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Credito Directo S.A. — Capital/Financing Update 2021
Mar 19, 2021
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Capital/Financing Update
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AVISO DE SUSCRIPCIÓN
CRÉDITO DIRECTO S.A.
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OBLIGACIONES NEGOCIABLES CLASE VI A TASA VARIABLE CON VENCIMIENTO A LOS 12 MESES DE LA FECHA DE EMISIÓN Y LIQUIDACIÓN POR UN VALOR NOMINAL EN PESOS DE HASTA $ 100.000.000 (PESOS CIEN MILLONES) AMPLIABLE HASTA $ 200.000.000 (PESOS DOSCIENTOS MILLONES)
OBLIGACIONES NEGOCIABLES CLASE VII A TASA VARIABLE CON VENCIMIENTO A LOS 24 MESES DE LA FECHA DE EMISIÓN Y LIQUIDACIÓN POR UN VALOR NOMINAL EN PESOS DE HASTA $ 100.000.000 (PESOS CIEN MILLONES), AMPLIABLE HASTA $ 200.000.000 (PESOS DOSCIENTOS MILLONES)
EL VALOR NOMINAL TOTAL MÁXIMO DE LAS OBLIGACIONES NEGOCIABLES CLASE VI Y LAS OBLIGACIONES NEGOCIABLES CLASE VII EN CONJUNTO SERÁ DE $200.000.000
A EMITIRSE EN EL MARCO DEL PROGRAMA GLOBAL DE EMISIÓN DE OBLIGACIONES NEGOCIABLES POR HASTA $800.000.000 (PESOS OCHOCIENTOS MILLONES) (O SU EQUIVALENTE EN OTRAS MONEDAS)
Se comunica al público inversor en general que Crédito Directo S.A. (“ Crédito Directo ” o la “ Emisora ”) ofrece en suscripción: (i) las Obligaciones Negociables Clase VI denominadas y pagaderas en pesos a tasa variable con vencimiento a los 12 meses de la Fecha de Emisión y Liquidación, por un valor nominal en pesos de hasta el equivalente a $ 100.000.000 (pesos cien millones), ampliable a $ 200.000.000 (pesos doscientos millones) (las “ Obligaciones Negociables Clase VI ”); y (ii) las Obligaciones Negociables Clase VII denominadas y pagaderas en pesos a tasa variable con vencimiento a los 24 meses de la Fecha de Emisión y Liquidación, por un valor nominal en pesos de hasta el equivalente a $ 100.000.000 (pesos cien millones), ampliable a $ 200.000.000 (pesos doscientos millones) (las “ Obligaciones Negociables Clase VII ” y junto con las Obligaciones Negociables Clase VI, las “ Obligaciones Negociables ”) por un valor nominal total máximo en conjunto de $200.000.000 (pesos doscientos millones). Las Obligaciones Negociables serán emitidas en el marco del Programa Global de Emisión de Obligaciones Negociables por hasta $ 800.000.000 (pesos ochocientos millones) (o su equivalente en otras monedas) (el “ Programa ”), autorizado por la Comisión Nacional de Valores (la “ CNV ”) mediante Resolución N° 18.903 de fecha 17 de agosto de 2017, de acuerdo con los términos y condiciones del prospecto del Programa de fecha 21 de diciembre de 2020 (el “ Prospecto ”), cuya versión resumida fue publicada con fecha 21 de diciembre de 2020 en el boletín diario de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires (la “ BCBA ”), en virtud del ejercicio de la facultad delegada por Bolsas y Mercados Argentinos S.A. (“ BYMA ”) a la BCBA, conforme lo dispuesto por la Resolución N° 18.629 de la CNV (el “ Boletín Diario de la BCBA ”) y del suplemento de prospecto de fecha 19 de marzo de 2021 que fue publicado en el Boletín Diario de la BCBA con fecha 19 de marzo de 2021 (el “ Suplemento de Prospecto ”). Dichos documentos podrán ser encontrados también en la Autopista de Información Financiera en la página web de la CNV (www.cnv.gob.ar) (la “ Página Web de la CNV ”), en el micro sitio web de colocaciones primarias (MPMAE) del Mercado Abierto Electrónico S.A. (el “ MAE ”), en el boletín diario electrónico del MAE (el “ Boletín Diario Electrónico del MAE ”) y en la página web de la Emisora (www.directo.com.ar) (la “ Página Web de la Emisora ”). El presente es un aviso complementario al Suplemento de Prospecto.
