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CLISA — Audit Report / Information 2025
Mar 11, 2026
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Audit Report / Information
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ACTA N° 209: A los diez días del mes de marzo de dos mil veintiséis, de conformidad con las previsiones del artículo décimo séptimo del estatuto social, se reúnen los señores miembros de la Comisión Fiscalizadora de "CLISA - COMPAÑÍA LATINOAMERICANA DE INFRAESTRUCTURA & SERVICIOS S.A." (la “Sociedad”), todos ellos comunicados entre sí a distancia a través de la plataforma Zoom, consentida por todos los participantes, que permite la trasmisión simultánea de sonido, imágenes y palabras, en adelante “comunicados a distancia”. Constatado el quórum necesario para deliberar, inician la sesión para tratar lo siguiente: 1º) INFORME DE LA COMISIÓN FISCALIZADORA correspondiente a los Estados Financieros al 31.12.25. Luego de analizados la Memoria y los Estados Financieros de “CLISA - COMPAÑÍA LATINOAMERICANA DE INFRAESTRUCTURA & SERVICIOS S.A.” al 31 de diciembre de 2025, compuestos por: el Estado de Resultados Consolidado, el Estado del Resultado Integral Consolidado, el Estado de Situación Financiera Consolidado, el Estado de Cambios en el Patrimonio Consolidado, el Estado de Flujos de Efectivo Consolidado y notas a dichos Estados Financieros Consolidados y la Reseña Informativa; por el Estado de Resultados Individual, el Estado del Resultado Integral Individual, el Estado de Situación Financiera Individual, el Estado de Cambios en el Patrimonio Individual, el Estado de Flujos de Efectivo Individual y las notas a dichos Estados Financieros Individuales de la sociedad por el período de doce meses cerrado al 31.12.25, correspondientes al 30° ejercicio, los señores miembros de la Comisión Fiscalizadora, dejamos constancia por la presente que durante el transcurso del Ejercicio hemos asistido a las reuniones de Directorio, verificando que el mismo ha ajustado su actuación a las disposiciones estatutarias y legales. En este sentido, dejamos constancia que, dado que no es responsabilidad de la Sindicatura efectuar un control de gestión, el examen no se extendió a los criterios y decisiones empresarias de las diversas áreas de la Sociedad, cuestiones que son de responsabilidad exclusiva del Directorio. Asimismo, que durante el Ejercicio hemos dado cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 294 de la Ley General de Sociedades, incluyendo su inciso 4º sobre el control de constitución y subsistencia de la garantía de los directores; garantía que a la fecha de emisión de los Estados Financieros se encuentra vigente. Que en cuanto a los Estados Financieros por el ejercicio comprendido entre el primero de enero de 2025 y el 31 de diciembre de 2025, nos remitimos a lo informado por el Auditor Gabriel Perrone, socio de la firma PRICE WATERHOUSE & CO. S.R.L., en su informe de fecha 10 de marzo de 2026. Que asimismo, atento las previsiones de las Normas de la Comisión Nacional de Valores, en relación a la calidad de las políticas de contabilización y auditoría y al grado de independencia y objetividad del contador dictaminante, nos remitimos al informe del auditor externo, en el que manifiesta que sus revisiones fueron practicadas de acuerdo con normas de auditoría vigentes en la República Argentina, las cuales comprenden los requisitos de independencia y objetividad del profesional con relación al ente al que se refiere la información contable. Asimismo hemos realizado una revisión del Informe sobre el grado de cumplimiento del Código de Gobierno Societario, acompañado como anexo a la Memoria, elaborado por el Órgano de Administración
en cumplimiento de las Normas de la Comisión Nacional de Valores. Como resultado de nuestra revisión, no hemos identificado en el contenido del Informe ningún aspecto relevante que deba ser modificado para dar adecuado cumplimiento a las citadas Normas de la Comisión Nacional de Valores. Por todo ello, se resuelve aconsejar a los Sres. Accionistas de CLISA - COMPAÑÍA LATINOAMERICANA DE INFRAESTRUCTURA & SERVICIOS S.A. la aprobación de los documentos sometidos a su consideración, y de conformidad con lo dispuesto en el inciso 5o del art. 294 de la Ley General de Sociedades, elaborar el Informe en los términos que anteceden. Se resuelve asimismo designar a Angélica Simán; Carlos José Molina, Cr. Carlos Francisco Tarsitano, y/o Cr. Jorge Alberto Mencarini para que indistintamente, en nombre de esta Comisión Fiscalizadora suscriban toda la documentación que fuere menester. No habiendo más asuntos que tratar, se declara levantada la sesión.--------------------------------------------------------------------------------------
Comunicados a Distancia: Carlos José Molina; Angélica Simán; y Carlos Francisco Tarsitano. La presente será transcripta al Libro de Actas de Comisión Fiscalizadora Nro. 3 de “CLISA - COMPAÑÍA LATINOAMERICANA DE INFRAESTRUCTURA & SERVICIOS S.A. y firmada por los participantes dentro de los cinco días hábiles de celebrada la reunión.
