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eDreams Odigeo SA

Registration Form May 29, 2025

9178_rns_2025-05-29_ac272734-3184-4d51-935c-978d1415ac57.pdf

Registration Form

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DATOS IDENTIFICATIVOS DEL EMISOR

Fecha fin del ejercicio de referencia: 31/03/2025
CIF: A02850956
Denominación Social:
EDREAMS ODIGEO, S.A.
Domicilio social:

CALLE LÓPEZ DE HOYOS, 35 2PL (MADRID)

A. ESTRUCTURA DE LA PROPIEDAD

A.1. Complete el siguiente cuadro sobre el capital social y los derechos de voto atribuidos, incluidos, en su caso, los correspondientes a las acciones con voto por lealtad, a la fecha de cierre del ejercicio:

Indique si los estatutos de la sociedad contienen la previsión de voto doble por lealtad:

[ ] Sí

[ √ ] No

Fecha de última
modificación
Número de
Capital social (€)
acciones
Número de
derechos de voto
14/01/2022 12.760.505,90 127.605.059 127.605.059

Indique si existen distintas clases de acciones con diferentes derechos asociados:

[ ] Sí

[ √ ] No

A.2. Detalle los titulares directos e indirectos de participaciones significativas a la fecha de cierre del ejercicio, incluidos los consejeros que tengan una participación significativa:

Nombre o
denominación
% derechos de voto
atribuidos a las acciones
% derechos de voto a través
de instrumentos financieros
% total de
social del accionista Directo Indirecto Directo Indirecto derechos de voto
PERMIRA
HOLDING LIMITED
0,00 19,29 0,00 0,00 19,29
BARCLAYS PLC 0,00 0,00 0,00 6,08 6,08
JPMORGAN CHASE
& CO
0,00 5,00 0,59 0,65 6,24
BYBROOK CAPITAL
BADMINTON FUND
LP
0,31 0,00 8,60 0,00 8,91
BYBROOK CAPITAL
HAZELTON
MASTER FUND LP
0,28 0,00 6,32 0,00 6,60
BYBROOK CAPITAL
MASTER FUND LP
0,75 0,00 9,92 0,00 10,66
POLUS CAPITAL
MANAGEMENT
GROUP LIMITED
0,00 1,34 0,00 26,16 27,50
MORGAN STANLEY 0,00 5,74 0,00 3,20 8,94

Nombre o % derechos de voto % derechos de voto a través
denominación atribuidos a las acciones de instrumentos financieros % total de
social del accionista Directo Indirecto Directo Indirecto derechos de voto
CONVERSANT
OPPORTUNITY
MASTER FUND LP
0,00 0,00 8,41 0,00 8,41
DON MICHAEL
SIMANOVSKY
0,00 0,00 0,00 8,41 8,41
BUSHEY, THOMAS 4,99 0,00 0,00 0,00 4,99
THE GOLDMAN
SACHS GROUP,
INC
0,00 5,21 0,00 1,50 6,71
UBS GROUP AG 0,00 8,68 0,01 0,00 8,69

Nota: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 23.1 del Real Decreto 1362/2007, de 19 de octubre, en relación con los requisitos de transparencia relativos a la información sobre emisores cuyos valores hayan sido admitidos a negociación en un mercado secundario oficial u otro mercado regulado de la Unión Europea, se considera que titular de una participación significativa es aquel accionista que posea al menos el 3% de los derechos de voto, o el 1% si la parte obligada a informar reside en un paraíso fiscal o en un país o territorio sin tributación o con el que no exista un intercambio efectivo de información fiscal.

La información proporcionada en relación con las participaciones significativas se basa en las comunicaciones remitidas por sus titulares a la Comisión Nacional del Mercado de Valores ("CNMV") y a la propia Sociedad, considerando el número total de derechos de voto de la Sociedad a fecha de 31 de marzo de 2025.

La posición de Permira Holdings Limited ha sido actualizada como resultado de la Colocación comunicada mediante la Notificación de Información Privilegiada remitida a la CNMV el 27 de marzo de 2025 (Número de Registro: 2674). Permira Holdings Limited comunicó esta actualización de su participación accionarial a la CNMV mediante el Formulario de Notificación de Participaciones Significativas de fecha 2 de abril de 2025 (Número de Registro: 2025045280).

Adicionalmente, la información anterior incluye tanto la titularidad directa como indirecta de acciones, así como instrumentos financieros y, por lo tanto, no constituye una representación fiel de la estructura accionarial de la Sociedad. La Sociedad también señala que los derechos de voto correspondientes a las acciones comunicadas por entidades financieras en esta sección podrían ser la contrapartida de los derechos de voto a través de instrumentos financieros comunicados por otros inversores.

Detalle de la participación indirecta:

Nombre o
denominación social
del titular indirecto
Nombre o
denominación social
del titular directo
% derechos de
voto atribuidos
a las acciones
% derechos de voto a
través de instrumentos
financieros
% total de
derechos de voto
PERMIRA HOLDING
LIMITED
LUXGOAL 3, SÀRL 19,29 0,00 19,29
BARCLAYS PLC BARCLAYS CAPITAL
SECURITIES LIMITED
0,00 6,08 6,08
JPMORGAN CHASE &
CO
J.P. MORGAN
SECURITIES PLC
5,00 0,65 5,65
POLUS CAPITAL
MANAGEMENT
GROUP LIMITED
BYBROOK CAPITAL
BADMINTON FUND
LP
0,31 8,60 8,91
POLUS CAPITAL
MANAGEMENT
GROUP LIMITED
BYBROOK CAPITAL
HAZELTON MASTER
FUND LP
0,28 6,32 6,60

Nombre o
denominación social
del titular indirecto
Nombre o
denominación social
del titular directo
% derechos de
voto atribuidos
a las acciones
% derechos de voto a
través de instrumentos
financieros
% total de
derechos de voto
POLUS CAPITAL
MANAGEMENT
GROUP LIMITED
BYBROOK CAPITAL
MASTER FUND LP
0,75 9,92 10,66
MORGAN STANLEY MORGAN STANLEY
CAPITAL SERVICES
LLC
0,00 0,09 0,09
MORGAN STANLEY MORGAN STANLEY &
CO. INTERNATIONAL
PLC
5,74 3,03 8,77
MORGAN STANLEY MORGAN STANLEY &
CO. LLC
0,00 0,07 0,07
DON MICHAEL
SIMANOVSKY
CONVERSANT
OPPORTUNITY
MASTER FUND LP
0,00 0,00 8,41
THE GOLDMAN
SACHS GROUP, INC
GOLDMAN SACHS
INTERNATIONAL
(LONDON)
5,21 1,50 6,71
UBS GROUP AG UBS AG 8,68 0,00 8,68

Indique los movimientos en la estructura accionarial más significativos acaecidos durante el ejercicio:

Movimientos más significativos

Nota: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 23.1 del Real Decreto 1362/2007, de 19 de octubre, en relación con las exigencias de transparencia relativas a la información sobre emisores cuyos valores hayan sido admitidos a negociación en un mercado secundario oficial u otro mercado regulado de la Unión Europea, se considera que titular de una participación significativa es aquel accionista que posea al menos el 3% de los derechos de voto o el 1% si el sujeto obligado a declarar reside en un paraíso fiscal o en un país o territorio sin tributación o con el que no exista un efectivo intercambio de información fiscal.

La información facilitada en relación con las participaciones significativas se basa en las comunicaciones remitidas por sus titulares a la Comisión Nacional del Mercado de Valores ("CNMV") y a la propia Sociedad, considerando el número total de derechos de voto de la Sociedad a fecha de 31 de marzo de 2025.

La posición de Permira Holdings Limited ha sido actualizada como resultado de la Colocación comunicada mediante la Notificación de Información Privilegiada remitida a la CNMV el 27 de marzo de 2025 (Número de Registro: 2674). Permira Holdings Limited comunicó esta actualización de su participación accionarial a la CNMV mediante el Formulario de Notificación de Participaciones Significativas de fecha 2 de abril de 2025 (Número de Registro: 2025045280).

Adicionalmente, la información precedente incluye tanto las tenencias directas como indirectas de acciones, así como instrumentos financieros, y, por consiguiente, no constituye una representación fiel de la estructura accionarial de la Sociedad. La Sociedad también señala que los derechos de voto atribuidos a las acciones comunicadas por entidades financieras en esta sección podrían ser la contrapartida de los derechos de voto a través de instrumentos financieros comunicados por otros inversores.

A.3. Detalle, cualquiera que sea el porcentaje, la participación al cierre del ejercicio de los miembros del consejo de administración que sean titulares de derechos de voto atribuidos a acciones de la sociedad o a través de instrumentos financieros, excluidos los consejeros que se hayan identificado en el apartado A.2, anterior:

Del % total de
% derechos de voto
atribuidos a las
% derechos de
voto a través de
% total de derechos de voto
atribuidos a las
acciones, indique,
Nombre o en su caso, el % de
denominación acciones (incluidos instrumentos derechos de voto los votos adicionales
social del consejero votos por lealtad) financieros atribuidos que
corresponden a
las acciones con
voto por lealtad
Directo Indirecto Directo Indirecto Directo Indirecto
DON DANA DUNNE 2,73 0,00 0,00 0,00 2,73 0,00 0,00
DON DAVID ELIZAGA 0,75 0,00 0,00 0,00 0,75 0,00 0,00
DON THOMAS 0,01 0,00 0,00 0,00 0,01 0,00 0,00
VOLLMOELLER

% total de derechos de voto titularidad de miembros del consejo de administración 3,50

Detalle de la participación indirecta:

Nombre o
denominación
social del consejero
Nombre o
denominación
social del
titular directo
% derechos de voto
atribuidos a las
acciones (incluidos
votos por lealtad)
% derechos de
voto a través de
instrumentos
financieros
% total de
derechos de voto
Del % total de
derechos de
voto atribuidos
a las acciones,
indique, en su
caso, el % de los
votos adicionales
atribuidos que
corresponden a
las acciones con
voto por lealtad
Sin datos

Detalle el porcentaje total de derechos de voto representados en el consejo:

% total de derechos de voto representados en el consejo de administración 0,00

A.4. Indique, en su caso, las relaciones de índole familiar, comercial, contractual o societaria que existan entre los titulares de participaciones significativas, en la medida en que sean conocidas por la sociedad, salvo que sean escasamente relevantes o deriven del giro o tráfico comercial ordinario, excepto las que se informen en el apartado A.6:

Nombre o denominación social relacionados Tipo de relación Breve descripción
Sin datos

A.5. Indique, en su caso, las relaciones de índole comercial, contractual o societaria que existan entre los titulares de participaciones significativas, y la sociedad y/o su grupo, salvo que sean escasamente relevantes o deriven del giro o tráfico comercial ordinario:

Nombre o denominación social relacionados Tipo de relación Breve descripción
Sin datos

A.6. Describa las relaciones, salvo que sean escasamente relevantes para las dos partes, que existan entre los accionistas significativos o representados en el consejo y los consejeros, o sus representantes, en el caso de administradores persona jurídica.

Explique, en su caso, cómo están representados los accionistas significativos. En concreto, se indicarán aquellos consejeros que hubieran sido nombrados en representación de accionistas significativos, aquellos cuyo nombramiento hubiera sido promovido por accionistas significativos, o que estuvieran vinculados a accionistas significativos y/o entidades de su grupo, con especificación de la naturaleza de tales relaciones de vinculación. En particular, se mencionará, en su caso, la existencia, identidad y cargo de miembros del consejo, o representantes de consejeros, de la sociedad cotizada, que sean, a su vez, miembros del órgano de administración, o sus representantes, en sociedades que ostenten participaciones significativas de la sociedad cotizada o en entidades del grupo de dichos accionistas significativos:

Nombre o denominación
social del consejero o
representante, vinculado
Nombre o denominación
social del accionista
significativo vinculado
Denominación social de
la sociedad del grupo del
accionista significativo
Descripción relación/cargo
DON PEDRO LÓPEZ DE
GUZMAN
LUXGOAL 3, SÀRL PERMIRA HOLDING
LIMITED
El Sr.Lopez es socio de
Permira, y Director General
de la oficina de España;
está involucrado en varias
operaciones de inversión
en el sector financiero y de
consumo.
DON BENOIT VAUCHY LUXGOAL 3, SÀRL PERMIRA HOLDING
LIMITED
El Sr. Vauchy es socio de
Permira y miembro del
Comité de Inversiones,
Comité Ejecutivo, Consejero

Nombre o denominación Nombre o denominación Denominación social de
social del consejero o social del accionista la sociedad del grupo del Descripción relación/cargo
representante, vinculado significativo vinculado accionista significativo
de Permira Holdings
Limited.
  • A.7. Indique si han sido comunicados a la sociedad pactos parasociales que la afecten según lo establecido en los artículos 530 y 531 de la Ley de Sociedades de Capital. En su caso, descríbalos brevemente y relacione los accionistas vinculados por el pacto:
    • [ ] [ √ ] Sí No

Nota: El único acuerdo de accionistas (el "Acuerdo") notificado a la Sociedad se resolvió automáticamente de conformidad con el artículo 10.1 del Acuerdo, el 9 de diciembre de 2022, después de que el Grupo Ardian notificara a eDreams ODIGEO que había colocado todas sus acciones ordinarias entre inversores institucionales.

Indique si la sociedad conoce la existencia de acciones concertadas entre sus accionistas. En su caso, descríbalas brevemente:

[ ]
[ √ ] No

En el caso de que durante el ejercicio se haya producido alguna modificación o ruptura de dichos pactos o acuerdos o acciones concertadas, indíquelo expresamente:

N/A

  • A.8. Indique si existe alguna persona física o jurídica que ejerza o pueda ejercer el control sobre la sociedad de acuerdo con el artículo 5 de la Ley del Mercado de Valores. En su caso, identifíquela:
    • [ ] [ √ ] Sí No
  • A.9. Complete los siguientes cuadros sobre la autocartera de la sociedad:

A fecha de cierre del ejercicio:

Número de Número de acciones % total sobre
acciones directas indirectas(*) capital social
11.986.924 76.467 9,45

Nota: El número de acciones directas incluye las acciones adquiridas y liquidadas en el marco del programa de recompra hasta el 31 de marzo de 2025. Además, se adquirieron 47.000 acciones adicionales el 28 de marzo de 2025, que no se incluyen por estar pendiente su liquidación a 31 de marzo de 2025.

(*) A través de:

Nombre o denominación social del titular directo de la participación Número de
acciones directas
EDREAMS INTERNATIONAL NETWORK SL 76.467
Total 76.467

Explique las variaciones significativas habidas durante el ejercicio:

Explique las variaciones significativas

Cambios relacionados con los Planes de Incentivos a Largo Plazo: Planes de Incentivos a Largo Plazo:

* Con fecha 1 de octubre de 2024, el Consejo de Administración acordó entregar 188.830 y 618.498 acciones brutas en relación con el Plan de Incentivos a Largo Plazo de 2016 y el Plan de Incentivos a Largo Plazo de 2019, respectivamente.

* Con fecha 26 de noviembre de 2024, el Consejo de Administración acordó entregar 270.257 y 696.512 acciones brutas en relación con el Plan de Incentivos a Largo Plazo de 2016 y el Plan de Incentivos a Largo Plazo de 2019, respectivamente.

* Con fecha 20 de febrero de 2025, el Consejo de Administración acordó entregar 270.213 y 697.610 acciones brutas en relación con el Plan de Incentivos a Largo Plazo de 2016 y el Plan de Incentivos a Largo Plazo de 2019, respectivamente.

Programas de Recompra de Acciones:

*Con fecha 26 de febrero de 2024, el Consejo acordó implementar un programa de recompra de acciones bajo las disposiciones del Reglamento (UE) nº 596/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de abril de 2014, sobre el abuso de mercado, para la adquisición de un número máximo de 5.537.099 acciones. El programa de recompra fue terminado anticipadamente.

*Con fecha 19 de noviembre de 2024, el Consejo acordó implementar un nuevo programa de recompra de acciones bajo las disposiciones del Reglamento (UE) nº 596/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de abril de 2014, sobre el abuso de mercado, para la adquisición de un número máximo de 7.812.500 acciones.

Oferta Pública de Adquisición:

*Con fecha 30 de mayo de 2024, el Consejo aprobó el lanzamiento de una oferta pública de adquisición parcial y voluntaria sobre sus propias acciones, ofreciendo una contraprestación en efectivo para acelerar el programa de recompra de acciones previo. El resultado fue la adjudicación de 4.550.864 acciones.

Adquisiciones en Bloque:

*Con fecha 24 de febrero de 2025, el Consejo aprobó la adquisición de 500.000 de sus propias acciones [en el marco de una operación con parte vinculada], reduciendo en consecuencia el número máximo de acciones a adquirir a través del programa de recompra de acciones. *Con fecha 26 de marzo de 2025, el Consejo aprobó la adquisición de 2.649.006 de sus propias acciones en el marco de la Colocación iniciada por Permira Holdings Limited.

A.10. Detalle las condiciones y plazo del mandato vigente de la junta de accionistas al consejo de administración para emitir, recomprar o transmitir acciones propias:

Con fecha 27 de septiembre de 2024, la Junta General de Accionistas acordó autorizar al Consejo de Administración para proceder a la adquisición derivativa de acciones propias de la Sociedad, ya sea de forma directa o a través de sus sociedades dependientes, en los siguientes términos:

Medios de Adquisición: Esta adquisición podrá llevarse a cabo mediante diversas modalidades, incluyendo compraventa, permuta, donación, cesión o pago en especie y, en general, mediante cualquier otro tipo de adquisición onerosa de acciones en circulación y totalmente desembolsadas permitida por la ley, en una o varias ocasiones.

Límite Máximo: El número total de acciones propias que la Sociedad mantenga en cualquier momento, incluyendo las adquiridas en virtud de esta autorización, además de las que ya posea, no podrá exceder del diez por ciento (10%) del capital social de la Sociedad.

Precios Máximo y Mínimo: El precio o contraprestación no será inferior a su valor nominal ni superior en un cinco por ciento (5%) al precio de cotización o a cualquier otro precio asociado a las acciones en el momento de la adquisición.

Duración de la Autorización: La autorización otorgada al Consejo de Administración para llevar a cabo estas operaciones tendrá una validez de cinco (5) años, a contar desde el día siguiente a la fecha en que se adoptó este acuerdo.

Derechos de las Acciones Adquiridas: Las acciones propias adquiridas en virtud de esta autorización no conferirán a la Sociedad ningún derecho político, incluyendo el derecho de voto. Los derechos económicos correspondientes a estas acciones se atribuirán proporcionalmente a las restantes acciones en circulación.

Adquisición por Filiales: La autorización se extiende también a cualquier sociedad dependiente controlada por la Sociedad para adquirir acciones de la propia Sociedad, bajo los mismos términos y condiciones establecidos en esta aprobación.

Finalidad: Las acciones de la Sociedad adquiridas podrán ser objeto de enajenación o amortización, o bien ser utilizadas para los sistemas de retribución contemplados en el artículo 146.1 a) de la Ley de Sociedades de Capital.

A.11. Capital flotante estimado:

%
Capital flotante estimado 36,79

El % de capital flotante se ha calculado detrayendo del 100% del capital social (sección A.1), menos las acciones de accionistas significativos que posean más del 3% de los derechos de voto vinculados a las acciones o el 1% si la parte reside en un paraíso fiscal (sección A.2), las acciones que ostentan los miembros del Consejo de Administración (sección A.3) y las acciones propias (Sección A.9)

A.12. Indique si existe cualquier restricción (estatutaria, legislativa o de cualquier índole) a la transmisibilidad de valores y/o cualquier restricción al derecho de voto. En particular, se comunicará la existencia de cualquier tipo de restricciones que puedan dificultar la toma de control de la sociedad mediante la adquisición de sus acciones en el mercado, así como aquellos regímenes de autorización o comunicación previa que, sobre las adquisiciones o transmisiones de instrumentos financieros de la compañía, le sean aplicables por normativa sectorial.

[ ]
[ √ ] No

A.13. Indique si la junta general ha acordado adoptar medidas de neutralización frente a una oferta pública de adquisición en virtud de lo dispuesto en la Ley 6/2007.

[ ]
[ √ ] No

En su caso, explique las medidas aprobadas y los términos en que se producirá la ineficiencia de las restricciones:

A.14. Indique si la sociedad ha emitido valores que no se negocian en un mercado regulado de la Unión Europea.

[ ]
[ √ ] No

En su caso, indique las distintas clases de acciones y, para cada clase de acciones, los derechos y obligaciones que confiera:

B. JUNTA GENERAL

  • B.1. Indique y, en su caso detalle, si existen diferencias con el régimen de mínimos previsto en la Ley de Sociedades de Capital (LSC) respecto al quórum de constitución de la junta general:
    • [ ] Sí
    • [ √ ] No
  • B.2. Indique y, en su caso, detalle si existen diferencias con el régimen previsto en la Ley de Sociedades de Capital (LSC) para la adopción de acuerdos sociales:
    • [ ] [ √ ] Sí No
  • B.3. Indique las normas aplicables a la modificación de los estatutos de la sociedad. En particular, se comunicarán las mayorías previstas para la modificación de los estatutos, así como, en su caso, las normas previstas para la tutela de los derechos de los socios en la modificación de los estatutos.

De acuerdo con el Reglamento de la Junta General de Acconistas (Artículo 19.2 y 32), para que la Junta General ordinaria y extraordinaria pueda acordar cualquier modificación de los estatutos sociales, será necesaria, en primera convocatoria, la concurrencia de accionistas presentes o representados que posean, al menos, el cincuenta por ciento del capital suscrito con derecho de voto. En segunda convocatoria será suficiente la concurrencia del veinticinco por ciento de dicho capital, si bien, cuando concurran accionistas que representen menos del cincuenta por ciento del capital suscrito con derecho de voto, los acuerdos a que se refiere el presente párrafo, solo podrán adoptarse válidamente con el voto favorable de los dos tercios del capital presente o representado en la Junta General de accionistas.

B.4. Indique los datos de asistencia en las juntas generales celebradas en el ejercicio al que se refiere el presente informe y los de los dos ejercicios anteriores:

Datos de asistencia
Fecha junta general % de
presencia física
% en
representación
% voto a distancia Total
Voto electrónico Otros
28/07/2017 30,97 1,30 0,00 27,98 60,25
De los que Capital flotante 0,00 1,30 0,00 10,54 11,84
26/09/2018 30,85 0,72 0,00 28,79 60,36
De los que Capital flotante 0,00 0,72 0,00 11,63 12,35
26/02/2019 29,60 0,00 0,00 27,10 56,70
De los que Capital flotante 0,01 0,00 0,00 8,87 8,88
30/09/2019 30,89 0,72 0,00 38,63 70,24
De los que Capital flotante 0,03 0,72 0,00 21,62 22,37
22/09/2020 0,05 0,00 0,00 72,00 72,05

Datos de asistencia
% de % en % voto a distancia
Fecha junta general presencia física representación Voto electrónico Otros Total
De los que Capital flotante 0,05 0,00 0,00 22,80 22,85
23/09/2020 0,05 0,00 0,00 72,10 72,15
De los que Capital flotante 0,05 0,00 0,00 23,00 23,05
22/09/2021 2,14 26,92 0,00 27,59 56,65
De los que Capital flotante 0,00 11,16 0,00 0,64 11,80
20/09/2022 2,43 39,66 0,00 15,37 57,46
De los que Capital flotante 0,01 15,92 0,00 0,33 16,26
27/09/2023 2,86 44,40 0,00 1,26 48,52
De los que Capital flotante 0,09 15,34 0,00 1,26 16,69
27/09/2024 3,17 38,55 0,00 6,18 47,90
De los que Capital flotante 3,17 13,47 0,00 6,18 22,82
  • B.5. Indique si en las juntas generales celebradas en el ejercicio ha habido algún punto del orden del día que, por cualquier motivo, no haya sido aprobado por los accionistas:
    • [ ] [ √ ] Sí No
  • B.6. Indique si existe alguna restricción estatutaria que establezca un número mínimo de acciones necesarias para asistir a la junta general, o para votar a distancia:
    • [ √ ] [ ] Sí No
Número de acciones necesarias para asistir a la junta general 1.000
Número de acciones necesarias para votar a distancia

Según los Estatutos Sociales, Artículo 10.1.1, y según el Reglamento de la Junta General de Accionistas, artículo 13.1, tienen derecho de asistencia a las Juntas Generales los accionistas titulares, individualmente o en grupo con otros accionistas,de un mínimo de mil (1.000) acciones. Dichos accionistas podrán asistir física o remotamente a la Junta General, siempre que dichas acciones estén debidamente inscritas a su nombre en el correspondiente registro contable de valores con al menos cinco días naturales de antelación a la fecha prevista para la Junta General. Los accionistas podrán asistir y votar en la Junta General por medios de telecomunicación, según lo previsto en el Reglamento de la Junta General y siempre que el Consejo de Administración indique esta posibilidad en la convocatoria de cada reunión. Cada acción con derecho a voto, representada directa o indirectamente en la Junta General, da derecho a su titular a un voto.

  • B.7. Indique si se ha establecido que determinadas decisiones, distintas a las establecidas por Ley, que entrañan una adquisición, enajenación, la aportación a otra sociedad de activos esenciales u otras operaciones corporativas similares, deben ser sometidas a la aprobación de la junta general de accionistas:
    • [ ] Sí

[ √ ] No

B.8. Indique la dirección y modo de acceso a la página web de la sociedad a la información sobre gobierno corporativo y otra información sobre las juntas generales que deba ponerse a disposición de los accionistas a través de la página web de la Sociedad:

Dirección electrónica: https://www.edreamsodigeo.com/es/

La sección "Inversores/Gobierno" contiene toda la información corporativa incluyendo la referida a Gobierno Corporativo y Juntas Generales de Accionistas.

