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CLISA Regulatory Filings 2003

Jun 27, 2003

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Buenos Aires, 25 de marzo de 2003.

Señores

Comisión Nacional de Valores

S / D

Ref.: Nuestra Nota de fecha 10/08/01 nro. 17.350. Reorganización societaria mediante escisión de Benito Roggio e Hijos S.A.. Obj: cumplimentar régimen de información

De nuestra consideración:

Alberto Esteban Verra, L.E. 8.358.310, en mi carácter de apoderado de “CLISA-Compañía Latinoamericana de Infraestructura & Servicios S.A.”, me dirijo a Uds. con relación a la nota de la referencia.

En la misma, pusimos en vuestro conocimiento que por Asamblea Extraordinaria Unánime de nuestra controlada Benito Roggio e Hijos S.A. de fecha veintinueve de junio de dos mil uno, se resolvió la escisión de su patrimonio para constituir una nueva sociedad anónima y concentrar en ella sus intereses en el negocio del Transporte. La sociedad escisionaria se llamaría “Benito Roggio Transporte S.A.” con domicilio social en Bv. Las Heras 402 de la ciudad de Córdoba y sería una sociedad operativa que recibiría todos los antecedentes, capacidades, objeto social y participaciones accionarias relacionadas al Transporte, continuadora a título universal de Benito Roggio e Hijos S.A. en todos los aspectos vinculados a dicho negocio.

Que conforme a lo previsto por el art. 6.1.4. de la addenda al contrato de concesión de Metrovías S.A. de fecha 21.04.99, el concedente debía autorizar la transferencia de las acciones clase “A” que posee Benito Roggio e Hijos S.A. en Metrovías S.A. a Benito Roggio Transporte S.A. y que por lo tanto lo resuelto en la Asamblea de fecha veintinueve de junio de dos mil uno se encontraba sujeto a la referida autorización.

En tal sentido, les informamos que por Resolución Nro. 120 de fecha 19 de marzo de 2003 se precedió a autorizar la transferencia de las 6.992.480 acciones ordinarias, nominativas, no endosables de valor nominal $1 c/u y cinco votos por acción Clase “A” representativas del 52,52% del capital social, que Benito Roggio e Hijos S.A. posee en Metrovías S.A. a favor de Benito Roggio Transporte S.A.

Benito Roggio e Hijos S.A. deberá mantener la responsabilidad mancomunada por todas las obligaciones contractuales durante todo el plazo de la concesión de Metrovías S.A. en los términos del art. 6.1.7. del Contrato de Concesión.

Adicionalmente, se fijó un plazo de 120 días a fin de acreditar ante la Autoridad de Aplicación de la Concesión la constitución de Benito Roggio Transporte S.A. y la efectivización a su favor de la transferencia accionaria, sin las cuales quedaría sin efecto la autorización otorgada por la mencionada resolución.

Sin otro particular, saludo a Uds. atentamente.