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CLISA — Board/Management Information 2025
Apr 15, 2025
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Board/Management Information
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ACTA N° 478: A once días del mes de febrero de dos mil veinticinco, de conformidad con las previsiones del artículo décimo tercero del estatuto social, el Sr. Presidente Alberto Esteban Verra, el representante de la Comisión Fiscalizadora Cr. Carlos Francisco Tarsitano y los señores Directores de "CLISA – COMPAÑÍA LATINOAMERICANA DE INFRAESTRUCTURA & SERVICIOS S.A." (la “Sociedad”), Samuel Yerusalimski, Gabriel Alberto Balbo, Mariano Gastón Peterlin, Pedro Federico Ancarola y Pablo José Lozada, todos ellos comunicados entre sí a distancia a través de la plataforma Zoom, que permite la trasmisión simultánea de sonido, imágenes y palabras, en adelante “comunicados a distancia”, constatado el quórum necesario para deliberar, bajo la presidencia de su titular Alberto Esteban Verra, inician la sesión siendo las nueve horas para tratar lo siguiente: (i) Aprobar la segunda adenda al prospecto de canje y solicitud de consentimiento de fecha 14 de julio de 2021, conforme fuera modificado por la primera adenda al Prospecto de fecha 16 de mayo de 2024 (el “Prospecto”), con relación a las obligaciones negociables simples no convertibles en acciones emitidas por Clisa con vencimiento original el 25 de julio de 2027 (las "Obligaciones Negociables").
Toma la palabra el Sr. Alberto E. Verra quien indica que, en virtud de la solicitud de consentimiento de fecha 19 de noviembre de 2024 (la “Solicitud de Consentimiento”) respecto de las Obligaciones Negociables, cuyos términos y condiciones se describen en el documento de solicitud de consentimiento de fecha 19 de noviembre de 2024 (el “Documento de Solicitud de Consentimiento”) y habiéndose alcanzado el consentimiento de los tenedores de Obligaciones Negociables titulares de aproximadamente el 94% del monto de capital total en circulación de las Obligaciones Negociables a dicha fecha, de acuerdo con la Ley de Obligaciones Negociables y lo dispuesto en el contrato de fideicomiso que rige a las Obligaciones Negociables (el “Contrato de Fideicomiso”), las Modificaciones Propuestas (según dicho término es definido en el Documento de Solicitud de Consentimiento) al Contrato de Fideicomiso fueron debidamente aprobadas. Por lo expuesto, teniendo en cuenta que el 19 de diciembre de 2024 se celebró el segundo contrato suplementario al Contrato de Fideicomiso a través del cual se enmendó y reformuló el referido contrato, corresponde aprobar la segunda adenda al Prospecto y, cuando así lo disponga la Comisión Nacional de Valores, su publicación en la Autopista de la Información Financiera y en los mercados en donde corresponda. El Sr. Presidente recuerda a los presentes que las Modificaciones Propuestas modificaron o eliminaron ciertas disposiciones del Contrato de Fideicomiso, incluyendo entre otras, la reducción del monto del capital a US$270.000.000; la extensión de la fecha de vencimiento al 10 de diciembre de 2031, por un monto de capital de US$200.000.000, y al 10 de diciembre de 2034 por el monto de capital restante de US$70.000.000; la modificación de la tasa de interés aplicable y el cronograma de los pagos de intereses; el agregado de una nueva garantía real; reforzando ciertos compromisos y agregando otros, incluida la obligación de emitir Obligaciones Negociables Rescatables (según se define más adelante); conteniendo una dispensa por incumplimientos pasados y la modificación de otros términos materiales de las Obligaciones Negociables, así como los términos definidos y otras referencias relacionadas con esas disposiciones en los términos descriptos en el “Anexo A – Modificaciones Propuestas” del Documento de Solicitud de Consentimiento. En consecuencia con lo expuesto, el Sr. Presidente mociona entonces enmendar y/o complementar el Prospecto conforme lo siguiente: (1) modificar la sección “Oferta de las Obligaciones Negociables - a) Resumen de los términos y condiciones de las Obligaciones Negociables” del Prospecto para reflejar aquellos cambios introducidos por las Modificaciones Propuestas, conforme se indica en el Documento de Solicitud de Consentimiento y en el documento de adenda de Prospecto; (2) incorporar al final de la sección “Oferta de las Obligaciones Negociables - a) Resumen de los términos y condiciones de las Obligaciones Negociables” del Prospecto , una nueva sección denominada “Resumen de las Obligaciones Negociables Rescatables” que resume
