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Dulcor S.A. Capital/Financing Update 2018

Dec 19, 2018

68505_rns_2018-12-19_95582004-989d-4d76-9c96-e23c3f1c8456.pdf

Capital/Financing Update

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Ciudad de Buenos Aires, 3 de diciembre de 2018

En mi carácter de subdelegado de DULCOR S.A. (la "Sociedad"), y en ejercicio de las facultades que les fueran subdelegadas por el Acta de Directorio celebrada por la Sociedad el 29 de noviembre de 2018, con relación a las Obligaciones Negociables por un valor nominal de hasta dólares estadounidenses ("Dólares") equivalente hasta V/N \$ 32.000.000 (las "ON") que serán emitidas por la Sociedad bajo el "Régimen PyME CNV GARANTIZADA" conforme la Sección III, Capítulo VI, Título II de las normas de la Comisión Nacional de Valores ("CNV") -N.T.O. Res. CNV 622/2013 y sus modificatorias (las "Normas"). Por la presente ratifico expresamente los términos y condiciones de las ON que se describen a continuación:

TÉRMINOS Y CONDICIONES DE LAS ON:

Emisora: DULCOR S.A.
Descripción: Obligaciones negociables simples, no convertibles en
acciones, no subordinadas, emitidas conforme el régimen
"CNV PyME Garantizada" conforme Sección III, Capítulo
IV, Título II de las Normas de la CNV.
Denominación: Obligaciones Negociables PyME CNV Garantizadas
DULCOR Serie I
Organizador y Colocador: Puente Hnos. S.A.
Entidad de Garantía: Aval Federal S.G.R.
Moneda de Emisión y Pago: Las Obligaciones Negociables PyME CNV Garantizadas
estarán denominadas en Dólares. La integración de las
Obligaciones Negociables PyME CNV Garantizadas será
efectuada en efectivo, en Dólares y/o Pesos (convertidos al
Tipo de Cambio Aplicable).
El "Tipo de Cambio Aplicable" significa el tipo de cambio
mayorista publicado por el BCRA mediante la
Comunicación "A" 3.500 (o la regulación que la sucediere
o modificare en el tiempo) correspondiente al día del
Período de Licitación.
Los pagos de los servicios de amortización del capital e
intereses serán efectuados en Dólares.
Monto de la Emisión: Por un valor nominal en Dólares equivalente hasta AR\$
32.000.000 (Pesos treinta y dos millones), conforme al
Tipo de Cambio Aplicable. El valor nominal final de las
Obligaciones Negociables PyME CNV Garantizadas que
efectivamente se emitan será informado mediante el Aviso
de Resultados correspondiente.

Forma de Colocación:

$\overline{1}$

Las Obligaciones Negociables PyME CNV Garantizadas serán colocadas por subasta o licitación pública a través del sistema SIOPEL del Mercado Abierto Electrónico ("MAE") o cualquier otro sistema de mercados autorizados de conformidad con las Normas. Autorizada la oferta pública, en oportunidad que determinen la Emisora y el Organizador y Colocador según las condiciones del mercado, se publicará un Aviso de Suscripción en los sistemas de información de los mercados autorizados donde se listen y/o negocien las Obligaciones Negociables PyME CNV Garantizadas y en la AIF de la CNV, en el que se indicará la fecha de inicio y de finalización del Período de Colocación, y la Fecha de Emisión e Integración, entre otra información relevante (el "Aviso de Suscripción"). El Período de Colocación comprende el Período de Difusión que será de por lo menos 3 (tres) Días Hábiles, y, una vez finalizado éste, el Período de Licitación que será de por lo menos 1 (un) Día Hábil y durante el cual se recibirán ofertas de suscripción. El Período de Licitación podrá ser prorrogado, modificado o suspendido por la Emisora y el Colocador, dejando expresa constancia que los inversores que hubieran presentado ofertas podrán, en su caso, retirar las mismas sin penalización alguna hasta el Día Hábil anterior al cierre del Período de Licitación. Las invitaciones a formular ofertas serán cursadas por el Organizador y Colocador a un amplio número de operadores y potenciales inversores, por los medios habituales de mercado, especialmente correo electrónico.

