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COMPAÑIA TSB S A Governance Information 2024

Feb 23, 2024

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Governance Information

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FOFPAL REFUBLIC

TESTIMONIO

FOLIO 398: PRIMERA COPIA: CONSTITUCION SOCIEDAD ANONIMA: "COMPAÑÍA TSB S.A.".- ESCRITURA NUMERO DOSCIENTOS SEIS.- En la ciudad de Buenos Aires, Capital de la República Argentina, a veintiseis de abril del año dos mil uno, ante mí, Escribana Autorizante, COMPARECEN Claudio Ernesto URCERA, argentino, casado en primeras nupcias con María Cecilia Roza, comerciante, nacido el 2 de noviembre de 1965, con Documento Nacional de Identidad número 17.475.352, C.U.I.T. 20-17475352-1, domiciliado en Pellegrini 445, San Antonio Oeste, provincia de Río Negro, República Argentina y $\mathbf{a}$ Lidia Justina PAZOS, argentina, casada, hija de Angel Fidel Pazos y Paula 9 Benedita Paz, comerciante, nacida el 31 de mayo de 1947, con Libreta Cívica 10 número 5.288.391, C.U.I.T. 27--05288391-7, con domicilio en domiciliado en $11$ Avellaneda 255, San Antonio Oeste, provincia de Río Negro, República Argentina; 12 mayores, capaces, de mi conocimiento, doy fe, y DICEN: Que concurren a este 13 acto a los efectos de constituir esta Sociedad Anónima que se regirá por las 14 siguientes cláusulas: PRIMERA: la Sociedad se denomina "COMPAÑÍA TSB 15 S.A." y tendrá su domicilio legal y comercial en esta ciudad.- SEGUNDA: su 16 plazo de duración es de NOVENTA Y NUEVE AÑOS contados desde su inscripción $17$ en el Registro Público de Comercio.- TERCERA: OBJETO: La sociedad tiene por 18 objeto realizar por cuenta propia, de terceros y/o asociada a terceros, en el país 19 y/o en el exterior las siguientes actividades: 1) Transporte de Pasajeros y Cargas: 20 Transporte individual o colectivo de pasajeros y cargas por automotor, por 21 recorridos urbanos, interurbanos, de corta, media y larga distancia, comunales, 22 de zonas rurales, de circuitos turísticos, provinciales, interprovinciales o 23. internacionales actualmente autorizados y los que en el futuro autoricen las 24 autoridades municipales, provinciales y/o nacionales. El transporte de personal 25

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de conducción y operarios desde su lugar de residencia hasta el de trabajo. 26 Operar servicios regulares de línea, en todas sus categorías y especialidades, 27 excursiones, turismo, contratados y cualquier otra modalidad contemplada o que 28 en el futuro contemple la legislación en materia de transporte o los usos y 29 costumbres del sector. Participar en concesiones de servicios públicos de ദ്വ ,
‡ransporte urbano, interurbano, interzonal, interprovincial o internacional. 31 Explotar el servicio de transporte de pasajeros y cargas por vía marítima, fluvial o 32 aérea, o combinadas entre sí y por medios terrestres, pudiendo ser titular de los 33 permisos de navegación o rutas aéreas. Podrá también operar servicios 34 accesorios al transporte de pasajeros, cargas, encomiendas, y correspondencia, 35 tanto oficial como privada; servicios turísticos en general, pudiendo actuar como $36$ agencia de viajes y de turismo, estableciendo servicios de transporte para 37 circuitos turísticos, en forma permanente o transitoria, ya sea por vía terrestre o 38 combinando éstas con servicios marítimos o aéreos. Comprar, vender, arrendar, 39 entregar en comodatos, leasing o cualquier otra forma contractual lícita todo tipo 40 de vehículos y medios de transporte o de cosas u objetos destinados directa o 41 indirectamente a tal fin; importar y exportar automotores, buques, aviones, 42 motores, carrocerías, chasis, repuestos, autopartes en general y toda otra clase 43 de bienes útiles para el cumplimiento del objeto social. Realizar todo tipo de 44 actividades directa o indirectamente vinculadas con el transporte de bienes o 45 personas y el turismo.- 2) Prestación de servicios profesionales y contratación de 46 Mano de Obra: a) Prestación por cuenta propia o de terceros, o asociada a $47$ terceros, de servicios profesionales y técnicos para la ejecución de obras o 48 servicios. b) Contratación de mano de obra especializada o de simples operarios 49 con destino a la prestación de servicios u obras determinadas, ya sea contratadas 50

