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EDP Renováveis — Proxy Solicitation & Information Statement 2026
Mar 23, 2026
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Proxy Solicitation & Information Statement
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A LA COMISIÓN NACIONAL DEL MERCADO DE VALORES
ANUNCIO DE COMPLEMENTO A LA CONVOCATORIA DE LA JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS
EDP Renováveis, S.A. (la "Sociedad"), de conformidad con lo establecido en los artículos 227 y 228 de la Ley de los Mercados de Valores y de los Servicios de Inversión, procede por medio del presente escrito a comunicar la siguiente
OTRA INFORMACIÓN RELEVANTE
Con fecha de 9 de marzo de 2026 se publicó el anuncio de convocatoria relativo a la Junta General Ordinaria de Accionistas de EDP Renováveis, S.A. (la "Sociedad"), cuya celebración está previsto que tenga lugar en la ciudad de Madrid, en las oficinas de la Sociedad sitas en Avenida de Burgos, nº 89, Parque Empresarial Adequa, Edificio Adequa 1, módulo A, CP 28050, Madrid el día 13 de abril de 2026, a las 12:00 horas (CEST), en primera convocatoria o, de no alcanzarse el quorum necesario, en segunda convocatoria, el día 22 de abril de 2026, en el mismo lugar y hora (la "Junta").
La convocatoria de la Junta fue publicada en dicha fecha mediante: (i) anuncio publicado en el Boletín Oficial del Registro Mercantil (BORME) número 46, Sección segunda, bajo el número 680; (ii) en la página web de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) como comunicación de otra información relevante (OIR), con número de registro 39.642; (iii) en el sistema de difusión de información de la página web de la Comissão do Mercado de Valores Mobiliários (CMVM) portuguesa; y (iv) en la página web corporativa de la Sociedad (el "Anuncio de Convocatoria").
En relación a dicho Anuncio de Convocatoria, de conformidad con lo previsto en los artículos 172, 286 y 519 del Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, el artículo 12 de los Estatutos Sociales y el artículo 12 del Reglamento de la Junta General de Accionistas de la Sociedad, el pasado día 13 de marzo de 2026, la sociedad EDP, S.A. ("EDP"), como accionista titular de las acciones representativas de, aproximadamente, el 71,3% del capital social de la Sociedad, remitió a la Sociedad, de manera fehaciente y en tiempo y forma, una solicitud de complemento de la convocatoria para la inclusión del siguiente punto adicional como punto noveno del orden del día de la Junta (el "Complemento de Convocatoria"):
"Noveno. Cambio de denominación social de la Sociedad y consecuente modificación de los artículos 1º, 23º y 28º de los Estatutos Sociales."
En relación con lo anterior:
(i) se adjunta como Anexo I a la presente comunicación la propuesta de acuerdo que se incluirá como punto noveno del orden del día de la citada Junta a consecuencia del Complemento de Convocatoria, la cual incluye el extracto del texto de los artículos estatutarios a modificar a consecuencia del Complemento de Convocatoria, en versión comparada entre su actual redacción frente a la nueva redacción propuesta.
(ii) se adjunta como Anexo II la transcripción literal de la versión en español de la justificación relativa al citado punto del orden del día presentada por el accionista EDP en su solicitud de Complemento de Convocatoria.
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(iii) el referido Complemento de Convocatoria supone la inclusión en el orden del día del punto noveno, de modo que el orden del día de la Junta pasa a ser aquel cuya transcripción literal consta incorporada como Anexo III a la presente comunicación. Asimismo, el Anexo III incluye las correspondientes modificaciones al Anuncio de Convocatoria derivadas del Complemento de Convocatoria, para su consideración por parte de los señores accionistas de la Sociedad.
En Madrid, a 23 de marzo de 2026.
Secretaria del Consejo de Administración
María González Rodríguez
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ANEXO I
PUNTO NOVENO DEL ORDEN DEL DÍA
Cambio de denominación social de la Sociedad y consecuente modificación del artículo 1°, 23° y 28° de los Estatutos Sociales.
