostenibilidad) consolidado incluido en el Informe de Gestión del Grupo Enagás correspondiente al ejercicio social 2025".
ACUERDO 3º
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Aprobación, en su caso, de la propuesta de aplicación del resultado de Enagás, S.A. correspondiente al ejercicio social 2025.
Se propone a la Junta General Ordinaria de Accionistas la adopción del siguiente acuerdo:
"Aprobar la aplicación del resultado de Enagás, S.A. en el ejercicio 2025, que asciende a un beneficio neto de 269.619.913,67 euros, según la siguiente propuesta de distribución formulada por el Consejo de Administración:
- Pago de un dividendo que ya fue satisfecho en su integridad como dividendo a cuenta en virtud del acuerdo del Consejo de Administración de 17 de noviembre de 2025 que se ratifica en todo lo necesario, pagado a los accionistas el día 23 de diciembre de 2025, y que ascendió a 0,400 euros brutos por acción con derecho a recibirlo, resultando un total 104.003.910,40 euros;
- Pago de un dividendo complementario de 0,600 euros brutos por acción con derecho a recibirlo, cantidad de la que se deducirán los impuestos legalmente procedentes. El importe máximo a distribuir entre la totalidad de las 261.990.074 acciones emitidas a esta fecha ascendería a 157.194.044,40 euros.
El pago del dividendo complementario se efectuará el día 2 de julio de 2026.
Dotación a reservas voluntarias con un importe de 8.421.958,87
La siguiente tabla resume la citada aplicación del resultado:
| Distribución | Euros |
|---|---|
| A Dividendos: | |
| Dividendo a cuenta | 104.003.910,40 |
| Dividendo complementario | 157.194.044,40 |
| Reserva voluntaria | 8.421.958,87 |
| Total Resultados | 269.619.913,67 |
ACUERDO 4º
Aprobación, en su caso, de la gestión del Consejo de Administración de Enagás, S.A. correspondiente al ejercicio social 2025.
Se propone a la Junta General Ordinaria de Accionistas la adopción del siguiente acuerdo:
"Aprobar la gestión del Consejo de Administración de Enagás, S.A. durante el ejercicio 2025."
ACUERDO 5º
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- "5. Reelección y nombramiento de miembros del Consejo de Administración. Las siguientes propuestas serán objeto de votación separada:
- 5.1 Reelegir Consejero por el período estatutario de cuatro años a D. Antonio Llardén Carratalá quien tendrá la condición de otro Consejero Externo.
- 5.2 Reelegir Consejero por el período estatutario de cuatro años a D. Arturo Gonzalo Aizpiri quien tendrá la condición de Consejero Ejecutivo.
- 5.3 Reelegir Consejera por el período estatutario de cuatro años a Dª. Ana Palacio Vallelersundi quien pasará a tendrá la condición de otra Consejera Externa.
- 5.4 Reelegir Consejera por el período estatutario de cuatro años a Dª. María Teresa Costa Campi quien tendrá la condición de Consejera Independiente.
- 5.5 Reelegir Consejera por el período estatutario de cuatro años a Dª. Clara Belén García Fernández-Muro quien tendrá la condición de Consejera Independiente.
- 5.6 Reelegir Consejero por el período estatutario de cuatro años a D. Manuel Gabriel González Ramos quien tendrá la condición de Consejero Independiente.
- 5.7 Nombrar Consejero por el período estatutario de cuatro años a D. Vicente Pedret Clemente quien tendrá la condición de Consejero Independiente.
- 5.8 Mantener el número de miembros del Consejo de Administración en 15".
Al tiempo de convocatoria de la Junta se han puesto a disposición de los accionistas los siguientes informes en los que se incluye información detallada sobre las propuestas de reelección de Consejeros:
"INFORME QUE EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE ENAGÁS, S.A. FORMULA A LOS EFECTOS DEL ARTÍCULO 529 DECIES DEL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE SOCIEDADES DE CAPITAL, JUSTIFICATIVO DE LAS PROPUESTAS DE REELECCIÓN y NOMBRAMIENTO DE CONSEJEROS INCLUIDAS EN EL PUNTO 5º DEL ORDEN DEL DÍA DE LA JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS CONVOCADA PARA EL 25 Y 26 DE MARZO DE 2026, EN PRIMERA Y SEGUNDA CONVOCATORIA RESPECTIVAMENTE".
"INFORME QUE LA COMISIÓN DE SOSTENIBILIDAD Y NOMBRAMIENTOS DE ENAGÁS, S.A. FORMULA A LOS EFECTOS DE LOS ARTÍCULO 529 DECIES Y 529 QUINDECIES DEL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE SOCIEDADES DE CAPITAL, JUSTIFICATIVO DE LAS PROPUESTAS DE REELECCIÓN Y NOMBRAMIENTO DE CONSEJEROS INCLUIDA EN EL PUNTO 5º DEL ORDEN DEL DÍA DE LA JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS CONVOCADA PARA EL 25 Y 26 DE MARZO DE 2026, EN PRIMERA Y SEGUNDA CONVOCATORIA RESPECTIVAMENTE".
Sin perjuicio de la expresa remisión a dichos informes se resume aquí su contenido:
1. Reelección de D. Antonio Llardén Carratalá como Consejero "otro externo".
D. Antonio Llardén Carratalá fue Presidente Ejecutivo de Enagás entre 2007 hasta 2022.
Desde 2022 el Sr. Llardén es Presidente no ejecutivo de la Compañía con la condición de Consejero "otro externo" compatibilizando la función de Presidente del Consejo de Administración con actividades de relaciones institucionales con grupos de interés.
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El Sr. Llardén tiene más de 30 años de experiencia en el sector energético y en ámbito corporativo.
Se propone a la Junta su reelección con el carácter de Consejero "otro externo" por el periodo estatutario de cuatro años.
Datos personales.
D. Antonio Llardén Carratalá, 75 años.
El Sr. Llardén es el Presidente de Enagás desde 2007.
Es también presidente de la Fundación para la Sostenibilidad Energética y Ambiental (Funseam), formada por las principales compañías del sector energético de España.
Es Patrono del Real Instituto Elcano de Estudios Internacionales y Estratégicos (Presidido por S.M. el Rey), y de la Fundación Princesa de Girona (Presidenta de Honor, S.A.R. Princesa de Asturias y Girona). También es miembro del Consejo Empresarial Español para el Desarrollo Sostenible y del Consejo de Acción Empresarial de CEOE.
Ha ocupado a lo largo de su trayectoria diferentes puestos de alta responsabilidad en los sectores de infraestructuras y energía en instituciones y en compañías como Gas Natural (actualmente Naturgy). Ha sido presidente de la patronal gasista Sedigas, miembro del Consejo Directivo de Eurogas y del Comité Ejecutivo de International Gas Union (IGU). Ha formado parte de la Comisión Ejecutiva y de la Junta Directiva del Club Español de la Energía. También ha presidido el LNG World Congress.
Ha sido Decano del Colegio de Ingenieros; miembro del Consejo Social de la Universidad Autónoma de Barcelona y Presidente de su Comisión Económica.
A lo largo de su trayectoria ha sido miembro de los Consejos de Administración de instituciones y empresas como Telefónica, el Instituto Nacional de Industria, el Instituto de Crédito Oficial o la Empresa Nacional de Residuos Radiactivos.
Es Caballero de la Orden Nacional de la Legión de Honor de Francia, la más alta condecoración que otorga el Estado francés a personas que destacan por sus méritos al servicio del país y ha sido galardonado con el Premio Tiepolo, reconocimiento que otorgan conjuntamente la Cámara de Comercio e Industria Italiana para España (CCIS) y la CEOE por su labor de integración y desarrollo de las relaciones económicocomerciales entre Italia y España.
En 2025 recibió la mención honorífica a su Trayectoria Profesional, concedida por el Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Madrid (COIIM).
Asistencia a las reuniones del Consejo.
El Sr. Llardén ha asistido personalmente a todas las reuniones del Consejo celebradas durante su mandato.
Aportación del D. Antonio Llardén Carratalá a la dirección y gestión de la Sociedad.
El Sr. Llardén viene desempeñando desde 2022 el cargo de Presidente no ejecutivo de la Compañía. El Consejo de Administración y la Comisión de Sostenibilidad y Nombramientos reconocen muy especialmente la contribución activa del Sr. Llardén a la consecución de los objetivos de la Compañía en dos planos distintos. Por un lado, como Presidente del Consejo de Administración el Sr. Llardén es responsable del buen
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funcionamiento del Consejo y de promover la implantación de la mejores recomendaciones de buen gobierno. El Sr. Llardén mantiene una comunicación constante con inversores y accionistas de la Compañía y se asegura de que el modelo de gobernanza siga los mejores estándares, lo que se acredita con la obtención por parte de la Compañía de la más alta puntuación por tercer año consecutivo del Índice de Buen Gobierno Corporativo de Aenor.
Además, el Consejo y la Comisión de Sostenibilidad y Nombramientos valora muy positivamente la aportación del Sr. Llardén en el desarrollo de funciones en el plano institucional. Su dilatada experiencia en el mundo corporativo y energético es un activo indiscutible de la Compañía para la ejecución de la Actualización Estratégica 2025-2030, muy particularmente para la determinación de la regulación gasista en España 2027-2032 y para el desarrollo de la red de infraestructuras de hidrógeno.
Propuesta a la Junta General de Accionistas.
El Consejo de Administración, previo informe favorable de la Comisión Sostenibilidad y Nombramientos, propone a la Junta General de Accionistas la reelección por el período estatutario de cuatro años de D. Antonio Llardén Carratalá como Consejero "otro externo".
2. Reelección de D. Arturo Gonzalo Aizpiri como Consejero Ejecutivo.
D. Arturo Gonzalo Aizpiri es Consejero Delegado de Enagás desde el 21 febrero de 2022.
El 31 de marzo de 2022 la Junta General de Accionistas ratificó su nombramiento y desde entonces viene desempañando la función de Consejero Delegado como primer ejecutivo de la Compañía con plenas facultades ejecutivas.
El Sr. Gonzalo tiene más de 30 años de experiencia en el ámbito corporativo y de la energía y cambio climático.
Se propone a la Junta la reelección del Sr. Gonzalo Aizpiri como Consejero Ejecutivo por el período estatutario de cuatro años.
Datos personales.
Arturo Gonzalo Aizpiri, 62 años.
El Sr. Gonzalo es Doctor cum laude en Ciencias Químicas por la Universidad Complutense de Madrid, tiene una dilatada trayectoria en los sectores energético y medioambiental. En su carrera profesional ha desempeñado cargos de máxima responsabilidad en el sector privado y también en el sector público.
Se incorpora a Enagás como Consejero Delegado en febrero de 2022. Antes formó parte del equipo de Repsol desde 1990, donde desempeñó funciones de alta dirección, entre ellas Director General de Personas y Organización y Director General de Comunicación, Relaciones Institucionales y Presidencia, siendo también responsable de las áreas de Auditoría, Control y Riesgos. Además, a lo largo de su dilatada experiencia profesional ha tenido las responsabilidades de Investigación, Medio Ambiente y Calidad. También fue miembro del Comité Ejecutivo de la compañía desde 2016.
En el ámbito público ha sido Director General de la Agencia de Medio Ambiente de la Comunidad de Madrid, Director General de Política Ambiental y Secretario General
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para la Prevención de la Contaminación y del Cambio Climático en el Ministerio de Medio Ambiente del Gobierno de España.
Ha sido Presidente del Comité Español del Consejo Mundial de la Energía y Vicepresidente del Club Español de la Energía, del que hoy forma parte de su Comisión Ejecutiva y Junta Directiva. Además, ha sido distinguido con la Cruz del Mérito Militar con Distintivo Blanco.
Aportación del D. Arturo Gonzalo Aizpiri a la dirección y gestión de la Sociedad.
El Sr. Gonzalo viene desempeñando el cargo de primer ejecutivo de la Compañía desde la Junta General del 31 de marzo de 2022, como máximo responsable de los negocios de la Compañía presidiendo su Comité Ejecutivo.
El Consejo de Administración y la Comisión de Sostenibilidad y Nombramientos proponen la reelección del Sr. Gonzalo sobre la base de su experiencia y valía profesional acreditada y del extraordinario desempeño demostrado desde 2022, muy particularmente en relación con la propuesta y ejecución de los Objetivos de Compañía vinculados al Plan Estratégico 2022-2030 primero y a la Actualización Estratégica 2025-2030, actualmente en vigor.
En cuanto a su experiencia y valía profesional el Consejo y la Comisión de Sostenibilidad y Nombramientos reconocen que el perfil del Sr. Gonzalo es especialmente idóneo para seguir en el cargo de Consejero Delegado de Enagás por otro mandato estatutario de 4 años con plenas facultades ejecutivas. Su dilatada y reconocida experiencia, en el sector público y en el sector privado, en el ámbito corporativo y en materias medioambientales y de cambio climático son especialmente necesarias para afrontar el reto de descarbonización y transición energética en el que Enagás está llamado a jugar un rol principal.
El Consejo de Administración y la Comisión de Sostenibilidad y Nombramientos valoran muy positivamente el liderazgo mostrado por el Sr. Gonzalo como responsable de la elaboración del Plan Estratégico 2022-2030 y de la Actualización Estratégico 2025-2030, y muy especialmente del altísimo grado de consecución de los Objetivos de Compañía anuales y trianuales establecidos en el periodo 2022- 2025.
El Consejo y Comisión de Sostenibilidad y Nombramientos reconocen particularmente el rol destacado de la Compañía en el sistema gasista garantizando la seguridad de suministro con la puesta a disposición del 100% de las infraestructuras gasistas en un entorno geopolítico complejo, el exitoso proceso de rotación de activos que ha permitido reconfigurar el foco estratégico de la Compañía hacia la descarbonización y garantía de suministro en España y Europa, el fomento y desarrollo de los proyectos de infraestructuras de hidrógeno renovable vinculados a la designación de Enagás como gestor provisional de la red troncal de hidrógeno en España, en virtud del Real Decreto-ley 8/2023, de 27 de diciembre para el desarrollo de los Proyectos de Interés Común (PCI) europeos, así como el exigente plan de eficiencia que ha permitido un exhaustivo control de los gastos operativos y financieros y el nivel de exigencia y ejecución del Plan de Transformación Digital hacia una Compañía más resiliente y digital.
Por todo lo anterior, el Consejo y la Comisión de Sostenibilidad y Nombramientos consideran que por su perfil profesional y su alto nivel de desempeño acreditado desde su nombramiento en 2022 al Sr. Gonzalo es el candidato idóneo para seguir desempeñando las funciones de Consejero Delegado y primer ejecutivo de la Compañía y seguir liderando los retos estratégicos de la Compañía ligados a la
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regulación gasista 2027-2032 y a la conformación de un mercado de hidrógeno renovable en España y Europa.
Propuesta a la Junta General de Accionistas.
El Consejo de Administración, previo informe favorable de la Comisión de Sostenibilidad y Nombramientos, propone a la Junta General de Accionistas la reelección por el período estatutario de cuatro años de D. Arturo Gonzalo Aizpiri como "Consejero Ejecutivo".
3. Reelección de Dña. Ana Palacio Vallelersundi como Consejera "otro externo".
Dª. Ana Palacio Vallelersundi fue nombrada Consejera Independiente por la Junta General de Accionistas celebrada el 25 de marzo de 2014 con un 96,8% de votos a favor, y reelegida por la Junta General de Accionistas celebrada el 22 de marzo de 2018 con un 97,25% de votos a favor y asimismo reelegida por la Junta General de Accionistas celebrada el 31 de marzo de 2022 con un 97,26% de votos a favor.