Todos los términos que comiencen en mayúscula no definidos expresamente en el presente aviso, tendrán el significado que se les asigna en el Prospecto y/o en el Suplemento de Prospecto, según corresponda.
A continuación se detallan los principales términos y condiciones de las Obligaciones Negociables:
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1) Emisora: Crédito Directo S.A., con domicilio en Av. Corrientes 1174, Piso 7°, C1043AAY, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Argentina.
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2) Tipo de Valor Negociable Ofrecido : Obligaciones negociables simples, no convertibles en acciones.
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3) Clases : VI y VII.
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4) Moneda de denominación, integración y pago : pesos.
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5) Valor Nominal : El valor nominal de las Obligaciones Negociables Clase VI será de hasta $ 100.000.000 (pesos cien millones), ampliable hasta $ 200.000.000 (pesos doscientos millones) y el valor nominal de las Obligaciones Negociables Clase VII será de hasta $ 100.000.000 (pesos cien millones), ampliable hasta $ 200.000.000 (pesos doscientos millones).
El valor nominal total máximo en conjunto de las Obligaciones Negociables será de $ 200.000.000 (pesos doscientos millones).
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6) Fecha de Emisión y Liquidación : Será el 30 de marzo de 2021.
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7) Precio de Emisión : 100% del valor nominal de las Obligaciones Negociables.
8) Fecha de Vencimiento : Las Obligaciones Negociables Clase VI tendrán como fecha de vencimiento la fecha en que se cumplan 12 meses desde la Fecha de Emisión y Liquidación (la “ Fecha de Vencimiento de la Clase VI ”) y las Obligaciones Negociables Clase VII tendrán como fecha de vencimiento la fecha en que se cumplan 24 meses desde la Fecha de Emisión y Liquidación (la “ Fecha de Vencimiento de la Clase VII ” y junto con la Fecha de Vencimiento de la Clase VI, las “ Fechas de Vencimiento ”).
En caso que cualquiera de las Fechas de Vencimiento no fuera un Día Hábil, será el primer día inmediato posterior. Las Fechas de Vencimiento se informarán mediante el Aviso de Resultados.
- 9) Amortización : El pago de capital de las Obligaciones Negociables Clase VI será realizado en tres cuotas, la primera de ellas equivalente al 25% (veinticinco por ciento) del valor nominal de las Obligaciones Negociables y pagadera a los 6 (seis) meses desde la Fecha de Emisión y Liquidación, la segunda de ellas equivalente al 25% (veinticinco por ciento) del valor nominal de las Obligaciones Negociables y pagadera a los 9 (nueve) meses desde la Fecha de Emisión y Liquidación, y la tercera de ellas equivalente al 50% (cincuenta por ciento) del valor nominal de las Obligaciones Negociables en la Fecha de Vencimiento de la Clase VI (las “ Fechas de Amortización de las Obligaciones Negociables Clase VI ”).
