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CLISA AGM Information 2021

Jul 7, 2021

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AGM Information

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ACTA DE ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA Y EXTRAORDINARIA AUTOCONVOCADA DE ACCIONISTAS de “CLISA - COMPAÑÍA LATINOAMERICANA DE INFRAESTRUCTURA & SERVICIOS S.A.” Nro. 46. A siete días del mes de julio de dos mil veintiuno, en el domicilio de la sede social sito en Av. Leandro N. Alem 1050, piso 9 de la Ciudad de Buenos Aires, con el debido distanciamiento físico y tomando todas las medidas de seguridad, se reúnen en Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria, el cien por ciento de los accionistas de CLISA - COMPAÑÍA LATINOAMERICANA DE INFRAESTRUCTURA & SERVICIOS S.A. (“la Sociedad”), que se registran y firman al folio 8 del Libro de Depósito de Acciones y Registro de Asistencia a Asambleas Nro. 2, que totalizan el ciento por ciento del capital y de los votos. Se encuentran presentes el Sr. Presidente del Directorio de la Sociedad Cr. Alberto Esteban Verra, el miembro de la Comisión Fiscalizadora Jorge Alberto Mencarini y Mariano Gastón Peterlin, D.N.I.: 23.822.262, en su carácter de Responsable de Relaciones con el Mercado, quienes previamente han sido anoticiados de la intención de la Sociedad de realizar esta asamblea general Ordinaria y Extraordinaria en los términos del artículo 158 inciso b) del Código Civil y Comercial de la Nación. Representan a las accionistas en su calidad de apoderados, el Cr. Gabriel Alberto BALBO, D.N.I. Nº: 17.372.435, con domicilio legal en Av. Leandro N. Alem 1050, piso 9 de la ciudad de Buenos Aires, quien concurre en representación de los accionistas Martín Benito Roggio, D.N.I.: 29.256.820; Rodolfo Roggio Picot, D.N.I.: 25.567.380; Lucía Inés Roggio, D.N.I.: 31.356.762; Fernando Martín Lejarza, D.N.I.: 20.528.355; Florencia Lejarza, D.N.I.: 21.612.592 y María Lejarza, D.N.I.: 21.856.191, en virtud del poder conferido por todos ellos a su favor por Escritura Pública número Veinticuatro de fecha cinco de abril de 2021, pasada por ante la Escribana Milagros Ferla, adscripta al Registro Quinientos treinta y nueve de la Provincia de Córdoba; y en representación de la accionista INVERSAR S.A., inscripta en jurisdicción de la Dirección de Inspección de Personas Jurídicas de la provincia de Córdoba bajo el Nro. 1057, folio 4589, tomo 19, con fecha 26/09/95, en virtud del poder conferido a su favor mediante Escritura Pública número Ciento setenta y cinco de fecha 21 de diciembre de 2011, pasada por ante la Escribana María del Carmen Baleztena de Arguello, titular del Registro Quinientos veintiséis de la provincia de Córdoba, todos ellos denominados en conjunto en adelante como “los accionistas representados por Gabriel Balbo”; Fernando Roque VULCANO, D.N.I.: 17.629.371, con domicilio legal en Av. Leandro N. Alem 1050, piso 9 de la ciudad de Buenos Aires, quien concurre en representación de la accionista ROGGIO S.A., inscripta en la jurisdicción de la Inspección General de Justicia bajo el Nro. 10286, Libro 115, Tomo A de S.A., con fecha 06/10/94, en virtud del poder conferido a su favor mediante Escritura Pública número Doscientos sesenta y uno de fecha nueve de abril de 2021, pasada por ante el Escribano Raul Mariano Vega Olmos, Titular del Registro Doscientos treinta y uno, Matrícula 2760; y Adriana Orietta BONZANO, D.N.I.: 12.744.156, con domicilio legal en Santos Vega 1125 de la Ciudad de Córdoba, en representación de la accionista DOYA S.A. inscripta en el Registro Público de Comercio de la provincia Córdoba - Protocolo de Contratos y Disoluciones bajo el número 1161, folio 5151, tomo 21 con fecha dos de octubre de 1984, hoy matrícula 843-A, con domicilio legal en Av. Aconcagua sin número esquina Av. La Tradición, Juárez Celman, Departamento

