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CLISA Interim / Quarterly Report 2011

Aug 11, 2011

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POLLEDO S.A.I.C. y F.

ESTADOS CONTABLES CORRESPONDIENTES AL PERÍODO DE SEIS MESES INICIADO EL 1° DE ENERO DE 2011 Y FINALIZADO EL 30 DE JUNIO DE 2011, PRESENTADOS EN FORMA COMPARATIVA

POLLEDO SOCIEDAD ANONIMA, INDUSTRIAL, CONSTRUCTORA Y FINANCIERA

Alem 1050 – 9° Piso – Ciudad Autónoma de Buenos Aires

C.U.I.T. número: 30-53874847-8

“Sociedad no adherida al Régimen Estatutario optativo de Oferta Pública de Adquisición Obligatoria”

Estados Contables correspondientes al período de seis meses iniciado el 1° de enero de 2011 y finalizado el 30 de junio de 2011, presentados en forma comparativa.

Expresados en pesos (Nota 2 a los Estados Contables básicos)

Actividad principal: Inversión en Sociedades y Prestación de Servicios Diversos.

Inscripción en la Inspección General de Justicia bajo el N° 71706/238377.

Inscripción en el Registro Público de Comercio:

Del Estatuto: 29/11/34 N° 203 F° 293 Libro 44 Tomo A de los Estatutos Nacionales.

De la última modificación: 14/04/08 Nº 7461 Libro 39 Tomo de Sociedades por Acciones, Escritura 593.

Fecha de vencimiento del Estatuto: 9 de octubre de 2034.

Denominación de la sociedad controlante: ROGGIO S.A.
Domicilio legal: Leandro N. Alem 1050 – 9° Piso – Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Actividad Principal: Inversión Participación directa e indirecta de la sociedad controlante sobre el capital y los votos: 68,11%

Información sobre Sociedades Controladas y Vinculadas: Nota 5 a los Estados Contables Básicos, Anexos C y C1 y Estados Contables Consolidados.

Composición del Capital: (Nota 4 a los Estados Contables básicos)

Acciones Ordinarias

Nro. de Votos

Cantidad Tipo V/N que otorga Suscripto Integrado

125.048.204 Nominativas $1 1 125.048.204 125.048.204

INDICE

ESTADOS CONTABLES CORRESPONDIENTES AL PERÍODO DE SEIS MESES INICIADO EL 1° DE ENERO DE 2011 Y FINALIZADO EL 30 DE JUNIO DE 2011, PRESENTADOS EN FORMA COMPARATIVA

ESTADO DE SITUACION PATRIMONIAL CONSOLIDADO

ESTADO DE RESULTADOS CONSOLIDADO

ESTADO DE FLUJO DE EFECTIVO CONSOLIDADO

NOTAS CONSOLIDADAS (1 A 5)

ANEXOS CONSOLIDADOS A, C, E y G

ESTADO DE SITUACION PATRIMONIAL

ESTADO DE RESULTADOS

ESTADO DE EVOLUCIÓN DEL PATRIMONIO NETO

ESTADO DE FLUJO DE EFECTIVO

NOTAS (1 A 14)

ANEXOS C, C1, E, G, H e I

INFORMACIÓN SOLICITADA POR EL ARTICULO 68 DEL REGLAMENTO DE LA BOLSA DE COMERCIO DE BUENOS AIRES

RESEÑA INFORMATIVA

INFORME DEL AUDITOR

INFORME DE LA COMISIÓN FISCALIZADORA

POLLEDO S.A.I.C. y F. y SUBSIDIARIAS

ESTADOS CONTABLES CONSOLIDADOS

Correspondientes al período de seis meses iniciado el 1° de enero de 2011 y finalizado el 30 de junio de 2011,

presentados en forma comparativa

30/06/2011 31/12/2010 30/06/2011 31/12/2010
$ $
Activo Pasivo
Activo Corriente Pasivo Corriente
Caja y Bancos (Nota 4.1) 213.656 190.373 Deudas:
Inversiones Temporarias (Anexo C) 36.940 33.728 Comerciales (Anexo G) 180.505 151.062
Créditos por Ventas (Nota 4.2) 220.398 220.398 Cargas Fiscales (Nota 4.5) 730.224 983.520
Otros Créditos (Nota 4.3) 4.277.317 5.997.943 Otras Deudas (Nota 4.6) 24.465 58.161
Total del Activo Corriente 4.748.311 6.442.442 Total de deudas 935.194 1.192.743
Previsiones (Anexo E) 468.656 456.352
Total del Pasivo Corriente 1.403.850 1.649.095
Activo No Corriente Pasivo No Corriente
Otros Créditos (Nota 4.4) 7.103.490 6.794.140 Deudas:
Participaciones Permanentes en Sociedades (Anexo C) 28.955.252 63.513.423 Cargas Fiscales (Nota 4.7) 253.318 375.788
Bienes de Uso (Anexo A) 195.341 187.293 Otras Deudas (Nota 4.8) 16.031.771 15.493.690
Total del Activo No Corriente 36.254.083 70.494.856 Total de Deudas 16.285.089 15.869.478
Total del Pasivo No Corriente 16.285.089 15.869.478
Total del Pasivo 17.688.939 17.518.573
Participación de Terceros en Sociedades Controladas 1.496 1.610
Patrimonio Neto 23.311.959 59.417.115
Total del Pasivo, Participación de Terceros en Sociedades
Total del Activo 41.002.394 76.937.298 Controladas, y Patrimonio Neto 41.002.394 76.937.298

Las Notas y Anexos que se acompañan son parte integrante de los Estados Contables Consolidados.

30/06/2011 30/06/2010
$
Gastos de Administración (1.219.185) (2.109.718)
Resultado de Inversiones en Entes Relacionados (34.558.171) (26.280.448)
Resultados Financieros y por Tenencia:
Generados por Activos
Diferencias de Cambio (2.576.047) 69.403
Intereses 223.266 221.401
Resultados por Tenencia 12.898 (418.896)
Desvalorización de otros créditos (5.449) (5.567)
Sub-Total (2.345.332) (133.659)
Generados por Pasivos
Intereses, Actualizaciones y Comisiones (38.464) (588.418)
Participación en Catrel S.A. U.T.E. (23.219) (41.347)
Diferencias de Cambio (2.469) (1.930)
Sub-Total (64.152) (631.695)
Total (2.409.484) (765.354)
Otros Ingresos y Egresos, Netos (206.281) (624.506)
Resultado antes de Impuestos y Participación de Terceros en Sociedades Controladas (38.393.121) (29.780.026)
Impuesto a las Ganancias y a la Ganancia Mínima Presunta (205.089) (232.739)
Participación de terceros en Sociedades Controladas 114 125
Pérdida del Período (38.598.096) (30.012.640)

Las Notas y Anexos que se acompañan son parte integrante de los Estados Contables Consolidados.

30/06/2011 30/06/2010
$
Variaciones del efectivo
Efectivo al inicio del ejercicio 224.101 211.541
Aumento / (Disminución) neto del efectivo 26.495 (56.630)
Efectivo al cierre del período 250.596 154.911
Causa de las variaciones del efectivo
Actividades operativas
Pérdida del período (38.598.096) (30.012.640)
Más intereses ganados y perdidos (161.583) 408.362
Impuesto a las ganancias y a la ganancia mínima presunta devengados en el período 205.089 232.739
Ajustes para arribar al flujo neto de efectivo proveniente de las actividades operativas:
Depreciaciones 10.762 9.887
Resultado de Inversiones en Entes Relacionados 34.558.171 26.280.448
Resultado por conversión 2.474.129 22.424
Resultados financieros 2.571.066 351.423
Participación de terceros en sociedades controladas (114) (125)
Cambios en activos y pasivos operativos:
Disminución de otros créditos operativos 198.241 173.044
Disminución de deudas operativas (474.193) (511.527)
Pago de intereses (49.379) (70.715)
Pago de Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta (113.019) (415.385)
Flujo neto de efectivo generado por / (aplicado a) las actividades operativas 621.074 (3.532.065)
Actividades de inversión
Adquisición de bienes de uso - (3.098)
Flujo neto de efectivo aplicado a las actividades de inversión - (3.098)
Actividades de financiación
(Disminución) / Aumento de otras deudas (2.168.412) 3.854.638
Disminución / (Aumento) de otros créditos 1.573.833 (376.105)
Flujo neto de efectivo (aplicado a) / generado por las actividades de financiación (594.579) 3.478.533
Aumento / (Disminución) neto del efectivo 26.495 (56.630)

Las Notas y Anexos que se acompañan son parte integrante de los Estados Contables Consolidados.

NOTA 1: ESTADOS CONTABLES CONSOLIDADOS

La Sociedad ha consolidado línea por línea su Estado de Situación Patrimonial correspondiente al período de seis meses iniciado el 1° de enero de 2011 y finalizado el 30 de junio de 2011 y por el ejercicio iniciado el 1 de enero de 2010 y finalizado el 31 de diciembre de 2010 y los Estados de Resultados y Flujo de Efectivo por el período de seis meses iniciado el 1° de enero de 2011 y finalizado el 30 de junio de 2011 presentado en forma comparativa con el período de seis meses iniciado el 1º de enero de 2010 y finalizado el 30 de junio de 2010, con los Estados Contables de sus sociedades controladas, siguiendo el procedimiento establecido en la Resolución Técnica Nro. 21 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas, aprobada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Comisión Nacional de Valores (ver Nota 2.5.4. a de los Estados Contables Básicos).

NOTA 2: CONTROL SOCIETARIO

Los datos que reflejan el control societario son los siguientes:

PARTICIPACIONES % DE PARTICIPACIÓN DIRECTA E INDIRECTA
Catastros y Relevamientos S.A. 97,92
Polledo Do Brasil Concessões e Investimentos Ltda. 99,99

NOTA 3: NORMAS CONTABLES

Los Estados Contables de las sociedades controladas han sido confeccionados sobre la base de criterios uniformes a los aplicados por Polledo S.A.I.C. y F. para la elaboración de sus Estados Contables.

Adicionalmente, los criterios de valuación de mayor relevancia utilizados en la preparación de los Estados Contables de las sociedades controladas y no explicitados en la nota de criterios de valuación de la controlante, son los siguientes:

    1. Información comparativa

Los saldos por el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2010 y por el período de seis meses finalizado el 30 de junio de 2010, que se exponen a efectos comparativos, surgen de los estados contables a dichas fechas. Sobre los mismos, se han reclasificado ciertas cifras a los efectos de su presentación comparativa con los de este período.

    1. Inversiones Temporarias

Las otras inversiones corresponden a depósitos a plazo fijo en entidades financieras y se encuentran valuadas a su valor nominal más intereses devengados.

NOTA 4: COMPOSICION DE LOS PRINCIPALES RUBROS DEL ESTADO DE SITUACION PATRIMONIAL CONSOLIDADO.

Activo
Activo Corriente
4.1 Caja y Bancos 30/06/2011 31/12/2010
$
Caja 1.202 1.202
Bancos 154.084 124.438
Bancos moneda extranjera (Anexo G) 54.941 60.759
Caja y Bancos por participación en Catrel S.A. U.T.E. 3.429 3.974
Total 213.656 190.373
4.2 Créditos por Ventas
Sociedades Art. 33 - Ley 19.550 y entes relacionados 220.398 220.398
Total 220.398 220.398
4.3 Otros Créditos
Créditos impositivos 173.223 183.461
Embargos judiciales a recuperar 44.691 44.691
Diversos por participación en Benito Roggio e Hijos S.A. y otros U.T.E. 185.443 184.587
Impositivos por participación en Catrel S.A. U.T.E. 2.340 2.340
Crédito por venta de Acciones 3.389.979 4.846.784
Diversos en Moneda Extranjera (Anexo G) 112.744 367.123
Diversos 368.897 368.957
Total 4.277.317 5.997.943
Activo No Corriente
4.4 Otros Créditos
Sociedades Art. 33 - Ley 19.550 y entes relacionados 2.011.816 2.101.777
En moneda extranjera – Soc. Art. 33 - Ley 19.550 y entes relac. (Anexo G) 4.086.622 3.747.443
Créditos impositivos 1.005.052 944.920
Total 7.103.490 6.794.140
Pasivo Corriente
4.5 Cargas Fiscales
Bienes Personales acciones y participaciones - 70.257
Moratoria Decreto 1384/01 10.424 15.636
Provisión Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta, neta 118.948 103.746
Retenciones a pagar - 167
Regimen de Facilidades de pago Ley 26.476 2.787 1.300
Moratoria por Participación en Catrel S.A. U.T.E. 434.449 638.324
Participación en Benito Roggio e Hijos S.A. y otros U.T.E. 157.885 149.514
Diversos en Moneda Extranjera (Anexo G) 5.731 4.576
Total 730.224 983.520
30/06/2011 31/12/2010
4.6 Otras Deudas $
Provisión Honorarios Directores 7.555 45.477
Sociedades Art. 33 - Ley 19.550 y entes relacionados 8.968 8.968
Diversos en moneda extranjera (Anexo G) 7.942 3.716
Total 24.465 58.161
Pasivo No Corriente
4.7 Cargas Fiscales
Participación en Benito Roggio e Hijos S.A. y otros U.T.E. 27.554 35.069
Regimen de Facilidades de pago Ley 26.476 174.485 176.352
Moratoria Decreto 1384/01 - 2.605
Moratorias por participación en Catrel S.A. U.T.E. 51.279 161.762
Total 253.318 375.788
4.8 Otras Deudas
Sociedades Art. 33 - Ley 19.550 y entes relacionados 13.208.418 13.414.960
En moneda extranjera – Soc. Art. 33 - Ley 19.550 y entes relac. (Anexo G) 2.823.353 2.078.730
Total 16.031.771 15.493.690

NOTA 5: INFORMACION POR SEGMENTOS

A continuación se detalla cierta información contable clasificada según el segmento de negocio relacionado:

  • Segmento primario: Negocios
Por el período de seis meses iniciado el 1° de enero de 2011 y finalizado el 30 de junio de 2011 Catastros Viales Otros Total
$
Resultado Operativo (2.593) (826.526) (390.066) (1.219.185)
Total activos 5.769 29.412.882 11.583.743 41.002.394
Total pasivos 485.728 2.837.020 14.366.191 17.688.939
Depreciación de bienes de uso - - (10.762) (10.762)
Resultado de Inversiones en entes relacionadas - (34.558.171) - (34.558.171)
  • Segmento secundario: Geográfico
Por el período de seis meses iniciado el 1° de enero de 2011 y finalizado el 30 de junio de 2011 Argentina Exterior Total
$
Total activos 40.539.151 463.243 41.002.394
Total pasivos 14.851.919 2.837.020 17.688.939
BIENES DE USO CONSOLIDADO
Correspondiente al período de seis meses iniciado el 1° de enero de 2011 y finalizado el 30 de junio de 2011, presentado en forma comparativa con el ejercicio finalizado al 31 de diciembre de 2010
En Pesos

Anexo “A”

Cuenta Principal VALORES DE ORIGEN DEPRECIACIONES Valor residual al 30/06/2011 Valor residual al 31/12/2010
Al inicio del Ejercicio Aumentos del Período / Ejercicio Diferencia de conversión Al cierre del Período / Ejercicio Acumuladas al inicio del Ejercicio Del Período / Ejercicio Diferencia de conversión Acumuladas al cierre del Período / Ejercicio
Mejoras permanentes 116.209 - 11.724 127.933 7.344 2.208 741 10.293 117.640 108.865
Equipos de computación 98.702 - 5.082 103.784 71.324 5.477 1.797 78.598 25.186 27.378
Muebles y Utiles 144.643 - 5.644 150.287 93.593 3.077 1.102 97.772 52.515 51.050
TOTALES AL 30/06/2011 359.554 - 22.450 382.004 172.261 10.762 3.640 186.663 195.341
TOTALES AL 31/12/2010 336.789 3.098 19.667 359.554 149.951 20.835 1.475 172.261 187.293
INVERSIONES EN ACCIONES, VALORES NEGOCIABLES Y PARTICIPACIONES PERMANENTES EN SOCIEDADES CONSOLIDADO
Estado de Situación Patrimonial al 30 de junio de 2011 y 31 de diciembre de 2010
En Pesos

ANEXO “C”

Emisor y Características de los Valores Porcentaje de participación al 30/06/2011 Valor Registrado al 30/06/2011 Valor Registrado al 31/12/2010
$
CORRIENTES
Inversiones temporarias 36.940 33.728
Total 36.940 33.728
NO CORRIENTES
Alcalis de la Patagonia S.A.I.C. 0,20 1.011.047 1.011.047
Coviares S.A. 18,6917 24.149.439 52.971.118
Lismore International S.A. 31,80 4.800.203 10.536.695
Eriday Unión Transitoria de Empresas 6,083 2.208.149 2.208.149
Otras Inversiones 80.466 80.466
Subtotal 32.249.304 66.807.475
Previsión para desvalorización (Anexo E) (3.294.052) (3.294.052)
Total 28.955.252 63.513.423
PREVISIONES CONSOLIDADO
Correspondiente al período de seis meses iniciado el 1° de enero de 2011 y finalizado el 30 de junio de 2011, presentado en forma comparativa con el ejercicio finalizado al 31 de diciembre de 2010
En Pesos
Anexo "E"
RUBROS Saldo al comienzo del Ejercicio Aumentos del Período/Ejercicio Saldo al 30/06/2011 Saldo al 31/12/2010
$
Deducidas del Activo
Inversiones No Corrientes
Previsión para Desvalorización - Alcalis de la Patagonia S.A.I.C. 1.011.047 - 1.011.047 1.011.047
Previsión para Desvalorización - Otras Inversiones 74.856 - 74.856 74.856
Previsión para Desvalorización - Eriday U.T.E. 2.208.149 - 2.208.149 2.208.149
Totales al 30/06/2011 3.294.052 - 3.294.052
Totales al 31/12/2010 3.294.052 - 3.294.052
Incluidas en el Pasivo
Previsiones Varias Corrientes 456.352 12.304 468.656 456.352
Totales al 30/06/2011 456.352 12.304 468.656
Totales al 31/12/2010 431.541 24.811 456.352
ACTIVOS Y PASIVOS EN MONEDA EXTRANJERA CONSOLIDADO
Estado de Situación Patrimonial al 30 de junio de 2011 y 31 de diciembre de 2010
En Pesos

ANEXO “G”

Monto de moneda extranjera al 30/06/2011 Tipo de cambio vigente Clase de Moneda Importe Contabilizado al 30/06/2011 Importe Contabilizado al 31/12/2010
$
ACTIVO
ACTIVO CORRIENTE
Caja y Bancos 21.889 2,51 R$ 54.941 60.759
Otros Créditos 44.918 2,51 R$ 112.744 367.123
TOTAL ACTIVO CORRIENTE 167.685 427.882
ACTIVO NO CORRIENTE
Otros Créditos 1.004.084 4,07 U$S 4.086.622 3.747.443
TOTAL ACTIVO NO CORRIENTE 4.086.622 3.747.443
TOTAL ACTIVO 4.254.307 4.175.325
PASIVO
PASIVO CORRIENTE
Deudas
Comerciales 15.738 4,11 U$S 64.684 62.576
Cargas Fiscales 2.179 2,63 R$ 5.731 4.576
Otras Deudas 3.020 2,63 R$ 7.942 3.716
TOTAL PASIVO CORRIENTE 78.357 70.868
PASIVO NO CORRIENTE
Otras Deudas 1.073.518 2,63 R$ 2.823.353 2.078.730
TOTAL PASIVO NO CORRIENTE 2.823.353 2.078.730
TOTAL PASIVO 2.901.710 2.149.598
U$S = Dólares estadounidenses
R$ = Reales

POLLEDO S.A.I.C. y F.

