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CLISA Annual Report 2011

Mar 12, 2012

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POLLEDO S.A.I.C. y F.

ESTADOS CONTABLES CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO INICIADO EL 1° DE ENERO DE 2011 Y FINALIZADO EL 31 DE DICIEMBRE DE 2011, PRESENTADOS EN FORMA COMPARATIVA

POLLEDO SOCIEDAD ANONIMA, INDUSTRIAL, CONSTRUCTORA Y FINANCIERA

Alem 1050 – 9° Piso – Ciudad Autónoma de Buenos Aires

C.U.I.T. número: 30-53874847-8

“Sociedad no adherida al Régimen Estatutario optativo de Oferta Pública de Adquisición Obligatoria”

Estados Contables correspondientes al ejercicio iniciado el 1° de enero de 2011 y finalizado el 31 de diciembre de 2011, presentados en forma comparativa.

Expresados en pesos (Nota 2 a los Estados Contables básicos)

Actividad principal: Inversión en Sociedades y Prestación de Servicios Diversos.

Inscripción en la Inspección General de Justicia bajo el N° 71706/238377.

Inscripción en el Registro Público de Comercio:

Del Estatuto: 29/11/34 N° 203 F° 293 Libro 44 Tomo A de los Estatutos Nacionales.

De la última modificación: 14/04/08 Nº 7461 Libro 39 Tomo de Sociedades por Acciones, Escritura 593.

Fecha de vencimiento del Estatuto: 9 de octubre de 2034.

Denominación de la sociedad controlante: ROGGIO S.A.
Domicilio legal: Leandro N. Alem 1050 – 9° Piso – Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Actividad Principal: Inversión Participación directa e indirecta de la sociedad controlante sobre el capital y los votos: 68,11%

Información sobre Sociedades Controladas y Vinculadas: Nota 5 a los Estados Contables Básicos, Anexos C y C1 y Estados Contables Consolidados.

Composición del Capital: (Nota 4 a los Estados Contables básicos)

Acciones Ordinarias

Nro. de Votos

Cantidad Tipo V/N que otorga Suscripto Integrado

125.048.204 Nominativas $1 1 125.048.204 125.048.204

INDICE

ESTADOS CONTABLES CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO INICIADO EL 1° DE ENERO DE 2011 Y FINALIZADO EL 31 DE DICIEMBRE DE 2011, PRESENTADOS EN FORMA COMPARATIVA

ESTADO DE SITUACION PATRIMONIAL CONSOLIDADO

ESTADO DE RESULTADOS CONSOLIDADO

ESTADO DE FLUJO DE EFECTIVO CONSOLIDADO

NOTAS CONSOLIDADAS (1 A 6)

ANEXOS CONSOLIDADOS A, C, E y G

ESTADO DE SITUACION PATRIMONIAL

ESTADO DE RESULTADOS

ESTADO DE EVOLUCIÓN DEL PATRIMONIO NETO

ESTADO DE FLUJO DE EFECTIVO

NOTAS (1 A 14)

ANEXOS C, C1, E, G, H e I

INFORMACIÓN SOLICITADA POR EL ARTICULO 68 DEL REGLAMENTO DE LA BOLSA DE COMERCIO DE BUENOS AIRES

RESEÑA INFORMATIVA

INFORME DEL AUDITOR

INFORME DE LA COMISIÓN FISCALIZADORA

INFORME COMITÉ DE AUDITORIA

POLLEDO S.A.I.C. y F. y SUBSIDIARIAS

ESTADOS CONTABLES CONSOLIDADOS

Correspondientes al ejercicio iniciado el 1° de enero de 2011 y finalizado el 31 de diciembre de 2011,

presentados en forma comparativa

31/12/2011 31/12/2010 31/12/2011 31/12/2010
$ $
Activo Pasivo
Activo Corriente Pasivo Corriente
Caja y Bancos (Nota 4.1) 82.029 190.373 Deudas:
Inversiones Temporarias (Anexo C) 32.322 33.728 Comerciales (Anexo G) 196.900 151.062
Créditos por Ventas (Nota 4.2) 220.398 220.398 Cargas Fiscales (Nota 4.5) 387.519 983.520
Otros Créditos (Nota 4.3) 2.589.874 5.997.943 Otras Deudas (Nota 4.6) 113.358 58.161
Total del Activo Corriente 2.924.623 6.442.442 Total de deudas 697.777 1.192.743
Previsiones (Anexo E) 481.163 456.352
Total del Pasivo Corriente 1.178.940 1.649.095
Activo No Corriente Pasivo No Corriente
Otros Créditos (Nota 4.4) 10.479.416 6.794.140 Deudas:
Participaciones Permanentes en Sociedades (Anexo C) 5.610 63.513.423 Cargas Fiscales (Nota 4.7) 247.240 375.788
Bienes de Uso (Anexo A) 161.537 187.293 Otras Deudas (Nota 4.8) 8.042.688 15.493.690
Total del Activo No Corriente 10.646.563 70.494.856 Total de Deudas 8.289.928 15.869.478
Total del Pasivo No Corriente 8.289.928 15.869.478
Total del Pasivo 9.468.868 17.518.573
Participación de Terceros en Sociedades Controladas 1.398 1.610
Patrimonio Neto 4.100.920 59.417.115
Total del Pasivo, Participación de Terceros en Sociedades
Total del Activo 13.571.186 76.937.298 Controladas, y Patrimonio Neto 13.571.186 76.937.298

Las Notas y Anexos que se acompañan son parte integrante de los Estados Contables Consolidados.

31/12/2011 31/12/2010
$
Gastos de Administración (2.694.891) (3.460.775)
Resultado de Inversiones en Entes Relacionados (63.507.813) (55.644.672)
Resultados Financieros y por Tenencia:
Generados por Activos
Diferencias de Cambio (315.697) (2.241.950)
Intereses 472.851 456.754
Resultados por Tenencia (94.869) 740.681
Desvalorización de otros créditos (5.449) (75.824)
Sub-Total 56.836 (1.120.339)
Generados por Pasivos
Intereses, Actualizaciones y Comisiones (102.162) (1.185.307)
Otros Resultados Financieros 12.686.070 -
Participación en Catrel S.A. U.T.E. (37.048) (74.105)
Diferencias de Cambio (5.105) (3.111)
Sub-Total 12.541.755 (1.262.523)
Total 12.598.591 (2.382.862)
Otros Ingresos y Egresos, Netos (571.665) (1.149.782)
Resultado antes de Impuestos y Participación de Terceros en Sociedades Controladas (54.175.778) (62.638.091)
Impuesto a las Ganancias y a la Ganancia Mínima Presunta (412.974) (434.041)
Participación de terceros en Sociedades Controladas 211 203
Pérdida del Ejercicio (54.588.541) (63.071.929)

Las Notas y Anexos que se acompañan son parte integrante de los Estados Contables Consolidados.

31/12/2011 31/12/2010
$
Variaciones del efectivo
Efectivo al inicio del ejercicio 224.101 211.541
(Disminución) Aumento neta del efectivo (109.750) 12.560
Efectivo al cierre del Ejercicio 114.351 224.101
Causa de las variaciones del efectivo
Actividades operativas
Pérdida del Ejercicio (54.588.541) (63.071.929)
Más intereses ganados o perdidos (333.642) 802.658
Impuesto a las ganancias y a la ganancia mínima presunta devengados en el ejercicio 412.974 434.041
Ajustes para arribar al flujo neto de efectivo proveniente de las actividades operativas:
Depreciaciones 18.901 20.835
Resultado de Inversiones en Entes Relacionados 63.507.813 55.644.672
Resultado por conversión (720.800) 2.364.218
Resultados financieros (12.264.950) 1.580.204
Participación de terceros en sociedades controladas (211) (203)
Cambios en activos y pasivos operativos:
Disminución de otros créditos operativos 264.419 469.248
Disminución de deudas operativas (630.708) (850.080)
Pago de intereses (114.400) (98.796)
Pago de Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta (410.931) (641.423)
Flujo neto de efectivo aplicado a las actividades operativas (4.860.076) (3.346.555)
Actividades de inversión
Adquisición de bienes de uso - (3.098)
Flujo neto de efectivo Aplicado a las actividades de inversión - (3.098)
Actividades de financiación
Aumento de otras deudas 4.597.277 1.652.253
Disminución de otros créditos 153.049 1.709.960
Flujo neto de efectivo generado por las actividades de financiación 4.750.326 3.362.213
(Disminución) / Aumento neto del efectivo (109.750) 12.560

Las Notas y Anexos que se acompañan son parte integrante de los Estados Contables Consolidados.

NOTA 1: ESTADOS CONTABLES CONSOLIDADOS

La Sociedad ha consolidado línea por línea su Estado de Situación Patrimonial correspondiente al ejercicio iniciado el 1° de enero de 2011 y finalizado el 31 de diciembre de 2011 y por el ejercicio iniciado el 1 de enero de 2010 y finalizado el 31 de diciembre de 2010 y los Estados de Resultados y Flujo de Efectivo por el ejercicio iniciado el 1° de enero de 2011 y finalizado el 31 de diciembre de 2011 presentado en forma comparativa con el ejercicio iniciado el 1º de enero de 2010 y finalizado el 31 de diciembre de 2010, con los Estados Contables de sus sociedades controladas, siguiendo el procedimiento establecido en la Resolución Técnica Nro. 21 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas, aprobada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Comisión Nacional de Valores (ver Nota 2.5.4. a de los Estados Contables Básicos).

NOTA 2: CONTROL SOCIETARIO

Los datos que reflejan el control societario son los siguientes:

PARTICIPACIONES % DE PARTICIPACIÓN DIRECTA E INDIRECTA
Catastros y Relevamientos S.A. 97,92
Polledo Do Brasil Concessões e Investimentos Ltda. 99,99

NOTA 3: NORMAS CONTABLES

Los Estados Contables de las sociedades controladas han sido confeccionados sobre la base de criterios uniformes a los aplicados por Polledo S.A.I.C. y F. para la elaboración de sus Estados Contables.

Adicionalmente, los criterios de valuación de mayor relevancia utilizados en la preparación de los Estados Contables de las sociedades controladas y no explicitados en la nota de criterios de valuación de la controlante, son los siguientes:

    1. Información comparativa

Los saldos por el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2010 que se exponen a efectos comparativos, surgen de los estados contables a dichas fechas. Sobre los mismos, se han reclasificado ciertas cifras a los efectos de su presentación comparativa con los de este ejercicio.

    1. Inversiones Temporarias

Las otras inversiones corresponden a depósitos a plazo fijo en entidades financieras y se encuentran valuadas a su valor nominal más intereses devengados.

NOTA 4: COMPOSICION DE LOS PRINCIPALES RUBROS DEL ESTADO DE SITUACION PATRIMONIAL CONSOLIDADO.

Activo
Activo Corriente
4.1 Caja y Bancos 31/12/2011 31/12/2010
$
Caja 1.202 1.202
Bancos 19.108 124.438
Bancos moneda extranjera (Anexo G) 56.454 60.759
Caja y Bancos por participación en Catrel S.A. U.T.E. 5.265 3.974
Total 82.029 190.373
4.2 Créditos por Ventas
Sociedades Art. 33 - Ley 19.550 y entes relacionados 220.398 220.398
Total 220.398 220.398
4.3 Otros Créditos
Créditos impositivos 155.342 183.461
Embargos judiciales a Recuperar 44.691 44.691
Diversos por participación en Benito Roggio e Hijos S.A. y otros U.T.E. 192.206 184.587
Impositivos por participación en Catrel S.A. U.T.E. 2.340 2.340
Crédito por venta de Acciones 1.826.396 4.846.784
Diversos en Moneda Extranjera (Anexo G) - 367.123
Diversos 368.899 368.957
Total 2.589.874 5.997.943
Activo No Corriente
4.4 Otros Créditos
Sociedades Art. 33 - Ley 19.550 y entes relacionados 3.652.707 2.101.777
En Moneda Extranjera - Sociedades Art. 33 - Ley 19.550 y entes relac(Anexo G) 5.763.147 3.747.443
Créditos impositivos 1.063.562 944.920
Total 10.479.416 6.794.140
Pasivo Corriente
4.5 Cargas Fiscales
Bienes Personales acciones y participaciones - 70.257
Moratoria Decreto 1384/01 2.606 15.636
Provisión Impuestos a la Ganancia Mínima presunta, neta 98.089 103.746
Retenciones a pagar 868 167
Regimen de Facilidades de pago Ley 26.476 4.535 1.300
Moratoria por participación en Catrel S.A. U.T.E. 111.350 638.324
Participación en Benito Roggio e Hijos S.A. y otros U.T.E. 167.153 149.514
Diversos en Moneda Extranjera (Anexo G) 2.918 4.576
Total 387.519 983.520
31/12/2011 31/12/2010
4.6 Otras Deudas $
Provisión Honorarios Directores 41.317 45.477
Sociedades Art. 33 - Ley 19.550 y entes relacionados 8.968 8.968
Diversos en Moneda Extranjera (Anexo G) 63.073 3.716
Total 113.358 58.161
Pasivo No Corriente
4.7 Cargas Fiscales
Participación en Benito Roggio e Hijos S.A. y otros U.T.E. 25.043 35.069
Regimen de Facilidades de pago Ley 26.476 171.772 176.352
Moratoria Decreto 1384/01 - 2.605
Moratorias por participación en Catrel S.A. U.T.E. 50.425 161.762
Total 247.240 375.788
4.8 Otras Deudas
Sociedades Art. 33 - Ley 19.550 y entes relacionados 4.800.000 13.414.960
En Moneda Extranjera - Sociedades Art. 33 - Ley 19.550 y entes relacionados (Anexo G) 3.242.688 2.078.730
Total 8.042.688 15.493.690

NOTA 5: INFORMACION POR SEGMENTOS

A continuación se detalla cierta información contable clasificada según el segmento de negocio relacionado:

  • Segmento primario: Negocios
Por el ejercicio iniciado el 1° de enero de 2011 y finalizado el 31 de diciembre de 2011 Catastros Viales Otros Total
$
Resultado Operativo (5.536) (1.833.968) (855.387) (2.694.891)
Total activos 7.605 291.642 13.271.939 13.571.186
Total pasivos 161.775 3.308.680 5.998.413 9.468.868
Depreciación de bienes de uso - - (18.901) (18.901)
Resultado de Inversiones en entes relacionadas - (63.507.813) - (63.507.813)
  • Segmento secundario: Geográfico
Por el ejercicio iniciado el 1° de enero de 2011 y finalizado el 31 de diciembre de 2011 Argentina Exterior Total
$
Total activos 13.279.544 291.642 13.571.186
Total pasivos 6.160.188 3.308.680 9.468.868

NOTA 6: ADOPCION DE NORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACION FINANCIERA

La CNV a través de las Resoluciones Generales. N° 562/09 y 576/10, ha establecido la aplicación de las Resoluciones Técnicas N° 26 y 29 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (“FACPCE”) que adoptan las Normas Internacionales de Información Financiera (“NIIF” o ”IFRS” por sus siglas en inglés), emitidas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB, por sus siglas en inglés), para las entidades incluidas en el régimen de oferta pública de la Ley N° 17.811, ya sea por su capital o por sus obligaciones negociables, o que hayan solicitado autorización para estar incluidas en el citado régimen.

La aplicación de tales normas resultará obligatoria para la Sociedad a partir del ejercicio que se inicie el 1° de enero de 2012, siendo los primeros estados financieros trimestrales a presentar bajo estas normas los correspondientes al 31 de marzo de 2012.

En consecuencia, la fecha de transición a las NIIF para la Sociedad, conforme a lo establecido en la NIIF 1 “Adopción por primera vez de las NIIF” es el 1 de enero de 2011.

Los estados financieros consolidados de Polledo S.A.I.C. y F. han sido preparados conforme a las Normas Generales y Particulares de valuación y exposición contable exigidas por las Resoluciones Generales N° 441/03, 485/ 05, 487/05 Y 494/06 de la CNV las cuales difieren respecto de las NIIF, siendo estas diferencias de medición y exposición.

A continuación se indican las exenciones y excepciones que son de aplicación considerando la NIIF 1 y que fueron utilizadas en la conversión de las normas contables vigentes en Argentina a las NIIF:

Exenciones optativas a las NIIF

La NIIF 1, le permite a las entidades que adoptan por primera vez las N.I.I.F. considerar determinadas dispensas de única vez, al principio de aplicación retroactiva de ciertas N.I.I.F. vigentes para los cierres de los estados financieros al 31 de diciembre de 2011. Dichas dispensas han sido previstas por el IASB para simplificar la primera aplicación de dichas normas.

A continuación se detallan las exenciones optativas aplicables a Polledo S.A.I.C. y F. bajo NIIF 1:

  1. Diferencias de conversión acumuladas en negocios en el extranjero: las diferencias de conversión acumuladas relacionadas con todos los negocios en el exterior, se consideraron nulas a la fecha de transición a las N.I.I.F.

Exenciones obligatorias a las NIIF

A continuación se detallan las exenciones obligatorias aplicables a Polledo S.A.I.C. y F. bajo NIIF 1:

  1. Estimaciones: las estimaciones realizadas por la Sociedad al 1 de enero de 2011 (fecha de transición a las NIIF), realizadas según NIIF, son coherentes con las estimaciones realizadas a la misma fecha según normas contables vigentes.

De acuerdo con lo requerido por las disposiciones de la Resolución Técnica N° 29 de la FACPCE, se incluyen a continuación las conciliaciones del patrimonio neto de acuerdo con normas contables vigentes (“NCV”) y el determinado de acuerdo con las NIIF al 31 de diciembre de 2011 y al 1 de enero de 2011 y la conciliación del resultado integral por el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2011. En tal sentido, la Sociedad ha considerado, en la preparación de las conciliaciones, aquellas NIIF que estima serán aplicables para la preparación de sus estados financieros al 31 de diciembre de 2012.

Las partidas y cifras incluidas en la conciliación podrían modificarse en la medida en que, cuando se preparen los estados financieros al 31 de diciembre de 2012, las normas que se utilicen fueren diferentes.

  1. Conciliación del Patrimonio neto al 31 de diciembre de 2011 y al 1 de enero de 2011
31.12.11 01.01.11
$ $
Patrimonio neto bajo Normas Contables Vigentes 4.100.920 59.417.115
Ajustes N.I.I.F. – Aumentos:
Inclusión del interés no controlante como componente del Patrimonio Neto 1.398 1.610
Patrimonio neto según NIIF 4.102.318 59.418.725
Patrimonio neto según N.I.I.F. atribuible a los accionistas mayoritarios 4.100.920 59.417.115
Patrimonio neto según N.I.I.F. atribuible al interés no controlante 1.398 1.610

B. Conciliación del Estado de resultados integrales al 31 de diciembre de 2011

31.12.11
Ganancia / (Pérdida)
$
Utilidad neta bajo Normas Contables Vigentes (54.588.541)
Ajustes N.I.I.F.:
Anulación del efecto en resultados del interés no controlante (211)
Subtotal Pérdida neta del ejercicio e Interés no controlante bajo NCV (54.588.752)
Diferencias transitorias de conversión (727.725)
Efecto sobre la participación no controlante del ajuste 71
Pérdida neta del ejercicio según N.I.I.F. (55.316.406)
Pérdida neta del ejercicio según N.I.I.F. atribuible a los accionistas mayoritarios (55.316.266)
Pérdida neta del ejercicio según N.I.I.F. atribuible al interés no controlante (140)

C. Conciliación del Estado de flujo de efectivo al 31 de diciembre de 2011 y al 1 de enero de 2011

De acuerdo con nuestras estimaciones, la transición desde las normas contables vigentes a las NIIF, no generado impactos significativos en el Estado de Flujo de Efectivo Consolidado.

BIENES DE USO CONSOLIDADO
Correspondiente al ejercicio iniciado el 1° de enero de 2011 y finalizado el 31 de diciembre de 2011, presentado en forma comparativa con el ejercicio finalizado al 31 de diciembre de 2010
En Pesos

Anexo “A”

Cuenta Principal VALORES DE ORIGEN DEPRECIACIONES Valor residual al 31/12/2011 Valor residual al 31/12/2010
Al inicio del Ejercicio Aumentos del Ejercicio Diferencia de conversión Al cierre del Ejercicio Acumuladas al inicio del Ejercicio Del Ejercicio Diferencia de conversión Acumuladas al cierre delEjercicio
Mejoras permanentes 116.209 - (4.270) 111.939 7.344 3.864 (270) 10.938 101.001 108.865
Equipos de computación 98.702 - (1.853) 96.849 71.324 9.650 (652) 80.322 16.527 27.378
Muebles y Utiles 144.643 - (2.055) 142.588 93.593 5.387 (401) 98.579 44.009 51.050
TOTALES AL 31/12/2011 359.554 - (8.178) 351.376 172.261 18.901 (1.323) 189.839 161.537
TOTALES AL 31/12/2010 336.789 3.098 19.667 359.554 149.951 20.835 1.475 172.261 187.293
INVERSIONES EN ACCIONES, VALORES NEGOCIABLES Y PARTICIPACIONES PERMANENTES EN SOCIEDADES CONSOLIDADO
Estado de Situación Patrimonial al 31 de diciembre de 2011 y 31 de diciembre de 2010
En Pesos

ANEXO “C”

Emisor y Características de los Valores Porcentaje de participación al 31/12/2011 Valor Registrado al 31/12/2011 Valor Registrado al 31/12/2010
$
CORRIENTES
Otras Inversiones 32.322 33.728
Total 32.322 33.728
NO CORRIENTES
Alcalis de la Patagonia S.A.I.C. 0,20 1.011.047 1.011.047
Coviares S.A. 18,6917 - 52.971.118
Lismore International S.A. 31,80 - 10.536.695
Eriday Unión Transitoria de Empresas (*) 2.208.149 2.208.149
Otras Inversiones 80.466 80.466
Subtotal 3.299.662 66.807.475
Previsión para desvalorización (Anexo E) (3.294.052) (3.294.052)
Total 5.610 63.513.423

(*) La Sociedad tiene una participación del 6,083% de las pérdidas y 6,4919% respecto de las utilidades.