Colón, Provincia de Córdoba, en virtud del poder conferido a su favor mediante Escritura Pública número Ciento sesenta y dos de fecha trece de diciembre de 2010, pasada por ante la Escribana María del Carmen Baleztena de Arguello, titular del Registro Quinientos veintiséis de la provincia de Córdoba. Siendo las nueve horas, el Presidente de la Sociedad, Cr. Alberto Esteban Verra, quien presidirá la asamblea, da por iniciado el acto y expone que estando representados la totalidad de los accionistas, la asamblea Ordinaria y Extraordinaria de la Sociedad queda constituida en forma unánime, en un todo de acuerdo al artículo 158 inciso b) del Código Civil y Comercial de la Nación y el artículo 237 tercera parte de la Ley General de Sociedades, pudiéndose comenzar a considerar los puntos Orden del Día consensuados para su tratamiento por la presente Asamblea que son los siguientes: 1°) Designación de dos accionistas para firmar el acta juntamente con el Sr. Presidente: Por voluntad de todos los presentes se designa a Fernando Vulcano, representante del accionista Roggio S.A. y a Gabriel Balbo representante del accionista Inversar S.A. para que suscriban el acta conjuntamente con el Sr. Presidente. A continuación el Sr. Presidente somete a consideración de los accionistas el segundo punto del Orden del Día: 2°) Consideración de una o más operaciones de administración de la deuda financiera de la Sociedad representada por sus obligaciones negociables actualmente en circulación. Delegación en el Directorio de las facultades para definir qué operaciones implementar; así como la determinación de todos los términos y condiciones de dichas operaciones; así como las facultades necesarias para llevar adelante las mismas, con expresas facultades de subdelegación en uno o más integrantes del Directorio: Expresa el Sr. Presidente que la Gerencia Financiera ha estado analizando distintas alternativas a fin de que la Sociedad pueda extender los vencimientos de su deuda financiera representada por sus obligaciones negociables en circulación y al mismo tiempo reducir los costos financieros de la empresa en el corto y mediano plazo, ello en miras a preservar su liquidez y concentrar sus recursos financieros en los próximos años a fortalecer y desarrollar sus negocios, con miras a la recuperación de la actividad postpandemia generada por Covid-19, priorizando la prestación de sus servicios con los acostumbrados standards de calidad y seguridad; por lo que, a los efectos de la implementación de las operaciones que permitan alcanzar tales objetivos, resulta necesario que se otorguen amplias facultades al Directorio, al Gerente General y a la Gerencia Financiera para proceder. Continúa explicando que, en virtud de lo expuesto, resultaría conveniente que los accionistas traten y, en su caso, aprueben, de conformidad con lo previsto por el Art. 9 de la Ley de Obligaciones Negociables N° 23.576 y sus modificatorias (la “LON”), la emisión por parte de la Sociedad de nuevas obligaciones negociables simples no convertibles en acciones por hasta un monto de valor nominal que le permita a la Sociedad canjear el ciento por ciento (100%) de las obligaciones negociables actualmente en circulación (las “Obligaciones Negociables Existentes”). En ese sentido, sería también conveniente que los accionistas autoricen la emisión de nuevas obligaciones negociables por hasta la suma mínima de US$. 335.543.297, importe que presupone -considerando el total de los tenedores de las Obligaciones Negociables Existentes- que por cada US$. 1.000 de valor nominal de Obligaciones Negociables Existentes presentado a una posible operación de canje, la Sociedad emitirá y entregará US$. 1.010 de valor nominal, de manera de generar incentivos para que los tenedores de las Obligaciones Negociables

