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CLISA Interim / Quarterly Report 2020

Nov 16, 2020

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Interim / Quarterly Report

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ACTA N° 183: A los dieciséis días del mes de noviembre de dos mil veinte, ante la declaración por parte de la Organización Mundial de la Salud (OMS) del brote del COVID-19 (coronavirus) como una pandemia, la emergencia pública en materia sanitaria establecida en nuestro país por la Ley N° 27.541 y el decreto 875/2020 dictado por el Poder Ejecutivo Nacional que dispuso el “distanciamiento social, preventivo y obligatorio”, conforme lo autoriza el art. 158, inc. a) del Código Civil y Comercial de la Nación, se reúnen los señores miembros de la Comisión Fiscalizadora de “CLISA - COMPAÑÍA LATINOAMERICANA DE INFRAESTRUCTURA & SERVICIOS S.A.”, bajo la modalidad a distancia. Participan de la presente Jorge Alberto Mencarini, desde su domicilio en Pilar, provincia de Buenos Aires, Angélica Simán desde su domicilio en la ciudad de Córdoba y Carlos José Molina desde su domicilio en la Ciudad de Córdoba, todos ellos comunicados entre sí a distancia a través de la plataforma Zoom, consentida por todos los participantes, que permite la transmisión simultánea de sonido, imágenes y palabras, en adelante “comunicados a distancia”. El acto es presidido por Jorge A. Mencarini quien informa que el mismo está siendo grabado a fin de guardar las constancias respectivas. Constatado el quórum necesario para deliberar, inician la sesión para tratar lo siguiente: 1º) INFORME DE LA COMISIÓN FISCALIZADORA correspondiente a los Estados Financieros Intermedios Condensados al 30.09.2020

Luego de analizados con los alcances de una revisión limitada, los Estados Financieros Intermedios Condensados al treinta de septiembre de 2020, los señores miembros de la Comisión Fiscalizadora, dejamos constancia por la presente que nuestro trabajo sobre los estados financieros mencionados consistió en verificar la congruencia de la información significativa contenida en dichos estados financieros con la información sobre las decisiones societarias expuestas en actas y la adecuación de dichas decisiones a la ley y a los estatutos, en lo relativo a sus aspectos formales y documentales, dejando expresa constancia que dichos documentos son responsabilidad del Directorio de la Sociedad en ejercicio de sus funciones específicas. Para la realización de dicho trabajo hemos tenido en cuenta el informe del auditor externo Carlos Martin Barbafina, socio de la firma PRICE WATERHOUSE & CO. S.R.L., de fecha 16.11.20, emitido de acuerdo con las normas de auditoria vigentes para la revisión limitada de estados financieros intermedios condensados en la República Argentina. Asimismo hacemos presente que no hemos efectuado ningún control de gestión y, por lo tanto, no hemos evaluado los criterios y decisiones empresarias de explotación, administración, financiación y comercialización, dado que estas cuestiones son de exclusiva responsabilidad del Directorio. Consideramos que nuestro trabajo y el informe del auditor externo nos brindan una base razonable para fundamentar nuestro informe. En nuestra opinión, teniendo en cuenta que se trata de un período intermedio, los Estados Financieros Intermedios Condensados al treinta de septiembre de 2020 correspondientes a CLISA - COMPAÑÍA LATINOAMERICANA DE INFRAESTRUCTURA & SERVICIOS S.A. no merecen ninguna modificación significativa que deba hacerse a los mismos para que estén presentados de conformidad con las normas contables profesionales. Cabe mencionar que, excepto por su falta de transcripción al libro Inventarios y Balances, los estados financieros intermedios condensados en cuestión surgen de los registros contables de la Sociedad que son llevados, en sus aspectos formales, de conformidad con las disposiciones legales vigentes en la República Argentina. Por todo ello, se resuelve elaborar el pertinente Informe en los términos que anteceden, así como autorizar a Carlos José Molina; Angélica Simán; y/o Jorge Alberto Mencarini para que en nombre y representación de la Comisión Fiscalizadora, suscriban toda la documentación que fuere menester. No habiendo más asuntos que tratar, se declara levantada la sesión. Comunicados a Distancia: Carlos José Molina; Angélica Simán; y Jorge Alberto Mencarini.

La presente será transcripta al Libro de Actas de Comisión Fiscalizadora Nro. 2 de “CLISA - COMPAÑÍA LATINOAMERICANA DE INFRAESTRUCTURA & SERVICIOS S.A. y firmada por los participantes una vez superado el distanciamiento social preventivo y obligatorio dispuesto por Decreto 875/2020.

INFORME DE REVISION LIMITADA DE LA COMISIÓN FISCALIZADORA

Buenos Aires, 16 de noviembre de 2020

Señores Directores/Accionistas de: CLISA - COMPAÑÍA LATINOAMERICANA DE INFRAESTRUCTURA & SERVICIOS S.A.

De nuestra consideración:

I. Hemos realizado el trabajo que se menciona en el párrafo siguiente, en relación a los Estados Financieros Intermedios Condensados al treinta de septiembre de 2020 de CLISA - COMPAÑÍA LATINOAMERICANA DE INFRAESTRUCTURA & SERVICIOS S.A. Dichos documentos son responsabilidad del Directorio de la Sociedad en ejercicio de sus funciones específicas.

II. Nuestro trabajo sobre los estados financieros mencionados en el primer párrafo consistió en verificar la congruencia de la información significativa contenida en dichos estados financieros con la información sobre las decisiones societarias expuestas en actas y la adecuación de dichas decisiones a la ley y a los estatutos, en lo relativo a sus aspectos formales y documentales. Para la realización de dicho trabajo hemos tenido en cuenta la tarea de revisión limitada de los estados financieros efectuada por el auditor externo Carlos Martin Barbafina, socio de la firma PRICE WATERHOUSE & CO. S.R.L, de fecha 16 de noviembre de 2020, emitido de acuerdo con las normas de auditoria para la revisión limitada de estados financieros intermedios vigentes en la República Argentina. No hemos efectuado ningún control de gestión y, por lo tanto, no hemos evaluado los criterios y decisiones empresarias de explotación, administración, financiación y comercialización, dado que estas cuestiones son de exclusiva responsabilidad del Directorio. Consideramos que nuestro trabajo y el informe del auditor externo nos brindan una base razonable para fundamentar nuestro informe.

III. Basados en el trabajo realizado, no hemos tomado conocimiento de ninguna modificación significativa que deba efectuarse a los estados financieros descriptos en el párrafo I para que los mismos estén presentados de conformidad con las normas contables profesionales. Informamos además, en cumplimiento de disposiciones legales vigentes, que, excepto por su falta de transcripción en los libros de inventario y balance, los estados financieros intermedios condensados en cuestión surgen de los registros contables de la Sociedad son llevados, en sus aspectos formales, de conformidad con las disposiciones legales vigentes en la República Argentina.

Comunicados a distancia: Carlos José Molina; Angélica Simán, y Jorge Alberto Mencarini.