AI assistant
CLISA — Annual Report 2021
Mar 11, 2022
68567_rns_2022-03-11_00b90b74-1928-4dd7-b843-f0de21b03f5e.pdf
Annual Report
Open in viewerOpens in your device viewer
|
ACTA Nro. 444: A los diez días del mes de marzo de dos mil veintidós, de conformidad con las previsiones del artículo décimo tercero del estatuto social, el Sr. Presidente Alberto Esteban Verra, el representante de la Comisión Fiscalizadora Cr. Carlos Francisco Tarsitano y los señores Directores de "CLISA - COMPAÑÍA LATINOAMERICANA DE INFRAESTRUCTURA & SERVICIOS S.A." (la “Sociedad”), Samuel Yerusalimski, Joaquin Arturo Acuña, Henry Elso Perret, Enrique Sargiotto, Héctor Carminatti, Pedro Federico Ancarola y Pablo José Lozada, todos ellos comunicados entre sí a distancia a través de la plataforma Zoom, que permite la trasmisión simultánea de sonido, imágenes y palabras, en adelante “comunicados a distancia”, constatado el quórum necesario para deliberar, bajo la presidencia de su titular Alberto Esteban Verra, inician la sesión siendo las diez horas treinta minutos para tratar lo siguiente:
Punto 1: Consideración de los Estados Financieros y Memoria correspondientes al 26° Ejercicio Económico iniciado el 01.01.21 y finalizado el 31.12.21.
En uso de la palabra el Sr. Presidente expone que, habiéndose distribuido los Estados Financieros cerrados al 31.12.21 y su reseña informativa a considerar en la presente reunión, y en virtud de que todos ellos han contado con tiempo suficiente para examinar adecuadamente los referidos Estados Financieros e información complementaria, resulta procedente someter a consideración de los Sres. Directores la aprobación de los mismos. Los Estados Financieros en consideración han sido confeccionados de acuerdo con las disposiciones de la Comisión Nacional de Valores (“CNV”) y por lo tanto de conformidad a la Resolución Técnica N° 26 y modificatorias, de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (“FACPCE”) que adoptó las Normas Internacionales de Información Financiera (“NIIF”) emitidas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (“IASB”, por sus siglas en inglés). Los Estados Financieros que se someten a la consideración del Directorio fueron confeccionados aplicando las NIIF y en particular las políticas contables descriptas en los mismos.
Puestos a consideración los Estados Financieros al 31 de diciembre de 2021, compuestos por: el Estado de Resultados Consolidado, el Estado del Resultado Integral Consolidado, el Estado de Situación Financiera Consolidado, el Estado de Cambios en el Patrimonio Consolidado, el Estado de Flujos de Efectivo Consolidado y notas a dichos Estados Financieros Consolidados; por el Estado de Resultados Individual, el Estado del Resultado Integral Individual, el Estado de Situación Financiera Individual, el Estado de Cambios en el Patrimonio Individual, el Estado de Flujos de Efectivo Individual y notas a dichos Estados Financieros Individuales, las políticas contables descriptas en los Estados Financieros Individuales y Consolidados y la Reseña informativa de la sociedad por el ejercicio finalizado 31.12.21, resultan aprobados por unanimidad.
Puesto asimismo a consideración el proyecto de la Memoria correspondiente al 26° ejercicio económico de la sociedad finalizado el 31.12.21, el mismo resulta aprobado por unanimidad. A continuación, se transcribe el texto de la Memoria aprobado por el Directorio, la cual ha sido preparada de acuerdo a los lineamientos de la reglamentación vigente de la Comisión Nacional de Valores e incluye el Informe sobre el grado de cumplimiento del Código de Gobierno Societario.
MEMORIA DEL EJERCICIO INICIADO EL 01.01.21 Y FINALIZADO EL 31.12.21:
"SEÑORES ACCIONISTAS: De conformidad con las disposiciones estatutarias y legales vigentes, sometemos a vuestra consideración la presente Memoria, Inventario, los Estados Financieros al 31 de diciembre de 2021, la Reseña Informativa, el Proyecto de asignación de resultados y el Informe de la Comisión Fiscalizadora correspondientes al 26° ejercicio económico iniciado el 01.01.21 y finalizado el 31.12.21:
CONSIDERACIONES GENERALES
Durante gran parte del ejercicio anterior y durante el transcurso del presente ejercicio, la Sociedad ha desarrollado sus operaciones bajo las circunstancias derivadas de la difusión del virus COVID-19, que fue declarado como pandemia por la Organización Mundial de la Salud el 11 de marzo de 2020. Esta pandemia continúa generando diversas consecuencias en los negocios y actividades económicas a nivel global y local.
En la Argentina, el Gobierno Nacional declaró en marzo de 2020 el estado de emergencia sanitaria por el plazo de un año e implementó una serie de medidas tendientes a disminuir la circulación de la población, disponiendo el aislamiento social preventivo y obligatorio (“ASPO”) desde el 20 de marzo de ese año, permitiendo la circulación sólo de aquellas personas vinculadas a la prestación y/o producción de servicios y productos considerados esenciales. El ASPO fue sucesivamente prorrogado, con diversos niveles de flexibilización, según los criterios adoptados por las distintas autoridades provinciales y municipales hasta que, a partir del 9 de noviembre de 2020, comenzó a regir el denominado “distanciamiento social, preventivo y obligatorio” (“DISPO”) en todo el país, con el objetivo de recuperar un mayor grado de normalidad en el funcionamiento económico y social, pero manteniendo un constante monitoreo de la evolución epidemiológica.
Sin embargo, ante el aumento de casos de COVID-19 registrado desde marzo de 2021, el Gobierno Nacional extendió la emergencia sanitaria hasta el 31 de diciembre y, mediante el Decreto 235/2021 del 8 de abril de 2021, volvió a implementar una serie de restricciones y disposiciones locales y focalizadas de contención de contagios, a fin de mitigar la propagación del virus COVID-19 y su impacto sanitario, las cuales fueron posteriormente ampliadas y prorrogadas hasta el 21 de mayo de 2021 mediante el dictado del Decreto N°287/2021, al tiempo que se establecieron parámetros para definir la existencia de bajo, mediano y alto riesgo o alarma epidemiológica y sanitaria en cada distrito.
El 21 de mayo de 2021, a través del dictado del Decreto N° 334/2021, el Poder Ejecutivo Nacional prorrogó hasta el 11 de junio de 2021 inclusive, las medidas generales de prevención vigentes en virtud del Decreto N° 287/2021, incluyendo asimismo una nueva serie de medidas tendientes a aminorar la circulación de la población en aquellas zonas de “alto riesgo epidemiológico sanitario”. En este sentido, el Gobierno Nacional dispuso nueve días seguidos de confinamiento desde el 22 de mayo hasta el 30 de mayo de 2021 inclusive, y los días 5 y 6 de junio de 2021, suspendiendo de esta manera las actividades sociales y económicas que no sean consideradas esenciales, educativas, religiosas y deportivas en forma presencial, y habilitando, únicamente, la circulación en zonas cercanas al domicilio entre las 6:00 y las 18:00 horas.
Posteriormente, a través de los Decretos N° 381/21, Nª 411/21, N° 455/21, N° 494/21 y N° 678/21, el Poder Ejecutivo prorrogó sucesivamente hasta el 31 de diciembre de 2021 inclusive, las medidas generales de prevención vigentes en virtud del Decreto 287/21, pero flexibilizando gradualmente las restricciones tanto para la realización de actividades de mayor riesgo epidemiológico, como para el ingreso al país y circulación de personas, ante la baja registrada de casos de COVID-19 y el avance de la campaña de vacunación. Finalmente, ante un nuevo aumento de casos de Covid-19 registrado a finales de 2021 y la preocupación por nuevas variantes del virus SARS-CoV-2, mediante el Decreto N° 867/21 el Gobierno Nacional volvió a prorrogar el estado de emergencia sanitaria hasta el 31 de diciembre de 2022, manteniendo la facultad de disponer las recomendaciones y medidas necesarias para mitigar el impacto de la pandemia por Covid-19.
En relación a las actividades de la Sociedad, las mismas han sido consideradas como esenciales y se ha continuado con las prestaciones implementando todos los protocolos necesarios para cuidar al personal, usuarios, proveedores y clientes.
A. ACTIVIDADES DE LA SOCIEDAD DURANTE EL PRESENTE EJERCICIO CLISA - COMPAÑÍA LATINOAMERICANA DE INFRAESTRUCTURA & SERVICIOS S.A. (CLISA) es una de las empresas argentinas líderes en gestión y desarrollo de infraestructura con más de cien años de experiencia. La Sociedad, a través de su participación en otras sociedades, se encuentra integrada actualmente por cuatro grandes segmentos de negocios: Construcción y Concesiones Viales, Ingeniería Ambiental, Transporte y Servicios de Agua.
ACTIVIDADES DESARROLLADAS EN EL AREA DE LA CONSTRUCCIÓN Y DE LAS CONCESIONES VIALES
Actividades Desarrolladas en el Área de Construcción
A través de Benito Roggio e Hijos S.A. (BRH), se desarrollaron obras que pueden clasificarse en viales, hidráulicas, de saneamiento, ferroviarias, de transporte subterráneo, de arquitectura, eléctricas, relacionadas con el sector minero y mantenimiento de servicios hospitalarios.
En relación a las operaciones desarrolladas por BRH en el área de la construcción en Argentina, el advenimiento del Covid-19 profundizó la caída del nivel de actividad que ya venía siendo afectado, al igual que para el resto de los participantes de la construcción en general y de la obra pública en particular, como consecuencia de la disminución de la inversión en obra pública por parte del Estado Nacional y de los distintos estados provinciales, debido a restricciones presupuestarias. Como consecuencia de esta situación, las compañías involucradas en este segmento de actividad están realizando un análisis y seguimiento de su estructura de costos. Asimismo, algunas de las subsidiarias y uniones transitorias de empresas argentinas de este segmento han accedido también a los programas ATP por los cuales el Estado Nacional ha abonado una porción del costo salarial y ha permitido la postergación del pago de ciertas cargas sociales. Dicha reducción fue contabilizada ajustando los costos relacionados. A la fecha de emisión de los presentes Estados Financieros Individuales, se han reactivado, de manera gradual, la mayor parte de las obras que habían sido interrumpidas al momento de haber sido declarado el ASPO así como también otras obras cuya ejecución se encontraba en suspenso desde antes por cuestiones presupuestarias. En consecuencia, cabe destacar que el Covid-19 ha impactado sensible y negativamente en las variables económicas y financieras del segmento construcción de la Compañía en Argentina, provocando un menor nivel de actividad de construcción en general, menor eficiencia en la gestión de las operaciones, y nuevos costos asociados a mitigar el efecto de la pandemia.
El alcance final del brote de Covid-19 y su impacto en la economía de los países en que opera BRH es desconocido e imposible de predecir razonablemente. Si bien a la fecha se han presentado distintas dificultades, BRH entiende que las ha podido afrontar eficazmente y prevé continuar haciéndolo en el futuro.
Dentro de las obras viales desarrolladas en el ejercicio bajo análisis se destacan las siguientes:
Circunvalación de Rosario: BRH en UTE con Rovella Carranza S.A., con un porcentaje de participación del 70%, llevaron a cabo la obra que comprende la ampliación de calzadas y puentes, reparación integral, intervenciones de seguridad y mantenimiento de la ruta nacional A-008, tramo Río Paraná - Empalme con la Av. Belgrano de la Provincia de Santa Fe. La obra vial fue recibida a fin de 2020 y el 25 de octubre de 2021 se labró el Acta de
Recepción Definitiva Complementaria, totalizando la Recepción Definitiva Total de la obra.
Obra Ruta Nac. N° 9 y Ruta Nac. N° 60: Se trata de la reparación y ensanche de estas dos importantes rutas en la provincia de Córdoba (en aproximadamente 220 km de longitud). Los trabajos a realizar incluyen movimiento de suelos, bacheo superficial y profundo, ensanches, fresado, reciclado y ejecución de mezclas asfálticas de refuerzo. Se firmó el contrato en febrero de 2010, comenzando los trabajos en marzo del mismo año. Durante el ejercicio 2020 se reiniciaron los trabajos, luego de la aprobación por parte de la DNV de la Adecuación de Obra N°5 dándose su reinicio en agosto de 2020, alterándose el plazo total hasta agosto de 2021. En función de otras modificaciones se firmó una ampliación de obra hasta agosto de 2022.
Sobre la Ruta Nac. N° 60 los trabajos se encuentran completamente terminados. Sobre la Ruta Nac. N° 9, en tanto, se terminaron los trabajos desde puente Jesus María hasta San José de la Dormida. En enero de 2022 se inició la obra de carpeta asfáltica desde Rayo Cortado hacia el norte con buen ritmo.
Obra Ruta Nac. Nº158, By Pass a la Ciudad de Villa María, obra a realizarse en UTE con Decavial S.A. con un porcentaje de participación del 65%. La UTE resultó adjudicataria de esta obra licitada el 30 de octubre de 2009 y cuyo contrato se firmó el 17 de febrero de 2011. La obra consiste en la ejecución de una autopista con dos carriles para cada sentido de circulación que se inicia en la intersección con la Autopista Rosario – Córdoba, al norte de Villa María, y se desarrolla en una longitud de 13,800 km. con la ejecución de 4 puentes sobre la vieja Ruta Nac. Nº 9, sobre el Río Tercero, sobre el ferrocarril, y en la intersección con la Ruta Provincial Nº 2. También se ha de completar el nudo bajo nivel con la Autopista Rosario – Córdoba. En el mes de agosto de 2020 la empresa fue notificada de la intención de la DNV de reflotar el contrato firmado oportunamente, razón por la cual nos abocamos a la actualización del proyecto ejecutivo presentado en 2012. El acta de inicio de obra fue firmada en el mes de enero 2021.
Actualmente se está trabajando en movimiento de suelos y se encuentran concluidos los pilotes y columnas del puente sobre Ruta 9 vieja y parcialmente en los del puente sobre Rio Tercero. Ya se inició el pilotaje en R158, con buenos resultados hasta el momento.
C.RE.MA. 308, obra que se realiza en UTE con Romero Cammisa con una participación de BRH del 70%, que comprende la ejecución de obras de rehabilitación y mantenimiento en una Malla de carreteras de 218,85 km ubicada en las Provincias de La Rioja y San Juan que comprende la Ruta Nº150 – Tramo: Km 013 – Parque Natural Provincial Ischigualasto y la Ruta Nacional Nº 76 – Tramo: Empalme con Ruta Nacional Nº 150 – Empalme con Ruta Nacional Nº 40. El cliente (Vialidad Nacional) ha propuesto limitar el contrato actual. La UT no ha accedido a ello, con lo cual se continúan las negociaciones con DNV.
Obra de Pavimentación de la Ruta Nacional Nº76, en el tramo comprendido entre la Quebrada de Santo Domingo y Pircas Negras, departamento de San José de Vinchina, que se ejecuta en UTE con Vialmani S.A. con una participación de BRH del 80%. Esta obra cuyo contrato se firmó en el ejercicio 2012, cuenta con una sección A, entre la Quebrada Santo Domingo y Mulas Muertas con una longitud de 51 km, y una sección B entre Barrancas Blancas y Pircas Negras con una longitud de 26 km. Se desarrolla en zona de cordillera. Durante el ejercicio 2020 la presente obra estuvo paralizada y se reinició en enero de 2021 Debido a las condiciones con las que se recibió la misma, se encuentra en trámite una modificatoria de obra que llevará la finalización al 31 de mayo de 2023. Actualmente tiene un avance del 54%.
Obra de Repavimentación de Ruta Nacional Nº 127 en la provincia de Entre Ríos. La misma se realiza en UTE con Rovella Carranza S.A. con una participación de BRH del 50%. Esta obra cuyo contrato se firmó el 12 de marzo de 2013, consiste en la repavimentación y reconstrucción de banquinas en el tramo comprendido entre Miñones (km 227,56) y La Hierra (km 259,27). A la fecha, el contrato se encuentra neutralizado y luego de varias propuestas tendientes a reactivarlo, en la última reunión con el Distrito de la DNV, se acordó que la UTE hará una Nota de Pedido diciendo que se pone a disposición para reunirse y acordar los términos de la limitación del contrato.
Obra Malla 303 en la provincia de La Rioja. Consiste en obras de recuperación y otras intervenciones obligatorias así como el mantenimiento de la Malla Nº 303 que comprende las siguientes rutas y tramos en la provincia de La Rioja: Tramo empalme Ruta Nacional Nº79 (Chamical) con el empalme de la Ruta Nacional Nº75 (La Rioja) que incluye las diversas secciones y el tramo de empalme Ruta Nacional Nº38 con la progresiva km. 1120,7. La obra dio inicio en abril de 2017, con un plazo de ejecución total de 24 meses para la obra de recuperación y 60 meses para el mantenimiento. Durante el 2020 la obra de recuperación de calzada concluyó, restando los trabajos de la obra de mantenimiento que concluirían en marzo de 2022.
Obra de construcción de 2° Calzada de RP N°11 para Autovía del Mar S.A. (Aumar). La Obra consiste en la construcción de una 2° calzada de la ruta provincial N°11 entre las localidades de Gral. Conesa y la rotonda de acceso a San Clemente del Tuyú, en una longitud de 40Km. En esta obra el contrato es con Aumar, que es el contratista de la DVBA (Dirección de Vialidad de Bs.As.). Durante este ejercicio se han ejecutado los movimientos de suelos faltantes, la carpeta asfáltica faltante y las señalizaciones tanto horizontal como vertical.
La obra que había quedado remanente del ejercicio anterior ha sido finalizada, y se habilitó al tránsito vehicular el 07/10/2021. Hasta fines del ejercicio 2021 se encontraba con Recepción Provisoria.
Obra vial en el Estado de Pará en la República Federativa del Brasil, a través de la Sucursal que BRH posee en dicho país. Esta obra, localizada en el Estado de Pará, la ejecuta un consorcio conformado por BRH, y las sociedades brasileñas Construtora Sanches Tripoloni Ltda y Consol Engenheiros Consultores. Consiste en la pavimentación de 112 km de camino que forma parte de la Ruta Federal BR 163, en el tramo comprendido entre Campo Verde y Rurópolis. El cliente es el DNIT (Departamento Nacional de Infraestrutura de Transportes). La duración prevista de la obra es de 92 meses estando el cronograma de ejecución sujeto a la asignación de recursos federales por parte del cliente, con su correspondiente ampliación de plazo por parte del cliente, una finalización estimada en el año 2022. Durante el año 2021, los trabajos fueron ejecutados, en forma limitada, debido a la acotada asignación de recursos financieros de parte del cliente, avanzando principalmente en movimiento de suelos, drenaje, señalización y protección ambiental.
Con fecha 19 de enero de 2021 fue adjudicada la obra Autovía RN N°9 – Santiago del Estero a la UT conformada por Mijovi con el 70% de participación y BRH con el 30%. La misma consiste en la construcción de una autovía sobre la RN N°9 entre Santiago del Estero Capital y el acceso a Termas de Rio Hondo con un plazo de 730 días.
En el mes de diciembre del 2021 por la obra Ruta Prov. N° 16 – Córdoba logró la mejor oferta la UT conformada por BRH con el 50% de participación y Boetto y Buttigliengo S.A.
con el otro 50%. La misma consiste en la primera etapa de la pavimentación de la Ruta Provincial N°16, entre la localidad de Las Arrias hasta la intersección con Ruta Nacional N°9 en la localidad de San José de la Dormida, departamento Tulumba de la provincia de Córdoba con un plazo de ejecución de 12 meses.
En el mes de febrero de 2022 BRH presentó las mejores ofertas en la licitación para las obras Alternativa RN N°38 Sección 1B y 1C. Las mismas consisten en la construcción del primer tramo de la variante Ruta Nacional 38 de las secciones 1B (acceso a Bialet Massé hasta acceso a Santa María de Punilla) y 1C (acceso a Santa María de Punilla hasta acceso a Cosquín), con un plazo de ejecución de 15 meses.
Dentro de las obras hidráulicas y de saneamiento desarrolladas en el ejercicio bajo análisis se destacan las siguientes:
Obra Rehabilitación Integral del Canal Los Molinos en la provincia de Córdoba. La obra consiste en un cambio en la traza de la conducción y el entubamiento de la misma debido a los inconvenientes y deterioros del actual canal motivados por las características naturales de los suelos que atraviesa. Los caudales se conducirán, parte por bombeo y parte por gravedad, en una tubería de 1.500 mm de diámetro, enterrada y siguiendo la traza por caminos secundarios y terciarios paralelos a la vía del ferrocarril Gral. Bartolomé Mitre en el ramal Despeñaderos-Córdoba. La obra también prevé la ejecución de la obra de toma (derivación de canal existente), una estación de bombeo y la ejecución de una línea de alta tensión 33 KV para alimentar la misma. Las tareas se iniciaron en el segundo semestre de 2015 con el replanteo del eje de proyecto y además se ejecutó la limpieza del terreno y se comenzó la excavación de zanja. Durante el presente ejercicio, se concluyeron la totalidad de las obras. El 08 de julio de 2021 se otorgó por parte del comitente (la secretaria de Recurso Hídricos de Córdoba) la Recepción Provisoria.
Obra “Ampliación y Optimización de la Planta Depuradora Sur, Salta Capital, Provincia de Salta”, del Programa de Desarrollo de los Servicios de Agua y Saneamiento, Plan BelgranoLicitación Pública Internacional PDSASPB-33-LPI-O. La obra se ejecuta en UT con la empresa Supercemento con una participación del 50% para cada socio.
La comitente es la Secretaría de Infraestructura y Política Hídrica del Ministerio de Obras Públicas de la Nación y tiene un plazo de ejecución de 30 meses más 12 meses de operación y mantenimiento.
El proyecto comprende la optimización de la Planta Depuradora Sur en la ciudad de Salta y la ampliación de la capacidad de tratamiento a través de un nuevo módulo de planta ubicado en un predio al este de la misma, entre las actuales instalaciones y el río Arenales, que permitirá elevar la máxima capacidad actual de 3.600 m3/h a 5000 m3/h (120.000 m3/d). El contrato se firmó el 16 de octubre 2021 y está pendiente la firma del acta de inicio, demorada por problemas de expropiación que debe resolver el comitente.