Modalidad Abierta. Todos los agentes del MAE y/o Modalidad de Licitación: adherentes del mismo podrán ser habilitados para participar en la subasta. Aquellos agentes del MAE y/o adherentes del mismo que deseen participar deberán indicar al Organizador y Colocador su intención de participar en la subasta de las Obligaciones Negociables hasta el primer Día Hábil del Período de Difusión Pública, para que tales agentes del MAE y/o adherentes del mismo cuenten con línea de crédito otorgada a tiempo por el Organizador y Colocador y sean dados de alta en la rueda licitatoria. A tales fines, tales agentes del MAE y/o adherentes del mismo deberán dar cumplimiento con las obligaciones que les corresponden a cada uno ellos en virtud de las normas en materia de prevención de lavado de activos y financiación del terrorismo y presentar una declaración respecto jurada a los Agentes Colocadores del cumplimiento para con dichas obligaciones.

Fecha
de
Integración:
Emisión e Será dentro de los 3 (tres) Días Hábiles posteriores al
último día del Período de Licitación, según sea publicado
en el Aviso de Suscripción y en el Aviso de Resultados, y
coincidirá con la fecha de integración de las Obligaciones
Negociables PyME CNV Garantizadas (la "Fecha de
Emisión e Integración").
Fecha de Vencimiento: Las Obligaciones Negociables PyME CNV Garantizadas
tendrán un plazo de 18 (dieciocho) meses contados desde la
Fecha de Emisión e Integración, que será informada
mediante el Aviso de Resultados (en caso de no resultar un
Día Hábil, la Fecha de Vencimiento tendrá lugar el Día
Hábil inmediato posterior).
Amortización: Obligaciones
las
de
amortización del capital
La
Negociables PyME CNV Garantizadas se efectuará en 5
(cinco) cuotas iguales trimestrales, a partir del sexto mes
posterior a la Fecha de Emisión e Integración comenzando
en el mes y año que se informará oportunamente en el
Aviso de Resultados y en las fechas que resulten en un
número de día idéntico a la Fecha de Emisión e
Integración, pero del correspondiente mes. En caso de que
la correspondiente fecha de pago no sea un Día Hábil, la
misma será el primer Día Hábil posterior.
Monto
Suscripción:
Mínimo de U\$S 500 (Dólares quinientos) y múltiplos de U\$S 1
(Dólares uno) por encima de dicho monto. En caso de
integración en Pesos, tales sumas serán convertidas al Tipo
de Cambio Aplicable, conforme a lo indicado en la sección
"Moneda de Pago y Emisión".
Denominación Mínima: Será de V/N U\$S 1 (valor nominal Dólares uno).
Intereses: Las Obligaciones Negociables PyME CNV Garantizadas
devengarán intereses trimestrales hasta la Fecha de
de
Devengamiento
(el "Período de
Vencimiento
Intereses"). Las Obligaciones Negociables PyME CNV
Garantizadas devengarán intereses (los "Intereses") a una
tasa de interés nominal anual fija, la cual será determinada
con anterioridad a la Fecha de Emisión e informada
mediante el Aviso de Resultados. La determinación de la
tasa de interés resultará del procedimiento de colocación de
las Obligaciones Negociables PyME CNV Garantizadas.
Los intereses serán calculados en virtud de los días
efectivamente transcurridos sobre la base de un año de 365
días.
Período de Devengamiento: Significa el período comprendido entre una Fecha de Pago
de Intereses y la Fecha de Pago de Intereses siguiente,
incluyendo el primer día y excluyendo el último día. Los
intereses se devengarán: (i) para el primer servicio: desde la
Fecha de Emisión e Integración (inclusive) hasta la primera
Fecha de Pago de Servicios (exclusive); y (ii) en adelante
desde la Fecha de Pago de Servicios inmediata anterior
(inclusive) hasta la siguiente Fecha de Pago de Servicios
(exclusive).
Fecha de Pago de Servicios de
Intereses:
Los intereses serán pagados trimestralmente, en forma
vencida, a partir del tercer mes posterior a la Fecha de
Emisión e Integración comenzando en el mes y año que se
informará oportunamente en el Aviso de Resultados y en
las fechas que resulten en un número de día idéntico a la
Fecha de Emisión e Integración, pero del correspondiente
mes. En caso que la Fecha de Pago de Servicios de
Intereses correspondiente no sea un Día Hábil, la Fecha de
Pago de Servicios de Intereses será el primer Día Hábil
posterior. Las Fechas de Pago de Servicios se detallarán en
el Aviso de Resultados que será publicado en el Boletín de
la Bolsa de Comercio de Buenos Aires ("BCBA"), en los
medios informáticos de los mercados autorizados donde se
CNV
listen las Obligaciones Negociables PyME
Garantizadas, y en la AIF de CNV.
de
Agente
Registro y Pago:
Caja de Valores S.A. ("CVSA").
Liquidación: Las Obligaciones Negociables PyME CNV Garantizadas
serán liquidadas a través del sistema de liquidación
MAEClear del MAE.
Pago de los Servicios: Intereses
de
los
pagos
los
amortización
y
La
correspondientes a las Obligaciones Negociables PyME
CNV Garantizadas serán efectuados por la Emisora en
Dólares, mediante la transferencia de los importes
correspondientes a CVSA para su acreditación en las
cuentas de los obligacionistas con derecho a cobro. Las
transferencias se realizarán dentro del sistema de depósito
colectivo, conforme a la Ley Nº 20.643 y posteriores
modificaciones, encontrándose habilitada la CVSA para
cobrar los aranceles de los depositantes, que éstos podrán
trasladar a los obligacionistas.
Mercados Autorizados. Oferta
Pública y Listado:
Las Obligaciones Negociables PyME CNV Garantizadas
podrán listarse y/o negociarse en el MAE, Bolsas y
Mercados Argentinos S.A. (BYMA) y/o cualquier otro