PREVISIONES CONSOLIDADO
Correspondiente al ejercicio iniciado el 1° de enero de 2011 y finalizado el 31 de diciembre de 2011, presentado en forma comparativa con el ejercicio finalizado al 31 de diciembre de 2010
En Pesos
Anexo "E"
R U B R O S Saldo al comienzo del Ejercicio Aumentos del Ejercicio Saldo al 31/12/2011 Saldo al 31/12/2010
$
Deducidas del Activo
Participaciones Permanentes en Sociedades
Previsión para Desvalorización - Alcalis de la Patagonia S.A.I.C. 1.011.047 - 1.011.047 1.011.047
Previsión para Desvalorización - Otras Inversiones 74.856 - 74.856 74.856
Previsión para Desvalorización - Eriday U.T.E. 2.208.149 - 2.208.149 2.208.149
Totales al 31/12/2011 3.294.052 - 3.294.052
Totales al 31/12/2010 3.294.052 - 3.294.052
Incluidas en el Pasivo
Previsiones varias Corrientes 456.352 24.811 481.163 456.352
Totales al 31/12/2011 456.352 24.811 481.163
Totales al 31/12/2010 431.541 24.811 456.352
ACTIVOS Y PASIVOS EN MONEDA EXTRANJERA CONSOLIDADO
Estado de Situación Patrimonial al 31 de diciembre de 2011 y 31 de diciembre de 2010
En Pesos

ANEXO “G”

Monto de moneda extranjera al 31/12/2011 Tipo de cambio vigente Clase de Moneda Importe Contabilizado al 31/12/2011 Importe Contabilizado al 31/12/2010
$
ACTIVO
ACTIVO CORRIENTE
Caja y Bancos 24.652 2,29 R$ 56.454 60.759
Otros Créditos - 2,29 R$ - 367.123
TOTAL ACTIVO CORRIENTE 56.454 427.882
ACTIVO NO CORRIENTE
Otros Créditos 1.351.582 4,264 U$S 5.763.147 3.747.443
TOTAL ACTIVO NO CORRIENTE 5.763.147 3.747.443
TOTAL ACTIVO 5.819.601 4.175.325
PASIVO
PASIVO CORRIENTE
Deudas
Comerciales 15.738 4,304 U$S 67.738 62.576
Cargas Fiscales 1.196 2,44 R$ 2.918 4.576
Otras Deudas 25.850 2,44 R$ 63.073 3.716
TOTAL PASIVO CORRIENTE 133.729 70.868
PASIVO NO CORRIENTE
Otras Deudas 1.328.970 2,44 R$ 3.242.688 2.078.730
TOTAL PASIVO NO CORRIENTE 3.242.688 2.078.730
TOTAL PASIVO 3.376.417 2.149.598

U$S = Dólares estadounidenses

R$ = Reales

POLLEDO S.A.I.C. y F.

ESTADOS CONTABLES BÁSICOS

Correspondientes al ejercicio iniciado el 1° de enero de 2011 y finalizado el 31 de diciembre de 2011,

presentados en forma comparativa

31/12/2011 31/12/2010 31/12/2011 31/12/2010
$ $
Activo Pasivo
Activo Corriente Pasivo Corriente
Caja y Bancos (Nota 3.1) 21.509 136.969 Deudas:
Créditos por Ventas (Nota 3.2 y Anexo I) 220.398 220.398 Comerciales (Nota 5 y Anexos G e I) 141.523 95.690
Otros Créditos (Nota 3.3 y Anexo I) 2.433.844 5.451.077 Cargas Fiscales (Nota 3.5 y Anexo I) 384.601 978.944
Total del Activo Corriente 2.675.751 5.808.444 Otras Deudas (Nota 3.6 y Anexo I) 212.093 216.253
Total de deudas 738.217 1.290.887
Previsiones (Anexo E) 481.163 456.352
Total del Pasivo Corriente 1.219.380 1.747.239
Activo No Corriente Pasivo No Corriente
Otros Créditos (Nota 3.4 y Anexo I) 9.932.625 4.687.336
Participaciones Permanentes en Sociedades (Anexo C) 23.028.026 88.838.100 Deudas:
Total del Activo No Corriente 32.960.651 93.525.436 Cargas Fiscales (Nota 3.7 y Anexo I) 247.289 375.788
Otras Deudas (Nota 3.8 y Anexo I) 32.296.893 40.004.188
Total de Deudas 32.544.182 40.379.976
Total del Pasivo No Corriente 32.544.182 40.379.976
Total del Pasivo 33.763.562 42.127.215
Participación de Terceros en U.T.E. (2.228.080) (2.210.450)
Patrimonio Neto (Según Estado Respectivo) 4.100.920 59.417.115
Total del Pasivo, Participación de Terceros en
Total del Activo 35.636.402 99.333.880 U.T.E. y Patrimonio Neto 35.636.402 99.333.880

Las Notas y anexos que se acompañan son parte integrante de los Estados Contables.

31/12/2011 31/12/2010
$
Gastos de administración (Anexo H) (854.940) (867.203)
Resultado de inversiones en entes relacionados (Nota 3.9) (65.082.420) (58.581.811)
Otros ingresos y egresos netos (571.530) (1.150.711)
Resultados financieros y por tenencia
Generados por Activos
Intereses 472.023 449.826
Diferencias de cambio 322.855 134.014
Desvalorización de otros créditos (5.449) (75.824)
Resultados por Tenencia (94.869) 740.681
Sub-Total 694.560 1.248.697
Generados por Pasivos
Intereses, actualizaciones y comisiones (2.193.085) (2.089.573)
Otros Resultados Financieros (Nota 5) 12.686.070 -
Diferencias de cambio 1.178.096 (1.148.264)
Participación en Catrel S.A. U.T.E. (37.048) (74.105)
Sub-Total 11.634.033 (3.311.942)
Total 12.328.593 (2.063.245)
Resultado antes de Impuestos y Participación de Terceros en U.T.E. (54.180.297) (62.662.970)
Impuesto a las ganancias y a la ganancia mínima presunta (412.974) (416.405)
Participación de terceros en U.T.E. 4.730 7.446
Pérdida del Ejercicio (54.588.541) (63.071.929)
Resultado por acción ordinaria
Básico / Diluido:
Ordinario (0,4365) (0,5044)
Total (0,4365) (0,5044)

Las Notas y Anexos que se acompañan son parte integrante de los Estados Contables.

Aportes de los Propietarios Resultados acumulados Total del Patrimonio Neto al 31/12/2011 Total del Patrimonio Neto al 31/12/2010
Capital Social (Nota 4) Ajuste del Capital Total Ganancias Reservadas Resultados Diferidos Resultados no Asignados Total
Reserva Legal Diferencias Transitorias de Conversión
Saldos al inicio del ejercicio 125.048.204 - 125.048.204 - 6.247.537 (71.878.626) (65.631.089) 59.417.115 120.106.633
- -
Diferencias Transitorias de Conversión (727.654) (727.654) (727.654) 2.382.411
Pérdida del Ejercicio (54.588.541) (54.588.541) (54.588.541) (63.071.929)
Totales al 31/12/2011 125.048.204 - 125.048.204 - 5.519.883 (126.467.167) (120.947.284) 4.100.920
Totales al 31/12/2010 125.048.204 - 125.048.204 - 6.247.537 (71.878.626) (65.631.089) 59.417.115

Las Notas y Anexos que se acompañan son parte integrante de los Estados Contables.

31/12/2011 31/12/2010
$
Variaciones del efectivo
Efectivo al inicio del Ejercicio 136.969 62.372
(disminución) / Aumento neta de efectivo (115.460) 74.597
Efectivo al cierre del Ejercicio 21.509 136.969
Flujo de efectivo de las actividades operativas
Causa de las variaciones del efectivo
Actividades operativas
Pérdida del ejercicio (54.588.5411) (63.071.929)
Más intereses ganados o perdidos 1.758.110 1.713.852
Impuesto a las ganancias y a la ganancia mínima devengados en el ejercicio 412.974 416.405
Ajustes para arribar al flujo neto de efectivo proveniente de las actividades operativas:
Resultado de Inversiones en entes relacionados (Nota 3.9) 65.082.420 58.581.811
Resultados financieros y por tenencia (14.086.703) 349.393
Participación de terceros en U.T.E. (4.730) (7.446)
Cambios en activos y pasivos operativos:
Aumento de otros créditos operativos (104.928) (231.764)
Disminución de deudas operativas (688.373) (752.104)
Intereses pagados (114.400) (98.796)
Pago de Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta (410.931) (641.423)
Flujo neto de efectivo aplicado a las actividades operativas (2.745.102) (3.742.001)
Actividades de inversión
Variación de inversiones, netas - -
Flujo neto de efectivo aplicado a las actividades de inversión - -
Actividades de financiación
Aumento de otras deudas 4.071.881 2.028.252
Retiros efectuados por sociedades relacionadas en Catrel S.A. U.T.E. (12.900) (9.693)
(Aumento) Disminución de otros créditos (1.429.339) 1.798.039
Flujo neto de efectivo generado por las actividades de financiación 2.629.642 3.816.598
(disminución) / Aumento neta de efectivo (115.461) 74.597

Las Notas y Anexos que se acompañan son parte integrante de los Estados Contables.

NOTA 1: ACTIVIDAD DE LA SOCIEDAD

Polledo S.A.I.C. y F. desarrolla sus actividades a través de las participaciones que mantiene en las sociedades detalladas en la Nota 5.

NOTA 2: NORMAS CONTABLES

A continuación se detallan las normas contables más relevantes utilizadas por la Sociedad para la preparación de los presentes Estados Contables, las que han sido aplicadas uniformemente respecto del ejercicio anterior.

    1. Preparación y presentación de los Estados Contables

Los presentes Estados Contables están expresados en pesos argentinos, y fueron confeccionados conforme a las normas contables de exposición y valuación contenidas en las Resoluciones Técnicas emitidas por la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas, aprobadas por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y de acuerdo, con ciertas modificaciones, con las resoluciones emitidas por la Comisión Nacional de Valores.

    1. Estimaciones contables

La preparación de Estados Contables a una fecha determinada requiere que la Gerencia de la Sociedad realice estimaciones y evaluaciones que afectan el monto de los activos y pasivos registrados y los activos y pasivos contingentes revelados a dicha fecha, como así también los ingresos y egresos registrados en el ejercicio. La Gerencia de la Sociedad realiza estimaciones para poder calcular a un momento dado, por ejemplo, el valor recuperable de los activos no corrientes, el cargo por impuesto a las ganancias y las previsiones para contingencias e incobrabilidad. Los resultados reales futuros pueden diferir de las estimaciones y evaluaciones realizadas a la fecha de preparación de los presentes Estados Contables.

    1. Consideración de los efectos de la inflación

Los Estados Contables han sido preparados en moneda constante, reconociendo en forma integral los efectos de la inflación hasta el 31 de agosto de 1995. A partir de esa fecha y hasta el 31 de diciembre de 2001, se ha discontinuado la reexpresión de los Estados Contables, debido a la existencia de un período de estabilidad monetaria.

Desde el 1° de enero de 2002 y hasta el 1° de marzo de 2003 se reconocieron los efectos de la inflación, debido a la existencia de un período inflacionario. A partir de esa fecha se ha discontinuado la reexpresión de los Estados Contables. Este criterio no está de acuerdo con las normas contables profesionales vigentes, las cuales establecen que los Estados Contables deben ser reexpresados hasta el 30 de septiembre de 2003; sin embargo este desvío no ha generado un efecto significativo sobre los Estados Contables de la Sociedad al 31 de diciembre de 2011.

    1. Información comparativa

Los saldos por el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2010 que se exponen a efectos comparativos, surgen de los estados contables a dichas fechas. Sobre los mismos, se han reclasificado ciertas cifras a los efectos de su presentación comparativa con los de este ejercicio.

    1. Criterios de Valuación
    2. Caja y Bancos

El efectivo disponible se ha computado a su valor nominal.

      1. Otros Créditos y Deudas

Los créditos y pasivos diversos han sido valuados en base a la mejor estimación posible de la suma a cobrar y a pagar, respectivamente, descontada utilizando la tasa estimada en el momento de su incorporación al activo y al pasivo, respectivamente, en caso de ser significativos los componentes financieros implícitos contenidos en los mismos.

      1. Saldos por Transacciones Financieras, por Refinanciaciones y Créditos y Deudas Diversas con Entes Relacionados

Los créditos y deudas con entes relacionados generados por transacciones financieras y por otras transacciones diversas han sido valuados de acuerdo con las condiciones pactadas entre las partes involucradas.

      1. Participaciones Permanentes en Sociedades

Las participaciones permanentes en las sociedades Catastros y Relevamientos S.A. y Polledo Do Brasil Concessões e Investimentos Ltda. han sido valuadas a su valor patrimonial proporcional de acuerdo con los lineamientos de la Resolución Técnica Nº 21 de la F.A.C.P.C.E., aprobada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y por la Comisión Nacional de Valores, tomando como base los respectivos Estados Contables al 31 de diciembre de 2011.

La sociedad radicada en el exterior, Polledo Do Brasil Concessões e Investimentos Ltda. ha sido clasificada como no integrada con las operaciones de la Sociedad.

Las inversiones en Coviares S.A., Covimet S.A. y Lismore International S.A. se encuentran valuadas en cero, al resultar sus Patrimonios Netos negativos luego del ajuste con efecto en sus Estados Contables Especiales al 30 de septiembre de 2011 mencionado en el siguiente párrafo; no existiendo compromisos de aportes societarios para enmendar tal circunstancia por parte de Polledo.

Los estados contables especiales al 30 de septiembre de 2011 de Coviares S.A. (“Coviares”), registran un activo de $611.384.158 vinculado a los derechos de Coviares en relación a su Contrato de Concesión. En tal sentido, con motivo de las incertidumbres que se han sucedido en relación a la recomposición patrimonial del contrato de concesión de Coviares, por razones de prudencia y consistencia con lo que se ha venido registrando, el Directorio de Polledo estima que no aparece aconsejable su contabilización, por lo que ha procedido a no registrar dicha partida al momento de valuar su inversión en Coviares. Ello no significa, sin embargo, que esta Sociedad no comparta el legítimo derecho a la recomposición patrimonial del contrato de concesión de Coviares.

La Sociedad no ha tomado conocimiento de otras variaciones patrimoniales significativas entre el cierre de los mencionados estados contables especiales y el 31 de diciembre de 2011 que afecten la valuación de estas participaciones. Las normas contables utilizadas por las entidades emisoras son similares a las descriptas en estas notas.

Las participaciones en aquellas sociedades en las cuales no se ejerce control ni influencia significativa (Servicios Urbanos de Buenos Aires S.A., Servicios Metropolitanos S.A. y Alcalis de la Patagonia S.A.I.C.) han sido valuadas a su costo de adquisición reexpresado siguiendo los lineamientos expuestos en la Nota 2.3, con el límite de su valor recuperable estimado. Los costos de adquisición de las participaciones en Servicios Urbanos de Buenos Aires S.A., y Servicios Metropolitanos S.A. fueron previsionados como consecuencia de los procesos de liquidación en que se encuentran las mencionadas sociedades. La participación en Álcalis de la Patagonia S.A.I.C. se encuentra previsionada.

      1. Participaciones en negocios conjuntos

Las participaciones en Catrel S.A. U.T.E., Polledo S.A.I.C. y F. - Natino S.A. - Indeco S.A. - Consorcio de Empresas y Benito Roggio e Hijos S.A. y otros - U.T.E. fueron valuadas de acuerdo con las disposiciones de la Resolución Técnica Nº 14 de la F.A.C.P.C.E., consolidando los Estados Contables del negocio conjunto, en el primer caso, y aplicando el método de consolidación proporcional en los dos casos restantes.

La participación en Eriday U.T.E. y sus proyectos asociados, fue valuada al costo de adquisición reexpresado siguiendo los lineamientos expuestos en la Nota 2.3, con el límite de su valor recuperable, pero debido a ser negativos los resultados acumulados de los socios, ha sido previsionada.

      1. Previsiones

La Sociedad realiza el análisis de las contingencias relacionadas con su actividad que podrían generar probables pérdidas futuras y ha previsionado el valor contingente estimado. La Sociedad registra un pasivo contingente en la medida que sea razonablemente cuantificable y de probable ocurrencia. Estas registraciones están basadas en los hechos y circunstancias conocidos por la Sociedad hasta la fecha de los presentes Estados Contables y las estimaciones hechas por la gerencia.

A la fecha de emisión de los presentes Estados Contables, la gerencia de la Sociedad entiende que no existen elementos que permitan determinar que otras contingencias puedan materializarse y generar un impacto negativo en los presentes Estados Contables.

      1. Impuesto a las Ganancias y a la Ganancia Mínima Presunta

La Sociedad ha reconocido el cargo por impuesto a las ganancias en base al método del impuesto diferido, reconociendo de esta manera las diferencias temporarias entre las mediciones de los activos y pasivos contables e impositivos. Las principales diferencias temporarias se originan en quebrantos impositivos acumulados y previsiones registradas contablemente.

A los efectos de determinar los activos y pasivos diferidos se ha aplicado sobre las diferencias temporarias identificadas y los quebrantos impositivos, la tasa impositiva que se espera esté vigente al momento de su reversión o utilización, considerando las normas legales sancionadas a la fecha de emisión de estos Estados Contables.

La Sociedad y sus sociedades controladas, de acuerdo con lo permitido por las nuevas normas contables, ha decidido no reconocer el pasivo diferido generado por el efecto del ajuste por inflación sobre los bienes de uso y otros activos no monetarios. Sin embargo, este ajuste no generaría un efecto significativo sobre los Estados Contables.

Debido a la baja probabilidad de que las ganancias impositivas futuras permitan absorber las diferencias temporarias netas activas, dentro de los plazos de prescripción legales, la Sociedad ha computado una desvalorización sobre dicho crédito.

La Sociedad determina el impuesto a la ganancia mínima presunta aplicando la tasa vigente del 1% sobre los activos computables al cierre del ejercicio. Este impuesto es complementario del impuesto a las ganancias. La obligación fiscal de la Sociedad en cada ejercicio coincidirá con el mayor de ambos impuestos. Sin embargo, si el impuesto a la ganancia mínima presunta excede en un ejercicio fiscal al impuesto a las ganancias, dicho exceso podrá computarse como pago a cuenta del impuesto a las ganancias que pudiera producirse en cualquiera de los diez ejercicios siguientes.

La Sociedad ha reconocido el impuesto a la ganancia mínima presunta devengado en el ejercicio y pagado en ejercicios anteriores como resultado (pérdida).

      1. Cuentas del Patrimonio Neto

Los movimientos de las cuentas del patrimonio neto han sido reexpresados siguiendo los lineamientos expuestos en la Nota 2.3. La cuenta “Capital Social” ha sido expresada a su valor nominal histórico. La diferencia entre el valor expresado en moneda homogénea y el valor nominal histórico ha sido expuesta en la cuenta “Ajustes de Capital” integrante del patrimonio neto.

      1. Cuentas del Estado de Resultados

Los cargos por activos consumidos se determinaron en función de los valores de tales activos. Los demás resultados del ejercicio se exponen a valores nominales del ejercicio al que corresponden. Los resultados financieros y por tenencia se exponen discriminados según sean generados por activos o pasivos.

      1. Estado de Flujo de Efectivo

Para la presentación del Estado de Flujo de Efectivo se ha adoptado la alternativa del método indirecto de la Resolución Técnica N° 8 modificada por la Resolución Técnica N° 19 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas, considerándose fondos exclusivamente los saldos de Caja y Bancos.

NOTA 3: COMPOSICIÓN DE LOS PRINCIPALES RUBROS DEL ESTADO DE SITUACIÓN PATRIMONIAL Y DEL ESTADO DE RESULTADOS.

Activo 31/12/2011 31/12/2010
Activo Corriente $
3.1 Caja y Bancos
Bancos moneda local 16.244 132.995
Caja y Bancos por participación en Catrel S.A. U.T.E. 5.265 3.974
Total 21.509 136.969
3.2 Créditos por Ventas
Sociedades Art. 33 - Ley 19.550 y entes relacionados (Nota 5) 220.398 220.398
Total 220.398 220.398
31/12/2011 31/12/2010
$
3.3 Otros Créditos
Créditos impositivos 39.670 44.079
En moneda extranjera Sociedades Art. 33 - Ley 19.550 y entes relacionados (Nota 5 y Anexo G) 4.333 4.390
Crédito por venta de Acciones (Nota 5.9) 1.826.396 4.846.784
Diversos por participación en Benito Roggio e Hijos S.A. y otros U.T.E. 192.206 184.587
Diversos por participación en Catrel S.A. U.T.E. 2.340 2.340
Diversos 368.899 368.897
Total 2.433.844 5.451.077
Activo no Corriente
3.4 Otros Créditos
En moneda extranjera Sociedades Art. 33 - Ley 19.550 y entes relacionados (Nota 5 y Anexo G) 5.763.147 3.747.443
Sociedades Art. 33 - Ley 19.550 y entes relacionados (Nota 5) 3.281.832 148.516
Créditos Impositivos 887.646 791.377
Total 9.932.625 4.687.336
Pasivo
Pasivo Corriente
3.5 Cargas Fiscales
Impuestos a la Ganancia Mínima presunta 98.089 103.746
Bienes Personales - Acciones y Participaciones - 70.257
Moratoria Decreto 1384/01 2.606 15.636
Moratoria por participación en Catrel S.A. U.T.E. 111.350 638.324
Participación en Benito Roggio e Hijos S.A. y otros U.T.E. 167.153 149.514
Retenciones a pagar 868 167
Regimen de Facilidades de pago Ley 26.476 4.535 1.300
Total 384.601 978.944
3.6 Otras Deudas
Provisión honorarios directores 41.317 45.477
En moneda local Sociedades Art. 33 - Ley 19.550 y entes relacionados (Nota 5) 170.776 170.776
Total 212.093 216.253
Pasivo no Corriente
3.7 Cargas Fiscales
Regimen de Facilidades de pago Ley 26.476 171.818 176.352
Moratoria Decreto 1384/01 - 2.605
Moratoria por participación en Catrel S.A. U.T.E. 50.425 161.762
Participación en Benito Roggio e Hijos S.A. y otros U.T.E. 25.046 35.069
Total 247.289 375.788
3.8 Otras Deudas
En moneda local Sociedades Art. 33 - Ley 19.550 y entes relacionados (Nota 5) 4.800.000 13.414.960
En moneda extranjera Sociedades Art. 33 - Ley 19.550 y entes relacionados (Nota 5 y Anexo G) 27.496.893 26.589.228
Total 32.296.893 40.004.188
Estado de Resultado
3.9 Resultado de Inversiones en Entes Relacionados 31/12/2011 31/12/2010
$
Covimet S.A. - (6.738.952)
Coviares S.A. (52.971.118) (41.357.756)
Lismore International S.A. (10.536.695) (7.547.964)
Catastros y Relevamientos S.A. (9.962) (9.463)
Polledo do Brasil Concessões e Investimentos Ltda. (1.564.645) (2.927.676)
Total (65.082.420) (58.581.811)

NOTA 4: ESTADO DEL CAPITAL SOCIAL

Capital Importe $ Aprobado por Fecha de Inscripción en Registro Público de Comercio (última modificación)
Fecha Organo
Suscripto, integrado e inscripto 125.048.204 30/09/98 Asamblea Ordinaria 05/05/1999
TOTAL (1) 125.048.204

NOTA 5: SALDOS Y OPERACIONES CON SOCIEDADES RELACIONADAS Y SOCIEDADES ART. 33 – LEY 19.550.