Obra Azud sobre río Salado y derivación a Canal de Dios en provincia de Santiago del Estero. La obra se realizó en UT con la empresa Mijovi S.R.L. con una participación de BRH del 50%. La obra consistió en la ejecución de un Azud a unos tres kilómetros del límite con la provincia de Salta, en el paraje denominado Cruz Bajada. El mismo permite derivar desde el río Salado a una conducción de enlace que por la margen izquierda vincule y abastezca al sistema hídrico del Canal de Dios y al futuro Canal Figueroa. El azud nivelador, transversal al cauce del río Salado, es una estructura hidráulica encargada de elevar el nivel del agua en el río Salado para generar un desnivel suficiente que garantice su ingreso a la toma del caudal de diseño del Canal de Enlace, el cual ha sido establecido en 18 m3/s. Posee una
altura de tres metros por sobre el lecho del río y una longitud total de 192 metros conformada por un Azud Fijo con un vertedero de diez vanos, de 11,55m de luz libre cada uno y pilas intermedias de 0,45m ancho, y un Azud Móvil de 24m, conformada por dos vanos de 11m cada una, compuertas radiales, ataguías con viga pescadora, pila intermedia de 1m de ancho y accionamiento electromecánico. Ambas estructuras tienen cuencos disipadores planos, aguas abajo, que culminan en un diente final y una protección sobre el lecho del río. El contrato se firmó en diciembre de 2016 y tuvo una duración de 51 meses. Durante el ejercicio continuaron las tareas con normalidad. La obra finalizó el 29 de marzo de 2021.
Obra Acueducto Gran Tulum: BRH resultó adjudicataria de esta obra a través de una UT conformada por BRH 51%, MAPAL S.A. 34% y Sigma SRL 15%. El comitente es la OSSE de San Juan y la orden de compra fue emitida el 6 de noviembre de 2018. El proyecto denominado “Acueducto Gran Tulum – Obra Civil” ha sido diseñado para el abastecimiento de agua potable del denominado Gran San Juan incluyendo la mejora en la calidad y provisión de localidades aledañas en la zona Ullum y Zonda. Los principales componentes del proyecto son: una nueva Planta Potabilizadora, varios acueductos de distintos diámetros de cañería y longitudes variables (acueductos Gran San Juan, Ullum, Zonda, Sierras Azules, Gran Tulum, etc.). El Proyecto Ejecutivo ha sido culminado y presentado. Actualmente se está trabajando sobre los conductos cloacales, acueductos en PEAD (Polietileno de Alta Densidad) y Acero Inoxidables y en la planta potabilizadora Punta Negra.
Obra Ampliación de la Capacidad del Río Salado: BRH resultó adjudicataria de esta obra a través de una UT conformada por BRH 34%, Eleprint S.A. 33%, Ecodyma S.A. 33%. El comitente es la Secretaría de Infraestructura y Política Hídrica dependiente del Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda.
Los trabajos consisten en las tareas necesarias para adecuar, ensanchar y profundizar el cauce del río Salado con la finalidad de aumentar su capacidad y evitar las inundaciones que afectan la cuenca de dicho río. Las obras se desarrollarán en la Provincia de Buenos Aires.
El plazo de ejecución previsto es de 36 meses, cuyo inicio fue en mayo de 2019 y se estima la finalización para abril de 2022. Desde la UT se han iniciado gestiones con el Cliente para extender el plazo de obra, habida cuenta de la incidencia de los factores climáticos en la zona de trabajo y la interrupción de las tareas debido a la pandemia de Covid-19.
En el ejercicio se continuó con los trabajos de extracción de material por parte de las dragas y con las excavaciones realizadas mediante equipos terrestres en los distintos frentes, sobre ambas márgenes del río, ejecutando los taludes exteriores y parte de las banquinas laterales y para los recintos ubicados a los lados del río, donde se deposita el refulado del material dragado y el suelo excavado por los equipos viales.
Durante el año 2021 se ha estado trabajando con 5 dragas. En el primer mes del próximo ejercicio se agregarán 2 dragas más.
En paralelo se ha reforzado la cantidad de equipos terrestres y se agregaron nuevos frentes de obra.
Con fecha 9 de agosto de 2021 fue adjudicada la obra Planta de Ensenada a la UT conformada por BRH con el 70% de participación y Proba S.A. con el 30%. La misma consiste en la construcción de una planta potabilizadora para los partidos de La Plata, Berisso y Ensenada y la primer etapa del Acueducto a Parque San Martín en el partido de La Plata con un plazo de ejecución de 30 meses.
Dentro de las obras ferroviarias y de transporte subterráneo desarrolladas en el ejercicio bajo análisis se destacan las siguientes:
Obra Sistemas de Señalamiento para la Implementación de ATS en Ramales Diesel Mitre y Sarmiento. BRH resultó adjudicataria de tres sectores correspondientes a la Licitación Pública N° 28/2016 efectuada por la Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad del Estado (ADIF) denominados “Sector I: Línea Mitre – Ramal Villa Ballester – Zárate”, “Sector II: Línea Mitre – Ramal Victoria – Capilla del Señor” y “Sector III: Línea Sarmiento Moreno – Mercedes”, cuyos contratos fueron firmados con fecha 30 de mayo de 2017. Las obras preveían una duración de 30 meses, pero debido a una restricción presupuestaria manifestada por el comitente (ADIF), se fueron prorrogando los plazos. Durante el año 2021 se renegociaron y redefinieron los alcances de los contratos en pos de darle continuidad a las obras. Con respecto a la actividad de la obra, se encuentran en tareas de relevamiento, junto con el desarrollo de la Ingeniería civil e Ingeniería del sistema de señalamiento.
Con fecha 22 de diciembre de 2021 fue adjudicada la obra Renovación de Vías Tilcara-Jujuy a la UT conformada por BRH con el 55% de participación y Jumi S.A. con el 45%. La misma consiste en la Rehabilitación de la Línea C del Ferrocarril Belgrano sobre el tramo VolcánTilcara en la provincia de Jujuy con un plazo de ejecución de 24 meses.
BRH posee el 95% de las acciones de Sehos S.A., sociedad dedicada a la prestación de servicios de mantenimiento de edificios hospitalarios y educacionales, así como la ejecución de obras de arquitectura e ingeniería de menor envergadura. En el presente ejercicio se continuaron desarrollando varios contratos de mantenimiento y limpieza hospitalaria, mantenimiento y obras menores en establecimientos educacionales de la Ciudad de Buenos Aires (contratos de largo plazo) y mantenimiento civil y obras menores en Plantas Industriales privadas. Por otra parte, se han ejecutado obras de arquitectura e ingeniería de corto y mediano plazo.
Relacionado con el sector minero se continuaron las siguientes obras:
Sales de Jujuy: BRH realiza esta obra a través de una UTE conformada además por Jumi S.A. y AGV S.A., con una participación del 44%. La obra consiste en la Construcción de Piletas de Evaporación y Colocación de Geomembranas y Geosintéticos para la extracción de Litio. Durante el presente ejercicio, el nuevo Gerente de Planificación y control de Proyecto de Sales de Jujuy, tomó la decisión unilateral de rescindir el contrato de la Fase III que hasta ese momento se venía negociando. Esta nueva situación, obligó a la UTE a realizar distintos reclamos de improductivos por movilización y mayor permanencia de equipos, personal indirecto y también reclamos por trabajos ejecutados que habían quedado pendiente certificar. Por todo esto, luego de varios meses de negociación, se llegó a un acuerdo económico con la firma de un finiquito de acuerdo transaccional, no quedando ningún reclamo pendiente con el Comitente y otorgando la Recepción Definitiva de los trabajos ejecutados hasta la fecha de rescisión.
En febrero 2022 se firmó el contrato relacionado con la obra Proyecto Fenix, un proyecto de Litio localizado en salar del hombre muerto, Antofagasta de la Sierra, Provincia de Catamarca. Para la realización de la presente obra se constituyó el consorcio de cooperación conformado por Haug S.A. con un 51% de participación, Puertas S.R.L. con el 20%, Global S.R.L. con el 15% y BRH con el 14% restante. El plazo de duración es de aproximadamente 10 meses.
Transportel Patagónica S.A. es una sociedad en la cual BRH posee participación accionaria que tiene por objeto dedicarse, por cuenta propia y/o de terceros o asociada a terceros, bajo
cualquier forma o figura, a la construcción, operación y mantenimiento de líneas eléctricas, estaciones transformadoras y sistemas de comunicación asociados. En mayo de 2015, Transportel Patagónica S.A. resultó adjudicataria de la Licitación Pública Nacional 11/2014 “Ejecución de la Ampliación E.T. La Rioja Sur 500/132kV y Obras Complementarias”, convocada por el Comité de Administración del Fondo Fiduciario para el Transporte Eléctrico Federal (CAF). Las obras contemplan la ampliación del sistema eléctrico de la provincia de La Rioja: la modificación (por apertura) de las líneas de 132 kV Recreo – La Rioja I y II, la ampliación de la ET La Rioja Sur 500/132 kV, la ampliación de la Playa de Maniobras San Martín 132 kV y la modificación (por apertura) de la línea de 132 kV Recreo – La Rioja (doble terna) en las inmediaciones de la mencionada playa de maniobras. El contrato correspondiente a esta adjudicación fue suscripto con fecha 7 de julio de 2015. En lo atinente a su ejecución, esta obra se divide en dos etapas: A) Construcción y B) Operación y Mantenimiento (la cual quedará a cargo de Transpa S.A).
Los trabajos se finalizaron el 05 de diciembre de 2020. Una vez finalizados los mismos se solicitó la habilitación comercial ya que todas las instalaciones quedaron energizadas y en normal funcionamiento. Desde ese momento se vienen ejecutando trabajos de calibración en los reactores de barras, diversas reparaciones menores y tareas de desmovilización de obradores. Actualmente se está a la espera de tres cajas de accionamiento que fallaron y que Siemens Brasil se comprometió a mandar para poder dejar completas las instalaciones y obtener la Habilitación Comercial.
BRH desarrolla actividades en Panamá a través de la sociedad que creara en el año 2010 de la cual posee una participación del 100%, cuyo objeto principal es la construcción. Benito Roggio Panamá, S.A. tuvo a su cargo el Diseño y Construcción para la Rehabilitación de la Carretera Divisa – Chitré en la provincia de Herrera que consistió en la duplicación y rehabilitación de la calzada existente entre las localidades de Divisa y Chitré con más 3 años de mantenimiento. Durante el año 2019 se realizaron trabajos extras de reparación solicitados por el MOP con el fin de dar por culminadas las tareas. El 28 de junio de 2019 se recibe el acta de Aceptación Final del proyecto.
Respecto de la obra Caminos de Herrera I, comprendió la rehabilitación de 6 caminos en 3 poblados distintos, a) Cabuya – Los Higos, b) Cabuya-Potuguilla, c) Rincón HondoEsquiguita, d) Cruce Limón – Borrola, e) Pesé – Las Cabras y f) Cascajillo-La Arenita – Las Cabras, todos ellos en la provincia de Herrera. Las mismas tuvieron una duración de 1196 días más 3 años de mantenimiento, habiéndose finalizado en el año 2017. Las Obras contemplaban la ampliación de calzada, mejoramiento del paquete estructural y pavimentación de los caminos, la ejecución de un puente mayor y seis cajones, y diferentes obras de mejoramiento y desagües.
A la fecha se encuentran pendientes de tramitar, por parte del Ministerio de Obras Públicas, adendas por temas administrativos de los 2 proyectos (Caminos de Herrera I y Caminos de Herrera 2) que permitirían lograr la conclusión formal de los proyectos desarrollados en Panamá, los cuales en su faz práctica han terminado.
BRH posee el 99,99% del paquete accionario de Haug S.A. (“Haug”). La misma es una sociedad constituida en Perú y fundada en el año 1949. Haug se dedica a la fabricación de estructuras metálicas para plantas industriales y para uso estructural, construcción de edificios prefabricados, y servicios de obras de metal - mecánica pesada para infraestructura de los sectores de agua, industria, comunicaciones, minería, transporte, construcción, energía, gas, hidrocarburos, pesquería y petróleo. Haug desarrolla proyectos de gran envergadura no sólo en Perú sino también en otros países de Sudamérica y el Caribe. En los últimos años, algunos de los proyectos más representativos han tenido como clientes a Pueblo Viejo Dominicana Corporation, Outotec Perú S.A., Maple Ethanol S.R.L., Barrick
Exploraciones Argentina S.A., Minera Chinalco Perú S.A., Minera Barrick Misquichilca S.A., Praxair Perú S.R.L, Unacem S.A.A., Xstrata Las Bambas S.A., Cobra Perú S.A., Bilfinger Vam Anlagentechnik GMBH, Petróleos Perú S.A., Bechtel Chile Ltda., Polysius del Perú S.A., GYM S.A., Consorcio Nodo Energético ILO, Santos CMI Perú S.A., Terminales del Perú S.A., Southern Perú Cooper Coorporation, Delkor Perú S.A.C., Minsur S.A., Cía. Minera Yanacocha S.R.L., Minera Antamina S.A., Cía. Minera Antapaccay S.A., Pluspetrol Perú Corporation S.A.,Marcobre S.A.C., Anglo American Quellaveco S.A., Minera Teck Quebrada Blanca S.A., Minera Las Bambas S.A., entre otros. Las principales obras que se encuentran en ejecución al 31 de diciembre de 2021 son las desarrolladas para, Terminales del Perú S.A., Unacem S.A.A., Flsmitdht S.A., ENAP Refinerias S.A.C, Nexa Resources Cajamarquilla S.A., Cesel S.A. y Pluspetrol Perú Corporation S.A.
BRH cuenta con una participación del 80% en el capital de Benito Roggio e Hijos S.A., una sociedad anónima constituida con arreglo a las leyes de la República del Paraguay (en adelante “Benito Roggio Paraguay”), que desarrolla proyectos de construcción en ese país desde el año 1974.
CONCESIONES VIALES
Las operaciones del grupo Roggio en este campo se iniciaron a principios de la década del 90, oportunidad en que el Estado Nacional decidió poner en práctica un programa de concesión de los tramos más importantes de la Red Vial Nacional. A la fecha BRH mantiene participaciones en las siguientes concesiones:
- CV1 Concesionaria Vial S.A., (CV1) CV1 tenía por objeto la construcción, mejoras, reparación, conservación, ampliación, remodelación, mantenimiento, administración y explotación mediante el sistema de Concesión por Peaje del Corredor Vial Nacional N°1. Dicho corredor tuvo una longitud total de 1.281 km y comprendía los tramos entre las ciudades de Cañuelas, Mar del Plata y Bahía Blanca. Adicionalmente, a partir del día 1 de mayo de 2013, se incorporó al Contrato de Concesión de CV1, el Corredor Vial Nº 29, comprendido por el tramo de la Ruta Nacional Nº 22 entre el km 1.212,40 y el km 1.217,80 y el tramo de la Ruta Nacional Nº 151 entre la Rotonda Cipolletti y la Rotonda de Circunvalación de Cipoletti.
La participación de BRH en CV1 es del 51%.
La Concesión tenía un plazo inicial de 6 años, prorrogado en tres oportunidades.
La toma de posesión del corredor fue el día 22 de abril de 2010, momento a partir del cual comenzó a contar el plazo de concesión. La entrega de la Concesión a la DNV se produjo el día 31 de julio de 2018, luego que la misma adjudicara el corredor a los nuevos Concesionarios PPP.
De acuerdo a la modalidad del Contrato, que incluía la ejecución de obras por la modalidad de obra pública, CV1 quedó con un remanente de obras a ejecutar las cuales se reiniciaron en el año 2021.
Durante el año 2021 se presentó un “Ajuste Menor de Obra” (AMO) y la Modificación de Obra N°3, los cuales aún no han sido aprobados.
Se prevé la finalización de los trabajos de la Obra ONU 01.04 “Mejora de Travesía Urbana Ciudad de Las Flores” para el mes de enero 2023, los cuales están Ad Referéndum de la modificación anteriormente citada.
Durante el ejercicio 2021 y para la obra ORI C1. R3: “Repavimentación de la RNN°3 entre los km 244 y 294”, se encontraba en proceso de aprobación la Modificación de Obra N°3. Se prevé el inicio de esta obra durante el primer trimestre del ejercicio 2022.
Por último, cabe destacar que la Obra C1. R2 “Repavimentación RNN3 desde San Miguel del Monte hasta Gorch”, se encuentra neutralizada a la espera de definiciones por parte de la Dirección Nacional de Vialidad.
- Autovía del Mar S.A. (Aumar), era la titular del contrato de concesión bajo el Sistema de Peaje, por un plazo de 30 años, del Sistema Vial Integrado del Atlántico. En atención al estado de situación dada la emergencia en materia de infraestructura, hábitat, vivienda y servicios públicos de la provincia de Buenos Aires, declarada en el artículo Nº1 de la ley Nº14.182, los ministerios, secretarías y entidades autárquicas, en el marco de sus competencias, tiene la facultad de rescindir y renegociar los contratos existentes. En virtud de ello, y ante la consecuente imposibilidad de adecuar las tarifas de peaje para que así puedan acompañar la evolución de los costos de la concesión, la provincia de Buenos Aires y Autovía del Mar S.A. avanzaron con tratativas de renegociación del contrato de concesión. Con fecha 8 de noviembre de 2016, se suscribió un Acta Acuerdo entre el Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires y Autovía del Mar S.A. el cual estipula entre otras cuestiones que: (i) la Provincia de Buenos Aires asumirá parte de los derechos y obligaciones establecidas en el contrato de concesión, en particular aquellos relacionados con la explotación, operación y mantenimiento del Sistema Vial Integrado del Atlántico, entre ellos, el cobro de peaje; (ii) Autovía del Mar continuará ejecutando determinadas obras viales por la suma de aproximadamente 5.778 millones de pesos a Diciembre 2016. Posteriormente, se dictan en Febrero y Abril 2017, las respectivas Resoluciones de Vialidad de la Provincia de Buenos Aires, redeterminando el valor del contrato a Febrero y Abril 2017, elevando en un 9,02 % el monto del mismo. Las obras serán pagadas directamente por la Provincia de Buenos Aires; y (iii) las partes renunciarán a todo reclamo pendiente entre ellas. Como resultado, Autopistas de Buenos Aires S.A., una sociedad con participación estatal controlada por la Provincia de Buenos Aires, tomó control de la explotación, operación y mantenimiento del Sistema Vial Integrado del Atlántico a partir del 1 de diciembre de 2016. El acta acuerdo fue aprobada por el Poder Ejecutivo de la Provincia de Buenos Aires a través del Decreto N° 1495/2016. A su vez, y a efectos de acelerar su ejecución, se reformula gran parte de la obra prevista ejecutar inicialmente en un plazo de nueve años, se adelanta y debe ahora ejecutarse en tres años, más un año de garantía.
Las obras a ejecutar por Autovía del Mar en la Provincia de Buenos Aires consisten en la construcción de segundas calzadas en los siguientes tramos:
-
Ruta 56 entre General Conesa y General Madariaga. Long. 62 km.
-
Ruta 11 entre General Conesa y San Clemente del Tuyú. Long. 58 km.
• Ruta 11 entre San Clemente del Tuyú y Mar de Ajó. Long. 38 km. En total son 158 km de calzadas nuevas. También incluyen la construcción de 18 puentes de hormigón pretensado de distinta longitud. Las obras se complementan con la ejecución de la iluminación en los accesos e intersecciones y la señalización horizontal y vertical. El plan de obras es abonado a Aumar por la provincia de Buenos Aires en el régimen de la ley de obras públicas provincial Nº 6021. A partir del 6 de enero de 2020 se produjo una neutralización del plazo acordada con Dirección de Vialidad de la Provincia de Buenos Aires de todas las obras producto del comienzo de la temporada estival, el mismo se extendía hasta el 19 de Marzo de dicho año. Con fecha 20 de marzo se formalizó un acuerdo neutralizando nuevamente el plazo atento a la circunstancia de público conocimiento respecto al COVID-19. Con fecha 1 de septiembre de 2020 el Administrador General de la Dirección de Vialidad de la Provincia de Buenos Aires, resolvió la continuidad de la ejecución de las obras de construcción de segundas calzadas de la Ruta N°56 tramo entre General Conesa y General Madariaga, a Ruta 11 entre San Clemente del Tuyú Mar de Ajó
y de la Ruta 11 entre General Conesa y San Clemente del Tuyú por ser considerados esenciales y los trabajos inherentes a las mismas serán calificados como no interrumpibles. El día 17 de diciembre de 2021, con la inauguración de 62 kilómetros de doble calzada en un tramo de la ruta 56 que conecta a General Conesa y General Madariaga, Aumar culminó las obras que dotaron al corredor atlántico de dos carriles por mano en toda su extensión. Hasta octubre pasado ya se habían habilitado 96 kilómetros sobre la RP Nº11, en una traza comprendida entre General Conesa y Mar de Ajó, pasando también por San Clemente del Tuyú. Las obras que se retomaron durante el ejercicio pasado, fueron finalizadas en 15 meses, con el objeto de brindar más comodidades y seguridad vial a los casi 50 mil vehículos que transitan cada día el corredor durante la temporada de verano. Al cierre del presente ejercicio, quedaban pendientes y en ejecución algunos trabajos menores relacionados con la iluminación de rotondas de acceso a las distintas localidades del Partido de la Costa, y en algunos tramos trabajos menores de señalización. Se estima finalizar con la totalidad de los trabajos contratados en Marzo de 2022.
ACTIVIDADES DESARROLLADAS EN EL ÁREA DE INGENIERÍA AMBIENTAL
A través de Cliba Ingeniería Urbana S.A. (CLIBA IUSA), Cliba Ingeniería Ambiental S.A., Tecsan Ingeniería ambiental S.A. (Tecsan), y de las sociedades y uniones transitorias de empresas en las cuales éstas participan directa o indirectamente, CLISA opera cuatro grandes áreas de actividad en el negocio de Ingeniería Ambiental: i) higiene urbana, ii) tratamiento y disposición final de residuos, iii) servicios industriales y iv) valorización de residuos.
