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CLISA Merger & Acquisition 2016

Mar 23, 2016

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PROSPECTO DE FUSIÓN POR ABSORCIÓN DE BENITO ROGGIO AMBIENTAL S.A., QUE SE DISUELVE SIN LIQUIDARSE, CON CLISA - COMPAÑÍA LATINOAMERICANA DE INFRAESTRUCTURA & SERVICIOS S.A., Y DE ESCISIÓN - FUSIÓN DE CLIBA INGENIERÍA AMBIENTAL S.A. Y CLISA - COMPAÑÍA LATINOAMERICANA DE INFRAESTRUCTURA & SERVICIOS S.A.

El presente prospecto (en adelante, el “Prospecto”) contiene información sobre la reorganización societaria emprendida por CLISA – Compañía Latinoamericana de Infraestructura & Servicios S.A. (en adelante, “CLISA”) por una parte, Benito Roggio Ambiental S.A. (en adelante, “BRA”) por otra, y Cliba Ingeniería Ambiental S.A. (en adelante, “CLIBA” y, conjuntamente con CLISA y BRA, las “Sociedades”) por otra, consistente en: (i) la fusión por absorción de BRA con CLISA; y (ii) la escisión de CLIBA y la fusión del patrimonio escindido con CLISA.

El Prospecto ha sido confeccionado para información del público inversor en general, de conformidad con los requerimientos establecidos en la Sección I del Capítulo X del Título II de las Normas de la Comisión Nacional de Valores N.T. 2013 (en adelante, las “Normas de la CNV”), la Ley Nº 19.550 de Sociedades y sus modificatorias (en adelante, la “Ley General de Sociedades” o “LGS”) y demás normas aplicables.

Los Directorios de CLISA, BRA y CLIBA, en sus reuniones de fecha 14 de marzo de 2016 aprobaron el balance especial de fusión de CLISA y el balance especial de disolución por fusión de BRA (en adelante, los "Balances Especiales de Fusión"), en un caso, y el balance especial de escisión de CLIBA (en adelante, el "Balance Especial de Escisión") en el otro, de cada una de ellas al 31 de diciembre de 2015, el balance especial consolidado de fusión de CLISA al 31 de diciembre de 2015 (en adelante, el “Balance Especial Consolidado de Fusión”), y el compromiso previo de fusión por absorción de BRA en CLISA y de escisión – fusión de CLIBA en CLISA (en adelante, el “Compromiso Previo de Fusión”), como resultado del cual BRA será absorbida por CLISA, en los términos de los artículos 82 y siguientes de la LGS y parte de CLIBA será escindida y fusionada con CLISA, en los términos del artículo 88 inciso (I.) y concordantes de la LGS.

Asimismo, los Directorios de las respectivas Sociedades han decidido someter el Compromiso Previo de Fusión, el Balance Especial de Escisión, los Balances Especiales de Fusión y el Balance Especial Consolidado de Fusión a consideración de sus respectivas Asambleas Generales Extraordinarias de Accionistas, las que tendrán lugar con fecha 31 de marzo de 2016. Una vez obtenidas las aprobaciones de los accionistas, cumplidos los extremos previstos en los artículos 83 inciso (iii) de la LGS y obtenida la conformidad administrativa de la CNV, las Sociedades procederán a suscribir el acuerdo definitivo de fusión y de escisión-fusión (el “Acuerdo Definitivo de Fusión”).

CLISA actualmente cuenta con un Programa Global de Obligaciones Negociables por un monto nominal máximo en circulación en cualquier momento de US$ 300.000.000 (en adelante, el “Programa”). La oferta pública de las obligaciones negociables que CLISA emite bajo el Programa ha sido autorizada por Resolución Nº 15.507 de fecha 16 de noviembre de 2006 de la CNV; la ampliación del monto del Programa de por hasta US$ 100.000.000 a por hasta US$ 150.000.000.- (o su equivalente en otras monedas) ha sido autorizada por la Resolución Nº 15.616 de la CNV de fecha 20 de abril de 2007; la ampliación del monto del Programa de por hasta US$ 150.000.000 a por hasta US$ 300.000.000 (o su equivalente en otras monedas) ha sido autorizada por Resolución N° 16.539 de la CNV de fecha 31 de marzo de 2011, y la extensión del plazo del Programa por el plazo de cinco (5) años contados a partir del 16 de noviembre de 2011 ha sido autorizada por la Resolución Nº 17.311 de la CNV de fecha 13 de marzo de 2014. Asimismo, las obligaciones negociables emitidas bajo dicho Programa han sido listadas en el Mercado de Valores de Buenos Aires S.A. (en adelante, el “MERVAL”) y se negocian en el Mercado Abierto Electrónico (en adelante, el “MAE”).

