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DISAL S.A. — Audit Report / Information 2024
Oct 14, 2024
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Audit Report / Information
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ACTA DE COMISION FISCALIZADORA N° 60
En la Ciudad de Córdoba, siendo las 14.30 hs. del día 9 de octubre de 2024, se encuentran reunidos los miembros de la Comisión fiscalizadora de DISAL SOCIEDAD ANÓNIMA, quienes firman al pie de la presente, los señores Cr. Rodolfo Constantino Onofri, Cr. Marcelo Alejandro Rittatore y Cra. Julia Beatriz Torres Rittatore.
El objeto es poner en consideración de ésta comisión los estados financieros de ejercicio finalizado el 31 de julio de 2024 que comprende: la Memoria del Directorio, el estado de situación financiera, el estado del resultado integral, de cambios en el patrimonio, y de flujos de efectivo, con su correspondiente información complementaria, emitiendo el correspondiente informe, de acuerdo con las normas de sindicatura vigentes.
Los presentes estados financieros fueron aprobados por los miembros del directorio el día 9 de octubre de 2024, mediante Acta N° 425 del libro de actas de directorio N° 4.
Luego de un detallado examen y cambio de ideas, los miembros de la comisión fiscalizadora aprueban por unanimidad los textos del informe, el que se transcribe a continuación.
INFORME DE LA COMISIÓN FISCALIZADORA
A los Señores Accionistas de Disal Sociedad Anónima CUIT: 30-62118183-8 Domicilio Legal: Ruta 148 Sur km 755 Ciudad de Villa Mercedes Provincia de San Luis
Informe sobre los controles realizados como síndicos respecto de los estados financieros y la memoria de los administradores
Opinión
Hemos llevado a cabo los controles que nos imponen como síndicos la legislación vigente, el estatuto social, las regulaciones pertinentes y las normas profesionales para contadores públicos, acerca de los estados financieros de Disal Sociedad Anónima (“la Sociedad”), que comprenden los estados de situación financiera al 31 de Julio de 2024, de resultado integral, de cambios en el patrimonio y de flujos de efectivo, así como las notas explicativas de los estados financieros que incluyen un resumen de las políticas contables significativas, el inventario y la memoria de los administradores correspondientes al ejercicio finalizado en dicha fecha.
En nuestra opinión, los estados financieros mencionados en el párrafo precedente, que se adjuntan a este informe y firmo a los fines de su identificación, presentan razonablemente, en todos los aspectos significativos, la situación financiera de Disal Sociedad Anónima al 31 de Julio de 2024, así como su resultado y flujos de efectivo correspondientes al ejercicio finalizado en esa fecha, de conformidad con las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF), adoptadas por la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (FACPCE), e incorporados por la Comisión Nacional de Valores (CNV) a su normativa.
Asimismo, en nuestra opinión, la memoria de los administradores cumple con los requisitos legales y estatutarios, resultando las afirmaciones acerca de la gestión llevada a cabo y de las perspectivas futuras de exclusiva responsabilidad de la Dirección.
Fundamento de la opinión
Hemos llevado a cabo nuestros controles cumpliendo las normas legales y profesionales vigentes para la comisión fiscalizadora, contempladas, entre otras, en la Ley General de Sociedades y en la Resolución Técnica N° 15 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (FACPCE) la cual tiene en cuenta que los controles de la información deben llevarse a cabo cumpliendo con las normas de auditoría establecidas en la Resolución Técnica N° 37 de dicha Federación. Nuestras responsabilidades de acuerdo con las normas mencionadas se describen más adelante en la sección Responsabilidades de la comisión fiscalizadora en relación con los controles de los estados financieros y la memoria de los administradores.
