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Dulcor S.A. — Capital/Financing Update 2017
Oct 30, 2017
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Obligaciones Negociables Serie II por un valor nominal de hasta $50.000.000 ampliable hasta un valor nominal máximo de $ 80.000.000
a emitirse bajo el
Programa Global de Obligaciones Negociables Simples
por hasta un valor nominal de $ 200.000.000
(o su equivalente en otras monedas)
DULCOR S.A.
El presente documento es una adenda al Suplemento de Prospecto de fecha 17 de octubre de 2017 publicado en el boletín diario de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires –por cuenta y orden de Bolsas y Mercados Argentinos S.A.- y en la Autopista de Información Financiera de la CNV (“AIF”) y tiene por objeto rectificar: (i) la fecha del acta de directorio que resuelve la emisión y (ii) los apartados “Tasa de Interés” y “Compensación y Liquidación” del Capítulo III “Condiciones de Emisión de las Obligaciones Negociables Serie II”, a fin de prever la posibilidad de establecer una tasa mínima para el primer y segundo Período de Intereses y rectificar la entidad y sistema que tendrá a cargo la liquidación . En virtud de ello los apartados “Tasa de Interés” y “Compensación y Liquidación” quedarán sustituidos por los siguientes:
| Tasa de Interés | El capital no amortizado de las Obligaciones Negociables Serie II devengara intereses a una tasa de interés variable desde la Fecha de Emisión inclusive hasta la Fecha de Vencimiento, estableciéndose que dicha tasa de interés anual será la suma de: (a) la Tasa de Referencia más (b) el Margen de Corte que será el margen nominal anual a ser adicionados a la Tasa de Referencia en cada Período de Intereses. En ningún caso, el Margen de Corte podrá ser inferior al 0% y la sumatoria de la Tasa de la Referencia con más el Margen de Corte nunca podrá ser superior al 38% nominal anual ni inferior al 18% nominal anual durante el tiempo de vigencia de las Obligaciones Negociables, con la salvedad que para el primer y segundo Período de Interés se podrá establecer una tasa mínima (la “Tasa Mínima del Primer Período de Interés” y la “Tasa Mínima del Segundo Período de Interés”) las que se podrán informar en el Aviso de Suscripción o se informará mediante un aviso a publicar con posterioridad al Aviso de Suscripción y con anterioridad al inicio del Período de Licitación (el “Aviso de Suscripción Complementario”). |
| Compensación y Liquidación | Estará a cargo de Banco de Servicios y Transacciones S.A. a través del sistema de depósito colectivo administrado por Caja de Valores S.A. y/o a través del sistema de liquidación y compensación del Mercado Abierto Electrónico S.A. (“MAE”) denominado Maeclear. |
Asimismo, se rectifica la fecha del acta de directorio que resuelve la emisión siendo la fecha correcta 19 de junio de 2017.
Todo lo que no sea expresamente modificado por la presente adenda al Suplemento de Prospecto mantiene su plena validez en sus términos originales. La fecha de esta Adenda al Suplemento de Prospecto es 30 de octubre de 2017 y debe leerse conjuntamente con el Suplemento de Prospecto de fecha 17 de octubre de 2017.