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TESTIMONIO

directamente con la sociedad o subcontratadas; $\mathbf{C}$ Ejercicios $\overline{\phantom{a}}$ de representaciones, mandatos, comisiones, estudios, proyectos, dictámenes, $\overline{2}$ asesoramiento, brokerage e investigación y todo otro tipo de asistencia técnica, 3 incluyendo la que deban ser prestadas por profesionales con títulos habilitantes. $\overline{\mathbf{A}}$ d) Ejercicio de representaciones comerciales e industriales, consignaciones, $\bar{\mathbf{5}}$ comisiones y mandatos referentes a tales actividades. La prestación de servicios 6 de cualquier naturaleza a personas físicas, empresas públicas y/o privadas.- 3) $\overline{7}$ Limpieza y Saneamiento industrial y ambiental: a) Prestación de servicios de 8 limpieza y mantenimiento de espacios públicos y privados; b) Saneamiento de $\mathbf{Q}$ instalaciones industriales, establecimientos comerciales, vía pública, espacios $10$ públicos o privados destinados a la recreación o al uso general; c) Mantenimiento 11 y reparación de instalaciones públicas; d) Forestación y reforestación de espacios 12 públicos o privados y su mantenimiento; e) Riego de calles, mantenimiento de 13 aceras, tareas de bacheo, construcción, reconstrucción y colocación de 14 señalizadores; f) En general la prestación de servicios públicos y de 15 mantenimiento y conservación de espacios públicos o privados.- 4) Explotación $16$ Integral de Establecimientos Agrícolo- Ganaderos: Explotación directa por sí o por 17 terceros en establecimientos rurales, ganaderos, agrícolas, forestales, propiedad 18 de la sociedad o de terceras personas, cría, invernación, mestización, venta, 19 cruza de ganado, explotación de tambos, forestación, cultivo, compra, venta y 20 acopio de cereales, recolección de cosechas, elaboración de productos lácteos, $21$ ejecución de otras operaciones y procesos y/o ganaderos así como la compra, 22 venta, distribución, importación y exportación de todas las materias primas 23 derivadas de la explotación agrícola y ganadera.- 5) Inmobiliaria: compra, venta 24 y locación de bienes inmuebles, urbanos o rurales, loteos, pudiendo también 25

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someter inmuebles al régimen de propiedad horizontal.- 6) Explotación de 26 Comercio en general: Compra y Venta de bienes muebles en general.- 7) $27$ Fabricación y Comercialización de Elementos Vinculados con las Redes de 28 Energía: fabricar, construir, comprar y vender, consignar, distribuir, importar, 29 exportar y tener representaciones de aparatos, equipos, elementos, materiales, 30 herramientas, partes y repuestos para la realización de redes de energía.- 8) 31 Servicios de Mantenimiento a la Industria Energética: La sociedad podrá prestar 32 el servicio de mantenimiento de equipos, aparatos y redes de energía, su 33 construcción, instalación y reparación.- A tal fin la sociedad tiene plena capacidad 34 ĵurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones, y ejercer actos que no 35 sean prohibidos por las leyes o por este estatuto.- CUARTA: El capital social se 36 fija en la suma de PESOS DOCE MIL QUINIENTOS -\$12.500- representados por 37 MIL DOSCIENTOS CINCUENTA -1.250- acciones ordinarias nominativas no 38 endosables con derecho a un voto cada una y de un valor de \$10= cada acción.-39 QUINTA: el capital puede aumentarse al quíntuplo por Asamblea ordinaria, 40 mediante la emisión de acciones nominativas no endosables con derecho a un 41 yoto cada una y de valor de \$10= -diez pesos- cada acción, emisión que la 42 Asamblea podrá delegar en el Directorio en los términos del artículo 188 de la 43 Ley 19.550, texto ordenado por Decreto 841/84.- SEXTA: los títulos 44 representativos de acciones y los certificados provisionales contendrán las 45 menciones previstas en los artículos 211 y 212 de la Ley 19.550 -texto ordenado 46 por Decreto 841/84-. Además los títulos representativos de acciones contendrán 47 las menciones previstas en el artículo 1 del Decreto 251/96.- SEPTIMA: en caso 48 de mora en la integración de las acciones, el Directorio podrá elegir cualquiera 49 de los procedimientos del artículo 193 de la Ley 19.550 -texto ordenado por

