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COM & LOG SA — Capital/Financing Update 2024
Oct 16, 2024
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Capital/Financing Update
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AVISO DE SUSCRIPCIÓN
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COM & LOG S.A.
OBLIGACIONES NEGOCIABLES PYME CNV GARANTIZADA COM & LOG SERIE II
OBLIGACIONES OBLIGACIONES OBLIGACIONES NEGOCIABLES PYME NEGOCIABLES PYME NEGOCIABLES PYME CNV GARANTIZADA CNV GARANTIZADA CNV GARANTIZADA COM & LOG SERIE II COM & LOG SERIE II COM & LOG SERIE II CLASE A, CLASE B, CLASE C, DENOMINADAS, DENOMINADAS, DENOMINADAS, INTEGRADAS Y INTEGRADAS Y INTEGRADAS Y PAGADERAS EN PAGADERAS EN PAGADERAS EN PESOS A UNA TASA PESOS A UNA TASA PESOS A UNA TASA DE INTERÉS DE INTERÉS DE INTERÉS FIJA VARIABLE CON VARIABLE CON CON VENCIMIENTO VENCIMIENTO A VENCIMIENTO A A LOS 12 MESES DE LOS 24 MESES DE LA LOS 12 MESES DE LA LA FECHA DE FECHA DE EMISIÓN FECHA DE EMISIÓN EMISIÓN Y Y LIQUIDACIÓN Y LIQUIDACIÓN LIQUIDACIÓN
POR UN VALOR NOMINAL EN CONJUNTO DE HASTA $ 500.000.000. AMPLIABLE POR HASTA $900.000.000
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Banco de Galicia y Buenos Banco Supervielle S.A. Banco Comafi S.A.
Aires S.A.U.
Agente de Liquidación y Agente de Liquidación y Agente de Liquidación y
Compensación y Agente de Compensación y Agente de Compensación Integral y
Agente de Negociación
Negociación Integral Matrícula Negociación Integral N° 57 de
Matrícula N° 54 de la CNV
CNV Nº 22 la CNV
Organizador, Colocador y Organizador, Colocador y Organizador, Colocador y
Entidad de Garantía Entidad de Garantía Entidad de Garantía
GMC Valores S.A.
Agente de Liquidación y Compensación Propio Matrícula N° 90 de la CNV
Colocador
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Se comunica al público inversor en general que COM & LOG S.A. (la “ Sociedad ” o la “ Emisora ” o el “ Emisor ” indistintamente) ofrece en suscripción las: (i) las obligaciones negociables Pyme CNV Garantizadas Com & Log Serie II clase A, denominadas, integradas y pagaderas en pesos a una tasa de interés variable con vencimiento a los 24 meses de la Fecha de Emisión y Liquidación (conforme este término se define más adelante) (las “ON Pyme CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase A” ); (ii) las obligaciones negociables Pyme CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase B, denominadas, integradas y pagaderas en pesos a una tasa de interés variable con vencimiento a los 12 meses de la Fecha de Emisión y Liquidación (las “ON Pyme CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase B” ); y (iii) las obligaciones negociables Pyme CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase C, denominadas, integradas y pagaderas en pesos a una tasa de interés fija con vencimiento a los 12 meses de la Fecha de Emisión y Liquidación (las “ON Pyme CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase C” , y junto con las ON Pyme CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase A y las ON Pyme CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase B, las “ON Pyme CNV Garantizadas Com & Log Serie II” o las “Obligaciones Negociables”)
Las ON Pyme CNV Garantizadas Com & Log Serie II serán emitidas en el marco del régimen previsto en la Sección III, Capítulo VI, Título II de las Normas de la Comisión Nacional de Valores (la “ CNV ”). Asimismo, dicha emisión ha sido autorizada por la CNV mediante la Resolución RESFC-2024-22894-APN-DIR#CNV de fecha 3 de octubre de 2024, y de acuerdo con los principales términos y condiciones que se resumen a continuación y que forman parte del prospecto de emisión de las ON Pyme CNV Garantizadas Com & Log Serie II de fecha 16 de octubre de 2024 (el “ Prospecto ”) y que fuera publicado el 16 de octubre de 2024 en el sitio web de la CNV (www.argentina.gob.ar/cnv) (el “ Sito Web de la CNV ”), en el boletín informativo de Bolsas y Mercados Argentinos S.A. (“ BYMA ”) y en la página web del Mercado Abierto Electrónico (“MAE”) (www.mae.com.ar). Asimismo, se encuentra disponible en la sede de la Sociedad y de los Colocadores.
Todos los términos que comiencen en mayúscula que no se encuentren expresamente definidos en el presente aviso, tendrán el significado que se les asigna en el Prospecto.
TÉRMINOS Y CONDICIONES COMUNES DE EMISIÓN DE LAS OBLIGACIONES NEGOCIABLES.
Emisor: COM & LOG S.A.
Denominación: Obligaciones Negociables PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II.
Monto de emisión: El valor nominal a emitirse bajo las Obligaciones Negociables PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II no superará la suma de V/N 500.000.000 (pesos quinientos millones) ampliable por hasta $900.000.000 (pesos novecientos millones) (el “Monto Máximo de Emisión”), en forma individual o conjunta entre las ON PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase A, ON PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase B y las ON PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase C. El monto definitivo de la emisión será determinado por la Emisora al cierre del Período de Licitación e informado en el Aviso de Resultados, conforme tales términos se definen más adelante.
Moneda de Denominación y Pago: Las Obligaciones Negociables PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II estarán denominadas y serán pagaderas en pesos.
Moneda de Suscripción e Integración: Las Obligaciones Negociables PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II serán suscriptas e integradas en pesos.
Denominación mínima: V/N $1 (Pesos uno)
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Monto mínimo de suscripción: V/N $10.000 (Pesos diez mil) y múltiplos de V/N $1 (Pesos uno) por encima de dicho monto.
Unidad mínima de negociación: V/N $ 1 (Pesos uno) y múltiplos de V/N $1 (Pesos uno) por encima de dicho monto.