C. ESTRUCTURA DE LA ADMINISTRACION DE LA SOCIEDAD

C.1. Consejo de administración

C.1.1 Número máximo y mínimo de consejeros previstos en los estatutos sociales y el número fijado por la junta general:

Número máximo de consejeros 15
Número mínimo de consejeros 5
Número de consejeros fijado por la junta 8

C.1.2 Complete el siguiente cuadro con los miembros del consejo:

Nombre o
denominación
social del
consejero
Representante Categoría
del consejero
Cargo en
el consejo
Fecha primer
nombramiento
Fecha último
nombramiento
Procedimiento
de elección
DON PEDRO
LÓPEZ DE
GUZMAN
LUXGOAL 3,
SÀRL
Dominical CONSEJERO 28/07/2017 27/09/2024 ACUERDO
JUNTA
GENERAL DE
ACCIONISTAS
DON BENOIT
VAUCHY
LUXGOAL 3,
SÀRL
Dominical CONSEJERO 18/03/2014 27/09/2024 ACUERDO
JUNTA
GENERAL DE
ACCIONISTAS
DOÑA
CARMEN ALLO
Independiente CONSEJERO 22/09/2020 27/09/2024 ACUERDO
JUNTA
GENERAL DE
ACCIONISTAS
DON DANA
DUNNE
Ejecutivo CONSEJERO 22/07/2015 27/09/2024 ACUERDO
JUNTA
GENERAL DE
ACCIONISTAS
DON DAVID
ELIZAGA
Ejecutivo CONSEJERO 20/07/2016 27/09/2024 ACUERDO
JUNTA
GENERAL DE
ACCIONISTAS
DOÑA
AMANDA
ELIZABETH
WILLS
Independiente CONSEJERO 20/07/2016 27/09/2024 ACUERDO
JUNTA
GENERAL DE
ACCIONISTAS
DON THOMAS
VOLLMOELLER
Independiente PRESIDENTE 01/01/2020 27/09/2024 ACUERDO
JUNTA

Nombre o
denominación
social del
consejero
Representante Categoría
del consejero
Cargo en
el consejo
Fecha primer
nombramiento
Fecha último
nombramiento
Procedimiento
de elección
GENERAL DE
ACCIONISTAS
DOÑA
LAURENCE
BERMAN
Independiente CONSEJERO 27/09/2024 27/09/2024 ACUERDO
JUNTA
GENERAL DE
ACCIONISTAS

Número total de consejeros 8

Indique los ceses que, ya sea por dimisión o por acuerdo de la junta general, se hayan producido en el consejo de administración durante el periodo sujeto a información:

Nombre o
denominación
social del
consejero
Categoría del
consejero en el
momento del cese
Fecha del último
nombramiento
Fecha de baja Comisiones
especializadas
de las que
era miembro
Indique si el cese
se ha producido
antes del fin
del mandato
Sin datos

C.1.3 Complete los siguientes cuadros sobre los miembros del consejo y su distinta categoría:

CONSEJEROS EJECUTIVOS
Nombre o
denominación
social del consejero
Cargo en el
organigrama
de la sociedad
Perfil
DON DANA DUNNE Consejero Delegado Nacido en Nueva York, Dana es el Consejero Delegado (CEO) de
eDreams ODIGEO. Anteriormente, fue Director Comercial de easyJet
Plc, siendo responsable de ventas (la mayoría online), marketing, gestión
del rendimiento. y centros de atención al cliente. Anteriormente, fue
Consejero Delegado y Director de AOL Europe Sarl., una filial de AOL
LLC. Antes de AOL fue presidente de unidades clave de negocio en
Belgacom y US West, dos de las empresas de telecomunicaciones más
exitosas de Europa y Estados Unidos. Cuenta con una amplía trayectoria
profesional en empresas internacionales de renombre de medios
y telecomunicaciones. Dana tiene un MBA de la Wharton Business
School y una licenciatura en economía de la Universidad Wesleyan.
A 31 de marzo de 2025, es titular de 3.486.457 acciones de eDreams
ODIGEO. Dana fue nombrado Consejero (Ejecutivo) el día 22 julio de
2015 y, posteriormente, reelegido por dos mandatos más en las Juntas
Generales de Accionistas (JGA) celebradas el 26 septiembre de 2018,
septiembre de 2020, siendo la última reelección efectiva tras el traslado
del domicilio social de la Sociedad a España (10 de marzo de 2021). En

CONSEJEROS EJECUTIVOS
Nombre o
denominación
social del consejero
Cargo en el
organigrama
de la sociedad
Perfil
la JGA celebrada en Septiembre 2024, se aprobó su reelección por un
período de tres años.
DON DAVID
ELIZAGA
Director Financiero del
Grupo
Nacido en Madrid, David es el Director Financiero de eDreams ODIGEO.
Antes de incorporarse a eDreams ODIGEO, fue Director Financiero de
Codere S.A., y previamente ocupó varios cargos en Codere S.A., Monitor
Group y Lehman Brothers. Es licenciado en ciencias empresariales y
derecho por la Universidad Pontificia de Comillas–ICADE. A 31 de marzo
de 2025,es titular de 962.865 acciones de eDreams ODIGEO. David
fue nombrado Consejero en la junta de accionistas celebrada el 20 de
julio de 2016. Posteriormente, fue reelegido por otros dos mandatos de
tres años en las Juntas Generales de Accionistas (JGA) celebradas en
septiembre de 2018 y septiembre de 2020, siendo la última reelección
efectiva en la fecha de traslado del domicilio social de la Compañía a
España (10 de marzo de 2021). En la JGA celebrada en Septiembre 2024,
se aprobó su reelección por un período de tres años.
Número total de consejeros ejecutivos 2
% sobre el total del consejo 25,00
CONSEJEROS EXTERNOS DOMINICALES
Nombre o
denominación
social del consejero
Nombre o
denominación del
accionista significativo
a quien representa
o que ha propuesto
su nombramiento
Perfil
DON PEDRO LÓPEZ
DE GUZMAN
LUXGOAL 3, SÀRL Nacido en Madrid, Pedro se incorporó a Permira en 2006. Desde
2016, es el jefe de la oficina de Madrid, y fue nombrado socio en
enero del 2024. Supervisa las oportunidades de inversión en varios
sectores y es miembro del Grupo de Financiación, habiendo trabajado
en varias operaciones como Magento, Althea, Schustermann &
Borenstein (ahora Bestsecret.com), Universidad Europea, Neuraxpharm
y AltamarCAM. Actualmente es miembro de los consejos: Hana
(Presidente), Universidad Europea, and AltamarCAM. Antes de
incorporarse a Permira, Pedro trabajó cuatro años en J.P. Morgan en
Londres, en el departamento de fusiones y adquisiciones, en mercados
de capitales de deuda y financiación apalancada. Pedro es licenciado en
administración de empresas y en derecho por la Universidad Carlos III.
Pedro fue nombrado consejero dominical (afiliado a los fondos Permira)
por un periodo de tres años en las Juntas Generales de Accionistas (JGA)
celebradas en julio de 2017 y septiembre de 2020, siendo la última
reelección efectiva a partir de la fecha de traslado del domicilio social

CONSEJEROS EXTERNOS DOMINICALES
Nombre o
denominación
social del consejero
Nombre o
denominación del
accionista significativo
a quien representa
o que ha propuesto
su nombramiento
Perfil
a España (10 de marzo de 2021). En la JGA celebrada en septiembre de
2024, se aprobó su reelección por un período de tres años.
DON BENOIT
VAUCHY
LUXGOAL 3, SÀRL Nacido en Francia, Benoît se incorporó al Grupo en 2011 como
consejero no ejecutivo de Opodo Limited, habiendo desempeñado
anteriormente el cargo de presidente de la Comisión de Auditoría del
Grupo. Actualmente es Socio y miembro del Comité de Inversiones
y del Comité Ejecutivo de Permira. En la actualidad, forma parte del
consejo de administración de Permira Holding Limited y también
del Consejo de Administración de Dr. Martens plc. y Lowell Group. Su
experiencia previa en consejos de administración incluye Universidad
Europea, VacanceSelect y Exclusive Networks. Antes de unirse a Permira
en 2006, desarrolló la mayor parte de su carrera en financiación
apalancada, incluyendo su paso por J.P. Morgan en Londres. Benoît
fue nombrado consejero dominical (afiliado a los fondos Permira) por
primera vez por la Junta de accionistas celebrada el 18 de marzo de
2014 y, posteriormente, reelegido por otros dos mandatos de tres años
en las Juntas Generales de Accionistas (JGA) celebradas en julio de 2017
y septiembre de 2020, siendo la última reelección efectiva a partir de la
fecha de traslado del domicilio social de la Compañía a España (10 de
marzo de 2021). En la JGA celebrada en septiembre de 2024, se aprobó
su reelección por un período de tres años.
Número total de consejeros dominicales 2
% sobre el total del consejo 25,00
CONSEJEROS EXTERNOS INDEPENDIENTES
Nombre o
denominación
social del consejero
Perfil
DOÑA CARMEN
ALLO
Nacida en Logroño (España), Carmen aporta su amplia experiencia en banca corporativa y de
inversión en grandes bancos europeos y estadounidenses, así como en la gestión de riesgos, y
como presidenta de la Comisión de Auditoría de empresas cotizadas en el mercado de valores
español. Actualmente es presidenta de la Comisión de Auditoría y miembro de la Comisión
de Nombramientos y Retribuciones de Sareb, es miembro de la Comisión de Auditoría y de la
Comisión de Nombramientos y Retribuciones de CAF y Presidenta del Comité de inversiones
de Crisae Private Debt SLU. También es profesora del Instituto de Empresa (IE). Carmen es
licenciada en matemáticas por la Universidad de Zaragoza y tiene un MBA del Instituto de
empresa (IE). Ha asistido a programas de formación de ejecutivos en la London Business School
y en la Universidad de Harvard. Carmen fue nombrada consejera por un periodo de tres años a

CONSEJEROS EXTERNOS INDEPENDIENTES
Nombre o
denominación
social del consejero
Perfil
partir del 1 de abril de 2020. La decisión fue ratificada en la Junta General de Accionistas (JGA)
celebrada en septiembre de 2020 y, posteriormente, tras el traslado del domicilio social de la
Sociedad a España (10 de marzo de 2021). En la JGA celebrada en septiembre de 2024, se aprobó
su reelección por un período de tres años.
DOÑA AMANDA
ELIZABETH WILLS
Nacida en Liverpool, Amanda es una ejecutiva galardonada con varios premios y altamente
respetada en el sector turístico de Reino Unido. Empezó su carrera de turismo en Airtours
PLC, convirtiéndose en la primera mujer del Consejo de United Kingdom Leisure Group.
Posteriormente, trabajó durante más de 13 años como directora general de Virgin Holidays Group.
Bajo su liderazgo, la empresa experimentó un crecimiento exponencial, tanto en ingresos como
en beneficios, y se convirtió en líder del mercado de los alojamientos turísticos de larga estancia.
Fue determinante en la introducción de novedades en el sector y en la penetración en nuevos
mercados (Reino Unido y Estados Unidos). Durante su mandato, Virgin Holidays recibió múltiples
galardones del sector. En 2014, le fue concedido el nombramiento de Comandante de la Orden
del Imperio Británico (CBE) por la Reina de Inglaterra, por sus servicios al turismo británico y su
compromiso con el trabajo benéfico. Amanda fue nombrada consejera en la junta de accionistas
celebrada el 20 de julio de 2016. Posteriormente fue reelegida por otros dos mandatos de
tres años en las Juntas Generales de Accionistas (JGA) celebradas en septiembre de 2018 y
septiembre de 2020, siendo la última reelección efectiva en la fecha de traslado del domicilio
social de la Compañía a España (10 de marzo de 2021). En la JGA celebrada en septiembre de
2024, se aprobó su reelección por un período de tres años.
DON THOMAS
VOLLMOELLER
Nacido en Tubinga (Alemania), Thomas es Presidente del consejo de administración de
Ravensburger AG, miembro de los consejos de Conrad Electronic SE y, Franz Haniel & Cie.
GmbH, y miembro de los consejos asesores de Stiftung Mercator Deutschland GmbH y ZELOS
Management Consultants. Anteriormente, fue consejero delegado de New York SE, una
importante red profesional de negocios con más de 20 millones de usuarios en la región DACH
(Alemania, Austria y Suiza). Adicionalmente, fue consejero delegado de Valora Holding AG, una
empresa de comercio internacional que cotiza en bolsa y Director financiero de Tchibo GmbH,
una de las mayores cadenas de venta al por menor de Alemania. Thomas es doctorado por la
Universidad de St. Gallen y diplomado por la Universidad de Stuttgart-Hohenheim. A 31 de marzo
de 2025, era titular de 15.200 acciones de eDreams ODIGEO. Thomas fue nombrado presidente
por la Junta General Anual (JGA) celebrada el 30 de septiembre de 2019 (con efectos a partir del 1
de enero de 2020) y posteriormente ratificado tras el traslado del domicilio social de la Sociedad
a España (10 de marzo de 2021). En la junta general de accionistas (JGA) celebrada en septiembre
de 2024, se aprobó su reelección por un período de tres años.
DOÑA LAURENCE
BERMAN
Nacida en Francia y con una amplia experiencia en gestión empresarial en los sectores de viajes,
hostelería y tecnología, Laurence ha demostrado capacidad de entrega estratégica, liderazgo y
visión a lo largo de su carrera. Su distinguida trayectoria profesional incluye puestos ejecutivos
clave como vicepresidenta en Disneyland París y directora general en la empresa de vacaciones
Jet Tours. Anteriormente, formó parte de los consejos de administración de grupos hoteleros
destacados, como Veranda Resorts y Valtur. También ha ocupado cargos en el consejo asesor
global de la escuela de negocios Booth de la Universidad de Chicago y en la empresa líder de
consultoría tecnológica Booz Allen Hamilton. Laurence posee un Máster por la ESSEC Business
School y ?un MBA por la Booth School of Business de la Universidad ?de Chicago. Laurence

CONSEJEROS EXTERNOS INDEPENDIENTES
Nombre o
denominación Perfil
social del consejero
fue nombrada consejera independiente por un periodo de tres años en la Junta General de
Accionistas (JGA) celebrada en Septiembre de 2024.
Número total de consejeros independientes
4
Número total de consejeros independientes 4
% sobre el total del consejo 50,00

Indique si algún consejero calificado como independiente percibe de la sociedad, o de su mismo grupo, cualquier cantidad o beneficio por un concepto distinto de la remuneración de consejero, o mantiene o ha mantenido, durante el último ejercicio, una relación de negocios con la sociedad o con cualquier sociedad de su grupo, ya sea en nombre propio o como accionista significativo, consejero o alto directivo de una entidad que mantenga o hubiera mantenido dicha relación.

En su caso, se incluirá una declaración motivada del consejo sobre las razones por las que considera que dicho consejero puede desempeñar sus funciones en calidad de consejero independiente.

Nombre o
denominación Descripción de la relación Declaración motivada
social del consejero
Sin datos
OTROS CONSEJEROS EXTERNOS
Se identificará a los otros consejeros externos y se detallarán los motivos por los que no se puedan considerar
dominicales o independientes y sus vínculos, ya sea con la sociedad, sus directivos, o sus accionistas:
Nombre o
denominación
social del consejero
Motivos Sociedad, directivo o
accionista con el que
mantiene el vínculo
Perfil
Sin datos
Número total de otros consejeros externos N.A.
% sobre el total del consejo N.A.

Indique las variaciones que, en su caso, se hayan producido durante el periodo en la categoría de cada consejero:

Nombre o denominación
social del consejero
Fecha del cambio Categoría anterior Categoría actual
Sin datos

C.1.4 Complete el siguiente cuadro con la información relativa al número de consejeras al cierre de los últimos 4 ejercicios, así como la categoría de tales consejeras:

Número de consejeras % sobre el total de
consejeros de cada categoría
Ejercicio
2024
Ejercicio
2023
Ejercicio
2022
Ejercicio
2021
Ejercicio
2024
Ejercicio
2023
Ejercicio
2022
Ejercicio
2021
Ejecutivas 0,00 0,00 0,00 0,00
Dominicales 1 0,00 0,00 0,00 25,00
Independientes 3 2 2 2 75,00 66,66 66,60 66,66
Otras Externas 0,00 0,00 0,00 0,00
Total 3 2 2 3 37,50 28,57 28,57 33,33
  • C.1.5 Indique si la sociedad cuenta con políticas de diversidad en relación con el consejo de administración de la empresa por lo que respecta a cuestiones como, por ejemplo, la edad, el género, la discapacidad, o la formación y experiencia profesionales. Las entidades pequeñas y medianas, de acuerdo con la definición contenida en la Ley de Auditoría de Cuentas, tendrán que informar, como mínimo, de la política que tengan establecida en relación con la diversidad de género.
  • [ √ ] Sí
  • [ ] No
  • [ ] Políticas parciales

En caso afirmativo, describa estas políticas de diversidad, sus objetivos, las medidas y la forma en que se ha aplicado y sus resultados en el ejercicio. También se deberán indicar las medidas concretas adoptadas por el consejo de administración y la comisión de nombramientos y retribuciones para conseguir una presencia equilibrada y diversa de consejeros.

En caso de que la sociedad no aplique una política de diversidad, explique las razones por las cuales no lo hace.

Descripción de las políticas, objetivos, medidas y forma en que se han aplicado, así como los resultados obtenidos

La Política de Selección de Consejeros de la Compañía establece que en todo proceso de selección de un nuevo Consejero, se analizarán las necesidades del Consejo, teniendo en cuenta, entre otros, la diversidad de los miembros del Consejo así como también, la diversidad de género.

La Comisión de Nombramientos y Retribuciones debe garantizar que los candidatos a Consejeros cumplan con los siguientes parámetros establecidos en la Política:

(i) Competencia profesional, seleccionando candidatos que hayan logrado reconocimiento en su profesión; Se atribuye un valor particular a la experiencia en los países y sectores en los que el Grupo realiza o realizará negocios para aportar una visión estratégica y comercial.

(ii) Diversidad, seleccionando una variedad de perfiles dentro de la Junta Directiva (negocios, académicos, financieros, legales, consultores, ...) y una diversidad de experiencia, origen, nacionalidad y, en particular, género, asegurando que hay una representación adecuada de Consejeras.

(iii) Capacidad y compatibilidad, asegurando que los candidatos tengan un historial profesional apropiado y un historial intachable de conducta personal, comercial y profesional.

La Política de Selección de Consejeros de la Compañía, recomienda que, siempre que se produzca una vacante en el Consejo de Administración y se inicie el proceso de selección, participe al menos una mujer candidata, sin perjuicio de los principios de mérito y capacidad.

En consonancia con nuestro compromiso de asegurar una composición equilibrada de experiencia y género en el Consejo, en la Junta General Ordinaria celebrada el 27 de septiembre de 2024 se nombró a Laurence Berman como Consejera Independiente.

Para el ejercicio fiscal finalizado el 31 de marzo de 2025, el Consejo estuvo compuesto por ocho miembros: 4 Consejeros Independientes, 2 Consejeros Dominicales (vinculados a los fondos de Permira) y 2 Consejeros Ejecutivos. Tres de nuestros ocho miembros del Consejo son mujeres (38%).

El perfil de los actuales miembros del Consejo, hombres y mujeres, responde a las necesidades del Grupo y se basa sólidamente en los principios de meritocracia y diversidad. Además, está representado por una diversidad de experiencia profesional y conocimiento académico (abogados, economistas, matemáticos, entre otros).

En caso de que la Sociedad decida modificar la composición del Consejo en el futuro, se compromete a aumentar la representación de Consejeros Independientes y a mantener una composición equilibrada y diversa en cuanto a género y experiencia.

C.1.6 Explique las medidas que, en su caso, hubiese convenido la comisión de nombramientos para que los procedimientos de selección no adolezcan de sesgos implícitos que obstaculicen la selección de consejeras, y que la compañía busque deliberadamente e incluya entre los potenciales candidatos, mujeres que reúnan el perfil profesional buscado y que permita alcanzar una presencia equilibrada de mujeres y hombres. Indique también si entre estas medidas está la de fomentar que la compañía cuente con un número significativo de altas directivas:

Explicación de las medidas

La Política de Selección de Consejeros de eDreams ODIGEO quiere garantizar que las propuestas de nombramiento o reelección de los Consejeros se basen en un análisis previo de las necesidades del Consejo de Administración del Grupo, que fomenten la diversidad de conocimientos, experiencia y género, y que estén libres de cualquier sesgo implícito que conlleve cualquier tipo de discriminación.

En particular, los candidatos deberán ser personas honorables, idóneas y de reconocida solvencia, competencia, experiencia, cualificación, formación, disponibilidad y compromiso con su función. Deberán ser profesionales íntegros, cuya conducta y trayectoria profesional esté alineada con los principios recogidos en el Código de Conducta de la Compañía y con la misión, visión y valores del Grupo. Además, se procurará que se consiga un adecuado equilibrio en el Consejo de Administración que enriquezca la toma de decisiones y aporte puntos de vista plurales al debate de los asuntos de su competencia.

El Consejo ha encomendado a la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, la responsabilidad de asegurar que los criterios antes mencionados se apliquen en la selección de nuevos Consejeros.

Cuando a pesar de las medidas que, en su caso, se hayan adoptado, sea escaso o nulo el número de consejeras o altas directivas, explique los motivos que lo justifiquen:

Explicación de los motivos

Para el ejercicio fiscal finalizado el 31 de marzo de 2025, el Consejo estuvo compuesto por ocho miembros: 4 Consejeros Independientes, 2 Consejeros Dominicales (vinculados a los fondos de Permira) y 2 Consejeros Ejecutivos. Tres de nuestros ocho miembros del Consejo son mujeres (38%).

En consonancia con nuestro compromiso de asegurar una composición equilibrada de experiencia y género en el Consejo, en la Junta General Ordinaria celebrada el 27 de septiembre de 2024 se nombró a Laurence Berman como Consejera Independiente.

El perfil de los actuales miembros del Consejo, hombres y mujeres, responde a las necesidades del Grupo y se basa sólidamente en los principios de meritocracia y diversidad. Además, está representado por una diversidad de experiencia profesional y conocimiento académico (abogados, economistas, matemáticos, entre otros).

En caso de que la Sociedad decida modificar la composición del Consejo en el futuro, se compromete a aumentar la representación de Consejeros Independientes y a mantener una composición equilibrada y diversa en cuanto a género y experiencia.

C.1.7 Explique las conclusiones de la comisión de nombramientos sobre la verificación del cumplimiento de la política dirigida a favorecer una composición apropiada del consejo de administración.

La Política de Selección de Consejeros persigue la diversidad de conocimientos, experiencia, origen, nacionalidad y género dentro del Consejo de Administración. El proceso de selección procura promover la búsqueda de candidatos con conocimientos y experiencia en los principales países y sectores en los que el Grupo opera o vaya a operar.

El Consejo, así como la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, apoyan proactivamente el incremento del número de mujeres en el Consejo, al elegir entre candidatos con las mismas habilidades y cualidades profesionales, con el fin de lograr una representación más equilibrada en el Consejo. Esto se ve respaldado por la Consejera de más reciente nombramiento, Laurence Berman, como Consejera Independiente desde el 27 de septiembre de 2024.

C.1.8 Explique, en su caso, las razones por las cuales se han nombrado consejeros dominicales a instancia de accionistas cuya participación accionarial es inferior al 3% del capital:

Nombre o denominación
social del accionista
Justificación
Sin datos

Indique si no se han atendido peticiones formales de presencia en el consejo procedentes de accionistas cuya participación accionarial es igual o superior a la de otros a cuya instancia se hubieran designado consejeros dominicales. En su caso, explique las razones por las que no se hayan atendido:

[ ] Sí

  • [ √ ] No
  • C.1.9 Indique, en el caso de que existan, los poderes y las facultades delegadas por el consejo de administración, incluyendo los relativos a la posibilidad de emitir o recomprar acciones, en consejeros o en comisiones del consejo:
Nombre o denominación
social del consejero o comisión
Breve descripción
DANA DUNNE En la reunión del Consejo de Administración celebrada el 27 de septiembre de
2024, tras su reelección como miembro del Consejo por los accionistas en la
Junta General Ordinaria celebrada ese mismo día, el Consejo acordó delegar en
el Sr. Dana Philip Dunne todos los poderes del Consejo, a excepción de: (a) las
facultades indelegables por disposición legal o estatutaria. (b) la venta o compra
de un negocio en efectivo, ya sea mediante una transacción de activos o de
acciones, con un valor que supere los 5.000.000 de euros por ejercicio. (c) La
celebración de cualquier operación de asociación o empresa conjunta no incluida
en el presupuesto anual del Grupo que (i) pueda generar costes netos superiores
a 5.000.000 de euros; o (ii) que se espere que genere más costes que ingresos,
superando la diferencia los 5.000.000 de euros. (d) la celebración de acuerdos
o la modificación de acuerdos en el curso ordinario de los negocios relativos a
préstamos ad hoc por un importe superior a 5.000.000 de euros por ejercicio.
(e) el otorgamiento de cualquier gravamen, prenda, garantía o cualquier otra
garantía de cualquier tipo si (i)(a) no se realiza en el curso ordinario de los negocios
y (b) el valor de los activos así gravados o cargados es superior a 5.000.000 de
euros por ejercicio y (ii) no están permitidos por los acuerdos de financiación
suscritos por cualquier Sociedad del Grupo. (f) la celebración, modificación o
rescisión de cualquier acuerdo no incluido en el presupuesto anual del Grupo
y que pueda generar costes netos superiores a 2.000.000 de euros. (g) el inicio
de cualquier procedimiento judicial, reglamentario o de arbitraje de cualquier
tipo o la conclusión de cualquier acuerdo de conciliación como demandado o
demandante, y en el que la cantidad en juego supere los 2.000.000 de euros. El
Sr. Dana Philip Dunne se califica como "Consejero Ejecutivo" (CEO).

C.1.10 Identifique, en su caso, a los miembros del consejo que asuman cargos de administradores, representantes de administradores o directivos en otras sociedades que formen parte del grupo de la sociedad cotizada:

Nombre o denominación
social del consejero
Denominación social
de la entidad del grupo
Cargo ¿Tiene funciones ejecutivas?
DON DANA DUNNE eDreams Inc Consejero SI
DON DANA DUNNE GEO Travel Pacific Pty Ltd Consejero SI
DON DANA DUNNE Viagens eDreams Portugal -
Agência de Viagens LDA
Administrador único SI
DON DANA DUNNE eDreams, S.R.L. Consejero SI
DON DANA DUNNE Vacaciones eDreams, SL Administrador solidario SI
DON DANA DUNNE Engrande SL Administrador solidario SI
DON DANA DUNNE eDreams International
Network SL
Administrador único SI
DON DANA DUNNE Tierrabella Invest SL Administrador solidario SI
DON DANA DUNNE Opodo Gmbh Administrador único SI
DON DANA DUNNE eDreams LLC Consejero SI
DON DANA DUNNE Go Voyages SAS Administrador único SI
DON DANA DUNNE Go Voyages Trade SAS Administrador único SI
DON DANA DUNNE Liligo Metasearch
Technologies SAS
Administrador único SI
DON DANA DUNNE Opodo LTD Consejero SI
DON DANA DUNNE eDreams Gibraltar Limited Consejero SI
DON DANA DUNNE Travellink AB Consejero SI
DON DAVID ELIZAGA ODIGEO Hungary Kft. Administrador solidario SI
DON DAVID ELIZAGA GEO Travel Pacific Pty Ltd Consejero SI
DON DAVID ELIZAGA Viagens eDreams Portugal -
Agência de Viagens LDA
Administrador solidario SI
DON DAVID ELIZAGA Engrande SL Administrador solidario SI
DON DAVID ELIZAGA Tierrabella Invest SL Administrador solidario SI
DON DAVID ELIZAGA eDreams LLC Consejero SI
DON DAVID ELIZAGA Vacaciones eDreams, S.L Administrador solidario SI
DON DAVID ELIZAGA Opodo LTD Consejero SI
DON DAVID ELIZAGA eDreams Gibraltar Limited Consejero SI
DON DAVID ELIZAGA Travellink AB Consejero SI
DON DAVID ELIZAGA eDreams Inc Consejero SI

C.1.11 Detalle los cargos de consejero, administrador o director, o representante de los mismos, que desempeñen los consejeros o representantes de consejeros miembros del consejo de administración de la sociedad en otras entidades, se traten o no de sociedades cotizadas:

Identificación del
consejero o representante
Denominación social de
la entidad, cotizada o no
Cargo
DON BENOIT VAUCHY Lowell CONSEJERO
DON BENOIT VAUCHY Dr Martens Plc CONSEJERO
DON THOMAS VOLLMOELLER Conrad Electronic SE CONSEJERO
DON THOMAS VOLLMOELLER Ravensburger AG PRESIDENTE
DON THOMAS VOLLMOELLER Franz Haniel & Cie. GmbH, Duisburg
DE
CONSEJERO
DON THOMAS VOLLMOELLER Stiftung Mercator Deutschland, Essen CONSEJERO
DON THOMAS VOLLMOELLER ZELOS Management Consultants CONSEJERO
DOÑA CARMEN ALLO CAF S.A. Construcciones Auxiliares de
ferrocarriles S.A.
CONSEJERO
DOÑA CARMEN ALLO Sareb Sociedad de Gestión de Activos
Procedentes de la Restructuración
Bancaria S.A.
CONSEJERO
DON PEDRO LÓPEZ DE GUZMAN Hana PRESIDENTE
DON PEDRO LÓPEZ DE GUZMAN Proyectos Educativos (Universidad
Europa)
CONSEJERO
DON PEDRO LÓPEZ DE GUZMAN AltamarCAM CONSEJERO
DON BENOIT VAUCHY Permira Holding Limited CONSEJERO

Indique, en su caso, las demás actividades retribuidas de los consejeros o representantes de los consejeros, cualquiera que sea su naturaleza, distinta de las señaladas en el cuadro anterior.

Identificación del consejero o representante Demás actividades retribuidas
DON BENOIT VAUCHY Permira Advisers LLP
DOÑA CARMEN ALLO Crisae Private Debt SLU (Presidenta del Comité de
Inversión) Ie University (Profesor Asociado)

C.1.12 Indique y, en su caso explique, si la sociedad ha establecido reglas sobre el número máximo de consejos de sociedades de los que puedan formar parte sus consejeros, identificando, en su caso, dónde se regula:

[ √ ] [ ] Sí No

Explicación de las reglas e identificación del documento donde se regula

El Reglamento Interno del Consejo de Administración establece en el artículo 33.2, que el Consejero también deberá informar a la Sociedad de los cargos que desempeñe en el órgano de administración de otras sociedades y, en general, de los hechos, circunstancias o situaciones que puedan resultar relevantes para su actuación como administrador de la Sociedad de acuerdo con lo previsto en este Reglamento.

Según el artículo 20 del Reglamento del Consejo de Administración, sección 2.vii; Los consejeros deberán poner su cargo a disposición del Consejo de Administración y formalizar, si este lo considera conveniente, la correspondiente dimisión cuando formen parte de más de cuatro consejos de administración de otras sociedades cotizadas (diferentes a la Sociedad).

El Consejero Delegado (CEO) tiene una cláusula contractual que limita su participación, como Consejero No Ejecutivo, a un (1) Consejo de Administración adicional.

Durante el ejercicio fiscal finalizado a 31 de Marzo 2025, ninguno de los Consejeros ha excedido dichos límites establecidos.