Los saldos a cobrar y a pagar a Sociedades Art. 33 Ley 19.550 y entes relacionados al 31 de diciembre de 2011 se detallan en el siguiente cuadro:

Sociedad Créditos por Ventas Corrientes Otros Créditos Corrientes Otros Créditos No Corrientes Deudas Comerciales Corrientes Otras Deudas Corrientes Otras Deudas No Corrientes
$
Sociedad Controlante:
Roggio S.A. - - 3.281.832 - - -
Sociedades Controladas:
Catrelsa S.A. - - - - 161.808 -
Polledo do Brasil Concessões e Investimentos Ltda. - 4.333 - - - 27.496.893
Sociedades que ejercen influencia significativa sobre la Sociedad:
Clisa S.A.(*) - - - - - 4.800.000
Sociedades en las que se ejerce influencia significativa:
Covimet S.A. 220.398 - - - - -
Otros entes Relacionados:
Eriday U.T.E. - - 5.763.147 67.738 8.968 -
TOTALES al 31/12/2011 220.398 4.333 9.044.979 67.738 170.776 32.296.893

(*) El pasivo con Clisa S.A. se estableció en $ 4.800.000 y se supeditó la exigibilidad del cobro del remanente de $12.686.070, en su equivalente en dólares estadounidenses, al ingreso en Polledo de fondos por cualquier concepto procedente de Coviares S.A., Covimet S.A., Lismore International S.A. y/o Eriday U.T.E. (denominadas en conjunto las “Entidades”), o de cualquier tercero vinculado a la participación social directa o indirecta en tales Entidades. Se incluyen expresamente, sin limitación, los fondos recibidos en concepto de dividendos, rescate de acciones, reducción de capital o amortización de acciones de las Entidades, o cobro de créditos contra las mismas, así como toda contraprestación por venta de bienes o provisión de servicios a las Entidades. También se incluyen los fondos recibidos en contraprestación por la venta o cesión de las acciones, de derechos de suscripción preferente o acrecer, o de derechos y/o créditos contra las Entidades. A estos efectos los fondos incluirán, además del efectivo, cualquier otro bien recibido en pago.

Los saldos a cobrar y a pagar a Sociedades Art.33 - Ley 19.550 y entes relacionados al 31 de diciembre de 2010 se detallan en el siguiente cuadro:

Sociedad Créditos por Ventas Corrientes Otros Créditos Corrientes Otros Créditos No Corrientes Deudas Comerciales Corrientes Otras Deudas Corrientes Otras Deudas No Corrientes
$
Sociedad Controlante:
Roggio S.A. - - 148.516 - - -
Sociedades Controladas:
Catrelsa S.A. - - - - 161.808 -
Polledo do Brasil Concessões e Serviços Ltda. - 4.390 - - - 26.589.228
Sociedades que ejercen influencia significativa sobre la Sociedad:
Clisa S.A. - - - - - 13.414.960
Sociedades en las que se ejerce influencia significativa:
Covimet S.A. 220.398 - - - - -
Otros entes Relacionados:
Eriday U.T.E. - - 3.747.443 62.575 8.968 -
TOTALES al 31/12/2010 220.398 4.390 3.895.959 62.575 170.776 40.004.188

El detalle de las operaciones con sociedades controladas y entes relacionados que generaron resultados positivos / (negativos) es el siguiente:

Sociedad Total al 31/12/2011 Total al 31/12/2010
$
Sociedad Controlante:
Roggio S.A. 152.348 41.671
Sociedades que ejercen influencia significativa sobre la Sociedad:
Clisa S.A. 12.686.070 (1.134.526)
Sociedades Controladas:
Polledo do Brasil Concessões e Investimentos Ltda. (907.665) (2.049.933)
Otros entes Relacionados:
Eriday U.T.E. 189.378 148.739
TOTAL 12.120.131 (2.994.049)

A continuación se describen los aspectos relevantes de las participaciones en Sociedades y U.T.E. vinculadas:

    1. Covimet S.A.:

La Sociedad posee una participación del 31,802 % en Covimet S.A., sociedad concesionaria de obra pública que tiene por objeto la construcción, conservación y explotación de la Autopista 9 de julio - Tramo Norte. El plazo de concesión es de 20 años contados a partir del 1° de noviembre de 1995, no contándose como período transcurrido el que media entre el 16 de mayo de 1996 y la fecha de perfeccionamiento del Reordenamiento Contractual (22 de febrero de 1999).

Como se menciona en Nota 10, con fecha 25 de febrero de 2003 el Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires dictó el decreto 149/GCBA/2003 mediante el cual resolvió rescindir el contrato de concesión de Covimet S.A.

    1. Coviares S.A.:

La Sociedad participa, directa e indirectamente, en el 31,78% de Coviares S.A.

En nota a los Estados Contables especiales de Coviares S.A. al 30 de septiembre de 2011 se menciona lo siguiente:

“ACTIVIDADES DE LA SOCIEDAD

La Sociedad tiene como objeto social la construcción, conservación y explotación de la Autopista La Plata - Buenos Aires, Ribereña de la Capital Federal y Nuevo Puente sobre el Riachuelo, de acuerdo con el Acuerdo de Reformulación del contrato de concesión (“el Contrato de Concesión”) de fecha 29 de diciembre de 1993, celebrado con la Secretaría de Obras Públicas y Comunicaciones del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos de la Nación (“la Secretaria de Obras Públicas” o “el Concedente”), que fue aprobado por Resolución Ministerial Nº 538/94 y decreto del Poder Ejecutivo Nacional. La concesión comprende, entre otras obligaciones, la construcción de la autopista, el mantenimiento, reparación y conservación de las obras y la administración, explotación y prestación de servicios durante el período de concesión.

El día 22 de diciembre de 2000, Coviares y la Secretaría de Obras Públicas suscribieron una adenda al Acuerdo de Reformulación antes mencionado. Dicha adenda fue aprobada por el Decreto Nº 85/2001 del Poder Ejecutivo Nacional, firmado el 25 de enero de 2001 y publicado en el Boletín Oficial el 30 de enero de 2001. Las principales modificaciones surgidas de la misma se detallan a continuación: (i) prórroga de la fecha de vencimiento del cronograma de obras; (ii) ampliación de los plazos para la devolución de la deuda con el Estado Nacional (Ver Nota 5.4.4.(1)), cuyos pagos comenzarán a hacerse efectivos a partir de enero de 2012, más los intereses correspondientes sobre saldos, calculados a la tasa del 6% anual y directa; y (iii) exclusión de la adenda de la Autopista Ribereña de la Capital Federal hasta tanto se defina la traza y anteproyecto de dicha autopista.

El plazo de concesión es de veintidós años contados a partir de la fecha de habilitación de la primera casilla de peaje (1° de julio de 1995).

Una vez finalizado el período de concesión, la Sociedad no conservará ningún derecho sobre la obra, cuyo dominio pertenece al Estado, ni sobre su explotación, excepto por los que surjan de eventuales reclamos que puedan hacerse a este último.

De acuerdo con el Contrato de Concesión, Coviares es responsable y está obligada al pago de todos los impuestos, tasas y contribuciones que se apliquen a los bienes entregados por el Concedente o los que construya o incorpore a las obras, así como a las actividades que realice, sean dichos tributos de origen nacional, provincial o municipal, con excepción del pago del impuesto a las ganancias reales o presuntas, en virtud de la exención establecida en dicho contrato.

A la fecha no existen otros hechos, además de los informados en Nota 3, que hagan presumir la existencia de dificultades en el cumplimiento de las obligaciones emergentes del Contrato de Concesión. Es importante destacar que a la fecha el Concedente no ha aplicado multas ni sanciones por incumplimiento de las obligaciones contractuales que se encuentren firmes, estimándose que serán dejadas sin efecto.

Asimismo, sobre la base de sus proyecciones, la Sociedad prevé que los ingresos a obtener durante el período de concesión le permitirán absorber el valor residual de la obra ya realizada y el costo de las obras a realizarse. Al 30 de septiembre de 2011, los pasivos corrientes superan a sus activos corrientes en $ 108.314.036. Además, a pesar de la crítica situación descripta, al 30 de septiembre de 2011, Coviares se encuentra construyendo el tercer carril entre Quilmes y el Acceso Sudeste, dado que el tránsito alcanzó los niveles que definen la necesidad de su construcción.

Asimismo, se continuó con los trabajos de mantenimiento, conservación y mejorativos de la calzada existente a los fines de mantener los índices técnicos contractuales de la autopista.”

“RENEGOCIACIÓN DE CONTRATOS CELEBRADOS CON LA ADMINISTRACIÓN PUBLICA

A partir de la sanción de la Ley Nº 25.561 (Ley de Emergencia Pública y Reforma del régimen cambiario), quedaron sin efecto las cláusulas de ajuste en dólares u otras monedas extranjeras u otros mecanismos indexatorios incluidos en los contratos celebrados con la Administración Pública. Los precios y tarifas vigentes a dicha fecha fueron convertidos a pesos al tipo de cambio de $ 1 por US$ 1. Asimismo, el Gobierno Nacional quedó autorizado a renegociar dichos contratos debiendo tomar en consideración aspectos tales como el impacto de las tarifas en la competitividad de la economía y en la distribución de los ingresos, la rentabilidad de las empresas, etc. En cumplimiento de ello, a partir del dictado del Decreto 293 del 12 de febrero de 2002, se dio inicio al proceso de renegociación contractual, mediante la creación de la Comisión de Renegociación de Contratos de Obras y Servicios Públicos, para que las concesionarias de obras y servicios públicos presentaran sus propuestas de renegociación.

Los plazos originalmente establecidos para el proceso de negociación fueron prorrogados y a través del Decreto N° 311 del 3 de julio de 2003, se creó una nueva Comisión en el ámbito de los Ministerios de Economía y Producción y de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, en sustitución de la constituida anteriormente, denominada “Unidad de Renegociación y análisis de Contratos de Servicios Públicos” (“UNIREN”).

UNIREN, a través de la Ley 25.790 de octubre de 2003, dispuso que los acuerdos de renegociación podrían abarcar aspectos parciales de los contratos de concesión o licencia, incluyendo la posibilidad de revisiones periódicas.

La referida UNIREN debatió con los concesionarios, la suscripción de una “Carta de Entendimiento” que regiría en forma transitoria hasta la suscripción del Acuerdo definitivo previsto por la mencionada ley 25.790, a debatirse en Audiencia Pública.

A la fecha de emisión de los presentes estados contables especiales se ha sancionado la ley 26.729, la cual prorroga los plazos de la emergencia hasta el 31 de diciembre de 2013, con igual extensión en el plazo de renegociación contractual.

A lo largo del proceso antes explicado, Coviares efectuó varias presentaciones ante la Comisión de Renegociación de Contratos de Obras y Servicios Públicos, ahora UNIREN, en las cuales se sugieren distintas alternativas para aliviar la crítica situación que provocan las medidas mencionadas.

Con fecha 21 de febrero de 2007 se ha suscripto una Carta de Entendimiento que tiene por objeto establecer las bases y condiciones que se estiman razonables y convenientes para adecuar el Contrato de Concesión en las actuales condiciones de la Sociedad y la economía del país. El documento ha sido debatido en una Audiencia Pública, celebrada el 28 de junio de 2007 por Disposición N° 1/2007 de la UNIREN, cuyas conclusiones fueron consideradas, para definir el Acuerdo de Renegociación Contractual, “ad referéndum” del Poder Ejecutivo Nacional.

Con fecha 29 de enero de 2009 se suscribió el Acuerdo de Renegociación Contractual mencionado y con posterioridad al consenso alcanzado, se produjo el cambio de la autoridad a cargo del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas efectuándose adecuaciones derivadas de dicha circunstancia, manteniendo los términos y condiciones de su antecedente de fecha 29 de enero de 2009, suscribiéndose un nuevo Acuerdo de Renegociación Contractual con fecha 9 de octubre de 2009 “ad. Referéndum” de la firma del Decreto del Poder Ejecutivo Nacional.

El Acta Acuerdo de Renegociación ha regresado a la UNIREN y ésta remitió por nota N° 246 de fecha 30 de junio de 2009 al Honorable Congreso de la Nación la propuesta de renegociación contractual de Coviares que tramita bajo el expediente CUDAP EXP-S 01:0257392/2002, luego de lo cual el Congreso tomo intervención de acuerdo al art. 4 de la Ley 25.790. A la fecha de los presentes estados contables especiales se ha alcanzado el acuerdo con la UNIREN. La Asamblea Extraordinaria de Accionistas se expidió sobre el mismo el 14 de octubre 2009 aprobando el texto adecuado del Acta Acuerdo de Renegociación de fecha 9 de octubre de 2009.

Entre los puntos más sobresalientes se destacan:

a) La firma del Acuerdo no implica renuncia ni desistimiento alguno por parte de esta Sociedad a obtener la extensión de la exención del Impuesto a las Ganancias hacia otros gravámenes de igual naturaleza vigentes y/o que graven el mismo hecho imponible.

b) Referente al Plan de Inversiones, se modificó el Cronograma Plan de Inversiones contenido en la Adenda al Acta Acuerdo de Reformulación contractual del 22 de diciembre de 2000, se contempla la readecuación de la ecuación económica financiera del contrato en función de la diferencia resultante de la comparación entre el plan económico financiero actual y el de origen, es decir, el contemplado en el Contrato suscripto en 1993.

c) Se recompondrá la tasa interna de retorno (TIR) del plan original de la Concesión cuyo valor es de 14,6%. Se contempló un aumento de la tarifa de peaje del 15% que debió regir a partir de diciembre de 2009 y se estableció una metodología, para el ajuste futuro de las tarifas, que cubra los efectos de la inflación y que comenzará a aplicarse a partir de la firma del Decreto del Poder Ejecutivo Nacional. Se conviene establecer una instancia de revisión contractual entre el Concedente y el Concesionario.

d) Respecto del tratamiento de las penalidades se establece que los incumplimientos del Concesionario respecto a las obligaciones de realización de obras en la Autopista de acuerdo al cronograma contractualmente comprometido y producidos a partir del mes de enero de 2002 en virtud de la situación de emergencia declarada, no serán pasibles de la penalidades previstas en el Contrato de Concesión, por tal motivo la autoridad de aplicación y el órgano de control procederán a dejar sin efecto los procesos en curso originados en actas de constatación.

e) En concordancia con el proyecto, se excluye de las obligaciones de la Concesionaria la construcción, mantenimiento, reparación y conservación de la obra Autopista Ribereña de la Capital Federal y los eventuales trabajos de conexión en el mencionado distribuidor, de forma tal que el Concedente podrá disponer la ejecución de la misma por los medios y en el plazo que estime conveniente. Por su parte, a partir de la firma del mencionado Decreto cesan las obligaciones de la Sociedad a las iniciativas de la remodelación de las zonas bajo viaducto correspondiente a la Av. Pedro de Mendoza como obra complementaria de la Autopista Ribereña, renunciando incondicionalmente además a la explotación comercial de la zona.

El 27 de julio de 2010 se publicó en el Boletín Oficial el decreto 1057/2010, el cual ratifica el Acuerdo de Renegociación Contractual suscripto entre la UNIREN y Coviares. Con la ratificación de este acuerdo, la Dirección Nacional de Vialidad y el OCCOVI, actuando dentro de sus respectivos ámbitos de competencia, deberán proceder al dictado de los actos y al desarrollo de los procedimientos que resulten necesarios para la instrumentación, ejecución y cumplimiento de las disposiciones contenidas en el Acuerdo para recomponer la ecuación económica financiera del Contrato de Concesión. El Acuerdo de Renegociación Contractual tuvo principio de ejecución con la puesta en vigencia del cuadro tarifario que aumentó la tarifa en el 15% a que se hace referencia en el punto c), a partir del día 4 de octubre de 2010.

En el mencionado punto c) se hace referencia a la metodología de ajuste futuro de las tarifas conforme lo dispuesto por la Cláusula Décimo Segunda del Acuerdo de Renegociación Contractual; en el marco de lo establecido en esta cláusula, la Sociedad presentó notas el 6 de agosto y el 14 de setiembre de 2010, solicitando el aumento de tarifa correspondiente, las cuales derivaron en la respuesta del OCCOVI del 24 de setiembre de 2010 Nota Nº 2894/10 en la cual se aprueba el cálculo de la incidencia que las variaciones de precios operadas desde el mes de abril de 2008 hasta el mes de mayo de 2010 han tenido en los costos relacionados con la operación, mantenimiento e inversiones incluidas en el PEF de la concesión, determinando un aumento necesario de tarifa del 68,64% con vigencia octubre 2010.

Con fecha 21 de diciembre de 2010, 15 de marzo, 3 de mayo y 16 de agosto de 2011 Coviares presentó al OCCOVI nuevos pedidos de reconocimiento de adecuación de tarifa por variación de precios, por el período mayo 2010 a mayo de 2011, que determinan un aumento acumulado del 183,98%.

El 6 de diciembre de 2011 entró en vigencia el nuevo cuadro tarifario resultante de los reclamos mencionados. Dicho aumento es del 36,65% sobre la tarifa básica del Peaje Dock Sud.

Adicionalmente, se han realizado presentaciones con el objeto de lograr los avances para recomponer integralmente el contrato a la mayor brevedad posible.

En el mes de abril de 2011 el Ministro de Infraestructura de la Provincia de Buenos Aires se contactó con la Sociedad para solicitar autorización a los efectos de proceder, en acuerdo con el Gobierno Nacional, al traspaso del Contrato de Concesión al ámbito de la Provincia.

Atento a la situación que atraviesa esta Sociedad y frente a la inacción por parte del Estado Nacional para renegociar el Contrato de conformidad a las pautas refrendas por el Dto. 1057/10, es que se acepta la propuesta de la Provincia y se inicia conversaciones con las autoridades pertinentes con la anuencia del Gobierno Nacional y dentro de las pautas del decreto mencionado.

Frente a las demoras del traspaso de la Concesión a la Provincia por parte del Estado Nacional y ante la falta de respuestas a los distintos pedidos efectuados tanto a la autoridad de aplicación como al Concedente, y ante la eventual caída de la medida cautelar, la que ya fue decretada y recurrida por vía de reposición y apelación en subsidio el 1 de agosto de 2011, es que se cursó nota al Poder Ejecutivo a los efectos de solicitar instruya a los organismos pertinentes dar cumplimiento al Dto. 1057/10.”

    1. Lismore International S.A.:

La participación de Polledo S.A.I.C. y F. en el capital y votos de esta sociedad asciende al 31,80 %.

      1. Eriday Unión Transitoria de Empresas y Proyectos Asociados:

La Sociedad tiene una participación del 6,083% de las pérdidas y 6,4919% respecto de las utilidades de Eriday U.T.E. y otras participaciones minoritarias en proyectos asociados. Eriday U.T.E. tiene por objeto dar cumplimiento al contrato celebrado con la Entidad Binacional Yacyretá (“EBY”), para la construcción de las obras civiles principales del Proyecto Yacyretá. El plazo de duración de la misma es el de la ejecución del contrato mencionado precedentemente. La U.T.E. ha efectuado presentaciones formales ante el EBY, tendientes a obtener el reconocimiento de Asuntos Contractuales Pendientes generados durante la ejecución de las obras. Por su parte el EBY ha reclamado algunos conceptos correspondientes a cuestiones de cierta antigüedad y que no habían sido planteadas oportunamente.

Dada la falta de acuerdo entre el Comitente y el Contratista, ERIDAY U.T.E. ha optado por la posibilidad prevista en el Contrato Y-C.1. de someter estas cuestiones a un arbitraje internacional. La demanda de arbitraje fue recibida por la Corte Internacional de la Cámara de Comercio Internacional (“C.C.I.”). Luego de un prolongado proceso, las partes presentaron los alegatos y el tribunal llamará a autos para Laudar.

5.5. Catastros y Relevamientos S.A. y Catastros y Relevamientos S.A. U.T.E.:

La Sociedad posee una participación del 97,92% de Catastros y Relevamientos S.A. (“Catrel S.A.”) que conjuntamente con Polledo S.A.I.C. y F., es miembro de Catastros y Relevamientos S.A. U.T.E., la cual tenía por objeto realizar el relevamiento catastral de la Ciudad de Buenos Aires a través del contrato firmado a tal efecto con el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires (GCBA) que finalizó el 4 de diciembre de 2002.

El plazo de duración de Catrel S.A. U.T.E. será el necesario para la extinción de los derechos y obligaciones frente al GCBA, entre empresas miembro y frente a terceros.

Actualmente Catrel S.A. está orientada a ofrecer servicios de Administración Territorial y de Administración Tributaria, este último orientado principalmente a provincias y municipios que necesitan poner marcado énfasis en los servicios de recaudación, a través de la implementación de las más modernas técnicas para gestionar esta área.

5.6. Polledo Do Brasil Concessões e Investimentos Ltda.:

Con fecha 5 de enero de 1999, se aprobó la inscripción de Polledo Do Brasil Concessões e Investimentos Ltda. en la ciudad de San Pablo, Brasil. Polledo S.A.I.C. y F. posee una participación del 99,99% en esta sociedad.

5.7. Polledo S.A.I.C. y F. - Natino S.A. - Indeco S.A. - Consorcio de Empresas:

Polledo participa en un 25% en Polledo S.A.I.C. y F. - Natino S.A. - Indeco S.A. - Consorcio de Empresas (“Polledo-Natino-Indeco U.T.E.”). Las obras correspondientes al contrato original firmado por este consorcio y diversos trabajos adicionales ya han sido ejecutados, certificados y recibidos definitivamente. A la fecha se encuentra liquidando cuestiones y cuentas pendientes vinculadas con la ejecución de su objeto.

5.8. Benito Roggio e Hijos S.A. y Otros U.T.E.:

La Sociedad tiene una participación del 15,4195% en esta U.T.E.. Actualmente, la mencionada U.T.E. se encuentra liquidando cuestiones y cuentas pendientes vinculadas con la ejecución de su objeto.

5.9 Comsa S.A. – Agro-Epsilon S.A.:

Durante el ejercicio cerrado al 30 de junio de 2007, Polledo S.A.I.C. y F. adquirió a Catastros y Relevamientos S.A. la totalidad de las acciones de la que ésta última era titular en Comsa S.A., es decir 7.000 acciones ordinarias nominativas no endosables, Clase B, de $100 de valor nominal c/u y de un voto por acción, a un precio de pesos $1.644.921.

Posteriormente, también durante el mismo ejercicio, se suscribió un contrato mediante el cual Polledo S.A.I.C. y F. vendió la totalidad de su tenencia accionaria en Comsa S.A. y Agro-Epsilon S.A. constituida de las acciones mencionadas en el párrafo anterior y las que tenía Polledo S.A.I.C. y F. con anterioridad. La operación se concretó por un precio total de 5.867 toneladas de soja y 11.588 toneladas de maíz duro (el “Precio”), equivalentes al momento de la operación a U$S 2,7 millones. Esta deuda es convertible en dólares estadounidenses, a opción de Polledo S.A.I.C. y F. El Precio es abonado mediante un pago inicial al momento de la suscripción del contrato, equivalente al veinte por ciento del total, una segunda cuota de 522 toneladas de soja y de 1.030 toneladas de maíz duro pagadera el día 15 de mayo de 2007, y el saldo en cuatro (4) cuotas anuales y consecutivas, cada una igual a 1.043 toneladas de soja y 2.060 toneladas de maíz duro, venciendo la primera de ellas el 15 de mayo de 2008 y la última el 15 de mayo de 2011. La operación contempla el pago de un interés compensatorio medido en toneladas de las mismas especies y en las mismas proporciones como están contempladas en el Precio y se calcularán a una tasa anual igual a la que resulte de adicionar a la tasa de los “Federal Funds” (la “Tasa Fed”) un adicional fijo de 9,92 puntos porcentuales. Dichos intereses se aplicarán al saldo impago a partir del 16/12/2007 (inclusive), y serán pagaderos conjuntamente con las cuotas que venzan a partir de dicha fecha. En garantía del pago de todas las obligaciones, la compradora constituyó un derecho real de prenda a favor de Polledo S.A.I.C. y F. sobre las acciones vendidas y entregó cinco pagarés a la vista, uno por cada cuota, que serán devueltos contra el pago de cada una de ellas.