Higiene urbana
En relación a la Higiene Urbana, el siguiente cuadro resume las principales características de los servicios prestados en el presente ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2021:
| Ciudad | Población Servida |
Servicios (1) |
|---|---|---|
| Buenos Aires, Argentina (Zona 2) |
613.000 | A/B/C/D |
| San Isidro, Argentina | 292.000 | A/B/C/D |
| Neuquén, Argentina | 426.000 | A/B/D |
| Santa Fe, Argentina (Zona 1) |
292.000 | A/B/D |
| Centenario, Argentina | 73.000 | A/B |
| San Patricio del Chañar | 2.400 | A/D |
| (1) Servicios: | ||
| A - Recolección |
B - Barrido de calles (manual y mecánico)
C - Lavado de calles
D - Otros servicios
Los contratos de prestación de servicios finalizan, en general, con el cumplimiento del plazo por el que fueron suscriptos con el cliente, de acuerdo a lo establecido en los pliegos licitatorios de cada servicio.
Servicios en la Ciudad de Buenos Aires: la Compañía presta servicios de higiene urbana en la ciudad desde 1987. En el marco de la Licitación Pública N°997/2013 para la contratación del “Servicio Público de Higiene Urbana-Fracción Húmedos”, Cliba IUSA resultó
adjudicataria del contrato para la prestación del servicio de recolección en la Ciudad de Buenos Aires en la Zona 2 (Recoleta, Palermo, Belgrano, Colegiales y Nuñez) por un plazo de 10 años. Con fecha 12 de octubre de 2021 el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires emitió la resolución RESOL-2021-814-GCBA-MEPHUGC, mediante la cual aprueba una adenda al contrato de “Servicio Público de Higiene Urbana-Fracción Húmedos”. Entre los principales puntos de dicha adenda se estableció prorrogar el contrato por un plazo de cuatro (4) años contados a partir de la fecha de vencimiento del mismo. En virtud de ello, el vencimiento del contrato operará el 30 de septiembre de 2028. Asimismo se mantiene con plena vigencia, la facultad Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires de prorrogar el mismo, por un período de hasta doce (12) meses. La prestación del servicio inició el 1° de octubre de 2014 recolectando 24.000 toneladas de residuos al mes y sirviendo a más de 613.000 personas en un área de 3.524 cuadras.
En el marco de dicha adjudicación y con motivo del inicio en la prestación del servicio la Compañía ha renovado su maquinaria pesada incorporando una tecnología innovadora en el mercado argentino, el sistema bilateral EASY, el cual cuenta con numerosos beneficios comparativos respecto a los sistemas de recolección, utilizados con anterioridad (sistema de carga trasera y sistema de carga lateral). El sistema bilateral, entre otros beneficios, es más limpio y es operado mediante una pluma robótica que no lo somete a esfuerzos y en lo que refiere al aspecto del contenedor: a) reduce la contaminación visual al ocupar un menor espacio lineal; b) no poseen ruedas, se apoya directamente sobre el suelo; c) posee la posibilidad de utilizar una guía amurada al piso sobre la que se posiciona el contenedor y con las agarraderas laterales que lo sujetan firmemente al suelo se impide cualquier tipo de movimiento, salvo el de elevación por el camión recolector y d) posee mayor capacidad de integración a los entornos urbanos.
Servicios en la Ciudad de Santa Fe: la Compañía presta servicios de higiene urbana en la Zona 1 de la ciudad desde el año 1996. El contrato para la prestación del servicio en la ciudad de Santa Fe se encuentra en período de prórroga a la espera de un llamado licitatorio. Con fecha 29 de octubre de 2019 la Compañía notificó a la Municipalidad de Santa Fe la intención de rescindir el contrato que las vincula como consecuencia de la deuda que dicho municipio mantenía con la misma. Con fecha 1° de septiembre de 2020, la Compañía firmó con la Municipalidad de Santa Fe un Acta Acuerdo (refrendada y publicada por el Decreto N°00180 de la Secretaría de Gobierno de la Municipalidad de Santa Fe) a través de la cual ésta se comprometió a abonar todas las certificaciones mensuales hasta febrero 2020 por todo concepto, correspondientes a los servicios previstos en el sistema de gestión integral de residuos urbanos según el Pliego de Condiciones y todos los Decretos de ampliación de servicios. Asimismo, la Compañía manifestó su compromiso de revocar su declaración de rescisión unilateral del contrato, condicionado a la efectiva percepción de las sumas objeto del acuerdo, produciéndose de manera retroactiva, si así fuera, al 1° de septiembre de 2020. A la fecha de emisión de los presentes Estados Financieros Consolidados, los servicios adeudados objeto del Acta Acuerdo fueron abonados, con lo cual la provisión de servicios, facturación y cobranza continúa regularmente.
Servicios en la Ciudad de San Isidro: la Compañía presta servicios de higiene urbana en la ciudad desde el año 1991. La Municipalidad de San Isidro llamó a licitación para la “locación del servicio de higiene urbana del partido de San Isidro” (Licitación Pública N° 40/2019). Como consecuencia de las medidas de aislamiento dispuestas por el Poder Ejecutivo Nacional derivadas de la emergencia sanitaria declarada a raíz de la pandemia por COVID19 la administración municipal prorrogó la apertura de la referida licitación hasta el 30 de septiembre de 2020. Finalmente, del análisis realizado por la Subsecretaría General de Espacio Público e Higiene Urbana y por la Comisión de Preadjudicación, la Municipalidad de
San Isidro a través del Poder Ejecutivo Municipal, emitió con fecha 13 de Noviembre de 2020 el Decreto 1566/2020 mediante el cual decidió no continuar con el proceso licitatorio. Atento a esta circunstancia la Municipalidad de San Isidro continuó prorrogando el contrato que tiene con la Compañía hasta el 30 de junio de 2022, continuando la operación con total normalidad.
Servicios en la Ciudad de Neuquén: la Compañía presta servicios de higiene urbana en la ciudad desde el año 2000. El contrato vigente con la Municipalidad de Neuquén se firmó el 16 de noviembre de 2015 por el término de 8 años, con opción a prórroga por un año adicional, en el marco de la Licitación Pública N° 06/2015 “Locación del Servicio Público de Limpieza Urbana”.
Servicios en la Ciudad de Centenario: la Compañía presta servicios de recolección de residuos sólidos urbanos domiciliarios y transporte hasta el centro de disposición final en la ciudad de Centenario, en la provincia de Neuquén, desde el año 2009. El contrato vigente con la Municipalidad de esa localidad se firmó el 17 de diciembre de 2018 por el término de 5 años, con opción a prórroga por otros dos años, en el marco de la Licitación Pública N°002/18 autorizada por el Decreto Municipal N°611/18.
Servicios en la Ciudad de San Patricio del Chañar: con fecha 23 de junio de 2020, la Compañía firmó con la Municipalidad de San Patricio del Chañar un contrato para la provisión del servicio público de recolección de residuos domiciliarios urbanos y transporte hasta el centro de disposición final en la ciudad de Neuquén. Esta contratación se estableció según procedimiento administrativo Licitación Pública 002/2020, dispuesto por Ley Provincial N° 2141, según surge del correspondiente expediente, adjudicado mediante el Decreto N°651/2020. Su vigencia es de 60 meses contados a partir del 1 de julio de 2020.
Tratamiento y disposición final de residuos
La disposición final y tratamiento de residuos abarca una amplia gama de servicios, entre ellos, obras civiles y construcción de infraestructura para la disposición final de residuos domiciliarios, tratamiento de líquidos lixiviados, transporte y disposición de residuos y compostaje de residuos orgánicos.
Norte III : La U.T.E. Norte III opera los rellenos sanitarios de CEAMSE situados en el complejo ambiental Norte III bajo un contrato de servicio único. Actualmente se está disponiendo en el módulo “Norte IIID”, habiendo sido finalizados a la fecha los módulos Norte III (año 2001), Norte IIIA (año 2005), Norte IIIB (año 2010), Norte IIIC (año 2014), Norte IIIB+C (año 2016) y Norte III A+B compatibilización (año 2017), todos operados por la misma. Si bien como consecuencia de la situación de emergencia sanitaria derivada de la pandemia COVID-19, la cantidad de toneladas dispuestas se redujo inicialmente respecto del ejercicio anterior, en los últimos meses se observó una recuperación de las mismas. Actualmente se disponen aproximadamente 403.000 toneladas mensuales en promedio, las cuales provienen de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y de 27 distritos del Gran Buenos Aires en el módulo Norte IIID, cuya capacidad receptiva residual al 31 de diciembre de 2021 se calculó en aproximadamente 4,2 millones de metros cúbicos.
En el mes de octubre 2014, la U.T.E. Norte III, comenzó a operar una nueva planta de tratamiento de líquidos lixiviados, con una capacidad de tratamiento de 2000 m3 día, la cual ha sido desarrollada incluyendo una nueva tecnología denominada MBR (reactor biológico con membrana) aportando, de esta manera, una solución tecnológica de avanzada al tratamiento de líquidos lixiviados generados en el Complejo Ambiental Norte III. Asimismo,
la Compañía se encuentra reorganizando la ampliación de la capacidad de otra de las plantas de tratamiento de líquidos lixiviados, que permitirá incrementar su capacidad de 1.350 a 2.350 metros cúbicos diarios.
Adicionalmente a la operación de este relleno sanitario:
-
a) la Compañía, a través de Tecsan, diseñó, construyó y operó un Centro de Disposición Final de Residuos Sólidos Urbanos y Sistemas Asociados en el Municipio de General Pueyrredón. Luego de sucesivas prórrogas transitorias otorgadas luego de finalizado el plazo original del contrato, ante la necesidad de no interrumpir la prestación de los servicios, con fecha 1 de octubre de 2018 CEAMSE tomó a su cargo la operación del Centro de Disposición Final y encomendó a Tecsan la continuidad de las tareas operativas (sobre el sector existente) de disposición final de residuos y la construcción de la infraestructura necesaria para la ampliación del módulo de disposición en operación. Con fecha 27 de julio de 2020, CEAMSE, atento a la situación de emergencia sanitaria derivada de la pandemia COVID-19 y a las condiciones particulares en la prestación del servicio que derivaron en una leve mejora en la capacidad remanente del sector del módulo de disposición final, solicitó a Tecsan prolongar los servicios en ejecución hasta fines de septiembre de 2020. Posteriormente, con fecha 28 de septiembre de 2020, CEAMSE, solicitó nuevamente a Tecsan prolongar los servicios hasta el día 15 de octubre de 2020, fecha en la cual Tecsan realizó la entrega definitiva de las instalaciones con motivo del vencimiento del plazo del acuerdo con CEAMSE; y
-
b) con fecha 20 de diciembre de 2016 la Compañía firmó un convenio con el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación, para ejecutar la obra denominada “Construcción de un Relleno Sanitario en Centro Ambiental Chanchillos y Playón de Compostaje, Planta de Transferencia San Pedro y Saneamiento BCA Palpalá y El Pongo – Provincia de Jujuy – GIRSU-LPI-O-1/2015”. Dicha obra mantiene un grado de avance del 80% y la Compañía se encuentra a la espera de su pronta finalización.
Servicios Industriales
En este segmento a través de Envairo S.A., la Compañía se dedica a la implementación de soluciones ambientales a medida para compañías e industrias regionales y nacionales, brindando servicios como gestión integral de residuos, limpieza técnica y civil, y recolección y transporte de residuos comerciales e industriales no peligrosos de grandes generadores en la Provincia de Buenos Aires y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con flota especializada para tal actividad, entre otros. Adicionalmente, durante el presente ejercicio, Envairo S.A. comenzó a prestar servicios para la industria minera en la provincia de Catamarca.
A través de Taym S.A. continúa con el crecimiento de sus servicios de limpieza en la República Oriental del Uruguay. En relación a la Planta de Tratamiento y Disposición final de residuos peligrosos e industriales, localizada en las proximidades de la ciudad de Córdoba, durante el mes de marzo de 2017 la misma resultó inundada afectándose su operatividad.
Valorización de residuos
El inicio de las actividades en este segmento fue a través de un proyecto de reducción de gases generadores de efecto invernadero en el año 2007.
En el marco de la Licitación Pública Nacional e Internacional ENARSA N° EE 001/2010 (actualmente IEASA – Integración Energética Argentina S.A.), y a través de la sociedad Central Buen Ayre S.A., la Compañía ha construido y está actualmente operando una central de generación de energía eléctrica que opera con biogás, con una capacidad nominal de 11,8 MW. En los últimos doce meses de operación, se generaron
aproximadamente 67.000 MW que fueron inyectados a la red de energía. El contrato tiene vigencia hasta el año 2026.
La U.T.E. Norte III, desde octubre de 2012, se encuentra abocada a la operación, mantenimiento y explotación de una planta de tratamiento de residuos sólidos urbanos para realizar el tratamiento mecánico y biológico (TMB) de al menos 310.000 toneladas de residuos sólidos urbanos por año dentro del predio del CEAMSE. La Compañía, ha analizado estratégicamente la posibilidad de continuar con dicha operación por el plazo máximo posible establecido en el contrato (aproximadamente 23 años). En los últimos doce meses de operación se trataron aproximadamente 345.000 toneladas de residuos sólidos urbanos. Actualmente se tratan aproximadamente 28.700 toneladas mensuales.
Adicionalmente, la Compañía, a través de Ecoayres Argentina S.A., cuenta con la exclusividad de los derechos que se deriven de la explotación del biogás en los módulos del relleno sanitario Norte III B con más su posterior ampliación.
Con fecha 04 de diciembre de 2015 el GCBA, por medio del Ministerio de Ambiente y Espacio Público notificó la pre adjudicación a Tecsan de la Licitación Pública Nacional e Internacional Nro 49-SIGAF/2015 (“Diseño, Construcción, Operación y Mantenimiento de una Planta de Tratamiento Mecánico Biológico (TMB SUR) de residuos sólidos urbanos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”). Este proyecto será ejecutado por una UTE integrada por Tecsan con una participación del 75%, junto a la empresa Sorain Cechini Tecno España S.L., que participa con un 25%. El plazo de contrato será de 10 años con posibilidad de prórroga por otros 10 años. A la fecha los presentes Estados Financieros Consolidados, el GCBA aún no ha definido un cronograma para la adjudicación del nuevo contrato ni la fecha de comienzo del mismo.
ACTIVIDADES DESARROLLADAS EN EL ÁREA DEL TRANSPORTE
A fines de dar un sustento jurídico societario a la especialización de sus negocios y de permitir una mejor concentración de los esfuerzos organizacionales y una optimización de recursos, el Grupo Roggio decidió concentrar sus intereses en el negocio del transporte en Benito Roggio Transporte S.A. (“BRT”).
Con respecto a las actividades propias que realiza BRT durante el presente ejercicio merece destacarse: 1) la continuación de la prestación de asesoría técnica - ferroviaria en Metrovías, (2) la ejecución de servicios de asistencia técnica a EMOVA tanto en la etapa de transición de su Contrato de Concesión con Subterráneos de Buenos Aires S.E. (SBASE) para la Operación y el Mantenimiento de la Red de Subterráneos y Premetro de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y desde el comienzo de la operación para el mantenimiento de infraestructura y el material rodante, como los relacionados a la Administración, la Operación y transferencia de know-how, (3) la conclusión del proceso tendiente a la reprogramación de tareas inherentes al mantenimiento y seguridad en las obras de los Sistemas de Señalamiento para la implementación de ATS en los Ramales Diesel Mitre y Sarmiento tras etapas de demoras producto de la restricción presupuestaria manifestada por el Estado Nacional que se materializaron con las adendas respectivas de reprogramación de trabajos y un nuevo cronograma de ejecución, (4) la continuación de la ejecución de la Obra “Potencia y tracción para la línea E tramo Bolívar – Retiro y Cochera Taller Lacarra”, la cual se encuentra ejecutada en un 82%, (5) la continuación de los trabajos efectuados para la Adecuación del Sistema de Alimentación Eléctrica para las líneas C y D del Subterráneo de la Ciudad de Buenos Aires cuyo contrato se lleva a cabo a través de la UT con Siemens Mobility S.A., alcanzado una ejecución del 69%, (6) el comienzo de la obra Instalación y Montaje de señalamiento en Línea D, obra que alcanza una ejecución del 11%.
Asimismo, BRT junto a las firmas Siemens Mobility S.A. e Induvía S.A. fue adjudicataria por la Administración de Infraestructura Ferroviaria del Estado (ADIF) del renglón V “Señalamiento y Telecomunicaciones” de la Obra “Renovación de la Infraestructura de vías, señalamiento integral, cruces a distinto nivel y duplicación de vías del tramo Tapiales a Marinos del Crucero General Belgrano de la Línea Belgrano Sur” por un valor básico de $ 3.572 millones a ejecutarse en 36 meses. Para tal fin, con fecha [285] [REVISAR] de octubre de 2021 se constituyó una Unión Transitoria (UT) con las empresas mencionadas, la cual ha sido inscripta en la Inspección General de Justicia (IGJ) y cuya participación en la misma es del 29,85%. Se ha dado inicio a la ejecución en Febrero 2022.
Referido a la evolución del proceso licitatorio de la Licitación Pública Nacional e Internacional N° 212/18, con fecha 7 de enero de 2021, Metrovías S.A. recibió Nota SBASE N° IF-2020-31288963 fechada el día 29 de diciembre de 2020, por la cual el Directorio de SBASE mediante la Resolución N° 3382/20 resolvió adjudicar la Licitación Pública Nacional e Internacional N° 212/18 “Concesión de la Operación y Mantenimiento de la Red de Subterráneos y Premetro de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires” al Consorcio integrado por Metrovías S.A. – Benito Roggio Transporte S.A.
-
Con fecha 4 de marzo de 2021, el Consorcio Metrovías S.A. – Benito Roggio Transporte S.A. fue notificado por SBASE mediante Nota IF-2021-07671038 de la Resolución N° 3386/2021 por medio del cual el Directorio de SBASE resolvió aprobar el proyecto de Estatuto Social de la nueva sociedad. Asimismo, con fecha 17 de marzo de 2021 se dio por aprobado dicho Estatuto. La nueva sociedad, cuya razón social es “EMOVA MOVILIDAD S.A.” (en adelante Emova), finalizó el trámite de inscripción en la Inspección General de Justicia con fecha 1 de julio de 2021.
-
Con fecha 19 de abril de 2021, se constituyó Emova Movilidad S.A., sociedad que tiene por objeto la operación y el mantenimiento del servicio público de transporte de pasajeros correspondiente a la Red de Subterráneos y Premetro de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad a lo previsto en el Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación Pública Nacional e Internacional N° 212/2018, licitación adjudicada al Consorcio integrado por Metrovías S.A. – Benito Roggio Transporte S.A. mediante la Resolución N° 3382/20 del Directorio de SBASE el 29 de Diciembre de 2020. A dicha fecha, BRT suscribió 661.500.000 acciones ordinarias, nominativas, no endosables, de un peso ($ 1) valor nominal cada una y un voto por acción, representativas del 49% del capital social de dicha sociedad, por un valor total de $ 661.500.000.
-
Con fecha 16 de septiembre de 2021 Emova y SBASE suscribieron el Contrato de Concesión referido a la operación y mantenimiento de la red de Subterráneo y Premetro de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por 12 años corridos a partir de la fecha de toma de posesión, prorrogable por 3 años más a opción de SBASE.
-
Finalmente, con fecha 1 de diciembre de 2021, Metrovías, Emova y SBASE suscribieron el Acta de Toma de Posesión, por la cual Emova se hizo cargo de la operación y mantenimiento de la red de Subterráneo y Premetro de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Asimismo, con fecha 22 de septiembre de 2021 BRT incrementó su participación en Benito Roggio Ferroindustrial S.A. (en adelante BRF) mediante la suscripción de 70.000.000 de acciones ordinarias, nominativas, no endosables, de un peso valor nominal y un voto cada una, pasando su tenencia del 95% al 99,86% del capital social de BRF.
BRT ha mantenido su participación en Metrovías, Corredores Ferroviarios S.A. (en adelante COFESA), SOFE, Benito Roggio Ferroindustrial S.A.-Benito Roggio Transporte S.A. – UTE (en adelante BRF-BRT-UTE), Siemens Mobility S.A. – Benito Roggio Transporte S.A. – Adecuación Sistema Eléctrico Líneas C y D – Unión Transitoria (en adelante Siemens-BRT-UT), Fruta S.A., Compañía Metropolitana de Seguridad S.A., Neoservice S.A., Sehos S.A., Metronec S.A., y en el exterior, en la Concessionaria do Monotrilho da Linha 18 – Bronze S.A San Pablo, Brasil y en la Concessionaria Do VLT Carioca S.A. Rio de Janeiro, Brasil.
En referencia a BRF, durante el ejercicio la misma ha finalizado la entrega a la línea, pruebas dinámicas y alistamiento de los 6 coches Toshiba del Ferrocarril Urquiza (formación N° 14) procesados en 2020. Asimismo, dio comienzo a un nuevo contrato por la Reparación General de 12 coches Toshiba adicionales (2 formaciones), trabajos que se encuentran en ejecución sobre los primeros 6. A su vez se completó la obra “Reparación Integral de 9 vagones cubiertos cerealeros” pertenecientes a Belgrano Cargas y Logística S.A., al tiempo que resultó adjudicataria de un segundo lote de 9 vagones adicionales. También se avanzó en la obra “Reparación General y Remodelación de 8 coches remolcados” del Belgrano Sur, quedando pendiente para la entrega el adicional de obra que consiste en el desarrollo del nuevo sistema de suspensión secundaria. También, por parte de la SOFSE, ha sido adjudicataria hacia fines de noviembre de 2021 de dos contratos referidos a (1) la reparación de 2 (dos) coches Materfer pertenecientes a la Línea Mitre y (2) dos coches Minden Deutz y 1 (un) coche Materfer pertenecientes a la Línea Belgrano Sur, que están en proceso de ejecución. Por su parte, resultó adjudicataria del “Servicio de reparación de bogie completo con motor de tracción”, comprendiendo la reparación general de 2 bogies de locomotora G22CW. Durante el año se completaron los trabajos sobre el bastidor y pares montados, quedando a la espera de la reparación de los motores de tracción para completar la obra. Durante el ejercicio se procesaron 357 pares montados para los clientes Belgrano Cargas y Logística S.A. (275), Operadora Ferroviaria S.E. (Tren de la Costa – 18) y Fabricaciones Militares S.E. (64). Por último, es de destacar que durante el último tramo del año, BRF firmó 2 contratos con EMOVA Movilidad S.A. por las Revisiones Generales bogies (24 bogies pertenecientes a la Flota Nagoya 5000 y 12 bogies pertenecientes a la Flota Mitsubishi).