La Sra. Palacio es además Consejera Independiente Coordinadora desde mayo de 2014 y Presidenta de la Comisión de Sostenibilidad y Nombramientos desde junio de 2017.
Datos personales.
Dª. Ana Palacio Vallelersundi, 77 años.
Educación:
- • Licenciada en Derecho, Ciencias Políticas y Sociología.
- • Doctorado Honorario de Humanidades de la Universidad de Georgetown y premio Sandra Day O'Connor Justice Prize de 2016 y Oficial en la Orden Nacional de la Legión de Honor de la República Francesa (2016).
Perfil profesional:
- • Abogada, fundadora de Palacio & Asociados
- • Consejera Independiente Coordinadora de Enagás, Consejera de Ecoener y de Emissions Reduction Corp.
- • Miembro del Consejo Asesor Externo de Energy Futures Initiative (EFI).
- • Miembro del Consejo Asesor de SATEC.
- • Miembro del Consejo del Atlantic Council of the United States.
- • Miembro del Consejo asesor de Industria del International Energy Forum (IEF).
- • Honorary Co-Chairwoman en el International Tax and Investment Center.
- • Miembro del órgano de gobierno de distintos centros de investigación e instituciones públicas: el MD Anderson Cancer Center, el Consejo Asesor del Real Instituto Elcano y la Global Leadership Foundation.
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- • Miembro del Consejo Internacional de Med-Or Foundation.
- • Miembro electivo del Consejo de Estado del Reino de España (2012-2018).
- • Miembro del Consejo Asesor Europeo de The European House- Ambrosetti (2015- 2016).
- • Coordinadora de las Redes Transeuropeas (2014).
- • Miembro del Consejo Asesor sobre Asuntos Exteriores y de Seguridad (2010- 2014) y del Comité para la selección de Jueces y Abogados Generales del Tribunal de Justicia y del Tribunal General de la Unión Europea (2010-2013).
- • Asesora de la Comisión Europea en materia de Justicia, Derechos fundamentales y ciudadanía (2010-2012).
- • Vicepresidenta y miembro de la Comisión Ejecutiva de AREVA (2008-2009).
- • Vicepresidenta Senior-Consejera General del Grupo Banco Mundial (2006-2008).
- • Secretaria General del Centro Internacional para el Arreglo de Diferencias de Inversiones (2006-2008).
- • Diputada a Cortes, presidenta de la Comisión Mixta del Congreso y el Senado para la UE (2004-2006).
- • Primera mujer Ministro de Asuntos Exteriores (2002-2004).
- • Miembro del Presídium de la Convención para el Futuro de Europa: participó en el debate y la redacción del proyecto de Constitución Europea (2001-2003).
- • Miembro del Parlamento Europeo, Presidenta de las Comisiones de Asuntos Jurídicos y Mercado Interior, de Derechos del Ciudadano, Justicia y Asuntos de Interior, Conferencia de Presidentes de Comisión (1994- 2002).
Otros datos de interés:
- • Profesora invitada del Edmund A. Walsh School of Foreign Service en la Universidad de Georgetown y en la Universidad Politécnica Mohamed VI.
- • Escribe regularmente para Project Syndicate y El Mundo entre otros medios.
- • Participa regularmente como panelista en conferencias y foros internacionales.
Asistencia a las reuniones del Consejo.
Durante su anterior mandato de cuatro años, Dª Ana Palacio ha asistido a todas las reuniones celebradas del Consejo de Administración y a todas las reuniones de la Comisión de Sostenibilidad y Nombramientos.
Aportación de la Sra. Palacio a la matriz de habilidades del Consejo.
El Consejo de Administración y la Comisión de Sostenibilidad y Nombramientos valoran muy positivamente la aportación de Dª. Ana Palacio al Consejo de Administración y a sus Comisiones. De manera especial ha aportado su experiencia
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y conocimiento del entorno geopolítico y de las instituciones internacionales en lo que pueden afectar a los negocios de la Compañía y al papel del gas natural y del hidrógeno verde en el marco de la transición del sector energético y de los criterios de sostenibilidad en el ámbito internacional.
Durante su mandato como Consejera Independiente Coordinadora ha completado en lo necesario el equilibrio que resulta de la separación de los cargos de Presidente y Consejero Delegado y ha cuidado de que los Consejeros Independientes mantengan en todo momento el grado de influencia en las decisiones del Consejo que les corresponde, celebrando en ocasiones reuniones con todos o parte de ellos exclusivamente.
Como vocal y Presidenta de la Comisión de Sostenibilidad y Nombramientos ha participado en la adopción de diversas políticas en materia de buen gobierno y una sensible mejora en la información en materia de sostenibilidad. Todas las propuestas de reelección de Consejeros presentadas a la Junta General, mientras ha sido vocal de la Comisión de Sostenibilidad y Nombramientos, han sido aprobadas con un amplio apoyo de los accionistas. Ya como Presidenta de la Comisión (desde junio de 2017), ha liderado el proceso de reelección y nombramiento de Consejeros del que resultan las propuestas que ahora se presentan a la Junta.
La Sra. Palacio fue designada Consejera de la Sociedad por primera vez en la Junta General de Accionistas celebrada el 25 de marzo de 2014. De acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 529 duodecies de la Ley de Sociedades de Capital, la propuesta de su reelección como Consejera se realiza en condición de "Otra Consejera Externa" al haber transcurrido al momento de celebración de esta Junta más de 12 años desde el inicio de su primer mandato.
Propuesta a la Junta General de Accionistas.
El Consejo de Administración, previo informe favorable de la Comisión Sostenibilidad y Nombramientos, propone a la Junta General de Accionistas la reelección por el período estatutario de cuatro años de Dª. Ana Palacio Vallelersundi como "Otra Consejera Externa"
4. Propuestas de la Comisión de Sostenibilidad y Nombramientos de reelección y nombramiento de Consejeros Independientes.
La Comisión de Sostenibilidad y Nombramientos ha propuesto la reelección de cuatro Consejeros y el nombramiento de un Consejero, todos ellos con la condición de Independientes, cuyos perfiles son especialmente adecuados para la matriz de habilidades del Consejo.
4.1 Propuesta de reelección de Dª. María Teresa Costa Campi como Consejera Independiente.
La Junta General de Accionistas celebrada el 31 de marzo de 2022 acordó designar a la Sra. Costa Consejera Independiente de la Sociedad por el período estatutario de cuatro años con un 98,64% de votos a favor.
Datos personales.
María Teresa Costa Campi, 74 años.
Licenciada en Economía (1973) y Doctor en Economía Cum Laude (1980) por la Universidad de Barcelona. Ha sido catedrática en economía (1987), Directora de la Cátedra de Sostenibilidad Energética (2012), Coordinadora del programa de
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Economía de la Energía en el Máster de Energías Renovables (2017) y Catedrática Emérita de la Universidad de Barcelona (UB).
En su trayectoria profesional destaca haber sido Presidenta de la Comisión Nacional de Energía (CNE) de 2005- 2011, ente regulador de los sectores energéticos en España.
Anteriormente fue Presidenta de ARIAE (2005 – 2011). Vicepresidenta de MEDREG (2010 – 2011). Presidenta del Comité Científico de MEDREG (2014 – 2016). Miembro de CEER (2005 – 2009). Presidenta del Consejo de MIBEL (2006 – 2007. Miembro del Consejo Asesor del CSN (2013 – 2015).
Ha sido Consejera de Red Eléctrica Corporación (empresa del IBEX35) de 2018 a 2022 y miembro de su Comisión de Sostenibilidad. Consejera de EDPR (PSI), y miembro de la Comisión de Auditoría, Control y Partes. Consejera de Abertis (IBEX35) de 2013 a 2018, miembro de la Comisión Ejecutiva para la valoración financiera de las inversiones, Presidenta de la Comisión de RSC, miembro de la Comisión de Auditoría y miembro de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones.
Ha ocupado también posiciones en Consejos de Administración y Consejos Asesores en empresas públicas y en empresas no cotizadas: Consejera de IC de Finanzas (2004 – 2005). Presidenta del Consejo de Administración de APLICSA (2004 – 2005). Consejera de INCASOL (2004 – 2005). Consejera de DIADA 2004 – 2005.
En la actualidad y desde 2012 es miembro correspondiente de la Real Academia de Ciencia, Morales y Políticas. Además ha sido (2019) Premio Nacional de Energía y Sociedad Victoriano Reinoso (Club Español de la Energía).
Cuenta con más de 180 publicaciones en libros y revistas académicas especializadas españolas e internacionales en temas de energía y de economía.
Asistencia a las reuniones del Consejo.
Desde su designación como Consejera en 2022, la Sra. Costa ha asistido personalmente a todas las reuniones del Consejo de Administración y de la Comisión de Sostenibilidad y Nombramientos de la que ha formado parte.
Aportación de la Sra. Costa a la matriz de habilidades del Consejo.
La Sra. Costa tiene una presencia muy activa en la investigación y en la docencia. Ha desarrollado una importante tarea como investigadora en política industrial y energética, factores de localización empresarial y desarrollo económico, aspectos que le han hecho destacar como experta en estas materias.
Su dilatada y reputada experiencia manifestada en si obra publicada, en conferencias y en las diferentes responsabilidades asumidas destaca en los siguientes ámbitos temáticos:
- Sectores regulados
- Economía de la energía y medio ambiente.
- Sostenibilidad
- Finanzas verdes
- Economía y organización industrial.
- Economía de la empresa
- Mercados y competencia.
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La Comisión de Sostenibilidad y Nombramientos ha destacado su sólido conocimiento del sector energético así como su dilata experiencia profesional como Presidenta de la Comisión Nacional de Energía y como consejera de Red Eléctrica de España.
Su experiencia en regulación energética y en sostenibilidad, unidas a su sólida formación docente han dado lugar a contribuciones en el Consejo y el la Comisión de Sostenibilidad y Nombramientos de mucho valor y son especialmente adecuadas para la matriz de competencias de Enagás.
Propuesta a la Junta General de Accionistas.
Como resultado de todo ello y a los efectos del artículo 529 decies.4 y 529 quindecies.3 c) del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital, la Comisión de Sostenibilidad y Nombramientos ha propuesto la reelección de Dª. María Teresa Costa Campi como Consejera Independiente de la Sociedad. El Consejo hace suya la propuesta.
4.2 Propuesta de reelección de Dª. Clara Belén García Fernández-Muro como Consejera Independiente.
La Junta General de Accionistas celebrada el 31 de marzo de 2022 acordó designar a la Sra. García Consejera Independiente de la Sociedad por el período estatutario de cuatro años con un 98,70% de votos a favor.
Datos personales.
Clara Belén García Fernández-Muro, 51 años.
- Licenciada (1997) y Doctora (2002) en CC. Económicas y Empresariales, Universidad Complutense de Madrid (UCM). Especialidad en Economía Internacional y Desarrollo.
- Profesora Titular de Universidad, Departamento de Economía Aplicada, Estructura e Historia, Facultad de CC. Económicas y Empresariales, UCM.
Actividad investigadora:
- Tres tramos de investigación (2003-2008, 2009-2014 y 2016-2021) reconocidos por la Comisión Nacional evaluadora de la Actividad Investigadora (CNEAI).
- Investigación sobre industria energética, desarrollo productivo y sistemas financieros. Cuenta con publicaciones académicas en revistas y editoriales de reconocido prestigio y ha contribuido a numerosos congresos, jornadas y seminarios.
- Editora Asociada (2003-2005) y Jefa de Edición (desde 2024) de la Revista de Economía Mundial (revista indexada en el SSCI).
- Estancias de investigación de al menos tres meses (por un total de dos años) en: Center for China Studies, Berkeley Roundtable for the International Economy y Haas School of Business de la Universidad de California (Berkeley); así como en Political Economy Research Institute de la Universidad de Massachusetts (Amherst).
- Estancias breves (entre tres semanas y un mes) en: Research Center for Sustainable Development, Academia China de Ciencias Sociales (Pekín); Faculty of Business and Economics, Universidad Malaya (Kuala Lumpur); y Centro Internacional de Política Económica, Universidad de Costa Rica (Heredia).
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En el ámbito académico ha sido:
- Participante en el diseño del Grado en Sostenibilidad, actualmente en proceso de implantación por parte de varias universidades europeas conjuntamente.
- Participante en el diseño del Grado en Estudios Asiáticos, actualmente en proceso de verificación por parte de la UCM.
- Miembro, primero, y Coordinadora Adjunta, después, de la Comisión Académica del Doctorado en Economía (UCM), entre 2014 y 2022.
- Miembro de la Comisión Académica del Máster en Economía Internacional y Desarrollo (UCM), entre 2008 y 2011 y entre 2015 y 2018.
- Vicedecana de Evaluación de la Calidad y Estudios de Grado (Fac. CC. Económicas y Empresariales UCM), entre 2014 y 2016.
- Coordinadora del Grado en Economía (UCM), entre 2012 y 2014.
Otras posiciones profesionales
- Desde noviembre de 2024, Vocal Independiente del Consejo de la Productividad de España.
- Entre noviembre de 2018 y marzo de 2022, Consejera Independiente del Consejo General del Instituto de Crédito Oficial (ICO).
- En 2021, miembro como asesora externa del Tribunal Calificador en las oposiciones al Cuerpo Superior de Técnicos Comerciales y Economistas del Estado.
Asistencia a las reuniones del Consejo
Desde su designación como Consejera en 2022, la Sra. García ha asistido personalmente a todas las reuniones del Consejo de Administración y de la Comisión de Retribuciones, a excepción de la sesión del Comisión de Retribuciones celebrada el 22 de julio de 2024.
Aportación de la Sra. García a la matriz de habilidades del Consejo.
Dña. Clara Belén García cuenta con una dilatada experiencia en el campo de la investigación y de la docencia. Su trayectoria investigadora se enmarca en dos líneas fundamentalmente: fragilidad financiera y crisis cambiarias y bancarias, de un lado, y cuestiones de crecimiento y desarrollo productivo-exportador, de otro. Todo ello con una doble especialización geográfica, habiendo realizado trabajo empírico sobre Asia Oriental, y China en particular, y más recientemente sobre economía española.
Imparte regularmente docencia sobre Economía Mundial (grupo en inglés, Grado en Economía) y Las Economías de Asia Oriental (Máster en Economía Internacional y Desarrollo) en la UCM; y realiza colaboraciones docentes con IE University, la Universidad Pontificia de Comillas y la Escuela Diplomática.
La Comisión de Sostenibilidad y Nombramientos ha valorado especialmente el profundo conocimiento y nivel de aportación de la Sra. García en el Consejo en cuestiones relacionados con la geopolítica, las finanzas y la economía. Su contribución en la Comisión de Retribuciones ha sido igualmente valiosa en la determinación de la política retributiva y en la fijación de los Objetivos de Compañía.
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Todo ello supone garantizar el mantenimiento de las habilidades del conjunto del Consejo en materia económica, financiera e internacional.
Propuesta a la Junta General de Accionistas.
Como resultado de todo ello y a los efectos del artículo 529 decies.4 y 529 quindecies.3 c) del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital, la Comisión de Sostenibilidad y Nombramientos ha propuesto la reelección de Dª. Clara Belén García Fernández-Muro como Consejera Independiente de la Sociedad. El Consejo hace suya la propuesta.
4.3 Propuesta de reelección de D. Manuel Gabriel González Ramos como Consejero Independiente.
La Junta General de Accionistas celebrada el 31 de marzo de 2022 acordó designar al Sr. Gonzalez Consejero Independiente de la Sociedad por el período estatutario de cuatro años con un 98,32% de votos a favor.