Por su parte, ni BRA ni CLIBA se encuentran sujetas al régimen de oferta pública ni de listado o negociación en ninguna bolsa del país o del extranjero.

Se deja constancia que, en los términos del artículo 13 inciso b) de la Sección I del Capítulo X del Título II de las Normas de la CNV, BRA y CLIBA solicitarán oportunamente las conformidades administrativas pertinentes ante sus respectivos organismos de control.

El Compromiso Previo de Fusión celebrado por las Sociedades estableció como fecha de la reorganización societaria el día 31 de marzo de 2016 (en adelante, la “Fecha de Reorganización”), es decir el día en que las Asambleas Generales Extraordinarias de Accionistas de las Sociedades consideren el Compromiso Previo de Fusión, el Balance Especial de Escisión, los Balances Especiales de Fusión y el Balance Especial Consolidado de Fusión, todos al 31 de diciembre de 2015. A partir de la Fecha de Reorganización, las operaciones de BRA y las correspondientes a la parte escindida de CLIBA serán consideradas como efectuadas por cuenta y orden de CLISA. En consecuencia, CLISA continuará con todas las actividades de BRA, la cual se disolverá sin liquidarse, y del patrimonio escindido de CLIBA.

La fecha de este Prospecto es 23 de marzo de 2016

RESUMEN

El siguiente es un resumen de las principales características de la fusión y escisión-fusión de acuerdo con lo previsto en el Compromiso Previo de Fusión y con la información contable de las Sociedades que surge de los respectivos Balances Especiales de Fusión, el Balance Especial de Escisión y del Balance Especial Consolidado de Fusión, todo lo cual se encuentra sujeto a la aprobación de las respectivas Asambleas Generales Extraordinarias de Accionistas de las Sociedades. Asimismo, el presente resumen se encuentra condicionado en su totalidad a la información más detallada que se incluye en otras secciones y anexos de este Prospecto.