En cuanto a Metrovías, el resultado operativo de la misma refleja una disminución respecto del ejercicio anterior del 72,22%. Es de destacar que el producto del resultado operativo estuvo afectado tanto por las restricciones impuestas por el Gobierno Nacional y el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a partir de marzo de 2020 para contrarrestar los efectos de la pandemia por coronavirus – COVID 19 y cuya mejora sanitaria recién se sostuvo a partir de los últimos meses del presente, como también, a la discontinuidad de la operación del SUBTE a partir del 1° de Diciembre de 2021 provocando variaciones a lo largo de los trimestres en cuanto a su comparabilidad.
El nivel de pasajeros transportados se ha incrementado respecto al año anterior en un 7,37%, aun cuando las cifras del año en curso sólo consideran pasajeros transportados del Servicio Subte hasta noviembre 2021, dada la discontinuidad de la operación. Dicho incremento es atribuible principalmente a la mejora en la situación sanitaria manifestada en los últimos meses del presente año, la explicación de la disminución registrada en el resultado operativo respecto al ejercicio anterior se debió: (1) al incremento en costos operativos de mantenimiento de infraestructura y material rodante producto del aumento de actividad acaecido a partir del segundo semestre del presente año que obligó a
la puesta en marcha de cierta infraestructura e instalaciones fijas como consecuencia de la reapertura de todas las estaciones de la Red de Subte y a la regularización del mantenimiento diferido del material rodante en la línea Urquiza y (2) a ciertos costos asociados a la finalización de la operación del servicio de Subte, con motivo de la toma de posesión por parte del nuevo operador de fecha 1° de diciembre de 2021.
Es de destacar que también durante el presente ejercicio Metrovías ha desarrollado sus operaciones bajo las circunstancias derivadas de la difusión del virus COVID-19 y a las restricciones impuestas por el Gobierno Nacional y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Pese a la continuidad de la emergencia sanitaria, dichas restricciones fueron disminuyendo con el correr del ejercicio gracias a la mejora en la situación sanitaria. Desde el 25 de octubre de 2021 el Ministerio de Transporte de la Nación eliminó las restricciones y limitaciones en los aforos en colectivos y trenes. Según la Res. 389/2021 publicada en el Boletín Oficial, las empresas debían garantizar la máxima frecuencia de sus servicios y todos los vehículos debían circular con las ventanillas abiertas.
Producto de las circunstancias antes mencionadas, los pasajeros pagos transportados durante el presente ejercicio ascendieron a 88,58 millones, un 7,37% más que durante el ejercicio anterior y los pasajeros totales transportados (incluyendo combinaciones y franquicias) ascendieron a 124,4 millones, lo que representa un incremento del 7,08% respecto del año anterior.
Los coches kilómetros recorridos se incrementaron un 5,32%, pasando de 33,28 millones en el ejercicio anterior a 35,05 millones en el presente ejercicio.
Los coches en servicio en la hora pico ascendieron en promedio en el presente ejercicio a 380 unidades aumentando un 10,47% respecto del año anterior, al tiempo que los trenes puestos en servicio en la hora pico ascendieron a 72 unidades, lo que representa un aumento del 9,09% respecto del ejercicio anterior.
Cabe mencionar que en el transcurso del presente ejercicio Metrovías ha transportado en carácter de franquiciados a 4.267.095 pasajeros, permitiendo el transporte sin costo alguno de jubilados, discapacitados, escolares, policías y personal de seguridad. Asimismo, se transportaron 45.783 pasajeros beneficiados con franquicia parcial por su carácter de docentes, estudiantes secundarios y terciarios.
En cuanto a la adecuación del material rodante y la infraestructura, además de las tareas de mantenimiento programadas, Metrovías ha suscripto y se encuentra ejecutando contratos por servicios de coordinación técnica de obras en la Línea B para la incorporación de coches CAF 6000 y adecuación de cinco trenes Nagoya Serie 5000, al tiempo que durante el presente ejercicio ha concluido otro contrato por servicios de coordinación técnica de obras en la línea E. Asimismo, durante el ejercicio anterior ha concluido las coordinaciones de obra en la Línea C por renovación de vías en cocheras y talleres sumada a la puesta en servicio del sistema de señalamiento y en la Línea A por adecuación del sistema de alimentación eléctrica.
Respecto al Contrato de Concesión celebrado con el Estado Nacional en lo referido al Ferrocarril Urquiza cabe recordar que atento a que preveía la posibilidad de ser prorrogado por 10 años, Metrovías había solicitado el pedido de prórroga en cuestión ya formulado ante la Comisión Renegociadora creada en virtud de lo ordenado por el Decreto del Poder Ejecutivo Nacional N° 367/16, y en el marco de la Renegociación del Contrato de
Concesión que se venía llevando a cabo desde enero del año 2002. Pero no obstante no haberse concluido con la renegociación del Contrato de Concesión, el Ministerio de Transporte dictó con fecha 18 de diciembre de 2017 la Resolución N° 1325/2017, por medio de la cual dispuso: (1) el rechazo del pedido de prórroga contractual solicitado por Metrovías, (2) la instrucción a la Secretaría de Transporte y a la Secretaría de Planificación de Transporte para que conjuntamente con la Operadora Ferroviaria Sociedad del Estado, la Administración de Infraestructuras Ferroviarias del Estado y la Comisión Nacional de Regulación del Transporte establezcan las bases y condiciones para un llamamiento a licitación correspondiente al Grupo de Servicio N° 3 (Línea Urquiza) que deberá estar adjudicado dentro de un plazo máximo de 18 (dieciocho) meses a partir de la presente Resolución, (3) la instrucción que de no haber un adjudicatario al vencimiento del plazo establecido en el punto precedente el servicio se asignará automáticamente a la Operadora Ferroviaria Sociedad del Estado y (4) la disposición de que Metrovías continuará con la explotación del servicio durante el plazo estipulado en el punto (2). Con fecha 28 de febrero de 2018 Metrovías impugnó dicha Resolución mediante la presentación de un Recurso de Reconsideración y Jerárquico en Subsidio ante el Ministerio de Transporte. Con fecha 18 de junio de 2019, el Ministerio de Transporte dictó la Resolución N° 360/2019 por la cual extendió el plazo previsto en la mencionada Resolución 1325/2017 hasta el 31 de marzo de 2020 o hasta tanto tome posesión el nuevo operador al que haya sido adjudicado el servicio ferroviario producto del llamado a Licitación Pública Nacional e Internacional instruido por el Decreto del PEN N° 423 de fecha 18 de junio de 2019 para otorgar la construcción, mantenimiento y operación de las Líneas Urquiza y Belgrano Norte. Con fecha 26 de marzo de 2020, el Ministerio de Transporte mediante la Resolución N° 76/2020 resolvió: (1) extender el plazo previsto en la Resolución N° 1325/17 del MT por 18 (dieciocho) meses para el cumplimiento de todos los actos necesarios para la adjudicación de la Licitación Pública Nacional e Internacional de la concesión del servicio público de transporte ferroviario de pasajeros Línea Urquiza autorizada en el marco del Decreto N° 423/19, (2) para el caso que la adjudicación del proceso licitatorio no se realizase en el plazo establecido indicado precedentemente dicho plazo se extenderá automáticamente por igual plazo y (3) que si la adjudicación se realizase con anterioridad al vencimiento de los plazos establecidos en los puntos 1 y 2, la prestación a cargo de Metrovías finalizará con la toma de posesión del adjudicatario.
En materia de inversiones, durante el presente ejercicio Metrovías mantuvo su participación tanto en la Unidad de Gestión Operativa Ferroviaria de Emergencia S.A. en Liquidación (en adelante UGOFE), como en la Unidad de Gestión Operativa Mitre Sarmiento S.A. en Liquidación (en adelante UGOMS), como en Ferrometro S.A., sociedad que había sido creada para el proyecto “Tren Liviano del Este”, todas ellas sin operación a la fecha, al tiempo que, como ya se mencionó, participó en la constitución de EMOVA.
En lo que respecta a UGOFE y UGOMS, ambas sociedades deberán acordar con Sociedad Operadora Ferroviaria Sociedad del Estado (en adelante SOFSE) el proceso de cancelación de los pasivos remanentes, la formalización de la transferencia de los bienes afectados a la operación, y los derechos y obligaciones pendientes de ejecución y/o cancelación respecto a los contratos en curso de ejecución, así como respecto a las obras, juicios en trámite y retribuciones por gerenciamiento pendientes de cobro, todo lo cual deberá ser motivo de tratamiento en el proceso de liquidación y cancelación de créditos y deudas que formará parte de las rendiciones finales de cuenta. En el presente ejercicio no se han registrado avances respecto de dicho proceso.
Respecto a EMOVA, con fecha 1 de diciembre de 2021, Metrovías, Emova y SBASE suscribieron el Acta de Toma de Posesión, por la cual Emova se hizo cargo de la operación y mantenimiento de la red de Subterráneo y Premetro de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Desde ese 1° de diciembre de 2021 y hasta el 31 de diciembre de 2021, los pasajeros pagos transportados por todas las líneas del Subterráneo y el Premetro ascendieron a 14,28 millones, mientras que los pasajeros totales transportados ascendieron a 20,76 millones. Por su parte los coches kilómetro recorridos alcanzaron los 2,94 millones. La cantidad de trenes en servicio en hora pico fue en promedio de 70,60 unidades y los coches en servicio en hora pico fueron de 364,80 unidades en promedio. Los viajes de trenes comerciales ascendieron en diciembre de 2021 a un total de 59.667 viajes, mientras que la cantidad de viajes de coches comerciales ascendió a 318.634. Por último, los minutos de interrupción totales del servicio durante el mes de diciembre de 2021 ascendieron a 8.276 minutos.
En lo que refiere a COFESA la misma ha continuado ante SOFSE las gestiones administrativas y legales correspondientes a los fines de poner en marcha el proceso de cancelación de los pasivos remanentes, la formalización de la transferencia de los bienes afectados a la operación, y los derechos y obligaciones pendientes de ejecución y/o cancelación respecto a los contratos en curso de ejecución, así como respecto a las obras, juicios en trámite y retribuciones por gerenciamiento pendientes de cobro, todo lo cual deberá ser motivo de tratamiento en el proceso de liquidación y cancelación de créditos y deudas que formará parte de las rendiciones finales de cuenta, todo ello conforme a las previsiones contenidas en los respectivos Acuerdos suscriptos con SOFSE el 10 de febrero de 2014. En el presente ejercicio no se han registrado avances respecto de dicho proceso.
En lo relacionado a la SOFE (en la cual la Sociedad participa en un 24,5% de su capital social) y a su sociedad controlada SOE (80,02%) que llevaba adelante la operación del Ferrocarril Belgrano Cargas, durante el presente ejercicio las Comisiones Liquidadoras de ambas sociedades avanzaron con la cancelación de las deudas y liquidación de los activos pertenecientes a las mismas.
-
Por su parte, Metronec S.A. a través de su sociedad controlada Prominente
-
S.A., ha logrado durante el presente ejercicio los siguientes objetivos en términos de gestión y oportunidades comerciales: Crecimiento de facturación fuera del ámbito local a través de Pectra Technology Inc. (subsidiaria de Prominente en los Estados Unidos) así como la continuidad y acrecentamiento de negocios con clientes tales como Microsystem en Chile y Tigo para su filial en Panamá.
-
Continuidad del Proyecto Defensa del Consumidor de la Ciudad de Buenos Aires, con nuevos desafíos e integraciones, como así también la continuidad del producto Pectra BPM.
-
Incorporación de clientes al producto Pectra: Eléctrica de Entre Ríos e Instituto Nacional de Tecnología Industrial.
-
Comienzo de la consolidación de la oferta de inteligencia artificial, a través de un proyecto que se está realizando para el cliente Mercado Libre en cinco países de Latinoamérica.
-
Desarrollo de billetera digital para el cliente Yopit.
Metrovías S.A.
Actividades durante el ejercicio
El nivel de pasajeros transportados se ha incrementado respecto al año anterior en un 7,37%, aun cuando las cifras del año en curso sólo consideran pasajeros transportados del Servicio Subte hasta noviembre 2021, dada la discontinuidad de la operación. Dicho incremento es atribuible principalmente a la mejora en la situación sanitaria manifestada en los últimos meses del presente año, la explicación de la disminución registrada en el resultado operativo respecto al ejercicio anterior se debió: (1) al incremento en costos operativos de mantenimiento de infraestructura y material rodante producto del aumento de actividad acaecido a partir del segundo semestre del presente año que obligó a la puesta en marcha de cierta infraestructura e instalaciones fijas como consecuencia de la reapertura de todas las estaciones de la Red de Subte y a la regularización del mantenimiento diferido del material rodante en la línea Urquiza y (2) a ciertos costos asociados a la finalización de la operación del servicio de Subte, con motivo de la toma de posesión por parte del nuevo operador de fecha 1° de diciembre de 2021.
Es de destacar que Metrovías ha desarrollado sus operaciones bajo las circunstancias derivadas de la difusión del virus COVID-19 y a las restricciones impuestas por el Gobierno Nacional y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Dentro del marco de medidas dictadas por el Poder Ejecutivo Nacional, se dispuso que determinados grupos de empleados fueran exceptuados del deber de concurrir a sus lugares de trabajo, entre ellos las personas mayores de 60 años, las mujeres en estado de gestación, las personas que presentan determinadas patologías y los padres y madres cuya presencia resulta insustituible para el cuidado de hijos menores en edad escolar. A partir de la mejora en la situación sanitaria se dictaron otras normas por las que los trabajadores licenciados por su edad o condición de salud podían ser convocados para retomar la actividad laboral presencial, en tanto contaran con al menos una dosis de cualquier vacuna contra el COVID-19 aprobada en el país y con la única excepción de quienes cursaran las patologías más graves. Por otra parte, el reinicio de las clases presenciales en los establecimientos educativos de los niveles primario y secundario permitió que quienes se encontraban en uso de licencia por cuidado de hijos en edad escolar retomaran la actividad laboral presencial. Pese a la continuidad de la emergencia sanitaria, las ausencias debidas al Covid fueron disminuyendo tanto en el caso de enfermedades confirmadas como por contactos estrechos y casos sospechosos. Se estima que el cambio de tendencia se debe a los avances en la vacunación, ya que al 30 de noviembre de 2021 el 94% de la dotación de Metrovías había sido vacunada contra el coronavirus, con el 70% de la dotación con esquema completo de vacunación (dos dosis). Esta novedad y la continuidad de las normas que habilitan a convocar para trabajar presencialmente a aquellos trabajadores que hayan sido vacunados, explican la notoria disminución en la cantidad de personal ausente en relación a los períodos precedentes.
Las principales medidas adoptadas para el subterráneo al comienzo del ASPO incluían el cierre de estaciones. En una primera etapa solo se permitió la apertura de 39 de ellas. Posteriormente se fueron habilitando estaciones hasta alcanzar un total de 60, de las 90 con las que cuenta la red. A partir de 1° de mayo de 2021 debido al incremento que se registraba en la cantidad de contagios y con el fin de reducir la circulación, el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires dispuso al cierre de 6 estaciones de las 60 que se encontraban operativas, llevando a 54 la cantidad de estaciones habilitadas. El 12 de julio de 2021 se habilitaron 10 estaciones al servicio, a las que se sumaron 5 más el 15 de julio. El 17 de agosto se habilitaron otras 11 estaciones y el 7 de septiembre de 2021 se habilitaron las 10
últimas que permanecían cerradas, pasando a estar operativas las 90 estaciones con las que cuenta la red.
Con respecto al horario de servicio, el mismo sufrió una reducción, pasando a ser de lunes a sábado de 6 a 22 horas y los domingos de 8 a 22 horas. A partir del 4 de octubre de 2021 el horario de servicio pasó a ser de lunes a viernes de 6 a 23:30 horas, sábados hasta medianoche y los domingos hasta las 22:00 horas.
Desde el inicio de la pandemia se prestó servicio con un diagrama operativo correspondiente a días domingo, al que se le sumaron servicios adicionales. A partir del mes de noviembre de 2020, a fin de atender el leve incremento en la demanda que comenzaba a evidenciarse, en el subte se comenzó a aplicar un nuevo diagrama operativo con mayor oferta de servicio. En marzo 2021 se comenzó a operar con un nuevo programa, aumentando levemente la oferta respecto al de noviembre 2020. En agosto 2021 volvió a modificarse este programa, a fin de incrementar nuevamente la oferta de servicio. A partir del 4 de octubre de 2021, cuando tuvo lugar la extensión del horario del servicio, se operó con servicios adicionales, y se circulaba de acuerdo a la disponibilidad del personal en cada momento en cada línea.
Desde el inicio del Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio (ASPO), solo se permitía en el subterráneo el transporte de trabajadores esenciales, quienes únicamente podían viajar sentados y respetando las medidas de distanciamiento social vigentes. A partir del 17 de febrero de 2021, tanto alumnos como docentes y no docentes que se desempeñen en establecimientos educativos estaban habilitados para utilizar el subte. Desde el 8 de marzo del 2021 el Gobierno de la Ciudad habilitó el transporte de hasta 15 pasajeros parados en el subterráneo; a su vez se mantuvo vigente el permiso para que solo puedan viajar en transporte público los pasajeros afectados a las actividades declaradas esenciales, alumnos, docentes y no docentes y los alcanzados por excepciones. A partir del 10 de agosto de 2021, el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires habilitó el transporte de hasta 40 pasajeros parados en el Subte y desde el 24 de agosto ya no se requiere permiso de circulación para utilizar el transporte público, pudiendo viajar todos los usuarios, sean trabajadores esenciales o no, siempre que se respete el aforo establecido. A partir del 20 de octubre de 2021 dejó de regir la restricción de capacidad, manteniéndose el uso obligatorio de barbijo.
Con relación a la Línea Urquiza, en una primera etapa durante el ASPO, solo estaba permitido el transporte de trabajadores esenciales y en una cantidad de pasajeros equivalente a los asientos disponibles en cada coche, respetando también las medidas de distanciamiento social vigentes. A partir del 13 de noviembre de 2020, el Ministerio de Transporte de la Nación dispuso que el transporte ferroviario podrá circular con un pasajero parado por metro cuadrado en los espacios libres disponibles, exclusivamente para los horarios de mayor demanda: de 7 a 10 horas, y de 17 a 20 horas. A partir del 10 de agosto de 2021, mediante la Resolución 269/2021 se amplió a 4 personas paradas por metro cuadrado. A partir del 24 de agosto de 2021 se autorizó a que puedan viajar todos los usuarios, sean trabajadores esenciales o no, siempre que se respete el aforo establecido. Desde el 25 de octubre de 2021 el Ministerio de Transporte de la Nación eliminó las restricciones y limitaciones en los aforos en colectivos y trenes. Según la Res. 389/2021 publicada en el Boletín Oficial, las empresas debían garantizar la máxima frecuencia de sus servicios y todos los vehículos debían circular con las ventanillas abiertas. Continúa vigente el uso obligatorio de tapabocas por parte de los usuarios.
Producto de las circunstancias antes mencionadas, los pasajeros pagos transportados durante el presente ejercicio ascendieron a 88,58 millones, un 7,37% (aun cuando las cifras del año en curso sólo consideran pasajeros transportados del Servicio Subte hasta noviembre) más que durante el ejercicio anterior y los pasajeros totales transportados
(incluyendo combinaciones y franquicias) ascendieron a 124,4 millones, lo que representa un incremento del 7,08% respecto del año anterior.
Con relación a las obras de renovación de vías que se están desarrollando en la Línea E, se continuó trabajando en la renovación de los ADV (aparatos de vía). Una vez terminado, permitirá levantar las restricciones de velocidad en la zona. Asimismo, se concluyeron las obras efectuadas por SBASE en la estación Plaza de Mayo de la Línea A que permitió su habilitación al público el 12 de julio de 2021 levantando la limitación del servicio entre las estaciones San Pedrito y Perú.
En cuanto a la conflictividad gremial, el 18 de agosto de 2020 estuvo interrumpido el servicio de la Línea C por un reclamo de la Asociación Gremial de Trabajadores del Subte y Premetro (Agtsyp), el 30 de noviembre tuvo lugar una medida de fuerza gremial en la Línea A, con motivo del rechazo al nuevo diagrama de servicio a implementarse en todas las líneas de subte, a fin de sumar más servicios a los que se venían ofreciendo y el 22 de diciembre de 2020 el Sindicato de Conductores de Trenes La Fraternidad llevó a cabo un paro de trenes en todo el país. En lo que respecta al presente ejercicio, el 3 de febrero de 2021 tuvo lugar una medida de fuerza llevada a cabo por la Asociación Gremial de Trabajadores del Subterráneo y Premetro (AGTSyP) por la cual, las seis líneas de Subte y el Premetro estuvieron paralizadas por tres horas, desde las 6:00 hasta las 9:00 de la mañana. Los coches kilómetros recorridos se incrementaron un 5,32%, pasando de 33,28 millones en el ejercicio anterior a 35,05 millones en el presente ejercicio.
Los coches en servicio en la hora pico ascendieron en promedio en el presente ejercicio a 380 unidades aumentando un 10,47% respecto del año anterior, al tiempo que los trenes puestos en servicio en la hora pico ascendieron a 72 unidades, lo que representa un aumento del 9,09% respecto del ejercicio anterior.
Cabe mencionar que en el transcurso del presente ejercicio Metrovías ha transportado en carácter de franquiciados a 4.267.095 pasajeros, permitiendo el transporte sin costo alguno de jubilados, discapacitados, escolares, policías y personal de seguridad. Asimismo, se transportaron 45.783 pasajeros beneficiados con franquicia parcial por su carácter de docentes, estudiantes secundarios y terciarios.