ESTADOS CONTABLES BÁSICOS

Correspondientes al período de seis meses iniciado el 1° de enero de 2011 y finalizado el 30 de junio de 2011,

presentados en forma comparativa

30/06/2011 31/12/2010 30/06/2011 31/12/2010
$ $
Activo Pasivo
Activo Corriente Pasivo Corriente
Caja y Bancos (Nota 3.1) 157.111 136.969 Deudas:
Créditos por Ventas (Nota 3.2 y Anexo I) 220.398 220.398 Comerciales (Nota 5 y Anexos G e I) 125.127 95.690
Otros Créditos (Nota 3.3 y Anexo I) 3.998.536 5.451.077 Cargas Fiscales (Nota 3.5 y Anexo I) 724.493 978.944
Total del Activo Corriente 4.376.045 5.808.444 Otras Deudas (Nota 3.6 y Anexo I) 178.331 216.253
Total de Deudas 1.027.951 1.290.887
Previsiones (Anexo E) 468.656 456.352
Total del Pasivo Corriente 1.496.607 1.747.239
Activo No Corriente Pasivo No Corriente
Otros Créditos (Nota 3.4 y Anexo I) 5.033.304 4.687.336
Participaciones Permanentes en Sociedades (Anexo C) 54.608.818 88.838.100 Deudas:
Total del Activo No Corriente 59.642.122 93.525.436 Cargas Fiscales (Nota 3.7 y Anexo I) 253.378 375.788
Otras Deudas (Nota 3.8 y Anexo I) 41.172.426 40.004.188
Total de Deudas 41.425.804 40.379.976
Total del Pasivo No Corriente 41.425.804 40.379.976
Total del Pasivo 42.922.411 42.127.215
Participación de Terceros en U.T.E. (2.216.203) (2.210.450)
Patrimonio Neto (Según Estado Respectivo) 23.311.959 59.417.115
Total del Pasivo, Participación de Terceros en U.T.E., y Patrimonio Neto 64.018.167 99.333.880
Total del Activo 64.018.167 99.333.880

Las Notas y anexos que se acompañan son parte integrante de los Estados Contables.

30/06/2011 30/06/2010
$
Gastos de administración (Anexo H) (390.212) (547.174)
Resultado de inversiones en entes relacionados (Nota 3.9) (36.722.222) (26.604.586)
Otros ingresos y egresos netos (206.527) (625.171)
Resultados financieros y por tenencia
Generados por Activos
Intereses 223.266 219.046
Diferencias de cambio 130.759 97.331
Desvalorización de otros créditos (5.449) (5.567)
Resultados por Tenencia 12.898 (418.896)
Sub-Total 361.474 (108.086)
Generados por Pasivos
Intereses, actualizaciones y comisiones (513.873) (1.024.598)
Diferencias de cambio (901.480) (850.965)
Participación en Catrel S.A. U.T.E. (23.219) (41.347)
Sub-Total (1.438.572) (1.916.910)
Total (1.077.098) (2.024.996)
Resultado antes de Impuestos y Participación de Terceros en U.T.E. (38.396.059) (29.801.927)
Impuesto a las ganancias y a la ganancia mínima presunta (205.089) (215.103)
Participación de terceros en U.T.E. 3.052 4.390
Pérdida del Período (38.598.096) (30.012.640)
Resultado por acción ordinaria
Básico / Diluido:
Ordinario (0,3087) (0,24)
Total (0,3087) (0,24)

Las Notas y Anexos que se acompañan son parte integrante de los Estados Contables.

Aportes de los Propietarios Resultados acumulados Total del Patrimonio Neto al 30/06/2011 Total del Patrimonio Neto al 30/06/2010
Capital Social (Nota 4) Ajuste del Capital Total Ganancias Reservadas Resultados Diferidos Resultados no Asignados Total
Reserva Legal Diferencias Transitorias de Conversión
Saldos al inicio del Ejercicio 125.048.204 - 125.048.204 - 6.247.537 (71.878.626) (65.631.089) 59.417.115 120.106.633
Diferencias Transitorias de Conversión 2.492.940 2.492.940 2.492.940 22.558
Pérdida del Período (38.598.096) (38.598.096) (38.598.096) (30.012.640)
Totales al 30/06/2011 125.048.204 - 125.048.204 - 8.740.477 (110.476.722) (101.736.245) 23.311.959
Totales al 30/06/2010 125.048.204 - 125.048.204 - 3.887.684 (38.819.337) (34.931.653) 90.116.551

Las Notas y Anexos que se acompañan son parte integrante de los Estados Contables.

30/06/2011 30/06/2010
$
Variaciones del efectivo
Efectivo al inicio del Ejercicio 136.969 62.372
Aumento neto de efectivo 20.142 7.197
Efectivo al cierre del Período 157.111 69.569
Causa de las variaciones del efectivo
Actividades operativas
Pérdida del período (38.598.096) (30.012.640)
Más intereses ganados y perdidos 313.826 846.897
Impuesto a las ganancias y a la ganancia mínima presunta devengados en el período 205.089 215.103
Ajustes para arribar al flujo neto de efectivo proveniente de las actividades operativas:
Resultado de Inversiones en entes relacionados (Nota 3.9) 36.722.222 26.604.586
Resultados financieros y por tenencia 763.271 1.172.534
Participación de terceros en U.T.E. (3.052) (4.390)
Cambios en activos y pasivos operativos:
Aumento de otros créditos operativos (47.882) (109.550)
Disminución de deudas operativas (479.524) (430.066)
Intereses pagados (49.379) (70.715)
Pago de Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta (113.019) (415.385)
Flujo neto de efectivo aplicado a las actividades operativas (1.286.544) (2.203.626)
Actividades de financiación
(Disminución) / Aumento de otras deudas (206.227) 2.566.359
Retiros efectuados por sociedades relacionadas en Catrel S.A. U.T.E. (2.701) (1.498)
Disminución / (Aumento) de otros créditos 1.515.614 (354.038)
Flujo neto de efectivo generado por las actividades de financiación 1.306.686 2.210.823
Aumento neto de efectivo 20.142 7.197

Las Notas y Anexos que se acompañan son parte integrante de los Estados Contables.

NOTA 1: ACTIVIDAD DE LA SOCIEDAD

Polledo S.A.I.C. y F. desarrolla sus actividades a través de las participaciones que mantiene en las sociedades detalladas en la Nota 5.

NOTA 2: NORMAS CONTABLES

A continuación se detallan las normas contables más relevantes utilizadas por la Sociedad para la preparación de los presentes Estados Contables, las que han sido aplicadas uniformemente respecto del ejercicio anterior.

    1. Preparación y presentación de los Estados Contables

Los presentes Estados Contables están expresados en pesos argentinos, y fueron confeccionados conforme a las normas contables de exposición y valuación contenidas en las Resoluciones Técnicas emitidas por la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas, aprobadas por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y de acuerdo, con ciertas modificaciones, con las resoluciones emitidas por la Comisión Nacional de Valores.

    1. Estimaciones contables

La preparación de Estados Contables a una fecha determinada requiere que la Gerencia de la Sociedad realice estimaciones y evaluaciones que afectan el monto de los activos y pasivos registrados y los activos y pasivos contingentes revelados a dicha fecha, como así también los ingresos y egresos registrados en el ejercicio. La Gerencia de la Sociedad realiza estimaciones para poder calcular a un momento dado, por ejemplo, el valor recuperable de los activos no corrientes, el cargo por impuesto a las ganancias y las previsiones para contingencias e incobrabilidad. Los resultados reales futuros pueden diferir de las estimaciones y evaluaciones realizadas a la fecha de preparación de los presentes Estados Contables.

Los estados contables correspondientes al período de seis meses finalizado el 30 de junio de 2011 no han sido auditados. La Gerencia de la Sociedad estima que incluyen todos los ajustes necesarios para presentar razonablemente los resultados de cada período. Los resultados del período de seis meses finalizado el 30 de junio de 2011, no necesariamente reflejan la proporción de los resultados de la Sociedad por los ejercicios completos.

    1. Consideración de los efectos de la inflación

Los Estados Contables han sido preparados en moneda constante, reconociendo en forma integral los efectos de la inflación hasta el 31 de agosto de 1995. A partir de esa fecha y hasta el 31 de diciembre de 2001, se ha discontinuado la reexpresión de los Estados Contables, debido a la existencia de un período de estabilidad monetaria.

Desde el 1° de enero de 2002 y hasta el 1° de marzo de 2003 se reconocieron los efectos de la inflación, debido a la existencia de un período inflacionario. A partir de esa fecha se ha discontinuado la reexpresión de los Estados Contables. Este criterio no está de acuerdo con las normas contables profesionales vigentes, las cuales establecen que los Estados Contables deben ser reexpresados hasta el 30 de septiembre de 2003; sin embargo este desvío no ha generado un efecto significativo sobre los Estados Contables de la Sociedad al 30 de junio de 2011.

    1. Información comparativa

Los saldos por el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2010 y por el período de seis meses finalizado el 30 de junio de 2010, que se exponen a efectos comparativos, surgen de los estados contables a dichas fechas. Sobre los mismos, se han reclasificado ciertas cifras a los efectos de su presentación comparativa con los de este período.

    1. Criterios de Valuación
    2. Caja y Bancos

El efectivo disponible se ha computado a su valor nominal.

      1. Otros Créditos y Deudas

Los créditos y pasivos diversos han sido valuados en base a la mejor estimación posible de la suma a cobrar y a pagar, respectivamente, descontada utilizando la tasa estimada en el momento de su incorporación al activo y al pasivo, respectivamente, en caso de ser significativos los componentes financieros implícitos contenidos en los mismos.

      1. Saldos por Transacciones Financieras, por Refinanciaciones y Créditos y Deudas Diversas con Entes Relacionados

Los créditos y deudas con entes relacionados generados por transacciones financieras y por otras transacciones diversas han sido valuados de acuerdo con las condiciones pactadas entre las partes involucradas.

      1. Participaciones Permanentes en Sociedades

Las participaciones permanentes en sociedades han sido valuadas a su valor patrimonial proporcional de acuerdo con los lineamientos de la Resolución Técnica Nº 21 de la F.A.C.P.C.E., aprobada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y por la Comisión Nacional de Valores. Las participaciones en Catastros y Relevamientos S.A. y Polledo Do Brasil Concessões e Investimentos Ltda. fueron valuadas tomando como base los respectivos Estados Contables al 30 de junio de 2011.

Asimismo para la valuación de la participación en Coviares S.A. y Lismore International S.A. se tomaron como base los respectivos estados contables al 31 de marzo de 2011. La Sociedad no ha tomado conocimiento de otras variaciones patrimoniales significativas entre el cierre de los mencionados estados contables y el 30 de junio de 2011 que afecten la valuación de estas participaciones. Las normas contables utilizadas por las entidades emisoras son similares a las descriptas en estas notas.

La inversión en Covimet S.A. se encuentra valuada en cero, al poseer dicha sociedad Patrimonio Neto negativo en sus Estados Contables al 31 de marzo de 2011; no existiendo compromisos de aportes societarios para enmendar tal circunstancia por parte de la Sociedad.

La sociedad radicada en el exterior, Polledo Do Brasil Concessões e Investimentos Ltda. ha sido clasificada como no integrada con las operaciones de la Sociedad.

Las participaciones en aquellas sociedades en las cuales no se ejerce control ni influencia significativa (Servicios Urbanos de Buenos Aires S.A., Servicios Metropolitanos S.A. y Alcalis de la Patagonia S.A.I.C.) han sido valuadas a su costo de adquisición reexpresado siguiendo los lineamientos expuestos en la Nota 2.3, con el límite de su valor recuperable estimado. Los costos de adquisición de las participaciones en Servicios Urbanos de Buenos Aires S.A., y Servicios Metropolitanos S.A. fueron previsionados como consecuencia de los procesos de liquidación en que se encuentran las mencionadas sociedades. La participación en Álcalis de la Patagonia S.A.I.C. se encuentra previsionada.

      1. Participaciones en negocios conjuntos

Las participaciones en Catrel S.A. U.T.E., Polledo S.A.I.C. y F. - Natino S.A. - Indeco S.A. - Consorcio de Empresas y Benito Roggio e Hijos S.A. y otros - U.T.E. fueron valuadas de acuerdo con las disposiciones de la Resolución Técnica Nº 14 de la F.A.C.P.C.E., consolidando los Estados Contables del negocio conjunto, en el primer caso, y aplicando el método de consolidación proporcional en los dos casos restantes.

La participación en Eriday U.T.E. y sus proyectos asociados, fue valuada al costo de adquisición reexpresado siguiendo los lineamientos expuestos en la Nota 2.3, con el límite de su valor recuperable, pero debido a ser negativos los resultados acumulados de los socios, ha sido previsionada.

      1. Previsiones

La Sociedad realiza el análisis de las contingencias relacionadas con su actividad que podrían generar probables pérdidas futuras y ha previsionado el valor contingente estimado. La Sociedad registra un pasivo contingente en la medida que sea razonablemente cuantificable y de probable ocurrencia. Estas registraciones están basadas en los hechos y circunstancias conocidos por la Sociedad hasta la fecha de los presentes Estados Contables y las estimaciones hechas por la gerencia.

A la fecha de emisión de los presentes Estados Contables, la gerencia de la Sociedad entiende que no existen elementos que permitan determinar que otras contingencias puedan materializarse y generar un impacto negativo en los presentes Estados Contables.

      1. Impuesto a las Ganancias y a la Ganancia Mínima Presunta

La Sociedad ha reconocido el cargo por impuesto a las ganancias en base al método del impuesto diferido, reconociendo de esta manera las diferencias temporarias entre las mediciones de los activos y pasivos contables e impositivos. Las principales diferencias temporarias se originan en quebrantos impositivos acumulados y previsiones registradas contablemente.

A los efectos de determinar los activos y pasivos diferidos se ha aplicado sobre las diferencias temporarias identificadas y los quebrantos impositivos, la tasa impositiva que se espera esté vigente al momento de su reversión o utilización, considerando las normas legales sancionadas a la fecha de emisión de estos Estados Contables.

La Sociedad y sus sociedades controladas, de acuerdo con lo permitido por las nuevas normas contables, ha decidido no reconocer el pasivo diferido generado por el efecto del ajuste por inflación sobre los bienes de uso y otros activos no monetarios. Sin embargo, este ajuste no generaría un efecto significativo sobre los Estados Contables.

Debido a la baja probabilidad de que las ganancias impositivas futuras permitan absorber las diferencias temporarias netas activas, dentro de los plazos de prescripción legales, la Sociedad ha computado una desvalorización sobre dicho crédito.

La Sociedad determina el impuesto a la ganancia mínima presunta aplicando la tasa vigente del 1% sobre los activos computables al cierre del ejercicio. Este impuesto es complementario del impuesto a las ganancias. La obligación fiscal de la Sociedad en cada ejercicio coincidirá con el mayor de ambos impuestos. Sin embargo, si el impuesto a la ganancia mínima presunta excede en un ejercicio fiscal al impuesto a las ganancias, dicho exceso podrá computarse como pago a cuenta del impuesto a las ganancias que pudiera producirse en cualquiera de los diez ejercicios siguientes.

La Sociedad ha reconocido el impuesto a la ganancia mínima presunta devengado en el período y pagado en ejercicios anteriores como resultado (pérdida).

      1. Cuentas del Patrimonio Neto

Los movimientos de las cuentas del patrimonio neto han sido reexpresados siguiendo los lineamientos expuestos en la Nota 2.3. La cuenta “Capital Social” ha sido expresada a su valor nominal histórico. La diferencia entre el valor expresado en moneda homogénea y el valor nominal histórico ha sido expuesta en la cuenta “Ajustes de Capital” integrante del patrimonio neto.

      1. Cuentas del Estado de Resultados

Los cargos por activos consumidos se determinaron en función de los valores de tales activos. Los demás resultados del ejercicio se exponen a valores nominales del ejercicio al que corresponden. Los resultados financieros y por tenencia se exponen discriminados según sean generados por activos o pasivos.

      1. Estado de Flujo de Efectivo

Para la presentación del Estado de Flujo de Efectivo se ha adoptado la alternativa del método indirecto de la Resolución Técnica N° 8 modificada por la Resolución Técnica N° 19 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas, considerándose fondos exclusivamente los saldos de Caja y Bancos.

NOTA 3: COMPOSICIÓN DE LOS PRINCIPALES RUBROS DEL ESTADO DE SITUACIÓN PATRIMONIAL Y DEL ESTADO DE RESULTADOS.

Activo 30/06/2011 31/12/2010
Activo Corriente $
3.1 Caja y Bancos
Bancos moneda local 153.682 132.995
Caja y Bancos por participación en Catrel S.A. U.T.E. 3.429 3.974
Total 157.111 136.969
3.2 Créditos por Ventas
Sociedades Art. 33 - Ley 19.550 y entes relacionados (Nota 5) 220.398 220.398
Total 220.398 220.398
3.3 Otros Créditos
Créditos impositivos 47.128 44.079
En moneda extranjera Sociedades Art. 33 - Ley 19.550 y entes relacionados (Nota 5 y Anexo G) 4.749 4.390
Crédito por venta de Acciones (Nota 5.9) 3.389.979 4.846.784
Diversos por participación en Benito Roggio e Hijos S.A. y otros U.T.E. 185.443 184.587
Diversos por participación en Catrel S.A. U.T.E. 2.340 2.340
Diversos 368.897 368.897
Total 3.998.536 5.451.077
Activo no Corriente
3.4 Otros Créditos
En moneda extranjera Sociedades Art. 33 - Ley 19.550 y entes relacionados (Nota 5 y Anexo G) 4.086.622 3.747.443
Sociedades Art. 33 - Ley 19.550 y entes relacionados (Nota 5) 116.777 148.516
Créditos Impositivos 829.905 791.377
Total 5.033.304 4.687.336
Pasivo 30/06/2011 31/12/2010
Pasivo Corriente $
3.5 Cargas Fiscales
Impuesto a la Ganancia Mínima presunta, neto 118.948 103.746
Bienes Personales - Acciones y Participaciones - 70.257
Moratoria Decreto 1384/01 10.424 15.636
Moratoria por participación en Catrel S.A. U.T.E. 434.449 638.324
Participación en Benito Roggio e Hijos S.A. y otros U.T.E. 157.885 149.514
Retenciones a pagar - 167
Régimen de Facilidades de Pago Ley 26.476 2.787 1.300
Total 724.493 978.944
3.6 Otras Deudas
Provisión honorarios directores 7.555 45.477
En moneda local Sociedades Art. 33 - Ley 19.550 y entes relacionados (Nota 5) 170.776 170.776
Total 178.331 216.253
Pasivo no Corriente
3.7 Cargas Fiscales
Régimen de Facilidades de Pago Ley 26.476 174.544 176.352
Moratoria Decreto 1384/01 - 2.605
Moratoria por participación en Catrel S.A. U.T.E. 51.279 161.762
Participación en Benito Roggio e Hijos S.A. y otros U.T.E. 27.555 35.069
Total 253.378 375.788
3.8 Otras Deudas
En moneda local Sociedades Art. 33 - Ley 19.550 y entes relacionados (Nota 5) 13.208.418 13.414.960
En moneda extranjera Sociedades Art. 33 - Ley 19.550 y entes relacionados (Nota 5 y Anexo G) 27.964.008 26.589.228
Total 41.172.426 40.004.188
Estado de Resultados
3.9 Resultado de Inversiones en Entes Relacionados 30/06/2011 30/06/2010
$
Covimet S.A. - (4.536.536)
Coviares S.A. (28.821.679) (18.705.343)
Lismore International S.A. (5.736.492) (3.038.569)
Catastros y Relevamientos S.A. (5.350) (5.849)
Polledo do Brasil Concessões e Investimentos Ltda. (2.158.701) (318.289)
Total (36.722.222) (26.604.586)

NOTA 4: ESTADO DEL CAPITAL SOCIAL

Capital Importe $ Aprobado por Fecha de Inscripción en Registro Público de Comercio (última modificación)
Fecha Organo
Suscripto, integrado e inscripto 125.048.204 30/09/98 Asamblea Ordinaria 05/05/99
TOTAL (1) 125.048.204
(1) Corresponden a 125.048.204 acciones de $ 1 de valor nominal y de un voto cada una.