NOTA 6: LIMITACION A LA DISTRIBUCION DE UTILIDADES

En función de lo establecido por el artículo 70, de la ley de Sociedades Comerciales N° 19.550 toda sociedad debe destinar el 5% de las ganancias netas de cada año a una reserva legal hasta alcanzar el 20% de su capital social.

NOTA 7: AVALES Y FIANZAS OTORGADAS

En relación a la participación del Banco de la Provincia de Buenos Aires en el Préstamo Sindicado otorgado a la sociedad vinculada Coviares S.A., Polledo S.A.I.C. y F. se ha constituido en fiador simplemente mancomunado de Coviares S.A., por hasta un límite de $ 52.794.701. No obstante, la fianza será ejecutable solamente en caso de rescisión del contrato de concesión por culpa de Coviares S.A.

NOTA 8: IMPUESTO A LAS GANANCIAS – IMPUESTO DIFERIDO

La evolución y composición de los activos y pasivos por impuesto diferido se detallan a continuación:

RUBROS Saldos al inicio del ejercicio Cargo a resultado del ejercicio Saldos al cierre del ejercicio
$
Quebranto impositivo 5.001.752 (4.630.130) 371.622
Previsiones 1.262.033 10.591 1.272.624
Cargas Fiscales (18.537) 142 (18.395)
Subtotal 6.245.248 (4.619.397) 1.625.851
Previsión para desvalorización (6.245.248) 4.619.397 (1.625.851)
Total - - -

A continuación se presenta una conciliación entre el impuesto a las ganancias cargado a resultados y el que resultaría de aplicar la tasa del impuesto vigente sobre la pérdida contable:

Al 31 de diciembre de 2011 Al 31 de diciembre de 2010
$
Pérdida del Ejercicio (54.175.567) (62.655.524)
Tasa del impuesto vigente 35% 35%
Pérdida del Ejercicio a la tasa del impuesto 18.961.448 21.929.433
Resultado de inversiones en entes relacionados (22.778.847) (20.503.634)
Otras (290.554) (763.649)
Prescripción de quebrantos impositivos (2.465.522) (970.406)
Previsión desvalorización activos diferidos netos 4.619.397 308.256,00
Recupero IGMP 1.954.078 -
Impuesto determinado del Ejercicio - -

Los quebrantos impositivos acumulados registrados por la Sociedad que se encuentran pendientes de utilización al cierre del período ascienden aproximadamente a $1.061.776 y podrán ser compensados con utilidades impositivas de ejercicios futuros, de acuerdo al siguiente detalle:

Ejercicio de generación Monto Ejercicio de expiración
2007 103.47 2011
2008 259.768 2012
2008 325.420 2013
2010 373.118 2015
Total 1.061.776

La Sociedad no ha computado dichos quebrantos en el cálculo del impuesto diferido debido a que estima que no es probable su recupero antes de los plazos de prescripción legales, a la fecha de emisión de los presentes Estados Contables.

NOTA 9: SITUACION FINANCIERA ACTUAL DE COVIMET S.A.

En nota a los Estados Contables especiales de Covimet S.A. al 30 de septiembre de 2011 se menciona lo siguiente:

“Al 30 de setiembre de 2011, los pasivos corrientes de Covimet superan a sus activos corrientes en $ 81.586.230. Esta situación se ha generado como consecuencia del vencimiento de ciertas obligaciones financieras y bancarias que Covimet se había comprometido a cumplir y de las circunstancias mencionadas en las Notas 3 y 16, las cuales han llevado a la Sociedad a no disponer actualmente de un flujo de fondos operativo, que le permita afrontar este endeudamiento.

En consecuencia, Covimet, se encuentra definiendo un plan de acción para obtener los recursos financieros necesarios para ello. En el marco de este plan, ha reestructurado los siguientes préstamos:

Reestructuración de la deuda con Key Largo Trust:

Tal como se menciona en Nota 9, con fecha 10 de mayo de 2005, Covimet ha firmado un acuerdo de reestructuración de la deuda que poseía con Key Largo Trust obteniendo una quita de millones $ 42,6, la cual no está supeditada a condición suspensiva alguna y solo podría quedar sin efecto en el futuro, en el caso que no se cumplieran con las obligaciones contraídas para obtenerla.

Al 30 de setiembre de 2011, la deuda reestructurada que asciende a $ 844 mil se encuentra expuesta en el pasivo de acuerdo a los vencimientos pactados. El resultado por la reestructuración fue registrado en la línea de los Resultados Financieros del Estado de resultados al 30 de junio de 2005.

Reestructuración de la deuda con el Banco Patagonia:

Tal como se menciona en Nota 7.3.2 (1), durante el mes de diciembre de 2004, Covimet procedió a la reestructuración de la deuda que poseía con el Banco Patagonia por millones de $ 18,6, obteniendo una quita de millones de $ 9,5. Al 30 de setiembre de 2011, la Sociedad ha incumplido en el pago de millones de $ 28,43 correspondientes a capital e intereses, situación en virtud de la cual los acreedores podrían reclamar el renacimiento de la obligación original, plantear la caducidad de todos los plazos de vencimientos establecidos y solicitar formalmente la cancelación anticipada de sus acreencias. Al respecto, la Dirección de la Sociedad, a la fecha, no ha recibido intimaciones con relación al pago inmediato por deudas vencidas ni al renacimiento de la obligación original.”

NOTA 10: RESCISION CONTRATO COVIMET S.A.

En nota a los Estados Contables especiales de Covimet S.A. al 30 de septiembre de 2011 se menciona lo siguiente:

“Con fecha 25 de febrero de 2003 el Jefe de Gobierno de la CABA dictó el decreto 149/GCABA/2003 mediante el cual dispuso: (a) revocar el decreto 3135/GCABA/1998, alegando su nulidad absoluta e insanable; y (b) rescindir el contrato de concesión de obra pública para la construcción y concesión de la remodelación y prolongación de la Av. 9 de Julio Tramo Norte (Autopista Arturo Illia), argumentando incumplimiento de Covimet.

El 8 de julio de 2003, la Sociedad promovió una demanda ordinaria contra el GCABA con el objeto de que se declare la nulidad del Decreto 149/GCABA/2003 y se condene a la demandada al pago de los daños y perjuicios derivados del acto administrativo en cuestión y/o el recupero de la concesión. La causa, al cabo de varias incidencias quedó radicada en el Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires N° 1, Secretaría N° 1 y se caratúla “Covimet S.A. c/GCABA s/impugnación de actos administrativos” Expte. N° 8333/0. El GCABA contestó la demanda y actualmente está en la etapa de prueba.

Conjuntamente se interpuso el beneficio de litigar sin gasto, que se caratuló “Covimet S.A. c/GCBA s/Beneficio de Litigar sin Gastos”, el representante del Fisco al contestar el traslado solicitó que se intime a Covimet a abonar la suma de $ 1.276.004 en concepto de Tasa de Justicia, Covimet se opuso basándose en la improcedencia de la intimación frente a lo dispuesto por el Art. 77 CCAyT que declara exenta del pago de la tasa de justicia a la acción principal hasta tanto se resuelva el beneficio. El Juzgado hizo lugar dejando sin efecto la intimación requerida por el Fisco por resultar improcedente.

Con fecha 8 de septiembre de 2008 el Tribunal desestimó el pedido del Beneficio de litigar sin gastos, Covimet interpuso recurso de revocatoria con apelación en subsidio, el 20 de febrero de 2009 se rechazó el recurso e hizo lugar a la apelación interpuesta por Covimet como así también la deducida por el GCBA, el expediente fue elevado a Cámara y con fecha 23 de octubre de 2009 resolvió confirmar la Sentencia dictada en primera instancia. Los asesores legales interpusieron recurso de inconstitucionalidad el día 14 de diciembre de 2009. El 27 de febrero de 2010 la Cámara ordeno correr traslado del mismo al GCBA, esta contestó el recurso de inconstitucionalidad, y los autos pasaron a resolverse. Con fecha 21 de diciembre de 2010 se resolvió rechazar el recurso de inconstitucionalidad interpuesto con costas a la vencida.

Ante dicho juzgado ya tramitaba la causa: “Covimet S.A. c/GCABA s/cobro de pesos” iniciada con anterioridad y cuyo objeto era el cobro de acreencias derivadas del decreto 3135/GCABA/1998, por incumplimiento de pagos. Se cumplió la etapa de prueba. El Juzgado dispuso la acumulación de ambos expedientes, si bien tramitarán en forma separada, por su vinculación las pruebas serán comunes a ambas y se dictará una sola sentencia. En fecha 9 de noviembre de 2010, Covimet solicitó nuevamente la suspensión de los plazos procesales en estas actuaciones hasta tanto la causa “COVIMET S.A. c/ GCBA s/ impugnación de actos administrativos” se encuentre en estado de dictar sentencia. De esta petición formulada por Covimet se dispuso el traslado a la parte demandada, la cual fue notificada mediante cedula el 14 de febrero de 2011. No habiendo recibido dicha presentación respuesta del GCBA, pedimos al Tribunal que disponga la suspensión solicitada.

A raíz de lo explicado precedentemente, Covimet ha adoptado la medida de realizar determinadas previsiones contables sobre ciertos activos, siguiendo el criterio de las normas contables profesionales vigentes, las cuales fueron detalladas en nota a los presentes estados contables especiales. En ningún momento, el hecho de tener estos activos previsionados implica un desistimiento por parte de la Sociedad del derecho que tiene sobre la concesión de la autopista.

A la fecha de emisión de los presentes estados contables especiales no es posible prever el resultado final de los procesos judiciales y, en consecuencia, si la explotación de la mencionada concesión será restituida en forma definitiva a la Sociedad.”

NOTA 11: DEUDAS DE LA SOCIEDAD VINCULADA COVIARES S.A.

En nota a los Estados Contables especiales de la sociedad vinculada Coviares S.A. al 30 de septiembre de 2011 se informa lo siguiente:

  • PRESTAMO SINDICADO

“El 7 de mayo de 2001, Coviares obtuvo un préstamo a largo plazo otorgado por un sindicato de bancos liderado por HSBC Bank Argentina S.A. como Banco Agente, por la suma de US$ 238.814.559 (dólares estadounidenses). De acuerdo con lo establecido por el Decreto N° 214/02 este préstamo fue convertido a pesos a la paridad $ 1 por US$ 1 y se le aplica el CER a partir del 3 de febrero de 2002.

Garantía Prendaria sobre acciones de Coviares: Los principales accionistas de Coviares constituyen derecho real de prenda en primer grado de prelación y privilegio, sobre acciones representativas del 60% del capital social y de los votos de Coviares, por las sumas del préstamo y de las obligaciones asumidas en el marco del Contrato de Préstamo Sindicado y sus complementarios, incluyendo los pagarés a la vista emitidos a favor de los bancos otorgantes. Esta prenda sobre las acciones garantiza también el cumplimiento de todas las obligaciones asumidas por Coviares frente al Banco de la Provincia de Buenos Aires (“Bapro”) en relación con la garantía de cumplimiento emitida por éste a favor del Estado Nacional por la suma de $ 18.046.875; incluyendo la de pagar las comisiones que esta garantía genera a favor del citado banco (Ver Nota 9.1.). Asimismo, en el marco del Contrato de Préstamo Sindicado, los principales accionistas de la Sociedad otorgaron fianza simplemente mancomunada a favor del Bapro, por hasta la suma de su participación en dicho Contrato de Préstamo Sindicado, ejecutable en caso de extinción de la concesión por culpa de la Sociedad.

El 13 de septiembre de 2004, Coviares firmó un contrato de reestructuración mediante el cual se reconoció que el capital adeudado al 2 de septiembre de 2004 ascendía a $ 370.421.571 ($ 238.814.559 deuda original, $ 5.891.056 intereses capitalizados y $ 125.715.956 CER), y sería actualizado mediante la aplicación del CER. Asimismo, se estableció que la deuda devengaría un interés compensatorio sobre saldos a una tasa nominal anual del 8% y sería cancelada en 134 cuotas mensuales a partir del mes de septiembre de 2004 y se ratificaron las garantías otorgadas en el contrato original.

La reestructuración mencionada incluyó la suscripción, el 13 de diciembre de 2004, de la 1° Enmienda al contrato de refinanciación de deuda, la 3° Enmienda al contrato de fideicomiso de garantía y prenda (mencionado en Nota 9) con las entidades bancarias poseedoras del 95% de las acreencias. El 10 de mayo de 2005 fue suscripta la 2° Enmienda al contrato de refinanciación, con la adhesión del 100% de las entidades bancarias al acuerdo de reestructuración y, en consecuencia, comenzaron a regir, con efecto pleno y retroactivo al 13 de septiembre de 2004, los siguientes contratos:

  1. Contrato de refinanciación con las modificaciones introducidas por la 1° y 2° enmienda del 17 de diciembre de 2004 y 10 de mayo de 2005, respectivamente;

  2. La 2° enmienda al contrato de fideicomiso del 13 de septiembre de 2004 y las modificaciones introducidas por la 3° enmienda a dicho contrato el 17 de diciembre de 2004;

  3. La 2° enmienda al contrato de prenda del 13 de septiembre de 2004 y las modificaciones introducidas por la 3° enmienda a dicho contrato el 17 de diciembre de 2004.

Con motivo de la entrada en vigencia de los contratos mencionados en 1., 2. y 3. precedentes, las sumas de dinero depositadas o transferidas a favor de las entidades participantes serán imputadas a la cancelación de las sumas adeudadas conforme al Contrato de refinanciación.

No debe dejar de tenerse en consideración, a los efectos del cumplimiento con los acreedores bancarios, lo descripto en la Nota 3 de los presentes estados contables especiales respecto del Contrato de Concesión. A continuación se exponen algunas de las razones que fundamentan lo descripto anteriormente:

a) Como se conoce, Coviares es una sociedad de objeto único; por ello, las entidades bancarias sólo pudieron tener, como actividad relevante a los fines de la evaluación del riesgo crediticio involucrado en el Contrato de Préstamo, a la Concesión.

b) Ningún activo ni actividad económica alguna pudo servir de respaldo para tomar la decisión del otorgamiento del mutuo, sino la Concesión misma.

c) A su vez, el Contrato de Préstamo es una de las fuentes de recursos para el cumplimiento por Coviares de las inversiones comprometidas en el Contrato de Concesión. Nótese, en las cifras expuestas a continuación, la incidencia del monto dado en mutuo en virtud del Contrato de Préstamo en las inversiones realizadas, en comparación con los recursos propios utilizados.

Total de inversiones: $ 1.439 millones

Monto original dado en mutuo: $ 238 millones

d) El repago del mutuo se encuentra directamente vinculado a los ingresos por peaje. Estos ingresos son la única fuente de recursos de Coviares relevante para las entidades bancarias a los fines del Contrato de Préstamo.

e) Habiéndose otorgado el mutuo bajo ciertas condiciones de la Concesión, la modificación de los términos de ésta sin culpa de las partes necesariamente tiene como consecuencia la reestructuración del Contrato de Préstamo, adecuándolo a las nuevas condiciones de la misma.

f) La modificación del Contrato de Préstamo no significaría un privilegio para Coviares. Por el contrario, la reestructuración de las obligaciones mutuas se encuentra expresamente contemplada en la Ley de Emergencia tanto en las relaciones entre particulares como entre particulares y el Estado.

A la fecha, la Sociedad ha procedido al pago parcial de las cuotas N° 13 a la 85 cuyos vencimientos operaban los días 15 de cada mes, desde septiembre de 2005. Con posterioridad al 10 de agosto de 2002, Coviares efectuó pagos al Banco por $ 183.381.460 por el período transcurrido entre octubre 2002 a septiembre de 2011. Al respecto, Coviares se encuentra en un nuevo proceso de renegociación con sus acreedores bancarios con el objetivo de lograr un equilibrio entre sus compromisos e ingresos. Coviares no ha recibido otras intimaciones en relación al cumplimiento de los compromisos acordados en la reestructuración antes citada, que a la fecha no hayan sido subsanadas. En virtud de esto, la deuda se encuentra expuesta sobre la base de los términos del Contrato de reestructuración antes descriptos, ascendiendo, al 30 de septiembre de 2011, el pasivo corriente a $ 80.107.158 y el pasivo no corriente a $ 929.425.965.

El 31 de octubre de 2007 se decretó una medida cautelar, en la cual se resolvió que los acreedores del Contrato de Préstamo se limiten a percibir mensualmente como pago de la deuda el saldo excedente de los gastos que resulten de obligaciones laborales, fiscales, compromisos de obra y manutención y demás gastos necesarios e imprescindibles para el normal desarrollo y cumplimiento de las obligaciones emergentes del contrato de concesión y por último designar perito informante para determinar con precisión el excedente que resulte de retraer de los ingresos los conceptos mencionados anteriormente.

Una vez cesados los efectos de la medida cautelar, que se informa en el párrafo anterior, y entrando en vigencia el acuerdo de renegociación del contrato de concesión, se establecerá el saldo adeudado en el marco de las modificaciones del préstamo a suscribirse con el conjunto de las entidades participantes.

SEMPER Augustus B.V. es una de las entidades acreedoras de la Sociedad como integrante del Contrato de Préstamo Sindicado. El derecho a cobro de su crédito se encuentra parcialmente restringido por la medida cautelar mencionada. No obstante SEMPER estando en conocimiento de la medida ha iniciado un pedido de quiebra contra Coviares ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N° 23, Secretaría N° 46, expediente n° 56748, caratulado: “Coviares S.A. s/ pedido de quiebra por SEMPER Augustus B.V.”

Con fecha 17 de junio de 2009, hemos sido notificados de la citación a juicio en los términos del artículo 84 de la ley de Concursos y Quiebras. Nuestros asesores legales sostienen que dicho acreedor no cuenta con deuda exigible que haga viable una acción de tal naturaleza, destacando asimismo que no cumplió con ciertas cláusulas del Contrato de Préstamo Sindicado inherentes al ejercicio de las acciones individuales de los acreedores sindicados.

Con fecha 26 de agosto de 2009, se ha dictado sentencia rechazando el pedido de quiebra, por cuanto la peticionante carece de un crédito exigible, que le otorgue la legitimación que invoca. Dicha sentencia ha sido apelada por la parte actora y por Coviares respecto de la imposición en costas. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, Sala B, el 31 de mayo de 2010 dictó sentencia desestimando el recurso de apelación interpuesto por Semper y haciendo lugar al de Coviares, a consecuencia de lo cual, le impuso las costas de ambas instancias a la peticionante de la quiebra.

El 12 de julio de 2011 hemos sido notificado de la resolución judicial por el cual se ordena el levantamiento de la medida cautelar en la causa N° 25.092/7 “Coviares S.A. c/Bapro Mandatos Y Negocios S.A. y otros s/Medida Cautelar”. Con fecha 01 de Agosto de 2011 se planteó el recurso de reposición y subsidiariamente el de apelación pidiendo que se otorgue a ésta última efecto suspensivo o se mantenga la cautelar.

La Cámara no hizo lugar al efecto suspensivo por lo cual a esa fecha no regía medida cautelar alguna y se abocó al tratamiento de los fundamentos de la apelación, a saber, que el decreto 1057/10 no constituye la culminación de la renegociación del contrato a que estaba supeditada la vigencia de la medida cautelar, ya que se limita a reconocer el derecho de Coviares a obtener una determinada tasa interna de retorno a lo largo de toda la concesión y a disponer que se determinen las medidas conducentes a ello, las que aún no se dictaron y que constituirán la real culminación de la negociación y no aspectos parciales de las mismas; entre ellos el reconocimiento de nuestro derecho de obtener la TIR en cuestión, resolviéndose favorablemente el 22 de noviembre de 2011, por lo que actualmente rige la medida cautelar en cuestión.”

  • DEUDAS CON EL ESTADO NACIONAL

“Según surge del Acta Acuerdo de Renegociación Contractual modificada por la Adenda al Acta Acuerdo de enero de 2001, el tratamiento de la Deuda con el Estado Nacional es el indicado en el punto aclaratorio (1) a la Nota 5.4.4. de los presentes estados contables especiales. Dicha deuda, en origen en pesos, fue reexpresada en la Adenda en dólares estadounidenses. El sistema de ajuste de la Deuda, tanto en el contrato de Concesión como en su Adenda, se hallaba establecido en función de la evolución de la tarifa por peaje, régimen basado en la economía propia del contrato.

Conforme lo establecido en la Cláusula OCTAVA del Acta Acuerdo de Reformulación Contractual de 1993 y su Anexo IV, al igual que lo establecido en el Artículo 4° de la Adenda, el Contrato establecía una tarifa de peaje en dólares de los Estados Unidos, adoptando como factor de ajuste o corrección anual la variación porcentual habida en el Índice de Precios al Consumidor –todos los rubros- (Consumer Price Index – All Items-) de los EE.UU. (CPI). Al solo efecto del cobro a los usuarios la tarifa se expresaría en pesos. Desde el 29 de diciembre de 1993 hasta el 31 de diciembre de 2011 se aplicará a la deuda una tasa del 5,70%.

La tarifa de peaje no ha experimentado ajuste alguno desde la habilitación de la Concesión y fue congelada en el año 2001 según lo establecido por la Ley de Emergencia Económica. No obstante lo mencionado, el tratamiento dado a los aportes mencionados en los estados contables emitidos a partir del 30 de junio de 2002 y hasta el 30 de septiembre de 2003 ha sido la pesificación (u$s1 = $1) y aplicación del CER desde el 3 de febrero de 2002.

Por lo explicado precedentemente, y según se menciona en estados contables anteriores y en el punto aclaratorio ya mencionado, Coviares cuestionó la aplicación de cualquier tipo de ajuste al valor de la Deuda que no se corresponda con un aumento de tarifa equivalente, teniendo en cuenta las previsiones contractuales.

Por ello, y considerando que el Contrato de Concesión de Coviares quedó comprendido en el artículo 8° de la Ley 25.561 y pesificadas las obligaciones que derivan de dicho contrato en virtud de sus disposiciones, razón por la cual la deuda con el Estado Nacional no resulta alcanzada por el CER, al no encontrarse incluida entre aquellas obligaciones mencionadas en el Artículo 1° del Decreto 214/02, corresponde, en opinión de sus asesores legales, revertir el ajuste por CER correspondiente a la Deuda con el Estado Nacional, lo cual ha sido reflejado como Ajuste de resultados de ejercicios anteriores en los estados contables al 30 de junio de 2005. Asimismo, se han corregido los resultados de los períodos intermedios.

La posición de Coviares ha quedado confirmada en la Carta de Entendimiento y en el Acuerdo de Renegociación Contractual suscripto el 9 de octubre de 2009 entre Coviares y el Estado Nacional donde se dispone que la deuda con el Estado Nacional en concepto de Aportes Reintegrables al 29 de diciembre de 1993 es nominada en pesos y asciende $ 155.556.798.

Sobre dicho monto se aplicará un interés directo del 5,7% anual y, adicionalmente, se le aplicará la variación porcentual que se disponga para la tarifa básica de peaje de la Estación de Peaje Dock Sud desde el 29 de diciembre de 1993 y hasta la cancelación total de la deuda.

