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Credito Directo S.A. — Audit Report / Information 2020
Mar 31, 2021
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Acta de Comisión Fiscalizadora
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 31 días del mes de marzo de 2021, siendo las 11:00 horas, se reúnen en la sede social los miembros de la Comisión Fiscalizadora de Crédito Directo S.A., Sres. Francisco G. J. Gonzalez Fischer, Gabriel Orden y Hugo N. Lusa quienes firman al pie de la presente acta. La presente reunión tiene por objeto tratar el siguiente tema: Estados Financieros Condensados de CREDITO DIRECTO S.A. por el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2020 e Informe de la Comisión Fiscalizadora
Toma la palabra el Sr. Hugo N. Lusa quien manifiesta que se han completado las tareas de revisión correspondientes al ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2020 previstas en la Ley 19.550, y habiéndose tenido en cuenta el informe del auditor externo de la Sociedad de fecha 31 de marzo de 2021, la Comisión Fiscalizadora está en condiciones de emitir el informe correspondiente.
Tras un breve intercambio de opiniones, los Señores Síndicos resuelven aprobar por unanimidad, el texto del informe a emitir, el cual se transcribe a continuación:
INFORME DE LA COMISIÓN FISCALIZADORA SOBRE ESTADOS FINANCIEROS
A los señores Accionistas de
Crédito Directo S.A.
Av. Corrientes 1174 Piso 7
Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Hemos efectuado una revisión de los Estados Financieros de Crédito Directo S.A. (“la Sociedad”) que se adjuntan, los que comprenden el estado de situación financiera al 31 de diciembre de 2020, los estados de resultados integrales, de cambios en el patrimonio y de flujo de efectivo por el ejercicio finalizado en esa fecha, y un resumen de las políticas contables significativas y otra información complementaria seleccionada incluidas en Nota 1 a 19 y Anexos que los complementan.
Los saldos y otra información correspondientes al ejercicio 2019, son parte integrante de los Estados Financieros mencionados precedentemente y por lo tanto deberán ser considerados en relación con esos Estados Financieros.
Responsabilidad de la Dirección
El Directorio de la Entidad es responsable de la preparación y presentación razonable de los Estados Financieros correspondientes al ejercicio económico mencionado precedentemente de conformidad con las normas internacionales de información financiera (NIIF) adoptadas como normas contables profesionales argentinas por la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (FACPCE) e incorporadas por la Comisión Nacional de Valores (CNV) a su normativa tal como fueron aprobadas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB por sus siglas en ingles), y por lo tanto es responsable por la preparación y presentación de los Estados Financieros mencionados en el primer párrafo.
Asimismo, el Directorio de Crédito Directo S.A. es responsable de la existencia del control interno que considere necesario para permitir la preparación de Estados Financieros libres de incorrecciones significativas originadas en errores o en irregularidades.
Responsabilidad de la Comisión Fiscalizadora
Nuestra responsabilidad consiste en emitir una opinión sobre los Estados Financieros adjuntos sobre la base de nuestra revisión. Nuestro trabajo fue realizado de acuerdo con las normas de sindicatura vigentes. Dichas normas requieren que la revisión de los documentos antes citados se efectúe de acuerdo con las normas de auditoría vigentes. No hemos efectuado ningún control de gestión y, por lo tanto, no hemos evaluado los criterios y decisiones empresarias de administración, financiación y, comercialización, dado que estas cuestiones son de responsabilidad exclusiva del Directorio. Para realizar nuestra tarea profesional sobre los documentos citados en el primer párrafo, hemos revisado el trabajo efectuado por la firma Becher y Asociados S.R.L., en su carácter de auditores externos, quienes emitieron su informe con fecha 31 de marzo de 2021, de conformidad con la Normas Internacionales de Auditoria (NIAs). Dichas normas fueron adoptadas como normas de auditoría en Argentina mediante la Resolución Técnica N° 32 de la FACPCE tal y como fueron aprobadas por el Consejo de Normas Internacionales de Auditoría y Aseguramiento (IAASB por sus siglas en inglés). Dichas normas exigen que cumplamos los requerimientos de ética, así como que planifiquemos y ejecutemos la auditoría con el fin de obtener una seguridad razonable de que los Estados Financieros están libres de incorrecciones significativas.