C.1.13 Indique los importes de los conceptos relativos a la remuneración global del consejo de administración siguientes:

Remuneración devengada en el ejercicio a favor del consejo de administración (miles de euros) 8.246
Importe de los fondos acumulados por los consejeros actuales por sistemas de
ahorro a largo plazo con derechos económicos consolidados(miles de euros)
Importe de los fondos acumulados por los consejeros actuales por sistemas de
ahorro a largo plazo con derechos económicos no consolidados(miles de euros)
Importe de los fondos acumulados por los consejeros
antiguos por sistemas de ahorro a largo plazo (miles de euros)

Para obtener detalles completos sobre la remuneración global del Consejo de Administración, por favor, consulte la Sección C. Tablas del Informe Anual sobre la Remuneración de los Consejeros.

C.1.14 Identifique a los miembros de la alta dirección que no sean a su vez consejeros ejecutivos, e indique la remuneración total devengada a su favor durante el ejercicio:

Nombre o denominación social Cargo/s
DON GUILLAUME TEISSONNIERE Secretario del Consejo y Director de Asuntos Jurídicos del Grupo
DON FRÉDÉRIC ESCLAPEZ Director de Marketing
DON DANIEL FRANCIS Director de Auditoría Interna del Grupo
DOÑA LINDSEY AUTY Directora Recursos Humanos
DON CHRISTOPH RUPERT DIETERLE Director de Negocio y Producto
DON ANDREAS ADRIAN Director de Mercados Internacionales
DON CARSTEN BERNHARD Director Tecnología
DON GERKUS GOEDKOOP Director de Operaciones y Director Atención al Cliente
Número de mujeres en la alta dirección 1
Porcentaje sobre el total de miembros de la alta dirección 12,50
Remuneración total alta dirección (en miles de euros) 8.236

Las cifras reportadas para el ejercicio fiscal 2025 representan la remuneración anual devengada (salario fijo, bonificación variable anual y la valoración de las acciones recibidas en virtud de los Planes de Incentivos a Largo Plazo (LTIP)) por la Alta Dirección, excluyendo a los dos Consejeros Ejecutivos y añadiendo la remuneración anual devengada del Director de Auditoría Interna del Grupo y del Secretario del Consejo/ Director de Asuntos Jurídicos del Grupo.

C.1.15 Indique si se ha producido durante el ejercicio alguna modificación en el reglamento del consejo:

[ ]

[ √ ] No

C.1.16 Indique los procedimientos de selección, nombramiento, reelección y remoción de los consejeros. Detalle los órganos competentes, los trámites a seguir y los criterios a emplear en cada uno de los procedimientos.

Según los Estatutos,el Reglamento del Consejo de Administración(CA), los miembros del Consejo serán nombrados por la Junta General de Accionistas(JGA):

SELECCIÓN:La Comisión de Nombramientos y Retribuciones, en aplicación a la Política de selección de consejeros (Art.2), es responsable de (i) evaluar las competencias, conocimientos y experiencias necesarios en el CA, teniendo en cuenta los objetivos estratégicos y operacionales, y así definir las funciones y aptitudes necesarias en los candidatos que deban cubrir cada vacante, y evaluando el tiempo y dedicación precisos para que puedan desempeñar eficazmente su cometido; y (ii) velar por que los procedimientos de selección de sus miembros favorezcan la diversidad de género, de experiencias y de conocimientos, y no adolezcan de sesgos implícitos que puedan implicar discriminación alguna y , en particular que faciliten la selección de Consejeras.

NOMBRAMIENTO (Ar.18 Reglamento C.Admin) :

1) Serán designados por la JGA O CA, previo informe de la Comisión de Retribuciones y Nombramientos o, en el caso de los consejeros independientes, a propuesta de esta, de conformidad con las previsiones contenidas en la normativa aplicable, los Estatutos Sociales y este Reglamento.

2) Los nuevos consejeros deberán adquirir un conocimiento rápido y suficiente de la Sociedad, así como de sus reglas de gobierno corporativo. 3) Los miembros del CA estarán sujetos, en la medida que les sea aplicable, a la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, a la Ley 3/2015, de 30 de marzo, reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración General del Estado, y demás normativa en materia de incompatibilidades.

4) El CA procurará que la elección de candidatos recaiga sobre personas de reconocida solvencia, competencia y experiencia, debiendo extremar el rigor en relación con aquellas personas llamadas a cubrir los puestos de consejero independiente.

5) El CA, antes de proponer la reelección de consejeros a la JGA, evaluará, sin la participación de los sujetos afectados, la calidad del trabajo y la dedicación al cargo de los consejeros propuestos durante el mandato precedente.

Artículo 19. Duración del cargo

1) Los consejeros ejercerán su cargo durante el plazo de tres años, al término de los cuales podrán ser reelegidos una o más veces por períodos de igual duración máxima.

2) El nombramiento de los consejeros caducará cuando, vencido el plazo, se haya celebrado la JGA siguiente o hubiese transcurrido el término legal para la celebración de la Junta General de accionistas que deba resolver sobre la aprobación de cuentas anuales del ejercicio anterior. 3) Los consejeros designados por cooptación ejercerán su cargo hasta la primera reunión de la JGA que se celebre con posterioridad a su nombramiento, debiendo cesar en el cargo en el supuesto de que la citada JGA no ratifique su designación. De producirse la vacante una vez convocada la JGA y antes de su celebración, el Consejo podrá designar un consejero hasta la celebración de la siguiente JGA. 4) Los consejeros independientes no permanecerán como tales durante un periodo continuado superior a 12 años.

Artículo 20. Cese de los consejeros

1) Los consejeros cesarán en el cargo cuando haya transcurrido el período para el que fueron nombrados y cuando lo decida la JGA en uso de las atribuciones que tiene conferidas legal o estatutariamente.

2) Los consejeros deberán poner su cargo a disposición del CA y formalizar, si este lo considera conveniente, la correspondiente dimisión en los siguientes casos:

(i) Cuando cesen en los puestos ejecutivos a los que estuviere asociado su nombramiento como consejero.

(ii) Cuando se vean incursos en alguno de los supuestos de incompatibilidad o prohibición legal o estatutariamente previstos.

(iii) Cuando resulten gravemente amonestados por el CA por haber infringido sus obligaciones como consejeros.

(iv) Cuando su permanencia en el Consejo pueda poner en riesgo o perjudicar los intereses, el crédito o la reputación de la Sociedad o cuando desaparezcan las razones por las que fueron nombrados incluyendo, sin limitación, cuando se produjeran cambios significativos en su situación profesional o en las condiciones en virtud de las cuales hubiera sido nombrado consejero.

(v) Cuando resulten procesados por un hecho presuntamente delictivo o sean objeto de un expediente disciplinario por falta grave o muy grave instruido por las autoridades supervisoras.

(vi) En el caso de los consejeros dominicales (i) cuando el accionista a quien representen venda íntegramente su participación accionarial o la reduzca de manera relevante y, (ii) en el número que corresponda, cuando dicho accionista rebaje su participación accionarial hasta un nivel que exija la reducción del número de consejeros dominicales.

(vii) Cuando formen parte de más de cuatro consejos de administración de otras sociedades cotizadas (diferentes a la Sociedad). (viii) Cuando por hechos imputables al consejero su permanencia en el Consejo cause un año grave al patrimonio o reputación sociales a juicio de éste.

EVALUACIÓN: El CA deberá llevar a cabo una evaluación anual para medir el rendimiento y la eficacia del Consejo y sus Comisiones, incluyendo las competencias, la experiencia, la independencia y el conocimiento de la empresa, su diversidad, incluido el género, la forma de trabajar del Consejo como una unidad, y otros factores relevantes para medir la eficacia del Consejo. El Consejo deberá evaluar los resultados y adoptar las medidas oportunas para su mejora. El proceso de evaluación también tendrá en consideración el plan de sucesión de Consejeros. Los resultados

de la evaluación se harán constar en el acta de la reunión o incluirlos en la misma como anexo. Cualquier sugerencia de mejora que provenga del ejercicio de evaluación se formalizará en un plan de acción.

C.1.17 Explique en qué medida la evaluación anual del consejo ha dado lugar a cambios importantes en su organización interna y sobre los procedimientos aplicables a sus actividades:

Descripción modificaciones

La autoevaluación anual del ejercicio fiscal 2024 del Consejo de Administración, sus Comités y el desempeño del Director Ejecutivo se llevó a cabo durante el primer trimestre del ejercicio fiscal 2025, y los resultados se compartieron con el Consejo después del cierre del ejercicio, sin que esto derivara en cambios significativos en la organización interna del Consejo ni en los procedimientos aplicables a sus actividades. Se han implementado diversas medidas logísticas para mejorar la eficiencia y la eficacia. Un consultor externo independiente, "Board & Leaders Ltd", contratado para gestionar el proceso de revisión de la autoevaluación del Consejo en el ejercicio fiscal 2022, ha sido nuevamente contratado para gestionar el proceso posterior al cierre del ejercicio fiscal 2025.

Describa el proceso de evaluación y las áreas evaluadas que ha realizado el consejo de administración auxiliado, en su caso, por un consultor externo, respecto del funcionamiento y la composición del consejo y de sus comisiones y cualquier otra área o aspecto que haya sido objeto de evaluación.

Descripción proceso de evaluación y áreas evaluadas

El Consejo lleva a cabo un proceso confidencial en el que se plantean a sus miembros preguntas detalladas, específicas y abiertas, para recabar su opinión detallada sobre el rendimiento individual y colectivo, lo que permite al Consejo mejorar su eficacia y mantener los más altos niveles de exigencia.

El proceso anual de evaluación está diseñado para medir el rendimiento y la eficacia del Consejo y sus Comisiones, incluyendo las competencias, la experiencia, la independencia y el conocimiento de la empresa, su diversidad, incluido el género, la forma de trabajar del Consejo como una unidad, y otros factores relevantes para medir la eficacia del Consejo.

El citado cuestionario contiene las siguientes áreas de evaluación:

a) Funciones y responsabilidades del Consejo de Administración:

• Evaluar si el Consejo de Administración aborda las cuestiones apropiados para cumplir debidamente sus objetivos, y en particular: (i) define claramente su autoridad y responsabilidad; (ii) entiende la misión de la organización y sus productos / programas; (iii) la estrategia; (iv) Planes del Consejo (v) las transacciones significativas.

b) Relación del Consejo de Administración con los Consejeros Ejecutivos • Considerar si el Consejo de Administración, en relación con sus Consejeros Ejecutivos: (i) tiene una buena comunicación bidireccional; (ii) existen políticas que proporcionan indicaciones fiables sobre el negocio y (iii) se evalúan principalmente por la consecución de objetivos estratégicos.

c) Las estructuras formales del Consejo de Administración y sus Procesos Operativos • Valorar si las Comisiones del Consejo (i) son suficientes teniendo en cuenta las características del grupo; (ii) tienen claramente delimitadas sus responsabilidades y autoridad.

d) Composición del Consejo y el desarrollo de los consejeros

• Considerar si la estructura del Consejo es: (i) suficiente teniendo en cuenta el número de miembros de cada categoría; (ii) los miembros del Consejo tienen las habilidades necesarias y con conocimientos diversos; (iii) existe una clara estrategia, política y procesos de selección de Consejeros y (iv) si los miembros del Consejo reciben formación sobre temas clave relacionados con el negocio de la empresa.

e) Reuniones del Consejo

• Considerar si el Consejo de Administración y las Comisiones del Consejo se han reunido con la frecuencia apropiada, se ha recibido la información con suficiente antelación y las cuestiones han sido debatidas con la apropiada dedicación.

f) Evaluación individual de los miembros del Consejo

• Evaluar si los miembros del Consejo son totalmente capaces de realizar sus funciones y responsabilidades.

g) Evaluación del Presidente del Consejo

• Valorar si el Presidente del Consejo ha llevado a cabo sus funciones de manera adecuada

Los resultados y las conclusiones alcanzadas, incluidas las recomendaciones, se recogen en un documento de análisis de la evaluación del desempeño del Consejo de Administración y sus Comisiones. Las conclusiones se documentan en el acta de la reunión.

C.1.18 Desglose, en aquellos ejercicios en los que la evaluación haya sido auxiliada por un consultor externo, las relaciones de negocio que el consultor o cualquier sociedad de su grupo mantengan con la sociedad o cualquier sociedad de su grupo.

El último año en que la evaluación fue realizada por un consultor externo, fue durante el ejercicio fiscal 2022, cuando la consultora Board & Leaders Ltd, gestionó el proceso, en cumplimiento con la recomendación 36 del Código de Buen Gobierno de las Sociedades Cotizadas, que recomienda que cada tres años el Consejo de Administración sea asistido por un consultor externo para llevar a cabo una evaluación del desempeño de la compañía. El consultor no tenía relaciones comerciales con el Grupo en el momento de la revisión que pudieran poner en peligro su independencia.

Para el ejercicio de evaluación de fin de año fiscal 2025, el Consejo ha vuelto a contratar al consultor externo Board & Leaders Ltd para gestionar el proceso.

C.1.19 Indique los supuestos en los que están obligados a dimitir los consejeros.

De acuerdo con el Reglamento Interno del Consejo de Administración, artículo 20, los consejeros deberán poner su cargo a disposición del Consejo de Administración y formalizar, si este lo considera conveniente, la correspondiente dimisión en los siguientes casos:

(i) Cuando cesen en los puestos ejecutivos a los que estuviere asociado su nombramiento como consejero.

(ii) Cuando se vean incursos en alguno de los supuestos de incompatibilidad o prohibición legal o estatutariamente previstos.

(iii) Cuando resulten gravemente amonestados por el Consejo de Administración por haber infringido sus obligaciones como consejeros. (iv) Cuando su permanencia en el Consejo pueda poner en riesgo o perjudicar los intereses, el crédito o la reputación de la Sociedad o cuando desaparezcan las razones por las que fueron nombrados incluyendo, sin limitación, cuando se produjeran cambios significativos en su situación profesional o en las condiciones en virtud de las cuales hubiera sido nombrado consejero.

(v) Cuando resulten procesados por un hecho presuntamente delictivo o sean objeto de un expediente disciplinario por falta grave o muy grave instruido por las autoridades supervisoras.

(vi) En el caso de los consejeros dominicales (i) cuando el accionista a quien representen venda íntegramente su participación accionarial o la reduzca de manera relevante y, (ii) en el número que corresponda, cuando dicho accionista rebaje su participación accionarial hasta un nivel que exija la reducción del número de consejeros dominicales.

(vii) [Cuando formen parte de más de cuatro consejos de administración de otras sociedades cotizadas (diferentes a la Sociedad).

(viii) Cuando por hechos imputables al consejero su permanencia en el Consejo cause un daño grave al patrimonio o reputación sociales a juicio de éste.

C.1.20 ¿Se exigen mayorías reforzadas, distintas de las legales, en algún tipo de decisión?:

[ ] Sí

[ √ ] No

En su caso, describa las diferencias.

  • C.1.21 Explique si existen requisitos específicos, distintos de los relativos a los consejeros, para ser nombrado presidente del consejo de administración:
  • [ ] Sí
  • [ √ ] No

C.1.22 Indique si los estatutos o el reglamento del consejo establecen algún límite a la edad de los consejeros:

  • [ ] Sí
  • [ √ ] No

C.1.23 Indique si los estatutos o el reglamento del consejo establecen un mandato limitado u otros requisitos más estrictos adicionales a los previstos legalmente para los consejeros independientes, distinto al establecido en la normativa:

[ ]
[ √ ] No

C.1.24 Indique si los estatutos o el reglamento del consejo de administración establecen normas específicas para la delegación del voto en el consejo de administración en favor de otros consejeros, la forma de hacerlo y, en particular, el número máximo de delegaciones que puede tener un consejero, así como si se ha establecido alguna limitación en cuanto a las categorías en que es posible delegar, más allá de las limitaciones impuestas por la legislación. En su caso, detalle dichas normas brevemente.

Los votos a través de un Representante están regulados en el artículo 17.2 del Reglamento Interno del Consejo de Administración.

Los consejeros harán todo lo posible para acudir a las sesiones del Consejo y, cuando indispensablemente no puedan hacerlo personalmente, otorgarán su representación por escrito y con carácter especial para cada sesión a otro miembro del Consejo, incluyendo las oportunas instrucciones y comunicándolo al Presidente del Consejo de Administración. En caso de consejeros no ejecutivos solo podrán ser representados por otro miembro del Consejo de Administración con la misma condición. Las ausencias de los consejeros a las reuniones del Consejo de Administración se cuantificarán en el informe anual de gobierno corporativo.

C.1.25 Indique el número de reuniones que ha mantenido el consejo de administración durante el ejercicio. Asimismo, señale, en su caso, las veces que se ha reunido el consejo sin la asistencia de su presidente. En el cómputo se considerarán asistencias las representaciones realizadas con instrucciones específicas.

Número de reuniones del consejo 13
Número de reuniones del consejo
sin la asistencia del presidente 0

Indíquese el número de reuniones mantenidas por el consejero coordinador con el resto de consejeros, sin asistencia ni representación de ningún consejero ejecutivo:

Número de reuniones 0

Indique el número de reuniones que han mantenido en el ejercicio las distintas comisiones del consejo:

Número de reuniones de
Comisión de Auditoría
6
Número de reuniones de Comisión
de Nombramientos y Retribuciones
6

C.1.26 Indique el número de reuniones que ha mantenido el consejo de administración durante el ejercicio y los datos sobre asistencia de sus miembros:

Número de reuniones con la asistencia presencial de al menos el 80% de los consejeros 13
% de asistencia presencial sobre el total de votos durante el ejercicio 100,00
Número de reuniones con la asistencia presencial, o representaciones realizadas con instrucciones
específicas, de todos los consejeros
13
% de votos emitidos con asistencia presencial y representaciones realizadas con instrucciones
específicas, sobre el total de votos durante el ejercicio
100,00

A continuación se detalla la asistencia de todos y cada uno de los Consejeros en las reuniones del Consejo de Administración (9 reuniones) y sus Comisiones (Comisión de Nombramientos y Retribuciones "RemCo" (2 reuniones) y la Comisión de Auditoría "AC" (4 reuniones)) durante el ejercicio fiscal (Del 1 abril 2024 hasta 31 marzo 2025). Se considera asistencia aquellas delegaciones de voto con indicaciones claras:

Thomas Vollmoeller (Consejero Independiente y Presidente durante todo el año fiscal): 100% asistencia en todas las reuniones de Consejo y Comisiones.

Carmen Allo (Consejero Independiente durante todo el año fiscal): 100% asistencia en todas las reuniones de Consejo y Comisión Auditoría. Amanda Wills (Consejera Independiente durante todo el año fiscal): 100% asistencia en todas las reuniones de Consejo y Comisión de Nombramientos y Retribuciones "RemCo".

Dana Philip Dunne (Consejero Ejecutivo durante todo el año fiscal):100% asistencia en todas las reuniones de Consejo.

David Elizaga Corrales (Consejero Ejecutivo durante todo el año fiscal):100% asistencia en todas las reuniones de Consejo. Benoit Vauchy (Consejero Dominical durante todo el año fiscal): 100% Asistencia a todas las reuniones de Consejo y Comisión Auditoría. Pedro Lopez (Consejero Dominical durante todo el año fiscal): 100% asistencia en todas las reuniones de Consejo y a la Comisión de Nombramientos y Retribuciones "RemCo"

Laurence Berman (Consejera Independiente desde el 27 de Septiembre del 2024)): 100% asistencia en todas las reuniones de Consejo desde su nombramiento.

C.1.27 Indique si están previamente certificadas las cuentas anuales individuales y consolidadas que se presentan al consejo para su formulación:

  • [ ] Sí
  • [ √ ] No

Identifique, en su caso, a la/s persona/s que ha/han certificado las cuentas anuales individuales y consolidadas de la sociedad, para su formulación por el consejo:

C.1.28 Explique, si los hubiera, los mecanismos establecidos por el consejo de administración para que las cuentas anuales que el consejo de administración presente a la junta general de accionistas se elaboren de conformidad con la normativa contable.

De acuerdo con el Artículo 38.2 del Reglamento del Consejo de Administración, el Consejo procurará preparar las cuentas anuales de forma que el informe de auditoría correspondiente no contenga salvedades. En el caso excepcional de que pudieran existir dichas salvedades, tanto el Presidente de la Comisión de Auditoría como el auditor de cuentas explicarán claramente a los accionistas el contenido de dichas salvedades. No obstante, cuando el Consejo considere que debe mantener su postura, explicará públicamente el contenido y el alcance de la discrepancia.

Por otro lado, de acuerdo con el Artículo 12 del Reglamento de la Comisión de Auditoría, la Comisión tiene las siguientes responsabilidades en relación con la preparación de la información económica y financiera:

Supervisar la integridad de la información financiera que eDreams ODIGEO debe hacer pública debido a su condición de sociedad cotizada. Revisar cuestiones significativas de contabilidad e información financiera, incluyendo transacciones complejas o inusuales y áreas que requieren un alto grado de juicio, así como los pronunciamientos profesionales y regulatorios recientes, y comprender su impacto en las cuentas anuales. Evaluar cualquier propuesta realizada por la alta dirección en relación con cambios en las prácticas contables.

C.1.29 ¿El secretario del consejo tiene la condición de consejero?

[ ]
[ √ ] No

Si el secretario no tiene la condición de consejero complete el siguiente cuadro:

Nombre o denominación social del secretario Representante
DON GUILLAUME TEISSONNIERE

C.1.30 Indique los mecanismos concretos establecidos por la sociedad para preservar la independencia de los auditores externos, así como, si los hubiera, los mecanismos para preservar la independencia de los analistas financieros, de los bancos de inversión y de las agencias de calificación, incluyendo cómo se han implementado en la práctica las previsiones legales.

De acuerdo con el Reglamento Interno del Consejo de Administración, artículo 38, corresponde a la Comisión de Auditoría y Control proponer al Consejo de Administración, para su sometimiento a la Junta General de accionistas, la designación (con indicación de las condiciones de contratación y el alcance del mandato profesional), renovación y revocación del auditor de las cuentas anuales de la Sociedad y supervisar el cumplimiento del contrato de auditoría de acuerdo con el artículo 14 de este Reglamento y el reglamento interno de la Comisión que, en su caso, apruebe el Consejo de Administración. La Comisión de Auditoría y Control se abstendrá de proponer al Consejo de Administración, y este a su vez se abstendrá de someter a la Junta General de accionistas el nombramiento como auditor de cuentas de la Sociedad de cualquier firma de auditoría que se encuentre incursa en causa de incompatibilidad conforme a la normativa sobre auditoría de cuentas, así como aquellas firmas en las que los honorarios que prevea satisfacer la Sociedad, por todos los conceptos, sean superiores al cinco por ciento de sus ingresos totales durante el último ejercicio

De acuerdo con el Reglamento Interno de la Comisión de Auditoría, artículo 11, la Comisión desempeñará las siguientes funciones en relación con la auditoría externa:

  1. Proporcionar orientación y formular recomendaciones al Consejo de Administración para el nombramiento, retribución, retención y supervisión de los Auditores Externos de eDreams ODIGEO, y valorar la independencia.

  2. Supervisar la independencia del Auditor Externo, garantizando el cumplimiento de las normativas vigentes sobre prestación de servicios distintos de los de auditoría, los límites en materia de concentración del negocio del auditor y, en general, todas las demás normativas establecidas para salvaguardar la independencia de los auditores. Supervisar la independencia del Auditor Externo en caso de que la Sociedad informe de un cambio de auditor a la CNMV como un hecho significativo, junto con una declaración de cualquier desacuerdo con el auditor saliente y los motivos del mismo.

  3. En caso de dimisión del Auditor Externo, la Comisión de Auditoría investigará las circunstancias que puedan haberla originado.

  4. La Comisión recibirá periódicamente información del auditor sobre el plan de auditoría y los resultados de su aplicación, realizará un seguimiento de todas las recomendaciones propuestas por el auditor y podrá solicitará su colaboración cuando lo estime necesario.

  5. Cerciorarse de que el Auditor Externo se reúna anualmente con el Consejo en su totalidad para informarle del trabajo realizado y de la evolución de los riesgos y las posiciones contables de la sociedad.

La Comisión de Auditoría es responsable de realizar una propuesta al Consejo de Administración, para su sometimiento a la Junta General de Accionistas, en relación al nombramiento de los auditores externos y, cuando sea el caso, su revocación o no renovación.

La Junta General de Accionistas celebrada el 27 de Septiembre del 2024, aprobó el nombramiento de Ernst & Young, SL, como auditor externo de eDreams ODIGEO y de sus filiales, para el período fiscal que finalizaba el 31 de Marzo 2025.

De acuerdo con la legislación vigente, la Comisión de Auditoría recibe una confirmación escrita del auditor externo, Ernst & Young, SL, sobre su independencia en relación a cualquier entidad o entidades vinculadas, directa o indirectamente, así como la información de los servicios adicionales que éstos han prestado a la Compañía o al Grupo.

Durante el ejercicio fiscal 2025, el auditor externo no ha informado a la Comisión de Auditoría de ningún hecho que pueda poner en riesgo su independencia. Adicionalmente, los auditores han asegurado que, a través de sus procedimientos internos, no han podido identificar ninguna circunstancia que, individual o colectivamente, pueda significar una amenaza a su independencia.

Las relaciones con bancos de inversión, analistas financieros, y agencias de calificación no ofrecen características especiales y dichas entidades actúan con total independencia de la Sociedad. La información difundida por la Sociedad sigue los principios de transparencia y equidad, de manera que sea información cierta, cuantificada, clara y completa, sin entrar en valoraciones subjetivas que induzcan o puedan inducir a error.

C.1.31 Indique si durante el ejercicio la Sociedad ha cambiado de auditor externo. En su caso identifique al auditor entrante y saliente:

  • [ ] Sí
  • [ √ ] No

En el caso de que hubieran existido desacuerdos con el auditor saliente, explique el contenido de los mismos:

  • [ ] Sí
  • [ √ ] No

  • C.1.32 Indique si la firma de auditoría realiza otros trabajos para la sociedad y/o su grupo distintos de los de auditoría y en ese caso declare el importe de los honorarios recibidos por dichos trabajos y el porcentaje que el importe anterior supone sobre los honorarios facturados por trabajos de auditoría a la sociedad y/ o su grupo:
  • [ √ ] Sí
Sociedad Sociedades
del grupo
Total
Importe de otros trabajos distintos
de los de auditoría (miles de euros)
33 27 60
Importe trabajos distintos
de los de auditoría / Importe
trabajos de auditoría (en %)
7,44 5,99 13,43
  • C.1.33 Indique si el informe de auditoría de las cuentas anuales del ejercicio anterior presenta salvedades. En su caso, indique las razones dadas a los accionistas en la Junta General por el presidente de la comisión de auditoría para explicar el contenido y alcance de dichas salvedades.
  • [ ] Sí
  • [ √ ] No
  • C.1.34 Indique el número de ejercicios que la firma actual de auditoría lleva de forma ininterrumpida realizando la auditoría de las cuentas anuales individuales y/o consolidadas de la sociedad. Asimismo, indique el porcentaje que representa el número de ejercicios auditados por la actual firma de auditoría sobre el número total de ejercicios en los que las cuentas anuales han sido auditadas:
IndividualesConsolidadas
Número de ejercicios ininterrumpidos 9 9
IndividualesConsolidadas
Nº de ejercicios auditados por la firma actual de auditoría / Nº de
ejercicios que la sociedad o su grupo han sido auditados (en %)
75,00 53,00

Nota: Representa el número de años que eDreams ODIGEO ha sido auditada como empresa cotizada (primer año 2014/15). Durante ese periodo, el socio principal ha rotado dos veces. Las filiales han sido auditadas durante 17 años.

  • C.1.35 Indique y, en su caso detalle, si existe un procedimiento para que los consejeros puedan contar con la información necesaria para preparar las reuniones de los órganos de administración con tiempo suficiente:
  • [ √ ] [ ] Sí No

Detalle del procedimiento

De acuerdo con lo dispuesto en los Estatutos Sociales, artículo 14.1.4, la convocatoria, que incluirá siempre el orden del día de la sesión y toda la información necesaria para su deliberación, se remitirá por cualquier medio que permita su recepción, a cada uno de los miembros del Consejo

de Administración que conste en los archivos de la Sociedad, con una antelación mínima de setenta y dos horas al día señalado para la reunión. No será necesario remitir convocatoria si todos los miembros del Consejo de Administración hubieran sido convocados en la sesión anterior (y no hubiese habido cambios de consejeros).

La evaluación anual del Consejo de Administración contiene una sección donde los Consejeros evalúan la calidad de la información y la puntualidad de la recepción de dicha información con el fin de preparar las correspondientes reuniones.