Para realizar nuestra tarea profesional sobre los estados financieros citados en el primer párrafo, planificamos y ejecutamos determinados procedimientos sobre la documentación de la auditoría efectuada por el Contador Público Rodolfo Constantino Onofri, quien emitió su informe de fecha 9 de octubre de 2024 de acuerdo con las normas de auditoría vigentes. Entre los procedimientos llevados a cabo se incluyeron la planificación del encargo, de la naturaleza, alcance y oportunidad de los procedimientos aplicados y de los resultados de la auditoría efectuada por dicho profesional, quien manifiesta haber llevado a cabo su examen sobre los estados financieros adjuntos de conformidad con las normas de auditoría establecidas en la Resolución Técnica N° 37 de la FACPCE. Dichas normas exigen que cumplamos los requerimientos de ética, así como que planifique y ejecute la auditoría con el fin de obtener una seguridad razonable de que los estados financieros están libres de incorrecciones significativas debido a fraude o error.
Dado que no es responsabilidad de la comisión fiscalizadora efectuar un control de gestión, la revisión no se extendió a los criterios y decisiones empresarias de las diversas áreas de la Sociedad, cuestiones que son de responsabilidad exclusiva de los administradores.
Asimismo, con relación a la memoria de los administradores correspondiente al ejercicio terminado el 31 de julio de 2024 hemos verificado que contiene la información requerida por el artículo 66 de la Ley General Sociedades y otra información requerida por los organismos de control y, en lo que es materia de nuestra competencia, que sus datos numéricos concuerdan con los registros contables de la Sociedad y otra documentación pertinente.
Dejamos expresa mención que somos independientes de Disal Sociedad Anónima y hemos cumplido con los demás requisitos de ética de conformidad con el código de ética del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de San Luis y de las RT N° 15 Y 37 de FACPCE. Consideramos que los elementos de juicio que hemos obtenido proporcionan una base suficiente y adecuada para nuestra opinión.
Responsabilidades de la Dirección en relación con los estados financieros
La Dirección de la Sociedad es responsable de la preparación y presentación razonable de los estados financieros adjuntos de conformidad con las NIIF, adoptadas por la FACPCE, e incorporados por la CNV a su normativa, y del control interno que considere necesario para permitir la preparación de estados financieros libres de incorrección significativa debido a fraude o error.
En la preparación de los estados financieros, la Dirección es responsable de la evaluación de la capacidad de la Sociedad para continuar como empresa en funcionamiento, revelando, en caso de corresponder, las cuestiones relacionadas con empresa en funcionamiento y utilizando el principio contable de empresa en funcionamiento, excepto si la Dirección tuviera intención de liquidar la Sociedad o de cesar sus operaciones, o bien no existiera otra alternativa realista.
Respecto de la memoria los administradores son responsables de cumplir con la Ley General de Sociedades y las disposiciones de los organismos de control en cuanto a su contenido.
Responsabilidades de la comisión fiscalizadora en relación con la auditoría de los estados financieros y la memoria de los administradores
Nuestros objetivos son obtener una seguridad razonable de que los estados financieros en su conjunto están libres de incorrección significativa debido a fraude o error, que la memoria cumple con las prescripciones legales y reglamentarias y emitir un informe como síndicos que contenga nuestra opinión. Seguridad razonable es un alto grado de seguridad, pero no garantiza que una auditoría realizada de conformidad con la RT N° 37 de FACPCE siempre detecte una incorrección significativa debido a fraude o error cuando exista. Las incorrecciones se consideran significativas si, individualmente o de forma agregada, puede preverse razonablemente que influyan en las decisiones económicas que los usuarios toman basándose en los estados financieros, y el contenido de la memoria en aquellos temas de nuestra incumbencia profesional.
Como parte de los controles sobre los estados financieros, empleando normas de auditoría de conformidad con la RT N° 37 de FACPCE, aplicamos nuestro juicio profesional y mantenemos una actitud de escepticismo profesional durante nuestra actuación como síndicos. También:
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a) Identificamos y evaluamos los riesgos de incorrección significativa debido a fraude o error en los estados financieros, diseñamos y aplicamos procedimientos de auditoría para responder a dichos riesgos y obtenemos elementos de juicio suficientes y adecuados para proporcionar una base para nuestra opinión.