los términos y condiciones principales de las obligaciones negociables no garantizadas con vencimiento en 2034 a ser emitidas por la Sociedad por un monto total de U.S.$70.000.000 (las “Obligaciones Negociables Rescatables”) en las fechas y conforme a los términos descriptos en el Documento de Solicitud de Consentimiento y en el documento de adenda de Prospecto; (3) modificar la sección “ Oferta de las Obligaciones Negociables - b) Descripción de la oferta y negociación – Descripción de las Obligaciones Negociables ” del Prospecto a los fines reflejar aquellos cambios introducidos por las Modificaciones Propuestas, conforme se indica en el Documento de Solicitud de Consentimiento y en el documento de adenda de Prospecto; y (4) incorporar una nueva sección luego de la sección “ Oferta de las Obligaciones Negociables - b) Descripción de la oferta y negociación – Descripción de las Obligaciones Negociables ” del Prospecto que se denomina “Descripción de los Términos y Condiciones de las Obligaciones Negociables Rescatables” que describe los términos y condiciones de las Obligaciones Negociables Rescatables a ser emitidas por la Sociedad en los tiempos y términos allí descriptos. Luego de un intercambio de opiniones entre los presentes, por unanimidad se aprueba la segunda adenda al Prospecto, que los presentes han tenido a su disposición previo a esta reunión y cuya lectura se omite en honor a la brevedad, así como también, cuando así lo disponga la Comisión Nacional de Valores, la publicación de la misma en la Autopista de la Información Financiera y en los mercados que correspondan, autorizando al Sr. Mariano Peterlin a firmar dicha segunda adenda al Prospecto. Por último, el Directorio autoriza por unanimidad a Mariano Peterlin, Gabriel Balbo, Fernando Vulcano, Diego Vila, Pablo Delgadino, Hernán Carassai, María Belén Decaro, Nuria Borda, Pablo Ríos, Guido Peretti y/o Micaela Ayelen Chichotky para que cualquiera de tales personas puedan efectuar conjunta o indistintamente, sin carácter limitativo, ante la Comisión Nacional de Valores, Bolsas y Mercados Argentinos S.A., el Mercado Abierto Electrónico S.A., la Caja de Valores S.A. y cualquier otra entidad privada pública local o internacional, todos los actos necesarios y/o convenientes vinculados con la tramitación de las autorizaciones pertinentes y/o cualquier gestión o presentación en relación con las operaciones aquí aprobadas, facultándolos a tomar y contestar vistas, adjuntar y/o desglosar toda clase de documentos, suscribir y/o inicialar los mismos, suministrar las indicaciones y aclaraciones que se soliciten y realizar, en general, todos aquellos actos vinculados a los fines de obtener las autorizaciones correspondientes y llevar adelante las operaciones aquí aprobadas en nombre de la Sociedad, con autorización para sustituir las facultades otorgadas en la o las personas que estimen convenientes. No habiendo más asuntos que tratar, el Sr. Presidente declara levantada la sesión. Participantes comunicados a distancia: ALBERTO ESTEBAN VERRA; SAMUEL YERUSALIMSKI; MARIANO GASTÓN PETERLIN; GABRIEL ALBERTO BALBO; PEDRO FEDERICO ANCAROLA; PABLO JOSE LOZADA y CARLOS FRANCISCO TARSITANO.
Firmantes: Alberto Esteban Verra; Samuel Yerusalimski; Gabriel Alberto Balbo; Mariano Gaston Peterlin; Pedro Federico Ancarola; Pablo Jose Lozada y Carlos Francisco Tarsitano. La presente es copia fiel de su original que se encuentra asentada en el Libro de Actas de Directorio Nro. 5 perteneciente a “CLISA - COMPAÑÍA LATINOAMERICANA DE INFRAESTRUCTURA & SERVICIOS S.A.”
_______ CLISA - COMPAÑÍA LATINOAMERICANA DE INFRAESTRUCTURA & SERVICIOS S.A. Mariano Gastón Peterlin Responsable de relaciones con el mercado