NOTA 5: SALDOS Y OPERACIONES CON SOCIEDADES RELACIONADAS Y SOCIEDADES ART. 33 – LEY 19.550.

Los saldos a cobrar y a pagar a Sociedades Art. 33 Ley 19.550 y entes relacionados al 30 de junio de 2011 se detallan en el siguiente cuadro:

Sociedad Créditos por Ventas Corrientes Otros Créditos Corrientes Otros Créditos No Corrientes Deudas Comerciales Corrientes Otras Deudas Corrientes Otras Deudas No Corrientes
$
Sociedad Controlante:
Roggio S.A. - - 116.777 - - -
Sociedades Controladas:
Catrelsa S.A. - - - - 161.808 -
Polledo do Brasil Concessões e Serviços Ltda. - 4.749 - - - 27.964.008
Sociedades que ejercen influencia significativa sobre la Sociedad:
Clisa S.A. - - - - - 13.208.418
Sociedades en las que se ejerce influencia significativa:
Covimet S.A. 220.398 - - - - -
Otros entes Relacionados:
Eriday U.T.E. - - 4.086.622 64.684 8.968 -
TOTALES al 30/06/2011 220.398 4.749 4.203.399 64.684 170.776 41.172.426

Los saldos a cobrar y a pagar a Sociedades Art.33 - Ley 19.550 y entes relacionados al 31 de diciembre de 2010 se detallan en el siguiente cuadro:

Sociedad Créditos por Ventas Corrientes Otros Créditos Corrientes Otros Créditos No Corrientes Deudas Comerciales Corrientes Otras Deudas Corrientes Otras Deudas No Corrientes
$
Sociedad Controlante:
Roggio S.A. - - 148.516 - - -
Sociedades Controladas:
Catrelsa S.A. - - - - 161.808 -
Polledo do Brasil Concessões e Serviços Ltda. - 4.390 - - - 26.589.228
Sociedades que ejercen influencia significativa sobre la Sociedad:
Clisa S.A. - - - - - 13.414.960
Sociedades en las que se ejerce influencia significativa:
Covimet S.A. 220.398 - - - - -
Otros entes Relacionados:
Eriday U.T.E. - - 3.747.443 62.575 8.968 -
TOTALES al 31/12/2010 220.398 4.390 3.895.959 62.575 170.776 40.004.188

El detalle de las operaciones con sociedades controladas y entes relacionados que generaron resultados positivos / (negativos) es el siguiente:

Sociedad Total al 30/06/2011 Total al 30/06/2010
$
Sociedad Controlante:
Roggio S.A. 5.935 28.315
Sociedades que ejercen influencia significativa sobre la Sociedad:
Clisa S.A. - (545.636)
Sociedades Controladas:
Polledo do Brasil Concessões e Investimentos Ltda. (1.374.780) (1.285.083)
Otros entes relacionados:
Eriday U.T.E. 87.034 69.073
TOTAL (1.281.811) (1.733.331)

A continuación se describen los aspectos relevantes de las participaciones en Sociedades y U.T.E. vinculadas:

    1. Covimet S.A.:

La Sociedad posee una participación del 31,802 % en Covimet S.A., sociedad concesionaria de obra pública que tiene por objeto la construcción, conservación y explotación de la Autopista 9 de julio - Tramo Norte. El plazo de concesión es de 20 años contados a partir del 1° de noviembre de 1995, no contándose como período transcurrido el que media entre el 16 de mayo de 1996 y la fecha de perfeccionamiento del Reordenamiento Contractual (22 de febrero de 1999).

Como se menciona en Nota 10, con fecha 25 de febrero de 2003 el Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires dictó el decreto 149/GCBA/2003 mediante el cual resolvió rescindir el contrato de concesión de Covimet S.A.

    1. Coviares S.A.:

La Sociedad participa, directa e indirectamente, en el 31,78% de Coviares S.A.

En nota a los Estados Contables especiales de Coviares S.A. al 31 de marzo de 2011 se menciona lo siguiente:

“ACTIVIDADES DE LA SOCIEDAD

La Sociedad tiene como objeto social la construcción, conservación y explotación de la Autopista La Plata - Buenos Aires, Ribereña de la Capital Federal y Nuevo Puente sobre el Riachuelo, de acuerdo con el Acuerdo de Reformulación del contrato de concesión (“el Contrato de Concesión”) de fecha 29 de diciembre de 1993, celebrado con la Secretaría de Obras Públicas y Comunicaciones del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos de la Nación (“la Secretaria de Obras Públicas” o “el Concedente”), que fue aprobado por Resolución Ministerial Nº 538/94 y decreto del Poder Ejecutivo Nacional. La concesión comprende, entre otras obligaciones, la construcción de la autopista, el mantenimiento, reparación y conservación de las obras y la administración, explotación y prestación de servicios durante el período de concesión.

El día 22 de diciembre de 2000, Coviares y la Secretaría de Obras Públicas suscribieron una adenda al Acuerdo de Reformulación antes mencionado. Dicha adenda fue aprobada por el Decreto Nº 85/2001 del Poder Ejecutivo Nacional, firmado el 25 de enero de 2001 y publicado en el Boletín Oficial el 30 de enero de 2001. Las principales modificaciones surgidas de la misma se detallan a continuación: (i) prórroga de la fecha de vencimiento del cronograma de obras; (ii) ampliación de los plazos para la devolución de la deuda con el Estado Nacional (Ver Nota 5.4.5.(1)), cuyos pagos comenzarán a hacerse efectivos a partir de enero de 2012, más los intereses correspondientes sobre saldos, calculados a la tasa del 6% anual y directa; y (iii) exclusión de la adenda de la Autopista Ribereña de la Capital Federal hasta tanto se defina la traza y anteproyecto de dicha autopista.

El plazo de concesión es de veintidós años contados a partir de la fecha de habilitación de la primera casilla de peaje (1° de julio de 1995).

Una vez finalizado el período de concesión, la Sociedad no conservará ningún derecho sobre la obra, cuyo dominio pertenece al Estado, ni sobre su explotación, excepto por los que surjan de eventuales reclamos que puedan hacerse a este último.

De acuerdo con el Contrato de Concesión, Coviares es responsable y está obligada al pago de todos los impuestos, tasas y contribuciones que se apliquen a los bienes entregados por el Concedente o los que construya o incorpore a las obras, así como a las actividades que realice, sean dichos tributos de origen nacional, provincial o municipal, con excepción del pago del impuesto a las ganancias, en virtud de la exención establecida en dicho contrato.

A la fecha no existen otros hechos, además de los informados en Nota 3, que hagan presumir la existencia de dificultades en el cumplimiento de las obligaciones emergentes del Contrato de Concesión. Es importante destacar que a la fecha el Concedente no ha aplicado multas ni sanciones por incumplimiento de las obligaciones contractuales que se encuentren firmes, estimándose que serán dejadas sin efecto.

Asimismo, sobre la base de sus proyecciones, la Sociedad prevé que los ingresos a obtener durante el período de concesión le permitirán absorber el valor residual de la obra ya realizada y el costo de las obras a realizarse. Al 31 de marzo de 2011, los pasivos corrientes superan a sus activos corrientes en $ 83.828.722. Además, a pesar de la crítica situación descripta, al 31 de marzo de 2011, Coviares se encuentra construyendo el tercer carril entre Quilmes y el Acceso Sudeste, dado que el tránsito alcanzó los niveles que definen la necesidad de su construcción.

Asimismo, se continuó con los trabajos de mantenimiento, conservación y mejorativos de la calzada existente a los fines de mantener los índices técnicos contractuales de la autopista.”

“RENEGOCIACIÓN DE CONTRATOS CELEBRADOS CON LA ADMINISTRACIÓN PUBLICA

A partir de la sanción de la Ley Nº 25.561 (Ley de Emergencia Pública y Reforma del régimen cambiario), quedaron sin efecto las cláusulas de ajuste en dólares u otras monedas extranjeras u otros mecanismos indexatorios incluidos en los contratos celebrados con la Administración Pública. Los precios y tarifas vigentes a dicha fecha fueron convertidos a pesos al tipo de cambio de $ 1 por US$ 1. Asimismo, el Gobierno Nacional quedó autorizado a renegociar dichos contratos debiendo tomar en consideración aspectos tales como el impacto de las tarifas en la competitividad de la economía y en la distribución de los ingresos, la rentabilidad de las empresas, etc. En cumplimiento de ello, a partir del dictado del Decreto 293 del 12 de febrero de 2002, se dio inicio al proceso de renegociación contractual, mediante la creación de la Comisión de Renegociación de Contratos de Obras y Servicios Públicos, para que las concesionarias de obras y servicios públicos presentaran sus propuestas de renegociación.

Los plazos originalmente establecidos para el proceso de negociación fueron prorrogados y a través del Decreto N° 311 del 3 de julio de 2003, se creó una nueva Comisión en el ámbito de los Ministerios de Economía y Producción y de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, en sustitución de la constituida anteriormente, denominada “Unidad de Renegociación y análisis de Contratos de Servicios Públicos” (“UNIREN”).

UNIREN, a través de la Ley 25.790 de octubre de 2003, dispuso que los acuerdos de renegociación podrían abarcar aspectos parciales de los contratos de concesión o licencia, incluyendo la posibilidad de revisiones periódicas.

La referida UNIREN debatió con los concesionarios, la suscripción de una “Carta de Entendimiento” que regiría en forma transitoria hasta la suscripción del Acuerdo definitivo previsto por la mencionada ley 25.790, a debatirse en Audiencia Pública.

A la fecha de emisión de los presentes estados contables especiales se ha sancionado la ley 26.563, la cual prorroga los plazos de la emergencia hasta el 31 de diciembre de 2011, con igual extensión en el plazo de renegociación contractual.

A lo largo del proceso antes explicado, Coviares efectuó varias presentaciones ante la Comisión de Renegociación de Contratos de Obras y Servicios Públicos, ahora UNIREN, en las cuales se sugieren distintas alternativas para aliviar la crítica situación que provocan las medidas mencionadas.

Con fecha 21 de febrero de 2007 se ha suscripto una Carta de Entendimiento que tiene por objeto establecer las bases y condiciones que se estiman razonables y convenientes para adecuar el Contrato de Concesión en las actuales condiciones de la Sociedad y la economía del país. El documento ha sido debatido en una Audiencia Pública, celebrada el 28 de junio de 2007 por Disposición N° 1/2007 de la UNIREN, cuyas conclusiones fueron consideradas, para definir el Acuerdo de Renegociación Contractual, “ad referéndum” del Poder Ejecutivo Nacional.

Con fecha 29 de enero de 2009 se suscribió el Acuerdo de Renegociación Contractual mencionado y con posterioridad al consenso alcanzado, se produjo el cambio de la autoridad a cargo del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas efectuándose adecuaciones derivadas de dicha circunstancia, manteniendo los términos y condiciones de su antecedente de fecha 29 de enero de 2009, suscribiéndose un nuevo Acuerdo de Renegociación Contractual con fecha 9 de octubre de 2009 “ad. Referéndum” de la firma del Decreto del Poder Ejecutivo Nacional.

El Acta Acuerdo de Renegociación ha regresado a la UNIREN y ésta remitió por nota N° 246 de fecha 30 de junio de 2009 al Honorable Congreso de la Nación la propuesta de renegociación contractual de Coviares que tramita bajo el expediente CUDAP EXP-S 01:0257392/2002, luego de lo cual el Congreso tomo intervención de acuerdo al art. 4 de la Ley 25.790. A la fecha de los presente estados contables se ha alcanzado el acuerdo con la UNIREN. La Asamblea Extraordinaria de Accionistas se expidió sobre el mismo el 14 de octubre 2009 aprobando el texto adecuado del Acta Acuerdo de Renegociación de fecha 9 de octubre de 2009.

Entre los puntos más sobresalientes se destacan:

a) La firma del Acuerdo no implica renuncia ni desistimiento alguno por parte de esta Sociedad a obtener la extensión de la exención del Impuesto a las Ganancias hacia otros gravámenes de igual naturaleza vigentes y/o que graven el mismo hecho imponible.

b) Referente al Plan de Inversiones, se modificó el Cronograma Plan de Inversiones contenido en la Adenda al Acta Acuerdo de Reformulación contractual del 22 de diciembre de 2000, se contempla la readecuación de la ecuación económica financiera del contrato en función de la diferencia resultante de la comparación entre el plan económico financiero actual y el de origen, es decir, el contemplado en el Contrato suscripto en 1993.

c) Se recompondrá la tasa interna de retorno del plan original de la Concesión cuyo valor es de 14,6%. Se contempló un aumento de la tarifa de peaje del 15% que debió regir a partir de diciembre de 2009 y se estableció una metodología, para el ajuste futuro de las tarifas, que cubra los efectos de la inflación y que comenzará a aplicarse a partir de la firma del Decreto del Poder Ejecutivo Nacional. Se conviene establecer una instancia de revisión contractual entre el Concedente y el Concesionario.

d) Respecto del tratamiento de las penalidades se establece que los incumplimientos del Concesionario respecto a las obligaciones de realización de obras en la Autopista de acuerdo al cronograma contractualmente comprometido y producidos a partir del mes de enero de 2002 en virtud de la situación de emergencia declarada, no serán pasibles de la penalidades previstas en el Contrato de Concesión, por tal motivo la autoridad de aplicación y el órgano de control procederán a dejar sin efecto los procesos en curso originados en actas de constatación.

e) En concordancia con el proyecto, se excluye de las obligaciones de la Concesionaria la construcción, mantenimiento, reparación y conservación de la obra Autopista Ribereña de la Capital Federal y los eventuales trabajos de conexión en el mencionado distribuidor, de forma tal que el Concedente podrá disponer la ejecución de la misma por los medios y en el plazo que estime conveniente. Por su parte, a partir de la firma del mencionado Decreto cesan las obligaciones de la Sociedad a las iniciativas de la remodelación de las zonas bajo viaducto correspondiente a la Av. Pedro de Mendoza como obra complementaria de la Autopista Ribereña, renunciando incondicionalmente además a la explotación comercial de la zona.

El 27 de julio de 2010 se publicó en el Boletín Oficial el decreto 1057/2010, el cual ratifica el Acuerdo de Renegociación Contractual suscripto entre la UNIREN y Coviares. Con la ratificación de este acuerdo, la Dirección Nacional de Vialidad y el OCCOVI, actuando dentro de sus respectivos ámbitos de competencia, deberán proceder al dictado de los actos y al desarrollo de los procedimientos que resulten necesarios para la instrumentación, ejecución y cumplimiento de las disposiciones contenidas en el Acuerdo para recomponer la ecuación económica financiera del Contrato de Concesión. El Acuerdo de Renegociación Contractual tuvo principio de ejecución con la puesta en vigencia del cuadro tarifario que aumentó la tarifa en el 15% a que se hace referencia en el punto c), a partir del día 4 de octubre de 2010.

En el mencionado punto c) se hace referencia a la metodología de ajuste futuro de las tarifas conforme lo dispuesto por la Cláusula Décimo Segunda del Acuerdo de Renegociación Contractual; en el marco de lo establecido en esta cláusula, la Sociedad presentó notas el 6 de agosto y el 14 de setiembre de 2010, solicitando el aumento de tarifa correspondiente, las cuales derivaron en la respuesta del OCCOVI del 24 de setiembre de 2010 Nota Nº 2894/10 en la cual se aprueba el cálculo de la incidencia que las variaciones de precios operadas desde el mes de abril de 2008 hasta el mes de mayo de 2010 han tenido en los costos relacionados con la operación, mantenimiento e inversiones incluidas en el PEF de la concesión, determinando un aumento necesario de tarifa del 68,64% con vigencia octubre 2010.

Con fecha 21 de diciembre de 2010, 15 de marzo y 3 de mayo de 2011 Coviares presentó al OCCOVI nuevos pedidos de reconocimiento de adecuación de tarifa por variación de precios, por el período mayo 2010 a febrero de 2011, que determinan un aumento acumulado del 109,64%.

A la fecha se encuentra pendiente de aprobación por parte del PEN el cuadro tarifario resultante de los reclamos mencionados.

Adicionalmente, se han realizado presentaciones con el objeto de lograr los avances para recomponer integralmente el contrato a la mayor brevedad posible.

En el mes de abril de 2011 el Ministro de Infraestructura de la Provincia de Buenos Aires se contactó con la Sociedad para solicitar autorización a los efectos de proceder, en acuerdo con el Gobierno Nacional, al traspaso del Contrato de Concesión al ámbito de la Provincia.

Atento a la situación que atraviesa esta Sociedad y frente a la inacción por parte del Estado Nacional para renegociar el Contrato de conformidad a las pautas refrendadas por el Dto. 1057/10, es que se acepta la propuesta de la Provincia y se inicia conversaciones con las autoridades pertinentes con la anuencia del Gobierno Nacional y dentro de las pautas del decreto mencionado.

Frente a las demoras del traspaso de la Concesión a la Provincia por parte del Estado Nacional y ante la falta de respuestas a los distintos pedidos efectuados tanto a la autoridad de aplicación como al Concedente, y ante la eventual caída de la medida cautelar, la que ya fue decretada y recurrida por vía de reposición y apelación en subsidio el 1 de agosto de 2011, es que se cursó nota al Poder Ejecutivo a los efectos de solicitar instruya a los organismos pertinentes dar cumplimiento al Dto. 1057/10.”

    1. Lismore International S.A.:

La participación de Polledo S.A.I.C. y F. en el capital y votos de esta sociedad asciende al 31,80 %.

      1. Eriday Unión Transitoria de Empresas y Proyectos Asociados:

La Sociedad tiene una participación del 6,083 % de Eriday U.T.E. y otras participaciones minoritarias en proyectos asociados. Eriday U.T.E. tiene por objeto dar cumplimiento al contrato celebrado con la Entidad Binacional Yacyretá (“EBY”), para la construcción de las obras civiles principales del Proyecto Yacyretá. El plazo de duración de la misma es el de la ejecución del contrato mencionado precedentemente. La U.T.E. ha efectuado presentaciones formales ante el EBY, tendientes a obtener el reconocimiento de Asuntos Contractuales Pendientes generados durante la ejecución de las obras. Por su parte el EBY ha reclamado algunos conceptos correspondientes a cuestiones de cierta antigüedad y que no habían sido planteadas oportunamente.

Dada la falta de acuerdo entre el Comitente y el Contratista, ERIDAY U.T.E. ha optado por la posibilidad prevista en el Contrato Y-C.1. de someter estas cuestiones a un arbitraje internacional. La demanda de arbitraje fue recibida por la Corte Internacional de la Cámara de Comercio Internacional (“C.C.I.”). Luego de un prolongado proceso, las partes presentaron los alegatos y el tribunal llamará a autos para Laudar.