A la fecha de emisión de los presentes estados contables especiales, el OCCOVI intimó el ingreso de la primera cuota de pago propuesta en el acuerdo indicado, que a su criterio venció en el mes de Enero del corriente año. La Sociedad rechazó tal intimación sosteniendo que la deuda en cuestión es uno de los factores que se deben tener en cuenta para implementar lo dispuesto por el Dto. 1057/2010, por lo que, no habiendo cumplido el concedente lo dispuesto por el mismo en los plazos acordados, no puede unilateralmente exigir supuestos incumplimientos ni poner en mora a la Sociedad, ya que para que ello sea viable, no debiera estarlo el requirente, que fue puesto en ella por nuestros reiterados reclamos.”

NOTA 12: CONTINGENCIAS

La Sociedad no reconoce efecto alguno en sus Estados Contables en concepto de contingencias de ganancia en las cuales ella es parte, de acuerdo a las normas de la Comisión Nacional de Valores.

Durante el mes de diciembre de 1994, la Sociedad fue notificada de la sentencia de segunda instancia dictada en el juicio que el consorcio CONEMAR, que integraba con las empresas Seminara S.A., Ecofisa S.A., Conipa S.A. y Francisco Natino e hijos S.A., mantiene con Proyectos Especiales de Mar del Plata Sociedad del Estado (PEMSE). En dicha resolución el juzgado condena al Consorcio a pagar una multa a PEMSE de $ 50.000 más intereses. Dicho fallo fue apelado por las partes.

Durante el mes de julio de 1998, la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires declaró absurda la mencionada sentencia, y que el reclamo realizado era desproporcionado y ordena que se justiprecie la multa correspondiente en primera instancia.

La Sociedad ha realizado una reconvención por una importante suma que PEMSE le adeuda y además entiende que la sentencia es arbitraria pues carece del más elemental análisis de prueba y ha presentando el correspondiente recurso de apelación.

Se ha recibido el traslado de demanda por un incidente de determinación de daños contra los integrantes del consorcio, por los daños y perjuicios que fueron causados a algunos concesionarios de balnearios por la entrega en mora de la obra.

La gerencia de la Sociedad entiende que el consorcio constructor no fue parte en estos juicios ni fue citado como tercero, por lo tanto no les son oponibles las consecuencias de estas sentencias. Consecuencia de ello, ha decidido no contabilizar ningún pasivo por este concepto.

En notas a los Estados Contables Especiales de Coviares S.A. al 30 de septiembre de 2011, sociedad en la que Polledo S.A.I.C. y F. mantiene una participación directa e indirecta del 31,78 %, se informa lo siguiente:

“b) Tasa de Seguridad e Higiene

Con fecha 19 de diciembre de 2002, se interpuso una Acción Declarativa ante la Justicia Federal contra todos los municipios por los que atraviesa la traza de la Autopista Buenos Aires – La Plata que tenían pretensiones de cobrar dicha Tasa, peticionándose una orden de no innovar, que fue otorgada y apelada por los fiscos respectivos. La deuda reclamada asciende a $ 3.861.942 y los municipios en cuestión son los de Avellaneda, Quilmes y Berazategui. El 6 de agosto de 2007 se suscribió un reconocimiento de deuda con la Municipalidad de Avellaneda por la tasa de Seguridad e Higiene por los períodos comprendidos entre abril de 2003 y marzo 2007 inclusive. Además el 21 de septiembre de 2009 Coviares se acogió a un Plan de Facilidades de Pagos por el período comprendido entre abril 2007 y diciembre 2008. La presentación se realizó con reserva de derechos de continuar con la acción declarativa iniciada, y en el caso de una resolución favorable solicitar la repetición de los montos ingresados. La deuda se regularizó mediante un plan de pagos, que se expone, de acuerdo con el cronograma de vencimientos, en deudas fiscales corrientes y no corrientes.

Encontrándose firme la medida cautelar contra el Municipio de Berazategui que dispone la abstención del pretendido reclamo del municipio a Coviares al pago de la Tasa de Seguridad e Higiene, haciendo caso omiso, dicho municipio ha iniciado un juicio de Apremio trabando como medida cautelar un embargo sobre los fondos disponibles en una cuenta bancaria por un importe de $ 1.332.153,13 Dicha acción ha sido impugnada por Coviares por improcedente e ilegítima. El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 8 del Departamento Judicial de Quilmes desestimó el planteo y Coviares interpuso un recurso de apelación para ser resuelto por la Cámara de Apelaciones, la cual el 1 de octubre de 2009 rechazó el recurso interpuesto confirmando la apelada resolución, con imposición de costas. Se interpuso Recurso Extraordinario ante la Suprema Corte de Justicia que le ha sido concedido. El 22 de diciembre de 2009 se suscribió un reconocimiento de deuda con la Municipalidad de Quilmes por períodos comprendidos entre diciembre 2002 y mayo 2009.

El 27 de mayo de 2010 se suscribió un nuevo reconocimiento de deuda con la Municipalidad de Avellaneda por la tasa de Seguridad e Higiene por los períodos comprendidos entre agosto de 2007 y abril de 2010. Las presentaciones se realizaron con reserva de derechos de continuar con la acción declarativa iniciada, y en el caso de una resolución favorable solicitar la repetición de los montos ingresados. La deuda se regularizó mediante un plan de pagos.

El 06 de mayo de 2010 la Municipalidad de Berazategui inició juicio de apremio contra esta sociedad por la suma de $ 5.070.708,69 en concepto de capital más $ 1.521.212,60 que se presupuestan para cubrir intereses y costas de la ejecución, proveniente de una deuda por Inspección por Seguridad e Higiene, la misma tramita ante el Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial N° 9 Departamento Judicial de Quilmes, Autos: Municipalidad de Berazategui c/Coviares SA. S/Apremio Expte 26723/9, a la fecha se contestó demanda oponiendo excepciones.

c) Demanda de Construcciones Meijide S.A.C.I.

Coviares y Covimet han sido demandados por ciertos acreedores de Construcciones Meijide S.A.C.I., un accionista minoritario de la Sociedad cuya quiebra fue decretada en el año 1983. La demanda persigue la declaración de nulidad o inexistencia de los actos societarios que conforman el aumento de capital decidido en la asamblea de Coviares de fecha 19 de agosto de 1983. Basándose en la opinión de sus asesores legales, la Sociedad estima que el resultado final será favorable a sus intereses, razón por la cual no ha contabilizado pasivo por este concepto.

Mediante Sentencia N° 234 de fecha 12 de mayo de 2011 se rechazó las demandas interpuestas por los Actores en contra de Coviares S.A. haciendo lugar a las defensas de prescripción y caducidad planteadas en la correspondiente contestación de demanda. Los actores y la sindicatura interpusieron recursos de apelación en contra de la misma. Una vez notificada la Sentencia aclaratoria y las respectivas concesiones de los recursos de apelación, el expediente fue elevado a la Cámara 2° a los fines de las correspondientes expresiones de agravio y los traslados a esta parte. Aguardando notificación de los apelantes del traslado para expresar agravios.

  1. Impuesto a las ganancias e impuesto a la ganancia mínima presunta

La Sociedad goza de una exención objetiva en el impuesto a las ganancias (Ver Nota 2). Dicha exención surge del Contrato original de Concesión y aplica para aquellos resultados producidos por la explotación de la obra pública. La Sociedad considera que esta exención es aplicable también al impuesto a la ganancia mínima presunta, en atención a su carácter complementario del anterior.

No obstante lo antes mencionado, la Sociedad comenzó a tributar el impuesto a la ganancia mínima presunta y sus anticipos con el objeto de evitar reclamos, y con el propósito de efectuar las presentaciones correspondientes ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) a efectos de obtener el reconocimiento de su postura. Dichas presentaciones se han demorado debido a que se están realizando gestiones previas ante el Concedente, con el objeto de establecer una posición común, o de obtener por parte de éste, el reconocimiento del cargo por este impuesto. Sin perjuicio de ello, la Sociedad presentó las declaraciones juradas correspondientes a los ejercicios 1999 a 2010 considerando a la obra como un activo exento.

Con fecha 15 de agosto de 2001 la AFIP - a nivel de inspección - comunicó la prevista en la que rechaza la exención en el impuesto a la ganancia mínima presunta por los ejercicios 1999, 2000, 2001 y el tratamiento aplicado a los bienes de cambio en relación con este impuesto. Respecto a esto, se tomó vista de la Determinación de Oficio y el 19 de junio de 2003 Coviares presentó el escrito de descargo alegando y ofreciendo pruebas que avalan su postura. El 15 de octubre de 2003 se ordenó la apertura a prueba, por tal motivo las mismas han sido presentadas por la Sociedad.

El 29 de diciembre de 2004 la AFIP comunicó la Resolución del 15 de diciembre de 2004 en la cual determina nuevamente la deuda para el período 1999 en $ 1.535.852,81 y para el ejercicio 2000 en $ 4.281.279,94, haciendo lugar parcialmente a los agravios desarrollados al contestar la vista. Además determina intereses por ambos períodos hasta el 15 de diciembre de 2004 por $ 9.052.630,57 y aplica una multa del 70 % que asciende a $ 4.071.992,93.

El 8 de julio de 2005 la AFIP comunicó la determinación de oficio por el período 2001, en la cual la deuda determinada asciende a $ 4.697.428,87, es decir que luego de la impugnación de la determinación de deuda efectuada por los inspectores actuantes la deuda disminuyó en $ 1.832.586,61. Por el período 2001 la Sociedad efectuó descargo, alegó y ofreció prueba mediante una presentación de fecha 2 de agosto de 2005.

El 27 de junio de 2006 la AFIP comunicó la determinación del año 2001, intimando el pago de $ 4.697.428,27 en concepto de impuesto, de $ 6.479.320,22 en concepto de intereses y $ 3.288.200,21 por una multa del 70%. A la fecha de emisión de los presentes estados contables especiales, la Sociedad apeló ante el Tribunal Fiscal la resolución de fecha 15 de diciembre de 2004 y la determinación comunicada el 27 de junio de 2006 solicitando además el beneficio de litigar sin gastos respecto de los períodos 1999 al 2001.

El impuesto abonado por los ejercicios finalizados el 30 de junio de 1999 al 2011 asciende a $ 9.341.443 y se expone dentro de Otros créditos no corrientes, a la espera de una resolución favorable de la AFIP, o del debido resarcimiento por parte del Concedente.

El 15 de junio de 2010 la Corte Suprema de Justicia de la Nación dictó un fallo sobre la causa Hermitage S.A. c/ Poder Ejecutivo Nacional - Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos - Título 5 - ley 25.063” cuyos fundamentos respaldan en gran medida la posición sobre la cual la sociedad funda su criterio. Basándose en la opinión de sus asesores impositivos, la Sociedad estima que se arribará a una resolución favorable para sus intereses y que el criterio mantenido será aceptado.

El 08 de julio de 2005 Coviares inició una acción declarativa conjuntamente con una medida cautelar de prohibición de innovar contra AFIP y contra el PEN con el objeto de que se determine si la exención prevista por contrato y establecida expresamente por Decreto 497/31, con fuente en la Ley 17.520 y la Ley 21.691 respecto al pago del Impuesto a las Ganancias producidas por la explotación de la Autopista La Plata-Buenos Aires alcanza también al impuesto sobre las ganancias mínimas presuntas, a cuyo pago AFIP pretende obligar a la firma, en esta acción se demanda al PEN a los fines de integrarlo a la litis en carácter de parte del contrato que nos ocupa y consecuentemente a participar del debate de la cuestión referida al mantenimiento de la ecuación económica financiera toda vez que la exención del impuesto a las ganancias fue otorgado por el mismo. Tramita ante el Juzgado Federal Contencioso Administrativo N° 10, Secretaria 19, Autos: Coviares S.A. c/Poder Ejecutivo Nac. Y AFIP s/Acción Declarativa Expte. N° 22.510/2005, desde el 08 de abril de 2010 está a Sentencia de Primera Instancia.

Coviares promueve demanda contra AFIP a fin de declarar la nulidad de la resolución AFIP 308/07 por el cual deniega el Recurso de Reconsideración contra la Resolución 52/07 por la que resuelve no hacer lugar al Recurso de Repetición impetrado por esta sociedad y consecuentemente se ordene la devolución de $ 3.244.459,35 más intereses ingresados a la AFIP indebidamente por error en concepto de Ganancia Mínima Presunta por el período fiscal anual 1999, la misma tramita ante el Juzgado de Primera Instancia Contencioso Administrativo Federal N° 3, Secretaria N° 5 Autos: Coviares S.A. c/Estado Nacional AFIP DGI Resolución 308/07 (LGCN) s/DGI Expte. 34.586/07. La AFIP contesta demanda oponiendo excepción de litispendencia, que fue rechazada en primera instancia y atento a que existe otro proceso judicial entre las mismas partes se ordena al Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Federal N° 10, Sec. 19 remitir el Expte 22.510/05 a fin de acumular los procesos, lo que a la fecha aún no se produjo toda vez que el expediente subió a Cámara con motivo de la apelación de la demanda hecha por la AFIP en cuanto le rechazaron la litispendencia.

El 7 de septiembre de 2011, se obtuvo la sentencia de primer instancia a favor de la AFIP, al mes siguiente se apeló dicha resolución. El expediente se elevó a cámara y con fecha 2 de diciembre de 2011 se presentó la expresión de agravios. El 5 de diciembre de 2011 se dio traslado a la contraria.

Independientemente de lo indicado, el 27 de diciembre de 2011 la sociedad comunicó a la AFIP que se encuentra en la situación de producción de quebrantos contemplada en el citado fallo de la Corte Suprema de la Nación producida en el caso Hermitage SA, por lo cual suspendía el pago del Impuesto que venia haciendo sobre los activos no afectados a la explotación de obra publica, de cuya concesión es titular, criterio que se entiende debe ser aceptado por dicha Repartición, sin perjuicio de lo cual, se consideró prudente mantener y actualizar la provisión relativa al Impuesto en cuestión

  1. Otras

La AFIP-DGI dictó una resolución determinativa en concepto de Impuesto a las Ganancias, reclamando capital e intereses; la determinación se origina en un cuestionamiento de la AFIP vinculado con la existencia de determinados bienes de cambio. Al 30 de septiembre de 2011 la deuda por este concepto ha sido regularizada mediante el Plan de Facilidades de Pago Ley 26.476 cuyo acogimiento ha sido realizado en abril de 2009.”

En nota a los Estados Contables especiales de Covimet S.A. al 30 de septiembre de 2011 se menciona lo siguiente:

“a) Impuesto al valor agregado

El 28 de diciembre de 2000 la AFIP notificó el cierre del procedimiento de determinación de oficio por un ajuste en concepto del Impuesto al Valor Agregado, por un monto nominal aproximado de $ 5,9 millones por considerar gravadas por ese impuesto a las diferencias reconocidas por el GCABA, que la Sociedad considera que no integran la base imponible.

Las diferencias reconocidas por el GCABA se originaron por demoras en el cumplimiento del Convenio del 3 de enero de 1991 y en diferencias originadas por el cálculo de intereses reconocidos con una tasa distinta a la pactada conforme a las normas legales de aplicación.

Además del ajuste mencionado, la AFIP determinó diferencias respecto del momento en el cual se consideró nacido al hecho imponible correspondiente a los subsidios recibidos de la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires.

La Sociedad presentó un Recurso de Apelación ante el Tribunal Fiscal por considerar exentos a los intereses por ser consecuencia de pagos diferidos de deudas comprendidas en las Leyes 13.064 y 21.392. Asimismo, la empresa considera que el hecho imponible de los subsidios no se produjo con su percepción, sino por su consolidación en el patrimonio de la sociedad. A todo evento, solicitó la aplicación del criterio legal de “correcciones simétricas”.

El Tribunal falló a favor de Covimet en lo que hace a la exención de intereses y a la aplicación del criterio de correcciones simétricas, ordenando efectuar una nueva liquidación, la que, en su caso, será apelada ante la Cámara Federal, ya habiéndose apelado el fallo dictado, lo que también hizo el fisco. Se recibió la liquidación de la AFIP que determinó el mismo capital original y mayores intereses la que hizo un total de $ 5.271.874. La liquidación fue impugnada por la sociedad por no ajustarse a lo resuelto y por la incongruencia explicada precedentemente. Dicha impugnación se encuentra en trámite. La Cámara Federal revocó el fallo anterior y el Fisco apeló ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Tribunal en el que tramita actualmente. La Sociedad estima que la resolución final de esta cuestión no tendrá un impacto adverso significativo en el patrimonio y en los resultados de sus operaciones.

b) Demanda de Construcciones Meijide S.A.C.I.

Covimet y Coviares han sido demandados por ciertos acreedores de Construcciones Meijide S.A.C.I., un accionista minoritario de la Sociedad cuya quiebra fue decretada en el año 1983. La demanda persigue la declaración de nulidad o inexistencia de los actos societarios que conforman la suscripción del aumento de capital decidido en la asamblea de Covimet de fecha 06 de abril de 1983. Basándose en la opinión de sus asesores legales, la Sociedad estima que el resultado final será favorable a sus intereses, razón por la cual no ha contabilizado pasivo por este concepto.

Mediante Sentencia N° 234 de fecha 12 de mayo de 2011 se rechazó las demandas interpuestas por los Actores en contra de Coviares S.A. haciendo lugar a las defensas de prescripción y caducidad planteadas en la correspondiente contestación de demanda. Los actores y la sindicatura interpusieron recursos de apelación en contra de la misma. Una vez notificada la Sentencia aclaratoria y las respectivas concesiones de los recursos de apelación, el expediente fue elevado a la Cámara 2° a los fines de las correspondientes expresiones de agravio y los traslados a esta parte. Aguardando notificación de los apelantes del traslado para expresar agravios.”

NOTA 13: APLICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN TÉCNICA N°26 DE LA F.A.C.P.C.E.

La Comisión Nacional de Valores, a través de las Resoluciones 562/09 y 576/10 ha establecido la aplicación de la Resolución Técnica N° 26 de la F.A.C.P.C.E., que adopta las Normas Internacionales de Información Financiera (“NIIF”) emitidas por el IASB (Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad), para las entidades incluidas en el régimen de oferta pública de la Ley N° 17.811, ya sea por su capital o por sus obligaciones negociables, o que hayan solicitado autorización para estar incluidas en el citado régimen.

La aplicación de tales normas resultará obligatoria para la Sociedad a partir del ejercicio que se inicie el 1° de enero de 2012, siendo los primeros estados financieros trimestrales los correspondientes al 31 de marzo de 2012.

Como consecuencia de esta nueva normativa, la Sociedad ha iniciado el proceso de evaluación de los efectos que tendrá la adopción de las NIIF respecto de las normas contables actualmente aplicadas. Cabe mencionar que con fecha 30 de abril de 2010 el Directorio ha aprobado el plan de implementación específico que se llevará a cabo para la adopción de dichas normas contables, el cual está en proceso de ejecución.

A la fecha de los presentes Estados Contables, la Sociedad se encuentra avanzando de acuerdo con lo establecido en el mencionado plan con el propósito de adoptar las Normas Internacionales de Información Financiera en los plazos previstos.

Si bien la aplicación de las NIIF resultará obligatoria para la Sociedad a partir del ejercicio que se inicie el 1º de enero de 2012, la Dirección de la Sociedad ha concluido el diagnóstico de las principales diferencias en materia de valuación entre las NIIF y las NCV que afectan a la Sociedad y ha preparado una cuantificación de las mismas asumiendo como fecha de transición a NIIF el 1° de enero de 2011. Dicha cuantificación se expone en la Nota 6 de los Estados Contables Consolidados.

NOTA 14: REDUCCIÓN OBLIGATORIA DE CAPITAL

Al 31 de diciembre de 2011, los resultados negativos acumulados registrados por la Sociedad insumen las reservas y más del 50% del capital social. A la fecha de cierre de los presentes Estados Contables, la Sociedad se encuentra alcanzada por las disposiciones del artículo 206 de la Ley 19.550 de Sociedades Comerciales. Los accionistas, reunidos en Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria celebrada el 28 de abril de 2011, resolvieron diferir el tratamiento de las medidas a adoptar para revertir tal situación al aguardo de la resolución del proceso de renegociación contractual de Coviares S.A. mencionado en nota 5.2 de los presentes Estados Contables.

INVERSIONES EN ACCIONES, VALORES NEGOCIABLES Y PARTICIPACIONES
PERMANENTES EN SOCIEDADES
Estado de Situación Patrimonial al 31 de diciembre de 2011 y 31 de diciembre de 2010 En Pesos

Anexo “C”

Emisor y Características de los valores Porcentaje de participación al 31/12/2011 Valor Registrado al 31/12/2011 Valor Registrado al 31/12/2010
$
NO CORRIENTES
Alcalis de la Patagonia S.A.I.C. 0,20 1.011.047 1.011.047
Coviares S.A. 18,6917 - 52.971.118
Lismore International S.A. 31,80 - 10.536.695
Catastros y Relevamientos S.A. 97,92 65.974 75.936
Polledo do Brasil Concessões e Investimentos Ltda. 99,99 22.956.442 25.248.741
Eriday Unión Transitoria de Empresas (*) 2.208.149 2.208.149
Otras Inversiones 80.466 80.466
Subtotal 26.322.078 92.132.152
Previsión para desvalorización (Anexo E) (3.294.052) (3.294.052)
Total 23.028.026 88.838.100

(*) La Sociedad tiene una participación del 6,083% de las pérdidas y 6,4919% respecto de las utilidades.

PARTICIPACIONES PERMANENTES EN SOCIEDADES
Estado de Situación Patrimonial al 31 de diciembre de 2011 En Pesos

Anexo “C 1”

Emisor y Características de los Valores Clase Cantidad de Acciones Valor Nominal $ Porcentaje de participación al 30/09/2011 INFORMACION SOBRE EL EMISOR
Actividad Principal ULTIMOS ESTADOS CONTABLES
Fecha Capital Resultado del Ejercicio Patrimonio Neto Valuación Patrimonial
$
Alcalis de la Patagonia S.A.I.C. Ordinarias 378.651 1 0,20 Prod. Soda Solvay 30/06/2007 189.510.592 (54.311.507) (590.090.838) -
Covimet S.A. Ordinarias 31.802 1 31,802 Concesionaria Vial 30/09/2011 100.000 (96.113.130) (86.249.872) -
Coviares S.A. Ordinarias 37.425.669 1 18,6917 Concesionaria Vial 30/09/2011 200.226.175 (285.571.171) 63.104.150 -
Lismore International S.A. Ordinarias 14.616.123 1 31,80 Inversora 30/09/2011 40.350.980 (8.197.049) 15.173.382 -
Catastros y Relevamientos S.A. Ordinarias 4.700 1 97,92 Relevamiento catastral 31/12/2011 106.928 (9.061) 68.491 65.974
Polledo do Brasil Concessões e Investimentos Ltda. Ordinarias 8.529.167 1 99,99 Prestación de servicios de asesoramiento 31/12/2011 4.291.076 (2.144.071) 21.797.974 22.956.442
Eriday Unión Transitoria de Empresas - - - (*) Constructora 31/12/2010 - (16.887.796) (96.122.640) -

(*) La Sociedad tiene una participación del 6,083% de las pérdidas y 6,4919% respecto de las utilidades.