Intereses: Los intereses serán pagaderos trimestralmente por plazo vencido contado desde la Fecha de Emisión y Liquidación en las fechas que sean un número de día idéntico al de la Fecha de Emisión y Liquidación, pero del correspondiente mes en que los intereses deban ser abonados o, de no ser un Día Hábil (conforme dicho termino se define más adelante) o no existir dicho día, el primer Día Hábil posterior (en adelante, cada una, una “Fecha de Pago de Interés”). El primer Período de Devengamiento de Intereses será el comprendido entre la Fecha de Emisión y Liquidación, y la primera Fecha de Pago de Interés, incluyendo el primer día y excluyendo el último día, por consiguiente, la primera Fecha de Pago de Interés será al tercer mes vencido de la Fecha de Emisión y Liquidación. La última Fecha de Pago de Interés será en la Fecha de Vencimiento de las ON PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase A (conforme este término se define más adelante), o la Fecha de Vencimiento de las ON PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase B (conforme este término se define más adelante), o la Fecha de Vencimiento de las ON PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase C (conforme este término se define más adelante), según corresponda. Las Fechas de Pago de Intereses serán informadas en el Aviso de Resultados.
“Día Hábil” significa cualquier día que no sea sábado, domingo o cualquier otro día en el cual los bancos comerciales en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y/o los mercados de valores autorizados estuvieran autorizados o requeridos por las disposiciones legales vigentes a cerrar o que, de otra forma, no estuvieran abiertos para operar o tuvieran alguna restricción para operar dispuesta por el Banco Central de la República Argentina (“BCRA”).
Para el cálculo de los intereses se considerará la cantidad real de días transcurridos y un año de 365 (trescientos sesenta y cinco) días.
Intereses moratorios: Los intereses moratorios se devengarán desde cada Fecha de Pago de Servicios respecto del servicio impago. Los mismos ascenderán a una vez y media el interés determinado sobre los conceptos adeudados.
Forma de los títulos: Las Obligaciones Negociables PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II de cada clase serán documentadas por un certificado global permanente depositados en la Caja de Valores S.A. (“CVSA”). Los obligacionistas renuncian al derecho a exigir la entrega de láminas individuales. Las transferencias se realizarán dentro del sistema de depósitos colectivo encontrándose habilitada la CVSA para cobrar aranceles a los depositantes, que estos podrán trasladar a los beneficiarios.
Fecha de Pago de Servicios: Los servicios de intereses y de amortización de las Obligaciones Negociables PYME CNV Garantizada serán pagaderos en las fechas de pago de servicios (las “Fechas de Pago de Servicios”) que se indiquen en el cuadro de pago de servicios indicado en el presente Aviso de Suscripción (el “Cuadro de Pago de Servicios”). Si la fecha fijada para el pago fuera un día inhábil, quedará pospuesta al Día Hábil siguiente, devengando intereses por el o los días que se posponga el vencimiento. Las obligaciones de pago se considerarán cumplidas y liberadas en la medida en que la Emisora ponga a disposición de CVSA los fondos correspondientes. Se entenderá por “Día Hábil” cualquier día que no sea sábado, domingo o cualquier otro día en el cual los bancos comerciales en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o los mercados de valores autorizados estuvieran autorizados o requeridos por las disposiciones legales vigentes a cerrar o que, de otra forma, no estuvieran abiertos para operar o tuvieran alguna restricción para operar dispuesta por el BCRA. Si una fecha de pago no fuera un Día Hábil, el pago deberá hacerse el Día Hábil inmediato posterior, salvo que ese día caiga después de la Fecha de
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Vencimiento de cualquiera de las clases de Obligaciones Negociables, caso en el cual el pago deberá hacerse el Día Hábil inmediato anterior. En el caso de que el día en el que debe realizarse el pago sea un día que no tenga numeración correspondiente en el mes calendario que corra (por ejemplo, el día 29 de febrero en un año no bisiesto), ese pago deberá realizarse el último Día Hábil de ese mes calendario. Cualquier pago adeudado bajo las Obligaciones Negociables efectuado en dicho Día Hábil inmediatamente posterior tendrá la misma validez que si hubiera sido efectuado en la fecha en la cual vencía el mismo, devengándose los intereses durante el período comprendido entre dicha fecha y el día inmediato anterior al del efectivo pago.
Agente de Depósito Colectivo: Caja de Valores S.A.
Pagos de Servicios: La amortización y pago de los intereses correspondiente a las Obligaciones Negociables PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II serán efectuados por la Emisora mediante las transferencias de los importes correspondientes a CVSA para su acreditación en las cuentas de los tenedores con derecho a cobro.
Forma de colocación: La colocación de las Obligaciones Negociables PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II será realizada por “subasta o licitación pública”, a través del sistema informático de colocaciones primarias “SIOPEL” de propiedad y operado por el MAE (el “SIOPEL”), bajo la modalidad “abierta” conforme lo dispuesto por las Normas de la CNV y de los mercados autorizados en los cuales las mismas se listen y/o negocien (incluyendo, sin limitación, al MAE). Banco Superveille será el encargado de generar el pliego de licitación en el SIOPEL. Ni la Emisora ni los Colocadores tendrán responsabilidad alguna por las órdenes de compra presentadas a otros agentes de MAE distintos de los Colocadores. Los inversores interesados en presentar órdenes de compra deberán contactar a cualquier agente de MAE (incluyendo, sin limitación, a los Colocadores) con suficiente anticipación a la finalización del Período de Licitación, a fin de posibilitar que las correspondientes órdenes de compra sean presentadas a través del módulo de licitaciones del SIOPEL antes de que finalice el Período de Licitación. Ni la Emisora ni los Colocadores pagarán comisión y/o reembolsarán gasto alguno a los agentes de MAE (distintos de los Colocadores) a través de los cuales se presenten órdenes de compra, sin perjuicio de que estos podrían cobrar comisiones y/o gastos directamente a los inversores que presenten órdenes de compra a través de los mismos.