En cuanto a la operación del servicio de subterráneo y premetro cabe recordar que:
-
a) Con fecha 5 de abril de 2013, Metrovías y SBASE firmaron el Acuerdo de Operación y Mantenimiento del Servicio Público de la Red de Subterráneos, ello de conformidad a lo previsto en la Ley 4.472, mediante el cual, SBASE otorgó a Metrovías, en forma exclusiva, la operación y el mantenimiento del Servicio Público de Subterráneos y Premetro de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, incluyendo las líneas A, B, C, D, E y H, y el Premetro, así como las que, durante el plazo de vigencia de dicho acuerdo (AOM), se incorporen a la red; excluyendo del mismo la explotación de todos los servicios colaterales y la ejecución de obras e inversiones. El plazo de dicho AOM originario se estableció por un plazo inicial máximo de dos (2) años contados a partir de la fecha de su celebración y podía ser prorrogado por SBASE sin que la duración total del AOM pueda exceder la vigencia del período de emergencia declarado en el art. 6 de la Ley 4.472, originalmente establecido en dos (2) años, con la Facultad del Poder Ejecutivo del GCBA de prorrogarla por un (1) año adicional. Dicha Norma fue modificada por la Ley N° 4.790, que estableció que el período de emergencia es de cuatro (4) años, manteniendo la facultad del Poder Ejecutivo de prorrogarla por un (1) año adicional, luego ratificado y complementado por el Poder Ejecutivo de la C.A.B.A. a través del Decreto 127/16 de fecha 1° de febrero de 2016.
-
b) Con fecha 26 de febrero de 2016, Metrovías y SBASE suscribieron la PRIMERA ADENDA MODIFICATORIA al AOM. Las principales modificaciones de la misma en términos de gestión fueron: (1) la extensión de la duración del AOM desde el 1° de enero
de 2016 hasta el 31 de diciembre de 2017, (2) la recomposición de la ecuación base presupuestada a enero de 2016 por indicadores que reflejan fielmente las variaciones de precios sufridas en el período precedente y (3) la consideración de la estacionalidad para el cálculo del aporte estatal / subsidio mensual.
-
c) En la sesión ordinaria llevada a cabo el día 2 de noviembre de 2017 la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sancionó la Ley N° 5885, promulgada por el Poder Ejecutivo a través del Decreto N° 469/17, mediante la cual se prorrogó el período de emergencia establecido en el art. 6° de la Ley 4472 hasta el 31 de diciembre de 2018 y delegó a SBASE la facultad de prorrogar el actual Acuerdo de Operación y Mantenimiento suscripto con Metrovías hasta tanto quien resulte adjudicatario de la licitación que se deberá llevar a cabo, tome efectiva posesión del servicio, no pudiendo exceder dicha prórroga el 31 de diciembre de 2018. En virtud de esta modificación, con fecha 28 de diciembre de 2017 Metrovías suscribió con SBASE una SEGUNDA ADENDA MODIFICATORIA al AOM cuyas principales modificaciones en términos de gestión fueron: (1) la extensión de la duración de la AOM hasta el 31 de diciembre de 2018, (2) el compromiso a la realización de cuatro obras – (a) Ingeniería y montaje del sistema de señales de Código abierto para el Taller Lacarra con (12) itinerarios, (b) Traslado de la Operación del PCO de Línea H a PCO Bernardo de Irigoyen, (c) Montaje de catenaria en zona túnel detrás de la cochera de Virreyes y (d) Adecuación de locales en Lacroze para instalar simuladores de línea B – cuyos costos de estas cuatro obras estarán a cargo de SBASE debiendo Metrovías realizar las respectivas rendiciones de gasto y (3) ciertas consideraciones relacionadas con el período de transición en el supuesto que Metrovías no fuere la nueva adjudicataria de la licitación a llevarse a cabo.
-
d) En la sesión ordinaria llevada a cabo el día 6 de diciembre de 2018 la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sancionó la Ley N° 5885, promulgada por el Poder Ejecutivo a través del Decreto N° 444/18, mediante la cual se prorroga el actual Acuerdo de Operación y Mantenimiento suscripto con Metrovías hasta tanto quien resulte adjudicatario de la licitación que se está llevando a cabo tome efectiva posesión del servicio, no pudiendo exceder dicha prórroga el 31 de diciembre de 2019. En virtud de esta última modificación, con fecha 28 de diciembre de 2018 Metrovías suscribió con SBASE una TERCERA ADENDA MODIFICATORIA al AOM cuyas principales modificaciones en términos de gestión fueron: (1) la extensión de la duración de la AOM hasta tanto el adjudicatario de la licitación que se está llevando a cabo tome efectiva posesión del servicio no pudiendo exceder dicho plazo el 31 de diciembre de 2019, (2) el compromiso de colaboración durante la etapa de transición y hasta la firma del Acta de toma de posesión, (3) el compromiso de incorporar a la operación y puesta en servicio del material rodante previsto incorporar durante el año 2019 y (4) Metrovías debía garantizar, poniendo a disposición todos los recursos necesarios, el cumplimiento de los compromisos asumidos para la inauguración de las estaciones Correo Central, Catalinas y Retiro pertenecientes a la extensión de la Línea E.
-
e) Con fecha 27 de diciembre de 2019, el Directorio de SBASE mediante la Resolución 3360/19 y por razones de necesidad perentoria resuelve disponer la continuidad del AOM suscripto con Metrovías hasta tanto el adjudicatario de la concesión prevista en el artículo 1° de la Ley N° 5885 (modificada por la Ley N° 6102 de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires) tome efectiva posesión del servicio. En virtud de esta Resolución, con fecha 27 de diciembre de 2019 Metrovías suscribió con SBASE una CUARTA ADENDA MODIFICATORIA al AOM cuyas principales modificaciones en términos de gestión fueron: (1) la extensión de la duración de la AOM hasta tanto el adjudicatario de la licitación que se está llevando a cabo tome efectiva posesión del servicio, (2) el compromiso de colaboración durante la etapa de transición y hasta la firma del Acta de toma de posesión
-
f) Respecto de la retribución del operador, según lo establecido en el Artículo 7.1., Metrovías percibió (1) la tarifa abonada por el usuario ($ 19 a partir del 9 de abril de 2019 y hasta el 24 de noviembre de 2020, $ 21 a partir del 25 de noviembre de 2020 y hasta el 18 de marzo de 2021, $ 25,5 a partir del 19 de marzo de 2021 y hasta el 17 de abril de 2021 y $ 30 a partir del 18 de abril de 2021 y hasta la finalización del AOM – todas ellas con descuentos a partir del vigésimo primer viaje - según cuadros tarifarios aprobados por SBASE a través de las Resoluciones Nros. 3352/19, 3377/20 y 3387/21 respectivamente y también cabe mencionar que a partir del 1° de febrero de 2018, producto de ponerse en vigencia la Resolución 77-E/2018 emitida por el Ministerio de Transporte, dicho valor de la tarifa formó parte del Sistema de Boleto Integrado que rige en el ámbito Metropolitano que establece distintos descuentos en función de la integración que realiza el pasajero en distintos modos de transporte durante un lapso de tiempo), (2) el valor de las comisiones por cargas de tarjetas de viaje y (3) los aportes estatales / subsidios / fomentos.
-
g) Por otro lado, cabe destacar que el AOM preveía que en caso de que se considerasen incorporar nuevas tareas y actividades para llevar adelante los compromisos de operación y mantenimiento, o bien se produciesen variaciones en las condiciones de la Ecuación Base Presupuestaria, los mismos, previa aprobación de SBASE, serían incorporados a la Ecuación Base Presupuestaria (EBP) ajustando la retribución a percibir por el Operador.
-
h) En lo que respecta a las obras, es de destacar que el Plan de Inversiones en el Subterráneo quedó paralizado tras la firma del Acta de Traspaso firmada entre el Gobierno Nacional y el Gobierno de la Ciudad en enero de 2012 y que tuvo definición con el dictado de la Ley N° 4.472 de diciembre de 2012, por la cual la Ciudad Autónoma de Buenos Aires asumió dicho servicio público, no previendo el AOM celebrado con SBASE un plan de inversiones a cargo del Operador.
-
La cuenta explotación base establecida en el AOM y por ende el subsidio mensual percibido por Metrovías ha sido modificado desde enero 2021 producto de:
-
Verificarse una modificación provisoria superior al 7% a partir de enero 2021 producto de (1) la consideración de las nuevas escalas salariales de UTA y APSESBA determinada en los Acuerdos Paritarios de fecha 22 de diciembre de 2020, y (2) el ajuste de los demás rubros que conforman la cuenta explotación como consecuencia de la aplicación de los indicadores establecidos en el AOM.
-
Verificarse una modificación provisoria superior al 7% a partir de marzo 2021 producto de (1) la consideración de las nuevas escalas salariales de UTA y APSESBA determinada en los Acuerdos Paritarios de fecha 12 de mayo de 2021 retroactivas al mes de marzo 2021, (2) el ajuste del rubro seguros por renovación de pólizas, (3) incrementos en los rubros de energía y agua por cambios en los valores tarifarios y (4) el ajuste de los demás rubros que conforman la cuenta explotación como consecuencia de la aplicación de los indicadores establecidos en el AOM.
-
Verificarse una modificación provisoria superior al 7% a partir de agosto 2021 producto de (1) la consideración de las nuevas escalas salariales de UTA y APSESBA determinada en los Acuerdos Paritarios de fecha 12 de mayo de 2021, (2) el ajuste del rubro seguros por renovación de pólizas, (3) incrementos en el rubro de energía por cambio en los valores tarifarios y (4) el ajuste de los demás rubros que conforman la cuenta explotación como consecuencia de la aplicación de los indicadores establecidos en el AOM.
-
Verificarse una modificación provisoria superior al 7% a partir de septiembre 2021 producto de (1) la consideración de las nuevas escalas salariales de UTA y APSESBA determinada en los Acuerdos Paritarios de fecha 24 de agosto de 2021, (2) el ajuste del rubro seguros por renovación de pólizas y (3) el ajuste de los demás rubros que conforman la cuenta explotación como consecuencia de la aplicación de los indicadores establecidos en el AOM.
-
Verificarse una modificación provisoria superior al 7% a partir de noviembre 2021 producto de (1) la consideración de las nuevas escalas salariales de UTA y APSESBA determinada en los Acuerdos Paritarios de fecha 18 de noviembre de 2021, (2) el ajuste del rubro seguros por renovación de pólizas y (3) el ajuste de los demás rubros que conforman la cuenta explotación como consecuencia de la aplicación de los indicadores establecidos en el AOM.
En concepto de aporte estatal (subsidio/fomento) por el año 2021, Metrovías percibió por el mismo concepto y hasta la fecha de los presentes Estados Financieros Individuales $ 1.083,7 millones por el mes de enero que incluye, (1) $ 3,5 millones por recupero de costos relacionados con el programa de gestión de asbesto, (2) $ 9,3 millones de suma no remunerativa por ayuda traslado en el marco de la pandemia que afecta el actual servicio, (3) $ 65,4 millones de suma no remunerativa retroactiva en función de los Acuerdos con las Asociaciones Gremiales de fecha 22 de diciembre de 2020 y (4) una reducción puntual de $ 27,5 millones por ahorro en Cargas Sociales por aplicación del Decreto PEN 792/20 que aplica al personal exceptuado de prestar tareas durante la vigencia del aislamiento social preventivo y obligatorio, $ 1.366 millones por el mes de febrero que incluye, (1) $ 38,1 millones por recupero de costos relacionados con el programa de gestión de asbesto, (2) $ 10 millones de suma no remunerativa por ayuda traslado en el marco de la pandemia que afecta el actual servicio, (3) $ 65,5 millones de suma no remunerativa retroactiva en función de los Acuerdos con las Asociaciones Gremiales de fecha 22 de diciembre de 2020 y (4) una reducción puntual de $ 26,4 millones por ahorro en Cargas Sociales por aplicación del Decreto PEN 792/20 que aplica al personal exceptuado de prestar tareas durante la vigencia del aislamiento social preventivo y obligatorio, $ 1.122,7 millones por el mes de marzo que incluye, (1) $ 4,3 millones por recupero de costos relacionados con el programa de gestión de asbesto, (2) $ 10 millones de suma no remunerativa por ayuda traslado en el marco de la pandemia que afecta el actual servicio, (3) $ 61,9 millones de suma no remunerativa retroactiva en función de los Acuerdos con las Asociaciones Gremiales de fecha 22 de diciembre de 2020 y (4) una reducción puntual de $ 26,4 millones por ahorro en Cargas Sociales por aplicación del Decreto PEN 792/20 que aplica al personal exceptuado de prestar tareas durante la vigencia del aislamiento social preventivo y obligatorio, $ 1.127,2 por el mes de abril que incluye (1) $ 7,5 millones por recupero de costos relacionados con el programa de gestión de asbesto y (2) una reducción puntual de $ 26,1 millones por ahorro en Cargas Sociales por aplicación del Decreto PEN 792/20 que aplica al personal exceptuado de prestar tareas durante la vigencia del aislamiento social preventivo y obligatorio, $ 1.516,1 millones por el mes de mayo que incluye, (1) $ 3,5 millones por recupero de costos relacionados con el programa de gestión de asbesto, (2) $ 55 millones de suma no remunerativa retroactiva en función de los Acuerdos con las Asociaciones Gremiales de fecha 12 de mayo de 2021 y (3) una reducción puntual de $ 29,5 millones por ahorro en Cargas Sociales por aplicación del Decreto PEN 792/20 que aplica al personal exceptuado de prestar tareas durante la vigencia del aislamiento social preventivo y obligatorio, $ 1.768,9 millones por el mes de junio que incluye, (1) $ 466 millones referidos al monto de SAC semestral y (2) una reducción puntual de $ 38,1 millones por ahorro en Cargas Sociales por aplicación del Decreto PEN 792/20 que aplica al personal exceptuado de prestar tareas durante la vigencia del aislamiento social preventivo y obligatorio, $
1.551,3 millones por el mes de julio que incluye, (1) $ 63,8 millones de mano de obra en función de los Acuerdos con las Asociaciones Gremiales de fecha 12 de mayo de 2021, (2) $ 8,1 millones por recupero de costos relacionados con el programa de gestión de asbesto y (3) una reducción puntual de $ 14,1 millones por ahorro en Cargas Sociales por aplicación del Decreto PEN 792/20 que aplica al personal exceptuado de prestar tareas durante la vigencia del aislamiento social preventivo y obligatorio, $ 1.551,3 millones por el mes de agosto que incluye, (1) $ 66,7 millones de suma no remunerativa en función de los Acuerdos con las Asociaciones Gremiales de fecha 24 de agosto de 2021, y (2) una reducción puntual de $ 8,8 millones por ahorro en Cargas Sociales por aplicación del Decreto PEN 792/20 que aplica al personal exceptuado de prestar tareas durante la vigencia del aislamiento social preventivo y obligatorio, $ 1.608,2 millones por el mes de septiembre que incluye, (1) $ 16,1 millones de adelanto por incremento tarifario en el rubro energía, y (2) una reducción puntual de $ 5 millones por ahorro en Cargas Sociales por aplicación del Decreto PEN 792/20 que aplica al personal exceptuado de prestar tareas durante la vigencia del aislamiento social preventivo y obligatorio, $ 1.512,9 millones por el mes de octubre que incluye, una reducción puntual de $ 2,4 millones por ahorro en Cargas Sociales por aplicación del Decreto PEN 792/20 que aplica al personal exceptuado de prestar tareas durante la vigencia del aislamiento social preventivo y obligatorio, $ 1.508 millones por el mes de noviembre que incluye una reducción puntual de $ 1,1 millones por ahorro en Cargas Sociales por aplicación del Decreto PEN 792/20 que aplica al personal exceptuado de prestar tareas durante la vigencia del aislamiento social preventivo y obligatorio, y $ 510,5 millones referidos al monto proporcional del SAC semestral a cargo de Metrovías.
A la fecha de cierre de los presentes Estados Financieros Individuales queda pendiente de cobro la suma de $ 250 millones.
En cuanto a la adecuación del material rodante y la infraestructura, además de las tareas de mantenimiento programadas, Metrovías ha suscripto y se encuentra ejecutando contratos por servicios de coordinación técnica de obras en la Línea B para la incorporación de coches CAF 6000 y adecuación de cinco trenes Nagoya Serie 5000, al tiempo que durante el presente ejercicio ha concluido otro contrato por servicios de coordinación técnica de obras en la línea E.
Referido a la evolución del proceso licitatorio referido a la Licitación Pública Nacional e Internacional N° 212/18 “Concesión de la Operación y Mantenimiento de la Red de Subterráneos y Premetro de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires:
-
C on fecha 7 de enero de 2021, se recibió Nota SBASE N° IF-2020-31288963 fechada el día 29 de diciembre de 2020, por la cual el Directorio de SBASE mediante la Resolución N° 3382/20 resolvió adjudicar la Licitación Pública Nacional e Internacional N° 212/18 “Concesión de la Operación y Mantenimiento de la Red de Subterráneos y Premetro de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires” al Consorcio integrado por Metrovías S.A. – Benito Roggio Transporte S.A.
-
Con fecha 4 de marzo de 2021, el Consorcio Metrovías S.A. – Benito Roggio Transporte S.A. fue notificado por SBASE mediante Nota IF-2021-07671038 de la Resolución N° 3386/2021 por medio del cual el Directorio de SBASE resolvió aprobar el proyecto de Estatuto Social de la nueva sociedad. Asimismo, el Directorio de Metrovías en reunión de fecha 17 de marzo de 2021 dio por aprobado dicho Estatuto. La nueva sociedad, cuya razón social es “EMOVA MOVILIDAD S.A.” (en adelante Emova), finalizó el trámite de inscripción en la Inspección General de Justicia con fecha 1 de julio de 2021.
-
Con fecha 19 de abril de 2021, se constituyó Emova Movilidad S.A., sociedad que tiene por objeto la operación y el mantenimiento del servicio público de transporte de
pasajeros correspondiente a la Red de Subterráneos y Premetro de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad a lo previsto en el Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación Pública Nacional e Internacional N° 212/2018, licitación adjudicada al Consorcio integrado por Metrovías S.A. – Benito Roggio Transporte S.A. mediante la Resolución N° 3382/20 del Directorio de SBASE el 29 de Diciembre de 2020. A dicha fecha, Metrovías suscribió 688.500.000 acciones ordinarias, nominativas, no endosables, de un peso ($ 1) valor nominal cada una y un voto por acción, representativas del 51% del capital social de dicha sociedad, por un valor total de $ 688.500.000.
-
Con fecha 16 de septiembre de 2021 Emova y SBASE suscribieron el Contrato de Concesión referido a la operación y mantenimiento de la red de Subterráneo y Premetro de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por 12 años corridos a partir de la fecha de toma de posesión, prorrogable por 3 años más a opción de SBASE.
-
Finalmente, con fecha 1 de diciembre de 2021, Metrovías, Emova y SBASE suscribieron el Acta de Toma de Posesión, por la cual Emova se hizo cargo de la operación y mantenimiento de la red de Subterráneo y Premetro de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Respecto al Contrato de Concesión celebrado con el Estado Nacional en lo referido al Ferrocarril Urquiza cabe recordar que atento a que preveía la posibilidad de ser prorrogado por 10 años, Metrovías había solicitado el pedido de prórroga en cuestión ya formulado ante la Comisión Renegociadora creada en virtud de lo ordenado por el Decreto del Poder Ejecutivo Nacional N° 367/16, y en el marco de la Renegociación del Contrato de Concesión que se venía llevando a cabo desde enero del año 2002. Pero no obstante no haberse concluido con la renegociación del Contrato de Concesión, el Ministerio de Transporte dictó con fecha 18 de diciembre de 2017 la Resolución N° 1325/2017, por medio de la cual dispuso: (1) el rechazo del pedido de prórroga contractual solicitado, (2) la instrucción a la Secretaría de Transporte y a la Secretaría de Planificación de Transporte para que conjuntamente con la Operadora Ferroviaria Sociedad del Estado, la Administración de Infraestructuras Ferroviarias del Estado y la Comisión Nacional de Regulación del Transporte establezcan las bases y condiciones para un llamamiento a licitación correspondiente al Grupo de Servicio N° 3 (Línea Urquiza) que deberá estar adjudicado dentro de un plazo máximo de 18 (dieciocho) meses a partir de la presente Resolución, (3) la instrucción que de no haber un adjudicatario al vencimiento del plazo establecido en el punto precedente el servicio se asignará automáticamente a la Operadora Ferroviaria Sociedad del Estado y (4) la disposición de que Metrovías continuará con la explotación del servicio durante el plazo estipulado en el punto (2). Con fecha 28 de febrero de 2018 Metrovías impugnó dicha Resolución mediante la presentación de un Recurso de Reconsideración y Jerárquico en Subsidio ante el Ministerio de Transporte. Con fecha 18 de junio de 2019, el Ministerio de Transporte dictó la Resolución N° 360/2019 por la cual extendió el plazo previsto en la mencionada Resolución 1325/2017 hasta el 31 de marzo de 2020 o hasta tanto tome posesión el nuevo operador al que haya sido adjudicado el servicio ferroviario producto del llamado a Licitación Pública Nacional e Internacional instruido por el Decreto del PEN N° 423 de fecha 18 de junio de 2019 para otorgar la construcción, mantenimiento y operación de las Líneas Urquiza y Belgrano Norte. Con fecha 26 de marzo de 2020, el Ministerio de Transporte mediante la Resolución N° 76/2020 resolvió: (1) extender el plazo previsto en la Resolución N° 1325/17 del MT por 18 (dieciocho) meses para el cumplimiento de todos los actos necesarios para la adjudicación de la Licitación Pública Nacional e Internacional de la concesión del servicio público de transporte ferroviario de pasajeros Línea Urquiza autorizada en el marco del Decreto N° 423/19, (2) para el caso
que la adjudicación del proceso licitatorio no se realizasen el plazo establecido indicado precedentemente dicho plazo se extenderá automáticamente por igual plazo y (3) que si la adjudicación se realizase con anterioridad al vencimiento de los plazos establecidos en los puntos 1 y 2, la prestación a cargo de Metrovías finalizará con la toma de posesión del adjudicatario.