5.5. Catastros y Relevamientos S.A. y Catastros y Relevamientos S.A. U.T.E.:

La Sociedad posee una participación del 97,92% de Catastros y Relevamientos S.A. (“Catrel S.A.”) que conjuntamente con Polledo S.A.I.C. y F., es miembro de Catastros y Relevamientos S.A. U.T.E., la cual tenía por objeto realizar el relevamiento catastral de la Ciudad de Buenos Aires a través del contrato firmado a tal efecto con el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires (GCBA) que finalizó el 4 de diciembre de 2002.

El plazo de duración de Catrel S.A. U.T.E. será el necesario para la extinción de los derechos y obligaciones frente al GCBA, entre empresas miembro y frente a terceros.

Actualmente Catrel S.A. está orientada a ofrecer servicios de Administración Territorial y de Administración Tributaria, este último orientado principalmente a provincias y municipios que necesitan poner marcado énfasis en los servicios de recaudación, a través de la implementación de las más modernas técnicas para gestionar esta área.

5.6. Polledo Do Brasil Concessões e Investimentos Ltda.:

Con fecha 5 de enero de 1999, se aprobó la inscripción de Polledo Do Brasil Concessões e Investimentos Ltda. en la ciudad de San Pablo, Brasil. Polledo S.A.I.C. y F. posee una participación del 99,99% en esta sociedad.

5.7. Polledo S.A.I.C. y F. - Natino S.A. - Indeco S.A. - Consorcio de Empresas:

Polledo participa en un 25% en Polledo S.A.I.C. y F. - Natino S.A. - Indeco S.A. - Consorcio de Empresas (“Polledo-Natino-Indeco U.T.E.”). Las obras correspondientes al contrato original firmado por este consorcio y diversos trabajos adicionales ya han sido ejecutados, certificados y recibidos definitivamente. A la fecha se encuentra liquidando cuestiones y cuentas pendientes vinculadas con la ejecución de su objeto.

5.8. Benito Roggio e Hijos S.A. y Otros U.T.E.:

La Sociedad tiene una participación del 15,4195% en esta U.T.E.. Actualmente, la mencionada U.T.E. se encuentra liquidando cuestiones y cuentas pendientes vinculadas con la ejecución de su objeto.

5.9 Comsa S.A. – Agro-Epsilon S.A.:

Durante el ejercicio cerrado al 30 de junio de 2007, Polledo S.A.I.C. y F. adquirió a Catastros y Relevamientos S.A. la totalidad de las acciones de la que ésta última era titular en Comsa S.A., es decir 7.000 acciones ordinarias nominativas no endosables, Clase B, de $100 de valor nominal c/u y de un voto por acción, a un precio de pesos $1.644.921.

Posteriormente, también durante el mismo ejercicio, se suscribió un contrato mediante el cual Polledo S.A.I.C. y F. vendió la totalidad de su tenencia accionaria en Comsa S.A. y Agro-Epsilon S.A. constituida de las acciones mencionadas en el párrafo anterior y las que tenía Polledo S.A.I.C. y F. con anterioridad. La operación se concretó por un precio total de 5.867 toneladas de soja y 11.588 toneladas de maíz duro (el “Precio”), equivalentes al momento de la operación a U$S 2,7 millones. Esta deuda es convertible en dólares estadounidenses, a opción de Polledo S.A.I.C. y F. El Precio es abonado mediante un pago inicial al momento de la suscripción del contrato, equivalente al veinte por ciento del total, una segunda cuota de 522 toneladas de soja y de 1.030 toneladas de maíz duro pagadera el día 15 de mayo de 2007, y el saldo en cuatro (4) cuotas anuales y consecutivas, cada una igual a 1.043 toneladas de soja y 2.060 toneladas de maíz duro, venciendo la primera de ellas el 15 de mayo de 2008 y la última el 15 de mayo de 2011. La operación contempla el pago de un interés compensatorio medido en toneladas de las mismas especies y en las mismas proporciones como están contempladas en el Precio y se calcularán a una tasa anual igual a la que resulte de adicionar a la tasa de los “Federal Funds” (la “Tasa Fed”) un adicional fijo de 9,92 puntos porcentuales. Dichos intereses se aplicarán al saldo impago a partir del 16/12/2007 (inclusive), y serán pagaderos conjuntamente con las cuotas que venzan a partir de dicha fecha. En garantía del pago de todas las obligaciones, la compradora constituyó un derecho real de prenda a favor de Polledo S.A.I.C. y F. sobre las acciones vendidas y entregó cinco pagarés a la vista, uno por cada cuota, que serán devueltos contra el pago de cada una de ellas.

NOTA 6: LIMITACION A LA DISTRIBUCION DE UTILIDADES

En función de lo establecido por el artículo 70, de la ley de Sociedades Comerciales N° 19.550 toda sociedad debe destinar el 5% de las ganancias netas de cada año a una reserva legal hasta alcanzar el 20% de su capital social.

NOTA 7: AVALES Y FIANZAS OTORGADAS

En relación a la participación del Banco de la Provincia de Buenos Aires en el Préstamo Sindicado otorgado a la sociedad vinculada Coviares S.A., Polledo S.A.I.C. y F. se ha constituido en fiador simplemente mancomunado de Coviares S.A., por hasta un límite de $ 48.783.137. No obstante, la fianza será ejecutable solamente en caso de rescisión del contrato de concesión por culpa de Coviares S.A.

NOTA 8: IMPUESTO A LAS GANANCIAS – IMPUESTO DIFERIDO

La evolución y composición de los activos y pasivos por impuesto diferido se detallan a continuación:

Rubro Saldos al inicio del Ejercicio Cargo a resultado del Período Saldos al cierre del Período
$
Quebrantos 5.001.752 (1.169.632) 3.832.120
Previsiones Varias 1.262.033 6.213 1.268.246
Cargas Fiscales (18.537) 37 (18.500)
Subtotal 6.245.248 (1.163.382) 5.081.866
Previsión para desvalorización (6.245.248) 1.163.382 (5.081.866)
Total - - -

A continuación se presenta una conciliación entre el impuesto a las ganancias cargado a resultados y el que resultaría de aplicar la tasa del impuesto vigente sobre la pérdida contable:

Al 30 de junio de 2011 Al 30 de junio de 2010
$
Pérdida del período antes de impuestos (38.393.007) (29.797.537)
Tasa del impuesto vigente 35% 35%
Pérdida del Período a la tasa del impuesto 13.437.552 10.429.138
Diferencias permanentes a la tasa del impuesto:
Resultado de inversiones en entes relacionados (12.852.778) (9.311.605)
Otras (510.722) (480.179)
Diferencias temporarias a la tasa del impuesto:
Prescripción de quebrantos impositivos (1.237.434) (970.406)
Previsión desvalorización activos diferidos netos 1.163.382 333.052
Impuesto determinado del período - -

Los quebrantos impositivos acumulados registrados por la Sociedad que se encuentran pendientes de utilización al cierre del período ascienden aproximadamente a $10.948.913 y podrán ser compensados con utilidades impositivas de ejercicios futuros, de acuerdo al siguiente detalle:

Ejercicio de generación Monto Ejercicio de expiración
2006 3.119.260 2011
2007 955.215 2012
2008 3.726.916 2013
2009 1.162.162 2014
2010 1.791.638 2015
2011 193.722 2016
Total 10.948.913

La Sociedad no ha computado dichos quebrantos en el cálculo del impuesto diferido debido a que estima que no es probable su recupero antes de los plazos de prescripción legales, a la fecha de emisión de los presentes Estados Contables.

NOTA 9: SITUACION FINANCIERA ACTUAL DE COVIMET S.A.

En nota a los Estados Contables especiales de Covimet S.A. al 31 de marzo de 2011 se menciona lo siguiente:

“Al 31 de marzo de 2011, los pasivos corrientes de Covimet superan a sus activos corrientes en $ 77.362.739. Esta situación se ha generado como consecuencia del vencimiento de ciertas obligaciones financieras y bancarias que Covimet se había comprometido a cumplir y de las circunstancias mencionadas en las Notas 3 y 16, las cuales han llevado a la Sociedad a no disponer actualmente de un flujo de fondos operativo, que le permita afrontar este endeudamiento.

En consecuencia, Covimet, se encuentra definiendo un plan de acción para obtener los recursos financieros necesarios para ello. En el marco de este plan, ha reestructurado los siguientes préstamos:

Reestructuración de la deuda con Key Largo Trust:

Tal como se menciona en Nota 9, con fecha 10 de mayo de 2005, Covimet ha firmado un acuerdo de reestructuración de la deuda que poseía con Key Largo Trust obteniendo una quita de millones $ 42,6, la cual no está supeditada a condición suspensiva alguna y solo podría quedar sin efecto en el futuro, en el caso que no se cumplieran con las obligaciones contraídas para obtenerla.

Al 31 de marzo de 2011, la deuda reestructurada que asciende a millones de $ 1,04 se encuentra expuesta en el pasivo de acuerdo a los vencimientos pactados. El resultado por la reestructuración fue registrado en la línea de los Resultados Financieros del Estado de resultados al 30 de junio de 2005.

Reestructuración de la deuda con el Banco Patagonia:

Tal como se menciona en Nota 7.3.2 (1), durante el mes de diciembre de 2004, Covimet procedió a la reestructuración de la deuda que poseía con el Banco Patagonia por millones de $ 18,6, obteniendo una quita de millones de $ 9,5. Al 31 de marzo de 2011, la Sociedad ha incumplido en el pago de millones de $ 26,39 correspondientes a capital e intereses, situación en virtud de la cual los acreedores podrían reclamar el renacimiento de la obligación original, plantear la caducidad de todos los plazos de vencimientos establecidos y solicitar formalmente la cancelación anticipada de sus acreencias. Al respecto, la Dirección de la Sociedad, a la fecha, no ha recibido intimaciones con relación al pago inmediato por deudas vencidas ni al renacimiento de la obligación original.

Como consecuencia de la pérdida generada en el período de nueve meses finalizado el 31 de marzo de 2011, fundamentalmente por la participación en los resultados de otras sociedades, el patrimonio neto de la Sociedad a dicha fecha es negativo; de no superarse esa situación en el resto del ejercicio corresponderá que la asamblea adopte alguna de las resoluciones previstas para el caso por la ley 19.550.”

NOTA 10: RESCISION CONTRATO COVIMET S.A.

En nota a los Estados Contables especiales de Covimet S.A. al 31 de marzo de 2011 se menciona lo siguiente:

“Con fecha 25 de febrero de 2003 el Jefe de Gobierno de la CABA dictó el decreto 149/GCABA/2003 mediante el cual dispuso: (a) revocar el decreto 3135/GCABA/1998, alegando su nulidad absoluta e insanable; y (b) rescindir el contrato de concesión de obra pública para la construcción y concesión de la remodelación y prolongación de la Av. 9 de Julio Tramo Norte (Autopista Arturo Illia), argumentando incumplimiento de Covimet.

El 8 de julio de 2003, la Sociedad promovió una demanda ordinaria contra el GCABA con el objeto de que se declare la nulidad del Decreto 149/GCABA/2003 y se condene a la demandada al pago de los daños y perjuicios derivados del acto administrativo en cuestión y/o el recupero de la concesión. La causa, al cabo de varias incidencias quedó radicada en el Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires N° 1, Secretaría N° 1 y se caratúla “Covimet S.A. c/GCABA s/impugnación de actos administrativos” Expte. N° 8333/0. El GCABA contestó la demanda y actualmente está en la etapa de prueba.

Conjuntamente se interpuso el beneficio de litigar sin gasto, que se caratuló “Covimet S.A. c/GCBA s/Beneficio de Litigar sin Gastos”, el representante del Fisco al contestar el traslado solicitó que se intime a Covimet a abonar la suma de $ 1.276.004 en concepto de Tasa de Justicia, Covimet se opuso basándose en la improcedencia de la intimación frente a lo dispuesto por el Art. 77 CCAyT que declara exenta del pago de la tasa de justicia a la acción principal hasta tanto se resuelva el beneficio. El Juzgado hizo lugar dejando sin efecto la intimación requerida por el Fisco por resultar improcedente.

Con fecha 8 de septiembre de 2008 el Tribunal desestimó el pedido del Beneficio de litigar sin gastos, Covimet interpuso recurso de revocatoria con apelación en subsidio, el 20 de febrero de 2009 se rechazó el recurso e hizo lugar a la apelación interpuesta por Covimet como así también la deducida por el GCBA, el expediente fue elevado a Cámara y con fecha 23 de octubre de 2009 resolvió confirmar la Sentencia dictada en primera instancia. Los asesores legales interpusieron recurso de inconstitucionalidad el día 14 de diciembre de 2009. El 27 de febrero de 2010 la Cámara ordeno correr traslado del mismo al GCBA, esta contestó el recurso de inconstitucionalidad, y los autos pasaron a resolverse. Con fecha 21 de diciembre de 2010 se resolvió rechazar el recurso de inconstitucionalidad interpuesto con costas a la vencida.

Ante dicho juzgado ya tramitaba la causa: “Covimet S.A. c/GCABA s/cobro de pesos” iniciada con anterioridad y cuyo objeto era el cobro de acreencias derivadas del decreto 3135/GCABA/1998, por incumplimiento de pagos. Se cumplió la etapa de prueba. El Juzgado dispuso la acumulación de ambos expedientes, si bien tramitarán en forma separada, por su vinculación las pruebas serán comunes a ambas y se dictará una sola sentencia. En fecha 9 de noviembre de 2010, Covimet solicitó nuevamente la suspensión de los plazos procesales en estas actuaciones hasta tanto la causa “COVIMET S.A. c/ GCBA s/ impugnación de actos administrativos” se encuentre en estado de dictar sentencia. De esta petición formulada por Covimet se dispuso el traslado a la parte demandada, la cual fue notificada mediante cedula el 14 de febrero de 2011. No habiendo recibido dicha presentación respuesta del GCBA, pedimos al Tribunal que disponga la suspensión solicitada.

A raíz de lo explicado precedentemente, Covimet ha adoptado la medida de realizar determinadas previsiones contables sobre ciertos activos, siguiendo el criterio de las normas contables profesionales vigentes, las cuales fueron detalladas en nota a los presentes estados contables especiales. En ningún momento, el hecho de tener estos activos previsionados implica un desistimiento por parte de la Sociedad del derecho que tiene sobre la concesión de la autopista.

A la fecha de emisión de los presentes estados contables especiales no es posible prever el resultado final de los procesos judiciales y, en consecuencia, si la explotación de la mencionada concesión será restituida en forma definitiva a la Sociedad.”

NOTA 11: DEUDAS DE LA SOCIEDAD VINCULADA COVIARES S.A.

En nota a los Estados Contables especiales de la sociedad vinculada Coviares S.A. al 31 de marzo de 2011 se informa lo siguiente:

- PRESTAMO SINDICADO

“El 7 de mayo de 2001, Coviares obtuvo un préstamo a largo plazo otorgado por un sindicato de bancos liderado por HSBC Bank Argentina S.A. como Banco Agente, por la suma de US$ 238.814.559 (dólares estadounidenses). De acuerdo con lo establecido por el Decreto N° 214/02 este préstamo fue convertido a pesos a la paridad $ 1 por US$ 1 y se le aplica el CER a partir del 3 de febrero de 2002.

Garantía Prendaria sobre acciones de Coviares: Los principales accionistas de Coviares constituyen derecho real de prenda en primer grado de prelación y privilegio, sobre acciones representativas del 60% del capital social y de los votos de Coviares, por las sumas del préstamo y de las obligaciones asumidas en el marco del Contrato de Préstamo Sindicado y sus complementarios, incluyendo los pagarés a la vista emitidos a favor de los bancos otorgantes. Esta prenda sobre las acciones garantiza también el cumplimiento de todas las obligaciones asumidas por Coviares frente al Banco de la Provincia de Buenos Aires (“Bapro”) en relación con la garantía de cumplimiento emitida por éste a favor del Estado Nacional por la suma de $ 18.046.875; incluyendo la de pagar las comisiones que esta garantía genera a favor del citado banco (Ver Nota 9.1.). Asimismo, en el marco del Contrato de Préstamo Sindicado, los principales accionistas de la Sociedad otorgaron fianza simplemente mancomunada a favor del Bapro, por hasta la suma de su participación en dicho Contrato de Préstamo Sindicado, ejecutable en caso de extinción de la concesión por culpa de la Sociedad.

El 13 de septiembre de 2004, Coviares firmó un contrato de reestructuración mediante el cual se reconoció que el capital adeudado al 2 de septiembre de 2004 ascendía a $ 370.421.571 ($ 238.814.559 deuda original, $ 5.891.056 intereses capitalizados y $ 125.715.956 CER), y sería actualizado mediante la aplicación del CER. Asimismo, se estableció que la deuda devengaría un interés compensatorio sobre saldos a una tasa nominal anual del 8% y sería cancelada en 134 cuotas mensuales a partir del mes de septiembre de 2004 y se ratificaron las garantías otorgadas en el contrato original.

La reestructuración mencionada incluyó la suscripción, el 13 de diciembre de 2004, de la 1° Enmienda al contrato de refinanciación de deuda, la 3° Enmienda al contrato de fideicomiso de garantía y prenda (mencionado en Nota 9) con las entidades bancarias poseedoras del 95% de las acreencias. El 10 de mayo de 2005 fue suscripta la 2° Enmienda al contrato de refinanciación, con la adhesión del 100% de las entidades bancarias al acuerdo de reestructuración y, en consecuencia, comenzaron a regir, con efecto pleno y retroactivo al 13 de septiembre de 2004, los siguientes contratos:

  1. Contrato de refinanciación con las modificaciones introducidas por la 1° y 2° enmienda del 17 de diciembre de 2004 y 10 de mayo de 2005, respectivamente;

  2. La 2° enmienda al contrato de fideicomiso del 13 de septiembre de 2004 y las modificaciones introducidas por la 3° enmienda a dicho contrato el 17 de diciembre de 2004;

  3. La 2° enmienda al contrato de prenda del 13 de septiembre de 2004 y las modificaciones introducidas por la 3° enmienda a dicho contrato el 17 de diciembre de 2004.

Con motivo de la entrada en vigencia de los contratos mencionados en 1., 2. y 3. precedentes, las sumas de dinero depositadas o transferidas a favor de las entidades participantes serán imputadas a la cancelación de las sumas adeudadas conforme al Contrato de refinanciación.

No debe dejar de tenerse en consideración, a los efectos del cumplimiento con los acreedores bancarios, lo descripto en la Nota 3 de los presentes estados contables especiales respecto del Contrato de Concesión. A continuación se exponen algunas de las razones que fundamentan lo descripto anteriormente:

a) Como se conoce, Coviares es una sociedad de objeto único; por ello, las entidades bancarias sólo pudieron tener, como actividad relevante a los fines de la evaluación del riesgo crediticio involucrado en el Contrato de Préstamo, a la Concesión.

b) Ningún activo ni actividad económica alguna pudo servir de respaldo para tomar la decisión del otorgamiento del mutuo, sino la Concesión misma.

c) A su vez, el Contrato de Préstamo es una de las fuentes de recursos para el cumplimiento por Coviares de las inversiones comprometidas en el Contrato de Concesión. Nótese, en las cifras expuestas a continuación, la incidencia del monto dado en mutuo en virtud del Contrato de Préstamo en las inversiones realizadas, en comparación con los recursos propios utilizados.