La oferta de las Obligaciones Negociables PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II constará de un tramo competitivo (el “Tramo Competitivo”) y un tramo no competitivo (el “Tramo No Competitivo”). Las órdenes de compra remitidas bajo el Tramo Competitivo de la clase en cuestión deberán indefectiblemente incluir: (i) el diferencial de tasa Solicitado para las ON PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase A expresado como un porcentaje anual truncado a dos decimales (el “Diferencia del Tasa Solicitado para las ON PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase A”), (ii) el diferencial de tasa Solicitado para las ON PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase B expresado como un porcentaje anual truncado a dos decimales (el “Diferencia del Tasa Solicitado para las ON PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase B”) y (iii) la tasa fija nominal anual solicitada expresada como un porcentaje anual truncado a dos decimales (la “Tasa Solicitada”) para las ON PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase C, mientras que aquellas que se remitan bajo el Tramo No Competitivo no incluirán dichas variables.
La totalidad de las Obligaciones Negociables PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II de cada clase adjudicadas al Tramo No Competitivo no podrá superar el 50% de las Obligaciones Negociables PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II de cada clase a emitirse.
Todas las órdenes de compra bajo el Tramo No Competitivo no podrán ser superiores a $50.000 (pesos cincuenta mil). Todas las órdenes de compra que superen dichos montos serán consideradas órdenes de compra bajo el Tramo Competitivo debiendo indicar el Diferencial de Tasa para las ON
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PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase A, Diferencial de Tasa para las ON PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase B y la Tasa Solicitada para las ON PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase C.
Bajo el Tramo Competitivo los oferentes podrán presentar, sin limitación alguna, más de una orden de compra que contengan montos y el Diferencial de Tasa para las ON PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase A, el Diferencial de Tasa para las ON PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase B, o la Tasa Solicitada para las ON PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase C que pueden ser distintos entre sí, de las distintas órdenes de compra del mismo oferente, pudiendo quedar adjudicadas una, todas o ninguna de las órdenes de compra remitidas, de conformidad con el procedimiento que se describe en esta sección.
Ningún inversor podrá ingresar ofertas por un monto superior al Monto Máximo de la Emisión ya sea que se presenten en una o más ofertas a través de uno o más colocadores.
Los inversores interesados bajo el Tramo Competitivo podrán limitar el monto solicitado en sus órdenes de compra de ON PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II a un porcentaje máximo del valor nominal total de las ON PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II a emitirse de la clase en cuestión (“el Porcentaje Máximo”). Dicho porcentaje máximo deberá ser detallado por cada inversor interesado en su respectiva orden de compra correspondiente al Tramo Competitivo. Para la adjudicación final de las ON PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II se tomará en consideración: (i) el monto que resulte de aplicar el Porcentaje Máximo al monto de ON PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II de la clase respectiva que decida emitir la Emisora, y (ii) el monto nominal previsto en la orden de compra solicitada; el que sea menor.
Las Obligaciones Negociables PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II serán ordenadas de manera ascendente y colocadas conforme el Diferencial de Tasas para las ON PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase A, el Diferencial de Tasa para las ON PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase B, y la Tasas Solicitada para las ON PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase C en las órdenes de compra recibidas durante el Período de Licitación, volcando en primer lugar las órdenes de compra que formen parte del Tramo No Competitivo de cada clase y en segundo lugar las Ofertas que formen parte del Tramo Competitivo de cada clase. La Emisora, teniendo en cuenta las condiciones de mercado vigentes, determinará el Diferencial de Corte de las ON PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase A (conforme este término se define más adelante) , el Diferencial de Corte de las ON PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase B (conforme este término se define más adelante) y la Tasas Fija para las ON PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase C y el monto a emitir de las Obligaciones Negociables PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II de cada clase, pudiendo en su defecto declarar desierta la colocación. La adjudicación se realizará a un diferencial de corte único para las ON PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase A (el mayor Diferencial de Tasa aceptado) para todas las ofertas aceptadas (el “Diferencial de Corte de las ON PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase A”), y para las ON PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase B (el mayor Diferencial de Tasa aceptado) para todas las ofertas aceptadas (el “Diferencial de Corte de las ON PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase B”) y una tasa fija única (la mayor tasa aceptada) para todas las ofertas aceptadas (la “Tasa Fija”) para todas las ofertas aceptadas para las ON PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase C.
El Diferencial de Tasa de las ON PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase A y el Diferencia de Tasa de las ON PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase B deberá ser expresado como un porcentaje anual truncado a dos decimales y el mismo podrá ser positivo, igual al 0,00% o negativo.
En caso de que el Diferencial de Tasa para las ON PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase A o para las ON PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase B fuera negativo, los
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puntos básicos en cuestión serán detraídos de la Tasa Badlar en la Fecha de Pago de Intereses, según pudiera aplicar. De esta forma, podría suceder que las ON PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase A o las ON PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase B puedan no generar interés, sin perjuicio lo cual, en el caso de que la Tasa de Interés Aplicable (sumatoria de la Tasa de Badlar y el Diferencial de Tasa de las ON PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase A o el Diferencial de Tasa de las ON PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase B) diera como resultado un monto negativo, se entenderá que el interés bajo las ON PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase A o las ON PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase B será de 0,00%.
La Tasa Solicitada para las ON PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase C deberá ser expresada como un porcentaje anual truncado a dos decimales y el mismo no podrá ser inferior a 0 (cero). Se aclara al público inversor que la Tasa de Interés de las ON CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase C podrá ser igual a 0.