PREVISIONES
Correspondiente al ejercicio iniciado el 1° de enero de 2011 y finalizado el 31 de diciembre de 2011, presentado en forma comparativa con el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2010.
En Pesos

Anexo “E”

R U B R O S Saldo al comienzo del Ejercicio Aumentos del Ejercicio (I) Saldo al 31/12/2011 Saldo al 31/12/2010
Deducidas del Activo $
Participaciones Permanentes en Sociedades
Previsión para Desvalorización - Alcalis de la Patagonia S.A.I.C. 1.011.047 - 1.011.047 1.011.047
Previsión para Desvalorización -Otras Inversiones 74.856 - 74.856 74.856
Previsión para Desvalorización - Eriday U.T.E. 2.208.149 - 2.208.149 2.208.149
Totales al 31/12/2011 3.294.052 - 3.294.052
Totales al 31/12/2010 3.294.052 - 3.294.052
Incluidas en el Pasivo
Previsiones varias 456.352 24.811 481.163 456.352
Totales al 31/12/2011 456.352 24.811 481.163
Totales al 31/12/2010 431.541 24.811 456.352

(I) El cargo fue imputado al rubro Resultados financieros y por tenencia del Estado de Resultados.

ACTIVOS Y PASIVOS EN MONEDA EXTRANJERA
Estado de Situación Patrimonial al 31 de diciembre de 2011 y 31 de diciembre de 2010
En Pesos

Anexo “G”

Monto de moneda extranjera al 31/12/2011 Tipo de cambio vigente Clase de Moneda Importe Contabilizado al 31/12/2011 Importe Contabilizado al 31/12/2010
$
ACTIVO
ACTIVO NO CORRIENTE
Otros Créditos
Soc. Art. 33 Ley 19.550 1.892 2,29 R$ 4.333 4.390
Soc. Art. 33 Ley 19.550 1.351.582 4,26 U$S 5.763.147 3.747.443
TOTAL ACTIVO NO CORRIENTE 5.767.480 3.751.833
TOTAL ACTIVO 5.767.480 3.751.833
PASIVO
PASIVO CORRIENTE
Deudas
Comerciales 15.738 4,304 U$S 67.738 62.576
TOTAL PASIVO CORRIENTE 67.738 62.576
PASIVO NO CORRIENTE
Otras Deudas
Soc. Art. 33 Ley 19.550 - 4,304 U$S - 26.589.228
Soc. Art. 33 Ley 19.550 11.269.218 2,44 R$ 27.496.893 -
TOTAL PASIVO NO CORRIENTE 27.496.893 26.589.228
TOTAL PASIVO 27.564.631 26.651.804
U$S = Dólares estadounidenses
R$ = Reales
INFORMACIÓN REQUERIDA POR EL ART. 64 INC. B) DE LA LEY 19.550
Correspondiente al ejercicio iniciado el 1° de enero de 2011 y finalizado el 31 de diciembre de 2011, presentado en forma comparativa.
En Pesos

“Anexo H”

R U B R O Gastos de Administración Totales al 31/12/2011 Totales al 31/12/2010
$
Gastos órganos de contralor 92.828 92.828 106.127
Honorarios a Directores 203.151 203.151 190.278
Honorarios y retribuciones por servicio 422.793 422.793 412.694
Impuestos, tasas y contribuciones 27.999 27.999 69.645
Licitaciones y suscripciones 11.820 11.820 11.518
Impresos y papelería 1.024 1.024 1.564
Participación en Catrel S.A. U.T.E. 5.536 5.536 5.082
Diversos 89.789 89.789 70.295
Total al 31 de diciembre de 2011 854.940 854.940
Total al 31 de diciembre de 2010 867.203 867.203
PAUTAS DE ACTUALIZACION Y PLAZOS ESTIMADOS DE VENCIMIENTO DE CREDITOS Y PASIVOS
Estado de Situación Patrimonial al 31 de diciembre de 2011
En Pesos
“Anexo I”
Créditos por Ventas Otros Créditos Deudas Comerciales Cargas Fiscales Otras Deudas
$
Vencido
Hasta seis meses - 1.826.396 - - -
Subtotal - 1.826.396 - - -
A vencer
Hasta tres meses - 49.909 141.523 275.304 161.808
De tres a seis meses - - - 3.472 -
De seis a nueve meses - - - 101.790 41.317
De nueve a doce meses - - - 4.035 -
De uno a dos años - - - 21.418 -
De dos a tres años - - - 27.902 -
Mas de tres años - - - 197.969 -
Subtotal - 49.909 141.523 631.890 203.125
Sin plazo establecido (1) (2) 220.398 10.490.164 - - 32.305.861
Total 220.398 12.366.469 141.523 631.890 32.508.986
No devengan interés: 220.398 1.495.094 141.523 98.957 5.012.093
Sí devengan interés:
A tasa variable - 1.826.396 - - -
A tasa fija - 9.044.979 - 532.933 27.496.893
Total 220.398 12.366.469 141.523 631.890 32.508.986
Sin cláusula de ajuste 220.398 10.540.073 141.523 631.890 32.508.986
Con cláusula de ajuste - 1.826.396 - - -
Total 220.398 12.366.469 141.523 631.890 32.508.986
(1) Otros créditos sin plazo, incluyen $9.932.625, clasificados como No Corrientes
(2) Otras deudas sin plazo, incluyen $32.296.887, clasificados como No Corrientes

Estados Contables al 31 de diciembre de 2011

INFORMACION SOLICITADA POR EL ARTICULO 68 DEL REGLAMENTO DE LA BOLSA DE COMERCIO DE BUENOS AIRES

1º) No existen.

2º) Ver Notas 2, 5, 9 y 12 a los Estados Contables.

3º) Ver Anexo I.

4º) Ver Anexo G e I.

5º) Ver Nota 5 y Anexos C, C1 e I.

6º) No existen.

7º) No corresponden.

8º) Ver Nota 2 a los Estados Contables.

9º) No corresponde.

10º) No corresponde.

11º) No existen.

12º) Ver Nota 2 a los Estados Contables.

13º) No existen.

14º) Ver Nota 2 y Anexo E a los Estados Contables.

15º) Ver Nota 12 a los Estados Contables.

16º) No corresponde.

17º) No corresponde.

18º) Ver Nota 6 y 14 a los Estados Contables.

POLLEDO S.A.I.C. y F.

RESEÑA INFORMATIVA

AL 31 DE DICIEMBRE de 2011

RESEÑA INFORMATIVA AL 31 DICIEMBRE de 2011

CONCESIONES VIALES EN EL PAÍS: COVIARES S.A. (AUTOPISTA BUENOS AIRES – LA PLATA) Y COVIMET S.A. (AUTOPISTA ARTURO UMBERTO ILLIA)

Coviares S.A.

En nota a los Estados Contables Especiales de Coviares S.A. al 30 de septiembre de 2011 se menciona lo siguiente:

“ACTIVIDADES DE LA SOCIEDAD

La Sociedad tiene como objeto social la construcción, conservación y explotación de la Autopista La Plata - Buenos Aires, Ribereña de la Capital Federal y Nuevo Puente sobre el Riachuelo, de acuerdo con el Acuerdo de Reformulación del contrato de concesión (“el Contrato de Concesión”) de fecha 29 de diciembre de 1993, celebrado con la Secretaría de Obras Públicas y Comunicaciones del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos de la Nación (“la Secretaria de Obras Públicas” o “el Concedente”), que fue aprobado por Resolución Ministerial Nº 538/94 y decreto del Poder Ejecutivo Nacional. La concesión comprende, entre otras obligaciones, la construcción de la autopista, el mantenimiento, reparación y conservación de las obras y la administración, explotación y prestación de servicios durante el período de concesión.

El día 22 de diciembre de 2000, Coviares y la Secretaría de Obras Públicas suscribieron una adenda al Acuerdo de Reformulación antes mencionado. Dicha adenda fue aprobada por el Decreto Nº 85/2001 del Poder Ejecutivo Nacional, firmado el 25 de enero de 2001 y publicado en el Boletín Oficial el 30 de enero de 2001. Las principales modificaciones surgidas de la misma se detallan a continuación: (i) prórroga de la fecha de vencimiento del cronograma de obras; (ii) ampliación de los plazos para la devolución de la deuda con el Estado Nacional (Ver Nota 5.4.4.(1)), cuyos pagos comenzarán a hacerse efectivos a partir de enero de 2012, más los intereses correspondientes sobre saldos, calculados a la tasa del 6% anual y directa; y (iii) exclusión de la adenda de la Autopista Ribereña de la Capital Federal hasta tanto se defina la traza y anteproyecto de dicha autopista.

El plazo de concesión es de veintidós años contados a partir de la fecha de habilitación de la primera casilla de peaje (1° de julio de 1995).

Una vez finalizado el período de concesión, la Sociedad no conservará ningún derecho sobre la obra, cuyo dominio pertenece al Estado, ni sobre su explotación, excepto por los que surjan de eventuales reclamos que puedan hacerse a este último.

De acuerdo con el Contrato de Concesión, Coviares es responsable y está obligada al pago de todos los impuestos, tasas y contribuciones que se apliquen a los bienes entregados por el Concedente o los que construya o incorpore a las obras, así como a las actividades que realice, sean dichos tributos de origen nacional, provincial o municipal, con excepción del pago del impuesto a las ganancias reales o presuntas, en virtud de la exención establecida en dicho contrato.

A la fecha no existen otros hechos, además de los informados en Nota 3, que hagan presumir la existencia de dificultades en el cumplimiento de las obligaciones emergentes del Contrato de Concesión. Es importante destacar que a la fecha el Concedente no ha aplicado multas ni sanciones por incumplimiento de las obligaciones contractuales que se encuentren firmes, estimándose que serán dejadas sin efecto.

Asimismo, sobre la base de sus proyecciones, la Sociedad prevé que los ingresos a obtener durante el período de concesión le permitirán absorber el valor residual de la obra ya realizada y el costo de las obras a realizarse. Al 30 de septiembre de 2011, los pasivos corrientes superan a sus activos corrientes en $ 108.314.036. Además, a pesar de la crítica situación descripta, al 30 de septiembre de 2011, Coviares se encuentra construyendo el tercer carril entre Quilmes y el Acceso Sudeste, dado que el tránsito alcanzó los niveles que definen la necesidad de su construcción.

Asimismo, se continuó con los trabajos de mantenimiento, conservación y mejorativos de la calzada existente a los fines de mantener los índices técnicos contractuales de la autopista.”

“RENEGOCIACIÓN DE CONTRATOS CELEBRADOS CON LA ADMINISTRACIÓN PUBLICA

A partir de la sanción de la Ley Nº 25.561 (Ley de Emergencia Pública y Reforma del régimen cambiario), quedaron sin efecto las cláusulas de ajuste en dólares u otras monedas extranjeras u otros mecanismos indexatorios incluidos en los contratos celebrados con la Administración Pública. Los precios y tarifas vigentes a dicha fecha fueron convertidos a pesos al tipo de cambio de $ 1 por US$ 1. Asimismo, el Gobierno Nacional quedó autorizado a renegociar dichos contratos debiendo tomar en consideración aspectos tales como el impacto de las tarifas en la competitividad de la economía y en la distribución de los ingresos, la rentabilidad de las empresas, etc. En cumplimiento de ello, a partir del dictado del Decreto 293 del 12 de febrero de 2002, se dio inicio al proceso de renegociación contractual, mediante la creación de la Comisión de Renegociación de Contratos de Obras y Servicios Públicos, para que las concesionarias de obras y servicios públicos presentaran sus propuestas de renegociación.

Los plazos originalmente establecidos para el proceso de negociación fueron prorrogados y a través del Decreto N° 311 del 3 de julio de 2003, se creó una nueva Comisión en el ámbito de los Ministerios de Economía y Producción y de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, en sustitución de la constituida anteriormente, denominada “Unidad de Renegociación y análisis de Contratos de Servicios Públicos” (“UNIREN”).

UNIREN, a través de la Ley 25.790 de octubre de 2003, dispuso que los acuerdos de renegociación podrían abarcar aspectos parciales de los contratos de concesión o licencia, incluyendo la posibilidad de revisiones periódicas.

La referida UNIREN debatió con los concesionarios, la suscripción de una “Carta de Entendimiento” que regiría en forma transitoria hasta la suscripción del Acuerdo definitivo previsto por la mencionada ley 25.790, a debatirse en Audiencia Pública.

A la fecha de emisión de los presentes estados contables especiales se ha sancionado la ley 26.729, la cual prorroga los plazos de la emergencia hasta el 31 de diciembre de 2013, con igual extensión en el plazo de renegociación contractual.

A lo largo del proceso antes explicado, Coviares efectuó varias presentaciones ante la Comisión de Renegociación de Contratos de Obras y Servicios Públicos, ahora UNIREN, en las cuales se sugieren distintas alternativas para aliviar la crítica situación que provocan las medidas mencionadas.

Con fecha 21 de febrero de 2007 se ha suscripto una Carta de Entendimiento que tiene por objeto establecer las bases y condiciones que se estiman razonables y convenientes para adecuar el Contrato de Concesión en las actuales condiciones de la Sociedad y la economía del país. El documento ha sido debatido en una Audiencia Pública, celebrada el 28 de junio de 2007 por Disposición N° 1/2007 de la UNIREN, cuyas conclusiones fueron consideradas, para definir el Acuerdo de Renegociación Contractual, “ad referéndum” del Poder Ejecutivo Nacional.

Con fecha 29 de enero de 2009 se suscribió el Acuerdo de Renegociación Contractual mencionado y con posterioridad al consenso alcanzado, se produjo el cambio de la autoridad a cargo del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas efectuándose adecuaciones derivadas de dicha circunstancia, manteniendo los términos y condiciones de su antecedente de fecha 29 de enero de 2009, suscribiéndose un nuevo Acuerdo de Renegociación Contractual con fecha 9 de octubre de 2009 “ad. Referéndum” de la firma del Decreto del Poder Ejecutivo Nacional.

El Acta Acuerdo de Renegociación ha regresado a la UNIREN y ésta remitió por nota N° 246 de fecha 30 de junio de 2009 al Honorable Congreso de la Nación la propuesta de renegociación contractual de Coviares que tramita bajo el expediente CUDAP EXP-S 01:0257392/2002, luego de lo cual el Congreso tomo intervención de acuerdo al art. 4 de la Ley 25.790. A la fecha de los presentes estados contables especiales se ha alcanzado el acuerdo con la UNIREN. La Asamblea Extraordinaria de Accionistas se expidió sobre el mismo el 14 de octubre 2009 aprobando el texto adecuado del Acta Acuerdo de Renegociación de fecha 9 de octubre de 2009.

Entre los puntos más sobresalientes se destacan:

a) La firma del Acuerdo no implica renuncia ni desistimiento alguno por parte de esta Sociedad a obtener la extensión de la exención del Impuesto a las Ganancias hacia otros gravámenes de igual naturaleza vigentes y/o que graven el mismo hecho imponible.

b) Referente al Plan de Inversiones, se modificó el Cronograma Plan de Inversiones contenido en la Adenda al Acta Acuerdo de Reformulación contractual del 22 de diciembre de 2000, se contempla la readecuación de la ecuación económica financiera del contrato en función de la diferencia resultante de la comparación entre el plan económico financiero actual y el de origen, es decir, el contemplado en el Contrato suscripto en 1993.

c) Se recompondrá la tasa interna de retorno (TIR) del plan original de la Concesión cuyo valor es de 14,6%. Se contempló un aumento de la tarifa de peaje del 15% que debió regir a partir de diciembre de 2009 y se estableció una metodología, para el ajuste futuro de las tarifas, que cubra los efectos de la inflación y que comenzará a aplicarse a partir de la firma del Decreto del Poder Ejecutivo Nacional. Se conviene establecer una instancia de revisión contractual entre el Concedente y el Concesionario.

d) Respecto del tratamiento de las penalidades se establece que los incumplimientos del Concesionario respecto a las obligaciones de realización de obras en la Autopista de acuerdo al cronograma contractualmente comprometido y producidos a partir del mes de enero de 2002 en virtud de la situación de emergencia declarada, no serán pasibles de la penalidades previstas en el Contrato de Concesión, por tal motivo la autoridad de aplicación y el órgano de control procederán a dejar sin efecto los procesos en curso originados en actas de constatación.

e) En concordancia con el proyecto, se excluye de las obligaciones de la Concesionaria la construcción, mantenimiento, reparación y conservación de la obra Autopista Ribereña de la Capital Federal y los eventuales trabajos de conexión en el mencionado distribuidor, de forma tal que el Concedente podrá disponer la ejecución de la misma por los medios y en el plazo que estime conveniente. Por su parte, a partir de la firma del mencionado Decreto cesan las obligaciones de la Sociedad a las iniciativas de la remodelación de las zonas bajo viaducto correspondiente a la Av. Pedro de Mendoza como obra complementaria de la Autopista Ribereña, renunciando incondicionalmente además a la explotación comercial de la zona.

El 27 de julio de 2010 se publicó en el Boletín Oficial el decreto 1057/2010, el cual ratifica el Acuerdo de Renegociación Contractual suscripto entre la UNIREN y Coviares. Con la ratificación de este acuerdo, la Dirección Nacional de Vialidad y el OCCOVI, actuando dentro de sus respectivos ámbitos de competencia, deberán proceder al dictado de los actos y al desarrollo de los procedimientos que resulten necesarios para la instrumentación, ejecución y cumplimiento de las disposiciones contenidas en el Acuerdo para recomponer la ecuación económica financiera del Contrato de Concesión. El Acuerdo de Renegociación Contractual tuvo principio de ejecución con la puesta en vigencia del cuadro tarifario que aumentó la tarifa en el 15% a que se hace referencia en el punto c), a partir del día 4 de octubre de 2010.

En el mencionado punto c) se hace referencia a la metodología de ajuste futuro de las tarifas conforme lo dispuesto por la Cláusula Décimo Segunda del Acuerdo de Renegociación Contractual; en el marco de lo establecido en esta cláusula, la Sociedad presentó notas el 6 de agosto y el 14 de setiembre de 2010, solicitando el aumento de tarifa correspondiente, las cuales derivaron en la respuesta del OCCOVI del 24 de setiembre de 2010 Nota Nº 2894/10 en la cual se aprueba el cálculo de la incidencia que las variaciones de precios operadas desde el mes de abril de 2008 hasta el mes de mayo de 2010 han tenido en los costos relacionados con la operación, mantenimiento e inversiones incluidas en el PEF de la concesión, determinando un aumento necesario de tarifa del 68,64% con vigencia octubre 2010.

Con fecha 21 de diciembre de 2010, 15 de marzo, 3 de mayo y 16 de agosto de 2011 Coviares presentó al OCCOVI nuevos pedidos de reconocimiento de adecuación de tarifa por variación de precios, por el período mayo 2010 a mayo de 2011, que determinan un aumento acumulado del 183,98%.

A la fecha se encuentra pendiente de aprobación por parte del PEN el cuadro tarifario resultante de los reclamos mencionados.

El 6 de diciembre de 2011 entró en vigencia el nuevo cuadro tarifario resultante de los reclamos mencionados. Dicho aumento es del 36,65% sobre la tarifa básica del Peaje Dock Sud.

Adicionalmente, se han realizado presentaciones con el objeto de lograr los avances para recomponer integralmente el contrato a la mayor brevedad posible.

En el mes de abril de 2011 el Ministro de Infraestructura de la Provincia de Buenos Aires se contactó con la Sociedad para solicitar autorización a los efectos de proceder, en acuerdo con el Gobierno Nacional, al traspaso del Contrato de Concesión al ámbito de la Provincia.

Atento a la situación que atraviesa esta Sociedad y frente a la inacción por parte del Estado Nacional para renegociar el Contrato de conformidad a las pautas refrendas por el Dto. 1057/10, es que se acepta la propuesta de la Provincia y se inicia conversaciones con las autoridades pertinentes con la anuencia del Gobierno Nacional y dentro de las pautas del decreto mencionado.

Frente a las demoras del traspaso de la Concesión a la Provincia por parte del Estado Nacional y ante la falta de respuestas a los distintos pedidos efectuados tanto a la autoridad de aplicación como al Concedente, y ante la eventual caída de la medida cautelar, la que ya fue decretada y recurrida por vía de reposición y apelación en subsidio el 1 de agosto de 2011, es que se cursó nota al Poder Ejecutivo a los efectos de solicitar instruya a los organismos pertinentes dar cumplimiento al Dto. 1057/10.”

La recaudación en la Autopista Buenos Aires - La Plata correspondiente a los meses de enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre del año 2011 ascendió a $11.443.146, $11.177.810, $11.729.005, $11.311.978, $12.001.323, $11.757.008, $11.946.479, $11.872.139, $12.141.390, $11.662.313, $12.691.481 y $16.784.650 respectivamente.

Covimet S.A.

Se constituyó originalmente con un objeto social destinado a la construcción, conservación y explotación de la Autopista 9 de Julio - Tramo Norte, de acuerdo con el Contrato de Concesión de fecha 21 de diciembre de 1993. Al respecto, con la modificación del Estatuto de fecha 15 de julio de 1986, el objeto social de Covimet se hizo extensivo a la construcción de toda otra clase de obras de ingeniería y arquitectura, públicas y privadas; la realización de proyectos de obras y prestación de servicios de ingeniería, asesoramiento industrial y comercial e inversora. A los fines mencionados, la Sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones y ejercer todos los actos que no sean prohibidos por las leyes o por otros estatutos.

Con fecha 25 de febrero de 2003 el Jefe de Gobierno de la CABA dictó el decreto 149/GCABA/2003 mediante el cual dispuso: (a) revocar el decreto 3135/GCABA/1998, alegando su nulidad absoluta e insanable; y (b) rescindir el contrato de concesión de obra pública para la construcción y concesión de la remodelación y prolongación de la Av. 9 de Julio Tramo Norte (Autopista Arturo Illia), argumentando incumplimiento de Covimet. En Nota 10 a los Estados Contables básicos se explica detalladamente esta situación.