Principales características de la Reorganización Societaria

Tipo Fusión por absorción de BRA por CLISA y escisión-fusión de CLIBA en CLISA
Sociedad absorbente CLISA
Sociedad absorbida BRA
Sociedad escindente CLIBA
Fecha del Compromiso Previo de Fusión 14 de marzo de 2016
Fecha del Balance Especial de Escisión 31 de diciembre de 2015
Fecha de los Balances Especiales de Fusión 31 de diciembre de 2015
Fecha del Balance Especial Consolidado de Fusión 31 de diciembre de 2015
Capital Social de las Sociedades El capital social de CLISA asciende a $. 96.588.696 con más un ajuste de inflación del capital suscripto de $. 115.738.740, lo que hace un total de $. 212.327.436. El capital se encuentra representado por 96.588.696 acciones ordinarias Clase “A” de valor nominal $. 1 con derecho a cinco votos por acción. Las mencionadas acciones están totalmente integradas. El capital social de BRA asciende a $. 40.012.000, está totalmente suscripto e integrado, y se encuentra representado por 40.012.000 de acciones ordinarias nominativas no endosables de valor nominal $ 1 cada una y de 1 voto por acción. El capital social de CLIBA asciende a $. 161.839.377, está totalmente suscripto e integrado, y se encuentra representado por 43.102.650 de acciones ordinarias nominativas no endosables Clase A de valor nominal $ 1 cada una de ellas y de 5 votos por acción; por 40.182.986 de acciones ordinarias nominativas no endosables Clase B de valor nominal $ 1 cada una de ellas y de 1 voto por acción; y por 78.553.741 de acciones preferidas de valor nominal $ 1 cada una de ellas, sin derecho a voto. La escisión de CLIBA no afecta los derechos y valores patrimoniales de estas acciones preferidas.
Relación de Canje: Con relación a la absorción de BRA por parte de CLISA, dado que CLISA es titular del 99,9985 % de las acciones emitidas por aquélla, resulta necesario proceder a aumentar el capital social y establecer la respectiva relación de canje a los efectos del canje de las acciones representativas del restante 0,0015% del capital social de BRA. La relación de canje propuesta entre las acciones de valor nominal $.1 de la sociedad incorporante y las acciones valor nominal $.1 de la sociedad absorbida se establece en 0,93167 acciones a emitir de CLISA por cada acción proveniente de la incorporación de BRA. Como consecuencia de ello, se emitirán 559 acciones ordinarias Clase "A" de 5 votos cada una. En relación a la escisión de CLIBA y la fusión del patrimonio escindido en CLISA, dado que los accionistas que participan en el capital social de CLIBA con acciones ordinarias son BRA (titular de acciones representativas del 49,165% del total de las acciones ordinarias y 80,071% de los votos, que será absorbida por CLISA); CLISA (titular de acciones representativas del 48,247% del total de las acciones ordinarias y 15,715% de los votos) e Inversar S.A. (titular de acciones representativas del 2,588% del total de las acciones ordinarias y 4,214% de los votos), resultará necesario proceder a aumentar el capital social de CLISA y, en consecuencia, también a establecer la respectiva relación de canje a los efectos del canje de las acciones representativas del 2,588% del total de las acciones ordinarias en relación al patrimonio escindido de CLIBA. En ese sentido la relación de canje propuesta entre las acciones de valor nominal $.1 de la sociedad incorporante y las acciones ordinarias valor nominal $.1 de la sociedad escindida se establece en 0,79436 acciones a emitir de CLISA por cada acción ordinaria proveniente de la escisión de CLIBA. Como consecuencia de ello, se emitirán 88.269 acciones ordinarias Clase "A" de 5 votos cada una.
Fecha de las reuniones de Directorio de las Sociedades 14 de marzo de 2016
Fecha estipulada para las Asambleas Generales Extraordinarias de las Sociedades 31 de marzo de 2016
Fecha de Reorganización La Fecha de Reorganización es el 31 de marzo de 2016, es decir el día en que las Asambleas Generales Extraordinarias de Accionistas de las Sociedades consideren el Compromiso Previo de Fusión, el Balance Especial de Escisión, los Balances Especiales de Fusión y el Balance Especial Consolidado de Fusión, todos al 31 de diciembre de 2015, sujeto a la aprobación expresa de los correspondientes organismos de control. Desde dicha fecha, las operaciones de BRA y las correspondientes al patrimonio escindido de CLIBA serán consideradas como efectuadas por cuenta y orden de CLISA. En consecuencia, CLISA continuará con todas las actividades de BRA y del patrimonio escindido de CLIBA.
Marco normativo La fusión se realizará de acuerdo a lo dispuesto por los artículos 82 y siguientes y 88 de la LGS, las Normas de la CNV aplicables y lo establecido para reorganizaciones por los artículos 77 y siguientes de la Ley de Impuesto a las Ganancias y normas reglamentarias.
Administración La administración y representación de BRA y de los negocios correspondientes al patrimonio escindido de CLIBA estarán a cargo de los administradores de CLISA no estipulándose limitaciones en la administración ordinaria durante el lapso de tiempo que transcurra hasta la inscripción de la fusión y de la escisión-fusión.
Reforma de estatutos de CLISA La presente reorganización societaria requerirá la reforma de los estatutos sociales de CLISA. Se adecuará al nuevo capital que surja con motivo de la reorganización societaria.

FUNDAMENTOS DE LA REORGANIZACIÓN SOCIETARIA Y OTROS ASPECTOS RELEVANTES

I. La situación actual.

CLISA, BRA y CLIBA son sociedades controladas por ROGGIO S.A. Asimismo, debido a su objeto de inversión, CLISA participa en BRA y en CLIBA, y BRA participa en CLIBA. El siguiente cuadro describe las participaciones en cada sociedad:

Roggio S.A.

Inversar S.A.

Roggio S.A. 99,9%

CLISA S.A.

Roggio S.A. 97,53%

Inversar S.A. 2,40%

Benito Roggio Ambiental S.A.

CLISA S.A. 99,9985%

Inversar S.A. 0,0015%

Cliba Ingeniería Ambiental S.A.

(Acciones Ordinarias)

BRA S.A. 49,165%

CLISA S.A. 48,247%

Inversar S.A. 2,588%

CLISA, BRA y CLIBA son sociedades que desarrollan actividades de inversión, y de administración, gestión y asesoramiento de las inversiones en que participan.

El proceso de reorganización societaria que se proyecta está destinado al reordenamiento de estas empresas del Grupo Roggio, a fin de facilitar el gerenciamiento de negocios comunes, en la expectativa de lograr ventajas operativas y administrativas, y de facilitar un mejor desempeño de las compañías involucradas a través de la reducción de costos que hoy resultan redundantes. La reorganización societaria se realiza en los términos del Art. 77 de la Ley de Impuesto a las Ganancias.