La Emisora podrá declarar desierta la colocación de las Obligaciones Negociables PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II de todas o una de una o más clases en caso de: (i) ausencia de órdenes de compra respecto de la totalidad de las Obligaciones Negociables PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II ofrecidas o de una clase en particular, (ii) que los Diferenciales de Tasa para las ON PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase A y para las ON PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase B, y las Tasas Solicitadas para las ON PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase C hubieren sido superiores a los esperados por la Emisora; (iii) que el valor nominal total de las órdenes de compra recibidas hubiere sido inferior al esperado por la Emisora; (iv) que hubieren sucedido cambios adversos en los mercados financieros o de capitales locales, así como en las condiciones generales de la Emisora o de la República Argentina, incluyendo, con carácter meramente enunciativo, condiciones políticas, económicas, financieras, sanitarias o de tipo de cambio en la República Argentina o crediticias de la Emisora que pudieran hacer que no resulte aconsejable efectuar la colocación de las Obligaciones Negociables PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II; o (v) que los oferentes no hubieren dado cumplimiento con las normas legales sobre prevención de lavado de activos y financiamiento del terrorismo emitida por la Unidad de Información Financiera (“UIF”), las normas del mercado de capitales que impiden y prohíben el lavado de activos emitidas por la UIF, y las normas de la CNV o del Banco Central de la República Argentina (“BCRA”). En dichos casos, las respectivas órdenes de compra quedarán automáticamente sin efecto, sin que tal circunstancia otorgue a los oferentes derechos a compensación ni indemnización alguna. La decisión de declarar desierta la colocación de las Obligaciones Negociables PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II de una o más clases será informada mediante un aviso complementario al Prospecto.
Se podrá adjudicar a los oferentes una cantidad inferior a la totalidad de las Obligaciones Negociables PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II ofrecidas de una o más clases en caso de (i) ausencia de órdenes de compra respecto de la totalidad de las Obligaciones Negociables PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II ofrecidas de una o más clases, o (ii) que se acepte un Diferencial de Corte para las ON PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase A o para las ON PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase B, o una Tasa Fija para las ON PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase C que tan solo permita colocar parte de las Obligaciones Negociables PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II ofrecidas de una o más clases.
En cualquier caso, las órdenes de compra que no alcancen el Diferencial de Corte para las ON PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase A o el Diferencial de Corte para las ON PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase B, o la Tasa Fija aceptada para las ON PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase C quedarán automáticamente sin efecto y serán restituidas a los oferentes sin que tal circunstancia otorgue a estos últimos derechos a
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compensación ni indemnización algunos. La determinación de los montos de emisión el Diferencial de Corte para las ON PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase A, el Diferencial de Corte para las ON PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase B, o la Tasa Fija de Corte para las ON PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase C será realizado a través del sistema SIOPEL, en virtud del cual:
(i) todas las ofertas del Tramo No Competitivo serán adjudicadas al Diferencial de Corte para las ON PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase A, al Diferencial de Corte para las ON PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase B y a la Tasa Fija de Corte para las ON PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase C, estableciéndose, sin embargo, que a las ofertas remitidas bajo el Tramo No Competitivo en ningún caso se les adjudicará un monto de Obligaciones Negociables PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II de cada clase superior al 50% del monto final de las Obligaciones Negociables PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II de cada clase que será efectivamente emitido, y estableciéndose, asimismo, que en caso que las ofertas del Tramo No Competitivo superen dicho 50%, las mismas serán adjudicadas a prorrata, según lo dispuesto por el SIOPEL, sobre la base del monto solicitado, sólo excluyendo aquellas ofertas que –en virtud de la aplicación de la prorrata– resultaran ofertas cuyo monto fuera inferior al monto mínimo de suscripción.
(ii) todas las ofertas con Diferencial de Tasa solicitado para las ON PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase A inferior al Diferencial de Corte de las ON PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase A serán adjudicadas al Diferencial de Corte de las ON PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase A.
(iii) todas las ofertas con Diferencial de Tasa solicitado para las ON PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase A igual al Diferencial de Corte de las ON PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase A serán adjudicadas al Diferencial de Corte de las ON PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase A, sin embargo, en caso de sobresuscripción, y en virtud del prorrateo, el monto a asignar a una oferta fuera un monto inferior al Monto Mínimo de Suscripción, a esa oferta no se le asignarán ON PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase A, y el monto no asignado a tal oferta será distribuido a prorrata entre las demás Órdenes del Tramo Competitivo con igual Diferencial de Tasa Solicitado al Diferencial de Corte de las ON PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase A.
(iv) todas las ofertas con Diferencial de Tasa solicitado para las ON PYME CNV Garantizadas Com & Log e Serie II Clase A superior al Diferencial de Corte de las ON PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase A no serán adjudicadas.
(v) todas las ofertas con Diferencial de Tasa solicitado para las ON PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase B inferior al Diferencial de Corte de las ON PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase B serán adjudicadas al Diferencial de Corte de las ON PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase B.
(vi) todas las ofertas con Diferencial de Tasa solicitado para las ON PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase B igual al Diferencial de Corte de las ON PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase B serán adjudicadas al Diferencial de Corte de las ON PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase B, sin embargo, en caso de sobresuscripción, y en virtud del prorrateo, el monto a asignar a una oferta fuera un monto inferior al Monto Mínimo de Suscripción, a esa oferta no se le asignarán las ON PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase B, y el monto no asignado a tal oferta será distribuido a prorrata entre las demás Órdenes del Tramo Competitivo con igual Diferencial de Tasa Solicitado al Diferencial de Corte de las ON PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase B.
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(vii) todas las ofertas con Diferencial de Tasa solicitado para las ON PYME CNV Garantizadas Com & Log e Serie II Clase B superior al Diferencial de Corte de las ON PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase B no serán adjudicadas.
(viii) todas las ofertas con Tasa Solicitada para las ON PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase C inferior a la Tasa Fija de Corte serán adjudicadas a la Tasa Fija de Corte.
(ix) todas las ofertas con Tasa solicitada para las ON PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase C igual a la Tasas Fija de Corte serán adjudicadas a la Tasa Fija de Corte, sin embargo. en caso de sobresuscripción, y en virtud del prorrateo, el monto a asignar a una oferta fuera un monto inferior al Monto Mínimo de Suscripción, a esa oferta no se le asignarán ON PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase C, y el monto no asignado a tal oferta será distribuido a prorrata entre las demás Órdenes del Tramo Competitivo con igual Tasa Solicitada a la Tasa Fija de Corte de las ON PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase C.
