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DISAL S.A. — Capital/Financing Update 2021
May 28, 2021
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Capital/Financing Update
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Córdoba, 27 de mayo de 2021
Señores COMISIÓN NACIONAL DE VALORES
Presente
Ref.: DISAL SA Hecho relevante: Síntesis de la asamblea general extraordinaria del 27 de mayo de 2021
De mi consideración:
Me dirijo a ustedes en mi carácter de Responsable de relaciones con el mercado de la firma Disal Sociedad Anónima (en adelante, la “Sociedad”), de conformidad con lo dispuesto por el artículo 4 inciso e), Título II, Capítulo II, de las Normas de la Comisión Nacional de Valores (T.O. 2013), a los fines de informar que el 27 de mayo de 2021 a las 09:12 horas se celebró la asamblea de accionistas de la Sociedad a distancia mediante la utilización de medios digitales, en los términos del Art. 158 del Código Civil y Comercial de la Nación y el Art. 1 del Capítulo XII del Título XVIII de las Normas de la CNV (N.T. 2013 y mod.) incorporado por la Resolución General Nro. 830/2020 de la Comisión Nacional de Valores (“RG 830/2020 CNV”).
A continuación, se detallan las resoluciones adoptadas en relación con cada uno de los puntos del orden del día que fueron tratados:
1) Convalidación -de corresponder- de la celebración de la Asamblea a distancia: Se aprobó la celebración a distancia mediante la plataforma digital audiovisual ZOOM de la asamblea por los motivos de público conocimiento, de las restricciones implementadas por el Poder Ejecutivo Nacional mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia (“DNU”) 297/2020, publicado en el Boletín Oficial de la República Argentina el 20 de marzo de 2020, y sus sucesivas prórrogas y decretos concordantes, todo ello en el marco del Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio con motivo de la Pandemia Mundial COVID-19.
2) Designación de dos accionistas para aprobar y firmar el acta de la asamblea: Se mocionó para que –una vez que las circunstancias lo permitan- el acta de Asamblea y su registro de asistencia sean transcriptos a los Libros pertinentes y sean firmados por (i) el señor Juan Pablo Torre en carácter de Presidente, (ii) por el señor Roberto Torre y la señora María Cristina Torre, y (iii) por el representante de la Comisión Fiscalizadora, Cr. Rodolfo Constantino Onofri.
3) Consideración de (i) la creación de un Programa Global de Emisión de Obligaciones Negociables (no convertibles en acciones) por un valor nominal de hasta $2.000.000.000 (pesos dos mil millones) (o su equivalente en otras monedas) en circulación en cualquier momento y (ii) la emisión de obligaciones negociables en el marco del mismo, conforme con la Ley 23.576 de Obligaciones Negociables, la Ley Nº 26.831 (la “Ley de Mercado de Capitales”), de las normas de la Comisión Nacional de Valores (N.T. 2013) (las “Normas de la CNV”), y demás regulaciones aplicables, y sus modificatorias y reglamentarias, y demás normas vigentes, en distintas clases y/o series de obligaciones negociables simples, no convertibles en acciones, subordinadas o no, emitidas con garantía común, especial y/o flotante, con o sin recurso limitado, y con o sin garantía de terceros: A efectos de obtener financiación a través de los mercados de capitales locales y/o internacionales, se aprobaron la creación de un Programa Global de Emisión de Obligaciones Negociables (no convertibles en acciones) por un valor nominal de hasta $2.000.000.000 (pesos dos mil millones) (o su equivalente en otras monedas)
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en circulación en cualquier momento (el “Programa”), y la emisión de obligaciones negociables bajo el mismo, conforme con la Ley de Obligaciones Negociables, la Ley de Mercado de Capitales, las Normas de la CNV y sus modificatorias y reglamentarias, y demás normas vigentes, en distintas clases y/o series de obligaciones negociables simples, no convertibles en acciones, subordinadas o no, emitidas con garantía común, especial y/o flotante, con o sin recurso limitado, con o sin garantía de terceros, en pesos o en cualquier otra moneda.
4) Consideración del destino de los fondos que se obtengan como resultado de la colocación de las distintas clases y/o series de obligaciones negociables: Se determinó que los fondos obtenidos de la colocación de las obligaciones negociables a emitirse en el marco del Programa sean destinados para uno o más de los destinos previstos en el artículo 36 de la Ley de Obligaciones Negociables o los que se establezcan en las demás regulaciones aplicables y de acuerdo a como se especifique en los suplementos de precio de las distintas series y/o clases de obligaciones negociables.