C.1.36 Indique y, en su caso detalle, si la sociedad ha establecido reglas que obliguen a los consejeros a informar y, en su caso, a dimitir cuando se den situaciones que les afecten, relacionadas o no con su actuación en la propia sociedad que puedan perjudicar al crédito y reputación de ésta:

[ √ ]
[ ] No

Explique las reglas

De acuerdo con el Artículo 20 del Reglamento Interno del Consejo de Administración, los consejeros deberán poner su cargo a disposición del Consejo de Administración y formalizar, si este lo considera conveniente, la correspondiente dimisión cuando su permanencia en el Consejo pueda poner en riesgo o perjudicar los intereses, el crédito o la reputación de la Sociedad.

De acuerdo con el artículo 33 de la Reglamento Interno del Consejo de Administración, todo consejero deberá informar a la Sociedad en aquellos supuestos que puedan perjudicar al crédito y reputación de la Sociedad y, en particular, deberán informar al Consejo de las causas penales en las que aparezcan como imputados o investigados, así como de sus posteriores vicisitudes procesales. Asimismo, en el caso que un consejero resultara procesado o se dictara contra él auto de apertura de juicio oral por alguno de los delitos señalados en la legislación societaria, el Consejo de Administración examinará el caso tan pronto como sea posible y, a la vista de sus circunstancias concretas, decidirá si procede o no que el consejero continúe en su cargo. De estas circunstancias se dará cuenta, de forma razonada, en el informe anual de gobierno corporativo.

Además, la Política de selección de Consejeros establece que los Consejeros deberán dimitir si:

  • Están sujetos a procedimientos de incompatibilidad, inelegibilidad o prohibición legal.

  • Se encuentran en una situación insuperable de conflicto de intereses estructural o permanente con la Compañía o las compañías del Grupo.

  • Tienen participaciones significativas (según lo definido por las leyes aplicables), proporcionan servicios profesionales a compañías que son

competencia de la Compañía o de cualquier compañía del Grupo, u ocupan cargos ejecutivos o administrativos en las mismas, sin la autorización expresa del Consejo de Administración.

Como regla general, un Consejero debe renunciar en aquellos casos en que el crédito y la reputación del Grupo puedan verse dañados debido a su comportamiento.

C.1.37 Indique, salvo que hayan concurrido circunstancias especiales de las que se haya dejado constancia en acta, si el consejo ha sido informado o ha conocido de otro modo alguna situación que afecte a un consejero, relacionada o no con su actuación en la propia sociedad, que pueda perjudicar al crédito y reputación de ésta:

[ ]
[ √ ] No

C.1.38 Detalle los acuerdos significativos que haya celebrado la sociedad y que entren en vigor, sean modificados o concluyan en caso de cambio de control de la sociedad a raíz de una oferta pública de adquisición, y sus efectos.

Ninguno

C.1.39 Identifique de forma individualizada, cuando se refiera a consejeros, y de forma agregada en el resto de casos e indique, de forma detallada, los acuerdos entre la sociedad y sus cargos de administración y dirección o empleados que dispongan indemnizaciones, cláusulas de garantía o blindaje, cuando éstos dimitan o sean despedidos de forma improcedente o si la relación contractual llega a su fin con motivo de una oferta pública de adquisición u otro tipo de operaciones.

Numero de beneficiarios 8
Tipo de beneficiario Descripción del acuerdo
Consejeros Ejecutivos (2 Miembros) y Alta
Dirección "CSM"(6 Miembros)
Los Consejeros Ejecutivos que desempeñan funciones de Alta
Dirección tienen las siguientes cláusulas contractuales: a) Duración
indefinida: Los contratos son de duración indefinida. Para el Consejero
Delegado (CEO) se contempla una compensación financiera en
el caso de extinción de la relación contractual con la Compañía,
siempre que dicha finalización no se deba a una decisión propia del
Consejero Ejecutivo de retirarse o como resultado de una violación
de sus deberes. b) Plazo de preaviso: Tienen una cláusula de preaviso
de tres meses c) Cláusulas de indemnización: Los miembros del
CSM (ejecutivos) tienen las cláusulas de indemnización estándar
de acuerdo con las leyes locales del país en el que están basados.
La mayoría de ellos están basados en España y el criterio aplicable,
según la legislación española, para los contratos permanentes, es
de 33 días por cada año completo de servicio hasta un máximo de
24 meses de salario. El Consejero Delegado, tiene derecho a una
indemnización (en caso de despido improcedente) equivalente a 30
días de remuneración fija por año de servicio hasta un máximo de
24 mensualidades de salario (con un importe mínimo garantizado
de 500.000 euros). d)Cláusulas de cambio de control del CEO y del
CFO en relación con el plan LTI, en caso de "cambio de control" si
los actuales accionistas pierden el control directa o indirectamente
(en un sentido material) como resultado de cualquier transacción
de eDreams ODIGEO, sus accionistas o el Grupo en relación con un
tercero:(i) los Derechos no conferidos que ya les hayan sido asignados
se conferirán automáticamente en la fecha del Cambio de Control,
y (ii) los Derechos Potenciales que ya les hayan sido asignados,
mediante una carta de invitación individual, se convertirán en
Derechos y se conferirán automáticamente en la fecha del Cambio de
Control. Una cláusula similar se ha extendido a los contratos del resto
de los miembros de CSM, para aquellos derechos adquiridos 1 año
después del cambio de control. e)Exclusividad: La Alta Dirección no
podrá ejercer ninguna participación directa o indirecta en cualquier
otro negocio o actividad que pueda suponer un conflicto de intereses
en relación con las obligaciones y pasivos de la Compañía o en
relación con su actividad y la de la eDreams ODIGEO.El Consejo
tendrá en consideración las mejores prácticas que establecen que
los Con.Ejecutivos podrán ostentar hasta dos (2) cargos adicionales
como Consejeros en otras empresas. El CEO tiene una cláusula
contractual que limita su participación, como Con.No Ejecutivo, a un
Consejo de Administración adicional. f) Confidencialidad y devolución

Tipo de beneficiario Descripción del acuerdo
de documentos: La confidencialidad es tratada de forma rigurosa
durante la vigencia de los contratos y también a la finalización de la
relación contractual. A la terminación de su relación con la Sociedad,
CSM debe devolver a la Compañía todos los documentos y archivos
en su posesión relativos a las actividades llevadas a cabo. g) No
competencia: Los contratos con CSM establecen la obligación de no
competir durante un periodo de 12 meses, con respecto a empresas
y actividades de naturaleza similar durante la vigencia de su relación
con el Grupo. Para todos los miembros de CSM radicados en España
(lo que incluye a los 2 Con.Ejecutivos), la compensación por el periodo
de no competencia está incluida dentro de los pagos mensuales
existentes del salario y no es un pago adicional ex-post después de
la salida. h) Propiedad Industrial: Los contratos con CSM contienen
una cláusula para evitar el uso de cualquier trabajo producido por
él mismo o cualquier otro con derechos de autor de la compañía,
las experiencias, la información confidencial, derechos de diseño,
marcas registradas, patentes, aplicaciones para cualquiera de los
derechos de propiedad intelectual. Para el CEO, esta obligación sigue
siendo aplicable después de la finalización del contrato y no se verá
afectado en caso de terminar el contrato por cualquier motivo. i) No
contratación: Durante un período específico después de la fecha
de terminación del contrato de trabajo, el CSM no podrá reclutar o
participar en el proceso de selección (para él o para la entidad que
represente en ese momento, o en el que realiza sus actividades)
de empleados que, en la fecha de finalización de su contrato o
en los anteriores seis a doce meses, forman parte o han formado
parte de la plantilla de la Sociedad o de cualquiera del grupo. j) No
solicitación: Los contratos con los CSM establecen la obligación de
evitar que realicen actividades con clientes/proveedores existentes
del Grupo durante un periodo de 24 meses. Para todos los miembros
de CSM radicados en España (lo que incluye a los 2 Con.Ejecutivos),
la compensación por el periodo de no captación está incluida en los
pagos mensuales del salario existente y no es un pago adicional a
posteriori tras el cese. k) Disposiciones legales aplicables: Los contratos
con el CSM se rigen por las disposiciones legales aplicables en cada
caso. l) Cumplimiento con el Sistema de Gobierno Corporativo de
la Sociedad: El CSM tiene la obligación de respetar estrictamente
las normas y disposiciones reflejadas en el Sistema de Gobierno
Corporativo de la Sociedad, en la medida en que se les apliquen. m)
Control a posteriori de la retribución variable: En lo que respecta a
la retribución variable a corto y largo plazo, se aplica una "cláusula
malus" que autoriza a la empresa a retener el pago de cualquier
retribución variable devengada y pendiente, así como una "cláusula
claw-back" que obliga a los consejeros a devolver cualquier retribución
variable percibida cuando, tras el pago del incentivo, se compruebe
que los datos utilizados para dicho cálculo o pago eran claramente
erróneos.

Indique si, más allá de en los supuestos previstos por la normativa, estos contratos han de ser comunicados y/o aprobados por los órganos de la sociedad o de su grupo. En caso positivo, especifique los procedimientos, supuestos previstos y la naturaleza de los órganos responsables de su aprobación o de realizar la comunicación:

Consejo de administración Junta general
Órgano que autoriza las cláusulas
Si No
¿Se informa a la junta
general sobre las cláusulas?

C.2. Comisiones del consejo de administración

C.2.1 Detalle todas las comisiones del consejo de administración, sus miembros y la proporción de consejeros ejecutivos, dominicales, independientes y otros externos que las integran:

Comisión de Auditoría
Nombre Cargo Categoría
DON BENOIT VAUCHY VOCAL Dominical
DOÑA CARMEN ALLO VOCAL Independiente
DON THOMAS VOLLMOELLER PRESIDENTE Independiente
% de consejeros ejecutivos 0,00
% de consejeros dominicales 33,33
% de consejeros independientes 66,67
% de consejeros otros externos 0,00

Explique las funciones, incluyendo, en su caso, las adicionales a las previstas legalmente, que tiene atribuidas esta comisión, y describa los procedimientos y reglas de organización y funcionamiento de la misma. Para cada una de estas funciones, señale sus actuaciones más importantes durante el ejercicio y cómo ha ejercido en la práctica cada una de las funciones que tiene atribuidas, ya sea en la ley o en los estatutos o en otros acuerdos sociales.

COMPOSICIÓN: Según el artículo 14 del Reglamento del C.Adm. El C.Adm constituirá una Comisión de Auditoría (CA) que se compondrá de un mínimo de 3 y max 5 consejeros,debiendo ser consejeros no ejecutivos y la mayoria independientes;uno de ellos será designado teniendo en cuenta sus conocimientos y experiencia en materia de contabilidad o auditoría o en ambas. Se designará al Presidente de la CA de entre los consejeros independientes, por un período máximo de 4 años, al término del cual no podrá ser reelegido como tal hasta pasado un año desde su cese, sin perjuicio de su continuidad o reelección como miembro de la Comisión. Las responsabilidades de la CA se definen en el Reglamento Interno de la CA

AUDITORÍA INTERNA

a) Garantizar la independencia y eficacia de la función de Auditoría Interna (AI).

b) Aprobar el plan anual de AI y supervisar y monitorizar su actividad

c) Supervisar y evaluar el proceso de elaboración y la integridad de la información financiera y no financiera, así como los sistemas de control y gestión de los riesgos

e) Establecer y supervisar un mecanismo que permita comunicar irregularidades

f) Aprobar la Carta de AI y cualquier modificación posterior de la misma.

CONTROL INTERNO Y LA GESTIÓN DE RIESGOS.

1.Valorar la eficacia de los sistemas de control interno y gestión de riesgos

  1. Revisar exposiciones al riesgo financiero y las medidas adoptadas por la dirección para supervisar y controlar dichas exposiciones al riesgo

a) Los distintos tipos de riesgo (cumplimiento, tecnología de TI, financiero, operativo, legal, para la reputación, etc.) a los que se encuentra expuesto el Grupo eDreams ODIGEO.

b) establecimiento y revisión de los niveles de riesgo que la Sociedad considera aceptables;y medidas previstas para mitigar su impacto

C) Sistemas de información y control interno para monitorizar y gestionar los riesgos

  1. Revisar y aprobar declaraciones que se incluirán en los informes anuales de gobierno corporativo en materia de controles internos y gestión de riesgos.

AUDITORES EXTERNOS

  1. Proporcionar orientación y formular recomendaciones al C.Adm para el nombramiento, retribución, retención y supervisión de los Auditores Externos y valorar la independencia.

    1. Supervisar la independencia del Auditor Externo
    1. En caso de dimisión del Auditor Externo, la CA investigará las circunstancias que puedan haberla originado.
    1. La Comisión recibirá periódicamente información del auditor sobre el plan de auditoría y los resultados de su aplicación
    1. Cerciorarse de que el Auditor Externo se reúna anualmente con el Consejo en su totalidad

INFORMACIÓN ECONÓMICA Y FINANCIERA

    1. Supervisar la integridad de la información financiera pública
    1. Revisar cuestiones contables y de comunicación importantes
    1. Evaluar cualquier propuesta robre cambios en las prácticas contables.

CUMPLIMIENTO

  1. Actualizaciones periódicas de la Dirección, el Asesor Jurídico, los Organismos Regulatorios y los Auditores Externos, y revisar las conclusiones sobre cumplimiento en materia de conducta en el mercado de valores, legislación, contratos, buenas recomendaciones de gobierno corporativo y políticas internas.

  2. Asegurarse de que la Sociedad cuenta con políticas y procedimientos internos

CONDUCTA PROFESIONAL

  1. Revisar los procedimientos establecidos por la dirección para la recepción, retención y tratamiento de reclamaciones recibidas por la Sociedad en materia de contabilidad, controles contables internos o asuntos relativos a auditorías y la presentación confidencial y anónima por parte de los empleados de inquietudes sobre cuestiones contables y de auditoría cuestionables. Dichas reclamaciones se notificarán al Presidente de la CA y se incluirán en el informe de Auditoría Interna a la CA

MATERIA MEDIOAMBIENTAL, SOCIAL Y DE GOBIERNO CORPORATIVO (ESG)

1.Supervisar el cumplimiento de las políticas y normas de la empresa en el ámbito medioambiental, social y de gobierno corporativo (ESG). 2.Supervisar y revisar la divulgación de información no financiera

3.Recibir garantías de la dirección de que las prácticas medioambientales y sociales de la empresa son conformes a la política establecida

Las principales actividades durante este ejercicio :

Aprobación del Plan AI FY25 (presupuesto, medios y recursos)

Evaluación de Riesgos del Grupo: Ciber, Seguridad de la Información, Liquidez y riesgo de proveedores y contenido.

Revisión entorno de ciber (amenazas sufridas y repelidas, controles de prevención y detección, matrices de control, ataques globales significativos y violaciones de datos que afectan a otras empresas).

Revisión los informes trimestrales sobre control interno preparados por AI

Evaluación de la renovación auditores externos EY S.L.

Análisis del informe sobre las recomendaciones del auditor externo EY FY24.

Revisión y recomendación al Consejo de la aprobación de: Informe Anual Integrado(información no financiera), Informe de Independencia del Auditor, Informe de auditoría sin salvedades elaborado por el auditor externo, EY S.L; Información financiera para inversores y órganos de supervisión del mercado (CNMV);Informe de Gobierno Corporativo e Informe funciones y actividades de la CA,

Revisión junto al Asesor Jurídico, de los principales desarrollos regulatorios y legislativos que impactan a la Compañía, y principales desafíos FY25.

Revisión de las contingencias fiscales con el Responsable Fiscal del Grupo.

Revisión trimestral del informe preparado por AI, detallando el estado de todos los asuntos de cumplimiento y gobierno corporativo Análisis de riesgo de materialidad ESG e iniciativas internas relacionadas con ESG.

Revisión operación con parte vinculada.

Identifique a los consejeros miembros de la comisión de auditoría que hayan sido designados teniendo en cuenta sus conocimientos y experiencia en materia de contabilidad, auditoría o en ambas e informe sobre la fecha de nombramiento del Presidente de esta comisión en el cargo.

Nombres de los consejeros
con experiencia
DON BENOIT VAUCHY / DOÑA
CARMEN ALLO / DON THOMAS
VOLLMOELLER
Fecha de nombramiento
del presidente en el cargo
20/02/2025

Comisión de Nombramientos y Retribuciones
Nombre Cargo Categoría
DON PEDRO LÓPEZ DE GUZMAN VOCAL Dominical
DOÑA AMANDA ELIZABETH WILLS PRESIDENTE Independiente
DON THOMAS VOLLMOELLER VOCAL Independiente
% de consejeros ejecutivos 0,00
% de consejeros dominicales 33,33
% de consejeros independientes 66,67
% de consejeros otros externos 0,00

Explique las funciones, incluyendo, en su caso, las adicionales a las previstas legalmente, que tiene atribuidas esta comisión, y describa los procedimientos y reglas de organización y funcionamiento de la misma. Para cada una de estas funciones, señale sus actuaciones más importantes durante el ejercicio y cómo ha ejercido en la práctica cada una de las funciones que tiene atribuidas, ya sea en la ley o en los estatutos o en otros acuerdos sociales.

COMPOSICIÓN: Según el artículo 15 del Reglamento del C.Adm, el C.Admin constituirá una Comisión de Nombramientos y Retribuciones (CNR).Se compondrá de min 3 y max. 5 consejeros, deberán ser consejeros no ejecutivos y la mayoría independientes. RESPONSABILIDADES: Están definidas en los Términos de referencia de la CNR.

RETRIBUCIÓN

• propondrá la Política de Remuneración de Consejeros

• revisará el paquete de retribución individual total del Presidente, cada Consejero Ejecutivo y otros altos directivos designados, incluidos los bonus, los incentivos basados en acciones y otros elementos de su retribución;

• obtendrá información fiable y actualizada sobre el sistema de retribución de otras sociedades.

• será responsable de establecer los criterios selectivos, relativos a la selección, el nombramiento de consultores

• propondrá el diseño y determinará los objetivos de cualquier plan de pago sobre desempeño y propondrá al Consejo los pagos anuales totales;

• revisará el diseño de todos los planes de incentivos de acciones para su aprobación,

• revisará los canales de los que dispone la Sociedad para que sus empleados planteen inquietudes, de forma confidencial

• propondrá la política y el alcance de los acuerdos de pensiones para cada Consejero Ejecutivo y otros altos ejecutivos;

• se asegurará de que las condiciones contractuales en el momento de la resolución, así como cualquier pago realizado, se hallen dentro de la política de retribución del administrador, que el incumplimiento no sea recompensado y que el deber de mitigar las pérdidas se reconozca plenamente en toda circunstancia;

• supervisará cualquier cambio importante en las estructuras de beneficios para los empleados en toda la Sociedad o el grupo;

• entablará conversaciones o consultas con inversores institucionales respecto de la política de retribución del administrador u otros aspectos de la retribución ejecutiva.

NOMBRAMIENTOS

• revisará estructura, el tamaño y la composición

• establecerá un objetivo relativo a la representación del género

• revisión las necesidades de liderazgo de la organización

NOMBRAMIENTOS PARA EL CONSEJO

• responsable de localizar a candidatos para cubrir las vacantes del Consejo

• analizará el equilibrio de aptitudes, experiencia, independencia, conocimiento y diversidad, incluido el género:y redactará una descripción del puesto y de las capacidades; para el nombramiento del Presidente, redactará una especificación del puesto, incluido el compromiso de tiempo esperado

• presentará al Consejo propuestas de nombramiento de administradores independientes; y redactará una carta de nombramiento formal (roles, responsabilidades)

• investigará y organizará la sucesión del Presidente del Consejo y del primer ejecutivo de la Sociedad

• mantendrá bajo revisión el número de consejos externos que ostenta cada Consejero;

• informará sobre cualquier propuesta de nombramiento o destitución de la alta dirección y sobre las condiciones básicas de sus contratos.

INDUCCIÓN Y FORMACIÓN

Todos los nuevos Administradores llevaran a cabo un programa de inducción apropiado para asegurarse de que se encuentren plenamente informados sobre las cuestiones estratégicas y comerciales.

CONFLICTOS DE INTERESES

• exigirá al candidato propuesto que revele cualquier otro interés comercial actual o futuro que pueda provocar un conflicto de intereses

• mantendrá bajo revisión posibles conflictos de intereses

EVALUACIÓN DEL CONSEJO

• asistirá en la implantación de un proceso de evaluación anual del Consejo y sus comisiones; revisará los resultados de dicho proceso.

Las principales tareas desarrolladas por la Comisión durante el ejercicio fiscal 2025 han sido las siguientes:

* Revisión Informes y Políticas:

Revisión y propuesta de la Política de Remuneraciones; Informe Anual de Remuneración de los Consejeros; Informe sobre las funciones y actividades de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones; Informe Anual de Gobierno Corporativo e Información No Financiera (temas relacionados con retribuciones)

Remuneración :

* La remuneración agregada que se pagará al CSM y Plan de compensación y bonificaciones de CEO y CFO para 2026;

Bonificación: acuerdo sobre un enfoque global como una forma justa de recompensar la alta productividad y el trabajo excepcional realizado por eDOers durante el año; Pago del bonus del CEO y CFO para FY24 (alineado con el pago del bonus del equipo directivo); Objetivos del bonus para el año FY25; Aprobación de la estructura, métricas y calibraciones del bonus para el año fiscal FY26; Revisión y propuesta del plan de bonus para el equipo directivo para FY25; Bonus: Aprobación de la estructura, métricas y calibraciones del bonus para el año fiscal; Targets para el año fiscal 2024/25 de los planes a largo plazo

Determinar el pago del LTIP FY24; evaluación de los objetivos LTIP FY25;Propuesta de los objetivos LTIP para FY26;

Asegurar la sucesión del Presidente y Consejero Delegado.

Actualización de la situación de los empleados

Aprobación del renombramiento de los consejeros, para un termino de 3 años.

C.2.2 Complete el siguiente cuadro con la información relativa al número de consejeras que integran las comisiones del consejo de administración al cierre de los últimos cuatro ejercicios:

Número de consejeras
Ejercicio 2024 Ejercicio 2023 Ejercicio 2022 Ejercicio 2021
Número % Número % Número % Número %
Comisión de
Auditoría
1 33,30 1 33,30 1 33,30 1 33,30
Comisión de
Nombramientos y
Retribuciones
1 33,30 1 33,30 1 33,30 2 66,66

C.2.3 Indique, en su caso, la existencia de regulación de las comisiones del consejo, el lugar en que están disponibles para su consulta, y las modificaciones que se hayan realizado durante el ejercicio. A su vez, se indicará si de forma voluntaria se ha elaborado algún informe anual sobre las actividades de cada comisión.

• La regulación de la Comisión de Auditoria está detallada en (i) los Estatutos Sociales, (ii) el Reglamento Interno del Consejo de Administración, y (iii) el Reglamento Interno de la Comisión de Auditoría, no han sufrido ninguna modificación durante este año fiscal.

• La Comisión de Nombramientos y Retribuciones está regulada en (i) los Estatutos Sociales, (ii) el Reglamento Interno del Consejo de Administración, y (iii) el Reglamento de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, no han sufrido ninguna modificación durante este año fiscal.

Cada una de las comisiones del Consejo de Administración aprueba anualmente un informe sobre su composición, funcionamiento y actividad durante el ejercicio terminado en marzo de 2025, del que posteriormente informan al Consejo de Administración.

Los regulaciones de ambas comisiones se encuentran disponibles en la página web de la Sociedad: https://investors.edreamsodigeo.com/Spanish/ gobierno/comisiones-del-consejo/default.aspx

Los informes anuales se encuentran en la siguiente dirección: https://investors.edreamsodigeo.com/Spanish/gobierno/informe-anual-de-gobiernocorporativo/default.aspx .

D. OPERACIONES VINCULADAS Y OPERACIONES INTRAGRUPO

D.1. Explique, en su caso, el procedimiento y órganos competentes para la aprobación de operaciones con partes vinculadas e intragrupo, indicando los criterios y reglas generales internas de la entidad que regulen las obligaciones de abstención de los consejero o accionistas afectados y detallando los procedimientos internos de información y control periódico establecidos por la sociedad en relación con aquellas operaciones vinculadas cuya aprobación haya sido delegada por el consejo de administración.

De acuerdo con el Reglamento Interno del Consejo de Administración, artículo 34, transacciones con consejeros y accionistas significativos: 1) Quedará sometida a autorización por el Consejo de Administración o, en el supuesto de que se haya constituido y siempre que exista urgencia, del Consejero Delegado, con la posterior ratificación del Consejo de Administración, en ambos casos previo informe de la Comisión de Auditoría y Control, la realización por la Sociedad de cualquier transacción con los consejeros y los accionistas titulares de participaciones que tengan la consideración de significativas conforme a lo previsto en la normativa del mercado de valores que resulte aplicable en cada momento o que, en su caso, hayan propuesto el nombramiento de alguno de los consejeros de la Sociedad, o con las respectivas personas vinculadas, entendiendo por tales personas las señaladas en el artículo 28 del presente Reglamento.

2) La Comisión de Auditoría y Control y el Consejo de Administración, antes de autorizar la realización por la Sociedad de transacciones de esta naturaleza, valorarán la operación desde el punto de vista de la igualdad de trato de los accionistas y de las condiciones de mercado. 3) La autorización del Consejo no se entenderá, sin embargo, precisa en aquellas operaciones vinculadas que cumplan simultáneamente las tres condiciones siguientes: (i) que se realicen en virtud de contratos cuyas condiciones estén estandarizadas y se apliquen en masa a un gran número de clientes; (ii) que se realicen a precios o tarifas establecidos con carácter general por quien actúe como suministrador del bien o servicio del que se trate; y (iii) que su cuantía no supere el 1% de los ingresos anuales de la Sociedad.

4) Tratándose de transacciones dentro del curso ordinario de los negocios sociales y que tengan carácter habitual o recurrente, bastará la autorización genérica del Consejo de Administración.

5) La autorización deberá ser necesariamente acordada por la Junta General cuando tenga por objeto una transacción con un consejero o persona vinculada cuyo valor sea superior al 10% de los activos sociales.

Adicionalmente, los Consejeros, a través de una certificación interna anual, detallan, en el caso que las haya, las operaciones con partes vinculadas. Dicha certificación se envía a final de cada año fiscal por el Asesor de Asuntos Jurídicos. Todos los Consejeros han confirmado en dicha certificación la inexistencia de operaciones con partes vinculadas en el ejercicio fiscal 2025.

D.2. Detalle de manera individualizada aquellas operaciones significativas por su cuantía o relevantes por su materia realizadas entre la sociedad o sus entidades dependientes y los accionistas titulares de un 10 % o más de los derechos de voto o representados en el consejo de administración de la sociedad, indicando cuál ha sido el órgano competente para su aprobación y si se ha abstenido algún accionista o consejero afectado. En caso de que la competencia haya sido de la junta, indique si la propuesta de acuerdo ha sido aprobada por el consejo sin el voto en contra de la mayoría de los independientes:

Nombre o
denominación social
del accionista o
de cualquiera de
sus sociedades
dependientes
%
Participación
Nombre o
denominación
social de la
sociedad o entidad
dependiente
Importe
(miles de
euros)
Órgano que la
ha aprobado
Identificación
del accionista
significativo o
consejero que se
hubiera abstenido
La propuesta a la
junta, en su caso,
ha sido aprobada
por el consejo sin
el voto en contra
de la mayoría de
independientes
(1) PERMIRA HOLDING
LIMITED
25,10 N/A 19.999 Consejo de
Administración tras
informe favorable
de la Comisión de
Auditoría.
Pedro López y
Benoit Vauchy
(consejeros
dominicales en
representación de
Permira Holding
Limited).
SI

Nombre o Naturaleza Tipo de la operación y otra información necesaria para su evaluación
denominación social de la relación
del accionista o
de cualquiera de
sus sociedades
dependientes
PERMIRA HOLDING Contractual La transacción consistió en una operación de bloque que tuvo lugar en el contexto de la
LIMITED colocación privada ejecutada por Permira Holding Limited de parte de sus acciones de la
Sociedad a través de una oferta acelerada. El lanzamiento y la ejecución de la colocación
privada se comunicaron al mercado mediante notificaciones de información privilegiada de
fechas 26 y 27 de marzo de 2025, con números de registro 2671 y 2674, respectivamente. La
(1) mencionada transacción se ejecutó el 27 de marzo de 2025 y resultó en la adquisición por
parte de la Sociedad de 2.649.006 acciones propias titularidad de Permira Holding Limited a
un precio de 7,55 € por acción. La transacción fue aprobada por el Consejo de Administración
de la Sociedad tras un informe favorable de la Comisión de Auditoría, absteniéndose en ambos
casos los consejeros dominicales designados por Permira Holding Limited de conformidad con
el artículo 529 duovicies de la Ley de Sociedades de Capital española.