Existentes participen de una eventual operación de canje. Previendo la posibilidad de que bajo las nuevas obligaciones negociables la Sociedad pueda optar por el pago de intereses en especie, el monto de emisión autorizado debería incrementarse en el valor nominal necesario para emitir las obligaciones negociables adicionales para poder por cumplir con dichos pagos en especie. Los accionistas deberían delegar en el Directorio de la Sociedad, en virtud de lo dispuesto por el inciso a) del Art. 9 de la LON, la determinación de todas o algunas de sus condiciones de emisión dentro del monto autorizado, incluyendo época, plazo, precio, forma y condiciones de pago y garantías. Asimismo, el Directorio debería poder fijar cualquier condición de una posible oferta de canje de valores, incluyendo pero no limitado al pago de contraprestaciones en efectivo. Las facultades que se otorguen al Directorio deberían incluir la posibilidad de que éstos puedan optar por la o las operaciones de administración de pasivos que consideren más adecuadas o estimen más convenientes a los fines explicitados, incluyendo, pero no limitándolas a, ofertas de adquisición, ofertas de canje, solicitud de consentimientos para modificar los términos y condiciones vigentes de los contratos de emisión de las Obligaciones Negociables Existentes, o incluso la solicitud de consentimientos, poderes e instrucciones para la celebración, en su caso, de un acuerdo preventivo extrajudicial de conformidad con las disposiciones del Título II, Capitulo VII de la Ley N°24.522 y sus modificatorias (la “Ley 24.522”), entre otras, pudiendo dichas operaciones ser propuestas e implementadas en forma independiente, conjunta, alternada e incluso simultánea, como mejor lo considere el Directorio. Finalmente, señala que el Directorio debería estar facultado para solicitar la autorización para la oferta pública de las nuevas obligaciones negociables así como la solicitud de autorización para su listado, cotización y negociación en bolsas o mercados locales y/o internacionales; así como la autorización para modificar los contratos de emisión de las Obligaciones Negociables Existentes, y para celebrar todo tipo de contratos y ejecutar todo tipo de documentación para llevar adelante las operaciones antes referidas. Luego de la exposición del Sr. Presidente los accionistas mantienen un amplio debate, tras el cual, en forma unánime, resuelven: (i) aprobar y autorizar la emisión de nuevas obligaciones negociables simples no convertibles en acciones por parte de la Sociedad por hasta un monto de V/N de US$. 335.543.297 más los montos que la Sociedad debiera emitir como resultado del ejercicio de opciones de pago en especie; (ii) autorizar al Directorio, al Gerente General y al Gerente Financiero de la Sociedad a llevar adelante todas las operaciones que fueren necesarias para poder administrar la deuda de la Sociedad representada por las Obligaciones Negociables Existentes con los objetivos antes planteados, pudiendo optarse, sin que la enunciación implique limitación, por, ofertas de adquisición, ofertas de canje, solicitud de consentimientos para modificar los términos y condiciones vigentes de los contratos de emisión de las Obligaciones Negociables Existentes, solicitud de consentimientos, poderes e instrucciones para la celebración, en su caso, de un eventual acuerdo preventivo extrajudicial, entre otras, pudiendo dichas operaciones ser propuestas e implementadas en forma independiente, conjunta, alternada e incluso simultánea, como mejor lo considere el Directorio, el Gerente General o la Gerencia Financiera; (iii) delegar en el Directorio las más amplias facultades para que cualquiera de ellos, en forma conjunta o individual e indistinta, determinen todas las condiciones de emisión de las obligaciones