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Decreto 841/84 .- OCTAVA: la dirección de la sociedad estará a cargo del DIRECTORIO, integrado por uno a tres titulares, pudiendo la Asamblea elegir $\mathcal{P}$ igual o menor número de suplentes, los que se incorporarán al Directorio por 3 orden de su designación; mientras la sociedad prescinda de la sindicatura, la 4 elección por Asamblea de uno o más directores suplentes será obligatoria.- El $\overline{5}$ término de su elección es de tres ejercicios.- La Asamblea fijará el número de 6 directores así como su remuneración.- El Directorio sesionará con la mitad más $\overline{7}$ uno de sus integrantes y resuelve por mayoría de los presentes; en caso de Ŕ empate el Presidente desempatará votando nuevamente.- En su primera reunión 9 designará un Presidente, pudiendo en caso de pluralidad de titulares designar un 10 Vicepresidente que suplirá al primero en caso de ausencia o impedimento.- Se $11$ reunirá con una frecuencia no superior a los tres meses. En garantía de sus $12$ funciones los titulares depositarán en la caja social la suma de \$500= -quinientos 13 pesos- o su equivalente en títulos valores públicos.- El Directorio tiene amplias $14$ facultades de administración y disposición incluso las que requieren poderes 15 especiales a tenor del artículo 1881 del Código Civil y el artículo 9 del Decreto 16 Ley 596/53 .- Podrán especialmente operar con toda clase de Bancos, compañías 17 financieras o entidades crediticias oficiales y privadas; dar y revocar poderes 18 especiales y generales, judiciales, de administración u otros, con o sin facultad 19 de sustituir, iniciar, proseguir, contestar o desistir denuncias, querellas penales y 20 realizar todo otro hecho o acto jurídico que haga adquirir derechos o contraer $\mathbf{p}$ obligaciones a la sociedad.- La representación legal de la sociedad corresponde al 22 Presidente del Directorio o al Director Suplente en su caso.- NOVENA: la 23 sociedad prescinde de la sindicatura conforme lo dispuesto en el artículo 284 de 24 la Ley 19.550 -texto ordenado por Decreto 841/84 .- Cuando por aumento del 25

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capital social la sociedad quedara comprendida en el inciso 2 del artículo 299 de 26 la citada Ley, anualmente la Asamblea deber elegir síndicos titular y suplente.-27 DECIMA: las Asambleas podrán ser citadas simultáneamente en primera y 28 segunda convocatoria en la forma establecida por el artículo 237 de la Ley $29$ 19.550 -texto ordenado por Decreto 841/84-, sin perjuicio de lo alli dispuesto 30 para el caso de Asamblea unánime, en cuyo caso se celebrará en segunda 31 convocatoria el mismo dia una hora después de fracasada la primera. En caso de 32 convocatoria sucesiva se estará a lo dispuesto en el artículo 237 antes citado. El 33 quórum y el régimen de mayorías se rigen por los artículos 243 y 244 de la Ley 34 19.550 -texto ordenado por Decreto 841/84-, según las clases de Asambleas, 35 convocatorias y materia que se trate. La Asamblea extraordinaria en segunda 36 convocatoria se celebrará cualquiera sea el número de acciones presentes con 37 iderecho a voto.- DECIMA PRIMERA: el cierre del ejercicio social se operará 30 38 $\acute{a}$ de junio de cada año y se confeccionarán los estados contables de acuerdo a las 39 disposiciones legales, reglamentarias y técnicas en vigencia.- Las ganancias 40 realizadas y líquidas se designarán: 1) el 5% -cinco por ciento- hasta alcanzar el 41 20% -veinte por ciento- del capital social al fondo de reserva legal; 2) a 42 remuneración del Directorio y sindicatura, en su caso y 3) el saldo tendrá el 43 destino que decida la Asamblea.- Los dividendos deberán ser pagados en 44 proporción a las respectivas integraciones dentro del año de su sanción.-45 DECIMA SEGUNDA: producida la disolución de la sociedad su liquidación estará 46 a cargo del Directorio actuante en ese momento o de una comisión liquidadora 47 que podrá designar la Asamblea. En ambos casos si correspondiere, se 48 procederá bajo la vigilancia del síndico.- Cancelado el pasivo y reembolsado el 49 capital remanente se distribuirá entre los accionistas a prorrata de sus 50