PROPUESTA DE ACUERDO RELATIVA AL PUNTO NOVENO
De conformidad con el complemento a la convocatoria solicitado con fecha de 13 de marzo de 2026 por el accionista de la Sociedad EDP, S.A., titular de las acciones representativas de, aproximadamente, el 71,3% del capital social de la Sociedad, el cual incorpora la justificación de la presente propuesta, cambiar la denominación social de la Sociedad, actualmente denominada "EDP RENOVÁVEIS, SOCIEDAD ANÓNIMA", para que en adelante se denomine "EDP RENEWABLES, SOCIEDAD ANÓNIMA".
A consecuencia de lo anterior, se modifica el Artículo 1° de los Estatutos de la Sociedad, que en adelante pasará a tener la redacción literal que se transcribe a continuación:
"ARTICULO 1°.- DENOMINACIÓN SOCIAL
La Sociedad se denomina "EDP RENEWABLES, SOCIEDAD ANÓNIMA" y se regirá por los presentes Estatutos, por la Ley de Sociedades de Capital y demás normativa que le sea de aplicación."
Asimismo, aprobar la modificación de las referencias adicionales a 'EDP Renováveis, S.A.' o 'Grupo EDP Renováveis' contenidas en los artículos 23° y 28° de los Estatutos Sociales de la Sociedad por 'EDP Renewables, S.A.' y 'EDP Renewables Group', respectivamente, todo ello de conformidad con lo siguiente:
| REDACCIÓN ANTERIOR | NUEVA REDACCIÓN |
|---|---|
| ARTICULO 1°.- DENOMINACIÓN SOCIAL | |
| La Sociedad se denomina "EDP RENOVÁVEIS, SOCIEDAD ANÓNIMA" y se regirá por los presentes Estatutos, por la Ley de Sociedades de Capital y demás normativa que le sea de aplicación. | ARTICULO 1°.- DENOMINACIÓN SOCIAL |
| La Sociedad se denomina "EDP RENEWABLES, SOCIEDAD ANÓNIMA" y se regirá por los presentes Estatutos, por la Ley de Sociedades de Capital y demás normativa que le sea de aplicación. | |
| ARTICULO 23°.- LIMITACIONES PARA SER CONSEJERO. VACANTES | |
| 1. No podrán ser Consejeros de la Sociedad: | |
| a. Las personas que sean administradoras o tengan relación con alguna sociedad | ARTICULO 23°.- LIMITACIONES PARA SER CONSEJERO. VACANTES |
| 1. No podrán ser Consejeros de la Sociedad: | |
| a. Las personas que sean administradoras o tengan relación con alguna sociedad |
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| competidora de EDP RENOVÁVEIS, S.A., así aquellas que tengan relación familiar con las anteriores. A estos efectos, se entenderá en todo caso que una sociedad es competidora de EDP RENOVÁVEIS, S.A., cuando directa o indirectamente se dedique a la producción de fluido eléctrico derivado de fuentes renovables; e igualmente que tienen intereses opuestos a los de EDP RENOVÁVEIS, S.A., la sociedad competidora o cualquiera de las sociedades de su Grupo, y los Consejeros, empleados, abogados, asesores o representantes de cualquiera de éstas. En ningún caso se considerarán competidoras las sociedades pertenecientes al mismo Grupo que EDP RENOVÁVEIS, S.A., incluso en el extranjero. | competidora de EDP RENEWABLES, S.A., así aquellas que tengan relación familiar con las anteriores. A estos efectos, se entenderá en todo caso que una sociedad es competidora de EDP RENEWABLES, S.A., cuando directa o indirectamente se dedique a la producción de fluido eléctrico derivado de fuentes renovables; e igualmente que tienen intereses opuestos a los de EDP RENEWABLES, S.A., la sociedad competidora o cualquiera de las sociedades de su Grupo, y los Consejeros, empleados, abogados, asesores o representantes de cualquiera de éstas. En ningún caso se considerarán competidoras las sociedades pertenecientes al mismo Grupo que EDP RENEWABLES, S.A., incluso en el extranjero. |
|---|---|
| b. Las personas que se encuentren en cualquier otro supuesto de incompatibilidad o prohibición legal o estatutariamente establecido. | b. Las personas que se encuentren en cualquier otro supuesto de incompatibilidad o prohibición legal o estatutariamente establecido. |