Datos personales.
Manuel Gabriel Gonzalez Ramos, 59 años.
Educación:
- Doctor Ingeniero Agrónomo (2003) por la UCLM, Licenciado en Economía (2008) por la UNED.
- Máster en Administración de Empresas (2009) por la UNED, Licenciado en Administración y Dirección de Empresas (2010) por la UNED.
- Graduado en Derecho (2019) por la UNED.
- Máster en Gestión y Análisis de Políticas Públicas (2010) por la Universidad Carlos III.
- Máster en Gestión del Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible (2011) por la UNED. Máster interuniversitario en Sostenibilidad y RSC (2014) UNED y UJI.
- Postgrado en Bolsas y Mercados (2014), Universidad de Alicante (2018).
- Máster Universitario Historia de la España Contemporánea en el Contexto Internacional (2020), UNED.
- Máster Universitario de Acceso a la Abogacía (2022), UNED.
- Máster en Negocio Energético (2024), Club Español de la Energía -ENERCLUB.
- Programa Ejecutivo en Hidrógeno Renovable (2023), Escuela de Organización Industrial (EOI).
- Ingeniero Agrónomo (Colegiado nº 0200094 del COIAAB).
- Abogado (Colegiado nº 3511 del ICALBA).
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• Economista (Colegiado nº 733, con fecha de colegiación 20-01-2011, Colegio de Albacete).
Perfil profesional:
- Diputado del Congreso de los Diputados de España de la X, XI, XII, XIII y XIV Legislaturas (2017-2022).
- Delegado del Gobierno en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha (2018- 2019). Subdelegado del Gobierno en Albacete (2007-2011). Delegado Provincial de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (2004-2007). Delegado Provincial de Agricultura y Medioambiente (2001-2004).
- Funcionario del Cuerpo Superior de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y de la Administración General del Estado.
Otros datos de interés:
• Profesor tutor de la UNED.
Asistencia a las reuniones del Consejo
Desde su designación como Consejero en 2022, el Sr. González ha asistido personalmente a todas las reuniones del Consejo de Administración y de la Comisión de Retribuciones de la que ha formado parte.
Aportación del Sr. González a la matriz de habilidades del Consejo.
La formación del Sr. González como Doctor Ingeniero Agrónomo representa una habilidad diferente en la matriz de habilidades del Consejo. Su formación se complementa con titulaciones en Economía y Derecho. La trayectoria profesional y política del Sr. González está vinculada a impulsar la transición energética, la protección del medio ambiente y el cambio climático.
La Comisión de Sostenibilidad y Nombramientos ha destacado su formación en Sostenibilidad, pilar de la estrategia de la Compañía, su conocimiento en el funcionamiento del mercado cotizado y muy particularmente su experiencia en el ámbito de las administraciones territoriales que son stakeholders clave de la Sociedad, especialmente en el desarrollo de los proyectos de hidrógeno renovable y de otros gases renovables vinculados a la descarbonización y transición energética.
Todo ello lo hace un candidato idóneo para seguir aportando a la matriz de habilidades del Consejo.
Propuesta a la Junta General de Accionistas.
Como resultado de todo ello y a los efectos del artículo 529 decies.4 y 529 quindecies.3 c) del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital, la Comisión de Sostenibilidad y Nombramientos ha propuesto la reelección de D. Manuel Gabriel González Ramos como Consejero Independiente de la Sociedad. El Consejo hace suya la propuesta.
5. Propuesta de nombramiento de Consejero Independiente.
Con el objeto de cubrir la vacante dejada por D. David Sandalow quien ha manifestado su voluntad, por razones personales y profesionales, de no volver a ser
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reelegido y ha presentado su renuncia al cargo de Consejero con efectos del día de celebración de la Junta General de Accionistas convocada para el 25 de marzo de 2025 en primera convocatoria y para el 26 de marzo de 2026 en segunda, la Comisión de Sostenibilidad y Nombramientos propone el nombramiento de un nuevo Consejero Independiente por el período estatutario de cuatro años cuyo perfil es especialmente adecuado para la matriz de habilidades del Consejo.
5.1 Nombrar por el período estatutario de cuatro años a D. Vicente Pedret Clemente quien tendrá la condición de Consejero Independiente.
Datos personales.
D. Vicente Pedret Clemente, 62 años.
Educación:
- Ingeniero Industrial por el Institut Químic de Sarrià (Universitat Ramon Llull)
- MBA por IESE Business School.
- Master en Filosofía y estudios clásicos y Doctor en Filosofía por la Universidad de Barcelona
Perfil Profesional:
Cuenta con una amplia trayectoria empresarial e institucional vinculada al sector industrial catalán.
Inició su carrera profesional en IBM. En 1991 se incorporó a la empresa familiar RAMON CLEMENTE, S.A., fundada en 1931, donde ejerció durante más de treinta años como Consejero Delegado y, tras culminar el relevo generacional, desempeña actualmente el cargo de Presidente. El grupo está especializado en la fabricación de vidrio y envases decorados para los sectores de la perfumería y la cosmética, un sector con mucha demanda de energía, particularmente gas natural, con presencia industrial en Cataluña y una relevante actividad exportadora.
Su estrecha vinculación con el tejido industrial catalán le ha llevado a participar en diversos proyectos empresariales en los ámbitos inmobiliario, industrial y tecnológico, así como a colaborar como asesor en iniciativas de pequeñas y medianas empresas de sectores como el packaging, la alimentación y los servicios.
Ha impulsado y participado activamente en asociaciones empresariales sectoriales, tanto a nivel catalán como nacional. En el terreno institucional, desde 2022 preside el Comité Ejecutivo del Patronat de la Muntanya de Montserrat.
En el ámbito asociativo, ha desarrollado una destacada labor en PIMEC, donde fundó y presidió la Comisión de Energía, y ha sido miembro de sus órganos de gobierno. Asimismo, mantiene una estrecha vinculación con el ámbito universitario, siendo Presidente del Patronato del Institut Químic de Sarrià (IQS) y Secretario del Patronato de la Universitat Ramon Llull.
Aportación del la Sr. Pedret a la matriz de habilidades del Consejo.
D. Vicente Pedret Clemente ha desarrollado una sólida carrera profesional en el ámbito empresarial. Su experiencia, que abarca tanto el ámbito asociativo y universitario como el de la empresa, contribuye a completar también la matriz de habilidades del Consejo en el ámbito de la sostenibilidad y del sector energético.
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Para asegurar la idoneidad del Sr. Pedret para el desempeño del cargo, la Comisión de Sostenibilidad y Nombramientos ha contado con el asesoramiento externo e independiente de la firma "Seeliger y Conde".
Propuesta a la Junta General de Accionistas.
Como resultado de todo ello y a los efectos del artículo 529 decies.4 y 529 quindecies.3 c) del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital, la Comisión de Sostenibilidad y Nombramientos ha propuesto el nombramiento de D. Vicente Pedret Clemente como Consejero Independiente de la Sociedad. El Consejo de Administración hace suya esa propuesta.
6. Estructura del Consejo tras las renovaciones y nombramiento que se proponen a la Junta.
Independencia y diversidad.
Tras las reelecciones y el nombramiento propuesto, el Consejo mantiene el número de miembros en 15. El porcentaje de Consejeros independientes se sitúa en el 66,66% (10 de 15) mientras que el porcentaje de presencia mujeres se mantiene en el 40% (6 de 15).
Con ello, el Consejo de Administración cumple todas las recomendaciones que en cuanto a tamaño y composición establece actualmente el Código de Buen Gobierno de las Sociedades Cotizadas de la CNMV así como lo dispuesto en la Ley Orgánica 2/2024, de 1 de agosto, de representación paritaria y presencia equilibrada de mujeres y hombres, cuya aplicación efectiva para las sociedades del Ibex35 está establecida para el próximo 30 de junio de 2026.
Separación de cargos.
Desde la Junta General del 31 de marzo de 2022 la Compañía mantiene una separación efectiva de funciones entre el Presidente no ejecutivo y el Consejero Delegado. El Presidente circunscribe su actuación a presidir el Consejo de Administración y a realizar funciones de relaciones institucionales mientras que el Consejero Delegado actúa como único Consejero Ejecutivo de la Compañía y máximo responsable de los negocios de la misma a través de la presidencia de su Comité Ejecutivo.
La estructura interna garantiza asimismo que todas las funciones que favorecen el control que el Consejo de Administración debe ejercer respecto de las funciones ejecutivas y de negocio a cargo del Consejero Delegado, mantienen la necesaria independencia estando adscritas orgánica y funcionalmente, a través de la Secretaria General, al Consejo de Administración y la Comisión de Auditoría y Cumplimiento.
Evaluación del desempeño del Consejo.
El Consejo se somete a un proceso de evaluación cada año a cargo de un experto independiente. La evaluación correspondiente al ejercicio 2025 ha sido realizada con la colaboración de la firma Georgeson.
El resultado de la valoración está reflejado en el Informe Anual de Gobierno Corporativo
Matriz de habilidades.
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Enagás dispone de una matriz de habilidades de su Consejo que actualiza anualmente y que incorpora en el Estado de Información no financiera incluido en el Informe de Gestión consolidado del Grupo Enagás. Dicha matriz se publica en la web corporativa antes de la convocatoria de la Junta y se reproduce a continuación.
| Comisi | ón de Audito | oría y Cumpl | imiento | Comisión de Sostenibilidad y Nombramientos | Comisión de Retribuciones | |||||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| 1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 | 13 | 14 | 15 | ||
| Alta dirección | × | × | × | × | × | × | × | × | × | × | × | × | × | |||
| Experiencia en sector | × | × | × | × | × | × | × | × | × | × | × | |||||
| Experiencia internacional | × | × | × | × | × | × | × | × | × | × | × | × | ||||
| Auditoría y finanzas | × | × | х | × | × | × | × | × | × | × | × | × | × | |||
| Gestión de riesgos | × | × | × | × | × | × | × | × | ||||||||
| Estrategia | × | × | × | × | × | × | × | × | × | × | × | × | × | |||
| Experiencia institucional y servicio público | × | × | × | × | × | × | × | × | × | × | × | × | × | × | × | |
| Legal, regulatorio y gobierno corporativo | × | × | × | × | × | × | × | × | × | × | × | |||||
| Tecnología | × | × | × | × | × | × | × | × | × | |||||||
| Innovación | × | × | × | × | × | × | × | × | ||||||||
| Ciberseguridad y transformación digital | × | × | × | × | × | × | ||||||||||
| Gestión de personas, cultura y talento y derechos humanos | × | × | × | × | × | × | × | × | × | × | × | × | × | × | ||
| Sostenibilidad, cambio climático y medio ambiente | × | × | × | × | × | × | × | × | × | × | × | × | × | × |
La propuesta de reelección y nombramiento de Consejeros cumple la finalidad de seguir reforzando las habilidades del Consejo.
Implicación de los Consejeros.
Durante el ejercicio 2025 se celebraron 13 reuniones del Consejo de Administración. El detalle individualizado de la asistencia de los consejeros es el siguiente:
- − D. Antonio Llardén Carratalá (Presidente) ha asistido a todas las reuniones del Consejo.
- − D. Arturo Gonzalo Aizpiri (Consejero Delegado) ha asistido a todas las reuniones del Consejo.
- − Dª Ana Palacio Vallelersundi ha asistido a todas las reuniones del Consejo y de la Comisión de Sostenibilidad y Nombramientos.
- − Dª Eva Patricia Úrbez Sanz ha asistido a todas las reuniones del Consejo y de la Comisión de Auditoría y Cumplimiento.
- − Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI), representada por D. Bartolomé Lora Toro, ha asistido a todas las reuniones del Consejo y a todas las reuniones de la Comisión de Auditoría y Cumplimiento.
- − D. Santiago Ferrer Costa ha asistido a todas las reuniones del Consejo de Administración y a todas las reuniones de la Comisión de Sostenibilidad y Nombramientos.
- − D. José Blanco López ha asistido a todas las reuniones del Consejo de Administración y de la Comisión de Sostenibilidad y Nombramientos.
- − D. José Montilla Aguilera ha asistido a todas las reuniones del Consejo de Administración y de la Comisión de Auditoría y Cumplimiento hasta la fecha
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en la que dejo de ser miembro de la misma. Asimismo, ha asistido a todas las reuniones de la Comisión de Retribuciones desde su incorporación a la misma en fecha 16 de junio de 2025.
- − D. Cristóbal José Gallego Castillo ha asistido a todas las reuniones del Consejo de Administración, a excepción de la sesión del 17 de noviembre de 2025 y a todas las reuniones de la Comisión de Sostenibilidad y Nombramientos.
- − Dª Elena Massot Puey ha asistido a todas las reuniones del Consejo de Administración y de la Comisión de Auditoría y Cumplimiento.
- − Dª María Teresa Arcos Sánchez ha asistido a todas las reuniones del Consejo de Administración y de la Comisión de Retribuciones hasta la fecha en la que dejo de ser miembro de la misma. Asimismo, ha asistido a todas las reuniones de la de Auditoría y Cumplimiento desde su incorporación a la misma en fecha 16 de junio de 2025.
- − Dª María Teresa Costa Campí ha asistido a todas las reuniones del Consejo de Administración y de la Comisión de Sostenibilidad y Nombramientos.
- − Dª Clara Belén García Fernández-Muro ha asistido a todas las reuniones del Consejo de Administración y de la Comisión de Retribuciones.
- − D. Manuel Gabriel González Ramos ha asistido a todas las reuniones del Consejo de Administración y de la Comisión de Retribuciones.
- − D. David Sandalow ha asistido a todas las reuniones del Consejo de Administración a excepción de la sesión del 27 de marzo de 2025 y a todas las reuniones de la Comisión de Sostenibilidad y Nombramientos excepción de la sesión del 15 de diciembre de 2025.
Los Consejeros, en especial las Presidentas y el Presidente de las Comisiones, mantienen permanente contacto con aquellos Directivos responsables de las áreas de su competencia.
Por todo ello,
Se propone a la Junta General Ordinaria de Accionistas la adopción de los siguientes acuerdos que serán objeto de votación separada:
- "5. Reelección y nombramiento de miembros del Consejo de Administración. Las siguientes propuestas serán objeto de votación separada:
- 5.1 Reelegir Consejero por el período estatutario de cuatro años a D. Antonio Llardén Carratalá quien tendrá la condición de otro Consejero Externo.
- 5.2 Reelegir Consejero por el período estatutario de cuatro años a D. Arturo Gonzalo Aizpiri quien tendrá la condición de Consejero Ejecutivo.
- 5.3 Reelegir Consejera por el período estatutario de cuatro años a Dª. Ana Palacio Vallelersundi quien pasará a tener la condición de otra Consejera Externa.
- 5.4 Reelegir Consejera por el período estatutario de cuatro años a Dª. María Teresa Costa Campi quien tendrá la condición de Consejera Independiente.
- 5.5 Reelegir Consejera por el período estatutario de cuatro años a Dª. Clara Belén García Fernández-Muro quien tendrá la condición de Consejera Independiente.
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- 5.6 Reelegir Consejero por el período estatutario de cuatro años a D. Manuel Gabriel González Ramos quien tendrá la condición de Consejero Independiente.
- 5.7 Nombrar Consejero por el período estatutario de cuatro años a D. Vicente Pedret Clemente quien tendrá la condición de Consejero Independiente.
- 5.8 Mantener el número de miembros del Consejo de Administración en 15".