Firmantes: Carlos José Molina; Angélica Simán y Carlos Francisco Tarsitano
INFORME DE LA COMISIÓN FISCALIZADORA
9 de marzo de 2026
Señores Directores y Accionistas de: CLISA - COMPAÑÍA LATINOAMERICANA DE INFRAESTRUCTURA & SERVICIOS S.A.
De nuestra consideración:
De conformidad con lo dispuesto por el inciso 5o del art. 294 de la Ley General de Sociedades, sometemos a la consideración de la Honorable Asamblea el informe correspondiente a la Memoria y Estados Financieros de “CLISA - COMPAÑÍA LATINOAMERICANA DE INFRAESTRUCTURA & SERVICIOS S.A.” al 31 de diciembre de 2025, compuestos por: el Estado de Resultados Consolidado, el Estado del Resultado Integral Consolidado, el Estado de Situación Financiera Consolidado, el Estado de Cambios en el Patrimonio Consolidado, el Estado de Flujos de Efectivo Consolidado, las notas a dichos Estados Financieros Consolidados y la Reseña Informativa; por el Estado de Resultados Individual, el Estado del Resultado Integral Individual, el Estado de Situación Financiera Individual, el Estado de Cambios en el Patrimonio Individual, el Estado de Flujos de Efectivo Individual, las notas a dichos Estados Financieros Individuales y la Información solicitada por el art. 12, Capítulo III, Título IV de las Normas de la CNV (N.T. 2013) de la sociedad por el período de doce meses cerrado al 31.12.25, correspondientes al 30° ejercicio.
Dejamos constancia por la presente que durante el transcurso del Ejercicio hemos asistido a las reuniones de Directorio, verificando que el mismo ha ajustado su actuación a las disposiciones estatutarias y legales. En este sentido, dejamos constancia que, dado que no es responsabilidad de la Sindicatura efectuar un control de gestión, el examen no se extendió a los criterios y decisiones empresarias de las diversas áreas de la Sociedad, cuestiones que son de responsabilidad exclusiva del Directorio.
Asimismo, que durante el Ejercicio hemos dado cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 294 de la Ley General de Sociedades, incluyendo su inciso 4º sobre el control de constitución y subsistencia de la garantía de los directores; garantía que a la fecha de emisión de los Estados Financieros se encuentra vigente.
Que en cuanto a los Estados Financieros por el ejercicio comprendido entre el primero de enero de 2025 y el 31 de diciembre de
2025, nos remitimos a lo informado por el Auditor Gabriel Perrone, socio de la firma PRICE WATERHOUSE & CO. S.R.L., en su informe de fecha 9 de marzo de 2026.
Que asimismo, atento las previsiones de las Normas de la Comisión Nacional de Valores, en relación a la calidad de las políticas de contabilización y auditoría y al grado de independencia y objetividad del contador dictaminante, nos remitimos al informe del auditor externo, en el que manifiesta que sus revisiones fueron practicadas de acuerdo con normas de auditoría vigentes en la República Argentina, las cuales comprenden los requisitos de independencia y objetividad del profesional con relación al ente al que se refiere la información contable.
Que hemos realizado una revisión del Informe sobre el grado de cumplimiento del Código de Gobierno Societario, acompañado como anexo a la Memoria, elaborado por el Órgano de Administración en cumplimiento de las Normas de la Comisión Nacional de Valores. Como resultado de nuestra revisión, no hemos identificado en el contenido del Informe ningún aspecto relevante que deba ser modificado para dar adecuado cumplimiento a las citadas Normas de la Comisión Nacional de Valores.
Por todo ello, aconsejamos la aprobación de los
documentos sometidos a vuestra consideración.
Atentamente.
----------------------------------Carlos José Molina P/ Comisión Fiscalizadora
_______ CLISA - COMPAÑÍA LATINOAMERICANA DE INFRAESTRUCTURA & SERVICIOS S.A. Mariano Gastón Peterlin Responsable de relaciones con el mercado