Total de inversiones: $ 1.464 millones

Monto original dado en mutuo: $ 238 millones

d) El repago del mutuo se encuentra directamente vinculado a los ingresos por peaje. Estos ingresos son la única fuente de recursos de Coviares relevante para las entidades bancarias a los fines del Contrato de Préstamo.

e) Habiéndose otorgado el mutuo bajo ciertas condiciones de la Concesión, la modificación de los términos de ésta sin culpa de las partes necesariamente tiene como consecuencia la reestructuración del Contrato de Préstamo, adecuándolo a las nuevas condiciones de la misma.

f) La modificación del Contrato de Préstamo no significaría un privilegio para Coviares. Por el contrario, la reestructuración de las obligaciones mutuas se encuentra expresamente contemplada en la Ley de Emergencia tanto en las relaciones entre particulares como entre particulares y el Estado.

A la fecha, la Sociedad ha procedido al pago parcial de las cuotas N° 13 a la 80 cuyos vencimientos operaban los días 15 de cada mes, desde septiembre de 2005. Con posterioridad al 10 de agosto de 2002, Coviares efectuó pagos al Banco por $ 178.454.924 por el período transcurrido entre octubre 2002 a abril de 2011. Al respecto, Coviares se encuentra en un nuevo proceso de renegociación con sus acreedores bancarios con el objetivo de lograr un equilibrio entre sus compromisos e ingresos. Coviares no ha recibido otras intimaciones en relación al cumplimiento de los compromisos acordados en la reestructuración antes citada, que a la fecha no hayan sido subsanadas. En virtud de esto, la deuda se encuentra expuesta sobre la base de los términos del Contrato de reestructuración antes descriptos, ascendiendo, al 31 de marzo de 2011, el pasivo corriente a $ 72.518.131 y el pasivo no corriente a $ 847.806.178.

El 31 de octubre de 2007 se decretó una medida cautelar, en la cual se resolvió que los acreedores del Contrato de Préstamo se limiten a percibir mensualmente como pago de la deuda el saldo excedente de los gastos que resulten de obligaciones laborales, fiscales, compromisos de obra y manutención y demás gastos necesarios e imprescindibles para el normal desarrollo y cumplimiento de las obligaciones emergentes del contrato de concesión y por último designar perito informante para determinar con precisión el excedente que resulte de retraer de los ingresos los conceptos mencionados anteriormente.

Una vez cesados los efectos de la medida cautelar, que se informa en el párrafo anterior, y entrando en vigencia el acuerdo de renegociación del contrato de concesión, se establecerá el saldo adeudado en el marco de las modificaciones del préstamo a suscribirse con el conjunto de las entidades participantes.

SEMPER Augustus B.V. es una de las entidades acreedoras de la Sociedad como integrante del Contrato de Préstamo Sindicado. El derecho a cobro de su crédito se encuentra parcialmente restringido por la medida cautelar mencionada.

No obstante SEMPER estando en conocimiento de la medida ha iniciado un pedido de quiebra contra Coviares ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N° 23, Secretaría N° 46, expediente n° 56748, caratulado: “Coviares S.A. s/ pedido de quiebra por SEMPER Augustus B.V.”.

Con fecha 17 de junio de 2009, hemos sido notificados de la citación a juicio en los términos del artículo 84 de la ley de Concursos y Quiebras.

Nuestros asesores legales sostienen que dicho acreedor no cuenta con deuda exigible que haga viable una acción de tal naturaleza, destacando asimismo que no cumplió con ciertas cláusulas del Contrato de Préstamo Sindicado inherentes al ejercicio de las acciones individuales de los acreedores sindicados.

Con fecha 26 de agosto de 2009, se ha dictado sentencia rechazando el pedido de quiebra, por cuanto la peticionante carece de un crédito exigible, que le otorgue la legitimación que invoca. Dicha sentencia ha sido apelada por la parte actora y por Coviares respecto de la imposición en costas. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, Sala B, el 31 de mayo de 2010 dictó sentencia desestimando el recurso de apelación interpuesto por Semper y haciendo lugar al de Coviares, a consecuencia de lo cual, le impuso las costas de ambas instancias a la peticionante de la quiebra.

El 12 de julio de 2011 hemos sido notificado de la resolución judicial por el cual se ordena el levantamiento de la medida cautelar en la causa N° 25.092/7 “Coviares S.A. c/Bapro Mandatos Y Negocios S.A. y otros s/Medida Cautelar”. Con fecha 01 de Agosto de 2011 se planteó el recurso de reposición y subsidiariamente el de apelación pidiendo que se otorgue a ésta última efecto suspensivo o se mantenga la cautelar.”

  • DEUDAS CON EL ESTADO NACIONAL

“Según surge del Acta Acuerdo de Renegociación Contractual modificada por la Adenda al Acta Acuerdo de enero de 2001, el tratamiento de la Deuda con el Estado Nacional es el indicado en el punto aclaratorio (1) a la Nota 5.4.5. de los presentes estados contables especiales. Dicha deuda, en origen en pesos, fue reexpresada en la Adenda en dólares estadounidenses. El sistema de ajuste de la Deuda, tanto en el contrato de Concesión como en su Adenda, se hallaba establecido en función de la evolución de la tarifa por peaje, régimen basado en la economía propia del contrato.

Conforme lo establecido en la Cláusula OCTAVA del Acta Acuerdo de Reformulación Contractual de 1993 y su Anexo IV, al igual que lo establecido en el Artículo 4° de la Adenda, el Contrato establecía una tarifa de peaje en dólares de los Estados Unidos, adoptando como factor de ajuste o corrección anual la variación porcentual habida en el Índice de Precios al Consumidor –todos los rubros- (Consumer Price Index – All Items-) de los EE.UU. (CPI). Al solo efecto del cobro a los usuarios la tarifa se expresaría en pesos. Desde el 29 de diciembre de 1993 hasta el 31 de diciembre de 2011 se aplicará a la deuda una tasa del 5,70%.

La tarifa de peaje no ha experimentado ajuste alguno desde la habilitación de la Concesión y fue congelada en el año 2001 según lo establecido por la Ley de Emergencia Económica. No obstante lo mencionado, el tratamiento dado a los aportes mencionados en los estados contables emitidos a partir del 30 de junio de 2002 y hasta el 30 de septiembre de 2003 ha sido la pesificación (u$s1 = $1) y aplicación del CER desde el 3 de febrero de 2002.

Por lo explicado precedentemente, y según se menciona en estados contables anteriores y en el punto aclaratorio ya mencionado, Coviares cuestionó la aplicación de cualquier tipo de ajuste al valor de la Deuda que no se corresponda con un aumento de tarifa equivalente, teniendo en cuenta las previsiones contractuales.

Por ello, y considerando que el Contrato de Concesión de Coviares quedó comprendido en el artículo 8° de la Ley 25.561 y pesificadas las obligaciones que derivan de dicho contrato en virtud de sus disposiciones, razón por la cual la deuda con el Estado Nacional no resulta alcanzada por el CER, al no encontrarse incluida entre aquellas obligaciones mencionadas en el Artículo 1° del Decreto 214/02, corresponde, en opinión de sus asesores legales, revertir el ajuste por CER correspondiente a la Deuda con el Estado Nacional, lo cual ha sido reflejado como Ajuste de resultados de ejercicios anteriores en los estados contables al 30 de junio de 2005. Asimismo, se han corregido los resultados de los períodos intermedios.

La posición de Coviares ha quedado confirmada en la Carta de Entendimiento y en el Acuerdo de Renegociación Contractual suscripto el 9 de octubre de 2009 entre Coviares y el Estado Nacional donde se dispone que la deuda con el Estado Nacional en concepto de Aportes Reintegrables al 29 de diciembre de 1993 es nominada en pesos y asciende $ 155.556.798. Sobre dicho monto se aplicará un interés directo del 5,7% anual y, adicionalmente, se le aplicará la variación porcentual que se disponga para la tarifa básica de peaje de la Estación de Peaje Dock Sud desde el 29 de diciembre de 1993 y hasta la cancelación total de la deuda.

Los cambios en las condiciones económicas del país y las situaciones descriptas afectaron la ecuación económica y financiera de la Sociedad generando incertidumbre respecto del desarrollo futuro de sus negocios.

La Sociedad ha preparado los presentes estados contables especiales utilizando principios contables aplicables a una empresa en marcha. Por lo tanto, dichos estados no incluyen los eventuales ajustes y/o reclasificaciones, relacionados con la valuación y exposición de los activos y pasivos, que pudieran requerirse de no resolverse en forma favorable las situaciones descriptas.”

NOTA 12: CONTINGENCIAS

La Sociedad no reconoce efecto alguno en sus Estados Contables en concepto de contingencias de ganancia en las cuales ella es parte, de acuerdo a las normas de la Comisión Nacional de Valores.

Durante el mes de diciembre de 1994, la Sociedad fue notificada de la sentencia de segunda instancia dictada en el juicio que el consorcio CONEMAR, que integraba con las empresas Seminara S.A., Ecofisa S.A., Conipa S.A. y Francisco Natino e hijos S.A., mantiene con Proyectos Especiales de Mar del Plata Sociedad del Estado (PEMSE). En dicha resolución el juzgado condena al Consorcio a pagar una multa a PEMSE de $ 50.000 más intereses. Dicho fallo fue apelado por las partes.

Durante el mes de julio de 1998, la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires declaró absurda la mencionada sentencia, y que el reclamo realizado era desproporcionado y ordena que se justiprecie la multa correspondiente en primera instancia.

La Sociedad ha realizado una reconvención por una importante suma que PEMSE le adeuda y además entiende que la sentencia es arbitraria pues carece del más elemental análisis de prueba y ha presentando el correspondiente recurso de apelación.

Se ha recibido el traslado de demanda por un incidente de determinación de daños contra los integrantes del consorcio, por los daños y perjuicios que fueron causados a algunos concesionarios de balnearios por la entrega en mora de la obra.

La gerencia de la Sociedad entiende que el consorcio constructor no fue parte en estos juicios ni fue citado como tercero, por lo tanto no les son oponibles las consecuencias de estas sentencias.

Consecuencia de ello, ha decidido no contabilizar ningún pasivo por este concepto.

En notas a los Estados Contables de Coviares S.A. al 31 de marzo de 2011, sociedad en la que Polledo S.A.I.C. y F. mantiene una participación directa e indirecta del 31,78 %, se informa lo siguiente:

“b) Tasa de Seguridad e Higiene

Con fecha 19 de diciembre de 2002, se interpuso una Acción Declarativa ante la Justicia Federal contra todos los municipios por los que atraviesa la traza de la Autopista Buenos Aires – La Plata que tenían pretensiones de cobrar dicha Tasa, peticionándose una orden de no innovar, que fue otorgada y apelada por los fiscos respectivos. La deuda reclamada asciende a $ 3.330.253 y los municipios en cuestión son los de Avellaneda, Quilmes y Berazategui. El 6 de agosto de 2007 se suscribió un reconocimiento de deuda con la Municipalidad de Avellaneda por la tasa de Seguridad e Higiene por los períodos comprendidos entre abril de 2003 y marzo 2007 inclusive. Además el 21 de septiembre de 2009 Coviares se acogió a un Plan de Facilidades de Pagos por el período comprendido entre abril 2007 y diciembre 2008. La presentación se realizó con reserva de derechos de continuar con la acción declarativa iniciada, y en el caso de una resolución favorable solicitar la repetición de los montos ingresados. La deuda se regularizó mediante un plan de pagos, que se expone, de acuerdo con el cronograma de vencimientos, en deudas fiscales corrientes y no corrientes.

Encontrándose firme la medida cautelar contra el Municipio de Berazategui que dispone la abstención del pretendido reclamo del municipio a Coviares al pago de la Tasa de Seguridad e Higiene, haciendo caso omiso, dicho municipio ha iniciado un juicio de Apremio trabando como medida cautelar un embargo sobre los fondos disponibles en una cuenta bancaria por un importe de $ 1.332.153,13 Dicha acción ha sido impugnada por Coviares por improcedente e ilegítima. El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 8 del Departamento Judicial de Quilmes desestimó el planteo y Coviares interpuso un recurso de apelación para ser resuelto por la Cámara de Apelaciones, la cual el 1 de octubre de 2009 rechazó el recurso interpuesto confirmando la apelada resolución, con imposición de costas. Se interpuso Recurso Extraordinario ante la Suprema Corte de Justicia que le ha sido concedido. El 22 de diciembre de 2009 se suscribió un reconocimiento de deuda con la Municipalidad de Quilmes por períodos comprendidos entre diciembre 2002 y mayo 2009.

El 27 de mayo de 2010 se suscribió un nuevo reconocimiento de deuda con la Municipalidad de Avellaneda por la tasa de Seguridad e Higiene por los períodos comprendidos entre agosto de 2007 y abril de 2010. Las presentaciones se realizaron con reserva de derechos de continuar con la acción declarativa iniciada, y en el caso de una resolución favorable solicitar la repetición de los montos ingresados. La deuda se regularizó mediante un plan de pagos.

El 06 de mayo de 2010 la Municipalidad de Berazategui inició juicio de apremio contra esta sociedad por la suma de $ 5.070.708,69 en concepto de capital más $ 1.521.212,60 que se presupuestan para cubrir intereses y costas de la ejecución, proveniente de una deuda por Inspección por Seguridad e Higiene, la misma tramita ante el Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial N° 9 Departamento Judicial de Quilmes, Autos: Municipalidad de Berazategui c/Coviares SA. S/Apremio Expte 26723/9, a la fecha se contestó demanda oponiendo excepciones.

c) Demanda de Construcciones Meijide S.A.C.I.

Coviares y Covimet han sido demandados por ciertos acreedores de Construcciones Meijide S.A.C.I., un accionista minoritario de la Sociedad cuya quiebra fue decretada en el año 1983. La demanda persigue la declaración de nulidad o inexistencia de los actos societarios que conforman el aumento de capital decidido en la asamblea de Coviares de fecha 19 de agosto de 1983. Basándose en la opinión de sus asesores legales, la Sociedad estima que el resultado final será favorable a sus intereses, razón por la cual no ha contabilizado pasivo por este concepto.

Mediante Sentencia N° 234 de fecha 12 de mayo de 2011 se rechazó las demandas interpuestas por los Actores en contra de Coviares S.A. haciendo lugar a las defensas de prescripción y caducidad planteadas en la correspondiente contestación de demanda. Los actores y la sindicatura interpusieron recursos de apelación en contra de la misma. Una vez notificada la Sentencia aclaratoria y las respectivas concesiones de los recursos de apelación, el expediente será elevado a la Cámara 2° a los fines de las correspondientes expresiones de agravio y los traslados a esta parte.

d) Otras

La AFIP-DGI dictó una resolución determinativa en concepto de Impuesto a las Ganancias, reclamando capital e intereses; la determinación se origina en un cuestionamiento de la AFIP vinculado con la existencia de determinados bienes de cambio. Al 31 de marzo de 2011 la deuda por este concepto ha sido regularizada mediante el Plan de Facilidades de Pago Ley 26.476 cuyo acogimiento ha sido realizado en abril de 2009.”

  1. “Impuesto a las ganancias e impuesto a la ganancia mínima presunta

La Sociedad goza de una exención objetiva en el impuesto a las ganancias (Ver Nota 2). Dicha exención surge del Contrato original de Concesión y aplica para aquellos resultados producidos por la explotación de la obra pública. La Sociedad considera que esta exención es aplicable también al impuesto a la ganancia mínima presunta, en atención a su carácter complementario del anterior.

No obstante lo antes mencionado, la Sociedad comenzó a tributar el impuesto a la ganancia mínima presunta y sus anticipos con el objeto de evitar reclamos, y con el propósito de efectuar las presentaciones correspondientes ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) a efectos de obtener el reconocimiento de su postura. Dichas presentaciones se han demorado debido a que se están realizando gestiones previas ante el Concedente, con el objeto de establecer una posición común, o de obtener por parte de éste, el reconocimiento del cargo por este impuesto. Sin perjuicio de ello, la Sociedad presentó las declaraciones juradas correspondientes a los ejercicios 1999 a 2010 considerando a la obra como un activo exento.

Con fecha 15 de agosto de 2001 la AFIP - a nivel de inspección - comunicó la prevista en la que rechaza la exención en el impuesto a la ganancia mínima presunta por los ejercicios 1999, 2000, 2001 y el tratamiento aplicado a los bienes de cambio en relación con este impuesto. Respecto a esto, se tomó vista de la Determinación de Oficio y el 19 de junio de 2003 Coviares presentó el escrito de descargo alegando y ofreciendo pruebas que avalan su postura. El 15 de octubre de 2003 se ordenó la apertura a prueba, por tal motivo las mismas han sido presentadas por la Sociedad.

El 29 de diciembre de 2004 la AFIP comunicó la Resolución del 15 de diciembre de 2004 en la cual determina nuevamente la deuda para el período 1999 en $ 1.535.852,81 y para el ejercicio 2000 en $ 4.281.279,94, haciendo lugar parcialmente a los agravios desarrollados al contestar la vista. Además determina intereses por ambos períodos hasta el 15 de diciembre de 2004 por $ 9.052.630,57 y aplica una multa del 70 % que asciende a $ 4.071.992,93.

El 8 de julio de 2005 la AFIP comunicó la determinación de oficio por el período 2001, en la cual la deuda determinada asciende a $ 4.697.428,87, es decir que luego de la impugnación de la determinación de deuda efectuada por los inspectores actuantes la deuda disminuyó en $ 1.832.586,61. Por el período 2001 la Sociedad efectuó descargo, alegó y ofreció prueba mediante una presentación de fecha 2 de agosto de 2005.

El 27 de junio de 2006 la AFIP comunicó la determinación del año 2001, intimando el pago de $ 4.697.428,27 en concepto de impuesto, de $ 6.479.320,22 en concepto de intereses y $ 3.288.200,21 por una multa del 70%. A la fecha de emisión de los presentes estados contables especiales, la Sociedad apeló ante el Tribunal Fiscal la resolución de fecha 15 de diciembre de 2004 y la determinación comunicada el 27 de junio de 2006 solicitando además el beneficio de litigar sin gastos respecto de los períodos 1999 al 2001.

El impuesto abonado por los ejercicios finalizados el 30 de junio de 1999 al 2010 asciende a $ 9.254.967 y se expone dentro de Otros créditos no corrientes, a la espera de una resolución favorable de la AFIP, o del debido resarcimiento por parte del Concedente.

Basándose en la opinión de sus asesores impositivos, la Sociedad estima que se arribará a una resolución favorable para sus intereses y que el criterio mantenido será aceptado.

El 08 de julio de 2005 Coviares inició una acción declarativa conjuntamente con una medida cautelar de prohibición de innovar contra AFIP y contra el PEN con el objeto de que se determine si la exención prevista por contrato y establecida expresamente por Decreto 497/31, con fuente en la Ley 17.520 y la Ley 21.691 respecto al pago del Impuesto a las Ganancias producidas por la explotación de la Autopista La Plata-Buenos Aires alcanza también al impuesto sobre las ganancias mínimas presuntas, a cuyo pago AFIP pretende obligar a la firma, en esta acción se demanda al PEN a los fines de integrarlo a la litis en carácter de parte del contrato que nos ocupa y consecuentemente a participar del debate de la cuestión referida al mantenimiento de la ecuación económica financiera toda vez que la exención del impuesto a las ganancias fue otorgado por el mismo. Tramita ante el Juzgado Federal Contencioso Administrativo N° 10, Secretaria 19, Autos: Coviares S.A. c/Poder Ejecutivo Nac. Y AFIP s/Acción Declarativa Expte. N° 22.510/2005, desde el 08 de abril de 2010 está a Sentencia de Primera Instancia.