D.3. Detalle de manera individualizada las operaciones significativas por su cuantía o relevantes por su materia realizadas por la sociedad o sus entidades dependientes con los administradores o directivos de la sociedad, incluyendo aquellas operaciones realizadas con entidades que el administrador o directivo controle o controle conjuntamente, e indicando cuál ha sido el órgano competente para su aprobación y si se ha abstenido algún accionista o consejero afectado. En caso de que la competencia haya sido de la junta, indique si la propuesta de acuerdo ha sido aprobada por el consejo sin el voto en contra de la mayoría de los independientes:

Nombre o
denominación
social de los
administradores
o directivos o de
sus entidades
controladas o
bajo control
conjunto
Nombre o
denominación
social de la
sociedad
o entidad
dependiente
Vínculo Importe
(miles de
euros)
Órgano que la
ha aprobado
Identificación
del accionista
significativo o
consejero que se
hubiera abstenido
La propuesta a la
junta, en su caso,
ha sido aprobada
por el consejo sin
el voto en contra
de la mayoría de
independientes
(1) DON GERKUS
GOEDKOOP
N/A Directivo 4.210 Consejo de
Administración
tras informe
favorable de la
Comisión de
Auditoría.
NO

Nombre o
denominación
social de los
administradores
o directivos o de Naturaleza de la operación y otra información necesaria para su evaluación
sus entidades
controladas o
bajo control
conjunto
DON GERKUS
GOEDKOOP
La Sociedad adquirió 500.000 acciones propias del directivo clave mediante una adquisición en bloque llevada
(1) a cabo el 25 de febrero de 2025 a un precio de 8,42 € por acción. La transacción fue aprobada por el Consejo de
Administración tras un informe favorable de la Comisión de Auditoría.

D.4. Informe de manera individualizada de las operaciones intragrupo significativas por su cuantía o relevantes por su materia realizadas por la sociedad con su sociedad dominante o con otras entidades pertenecientes al grupo de la dominante, incluyendo las propias entidades dependientes de la sociedad cotizada, excepto que ninguna otra parte vinculada de la sociedad cotizada tenga intereses en dichas entidades dependientes o éstas se encuentren íntegramente participadas, directa o indirectamente, por la cotizada.

En todo caso, se informará de cualquier operación intragrupo realizada con entidades establecidas en países o territorios que tengan la consideración de paraíso fiscal:

Denominación
social de la Breve descripción de la operación y otra Importe
entidad de información necesaria para su evaluación (miles de euros)
su grupo
Sin datos

D.5. Detalle de manera individualizada las operaciones significativas por su cuantía o relevantes por su materia realizadas por la sociedad o sus entidades dependientes con otras partes vinculadas que lo sean de conformidad con las Normas Internacionales de Contabilidad adoptadas por la UE, que no hayan sido informadas en los epígrafes anteriores.

Denominación
social de la
parte vinculada
Breve descripción de la operación y otra
información necesaria para su evaluación
Importe
(miles de euros)
Sin datos

D.6. Detalle los mecanismos establecidos para detectar, determinar y resolver los posibles conflictos de intereses entre la sociedad y/o su grupo, y sus consejeros, directivos, accionistas significativos u otras partes vinculadas.

De acuerdo con el Reglamento Interno del Consejo de Administración, artículo 28:

Se considerará que existe conflicto de interés en aquellas situaciones en las que entren en colisión, de forma directa o indirecta, el interés de la Sociedad o de las sociedades integradas en su Grupo y el interés personal del consejero. Existirá interés personal del consejero cuando el asunto le afecte a él o a una persona vinculada con él o, en el caso de un consejero dominical, al accionista o accionistas que propusieron o efectuaron su nombramiento o a personas relacionadas directa o indirectamente con aquellos.

El consejero deberá comunicar la existencia de conflictos de interés, ya sean directos o indirectos, al Consejo de Administración y abstenerse de intervenir como representante de la Sociedad en la operación a que el conflicto se refiera, con las excepciones que establezca la legislación

aplicable. Además, la Sociedad informará, cuando proceda conforme a la ley, sobre cualquier situación de conflicto de interés en que se hayan encontrado los consejeros (o personas vinculadas a los mismos) durante el ejercicio en cuestión y que le conste en virtud de comunicación del afectado o por cualquier otro medio. Las situaciones de conflicto de interés en que incurran los consejeros serán objeto de información en la memoria de las cuentas anuales de la Sociedad.

La Empresa gestiona de varias formas la prevención de conflictos de intereses;

* Cláusulas de exclusividad en los contratos de Consejeros y Alta Dirección.

* Límites en el número de consejos en el que un Consejero puede servir.

* A través del análisis de las respuestas proporcionadas por los Consejeros a preguntas específicas relacionadas con partes relacionadas y conflictos de intereses en la certificación anual que les envía el Secretario del Consejo.

* Se proporciona una definición clara sobre los conflictos de intereses a todos los empleados del Grupo, a través de una serie de Políticas del Grupo que incluyen:el Código de Conducta del Grupo, la Política de Obsequios y Hospitalidad y la Política de Compras del Grupo. Adicionalmente, se refuerza el mensaje a través cursos de compliance y comunicación.

D.7. Indique si la sociedad está controlada por otra entidad en el sentido del artículo 42 del Código de Comercio, cotizada o no, y tiene, directamente o a través de sus filiales, relaciones de negocio con dicha entidad o alguna de sus filiales (distintas de las de la sociedad cotizada) o desarrolla actividades relacionadas con las de cualquiera de ellas.

[ ] [ √ ] Sí No

E. SISTEMAS DE CONTROL Y GESTION DE RIESGOS

E.1. Explique el alcance del Sistema de Control y Gestión de Riesgos financieros y no financieros de la sociedad, incluidos los de naturaleza fiscal.

El proceso de gestión de riesgos del Grupo implica la identificación, medición y priorización de los riesgos. Es un ejercicio que permite al Grupo evaluar la importancia de cada riesgo en relación con la consecución de los objetivos generales, y anticipar, controlar y gestionar los riesgos más relevantes mediante procedimientos adecuados, y planes de contingencia para mitigar el impacto de la materialización del riesgo. A los riesgos se les asignan propietarios responsables de su valoración, mitigación y planes de acción.

El Mapa de Riesgos Corporativos agrega todos los riesgos estratégicos críticos, de cumplimiento (legal, regulatorio y fiscal), de información financiera y de mercado con un impacto potencial en los objetivos estratégicos del Grupo. Tiene en cuenta todas las marcas en todas las geografías y mercados, y es un elemento fundamental en los procesos de toma de decisiones del Grupo.

El Mapa de Riesgos prioriza los riesgos en función de su impacto (financiero, operativo, normativo y de reputación) y de la probabilidad de que se produzcan (en función de la calidad de los siguientes factores: controles y procesos internos, personas, tecnología e historial de auditoría y fraude). Los riesgos se evalúan sobre la base del "riesgo inherente", el impacto y la probabilidad de que se produzcan sin tener en cuenta las medidas preventivas internas, y sobre la base del "riesgo residual", que se produce después de tener en cuenta estas medidas.

Los riesgos fiscales se incorporan al Mapa de Riesgos del mismo modo que cualquier otro riesgo, y se puntúan y priorizan en función de su probabilidad e impacto.

El Programa de Cumplimiento del Grupo (PCG) es un mecanismo fundamental utilizado por la empresa para supervisar y gestionar el riesgo normativo y de cumplimiento, para garantizar que las políticas y los procedimientos internos cumplen las normas establecidas por las leyes y los reguladores gubernamentales, y para promover la concienciación sobre el riesgo de cumplimiento en toda la organización. El GCP está supervisado por el Comité de Cumplimiento y sus principales objetivos son:

a) revisión y actualización de todas las principales políticas del Grupo relacionadas con la reglamentación y el cumplimiento, garantizando la alineación con todas las leyes y reglamentos aplicables.

b) identificación de todas las áreas de riesgo de cumplimiento y regulación directamente relevantes para el negocio.

c) identificación de los expertos en la materia dentro del Grupo y asignación de la responsabilidad de la gestión de cada área de riesgo de cumplimiento.

d) evaluaciones periódicas de los riesgos de cada área de cumplimiento.

e) aplicación de procedimientos de control para mitigar los riesgos cuando sea posible.

f) coordinación de sesiones periódicas de formación y concienciación para todas las partes interesadas.

g) poner a disposición de todos los empleados canales de información eficaces, garantizando la confidencialidad y una protección adecuada contra las represalias.

h) facilitar la participación proactiva de la dirección y los empleados en la ejecución de las políticas del Grupo.

i) garantizar el apoyo oportuno del Departamento Jurídico del Grupo a todos los equipos de negocio cuando sea necesario.

j) aplicación de un sistema disciplinario en caso de incumplimiento de las normas/políticas.

k) Garantizar la supervisión periódica de la eficacia de las PCG e investigar los problemas relacionados con las mismas.

E.2. Identifique los órganos de la sociedad responsables de la elaboración y ejecución del Sistema de Control y Gestión de Riesgos financieros y no financieros, incluido el fiscal.

El Consejo de Administración del Grupo tiene la responsabilidad última de establecer los principios básicos y el marco general de actuación para garantizar que los principales riesgos se identifiquen, evalúen, gestionen y controlen adecuadamente. La gestión diaria de los riesgos es responsabilidad de la Alta Dirección.

De acuerdo con los Estatutos, la Comisión de Auditoría del Grupo es responsable de "revisar periódicamente la adecuación y eficacia de los controles internos y la gestión de riesgos, con el fin de garantizar que los principales riesgos se han identificado, gestionado y comprendido adecuadamente. Esto puede incluir también discusiones con los auditores externos en relación con las debilidades significativas detectadas en los controles internos durante la auditoría.

La Comisión de Auditoría está asistida por el Departamento de Auditoría Interna en estas funciones. Las responsabilidades específicas asignadas a la Auditoría Interna en relación con la Gestión de Riesgos del Grupo incluyen: garantizar la adecuación y eficacia de los Sistemas de Control Interno, los Sistemas de Gestión de Riesgos y las actividades planificadas de auditoría interna.

El riesgo es gestionado de forma continua por el Consejero Delegado y los directores de cada área funcional corporativa, de acuerdo con su respectivo ámbito de actividad.

El ejercicio de Evaluación de Riesgos se prepara con la aportación de todos los actores clave del negocio y, cuando es necesario, con el asesoramiento de expertos externos (especialistas jurídicos, normativos y fiscales).

E.3. Señale los principales riesgos, financieros y no financieros, incluidos los fiscales y en la medida que sean significativos los derivados de la corrupción (entendidos estos últimos con el alcance del Real Decreto Ley 18/2017), que pueden afectar a la consecución de los objetivos de negocio.

RIESGOS GLOBALES Y GEOPOLÍTICOS

* Pandemias globales con la consecuente amenaza para la salud y seguridad de nuestros grupos de interés, el cierre económico mundial, la reducción de los volúmenes del sector de viajes y el impacto adverso en ingresos y liquidez.

* Inestabilidad política y social, guerras y actividades terroristas, o epidemias localizadas.

* Condiciones económicas y políticas en los principales países que operamos.

OPERACIONAL - RIESGOS DE NEGOCIO

Ciberseguridad y privacidad de datos | Conectividad y disponibilidad de plataforma

* Ataques de ciberseguridad cada vez más sofisticados, dada la evolución de la inteligencia artificial y tecnología cuántica. La magnitud y las posibles repercusiones de una mala supervisión de la ciberseguridad pueden ser muy perjudiciales desde el punto de vista económico, operativo y reputacional.

* Fallos de tecnología que puedan interrumpir la disponibilidad de nuestra plataforma comercial y la efectividad y resiliencia de los planes de respuesta y procedimientos de recuperación.

* Procesamiento, almacenamiento, uso y divulgación de datos personales, y prevención de violaciones de datos y posibles responsabilidades que surjan como resultado de regulaciones gubernamentales y/o industriales. El incumplimiento de la GDPR puede resultar no solo en multas considerables, sino también en un significativo daño reputacional.

Contenido de los proveedores

* Deterioro de la condición financiera o reestructuración de las operaciones de uno o más de nuestros principales proveedores.

* Dependencia de relaciones significativas con proveedores en cuanto a contenidos, comisiones, pagos de incentivos, ingresos de publicidad y metabúsqueda, sistemas, procesamiento, y honorarios.

* Protección de nuestra propiedad intelectual y contra la violación de los derechos de propiedad intelectual de terceros.

* Intensa competencia por los ingresos de publicidad y metabúsqueda.

Innovación y desarrollo de productos

* El despliegue bien gestionado de la IA será esencial. Gobernanza robusta y una gestión sólida de riesgos como la trazabilidad de la

implementación de la IA, el sesgo de los programas en la toma de decisiones, la obtención de datos y la violación de la privacidad personal, los algoritmos de caja negra y la falta de transparencia, así como las zonas grises en la responsabilidad legal, deben tenerse en cuenta en la fase de diseño de los modelos de IA.

* El entorno competitivo y la rápida evolución confiere una importancia vital a la innovación exitosa, la diversificación de productos y la actualización constante ante los rápidos avances tecnológicos, con la evolución de los agentes de IA y los cambios en el ecosistema de compra, las tendencias del sector y las cambiantes preferencias de los viajeros.

* Cambios en los algoritmos de los motores de búsqueda.

* Dependencia en el nivel de penetración de internet

Calidad del servicio y relación con el cliente

* La evolución de la demanda de los clientes, la autosuficiencia, la sensibilidad a las tarifas y la mayor concienciación debido a la evolución de las redes sociales.

* Como primer y mayor programa de suscripción del sector de viajes con nuestro programa Prime, somos una empresa centrada en el cliente y enfocada en una relación a largo plazo con nuestros clientes, reflejada en compras repetidas y renovaciones anuales de suscripción. Si no conseguimos ofrecer a nuestros clientes el mejor valor y la mejor experiencia posible, podríamos poner en peligro esta relación duradera.

Atracción, desarrollo y retención de talento

* Retención de personal altamente competente y capacidad para atraer y retener a nuevos talentos cualificados en el actual entorno de escasez de competencias tecnológicas a escala mundial.

Gobernanza, cumplimiento, y ética

* Cambios en las leyes, normas y reglamentos vigentes y otras incertidumbres de carácter jurídico, en particular la legislación referida a privacidad de datos y protección del consumidor.

* Condiciones requeridas para obtener y mantener ciertas licencias o acreditaciones

* Operaciones internacionales que entrañan riesgos adicionales y nuestra exposición a dichos riesgos.

Financieros y Liquidez

  • * Gestión de contingencias de liquidez
  • * Apalancamiento significativo y productos financieros supeditados a pactos de deuda restrictivos.
  • * Crecimiento mediante fusiones o adquisiciones, y la optimización del coste y la eficiencia de la integración de nuevos negocios.
  • * La confianza en el valor y la fortaleza de nuestras marcas.
  • * Deterioro del fondo de comercio y otros activos inmateriales.
  • * Exposición a los riesgos asociados al fraude de reserva y de pago.
  • * Eventos fiscales adversos.
  • * Riesgos asociados a las fluctuaciones de las divisas y exposición a las fluctuaciones estacionales.

RIESGOS MEDIOAMBIENTALES

Emisiones de carbono y cambio climático

* Riesgos físicos:

  • Inaccesibilidad de las regiones afectadas por catástrofes climáticas, o pérdida de interés de los clientes por viajar a estas regiones por motivos de seguridad
  • Impacto sobre la salud y la seguridad de nuestros clientes por un evento meteorológico adverso.
  • Problemas en la cadena de suministro por daños en las infraestructuras. Aumento de consumo de energía en los centros de datos.
  • Disminución de la productividad e impacto en la salud de los empleados en condiciones meteorológicas extremas.
  • * Riesgos transitorios
  • Aumento de costes variables debido a: incrementos en los precios del combustible debido al aumento de tasas/impuestos sobre el carbono, o aumento de costes asociados a la transición a fuentes de energía renovables.
  • La sustitución de productos y servicios que proporcionamos actualmente (vuelos), por otros con emisiones inferiores (tren).
  • Cambios normativos y de información relacionados con el clima.
  • Crecimiento del movimiento "flight shaming"y percepción adversa de los viajes en avión por parte de los consumidores.

E.4. Identifique si la entidad cuenta con niveles de tolerancia al riesgo, incluido el fiscal.

Los riesgos Corporativos son evaluados en base a factores cuantitativos y cualitativos, considerando siempre el impacto y probabilidad de ocurrencia. El resultado de dicho ejercicio se consolida en un mapa de riesgos sobre una escala de impacto y probabilidad. La Alta Dirección, debe asegurarse que existen y están implementadas las medidas idóneas para la gestión y mitigación, como mínimo, de los riesgos críticos; estos se definen como aquellos riesgos que una vez valorados quedan por encima de la "curva de tolerancia" en el mapa de riesgos (localizados en el cuartil "impacto medio a alto" - "probabilidad media a alta").

Para los riesgos críticos, que en caso de materializarse podrían tener un impacto potencial significativo en la consecución de los objetivos del Grupo, se definen niveles de tolerancia específicos, indicando las pautas de actuación, los plazos para alcanzarlos, los responsables, los indicadores de seguimiento; y la frecuencia y el contenido de la información que debe facilitarse a los órganos de gobierno para su seguimiento y toma de decisiones.

Este ejercicio de valoración se realiza periódicamente con el fin de garantizar que la Alta Dirección identifica y toma medidas sobre aquellos riesgos que se han manifestado o cambiado (en naturaleza o importancia).

Por otra parte, en relación a los riesgos fiscales, la Sociedad aplica una planificación fiscal conservadora y se esfuerza en el cumplimiento de la normativa fiscal.

E.5. Indique qué riesgos, financieros y no financieros, incluidos los fiscales, se han materializado durante el ejercicio.

RIESGOS GLOBALES Y GEOPOLÍTICOS: El proteccionismo comercial de EE. UU. amenaza con una guerra comercial global, elevando la inflación y afectando el crecimiento. Las tensiones geopolíticas (Ucrania, Oriente Medio) desestabilizan regiones, interrumpen cadenas de suministro (energía rusa, Mar Rojo, grano ucraniano), presionan el gasto en defensa de la OTAN (posible aumento de impuestos y reducción de servicios), intensifican ciberataques y generan problemas de seguridad en viajes. El Grupo tiene actividad comercial mínima en estas zonas. Cambios políticos y temores de recesión en otros países podrían alterar políticas fiscales, comercio y leyes laborales.

OPERACIONAL - RIESGOS DE NEGOCIO:

Ciberseguridad y privacidad: Pese a no sufrir ciberataques significativos en 5 años, la escalada y sofisticación de estos exigen vigilancia permanente y controles robustos. Algunos ciberataques que impactaron al sector de viajes: Amtrak (credenciales comprometidas), ataques a proveedores de terceros que afectaron al grupo Otelier, (plataforma de gestión hotelera utilizada por más de 10.000 hoteles (Marriott, Hilton, Hyatt y Wyndham)), exfiltraciones de datos sufridas por Avis y la OACI, Cloud Snowflake, y las exfiltraciones masivas de datos en las compañías de telecomunicaciones francesas SFR y Free. La continua e intensificada amenaza de ataques de ciberseguridad de Rusia a Ucrania y a los países de la OTAN sigue siendo relevante.

* CrowdStrike-Microsoft en 2024, impactando numerosos proveedores de aerolíneas, y si bien el impacto no fue significativo en nuestras operaciones directas, el despliegue ágil de planes de contingencia y medidas de respuesta ante crisis nos facilitó la atención rápida a cualquier cliente afectado.

* El debate sobre la transferencia internacional de datos de Google Analytics, es un ejemplo de cómo las diferencias en la normativa regional sobre protección de datos pueden afectar materialmente a las empresas con un alcance online global. El éxito de nuestra estrategia de defensa legal, nos permite disponer de Google Analytics sin riesgo regulatorio.

Gobernanza, Cumplimiento y Ética: El ejercicio fiscal 2025 se caracterizó por diversos cambios en el panorama regulatorio: * La Directiva de la UE sobre Informes de Sostenibilidad Corporativa (CSRD) y la obligación de informar según las Normas Europeas de Información sobre Sostenibilidad (ESRS) entraron en vigor para los informes del ejercicio fiscal 2024 publicados en 2025. A pesar de esto, varios estados miembros de la UE (incluida España) aún no han transpuesto la CSRD de la UE al derecho nacional, y la UE ha publicado posteriormente un Paquete Ómnibus con el objetivo de reducir los requisitos y la carga regulatoria. Todo esto ha generado un entorno de incertidumbre regulatoria.

* La Directiva de la UE sobre Ciberseguridad NIS 2, que establece normas comunes de ciberseguridad y herramientas de supervisión más sólidas en las propias operaciones y la cadena de suministro, amplió el alcance sectorial fijado en NIS 1 para incluir a los proveedores digitales, los mercados en línea y los motores de búsqueda, lo que incluyó a eDO dentro de su ámbito de aplicación.

* La Ley de Inteligencia Artificial de la UE entró en vigor en varias fases, la primera en febrero de 2025 con un listado de sistemas y aplicaciones de IA prohibidos (no relevante para eDO). La siguiente fase con impacto a eDO es en agosto de 2025 y se enfoca en requisitos de gobernanza y confidencialidad.

* La Ley Europea de Accesibilidad (EAA), entrará en vigor en junio de 2025, tiene como objetivo armonizar las leyes de accesibilidad en todos los estados miembros de la UE e impacta a todos los servicios de comercio electrónico a los que se accede a través de dispositivos digitales. No se ha producido ningún caso de soborno y corrupción durante este año ni en ningún año anterior.

Durante el ejercicio fiscal, ningún riesgo regulatorio o fiscal relevante se materializó o nos afectó.

El Grupo no ha sido objeto de reclamaciones, multas o acciones relacionadas con nuestro impacto ambiental.

Cadena de Suministro: Sin riesgos materializados.

Contenido de Proveedores y Riesgo del Canal:

* La disputa comercial y de propiedad intelectual que mantiene Ryanair con el sector de agencias de viaje online y la disponibilidad de su contenido.

* Durante el año fiscal no hubo bancarrotas significativas de aerolíneas, y las quiebras de aerolíneas pequeñas que ocurrieron tuvieron un impacto mínimo en nuestro negocio debido a los bajos volúmenes.

Innovación: La IA se generalizó, con la adopción masiva de la IA Generativa y los Modelos de Lenguaje Grandes (LLM). En el sector de viajes, la IA ofrece enormes oportunidades para que el sector incremente la productividad, impulse las ganancias, mejore la experiencia y la satisfacción del cliente.

Calidad de Servicio Cliente: Sin riesgos significativos, reflejado en alta satisfacción, renovaciones Prime y aumento de suscriptores. Atracción, Desarrollo y Retención de Talento: Sin riesgos materializados.

Financieros: Sin riesgos materializados.

Emisiones de Carbono y Cambio Climático: El apetito o la oportunidad de los viajeros para visitar ubicaciones específicas se vio afectado por la mayor intensidad y frecuencia de eventos meteorológicos adversos y desastres naturales en todo el mundo. 2024 fue oficialmente el año más cálido registrado y uno en el que tormentas, incendios forestales, sequías y temperaturas récord azotaron el planeta. La creciente duración, magnitud y frecuencia de eventos climáticos extremos como las inundaciones repentinas DANA en Valencia, España, los incendios forestales cada vez más virulentos y destructivos en California y el Mediterráneo, y los huracanes Beryl y Helene que afectaron al Caribe y al sureste de EE. UU., impactaron negativamente a las comunidades locales y al interés o las ganas de viajar a estos lugares afectados por desastres.

E.6. Explique los planes de respuesta y supervisión para los principales riesgos de la entidad, incluidos los fiscales, así como los procedimientos seguidos por la compañía para asegurar que el consejo de administración da respuesta a los nuevos desafíos que se presentan.

Cada uno de los riesgos está asignado a un miembro de la Alta Dirección que es el responsable de reportar: (i) indicadores clave para medir el nivel de riesgo, (ii) iniciativas existentes en vigor y/o, (iii) medidas futuras para mitigar aún más el riesgo.

Los Riesgos de la Sociedad se gestionan y reportan, de manera recurrente, durante las reuniones que mantiene el Consejero Delegado con sus subalternos directos. En el caso de la materialización de un riesgo importante, el Consejo es notificado de inmediato.

Un ejemplo clave de esto es la respuesta a la epidemia del COVID-19, donde el protocolo de gestión de crisis se implementó rápidamente, con la creación de un grupo de trabajo que involucraba todas las áreas clave del negocio, un diálogo cercano con el Consejo de Administración y una implementación rápida de iniciativas para proteger y monitorear todas las áreas de la empresa y las partes interesadas afectadas. A raíz de esta situación, el Consejero Delegado actualizaba semanalmente al Consejo de Administración sobre la gestión de riesgos y actividades llevadas a cabo para hacer frente a la situación.

El Consejo de Administración y la Comisión de Auditoría son informados periódicamente por el Consejero Delegado y el equipo de alta dirección sobre los retos de los riesgos empresariales y operativos, por el Director Jurídico sobre los cambios en el entorno de los riesgos legales y reglamentarios, por el Director de Tecnología sobre la evolución de los riesgos de ciberseguridad y por el Director de Auditoría Interna sobre los riesgos derivados de los cambios en el entorno de control interno.

Anualmente, la Comisión de Auditoría recibe una sesión detallada del responsable fiscal del Grupo sobre el entorno fiscal, y del asesor general sobre el entorno jurídico y normativo.

Todos los riesgos críticos que afectan al Grupo son gestionados día a día por el equipo de Alta Dirección. Se documenta un ejercicio formal de evaluación de riesgos del Grupo con la aportación de todos los propietarios de riesgos del equipo de la Alta Dirección, y sirve como uno de los principales impulsores para determinar el plan de Auditoría Interna. Se comparte con el equipo de la Alta Dirección, la Comisión de Auditoría y el Consejo de Administración, que lo revisarán, harán aportaciones adicionales cuando sea pertinente y lo utilizarán como mecanismo formal de aprobación del plan anual de Auditoría Interna. Este plan puede estar sujeto a revisión cuando sea necesario en respuesta a los cambios en el entorno de riesgo.

Para las áreas de riesgo que requieren conocimientos especializados (como la fiscalidad y las cuestiones legales o reglamentarias locales) se puede recurrir a asesores externos para que proporcionen una evaluación experta.

De forma periódica, el Departamento de Auditoría Interna y de Gobierno, Riesgo y Cumplimiento realizan un ejercicio de seguimiento para reevaluar la relevancia de cada uno de los riesgos así como, las medidas llevadas a cabo para mitigarlos.

F. SISTEMAS INTERNOS DE CONTROL Y GESTIÓN DE RIESGOS EN RELACIÓN CON EL PROCESO DE EMISIÓN DE LA INFORMACIÓN FINANCIERA (SCIIF)

Describa los mecanismos que componen los sistemas de control y gestión de riesgos en relación con el proceso de emisión de información financiera (SCIIF) de su entidad.

F.1. Entorno de control de la entidad.

Informe, señalando sus principales características de, al menos:

F.1.1 Qué órganos y/o funciones son los responsables de: (i) la existencia y mantenimiento de un adecuado y efectivo SCIIF; (ii) su implantación; y (iii) su supervisión.

Los siguientes órganos son responsables del mantenimiento y/o supervisión del modelo SCIIF de eDreams ODIGEO:

CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN

El Consejo de Administración de eDreams ODIGEO (en lo sucesivo, la Sociedad), es el órgano sobre el cual recae la responsabilidad final de velar por la existencia de un adecuado Sistema de Control Interno y Gestión de Riesgos sobre la información financiera.

El Consejo de Administración es responsable del seguimiento periódico de la información interna y de los sistemas de control interno.

COMISIÓN DE AUDITORÍA

El Reglamento Interno de la Comisión de Auditoria establecen que la función principal de la Comisión de Auditoría es apoyar al Consejo de Administración en sus cometidos de supervisión.

Como Comisión Delegada del Consejo de Administración, tiene las siguientes responsabilidades en materia de Control Interno y Sistemas de Información:

• Evaluación de la eficacia de los sistemas de control interno y gestión de riesgos de la empresa, incluidos los controles y la seguridad de las tecnologías de la información, para garantizar que los principales riesgos se identifican, analizan y comunican a quien la Comisión considere oportuno.

• Revisión de las principales exposiciones al riesgo financiero y de las medidas adoptadas por la dirección para supervisarlas y controlarlas, incluidas las políticas de evaluación y gestión de riesgos del Grupo, garantizando que, como mínimo, cubran lo siguiente:

  • Los diferentes tipos de riesgo (de cumplimiento, tecnológico informático, financiero, operativo, legal, reputacional, etc.) a los que está expuesto el Grupo eDreams ODIGEO.