| 2. Si durante el plazo para el que fueron nombrados los Consejeros se produjesen vacantes, por cualquier motivo, el Consejo podrá designar a las personas que hayan de ocuparlas hasta que se reúna la primera Junta General. | 2. Si durante el plazo para el que fueron nombrados los Consejeros se produjesen vacantes, por cualquier motivo, el Consejo podrá designar a las personas que hayan de ocuparlas hasta que se reúna la primera Junta General. |
| ARTÍCULO 28°.- COMISIÓN DE AUDITORÍA, CONTROL Y PARTES RELACIONADAS | ARTÍCULO 28°.- COMISIÓN DE AUDITORÍA, CONTROL Y PARTES RELACIONADAS |
| 1. El Consejo de Administración constituirá con carácter permanente una Comisión de Auditoría, Control y Partes Relacionadas que estará formada por entre tres (3) y cinco (5) de sus miembros, los cuales deberán ser mayoritariamente Consejeros Independientes. | 1. El Consejo de Administración constituirá con carácter permanente una Comisión de Auditoría, Control y Partes Relacionadas que estará formada por entre tres (3) y cinco (5) de sus miembros, los cuales deberán ser mayoritariamente Consejeros Independientes. |
| 2. La Comisión de Auditoría, Control y Partes Relacionadas llevará a cabo tareas de | 2. La Comisión de Auditoría, Control y Partes Relacionadas llevará a cabo tareas de |
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supervisión de forma independiente a la actuación del Consejo de Administración.
-
Esta Comisión dispondrá de un Presidente, que tendrá necesariamente la condición de Consejero Independiente, y de un Secretario, no siendo necesario que este último tenga la condición de Consejero de la Sociedad. Ambos cargos serán designados por el Consejo.
-
La duración del cargo de miembro de la Comisión de Auditoría, Control y Partes Relacionadas será coincidente con la de la condición de Consejero de cada miembro. Los miembros de la Comisión de Auditoría, Control y Partes Relacionadas podrán ser reelegidos y cesados a voluntad del Consejo de Administración.
-
El cargo de Presidente durará un máximo de cuatro (4) años consecutivos, pudiendo ser reelegido una vez transcurrido un plazo de un año desde su cese. En su caso, los Presidentes salientes podrán seguir siendo miembros de la Comisión de Auditoría, Control y Partes Relacionadas.
-
Sin perjuicio de otros cometidos que le asigne el Consejo de Administración o responsabilidades que le vengan atribuidas legalmente, las competencias de la Comisión de Auditoría, Control y Partes Relacionadas serán, con carácter enunciativo y no limitativo, las siguientes:
A. Funciones de Auditoría y Control:
a. Informar, a través de su Presidente, en la Juntas Generales acerca de las cuestiones que sean relativas a sus competencias.
b. Proponer al Consejo de Administración para su sometimiento a Junta General el
supervisión de forma independiente a la actuación del Consejo de Administración.
-
Esta Comisión dispondrá de un Presidente, que tendrá necesariamente la condición de Consejero Independiente, y de un Secretario, no siendo necesario que este último tenga la condición de Consejero de la Sociedad. Ambos cargos serán designados por el Consejo.
-
La duración del cargo de miembro de la Comisión de Auditoría, Control y Partes Relacionadas será coincidente con la de la condición de Consejero de cada miembro. Los miembros de la Comisión de Auditoría, Control y Partes Relacionadas podrán ser reelegidos y cesados a voluntad del Consejo de Administración.
-
El cargo de Presidente durará un máximo de cuatro (4) años consecutivos, pudiendo ser reelegido una vez transcurrido un plazo de un año desde su cese. En su caso, los Presidentes salientes podrán seguir siendo miembros de la Comisión de Auditoría, Control y Partes Relacionadas.