(x) todas las ofertas con Tasa solicitado para las ON PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase C superior a la Tasa Fija de Corte no serán adjudicadas.
El Período de Difusión y/o el Período de Licitación podrá ser prorrogado, modificado y/o suspendido por la Emisora, de común acuerdo con los Colocadores con una antelación mínima de dos horas de anticipación a la finalización del período que se trate, circunstancia que se informará mediante la publicación de un nuevo aviso de colocación en el Micrositio web de MAE, en la AIF y en el Boletín Diario de la BCBA, dejando expresa constancia de que los inversores iniciales podrán, en su caso, retirar sus ofertas de suscripción sin penalización alguna hasta el Día Hábil anterior al cierre del Período de Licitación. Ni la Emisora ni los Colocadores serán responsables por problemas, fallas, pérdidas de enlace, errores en la aplicación y/o caídas del software al utilizar el SIOPEL.
Antes de las 15:00 horas de la Fecha de Emisión y Liquidación, cada adjudicatario deberá integrar en efectivo el precio de suscripción conforme al procedimiento del MAE-Clear establecido por el MAE.
Los Colocadores se reservan el derecho de rechazar y tener por no integradas todas las ofertas adjudicadas que los oferentes hubiesen cursado a través de un agente del MAE y/o adherentes al mismo si no hubiesen sido integradas conforme con el procedimiento descripto. En dicho caso, los rechazos no darán derecho a reclamo alguno contra los Colocadores ni la Emisora y sin perjuicio, asimismo, de la responsabilidad de los incumplidores por los daños y perjuicios que su incumplimiento pudiera ocasionarles a la Emisora y/o a los Colocadores.
Efectuada la integración, por el 100% del monto a integrar conforme fuera detallado, en la Fecha de Emisión y Liquidación y una vez transferidas, de parte del Agente de Liquidación en las cuentas indicadas por los Colocadores, (i) transferirán las Obligaciones Negociables PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II objeto de las órdenes de compra adjudicadas que los oferentes hubiesen cursado a través de ellos, a las cuentas en Caja de Valores de dichos oferentes que hubieren indicado en la orden de compra; y (ii) transferirán a la cuenta en CVSA de cada agentes del MAE y/o adherentes al mismo, las Obligaciones Negociables PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II objeto de las ofertas adjudicadas que los oferentes hubiesen cursado a través de los agentes del MAE y/o adherentes al mismo, según sea el caso. Una vez recibidas por los agentes del MAE y/o adherentes al mismo las correspondientes Obligaciones Negociables PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II, en la Fecha de Emisión y Liquidación, los agentes del MAE y/o adherentes al mismo, bajo su exclusiva responsabilidad, deberán transferir dichas Obligaciones Negociables PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II a las cuentas en CVSA de tales oferentes. Lo dispuesto precedentemente no resulta aplicable en aquellos casos en los cuales por cuestiones regulatorias sea necesario transferir las Obligaciones Negociables PYME CNV
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Garantizadas Com & Log Serie II a los inversores adjudicados con anterioridad al pago del monto a integrar, en cuyo caso lo descripto precedentemente podrá ser realizado con anterioridad a la correspondiente integración.
Si los Colocadores registraran en sus cuentas fondos para la integración de las Obligaciones Negociables PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II que hubiesen sido transferidos o depositados directamente por oferentes que hubiesen cursado su orden de compra a través de un agente del MAE y/o adherentes al mismo, podrán poner a disposición de tal oferente dichos fondos para su retiro, neto de los impuestos que pudieran corresponder, sin contabilizar dichos fondos para la integración de las Obligaciones Negociables PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II. En dicho caso, tal oferente no tendrá derecho alguno a reclamar los intereses que se hubiesen devengado desde la fecha de su depósito o transferencia y la fecha en que sean retirados.
Todos los agentes del MAE y/o adherentes del mismo podrán ser habilitados para participar de la licitación. Dichos agentes del MAE y/o adherentes deberán solicitar a Banco Supervielle S.A. la habilitación de la rueda. En todos los casos, los agentes deberán indicar su intención de participar en la licitación de las Obligaciones Negociables PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II a más tardar hasta las 16:00 horas del último día del Periodo de Difusión, a efectos de que tales agentes del MAE y/o adherentes del mismo den cumplimiento a las obligaciones que les corresponden en materia de prevención de lavado de activos y financiación del terrorismo.
La Emisora no pagará comisión alguna y/o reembolsará gasto alguno a los agentes de MAE distintos de los Colocadores y/o adherentes al mismo a través de los cuales se presenten órdenes de compra, sin perjuicio de lo cual dichos agentes podrán cobrar comisiones y/o gastos directa y exclusivamente a los oferentes que hubieran cursado órdenes de compra a través suyo.
Garantía: Las Obligaciones Negociables PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II estarán totalmente garantizadas por las Entidades de Garantías quienes asumirán el carácter de fiadores lisos, llanos y principales pagadores del capital, intereses compensatorios pactados, intereses moratorios, gastos y demás accesorios que razonablemente demande el cobro de las Obligaciones Negociables PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II impagas, incluidas las costas judiciales. Banco de Galicia y Buenos Aires SAU, garantizará la suma de $ 299.970.000 (pesos doscientos noventa y nueve millones novecientos setenta mil) que equivale al 33,33% del Monto Máximo de la emisión, Banco Supervielle S.A. garantizará la suma de $ 299.970.000 (pesos doscientos noventa y nueve millones novecientos setenta mil) que equivale al 33,33% del Monto Máximo de la emisión y Banco Comafi S.A. garantizará la suma de $ 300.060.000 (pesos trescientos millones sesenta mil), que equivale al 33,34% del Monto Máximo de la Emisión. Las garantías se instrumentarán a través de los Certificados de Garantía a ser emitidos por las Entidades de Garantía.
Cada Entidad de Garantía deberá pagar los conceptos adeudados por la Emisora dentro del quinto día hábil de la intimación cursada por medio fehaciente por cualquier obligacionista. Para mayor información, véase la Sección “Garantía” del Prospecto .