  • Establecimiento y revisión de los niveles de riesgo que la Compañía considera aceptables;

  • Medidas previstas para mitigar el impacto de los riesgos identificados, en caso de que se materialicen;

  • Sistemas de información y control interno utilizados para el seguimiento y gestión de los citados riesgos, incluidos los pasivos contingentes o riesgos fuera de balance.

• Revisión y aprobación de las declaraciones que se incluirán en los informes anuales de gobierno corporativo en relación con los controles internos y la gestión de riesgos.

DEPARTAMENTO DE AUDITORÍA INTERNA DEL GRUPO

El departamento de Auditoría Interna del Grupo depende de la Comisión de Auditoría, y le asiste en su responsabilidad de supervisar la eficacia del Sistema de Control Interno y la gestión de riesgos de la empresa. Dicha responsabilidad la lleva a cabo mediante revisiones periódicas de controles internos, financieros y operacionales; los resultados de dichas revisiones se resumen en los informes de auditoría donde se recapitulan las deficiencias detectadas y los planes de acción propuestos por la Dirección para remediarlos.

DEPARTAMENTO DE GOBIERNO, RIESGO Y CUMPLIMIENTO

Las principales responsabilidades del departamento de Gobierno, Riesgo y Cumplimiento, son los siguientes:

  • Mantenimiento y actualización del marco de control interno sobre la información financiera publicada.

  • Asesoramiento y evaluación del grado de cumplimiento de las políticas y procedimientos del Grupo (con la supervisión del CC).

  • Supervisión del cumplimiento de los controles internos respecto a los estados financieros.
  • Formación en materia de controles internos y buenas prácticas.

  • Apoyo al departamento de Auditoría Interna con procedimientos de testeo. y seguimiento de las medidas correctivas propuestas.

  • Supervisar la implementación de los riesgos de sostenibilidad y la estrategia ESG, mantener una comunicación fluida con las agencias de calificación ESG y garantizar que la empresa esté al día y cumpla todos los cambios en la normativa relacionada con la sostenibilidad.

OTROS ÓRGANOS - FINANZAS Y CONTROL DE GESTIÓN

Los equipos de Finanzas y Control de Gestión que reportan directamente al Director Financiero (miembro del Consejo de Administración), también juegan un papel crítico en el mantenimiento del SCIIF, dado que son responsables de documentar, mantener y actualizar los diferentes procedimientos que rigen sus operaciones, identificar las tareas claves a realizar, así como asignar responsables a cada una de ellas.

DELEGADO PROTECCIÓN DE DATOS

Nuestro delegado de protección de datos (DPO) forma una parte esencial de la segunda línea de defensa. Desde una perspectiva interna, la principal función del DPO es proporcionar consejo a toda la organización sobre todos los asuntos relativos a la privacidad de datos, buenas prácticas, seguridad y cumplimiento del RGPD.

Desde una perspectiva externa, el papel del DPO es fundamental para asegurar que respondamos con oportunidad y precisión a todas las peticiones de clientes relacionadas con sus datos personales, y asegurar un diálogo fluido y cooperación con los organismos reguladores locales.

OFICINA DE SEGURIDAD INFORMÁTICA

La ciberseguridad es uno de los ámbitos de cumplimiento clave en el seno de nuestro Programa de Cumplimiento del Grupo. La Oficina de Seguridad Informática, piedra angular de nuestra segunda línea de defensa, trabaja las 24 horas del día para garantizar que disponemos de controles de ciberseguridad informática sólidos y actualizados, aprovechando el conocimiento obtenido en los ataques experimentados por otras empresas del sector y desafiando constantemente el entorno existente.

  • F.1.2 Si existen, especialmente en lo relativo al proceso de elaboración de la información financiera, los siguientes elementos:
  • · Departamentos y/o mecanismos encargados: (i) del diseño y revisión de la estructura organizativa; (ii) de definir claramente las líneas de responsabilidad y autoridad, con una adecuada distribución de tareas y funciones; y (iii) de que existan procedimientos suficientes para su correcta difusión en la entidad:

El Consejo de Administración, a nivel ejecutivo y según las directrices la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, es el responsable del nombramiento y cese de los cargos de Alta Dirección. El diseño y la revisión de la estructura de la organización en su conjunto, es una responsabilidad que recae en el Consejero Delegado de la empresa ("CEO"), quien asegura que todos los departamentos están alineados con los objetivos estratégicos de la Sociedad.

En cuanto al departamento de Finanzas, el Director Financiero, el Director de Control de Gestión del Grupo y el departamento de Recursos Humanos, son responsables de asegurar que; (i) el equipo tiene personal suficiente, (ii) el equipo involucrado en la preparación de los estados financieros está adecuadamente capacitado, y (iii) ha recibido la formación y las actualizaciones necesarias en las Normas Internacionales de Información Financiera, los Planes Generales de Contabilidad locales, y en los principios de SCIIF.

El Departamento de Recursos Humanos del Grupo es responsable del mantenimiento y la actualización continua del organigrama detallado del Grupo. Todos los empleados pueden consultar dicho organigrama detallado a través de la intranet corporativa.

El Comité de Cumplimiento es responsable de abordar y evaluar las preocupaciones de los empleados en relación con la comprensión, la aplicación o el cumplimiento de todas las políticas y procedimientos de cumplimiento del Grupo. El Comité de Cumplimiento está formado por la Directora de Recursos Humanos, el Asesor Jurídico, la Asesora de Competencia y Cumplimiento del Grupo, el Director de Auditoría Interna y la Responsable de Gobierno, Riesgo y Control. Las decisiones se toman por mayoría de sus miembros, y se comparte periódicamente un informe resumido de las actividades y preocupaciones con la Comisión de Auditoría y la Dirección Ejecutiva.

· Código de conducta, órgano de aprobación, grado de difusión e instrucción, principios y valores incluidos (indicando si hay menciones específicas al registro de operaciones y elaboración de información financiera), órgano encargado de analizar incumplimientos y de proponer acciones correctoras y sanciones:

CÓDIGO DE CONDUCTA

El Grupo cuenta con tres códigos de conducta principales: el Reglamento Interno de Conducta en los Mercados de Valores, el Código de Conducta de Grupo que se entrega a los empleados en el momento de su incorporación, y deben leer y firmar en señal de reconocimiento, y los Principios de Ética Empresarial que se entregan a nuestros proveedores y socios clave antes de su contratación. Todos ellos están disponibles para su consulta en la intranet corporativa, así como en la página web de la empresa.

1. REGLAMENTO INTERNO DE CONDUCTA EN LOS MERCADOS DE VALORES:

El presente Reglamento Interno (actualizado por última vez por el Consejo de Administración en febrero de 2025 para su adaptación a las últimas modificaciones del Reglamento de Abuso de Mercado de la UE) forma parte del sistema de gobierno corporativo del Grupo y establece los estándares de conducta que los empleados de la Sociedad deben observar y respetar en relación con los Mercados de Valores. Como grupo cotizado en bolsa, es deber e intención del Grupo eDreams ODIGEO comportarse en todo momento con la máxima diligencia y transparencia, reduciendo al mínimo cualquier riesgo de conflicto de intereses y, en última instancia, garantizando que los inversores reciban información adecuada y oportuna, en beneficio de la integridad del mercado.

2. CÓDIGO DE CONDUCTA DEL GRUPO

El Código de Conducta del Grupo es aplicable a todos los empleados, permanentes y temporales, de cualquier parte del mundo y a trabajadores externos contratados por el Grupo eDreams ODIGEO que representan o actúan en nombre de la Sociedad. El código está diseñado para proporcionar un marco de referencia de la integridad de conducta con respecto a:

(i) la confidencialidad de datos y de la información, (ii) la propiedad intelectual, la privacidad y protección de datos, (iii) la transparencia, (iv) la comunicación con los medios de comunicación, (v) las relaciones con los competidores y compañeros de trabajo, (vi) las responsabilidades sociales corporativas, (vii)conflictos de interés, y (viii) la denuncia de infracciones.

Todos los nuevos empleados reciben una copia escrita del Código de Conducta, así como formación on-line, como parte del proceso de incorporación. El Código de Conducta debe ser leído y firmado como acuse de recibo.

Anualmente, se envía a toda la Organización, una comunicación recordando a los empleados el Código de Conducta y el enlace a donde se puede ubicar en la Intranet.

  1. PRINCIPIOS DE ÉTICA EMPRESARIAL

Una versión abreviada de nuestro Código de Conducta Empresarial del Grupo "eDreams ODIGEO - Principios de Ética Empresarial" se proporciona a nuestros proveedores y socios antes de la contratación para garantizar que estén plenamente informados y sean conscientes de las normas éticas que esperamos no sólo de nosotros sino también de nuestros socios.

· • Canal de denuncias, que permita la comunicación a la comisión de auditoría de irregularidades de naturaleza financiera y contable, en adición a eventuales incumplimientos del código de conducta y actividades irregulares en la organización, informando, en su caso, si éste es de naturaleza confidencial y si permite realizar comunicaciones anónimas respetando los derechos del denunciante y del denunciado.

Según el Reglamento Interno de la Comisión de Auditoría, en el artículo 14, el papel de la Comisión de Auditoría es establecer y supervisar un mecanismo que permita a los empleados comunicar, de forma confidencial y, si procede, de forma anónima, irregularidades potencialmente significativas, en especial las irregularidades financieras y contables.

El Código de Conducta del Grupo manifiesta expresamente que cualquier empleado que tenga conocimiento de cualquier acción cuestionable o posiblemente ilegal y que afecte a la Sociedad, está obligado a informarlo de inmediato.

Las preocupaciones recibidas a través de estos canales son recibidas, leídas y gestionadas por el Comité de Cumplimiento, que prestará la debida atención, confidencialidad y consideración a todas las preocupaciones comunicadas, y gestionará una respuesta con prontitud. El Comité de Cumplimiento es responsable de gestionar las preocupaciones recibidas de conformidad con el procedimiento interno que garantiza la confidencialidad, el anonimato y el respeto en todas las fases del procedimiento, así como la ausencia de represalias.

El Grupo prohíbe las represalias contra cualquier empleado por denuncias realizadas de buena fe, y también protege los derechos del empleado investigado.

Las pautas para denunciar y abordar inquietudes éticas se describen detalladamente en la Política de Comunicación de Irregularidades Éticas y de Cumplimiento disponible en los 7 idiomas de los países donde tenemos oficinas. La política establece los principios que rigen la plataforma, describe las partes involucradas, aclara todos los pasos del procedimiento, indica las reglas y los plazos adecuados a seguir, además de proporcionar un enlace a nuestra plataforma online.

El Comité de Cumplimiento celebra reuniones trimestrales (y reuniones ad hoc para asuntos graves), para analizar las preocupaciones presentadas; se elaboran actas como prueba documental de las reuniones.

Las infracciones significativas del Código de Conducta Empresarial y las medidas correctivas propuestas se elevan a la Comisión de Auditoría con prontitud. Un resumen de las principales actividades del Comité de Cumplimiento, que incluye estadísticas sobre tipología y volumen de preocupaciones planteadas, se comparte trimestralmente con la Comisión de Auditoría como parte de las presentaciones de los Controles Internos.

Actualmente no hay ninguna investigación externa en curso contra eDreams ODIGEO relacionada con el Código de Conducta o con asuntos relacionados con la corrupción, y durante el ejercicio no se recibió ninguna preocupación relacionada con los derechos humanos.

· Programas de formación y actualización periódica para el personal involucrado en la preparación y revisión de la información financiera, así como en la evaluación del SCIIF, que cubran al menos, normas contables, auditoría, control interno y gestión de riesgos:

La Sociedad está comprometida con el desarrollo y formación continua de sus empleados y promueve la realización de cursos de actualización sobre normativa contable y legal para todos los empleados que participan directamente en la confección de la información financiera.

Nuestra plataforma de formación e-learning cuenta con un Programa de Cumplimiento Anual (CTP, por sus siglas en inglés), que consta de tres módulos y forma parte de la formación anual obligatoria para todos los eDOers:

* Formación Anual de eDO en Diversidad, Igualdad, Inclusión y Ética (Igualdad y Diversidad en el Lugar de Trabajo, Inteligencia Cultural en eDO, Comunicación de Irregularidades Éticas y de Cumplimiento.

* Informática y Ciberseguridad (Seguridad Informática para el Teletrabajador y el Viajero de Negocios, Prevención de un Ataque de Ciberseguridad; Seguridad de Datos de Pago (PCI DSS)).

* Privacidad de Datos (Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) e Información Confidencial).

Como parte del proceso de incorporación, todos los nuevos eDOers reciben los cursos de formación on-line previamente mencionados, y así garantizamos una cultura ética en toda la organización.

Además del programa CTP, durante el ejercicio fiscal 2025 se impartieron a todos los eDOers, cursos on-line específicos en; Inteligencia Artificial, Phishing, trabajo remoto, seguridad y salud e información confidencial.

Todos los cursos se imparten con la correspondiente política corporativa del Grupo, que debe leerse y firmarse en señal de reconocimiento. Al principio de cada ejercicio se define una hoja de ruta para la formación en materia de cumplimiento, que se comparte con la Comisión de Auditoría.

Adicionalmente, todos los eDOers tienen acceso a una plataforma online con un amplio catálogo de cursos relacionados con ética y cumplimiento.

Para mantener la concienciación de nuestros equipos, se envían comunicaciones a toda la empresa para recordar a los eDOers las áreas clave de cumplimiento, actualizadas con los nuevos cambios normativos. Estas comunicaciones se realizan de varias maneras: compliance shots, cortometrajes, cuestionarios, mensajes de salvapantallas, carteles y artículos en la intranet.

Formación en lo relativo a la información financiera.

Las necesidades de formación están definidas internamente por el supervisor inmediato de Finanzas y por Recursos Humanos en base a las evaluaciones de cada empleado. Calendarios de formación están planificados teniendo en cuenta cambios en normativa contable y legal, siguiendo las recomendaciones de asesores externos (auditores externos, consultores, y otros expertos en materia contable y de cumplimiento).

Durante el ejercicio fiscal, el personal de Control Financiero, Legal y Cumplimiento ha asistido a seminarios monográficos y seminarios web impartidos por consultores externos expertos en la materia, sobre áreas clave de regulación, gobernanza, riesgo y cumplimiento. Estos incluyeron sesiones específicas sobre: gobernanza de la Inteligencia Artificial y riesgos asociados, formación ISA de PCI DSS, cambios en la información financiera según las NIIF, formatos ESEF (CNMV), Investigaciones y Cumplimiento de Sanciones, RGPD, Ley de Mercados Digitales de la UE, No Competencia Europea, Directiva de la UE sobre Informes de Sostenibilidad Corporativa, Doble Materialidad y Taxonomía de la UE) realizados por consultores externos.

El Grupo está suscrito a diversas publicaciones que ofrecen información actualizada sobre la evolución del negocio y el entorno normativo de las actividades que realiza el Grupo y sobre las Normas Internacionales de Información Financiera y el control interno.

F.2. Evaluación de riesgos de la información financiera.

Informe, al menos, de:

  • F.2.1 Cuáles son las principales características del proceso de identificación de riesgos, incluyendo los de error o fraude, en cuanto a:.
  • · Si el proceso existe y está documentado:

Tal como se ha descrito en la sección E, eDreams ODIGEO dispone de un procedimiento corporativo de evaluación de riesgos, el cual se ejecuta de forma periódica. Dicho procedimiento detalla los riesgos identificados por la Organización, los cuales pueden ser clasificados en las categorías siguientes: cumplimiento, mercado, operacionales, y calidad de la información financiera. Cada riesgo tiene asignado una probabilidad de ocurrencia, y un impacto (monetario y operacional).

Los resultados son analizados por la Dirección de la Sociedad, la cual facilita una valoración de las medidas mitigadoras, las acciones llevadas a cabo y las acciones pendientes de acometer, así como los niveles de tolerancia.

Para asegurar que todos los riesgos han sido identificados, se realiza un mapeo de los riesgos definidos en las matrices de control SCIIF para cada uno de los procesos de negocio (Ventas, Compras, Recursos Humanos, Tesorería, Controles Generales de TI, Reporting Financiero y COSO) con el Mapa de Riesgos Corporativo.

· Si el proceso cubre la totalidad de objetivos de la información financiera, (existencia y ocurrencia; integridad; valoración; presentación, desglose y comparabilidad; y derechos y obligaciones), si se actualiza y con qué frecuencia:

El procedimiento de identificación de riesgos y el proceso de control del SCIIF cubren todos los objetivos de la información financiera: existencia y ocurrencia, integridad, valoración, presentación, divulgación y fraude. El Mapa de Riesgos Corporativo formal se elabora anualmente, con actualizaciones informales para los cambios en el panorama de riesgos, la materialidad y la pertinencia continuada, según sea necesario.

· La existencia de un proceso de identificación del perímetro de consolidación, teniendo en cuenta, entre otros aspectos, la posible existencia de estructuras societarias complejas, entidades instrumentales o de propósito especial:

El perímetro de consolidación de eDreams ODIGEO se revisa trimestralmente durante el proceso de cierre.

El departamento de Contabilidad y Consolidación, que depende del Director Financiero, revisa periódicamente los cambios en la estructura del Grupo; dicho análisis cuenta con la ayuda del departamento Legal y Fiscal del Grupo; Tanto la creación como la adquisición de empresas, así como su venta o disolución, están sujetas a procesos internos de autorización que permiten una clara identificación de aquellas entradas y salidas del perímetro de consolidación.

· Si el proceso tiene en cuenta los efectos de otras tipologías de riesgos (operativos, tecnológicos, financieros, legales, fiscales, reputacionales, medioambientales, etc.) en la medida que afecten a los estados financieros:

El Modelo de Gestión de Riesgos de la Sociedad cubre las 4 categorías de riesgo detalladas seguidamente:

o Riesgo Operacional (tecnológico, reputacional, etc.)

o Riesgo de la Calidad de la información Financiera, la cual incluye riesgos asociados con la precisión e integridad, y divulgación de la información reportada.

o Riesgo Regulatorio (riesgos legales, regulatorios, fiscales y relacionados con gobierno corporativo).

o Riesgo de Mercado (riesgos estratégicos y específicos del Sector).

· Qué órgano de gobierno de la entidad supervisa el proceso:

El Consejo de Administración, a través de la Comisión de Auditoría, es el órgano responsable de supervisar el proceso;

Tal y como se define en el Artículo 10 del Reglamento Interno de la Comisión de Auditoría , la Comisión ejercerá las siguientes funciones principales en relación con los sistemas de control interno y gestión de riesgos:

  1. Valorar la eficacia de los sistemas de control interno y gestión de riesgos de la Sociedad, incluida la seguridad y los controles de la tecnología de la información, para garantizar que se detecten y analicen los principales riesgos y que se comuniquen adecuadamente a aquella persona que el Comité estime conveniente.

  2. Revisar con la dirección las principales exposiciones al riesgo financiero de la Sociedad y las medidas adoptadas por la dirección para supervisar y controlar dichas exposiciones al riesgo, incluidas las políticas o directrices de evaluación y gestión del riesgo de la Sociedad y garantizar que la política de control y gestión del riesgo del Grupo eDreams ODIGEO abarque como mínimo:

a) Los distintos tipos de riesgo (cumplimiento, tecnología de TI, financiero, operativo, legal, para la reputación, etc.) a los que se encuentra expuesto el Grupo eDreams ODIGEO.

b) El establecimiento y revisión de los niveles de riesgo que la Sociedad considera aceptables;

c) Las medidas previstas para mitigar el impacto de los riesgos detectados, en caso de materializarse;

d) Los sistemas de información y control interno utilizados para monitorizar y gestionar los riesgos antes mencionados, incluidos los pasivos contingentes o los riesgos fuera de balance.

  1. Revisar y aprobar declaraciones que se incluirán en los informes anuales de gobierno corporativo en materia de controles internos y gestión de riesgos.

F.3. Actividades de control.

Informe, señalando sus principales características, si dispone al menos de:

F.3.1 Procedimientos de revisión y autorización de la información financiera y la descripción del SCIIF, a publicar en los mercados de valores, indicando sus responsables, así como de documentación descriptiva de los flujos de actividades y controles (incluyendo los relativos a riesgo de fraude) de los distintos tipos de transacciones que puedan afectar de modo material a los estados financieros, incluyendo el procedimiento de cierre contable y la revisión específica de los juicios, estimaciones, valoraciones y proyecciones relevantes

REVISIÓN Y AUTORIZACIÓN DE LA INFORMACIÓN FINANCIERA

El Grupo presenta trimestralmente información financiera consolidada en España a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV). Dicha información es preparada por el equipo de Control de Gestión del Grupo y el departamento de Consolidación que reportan directamente al Director Financiero del Grupo. El departamento lleva a cabo una serie de actividades de control de cierre del período para garantizar la exactitud e integridad de la información financiera presentada, prestando especial atención a las áreas que implican juicio, estimación y proyecciones. Los estados financieros consolidados son revisados y aprobados por el Consejero Delegado, la Comisión de Auditoría y el Consejo de Administración antes de ser publicados en el Mercado de Valores.

CONTROL INTERNO DE LA INFORMACIÓN FINANCIERA (SCIIF)

El grupo eDreams ODIGEO tiene un Sistema de Control Interno de la Información Financiera (SCIIF) basado en una Matriz de Riesgos y Controles Financieros que incluye los siete ciclos de negocio que se consideran relevantes y determinantes durante la preparación de los estados financieros, y los controles a nivel de Entidad ( o "ELC" por sus siglas en inglés):

• Cierre de contabilidad, reporting y consolidación

• Compras y cuentas por pagar;

• Ventas- ingresos y las cuentas por cobrar;

• Tesorería;

• Recursos Humanos;

• Controles Generales de Informática (ITGC)

• Controles a nivel de entidad (ELC). La Sociedad clasifica los ELC´s de acuerdo con el modelo COSO (Committee of Sponsoring Organisations of the Treadway Commission), que considera las siguientes áreas: Entorno de control, Evaluación de riesgo, Actividades de control, Información y comunicación y Supervisión;

Los ciclos de negocio principales están divididos en sub-procesos. La estructura de la matriz de riesgos y controles SCIIF incluye la siguiente información:

• Objetivo de control: Requisitos de control que deben cumplirse en cada actividad del proceso. Tienen la finalidad de garantizar la fiabilidad de la información financiera, que incluye las afirmaciones sobre; la integridad, la existencia y ocurrencia, valoración y medición, presentación y desglose, y los derechos y obligaciones.

• Riesgo: El impacto potencial sobre la capacidad del Grupo para lograr sus objetivos de calidad de información financiera, incluyendo el riesgo de fraude, si no existieran dichos controles.

• Control: Políticas, procedimientos y otras acciones generalmente incluidas dentro del proceso de negocio, diseñados para garantizar la realización del objetivo de control sobre los estados financieros y / o para prevenir actividades fraudulentas. Los controles se sub-clasifican como; preventivos o detectivos dependiendo de la fase del proceso del negocio en el que se ejecutan, y manual, semiautomático o automático, dependiendo del modo en cómo se se ejecutan. Se han definido responsables para cada uno de los controles.

• Evidencias: La documentación que debe conservar el responsable del control (el personal de la empresa), para que todo el modelo SCIIF pueda ser supervisado y auditado de manera periódica.

TITULARIDAD & RESPONSABILIDAD:

• El responsable de cada control ha de asegurarse de su correcta ejecución en un tiempo razonable.

• El Departamento de Gobierno, Riesgo y Cumplimiento es responsable de la supervisión, mantenimiento, y actualización del marco de control interno.

• El Departamento de Auditoría Interna del Grupo realiza la revisión y testeo de los controles de forma periódica, y valida si los controles están operando efectivamente y si se han diseñado de forma apropiada. Todas las deficiencias detectadas se validan con el responsable del control / proceso y se acuerda con ellos un plan de acción y unas fechas de implementación.

• Los resultados de la revisión periódica de SCIIF se comparten con la Dirección, la Comisión de Auditoría, y el Consejo de Administración, los cuales se comprometen a proporcionar recursos suficientes para poder mitigar/solucionar las deficiencias de control.

El Grupo utiliza una herramienta automatizada, AuditBoard, para mejorar la gestión de los controles, la evaluación del diseño y la efectividad de la operación, y monitorizar las deficiencias de control detectadas.

F.3.2 Políticas y procedimientos de control interno sobre los sistemas de información (entre otras, sobre seguridad de acceso, control de cambios, operación de los mismos, continuidad operativa y segregación de funciones) que soporten los procesos relevantes de la entidad en relación a la elaboración y publicación de la información financiera.

El Grupo ha implementado un marco de control interno sobre los Sistemas de Información que soportan los principales procesos de negocio que impactan en los Estados Financieros. Dicho modelo se elaboró a partir de los estándares de Gobierno COSO y COBIT (recomendados por la Asociación Internacional ISACA), e incluye una matriz de riesgos tecnológicos (en adelante Controles Generales de Tecnologías de la Información (siglas en inglés "ITGC")) y las políticas y procedimientos destinados a mitigar los riesgos asociados a los Sistemas de Información y su seguridad.

El departamento de Auditoría Interna, en estrecha colaboración con la Oficina de Seguridad de TI y las áreas de Desarrollo de Software y Operaciones de TI, realiza un análisis de los sistemas críticos que impactan en el proceso de reporting financiero, y evalúa el diseño y la efectividad de los principales controles de la matriz ITGC, en relación de dichos sistemas.

  • Dicho análisis contribuye a asegurar la calidad y fiabilidad de la información reportada a los mercados.
  • La matriz ITGC se divide en las siguientes áreas:
  • Gobernanza y cumplimiento de los sistemas informáticos
  • Gestión de usuarios y accesos
  • Gestión de terceros
  • Gestión de datos
  • Controles operativos
  • Puntos finales de usuario
  • Endurecimiento de sistemas
  • Cambios y desarrollo de programas

• GOBERNANZA Y CUMPLIMIENTO DE LOS SISTEMAS INFORMÁTICOS: Políticas, procedimientos, responsabilidades, formación y concienciación, y cumplimiento de las leyes y reglamentos aplicables

• GESTIÓN DE USUARIOS Y ACCESOS:

* Controles de acceso físico y lógico a las instalaciones informáticas, los sistemas y los datos para garantizar que el acceso esté debidamente restringido al personal autorizado, con sólidos requisitos de identificación y autenticación, y procesos de mantenimiento oportunos. * Los sistemas están configurados y supervisados adecuadamente para garantizar niveles suficientes de seguridad de los sistemas de información para evitar el acceso no autorizado a los sistemas o las modificaciones de los programas y datos que podrían dar lugar a un procesamiento o registro incompleto, inexacto o no válido de la información financiera.

• GESTIÓN DE TERCEROS: Requisitos iniciales de la cláusula de seguridad informática y controles de seguimiento para garantizar que los terceros subcontratados mantengan el mismo nivel exigente de normas y controles de seguridad.

• GESTIÓN DE DATOS: Garantizar la existencia de controles sólidos para proteger la información sensible y confidencial.

• CONTROLES OPERATIVOS

* Los sistemas de información son operados y supervisados adecuadamente para garantizar la disponibilidad del sistema y la integridad de los datos.

* Los incidentes que surgen en el transcurso de las operaciones normales de la empresa se resuelven adecuadamente de manera oportuna. * Existen sólidos planes de continuidad de la actividad, de gestión de crisis y de recuperación en caso de catástrofe para garantizar la continuidad de las operaciones en caso de contingencia.

• PUNTOS FINALES DE USUARIOS: Controles en torno a todos los portátiles, tabletas, teléfonos inteligentes de los empleados... que en el entorno actual de trabajo a distancia, se han vuelto aún más críticos,

• ENDURECIMIENTO DE SISTEMAS: Controles de prevención (cortafuegos, antivirus, segmentación....), de detección (pruebas de penetración, escaneo de vulnerabilidades, tableros de control,,) y de respuesta (procesos de gestión de incidentes) para garantizar la máxima protección de nuestra infraestructura informática frente a la amenaza de ciberataques.

• GESTIÓN DE CAMBIOS EN PROGRAMAS Y NUEVOS DESARROLLOS.

El desarrollo de software y los procesos de desarrollo se basan en una metodología "AGILE". Los controles definidos quieren garantizar lo siguiente:

i. Los cambios en los Sistemas de Información y aplicaciones de eDreams ODIGEO están debidamente alineados con los objetivos de negocio y cumplen con las legislaciones aplicables.

ii. Los cambios en los Sistemas de Información y los nuevos desarrollos están debidamente gestionados de modo que se disminuya al máximo la probabilidad de implementar cambios que provoquen una disrupción en la disponibilidad de los Sistemas de Información, cambios no autorizados debidamente; o generación de errores que puedan impactar la fiabilidad e integridad de los datos relacionados con el reporte de la información financiera.