ACUERDO 6º
Delegación a favor del Consejo de Administración, con expresas facultades de sustitución, de la facultad para acordar la emisión, en una o varias veces, de cualesquiera valores de renta fija o instrumentos de deuda de análoga naturaleza, simples o garantizados por un importe máximo de cinco mil millones de euros (5.000.000.000 euros).
El artículo 16 de los Estatutos Sociales dispone que corresponde a la Junta General la facultad de emitir obligaciones simples o convertibles y/o canjeables en acciones, así como otros valores negociables que reconozcan o creen una deuda, con sujeción a la normativa vigente. No obstante, la Junta General de accionistas, en los términos legalmente previstos, podrá delegar en el Consejo de Administración esa facultad y, en su caso, la de acordar la exclusión del derecho de suscripción preferente. El Consejo de Administración podrá hacer uso de la referida delegación en una o varias veces y durante un plazo máximo de cinco años, pudiendo ser autorizado además por la Junta General para determinar el momento en que debe llevarse a efecto la emisión y fijar las condiciones no previstas en el acuerdo de la Junta. En la emisión de obligaciones convertibles en acciones, los accionistas de la Sociedad tendrán derecho de suscripción preferente de las obligaciones convertibles, sin perjuicio de que dicho derecho pueda ser excluido en los casos y con los requisitos establecidos en la normativa vigente. Las emisiones de valores que realicen las filiales de Enagás podrán ser garantizadas por la Sociedad.
La Junta General de Accionistas celebrada el 27 de mayo de 2021 otorgó autorización al Consejo de Administración para emitir obligaciones u otros títulos de renta fija, o instrumentos de análoga naturaleza, simples o garantizados, por importe máximo de cinco mil millones de euros (5.000.000.000 euros) dentro del plazo de cinco años a contar desde el acuerdo de la Junta. Dicho acuerdo se encuentra muy próximo a caducar.
El artículo 406 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital dispone que, salvo disposición contraria de los Estatutos (i) el órgano de administración será competente para acordar la emisión y la admisión a negociación de obligaciones, así como para acordar el otorgamiento de garantías de la emisión de obligaciones; y (ii) la junta general de accionistas será competente para acordar la emisión de obligaciones convertibles en acciones o de obligaciones que atribuyan a los obligacionistas una participación en las garantías sociales.
Si bien, el Consejo tiene la opción de proponer la modificación del artículo 16 de los Estatutos Sociales para adecuarlo a la redacción vigente del artículo 406 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital atribuyendo la facultad de emitir obligaciones al Consejo Administración en lugar de a la Junta, siendo, en todo caso, la Junta el órgano competente para acordar la emisión de obligaciones convertibles en acciones. No obstante, el Consejo considera que, pese a ser esa una opción legal, constituye una mejor práctica de buen gobierno mantener como hasta ahora la
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competencia de la Junta para acordar la emisión de todo tipo de obligaciones, sin perjuicio de delegar esa competencia en el Consejo de Administración.
El Consejo somete a la Junta, como puntos separados del Orden del día, sendas propuestas de delegación en el Consejo, por el plazo de cinco años en ambos casos, de la facultad de emitir obligaciones u otros valores que representen deuda no convertibles en acciones y de la facultad de emitir obligaciones convertibles en acciones.
Anexo a esta propuesta de acuerdos y como parte integrante de la misma se incluye el Informe del Consejo de Administración justificativo de esta propuesta.
Por ello, con relación las emisiones de obligaciones, bonos o cualesquiera valores de renta fija o instrumentos de deuda de análoga naturaleza, simples o garantizados no convertibles, objeto de este punto 6º del Orden del día,
Se propone a la Junta General Ordinaria de Accionistas la adopción del siguiente acuerdo:
Delegar en el Consejo de Administración de la Sociedad, con expresas facultades de sustitución, al amparo de lo dispuesto en los artículos 401 y siguientes de la LSC y 319 del Reglamento del Registro Mercantil, la facultad de emitir valores de renta fija o instrumentos de deuda de análoga naturaleza de acuerdo con las condiciones que se especifiquen a continuación:
1. Valores objeto de la emisión
Los valores negociables a que se refiere esta delegación podrán ser obligaciones, bonos y demás valores de renta fija o instrumentos de deuda de análoga naturaleza en cualquiera de las formas admitidas en Derecho. Asimismo, esta delegación también podrá ser utilizada para emitir pagarés, participaciones preferentes y otros valores de análoga naturaleza, bajo esta u otra denominación (los "Valores"). La delegación incluye la facultad para establecer y/o renovar programas de emisión continua o abierta de obligaciones, bonos, pagarés, European Commercial Paper, Euro Medium Term Notes y cualesquiera otros valores de renta fija de análoga naturaleza, bajo esta u otra denominación.
2. Plazo
Los Valores podrán emitirse en una o varias veces, en cualquier momento, dentro del plazo máximo de cinco (5) años, que comenzará a contar desde la fecha de adopción del presente acuerdo, al término de los cuales quedará cancelada por caducidad en la parte que no haya sido ejercitada.
3. Importe máximo de la delegación
El importe máximo agregado de la emisión o emisiones de Valores que puedan realizarse al amparo de la presente delegación no podrá exceder en un importe máximo de cinco mil millones de euros (5.000.000.000 euros) o su equivalente en otra divisa. A efectos aclaratorios, se computará a efectos del cálculo del anterior límite el saldo vivo de los Valores emitidos en cada momento. Asimismo, a los efectos del cálculo del importe de emisión objeto de delegación, no se tendrá en cuenta el importe de las emisiones de renta fija en circulación en la fecha de aprobación de este acuerdo.
4. Alcance de la delegación
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Corresponderá al Consejo de Administración determinar los términos y condiciones para cada emisión, incluyendo a mero título enunciativo y no limitativo:
- a) Su importe (respetando los límites cuantitativos aplicables).
- b) El lugar de emisión -nacional o extranjero- y la moneda o divisa y en caso de que sea extranjera, su equivalencia en euros.
- c) La clase de valor y la denominación, ya sean bonos u obligaciones –incluso subordinadas-, pagarés u otros valores de renta fija de análoga naturaleza, o cualquiera otra admitida en Derecho.
- d) La fecha o fechas de emisión.
- e) El número de valores y su valor nominal.
- f) El tipo de interés, las fechas y los procedimientos de pago del cupón, incluyendo la posibilidad de una remuneración referenciada a la evolución de la cotización de la acción de la Sociedad o cualesquiera otros índices o parámetros.
- g) El carácter de perpetua o amortizable y, en este último caso, el plazo y las modalidades de amortización y la fecha o fechas vencimiento.
- h) Los mecanismos y clausulas antidilución, en su caso.
- i) El régimen de prelación o las cláusulas de subordinación, en su caso.
- j) El tipo de reembolso, primas y lotes.
- k) Las garantías de la emisión, en su caso.
- l) La forma de representación, mediante títulos o anotaciones en cuenta o cualquier otra admitida en Derecho.
- m) El régimen de suscripción de los valores.
- n) La legislación aplicable.
- o) En su caso, designar al Comisario y aprobar las reglas fundamentales que hayan de regir las relaciones jurídicas entre la Sociedad y el Sindicato de tenedores de los valores que se emitan.
- p) Tratándose de programas de emisión, el importe total máximo del programa o programas, los importes nominales máximos y mínimos de los valores a emitir, el procedimiento o sistema de emisión y de adjudicación de los mismos y, en general, cualquier otro aspecto o condición de los emisores o programas, incluyendo su modificación posterior.
- q) La realización de cuantos trámites sean necesarios, de conformidad con la normativa de mercado de valores que resulte aplicable, para la ejecución de las concretas emisiones que se acuerden al amparo de la presente delegación.
La delegación incluye asimismo la atribución al consejo de administración de la facultad de que, en cada caso, pueda decidir respecto de las condiciones de amortización de los valores de renta fija emitidos en uso de esta autorización, pudiendo utilizar en la medida aplicable los medios de recogida a que se refiere el artículo 430 de la Ley de Sociedades de Capital o cualesquiera otros que resulten aplicables. Asimismo, el consejo de administración queda facultado para que, cuando
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lo estime conveniente, y condicionado a la obtención de las necesarias autorizaciones oficiales y, en su caso, a la conformidad de las Asambleas de los correspondientes Sindicatos u órganos de representación de los tenedores de los valores, modifique las condiciones de los valores emitidos, así como de las amortizaciones de los valores de renta fija emitidos y su respectivo plazo y el tipo de interés que, en su caso, devenguen los comprendidos en cada una de las emisiones que se efectúen al amparo de la presente autorización.
5. Garantía de emisiones de valores de sociedades filiales
El Consejo de Administración queda igualmente facultado, durante el plazo de cinco (5) años, para garantizar en nombre de la Sociedad, dentro de los límites anteriormente señalados, las nuevas emisiones de valores que, durante el plazo de vigencia del presente acuerdo, puedan llevar a cabo las sociedades filiales de la Sociedad.
6. Admisión a negociación
Se delega en el Consejo de Administración la facultad de solicitar la admisión a negociación en mercados regulados o no regulados, mercados secundarios oficiales o no oficiales, organizados o no, sistemas multilaterales de negociación nacionales o extranjeros, de los Valores emitidos en ejercicio de la presente delegación, quedando facultado el Consejo de Administración, con expresa autorización de sustitución a favor del Presidente del Consejo de Administración, del Consejero Delegado y del Secretario, para la realización de los trámites y actuaciones necesarios ante los organismos competentes de los distintos mercados de valores nacionales o extranjeros para la admisión a negociación. Se autoriza, en los mismos términos, para efectuar, en su caso, la solicitud de exclusión de la negociación de los Valores que se emitan por la Sociedad en ejercicio del presente acuerdo. En todo caso, dicha exclusión se efectuará de conformidad con la normativa legal vigente.
7. Delegación de facultades
Sin perjuicio de las delegaciones de facultades específicas contenidas en los apartados anteriores (las cuales se deben entender que se han concedido con expresas facultades de sustitución en los órganos y personas aquí detalladas), se acuerda facultar al Consejo de Administración, con toda la amplitud que se requiera en derecho y con expresas facultades de sustitución en los miembros del Consejo que estime conveniente, incluido el Secretario del Consejo, o en terceros cuando así lo acuerde para que cualquiera de ellos, indistintamente y con su sola firma, pueda solicitar cuantas autorizaciones y adoptar cuantos acuerdos sean necesarios o convenientes en orden al cumplimiento de la normativa legal vigente, ejecución y buen fin del presente acuerdo, incluyendo la realización de cualesquiera trámites, la suscripción de cualesquiera documentos públicos o privados, contratos de agencia de pagos, colocación, aseguramiento, cálculo y demás necesarios para una emisión de valores de estas características, así como folletos informativos o documentos equivalentes que pudieran ser necesarios en uso de la delegación del presente acuerdo.
Con la aprobación de este acuerdo se deja sin efecto en la parte no utilizada la autorización conferida al Consejo de Administración aprobada bajo el punto 8º del Orden del Día de la Junta General de accionistas de la Sociedad celebrada el 27 de mayo de 2021.
ACUERDO 7º
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Delegación a favor del Consejo de Administración durante el plazo máximo de cinco años, con expresas facultades de sustitución, de la facultad para acordar la emisión, en una o varias veces, de cualesquiera valores de renta fija o instrumentos de deuda de análoga naturaleza convertibles en o que den derecho a suscribir acciones de la Sociedad o que sean canjeables o den derecho a adquirir acciones de la Sociedad o de otras sociedades, por un importe máximo de mil millones (1.000.000.000) de euros; así como para aumentar el capital social en la cuantía necesaria, y para excluir, en su caso, el derecho de suscripción preferente hasta un límite del 10% del capital social en el momento de la presente delegación.
Por las razones indicadas en la propuesta del acuerdo relativa al anterior punto del Orden del día, se solicita de la Junta delegación en el Consejo de la facultad de emitir obligaciones u otros títulos convertibles en acciones. La delegación se hace por el plazo máximo de cinco años y está expresamente condicionada a que el total de los aumentos del capital social acordados por el Consejo de Administración, contando tanto aquellos que se acuerden en ejercicio de las facultades ahora delegadas como los que puedan serlo de conformidad con otras autorizaciones de la Junta, no supere el límite de la mitad del actual capital social previsto en el artículo 297.1 b) in fine de la LSC, ni el 10% de dicha cifra total del capital social en caso de que en la emisión de los valores convertibles se excluya el derecho de suscripción preferente de los accionistas. Con esta limitación, la propuesta va más allá de los prevista en la Recomendación 5ª del Código de Buen Gobierno de las Sociedades cotizadas de la CNMV, así como Ley 5/2021, de 12 de abril, por la que se modifica el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, y otras normas financieras, en lo que respecta al fomento de la implicación a largo plazo de los accionistas en las sociedades cotizadas, que establecen que el límite del aumento de capital que se lleve a cabo con exclusión del derecho de suscripción preferente no supere el 20% del capital social.
Anexo a esta propuesta de acuerdos y como parte integrante de la misma se incluye el Informe del Consejo de Administración justificativo de esta propuesta.
Por todo ello,
Se propone a la Junta General Ordinaria de Accionistas la adopción del siguiente acuerdo:
Delegar en el Consejo de Administración de la Sociedad, con expresas facultades de sustitución, al amparo de lo dispuesto en los artículos 297.1.b), 401 y siguientes, 417 y 511 de la LSC y 319 del Reglamento del Registro Mercantil, la facultad de emitir valores negociables de acuerdo con las condiciones que se especifiquen a continuación:
1. Valores objeto de la emisión
Los valores a los que se refiere esta delegación podrán ser obligaciones, bonos canjeables por acciones de la Sociedad o de cualquier otra sociedad, pertenezca o no a su Grupo, y/o convertibles en acciones de la Sociedad, y demás valores de renta fija o instrumentos de deuda de análoga naturaleza en cualquiera de las formas admitidas en Derecho, incluyendo, sin carácter limitativo, cédulas, pagarés, participaciones preferentes o warrants u otros valores análogos, que puedan dar derecho, directa o indirectamente a la suscripción o adquisición de acciones de la Sociedad, o de cualquier otra sociedad, pertenezca no a su Grupo.
2. Plazo
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La emisión de los valores podrá efectuarse en una o en varias veces, en cualquier momento, dentro del plazo máximo de cinco (5) años a contar desde la fecha de adopción del presente acuerdo.
3. Importe máximo de la delegación
El importe máximo total de la emisión o emisiones de valores será de mil millones (1.000.000.000) de euros o su equivalente en otra divisa. A efectos del cálculo del anterior límite, no se computarán a estos efectos emisiones realizadas al amparo de la delegación contenida en el Punto 6º del Orden del Día. En el caso de warrants se tendrá en cuenta la suma de primas y precios de ejercicio de los warrants de las emisiones que se acuerden al amparo de esta delegación.
4. Alcance de la delegación
Corresponderá al Consejo de Administración determinar los términos y condiciones para cada emisión, incluyendo a mero título enunciativo y no limitativo:
- a) Su importe (respetando los límites cuantitativos aplicables).
- b) El lugar de emisión –nacional o extranjero– y la moneda o divisa y en caso de que sea extranjera, su equivalencia en euros.
- c) La clase de valor y la denominación, ya sean bonos u obligaciones –incluso subordinadas u otros valores de renta fija de análoga naturaleza–, o cualquiera otra admitida en Derecho, pudiendo ser total o parcialmente canjeables o convertibles (necesariamente y/o voluntariamente y, en este último caso, a opción del titular y/o del emisor) por acciones en circulación o de nueva emisión de la Sociedad u otros valores preexistentes de otras entidades, o incorporar un derecho de opción de compra.