El pago de capital de las Obligaciones Negociables Clase VII será realizado en seis cuotas, la primera de ellas equivalente al 16% (dieciséis por ciento) del valor nominal de las Obligaciones Negociables Clase VII y pagadera a los 9 (nueve) meses desde la Fecha de Emisión y Liquidación, la segunda de ellas equivalente al 16% (dieciséis por ciento) del valor nominal de las Obligaciones Negociables Clase VII y pagadera a los 12 (doce) meses desde la Fecha de Emisión y Liquidación, la tercera de ellas equivalente al 16% (dieciséis por ciento) del valor nominal de las Obligaciones Negociables Clase VII y pagadera a los 15 (quince) meses la Fecha de Emisión y Liquidación, la cuarta de ellas equivalente al 16% (dieciséis por ciento) del valor nominal de las Obligaciones Negociables Clase VII y pagadera a los 18 (dieciocho) meses la Fecha de Emisión y Liquidación, la quinta de ellas equivalente al 16% (dieciséis por ciento) del valor nominal de las Obligaciones Negociables Clase VII y pagadera a los 21 (veintiún) meses la Fecha de Emisión y Liquidación, y la sexta de ellas equivalente al 20% (veinte por ciento) del valor nominal de las Obligaciones Negociables Clase VII y pagadera en la Fecha de Vencimiento de la Clase VII (las “ Fechas de Amortización de las Obligaciones Negociables Clase VII ” y junto con las Fechas de Amortización de las Obligaciones Negociables Clase VI, las “ Fechas de Amortización ”).
En caso de no ser uno de dicho días un Día Hábil, será el primer Día Hábil siguiente a dicho día. Las Fechas de Amortización serán informadas en el Aviso de Resultados.
- 10) Tasa de interés: Las Obligaciones Negociables Clase VI devengarán intereses a una tasa de interés variable nominal anual desde la Fecha de Emisión y Liquidación inclusive hasta la fecha en que el capital sea totalmente amortizado (no inclusive) estableciéndose que la tasa de interés serán el equivalente a la suma de: (i) la Tasa de Referencia, más (ii) el Margen Diferencial de Corte de la Clase VI que surja del proceso de determinación detallado en “ Procedimiento para la determinación del Margen Diferencial de Corte de la Clase VI y el Margen Diferencial de Corte de la Clase VII” de la Sección “ Plan de Distribución ” del Suplemento de Prospecto y a ser informado en el Aviso de Resultados (la “ Tasa de Interés Aplicable a la Clase VI ”).
Las Obligaciones Negociables Clase VII devengarán intereses a una tasa de interés variable nominal anual desde la Fecha de Emisión y Liquidación inclusive hasta la fecha en que el capital sea totalmente amortizado (no inclusive), estableciéndose que dicha tasa de interés será el equivalente a la suma de: (i) la Tasa de Referencia, más (ii) el Margen Diferencial de Corte de la Clase VII, que surja del proceso de determinación detallado en “ Procedimiento para la determinación del Margen Diferencial de Corte de la Clase VI y el Margen Diferencial de Corte de la Clase VII” de la Sección “ Plan de Distribución ” del Suplemento de Prospecto y a ser informado en el Aviso de Resultados (la “ Tasa de Interés Aplicable a la Clase VII ”).
Para el cálculo de los intereses se considerará la cantidad real de días transcurridos y un año de 365 días (cantidad real de días transcurridos/365).
- 11) Fecha de Pago de los Intereses: Los intereses de las Obligaciones Negociables se pagarán trimestralmente, en forma vencida, a partir de la Fecha de Emisión y Liquidación, en las fechas que sean un número de día idéntico a la Fecha de Emisión y Liquidación, pero del correspondiente mes o, de no ser un Día Hábil o de no existir dicho día, el primer Día Hábil posterior (la “ Fecha de Pago de Intereses ”).
El período de devengamiento de los intereses estará comprendido entre una Fecha de Pago de Intereses y la Fecha de Pago de Intereses inmediata posterior, incluyendo el primer día y excluyendo el último día. Respecto de la primera Fecha de Pago de Intereses, se considerará período de devengamiento de intereses el comprendido entre la Fecha de Emisión y Liquidación y la primer Fecha de Pago de Intereses.
Las Fechas de Pago de Intereses serán informadas en el Aviso de Resultados, de acuerdo a lo previsto en la Sección titulada “ Plan de Distribución de las Obligaciones Negociables ” del Suplemento de Prospecto.
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12) Pagos : El pago de capital, intereses, montos adicionales y/o cualquier otro monto adeudado serán efectuados por la Emisora mediante la transferencia de los importes correspondientes a Caja de Valores S.A. (“ CVSA ”) por los medios que esta última determine en cada momento, para su acreditación en las respectivas cuentas de los tenedores con derecho a cobro.