-
Sin perjuicio de otros cometidos que le asigne el Consejo de Administración o responsabilidades que le vengan atribuidas legalmente, las competencias de la Comisión de Auditoría, Control y Partes Relacionadas serán, con carácter enunciativo y no limitativo, las siguientes:
A. Funciones de Auditoría y Control:
a. Informar, a través de su Presidente, en la Juntas Generales acerca de las cuestiones que sean relativas a sus competencias.
b. Proponer al Consejo de Administración para su sometimiento a Junta General el
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nombramiento de Auditores de Cuentas y Verificadores de la información de Sostenibilidad de la Sociedad, así como las condiciones de su contratación, alcance de su trabajo – en especial en lo que respecta a servicios de auditoría, “audit related” y “non-audit” –, evaluación anual de su actividad y revocación y renovación de su cargo.
c. Supervisar el proceso de reporte de información financiera e información de sostenibilidad y el funcionamiento de los sistemas de control interno y de gestión de riesgos, así como evaluar los referidos sistemas y proponer los respectivos ajustes adecuados a las necesidades de la Sociedad, así como supervisar la idoneidad del proceso de preparación y publicación de la información financiera y de sostenibilidad por el Consejo de Administración, incluyendo la idoneidad de las políticas contables, estimaciones, juicios, publicidad correspondiente y su constante aplicación entre ejercicios fiscales en una forma de comunicación y documentación adecuada.
d. Supervisar las actividades de auditoría interna, en particular:
(i) Aprobando y supervisando en coordinación con el CEO, el Plan Anual de Auditoría Interna;
(ii) Aprobando y revisando la Norma de Auditoría Interna; y
nombramiento de Auditores de Cuentas y Verificadores de la información de Sostenibilidad de la Sociedad, así como las condiciones de su contratación, alcance de su trabajo – en especial en lo que respecta a servicios de auditoría, “audit related” y “non-audit” –, evaluación anual de su actividad y revocación y renovación de su cargo.
c. Supervisar el proceso de reporte de información financiera e información de sostenibilidad y el funcionamiento de los sistemas de control interno y de gestión de riesgos, así como evaluar los referidos sistemas y proponer los respectivos ajustes adecuados a las necesidades de la Sociedad, así como supervisar la idoneidad del proceso de preparación y publicación de la información financiera y de sostenibilidad por el Consejo de Administración, incluyendo la idoneidad de las políticas contables, estimaciones, juicios, publicidad correspondiente y su constante aplicación entre ejercicios fiscales en una forma de comunicación y documentación adecuada.
d. Supervisar las actividades de auditoría interna, en particular:
(i) Aprobando y supervisando en coordinación con el CEO, el Plan Anual de Auditoría Interna;
(ii) Aprobando y revisando la Norma de Auditoría Interna; y
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(iii) Supervisando en coordinación con el CEO y el Management Team la implementación de las recomendaciones emitidas por la Auditoría Interna.
e. Establecer una relación permanente con el Auditor de Cuentas y el Verificador de la información de Sostenibilidad, velando por que sean garantizadas las condiciones de independencia y la adecuada prestación de los servicios por los Auditores y Verificadores actuando como interlocutor de la Sociedad en cualquiera de las materias relacionadas con el proceso de auditoría de las cuentas y verificación de la información de sostenibilidad; así como recibir y mantener información sobre cualquier cuestión en materia de auditoría de cuentas y verificación de la información sobre sostenibilidad.
f. Realizar un informe anual sobre su acción supervisora, incluyendo eventuales limitaciones encontradas, y emitir su opinión sobre el informe de gestión de las cuentas y las propuestas formuladas por el Consejo de Administración, así como su opinión sobre la fiabilidad del Informe de Sostenibilidad. Recibir comunicaciones sobre cualquier irregularidad informada a través del canal de denuncias en asuntos financieros, contables, controles contables internos y de auditoría que hayan sido reportados por Ética y Cumplimiento.