- d) La fecha o fechas de emisión.
- e) El número de valores y su valor nominal, que no será inferior al nominal de las acciones.
- f) El tipo de interés, las fechas y los procedimientos de pago del cupón, incluyendo la posibilidad de una remuneración referenciada a la evolución de la cotización de la acción de la Sociedad o cualesquiera otros índices o parámetros.
- g) El carácter de perpetua o amortizable y, en este último caso, el plazo y las modalidades de amortización y la fecha o fechas vencimiento.
- h) El carácter de convertible y/o canjeable, así como la posibilidad de atender la conversión o canje o amortizar total o parcialmente la emisión en efectivo en cualquier momento.
- i) Los mecanismos y las cláusulas antidilución.
- j) El régimen de prelación y las cláusulas de subordinación, en su caso.
- k) El tipo de reembolso, primas y lotes
- l) Las garantías de la emisión, en su caso.
- m) La forma de representación, mediante títulos o anotaciones en cuenta o cualquier otra admitida en Derecho.
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- n) El régimen de ejercicio o exclusión del derecho de suscripción preferente respecto de los titulares de acciones así como, en general, el régimen de suscripción y desembolso de los valores.
- o) La previsión de suscripción incompleta de la emisión.
- p) La legislación aplicable.
- q) La realización de cuantos trámites sean necesarios, de conformidad con la normativa de mercado de valores que resulte aplicable, para la ejecución de las concretas emisiones que se acuerden llevar a cabo al amparo de la presente delegación.
- r) En su caso, designar al Comisario y aprobar las reglas fundamentales que hayan de regir las relaciones jurídicas entre la Sociedad y el Sindicato de tenedores de los valores que se emitan.
La delegación incluye asimismo la atribución al consejo de administración de la facultad de que, en cada caso, pueda decidir respecto de las condiciones de amortización de los valores de renta fija emitidos en uso de esta autorización, pudiendo utilizar en la medida aplicable los medios de recogida a que se refiere el artículo 430 de la Ley de Sociedades de Capital o cualesquiera otros que resulten aplicables. Asimismo, el consejo de administración queda facultado para que, cuando lo estime conveniente, y condicionado a la obtención de las necesarias autorizaciones oficiales y, en su caso, a la conformidad de las Asambleas de los correspondientes Sindicatos u órganos de representación de los tenedores de los valores, modifique las condiciones de las amortizaciones de los valores de renta fija emitidos y su respectivo plazo y el tipo de interés que, en su caso, devenguen los comprendidos en cada una de las emisiones que se efectúen al amparo de la presente autorización.
5. Bases y modalidades de la conversión
En el caso de emisiones de valores de renta fija convertibles en acciones de la Sociedad realizadas de acuerdo con los apartados anteriores y a los efectos de la determinación de las bases y modalidades de la conversión, se acuerda establecer los siguientes criterios:
- (i) Los valores que se emitan al amparo de este acuerdo podrán ser convertibles y/o canjeables, total o parcialmente, en acciones de nueva emisión de la Sociedad o canjeables por acciones en circulación de la Sociedad, ordinarias de cualquier tipo, con arreglo a una relación de conversión y/o canje fija (determinada o determinable) o variable, quedando facultado el Consejo de Administración para decidir si son necesaria o voluntariamente convertibles y/o canjeables, y en el caso de que lo sean voluntariamente, a opción de sus titulares o de la Sociedad, con la periodicidad y durante el plazo que se establezca en el acuerdo de emisión y que no podrá exceder de treinta (30) años contados desde la correspondiente fecha de emisión. El Consejo de Administración podrá establecer que la Sociedad se reserve el derecho de optar, en cualquier momento, entre la conversión en acciones nuevas de la Sociedad o la entrega de acciones ya existentes de la Sociedad, concretándose la naturaleza de las acciones a entregar al tiempo de realizar la conversión, pudiendo optar incluso por entregar una combinación de acciones de nueva emisión de la Sociedad con acciones preexistentes, respetando siempre la igualdad de trato entre todos los titulares de valores que conviertan en una misma fecha. La Sociedad podrá igualmente optar por abonar un importe en efectivo en sustitución de su obligación de entrega de acciones, total o parcialmente.
- (ii) Si la relación de conversión y/o canje por acciones de la Sociedad fuera fija, las obligaciones o bonos convertibles y/o canjeables se valorarán por su importe nominal
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y las acciones al cambio fijo que se determine en el acuerdo del Consejo de Administración, o al cambio determinable en la fecha o fechas que se indiquen en el propio acuerdo del Consejo de Administración, y en función del valor de cotización en Bolsa de las acciones de la Sociedad en la fecha/s o período/s que se tomen como referencia en el mismo acuerdo. En todo caso, el precio de las acciones no podrá ser inferior a la media aritmética de los precios de cierre, el precio medio ponderado u otra referencia de cotización de las acciones de la Sociedad en el Mercado Continuo durante el período a determinar por el Consejo de Administración, que no podrá ser mayor de tres (3) meses ni menor a tres (3) días, anterior a (i) la fecha de celebración del Consejo de Administración que, haciendo uso de la presente delegación, apruebe la emisión de los valores, o (ii) una fecha concreta comprendida entre la del anuncio de la emisión y la del desembolso de los valores por los suscriptores (ambas inclusive). Asimismo, podrá establecerse una prima o, en su caso, un descuento sobre dicho precio por acción, si bien, en el caso de fijarse un descuento sobre el precio por acción, éste no podrá ser superior a un 25% del valor de las acciones que se tome como referencia de conformidad con lo previsto anteriormente.
- (iii) Podrá acordarse emitir las obligaciones o bonos con una relación de conversión y/o canje variable. En este caso, el precio de las acciones a efectos de la conversión y/o canje será la media aritmética de los precios de cierre, el precio medio ponderado u otra referencia de cotización de las acciones de la Sociedad en el Mercado Continuo durante un período a determinar por el Consejo de Administración, no superior a tres (3) meses ni inferior a tres (3) días antes de la fecha de conversión y/o canje, con una prima o, en su caso, un descuento sobre dicho precio por acción. La prima o descuento podrá ser distinta para cada fecha de conversión y/o canje de cada emisión (o, en su caso, cada tramo de una emisión), si bien en el caso de fijarse un descuento sobre el precio por acción, éste no podrá ser superior a un 25%. No obstante lo anterior, en los términos que decida el Consejo, se podrán establecer, como límites, un precio de referencia mínimo y/o máximo de las acciones a los efectos de su conversión y/o canje.
- (iv) Cuando proceda la conversión, las fracciones de acción que en su caso correspondiera entregar al titular de los valores se redondearán en la forma que determine el Consejo de Administración y cada titular podrá recibir, si así lo establece el Consejo de Administración, en caso de redondeo por defecto, en metálico la diferencia que en tal supuesto pueda producirse.
- (v) En ningún caso el valor de la acción a efectos de la relación de conversión de las obligaciones por acciones podrá ser inferior a su valor nominal. Asimismo, conforme a lo previsto en el artículo 415 de la LSC, no podrán ser convertidas obligaciones en acciones cuando el valor nominal de aquéllas sea inferior al de éstas.
- (vi) Al tiempo de aprobar una emisión de obligaciones o bonos convertibles y/o canjeables al amparo de la autorización contenida en este acuerdo, el Consejo de Administración emitirá un informe desarrollando y concretando, a partir de los criterios anteriormente descritos, las bases y modalidades de la conversión específicamente aplicables a la indicada emisión. Este informe será acompañado del correspondiente informe de un auditor de cuentas a que se refiere el artículo 414.2 de la LSC.
Se delega en el Consejo de Administración la facultad de desarrollar y concretar las bases y modalidades de la conversión y/o canje anteriormente establecidos y, especialmente, la de determinar el momento de la conversión y/o canje, que podrá limitarse a un período fijado de antemano, la titularidad del derecho de conversión y/o canje, que podrá corresponder a la propia Sociedad o a los titulares de obligaciones y/o bonos, la forma de satisfacer a los obligacionistas (que podrá ser mediante conversión, canje, entrega de una cantidad en efectivo o una combinación de cualquiera de las anteriores o incluso una conversión obligatoria, para cuya
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concreta determinación tendrá el Consejo libertad para optar por lo que determine más conveniente, incluso en el mismo momento de la ejecución) y, en general, cuantos otros elementos o condiciones sean necesarios o convenientes establecer para cada emisión.
6. Bases y modalidades del ejercicio de los warrants y otros valores análogos
En caso de emisiones de warrants, se acuerda establecer los siguientes criterios:
- (i) En caso de emisiones de warrants, a las que se aplicará por analogía lo establecido en la LSC para las obligaciones convertibles, para la determinación de las bases y modalidades de su ejercicio, el Consejo de Administración queda facultado para determinar, en los más amplios términos, los criterios aplicables al ejercicio de los derechos de suscripción o adquisición de acciones de la Sociedad o de otra sociedad, del Grupo o no, o a una combinación de cualquiera de ellas, derivados de los valores de esta clase que se emitan al amparo de la delegación aquí concedida, aplicándose en relación con tales emisiones los criterios establecidos en el apartado 5 anterior, con las necesarias adaptaciones a fin de hacerlas compatibles con el régimen jurídico y financiero de esta clase de valores.
- (ii) Los criterios anteriores serán de aplicación, mutatis mutandi y en la medida en que resulten aplicables, en relación con la emisión de valores de renta fija (o warrants) canjeables en acciones de otras sociedades.
7. Aumento de capital
Se delega en el Consejo de Administración la facultad de aumentar el capital mediante la emisión de nuevas acciones ordinarias en la cuantía necesaria para atender las solicitudes de conversión de los valores convertibles emitidos al amparo de este acuerdo. Dicha facultad estará condicionada a que el total de los aumentos del capital social acordados por el Consejo de Administración, contando tanto aquellos que se acuerden en ejercicio de las facultades ahora delegadas como los que puedan serlo de conformidad con otras autorizaciones de la Junta, no supere el límite de la mitad del actual capital social previsto en el artículo 297.1 b) in fine de la LSC, ni el 10% de dicha cifra total del capital social en caso de que en la emisión de los valores convertibles se excluya el derecho de suscripción preferente de los accionistas. Esta autorización para aumentar el capital incluye la de emitir y poner en circulación, en una o varias veces, las acciones representativas del mismo que sean necesarias para llevar a efecto la conversión, así como la de dar nueva redacción al artículo de los Estatutos sociales relativo a la cifra del capital y para, en su caso, anular la parte de dicho aumento de capital que no hubiere sido necesaria para la conversión en acciones.
8. Exclusión del derecho de suscripción preferente
Se delega expresamente en el Consejo de Administración, al amparo de los artículos 417 y 511 de la LSC, la facultad de excluir, total o parcialmente, el derecho de suscripción preferente de los accionistas en las emisiones de obligaciones o bonos convertibles, warrants y demás valores asimilables a éstos, que eventualmente decida realizar al amparo de esta autorización, cuando ello sea necesario o conveniente para el interés social. En todo caso, si se decidiera ejercer la facultad conferida de supresión del derecho de suscripción preferente, el Consejo emitirá al tiempo de aprobar la emisión y conforme a la normativa aplicable, un informe detallando las concretas razones de interés social que justifiquen dicha medida, que será objeto del correlativo informe de un experto independiente de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 414.2, 417.2 y 511 de la LSC.
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9. Admisión a negociación
Se delega en el Consejo de Administración la facultad de solicitar la admisión a negociación en mercados regulados o no regulados, mercados secundarios oficiales o no oficiales, organizados o no, sistemas multilaterales de negociación nacionales o extranjeros, de los Valores emitidos en ejercicio de la presente delegación, quedando facultado el Consejo de Administración, con expresa autorización de sustitución a favor del Presidente del Consejo de Administración, del Consejero Delegado y del Secretario, para la realización de los trámites y actuaciones necesarios ante los organismos competentes de los distintos mercados de valores nacionales o extranjeros para la admisión a negociación.
Se hace constar expresamente que, en el caso de posterior solicitud de exclusión de la negociación, ésta se adoptará con las mismas formalidades que la solicitud de admisión, en la medida en que sean de aplicación, y, en tal supuesto, se garantizará el interés de los accionistas u obligacionistas que se opusieran o no votaran el acuerdo en los términos previstos en la legislación vigente. Asimismo, se declara expresamente el sometimiento de la Sociedad a las normas que existan o puedan dictarse en un futuro en materia de Bolsas o de los mercados donde se vayan negociar los valores que se emitan al amparo de esta delegación y, especialmente, sobre contratación, permanencia y exclusión de la negociación.
10. Garantía de emisiones de valores de renta fija convertibles y/o canjeables o warrants por sociedades del Grupo.
El Consejo de Administración queda igualmente autorizado para garantizar en nombre de la Sociedad, dentro de los límites anteriormente señalados, las nuevas emisiones de valores de renta fija convertibles y/o canjeables o warrants que, durante el plazo de vigencia de este acuerdo, lleven a cabo las sociedades dependientes.
11. Facultades de delegación y sustitución y de otorgamiento de poderes
Sin perjuicio de las delegaciones de facultades específicas contenidas en los apartados anteriores (las cuales se deben entender que se han concedido con expresas facultades de sustitución en los órganos y personas aquí detalladas), se acuerda facultar al Consejo de Administración, con toda la amplitud que se requiera en derecho y con expresas facultades de sustitución en los miembros del Consejo que estime conveniente, incluido el Secretario del Consejo, o en terceros cuando así lo acuerde para que cualquiera de ellos, indistintamente y con su sola firma, pueda solicitar cuantas autorizaciones y adoptar cuantos acuerdos sean necesarios o convenientes en orden al cumplimiento de la normativa legal vigente, ejecución y buen fin del presente acuerdo, incluyendo la realización de cualesquiera trámites, la suscripción de cualesquiera documentos públicos o privados, contratos de agencia de pagos, colocación, aseguramiento, cálculo y demás necesarios para una emisión de valores de estas características, así como folletos informativos o documentos equivalentes que pudieran ser necesarios en uso de la delegación del presente acuerdo.
12. Informe de administradores
De conformidad con los artículos 286, 297.1.b) y 511 de la LSC, el Consejo de Administración ha puesto a disposición de los accionistas un informe justificativo de la presente propuesta de acuerdo.
Con la aprobación de este acuerdo se deja sin efecto la autorización conferida al Consejo de Administración aprobada bajo el punto 9º del Orden del Día de la Junta General de accionistas de la Sociedad celebrada el 27 de mayo de 2021.
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ACUERDO 8º
Sometimiento a votación con carácter consultivo del Informe Anual sobre Remuneraciones de los Consejeros a los efectos del artículo 541 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital.
El artículo 541 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital dispone que el consejo de administración de las sociedades anónimas cotizadas deberá elaborar y publicar un informe sobre remuneraciones de los consejeros, incluyendo las que perciban o deban percibir en su condición de tales y, en su caso, por el desempeño de funciones ejecutivas. El Informe Anual sobre Remuneraciones de los Consejeros se someterá a votación, con carácter consultivo y como punto separado del orden del día a la junta general ordinaria de accionistas.
El artículo 529 novodecies del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital establece que la política de remuneraciones de los consejeros se ajustará en lo que corresponda al sistema de remuneración estatutariamente previsto y se aprobará por la junta general de accionistas al menos cada tres años como punto separado del orden del día. La política de remuneraciones de los consejeros así aprobada mantendrá su vigencia durante los tres ejercicios siguientes a aquel en que haya sido aprobada por la junta general. Cualquier remuneración que perciban los consejeros por el ejercicio o terminación de su cargo y por el desempeño de funciones ejecutivas será acorde con la política de remuneraciones de los consejeros vigente en cada momento, salvo las remuneraciones que expresamente haya aprobado la junta general de accionistas.