• POLÍTICAS Y PROCEDIMIENTOS

Las políticas, procesos y controles de eDreams ODIGEO, alineados con los requisitos reglamentarios, están basados en una serie de normas internacionales y buenas prácticas, tales como la ISO 27001 y la NIST SP 500-53 dentro del área de Ciberseguridad, y GDPR dentro del área de privacidad de datos. Se aplican en el 100% de nuestras operaciones, sitios web y filiales del Grupo y establecen las líneas básicas de actuación que debe cumplir eDO en materia de ciberseguridad y protección de datos.

Contamos con un conjunto de Políticas de Grupo que cubren nuestras reglas internas que permiten garantizar que nuestros sistemas y datos se mantengan seguros y libres de violaciones de privacidad, y brindan orientación a nuestros grupos de interés. Entre las más relevantes se encuentra la Política de Privacidad del Grupo, la Política de Información Confidencial, la Política Corporativa de Uso Aceptable de Hardware y Software, los Consejos de Seguridad para el Trabajo en Remoto y la Política de Inteligencia Artificial Generativa.

• FORMACIÓN Y CONCIENCIACIÓN

La formación y la sensibilización son dos factores críticos para desarrollar una cultura de concienciación sobre la ciberseguridad y la privacidad de los datos en toda la organización. Bajo la dirección de nuestra Oficina de Seguridad y en estrecha cooperación y alineación con nuestro DPO, monitoreamos continuamente los requisitos de privacidad y seguridad, así como creamos e implementamos las medidas y procesos necesarios, y brindamos asesoramiento, experiencia y capacitación.

Seguimos manteniendo a nuestros eDOers actualizados en materia de ciberseguridad y privacidad de datos, proporcionando frecuentes campañas de formación y concienciación, impartidas a través de varios canales.

Durante el ejercicio fiscal 2025 se realizaron las siguientes actividades:

Cursos de formación on-line para toda la organización que cubren áreas tales como; cumplimiento de los requisitos de protección de datos (GDPR), cómo gestionar de forma segura la información confidencial, mejores prácticas de ciberseguridad y prevención de phishing. A los departamentos que gestionan diariamente datos de clientes se les impartió formación específica sobre cómo gestionar las solicitudes de los interesados. Celebración del Día Internacional de la Protección de Datos (28 de enero) con una serie de actividades y eventos durante una semana, que incluyen un eDO talk (charla informativa), FAQs sugerentes y la publicación de varios artículos en la intranet, para concienciar sobre la privacidad de los datos.

Vídeos breves sobre cumplimiento y carteles sobre temas como el phishing y la protección de datos, enviados a través de nuestros canales internos.

Seminarios web para toda la organización impartidos por expertos en la materia sobre temas como el uso responsable de la Inteligencia Artificial, dilemas éticos en IA, privacidad de datos, gestión de incidentes, SRE en proveedores clave, beneficios de la nube, etc. Campañas en la intranet y mensajes en salvapantallas corporativos sobre cómo identificar el phishing o cómo trabajar desde casa de forma segura.

En paralelo, nuestra Oficina de Seguridad lanzó periódicamente campañas de phishing simuladas para evaluar el nivel de conciencia cibernética de los empleados y ofrecer capacitación adicional cuando fuera necesario.

• CERTIFICACIONES

Las estrategias, políticas y medidas de control en ciberseguridad y privacidad de datos antes mencionadas son rigurosamente revisadas por parte de externos independientes que emiten certificaciones anuales sin salvedades.

eDreams ODIGEO obtuvo durante el año fiscal 2025 las siguientes certificaciones en materia de estándares de TI y requisitos regulatorios y de cumplimiento:

ISO/IEC 27001: 2013 La seguridad de la información se certificó por primera vez en septiembre de 2022, y la certificación más reciente se logró en Octubre 2024 y cubrió el 100 % de nuestra plataforma comercial principal en sitios ubicados en Barcelona, Madrid, Alicante, Palma, Oporto, Milán, Londres, París y Hamburgo. (Controles de Seguridad de la Información y certificación de procesos).

PCI DSS certificado por A2 Secure, desde 2016, con la certificación de cumplimiento PCI Nivel Uno más reciente obtenida en julio de 2024 (Certificación de la industria de pagos del entorno que protege los datos de las tarjetas de crédito de los clientes).

Certificación anual del Marco de controles de seguridad del cliente (CSCF) de SWIFT (entorno de control y seguridad de la plataforma bancaria).

F.3.3 Políticas y procedimientos de control interno destinados a supervisar la gestión de las actividades subcontratadas a terceros, así como de aquellos aspectos de evaluación, cálculo o valoración encomendados a expertos independientes, que puedan afectar de modo material a los estados financieros.

El Grupo subcontrata una serie de actividades.

Cuando el Grupo externaliza una actividad o contrata los servicios de un experto independiente, se adoptan medidas de diligencia debida para verificar la competencia, la capacidad técnica y el nivel de los controles internos. Esto puede adoptar diversas formas: Condiciones de los acuerdos de nivel de servicio, certificaciones como ISAE3402 y SSAE16, etc., dependiendo de la actividad subcontratada.

La Política de Compras del Grupo tiene una sección dedicada a detallar un marco común y los requisitos para la contratación de servicios externos. La política proporciona una orientación clara sobre los criterios que deben seguirse en el proceso de selección de un proveedor externo, las cláusulas clave que deben incluirse en el acuerdo y los procedimientos de supervisión continua que deben seguirse. Los departamentos de Compras y Jurídico realizan periódicamente revisiones detalladas para garantizar que todos los principales acuerdos de subcontratación incluyan cláusulas adecuadas de protección de datos y seguridad informática.

Para todos los procesos subcontratados, deben definirse, acordarse y firmarse acuerdos de nivel de servicio (SLA) en el contrato con el proveedor. Los procesos subcontratados de SLA se supervisan periódicamente a través del proceso de evaluación del proveedor. Los problemas que surgen en el SLA o en los resultados se escalan en consecuencia y pueden dar lugar a la adopción de medidas correctivas con el proveedor.

Cuando el Grupo subcontrata procesos relevantes para la elaboración de la información financiera a un experto independiente, se asegura de que el profesional tenga los niveles de competencia técnica y legal requeridos. Los acuerdos de no divulgación (NDA) se obtienen oportunamente cuando se trata de información confidencial, estratégica o sensible.

F.4. Información y comunicación.

Informe, señalando sus principales características, si dispone al menos de:

F.4.1 Una función específica encargada de definir, mantener actualizadas las políticas contables (área o departamento de políticas contables) y resolver dudas o conflictos derivados de su interpretación, manteniendo una comunicación fluida con los responsables de las operaciones en la organización, así como un manual de políticas contables actualizado y comunicado a las unidades a través de las que opera la entidad.

El departamento de Control de Gestión y Consolidación, que reporta directamente a la Dirección Financiera del Grupo, es responsable de la definición, actualización y difusión de las políticas contables, y de la resolución e interpretación de dudas y conflictos. Dicho departamento mantiene un flujo constante de comunicación e intercambio de información con los equipos de Finanzas y Operaciones, los cuales proactivamente escalan todas las dudas que puedan estar relacionadas con las políticas de reporting financiero.

El departamento de Control de Gestión y Consolidación del Grupo se encarga de mantener un registro de las principales políticas contables, las cuales son actualizadas cuando se producen cambios en las Normas Internacionales de Contabilidad.

Dicho registro consiste en una carpeta compartida accesible a todas las personas involucradas en la preparación y revisión de la información financiera de la Sociedad.

Adicionalmente, se realizan sesiones de formación de forma periódica (facilitadas por parte del personal del área de Control de Gestión del Grupo y por parte de expertos en la materia) a los responsables de Finanzas y Control de Gestión, con el objetivo de mantenerlos informados sobre las posibles interpretaciones y aplicaciones de los diferentes cambios en las normativas de contabilidad. Dichos responsables de Finanzas y Control de Gestión son responsables, a su vez, de transmitir la formación recibida al personal de sus respectivos departamentos.

Los auditores externos de la Sociedad, en la revisión de los Estados Financieros Consolidados y las cuentas anuales de las filiales, solicitan y revisan la información financiera reportada, siguiendo también los principios contables definidos en las políticas contables de la Sociedad.

F.4.2 Mecanismos de captura y preparación de la información financiera con formatos homogéneos, de aplicación y utilización por todas las unidades de la entidad o del grupo, que soporten los estados financieros principales y las notas, así como la información que se detalle sobre el SCIIF.

Todas las compañías del Grupo operan en un único sistema de middle y back office (AGM y AXAPTA respectivamente), homogeneizando así los sistemas, estandarizando las operaciones financieras y de información, ganando eficiencia y mejorando el entorno de control.

A final de mes, con el objetivo de reportar toda la información financiera, cada entidad local carga su balance en la herramienta informática HFM (Hyperion Consolidation System) utilizando el módulo FDM. El módulo de FDM realiza una serie de comprobaciones automáticas para asegurar la precisión y completitud de los datos del balance cargados localmente antes de subirlos al módulo de consolidación "HFM". La herramienta HFM se gestiona centralmente y usa un único plan de cuentas contables.

Desde el ejercicio fiscal 2021, en cumplimiento de los requisitos del Formato Electrónico Único Europeo (ESEF), se han preparado los informes financieros IFRS en el formato XHTML con etiquetas de formato de información XBRL.

Los controles de SCIIF, evalúan las actividades de control existentes en las filiales del Grupo durante el proceso de cierre mensual, así como también evalúan el proceso de cierre de consolidación llevado a cabo por el departamento de Control de Gestión y Consolidación del Grupo.

F.5. Supervisión del funcionamiento del sistema.

Informe, señalando sus principales características, al menos de:

F.5.1 Las actividades de supervisión del SCIIF realizadas por la comisión de auditoría así como si la entidad cuenta con una función de auditoría interna que tenga entre sus competencias la de apoyo a la comisión en su labor de supervisión del sistema de control interno, incluyendo el SCIIF. Asimismo se informará del alcance de la evaluación del SCIIF realizada en el ejercicio y del procedimiento por el cual el encargado de ejecutar la evaluación comunica sus resultados, si la entidad cuenta con un plan de acción que detalle las eventuales medidas correctoras, y si se ha considerado su impacto en la información financiera.

a) ACTIVIDADES DE MONITORIZACIÓN LLEVADAS A CABO POR LA COMISIÓN DE AUDITORÍA.

La Comisión de Auditoría es el órgano asesor a través del cual el Consejo de Administración realiza el mantenimiento y supervisión del SCIIF. Como parte de sus funciones, y con el objetivo de conseguir los objetivos el Consejo de Administración, dicha Comisión realiza las actividades siguientes:

• Recibir y revisar la información financiera que la Sociedad deber hacer pública de forma periódica a los mercados y a las entidades regulatorias.

• Recibir información periódica por parte de los auditores externos sobre el plan de auditoría y los resultados de su desarrollo, y asegurar que la Dirección lleva a cabo las recomendaciones propuestas.

• Dirigir y supervisar la actividades del Departamento de Auditoría Interna, incluyendo la aprobación del Plan Anual de Auditoria y monitorización de las acciones llevadas a cabo por parte de la Dirección en línea con las recomendaciones resultantes de las revisiones.

• Analizar el grado de cumplimiento del Reglamento Interno de Conducta en los Mercados de Valores en donde la Sociedad opera, así como también sobre las normas de buen gobierno corporativo y sus reglas y procedimientos, y proponer mejoras apropiadas a la Sociedad.

La Comisión de Auditoría, a través de las funciones desarrolladas por el Departamento de Auditoría Interna, supervisa y monitoriza la efectividad del sistema de control interno de la Sociedad y el SCIIF.

La Comisión de Auditoría es informada de forma regular por parte del Director de Auditoría Interna del Grupo sobre los resultados del análisis de diseño y efectividad operativa del SCIIF. Dichos resultados informan sobre las debilidades detectadas en el transcurso del trabajo realizado por Auditoría Interna, así como los planes de remediación correspondiente y las acciones ya realizadas por parte de la Sociedad.

El Plan de Auditoría Interna para el análisis del SCIIF es presentado finalmente a la Comisión de Auditoría para su validación final y aprobación previa a su ejecución, con el fin de asegurar que todos los objetivos de la Comisión están debidamente tratados y es alineado con el Mapa de Riesgos del Grupo.

Como resultado de cada una de las reuniones de la Comisión de Auditoría, se levanta un acta de la reunión describiendo los puntos tratados y las decisiones tomadas.

b) FUNCIÓN DE AUDITORÍA INTERNA.

La actividad de Auditoría Interna es llevada a cabo por el Departamento de Auditoría Interna del Grupo. El Director de Auditoría Interna del Grupo reporta directamente al Presidente de la Comisión de Auditoría, y una de sus funciones es la de reportar las deficiencias de control detectadas a raíz de la ejecución del Plan Anual de Auditoría. Esto se hace mediante una presentación de conclusiones hecha al final de cada trimestre resumiendo las actividades llevadas a cabo, así como las actividades planificadas para el siguiente trimestre.

En relación a las actividades de monitorización de SCIIF, el Departamento de Auditoría Interna del Grupo es responsable de lo siguiente: • Revisar el modelo SCIIF de control sobre la información financiera.

• Realizar pruebas para confirmar la ejecución de la Dirección.

• Realizar pruebas sobre el diseño y eficiencia operativa sobre los controles internos (SCIIF) para las compañías del Grupo en alcance.

• Ayudar a la Dirección en la identificación de deficiencias de control y revisar de los planes de la Dirección para subsanarlas.

• Realizar un seguimiento del grado de consecución de las medidas implementadas para subsanar dichas deficiencias de control.

• Actuar como un coordinador entre la Dirección y el auditor externo en cuanto a la discusión sobre el alcance y la planificación de testeo.

c) ALCANCE DE LA EVALUACIÓN DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO EN RELACIÓN AL PROCESO DE REPORTING FINANCIERO Durante el ejercicio 2025, Auditoría Interna completó una revisión del diseño de los controles del ICFR y de la efectividad operativa en los procesos críticos de negocio en todas las entidades del Grupo que estaban dentro del alcance (incluyendo los sistemas de información). La determinación del alcance de las entidades dependía de factores como la contribución al margen de ingresos del Grupo, el EBITDA y si la entidad era de reciente adquisición o tenía un historial de problemas de control.

Se incluyeron todos los controles clave del SCIIF; aquellos controles no clave calificados como eficaces el año pasado, se sacaron del ámbito de aplicación.

Se llevó a cabo un ejercicio de validación del estado de todos los problemas identificados en el año anterior, realizando una nueva prueba y validación de todos los problemas de control comunicados por la dirección como corregidos.

Los resultados de esta revisión sirven de base para la supervisión de los controles internos sobre los datos de información financiera.

d) COMUNICACIÓN DE LOS RESULTADOS Y PLANES DE ACCIÓN CON LAS MEDIDAS CORRECTORAS.

Auditoría Interna informa a la Dirección Financiera y a la Comisión de Auditoría de todas las debilidades significativas de los controles internos detectadas durante las revisiones del SCIIF realizadas durante el año, así como del grado de ejecución de los planes de acción y de las medidas paliativas aplicadas durante los meses posteriores a la revisión. Las debilidades en los controles internos identificadas en las revisiones de Auditoría Interna se clasifican como: alta, media o baja; dependiendo de la importancia que puedan tener si se materializa un error en los estados financieros. La dirección debe establecer planes de acción para la corrección, asignar responsables del proceso y los plazos estimados para la corrección. La Auditoría Interna realiza revisiones mensuales de actualización con la Dirección sobre el estado de todas las debilidades abiertas. Esta información actualizada se incluye en la presentación trimestral de actualización del estado de los controles internos que la Auditoría Interna comparte con la Alta Dirección, la Comisión de Auditoría y el Consejo.

F.5.2 Si cuenta con un procedimiento de discusión mediante el cual, el auditor de cuentas (de acuerdo con lo establecido en las NTA), la función de auditoría interna y otros expertos puedan comunicar a la alta dirección y a la comisión de auditoría o administradores de la entidad las debilidades significativas de control interno identificadas durante los procesos de revisión de las cuentas anuales o aquellos otros que les hayan sido encomendados. Asimismo, informará de si dispone de un plan de acción que trate de corregir o mitigar las debilidades observadas.

La Comisión de Auditoria se reúne al menos una vez al trimestre para revisar la información financiera periódica que debe presentarse a las autoridades del mercado de valores, así como la información que el Consejo de Administración debe aprobar e incluir en su documentación pública anual. La Comisión de Auditoria también se reunirá a petición de cualquiera de sus miembros y siempre que lo convoque su Presidente.

El departamento financiero, así como la Comisión de Auditoría, fomenta la colaboración y coordinación plena con el auditor externo del Grupo. Es por ello que, el auditor externo del Grupo puede requerir acceso directo a la Dirección, tanto para obtener la información necesaria para acometer sus tareas como para comunicar las deficiencias de control identificadas como resultado de su revisión de auditoría. El auditor externo informará a la Comisión de Auditoría sobre las "lagunas" y/o mejoras detectadas en relación con el Sistema de Control Interno

Tal y como se ha descrito en la sección F5.1 el Departamento de Auditoría Interna entrega a la Comisión de Auditoría un informe trimestral detallando las deficiencias de control interno y el plan de acción de la Dirección para su corrección.

F.6. Otra información relevante.

La información relevante sobre el Sistema de Control Interno de la Sociedad ha sido descrita en los puntos anteriores

F.7. Informe del auditor externo.

Informe de:

F.7.1 Si la información del SCIIF remitida a los mercados ha sido sometida a revisión por el auditor externo, en cuyo caso la entidad debería incluir el informe correspondiente como anexo. En caso contrario, debería informar de sus motivos.

eDreams ODIGEO no ha solicitado un informe específico a los auditores externos sobre la información remitida del SCIIF a los mercados, por considerar que este ya ha realizado una revisión sobre control interno, desarrollado según las normas técnicas de auditoría, en el proceso de revisión de la auditoría de cuentas.

G. GRADO DE SEGUIMIENTO DE LAS RECOMENDACIONES DE GOBIERNO CORPORATIVO

Indique el grado de seguimiento de la sociedad respecto de las recomendaciones del Código de buen gobierno de las sociedades cotizadas.

En el caso de que alguna recomendación no se siga o se siga parcialmente, se deberá incluir una explicación detallada de sus motivos de manera que los accionistas, los inversores y el mercado en general, cuenten con información suficiente para valorar el proceder de la sociedad. No serán aceptables explicaciones de carácter general.

  1. Que los estatutos de las sociedades cotizadas no limiten el número máximo de votos que pueda emitir un mismo accionista, ni contengan otras restricciones que dificulten la toma de control de la sociedad mediante la adquisición de sus acciones en el mercado.

Cumple [ X ] Explique [ ]

    1. Que, cuando la sociedad cotizada esté controlada, en el sentido del artículo 42 del Código de Comercio, por otra entidad, cotizada o no, y tenga, directamente o a través de sus filiales, relaciones de negocio con dicha entidad o alguna de sus filiales (distintas de las de la sociedad cotizada) o desarrolle actividades relacionadas con las de cualquiera de ellas informe públicamente con precisión acerca de:
    2. a) Las respectivas áreas de actividad y eventuales relaciones de negocio entre, por un lado, la sociedad cotizada o sus filiales y, por otro, la sociedad matriz o sus filiales.
    3. b) Los mecanismos previstos para resolver los eventuales conflictos de intereses que puedan presentarse.

Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ X ]

    1. Que durante la celebración de la junta general ordinaria, como complemento de la difusión por escrito del informe anual de gobierno corporativo, el presidente del consejo de administración informe verbalmente a los accionistas, con suficiente detalle, de los aspectos más relevantes del gobierno corporativo de la sociedad y, en particular:
    2. a) De los cambios acaecidos desde la anterior junta general ordinaria.
    3. b) De los motivos concretos por los que la compañía no sigue alguna de las recomendaciones del Código de Gobierno Corporativo y, si existieran, de las reglas alternativas que aplique en esa materia.

  1. Que la sociedad defina y promueva una política relativa a la comunicación y contactos con accionistas e inversores institucionales en el marco de su implicación en la sociedad, así como con los asesores de voto que sea plenamente respetuosa con las normas contra el abuso de mercado y dé un trato semejante a los accionistas que se encuentren en la misma posición. Y que la sociedad haga pública dicha política a través de su página web, incluyendo información relativa a la forma en que la misma se ha puesto en práctica e identificando a los interlocutores o responsables de llevarla a cabo.

Y que, sin perjuicio de las obligaciones legales de difusión de información privilegiada y otro tipo de información regulada, la sociedad cuente también con una política general relativa a la comunicación de información económico-financiera, no financiera y corporativa a través de los canales que considere adecuados (medios de comunicación, redes sociales u otras vías) que contribuya a maximizar la difusión y la calidad de la información a disposición del mercado, de los inversores y demás grupos de interés.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

  1. Que el consejo de administración no eleve a la junta general una propuesta de delegación de facultades, para emitir acciones o valores convertibles con exclusión del derecho de suscripción preferente, por un importe superior al 20% del capital en el momento de la delegación.

Y que cuando el consejo de administración apruebe cualquier emisión de acciones o de valores convertibles con exclusión del derecho de suscripción preferente, la sociedad publique inmediatamente en su página web los informes sobre dicha exclusión a los que hace referencia la legislación mercantil.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

    1. Que las sociedades cotizadas que elaboren los informes que se citan a continuación, ya sea de forma preceptiva o voluntaria, los publiquen en su página web con antelación suficiente a la celebración de la junta general ordinaria, aunque su difusión no sea obligatoria:
    2. a) Informe sobre la independencia del auditor.
    3. b) Informes de funcionamiento de las comisiones de auditoría y de nombramientos y retribuciones.
    4. c) Informe de la comisión de auditoría sobre operaciones vinculadas.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

  1. Que la sociedad transmita en directo, a través de su página web, la celebración de las juntas generales de accionistas.

Y que la sociedad cuente con mecanismos que permitan la delegación y el ejercicio del voto por medios telemáticos e incluso, tratándose de sociedades de elevada capitalización y en la medida en que resulte proporcionado, la asistencia y participación activa en la Junta General.

La Sociedad hasta ahora no ha transmitido en directo, a través de su página web, la celebración de las juntas generales de accionistas, si bien, en el caso que se recibiesen solicitudes de accionistas en este sentido, la Sociedad estudiaría esta posibilidad y haría los mayores esfuerzos para implantar esta medida.

En cualquier caso, inmediatamente después de la Junta, la Compañía comunica a la CNMV todas las decisiones aprobadas y publica el acta de reunión en su web corporativa.

  1. Que la comisión de auditoría vele por que las cuentas anuales que el consejo de administración presente a la junta general de accionistas se elaboren de conformidad con la normativa contable. Y que en aquellos supuestos en que el auditor de cuentas haya incluido en su informe de auditoría alguna salvedad, el presidente de la comisión de auditoría explique con claridad en la junta general el parecer de la comisión de auditoría sobre su contenido y alcance, poniéndose a disposición de los accionistas en el momento de la publicación de la convocatoria de la junta, junto con el resto de propuestas e informes del consejo, un resumen de dicho parecer.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

  1. Que la sociedad haga públicos en su página web, de manera permanente, los requisitos y procedimientos que aceptará para acreditar la titularidad de acciones, el derecho de asistencia a la junta general de accionistas y el ejercicio o delegación del derecho de voto.

Y que tales requisitos y procedimientos favorezcan la asistencia y el ejercicio de sus derechos a los accionistas y se apliquen de forma no discriminatoria.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

    1. Que cuando algún accionista legitimado haya ejercitado, con anterioridad a la celebración de la junta general de accionistas, el derecho a completar el orden del día o a presentar nuevas propuestas de acuerdo, la sociedad:
    2. a) Difunda de inmediato tales puntos complementarios y nuevas propuestas de acuerdo.
    3. b) Haga público el modelo de tarjeta de asistencia o formulario de delegación de voto o voto a distancia con las modificaciones precisas para que puedan votarse los nuevos puntos del orden del día y propuestas alternativas de acuerdo en los mismos términos que los propuestos por el consejo de administración.
    4. c) Someta todos esos puntos o propuestas alternativas a votación y les aplique las mismas reglas de voto que a las formuladas por el consejo de administración, incluidas, en particular, las presunciones o deducciones sobre el sentido del voto.
    5. d) Con posterioridad a la junta general de accionistas, comunique el desglose del voto sobre tales puntos complementarios o propuestas alternativas.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ ]

  1. Que, en el caso de que la sociedad tenga previsto pagar primas de asistencia a la junta general de accionistas, establezca, con anterioridad, una política general sobre tales primas y que dicha política sea estable.

Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ X ]

  1. Que el consejo de administración desempeñe sus funciones con unidad de propósito e independencia de criterio, dispense el mismo trato a todos los accionistas que se hallen en la misma posición y se guíe por el interés social, entendido como la consecución de un negocio rentable y sostenible a largo plazo, que promueva su continuidad y la maximización del valor económico de la empresa.

Y que en la búsqueda del interés social, además del respeto de las leyes y reglamentos y de un comportamiento basado en la buena fe, la ética y el respeto a los usos y a las buenas prácticas comúnmente aceptadas, procure conciliar el propio interés social con, según corresponda, los legítimos intereses de sus empleados, sus proveedores, sus clientes y los de los restantes grupos de interés que puedan verse afectados, así como el impacto de las actividades de la compañía en la comunidad en su conjunto y en el medio ambiente.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

  1. Que el consejo de administración posea la dimensión precisa para lograr un funcionamiento eficaz y participativo, lo que hace aconsejable que tenga entre cinco y quince miembros.

Cumple [ X ] Explique [ ]

    1. Que el consejo de administración apruebe una política dirigida a favorecer una composición apropiada del consejo de administración y que:
    2. a) Sea concreta y verificable.
    3. b) asegure que las propuestas de nombramiento o reelección se fundamenten en un análisis previo de las competencias requeridas por el consejo de administración; y
    4. c) favorezca la diversidad de conocimientos, experiencias, edad y género. A estos efectos, se considera que favorecen la diversidad de género las medidas que fomenten que la compañía cuente con un número significativo de altas directivas.

Que el resultado del análisis previo de las competencias requeridas por el consejo de administración se recoja en el informe justificativo de la comisión de nombramientos que se publique al convocar la junta general de accionistas a la que se someta la ratificación, el nombramiento o la reelección de cada consejero.

La comisión de nombramientos verificará anualmente el cumplimiento de esta política y se informará de ello en el informe anual de gobierno corporativo.

  1. Que los consejeros dominicales e independientes constituyan una amplia mayoría del consejo de administración y que el número de consejeros ejecutivos sea el mínimo necesario, teniendo en cuenta la complejidad del grupo societario y el porcentaje de participación de los consejeros ejecutivos en el capital de la sociedad.

Y que el número de consejeras suponga, al menos, el 40% de los miembros del consejo de administración antes de que finalice 2022 y en adelante, no siendo con anterioridad inferior al 30%.

Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ X ]

En consonancia con nuestro compromiso de asegurar una combinación equilibrada de experiencia y género en el Consejo, Laurence Berman fue nombrado Consejero Independiente en la Junta General de Accionistas celebrada el 27 de septiembre de 2024.

Para el ejercicio fiscal finalizado el 31 de marzo de 2025, el Consejo estuvo compuesto por ocho miembros: 4 Consejeros Independientes, 2 Consejeros Dominicales (vinculados a los fondos de Permira) y 2 Consejeros Ejecutivos. Tres de nuestros ocho miembros del Consejo son mujeres (38%).

El perfil de los actuales miembros del Consejo, hombres y mujeres, responde a las necesidades del Grupo y se basa sólidamente en los principios de meritocracia y diversidad. Además, está representado por una diversidad de experiencia profesional y conocimiento académico (abogados, economistas, matemáticos, entre otros).

En caso de que la Sociedad decida modificar la composición del Consejo en el futuro, se compromete a una mayor representación de Consejeros Independientes y a mantener una combinación equilibrada y diversa de género y experiencia.

  1. Que el porcentaje de consejeros dominicales sobre el total de consejeros no ejecutivos no sea mayor que la proporción existente entre el capital de la sociedad representado por dichos consejeros y el resto del capital.

Este criterio podrá atenuarse:

  • a) En sociedades de elevada capitalización en las que sean escasas las participaciones accionariales que tengan legalmente la consideración de significativas.
  • b) Cuando se trate de sociedades en las que exista una pluralidad de accionistas representados en el consejo de administración y no tengan vínculos entre sí.

Cumple [ X ] Explique [ ]

  1. Que el número de consejeros independientes represente, al menos, la mitad del total de consejeros.

Que, sin embargo, cuando la sociedad no sea de elevada capitalización o cuando, aun siéndolo, cuente con un accionista o varios actuando concertadamente, que controlen más del 30% del capital social, el número de consejeros independientes represente, al menos, un tercio del total de consejeros.