Coviares promueve demanda contra AFIP a fin de declarar la nulidad de la resolución AFIP 308/07 por el cual deniega el Recurso de Reconsideración contra la Resolución 52/07 por la que resuelve no hacer lugar al Recurso de Repetición impetrado por esta sociedad y consecuentemente se ordene la devolución de $ 3.244.459,35 más intereses ingresados a la AFIP indebidamente por error en concepto de Ganancia Mínima Presunta por el período fiscal anual 1999, la misma tramita ante el Juzgado de Primera Instancia Contencioso Administrativo Federal N° 3, Secretaria N° 5 Autos: Coviares S.A. c/Estado Nacional AFIP DGI Resolución 308/07 (LGCN) s/DGI Expte. 34.586/07. La AFIP contesta demanda oponiendo excepción de litispendencia, que fue rechazada en primera instancia y atento a que existe otro proceso judicial entre las mismas partes se ordena al Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Federal n° 10, Sec. 19 remitir el Expte 22.510/05 a fin de acumular los procesos, lo que a la fecha aún no se produjo toda vez que el expediente subió a Cámara con motivo de la apelación de la demanda hecha por la AFIP en cuanto le rechazaron la litispendencia.

Con fecha 11 de mayo de 2011 los autos respecto de la exención de la ganancia mínima presunta han pasado a sentencia.”

En nota a los Estados Contables especiales de Covimet S.A. al 31 de marzo de 2011 se menciona lo siguiente:

“a) Impuesto al valor agregado

El 28 de diciembre de 2000 la AFIP notificó el cierre del procedimiento de determinación de oficio por un ajuste en concepto del Impuesto al Valor Agregado, por un monto nominal aproximado de $ 5,9 millones por considerar gravadas por ese impuesto a las diferencias reconocidas por el GCABA, que la Sociedad considera que no integran la base imponible.

Las diferencias reconocidas por el GCABA se originaron por demoras en el cumplimiento del Convenio del 3 de enero de 1991 y en diferencias originadas por el cálculo de intereses reconocidos con una tasa distinta a la pactada conforme a las normas legales de aplicación.

Además del ajuste mencionado, la AFIP determinó diferencias respecto del momento en el cual se consideró nacido al hecho imponible correspondiente a los subsidios recibidos de la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires.

La Sociedad presentó un Recurso de Apelación ante el Tribunal Fiscal por considerar exentos a los intereses por ser consecuencia de pagos diferidos de deudas comprendidas en las Leyes 13.064 y 21.392. Asimismo, la empresa considera que el hecho imponible de los subsidios no se produjo con su percepción, sino por su consolidación en el patrimonio de la sociedad. A todo evento, solicitó la aplicación del criterio legal de “correcciones simétricas”.

El Tribunal falló a favor de Covimet en lo que hace a la exención de intereses y a la aplicación del criterio de correcciones simétricas, ordenando efectuar una nueva liquidación, la que, en su caso, será apelada ante la Cámara Federal, ya habiéndose apelado el fallo dictado, lo que también hizo el fisco. Se recibió la liquidación de la AFIP que determinó el mismo capital original y mayores intereses la que hizo un total de $ 5.271.874. La liquidación fue impugnada por la sociedad por no ajustarse a lo resuelto y por la incongruencia explicada precedentemente. Dicha impugnación se encuentra en trámite. La Cámara Federal revocó el fallo anterior y el Fisco apeló ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Tribunal en el que tramita actualmente. La Sociedad estima que la resolución final de esta cuestión no tendrá un impacto adverso significativo en el patrimonio y en los resultados de sus operaciones.

b) Demanda de Construcciones Meijide S.A.C.I.

Covimet y Coviares han sido demandados por ciertos acreedores de Construcciones Meijide S.A.C.I., un accionista minoritario de la Sociedad cuya quiebra fue decretada en el año 1983. La demanda persigue la declaración de nulidad o inexistencia de los actos societarios que conforman la suscripción del aumento de capital decidido en la asamblea de Covimet de fecha 06 de abril de 1983. Basándose en la opinión de sus asesores legales, la Sociedad estima que el resultado final será favorable a sus intereses, razón por la cual no ha contabilizado pasivo por este concepto.

Mediante Sentencia N° 234 de fecha 12 de mayo de 2011 se rechazó las demandas interpuestas por los Actores en contra de Coviares S.A. haciendo lugar a las defensas de prescripción y caducidad planteadas en la correspondiente contestación de demanda. Los actores y la sindicatura interpusieron recursos de apelación en contra de la misma. Una vez notificada la Sentencia aclaratoria y las respectivas concesiones de los recursos de apelación, el expediente será elevado a la Cámara 2° a los fines de las correspondientes expresiones de agravio y los traslados a esta parte.”

NOTA 13: APLICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN TÉCNICA N°26 DE LA F.A.C.P.C.E.

La Comisión Nacional de Valores, a través de las Resoluciones 562/09 y 576/10 ha establecido la aplicación de la Resolución Técnica N° 26 de la F.A.C.P.C.E., que adopta las Normas Internacionales de Información Financiera (“NIIF”) emitidas por el IASB (Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad), para las entidades incluidas en el régimen de oferta pública de la Ley N° 17.811, ya sea por su capital o por sus obligaciones negociables, o que hayan solicitado autorización para estar incluidas en el citado régimen.

La aplicación de tales normas resultará obligatoria para la Sociedad a partir del ejercicio que se inicie el 1° de enero de 2012, siendo los primeros estados financieros trimestrales los correspondientes al 31 de marzo de 2012.

Como consecuencia de esta nueva normativa, la Sociedad ha iniciado el proceso de evaluación de los efectos que tendrá la adopción de las NIIF respecto de las normas contables actualmente aplicadas. Cabe mencionar que con fecha 30 de abril de 2010 el Directorio ha aprobado el plan de implementación específico que se llevará a cabo para la adopción de dichas normas contables, el cual está en proceso de ejecución.

A la fecha de los presentes Estados Contables, la Sociedad se encuentra avanzando de acuerdo con lo establecido en el mencionado plan con el propósito de adoptar las Normas Internacionales de Información Financiera en los plazos previstos.

NOTA 14: REDUCCIÓN OBLIGATORIA DE CAPITAL

Al 30 de junio de 2011, los resultados negativos acumulados registrados por la Sociedad insumen las reservas y más del 50% del capital social. A la fecha de cierre de los presentes Estados Contables, la Sociedad se encuentra alcanzada por las disposiciones del artículo 206 de la Ley 19.550 de Sociedades Comerciales. Los accionistas, reunidos en Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria celebrada el 28 de abril de 2011, resolvieron diferir el tratamiento de las medidas a adoptar para revertir tal situación al aguardo de la resolución del proceso de renegociación contractual de Coviares S.A. mencionado en nota 5.2 de los presentes Estados Contables.

INVERSIONES EN ACCIONES, VALORES NEGOCIABLES Y PARTICIPACIONES
PERMANENTES EN SOCIEDADES
Estado de Situación Patrimonial al 30 de junio de 2011 y 31 de diciembre de 2010 En Pesos

Anexo “C”

Emisor y Características de los valores Porcentaje de participación al 30/06/2011 Valor Registrado al 30/06/2011 Valor Registrado al 31/12/2010
CORRIENTES
Comsa S.A. 63,11 -
Agro-Epsilon S.A. 19,31 -
Subtotal -
Previsión para desvalorización (Anexo E) - -
Total -
$
NO CORRIENTES
Alcalis de la Patagonia S.A.I.C. 0,20 1.011.047 1.011.047
Coviares S.A. 18,6917 24.149.439 52.971.118
Lismore International S.A. 31,80 4.800.203 10.536.695
Catastros y Relevamientos S.A. 97,92 70.586 75.936
Polledo do Brasil Concessões e Investimentos Ltda. 99,99 25.582.980 25.248.741
Eriday Unión Transitoria de Empresas 6,083 2.208.149 2.208.149
Otras Inversiones 80.466 80.466
Subtotal 57.902.870 92.132.152
Previsión para desvalorización (Anexo E) (3.294.052) (3.294.052)
Total 54.608.818 88.838.100
PARTICIPACIONES PERMANENTES EN SOCIEDADES
Estado de Situación Patrimonial al 30 de junio de 2011 En Pesos

Anexo “C 1”

Emisor y Características de los Valores Clase Cantidad de Acciones Valor Nominal $ Porcentaje de participación al 30/06/2011 INFORMACION SOBRE EL EMISOR
Actividad Principal ULTIMOS ESTADOS CONTABLES
Fecha Capital Resultado del Ejercicio Patrimonio Neto Valuación Patrimonial
$
Alcalis de la Patagonia S.A.I.C. Ordinarias 378.651 1 0,20 Prod. Soda Solvay 30/06/2007 189.510.592 (54.311.507) (590.090.838) -
Covimet S.A. Ordinarias 31.802 1 31,802 Concesionaria Vial 31/03/2011 100.000 (20.892.748) (11.029.490) -
Coviares S.A. Ordinarias 37.425.669 1 18,6917 Concesionaria Vial 31/03/2011 200.226.175 (218.806.469) 129.868.852 24.149.439
Lismore International S.A. Ordinarias 14.616.123 1 31,80 Inversora 31/03/2011 40.350.980 (8.197.049) 15.173.382 4.800.203
Catastros y Relevamientos S.A. Ordinarias 4.700 1 97,92 Relevamiento catastral 30/06/2011 106.928 (5.464) 72.088 70.586
Polledo do Brasil Concessões e Investimentos Ltda. Ordinarias 8.529.167 1 99,99 Prestación de servicios de asesoramiento 30/06/2011 4.291.076 (2.158.912) 25.585.479 25.582.980
Eriday Unión Transitoria de Empresas - - - 6,083 Constructora 31/12/2010 - (16.887.796) (96.122.640) -
PREVISIONES
Correspondiente al período iniciado el 1° de enero de 2011 y finalizado el 30 de junio de 2011, presentado en forma comparativa con el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2010.
En Pesos

Anexo “E”

RUBROS Saldo al comienzo del Ejercicio Aumentos del Ejercicio (I) Saldo al 30/06/2011 Saldo al 31/12/2010
Deducidas del Activo $
Participaciones Permanentes en Sociedades
Previsión para Desvalorización - Alcalis de la Patagonia S.A.I.C. 1.011.047 - 1.011.047 1.011.047
Previsión para Desvalorización -Otras Inversiones 74.856 - 74.856 74.856
Previsión para Desvalorización - Eriday U.T.E. 2.208.149 - 2.208.149 2.208.149
Totales al 30/06/2011 3.294.052 - 3.294.052
Totales al 31/12/2010 3.294.052 - 3.294.052
Incluidas en el Pasivo
Previsiones varias 456.352 12.304 468.656 456.352
Totales al 30/06/2011 456.352 12.304 468.656
Totales al 31/12/2010 431.541 24.811 456.352

(I) El cargo fue imputado al rubro Resultados financieros y por tenencia del Estado de Resultados.

ACTIVOS Y PASIVOS EN MONEDA EXTRANJERA
Estado de Situación Patrimonial al 30 de junio de 2011 y 31 de diciembre de 2010
En Pesos

Anexo “G”

Monto de moneda extranjera al 30/06/2011 Tipo de cambio vigente Clase de Moneda Importe Contabilizado al 30/06/2011 Importe Contabilizado al 30/06/2010
$
ACTIVO
ACTIVO NO CORRIENTE
Otros Créditos
Sociedad Art. 33, Ley 19.550 1.892 2,51 R$ 4.749 4.390
Sociedad Art. 33, Ley 19.550 1.004.084 4,07 U$S 4.086.622 3.747.443
TOTAL ACTIVO NO CORRIENTE 4.091.371 3.751.833
TOTAL ACTIVO 4.091.371 3.751.833
PASIVO
PASIVO CORRIENTE
Deudas
Comerciales 15.738 4,11 U$S 64.684 62.576
Otros Pasivos
Soc. Art. 33 Ley 19.550 (1) - R$ - -
TOTAL PASIVO CORRIENTE 64.684 62.576
PASIVO NO CORRIENTE
Otras Deudas
Sociedad Art. 33, Ley 19.550 6.803.892 4,11 U$S 27.964.008 26.589.228
TOTAL PASIVO NO CORRIENTE 27.964.008 26.589.228
TOTAL PASIVO 28.028.692 26.651.804
U$S = Dólares estadounidenses
R$ = Reales
INFORMACIÓN REQUERIDA POR EL ART. 64 INC. B) DE LA LEY 19.550
Correspondiente al período de seis meses iniciado el 1° de enero de 2011 y finalizado el 30 de junio de 2011, presentado en forma comparativa.
En Pesos

“Anexo H”

R U B R O Gastos de Administración Totales al 30/06/2011 Totales al 30/06/2010
$
Gastos órganos de contralor 45.654 45.654 53.373
Honorarios a Directores 88.475 88.475 69.931
Honorarios y retribuciones por servicio 192.995 192.995 308.397
Impuestos, tasas y contribuciones 11.638 11.638 60.471
Licitaciones y suscripciones 11.820 11.820 11.518
Impresos y papelería 604 604 1.281
Participación en Catrel S.A. U.T.E. 2.593 2.593 2.564
Diversos 36.433 36.433 39.639
Total al 30 de junio de 2011 390.212 390.212
Total al 30 de junio de 2010 547.174 547.174
PAUTAS DE ACTUALIZACION Y PLAZOS ESTIMADOS DE VENCIMIENTO DE CREDITOS Y PASIVOS
Estado de Situación Patrimonial al 30 de junio de 2011
En Pesos
“Anexo I”
Créditos por Ventas Otros Créditos Deudas Comerciales Cargas Fiscales Otras Deudas
$
A vencer
Hasta tres meses - 3.447.760 125.127 315.442 161.808
De tres a seis meses - - - 169.863 -
De seis a nueve meses - - - 115.857 -
De nueve a doce meses - - - 123.331 7.555
De uno a dos años - - - 18.629 -
De dos a tres años - - - 24.494 -
Mas de tres años - - - 210.255 -
Subtotal - 3.447.760 125.127 977.871 169.363
Sin plazo establecido 220.398 (1)  5.584.080 - - (2)  41.181.394
Total 220.398 9.031.840 125.127 977.871 41.350.757
No devengan interés: 220.398 1.438.463 125.127 118.948 178.331
Sí devengan interés:
A tasa variable - 3.389.979 - - -
A tasa fija - 4.203.398 - 858.923 41.172.426
Total 220.398 9.031.840 125.127 977.871 41.350.757
Sin cláusula de ajuste 220.398 5.641.861 125.127 977.871 41.350.757
Con cláusula de ajuste - 3.389.979 - - -
Total 220.398 9.031.840 125.127 977.871 41.350.757
(1) Otros créditos sin plazo, incluyen $5.033.304, clasificados como No Corrientes
(2) Otras deudas sin plazo, incluyen $41.172.426, clasificados como No Corrientes

Estados Contables al 30 de junio de 2011

INFORMACION SOLICITADA POR EL ARTICULO 68 DEL REGLAMENTO DE LA BOLSA DE COMERCIO DE BUENOS AIRES

1º) No existen.

2º) Ver Notas 2, 5, 9 y 12 a los Estados Contables.

3º) Ver Anexo I.

4º) Ver Anexo G e I.

5º) Ver Nota 5 y Anexos C, C1 e I.

6º) No existen.

7º) No corresponden.

8º) Ver Nota 2 a los Estados Contables.

9º) No corresponde.

10º) No corresponde.

11º) No existen.

12º) Ver Nota 2 a los Estados Contables.

13º) No existen.

14º) Ver Nota 2 y Anexo E a los Estados Contables.

15º) Ver Nota 12 a los Estados Contables.

16º) No corresponde.

17º) No corresponde.

18º) Ver Nota 6 y 14 a los Estados Contables.

POLLEDO S.A.I.C. y F.

RESEÑA INFORMATIVA

AL 30 DE junio de 2011

RESEÑA INFORMATIVA AL 30 JUNIO de 2011

CONCESIONES VIALES EN EL PAÍS: COVIARES S.A. (AUTOPISTA BUENOS AIRES – LA PLATA) Y COVIMET S.A. (AUTOPISTA ARTURO UMBERTO ILLIA)

Coviares S.A.

En nota a los Estados Contables de Coviares S.A. al 31 de marzo de 2011 se menciona lo siguiente:

“ACTIVIDADES DE LA SOCIEDAD

La Sociedad tiene como objeto social la construcción, conservación y explotación de la Autopista La Plata - Buenos Aires, Ribereña de la Capital Federal y Nuevo Puente sobre el Riachuelo, de acuerdo con el Acuerdo de Reformulación del contrato de concesión (“el Contrato de Concesión”) de fecha 29 de diciembre de 1993, celebrado con la Secretaría de Obras Públicas y Comunicaciones del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos de la Nación (“la Secretaria de Obras Públicas” o “el Concedente”), que fue aprobado por Resolución Ministerial Nº 538/94 y decreto del Poder Ejecutivo Nacional. La concesión comprende, entre otras obligaciones, la construcción de la autopista, el mantenimiento, reparación y conservación de las obras y la administración, explotación y prestación de servicios durante el período de concesión.

El día 22 de diciembre de 2000, Coviares y la Secretaría de Obras Públicas suscribieron una adenda al Acuerdo de Reformulación antes mencionado. Dicha adenda fue aprobada por el Decreto Nº 85/2001 del Poder Ejecutivo Nacional, firmado el 25 de enero de 2001 y publicado en el Boletín Oficial el 30 de enero de 2001. Las principales modificaciones surgidas de la misma se detallan a continuación: (i) prórroga de la fecha de vencimiento del cronograma de obras; (ii) ampliación de los plazos para la devolución de la deuda con el Estado Nacional (Ver Nota 5.4.5.(1)), cuyos pagos comenzarán a hacerse efectivos a partir de enero de 2012, más los intereses correspondientes sobre saldos, calculados a la tasa del 6% anual y directa; y (iii) exclusión de la adenda de la Autopista Ribereña de la Capital Federal hasta tanto se defina la traza y anteproyecto de dicha autopista.

El plazo de concesión es de veintidós años contados a partir de la fecha de habilitación de la primera casilla de peaje (1° de julio de 1995).

Una vez finalizado el período de concesión, la Sociedad no conservará ningún derecho sobre la obra, cuyo dominio pertenece al Estado, ni sobre su explotación, excepto por los que surjan de eventuales reclamos que puedan hacerse a este último.

De acuerdo con el Contrato de Concesión, Coviares es responsable y está obligada al pago de todos los impuestos, tasas y contribuciones que se apliquen a los bienes entregados por el Concedente o los que construya o incorpore a las obras, así como a las actividades que realice, sean dichos tributos de origen nacional, provincial o municipal, con excepción del pago del impuesto a las ganancias, en virtud de la exención establecida en dicho contrato.

A la fecha no existen otros hechos, además de los informados en Nota 3, que hagan presumir la existencia de dificultades en el cumplimiento de las obligaciones emergentes del Contrato de Concesión. Es importante destacar que a la fecha el Concedente no ha aplicado multas ni sanciones por incumplimiento de las obligaciones contractuales que se encuentren firmes, estimándose que serán dejadas sin efecto.

Asimismo, sobre la base de sus proyecciones, la Sociedad prevé que los ingresos a obtener durante el período de concesión le permitirán absorber el valor residual de la obra ya realizada y el costo de las obras a realizarse. Al 31 de marzo de 2011, los pasivos corrientes superan a sus activos corrientes en $ 83.828.722. Además, a pesar de la crítica situación descripta, al 31 de marzo de 2011, Coviares se encuentra construyendo el tercer carril entre Quilmes y el Acceso Sudeste, dado que el tránsito alcanzó los niveles que definen la necesidad de su construcción.