El Consejo de Administración de Enagás, S.A, en su reunión de 19 de febrero de 2024, acordó someter a la aprobación de la Junta General, a los efectos previstos en el artículo 529 novodecies de la Ley de Sociedades de Capital y en el artículo 36 de los Estatutos Sociales la "Política de remuneraciones de los Consejeros para los ejercicios 2025, 2026 y 2027" que fue aprobada por la Junta el 21 de marzo de 2024 con el voto favorable de 77,458% de los votos emitidos bajo el punto 7º del orden del día. Esta política está en vigor desde el 1 de enero de 2025.
El Informe Anual sobre Remuneraciones de los Consejeros que ahora se somete a votación con carácter consultivo está referido a dicha Política.
El citado informe se ajusta a lo dispuesto en el artículo 541 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital y en el mismo se incluyen las remuneraciones de los Consejeros, incluyendo las que perciben o deben percibir en su condición de tales y, en su caso, por el desempeño de sus funciones ejecutivas. El informe se ajusta al contenido y estructura determinado por el Ministerio de Economía y Competitividad y por la Comisión Nacional del Mercado de Valores e incluye (i) información clara, completa y comprensible sobre la Política de Remuneraciones de los Consejeros aplicable al ejercicio en curso; (ii) un resumen global sobre la aplicación de la Política de Remuneraciones durante el ejercicio cerrado; (iii) así como el detalle de las remuneraciones individuales devengadas por todos los conceptos por cada uno de los consejeros en dicho ejercicio.
Anexo a esta propuesta de acuerdos y como parte integrante de la misma se pone a disposición de los accionistas el Informe Anual sobre Remuneraciones de los Consejeros.
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Por todo ello, se propone a la Junta General Ordinaria de Accionistas la adopción del siguiente acuerdo que se somete a votación con carácter consultivo:
"Aprobar el Informe Anual sobre Remuneraciones de los Consejeros que se pone a disposición de los accionistas a los efectos del artículo 541 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital."
ACUERDO 9º
Delegación de facultades para complementar, desarrollar, ejecutar, subsanar y formalizar los acuerdos adoptados por la Junta General de Accionistas.
Se propone a la Junta General Ordinaria de Accionistas la adopción del siguiente acuerdo:
"Primero.- Delegar en el Consejo de Administración, con la mayor amplitud posible, cuantas facultades fueran precisas para complementar, desarrollar, ejecutar y subsanar cualquiera de los acuerdos adoptados por la Junta General. La facultad de subsanar comprenderá la facultad de hacer cuantas modificaciones, enmiendas y adiciones fueran necesarias o convenientes como consecuencia de reparos u observaciones suscitados por los organismos reguladores de los mercados de valores, las Bolsas de Valores, el Registro Mercantil y cualquier otra autoridad pública con competencias relativas a los acuerdos adoptados.
Segundo.- Delegar indistintamente en el Presidente del Consejo de Administración, en el Secretario y en cada uno de los miembros del Consejo de Administración las facultades necesarias para formalizar los acuerdos adoptados por la Junta General e inscribir los que estén sujetos a este requisito, en su totalidad o en parte, pudiendo al efecto otorgar toda clase de documentos públicos o privados, incluso para el complemento o subsanación de tales acuerdos."
La presente propuesta de acuerdos fue aprobada por el Consejo de Administración en su reunión de 16 de febrero de 2026.
El Secretario General y del Consejo de Administración Diego Trillo Ruiz Enagás, S.A.
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PROCEDIMIENTO PARA LA EMISIÓN DE VOTO Y OTORGAMIENTO DE REPRESENTACIÓN DE LA JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS POR MEDIOS DE COMUNICACIÓN A DISTANCIA Y ASISTENCIA Y VOTO TELEMÁTICOS
De conformidad con lo previsto en los artículos 189, 190.1 y 521 de la Ley de Sociedades de Capital, el artículo 27 de los Estatutos Sociales y los artículos 1, 10, 11.1 y 11.2 apartado B) del Reglamento de la Junta General de Accionistas, todo accionista de la Sociedad que tenga derecho de voto podrá emitir su voto y otorgar la representación por medios de comunicación a distancia, salvo respecto de los acuerdos en los que esté en situación de conflicto de interés según la Ley de Sociedades de Capital, los Estatutos Sociales y el Reglamento de la Junta General de Accionistas, mediante i) correspondencia postal y ii) comunicación electrónica, así como emitir su voto en la Oficina de Información al Accionista.
A estos efectos, en los citados artículos de los Estatutos Sociales y del Reglamento de la Junta General se delegan en el Consejo de Administración las facultades necesarias para desarrollar las normas complementarias y de desarrollo de la regulación del ejercicio del derecho de voto y de delegación por medios de comunicación a distancia, así como para determinar los medios electrónicos o telemáticos que puedan ser empleados en cada Junta para asistir y/o conferir la representación y para votar, atendiendo al estado de la técnica.
En virtud de esta delegación, el Consejo de Administración de Enagás, S.A. (en adelante, la "Sociedad") en su reunión de fecha 16 de febrero de 2026, ha acordado que en la próxima Junta General de Accionistas, cuya celebración está prevista en Madrid, en primera convocatoria, el día 25 de marzo de 2026 a las 12:00 horas en Avenida Partenón 5, 28042 Madrid (Auditorio Ifema Sur) y, en caso de no alcanzarse el quórum de asistencia requerido por la Ley y los Estatutos, en segunda convocatoria, el día 26 de marzo de 2026 a las 12:00 horas, igualmente en Avenida Partenón 5, 28042 Madrid (Auditorio Ifema Sur) se aplicarán las siguientes reglas en materia de voto y otorgamiento de representación por medios de comunicación a distancia y de asistencia y voto telemático a la Junta General.
1.- VOTO POR MEDIOS DE COMUNICACIÓN A DISTANCIA CON CARÁCTER PREVIO A LA JUNTA GENERAL.
De conformidad con lo establecido en los artículos 27 de los Estatutos Sociales y 1, 11.1 y 11.2 apartado B) del Reglamento de la Junta General y de conformidad con lo acordado por el Consejo de Administración, el voto sobre las propuestas relativas a puntos correspondientes en el orden del día podrá ejercitarse por los accionistas con carácter previo a la Junta General mediante: i) correspondencia postal, ii) comunicación electrónica, o iii) mediante voto en la Oficina de Información al Accionista, siguiendo las siguientes instrucciones.
1.1.- Voto por correspondencia postal.
Los accionistas que deseen votar mediante correspondencia postal, deberán remitir a la Sociedad (Enagás, S.A. –Oficina de Información al Accionista– Paseo de los Olmos 19, 28005 Madrid), en sobre cerrado, la tarjeta de asistencia, delegación y
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voto, emitida por las Entidades Adheridas a la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores (IBERCLEAR) en la que conste, con claridad, la identidad del accionista, el número de acciones de las que es titular, el sentido de su voto respecto de los puntos del orden del día, así como su firma autógrafa. En el caso de que el accionista sea persona jurídica, deberá remitir, además de la firma autógrafa del representante, documento que acredite legalmente la representación.
En el supuesto de que la tarjeta expedida por la entidad participante de IBERCLEAR no incorpore el apartado relativo a "Voto a distancia" o este estuviera incompleto, el accionista podrá completarla utilizando el modelo de tarjeta que la Sociedad pone a su disposición en la página web de la Sociedad (www.enagas.es). Dicha tarjeta debidamente cumplimentada y firmada deberá hacerse llegar a la Sociedad
1.2.- Voto mediante comunicación electrónica.
1.2.1.- Voto electrónico
Los accionistas que deseen votar electrónicamente deberán hacerlo a través de la página web de la Sociedad (www.enagas.es), sección "Accionistas e Inversores", en el apartado destinado a la Junta General de Accionistas, siguiendo las instrucciones que al efecto aparecen especificadas en cada una de las pantallas de la citada web y completando los formularios disponibles en la misma. Para ello harán constar su identidad mediante firma electrónica reconocida con las garantías que se indican a continuación, así como el número de acciones de que es titular y el sentido de su voto respecto de los puntos del orden del día.
De conformidad con lo previsto en los artículos 27 de los Estatutos Sociales y 11.2 apartado B) del Reglamento de la Junta General, las garantías que el Consejo de Administración estima adecuadas para asegurar la identificación del accionista que ejercita su derecho al voto es la firma electrónica reconocida en los términos previstos en la Ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza, siempre que esté basada en (i) el Certificado Electrónico de Usuario emitido por la Entidad Pública de Certificación Española (CERES) dependiente de la Fábrica Nacional de la Moneda y Timbre, respecto al cual no conste su revocación, (ii) el certificado electrónico reconocido incorporado al Documento Nacional de Identidad electrónico emitido de conformidad con el Real Decreto 1553/2005, de 23 de diciembre, por el que se regula la expedición del Documento Nacional de Identidad y sus certificados de firma electrónica, el certificado será obtenido por el accionista, sin cargo para la Sociedad, y deberá estar vigente en el momento de efectuar el voto; o (iii) las credenciales usuario/contraseña que el accionista recibirá en su dirección de correo electrónico, previa petición a través de un formulario especial de solicitud de credenciales disponible en la propia plataforma de voto, delegación electrónica y asistencia telemática, y tras la verificación de su identidad y de su condición de accionista.
1.2.2.- Voto telefónico.
Asimismo, los accionistas personas físicas también podrán emitir su voto con anterioridad a la celebración de la Junta General de Accionistas llamando al teléfono +34 910 607 385.
Para poder ejercer el voto telefónico, el accionista deberá (i) identificarse con su nombre completo y apellidos, (ii) indicar el número de su Documento Nacional de Identidad o pasaporte y (iii) indicar el número de acciones de que sea titular o cotitular (en caso de que las acciones estén en varias cuentas de valores, bastará
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con indicar el número de acciones en una de las cuentas), lo que la Sociedad verificará en tiempo real, siempre que no existan impedimentos técnicos para ello.
1.3.- Voto en la Oficina de Información al Accionista.
En el caso de que el accionista decida emitir su voto, personalmente o mediante representante, en la Oficina de Información al Accionista, deberá presentar la tarjeta de asistencia, delegación y voto en la que conste, con claridad, la identidad del accionista, el número de acciones de las que es titular, el sentido de su voto en cada uno de los puntos del orden del día, así como su firma autógrafa, y exhibir el documento nacional de identidad o pasaporte, si el accionista es persona física. Asimismo, en caso de representación, tanto si el accionista es persona física como si es persona jurídica, el representante deberá exhibir el documento que acredite la representación.
1.4.- Reglas específicas sobre el sentido del voto.
Si en relación con alguno de los puntos del orden del día, el accionista que emita su voto a distancia no marcara alguna de las casillas destinadas al efecto, se entenderá que vota a favor de la correspondiente propuesta del Consejo de Administración.
2.- OTORGAMIENTO DE REPRESENTACIÓN MEDIANTE SISTEMAS DE COMUNICACIÓN A DISTANCIA.
De conformidad con lo establecido en los artículos 27 de los Estatutos Sociales y 10 del Reglamento de la Junta General, los accionistas podrán otorgar su representación para la Junta General mediante correspondencia postal o comunicación electrónica, siguiendo las siguientes instrucciones.
2.1.- Otorgamiento de representación por correspondencia postal.
Los accionistas que deseen otorgar su representación mediante correspondencia postal, deberán cumplimentar la tarjeta de asistencia, delegación y voto emitida por las Entidades Adheridas a la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores (IBERCLEAR) en su apartado de "Delegación", con su firma manuscrita y copia de su documento nacional de identidad o pasaporte, y remitirla al domicilio social de la Sociedad (Enagás, S.A. –Oficina de Información al Accionista– Paseo de los Olmos 19, 28005 Madrid), en sobre cerrado.
2.2.- Otorgamiento de representación mediante comunicación electrónica
Los accionistas que deseen otorgar su representación mediante comunicación electrónica podrán hacerlo a través de la página web (www.enagas.es), sección "Accionistas e Inversores", siguiendo las instrucciones que al efecto aparecen especificadas en cada una de las pantallas de la citada web y completando los formularios disponibles en la misma. Para ello harán constar su identidad mediante firma electrónica reconocida con las garantías que se indican a continuación, así como el número de acciones de que es titular y el representante designado.
De conformidad con los artículos 27 de los Estatutos Sociales y 10 del Reglamento de la Junta General, las garantías que el Consejo de Administración estima adecuadas para asegurar la identificación del accionista que ejercita su derecho de representación es la firma electrónica basada en un certificado cualificado en los términos previstos en la normativa aplicable siempre que esté basada en (i) el Certificado Electrónico de Usuario emitido por la Entidad Pública de Certificación Española (CERES) dependiente de la Fábrica Nacional de la Moneda y Timbre, respecto al cual no conste su revocación, (ii) el certificado electrónico cualificado
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incorporado al Documento Nacional de Identidad electrónico emitido de conformidad con el Real Decreto 1553/2005, de 23 de diciembre, por el que se regula la expedición del Documento Nacional de Identidad y sus certificados de firma electrónica, el certificado será obtenido por el accionista, sin cargo para la Sociedad, y deberá estar vigente en el momento de efectuar la delegación; o (iii) las credenciales usuario/contraseña que el accionista recibirá en su dirección de correo electrónico, previa petición a través de un formulario especial de solicitud de credenciales disponible en la propia plataforma de voto, delegación electrónica y asistencia telemática, y tras la verificación de su identidad y de su condición de accionista.
2.3.- Disposiciones comunes al otorgamiento de representación por medios de comunicación a distancia.
El accionista que otorgue su representación por medios de comunicación a distancia se obliga a comunicar al representante designado la representación conferida. A estos efectos, en el día y lugar de la celebración de la Junta General, los representantes designados deberán identificarse mediante su Documento Nacional de Identidad o pasaporte, y entregar una copia impresa de la delegación efectuada por medios postales o electrónicos, debidamente firmada por el representante y el accionista representado.
Cuando la representación se otorgue al Presidente o cualquier otro miembro del Consejo de Administración, incluido el Secretario o, si lo hubiere, Vicesecretario aunque no reúnan la condición de Consejeros, esta comunicación se entenderá realizada mediante la recepción por la Sociedad de la representación conferida. Toda delegación que no contenga expresión nominativa de la persona en quien se delega, se entenderá conferida al Presidente de la Junta.
Ningún accionista podrá ser representado por más de un representante.
2.4.- Reglas específicas sobre el sentido del voto.
Si en relación con alguno de los puntos del orden del día, el accionista que otorgue su representación no marcara alguna de las casillas destinadas al efecto, se entenderá que otorga instrucciones de votar a favor de la correspondiente propuesta del Consejo de Administración.
3.- REGLAS COMUNES.
3.1.- Plazo del ejercicio para la representación y voto por medios de comunicación a distancia.
Para que las representaciones otorgadas y los votos emitidos por cualquiera de los anteriores medios sean válidos, deberán recibirse en el domicilio social de la Sociedad (Enagás, S.A. −Oficina de Información del Accionista− Paseo de los Olmos 19, Madrid), en el número de teléfono +34 910 607 385 o a través de su página web (www.enagas.es), según sea el caso, entre el día de publicación del anuncio de convocatoria de la Junta General y no más tarde de las 24 horas anteriores a la fecha y hora prevista para la celebración, en segunda convocatoria, de la Junta General de Accionistas, es decir, no más tarde del día 25 de marzo de 2026 a las 12:00 horas. A efectos de las comunicaciones electrónicas, la Sociedad implantará un sistema de fechado electrónico con base en una fuente objetiva de tiempo, para acreditar el momento de la recepción de la delegación o del voto electrónicos.