$\lambda$

$\epsilon$

mercado autorizado por la CNV, a criterio de la Emisora.
Destino de los Fondos: De acuerdo con lo dispuesto por el artículo 36 de la Ley N
23.567 de Obligaciones Negociables ("Ley de Obligaciones
Negociables"), luego de deducir los gastos de la emisión y
de la colocación, se destinarán a la integración de capital de
trabajo, para la compra de Frutas y Envases para la
Campaña 2019.
Forma: Las Obligaciones Negociables PyME CNV Garantizadas estarán
representadas por un certificado global permanente a ser
depositado en CVSA. Los tenedores de las Obligaciones
Negociables PyME CNV Garantizadas renuncian al derecho a
exigir la entrega de láminas individuales.
Rescate
por
Razones Impositivas:
Las Obligaciones Negociables PyME CNV Garantizadas
podrán ser rescatadas por la Emisora por razones
impositivas; ello así si la Emisora, a su exclusivo criterio,
determinara que: (i) en virtud de un cambio o reforma
normativa (o a las reglamentaciones o decisiones dictadas
bajo éstas, incluyendo, sin limitación, aquellas normas
emitidas por la autoridad impositiva de Argentina), o (ii) en
virtud de un cambio en la posición oficial respecto de la
dichas
leyes,
de
interpretación
aplicación
$\rm{O}$
reglamentaciones o decisiones (incluyendo un fallo de un
tribunal competente), que entre en vigencia a partir de la
fecha de emisión de las Obligaciones Negociables PyME
CNV Garantizadas inclusive; la Emisora pagara o se viera
obligada a pagar montos adicionales o cualesquier
impuesto en relación con las Obligaciones Negociables
PyME CNV Garantizadas (en exceso de cualquier monto o
impuesto que la Emisora hubiera debido abonar de no
existir dicho cambio, reforma, aplicación o interpretación),
y que dicha obligación no pudiera ser evitada por la
Emisora adoptando las medidas razonables a su alcance.
Ante este supuesto, la Emisora cursará una notificación de
rescate o pre-cancelación, incluyendo la fecha fijada para
rescate, y reintegrará a los obligacionistas el total del
capital adeudado y los intereses devengados pendientes de
pago hasta la fecha efectiva de rescate, y los montos
adicionales, de corresponder.
Gastos: Los gastos de la presente emisión corresponden a: (i) gastos
asociados a los honorarios de la Entidad de Garantía: 3,225%,
sobre el saldo del aval; (ii) gastos asociados a honorarios del
Organizador y Colocador:1,25 %sobre el valor nominal