INFORMACIÓN COMPARATIVA SOBRE LOS ESTADOS CONTABLES DE POLLEDO S.A.I.C. y F.:

a) Información comparativa básica:
Estructura Patrimonial:
31/12/2011 31/12/2010 31/12/2009 31/12/2008 31/12/2007
En Pesos En Pesos En Pesos En Pesos En Pesos
Activo Corriente 2.675.751 5.808.444 4.612.936 3.034.004 3.193.549
Activo No Corriente 32.960.651 93.525.436 151.163.663 192.481.872 243.651.360
Total 35.636.402 99.333.880 155.776.599 195.515.876 246.844.909
Pasivo Corriente 1.219.380 1.747.239 2.074.384 2.156.526 2.049.388
Pasivo No Corriente 32.544.182 40.379.976 35.788.895 30.878.749 28.262.500
Sub - Total 33.763.562 42.127.215 37.863.279 33.035.275 30.311.888
Participación de terceros en U.T.E. (2.228.080) (2.210.450) (2.193.313) (2.442.526) (2.076.640)
Patrimonio Neto 4.100.920 59.417.115 120.106.633 164.923.127 218.609.661
Total 35.636.402 99.333.880 155.776.599 195.515.876 246.844.909
Estructura de Resultados:
31/12/2011 31/12/2010 31/12/2009 31/12/2008 31/12/2007
12 MESES 12 MESES 12 MESES 12 MESES 6 MESES
En Pesos En Pesos En Pesos En Pesos En Pesos
Resultado operativo ordinario (854.940) (867.203) (869.893) (654.204) (283.157)
Resultado de Inversiones en entes relacionados (65.082.420) (58.581.811) (53.094.226) (45.318.743) (3.771.708)
Otros Ingresos y Egresos, Netos (571.530) (1.150.711) (293.329) (88.327) -
Resultados Financieros y por Tenencia 12.598.593 (2.063.245) 473.006 (2.812.564) (355.720)
Impuesto a las ganancias y a la ganancia mínima presunta (412.974) (416.405) (412.509) (386.649) (221.146)
Participación de terceros en U.T.E. 4.730 7.446 16.848 11.387 8.027
Resultado Neto (54.588.541) (63.071.929) (54.180.103) (49.249.100) (4.623.704)
Indices
31/12/2011 31/12/2010 31/12/2009 31/12/2008 31/12/2007
12 MESES 12 MESES 12 MESES 12 MESES 6 MESES
Liquidez (1) 2,1944 3,3244 2,2238 1,4069 1,5583
Solvencia (2) (0,1215) 1,4104 3,1721 4,9923 7,2120
Inmovilización de capital (3) 0,9249 0,9415 0,9704 0,9845 0,9871
Rentabilidad (4) (1,7188) (0,5623) (0,3199) (0,2568) (0,0423)
(1) Activo Corriente (2) Patrimonio Neto (3) Activo No Corriente (4) Resultado del Ejercicio
Pasivo Corriente Pasivo total Total de Activo Patrimonio Neto Promedio
b) Información comparativa consolidada:
Estructura Patrimonial Consolidada:
31/12/2011 31/12/2010 31/12/2009 31/12/2008 31/12/2007
En Pesos En Pesos En Pesos En Pesos En Pesos
Activo Corriente 2.924.623 6.442.442 6.024.487 25.361.930 14.431.340
Activo No Corriente 10.646.563 70.494.856 127.468.837 172.493.101 234.820.941
Total 13.571.186 76.937.298 133.493.324 197.855.031 249.252.281
Pasivo Corriente 1.178.940 1.649.095 2.135.273 2.053.022 2.379.886
Pasivo No Corriente 8.289.928 15.869.478 11.249.600 30.878.749 28.262.500
Sub - Total 9.468.868 17.518.573 13.384.873 32.931.771 30.642.386
Participación de terceros en sociedades controladas 1.398 1.610 1.818 133 234
Patrimonio Neto 4.100.920 59.417.115 120.106.633 164.923.127 218.609.661
Total 13.571.186 76.937.298 133.493.324 197.855.031 249.252.281
Estructura de Resultados Consolidados:
31/12/2011 31/12/2010 31/12/2009 31/12/2008 31/12/2007
12 MESES 12 MESES 12 MESES 12 MESES 6 MESES
En Pesos En Pesos En Pesos En Pesos En Pesos
Resultado operativo ordinario (2.694.891) (3.460.775) (2.066.696) (2.980.300) (2.281.214)
Resultados de Inversiones en entes relacionados (63.507.813) (55.644.672) (46.290.119) (45.933.153) (16.991.323)
Otros Ingresos y Egresos, Netos (571.665) (1.149.782) (292.497) (78.879) 15.871.138
Resultados Financieros y por Tenencia 12.598.591 (2.382.862) (5.070.808) 174.757 699.285
Impuesto a las ganancias y a la ganancia mínima presunta (412.974) (434.041) (460.429) (431.624) (1.924.838)
Participación de terceros en Sociedades Controladas 211 203 446 99 3.248
Resultado Neto (54.588.541) (63.071.929) (54.180.103) (49.249.100) (4.623.704)
Indices
31/12/2011 31/12/2010 31/12/2009 31/12/2008 31/12/2007
Liquidez (1) 2,4807 3,9067 2,8214 12,3535 6,0639
Solvencia (2) 0.4331 3,3917 8,9733 5,0080 7,1342
Inmovilización de capital (3) 0,7845 0,9163 0,9549 0,8718 0,9421
Rentabilidad (4) (1,7188) (0,5623) (0,3199) (0,2568) (0,0423)
(1) Activo Corriente (2) Patrimonio Neto (3) Activo No Corriente (4) Resultado del Ejercicio
Pasivo Corriente Pasivo total Total de Activo Patrimonio Neto Promedio
c) Datos Estadísticos
Ingresos por peaje
(Moneda homogénea)
01/01/2011 al 01/01/2010 al 01/01/2009 al 01/01/2008 al 01/07/2007 al
31/12/2011 31/12/2010 31/12/2009 31/12/2008 31/12/2007
En Pesos En Pesos En Pesos En Pesos En Pesos
Econorte S.A. - - - - 35.299.620
Coviares S.A. 146.518.723 128.552.129 117.925.415 116.860.614 57.657.417

AVANCE EN EL CUMPLIMIENTO DEL PLAN DE IMPLEMENTACIÓN DE LAS NORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACIÓN FINANCIERA (NIIF)

Como resultado del monitoreo del plan de implementación específico de las NIIF, el Directorio no ha tomado conocimiento de circunstancia alguna que requiera modificaciones al referido plan o que indique un eventual desvío de los objetivos y fechas establecidos.

PERSPECTIVAS FUTURAS

De acuerdo a lo ya manifestado, la Sociedad actualmente se encuentra expectante en relación a las medidas que viene adoptando el Gobierno Nacional en lo referente a la renegociación de los contratos de servicios públicos, las cuales esperamos ayuden a revertir la situación de los principales contratos en los que Polledo S.A.I.C. y F. participa, los cuales en virtud de no ser controlados por nosotros, exige una permanente atención sobre la evolución de sus acontecimientos.

INFORME DE LOS AUDITORES

A los señores Accionistas, Presidente y Directores de

Polledo S.A.I.C. y F.

Domicilio Legal: Leandro N. Alem 1050, Piso 9°

Ciudad Autónoma de Buenos Aires

CUIT N°: 30-53874847-8

  1. Hemos efectuado una auditoría del estado de situación patrimonial de Polledo S.A.I.C. y F. al 31 de diciembre de 2011, y de los estados de resultados, de evolución del patrimonio neto y de flujo de efectivo por el ejercicio terminado en dicha fecha, y de las notas 1 a 14 y anexos C, C1, E, G, H e I que los complementan. Además, hemos examinado el estado de situación patrimonial consolidado al 31 de diciembre de 2011, y los estados de resultados y de flujo de efectivo consolidados por ejercicio terminado en dicha fecha de Polledo S.A.I.C. y F. con sus sociedades controladas, los que se presentan como información complementaria. La preparación y emisión de los mencionados estados contables es responsabilidad de la Sociedad. Nuestra responsabilidad consiste en expresar una opinión sobre los estados contables, en base a las auditorías que efectuamos.

  2. Nuestros exámenes fueron practicados de acuerdo con normas de auditoría vigentes en la República Argentina. Tales normas requieren que planifiquemos y realicemos nuestro trabajo con el objeto de obtener un razonable grado de seguridad que los estados contables estén exentos de errores significativos y formarnos una opinión acerca de la razonabilidad de la información relevante que contienen los estados contables. Una auditoría comprende el examen, en base a pruebas selectivas, de evidencias que respaldan los importes y las informaciones expuestas en los estados contables. Una auditoría también comprende una evaluación de las normas contables aplicadas y de las estimaciones significativas hechas por la Sociedad, así como una evaluación de la presentación general de los estados contables. Consideramos que las auditorias efectuadas constituyen una base razonable para fundamentar nuestra opinión.

  3. Tal como se indica en la notas 6 a los estados contables consolidados adjuntos, las partidas y cifras contenidas en las conciliaciones incluidas en dicha nota, están sujetas a cambios y solo podrán considerarse definitivas cuando se preparen los estados contables anuales correspondientes al ejercicio en que se apliquen por primera vez las Normas Internacionales de Información Financiera.

  4. La Sociedad ha registrado en el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2011 una pérdida neta de $ 54.588.541 y pérdidas acumuladas por $ 126.467.167. Tal como se detalla en notas 5 y 14, la Dirección de la Sociedad se encuentra realizando acciones para revertir esta circunstancia. Estos factores generan incertidumbre respecto de la posibilidad de que la Sociedad continúe operando como una empresa en marcha. La Sociedad ha preparado los estados contables adjuntos utilizando principios contables aplicables a una empresa en marcha y por lo tanto, dichos estados no incluyen los efectos de los eventuales ajustes y reclasificaciones, si los hubiere, que pudieran requerirse de no resolverse la situación descripta a favor de la continuidad de las operaciones de la Sociedad y la misma se viera obligada a realizar sus activos y cancelar sus pasivos, incluyendo los contingentes, en condiciones diferentes al curso normal de sus negocios.

  5. En nuestra opinión, sujeto al efecto que sobre los estados contables podrían tener los eventuales ajustes y reclasificaciones, si los hubiere, que pudieran requerirse de la resolución de la situación descripta en el punto 4. precedente:

  6. los estados contables de Polledo S.A.I.C. y F. reflejan en todos sus aspectos significativos, su situación patrimonial al 31 de diciembre 2011, y los resultados de sus operaciones, las variaciones en su patrimonio neto y el flujo de efectivo por el ejercicio terminado en dicha fecha, de acuerdo con normas contables profesionales vigentes en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
  7. los estados contables consolidados de Polledo S.A.I.C. y F. con sus sociedades controladas reflejan razonablemente, en todos sus aspectos significativos, su situación patrimonial consolidada al 31 de diciembre de 2011, y el resultado consolidado de sus operaciones y el flujo de efectivo consolidado por el ejercicio terminado en dicha fecha, de acuerdo con normas contables profesionales vigentes en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
  8. Nuestro informe de auditoría de fecha 10 de marzo de 2011 sobre los estados contables de la Sociedad al 31 de diciembre de 2010 que se presenta con fines comparativos, incluía una salvedad referida a una similar circunstancia a la indicada en el punto 4. Asimismo, el mencionado informe incluía salvedades referidas a limitaciones en el alcance de nuestro trabajo relacionadas con la inversión en Polledo do Brasil Concessões e Investimentos Ltda. y a los préstamos financieros de Coviares S.A.; salvedades por incertidumbre relacionadas con la inversión en Coviares S.A.; y un desvío a las normas contables profesionales relacionado con un crédito por impuesto a la ganancia mínima presunta de Coviares S.A., las cuales han sido resueltas a la fecha de emisión de éste informe, y no generaron impacto contable.

  9. En cumplimiento de disposiciones vigentes informamos que:

  10. los estados contables de Polledo S.A.I.C. y F. y sus estados consolidados se encuentran asentados en el libro "Inventarios y Balances" y cumplen, en lo que es materia de nuestra competencia, con lo dispuesto en la Ley de Sociedades Comerciales y en las resoluciones pertinentes de la Comisión Nacional de Valores;

  11. los estados contables de Polledo S.A.I.C. y F. surgen de registros contables llevados en sus aspectos formales de conformidad con normas legales;
  12. hemos leído la reseña informativa, a excepción del capítulo titulado “Avance en el cumplimiento del plan de implementación de las NIIF”, y la información adicional a las notas a los estados contables requerida por el artículo 68 del Reglamento de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires, sobre las cuales, en lo que es materia de nuestra competencia, no tenemos otra observación que formular que la indicada en el punto 4. ;
  13. al 31 de diciembre de 2011, no existe deuda devengada a favor del Sistema Integrado Previsional Argentino que surja de los registros contables de la Sociedad.
  14. de acuerdo con lo requerido por el artículo 4 de la Resolución General N° 400 emitida por la Comisión Nacional de Valores, que modifica el art. 18 inciso e) del acápite III.9.1. de las Normas de dicha Comisión, informamos que el total de honorarios en concepto de servicios de auditoría y relacionados facturados a la Sociedad en el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2011 representan:

e.1) el 100% sobre el total de honorarios por servicios facturados a la Sociedad por todo concepto en dicho ejercicio;

e.2) el 2,74% sobre el total de honorarios por servicios de auditoría y relacionados facturados a la Sociedad, sus sociedades controlantes, controladas y vinculadas en dicho ejercicio;

e.3) el 2,53% sobre el total de honorarios por servicios facturados a la Sociedad, sus sociedades controlantes, controladas y vinculadas por todo concepto en dicho ejercicio;

  1. hemos aplicado los procedimientos sobre prevención de lavado de activos y financiación del terrorismo previstos en las correspondientes normas profesionales emitidas por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 12 de marzo de 2012.

PRICE WATERHOUSE & CO. S.R.L. (Socio)
C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 Fº 17 Dr. Gabriel M. Perrone Contador Público (UCA) C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 182 – Fº 010

INFORME DE LA COMISION FISCALIZADORA

Buenos Aires 12 de marzo de 2012

Señores Accionistas de:

POLLEDO SOCIEDAD ANONIMA,

INDUSTRIAL, CONSTRUCTORA Y FINANCIERA

En nuestro carácter de Comisión Fiscalizadora, hemos dado cumplimiento a lo dispuesto por el Art. 294 de la Ley 19550 de Sociedades Comerciales. En ejercicio de estas funciones hemos procedido a examinar, la Memoria y Anexo con Informe del Código de Gobierno Societario, el inventario, el Estado de Situación Patrimonial, Estado de Resultados, Estado de Flujo de Efectivo, el Estado de Evolución del Patrimonio Neto, las Notas complementarias aclaratorias y Anexos, el Estado de Situación Patrimonial Consolidado, Estado de Resultados Consolidado, Estado de Flujo de Efectivo Consolidado, Notas Complementarias Consolidadas, Anexos consolidados, Art. 68 de la resolución Nº 10135/93 y Reseña informativa, correspondientes al ejercicio económico N° 78 iniciado el 1º de enero de 2011, finalizado el 31 de diciembre de 2011, comparativo con el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2010.

En ejercicio del control de legalidad que nos compete, de los actos decididos por los órganos de la Sociedad que fueron expuestos en las reuniones de Directorio y Asambleas, hemos examinado los documentos detallados en el primer párrafo. Para el examen de esa documentación nos hemos basado fundamentalmente en el trabajo realizado por el Auditor Externo quien ha efectuado dicho examen para formarse una opinión acerca de la razonabilidad de la información significativa que contienen los Estados Contables considerados en su conjunto, de acuerdo con normas contables. En ese sentido cabe destacar que una auditoría incluye examinar, sobre bases selectivas, los elementos de juicio que respalden la información expuesta en los Estados Contables, y evaluar las normas contables utilizadas y como parte de ellas la razonabilidad de las estimaciones de significación hechas por el Directorio. Por lo tanto nuestro examen se circunscribe a la razonabilidad de la información significativa de los documentos examinados y su congruencia con la restante información sobre las decisiones societarias expuestas en actas y la adecuación de dichas decisiones a la Ley y los Estatutos.

En nuestra opinión, y basándonos en el informe de auditoría que emitió el Auditor externo de fecha 12 de marzo de 2012, los Estados Contables citados presentan razonablemente la situación patrimonial de Polledo S.A.I.C. y F. al 31 de diciembre de 2011 y al 31 de diciembre de 2010, los resultados de las operaciones, las variaciones en su Patrimonio Neto y las causas de variaciones del Estado de Flujo de Efectivo por los ejercicios cerrados a esas fechas.

En relación a lo determinado por la Resolución 368/2001 de la Comisión Nacional de Valores, informamos que:

  1. Las políticas de contabilización aplicadas para la preparación de los estados contables mencionados y las notas y anexos están de acuerdo con las normas contables profesionales ; y
  2. El auditor externo ha desarrollado la auditoría aplicando las normas de auditoría vigentes, establecidas por la Resolución Técnica Nº 7 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas. Dichas normas requieren la independencia y la objetividad del auditor externo en la realización de la auditoría de los estados contables.-

Por lo antes expuesto, damos nuestra conformidad a los documentos mencionados.

Jorge A. Mencarini
Comisión Fiscalizadora

A C T A Nº 1379

Cr. Adalberto Omar Campana

Sr. Ricardo Sargiotto

Lic. Héctor Armando Domeniconi

Ing. Enrique Sargiotto

Lic. Gustavo Stafforini

Cr. Gabriel Balbo

En la ciudad de Buenos Aires a los doce días del mes de marzo de 2012 se reúne el Directorio de POLLEDO Sociedad Anónima Industrial, Constructora y Financiera, con la asistencia de los señores Directores que figuran en la presente acta y firman al pie y del Sr. Síndico Titular Dr. Jorge Alberto Mencarini en representación de la Comisión Fiscalizadora.

Siendo las 10:00 horas se declara abierta la sesión.

Balance por el ejercicio iniciado el 01-01-2011 y finalizado el 31-12-2011

El Cr. Adalberto Omar Campana manifiesta que la reunión tiene por finalidad dar cumplimiento a los artículos 62 al 67 y 234 inciso 1º de la Ley 19.550 en relación al septuagésimo octavo ejercicio, iniciado el 1º de enero de 2011 y finalizado el 31 de diciembre de 2011 y sus respectivas cifras comparativas por el ejercicio finalizado al 31 de diciembre de 2010, sometiendo a consideración de los señores Directores la Memoria y Anexo con Informe del Código de Gobierno Societario, el inventario, el Estado de Situación Patrimonial, Estado de Resultados, Estado de Flujo de Efectivo, Estado de Evolución del Patrimonio Neto, Notas complementarias y Anexos, el Estado de Situación Patrimonial Consolidado, Estado de Resultados Consolidado, Estado de Flujo de Efectivo Consolidado, Notas complementarias consolidadas y Anexos consolidados, Art. 68 de la resolución Nº 10135/93 y la Reseña Informativa, requeridos por la Bolsa de Comercio de Buenos Aires y la Comisión Nacional de Valores, documentación que fue entregada a los presentes con la debida anticipación juntamente con el informe del Contador Certificante.

En especial y con relación al estado de renegociación del contrato de Coviares S.A., y conforme a lo resuelto en la asamblea de fecha 28 de abril de 2011, en la Nota 5.2 de los presentes Estados Contables se describen las novedades y grado de avance del proceso de renegociación mencionado, así como en la Nota 2.5.4. de los mismos, se describen aspectos valorativos de este activo.

POLLEDO S.A.I.C. y F.

MEMORIA EJERCICIO CERRADO AL 31.12.11:

SEÑORES ACCIONISTAS: De conformidad con las disposiciones legales y estatutarias vigentes el Directorio somete a vuestra voluntad la Memoria con su correspondiente anexo I “Informe sobre el Código de Gobierno Societario”, el Balance General y los Estados de Resultados, de Evolución del Patrimonio Neto, de Flujo de Efectivo, notas, anexos, Estados Contables Consolidados presentados como información complementaria, Reseña Informativa, Información adicional solicitada por el Art. 68 del Reglamento de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires, proyecto de absorción de pérdidas e Informe de la Comisión Fiscalizadora correspondiente al ejercicio económico Nº 78 iniciado el 1 de enero de 2011 y finalizado el 31 de diciembre de 2011.

ACTIVIDAD DE LA SOCIEDAD: SUS INVERSIONES Y PERSPECTIVAS FUTURAS

En el presente ejercicio el resultado ascendió a una pérdida de $54.588.541.- generada principalmente por la participación en Coviares, ya sea en forma directa e indirecta a través de otras inversiones, la cual representó una pérdida para la Sociedad de aproximadamente $ 63,5 millones, parcialmente disminuida por la ganancia de $ 12,7 millones resultante de la oferta realizada por Clisa-Compañía Latinoamericana de Infraestructura & Servicios S.A. al establecer un nuevo valor de su pasivo.

Desde fines del año 2002 la crisis económica ha venido evolucionando favorablemente, y paulatinamente comenzaron a revertirse algunos de los factores negativos derivados de la misma. Por otra parte, producto de la devaluación del peso, se produjeron incrementos de competitividad en determinados sectores de la economía argentina, que dieron origen al inicio de un proceso de reactivación económica sobre la base del uso de la capacidad ociosa existente en los distintos sectores de la economía.

No obstante lo enunciado, aún existen aspectos muy importantes a resolver, tales como la renegociación de los contratos de servicios públicos, entre los que se encuentran los contratos de concesiones viales, principal actividad actual de la Sociedad.

A continuación se expone una breve descripción de la situación de cada uno de los proyectos en que participa Polledo S.A.I.C. y F.

COVIARES S.A.

Coviares S.A. (“Coviares”) tiene como objeto social la construcción, conservación y explotación de la Autopista La Plata - Buenos Aires, Ribereña de la Capital Federal y Nuevo Puente sobre el Riachuelo, de acuerdo con el Acuerdo de Reformulación del contrato de concesión (“el Contrato de Concesión”) de fecha 29 de diciembre de 1993, celebrado con la Secretaría de Obras Públicas y Comunicaciones del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos de la Nación (“la Secretaria de Obras Públicas” o “el Concedente”), que fue aprobado por Resolución Ministerial Nº 538/94 y decreto del Poder Ejecutivo Nacional. La concesión comprende, entre otras obligaciones, la construcción de la autopista, el mantenimiento, reparación y conservación de las obras y la administración, explotación y prestación de servicios durante el período de concesión.

El plazo de concesión es de veintidós años contados a partir de la fecha de habilitación de la primera casilla de peaje (1° de julio de 1995).

La evolución de ciertos aspectos de Coviares S.A. vinculados con la actividad de la sociedad, el proceso de renegociación contractual, el préstamo sindicado y las deudas con el Estado Nacional, se encuentran detalladamente expuestos en los estados contables de la Sociedad.

COVIMET S.A.

Covimet S.A. se constituyó originalmente con un objeto social destinado a la construcción, conservación y explotación de la Autopista 9 de Julio - Tramo Norte, de acuerdo con el Contrato de Concesión de fecha 21 de diciembre de 1993 modificado, por el Reordenamiento contractual establecido por el Decreto 3135 del 23 de diciembre de 1998. Al respecto, con la modificación del Estatuto de fecha 15 de julio de 1986, el objeto social de Covimet se hizo extensivo a la construcción de toda otra clase de obras de ingeniería y arquitectura, públicas y privadas; la realización de proyectos de obras y prestación de servicios de ingeniería, asesoramiento industrial y comercial e inversora. A los fines mencionados, Covimet S.A. tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones y ejercer todos los actos que no sean prohibidos por las leyes o por otros estatutos.

Con fecha 25 de febrero de 2003 el Jefe de Gobierno de la CABA dictó el decreto 149/GCABA/2003 mediante el cual dispuso: (a) revocar el decreto 3135/GCABA/1998, alegando su nulidad absoluta e insanable; y (b) rescindir el contrato de concesión de obra pública para la construcción y concesión de la remodelación y prolongación de la Av. 9 de Julio Tramo Norte (Autopista Arturo Illia), argumentando incumplimiento de Covimet.

La evolución de los aspectos vinculados con la rescisión del contrato de concesión y la situación financiera actual de Covimet S.A., se encuentran detalladamente expuestos en los estados contables de la Sociedad.