negociables nuevas dentro del monto autorizado, incluyendo sin limitación, época, plazo, precio, forma, moneda, condiciones de pago y garantías (las que podrán constituirse sobre bienes propios o de terceros), ley aplicable y jurisdicción; resuelvan, la celebración, en el caso de que lo estimaran conveniente, de un eventual acuerdo preventivo extrajudicial, con todos o algunos de los tenedores de las Obligaciones Negociables Existentes, como así también su eventual presentación ante el juzgado competente para su homologación judicial, sirviendo la presente como formal decisión de continuación de trámite en los términos del Art. 6 de la Ley 24.522; soliciten la autorización de oferta pública de las nuevas obligaciones negociables así como la solicitud de autorización para su listado, cotización y negociación en bolsas o mercados locales y/o internacionales; ratificándose por intermedio de la presente cualquier solicitud o gestión que el Directorio, el Gerente General o la Gerencia de Financiera de la Sociedad hubieren efectuado a la fecha, así como la celebración de todo tipo de contratos, incluyendo, sin limitación, contratos de emisión de obligaciones negociables (indenture) , contratos de garantía, incluyendo contratos de prenda de acciones, contratos con entidades que actúen como agentes de la Sociedad, ya sea bajo el rol de agentes de canje, agentes de información, o bajo cualquier otro rol o tipo de agencia, ya sean locales o internacionales; contratos con agencias calificadores de riesgo, locales o internacionales; contratos con asesores financieros, contratos con empresas que presten servicios de notificación en el extranjero, contratos con los agentes de las garantías, contratos con representantes del fiduciario o de cualquier agente o entidad extranjera en la Argentina, contratos de fideicomiso regidos bajo ley extranjera o argentina, ya sea que la Sociedad actúe como fiduciante y/o como beneficiario, contratos con bolsas o mercados extranjeros o argentinos, contratos de respaldo con tenedores de las Obligaciones Negociables Existentes, contratos con auditores y asesores legales y cualquier otro contrato necesario o conveniente para poder llevar adelante las operaciones de administración de pasivos aquí referidas o aquellas otras que el Directorio y/o la Gerencia Financiera resuelvan implementar en miras al cumplimiento de los objetivos antes expuestos; quedando el Directorio autorizado para otorgar cualquier otra documentación necesaria a tales efectos; pudiendo asimismo, el Directorio, el Gerente General y el Gerente Financiero realizar todas las gestiones y presentaciones que fueren necesarias ante cualquier organismo, incluyendo la Comisión Nacional de Valores, el Banco Central de la República Argentina o cualquier otra entidad, incluyendo Bolsas y Mercados Argentinos S.A., la Bolsa de Comercio de Buenos Aires, el Mercado Abierto Electrónico, la Caja de Valores S.A. y cualquier otra, incluyendo pero no limitado a agentes de depósito colectivo y demás entidades nacionales y extranjeras en las cuales se realice la registración, listado y/o negociación de las obligaciones negociables nuevas; pudiendo el Directorio y cualquiera de sus miembros, en forma conjunta o individual e indistinta, acordar, negociar, aceptar, transar y, en general, establecer cualquiera de los términos y condiciones de tales contratos o documentos; pudiendo modificarlos cuantas veces fuere ello necesario y asimismo llevar adelante todas las gestiones y trámites extrajudiciales y judiciales que fueren menester a los efectos aquí previstos, así como todo acto necesario o conducente a, en su caso, la homologación judicial de un eventual acuerdo preventivo extrajudicial, incluyendo asimismo la obtención del otorgamiento por parte de los

tenedores de las Obligaciones Negociables Existentes de poderes e instrucciones bajo la solicitud de tal eventual acuerdo; quedando asimismo otorgadas en cualquiera de los miembros del Directorio, las más amplias facultades para suscribir y celebrar todos los contratos y otros documentos que resultaren necesarios; pudiendo asimismo designar representante o apoderado de la Sociedad a los efectos de realizar todas las presentaciones que fueran necesarias ante un tribunal estadounidense a fin de lograr que, en su caso, un eventual acuerdo preventivo extrajudicial sea reconocido en Estados Unidos de acuerdo con lo dispuesto por las leyes de los Estados Unidos; pudiendo el Directorio en la totalidad de los casos de las facultades delegadas subdelegar en uno o más de sus miembros y/o en el Gerente Financiero y/o en gerentes de primera línea de la Sociedad y/o en apoderados, representantes o cualquier otra persona, las facultades necesarias para efectuar cualquier gestión o tramitación a los efectos expuestos y ante cualquiera de los organismos o entidades antes referidas; contando todos los así autorizados con facultades de subdelegación sucesiva. No habiendo más asuntos que tratar, se da por concluida esta asamblea ordinaria y extraordinaria de accionistas siendo las diez horas, dejándose constancia que la presente asamblea ha sido celebrada con la presencia de accionistas titulares que representan la totalidad del capital social y que la totalidad de las decisiones han sido aprobadas por unanimidad, en virtud de lo cual la presente Asamblea reviste el carácter de unánime en los términos del Artículo 237 in fine de la Ley General de Sociedades.-----------------------------------------------------------------------------------------

Firmado: Alberto Esteban Verra; Gabriel Alberto Balbo; Fernando Roque Vulcano. Es copia de su original que se encuentra transcripta al Libro de Actas de Asamblea Nro. 2. perteneciente a CLISA - COMPAÑÍA LATINOAMERICANA DE INFRAESTRUCTURA & SERVICIOS S.A.-----------------------------------------------------