II. Características de la reorganización societaria proyectada.

La reorganización societaria tendrá efectos a partir de la Fecha de Reorganización y comprenderá: (i) la fusión por absorción de BRA, que se disolverá sin liquidarse, por parte de CLISA. BRA, de conformidad con las previsiones del inc. 7) del art. 94 de la LGS se disolverá sin liquidarse. La disolución de la sociedad absorbida y la continuación de las actividades y negocios de ésta por parte de la absorbente se producirá con efectos a partir de la Fecha de Reorganización; y (ii) la escisión-fusión de CLIBA con CLISA, en virtud de la cual CLISA absorberá el patrimonio escindido de CLIBA, adquiriendo la titularidad de los derechos y obligaciones correspondientes a dicho patrimonio.

Los activos y pasivos que se incorporarán a CLISA como consecuencia de la referida escisión-fusión corresponden a: (i) parte de la actividad de inversión de CLIBA; y (ii) Cuentas de relación con BRA (sociedad que a través de este proceso de reorganización será absorbida por CLISA y se disolverá sin liquidarse), y con empresas del Grupo Roggio.

De esta forma, los activos y pasivos que se escinden estarán constituidos por: (a) parte de la tenencia accionaria en sociedades anónimas que actualmente posee CLIBA; (b) activos y pasivos financieros con BRA y con empresas del Grupo Roggio que reflejan activos y pasivos relacionados con los conceptos escindidos.

III. Exposición de motivos y objeto de la reorganización societaria proyectada.

Las Sociedades han analizado en conjunto las ventajas de la operatoria destinada al reordenamiento empresario dentro del Grupo Roggio, en el entendimiento de que el mismo puede facilitar el gerenciamiento de negocios comunes, y en la expectativa de ventajas operativas y administrativas que redundarán en un mejor desempeño de las empresas involucradas evitando la duplicación de costos.

En el caso de la fusión de BRA con CLISA, la finalidad perseguida es la de unificar los patrimonios de ambas sociedades y su conducción, con el consiguiente beneficio derivado de la economía de gastos de administración.

Por otra parte, y en base a los estudios encarados por las Sociedades, la conveniencia de unificar las operaciones de BRA en CLISA y de las correspondientes al patrimonio escindido de CLIBA en CLISA surge de la ponderación de distintos factores, entre ellos: (i) la similitud de las actividades realizadas por las tres Sociedades (actividades de inversión) les permite complementarse e integrarse, en busca de una mayor eficiencia en la ejecución de las mismas con el objetivo de reducir costos; (ii) la integración permitirá una mejor asignación de los recursos y evitar la duplicación de estructuras, lo que permitirá eliminar gastos fijos; (iii) la unificación de las actividades en CLISA permitirá mayor eficacia para la toma de decisiones.

IV. Incidencia patrimonial, económica y financiera de la reorganización societaria.

CLISA recibirá el patrimonio de BRA y el patrimonio escindido de CLIBA. Consecuentemente, se transferirán a CLISA todos los activos, pasivos y el patrimonio de BRA y todos los activos, pasivos, y el patrimonio escindido de CLIBA, con efecto a partir de la Fecha de Reorganización. La reorganización se realizará de acuerdo a lo dispuesto por los Artics. 82 y siguientes de la LGS y dentro del marco establecido para reorganizaciones por los artículos 77 y siguientes de la Ley de Impuesto a las Ganancias y demás normas reglamentarias, lo que implicará la transferencia de todos los derechos fiscales, créditos y beneficios así como de todas las obligaciones fiscales correspondientes a los patrimonios objeto de la misma. La reorganización se encuentra excluida del pago al impuesto a las ganancias, al igual que de los restantes gravámenes nacionales, provinciales y municipales que contemplan la exclusión o exención y otras medidas de alivio fiscal aplicables para las reorganizaciones.

Para más información acerca de la incidencia patrimonial, económica y financiera de la reorganización societaria, véase el Balance Especial Consolidado de Fusión que se adjunta al presente como Anexo IV.

V. Disolución de BRA.

BRA se disolverá sin liquidarse, cancelándose las acciones representativas de su capital social.