Asimismo, se continuó con los trabajos de mantenimiento, conservación y mejorativos de la calzada existente a los fines de mantener los índices técnicos contractuales de la autopista.”

“RENEGOCIACIÓN DE CONTRATOS CELEBRADOS CON LA ADMINISTRACIÓN PUBLICA

A partir de la sanción de la Ley Nº 25.561 (Ley de Emergencia Pública y Reforma del régimen cambiario), quedaron sin efecto las cláusulas de ajuste en dólares u otras monedas extranjeras u otros mecanismos indexatorios incluidos en los contratos celebrados con la Administración Pública. Los precios y tarifas vigentes a dicha fecha fueron convertidos a pesos al tipo de cambio de $ 1 por US$ 1. Asimismo, el Gobierno Nacional quedó autorizado a renegociar dichos contratos debiendo tomar en consideración aspectos tales como el impacto de las tarifas en la competitividad de la economía y en la distribución de los ingresos, la rentabilidad de las empresas, etc. En cumplimiento de ello, a partir del dictado del Decreto 293 del 12 de febrero de 2002, se dio inicio al proceso de renegociación contractual, mediante la creación de la Comisión de Renegociación de Contratos de Obras y Servicios Públicos, para que las concesionarias de obras y servicios públicos presentaran sus propuestas de renegociación.

Los plazos originalmente establecidos para el proceso de negociación fueron prorrogados y a través del Decreto N° 311 del 3 de julio de 2003, se creó una nueva Comisión en el ámbito de los Ministerios de Economía y Producción y de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, en sustitución de la constituida anteriormente, denominada “Unidad de Renegociación y análisis de Contratos de Servicios Públicos” (“UNIREN”).

UNIREN, a través de la Ley 25.790 de octubre de 2003, dispuso que los acuerdos de renegociación podrían abarcar aspectos parciales de los contratos de concesión o licencia, incluyendo la posibilidad de revisiones periódicas.

La referida UNIREN debatió con los concesionarios, la suscripción de una “Carta de Entendimiento” que regiría en forma transitoria hasta la suscripción del Acuerdo definitivo previsto por la mencionada ley 25.790, a debatirse en Audiencia Pública.

A la fecha de emisión de los presentes estados contables especiales se ha sancionado la ley 26.563, la cual prorroga los plazos de la emergencia hasta el 31 de diciembre de 2011, con igual extensión en el plazo de renegociación contractual.

A lo largo del proceso antes explicado, Coviares efectuó varias presentaciones ante la Comisión de Renegociación de Contratos de Obras y Servicios Públicos, ahora UNIREN, en las cuales se sugieren distintas alternativas para aliviar la crítica situación que provocan las medidas mencionadas.

Con fecha 21 de febrero de 2007 se ha suscripto una Carta de Entendimiento que tiene por objeto establecer las bases y condiciones que se estiman razonables y convenientes para adecuar el Contrato de Concesión en las actuales condiciones de la Sociedad y la economía del país. El documento ha sido debatido en una Audiencia Pública, celebrada el 28 de junio de 2007 por Disposición N° 1/2007 de la UNIREN, cuyas conclusiones fueron consideradas, para definir el Acuerdo de Renegociación Contractual, “ad referéndum” del Poder Ejecutivo Nacional.

Con fecha 29 de enero de 2009 se suscribió el Acuerdo de Renegociación Contractual mencionado y con posterioridad al consenso alcanzado, se produjo el cambio de la autoridad a cargo del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas efectuándose adecuaciones derivadas de dicha circunstancia, manteniendo los términos y condiciones de su antecedente de fecha 29 de enero de 2009, suscribiéndose un nuevo Acuerdo de Renegociación Contractual con fecha 9 de octubre de 2009 “ad. Referéndum” de la firma del Decreto del Poder Ejecutivo Nacional.

El Acta Acuerdo de Renegociación ha regresado a la UNIREN y ésta remitió por nota N° 246 de fecha 30 de junio de 2009 al Honorable Congreso de la Nación la propuesta de renegociación contractual de Coviares que tramita bajo el expediente CUDAP EXP-S 01:0257392/2002, luego de lo cual el Congreso tomo intervención de acuerdo al art. 4 de la Ley 25.790. A la fecha de los presentes estados contables se ha alcanzado el acuerdo con la UNIREN. La Asamblea Extraordinaria de Accionistas se expidió sobre el mismo el 14 de octubre 2009 aprobando el texto adecuado del Acta Acuerdo de Renegociación de fecha 9 de octubre de 2009.

Entre los puntos más sobresalientes se destacan:

a) La firma del Acuerdo no implica renuncia ni desistimiento alguno por parte de esta Sociedad a obtener la extensión de la exención del Impuesto a las Ganancias hacia otros gravámenes de igual naturaleza vigentes y/o que graven el mismo hecho imponible.

b) Referente al Plan de Inversiones, se modificó el Cronograma Plan de Inversiones contenido en la Adenda al Acta Acuerdo de Reformulación contractual del 22 de diciembre de 2000, se contempla la readecuación de la ecuación económica financiera del contrato en función de la diferencia resultante de la comparación entre el plan económico financiero actual y el de origen, es decir, el contemplado en el Contrato suscripto en 1993.

c) Se recompondrá la tasa interna de retorno del plan original de la Concesión cuyo valor es de 14,6%. Se contempló un aumento de la tarifa de peaje del 15% que debió regir a partir de diciembre de 2009 y se estableció una metodología, para el ajuste futuro de las tarifas, que cubra los efectos de la inflación y que comenzará a aplicarse a partir de la firma del Decreto del Poder Ejecutivo Nacional. Se conviene establecer una instancia de revisión contractual entre el Concedente y el Concesionario.

d) Respecto del tratamiento de las penalidades se establece que los incumplimientos del Concesionario respecto a las obligaciones de realización de obras en la Autopista de acuerdo al cronograma contractualmente comprometido y producidos a partir del mes de enero de 2002 en virtud de la situación de emergencia declarada, no serán pasibles de la penalidades previstas en el Contrato de Concesión, por tal motivo la autoridad de aplicación y el órgano de control procederán a dejar sin efecto los procesos en curso originados en actas de constatación.

e) En concordancia con el proyecto, se excluye de las obligaciones de la Concesionaria la construcción, mantenimiento, reparación y conservación de la obra Autopista Ribereña de la Capital Federal y los eventuales trabajos de conexión en el mencionado distribuidor, de forma tal que el Concedente podrá disponer la ejecución de la misma por los medios y en el plazo que estime conveniente. Por su parte, a partir de la firma del mencionado Decreto cesan las obligaciones de la Sociedad a las iniciativas de la remodelación de las zonas bajo viaducto correspondiente a la Av. Pedro de Mendoza como obra complementaria de la Autopista Ribereña, renunciando incondicionalmente además a la explotación comercial de la zona.

El 27 de julio de 2010 se publicó en el Boletín Oficial el decreto 1057/2010, el cual ratifica el Acuerdo de Renegociación Contractual suscripto entre la UNIREN y Coviares. Con la ratificación de este acuerdo, la Dirección Nacional de Vialidad y el OCCOVI, actuando dentro de sus respectivos ámbitos de competencia, deberán proceder al dictado de los actos y al desarrollo de los procedimientos que resulten necesarios para la instrumentación, ejecución y cumplimiento de las disposiciones contenidas en el Acuerdo para recomponer la ecuación económica financiera del Contrato de Concesión. El Acuerdo de Renegociación Contractual tuvo principio de ejecución con la puesta en vigencia del cuadro tarifario que aumentó la tarifa en el 15% a que se hace referencia en el punto c), a partir del día 4 de octubre de 2010.

En el mencionado punto c) se hace referencia a la metodología de ajuste futuro de las tarifas conforme lo dispuesto por la Cláusula Décimo Segunda del Acuerdo de Renegociación Contractual; en el marco de lo establecido en esta cláusula, la Sociedad presentó notas el 6 de agosto y el 14 de setiembre de 2010, solicitando el aumento de tarifa correspondiente, las cuales derivaron en la respuesta del OCCOVI del 24 de setiembre de 2010 Nota Nº 2894/10 en la cual se aprueba el cálculo de la incidencia que las variaciones de precios operadas desde el mes de abril de 2008 hasta el mes de mayo de 2010 han tenido en los costos relacionados con la operación, mantenimiento e inversiones incluidas en el PEF de la concesión, determinando un aumento necesario de tarifa del 68,64% con vigencia octubre 2010.

Con fecha 21 de diciembre de 2010, 15 de marzo y 3 de mayo de 2011 Coviares presentó al OCCOVI nuevos pedidos de reconocimiento de adecuación de tarifa por variación de precios, por el período mayo 2010 a febrero de 2011, que determinan un aumento acumulado del 109,64%.

A la fecha se encuentra pendiente de aprobación por parte del PEN el cuadro tarifario resultante de los reclamos mencionados.

Adicionalmente, se han realizado presentaciones con el objeto de lograr los avances para recomponer integralmente el contrato a la mayor brevedad posible.

En el mes de abril de 2011 el Ministro de Infraestructura de la Provincia de Buenos Aires se contactó con la Sociedad para solicitar autorización a los efectos de proceder, en acuerdo con el Gobierno Nacional, al traspaso del Contrato de Concesión al ámbito de la Provincia.

Atento a la situación que atraviesa esta Sociedad y frente a la inacción por parte del Estado Nacional para renegociar el Contrato de conformidad a las pautas refrendas por el Dto. 1057/10, es que se acepta la propuesta de la Provincia y se inicia conversaciones con las autoridades pertinentes con la anuencia del Gobierno Nacional y dentro de las pautas del decreto mencionado.

Frente a las demoras del traspaso de la Concesión a la Provincia por parte del Estado Nacional y ante la falta de respuestas a los distintos pedidos efectuados tanto a la autoridad de aplicación como al Concedente, y ante la eventual caída de la medida cautelar, la que ya fue decretada y recurrida por vía de reposición y apelación en subsidio el 1 de agosto de 2011, es que se cursó nota al Poder Ejecutivo a los efectos de solicitar instruya a los organismos pertinentes dar cumplimiento al Dto. 1057/10.”

La recaudación en la Autopista Buenos Aires - La Plata correspondiente a los meses de enero, febrero, marzo, abril, mayo y junio del año 2011 ascendió a $11.443.146, $11.177.810, $11.729.005, 11.311.978, 12.001.323 y 11.757.008, respectivamente.

Covimet S.A.

Se constituyó originalmente con un objeto social destinado a la construcción, conservación y explotación de la Autopista 9 de Julio - Tramo Norte, de acuerdo con el Contrato de Concesión de fecha 21 de diciembre de 1993. Al respecto, con la modificación del Estatuto de fecha 15 de julio de 1986, el objeto social de Covimet se hizo extensivo a la construcción de toda otra clase de obras de ingeniería y arquitectura, públicas y privadas; la realización de proyectos de obras y prestación de servicios de ingeniería, asesoramiento industrial y comercial e inversora. A los fines mencionados, la Sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones y ejercer todos los actos que no sean prohibidos por las leyes o por otros estatutos.

Con fecha 25 de febrero de 2003 el Jefe de Gobierno de la CABA dictó el decreto 149/GCABA/2003 mediante el cual dispuso: (a) revocar el decreto 3135/GCABA/1998, alegando su nulidad absoluta e insanable; y (b) rescindir el contrato de concesión de obra pública para la construcción y concesión de la remodelación y prolongación de la Av. 9 de Julio Tramo Norte (Autopista Arturo Illia), argumentando incumplimiento de Covimet. En Nota 10 a los Estados Contables básicos se explica detalladamente esta situación.

INFORMACIÓN COMPARATIVA SOBRE LOS ESTADOS CONTABLES DE POLLEDO S.A.I.C. y F.:

a) Información comparativa básica:
Estructura Patrimonial:
30/06/2011 30/06/2010 30/06/2009 30/06/2008 30/06/2007
En Pesos En Pesos En Pesos En Pesos En Pesos
Activo Corriente 4.376.045 6.439.698 4.134.035 4.829.120 2.683.340
Activo No Corriente 59.642.122 123.122.897 170.925.724 221.564.070 248.470.705
Total 64.018.167 129.562.595 175.059.759 226.393.190 251.154.045
Pasivo Corriente 1.496.607 1.783.661 1.869.340 2.228.394 1.465.169
Pasivo No Corriente 41.425.804 39.861.585 32.359.223 29.447.243 26.460.863
Sub - Total 42.922.411 41.645.246 34.228.563 31.675.637 27.926.032
Participación de terceros en U.T.E. (2.216.203) (2.199.202) (2.187.017) (2.425.843) (1.925.407)
Patrimonio Neto 23.311.959 90.116.551 143.018.213 197.143.396 225.153.420
Total 64.018.167 129.562.595 175.059.759 226.393.190 251.154.045
Estructura de Resultados:
30/06/2011 30/06/2010 30/06/2009 30/06/2008 30/06/2007
6 MESES 6 MESES 6 MESES 6 MESES 12 MESES
En Pesos En Pesos En Pesos En Pesos En Pesos
Resultado operativo ordinario (390.212) (547.174) (438.188) (347.076) (397.131)
Resultado de Inversiones en entes relacionados (36.722.222) (26.604.586) (29.317.922) (23.332.978) (31.671.800)
Otros Ingresos y Egresos, Netos (206.527) (625.171) (26.034) (82.897) (812.538)
Resultados Financieros y por Tenencia (1.077.098) (2.024.996) 1.663.868 642.095 (2.749.905)
Impuesto a las ganancias y a la ganancia
mínima presunta (205.089) (215.103) (190.745) (211.218) (241.862)
Participación de terceros en U.T.E. 3.052 4.390 11.550 4.936 18.377
Resultado Neto (38.598.096) (30.012.640) (28.297.471) (23.327.138) (35.854.859)
Indices
30/06/2011 30/06/2010 30/06/2009 30/06/2008 30/06/2007
6 MESES 6 MESES 6 MESES 6 MESES 12 MESES
Liquidez (1) 2,9240 3,6104 2,2115 2,1671 1,8314
Solvencia (2) 0,5431 2,1639 4,1783 6,2238 8,0625
Inmovilización de capital (3) 0,9316 0,9503 0,9764 0,9787 0,9893
(1) Activo Corriente (2) Patrimonio Neto (3) Activo No Corriente
Pasivo Corriente Pasivo total Total de Activo
b) Información comparativa consolidada:
Estructura Patrimonial Consolidada:
30/06/2011 30/06/2010 30/06/2009 30/06/2008 30/06/2007
En Pesos En Pesos En Pesos En Pesos En Pesos
Activo Corriente 4.748.311 7.488.116 5.145.256 31.609.834 17.652.567
Activo No Corriente 36.254.083 99.764.332 149.040.209 197.065.745 245.072.823
Total 41.002.394 107.252.448 154.185.465 228.675.579 262.725.390
Pasivo Corriente 1.403.850 3.097.002 2.092.731 2.084.629 11.107.623
Pasivo No Corriente 16.285.089 14.037.207 9.074.676 29.447.243 26.460.863
Sub - Total 17.688.939 17.134.209 11.167.407 31.531.872 37.568.486
Participación de terceros en sociedades controladas 1.496 1.688 (155) 311 3.484
Patrimonio Neto 23.311.959 90.116.551 143.018.213 197.143.396 225.153.420
Total 41.002.394 107.252.448 154.185.465 228.675.579 262.725.390
Estructura de Resultados Consolidados:
30/06/2011 30/06/2010 30/06/2009 30/06/2008 30/06/2007
6 MESES 6 MESES 6 MESES 6 MESES 12 MESES
En Pesos En Pesos En Pesos En Pesos En Pesos
Resultado operativo ordinario (1.219.185) (2.109.718) (1.762.674) (1.709.817) (1.376.343)
Resultados de Inversiones en entes relacionados (34.558.171) (26.280.448) (24.010.788) (21.168.864) (31.187.093)
Otros Ingresos y Egresos, Netos (206.280) (624.506) (25.517) (65.817) (818.678)
Resultados Financieros y por Tenencia (2.409.484) (765.354) (2.308.047) (169.191) (2.222.818)
Impuesto a las ganancias y a la ganancia mínima presunta (205.089) (232.739) (190.745) (213.373) (260.112)
Participación de terceros en Sociedades Controladas 113 125 300 (76) 10.185
Resultado Neto (38.598.096) (30.012.640) (28.297.471) (23.327.138) (35.854.859)
Indices
30/06/2011 30/06/2010 30/06/2009 30/06/2008 30/06/2007
Liquidez (1) 3,3823 2,4179 2,4586 15,1633 1,5892
Solvencia (2) 1,3179 5,2595 12,8068 6,2522 5,9931
Inmovilización de capital (3) 0,8842 0,9302 0,9666 0,8618 0,9328
(1) Activo Corriente (2) Patrimonio Neto (3) Activo No Corriente
Pasivo Corriente Pasivo total Total de Activo
c) Datos Estadísticos
Ingresos por peaje
(Moneda homogénea)
01/01/2011 al 01/01/2010 al 01/01/2009 al 01/01/2008 al 01/07/2006 al
30/06/2011 30/06/2010 30/06/2009 30/06/2008 30/06/2007
En Pesos En Pesos En Pesos En Pesos En Pesos
Econorte S.A. - - - - 112.875.886
Coviares S.A. 69.420.271 61.147.148 57.157.581 57.272.117 105.340.497

AVANCE EN EL CUMPLIMIENTO DEL PLAN DE IMPLEMENTACIÓN DE LAS NORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACIÓN FINANCIERA (NIIF)

Como resultado del monitoreo del plan de implementación específico de las NIIF, el Directorio no ha tomado conocimiento de circunstancia alguna que requiera modificaciones al referido plan o que indique un eventual desvío de los objetivos y fechas establecidos.

PERSPECTIVAS FUTURAS

De acuerdo a lo ya manifestado, la Sociedad actualmente se encuentra expectante en relación a las medidas que viene adoptando el Gobierno Nacional en lo referente a la renegociación de los contratos de servicios públicos, las cuales esperamos ayuden a revertir la situación de los principales contratos en los que Polledo S.A.I.C. y F. participa, los cuales en virtud de no ser controlados por nosotros, exige una permanente atención sobre la evolución de sus acontecimientos.

INFORME DE REVISION LIMITADA

A los señores Accionistas, Presidente y Directores de

Polledo S.A.I.C. y F.

Domicilio Legal: Leandro N. Alem 1050, Piso 9°

Ciudad Autónoma de Buenos Aires

CUIT N°: 30-53874847-8

  1. Hemos efectuado una revisión limitada del estado de situación patrimonial de Polledo S.A.I.C. y F. al 30 de junio de 2011, de los estados de resultados, de evolución del patrimonio neto y de flujo de efectivo por el período de seis meses terminado en dicha fecha, y de las notas 1 a 14 y anexos C, C1, E, G, H e I que los complementan. Además, hemos efectuado una revisión limitada del estado de situación patrimonial consolidado al 30 de junio de 2011, de los estados de resultados y de flujo de efectivo consolidados por el período de seis meses terminado el 30 de junio de 2011 de Polledo S.A.I.C. y F. con sus sociedades controladas, los que se presentan como información complementaria. La preparación y emisión de los mencionados estados contables es responsabilidad de la Sociedad.