Colocadores: Banco de Galicia y Buenos Aires SAU. sito en Tte. Gral. J. D. Perón 430 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Banco Supervielle S.A. sito en Reconquista 330 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Banco Comafi S.A. sito en Esmeralda 950 Piso 5 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y GMC Valores S.A sito en Ortiz de Ocampo 3250 PB de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Mercados Autorizados: Las Obligaciones Negociables PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II serán listadas y negociadas en Bolsas y Mercados Argentinos S.A. (en adelante, “BYMA”), y eventualmente en el MAE.
Período de Difusión: Desde el 17 de octubre de 2024 al 21 de octubre de 2024.
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Período de Licitación: 22 de octubre de 2024 en el horario de 10 a 16 hs. Luego del cierre del Período de Litación, la Sociedad informará mediante aviso a publicar en MAE y en la AIF el resultado de la colocación.
Fecha de Emisión y Liquidación: Sera el 24 de octubre de 2024.
Prórroga, modificación y/o suspensión del Período de Colocación: El Período de Difusión y/o el Período de Licitación podrá ser prorrogado, modificado y/o suspendido por la Emisora, de común acuerdo con los Colocadores con una antelación mínima de dos horas de anticipación a la finalización del período que se trate, circunstancia que se informará mediante la publicación de un nuevo aviso de colocación en el Micrositio web de MAE, en la AIF y en el Boletín Diario de la BCBA, dejando expresa constancia de que los inversores iniciales podrán, en su caso, retirar sus ofertas de suscripción sin penalización alguna hasta el Día Hábil anterior al cierre del Período de Licitación.
Resolución de conflictos por el Tribunal Arbitral: Conforme a lo dispuesto por el Art. 46 de la Ley de Mercado de Capitales, todo conflicto que se suscite entre los obligacionistas y la Emisora y/o los Colocadores relativo al Prospecto, las condiciones de emisión, su suscripción, y todos los actos y documentos relacionados será resuelto a opción de los obligacionistas: (a) ante los tribunales competentes del domicilio de la Emisora, o (b) en forma inapelable por el Tribunal de Arbitraje General de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires en virtud de la delegación de facultades otorgadas por BYMA a la BCBA en materia de constitución de Tribunales Arbitrales, de conformidad con lo dispuesto en la Resolución Nº 17.501 de la CNV y por las reglas del arbitraje de derecho. Ello sin perjuicio de la acción ejecutiva de cobro que tramitará ante los tribunales competentes del domicilio de la Emisora.
Ley Aplicable: Las Obligaciones Negociables PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II se regirán por, y serán interpretadas de conformidad con, las leyes de la República Argentina.
TÉRMINOS Y CONDICIONES PARTICULARES DE EMISIÓN DE LAS OBLIGACIONES NEGOCIABLES PYME CNV GARANTIZADA COM & LOG SERIE II CLASE A:
Denominación: Obligaciones Negociables PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase A (las “ON PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase A”).
Fecha de Vencimiento : Será en la fecha en que se cumplan 24 (veinticuatro) meses contados desde la Fecha de Emisión y Liquidación y será informada en el Aviso de Resultados (la “Fecha de Vencimiento de las ON PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase A”).
Amortización y fechas de pago de capital: El capital de las ON PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase A se cancelará en tres cuotas trimestrales consecutivas, comenzando el primer pago a los dieciocho meses de la Fecha Emisión y Liquidación. La primera y segunda cuota cada una será equivalente al 33,33% (treinta y tres coma treinta y tres por ciento) del capital, y la última cuota será equivalente al 33,34% (treinta y tres coma treinta y cuatro por ciento) del capital.
Tasa de Interés Aplicable: Las ON PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase A devengarán intereses a una tasa nominal anual variable equivalente a la Tasa Badlar (conforme dicho término se define más adelante) más un Diferencial de Tasa de las ON PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase A, a licitarse durante el Período de Licitación. El Diferencial de Tasa de las ON PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase A deberá ser expresado como un porcentaje anual truncado a dos decimales y el mismo podrá ser positivo, igual al 0,00% o negativo.
En caso de que el Diferencial de Tasa de las ON PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase A fuera negativo, los puntos básicos en cuestión serán detraídos de la Tasa Badlar en la
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Fecha de Pago de Intereses, según pudiera aplicar. De esta forma, podría suceder que las ON PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase A puedan no generar interés, sin perjuicio lo cual, en el caso de que la Tasa de Interés Aplicable (sumatoria de la Tasa de Badlar y el Diferencial de Tasa de las ON PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase A) diera como resultado un monto negativo, se entenderá que el interés bajo las ON PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase A será de 0,00%.
Tasa Badlar: El promedio aritmético simple de las tasas de interés para depósitos a plazo fijo de más de un millón de pesos de 30 (treinta) a 35 (treinta y cinco) días en banco privados, en base a las tasas informadas por el BCRA durante el período que se inicia el séptimo Día Hábil anterior al inicio de cada Período de Devengamiento de Interéses, y finaliza el séptimo Día Hábil anterior a la fecha de pago de intereses correspondiente (incluyendo el primer día pero excluyendo el último día). Actualmente la Tasa Badlar es informada por el BCRA en su página de internet (www.bcra.gob.ar) (la “Página Web del BCRA”), Sección “Publicaciones y Estadísticas/ Estadísticas/ Monetarias y Financieras/ Cuadros estandarizados de series estadísticas/ Tasas de interés/ Por depósitos/ Series diarias/ BADLAR - Tasas de interés por depósitos a plazo fijo de 30 (treinta) a 35 (treinta y cinco) días de plazo y de más de un millón de pesos o dólares, en % nominal anual”. En caso de que la Tasa Badlar dejare de ser informada por el BCRA, se tomará: (i) la tasa sustitutiva de la Tasa Badlar que informe el BCRA o (ii) en caso de no existir o no informarse la tasa sustituta indicada en (i) precedente, se calculará la Tasa Badlar, considerando el promedio de tasas informadas para depósitos a plazos fijo en pesos por un monto mayor a un millón de pesos por periodos de entre 30 (treinta) y 35 (treinta y cinco) días de los cinco (5) primeros bancos privados de la Argentina en cantidad de depósitos, según el último informe de depósitos disponible publicado por el Banco Central de la República Argentina; en todos los casos, correspondiente al mes calendario anterior a cada Fecha de Pago de Servicios.