VI. Fecha de Reorganización.

La Fecha de Reorganización es el 31 de marzo de 2016, es decir el día en que las Asambleas Generales Extraordinarias de Accionistas de las Sociedades consideren el Compromiso Previo de Fusión, el Balance Especial de Escisión, los Balances Especiales de Fusión y el Balance Especial Consolidado de Fusión, todos al 31 de diciembre de 2015, sujeto a la aprobación expresa de los correspondientes organismos de control.

En consecuencia, todas las operaciones que efectúe BRA y las que correspondan al patrimonio escindido de CLIBA a partir del 1° de abril de 2016, se entenderán realizadas por cuenta y orden de CLISA, y todas las utilidades y pérdidas resultantes de tales operaciones serán imputables a CLISA y se incorporarán a los estados contables de esta última.

VII. Administración de negocios.

Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado anterior, las Sociedades han establecido en el Compromiso Previo de Fusión que, a partir de la Fecha de Reorganización, la administración y representación de BRA y del patrimonio escindido de CLIBA estará a cargo de los administradores de CLISA, dejándose constancia que no se establecen limitaciones en la administración ordinaria durante el lapso que transcurra hasta que la reorganización societaria se inscriba.

VIII. Régimen de Oferta Pública.

CLISA actualmente cuenta con un Programa Global de Obligaciones Negociables por un monto nominal máximo en circulación en cualquier momento de US$ 300.000.000. Asimismo, las obligaciones negociables emitidas bajo dicho Programa han sido listadas en el MERVAL y se negocian en MAE.

Por su parte, ni BRA ni CLIBA se encuentran sujetas al régimen de oferta pública ni de listado o negociación en ninguna bolsa del país o del extranjero.

IX. Resoluciones societarias relativas a la Fusión.

Con fecha 14 de marzo de 2016, los respectivos Directorios de las Sociedades aprobaron los términos y condiciones del Compromiso Previo de Fusión celebrado en tal fecha por dichas Sociedades, sujetando el perfeccionamiento del proceso de reorganización societaria a la aprobación de dicho compromiso por las respectivas Asambleas Generales Extraordinarias de Accionistas de CLISA, BRA y CLIBA, las cuales se espera serán llevadas a cabo con fecha 31 de marzo de 2016 y las que deberán cumplimentar los requisitos de quórum y mayorías exigidos por la LGS, de manera de habilitar la suscripción del acuerdo definitivo de fusión.

Los Directorios de las Sociedades convocarán a las respectivas Asambleas Generales Extraordinarias de Accionistas a efectos de: (i) considerar y aprobar el Compromiso Previo de Fusión; (ii) considerar y aprobar el Balance Especial de Escisión, los Balances Especiales de Fusión y el Balance Especial Consolidado de Fusión; (iii) considerar y aprobar la celebración de un acuerdo definitivo de fusión; (iv) autorizar al Presidente y/o al Vicepresidente de los Directorios de las Sociedades y/o a quienes ellos designen, a llevar adelante, en representación de las Sociedades, todos los actos que fuere menester realizar a los efectos del cumplimiento de lo dispuesto por el Art. 83 inciso (iii) de la LGS, así como también a suscribir el acuerdo definitivo de fusión y toda otra documentación que fuera necesaria para instrumentar, perfeccionar e inscribir la reorganización societaria; (v) designar a las personas que estarán facultadas para realizar los trámites de obtención de las conformidades administrativas pertinentes.

X. Reformas estatutarias.

La presente reorganización societaria requerirá la reforma de los estatutos sociales de CLISA. Se adecuará al nuevo capital que surja con motivo de la reorganización societaria, el que de ser aprobado quedará redactado conforme surge a continuación:

Proyecto de reforma del artículo cuarto del estatuto social.

“TITULO TERCERO - CAPITAL Y ACCIONES - ARTICULO CUARTO:

El capital social se fija en la suma de pesos noventa y seis millones seiscientos setenta y siete mil quinientos veinticuatro ($ 96.677.524), representado por igual cantidad de acciones ordinarias, nominativas, no endosables, clase “A”, de un peso ($ 1) valor nominal cada una de ellas. La Asamblea puede delegar en el Directorio la determinación de la forma y condiciones de pago de las suscripciones y el Directorio podrá efectuar la emisión por delegación de la Asamblea, en una o más veces, dentro de los dos años a contar desde la fecha de su celebración. La decisión de aumento y/o emisión deberá inscribirse y publicarse por tres días en el Boletín Oficial y uno o más diarios de circulación significativa en la Capital Federal si así correspondiese y comunicarse a la autoridad de contralor. En caso que la sociedad haga oferta pública de sus títulos valores, la evolución posterior del capital figurará en los balances de la sociedad conforme lo dispuesto en las normas vigentes. El capital podrá ser aumentado por decisión de la Asamblea Ordinaria de accionistas sin límite alguno, sin requerirse nueva conformidad administrativa y sin necesidad de modificar el presente Estatuto, fijando las características de las acciones a emitir dentro de las condiciones generales establecidas en este Estatuto.”