5) Consideración de la solicitud de la Sociedad de: (i) la autorización de oferta pública del Programa ante la Comisión Nacional de Valores (“CNV”) y de las obligaciones negociables a ser emitidas bajo el mismo; y (ii) la autorización del Programa para el eventual listado y/o negociación de las obligaciones negociables a emitirse en el marco del mismo, en Bolsas y Mercados Argentinos S.A. (“BYMA”), el Mercado Abierto Electrónico S.A. (“MAE”) y mercados de valores autorizados por la CNV de la República Argentina y/o mercados de valores del exterior según oportunamente lo determine el Directorio o las personas autorizadas por este: Se aprobó la solicitud de: (i) la autorización de oferta pública del Programa ante la CNV y de las obligaciones negociables a ser emitidas bajo el mismo; y (ii) la autorización del Programa para el eventual listado y/o negociación de las obligaciones negociables a emitirse en el marco del mismo en BYMA, MAE u otra bolsa y/o mercados de valores autorizados por la CNV de la República Argentina y/o mercados de valores del exterior según oportunamente lo determine el Directorio o las personas autorizadas por éste.
6) Delegación en el Directorio de las más amplias facultades para determinar y establecer todos los términos y condiciones del Programa que no sean expresamente establecidos por la asamblea, y demás términos y condiciones de las distintas clases y/o series de obligaciones negociables que se emitan bajo el mismo, así como la realización ante la CNV, BYMA, MAE, la Caja de Valores S.A. y/o cualquier otro organismo, de todas las gestiones necesarias para obtener las autorizaciones correspondientes para le emisión, listado, negociación y depósito o registro de las obligaciones negociables: Se decidió en esta asamblea (i) delegar en el Directorio de la Sociedad por el plazo establecido en la normativa aplicable, las más amplias facultades para determinar los términos y condiciones del Programa que no sean expresamente establecidos por ésta Asamblea así como la época, monto, plazo, forma de colocación y demás términos y condiciones de las distintas clases y/o series de obligaciones negociables que se emitan bajo el mismo; (ii) autorizar al Directorio de la Sociedad para que (a) apruebe, celebre, otorgue y/o suscriba cualquier acuerdo, contrato, documento, instrumento y/o valor relacionado con la creación del Programa y/o la emisión de las distintas clases y/o series de obligaciones negociables bajo el mismo, (b) solicite y trámite ante la CNV la autorización de la creación del Programa y la oferta pública de tales obligaciones negociables, (c) en su caso, solicite y trámite ante cualquier bolsa y/o mercado del país y/o del exterior la autorización para el listado y/o negociación de tales obligaciones negociables, (d) en su caso, solicite y trámite ante la Caja de Valores S.A. (“CVSA”) y/o cualquier otro agente depositario de valores negociables, agente de depósito colectivo, agente de pago o agente de registro del país y/o del exterior el depósito y/o registro de tales obligaciones negociables, (e) obtenga las calificaciones de riesgo que el Directorio considere conveniente para calificar las obligaciones negociables, (f) fije el destino de los fondos obtenidos de la colocación de las emisiones o reemisiones de obligaciones negociables bajo el Programa, (g) celebre contratos de suscripción
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o underwriting, convenios con el agente organizador o dealer manager, convenios de colocación en firme, convenios de fideicomiso, de agencia de pago, de agencia fiscal u otros, pudiendo pactar ley y jurisdicción extranjera, siendo la enumeración precedente meramente enunciativa, y (h) realice cualquier acto, gestión, presentación y/o trámite relacionado con la creación del referido programa y/o la emisión de las distintas clases y/o series de obligaciones negociables bajo el mismo; y (iii) autorizar al Directorio de la Sociedad para subdelegar las facultades y autorizaciones referidas en los puntos (i) y (ii) anteriores en uno o más de sus integrantes y/o en quién éste designe.
7) Autorización al Directorio para subdelegar en uno o más de sus integrantes, o en quien ellos consideren conveniente el ejercicio de las facultades referidas en el apartado anterior: Se aprobó autorizar al Directorio a subdelegar en uno o más de sus integrantes, o en quien se considere conveniente el ejercicio de las facultades referidas en el apartado anterior.
8) Otorgamiento de autorizaciones: Se autorizó a los Dres. Alexia Rosenthal, Jaime Uranga, Ignacio Nantes, Juan Sanguinetti, Ignacio Criado Diaz, Belén Azimonti, Mariana Troncoso, Pilar Dominguez Pose, Francisco Rojas Andri y/o a quienes estos designen para que cualquiera de ellos, actuando en forma individual e indistinta, puedan cumplir con (i) las facultades referidas en los apartados anteriores, sin que en ningún caso dicha subdelegación pueda significar que se exima de alguna de las responsabilidades del Directorio por el ejercicio de dichas facultades subdelegada, y (ii) las formalidades necesarias a los fines de realizar la inscripción de las precedentes resoluciones de asamblea, con facultad para realizar todos los actos necesarios para obtener la aprobación y registro de la presente asamblea, con facultad para suscribir dictámenes profesionales, escritos, edictos y demás documentos públicos o privados que fuere menester para efectuar las publicaciones de ley y obtener las correspondientes autorizaciones para la emisión de las obligaciones negociables mediante la creación de un programa, ante la Inspección General de Justicia y/o CNV, BYMA, MAE, y CVSA y/o cualquier otro organismo.
Sin otro particular, saludamos atentamente.
Marino Eduardo Ramirez Dominguez
p./ DISAL SA
Responsable de Relaciones con el Mercado