(iii) Supervisando en coordinación con el CEO y el Management Team la implementación de las recomendaciones emitidas por la Auditoría Interna.
e. Establecer una relación permanente con el Auditor de Cuentas y el Verificador de la información de Sostenibilidad, velando por que sean garantizadas las condiciones de independencia y la adecuada prestación de los servicios por los Auditores y Verificadores actuando como interlocutor de la Sociedad en cualquiera de las materias relacionadas con el proceso de auditoría de las cuentas y verificación de la información de sostenibilidad; así como recibir y mantener información sobre cualquier cuestión en materia de auditoría de cuentas y verificación de la información sobre sostenibilidad.
f. Realizar un informe anual sobre su acción supervisora, incluyendo eventuales limitaciones encontradas, y emitir su opinión sobre el informe de gestión de las cuentas y las propuestas formuladas por el Consejo de Administración, así como su opinión sobre la fiabilidad del Informe de Sostenibilidad. Recibir comunicaciones sobre cualquier irregularidad informada a través del canal de denuncias en asuntos financieros, contables, controles contables internos y de auditoría que hayan sido reportados por Ética y Cumplimiento.
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g. Contratar la prestación de servicios de expertos que colaboren con cualquiera de los miembros de la Comisión en el ejercicio de sus funciones, debiendo la contratación y remuneración de dichos expertos tener en cuenta la importancia de los asuntos que les son encomendados y la situación económica de la Sociedad.
h. Realizar Informes a solicitud del Consejo y de sus Comisiones.
i. Aprobar y supervisar, en coordinación con el Management Team, el Plan de Actividad Anual del Departamento de Corporate Compliance.
j. Analizar y monitorizar las recomendaciones sobre medidas a adoptar en situaciones de incumplimiento significativo.
k. Supervisar el cumplimiento de la normativa y la alineación de los procesos de negocio con los requisitos del Sistema de Gestión de Compliance a fin de instaurar una cultura sostenible de cumplimiento en la Sociedad.
B. Funciones de operaciones entre Partes Relacionadas:
La Comisión de Auditoría, Control y Partes Relacionadas llevará a cabo las siguientes tareas que le encomiende el Consejo de Administración, sin perjuicio de que el Consejo de Administración les encomiende otras:
g. Contratar la prestación de servicios de expertos que colaboren con cualquiera de los miembros de la Comisión en el ejercicio de sus funciones, debiendo la contratación y remuneración de dichos expertos tener en cuenta la importancia de los asuntos que les son encomendados y la situación económica de la Sociedad.
h. Realizar Informes a solicitud del Consejo y de sus Comisiones.
i. Aprobar y supervisar, en coordinación con el Management Team, el Plan de Actividad Anual del Departamento de Corporate Compliance.
j. Analizar y monitorizar las recomendaciones sobre medidas a adoptar en situaciones de incumplimiento significativo.
k. Supervisar el cumplimiento de la normativa y la alineación de los procesos de negocio con los requisitos del Sistema de Gestión de Compliance a fin de instaurar una cultura sostenible de cumplimiento en la Sociedad.
B. Funciones de operaciones entre Partes Relacionadas:
La Comisión de Auditoría, Control y Partes Relacionadas llevará a cabo las siguientes tareas que le encomiende el Consejo de Administración, sin perjuicio de que el Consejo de Administración les encomiende otras:
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a. Por delegación del Consejo de Administración:
(i) analizar y en su caso aprobar previamente las operaciones vinculadas (i) (a) intragrupo o (b) entre el Grupo EDP Renováveis y el Grupo EDP, cuyo importe o valor sea inferior 10 % del total de las partidas del activo según el último balance anual aprobado por la Sociedad, siempre que se realicen en el ámbito de la gestión ordinaria y en condiciones de mercado; y (ii) las operaciones que se concierten en virtud de contratos cuyas condiciones estandarizadas se apliquen en masa a un elevado número de clientes, se realicen a precios o tarifas establecidos con carácter general por quien actúe como suministrador del bien o servicio de que se trate, y cuya cuantía no supere el 0,5 por ciento del importe neto de la cifra de negocios de la sociedad; e
(ii) informar periódicamente al Consejo de Administración de las transacciones que la Comisión haya aprobado como consecuencia de la delegación anterior, de la equidad y transparencia de las mismas y, en su caso, del cumplimiento de los criterios legales aplicables.
b. Analizar e informar cualquier modificación del Acordo Quadro formalizado por EDP y EDP Renováveis con fecha de 7 de mayo de 2008.