Diferencial de Tasa de las ON PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase A: Es la tasa nominal anual adicional que se pagará por sobre la Tasa Badlar respecto de las ON PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase A, y que se determinará, a través del sistema de colocación, luego del cierre del Período de Licitación e informado mediante el Aviso de Resultados (el “Diferencial de Tasa de las ON PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase A”). Dicho Diferencial de Tasa ON PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase A se corresponderá con el Diferencial de Corte de las ON PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase A. Se aclara a los potenciales inversores que el Diferencial de Tasa de las ON PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase A podrá ser positivo, igual al 0,00% o negativo. En caso de que el Diferencial de Tasa de las ON PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase A fuera negativo, los puntos básicos en cuestión serán detraídos de la Tasa Badlar en la Fecha de Pago de Intereses, según pudiera aplicar. De esta forma, podría suceder que las ON PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase A puedan no generar interés, sin perjuicio lo cual, en el caso de que la Tasa de Interés Aplicable (sumatoria de la Tasa de Badlar y el Diferencial de Tasa de las ON PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase A) diera como resultado un monto negativo, se entenderá que el interés bajo las ON PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase A será de 0,00%.
CUADRO DE PAGO DE SERVICIOS
| FECHAS DE PAGO |
PORCENTAJE |
FECHAS DE PAGO DE |
|---|---|---|
| DE SERVICIOS DE CAPITAL |
DE AMORTIZACIÓN |
SERVICIOS DE INTERESES |
| 24-01-2025 | ||
| 24-04-2025 | ||
| 24-07-2025 |
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| 24-10-2025 | ||
|---|---|---|
| 24-01-2026 | ||
| 24-04-2026 | 33,33% | 24-04-2026 |
| 24-07-2026 | 33,33% | 24-07-2026 |
| 24-10-2026 | 33,34% | 24-10-2026 |
TÉRMINOS Y CONDICIONES PARTICULARES DE EMISIÓN DE LAS OBLIGACIONES NEGOCIABLES PYME CNV GARANTIZADA COM & LOG SERIE II CLASE B:
Denominación: Obligaciones Negociables PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase B (las “ON PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase B”).
Fecha de Vencimiento : Será en la fecha en que se cumplan 12 (doce) meses contados desde la Fecha de Emisión y Liquidación y será informada en el Aviso de Resultados (la “Fecha de Vencimiento de las ON PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase B”).
Amortización y fechas de pago de capital: El capital de las ON PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase B se cancelará en una sola cuota del 100% (cien por ciento) a la Fecha de Vencimiento.
Tasa de Interés Aplicable: Las ON PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase B devengarán intereses a una tasa nominal anual variable equivalente a la Tasa Badlar (conforme dicho término se define más adelante) más un Diferencial de Tasa de las ON PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase B a licitarse durante el Período de Licitación. El Diferencial de Tasa de las ON PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase B deberá ser expresado como un porcentaje anual truncado a dos decimales y el mismo podrá ser positivo, igual al 0,00% o negativo.
En caso de que el Diferencial de Tasa de las ON PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase B fuera negativo, los puntos básicos en cuestión serán detraídos de la Tasa Badlar en la Fecha de Pago de Intereses, según pudiera aplicar. De esta forma, podría suceder que las ON PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase B puedan no generar interés, sin perjuicio lo cual, en el caso de que la Tasa de Interés Aplicable (sumatoria de la Tasa de Badlar y el Diferencial de Tasa de las ON PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase B) diera como resultado un monto negativo, se entenderá que el interés bajo las ON PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase B será de 0,00%.
Tasa Badlar: El promedio aritmético simple de las tasas de interés para depósitos a plazo fijo de más de un millón de pesos de 30 (treinta) a 35 (treinta y cinco) días en banco privados, en base a las tasas informadas por el BCRA durante el período que se inicia el séptimo Día Hábil anterior al inicio de cada Período de Devengamiento de Interéses, y finaliza el séptimo Día Hábil anterior a la fecha de pago de intereses correspondiente (incluyendo el primer día pero excluyendo el último día). Actualmente la Tasa Badlar es informada por el BCRA en su página de internet (www.bcra.gob.ar) (la “Página Web del BCRA”), Sección “Publicaciones y Estadísticas/ Estadísticas/ Monetarias y Financieras/ Cuadros estandarizados de series estadísticas/ Tasas de interés/ Por depósitos/ Series diarias/ BADLAR - Tasas de interés por depósitos a plazo fijo de 30 (treinta) a 35 (treinta y cinco) días de plazo y de más de un millón de pesos o dólares, en % nominal anual”. En caso de que la Tasa Badlar dejare de ser informada por el BCRA, se tomará: (i) la tasa sustitutiva de la Tasa Badlar que informe el BCRA o (ii) en caso de no existir o no informarse la tasa sustituta indicada en (i) precedente, se calculará la Tasa Badlar, considerando el promedio de tasas informadas para depósitos a plazos fijo en pesos por un monto mayor a un millón de pesos por periodos de entre 30 (treinta) y 35 (treinta y cinco) días de los cinco (5)
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primeros bancos privados de la Argentina en cantidad de depósitos, según el último informe de depósitos disponible publicado por el Banco Central de la República Argentina; en todos los casos, correspondiente al mes calendario anterior a cada Fecha de Pago de Servicios.