Con fecha 16 de septiembre de 2021, y en el marco de lo establecido en la Resolución N° 76/2020 del Ministerio de Transporte, Metrovías suscribió con la Secretaría de Gestión del Transporte del Ministerio de Transporte un Acta Acuerdo, por medio de la cual se acordó la continuidad de la operación por parte de Metrovías de los servicios ferroviarios de pasajeros de la Línea Urquiza hasta tanto se asignen o adjudiquen dichos servicios a un nuevo operador y éste inicie la operación.
En cuanto a la retribución y adecuación de la cuenta explotación, cabe señalar que en el marco de la Resolución 748/12 emitida por el Ministerio del Interior y Transporte (en adelante MIyT), la Comisión Técnica Mixta de Seguimiento y Redeterminación de Costos de los Concesionarios Ferroviarios de Transporte de Pasajeros de Superficie del Área Metropolitana de Buenos Aires, conjuntamente con la Unidad de Renegociación y Análisis de Contratos de Servicios Públicos (UNIREN), en diciembre de 2014 finalizaron las tareas de readecuación de la Cuenta de Explotación que se materializó con el dictamen de la Resolución 1604/14 del MIyT del 16 de diciembre de 2014. Con fecha 10 de mayo de 2018, la Resolución 404/18 del Ministerio de Transporte aprobó una nueva metodología para la redeterminación del subsidio y/o ajuste de la Cuenta de Explotación.
En cumplimiento de la Resolución 1604/14 y 404/18 durante el presente ejercicio se han aprobado las siguientes modificaciones:
-
Con fecha 4 de febrero de 2021, la Resolución N° 36/21 del MT aprobó: (1) la redeterminación automática del monto de los rubros 1 a 8 conforme a la metodología aprobada por la Resolución N° 1604/14 y modificada por la Resolución N° 404/18 determinando que el subsidio mensual a percibir a partir del mes de octubre de 2020 sea de $ 211,2 millones, (2) la redeterminación automática del monto de los Rubros 1 a 8 conforme a la metodología aprobada por la Resolución N° 1604/14 y modificada por la Resolución N° 404/18 determinando que el subsidio mensual a percibir por el mes de diciembre 2020 y por única vez sea de $ 263,7 millones cuyo importe incluye el pago del 50% del sueldo anual complementario, (3) la suma de $ 6,2 millones en concepto de readecuaciones a las redeterminaciones automáticas de la Cuenta Explotación aprobadas por las resoluciones Nros 42/20 y 52/20 de la SGT mencionadas precedentemente correspondientes a los meses de enero 2020 a junio 2020 y (4) la suma de $ 11,4 millones en concepto de honorarios debidos y su componente impositivo originado en los adelantos recibidos bajo las Resoluciones Nros 34/20, 35/20 y 42/20 de la SGT mencionadas precedentemente.
-
Con fecha 18 de febrero de 2021, la Resolución N° 60/21 del MTGT aprobó la suma de $ 3,4 millones en carácter excepcional y por única vez, por el concepto de aporte extraordinario para los trabajadores con prestaciones efectivas y presenciales acordado en las Actas Paritarias con las Asociaciones Gremiales de fecha 28 de mayo de 2020 correspondientes al mes de agosto 2020 en el marco del Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio ordenado por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 297/2020 y sus prórrogas.
-
Con fecha 2 de marzo de 2021, la Resolución N° 70/21 del MTGT aprobó la suma de $ 3,4 millones en carácter excepcional y por única vez, por el concepto de aporte extraordinario para los trabajadores con prestaciones efectivas y presenciales acordado en las Actas Paritarias con las Asociaciones Gremiales de fecha 28 de mayo de 2020 correspondientes al mes de julio 2020 en el marco del Aislamiento Social, Preventivo y
-
Obligatorio ordenado por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 297/2020 y sus prórrogas.
-
Con fecha 28 de junio de 2021, la Resolución N° 2/21 de la SGT aprobó: (1) la redeterminación automática del monto de los rubros 1 a 8 conforme a la metodología aprobada por la Resolución N° 1604/14 y modificada por la Resolución N° 404/18 determinando que el subsidio mensual a percibir a partir del mes de enero de 2021 sea de $ 228,7 millones, (2) la suma de $ 1,2 millones en concepto de diferencias retroactivas conforme los términos de los acuerdos salariales celebrados en fecha 6 de noviembre de 2020 una vez detraído el anticipo aprobado por la Resolución N° 62/20 de la SGT.
-
Con fecha 28 de julio de 2021, la Resolución 7/21 de la SGT aprobó la suma de $ 65 millones como pago a cuenta de la redeterminación integral de la Cuenta Explotación por el concepto de mano de obra en función de los Acuerdos Paritarios con las Asociaciones Gremiales de fecha 20 de enero de 2021 y 2 de febrero de 2021.
-
Con fecha 28 de julio de 2021, la Resolución N° 8/21 de la SGT aprobó la suma de $ 7,2 millones en carácter excepcional y por única vez, por el concepto de aporte extraordinario para los trabajadores con prestaciones efectivas y presenciales acordado en las Actas Paritarias con las Asociaciones Gremiales de fecha 17 de diciembre de 2020 correspondientes a los meses de noviembre y diciembre de 2020 en el marco del Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio ordenado por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 297/2020 y sus prórrogas.
-
Con fecha 28 de julio de 2021, la Resolución N° 9/21 de la SGT aprobó la suma de $ 3,4 millones en carácter excepcional y por única vez, por el concepto de aporte extraordinario para los trabajadores con prestaciones efectivas y presenciales acordado en las Actas Paritarias con las Asociaciones Gremiales de fecha 9 de septiembre de 2020 correspondientes al mes de septiembre de 2020 en el marco del Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio ordenado por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 297/2020 y sus prórrogas.
-
Con fecha 28 de julio de 2021, la Resolución N° 10/21 de la SGT aprobó la suma de $ 3,5 millones en carácter excepcional y por única vez, por el concepto de aporte extraordinario para los trabajadores con prestaciones efectivas y presenciales acordado en las Actas Paritarias con las Asociaciones Gremiales de fecha 6 de noviembre de 2020 correspondientes al mes de octubre de 2020 en el marco del Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio ordenado por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 297/2020 y sus prórrogas.
-
Con fecha 1 de septiembre de 2021, la Resolución N° 13/21 de la SGT aprobó la suma de $ 7,5 millones en carácter excepcional y por única vez, por el concepto de aporte extraordinario para los trabajadores con prestaciones efectivas y presenciales acordado en las Actas Paritarias con las Asociaciones Gremiales de fecha 2 de febrero de 2021 correspondientes a los meses de enero y febrero de 2021 en el marco del Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio ordenado por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 297/2020 y sus prórrogas.
-
Con fecha 14 de septiembre de 2021, la Resolución N° 16/21 de la SGT aprobó la suma de $ 3,7 millones en carácter excepcional y por única vez, por el concepto de aporte extraordinario para los trabajadores con prestaciones efectivas y presenciales acordado en las Actas Paritarias con las Asociaciones Gremiales de fecha 2 de febrero de 2021 correspondientes al mes de marzo de 2021 en el marco del Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio ordenado por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 297/2020 y sus prórrogas.
-
Con fecha 4 de noviembre de 2021, la Resolución N° 27/21 de la SGT aprobó: (1) la redeterminación automática del monto de los rubros 1 a 8 conforme a la metodología aprobada por la Resolución N° 1604/14 y modificada por la Resolución N° 404/18 determinando que el subsidio mensual a percibir a partir del mes de abril de 2021 sea de $ 278,8 millones, (2) la redeterminación automática del monto de los Rubros 1 a 8 conforme a la metodología aprobada por la Resolución N° 1604/14 y modificada por la Resolución N° 404/18 determinando que el subsidio mensual a percibir por el mes de junio de 2021 y por única vez sea de $ 344,7 millones cuyo importe incluye el pago del 50% del sueldo anual complementario, (3) la suma de $ 12,1 millones por única vez por diferencia entre el cálculo retroactivo al 1° de enero de 2021 de los acuerdos salariales celebrados con fecha 20 de enero de 2021 y el anticipo aprobado por la Resolución N° 7/21 de la SGT, y (4) la suma de $ 4,4 millones por única vez por diferencia entre las compensaciones teóricas recalculadas de la Cuenta de Explotación de octubre de 2020 y las reconocidas previamente por las Resoluciones N° 36/21 del MT y N° 62/20 de la SGT.
-
Con fecha 9 de diciembre de 2021, la Resolución 31/21 de la SGT aprobó la suma de $ 149 millones como pago a cuenta de la redeterminación integral de la Cuenta Explotación por el concepto de mano de obra en función de los Acuerdos Paritarios con las Asociaciones Gremiales de fecha 20 de mayo de 2021.
-
Con fecha 16 de diciembre de 2021, las Resoluciones N° 34/21, N° 35/21 y N° 36/21 de la SGT aprobaron respectivamente las sumas de $ 5 millones, $ 5,2 millones y $ 5,5 millones, en carácter excepcional y por única vez, por el concepto de aporte extraordinario para los trabajadores con prestaciones efectivas y presenciales acordado en las Actas Paritarias con las Asociaciones Gremiales de fecha 20 de mayo de 2021 correspondientes a los meses de junio, julio y agosto de 2021 respectivamente, en el marco del Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio ordenado por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 297/2020 y sus prórrogas.
-
Con fecha 16 de febrero de 2022, la Resolución N° 11/22 de la SGT aprobó: (1) la redeterminación automática del monto de los rubros 1 a 8 conforme a la metodología aprobada por la Resolución N° 1604/14 y modificada por la Resolución N° 404/18 determinando que el subsidio mensual a percibir del mes de julio de 2021 sea de $ 317,2 millones, (2) la redeterminación automática del monto de los rubros 1 a 8 conforme a la metodología aprobada por la Resolución N° 1604/14 y modificada por la Resolución N° 404/18 determinando que el subsidio mensual a percibir del mes de agosto de 2021 sea de $ 317,8 millones, (3) la redeterminación automática del monto de los rubros 1 a 8 conforme a la metodología aprobada por la Resolución N° 1604/14 y modificada por la Resolución N° 404/18 determinando que el subsidio mensual a percibir del mes de septiembre de 2021 sea de $ 323,6 millones, (4) la redeterminación automática del monto de los rubros 1 a 8 conforme a la metodología aprobada por la Resolución N° 1604/14 y modificada por la Resolución N° 404/18 determinando que el subsidio mensual a percibir del mes de octubre de 2021 sea de $ 341 millones, (5) la redeterminación automática del monto de los rubros 1 a 8 conforme a la metodología aprobada por la Resolución N° 1604/14 y modificada por la Resolución N° 404/18 determinando que el subsidio mensual a percibir a partir de noviembre 2021 sea de $ 346,9 millones, (6) la redeterminación automática del monto de los Rubros 1 a 8 conforme a la metodología aprobada por la Resolución N° 1604/14 y modificada por la Resolución N° 404/18 determinando que el subsidio mensual a percibir por el mes de diciembre de 2021 y por única vez sea de $ 430,1 millones cuyo importe incluye el pago del 50% del sueldo anual complementario y (7) la suma de $ 59,8 millones por única vez por diferencia entre las compensaciones teóricas recalculadas de la Cuenta de
Explotación de abril de 2021 y las reconocidas previamente por las Resoluciones N° 27/21 y N° 31/21 de la SGT.
Dado que no se han aprobado ciertas actualizaciones de la Cuenta Explotación, Metrovías ha realizado presentaciones al Estado Nacional por solicitudes de readecuación producto de: (1) ajustes del rubro personal e incrementos superiores al 6% de los demás rubros que no componen la mano de obra desde enero 2015 a diciembre 2017 que no han sido considerados en las respectivas resoluciones aprobatorias, (2) ajustes puntuales por gratificaciones extraordinarias por colaboración operativa de conductores, capacitaciones, gratificación solidaria de fin de año e indemnizaciones por retiro anticipado de conductores previstas en diversas Actas suscriptas con las Asociaciones Gremiales durante el año 2016 (3) aportes extraordinarios para los trabajadores con prestaciones efectivas y presenciales en el marco del aislamiento social, preventivo y obligatorio ordenado por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 297/2020 y sus prórrogas acordadas en Actas Paritarias con las Asociaciones Gremiales de fechas 2 de febrero de 2021 y 20 de mayo de 2021 correspondiente a los meses de abril, mayo, septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2021, y (4) ajuste del rubro personal producto de los Acuerdos con las Asociaciones Gremiales de fecha 9 de noviembre de 2021 que determinan que el valor pendiente de reconocimiento al cierre de los presentes Estados Financieros Individuales alcance la suma de $ 637,6 millones.
Referido al Plan de Nivelación y a las Obras Necesarias de Inversión establecidas en los Artículos 8° y 9° de la citada Resolución N° 1604/14, las mismas no se desarrollaron según lo previsto debido a no establecerse una metodología de adecuación de sus valores y que tal Resolución no previó tanto partidas presupuestarias para financiar las obras como procedimientos específicos para la presentación de documentación técnica y de su correspondiente certificación de obra. Con fecha 15 de febrero de 2017 la Resolución 60/2017 del Ministerio de Transporte había resuelto: (1) aprobar un monto total a asignar para el Plan de Nivelación de $ 579,6 millones a valores de julio 2016, (2) determinar una metodología de actualización, (3) aprobar un circuito administrativo y procedimiento para la aprobación de obras y tareas de mantenimiento, (4) aprobar un procedimiento de certificación y (5) establecer un plazo de ejecución de 12 meses pudiendo prorrogarse por hasta 12 meses más siempre que lo disponga el Ministerio. A la fecha de cierre de los presentes Estados Financieros Individuales Metrovías ha ejecutado todas las obras inherentes al mejoramiento de imágenes de estaciones y pasos a nivel y a la reparación general de 24 coches todas ellas incluidas en la referida Resolución 1604/14.
Sin perjuicio de lo indicado precedentemente, Metrovías ha realizado diversas presentaciones referidas a la situación descripta tanto al Estado Nacional como al Gobierno de la Ciudad, incluidas las originadas de la redeterminación de los mayores costos de explotación producidos en los años 2008 a 2012 y por el pago de comisiones por la venta de pasajes, que a la fecha de cierre de los presentes Estados Financieros Individuales no han sido resueltas.
En materia de inversiones merece destacarse que con fecha 19 de abril de 2021, se constituyó Emova Movilidad S.A., sociedad que tiene por objeto la operación y el mantenimiento del servicio público de transporte de pasajeros correspondiente a la Red de Subterráneos y Premetro de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad a lo previsto en el Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación Pública Nacional e Internacional N° 212/2018, licitación adjudicada al Consorcio integrado por Metrovías S.A. – Benito Roggio Transporte S.A. mediante la Resolución N° 3382/20 del Directorio de SBASE el 29 de Diciembre de 2020. A dicha fecha, Metrovías suscribió acciones representativas del 51% del capital social de dicha sociedad.
Con fecha 1 de diciembre de 2021, Metrovías, Emova y SBASE suscribieron el Acta de Toma de Posesión, por la cual Emova se hizo cargo de la operación y mantenimiento de la
red de Subterráneo y Premetro de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Desde ese 1° de diciembre de 2021 y hasta el 31 de diciembre de 2021, los pasajeros pagos transportados por todas las líneas del Subterráneo y el Premetro ascendieron a 14,28 millones, mientras que los pasajeros totales transportados ascendieron a 20,76 millones. Por su parte los coches kilómetro recorridos alcanzaron los 2,94 millones. La cantidad de trenes en servicio en hora pico fue en promedio de 70,60 unidades y los coches en servicio en hora pico fueron de 364,80 unidades en promedio. Los viajes de trenes comerciales ascendieron en diciembre de 2021 a un total de 59.667 viajes, mientras que la cantidad de viajes de coches comerciales ascendió a 318.634. Por último, los minutos de interrupción totales del servicio durante el mes de diciembre de 2021 ascendieron a 8.276 minutos.
Por último, cabe mencionar que Metrovías mantiene su participación (50%) tanto en la Unidad de Gestión Operativa Ferroviaria de Emergencia S.A. en Liquidación (en adelante UGOFE), como en la Unidad de Gestión Operativa Mitre Sarmiento S.A. en Liquidación (en adelante UGOMS), como en Ferrometro S.A., sociedad que había sido creada para el proyecto “Tren Liviano del Este”, todas ellas sin operación a la fecha.
En lo que respecta a UGOFE y UGOMS, ambas sociedades deberán acordar con SOFSE el proceso de cancelación de los pasivos remanentes, la formalización de la transferencia de los bienes afectados a la operación, y los derechos y obligaciones pendientes de ejecución y/o cancelación respecto a los contratos en curso de ejecución, así como respecto a las obras, juicios en trámite y retribuciones por gerenciamiento pendientes de cobro, todo lo cual deberá ser motivo de tratamiento en el proceso de liquidación y cancelación de créditos y deudas que formará parte de las rendiciones finales de cuenta. A tales fines, UGOFE y UGOMS formalizarán con SOFSE y con los nuevos Operadores los Acuerdos que resulten necesarios a fin de determinar el procedimiento a seguir en cada caso para una transferencia ordenada para el cumplimiento de los actos derivados de la transición.
Dado que Metrovias, asociada con su accionista principal, ha sido adjudicataria de la licitación por los próximos 12 años de la Concesión de la Operación y Mantenimiento de la Red de Subterráneos y Premetro de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, está a la expectativa de brindar todo su know how tanto en la operación como en la gestión de la nueva sociedad Emova Movilidad S.A, en pos de coordinar todo un plan de trabajo tendiente a maximizar acciones para emprender un proceso de transformación hacia un subte inteligente, más conectado y sustentable con foco en la digitalización coordinando sus tareas con el apoyo de la asistencia técnica de la DB Deustche Bahn E&C, empresa líder en digitalización y nuevas tecnologías aplicadas al transporte.
En virtud de los términos de gestión que estipulan el AOM y sus adendas, Metrovías procurará cerrar la gestión administrativa que permita realizar una transición ordenada, trabajando en conjunto con la Autoridad de Contralor, efectuando la cancelación de pasivos con proveedores relativos al Servicio SUBTE y realizando la gestión de cobranzas por los créditos con SABSE por las últimas actualizaciones de Cuenta producida en los últimos meses de la operación.
Por su parte, en lo relacionado a la operación del Ferrocarril Urquiza, a raíz de la prórroga dispuesta por el Estado Nacional, se buscará sostener una operación que permita seguir registrando estándares altos de calidad de servicio y soluciones integrales para la mejora en la eficiencia de la operación. Asimismo, propondrá medidas innovadoras con la asesoría técnica de DB Deustche Bahn E&C a fin de dar a conocer patrones de calidad y eficiencia de la gestión a las autoridades gubernamentales, que le permitan posicionarse en vistas al llamado a licitación dispuesto por el Decreto del Poder Ejecutivo N° 423/19 para el otorgamiento de un nuevo período de concesión para la construcción, mantenimiento y operación del servicio.
Asimismo, producto del contexto actual originado por la pandemia relacionada con el coronavirus que afectó sensiblemente tanto a la operación de Metrovias como a toda la población en general e independientemente de la mejora sanitaria producida en los últimos meses del presente ejercicio, Metrovías seguirá implementando distintas acciones y medidas de prevención dando prioridad en el cuidado de la salud de sus equipos de trabajo y la de todos los usuarios, como también, seguirá readecuando sus recursos en pos de alentar la recuperación de la demanda de pasajeros en un contexto seguro, dedicado y cuidado en pos del confort de los usuarios.
SERVICIO PÚBLICO DE AGUA CORRIENTE
En lo relacionado con el servicio público de agua corriente, Benito Roggio e Hijos S.A. (“BRH”) poseía el 61,15% del capital social de Aguas Cordobesas S.A. (“ACSA”), sociedad concesionaria de la prestación del servicio público de agua potable de la ciudad de Córdoba, siendo asimismo BRH el operador de la concesión que ACSA explota. ACSA presta el servicio de captación, potabilización, conservación, transporte, distribución y comercialización de agua para consumo doméstico, comercial e industrial en la Ciudad de Córdoba, por el plazo de treinta años contados a partir del 7 de mayo de 1997, fecha de entrega del servicio. La población servida por ACSA asciende a aproximadamente 1,3 millones de habitantes, lo que hace una cobertura total de aproximadamente el 99% de la población de la ciudad de Córdoba.
Con fecha 12 de abril de 2017, Banco de Galicia y Buenos Aires S.A. resolvió aceptar una oferta para vender a BRH la totalidad de su tenencia accionaria en ACSA, la que comprende acciones representativas del 10,83% del capital social de dicha sociedad. Con fecha 12 de abril y 20 de octubre de 2017, BRH hizo efectivo el pago del precio estipulado. Después de dicha transferencia de acciones, BRH pasó a detentar el 71,98% de la tenencia accionaria de ACSA.
Podemos agrupar los hechos más importantes ocurridos durante el año 2021 en los siguientes aspectos:
IMPACTO DEL COVID-19 EN LAS OPERACIONES DE ACSA
Durante gran parte del ejercicio anterior y durante el transcurso del presente ejercicio, ACSA ha desarrollado sus operaciones bajo las circunstancias derivadas de la difusión del virus Covid-19, la cual fue declarada pandemia por la Organización Mundial de la Salud el 11 de marzo de 2020. Esta pandemia continúa generando diversas consecuencias en los negocios y actividades económicas a nivel global y local.
En relación al área de prestación del servicio de agua, la actividad ha sido considerada como esencial y ACSA ha continuado prestando sus servicios con normalidad, implementando todos los protocolos necesarios para cuidar al personal, proveedores y clientes.
El Covid-19 ha impactado negativamente en las variables económicas y financieras de ACSA, provocando menor eficiencia en la gestión de las operaciones, nuevos costos asociados a mitigar el efecto de la pandemia, demoras en la aprobación de ajustes tarifarios y cierto alargamiento general en los plazos de cobro.
CARGO TARIFARIO
En el marco del Decreto N° 1.268/13, con fecha 21 de diciembre de 2020 por nota AACC/ERSeP N° 607/2020, se informó la finalización, de la ejecución del total de las Obras previstas dentro del plan acordado con el ERSeP y la Subsecretaría de Agua y Saneamiento
de la Provincia de Córdoba y se elevó una propuesta de cierre del Cargo Tarifario certificada por el Auditor Técnico Regulatorio de la Concesión. No obstante lo referido, teniendo en cuenta la existencia de un remanente de materiales y fondos disponibles, a los fines de concretar el cierre del Cargo Tarifario, el ERSeP decidió que se avance con un último plan de instalación de 2500 medidores. Así fue como durante el 2021 se procedió a realizar el concurso de precios correspondientes y se comenzaron a instalar estos medidores en los barrios Don Bosco y San Vicente.