a. Por delegación del Consejo de Administración:
(i) analizar y en su caso aprobar previamente las operaciones vinculadas (i) (a) intragrupo o (b) entre el Grupo EDP Renewables y el Grupo EDP, cuyo importe o valor sea inferior 10 % del total de las partidas del activo según el último balance anual aprobado por la Sociedad, siempre que se realicen en el ámbito de la gestión ordinaria y en condiciones de mercado; y (ii) las operaciones que se concierten en virtud de contratos cuyas condiciones estandarizadas se apliquen en masa a un elevado número de clientes, se realicen a precios o tarifas establecidos con carácter general por quien actúe como suministrador del bien o servicio de que se trate, y cuya cuantía no supere el 0,5 por ciento del importe neto de la cifra de negocios de la sociedad; e
(iii) informar periódicamente al Consejo de Administración de las transacciones que la Comisión haya aprobado como consecuencia de la delegación anterior, de la equidad y transparencia de las mismas y, en su caso, del cumplimiento de los criterios legales aplicables.
b. Analizar e informar cualquier modificación del Acordo Quadro formalizado por EDP y EDP RENEWABLES, S.A. con fecha de 7 de mayo de 2008.
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c. Presentar un informe al Consejo de Administración de la Sociedad sobre las operaciones entre partes vinculadas que deban ser aprobadas por el Consejo de Administración de EDPR-SA o por su Junta de Accionistas conforme a lo establecido en la ley, y que incluya:
(i) información sobre la naturaleza de la operación y de la relación con la parte vinculada,
(ii) la identidad de la parte vinculada, (iii) la fecha y el valor o importe de la contraprestación de la operación y (iv) aquella otra información necesaria para valorar si esta es justa y razonable desde el punto de vista de la sociedad y de los accionistas que no sean partes vinculadas.
d. Solicitar a EDP el acceso a la información que sea necesaria para la consecución de sus competencias.
e. La Comisión de Auditoría, Control y Partes Relacionadas se reunirá al menos una vez por trimestre o siempre que así lo estime oportuno su Presidente. La Comisión de Auditoría, Control y Partes Relacionadas quedará válidamente constituida cuando concurran a la misma, presentes o representados la mitad más uno de sus miembros.
f. Asimismo, los acuerdos de la Comisión de Auditoría, Control y Partes Relacionadas se adoptarán con el voto favorable de la mayoría de sus miembros, siendo de calidad
c. Presentar un informe al Consejo de Administración de la Sociedad sobre las operaciones entre partes vinculadas que deban ser aprobadas por el Consejo de Administración de EDP RENEWABLES, S.A. o por su Junta de Accionistas conforme a lo establecido en la ley, y que incluya:
(i) información sobre la naturaleza de la operación y de la relación con la parte vinculada,
(ii) la identidad de la parte vinculada, (iii) la fecha y el valor o importe de la contraprestación de la operación y (iv) aquella otra información necesaria para valorar si esta es justa y razonable desde el punto de vista de la sociedad y de los accionistas que no sean partes vinculadas.
d. Solicitar a EDP el acceso a la información que sea necesaria para la consecución de sus competencias.
e. La Comisión de Auditoría, Control y Partes Relacionadas se reunirá al menos una vez por trimestre o siempre que así lo estime oportuno su Presidente. La Comisión de Auditoría, Control y Partes Relacionadas quedará válidamente constituida cuando concurran a la misma, presentes o representados la mitad más uno de sus miembros.
f. Asimismo, los acuerdos de la Comisión de Auditoría, Control y Partes Relacionadas se adoptarán con el voto favorable de la mayoría de sus miembros, siendo de calidad
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el voto del Presidente en caso de existir empate.
g. Las normas de funcionamiento de la Comisión de Auditoría, Control y Partes Relacionadas serán desarrolladas por parte del Consejo de Administración.
el voto del Presidente en caso de existir empate.
g. Las normas de funcionamiento de la Comisión de Auditoría, Control y Partes Relacionadas serán desarrolladas por parte del Consejo de Administración.