Con posterioridad al plazo indicado, sólo se admitirán las representaciones conferidas por escrito que se presenten en las mesas de registro de entrada de accionistas, en el lugar y día señalados para la celebración de la Junta General.
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3.2.- Reglas de prelación sobre la asistencia, voto y representación por medios de comunicación a distancia.
3.2.1. Prioridad de la asistencia personal o telemática.
Según disponen los artículos 27 de los Estatutos Sociales y 10 y 11.5 apartado B) del Reglamento de la Junta General, la asistencia personal, física o telemática, del accionista a la Junta General tendrá el efecto de revocar la representación otorgada y el voto emitido previamente por medios de comunicación a distancia.
3.2.2. Prioridad del voto a distancia sobre el otorgamiento de representación.
El voto efectuado a través de cualquier medio de comunicación a distancia hará ineficaz cualquier otorgamiento de representación electrónica o mediante correspondencia postal o por cualquier otro medio, ya sea anterior, que se tendrá por revocada, o posterior, que se tendrá por no efectuada.
3.2.3. Prioridad en caso de realización de varios otorgamientos de representación y/o votos por medios de comunicación a distancia.
En el caso de que un accionista realice válidamente varios otorgamientos de representación o emita válidamente varios votos mediante el mismo o diferentes medios de comunicación a distancia, prevalecerá la representación y/o voto que se haya recibido en último lugar, quedando invalidados los recibidos en fecha anterior.
3.3.- Confirmación del voto o delegación a distancia.
La validez del voto emitido y de la representación conferida por medios de comunicación a distancia queda sujeta a la comprobación de los datos facilitados por el accionista con el fichero facilitado por IBERCLEAR donde constarán los titulares de acciones inscritas en el correspondiente registro contable con cinco días de antelación a aquél previsto para la celebración de la Junta, esto es el 20 de marzo de 2026.
3.4.- Cotitularidad.
En caso de cotitularidad de las acciones, a los efectos del artículo 126 de la Ley de Sociedades de Capital, se presumirá que el cotitular que vote u otorgue la representación por medios de comunicación a distancia se encuentra designado por el resto de los cotitulares para ejercitar los derechos derivados de las acciones.
3.5.- Custodia de la firma electrónica.
Es responsabilidad exclusiva del accionista la custodia de su firma electrónica para votar o delegar mediante comunicación electrónica.
3.6.- Personas jurídicas y no residentes.
Los accionistas personas jurídicas y los no residentes en España deberán consultar con la Oficina de Información al Accionista la posibilidad de utilizar y, en su caso, adaptar los mecanismos de voto y otorgamiento de representación a través de medios de comunicación a distancia a sus peculiaridades.
Asimismo, en caso de que el accionista sea persona jurídica deberá notificar de forma fehaciente a la Sociedad, a través de la Secretaría del Consejo de Administración (Paseo de los Olmos, 19, 28005 Madrid), cualquier modificación o revocación de las
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facultades que ostente el representante. La Sociedad declina cualquier responsabilidad hasta que se produzca dicha notificación.
3.7.- Incidencias Técnicas.
La Sociedad se reserva el derecho a modificar, suspender, cancelar o restringir los mecanismos de delegación o voto electrónicos cuando razones técnicas o de seguridad así lo requieran o demanden. Dicha circunstancia se hará pública con la mayor antelación posible por cualquier medio que la Sociedad considere oportuno.
La Sociedad no será responsable de los daños y perjuicios que, en su caso, pudiera sufrir el accionista derivados de averías, sobrecargas, caídas de líneas, fallos de conexión, mal funcionamiento del correo postal, o cualquier otra eventualidad de igual o similar índole, ajenas a la voluntad de la Sociedad, que impidan la utilización de los mecanismos de voto y delegación por medios de comunicación a distancia.
4. ASISTENCIA, REPRESENTACIÓN Y VOTO EN CASO DE ASISTENCIA TELEMÁTICA
Sobre la base de lo previsto en los artículos 27 de los Estatutos Sociales y 9 y 11 del Reglamento de la Junta, los accionistas con derecho de asistencia podrán igualmente asistir a la Junta General de Accionistas de forma remota y votar en tiempo real mediante el empleo de los medios telemáticos que se prevén a continuación, y en dicho supuesto, los accionistas con derecho a voto podrán ejercerlo por sí mismos o por medio de representación.
Identificación y registro previo: para garantizar la identidad de los asistentes, los accionistas o representantes que deseen utilizar los mecanismos de asistencia telemática deberán registrarse previamente a través de la aplicación de voto y delegación electrónica y asistencia telemática (en adelante la "Aplicación"), accesible a través de la página web (www.enagas.es), en el apartado destinado a la Junta General de Accionistas de la sección "Accionistas e Inversores", desde la fecha de publicación del anuncio de convocatoria y no más tarde de las veinticuatro horas anteriores a la fecha y hora prevista para la celebración de la Junta General (esto es, a las 12:00 horas del día 24 de marzo de 2026 si la Junta General se celebrase en primera convocatoria y a las 12:00 horas del día 25 de marzo de 2026 si, como está previsto, la Junta General se celebra en segunda convocatoria). Con posterioridad a dicha hora, no se admitirá ningún registro previo para el ejercicio del derecho de asistencia telemática. Se recomienda que todos aquellos accionistas o representantes que deseen asistir de forma telemática a la Junta General completen el registro previo con antelación suficiente para poder realizar el correcto procesamiento de la documentación acreditativa de la identidad y legitimación de los accionistas o de sus representantes.
Las garantías que el Consejo de Administración estima adecuadas para asegurar la identificación del accionista y/o del representante que ejercita su derecho de asistencia telemática es la firma electrónica basada en un certificado cualificado en los términos previstos en la normativa aplicable siempre que esté basada en (i) el Certificado Electrónico de Usuario emitido por la Entidad Pública de Certificación Española (CERES) dependiente de la Fábrica Nacional de la Moneda y Timbre, respecto al cual no conste su revocación, (ii) el certificado electrónico cualificado incorporado al Documento Nacional de Identidad electrónico emitido de conformidad con el Real Decreto 1553/2005, de 23 de diciembre, por el que se regula la expedición del Documento Nacional de Identidad y sus certificados de firma electrónica, el certificado será obtenido por el accionista o el representante, sin cargo para la Sociedad, y deberá estar vigente el día celebración de la Junta General; es responsabilidad exclusiva del accionista o del representante la custodia de su firma
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electrónica, o (iii) las credenciales usuario/contraseña que el accionista recibirá en su dirección de correo electrónico, previa petición a través de un formulario especial de solicitud de credenciales disponible en la plataforma de voto, delegación electrónica y asistencia telemática, y tras la verificación de su identidad y de su condición de accionista
Para que se permita el registro del representante como asistente telemático a la Junta General, el representante deberá haber remitido previamente a la Sociedad copia del Documento Nacional de Identidad o Pasaporte, y copia de la delegación efectuada, en su caso por medios postales o electrónicos, debidamente firmada por el representante y el accionista representado. Dicha documentación deberá ser recibida en el domicilio de la Sociedad (Enagás, S.A. –Oficina de Información del Accionista– Paseo de los Olmos 19, 28005 Madrid) o en la dirección de correo electrónico habilitada al efecto ([email protected]) no más tarde de las veinticuatro horas anteriores a la fecha y hora prevista para la celebración de la Junta esto es, a las 12:00 horas del día 24 de marzo de 2026 si la Junta General se celebrase en primera convocatoria y a las 12:00 horas del día 25 de marzo de 2026 si, como está previsto, la Junta General se celebra en segunda convocatoria.
El accionista o representante que se haya registrado para asistir telemáticamente y desee abandonar la Junta General de Accionistas haciéndolo constar ante el Notario podrá hacerlo a través del formulario habilitado al efecto en la Aplicación.
Conexión y asistencia: el accionista (o representante) que se haya registrado previamente para asistir telemáticamente a la Junta General conforme al apartado anterior, deberá conectarse a través de la Aplicación entre las 09:30 horas y las 11:45 horas (CEST) del día 25 de marzo de 2026 (si la Junta se celebra en primera convocatoria) o del día 26 de marzo de 2026 (si, como es previsible, la Junta se celebra en segunda convocatoria), e identificarse de nuevo mediante alguno de los siguientes medios: (i) firma electrónica cualificada o avanzada, basada en un certificado electrónico cualificado y vigente, emitido por la Entidad Pública de Certificación Española (CERES), dependiente de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (ii) Documento Nacional de Identidad electrónico en vigor o (iii) las credenciales usuario/contraseña que deberá haber solicitado en el momento de realizar su registro previo.
Intervención, propuesta e información durante la celebración de la Junta General: el accionista (o su representante) que quiera intervenir en la Junta General, hacer propuestas en los casos que legalmente proceda o solicitar las informaciones o aclaraciones que estime precisas acerca de los asuntos comprendidos en el orden del día o las aclaraciones que estime precisas acerca de la información accesible al público que la Sociedad hubiera facilitado a la Comisión Nacional del Mercado de Valores desde la celebración de la última Junta General y acerca del informe del auditor, podrá hacerlo solicitándolo a través del formulario habilitado al efecto en la Aplicación hasta que se cierre el turno de intervenciones, lo que se indicará oportunamente durante el transcurso de la Junta General. En el caso de que el accionista (o su representante) quiera que en todo caso su intervención conste en el acta de la reunión, deberá indicarlo claramente en el formulario.
La solicitud de información o aclaración ejercida durante la Junta General será satisfecha verbalmente durante el transcurso de la misma o, si no pudiera satisfacerse en ese momento, será respondida por escrito dentro de los siete días siguientes a su celebración.
Votaciones: la emisión del voto sobre las propuestas relativas a puntos comprendidos en el orden del día podrá realizarse desde el momento de la conexión del accionista como asistente (o, en su caso, del representante) y hasta
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que el Presidente o, en su caso, el Secretario de la Junta, anuncie la conclusión del período de votación de las propuestas de acuerdo relativas a puntos comprendidos en el orden del día.
En cuanto a las propuestas de acuerdos sobre aquellos asuntos que, por mandato legal, no sea necesario que figuren en el orden del día, los asistentes telemáticos podrán emitir sus votaciones a partir del momento en que se dé lectura a dichas propuestas y se incluyan en la Aplicación para proceder a su votación, a través de la referida Aplicación, y hasta que el Presidente o, en su caso, el Secretario de la Junta, anuncie la conclusión del período de votación de las propuestas de acuerdo.
Para la votación de las propuestas de acuerdos se aplicará el procedimiento previsto en los Estatutos y en el Reglamento de la Junta.
Reglas de prelación: la asistencia mediante medios telemáticos a la Junta General del accionista que hubiera delegado o votado a distancia previamente, sea cual fuere el medio empleado, dejará sin efecto dicha delegación o voto.
La venta de las acciones cuya titularidad confiere el derecho al voto efectuada, al menos, cinco días antes de la fecha prevista para la celebración de la Junta, anulará el voto emitido con anterioridad a dicha venta.
Retransmisión: el accionista (o su representante) que asista telemáticamente a la Junta General podrá seguir el acto completo de la misma que será retransmitido en tiempo real a través de la página web de la Sociedad, sin perjuicio de su grabación y difusión pública a través dicha página web.
Incidencias técnicas: la Sociedad se reserva el derecho a adoptar las medidas pertinentes en relación con los mecanismos de asistencia telemática a la Junta General cuando razones técnicas o de seguridad lo requieran o impongan.
La Sociedad no será responsable de los perjuicios que pudieran ocasionarse al accionista o representante derivados de averías, sobrecargas, caídas de líneas, fallos en la conexión o cualquier otra eventualidad de igual o similar índole, ajenas a la voluntad de la Sociedad, que impidan ocasionalmente la utilización de los mecanismos de asistencia telemática a la Junta o la falta de disponibilidad ocasional de su página web, sin perjuicio de que se adopten las medidas que cada situación requiera, entre ellas, la eventual suspensión temporal o prórroga de la Junta General si ello fuese preciso para garantizar el pleno ejercicio de sus derechos por los accionistas o sus representantes.
16 de febrero de 2026
El Secretario General y del Consejo de Administración
Diego Trillo Ruiz
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NORMAS DE FUNCIONAMIENTO DEL FORO ELECTRÓNICO DE ACCIONISTAS
I. Introducción
De conformidad a lo dispuesto en el artículo 539.2 del texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio (en adelante, "Ley de Sociedades de Capital"), Enagás, S.A. (en adelante "Enagás", la "Compañía", o el "Administrador") aprueba las Normas de Funcionamiento del Foro (en adelante, las "Normas"), que forman parte de la normativa de gobierno corporativo de la Compañía, relativas al Foro Electrónico de Accionistas de Enagás (en adelante el "Foro") que se habilitará en la página Web de la Compañía (www.enagas.es) con ocasión de la convocatoria y hasta la celebración de cada Junta General de accionistas.
II. Normas del Foro
Las presentes Normas regulan la habilitación y puesta a disposición del Foro por parte de Enagás y las garantías, términos y condiciones de acceso y uso del mismo por parte de los accionistas de Enagás y de las asociaciones voluntarias que puedan constituir conforme a la normativa vigente.
Las presentes Normas complementan, respecto al Foro, las Condiciones de Acceso y Uso de la página Web de Enagás (www.enagas.es) que serán plenamente aplicables al acceso y uso del Foro, en todo aquello que no resulte modificado o sea incompatible con lo establecido en estas Normas.
Enagás se reserva el derecho a modificar, en cualquier momento y sin previo aviso, la presentación, configuración, funcionamiento y contenido del Foro, las Condiciones de Acceso y Uso y estas Normas, sin perjuicio de lo establecido legalmente.
III. Aceptación de las normas del Foro
El registro como usuario del Foro ("Usuario Registrado") y el acceso y/o su utilización supone la aceptación plena y sin reservas de los términos y condiciones de las Normas y de las Condiciones de Acceso y Uso de la página Web de Enagás (www.enagas.es).
Enagás tendrá la consideración de Administrador del Foro en las condiciones y con las facultades que se prevén en las presentes Normas, reservándose la facultad de interpretación en caso de duda o discrepancia en la utilización del mismo.
IV. Objeto y finalidad del Foro
El Foro se habilita con el fin exclusivo de facilitar la comunicación con los accionistas de Enagás, y con las asociaciones voluntarias que se puedan constituir, con ocasión de la convocatoria y hasta la celebración de cada Junta General de accionistas, en su caso.
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En su virtud, los Usuarios Registrados podrán enviar, para su publicación en el Foro, comunicaciones que tengan por objeto exclusivamente:
- Propuestas que pretendan presentarse como complemento del orden del día anunciado en la convocatoria.
- Solicitudes de adhesión a dichas propuestas.
- Iniciativas para alcanzar el porcentaje suficiente para ejercer el derecho de minoría previsto en la Ley.
- Ofertas o peticiones de representación voluntaria.