MESAS TARIFARIAS
Durante el año 2020, se produjo un retraso en el reconocimiento de los incrementos tarifarios por la situación generada ante la declaración de la pandemia.
Durante el año 2021, dando cumplimiento a lo establecido en el Numeral 9.2.3 del Contrato de Concesión, se solicitaron tres procedimientos de revisión tarifaria correspondientes a las Mesas N° 29, N° 30 y N° 31 y se aplicaron las Mesas N° 26, N° 27 y N° 28 solicitadas en el año 2020.
En lo que se refiere a la Mesa Tarifaria N° 29 (8,41%), la misma comprendió los periodos entre agosto a noviembre 2020, comenzó a aplicarse desde la facturación de mayo 2021. Con respecto a la Mesa Tarifaria N° 30 (12,38%), abarcando los periodos noviembre 2020 a febrero 2021, comenzó a aplicarse en la facturación del servicio en Agosto 2021. Por último en la Mesa Tarifaria N° 31 (20,09%), abarca los períodos febrero a julio 2021, comienza a aplicarse en la facturación de enero 2022.
Si bien las Mesas Tarifarias son trascendentes como mecanismo de ajuste tarifario, sus resultados, al igual que las anteriores, no logran compensar adecuadamente el impacto total de la inflación en los costos de la Concesión ya que el mecanismo contractual vigente no fue pensado para inflaciones anuales de aproximadamente un 49,87% como la experimentada en 2021 a nivel provincial.
CERTIFICACIÓN DE NORMAS
Durante el presente período se dio continuidad a las Políticas de Sustentabilidad de la empresa, manteniendo su Modelo de Gestión basado en las Normas ISO 9001:2015 de Calidad, 14001:2015 de Gestión Medioambiental y 45001: 2017 de Gestión de la Salud y Seguridad en el Trabajo. La auditoría anual de mantenimiento del Sistema de Gestión Integrado se realizó en agosto de 2021, manteniéndose la certificación de las tres normas internacionales.
OTRAS ACTIVIDADES
Prominente S.A.
En diciembre de 2016, a través de BRT y de Metronec S.A., la Sociedad adquirió el 60% de la participación en Prominente S.A., sociedad que brinda servicios tecnológicos y de soporte a empresas y organizaciones de diversos sectores de la economía. Después de dicha adquisición, la Sociedad pasó a controlar el 100% de la tenencia accionaria de Prominente S.A.
PROGRAMA DE INTEGRIDAD
CLISA cuenta con un Programa de Integridad desarrollado con el apoyo del Estudio Linklaters, de primer nivel internacional, adaptado a la matriz de riesgo específica de las actividades en las que se desempeñan las Compañías que la componen, con una fuerte especialización en los sectores de infraestructura y servicios. Integrado por el Código de Ética y Conducta Empresarial, la Política Anticorrupción y el Protocolo de Relaciones con la Administración Pública, el Programa de Integridad establece un marco de referencia para proyectar un comportamiento íntegro, define las conductas éticas de los colaboradores de todos los niveles de la organización sin excepción y expresa los lineamientos y estándares de integridad y transparencia a los que todos los colaboradores deben ajustarse en sus operaciones. La implementación de este Programa de Integridad refleja las nuevas exigencias de las leyes nacionales y las regulaciones que aplican a las operaciones de todas las Empresas del grupo CLISA y es compatible con los estándares de cada uno de los países en los que se ejecutan proyectos. De esta manera, CLISA profundiza y confirma su compromiso con conductas empresariales éticas, poniendo en práctica valores esenciales de respeto, cumplimiento, honestidad e integridad.
CODIGO DE GOBIERNO SOCIETARIO
El Informe sobre el grado de cumplimiento del Código de Gobierno Societario se desarrolla en Anexo a la presente Memoria y forma parte integrante de la misma.
B. OPERACIONES CON SOCIEDADES VINCULADAS La Sociedad ha desarrollado operaciones con sociedades vinculadas, las cuales se exponen detalladas en Nota de los Estados Financieros Consolidados.
C. ANÁLISIS DE VARIACIONES, RESULTADOS Y PERSPECTIVAS FUTURAS En relación a este punto, entendiendo que allí se encuentra adecuadamente considerado y expuesto, nos remitimos a la información suministrada en los estados principales, notas e información complementaria que integran los Estados Financieros de CLISA al 31 de diciembre de 2021.
D. ASPECTOS VINCULADOS A LA ORGANIZACIÓN DE LA TOMA DE DECISIONES Y AL SISTEMA DE CONTROL INTERNO DE LA SOCIEDAD
En los aspectos vinculados a la organización y la toma de decisiones, la dirección y administración de la empresa está a cargo de un directorio designado por la Asamblea, compuesto por el número de miembros que ésta fije entre un mínimo de tres y un máximo de nueve, quienes son elegidos por el término de un ejercicio. Los directores son reelegibles indefinidamente y permanecerán en sus cargos hasta ser reelegidos o reemplazados. La Asamblea fija el número de directores para cada ejercicio. Actualmente, el Directorio se encuentra integrado por ocho directores titulares, dos de los cuales revisten la condición de independientes según los criterios establecidos en la Normas de la Comisión Nacional de Valores y sus modificatorias.
Asimismo, la Sociedad cuenta con un Comité de Auditoría y un Comité de Cumplimiento, ambos integrados por mayoría de directores independientes, quienes son elegidos por el Directorio en su conjunto. Ambos Comités ejercen sus funciones legales conforme a su Reglamento Interno, en total arreglo a las disposiciones legales y estatutarias vigentes. De conformidad con el Estatuto, el Directorio tiene todas las facultades para administrar la Sociedad, incluso aquéllas para las cuales la ley requiere poderes especiales. El Directorio funciona con la presencia de la mayoría absoluta de sus miembros y resuelve por mayoría de votos presentes. Cada Director tiene derecho a un voto. En caso de empate el Presidente tendrá voto dirimente.
Respecto al control interno, la Sociedad cuenta con sistemas de información que permiten lograr una adecuada registración de todos los hechos económicos en que interviene la Compañía; con un sistema de control interno acorde a la operatoria y estructura de la misma, brindando información a los responsables que permite el seguimiento del cumplimiento de los objetivos de cada área y el análisis de los desvíos.
E. POLÍTICAS DE REMUNERACIÓN DEL DIRECTORIO Y DE LOS CUADROS GERENCIALES DE LAS SOCIEDADES CONTROLADAS
La Sociedad no cuenta con planes de opciones de compra de acciones, ni tampoco existen planes de jubilaciones o retiros especiales como alternativas de remuneración de sus directores.
Los Directores no independientes de la sociedad perciben remuneración por su relación de dependencia con la Sociedad o con diferentes empresas del Grupo, para las que desempeñan funciones, técnico, legales, y administrativas. Los Directores independientes perciben anticipo de honorarios, los cuales posteriormente deben ser aprobados por la Asamblea de Accionistas.
En las empresas controladas, la política de remuneración de los cuadros gerenciales se basa en esquemas de remuneración que relacionan el nivel de responsabilidad requerido para el puesto, su competitividad respecto del mercado y, en los proyectos que se ha considerado apropiado, con un esquema de componente fijo y otro variable, el cual se determina en proporción al éxito en la obtención de metas individuales y colectivas.
F. PROYECTO DE ASIGNACIÓN DE RESULTADOS El resultado del ejercicio arroja una ganancia de pesos siete mil setecientos ochenta y cuatro millones trescientos treinta y siete mil cuatrocientos sesenta ($7.784.337.460), incrementada con una ganancia por desafectación de revaluación de subsidiarias de pesos novecientos dieciocho millones quinientos quince mil noventa ($918.515.090) y por una ganancia por transacciones entre los propietarios de las compañías subsidiarias de pesos tres millones setecientos treinta y seis mil trescientos catorce ($3.736.314). En virtud de que el saldo de los resultados acumulados al 31 de diciembre de 2021 arroja una pérdida de pesos diez mil cuatrocientos nueve millones novecientos cincuenta y dos mil ochocientos veinte ($(10.409.952.820)), el Directorio recomienda absorber parcialmente dicho valor con el saldo de Ajuste de Capital, que al 31 de diciembre de 2021, asciende a pesos cuarenta y nueve millones doscientos cuarenta y nueve mil ciento diez ($49.249.110), y diferir a futuro ejercicio el saldo remanente.
G. RECONOCIMIENTO
Finalmente el Directorio desea dejar constancia de su reconocimiento a la totalidad de los funcionarios y colaboradores de la empresa, como también a todos los integrantes de las empresas controladas, vinculadas, a sus clientes, bancos, y proveedores, por su permanente colaboración.
EL DIRECTORIO"
No habiendo más asuntos que tratar, siendo las trece horas, se declara levantada la sesión. Participantes comunicados a distancia: ALBERTO ESTEBAN VERRA; SAMUEL YERUSALIMSKI; JOAQUIN ARTURO ACUÑA; HENRY ELSO PERRET; ENRIQUE SARGIOTTO; HECTOR CARMINATTI; PEDRO FEDERICO ANCAROLA; PABLO JOSE LOZADA y CARLOS FRANCISCO TARSITANO. La presente será transcripta al Libro de Actas de Directorio Nro. 4 perteneciente a “CLISA - COMPAÑÍA LATINOAMERICANA DE
INFRAESTRUCTURA & SERVICIOS S.A.” y firmada por los participantes dentro de los cinco (5) días hábiles de celebrada la reunión.
_______ CLISA - COMPAÑÍA LATINOAMERICANA DE INFRAESTRUCTURA & SERVICIOS S.A. Mariano Gastón Peterlin Responsable de relaciones con el mercado
ANEXO A LA MEMORIA: CÓDIGO DE GOBIERNO SOCIETARIO DE CLISA - COMPAÑÍA LATINOAMERICANA DE INFRAESTRUCTURA & SERVICIOS S.A. AL 31 DE DICIEMBRE DE 2021
A) LA FUNCIÓN DEL DIRECTORIO
| Principios | Principios |
|---|---|
| I. | La compañía debe ser liderada por un Directorio profesional y capacitado que será el encargado de |
| sentar las bases necesarias para asegurar el éxito sostenible de la compañía. El Directorio es el | |
| guardián de la compañía y de los derechos de todos sus Accionistas. | |
| II. | El Directorio deberá ser el encargado de determinar y promover la cultura y valores corporativos. |
| En su actuación, el Directorio deberá garantizar la observancia de los más altos estándares de ética | |
| e integridad en función del mejor interés de la compañía. | |
| III. | El Directorio deberá ser el encargado de asegurar una estrategia inspirada en la visión y misión de |
| la compañía, que se encuentre alineada a los valores y la cultura de la misma. El Directorio deberá | |
| involucrarse constructivamente con la gerencia para asegurar el correcto desarrollo, ejecución, | |
| monitoreo y modificación de la estrategia de la compañía. | |
| IV. | El Directorio ejercerá control y supervisión permanente de la gestión de la compañía, asegurando |
| que la gerencia tome acciones dirigidas a la implementación de la estrategia y al plan de negocios | |
| aprobado por el directorio. | |
| V. | El Directorio deberá contar con mecanismos y políticas necesarias para ejercer su función y la de |
| cada uno de sus miembros de forma eficiente y efectiva. |
1. El Directorio genera una cultura ética de trabajo y establece la visión, misión y valores de la compañía.
El Directorio de Clisa - Compañía Latinoamericana de Infraestructura & Servicios S.A. (CLISA) adopta una cultura de ética de trabajo. Sus miembros son profesionales entendidos en diversos temas y por ello cada uno aporta sus conocimientos para el mejor funcionamiento de la sociedad.
El Código de Ética y Conducta Empresarial de CLISA establece la visión, misión y valores de las Compañías que la componen. Aunque las actividades son diversificadas, las actitudes y los valores de CLISA y de las Compañías que la conforman son homogéneas, desarrollando todas las actividades en un marco de ética y cumplimiento. El Código de Ética y Conducta Empresarial de CLISA establece los principios éticos que rigen las actividades de la compañía, tanto en lo que se refiere al giro habitual como en lo que respecta a la planificación de estrategias futuras, por cuanto regula las relaciones entre colaboradores, con accionistas, con Proveedores y Contratistas, con Clientes, con sindicatos y con terceros con los que se vincule.
2. El Directorio fija la estrategia general de la compañía y aprueba el plan estratégico que desarrolla la gerencia. Al hacerlo, el Directorio tiene en consideración factores ambientales, sociales y de gobierno societario. El Directorio supervisa su implementación mediante la utilización de indicadores clave de desempeño y teniendo en consideración el mejor interés de la compañía y todos sus accionistas.
El Directorio lleva adelante la administración de la compañía fijando su estrategia general, a cuyo efecto adopta, aprueba y hace implementar las políticas y estrategias generales para llevar a cabo en forma diligente y eficiente la gestión de sus actividades. CLISA y sus Compañías están comprometidas con el desarrollo sustentable.
El CEO de la Compañía mantiene reuniones [periódicas/semanales] donde recibe información sobre el avance en la gestión de cada una de las unidades negocios y el grado de cumplimiento de los objetivos trazados. Trimestralmente, en función del mencionado seguimiento y antes de que el Directorio pase a tratar los estados financieros de cada uno de los trimestres, se elabora el Informe de Gestión que es presentado ante el Comité de Auditoría en primera instancia, y ante el Directorio con posterioridad.
Con este mismo mecanismo de control de gestión, el Directorio pide cuentas de la gestión sustentable en cada una de las unidades de negocio, a través de las que la Compañía desarrolla sus actividades.
- El Directorio supervisa a la gerencia y asegura que ésta desarrolle, implemente y mantenga un sistema adecuado de control interno con líneas de reporte claras.
Es el Directorio quien asume la administración de la Sociedad, y por la tanto planea y ejecuta las actividades necesarias para el cumplimiento del objeto social. El Directorio supervisa a las gerencias de las distintas áreas operativas de las Compañías que consolida y asegura que éstas desarrollen, implementen y mantengan un sistema adecuado de control interno con líneas de reporte conforme lo establece el Código de Ética y Conducta Empresarial de CLISA que les resulta aplicable.
- El Directorio diseña las estructuras y prácticas de gobierno societario, designa al responsable de su implementación, monitorea la efectividad de las mismas y sugiere cambios en caso de ser necesarios.
El directorio lidera el sistema del gobierno societario y el presidente de dicho órgano comisiona a una persona de la gerencia con autoridad y conocimiento para coordinar la relación entre inversores, gerencia, el directorio y su funcionamiento. Los directores pueden dirigir sus consultas a esta persona, quien está a disposición y gestiona las solicitudes con diligencia.
Asimismo, CLISA cuenta con un Programa de Integridad el cual se encuentra compuesto por: el Código de Ética y Conducta Empresarial, la Política Anticorrupción y el Protocolo de Relaciones con la Administración Pública. El Directorio de CLISA y los Directorios de las Compañías se obligan al cumplimiento de los principios éticos delineados en el Código de Ética, y se comprometen firmemente a garantizar su implementación en todas sus actividades, en todos los niveles. Para hacer cumplir el
Código de Ética, CLISA ha creado un Comité de Cumplimiento y otro de Auditoría. Cada Comité está compuesto por una mayoría de directores independientes, designados por el Directorio, con un mandato igual a aquél por el cual fueron designados como directores por la asamblea de accionistas. El Encargado de Cumplimiento, designado por el Directorio, lleva a cabo la implementación y ejecución de los principios reconocidos en el Código de Ética y también asume la función de auditoría interna, que incluye asuntos contables y la supervisión de los procedimientos internos. Los Encargados de Cumplimiento de cada línea de negocio reportan periódica y directamente a los Comités de Cumplimiento y de Auditoría de CLISA.
5. Los miembros del Directorio tienen suficiente tiempo para ejercer sus funciones de forma profesional y eficiente. El Directorio y sus comités tienen reglas claras y formalizadas para su funcionamiento y organización, las cuales son divulgadas a través de la página web de la compañía.
Si bien el directorio no posee un reglamento de funcionamiento, el estatuto prevé su composición, funciones, duración en el cargo y forma de elección. Los Comités de Cumplimiento y Auditoría han reglamentado su funcionamiento, habiendo dictado desde su constitución un Reglamento específico.
Asimismo, el Código de Ética y Conducta Empresarial sienta las bases sobre el correcto desempeño en sus funciones tanto sea para colaboradores internos y Accionistas, como para el resto de las partes interesadas en la Sociedad.
Los inversores y el público en general pueden acceder a las previsiones del Código de Ética y Conducta Empresarial, la Política Anticorrupción y el Protocolo de Relaciones con la Administración Pública (Programa de Integridad), que se encuentra disponible en la página web de la Sociedad, a través del siguiente link: https://www.clisa.com.ar/integridad.html
B) LA PRESIDENCIA EN EL DIRECTORIO Y LA SECRETARÍA CORPORATIVA
| Principios | Principios |
|---|---|
| VI. | El Presidente del Directorio es el encargado de velar por el cumplimiento efectivo de las |
| funciones del Directorio y de liderar a sus miembros. Deberá generar una dinámica positiva de | |
| trabajo y promover la participación constructiva de sus miembros, así como garantizar que los | |
| miembros cuenten con los elementos e información necesaria para la toma de decisiones. Ello | |
| también aplica a los Presidentes de cada comité del Directorio en cuanto a la labor que les | |
| corresponde. | |
| VII. | El Presidente del Directorio deberá liderar procesos y establecer estructuras buscando el |
| compromiso, objetividad y competencia de los miembros del Directorio, así como el mejor | |
| funcionamiento del órgano en su conjunto y su evolución conforme a las necesidades de la | |
| compañía. | |
| VIII. | El Presidente del Directorio deberá velar por que el Directorio en su totalidad esté involucrado y |
| sea responsable por la sucesión del gerente general. |
6. El Presidente del Directorio es responsable de la buena organización de las reuniones del Directorio, prepara el orden del día asegurando la colaboración de los demás miembros y asegura que estos reciban los materiales necesarios con tiempo suficiente para participar de manera eficiente e informada en las reuniones. Los Presidentes de los comités tienen las mismas responsabilidades para sus reuniones.
El presidente del directorio designa en oportunidad de cada reunión a un responsable a fin de efectuar la convocatoria a las reuniones del órgano, enviando el orden del día junto con la información a desarrollar en las reuniones con la suficiente antelación. Lo mismo sucede en el ámbito del Comité de Auditoría a través de su presidente.
Las convocatorias se efectúan con tanta anticipación como es posible según las particularidades del caso. Se remite a los directores y miembros de los Comités la información relacionada al orden del día a tratar. Los directores y miembros de los Comités efectuarán las consultas que consideren necesarias antes o durante la reunión.
7. El Presidente del Directorio vela por el correcto funcionamiento interno del Directorio mediante la implementación de procesos formales de evaluación anual.
Si bien no existe proceso de evaluación formal del funcionamiento del Directorio, la profesionalidad y el interés de sus miembros, hace que estén en constante evaluación de su funcionamiento. El comité de Cumplimiento, entre otras, tiene a su cargo la función de prestar asesoramiento y/o asistencia sobre cuestiones relativas al cumplimiento de las obligaciones previstas en el Código de Ética, en manuales, procedimientos, o guías adoptadas por CLISA.
8. El Presidente genera un espacio de trabajo positivo y constructivo para todos los miembros del Directorio y asegura que reciban capacitación continua para mantenerse actualizados y poder cumplir correctamente sus funciones.
Los miembros del Órgano de Administración designados cuentan con un alto grado de especialización y conocimiento. La Sociedad, conjuntamente con sus Compañías controladas, desarrolla programas de entrenamiento para directores, los que incluyen mecanismos de actualización de información en normas contables y aspectos impositivos. El Código de Ética y Conducta Empresarial de CLISA ha establecido como uno de sus principios promover la capacitación y formaciones periódicas. Las capacitaciones tienen por objeto alertar sobre los riesgos de integridad específicos a sus funciones o sectores en los que se desempeñan. El Directorio no sólo promueve la participación de los Colaboradores Internos en las actividades de capacitación, sino que también participa activamente en ellas. El Encargado de Cumplimiento de cada Compañía es responsable de organizar programas de capacitación y formaciones periódicas, para que cada Colaborador Interno conozca los principios y valores contenidos en el Código de Ética. Todo nuevo Colaborador Interno seguirá una capacitación inicial sobre los principios de integridad recogidos en el Código de Ética como parte de su inducción. Los Colaboradores Internos deben firmar la Declaración
de Compromiso y Cumplimiento del Código de Ética y Conducta Empresarial. Las capacitaciones son obligatorias para todos los Colaboradores Internos, con independencia de su nivel jerárquico.
9. La Secretaría Corporativa apoya al Presidente del Directorio en la administración efectiva del Directorio y colabora en la comunicación entre accionistas, Directorio y gerencia.
Por su carácter de Sociedad Holding, el Directorio no cuenta con una Secretaría Corporativa como tal. El presidente del Directorio designa a una persona que lo asiste en lo relativo al envío del orden del día para las reuniones de Directorio y de la documentación pertinente. Asimismo, evacúa las consultas que puedan tener los Directores, las direcciona a quien corresponda y mantiene relación con los accionistas, brindado la asistencia que se le requiera. Este rol es cumplido principalmente por el Representante de Relaciones con el Mercado.
10. El Presidente del Directorio asegura la participación de todos sus miembros en el desarrollo y aprobación de un plan de sucesión para el gerente general de la compañía.
Por su carácter de Sociedad Holding, el Directorio es quien tiene directamente a su cargo la dirección de la compañía.