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ANEXO II
Justificación de la propuesta de modificación de los Artículos 1º, 23º y 28º de los Estatutos Sociales
Dado que la propuesta de cambio de la denominación social de la Sociedad implica la modificación del artículo 1º, 23º y 28º de los Estatutos Sociales de la Sociedad, a continuación se transcribe de forma literal la versión en español de la justificación a la propuesta de acuerdo remitida por el accionista EDP, S.A., conforme al artículo 286 de la Ley de Sociedades de Capital, mediante el Complemento de Convocatoria:
"La propuesta de cambio de la denominación social de la Sociedad de "EDP RENOVÁVEIS, S.A." a "EDP RENEWABLES, S.A." busca alinear su denominación social con la denominación por la que la Sociedad es comúnmente conocida en los mercados internacionales. Aunque la denominación actual en portugués refleja los orígenes de la empresa, no se corresponde al idioma utilizado en la gran mayoría de sus comunicaciones con inversores, divulgaciones regulatorias y operaciones globales.
Además, adoptando la versión en inglés "EDP RENEWABLES, S.A." contribuirá a reforzar la cohesión de la marca y reflejará con mayor precisión la presencia internacional y la diversidad del accionariado de la Sociedad.
A estos efectos, se propone modificar cualesquiera referencias a 'EDP Renováveis, S.A.' o 'Grupo EDP Renováveis' contenidas en los Estatutos Sociales de la Sociedad sustituyéndolas por 'EDP Renewables, S.A.' y 'EDP Renewables Group', respectivamente."
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ANEXO III
ORDEN DEL DÍA
Primero. Examen y aprobación, en su caso, de las cuentas anuales individuales de EDP Renováveis, S.A., así como de las consolidadas con sus sociedades dependientes, correspondientes al ejercicio social cerrado a 31 de diciembre de 2025.
Segundo. Examen y aprobación, en su caso, de la propuesta de aplicación del resultado correspondiente al ejercicio social cerrado a 31 de diciembre de 2025.
Tercero. Aprobación, en su caso, del mecanismo de remuneración de accionistas mediante un scrip dividend a ejecutar como aumento de capital social con cargo a reservas, en un importe determinable, mediante la emisión de nuevas acciones ordinarias de 5 € de valor nominal, sin prima de emisión, de la misma clase y serie que las actualmente emitidas, incluyendo una provisión para la suscripción incompleta de las acciones a emitir en el aumento de capital.
Cuarto. Examen y aprobación, en su caso, del Informe de Gestión Individual de EDP Renováveis, S.A., del Informe de Gestión Consolidado con sus sociedades dependientes, del Informe de Gobierno Corporativo y del Informe de Remuneraciones, correspondientes al ejercicio social cerrado a 31 de diciembre de 2025.
Quinto. Examen y aprobación, en su caso, del Estado de Información no Financiera e Información sobre Sostenibilidad Consolidado de EDP Renováveis, S.A., correspondiente al ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2025.
Sexto. Examen y aprobación, en su caso, de la gestión y actuación del Consejo de Administración durante el ejercicio social cerrado a 31 de diciembre de 2025.
Séptimo. Reelección de PricewaterhouseCoopers Auditores, S.L. como auditor de cuentas de EDP Renováveis S.A. para el ejercicio social 2027.
Octavo. Delegación de facultades para la formalización y ejecución de todos los acuerdos adoptados en la Junta General de Accionistas, para su elevación a instrumento público y para su interpretación, subsanación, complemento o desarrollo hasta lograr las inscripciones que procedan.
Noveno. Cambio de denominación social de la Sociedad y consecuente modificación de los artículos 1°, 23° y 28° de los Estatutos Sociales.
Derecho de información
1.- Derecho de información con motivo de la convocatoria de la Junta General de Accionistas.