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13) Integración : Las Obligaciones Negociables deberán ser integradas en efectivo en pesos. Las sumas correspondientes a las Obligaciones Negociables adjudicadas deberán ser integradas hasta las 14 horas de la Fecha de Emisión y Liquidación y de conformidad con lo determinado en el Título “ Suscripción e Integración ” de la Sección “ Plan de Distribución de las Obligaciones Negociables ” en el Suplemento de Prospecto.
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14) Forma : Las Obligaciones Negociables estarán representadas en un/los certificado/s global/es permanente, a ser depositado/s en CVSA, según corresponda. Los tenedores renuncian al derecho de exigir la entrega de láminas individuales. Las transferencias se realizarán dentro del sistema de depósito colectivo, conforme a la Ley N° 24.587 y sus posteriores modificaciones, encontrándose habilitada CVSA para cobrar los aranceles de los depositantes, que estos podrán trasladar a los tenedores.
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15) Monto Mínimo de Suscripción : $ 1.000 (pesos mil) o múltiplos de $1 (pesos uno) por encima de dicho monto (el “ Monto Mínimo de Suscripción ”).
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16) Unidad Mínima de Negociación : $ 1.000 (pesos mil) o múltiplos de $1 (pesos uno) por encima de dicho monto.
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17) Valor Nominal Unitario : $1 (un Peso).
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18) Rescate por razones impositivas: Las Obligaciones Negociables podrán ser rescatadas a opción de la Emisora por razones impositivas de conformidad con lo determinado en “ Términos y Condiciones del Programa ‐ Rescate por Razones Impositivas ” del Prospecto.
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19) Rescate a opción de la Emisora: La Emisora podrá rescatar a su sola opción, en su totalidad y no parcialmente las Obligaciones Negociables, con una anticipación no mayor a 15 días a la Fecha de Vencimiento que corresponda. Las Obligaciones Negociables que se rescaten conforme con la presente cláusula se rescatarán por un importe equivalente al monto de capital no amortizado de las Obligaciones Negociables así rescatadas, más los intereses devengados e impagos sobre aquellos a la fecha del rescate en cuestión, más cualquier monto adicional pagadero e impago en ese momento respecto de aquellos, más cualquier otro monto adeudado e impago bajo las Obligaciones Negociables.
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20) Ley Aplicable : Serán aplicables las leyes de la República Argentina.
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21) Jurisdicción : Toda controversia que se suscite entre la Emisora y los tenedores de las Obligaciones Negociables en relación con las Obligaciones Negociables se resolverá definitivamente por el Tribunal de Arbitraje General de la BCBA, o el que se cree en el futuro en la BCBA.
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22) Listado y Negociación : Se ha solicitado el listado de las Obligaciones Negociables en BYMA, a través de la BCBA, en virtud del ejercicio de la facultad delegada por el BYMA a la BCBA, conforme lo dispuesto por la Resolución N° 18.629 de la CNV, y su negociación en el MAE.
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23) Calificación de Riesgo : Fix SCR S.A. Agente de Calificación de Riesgo ha calificado a las Obligaciones Negociables Clase VI con “A3 (arg)” y las Obligaciones Negociables Clase VII con “BBB‐ (arg)”.
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24) Terminación, suspensión y/o prórroga del Período Informativo y/o el Período de Subasta : El Período Informativo y/o el Período de Subasta podrá ser suspendido y/o prorrogado, a opción de la Emisora (en conjunto con los Agentes Colocadores), mediante la oportuna publicación de un aviso en la Autopista de Información Financiera, en el micro sitio web de licitaciones del sistema “SIOPEL” del MAE por un día y en los sistemas de información dispuestos por los mercados en que se listen y/o negocien las Obligaciones Negociables. En dichos supuestos de suspensión y/o prórroga del Período de Subasta, los Oferentes podrán retirar las Órdenes de Compra presentadas antes de la finalización del mismo, mediante comunicación por escrito a los Agentes Colocadores y a la Emisora sin penalidad alguna.