PARTICIPACIÓN EN LICITACIONES EN LA REPÚBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL

A través de Polledo do Brasil Concessões e Serviços Ltda, la Sociedad se encuentra estudiando en Brasil la viabilidad de proyectos viales y preparando ofertas en licitaciones públicas realizadas y a realizarse en dicho país.

Para la debida evaluación de estas oportunidades, POLLEDO DO BRASIL está realizando estudios de viabilidad técnica-económica-financiera cuya coordinación ha sido confiada a consultores externos, y buscando asociaciones con empresas brasileñas y extranjeras de competencias convergentes.

ANÁLISIS DE VARIACIONES, RESULTADOS Y PERSPECTIVAS FUTURAS

En relación a este punto, entendiendo que allí se encuentra adecuadamente considerado y expuesto, nos remitimos a la información suministrada en los estados principales, notas, anexos e información complementaria que integran los Estados Contables de Polledo S.A.I.C. y F. al 31 de diciembre de 2011, y a la información expuesta en la Reseña Informativa de la Compañía por el ejercicio comprendido entre el 1 de enero de 2011 y el 31 de diciembre de 2011.

ASPECTOS VINCULADOS A LA ORGANIZACIÓN DE LA TOMA DE DECISIONES Y AL SISTEMA DE CONTROL INTERNO DE LA SOCIEDAD

El Directorio asume la administración de la Sociedad, a cuyo efecto adopta, aprueba y hace implementar las políticas y estrategias generales para llevar a cabo en forma diligente y eficiente la gestión del negocio.

Los directores son designados por la Asamblea de Accionistas, según lo dispuesto por el estatuto social. El número de integrantes es de siete titulares, resultando adecuado su número en la actualidad en función de las circunstancias actuales y la envergadura de la Compañía. Asimismo, el Directorio está integrado por dos directores independientes.

La Sociedad cuenta con un Comité de Auditoría integrado por mayoría de directores independientes y son elegidos por el Directorio en su conjunto. El Comité de Auditoría ejerce sus funciones legales conforme a su Reglamento Interno, en total arreglo a las disposiciones legales y estatutarias vigentes.

El Directorio verifica la implementación de las estrategias y políticas. Asimismo controla el desempeño de las gerencias de la sociedad, de la estructura organizativa y de los procedimientos significativos referidos al sistema de control interno, como así también analiza los contratos relevantes y otorga poderes, todo ello en coherencia con las normas y disposiciones regulatorias referidas a la actividad, en el marco del respeto por el interés social de la misma.

Respecto al control interno, la Sociedad cuenta con sistemas de información que permiten lograr una adecuada registración de todos los hechos económicos en que interviene la Compañía, con un sistema de control interno acorde a la operatoria y estructura de la misma.

POLÍTICAS DE REMUNERACIÓN DEL DIRECTORIO

Las remuneraciones de la compañía se establecen en base a remuneraciones de mercado comparando para todas las escalas tareas y responsabilidades similares. En lo que respecta a la remuneración de los directores, salvo ciertas excepciones, los mismos han renunciado a sus honorarios y no perciben remuneración alguna por parte de la Compañía. La Sociedad no cuenta con planes de opciones de compra de acciones, ni tampoco existen planes de jubilaciones o retiros especiales como alternativas de remuneración de sus directores.

PROYECTO DE ABSORCIÓN DE PÉRDIDAS

El resultado del ejercicio arroja una pérdida de pesos cincuenta y cuatro millones quinientos ochenta y ocho mil quinientos cuarenta y uno ($ 54.588.541); conformando un saldo total de Resultados no Asignados al 31 de diciembre de 2011 de pérdida pesos ciento veintiséis millones cuatrocientos sesenta y siete mil ciento sesenta y siete ($ 126.467.167).

Debido a que la Sociedad no posee ganancias reservadas capitalizables ni ajustes monetarios de capital, el Directorio no efectúa propuestas sobre estos conceptos.

Al 31 de diciembre de 2011, los mencionados Resultados Acumulados negativos registrados por la Sociedad insumen las reservas y más del 50% del capital social, por lo que los accionistas deberán tomar las medidas necesarias para resolver esta situación.

RECONOCIMIENTO

Finalmente el Directorio desea dejar constancia de su reconocimiento a la totalidad de los funcionarios y colaboradores de la empresa, como también a todos los integrantes de las empresas vinculadas, a sus clientes, bancos, y proveedores, por su permanente colaboración.

Ciudad autónoma de Buenos Aires, 12 de marzo de 2012

EL DIRECTORIO

Anexo I

Informe sobre el Código de Gobierno Societario

(Resolución General N° 516/2007 de la Comisión Nacional de Valores)

AMBITO DE APLICACIÓN

1) Relación Emisora- Grupo Económico:

La Sociedad cuenta con adecuadas políticas respecto a la relación de la emisora con el grupo económico y con sus integrantes. El estatuto de la sociedad contiene normas relacionadas con los requisitos necesarios para las contrataciones con partes relacionadas, a fin de que las mismas se realicen como entre partes independientes. Asimismo, en los balances anuales y trimestrales de la sociedad se informan las operaciones con partes relacionadas y se confecciona una nota al respecto.

2) Inclusión en estatuto societario de las previsiones del Código Societario:

Este Directorio entiende que las normas y preceptos de la Ley de Sociedades y del Decreto 677/01 de Transparencia han sido adecuadamente cristalizados en las previsiones de los estatutos sociales donde se reflejan las obligaciones y responsabilidades de los órganos societarios, y se brinda el marco apropiado de actuación suficiente al respecto. Por tal motivo, el Directorio no considera necesario -en esta instancia- recomendar la introducción de otras normas estatutarias.

DEL DIRECTORIO EN GENERAL

3) Responsable por Estrategia de la Compañía

El Directorio asume la administración de la Sociedad, a cuyo efecto adopta, aprueba y hace implementar las políticas y estrategias generales para llevar a cabo en forma diligente y eficiente la gestión del negocio.

4) Control de la gestión

El Directorio verifica la implementación de las estrategias y políticas. Asimismo controla el desempeño de las gerencias de la sociedad, de la estructura organizativa y de los procedimientos significativos referidos al sistema de control interno, como así también analiza los contratos relevantes y otorga poderes, todo ello en coherencia con las normas y disposiciones regulatorias referidas a la actividad, en el marco del respeto por el interés social de la misma.

En cumplimiento de lo establecido en la Ley Sociedades Comerciales y en las normas de la Comisión Nacional de Valores, la exposición de resultados económico financieros y sus explicaciones, el marco regulatorio aplicable y sus consecuencias o posibles efectos, y las perspectivas del negocio, entre otros aspectos, son tratados regularmente y dados a conocer en oportunidad de la emisión de cada balance de publicación trimestral de la Sociedad, en el documento denominado Reseña Informativa, y anualmente, en la Memoria del Directorio dirigida a los accionistas.

5) Información y control interno. Gestión de Riesgos

Respecto al control interno, la Sociedad cuenta con sistemas de información que permiten lograr una adecuada registración de todos los hechos económicos en que interviene la Compañía, con un sistema de control interno acorde a la operatoria y estructura de la misma.

6) Comité de Auditoría

El Comité de Auditoría de la Sociedad está integrado por mayoría de directores independientes y son elegidos por el Directorio en su conjunto. El Comité de Auditoría ejerce sus funciones legales conforme a su Reglamento Interno, en total arreglo a las disposiciones legales y estatutarias vigentes.

7) Cantidad de integrantes del Directorio

El Directorio de Polledo S.A. está compuesto por los directores designados por la Asamblea de Accionistas, según lo dispuesto por el estatuto social. El número de integrantes es de siete titulares, resultando adecuado su número en la actualidad en función de las circunstancias actuales y la envergadura de la Compañía. Asimismo, el Directorio está integrado por dos directores independientes.

8) Integración del Directorio

Este Directorio no tiene establecida como política una recomendación a los accionistas de la Sociedad, acerca de la eventual elección de ex ejecutivos de la Sociedad como nuevos miembros del Directorio. Actualmente, el Directorio está conformado por personas capacitadas en los temas que les toca intervenir. El tratamiento de esta cuestión podrá hacerse en la ocasión que resultare oportuno, en cuyo caso se formularán las recomendaciones pertinentes.

9) Pertenencia a diversas sociedades

El Directorio entiende que no resulta inconveniente que sus directores y/o síndicos desempeñen funciones en diversas sociedades, toda vez que aquellos cumplen con sus actividades de forma completa y responsable, sin que ello afecte la situación de la Sociedad. Los directores aceptan y conservan sus cargos cuando consideran poder dedicar al desarrollo diligente de sus tareas el tiempo necesario, no habiéndose presentado inconvenientes por este tema a lo largo de la vida de la Sociedad.

10) Evaluación del desempeño del Directorio

El Directorio entiende que corresponde a la asamblea de accionistas evaluar su desempeño, para lo cual y según lo establecido por las disposiciones legales vigentes, prepara anualmente la memoria dirigida a los accionistas de la Sociedad.

11) Capacitación y desarrollo de Directores

Los directores designados han sido elegidos en función a su alto grado de especialización y conocimiento, hecho por el cual la Sociedad no tiene fijada una política de capacitación permanente.

INDEPENDENCIA DE LOS DIRECTORES

12) Directores Independientes. 14) Proporción de Directores Independientes. 15) Reuniones de Directores Independientes

La Sociedad da cumplimiento a lo dispuesto en el Decreto 677/01 en materia de directores independientes. Todos los directores son designados por la asamblea de accionistas y sus antecedentes, como así también su condición de independencia, son informados a los accionistas en la asamblea y a la Comisión Nacional de Valores mediante la presentación de las declaraciones juradas requeridas. Por ello, la Sociedad considera que no es necesaria publicación adicional de su designación o de las razones que la motivaron. Asimismo, el número de directores independientes está de acuerdo con las disposiciones del estatuto, cumpliéndose además con las normas vigentes que requieren la mayoría de directores independientes en la composición del Comité de Auditoría.

El Directorio entiende que la cantidad y periodicidad de las reuniones que celebra son adecuadas para el cumplimiento de sus obligaciones y el normal desarrollo de la Sociedad.

13) Designación de Ejecutivos Gerenciales

La designación de los ejecutivos gerenciales es facultad del directorio. Éstos son elegidos en función de sus antecedentes profesionales y técnicos.

RELACION CON LOS ACCIONISTAS

16) Información a los accionistas. 17) Atención a inquietudes y consultas de los accionistas.

El Directorio considera que el medio idóneo para asegurar que todos los accionistas reciban información simétrica en calidad, cantidad y frecuencia es el estricto cumplimiento de las normas de información exigidas por las autoridades regulatorias, el que se satisface por medio de la Autopista de la Información Financiera y del Boletín de la Bolsa de Comercio, así como a través de medios de amplia circulación cuando ello es necesario.

Asimismo, cuenta con un Responsable de Relaciones con el Mercado, quien recibe las consultas e inquietudes de los mismos y cuyo nombre y direcciones de contacto se encuentran publicados en la Autopista de la Información Financiera.

18) Participación de accionistas minoritarios en Asamblea

Las normas legales y reglamentarias protegen y facilitan la participación de todos los accionistas en la vida societaria, en particular en las Asambleas. El Directorio además se asegura, a través de los distintos medio obligatorios de difusión tales como la Autopista de la Información Financiera, el Boletín de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires y el Boletín Oficial, de que toda la información relevante de la Sociedad sea adecuadamente diseminada, en el ánimo de alentar el interés de accionistas minoritarios a concurrir y participar en las asambleas de la Sociedad.

19) Mercado de Control

Los accionistas de la sociedad votaron la no adhesión al régimen de la Oferta Pública de Adquisición Obligatoria y participación significativa establecido en el artículo 23 del Decreto Nro. 677/01 Régimen de Transparencia de la Oferta Pública, tal como quedó estipulado en el título VII del estatuto de la Sociedad.

20) Política de Dividendos

En el estatuto de Polledo S.A. se prevén normas específicamente relacionadas con la materia de política de dividendos.

RELACION CON LA COMUNIDAD

21) Comunicación vía Internet. 22) Requisitos del sitio

El Directorio considera que el estricto cumplimiento de las normas de información exigidas por las autoridades regulatorias, el que se satisface por medio de la Autopista de la Información Financiera y del Boletín de la Bolsa de Comercio, así como a través de medios de amplia circulación cuando ello es necesario, es un medio idóneo para asegurar que la comunidad reciba información de la Sociedad simétrica en calidad, cantidad y frecuencia, por lo cual hasta el momento no cuenta con un sitio de internet al efecto.

COMITES

23) Presidencia del Comité por un Director Independiente

El Comité de Auditoría debe estar compuesto en su mayoría por directores independientes, tal lo requerido por las normas de la Comisión Nacional de Valores y el propio reglamento del mismo. El comité reunido con sus integrantes resuelve a quien le corresponde ocupar el lugar de presidente del mismo.

24) Rotación de síndicos y/o Auditores Externos

La sociedad cuenta con la auditoría externa de PriceWaterhouse & Co. S.R.L.– firma miembro de PriceWaterhouseCoopers, que cuenta con prestigio a nivel mundial y que rota periódicamente sus equipos de profesionales de acuerdo con la normativa vigente.

En cuanto a los miembros de la Comisión Fiscalizadora, los mismos poseen amplia trayectoria y avanzada experiencia en sus funciones; por este motivo, ha sido política de la compañía la estabilidad en la composición de la Comisión Fiscalizadora, no considerando a la rotación como garantía de un mejor desempeño de sus funciones.

25) Doble carácter de Síndico y Auditor

En la actualidad la sindicatura y la auditoría externa son llevadas a cabo por personas diferentes.

26) Sistemas de compensación

Las remuneraciones de la compañía se establecen en base a remuneraciones de mercado comparando para todas las escalas tareas y responsabilidades similares. En lo que respecta a la remuneración de los directores, salvo ciertas excepciones, los mismos han renunciado a sus honorarios y no perciben remuneración alguna por parte de la Compañía. La Sociedad no cuenta con planes de opciones de compra de acciones, ni tampoco existen planes de jubilaciones o retiros especiales como alternativas de remuneración de sus directores.

27) Comité de nombramientos y Gobierno Societario

La Sociedad, si bien no tiene constituido un Comité de Nombramientos y Gobierno Societario, desarrolla su actividad con apoyo en la experiencia acumulada de los miembros del Directorio y contando con la asistencia y asesoramiento de renombrados asesores externos, en los casos en que ello lo demande.

28) Política de no discriminación en la integración del Directorio

Corresponde a la asamblea de accionistas la elección de los miembros del Directorio. Se basan para ello en la competencia, habilidades, conocimiento del manejo del negocio de la empresa y por ende no existe discriminación alguna en la elección.

Los integrantes de la Comisión Fiscalizadora manifiestan que han revisado la documentación, por lo que hacen entrega del informe respectivo que dice así:

“INFORME DE LA COMISION FISCALIZADORA

Buenos Aires 12 de marzo de 2012

Señores Accionistas de:

POLLEDO SOCIEDAD ANONIMA,

INDUSTRIAL, CONSTRUCTORA Y FINANCIERA

En nuestro carácter de Comisión Fiscalizadora, hemos dado cumplimiento a lo dispuesto por el Art. 294 de la Ley 19550 de Sociedades Comerciales. En ejercicio de estas funciones hemos procedido a examinar, la Memoria y Anexo con Informe del Código de Gobierno Societario, el inventario, el Estado de Situación Patrimonial, Estado de Resultados, Estado de Flujo de Efectivo, el Estado de Evolución del Patrimonio Neto, las Notas complementarias aclaratorias y Anexos, el Estado de Situación Patrimonial Consolidado, Estado de Resultados Consolidado, Estado de Flujo de Efectivo Consolidado, Notas Complementarias Consolidadas, Anexos consolidados, Art. 68 de la resolución Nº 10135/93 y Reseña informativa, correspondientes al ejercicio económico N° 78 iniciado el 1º de enero de 2011, finalizado el 31 de diciembre de 2011, comparativo con el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2010.

En ejercicio del control de legalidad que nos compete, de los actos decididos por los órganos de la Sociedad que fueron expuestos en las reuniones de Directorio y Asambleas, hemos examinado los documentos detallados en el primer párrafo. Para el examen de esa documentación nos hemos basado fundamentalmente en el trabajo realizado por el Auditor Externo quien ha efectuado dicho examen para formarse una opinión acerca de la razonabilidad de la información significativa que contienen los Estados Contables considerados en su conjunto, de acuerdo con normas contables. En ese sentido cabe destacar que una auditoría incluye examinar, sobre bases selectivas, los elementos de juicio que respalden la información expuesta en los Estados Contables, y evaluar las normas contables utilizadas y como parte de ellas la razonabilidad de las estimaciones de significación hechas por el Directorio. Por lo tanto nuestro examen se circunscribe a la razonabilidad de la información significativa de los documentos examinados y su congruencia con la restante información sobre las decisiones societarias expuestas en actas y la adecuación de dichas decisiones a la Ley y los Estatutos.

En nuestra opinión, y basándonos en el informe de auditoría que emitió el Auditor externo de fecha 12 de marzo de 2012, los Estados Contables citados presentan razonablemente la situación patrimonial de Polledo S.A.I.C. y F. al 31 de diciembre de 2011 y al 31 de diciembre de 2010, los resultados de las operaciones, las variaciones en su Patrimonio Neto y las causas de variaciones del Estado de Flujo de Efectivo por los ejercicios cerrados a esas fechas.

En relación a lo determinado por la Resolución 368/2001 de la Comisión Nacional de Valores, informamos que:

  1. Las políticas de contabilización aplicadas para la preparación de los estados contables mencionados y las notas y anexos están de acuerdo con las normas contables profesionales ; y
  2. El auditor externo ha desarrollado la auditoría aplicando las normas de auditoría vigentes, establecidas por la Resolución Técnica Nº 7 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas. Dichas normas requieren la independencia y la objetividad del auditor externo en la realización de la auditoría de los estados contables.-

Por lo antes expuesto, damos nuestra conformidad a los documentos mencionados.”

A continuación el Directorio aprueba por unanimidad, la Memoria y Anexo con Informe del Código de Gobierno Societario, el inventario, el Estado de Situación Patrimonial, Estado de Resultados, Estado de Flujo de Efectivo, Estado de evolución del Patrimonio Neto, Notas complementarias, Anexos, el Estado de situación Patrimonial Consolidado, Estado de Resultados Consolidado, Estado de Flujo de Efectivo Consolidado, Notas complementarias consolidadas, Anexos consolidados, Información requerida por el Art. 68 de la Resolución 10135/93 y la Reseña Informativa referida a dichos estados contables. Además toma debida nota del informe de auditoría emitido con fecha 12 de marzo de 2012.

No habiendo más asuntos que tratar se levanta la sesión siendo las 11:00 horas.

ACTA COMISION FISCALIZADORA

En la ciudad de Buenos Aires a los doce días del mes de marzo de 2012, siendo las 8:30 horas, se reúne la Comisión Fiscalizadora de POLLEDO S.A.I.C. y F. representada por los Sres. Síndicos Jorge Alberto Mencarini, Carlos Francisco Tarsitano y Luis Héctor Lovotrico a los efectos de tratar el siguiente orden del día:

INFORME DE LA COMISION FISCALIZADORA SOBRE LOS ESTADOS CONTABLES CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO CERRADO EL 31 DE DICIEMBRE DE 2011.

El Dr. Lovotrico manifiesta que resulta necesario expedir el dictamen sobre la documentación que respalda el Balance General al 31 de diciembre de 2011 documentación que fuera remitida con la debida anticipación por el Directorio de la Sociedad para consideración de esta Comisión. Luego de un cambio de opiniones resuelven emitir el siguiente informe:

INFORME DE LA COMISION FISCALIZADORA

Buenos Aires 12 de marzo de 2012

Señores Accionistas de:

POLLEDO SOCIEDAD ANONIMA,

INDUSTRIAL, CONSTRUCTORA Y FINANCIERA

En nuestro carácter de Comisión Fiscalizadora, hemos dado cumplimiento a lo dispuesto por el Art. 294 de la Ley 19550 de Sociedades Comerciales. En ejercicio de estas funciones hemos procedido a examinar, la Memoria y Anexo con Informe del Código de Gobierno Societario, el inventario, el Estado de Situación Patrimonial, Estado de Resultados, Estado de Flujo de Efectivo, el Estado de Evolución del Patrimonio Neto, las Notas complementarias aclaratorias y Anexos, el Estado de Situación Patrimonial Consolidado, Estado de Resultados Consolidado, Estado de Flujo de Efectivo Consolidado, Notas Complementarias Consolidadas, Anexos consolidados, Art. 68 de la resolución Nº 10135/93 y Reseña informativa, correspondientes al ejercicio económico N° 78 iniciado el 1º de enero de 2011, finalizado el 31 de diciembre de 2011, comparativo con el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2010.

En ejercicio del control de legalidad que nos compete, de los actos decididos por los órganos de la Sociedad que fueron expuestos en las reuniones de Directorio y Asambleas, hemos examinado los documentos detallados en el primer párrafo. Para el examen de esa documentación nos hemos basado fundamentalmente en el trabajo realizado por el Auditor Externo quien ha efectuado dicho examen para formarse una opinión acerca de la razonabilidad de la información significativa que contienen los Estados Contables considerados en su conjunto, de acuerdo con normas contables. En ese sentido cabe destacar que una auditoría incluye examinar, sobre bases selectivas, los elementos de juicio que respalden la información expuesta en los Estados Contables, y evaluar las normas contables utilizadas y como parte de ellas la razonabilidad de las estimaciones de significación hechas por el Directorio. Por lo tanto nuestro examen se circunscribe a la razonabilidad de la información significativa de los documentos examinados y su congruencia con la restante información sobre las decisiones societarias expuestas en actas y la adecuación de dichas decisiones a la Ley y los Estatutos.

En nuestra opinión, y basándonos en el informe de auditoría que emitió el Auditor externo de fecha 12 de marzo de 2012, los Estados Contables citados presentan razonablemente la situación patrimonial de Polledo S.A.I.C. y F. al 31 de diciembre de 2011 y al 31 de diciembre de 2010, los resultados de las operaciones, las variaciones en su Patrimonio Neto y las causas de variaciones del Estado de Flujo de Efectivo por los ejercicios cerrados a esas fechas.

En relación a lo determinado por la Resolución 368/2001 de la Comisión Nacional de Valores, informamos que:

  1. Las políticas de contabilización aplicadas para la preparación de los estados contables mencionados y las notas y anexos están de acuerdo con las normas contables profesionales ; y
  2. El auditor externo ha desarrollado la auditoría aplicando las normas de auditoría vigentes, establecidas por la Resolución Técnica Nº 7 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas. Dichas normas requieren la independencia y la objetividad del auditor externo en la realización de la auditoría de los estados contables.-

Por lo antes expuesto, damos nuestra conformidad a los documentos mencionados.

A continuación se resuelve autorizar al Sr. Síndico Jorge Alberto Mencarini a firmar toda la documentación contable y el informe precedente.

No habiendo más asuntos que tratar se lee y aprueba por unanimidad la presente acta, levantándose la sesión a las 9:00 horas.

Firmado: Jorge Alberto Mencarini, Carlos Francisco Tarsitano y Luis Héctor Lovotrico.