Cumple [ X ] Explique [ ]

    1. Que las sociedades hagan pública a través de su página web, y mantengan actualizada, la siguiente información sobre sus consejeros:
    2. a) Perfil profesional y biográfico.
    3. b) Otros consejos de administración a los que pertenezcan, se trate o no de sociedades cotizadas, así como sobre las demás actividades retribuidas que realice cualquiera que sea su naturaleza.
    4. c) Indicación de la categoría de consejero a la que pertenezcan, señalándose, en el caso de consejeros dominicales, el accionista al que representen o con quien tengan vínculos.
    5. d) Fecha de su primer nombramiento como consejero en la sociedad, así como de las posteriores reelecciones.
    6. e) Acciones de la compañía, y opciones sobre ellas, de las que sean titulares.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

  1. Que en el informe anual de gobierno corporativo, previa verificación por la comisión de nombramientos, se expliquen las razones por las cuales se hayan nombrado consejeros dominicales a instancia de accionistas cuya participación accionarial sea inferior al 3% del capital; y se expongan las razones por las que no se hubieran atendido, en su caso, peticiones formales de presencia en el consejo procedentes de accionistas cuya participación accionarial sea igual o superior a la de otros a cuya instancia se hubieran designado consejeros dominicales.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ ]

  1. Que los consejeros dominicales presenten su dimisión cuando el accionista a quien representen transmita íntegramente su participación accionarial. Y que también lo hagan, en el número que corresponda, cuando dicho accionista rebaje su participación accionarial hasta un nivel que exija la reducción del número de sus consejeros dominicales.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ ]

  1. Que el consejo de administración no proponga la separación de ningún consejero independiente antes del cumplimiento del período estatutario para el que hubiera sido nombrado, salvo cuando concurra justa causa, apreciada por el consejo de administración previo informe de la comisión de nombramientos. En particular, se entenderá que existe justa causa cuando el consejero pase a ocupar nuevos cargos o contraiga nuevas obligaciones que le impidan dedicar el tiempo necesario al desempeño de las funciones propias del cargo de consejero, incumpla los deberes inherentes a su cargo o incurra en algunas de las circunstancias que le hagan perder su condición de independiente, de acuerdo con lo establecido en la legislación aplicable.

También podrá proponerse la separación de consejeros independientes como consecuencia de ofertas públicas de adquisición, fusiones u otras operaciones corporativas similares que supongan un cambio en la estructura de capital de la sociedad, cuando tales cambios en la estructura del consejo de administración vengan propiciados por el criterio de proporcionalidad señalado en la recomendación 16.

Cumple [ X ] Explique [ ]

  1. Que las sociedades establezcan reglas que obliguen a los consejeros a informar y, en su caso, a dimitir cuando se den situaciones que les afecten, relacionadas o no con su actuación en la propia sociedad, que puedan perjudicar al crédito y reputación de esta y, en particular, que les obliguen a informar al consejo de administración de cualquier causa penal en la que aparezcan como investigados, así como de sus vicisitudes procesales.

Y que, habiendo sido informado o habiendo conocido el consejo de otro modo alguna de las situaciones mencionadas en el párrafo anterior, examine el caso tan pronto como sea posible y, atendiendo a las circunstancias concretas, decida, previo informe de la comisión de nombramientos y retribuciones, si debe o no adoptar alguna medida, como la apertura de una investigación interna, solicitar la dimisión del consejero o proponer su cese. Y que se informe al respecto en el informe anual de gobierno corporativo, salvo que concurran circunstancias especiales que lo justifiquen, de lo que deberá dejarse constancia en acta. Ello sin perjuicio de la información que la sociedad deba difundir, de resultar procedente, en el momento de la adopción de las medidas correspondientes.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

  1. Que todos los consejeros expresen claramente su oposición cuando consideren que alguna propuesta de decisión sometida al consejo de administración puede ser contraria al interés social. Y que otro tanto hagan, de forma especial, los independientes y demás consejeros a quienes no afecte el potencial conflicto de intereses, cuando se trate de decisiones que puedan perjudicar a los accionistas no representados en el consejo de administración.

Y que cuando el consejo de administración adopte decisiones significativas o reiteradas sobre las que el consejero hubiera formulado serias reservas, este saque las conclusiones que procedan y, si optara por dimitir, explique las razones en la carta a que se refiere la recomendación siguiente.

Esta recomendación alcanza también al secretario del consejo de administración, aunque no tenga la condición de consejero.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ ]

  1. Que cuando, ya sea por dimisión o por acuerdo de la junta general, un consejero cese en su cargo antes del término de su mandato, explique de manera suficiente las razones de su dimisión o, en el caso de consejeros no ejecutivos, su parecer sobre los motivos del cese por la junta, en una carta que remitirá a todos los miembros del consejo de administración.

Y que, sin perjuicio de que se dé cuenta de todo ello en el informe anual de gobierno corporativo, en la medida en que sea relevante para los inversores, la sociedad publique a la mayor brevedad posible el cese incluyendo referencia suficiente a los motivos o circunstancias aportados por el consejero.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ ]
  1. Que la comisión de nombramientos se asegure de que los consejeros no ejecutivos tienen suficiente disponibilidad de tiempo para el correcto desarrollo de sus funciones.

Y que el reglamento del consejo establezca el número máximo de consejos de sociedades de los que pueden formar parte sus consejeros.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

  1. Que el consejo de administración se reúna con la frecuencia precisa para desempeñar con eficacia sus funciones y, al menos, ocho veces al año, siguiendo el programa de fechas y asuntos que establezca al inicio del ejercicio, pudiendo cada consejero individualmente proponer otros puntos del orden del día inicialmente no previstos.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

  1. Que las inasistencias de los consejeros se reduzcan a los casos indispensables y se cuantifiquen en el informe anual de gobierno corporativo. Y que, cuando deban producirse, se otorgue representación con instrucciones.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

  1. Que cuando los consejeros o el secretario manifiesten preocupación sobre alguna propuesta o, en el caso de los consejeros, sobre la marcha de la sociedad y tales preocupaciones no queden resueltas en el consejo de administración, a petición de quien las hubiera manifestado, se deje constancia de ellas en el acta.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [    ] Explique [    ] No aplicable [    ]
  1. Que la sociedad establezca los cauces adecuados para que los consejeros puedan obtener el asesoramiento preciso para el cumplimiento de sus funciones incluyendo, si así lo exigieran las circunstancias, asesoramiento externo con cargo a la empresa.

  1. Que, con independencia de los conocimientos que se exijan a los consejeros para el ejercicio de sus funciones, las sociedades ofrezcan también a los consejeros programas de actualización de conocimientos cuando las circunstancias lo aconsejen.

Cumple [ X ] Explique [ ] No aplicable [ ]

  1. Que el orden del día de las sesiones indique con claridad aquellos puntos sobre los que el consejo de administración deberá adoptar una decisión o acuerdo para que los consejeros puedan estudiar o recabar, con carácter previo, la información precisa para su adopción.

Cuando, excepcionalmente, por razones de urgencia, el presidente quiera someter a la aprobación del consejo de administración decisiones o acuerdos que no figuraran en el orden del día, será preciso el consentimiento previo y expreso de la mayoría de los consejeros presentes, del que se dejará debida constancia en el acta.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

  1. Que los consejeros sean periódicamente informados de los movimientos en el accionariado y de la opinión que los accionistas significativos, los inversores y las agencias de calificación tengan sobre la sociedad y su grupo.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

  1. Que el presidente, como responsable del eficaz funcionamiento del consejo de administración, además de ejercer las funciones que tiene legal y estatutariamente atribuidas, prepare y someta al consejo de administración un programa de fechas y asuntos a tratar; organice y coordine la evaluación periódica del consejo, así como, en su caso, la del primer ejecutivo de la sociedad; sea responsable de la dirección del consejo y de la efectividad de su funcionamiento; se asegure de que se dedica suficiente tiempo de discusión a las cuestiones estratégicas, y acuerde y revise los programas de actualización de conocimientos para cada consejero, cuando las circunstancias lo aconsejen.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

  1. Que cuando exista un consejero coordinador, los estatutos o el reglamento del consejo de administración, además de las facultades que le corresponden legalmente, le atribuya las siguientes: presidir el consejo de administración en ausencia del presidente y de los vicepresidentes, en caso de existir; hacerse eco de las preocupaciones de los consejeros no ejecutivos; mantener contactos con inversores y accionistas para conocer sus puntos de vista a efectos de formarse una opinión sobre sus preocupaciones, en particular, en relación con el gobierno corporativo de la sociedad; y coordinar el plan de sucesión del presidente.

Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ X ]

  1. Que el secretario del consejo de administración vele de forma especial para que en sus actuaciones y decisiones el consejo de administración tenga presentes las recomendaciones sobre buen gobierno contenidas en este Código de buen gobierno que fueran aplicables a la sociedad.

Cumple [ X ] Explique [ ]

    1. Que el consejo de administración en pleno evalúe una vez al año y adopte, en su caso, un plan de acción que corrija las deficiencias detectadas respecto de:
    2. a) La calidad y eficiencia del funcionamiento del consejo de administración.
    3. b) El funcionamiento y la composición de sus comisiones.
    4. c) La diversidad en la composición y competencias del consejo de administración.
    5. d) El desempeño del presidente del consejo de administración y del primer ejecutivo de la sociedad.
    6. e) El desempeño y la aportación de cada consejero, prestando especial atención a los responsables de las distintas comisiones del consejo.

Para la realización de la evaluación de las distintas comisiones se partirá del informe que estas eleven al consejo de administración, y para la de este último, del que le eleve la comisión de nombramientos.

Cada tres años, el consejo de administración será auxiliado para la realización de la evaluación por un consultor externo, cuya independencia será verificada por la comisión de nombramientos.

Las relaciones de negocio que el consultor o cualquier sociedad de su grupo mantengan con la sociedad o cualquier sociedad de su grupo deberán ser desglosadas en el informe anual de gobierno corporativo.

El proceso y las áreas evaluadas serán objeto de descripción en el informe anual de gobierno corporativo.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

  1. Que cuando exista una comisión ejecutiva en ella haya presencia de al menos dos consejeros no ejecutivos, siendo al menos uno de ellos independiente; y que su secretario sea el del consejo de administración.

Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ X ]

  1. Que el consejo de administración tenga siempre conocimiento de los asuntos tratados y de las decisiones adoptadas por la comisión ejecutiva y que todos los miembros del consejo de administración reciban copia de las actas de las sesiones de la comisión ejecutiva.

Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ X ]

  1. Que los miembros de la comisión de auditoría en su conjunto, y de forma especial su presidente, se designen teniendo en cuenta sus conocimientos y experiencia en materia de contabilidad, auditoría y gestión de riesgos, tanto financieros como no financieros.

  1. Que bajo la supervisión de la comisión de auditoría, se disponga de una unidad que asuma la función de auditoría interna que vele por el buen funcionamiento de los sistemas de información y control interno y que funcionalmente dependa del presidente no ejecutivo del consejo o del de la comisión de auditoría.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

  1. Que el responsable de la unidad que asuma la función de auditoría interna presente a la comisión de auditoría, para su aprobación por esta o por el consejo, su plan anual de trabajo, le informe directamente de su ejecución, incluidas las posibles incidencias y limitaciones al alcance que se presenten en su desarrollo, los resultados y el seguimiento de sus recomendaciones y le someta al final de cada ejercicio un informe de actividades.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ ]

    1. Que, además de las previstas en la ley, correspondan a la comisión de auditoría las siguientes funciones:
      1. En relación con los sistemas de información y control interno:
      2. a) Supervisar y evaluar el proceso de elaboración y la integridad de la información financiera y no financiera, así como los sistemas de control y gestión de riesgos financieros y no financieros relativos a la sociedad y, en su caso, al grupo —incluyendo los operativos, tecnológicos, legales, sociales, medioambientales, políticos y reputacionales o relacionados con la corrupción— revisando el cumplimiento de los requisitos normativos, la adecuada delimitación del perímetro de consolidación y la correcta aplicación de los criterios contables.
      3. b) Velar por la independencia de la unidad que asume la función de auditoría interna; proponer la selección, nombramiento y cese del responsable del servicio de auditoría interna; proponer el presupuesto de ese servicio; aprobar o proponer la aprobación al consejo de la orientación y el plan de trabajo anual de la auditoría interna, asegurándose de que su actividad esté enfocada principalmente en los riesgos relevantes (incluidos los reputacionales); recibir información periódica sobre sus actividades; y verificar que la alta dirección tenga en cuenta las conclusiones y recomendaciones de sus informes.
      4. c) Establecer y supervisar un mecanismo que permita a los empleados y a otras personas relacionadas con la sociedad, tales como consejeros, accionistas, proveedores, contratistas o subcontratistas, comunicar las irregularidades de potencial trascendencia, incluyendo las financieras y contables, o de cualquier otra índole, relacionadas con la compañía que adviertan en el seno de la empresa o su grupo. Dicho mecanismo deberá garantizar la confidencialidad y, en todo caso, prever supuestos en los que las comunicaciones puedan realizarse de forma anónima, respetando los derechos del denunciante y denunciado.
      5. d) Velar en general por que las políticas y sistemas establecidos en materia de control interno se apliquen de modo efectivo en la práctica.
      1. En relación con el auditor externo:
      2. a) En caso de renuncia del auditor externo, examinar las circunstancias que la hubieran motivado.
      3. b) Velar que la retribución del auditor externo por su trabajo no comprometa su calidad ni su independencia.
      4. c) Supervisar que la sociedad comunique a través de la CNMV el cambio de auditor y lo acompañe de una declaración sobre la eventual existencia de desacuerdos con el auditor saliente y, si hubieran existido, de su contenido.
      5. d) Asegurar que el auditor externo mantenga anualmente una reunión con el pleno del consejo de administración para informarle sobre el trabajo realizado y sobre la evolución de la situación contable y de riesgos de la sociedad.
      6. e) Asegurar que la sociedad y el auditor externo respetan las normas vigentes sobre prestación de servicios distintos a los de auditoría, los límites a la concentración del negocio del auditor y, en general, las demás normas sobre independencia de los auditores.

  1. Que la comisión de auditoría pueda convocar a cualquier empleado o directivo de la sociedad, e incluso disponer que comparezcan sin presencia de ningún otro directivo.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

  1. Que la comisión de auditoría sea informada sobre las operaciones de modificaciones estructurales y corporativas que proyecte realizar la sociedad para su análisis e informe previo al consejo de administración sobre sus condiciones económicas y su impacto contable y, en especial, en su caso, sobre la ecuación de canje propuesta.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ ]

    1. Que la política de control y gestión de riesgos identifique o determine al menos:
    2. a) Los distintos tipos de riesgo, financieros y no financieros (entre otros los operativos, tecnológicos, legales, sociales, medio ambientales, políticos y reputacionales, incluidos los relacionados con la corrupción) a los que se enfrenta la sociedad, incluyendo entre los financieros o económicos, los pasivos contingentes y otros riesgos fuera de balance.
    3. b) Un modelo de control y gestión de riesgos basado en diferentes niveles, del que formará parte una comisión especializada en riesgos cuando las normas sectoriales lo prevean o la sociedad lo estime apropiado.
    4. c) El nivel de riesgo que la sociedad considere aceptable.
    5. d) Las medidas previstas para mitigar el impacto de los riesgos identificados, en caso de que llegaran a materializarse.
    6. e) Los sistemas de información y control interno que se utilizarán para controlar y gestionar los citados riesgos, incluidos los pasivos contingentes o riesgos fuera de balance.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

    1. Que bajo la supervisión directa de la comisión de auditoría o, en su caso, de una comisión especializada del consejo de administración, exista una función interna de control y gestión de riesgos ejercida por una unidad o departamento interno de la sociedad que tenga atribuidas expresamente las siguientes funciones:
    2. a) Asegurar el buen funcionamiento de los sistemas de control y gestión de riesgos y, en particular, que se identifican, gestionan, y cuantifican adecuadamente todos los riesgos importantes que afecten a la sociedad.
    3. b) Participar activamente en la elaboración de la estrategia de riesgos y en las decisiones importantes sobre su gestión.
    4. c) Velar por que los sistemas de control y gestión de riesgos mitiguen los riesgos adecuadamente en el marco de la política definida por el consejo de administración.

  1. Que los miembros de la comisión de nombramientos y de retribuciones –o de la comisión de nombramientos y la comisión de retribuciones, si estuvieren separadas– se designen procurando que tengan los conocimientos, aptitudes y experiencia adecuados a las funciones que estén llamados a desempeñar y que la mayoría de dichos miembros sean consejeros independientes.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

  1. Que las sociedades de elevada capitalización cuenten con una comisión de nombramientos y con una comisión de remuneraciones separadas.

Cumple [ ] Explique [ ] No aplicable [ X ]

  1. Que la comisión de nombramientos consulte al presidente del consejo de administración y al primer ejecutivo de la sociedad, especialmente cuando se trate de materias relativas a los consejeros ejecutivos.

Y que cualquier consejero pueda solicitar de la comisión de nombramientos que tome en consideración, por si los encuentra idóneos a su juicio, potenciales candidatos para cubrir vacantes de consejero.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

    1. Que la comisión de retribuciones ejerza sus funciones con independencia y que, además de las funciones que le atribuya la ley, le correspondan las siguientes:
    2. a) Proponer al consejo de administración las condiciones básicas de los contratos de los altos directivos.
    3. b) Comprobar la observancia de la política retributiva establecida por la sociedad.
    4. c) Revisar periódicamente la política de remuneraciones aplicada a los consejeros y altos directivos, incluidos los sistemas retributivos con acciones y su aplicación, así como garantizar que su remuneración individual sea proporcionada a la que se pague a los demás consejeros y altos directivos de la sociedad.
    5. d) Velar por que los eventuales conflictos de intereses no perjudiquen la independencia del asesoramiento externo prestado a la comisión.
    6. e) Verificar la información sobre remuneraciones de los consejeros y altos directivos contenida en los distintos documentos corporativos, incluido el informe anual sobre remuneraciones de los consejeros.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

  1. Que la comisión de retribuciones consulte al presidente y al primer ejecutivo de la sociedad, especialmente cuando se trate de materias relativas a los consejeros ejecutivos y altos directivos.

    1. Que las reglas de composición y funcionamiento de las comisiones de supervisión y control figuren en el reglamento del consejo de administración y que sean consistentes con las aplicables a las comisiones legalmente obligatorias conforme a las recomendaciones anteriores, incluyendo:
    2. a) Que estén compuestas exclusivamente por consejeros no ejecutivos, con mayoría de consejeros independientes.
    3. b) Que sus presidentes sean consejeros independientes.
    4. c) Que el consejo de administración designe a los miembros de estas comisiones teniendo presentes los conocimientos, aptitudes y experiencia de los consejeros y los cometidos de cada comisión, delibere sobre sus propuestas e informes; y que rindan cuentas, en el primer pleno del consejo de administración posterior a sus reuniones, de su actividad y que respondan del trabajo realizado.
    5. d) Que las comisiones puedan recabar asesoramiento externo, cuando lo consideren necesario para el desempeño de sus funciones.
    6. e) Que de sus reuniones se levante acta, que se pondrá a disposición de todos los consejeros.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ ]

  1. Que la supervisión del cumplimiento de las políticas y reglas de la sociedad en materia medioambiental, social y de gobierno corporativo, así como de los códigos internos de conducta, se atribuya a una o se reparta entre varias comisiones del consejo de administración que podrán ser la comisión de auditoría, la de nombramientos, una comisión especializada en sostenibilidad o responsabilidad social corporativa u otra comisión especializada que el consejo de administración, en ejercicio de sus facultades de auto-organización, haya decidido crear. Y que tal comisión esté integrada únicamente por consejeros no ejecutivos, siendo la mayoría independientes y se le atribuyan específicamente las funciones mínimas que se indican en la recomendación siguiente.

    1. Las funciones mínimas a las que se refiere la recomendación anterior son las siguientes:
    2. a) La supervisión del cumplimiento de las reglas de gobierno corporativo y de los códigos internos de conducta de la empresa, velando asimismo por que la cultura corporativa esté alineada con su propósito y valores.
    3. b) La supervisión de la aplicación de la política general relativa a la comunicación de información económico-financiera, no financiera y corporativa así como a la comunicación con accionistas e inversores, asesores de voto y otros grupos de interés. Asimismo se hará seguimiento del modo en que la entidad se comunica y relaciona con los pequeños y medianos accionistas.
    4. c) La evaluación y revisión periódica del sistema de gobierno corporativo y de la política en materia medioambiental y social de la sociedad, con el fin de que cumplan su misión de promover el interés social y tengan en cuenta, según corresponda, los legítimos intereses de los restantes grupos de interés.
    5. d) La supervisión de que las prácticas de la sociedad en materia medioambiental y social se ajustan a la estrategia y política fijadas.
    6. e) La supervisión y evaluación de los procesos de relación con los distintos grupos de interés.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

    1. Que las políticas de sostenibilidad en materias medioambientales y sociales identifiquen e incluyan al menos:
    2. a) Los principios, compromisos, objetivos y estrategia en lo relativo a accionistas, empleados, clientes, proveedores, cuestiones sociales, medio ambiente, diversidad, responsabilidad fiscal, respeto de los derechos humanos y prevención de la corrupción y otras conductas ilegales
    3. b) Los métodos o sistemas para el seguimiento del cumplimiento de las políticas, de los riesgos asociados y su gestión.
    4. c) Los mecanismos de supervisión del riesgo no financiero, incluido el relacionado con aspectos éticos y de conducta empresarial.
    5. d) Los canales de comunicación, participación y diálogo con los grupos de interés.
    6. e) Las prácticas de comunicación responsable que eviten la manipulación informativa y protejan la integridad y el honor.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

  1. Que la remuneración de los consejeros sea la necesaria para atraer y retener a los consejeros del perfil deseado y para retribuir la dedicación, cualificación y responsabilidad que el cargo exija, pero no tan elevada como para comprometer la independencia de criterio de los consejeros no ejecutivos.

Cumple [ X ] Explique [ ]

  1. Que se circunscriban a los consejeros ejecutivos las remuneraciones variables ligadas al rendimiento de la sociedad y al desempeño personal, así como la remuneración mediante entrega de acciones, opciones o derechos sobre acciones o instrumentos referenciados al valor de la acción y los sistemas de ahorro a largo plazo tales como planes de pensiones, sistemas de jubilación u otros sistemas de previsión social.

Se podrá contemplar la entrega de acciones como remuneración a los consejeros no ejecutivos cuando se condicione a que las mantengan hasta su cese como consejeros. Lo anterior no será de aplicación a las acciones que el consejero necesite enajenar, en su caso, para satisfacer los costes relacionados con su adquisición.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

  1. Que en caso de remuneraciones variables, las políticas retributivas incorporen los límites y las cautelas técnicas precisas para asegurar que tales remuneraciones guardan relación con el rendimiento profesional de sus beneficiarios y no derivan solamente de la evolución general de los mercados o del sector de actividad de la compañía o de otras circunstancias similares.

Y, en particular, que los componentes variables de las remuneraciones:

  • a) Estén vinculados a criterios de rendimiento que sean predeterminados y medibles y que dichos criterios consideren el riesgo asumido para la obtención de un resultado.
  • b) Promuevan la sostenibilidad de la empresa e incluyan criterios no financieros que sean adecuados para la creación de valor a largo plazo, como el cumplimiento de las reglas y los procedimientos internos de la sociedad y de sus políticas para el control y gestión de riesgos.
  • c) Se configuren sobre la base de un equilibrio entre el cumplimiento de objetivos a corto, medio y largo plazo, que permitan remunerar el rendimiento por un desempeño continuado durante un período de tiempo suficiente para apreciar su contribución a la creación sostenible de valor, de forma que los elementos de medida de ese rendimiento no giren únicamente en torno a hechos puntuales, ocasionales o extraordinarios.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ ]

  1. Que el pago de los componentes variables de la remuneración quede sujeto a una comprobación suficiente de que se han cumplido de modo efectivo las condiciones de rendimiento o de otro tipo previamente establecidas. Las entidades incluirán en el informe anual de remuneraciones de los consejeros los criterios en cuanto al tiempo requerido y métodos para tal comprobación en función de la naturaleza y características de cada componente variable.

Que, adicionalmente, las entidades valoren el establecimiento de una cláusula de reducción ('malus') basada en el diferimiento por un período suficiente del pago de una parte de los componentes variables que implique su pérdida total o parcial en el caso de que con anterioridad al momento del pago se produzca algún evento que lo haga aconsejable.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ ]

  1. Que las remuneraciones relacionadas con los resultados de la sociedad tomen en cuenta las eventuales salvedades que consten en el informe del auditor externo y minoren dichos resultados.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [    ] Explique [    ] No aplicable [    ]
  1. Que un porcentaje relevante de la remuneración variable de los consejeros ejecutivos esté vinculado a la entrega de acciones o de instrumentos financieros referenciados a su valor.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [    ] Explique [    ] No aplicable [    ]
  1. Que una vez atribuidas las acciones, las opciones o instrumentos financieros correspondientes a los sistemas retributivos, los consejeros ejecutivos no puedan transferir su titularidad o ejercitarlos hasta transcurrido un plazo de al menos tres años.

Se exceptúa el caso en el que el consejero mantenga, en el momento de la transmisión o ejercicio, una exposición económica neta a la variación del precio de las acciones por un valor de mercado equivalente a un importe de al menos dos veces su remuneración fija anual mediante la titularidad de acciones, opciones u otros instrumentos financieros.

Lo anterior no será de aplicación a las acciones que el consejero necesite enajenar para satisfacer los costes relacionados con su adquisición o, previa apreciación favorable de la comisión de nombramientos y retribuciones, para hacer frente a situaciones extraordinarias sobrevenidas que lo requieran.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ ]
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  1. Que los acuerdos contractuales incluyan una cláusula que permita a la sociedad reclamar el reembolso de los componentes variables de la remuneración cuando el pago no haya estado ajustado a las condiciones de rendimiento o cuando se hayan abonado atendiendo a datos cuya inexactitud quede acreditada con posterioridad.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ ]

  1. Que los pagos por resolución o extinción del contrato no superen un importe equivalente a dos años de la retribución total anual y que no se abonen hasta que la sociedad haya podido comprobar que el consejero ha cumplido con los criterios o condiciones establecidos para su percepción.

A efectos de esta recomendación, entre los pagos por resolución o extinción contractual se considerarán cualesquiera abonos cuyo devengo u obligación de pago surja como consecuencia o con ocasión de la extinción de la relación contractual que vinculaba al consejero con la sociedad, incluidos los importes no previamente consolidados de sistemas de ahorro a largo plazo y las cantidades que se abonen en virtud de pactos de no competencia post-contractual.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ ]
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H. OTRAS INFORMACIONES DE INTERÉS

    1. Si existe algún aspecto relevante en materia de gobierno corporativo en la sociedad o en las entidades del grupo que no se haya recogido en el resto de apartados del presente informe, pero que sea necesario incluir para recoger una información más completa y razonada sobre la estructura y prácticas de gobierno en la entidad o su grupo, detállelos brevemente.
    1. Dentro de este apartado, también podrá incluirse cualquier otra información, aclaración o matiz relacionado con los anteriores apartados del informe en la medida en que sean relevantes y no reiterativos.

En concreto, se indicará si la sociedad está sometida a legislación diferente a la española en materia de gobierno corporativo y, en su caso, incluya aquella información que esté obligada a suministrar y sea distinta de la exigida en el presente informe.

  1. La sociedad también podrá indicar si se ha adherido voluntariamente a otros códigos de principios éticos o de buenas prácticas, internacionales, sectoriales o de otro ámbito. En su caso, se identificará el código en cuestión y la fecha de adhesión. En particular, hará mención a si se ha adherido al Código de Buenas Prácticas Tributarias, de 20 de julio de 2010:

PUNTO 3:

El Código de Buenas Prácticas Tributarias del 20 de julio de 2010 es un documento de base española que ha sido desarrollado para los contribuyentes españoles. El Grupo ha adoptado los Principios Fiscales del Grupo eDreams ODIGEO que contienen principios que el Grupo considera relevantes para la organización de la gestión de sus asuntos fiscales, la forma de determinar la posición fiscal en sus Estados Financieros, así como el nivel de transparencia en la comunicación con las Autoridades Fiscales. Estos Principios Fiscales del Grupo contienen elementos de otros códigos de Buenas Prácticas Fiscales que se han publicado en diversos países (incluido España).

Este informe anual de gobierno corporativo ha sido aprobado por el consejo de Administración de la sociedad, en su sesión de fecha:

27/05/2025

Indique si ha habido consejeros que hayan votado en contra o se hayan abstenido en relación con la aprobación del presente Informe.

[ ] [ √ ] Sí No

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