XI. Reorganización de las Sociedades. Efectos fiscales.

A los efectos fiscales, la operatoria referida implica la reorganización de las Sociedades en los términos prescriptos por el Art. 77 y concordantes de la Ley de Impuesto a las Ganancias y disposiciones reglamentarias.

XII. Aprobaciones internas.

El presente Prospecto ha sido aprobado por los Directorios de las Sociedades.

XIII. Cumplimiento de los requisitos de la LGS.

Aprobado que sea el Compromiso Previo de Fusión por parte de las Asambleas Generales Extraordinarias de Accionistas, las Sociedades darán cumplimiento a los pasos establecidos en los incisos 3), 4) y 5) del Art. 83 de la LGS.

XIV. Gastos.

Conforme lo convenido en el Compromiso Previo de Fusión, todos los gastos y obligaciones que involucre la reorganización societaria, incluyendo aquellos que demande la inscripción a nombre de CLISA de los bienes registrables de BRA y de los que quedaren incluidos dentro del patrimonio escindido de CLIBA, en los correspondientes registros, serán por cuenta de CLISA.

INFORMACIÓN CONTABLE

El presente Prospecto incluye la siguiente información contable en sus Anexos, a saber:

Anexo I – Balance especial de fusión de CLISA al 31 de diciembre de 2015.

Anexo II – Balance especial de disolución por fusión de BRA al 31 de diciembre de 2015.

Anexo III – Balance especial de escisión de CLIBA al 31 de diciembre de 2015.

Anexo IV – Balance especial consolidado de fusión de CLISA, BRA y el patrimonio escindido de CLIBA al 31 de diciembre de 2015.

Los balances referidos precedentemente y que adjuntan al presente Prospecto han sido confeccionados sobre bases homogéneas y con similares criterios de valuación y exposición, de conformidad con las normas contables profesionales vigentes y Normas de la CNV.

Por otra parte, dichos balances han sido examinados por contador público independiente, con la firma del profesional legalizada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Capital Federal en cumplimiento a lo establecido en el artículo 33, Sección II, Capítulo X del Título II de las Normas de la CNV, e incluyen el correspondiente informe de la Comisión Fiscalizadora.

INFORMACION ADICIONAL

El Balance Especial de Escisión, los Balances Especiales de Fusión y el Balance Especial Consolidado de Fusión fueron presentados ante la CNV y podrán ser consultados en la página web de la CNV (www.cnv.gob.ar).

Asimismo, aquellos interesados que lo deseen, podrán solicitar en soporte papel ejemplares de este Prospecto y de los anexos que lo integran en las oficinas de CLISA sitas en Av. Leandro N. Alem 1050, Piso 9° de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, teléfono (54) (11) 6091-7300.

SOCIEDAD ABSORBENTE
CLISA – COMPAÑÍA LATINOAMERICANA DE INFRAESTRUCTURA & SERVICIOS S.A. Av. Leandro N. Alem 1050, Piso 9° (1001AAS) Ciudad Autónoma de Buenos Aires Argentina
SOCIEDAD ABSORBIDA
BENITO ROGGIO AMBIENTAL S.A. Av. Leandro N. Alem 1050, Piso 9° (1001AAS) Ciudad Autónoma de Buenos Aires Argentina
SOCIEDAD ESCIDENTE CLIBA INGENIERÍA AMBIENTAL S.A. Av. Leandro N. Alem 1050, Piso 9° (1001AAS) Ciudad Autónoma de Buenos Aires Argentina
ASESORES LEGALES DE LA REORGANIZACIÓN SOCIETARIA
McEwan, Roberts, Dominguez, Carassai Av. del Libertador 498, Piso 9 (C1001ABR) Ciudad Autónoma de Buenos Aires Argentina
AUDITORES
Price Waterhouse & Co. S.R.L. firma miembro de PricewaterhouseCoopers Bouchard 557 Piso 8 (C1106ABG) Ciudad Autónoma de Buenos Aires Argentina