C) COMPOSICIÓN, NOMINACIÓN Y SUCESIÓN DEL DIRECTORIO
Principios
| IX. | El Directorio deberá contar con niveles adecuados de independencia y diversidad que le permitan |
|---|---|
| tomar decisiones en pos del mejor interés de la compañía, evitando el pensamiento de grupo y la | |
| toma de decisiones por individuos o grupos dominantes dentro del Directorio. | |
| X. | El Directorio deberá asegurar que la compañía cuenta con procedimientos formales para la |
| propuesta y nominación de candidatos para ocupar cargos en el Directorio en el marco de un plan | |
| de sucesión. |
11.Directorio tiene al menos dos miembros que poseen el carácter de independientes de acuerdo con los criterios vigentes establecidos por la Comisión Nacional de Valores.
El Directorio está compuesto por 8 directores, de los cuáles 2 son directores independientes de acuerdo con los criterios vigentes establecidos por la Comisión Nacional de Valores. Asimismo, dichos directores independientes son miembros del Comité de Auditoría y del Comité de Cumplimiento, conformando sus mayorías.
12.La compañía cuenta con un Comité de Nominaciones que está compuesto por al menos tres (3) miembros y es presidido por un director independiente. De presidir el Comité de Nominaciones, el Presidente del Directorio se abstendrá de participar frente al tratamiento de la designación de su propio sucesor.
CLISA hasta la fecha, no ha visto necesario impulsar iniciativas tendientes a conformar un Comité de Nominaciones. En caso de ser necesario el nombramiento de
un nuevo director, el Directorio junto con los accionistas, trabajan de manera colaborativa para encontrar al profesional indicado para ejercer dicha función.
13.El Directorio, a través del Comité de Nominaciones, desarrolla un plan de sucesión para sus miembros que guía el proceso de preselección de candidatos para ocupar vacantes y tiene en consideración las recomendaciones no vinculantes realizadas por sus miembros, el Gerente General y los Accionistas.
Tal como se indica en el punto anterior, el entorno de búsqueda de los candidatos tiene relación con las actividades profesionales desarrolladas por los directores y/o los Accionistas. Los directores proponen de manera no vinculante los candidatos a ejercer dicho puesto.
No ha sido nunca un criterio restrictivo para la Sociedad, a la hora de seleccionar los miembros del directorio, la condición etaria, el origen geográfico, el perfil étnico o la identidad de género. La selección se ha centrado sobre las capacidades de los candidatos y sobre la evaluación de la contribución que los mismos podrían hacer para el mejor desenvolvimiento del Directorio.
14.El Directorio implementa un programa de orientación para sus nuevos miembros electos.
La incorporación de nuevos miembros al Directorio implica que los mismos deben alcanzar un cabal conocimiento de las actividades que desarrollan los distintos segmentos de operación que la Sociedad lleva a cabo a través de sus subsidiarias y el rol que a ella le asiste como conector entre todas las unidades operativas. A tal fin, se organizan jornadas de capacitación en las que son los principales referentes de cada segmento de actividad quienes se encargan de instruirlos en las actividades que desarrollan, la historia y evolución de las mismas, y el presente y lo que se espera, en términos de valores económicos, financieros y de sus correspondientes perspectivas futuras.
D) REMUNERACIÓN
| Principios | Principios |
|---|---|
| XI. | El Directorio deberá generar incentivos a través de la remuneración para alinear a la gerencia - |
| liderada por el gerente general- y al mismo Directorio con los intereses de largo plazo de la | |
| compañía de manera tal que todos los directores cumplan con sus obligaciones respecto a todos sus | |
| accionistas de forma equitativa. |
15.La compañía cuenta con un Comité de Remuneraciones que está compuesto por al menos tres (3) miembros. Los miembros son en su totalidad independientes o no ejecutivos.
Por su carácter de Sociedad Holding, el Directorio no cuenta con un Comité de Remuneraciones y se asesora en esta materia en las respectivas gerencias de recursos humanos de sus subsidiarias.
16.El Directorio, a través del Comité de Remuneraciones, establece una política de remuneración para el gerente general y miembros del Directorio.
Por su carácter de Sociedad Holding, es el Directorio mismo quien analiza y fija los valores de la remuneración de aquellos directores que no renuncian a sus honorarios.
E) AMBIENTE DE CONTROL
| Principios | Principios |
|---|---|
| XII. | El Directorio debe asegurar la existencia de un ambiente de control, compuesto por controles |
| internos desarrollados por la gerencia, la auditoría interna, la gestión de riesgos, el cumplimiento | |
| regulatorio y la auditoría externa, que establezca las líneas de defensa necesarias para asegurar la | |
| integridad en las operaciones de la compañía y de sus reportes financieros. | |
| XIII. | El Directorio deberá asegurar la existencia de un sistema de gestión integral de riesgos que permita |
| a la gerencia y al Directorio dirigir eficientemente a la compañía hacia sus objetivos estratégicos. | |
| XIV. | El Directorio deberá asegurar la existencia de una persona o departamento (según el tamaño y |
| complejidad del negocio, la naturaleza de sus operaciones y los riesgos a los cuales se enfrenta) | |
| encargado de la auditoría interna de la compañía. Esta auditoría, para evaluar y auditar los | |
| controles internos, los procesos de gobierno societario y la gestión de riesgo de la compañía, debe | |
| ser independiente y objetiva y tener sus líneas de reporte claramente establecidas. | |
| XV. | El Comité de Auditoría del Directorio estará compuesto por miembros calificados y |
| experimentados, y deberá cumplir con sus funciones de forma transparente e independiente. | |
| XVI. | El Directorio deberá establecer procedimientos adecuados para velar por la actuación |
| independiente y efectiva de los Auditores Externos. |
17.El Directorio determina el apetito de riesgo de la compañía y además supervisa y garantiza la existencia de un sistema integral de gestión de riesgos que identifique, evalúe, decida el curso de acción y monitoree los riesgos a los que se enfrenta la compañía, incluyendo -entre otros- los riesgos medioambientales, sociales y aquellos inherentes al negocio en el corto y largo plazo.
El Directorio aprueba las políticas de control y gestión de riesgos así como la política de prevención de fraudes. La Emisora aplica una política de gestión de riesgos cuyo objetivo es:
a) Identificar, evaluar y priorizar los riesgos clave del negocio y de proceso.
- b) Establecer las estrategias apropiadas para gerenciar los riesgos clave.
c) Definir y establecer las tolerancias a los riesgos claves.
d) Establecer los controles y herramientas apropiadas para gerenciar y monitorear los riesgos claves en sintonía con las estrategias de los negocios definidas. El Código de Ética y Conducta Empresarial de CLISA tiene numerosas previsiones específicas al respecto especialmente en los capítulos denominados “Debida Diligencia
hacia Terceros”; “Relaciones con Accionistas”; “Relación con Proveedores y Contratistas”; “Relación con Clientes”; “Relación con los Sindicatos”; “Anticorrupción”; “Competencia”. El Comité de Auditoría tiene a su cargo la supervisión de las tareas realizadas por los Encargados de Cumplimiento en relación con la aplicación de los procedimientos internos, gestión de riesgos, y el cumplimiento de la normativa vigente. El Encargado de Cumplimiento desempeña, entre otras la función de verificar la realización de un análisis periódico de los riesgos que asume la Compañía y clasificarlos según su naturaleza, ello en miras a determinar la adecuación actual y permanente del programa de integridad y del Código de Ética de la Compañía, proponiendo al Directorio y al Comité de Cumplimento las acciones de mejora que resulten necesarias.
- 18.El Directorio monitorea y revisa la efectividad de la auditoría interna independiente y garantiza los recursos para la implementación de un plan anual de auditoría en base a riesgos y una línea de reporte directa al Comité de Auditoría.
Por su carácter de Sociedad Holding, el Directorio no cuenta con una auditoría interna distinta a la que ejerce el Comité de Auditoría.
- 19.El auditor interno o los miembros del departamento de auditoría interna son independientes y altamente capacitados.
Por su carácter de Sociedad Holding, no posee departamento de auditoría interna (Ver Punto 18).
- 20.El Directorio tiene un Comité de Auditoría que actúa en base a un reglamento. El comité está compuesto en su mayoría y presidido por directores independientes y no incluye al gerente general. La mayoría de sus miembros tiene experiencia profesional en áreas financieras y contables.
El Directorio designa cada año de entre sus miembros, un Comité de Auditoría en el que la mayoría de sus participantes son independientes. Tal como se indica en el punto 13, la selección de los miembros del Directorio recae en aquellas personas que han demostrado tener una vasta trayectoria profesional y con conocimientos suficientes en las áreas financieras y contables para poder desarrollar con eficiencia su función.
21. El Directorio, con opinión del Comité de Auditoría, aprueba una política de selección y monitoreo de auditores externos en la que se determinan los indicadores que se deben considerar al realizar la recomendación a la asamblea de Accionistas sobre la conservación o sustitución del auditor externo.
El Comité de Auditoría tiene la función de emitir un informe acerca de los antecedentes del estudio de Auditores Externos propuesto y su desempeño en ejercicios anteriores, evaluando y considerando los siguientes aspectos:
-
Que los Auditores Externos pertenezcan a un estudio contable de los más
-
reconocidos y prestigiosos tanto a nivel nacional como internacional, que hayan desempeñado y desempeñen las funciones de auditoría externa de algunas de las sociedades y grupos empresarios más importantes.
-
Que los Auditores Externos no hayan merecido objeciones de los organismos de
-
control, ni cuestionamientos de los accionistas en auditorías anteriores.
-
Que la solvencia profesional de los socios y del equipo de trabajo de los Auditores
-
Externos y el conocimiento que han adquirido de su contabilidad y sus controles internos en auditorías, hagan aconsejable su continuidad en el cargo, por cuanto esa experiencia acumulada, sumada a la independencia y eficiencia con que han desempeñado la función, constituyen un respaldo importante para su desempeño en futuras gestiones.
F) ÉTICA, INTEGRIDAD Y CUMPLIMIENTO
Principios
-
XVII. El Directorio debe diseñar y establecer estructuras y prácticas apropiadas para promover una cultura de ética, integridad y cumplimiento de normas que prevenga, detecte y aborde faltas corporativas o personales serias.
-
XVIII. El Directorio asegurará el establecimiento de mecanismos formales para prevenir y en su defecto lidiar con los conflictos de interés que puedan surgir en la administración y dirección de la compañía. Deberá contar con procedimientos formales que busquen asegurar que las transacciones entre partes relacionadas se realicen en miras del mejor interés de la compañía y el tratamiento equitativo de todos sus accionistas
22.El Directorio aprueba un Código de Ética y Conducta que refleja los valores y principios éticos y de integridad, así como también la cultura de la compañía. El Código de Ética y Conducta es comunicado y aplicable a todos los directores, gerentes y empleados de la compañía.
La sociedad cuenta con un Código de Ética y Conducta Empresarial; con Política Anticorrupción y con el Protocolo de Relaciones con la Administración Pública, que forman parte de su Programa de Integridad. El mismo se aplica a todos los Colaboradores Internos, y a todos los Colaboradores Externos de CLISA y de las Compañías que la integran, con independencia de su nivel jerárquico y de su ubicación geográfica. Asimismo, se procura que los Colaboradores Externos que interactúen con cualquier compañía de CLISA, tales como socios, proveedores, contratistas y subcontratistas, respeten y apliquen, los principios contenidos en el Programa de Integridad.
Junto con el control de la gestión económica y financiera de cada área de negocio de la Sociedad, el Directorio y el Comité de Cumplimiento, hacen un seguimiento del cumplimiento de todos los protocolos de ética y conducta empresarial que se han implementado, para velar por la integridad en la administración de la Sociedad.
- 23.El Directorio establece y revisa periódicamente, en base a los riesgos, dimensión y capacidad económica un Programa de Ética e Integridad. El plan es apoyado visible e inequívocamente por la gerencia quien designa un responsable interno para que
desarrolle, coordine, supervise y evalúe periódicamente el programa en cuanto a su eficacia. El programa dispone: (i) capacitaciones periódicas a directores, administradores y empleados sobre temas de ética, integridad y cumplimiento; (ii) canales internos de denuncia de irregularidades, abiertos a terceros y adecuadamente difundidos; (iii) una política de protección de denunciantes contra represalias; y un sistema de investigación interna que respete los derechos de los investigados e imponga sanciones efectivas a las violaciones del Código de Ética y Conducta; (iv) políticas de integridad en procedimientos licitatorios; (v) mecanismos para análisis periódico de riesgos, monitoreo y evaluación del Programa; y (vi) procedimientos que comprueben la integridad y trayectoria de terceros o socios de negocios (incluyendo la debida diligencia para la verificación de irregularidades, de hechos ilícitos o de la existencia de vulnerabilidades durante los procesos de transformación societaria y adquisiciones), incluyendo proveedores, distribuidores, prestadores de servicios, agentes e intermediarios.
CLISA cuenta con Código de Ética y Conducta Empresarial; con Política Anticorrupción y con Protocolo de Relaciones con la Administración Pública, que forman parte de su Programa de Integridad. El Código de Ética es aplicable a todas las Compañías de CLISA, sea que operen en Argentina como en el extranjero, y se aplica a todos los directivos, gerentes y empleados (ya sea que formen parte de su planta permanente o semi-permanente o se trate de personal temporario, pasantes o empleados contratados) de las Compañías que forman parte de CLISA, con independencia de su nivel jerárquico y de su ubicación geográfica (los “Colaboradores Internos”). El Código de Ética también será de observancia a todas las otras personas que trabajen o presten servicios a cualquier Compañía que forme parte de CLISA (los “Colaboradores Externos”). Asimismo, se procura que los Colaboradores Externos que interactúen con cualquier Compañía de CLISA, tales como socios, proveedores, clientes, contratistas y subcontratistas, respeten y apliquen los principios contenidos en el Código de Ética.
CLISA ha establecido los siguientes principios de actuación:
-
Cumplir con la legislación vigente y con la normativa interna, actuando de conformidad con los valores y el Código de Ética.
-
Promover una cultura de lucha contra la corrupción aplicando, en su máxima expresión, el principio de “tolerancia cero” frente a la corrupción.
-
Facilitar los recursos humanos y materiales necesarios para que, de manera eficaz, se pueda llevar a cabo la labor de promoción de los valores y principios recogidos en el Código de Ética, así como implementar los medios de prevención y detección de actos ilícitos.
-
Analizar e investigar, con la mayor celeridad posible, cualquier denuncia sobre una conducta contraria al Código de Ética, o a la normativa externa e interna, aplicando los principios de confidencialidad, no represalia y protección de datos de carácter personal a todas las personas afectadas por el proceso de investigación, con especial atención respecto a la persona denunciante y denunciada.
-
Dar la adecuada capacitación continua sobre ética y cumplimiento, sea de manera presencial o mediante el método e-learning, a todos los Colaboradores
Internos de CLISA, prestando especial atención a la lucha contra el fraude y la corrupción.
- Imponer las medidas disciplinarias correspondientes a las personas responsables de conductas corruptas o contrarias al Código de Ética, y a quienes, con su comportamiento, encubran u obstaculicen la investigación o el esclarecimiento de hechos presuntamente delictivos.
El Directorio de CLISA y de cada Compañía está plenamente comprometido con la aplicación y ejecución de los principios reconocidos por el Código de Ética. Con ese fin los órganos de dirección mantienen en forma regular reuniones entre sí y con las respectivas gerencias generales. Los Comités de Cumplimiento y de Auditoría presentan al Directorio informes de cumplimiento y auditoría interna que describen los avances y las cuestiones identificadas por los Encargados de Cumplimiento de las Compañía
24.El Directorio asegura la existencia de mecanismos formales para prevenir y tratar conflictos de interés. En el caso de transacciones entre partes relacionadas, el Directorio aprueba una política que establece el rol de cada órgano societario y define cómo se identifican, administran y divulgan aquellas transacciones perjudiciales a la compañía o sólo a ciertos inversores.
La Sociedad cuenta con adecuadas políticas respecto a la relación de la emisora con el grupo económico y con sus integrantes. Previo a la celebración de toda operación con una parte relacionada del Grupo Clisa, por montos relevantes, el Directorio somete la misma a consideración del Comité de Auditoría brindándole toda la información relevante relacionada a la citada operación, y la misma es aprobada por el Directorio únicamente cuando el Comité de Auditoría se expidió favorablemente, informando que la operación se ajustaba a las condiciones normales y habituales del mercado y a las pautas normales de una operación celebrada entre partes independientes. Asimismo, en los balances anuales y trimestrales de la sociedad se informan las operaciones con partes relacionadas y se confecciona una nota al respecto. La contratación de los Colaboradores Internos de CLISA y de cada Compañía debe ser hecha de manera objetiva y en mérito a la idoneidad del candidato. En el proceso de selección de personal, el candidato debe declarar si algún familiar directo suyo (hasta tercer grado por consanguinidad) trabaja o presta servicios en alguna entidad estatal, o en alguna compañía competidora de CLISA. Si se contrata un Colaborador Interno con vínculos directos con un Funcionario Público, se toman las medidas necesarias para asegurarse que dicho Colaborador Interno no participe en ningún asunto vinculado, directa o indirectamente, con el área de actuación o influencia del funcionario en cuestión. Los Encargados de Cumplimiento de las Compañías se aseguran de hacer completar la Declaración de Posibles Conflictos de Interés (Anexo D) a todos los Colaboradores Internos.
G) PARTICIPACIÓN DE LOS ACCIONISTAS Y PARTES INTERESADAS
| Principios | Principios |
|---|---|
| XIX. | La compañía deberá tratar a todos los Accionistas de forma equitativa. Deberá garantizar el acceso |
| igualitario a la información no confidencial y relevante para la toma de decisiones asamblearias de | |
| la compañía. | |
| XX. | La compañía deberá promover la participación activa y con información adecuada de todos los |
| Accionistas en especial en la conformación del Directorio. | |
| XXI. | La compañía deberá contar con una Política de Distribución de Dividendos transparente que se |
| encuentre alineada a la estrategia. | |
| XXII. | La compañía deberá tener en cuenta los intereses de sus partes interesadas. |
25.El sitio web de la compañía divulga información financiera y no financiera, proporcionando acceso oportuno e igual a todos los Inversores. El sitio web cuenta con un área especializada para la atención de consultas por los Inversores.
CLISA cuenta con un sitio web www.clisa.com.ar, de libre acceso, que suministra información acerca de las actividades de la Compañía, el desarrollo de su Programa de Integridad y recoge además inquietudes de los usuarios.
En todos los casos, la información trasmitida por medios electrónicos responde a los más altos estándares de confidencialidad e integridad, conservando y registrando adecuadamente la misma.
No contamos con un oficial de relaciones con inversores, siendo esta función llevada adelante por el Responsable de Relaciones con el Mercado, quien recepta y da respuesta a las consultas realizadas por los inversores.
En la página web de la Sociedad: https:/ /www.clisa.com.ar existe un canal de consulta directo donde se consigna el nombre del responsable, teléfono y dirección de correo electrónico, para los inversores y terceros interesados que quisieran contactarse con la Sociedad.
Asimismo, a través del link: https://www.clisa.com.ar/integridad.html, existe un canal de denuncias en lo que se refiere a nuestro Programa de Integridad.
26.El Directorio debe asegurar que exista un procedimiento de identificación y clasificación de sus partes interesadas y un canal de comunicación para las mismas.
El Código de Ética y Conducta Empresarial de CLISA identifica las partes de interés que se vinculan con la compañía, tales como colaboradores internos, colaboradores externos, accionistas, etc., y brinda las directrices que guían su relación con los mismos y la solución de contingencias ante la presencia de conflictos de intereses.
27.El Directorio remite a los Accionistas, previo a la celebración de la Asamblea, un “paquete de información provisorio” que permite a los Accionistas -a través de un canal de comunicación formal- realizar comentarios no vinculantes y compartir opiniones discrepantes con las recomendaciones realizadas por el Directorio, teniendo este último que, al enviar el paquete definitivo de información, expedirse expresamente sobre los comentarios recibidos que crea necesario.
La Sociedad pone a disposición de los accionistas, con la antelación suficiente a las asambleas respectivas, la documentación relativa a estados financieros y demás información prevista en el régimen de oferta pública. A su vez presenta estados contables trimestrales y publica todo hecho o situación que, por su importancia, sea apto para afectar en forma sustancial la colocación de los valores negociables de la emisora o el curso de su negociación.
28.El estatuto de la compañía considera que los Accionistas puedan recibir los paquetes de información para la Asamblea de Accionistas a través de medios virtuales y participar en las Asambleas a través del uso de medios electrónicos de comunicación que permitan la transmisión simultánea de sonido, imágenes y palabras, asegurando el principio de igualdad de trato de los participantes.
El estatuto de la Sociedad no posee disposiciones que permitan la realización de las asambleas a través de medios electrónicos. Si algún accionista solicitara el envío de la información a través de medios virtuales, se le proveerá la misma de esa manera.
29.La Política de Distribución de Dividendos está alineada a la estrategia y establece claramente los criterios, frecuencia y condiciones bajo las cuales se realizará la distribución de dividendos.
El Estatuto de la Sociedad prevé que las ganancias realizadas y líquidas serán distribuidas en el siguiente orden de prioridades: Cinco por ciento hasta alcanzar el veinte por ciento del capital social, a Fondo de Reserva Legal; a la remuneración de los miembros del Directorio y Comisión Fiscalizadora; a dividendo de las acciones preferidas, con las siguientes prioridades: a) dividendos fijos o variables acumulados y atrasados, si los hubiera; b) a dividendo fijo o variable del ejercicio; c) a dividendo adicional que corresponda; a participación correspondiente a los Bonos de participación que se hubiesen emitido; el saldo, en todo o en parte, a dividendo de las acciones ordinarias o a fondos de reserva facultativa o de previsión o a cuenta nueva o al destino que determine la Asamblea. La sociedad no podrá distribuir utilidades hasta tanto no se cubran las pérdidas de ejercicios anteriores. Sin embargo la Asamblea podrá disponer en cada caso el pago de remuneraciones de Directorio y Sindicatura aun cuando no se cubran tales pérdidas. Los dividendos deben ser pagados en proporción a las respectivas tenencias. Los dividendos y las participaciones aprobadas por la asamblea deben ser abonadas dentro del año de su sanción y prescriben a favor de la sociedad a los tres años de haber sido puestos a disposición de los accionistas.
_______ CLISA - COMPAÑÍA LATINOAMERICANA DE INFRAESTRUCTURA & SERVICIOS S.A. Mariano Gastón Peterlin Responsable de relaciones con el mercado