Una auditoría conlleva la aplicación de procedimientos para obtener elementos de juicio sobre las cifras y la información presentadas en los Estados Financieros. Los procedimientos seleccionados dependen del juicio del auditor, incluida la valoración de los riesgos de incorrecciones significativas en los Estados Financieros. Al efectuar dichas valoraciones del riesgo, el auditor tiene en cuenta el control interno pertinente para la preparación y presentación razonable por parte de la Entidad de los Estados Financieros, con el fin de diseñar los procedimientos de auditoría que sean adecuados en función de las circunstancias y no con la finalidad de expresar una opinión sobre la eficacia del control interno de la Entidad. Una auditoría también incluye la evaluación de la adecuación de las políticas contables realizadas por la Dirección de la Entidad, así como la evaluación de la presentación de los Estados Financieros en su conjunto.
Consideramos que los elementos de juicio que hemos obtenido proporcionan una base suficiente y adecuada para nuestra opinión de auditoría sin salvedades.
Opinión
Como resultado de nuestra revisión, y basados en el informe de fecha 31 de marzo de 2021 que emitió la Dra. Leticia Ebba (Socia de Becher y Asociados S.R.L.), los Estados Financieros adjuntos presentan razonablemente, en todos sus aspectos significativos, la situación financiera de la Sociedad al 31 de diciembre de 2020, así como sus resultados integrales, los cambios de su patrimonio y el flujo de su efectivo por el ejercicio finalizado en esa fecha, de acuerdo con las Normas establecidas por la Comisión Nacional de Valores.
Información sobre otros requerimientos legales y reglamentarios
En cumplimiento de disposiciones vigentes, informamos que:
Los Estados Financieros adjuntos se encuentran asentados en el libro Inventario y Balances, y surgen de los registros contables de la Sociedad llevados, en sus aspectos formales, de conformidad con las disposiciones legales vigentes.
Hemos leído la Reseña Informativa, sobre la cual, en lo que es materia de nuestra competencia, no tenemos observaciones que formular.
En ejercicio del control de legalidad que nos compete, hemos aplicado durante el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2020 los restantes procedimientos descriptos en el artículo N°294 de la Ley N°19550, que consideramos necesarios de acuerdo con las circunstancias, no teniendo observaciones que formular al respecto.
Hemos aplicado los procedimientos sobre prevención de lavado de activos de origen delictivo y financiación del terrorismo previsto en las correspondientes normas profesionales emitidas por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
En relación con la Memoria del Directorio, no tenemos observaciones que formular en materia de nuestra competencia, siendo las afirmaciones sobre hechos futuros responsabilidad exclusiva del Directorio de la Sociedad.
Hemos revisado la situación de cumplimiento de las garantías de los directores de acuerdo a las resoluciones vigentes de la Inspección General de Justicia y al respecto no tenemos observaciones que formular.
De acuerdo a lo requerido por las normas de la CNV, sobre la independencia del auditor externo y sobre la calidad de las políticas de auditoría aplicadas por el mismo y de las políticas de contabilización de la Sociedad, el informe del auditor externo descripto anteriormente, incluye la manifestación de haber aplicado las normas de auditoría vigentes en Argentina, que comprenden los requisitos de independencia, y no contienen salvedades en relación con la aplicación de dichas normas ni discrepancias con respecto a las normas contables profesionales aplicadas.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 31 de marzo de 2021
Asimismo, se resuelve autorizar al Sr. Francisco G. J. Gonzalez Fischer para firmar en representación de la Comisión Fiscalizadora, el informe mencionado, los estados contables y cualquier otra documentación necesaria a efectos de cumplir con los requisitos legales y / o administrativos sobre los que se requiera intervención de esta Comisión en relación a los citados estados contables.
Sin más asuntos que tratar, se da por concluida la sesión, siendo las 12:00 horas.
Francisco G.J. Gonzalez Fischer Gabriel Orden Hugo N. Lusa