De conformidad con lo previsto en la normativa vigente y con los artículos 14 de los Estatutos Sociales y 14 del Reglamento de la Junta General de Accionistas de la Sociedad, se hace constar el derecho que corresponde a todos los accionistas desde la publicación de la convocatoria hasta el quinto (5°) día anterior, inclusive, al previsto para la celebración de la Junta General de Accionistas en primera convocatoria, de examinar en el domicilio social, sito en la Plaza del Fresno, nº 2, CP 33007, Oviedo, España, y de pedir la entrega o envío gratuito de los documentos que se indican seguidamente, los
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cuales se encuentran igualmente a disposición de los accionistas en la página web corporativa de la Sociedad (www.edpr-investors.com): (i) el anuncio de convocatoria de la Junta General de Accionistas; (ii) el número total de acciones y de derechos de voto en la fecha de la convocatoria; (iii) un modelo de carta de representación y de boletín de voto mediante correspondencia postal; (iv) los textos íntegros de las propuestas de acuerdo incluidas en el Orden del Día que se someterán a la aprobación de la Junta General de Accionistas, así como, a medida que se reciban, las propuestas de acuerdo presentadas por los accionistas; (v) las cuentas anuales individuales de la Sociedad y las consolidadas con sus sociedades dependientes correspondientes al ejercicio social cerrado a 31 de diciembre de 2025, formuladas por acuerdo del Consejo de Administración adoptado por el procedimiento escrito y sin sesión el día 25 de febrero de 2026, así como los respectivos informes de auditoría; (vi) el Certificado del Secretario sobre la preparación de los documentos financieros y el Informe de Gestión; (vii) el Informe de Gestión Individual de la Sociedad y el Consolidado con sus sociedades dependientes, incluyendo éste último el Estado sobre la Información no Financiera, formulados por acuerdo del Consejo de Administración adoptado por el procedimiento escrito y sin sesión el 25 de febrero de 2026; (viii) el Informe Anual de Gobierno Corporativo correspondiente al ejercicio cerrado con fecha de 31 de diciembre de 2025; (ix) el Informe Anual de Remuneraciones correspondiente al ejercicio cerrado con fecha de 31 de diciembre de 2025; (x) el informe justificativo emitido por el Consejo de Administración sobre la propuesta de distribución de scrip dividend; (xi) el Reglamento de la Junta General de Accionistas de la Sociedad; (xii) la propuesta de nuevo punto del orden del día solicitado por el accionista EDP, S.A., la cual ha sido añadida como nuevo punto noveno, en virtud de la solicitud de complemento de convocatoria remitido con fecha de 13 de marzo de 2026 por dicho accionista, junto con el extracto del texto de los artículos estatutarios a modificar a consecuencia del referido complemento de convocatoria, en versión comparada entre su actual redacción frente a la nueva redacción propuesta en virtud del Complemento de Convocatoria; (xiii) la justificación presentada por el accionista EDP, S.A. en relación con la propuesta de acuerdo añadida como nuevo punto noveno del orden del día en virtud del Complemento de Convocatoria; y (xiv) la versión refundida y consolidada del texto completo de los estatutos sociales de la Sociedad, considerando las modificaciones propuestas en virtud del referido complemento de convocatoria.
A efectos informativos, la documentación soporte de la convocatoria de la Junta General de Accionistas que se pone a disposición de los accionistas podrá ser solicitada en los idiomas castellano e inglés.
Adicionalmente, se pondrán a disposición de los accionistas en la página web corporativa de la Sociedad (www.edpr-investors.com) aquellos documentos que el Consejo de Administración considere oportunos.
2.- Derecho de información previo a la celebración de la Junta General de Accionistas.
Los accionistas podrán, desde la publicación de la convocatoria hasta el quinto (5°) día anterior al previsto para la celebración de la Junta General de Accionistas en primera convocatoria, inclusive, es decir, el 8 de abril de 2026, solicitar por escrito las informaciones o aclaraciones o la formulación de preguntas que estimen pertinentes acerca de: (i) los asuntos comprendidos en el Orden del Día; (ii) la información accesible al público que se hubiera facilitado por la Sociedad a la Comissão do Mercado de Valores Mobiliários (CMVM) de conformidad con lo previsto en la ley, desde la celebración de la última Junta General de Accionistas o, en su caso, (iii) los informes del Consejo de Administración, auditores de cuentas y expertos independientes, así como la justificación sobre la solicitud de complemento a la convocatoria solicitada por el accionista EDP, S.A. Estas consultas podrán remitirse mediante correo postal a las oficinas de la Sociedad ubicadas en la Plaza del Fresno, nº 2, 33007,
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Oviedo (España), a la dirección de correo electrónico [email protected], o bien a través del teléfono (+34) 900 830 004 entre las 9:00 y las 19:00 horas (CEST).