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respectivas tenencias.- EN ESTE ESTADO los socios RESUELVEN: a) fijar la sede 1 social en Viamonte 1653, primer piso, de la Ciudad de Buenos Aires.- b) $\mathfrak{p}$ SUSCRIPCION E INTEGRACION DEL CAPITAL: el capital social se suscribe e 3 integra de la siguiente manera: 1) Claudio Ernesto URCERA suscribe seiscientas $\overline{a}$ cincuenta -650- acciones ordinarias nominativas no endosables de un voto cada Ŗ, una y de \$10= valor nominal cada acción; 2) Lidia Justina PAZOS suscribe 6 seiscientos -600- acciones ordinarias nominativas no endosables de un voto cada 7 una y de \$10= valor nominal cada acción. Cada uno de los accionistas integra en Ŕ este acto el veinticinco por ciento de la suscripción en dinero efectivo y se obliga g a integrar el saldo restante, dentro del plazo que determina el artículo 166 de la $10$ Ley 19.550 .- c) DESIGNACION DEL DIRECTORIO: PRESIDENTE: Lidia Justina $11$ PAZOS .- DIRECTOR SUPLENTE: Claudio Ernesto URCERA .- Los comparecientes $12$ aceptan los cargos para los que fueron designados.- AUTORIZACION: los $13$ comparecientes otorgan PODER ESPECIAL a favor de Fernando Daniel CHITERER, $14$ con Documento Nacional de Identidad número 21.963.280 y/o Vanesa CORDOBA, 15 para tramitar la inscripción del presente contrato en el Registro Público de 16 Comercio con facultades de aceptar las modificaciones que indique la Inspección $17$ General de Justicia, otorgando los instrumentos que resulten necesarios, 18 acompañando y desglosando documentación; depositar y retirar los fondos a que 19 se refiere el artículo 149 de la Ley 19.550, firmar fojas notariales solicitando la 20 rúbrica de los libros societarios y en fin para que practique cuantos más actos, $21$ gestiones y diligencias sean conducentes al mejor desempeño del presente 22 mandato, que podrán sustituir.- Los comparecientes manifiestan que han sido 23 debidamente asesorados sobre los alcances y consecuencias de la presente 24 escritura.- LEIDA Y RATIFICADA la otorgan y firman ante mi, doy fe.- Hay dos 25

The Company of the Company of the Company of the Company of the Company of the Company of the Company of the Co

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firmas ilegibles que pertenecen al señor Claudio Ernesto URCERA y a la señora Lidia Justina PAZOS.- Está mi sello y firma que dice: Lidia Yanina ROTMISTROVSKY.- CONCUERDA con su escritura matriz que pasó ante mí, al folio número 398 del Registro de esta ciudad número 849, de mi adscripción.-Para la Sociedad "COMPAÑÍA TSB S.A." expido esta PRIMERA COPIA en las Fojas de Actuación Notarial número B014135147, B014135148, B014135149 y B014135150 que firmo y sello en el lágar de sú otorgamiento, a los diecinueve días del mes de junio del año dos milluno.

$\ell \geq 1$

$u \, \alpha$ ے خلا LIDIA YANINA ROTMISTROVSKY ESCRIBANA
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Suenos Aires, 10/09/2001

Tramite Nro. 00291

Razon social COMPAÑIA TGS

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$\epsilon_{\rm t}$

$\begin{pmatrix} 1 \ 2 \ 3 \end{pmatrix}$

INGPECCION GENERAL DE JUSTICIA CONSTITUCION TRAM. PRECALTFICADO

Numero Correlativo I.G.J.: 1697395 SOCIEDAD ANONIMA

(antes) escritura/s 206*354* y/o instrumentos privados $\sim$ $\mu$ $\label{eq:1} \frac{1}{\sqrt{2}}\int_{0}^{1} \frac{1}{\sqrt{2}}\left( \frac{1}{2} \left( \frac{1}{2} \frac{1}{2} \frac{1}{2} \frac{1}{2} \frac{1}{2} \frac{1}{2} \frac{1}{2} \right) \right) \,d\theta.$ . a Inscripto en este Registro bajo el numero 12214 $\frac{1}{2}$ , tomo – del libro 15 de GOOIEDADES POR ACCIONES Contar: * 0 KReempl. -

MARIA P. PETRALLI OS GRILLO HARIA P. PETROMADORA
COORDINADORA
INSPECTOMONT CENTERAL DE JUSTICIA 0130178

CECF-Legalizacion Nro. 200110250586/4

$\mathcal{F}{\mathcal{S}}$ . $\left\langle \mathbf{S}{\mathbf{S}} \mathbf{Z}_{\mathbf{S}} \right\rangle$ المعطانين