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25) Tramo Competitivo y No Competitivo : Para el tramo no competitivo, las Órdenes de Compra deberán ser por un monto igual o superior al Monto Mínimo de Suscripción e igual o inferior a $50.000, sin indicar Margen Ofrecido. Con respecto al tramo competitivo, las Órdenes de Compra deberán ser por un monto superior a $50.000, indicando Margen Ofrecido, como porcentaje anual limitado a dos decimales. El Margen ofrecido no podrá ser negativo.
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26) Método de Colocación y Adjudicación : La colocación primaria de las Obligaciones Negociables será realizada de conformidad con lo establecido por el art. 27 de la Sección IV del Capítulo V, Título II, de las Normas de la CNV, a través de un proceso licitatorio o subasta pública que será llevado adelante a través del sistema denominado SIOPEL de propiedad de, y operado por, el MAE. La licitación pública que se realizará durante el Período de Subasta
será abierta. Todos los agentes del MAE y/o adherentes del mismo podrán ser habilitados para participar en la subasta. Aquellos agentes del MAE y/o adherentes del mismo que deseen participar en la licitación pública pueden remitirse a la sección “ Plan de Distribución de las Obligaciones Negociables ” del Suplemento de Prospecto para mayor información. El mecanismo de adjudicación es el descripto en el Suplemento de Prospecto. Si como resultado del prorrateo bajo el mecanismo descripto en el Suplemento de Prospecto, el valor nominal a adjudicar a las Órdenes de Compra contiene decimales por debajo de los $0,50 (cincuenta centavos) los mismos serán suprimidos a efectos de redondear el valor nominal de las Obligaciones Negociables a adjudicar, según corresponda. Contrariamente, si contiene decimales iguales o por encima de $0,50 (cincuenta centavos) para las Obligaciones Negociables, los mismos serán ponderados hacia arriba, otorgando esos 1 (pesos uno) al valor nominal de las Obligaciones Negociables a adjudicar.
Para mayor información sobre estas y otras cuestiones relativas a la colocación y adjudicación de las Obligaciones Negociables, incluidas las cuestiones relacionadas con el prorrateo y el redondeo, ver “ Plan de Distribución de las Obligaciones Negociables ” del Suplemento de Prospecto.
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27) Organizador y Agente Colocador: Banco de Servicios y Transacciones S.A., con domicilio en Av. Corrientes 1174, Piso 9°, C1043AAY, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Argentina (Atención: Paz Sementuch/ Matías Veloso/ Mariano Alonso, teléfono: 5235‐2360/2383/2826, e‐mail: [email protected]) (“ BST ” o el “Organizador” ).
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28) Agentes Colocadores: (i) SBS Trading S.A. (“ SBS ”), con domicilio en Av. Madero 900, piso 19, Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Atención: Sebastián Cisa/ Gastón Donnadio / Fernando Depierre / Francisco Bordo Villanueva, tel: 4894‐1800 (int. 401/196/195/403), correo electrónico: [email protected]; [email protected]; [email protected]; [email protected]), (ii) Balanz Capital Valores S.A.U. (“ Balanz ”), con domicilio en Av. Corrientes 316, Piso 3º, Oficina 362, Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Atención: Sebastián Money / Gonzalo Mendive / Tomás Herrlein, tel: 5276‐7010, correo electrónico: [email protected] / [email protected] / [email protected]); y Banco Mariva S.A. (“ Mariva ”), con domicilio en Sarmiento 500, Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Atención: Gonzalo Wolfenson / Samuel Wainstein / Martín Campbell, tel: 4321‐2236/ 2209/ 2275, correo electrónico: [email protected] / [email protected] / [email protected]).
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29) Agente Subcolocador: Estructuras Financieras Regionales S.A., con domicilio en Paraguay 346, Piso 14º, Ciudad Autónoma de Buenos Aires (el “ Subcolocador ”, y junto con BST, SBS, Balanz y Mariva los “ Agentes Colocadores ”).