  2. Nuestras revisiones se limitaron a la aplicación de los procedimientos establecidos en la Resolución Técnica Nº 7 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas para revisiones limitadas de estados contables de períodos intermedios que consisten, principalmente, en la aplicación de procedimientos analíticos sobre las cifras incluidas en los estados contables y en la realización de indagaciones a personal de la Sociedad responsable de la preparación de la información incluida en los estados contables y su posterior análisis. El alcance de estas revisiones es sustancialmente inferior al de un examen de auditoría, cuyo objetivo es expresar una opinión sobre los estados contables bajo examen. Consecuentemente, no expresamos opinión sobre la situación patrimonial, los resultados de las operaciones, las variaciones en el patrimonio neto y el flujo de efectivo de la Sociedad, ni sobre sus estados contables consolidados.

  3. Tal como se menciona en Notas 5.2 y 11 a los estados contables, los cambios en las condiciones económicas del país y las modificaciones introducidas por el Gobierno Nacional al Contrato de Concesión de Coviares S.A., Sociedad en la cual participa Polledo S.A.I.C. y F., principalmente la suspensión del régimen original de actualización de tarifas, afectaron la ecuación económica y financiera de dicha Sociedad, generando incertidumbre respecto del desarrollo futuro de sus negocios, del potencial cumplimiento del programa de inversiones previsto en el Contrato de Concesión y de la posibilidad de cumplir con las obligaciones financieras que ha asumido, la resolución final de situaciones contingentes y el recupero de ciertos activos, por lo cual, a la fecha de emisión de los estados contables adjuntos no es posible evaluar el impacto que estas circunstancias podrían tener sobre el valor de esta inversión, como así tampoco, si su valor recuperable superará a su valor contable, el que representa el 71% del activo consolidado de la Sociedad.

  4. La Sociedad ha preparado los estados contables adjuntos utilizando principios contables aplicables a una empresa en marcha y por lo tanto, dichos estados no incluyen los efectos de los eventuales ajustes y reclasificaciones, si los hubiere, que pudieran requerirse de no resolverse favorablemente las situaciones descriptas en el punto 3 precedente, y la misma se viera obligada a realizar sus activos y cancelar sus pasivos, incluyendo los contingentes, en condiciones diferentes al curso normal de sus negocios.

  5. En base a la labor realizada y a nuestros exámenes de los estados contables básicos y consolidados de la Sociedad por el ejercicio terminado el 31 de diciembre de 2010, sobre el cual emitimos nuestro informe de fecha 10 de marzo de 2011 con salvedades referidas a similares circunstancias a las indicadas en los puntos 3, 4 y 6 de este informe, manifestamos que:

  6. los estados contables de Polledo S.A.I.C. y F. al 30 de junio de 2011 y sus estados contables consolidados a esas fechas, detallados en el punto 1., preparados de acuerdo con normas contables vigentes en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, consideran todos los hechos y circunstancias significativos que son de nuestro conocimiento y que, en relación con los mismos, no tenemos otras observaciones que formular que las indicadas en los puntos 3 y 4;
  7. la información comparativa incluida en el estado de situación patrimonial básico y consolidado, y en las notas y anexos complementarios a los estados contables adjuntos, se deriva de los estados contables de la Sociedad al 31 de diciembre de 2010.
  8. Nuestro informe de revisión limitada de fecha 10 de agosto de 2010 sobre los estados contables de la Sociedad al 30 de junio de 2010 que se presentan con fines comparativos, incluía salvedades referidas a similares circunstancias a las indicadas en los puntos 3 y 4. Asimismo, el mencionado informe incluía salvedades referidas a limitaciones en el alcance de nuestro trabajo relacionadas con la inversión en Polledo do Brasil Concessões e Investimentos Ltda. y a los préstamos financieros de Coviares S.A.; una salvedad por incertidumbre relacionada con la inversión en Covimet S.A.; y un desvío a las normas contables profesionales relacionado con un crédito por impuesto a la ganancia mínima presunta de Coviares S.A., las cuales han sido resueltas a la fecha de emisión de éste informe, y no generaron impacto contable. Asimismo, nuestro informe de auditoría de fecha 10 de marzo de 2011 sobre los estados contables de la Sociedad al 31 de diciembre de 2010 que se presentan con fines comparativos, incluía salvedades referidas a limitaciones en el alcance de nuestro trabajo relacionadas con la inversión en Polledo do Brasil Concessões e Investimentos Ltda. y a los préstamos financieros de Coviares S.A.; y un desvío a las normas contables profesionales relacionado con un crédito por impuesto a la ganancia mínima presunta de Coviares S.A., las cuales han sido resueltas a la fecha de emisión de éste informe, y no generaron impacto contable.

  9. En cumplimiento de disposiciones vigentes informamos que:

  10. los estados de Polledo S.A.I.C. y F. y sus estados consolidados se encuentran asentados en el libro "Inventarios y Balances" y cumplen, en lo que es materia de nuestra competencia, con lo dispuesto en la Ley de Sociedades Comerciales y en las resoluciones pertinentes de la Comisión Nacional de Valores;

  11. los estados de Polledo S.A.I.C. y F. surgen de registros contables llevados en sus aspectos formales de conformidad con normas legales;
  12. hemos leído la reseña informativa, a excepción del capítulo titulado “Avance en el cumplimiento del plan de implementación de las NIIF”, y la información adicional a las notas a los estados contables requerida por el artículo 68 del Reglamento de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires, sobre las cuales, en lo que es materia de nuestra competencia, no tenemos otras observaciones que formular que las indicadas en los puntos 3 y 4;
  13. al 30 de junio de 2011, no existe deuda devengada a favor del Sistema Integrado Previsional Argentino que surja de los registros contables de la Sociedad.

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 10 de agosto de 2011.

PRICE WATERHOUSE & CO. S.R.L. (Socio)
C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 Fº 17
Dr. Gabriel M. Perrone Contador Público (UCA) C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 182 – Fº 010

INFORME DE LA COMISION FISCALIZADORA

Buenos Aires, 10 de Agosto de 2011

Señores Accionistas de:

POLLEDO SOCIEDAD ANONIMA,

INDUSTRIAL, CONSTRUCTORA Y FINANCIERA

En nuestro carácter de Comisión Fiscalizadora, hemos dado cumplimiento a lo dispuesto por el Art. 294 de la Ley 19550 de Sociedades Comerciales. En ejercicio de estas funciones hemos procedido a examinar el balance general de Polledo S.A.I.C. y F. al 30 de junio de 2011, y los correspondientes estados de resultados, de evolución del patrimonio neto y Estado de flujo de efectivo por el período de seis meses terminado en esa fecha y las notas y anexos que los complementan, los que han sido presentados por la Sociedad para nuestra consideración. Además, hemos examinado los estados contables consolidados de Polledo S.A.I.C. y F. por el período de seis terminado el 30 de junio de 2011, con sus notas y anexos, los que se presentan como información complementaria, la Reseña Informativa y la información adicional a las notas a los estados contables requerida por el artículo 68 del Reglamento de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires. La preparación y emisión de los mencionados estados contables es responsabilidad de la Sociedad.

Nuestro trabajo fue realizado de acuerdo con las normas de sindicatura vigentes. Dichas normas requieren la aplicación de los procedimientos establecidos en la Resolución Técnica Nº 7 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas para revisiones limitadas de estados contables de períodos intermedios e incluyen la verificación de la congruencia de los documentos revisados con la información sobre las decisiones societarias expuestas en actas y la adecuación de dichas decisiones a la ley y a los estatutos en lo relativo a sus aspectos formales y documentales. Una revisión limitada consiste principalmente en aplicar procedimientos analíticos a la información contable y en efectuar indagaciones a los responsables de las cuestiones contables y financieras. El alcance de dicha revisión es sustancialmente menor al de una auditoría de estados contables, cuyo objetivo es la expresión de una opinión sobre los estados contables tomados en conjunto. Por lo tanto, no expresamos tal opinión. No hemos evaluado los criterios empresarios de administración, comercialización ni producción, dado que ellos son de incumbencia exclusiva del Directorio y de la Asamblea.

Los saldos al 30 de junio de 2010 que se exponen en los estados contables se presentan a efectos comparativos, y fueron examinados por la Comisión Fiscalizadora según su informe de fecha 10 de agosto de 2010.

Asimismo, los saldos al 31 de diciembre de 2010 que se exponen en los estados contables se presentan a efectos comparativos, y fueron examinados por la Comisión Fiscalizadora según su informe de fecha 10 marzo de 2011.

En base a nuestra revisión, y basándonos en el informe de revisión limitada que emitió el Auditor externo con fecha 10 de agosto de 2011, los Estados Contables citados de Polledo S.A.I.C. y F. consideran todos los hechos y circunstancias significativas que son de nuestro conocimiento.

Por lo antes expuesto, damos nuestra conformidad a los documentos mencionados.

Luis Héctor Lovotrico
Comisión Fiscalizadora

A C T A N° 1373

Cr. Alberto Esteban Verra

Cr. Adalberto Omar Campana

Sr. Ricardo Sargiotto

Ing. Enrique Sargiotto

Lic. Gustavo Stafforini

Lic. Héctor Armando Domeniconi

Cr. Gabriel Balbo

En la ciudad de Buenos Aires a los diez días del mes de agosto de 2011, se reúne el Directorio de POLLEDO Sociedad Anónima, Industrial, Constructora y Financiera, bajo la presidencia del Sr. Presidente Alberto Esteban Verra y con la asistencia de los señores Directores que figuran en la presente acta y firman al pie y del Sr. Síndico Titular Dr. Luis Héctor Lovotrico en representación de la Comisión Fiscalizadora.

Siendo las 17 horas se declara abierta la sesión.

Punto 1 Balance por el período iniciado el 01-01-2011 y finalizado el 30-06-2011

El Señor Presidente manifiesta que la reunión tiene por finalidad dar cumplimiento a los artículos 62 al 67 y 234 inciso 1º de la Ley 19.550 en relación al período iniciado el 1º de enero de 2011 y finalizado el 30 de junio de 2011 y sus respectivas cifras comparativas, sometiendo a consideración de los señores Directores el Estado de Situación Patrimonial, Estado de Resultados, Estado de Evolución del Patrimonio Neto, Estado de Flujo de Efectivo, Notas complementarias y Anexos, el Estado de Situación Patrimonial Consolidado, Estado de Resultados Consolidado, Estado de Flujo de Efectivo Consolidado, Notas complementarias consolidadas y Anexos consolidados, Art. 68 de la resolución Nº 10135/93 y la Reseña Informativa, requeridos por la Bolsa de Comercio de Buenos Aires y la Comisión Nacional de Valores, documentación que fue entregada a los presentes con la debida anticipación para su consideración, juntamente con el informe del Contador Certificante.

Con relación al estado de renegociación del contrato de Coviares S.A., y conforme a lo resuelto en la asamblea de fecha 28 de abril de 2011, el Sr. Presidente informa que en la Nota 5.2 de los presentes Estados Contables se describen las novedades y grado de avance del proceso de renegociación mencionado.

Los integrantes de la Comisión Fiscalizadora manifiestan que han revisado la documentación, por lo que hacen entrega del informe respectivo que dice así:

“INFORME DE LA COMISION FISCALIZADORA

Buenos Aires, 10 de Agosto de 2011

Señores Accionistas de:

POLLEDO SOCIEDAD ANONIMA,

INDUSTRIAL, CONSTRUCTORA Y FINANCIERA

En nuestro carácter de Comisión Fiscalizadora, hemos dado cumplimiento a lo dispuesto por el Art. 294 de la Ley 19550 de Sociedades Comerciales. En ejercicio de estas funciones hemos procedido a examinar el balance general de Polledo S.A.I.C. y F. al 30 de junio de 2011, y los correspondientes estados de resultados, de evolución del patrimonio neto y Estado de flujo de efectivo por el período de seis meses terminado en esa fecha y las notas y anexos que los complementan, los que han sido presentados por la Sociedad para nuestra consideración. Además, hemos examinado los estados contables consolidados de Polledo S.A.I.C. y F. por el período de seis terminado el 30 de junio de 2011, con sus notas y anexos, los que se presentan como información complementaria, la Reseña Informativa y la información adicional a las notas a los estados contables requerida por el artículo 68 del Reglamento de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires. La preparación y emisión de los mencionados estados contables es responsabilidad de la Sociedad.

Nuestro trabajo fue realizado de acuerdo con las normas de sindicatura vigentes. Dichas normas requieren la aplicación de los procedimientos establecidos en la Resolución Técnica Nº 7 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas para revisiones limitadas de estados contables de períodos intermedios e incluyen la verificación de la congruencia de los documentos revisados con la información sobre las decisiones societarias expuestas en actas y la adecuación de dichas decisiones a la ley y a los estatutos en lo relativo a sus aspectos formales y documentales. Una revisión limitada consiste principalmente en aplicar procedimientos analíticos a la información contable y en efectuar indagaciones a los responsables de las cuestiones contables y financieras. El alcance de dicha revisión es sustancialmente menor al de una auditoría de estados contables, cuyo objetivo es la expresión de una opinión sobre los estados contables tomados en conjunto. Por lo tanto, no expresamos tal opinión. No hemos evaluado los criterios empresarios de administración, comercialización ni producción, dado que ellos son de incumbencia exclusiva del Directorio y de la Asamblea.

Los saldos al 30 de junio de 2010 que se exponen en los estados contables se presentan a efectos comparativos, y fueron examinados por la Comisión Fiscalizadora según su informe de fecha 10 de agosto de 2010.

Asimismo, los saldos al 31 de diciembre de 2010 que se exponen en los estados contables se presentan a efectos comparativos, y fueron examinados por la Comisión Fiscalizadora según su informe de fecha 10 marzo de 2011.

En base a nuestra revisión, y basándonos en el informe de revisión limitada que emitió el Auditor externo con fecha 10 de agosto de 2011, los Estados Contables citados de Polledo S.A.I.C. y F. consideran todos los hechos y circunstancias significativas que son de nuestro conocimiento.

Por lo antes expuesto, damos nuestra conformidad a los documentos mencionados.”

A continuación el Directorio aprueba por unanimidad, el Estado de Situación Patrimonial, Estado de Resultados, Estado de evolución del Patrimonio Neto, Estado de Flujo de Efectivo, Notas complementarias, Anexos, el Estado de situación Patrimonial Consolidado, Estado de Resultados Consolidado, Estado de Flujo de Efectivo Consolidado, Notas complementarias consolidadas, Anexos consolidados, Información requerida por el Art. 68 de la Resolución 10135/93 y la Reseña Informativa referida a dichos estados contables. Además toma debida nota del informe de revisión limitada que emitió el Auditor externo con fecha 10 de agosto de 2011. Asimismo se toma conocimiento de lo informado con relación al estado de renegociación del contrato de Coviares S.A.

Punto 2 Avance en el cumplimiento del plan de implementación de las Normas Internacionales de Información Financiera (“NIIF”)

El coordinador/responsable del proceso de adopción de las NIIF Cr. Adalberto Campana, informó al Directorio que como resultado del monitoreo del plan aprobado por acta de fecha 30 de abril de 2010, no se ha tomado conocimiento de ninguna circunstancia que requiera modificaciones al mismo  o indique un eventual desvío de los objetivos y fechas establecidas.

Puesto a consideración se aprueba por unanimidad lo informado anteriormente.

No habiendo más asuntos que tratar se levanta la sesión siendo las 18 horas.

ACTA COMISION FISCALIZADORA

En la ciudad de Buenos Aires a los diez días del mes de agosto de 2011, siendo las 16 horas, se reúne la Comisión Fiscalizadora de POLLEDO S.A.I.C. y F. representada por los Sres. Síndicos Jorge Alberto Mencarini, Carlos Francisco Tarsitano y Luis Héctor Lovotrico a los efectos de tratar el siguiente orden del día:

INFORME DE LA COMISIÓ N FISCALIZADORA SOBRE LOS ESTADOS CONTABLES CORRESPONDIENTES AL PERÍODO CERRADO EL 30 DE JUNIO DE 2011.

El Cr. Mencarini manifiesta que resulta necesario expedir el dictamen sobre la documentación que respalda el Balance al 30 de junio de 2011 documentación que fuera remitida con la debida anticipación por el Directorio de la Sociedad para consideración de esta Comisión. Luego de un cambio de opiniones resuelven emitir el siguiente informe:

“INFORME DE LA COMISION FISCALIZADORA

Buenos Aires, 10 de Agosto de 2011

Señores Accionistas de:

POLLEDO SOCIEDAD ANONIMA,

INDUSTRIAL, CONSTRUCTORA Y FINANCIERA

En nuestro carácter de Comisión Fiscalizadora, hemos dado cumplimiento a lo dispuesto por el Art. 294 de la Ley 19550 de Sociedades Comerciales. En ejercicio de estas funciones hemos procedido a examinar el balance general de Polledo S.A.I.C. y F. al 30 de junio de 2011, y los correspondientes estados de resultados, de evolución del patrimonio neto y Estado de flujo de efectivo por el período de seis meses terminado en esa fecha y las notas y anexos que los complementan, los que han sido presentados por la Sociedad para nuestra consideración. Además, hemos examinado los estados contables consolidados de Polledo S.A.I.C. y F. por el período de seis terminado el 30 de junio de 2011, con sus notas y anexos, los que se presentan como información complementaria, la Reseña Informativa y la información adicional a las notas a los estados contables requerida por el artículo 68 del Reglamento de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires. La preparación y emisión de los mencionados estados contables es responsabilidad de la Sociedad.

Nuestro trabajo fue realizado de acuerdo con las normas de sindicatura vigentes. Dichas normas requieren la aplicación de los procedimientos establecidos en la Resolución Técnica Nº 7 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas para revisiones limitadas de estados contables de períodos intermedios e incluyen la verificación de la congruencia de los documentos revisados con la información sobre las decisiones societarias expuestas en actas y la adecuación de dichas decisiones a la ley y a los estatutos en lo relativo a sus aspectos formales y documentales. Una revisión limitada consiste principalmente en aplicar procedimientos analíticos a la información contable y en efectuar indagaciones a los responsables de las cuestiones contables y financieras. El alcance de dicha revisión es sustancialmente menor al de una auditoría de estados contables, cuyo objetivo es la expresión de una opinión sobre los estados contables tomados en conjunto. Por lo tanto, no expresamos tal opinión. No hemos evaluado los criterios empresarios de administración, comercialización ni producción, dado que ellos son de incumbencia exclusiva del Directorio y de la Asamblea.

Los saldos al 30 de junio de 2010 que se exponen en los estados contables se presentan a efectos comparativos, y fueron examinados por la Comisión Fiscalizadora según su informe de fecha 10 de agosto de 2010.

Asimismo, los saldos al 31 de diciembre de 2010 que se exponen en los estados contables se presentan a efectos comparativos, y fueron examinados por la Comisión Fiscalizadora según su informe de fecha 10 marzo de 2011.

En base a nuestra revisión, y basándonos en el informe de revisión limitada que emitió el Auditor externo con fecha 10 de agosto de 2011, los Estados Contables citados de Polledo S.A.I.C. y F. consideran todos los hechos y circunstancias significativas que son de nuestro conocimiento.

Por lo antes expuesto, damos nuestra conformidad a los documentos mencionados.”

A continuación se resuelve autorizar al Sr. Síndico Luis Héctor Lovotrico a firmar toda la documentación contable y el informe precedente.

No habiendo más asuntos que tratar se lee y aprueba por unanimidad la presente acta, levantándose la sesión a las 17 horas.

Firmado: Jorge Alberto Mencarini, Carlos Francisco Tarsitano y Luis Héctor Lovotrico.