Diferencial de Tasa de las ON PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase B: Es la tasa nominal anual adicional que se pagará por sobre la Tasa Badlar respecto de las ON PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase B, y que se determinará, a través del sistema de colocación, luego del cierre del Período de Licitación e informado mediante el Aviso de Resultados (el “Diferencial de Tasa de las ON PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase B”). Dicho Diferencial de Tasa ON PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase B se corresponderá con el Diferencial de Corte de las ON PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase B. Se aclara a los potenciales inversores que el Diferencial de Tasa de las ON PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase B podrá ser positivo, igual al 0,00% o negativo. En caso de que el Diferencial de Tasa de las ON PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase B fuera negativo, los puntos básicos en cuestión serán detraídos de la Tasa Badlar en la Fecha de Pago de Intereses, según pudiera aplicar. De esta forma, podría suceder que las ON PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase B puedan no generar interés, sin perjuicio lo cual, en el caso de que la Tasa de Interés Aplicable (sumatoria de la Tasa de Badlar y el Diferencial de Tasa de las ON PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase B) diera como resultado un monto negativo, se entenderá que el interés bajo las ON PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase B será de 0,00%.
CUADRO DE PAGO DE SERVICIOS
| FECHAS DE PAGO |
PORCENTAJE |
FECHAS DE PAGO DE |
|---|---|---|
| DE SERVICIOS DE CAPITAL |
DE AMORTIZACIÓN |
SERVICIOS DE INTERESES |
| 24-01-2025 | ||
| 24-04-2025 | ||
| 24-07-2025 | ||
| 24-10-2025 | 100% | 24-10-2025 |
TÉRMINOS Y CONDICIONES PARTICULARES DE EMISIÓN DE LAS OBLIGACIONES NEGOCIABLES PYME CNV GARANTIZADA COM & LOG SERIE II CLASE C:
Denominación: Obligaciones Negociables Com & Log Serie II Clase C (las “ON PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase C”).
Fecha de Vencimiento : Será en la fecha en que se cumplan 12 (doce) meses contados desde la Fecha de Emisión y Liquidación y será informada en el Aviso de Resultados (la “Fecha de Vencimiento de las ON PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase C”).
Amortización y fechas de pago de capital: El capital de las ON PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase C se cancelará en una sola cuota del 100% (cien por ciento) a la Fecha de Vencimiento.
Tasa de Interés: Las ON PYME CNV Garantizadas Com & Log Serie II Clase C devengarán intereses a una tasa nominal anual fija a licitarse durante el Período de Licitación (la “Tasa Fija”). La tasa deberá ser expresada como un porcentaje anual truncado a dos decimales y no podrá ser inferior a 0.
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CUADRO DE PAGO DE SERVICIOS
| FECHAS DE PAGO DE SERVICIOS DE |
PORCENTAJE DE |
FECHAS DE PAGO DE SERVICIOS DE |
|---|---|---|
CAPITAL |
AMORTIZACIÓN |
INTERESES |
| 24-01-2025 | ||
| 24-04-2025 | ||
| 24-07-2025 | ||
| 24-10-2025 | 100% | 24-10-2025 |
La oferta pública de las ON Pyme CNV Garantizadas Com & Log Serie II fue autorizada por Resolución RESFC-2024-22894-APN-DIR#CNV de fecha 3 de octubre de 2024 de la CNV. Dicha autorización significa solamente que se ha dado cumplimiento a los requisitos de información de la CNV.
Podrán solicitarse copias de los estados contables de la Emisora y del Prospecto en su sede social sita en Paraná 754, Piso 9, Oficina A, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina (Teléfono: (11) 6134-7503, correo electrónico: [email protected]), cualquier Día Hábil en el horario comercial de 9:00 a 17:00 horas. Asimismo, el Prospecto y el último balance estarán disponibles en el Sitio Web de la CNV, así como en las oficinas de Banco de Galicia y Buenos Aires SAU., con domicilio en Tte. Gral. J. D. Perón 430, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Teléfono: (5411) 6329-0000; correo electrónico: [email protected]), de Banco Supervielle S.A., con domicilio en Reconquista 330, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Teléfono: 4324-8000, correo electrónicos [email protected]), de Banco Comafi S.A., con domicilio en Esmeralda 950 Piso 5, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Teléfono: 11 4338-9344, correo electrónico: [email protected]), y de GMC Valores S.A, con domicilio en Ortiz de Ocampo 3250 PB, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Teléfono: +54 9 11 3042-1992; correo electrónico: [email protected]), los Días Hábiles en el horario comercial de 10 a 15 horas.
El presente documento debe ser leído en forma conjunta con el Prospecto, cualquier aviso complementario, y los estados contables de Com & Log S.A. El contenido del presente documento no deberá ser interpretado como asesoramiento de inversión, impositivo, cambiario o legal. Se recomienda consultar a su propio abogado, contador y asesor de negocios respecto de asuntos legales, impositivos, cambiarios, comerciales y sobre cualquier otro aspecto relacionado con una potencial compra de las ON Pyme CNV Garantizadas Com & Log Serie II.
EMISORA
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COM & LOG S.A. Paraná 754, Piso 9, Oficina A, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina
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----- Start of picture text -----
Banco de Galicia y Buenos Aires Banco Supervielle S.A. Banco Comafi S.A.
S.A.U.
Tel.: (5411) 6329-0000 Tel.: 4324-8000 Tel.: 11 4338-9344
Domicilio electrónico: Domicilio electrónico: Domicilio electrónico:
RelacionesInstitucionales@bancogalic Manuel.alvarado@super [email protected]
ia.com.ar
vielle.com.ar / m.ar y
mercadodecapitales@supervie BancaInstitucional@co
lle.com.ar. mafi.com.ar
Organizador, Colocador y Entidad Organizador, Colocador y Organizador, Colocador y
de Garantía Entidad de Garantía Entidad de Garantía
GMC Valores S.A.
Tel.: + 54 9 11 3042-1992
Domicilio electrónico: [email protected]
Colocador
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ASESORES LEGALES DE LA EMISORA Nicholson y Cano Abogados.
San Martin 140, Piso 14º, (C1004AAD) Ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina.
La fecha del presente aviso de suscrición es 16 de octubre de 2024
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________ Andres Eduardo Flores Director
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