Se hace constar que según los artículos 22 de los Estatutos Sociales, 5.2.1 del Reglamento de la Junta General y 519 de la Ley de Sociedades de Capital, los accionistas que soliciten la publicación de un complemento a la convocatoria de la Junta General ordinaria incluyendo uno o varios puntos del orden del día deberán representar al menos, el tres por ciento del capital social. El ejercicio de este derecho deberá realizarse mediante notificación fehaciente, que habrá de recibirse en el domicilio social dentro de los cinco días siguientes a la publicación de la convocatoria, a la siguiente dirección:
Enagás, S.A. Secretaría General Paseo de los Olmos, 19 28005 Madrid
Igualmente, los accionistas que representen ese mismo porcentaje podrán, en el plazo y forma señalados, presentar propuestas fundamentadas de acuerdos sobre asuntos ya incluidos o que deban incluirse en el orden del día.
V. Usuarios registrados
El acceso y la utilización del Foro se reservan exclusivamente a los accionistas individuales de Enagás, así como a las asociaciones voluntarias de accionistas de la Compañía válidamente constituidas e inscritas en el registro especial habilitado en la Comisión Nacional del Mercado de Valores conforme al artículo 539.4 de la Ley de Sociedades de Capital.
Para poder acceder y utilizar el Foro, los accionistas y asociaciones voluntarias de accionistas deberán registrarse como "Usuario Registrado" mediante la cumplimentación del correspondiente formulario de alta de Usuario Registrado del Foro, acreditando la condición de accionista de Enagás o de asociación voluntaria de accionistas debidamente constituida e inscrita en la Comisión Nacional del Mercado de Valores, en la forma indicada en el referido formulario.
En el caso de accionistas personas jurídicas y de asociaciones voluntarias de accionistas, deberá justificarse en el formulario de alta, en la forma establecida en el mismo, la representación de la persona que pretende acceder al Foro.
Para posteriores accesos y comunicaciones en el Foro se podrá exigir la cumplimentación de un formulario especial de utilización.
El acceso y utilización del Foro por parte de los Usuarios Registrados queda condicionado al mantenimiento en todo momento de la condición de accionista de Enagás o de asociación voluntaria de accionistas de la Compañía debidamente constituida e inscrita, de acuerdo con la normativa aplicable.
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Si Enagás en su calidad de Administrador del Foro, tuviese en algún momento dudas razonables sobre el cumplimiento por un Usuario Registrado de estas condiciones, podrá requerirle para que acredite que reúne dichas condiciones, así como solicitarle la aportación de cuanta información o documentos se consideren oportunos para la verificación de los extremos aquí previstos.
El Administrador podrá requerir a los Usuarios Registrados información adicional, así como suspender o dar de baja a aquellos que no acrediten el cumplimiento de las referidas condiciones.
Las comunicaciones realizadas por accionistas que pierdan tal condición antes de la celebración de la Junta General, y aquellas otras que estén relacionadas o vinculadas con las anteriores, decaerán automáticamente.
VI. Acceso al Foro y publicación de comunicaciones
1. Acceso al Foro
Todo Usuario Registrado tendrá acceso al Foro y podrá consultar las comunicaciones realizadas por otros usuarios registrados.
El Foro se constituye como un canal para la publicación de las comunicaciones realizadas por los Usuarios Registrados en relación con las cuestiones señaladas en el apartado IV anterior. Por tanto, queda excluido su uso como mecanismo de conversación electrónica entre Usuarios Registrados, o como lugar de debate virtual.
En conformidad con lo anterior, el Administrador solo incorporará al Foro las comunicaciones que resulten procedentes conforme a la Ley y a la normativa de gobierno corporativo de Enagás, y omitirá la publicación en el mismo de cualesquiera otros comentarios sobre dichas comunicaciones.
2. Publicación de comunicaciones en el Foro
Todo Usuario Registrado podrá remitir comunicaciones sobre cualquiera de las cuestiones señaladas en el apartado IV anterior.
Las comunicaciones serán remitidas exclusivamente en formato de texto, y una vez publicadas, serán accesibles por cualquier otro Usuario Registrado.
Las comunicaciones formuladas por los Usuarios Registrados lo son a título personal y, exceptuando el caso de las asociaciones de accionistas debidamente legitimadas conforme a la Ley y a estas Normas, no se publicarán comunicaciones recibidas de representantes de accionistas, agrupaciones y pactos de accionistas, entidades depositarias, intermediarios financieros y otras personas que actúen por cuenta o en interés de los accionistas.
La solicitud de publicación de comunicaciones deberá realizarse conforme a los formularios disponibles en el Foro a estos efectos, que incluirán:
- Identificación del Usuario Registrado que realiza la comunicación.
- Enunciado de la comunicación, indicando de forma precisa el contenido de la iniciativa.
- Justificación sucinta de la comunicación.
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Toda comunicación que se publique en el Foro incluirá la identificación (nombre y apellidos, en caso de personas físicas, denominación social, en caso de personas jurídicas y denominación y número de inscripción en el registro de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, en caso de asociaciones de accionistas así como, en los dos últimos casos, la identificación de sus respectivos representantes) del Usuario Registrado que la formula y la indicación de la fecha y hora de inserción.
Mediante la formulación de una comunicación se entiende que el Usuario Registrado responsable de la misma declara y garantiza que su contenido es lícito y conforme a la Ley, a las Normas y a las exigencias de la buena fe, que cuenta con todas las autorizaciones y permisos necesarios para formular la comunicación en cuestión y que no viola ningún derecho de terceros.
El Administrador podrá comprobar la conformidad de las comunicaciones que se pretendan realizar conforme al ordenamiento jurídico, a estas Normas y a las exigencias de la buena fe y podrá denegar la incorporación al Foro o retirar del mismo cualquier comunicación que considere que no resulta conforme con los mismos. Así mismo, podrá contestar cualquier comunicación formulada por los Usuarios Registrados a través de la dirección de correo electrónico facilitada por el Usuario Registrado o mediante cualquier otro medio de comunicación que estime conveniente.
3. Contenido de las comunicaciones
Cualquier utilización del Foro por los Usuarios Registrados deberá hacerse con pleno respeto al ordenamiento vigente, conforme a las presentes Normas y con respeto a las exigencias de la buena fe. En consecuencia, queda expresamente prohibido:
- Atentar contra los derechos, bienes e intereses legítimos de Enagás, de otros Usuarios Registrados y de terceros, tales como sus derechos de propiedad intelectual e industrial, libertad religiosa, honor, fama e intimidad, protección de datos de carácter personal y cualesquiera otros bienes jurídicos, derechos o intereses protegidos por el ordenamiento jurídico.
- Introducir información o datos de carácter personal de terceros sin el consentimiento informado de su titular o la suplantación de la identidad.
- Incorporar contenidos o expresiones discriminatorias, racistas, sexistas, violentas, xenófobas o de cualquier manera vejatorias u ofensivas.
- Incorporar todo tipo de material inadecuado o contrario a las exigencias de la buena fe.
- Suministrar información de cualquier tipo dirigida a la comisión de ilícitos penales, civiles o administrativos.
- Llevar a cabo cualesquiera actuaciones (o suministrar información a terceros) que permitan evitar las restricciones técnicas que puedan llevar aparejados los distintos soportes o programas del Foro con el fin de evitar usos no autorizados.
- Incluir contenidos o material sin la debida autorización de los titulares de los derechos de propiedad intelectual o industrial.
{55}------------------------------------------------
• Dañar, inutilizar, sobrecargar o deteriorar el funcionamiento del Foro o los equipos informáticos de Enagás, de otros Usuarios Registrados o de terceros, así como los documentos, archivos y todo contenido almacenado en tales equipos informáticos (hacking) e impedir la normal utilización y disfrute del Foro por parte de los demás Usuarios Registrados.
Queda absolutamente prohibida la inserción de cualquier tipo de publicidad o anuncio por parte de los Usuarios Registrados.
Cualquier Usuario Registrado que tuviera conocimiento de que cualquier clase de contenido del Foro o facilitado a través del mismo es contrario a la legalidad, a las Normas establecidas o a las exigencias de la buena fe, podrá ponerlo en conocimiento del Administrador a través del buzón de contacto referido en el apartado buzón de contacto, sin que ello suponga ningún tipo de responsabilidad para Enagás, incluso en el caso de no adoptar ninguna medida al respecto.
Los Usuarios Registrados se comprometen a hacer un uso diligente, correcto y adecuado al ordenamiento jurídico, a estas Normas y a las exigencias de la buena fe del Foro, conforme a su finalidad de acuerdo con el apartado IV anterior.
4. Eliminación de comunicaciones tras la Junta General
Concluida la Junta General de Accionistas, el Administrador se reserva el derecho de eliminar y borrar todas las comunicaciones que se refieran a la misma.
VII. Alcance del Foro
El Foro no constituye un canal de comunicación entre Enagás y los Usuarios Registrados.
En su virtud, ninguna comunicación realizada o publicada en el Foro podrá entenderse en ningún caso como una notificación a Enagás a ningún efecto y, en particular, a efectos del ejercicio de cualquier derecho del que sean titulares los Usuarios Registrados, individual o colectivamente, ni suplir los requisitos legales y de Gobierno Corporativo de Enagás para el ejercicio de cualesquiera derechos o el desarrollo de las iniciativas y actuaciones de los accionistas.
Todos los derechos y facultades que los accionistas quieran ejercitar deberán hacerlo a través de los instrumentos legalmente establecidos, conforme a lo previsto, en la Ley y en la normativa de gobierno corporativo de Enagás, sin que el Foro sea, en ningún caso, un instrumento válido a esos efectos.
VIII. Responsabilidad del Administrador
1. Alcance de la responsabilidad de Enagás
Enagás no se responsabiliza de la exactitud, veracidad, vigencia, licitud o relevancia de las comunicaciones remitidas por los Usuarios Registrados, ni de las opiniones vertidas por los mismos.
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Enagás sólo responderá de los servicios propios y contenidos directamente originados por él e identificados con su copyright como una marca o propiedad intelectual o industrial de Enagás.
En virtud del acceso y/o utilización del Foro, todo Usuario Registrado declara ser consciente y acepta que el uso del Foro tiene lugar, en todo caso, bajo su única y exclusiva responsabilidad.
2. Contenidos
Todo Usuario Registrado podrá remitir comunicaciones sobre cualquiera de las cuestiones señaladas en el apartado IV anterior.
El Administrador se reserva expresamente el derecho a denegar el acceso y/o la utilización del Foro y a no publicar o retirar las comunicaciones formuladas por aquellos usuarios registrados que incumplan la normativa vigente, estas Normas o las exigencias de la buena fe.
El Administrador tiene la potestad pero no la obligación de controlar el uso del Foro y sus contenidos, que son de la exclusiva responsabilidad de los Usuarios Registrados que los formulen. En todo caso, el Administrador podrá establecer herramientas de filtrado y moderación del contenido de las comunicaciones así como retirar contenidos cuando considere que pueden ser ilícitos o contrarios a estas Normas o a las exigencias de la buena fe.
Los Usuarios Registrados responderán de los daños y perjuicios que pueda sufrir Enagás, otro Usuario Registrado o cualquier otro tercero como consecuencia del acceso y/o utilización del Foro (incluyendo, en particular, la formulación de comunicaciones) incumpliendo cualquier disposición de la normativa vigente, de estas Normas y de las exigencias de la buena fe.
IX. Ausencia de licencia
Enagás autoriza a los Usuarios Registrados la utilización de los derechos de propiedad intelectual e industrial relativos a la aplicación informática instalada en el servidor de Enagás o un tercero que ejecuta las prestaciones que componen el Foro únicamente para utilizarlos a los efectos previstos en el apartado IV anterior y según los términos y condiciones establecidos en estas Normas. El Usuario Registrado deberá abstenerse de obtener, o intentar obtener, el acceso y uso del Foro y sus contenidos por medios o procedimientos distintos de los que en cada caso se hayan puesto a su disposición o indicado al efecto.
Enagás no concede ningún tipo de licencia o autorización de uso de ninguna clase sobre sus derechos de propiedad intelectual e industrial o sobre cualquier otra propiedad o derecho relacionado con el Foro distinta de la prevista en el párrafo anterior.
X. Coste de utilización
El acceso y utilización del Foro por parte de los Usuarios Registrados es gratuito, exceptuando lo relativo al coste de la conexión a través de la red de telecomunicaciones suministrada por el proveedor de acceso contratado por cada Usuario Registrado.
XI. Seguridad y protección de datos de carácter personal
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Los Usuarios del Foro al registrarse aceptan y autorizan expresamente que sus datos personales puedan ser objeto de publicación en el Foro.
De acuerdo con la Ley Orgánica 3/2018 de Protección de Datos de Carácter Personal y Garantía de Derechos Digitales y con el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, y a aquella normativa sectorial o complementaria que sea de aplicación, le informamos de que los datos identificativos que se obtengan como consecuencia de su registro en el Foro como accionista, serán tratados por Enagás, S.A., responsable del tratamiento, con la finalidad de establecer, gestionar y supervisar el funcionamiento del mismo con arreglo a lo dispuesto en estas Normas y en la normativa aplicable.
En caso de no cumplimentar los datos obligatorios no se podrá cumplir con la finalidad indicada. La base que legitima el tratamiento será su consentimiento, que manifiesta a través del registro en el Foro y de la aceptación de las presentes Normas. Podrá revocar el mismo a través del envío de un correo electrónico a la dirección [email protected] indicando en el asunto "Baja foro de accionistas". Usted garantiza que sus datos personales son veraces y se hace responsable de comunicar a Enagás, S.A. cualquier modificación en los mismos.
Enagás, S.A. no cederá esta información a terceros, salvo que exista una obligación legal.
Asimismo, podrán tener acceso a sus datos de carácter personal los proveedores que presten servicios relacionados con el funcionamiento de este Foro, para cualquiera de los fines expuestos en las presentes Normas, así como para aquellos otros fines de carácter técnico o auxiliar. Dichos proveedores tendrán la consideración de encargados del tratamiento y tratarán sus datos personales de conformidad con las indicaciones de la Compañía.
Enagás, S.A. no realizará transferencias internacionales de sus datos personales.
Conservaremos sus datos durante los plazos legalmente aplicables para el ejercicio y defensa de reclamaciones, salvo que los mismos deban conservarse durante plazos más amplios, en virtud de una obligación legal. Transcurridos dichos plazos, los mismos serán eliminados.
En cualquier momento, podrá ejercitar los derechos de acceso, rectificación, portabilidad, supresión, limitación, oposición y derecho a no ser objeto de decisiones automatizadas, cuando dichos derechos sean aplicables, a través del envío de su solicitud a [email protected] o a la dirección postal de Paseo de los Olmos 19, 28005 de Madrid, aportando copia de su DNI o documento equivalente y concretando su solicitud. Asimismo, si considera que sus datos han sido tratados de forma inadecuada, tendrá derecho a presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos (C/ Jorge Juan, 6. 28001 – Madrid www.aepd.es). Si desea consultar información adicional y detallada sobre el tratamiento que hacemos de sus datos, puede acceder a través del siguiente enlace del Aviso Legal de Enagás en la siguiente dirección: www.enagas.es/enagas/es/Pie/AvisoLegal.
XII. Buzón de contacto
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Los Usuarios Registrados que tengan sugerencias o propuestas sobre la mejora del Foro, que requieran asistencia técnica o que quieran realizar denuncias sobre contenidos no conformes con estas Normas, podrán dirigirse a la dirección de correo electrónico de la Compañía que se hará constar a tales efectos en el Foro. El objetivo de este buzón de correo electrónico es la atención al Usuario Registrado y la mejora de la calidad del Foro, sin implicar ningún tipo de control o responsabilidad del Administrador.
Las presentes Normas de Funcionamiento del Foro Electrónico de Accionistas han sido aprobadas por el Consejo de Administración en su reunión de 16 de febrero de 2026.
El Secretario General y del Consejo de Administración Diego Trillo Ruiz