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b) Obtenemos conocimiento del control interno relevante para la auditoría con el fin de diseñar procedimientos que sean apropiados en función de las circunstancias y no con la finalidad de expresar una opinión sobre la eficacia del control interno de la Sociedad.
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c) Evaluamos si las políticas contables aplicadas son adecuadas, así como la razonabilidad de las estimaciones contables y la correspondiente información revelada por la Dirección de la Sociedad.
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d) Concluimos sobre lo adecuado de la utilización por la Dirección de la Sociedad, del principio contable de empresa en funcionamiento y, basándonos en los elementos de juicio obtenidos, concluimos sobre si existe o no una incertidumbre significativa relacionada con hechos o con condiciones que pueden generar dudas importantes sobre la capacidad de la Sociedad para continuar como empresa en funcionamiento. Si concluimos que existe una incertidumbre significativa, se requiere que llamemos la atención en nuestro informe como síndicos sobre la información expuesta en los estados financieros o en la memoria, o, si dicha información expuesta no es adecuada, que expresemos una opinión modificada. Nuestras conclusiones se basan en los elementos de juicio obtenidos hasta la fecha de nuestro informe como síndicos. Sin embargo, hechos o condiciones futuros pueden ser causa de que la Sociedad deje de ser una empresa en funcionamiento.
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e) Evaluamos la presentación general, la estructura y el contenido de los estados financieros, incluida la información revelada, y si los estados financieros representan las transacciones y hechos subyacentes de un modo que logren una presentación razonable.
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f) Nos comunicamos con la Dirección de la Sociedad en relación con, entre otras cuestiones, la estrategia general de la planificación y ejecución de nuestros procedimientos de auditoría como síndicos y los hallazgos significativos en nuestra actuación como responsables de la fiscalización privada, así como cualquier deficiencia significativa del control interno identificada en el transcurso de nuestra actuación como síndicos.
También proporcionamos a la Dirección de la Sociedad una declaración de que hemos cumplido los requerimientos de ética aplicables relacionados con nuestra independencia.
Informe sobre otros requerimientos legales y reglamentarios
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a) Al 31 de julio de 2024, la deuda devengada en concepto de aportes y contribuciones al Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones, que surge de los registros contables de la Sociedad, asciende a $ 354.380.252,83 los cuales no resultan exigibles a esa fecha.
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b) Los estados financieros de Disal Sociedad Anónima adjuntos se encuentran en proceso de transcripción en el libro “Inventario y Balances”, y cumplen, en lo que es materia de nuestra competencia, con lo dispuesto en la Ley General de Sociedades;
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c) Excepto por lo mencionado en punto b) de este apartado, los estados financieros de Disal Sociedad Anónima adjuntos, surgen de registros contables llevados en sus aspectos formales de conformidad con normas legales;
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d) Hemos aplicado los procedimientos sobre prevención de lavado de activos de origen delictivo y financiación del terrorismo previsto en las correspondientes normas profesionales emitidas por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de San Luis.
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e) En ejercicio del control de legalidad que me compete, hemos aplicado los distintos procedimientos descriptos en el artículo N° 294 de la Ley N° 19.550, que consideramos necesarios de acuerdo con las circunstancias, no teniendo observaciones que formular al respecto.
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f) Hemos constatado la constitución de las garantías de los administradores prevista en la legislación.
Villa Mercedes, Provincia de San Luis, 9 de octubre de 2024.
No habiendo más asuntos para tratar, se levanta la sesión previa redacción, lectura y aprobación de la presente acta, siendo las 15.00 hs.
Julia Beatriz Torres Rittatore Contadora Pública (U.N.C.) M.P. Nº 2372 C.P.C.E. (S.L.) Síndico Titular
Marcelo Alejandro Rittatore Contador Público (U.N.C.) M.P. Nº 982 C.P.C.E.(S.L.) Presidente Comisión Fiscalizadora
Rodolfo Constantino Onofri Contador Público (U.N.C.) M.P. N° 2279 CPCE (S.L.) Síndico Titular