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30) Agente de Liquidación : Banco de Servicios y Transacciones S.A. a través de MAEClear.
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31) Comisión : Los Agentes Colocadores actuarán sobre la base de sus mejores esfuerzos conforme con los procedimientos usuales en el mercado de capitales de Argentina, pero no asumirán compromiso alguno de colocación o suscripción en firme. La Emisora no pagará comisión y/o reembolsará gasto alguno a los agentes del MAE y/o adherentes del mismo a través de los cuales se presenten Órdenes de Compra, sin perjuicio que estos últimos podrían cobrar comisiones y/o gastos directamente a los inversores que presenten Órdenes de Compra a través de los mismos.
El Período Informativo de las Obligaciones Negociables iniciará el 22 de marzo de 2021 y finalizará el 25 de marzo de 2021. El Período de Subasta de las Obligaciones Negociables iniciará a las 10:00 horas del 26 de marzo y finalizará a las 16:00 horas del mismo día. Durante el Período de Subasta, los inversores interesados en suscribir Obligaciones Negociables deberán presentar a los Agentes Colocadores que se detallan más arriba o a los agentes del MAE (incluyendo, sin limitación, los Agentes Colocadores) y/o adherentes al mismo, en el horario indicado, las correspondientes Órdenes de Compra conforme con lo previsto en “ Plan de Distribución de las Obligaciones Negociables ” del Suplemento de Prospecto. La licitación pública que se realizará durante el Período de Subasta a través del módulo de licitaciones del sistema “SIOPEL” del MAE.
El Prospecto y el Suplemento de Prospecto y demás documentos relevantes para la emisión de las Obligaciones Negociables se encuentran a disposición de los interesados a través de los contactos que se indican en el punto 25 de este aviso, en la Página Web de la CNV y en el micrositio web de colocaciones primarias del MAE. La información incluida en el presente es información parcial que deberá ser completada con la información contenida en el Prospecto y en el Suplemento de Prospecto. Los interesados deben considerar cuidadosamente la información contenida en dichos documentos antes de tomar una decisión de invertir en las Obligaciones Negociables. La Emisora recomienda la lectura y examen del Prospecto y del Suplemento de Prospecto en su totalidad y de los estados contables de la Emisora y sus notas correspondientes.
La Emisora a su solo criterio podrá declarar desierta la colocación de las Obligaciones Negociables en cualquier momento. Dicha circunstancia no generará responsabilidad alguna a la Emisora ni a los Agentes Colocadores ni otorgará a los agentes del MAE y/o adherentes del mismo que hayan ingresado Órdenes de Compra (y/o a los inversores que hayan presentado a los mismos las correspondientes Órdenes de Compra), derecho a compensación y/o indemnización alguna. En caso de que se declare desierta la colocación de las Obligaciones Negociables, dichas Órdenes de Compra quedarán automáticamente sin efecto.
La oferta pública de las Obligaciones Negociables que se describe en este Aviso de Suscripción se encuentra comprendida dentro de la autorización de oferta pública otorgada por la CNV al Programa, en el marco de lo establecido por el artículo 41, Sección V, Capítulo V, Título II de las Normas de la CNV. El Suplemento de Prospecto no ha sido previamente revisado ni conformado por la CNV o por el MAE.
Organizador
Banco de Servicios y Transacciones S.A.
(Matrícula ALyC y AN Integral N° 64)
Agentes Colocadores
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Banco de Servicios y Transacciones S.A. ALyC y AN Integral Matrícula CNV N° 64
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SBS Trading S.A. Balanz Capital Valores S.A.U. ALyC y AN Integral ALyC y AN Integral Matrícula CNV N° 53 Matrícula CNV N° 210
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Banco Mariva S.A.
ALyC y AN Integral Matrícula CNV Nº 49
Agente Subcolocador
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Estructuras Financieras Regionales S.A.
ALyC y AN Propio Matrícula CNV N° 503
La fecha de este Aviso de Suscripción es 19 de marzo de 2021
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María Belén Paoletta Autorizada