efectivamente colocado; (iv) gastos de asesoría legal de la firma MARVAL, O'FARRELL & MAIRAL \$78.000,00 ; y (iv) gastos

asociados al depósito del Certificado Global.

Garantía: Las Obligaciones Negociables PyME CNV Garantizadas
serán obligaciones directas e incondicionales de la
Emisora, con garantía común otorgada por la Entidad de
Garantía, en su carácter de fiador liso, llano y principal
pagador. Las presentes Obligaciones Negociables PyME
CNV Garantizadas se encuentran 100% garantizadas por
la Entidad de Garantía y por un valor nominal en Dólares
Estadounidenses.
Resoluciones Sociales: La emisión de las Obligaciones Negociables PyME CNV
Garantizadas, incluyendo los términos y condiciones
generales incluidos en la presente acta, fue aprobado por la
Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de la
Sociedad de fecha 29 de noviembre de 2018, delegando en
el Directorio la facultad de terminar los restantes términos
y condiciones de emisión. Los términos generales fueron
aprobados por el Directorio de la Sociedad en su reunión de
fecha 29 de noviembre de 2018.
Ley Aplicable: Argentina.
Jurisdicción: Tribunal de Arbitraje General de la BCBA o el que se cree
en el futuro de conformidad con el artículo 46 de la Ley de
Mercado de Capitales, y en virtud de la delegación de
facultades otorgadas a la BCBA en materia de constitución
de tribunales arbitrales. No obstante lo anterior, los
inversores tienen el derecho de optar por acudir a los
tribunales judiciales competentes. Asimismo, en los casos
en que la ley establezca la acumulación de acciones
entabladas con idéntica finalidad ante un solo tribunal, la
acumulación se efectuará ante el tribunal.
Acción Ejecutiva: Las Obligaciones Negociables PyME CNV Garantizadas
serán emitidas conforme con la Ley de Obligaciones
Negociables y constituirán "obligaciones negociables"
conforme las disposiciones de la misma y gozarán de los
derechos allí establecidos. En particular y sin perjuicio de
la garantía otorgada por la Entidad de Garantía, conforme
el artículo 29 de la Ley de Obligaciones Negociables, en el
supuesto de incumplimiento por parte de la Emisora en el
pago de cualquier monto adeudado bajo las Obligaciones
Negociables PyME CNV Garantizadas, los tenedores de las
mismas podrán iniciar acciones ejecutivas ante tribunales
competentes de la República Argentina para reclamar el
pago de los montos adeudados por la Emisora. En virtud de

que las Obligaciones Negociables PyME CNV Garantizadas estarán representadas por un certificado global, CVSA podrá expedir certificados de tenencia a favor de los titulares registrales en cuestión a solicitud de éstos y éstos podrán iniciar con tales certificados las acciones ejecutivas mencionadas.

Significa cualquier día, salvo sábados o domingos, que no sea feriado oficial ni un día en que los bancos comerciales están autorizados u obligados por ley, norma o decreto del poder ejecutivo a cerrar en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Nombre: Cristian Zurcher

Cargo: Subdelegado

Día Hábil: