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CLISA — Annual Report 2010
Mar 11, 2011
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MEMORIA Y ESTADOS CONTABLES CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO INICIADO EL 1° DE ENERO DE 2010 Y FINALIZADO EL 31 DE DICIEMBRE DE 2010, PRESENTADOS EN FORMA COMPARATIVA
POLLEDO SOCIEDAD ANONIMA, INDUSTRIAL, CONSTRUCTORA Y FINANCIERA
Alem 1050 – 9° Piso – Ciudad Autónoma de Buenos Aires
C.U.I.T. número: 30-53874847-8
“Sociedad no adherida al Régimen Estatutario optativo de Oferta Pública de Adquisición Obligatoria”
Memoria y Estados Contables correspondientes al ejercicio iniciado el 1° de enero de 2010 y finalizado el 31 de diciembre de 2010, presentados en forma comparativa.
Expresados en pesos (Nota 2 a los Estados Contables básicos)
Actividad principal: Inversión en Sociedades y Prestación de Servicios Diversos.
Inscripción en la Inspección General de Justicia bajo el N° 71706/238377.
Inscripción en el Registro Público de Comercio:
Del Estatuto: 29/11/34 N° 203 F° 293 Libro 44 Tomo A de los Estatutos Nacionales.
De la última modificación: 14/04/08 Nº 7461 Libro 39 Tomo de Sociedades por Acciones, Escritura 593.
Fecha de vencimiento del Estatuto: 9 de octubre de 2034.
| Denominación de la sociedad controlante: ROGGIO S.A. |
| Domicilio legal: Leandro N. Alem 1050 – 9° Piso – Ciudad Autónoma de Buenos Aires |
| Actividad Principal: Inversión Participación directa e indirecta de la sociedad controlante sobre el capital y los votos: 68,11% |
Información sobre Sociedades Controladas y Vinculadas: Nota 5 a los Estados Contables Básicos, Anexos C y C1 y Estados Contables Consolidados.
Composición del Capital: (Nota 4 a los Estados Contables básicos)
Acciones Ordinarias
Nro. de Votos
Cantidad Tipo V/N que otorga Suscripto Integrado
125.048.204 Nominativas $1 1 125.048.204 125.048.204
INDICE
ESTADOS CONTABLES CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO INICIADO EL 1° DE ENERO DE 2010 Y FINALIZADO EL 31 DE DICIEMBRE DE 2010, PRESENTADOS EN FORMA COMPARATIVA
ESTADO DE SITUACION PATRIMONIAL CONSOLIDADO
ESTADO DE RESULTADOS CONSOLIDADO
ESTADO DE FLUJO DE EFECTIVO CONSOLIDADO
NOTAS CONSOLIDADAS (1 A 5)
ANEXOS CONSOLIDADOS A, C, E y G
ESTADO DE SITUACION PATRIMONIAL
ESTADO DE RESULTADOS
ESTADO DE EVOLUCIÓN DEL PATRIMONIO NETO
ESTADO DE FLUJO DE EFECTIVO
NOTAS (1 A 15)
ANEXOS C, C1, E, G, H e I
INFORMACIÓN SOLICITADA POR EL ARTICULO 68 DEL REGLAMENTO DE LA BOLSA DE COMERCIO DE BUENOS AIRES
RESEÑA INFORMATIVA
INFORME DEL AUDITOR
INFORME DE LA COMISIÓN FISCALIZADORA
INFORME DEL COMITÉ DE AUDITORÍA
POLLEDO S.A.I.C. y F. y SUBSIDIARIAS
ESTADOS CONTABLES CONSOLIDADOS
Correspondientes al ejercicio iniciado el 1° de enero de 2010 y finalizado el 31 de diciembre de 2010,
presentados en forma comparativa
| 31/12/2010 | 31/12/2009 | 31/12/2010 | 31/12/2009 | ||
| $ | $ | ||||
| Activo | Pasivo | ||||
| Activo Corriente | Pasivo Corriente | ||||
| Caja y Bancos (Nota 4.1) | 190.373 | 173.533 | Deudas: | ||
| Inversiones Temporarias (Anexo C) | 33.728 | 38.008 | Comerciales (Anexo G) | 151.062 | 149.162 |
| Créditos por Ventas (Nota 4.2) | 220.398 | 220.398 | Remuneraciones y Cargas Sociales | - | 161 |
| Otros Créditos (Nota 4.3) | 5.997.943 | 5.592.548 | Cargas Fiscales (Nota 4.5) | 983.520 | 1.421.882 |
| Total del Activo Corriente | 6.442.442 | 6.024.487 | Otras Deudas (Nota 4.6) | 58.161 | 132.527 |
| Total de deudas | 1.192.743 | 1.703.732 | |||
| Previsiones (Anexo E) | 456.352 | 431.541 | |||
| Total del Pasivo Corriente | 1.649.095 | 2.135.273 | |||
| Activo No Corriente | |||||
| Pasivo No Corriente | |||||
| Otros Créditos (Nota 4.4) | 6.794.140 | 8.123.904 | Deudas: | ||
| Participaciones Permanentes en Sociedades (Anexo C) | 63.513.423 | 119.158.095 | Cargas Fiscales (Nota 4.7) | 375.788 | 997.080 |
| Bienes de Uso (Anexo A) | 187.293 | 186.838 | Otras Deudas (Nota 4.8) | 15.493.690 | 10.252.520 |
| Total del Activo No Corriente | 70.494.856 | 127.468.837 | Total de Deudas | 15.869.478 | 11.249.600 |
| Total del Pasivo No Corriente | 15.869.478 | 11.249.600 | |||
| Total del Pasivo | 17.518.573 | 13.384.873 | |||
| Participación de Terceros en Sociedades Controladas | 1.610 | 1.818 | |||
| Patrimonio Neto | 59.417.115 | 120.106.633 | |||
| Total del Pasivo, Participación de Terceros en Sociedades | |||||
| Total del Activo | 76.937.298 | 133.493.324 | Controladas, y Patrimonio Neto | 76.937.298 | 133.493.324 |
Las Notas y Anexos que se acompañan son parte integrante de los Estados Contables Consolidados.
| 31/12/2010 | 31/12/2009 | |
| $ | ||
| Gastos de Administración | (3.460.775) | (2.066.696) |
| Resultado de Inversiones en Entes Relacionados | (55.644.672) | (46.290.119) |
| Resultados Financieros y por Tenencia: | ||
| Generados por Activos | ||
| Diferencias de Cambio | (2.241.950) | (6.541.458) |
| Intereses | 456.754 | 501.403 |
| Resultados por Tenencia | 740.681 | 2.571.019 |
| Desvalorización de otros créditos | (75.824) | (143.123) |
| Sub-Total | (1.120.339) | (3.612.159) |
| Generados por Pasivos | ||
| Intereses, Actualizaciones y Comisiones | (1.185.307) | (1.373.891) |
| Participación en Catrel S.A. U.T.E. | (74.105) | (89.005) |
| Diferencias de Cambio | (3.111) | 4.247 |
| Sub-Total | (1.262.523) | (1.458.649) |
| Total | (2.382.862) | (5.070.808) |
| Otros Ingresos y Egresos, Netos | (1.149.782) | (292.497) |
| Resultado antes de Impuestos y Participación de Terceros en Sociedades Controladas | (62.638.091) | (53.720.120) |
| Impuesto a las Ganancias y a la Ganancia Mínima Presunta | (434.041) | (460.429) |
| Participación de terceros en Sociedades Controladas | 203 | 446 |
| Pérdida del Ejercicio | (63.071.929) | (54.180.103) |
Las Notas y Anexos que se acompañan son parte integrante de los Estados Contables Consolidados.
| 31/12/2010 | 31/12/2009 | |||
| $ | ||||
| Variaciones del efectivo | ||||
| Efectivo al inicio del ejercicio | 211.541 | 21.686.329 | ||
| Aumento / (Disminución) neta del efectivo | 12.560 | (21.474.788) | ||
| Efectivo al cierre del Ejercicio | 224.101 | 211.541 | ||
| Causa de las variaciones del efectivo | ||||
| Actividades operativas | ||||
| Pérdida del Ejercicio | (63.071.929) | (54.180.103) | ||
| Más intereses ganados o perdidos | 802.658 | 961.491 | ||
| Impuesto a las ganancias y a la ganancia mínima presunta devengados en el ejercicio | 434.041 | 460.429 | ||
| Ajustes para arribar al flujo neto de efectivo proveniente de las actividades operativas: | ||||
| Depreciaciones | 20.835 | 17.013 | ||
| Resultado de Inversiones en Entes Relacionados | 55.644.672 | 46.290.119 | ||
| Resultado por conversión | 2.364.219 | 9.363.609 | ||
| Resultados financieros | 1.580.204 | 4.109.315 | ||
| Participación de terceros en sociedades controladas | (203) | (446) | ||
| Cambios en activos y pasivos operativos: | ||||
| Disminución / (Aumento) de otros créditos operativos | 469.247 | (769.671) | ||
| Disminución de deudas operativas | (850.080) | (715.953) | ||
| Pago de intereses | (98.796) | (128.686) | ||
| Pago de Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta | (641.423) | (180.543) | ||
| Flujo neto de efectivo (aplicado a) / generado por las actividades operativas | (3.346.555) | 5.226.574 | ||
| Actividades de inversión | ||||
| Adquisición de bienes de uso | (3.098) | (199.999) | ||
| Variación de inversiones, netas | - | (1.299) | ||
| Flujo neto de efectivo aplicado a las actividades de inversión | (3.098) | (201.298) | ||
| Actividades de financiación | ||||
| Aumento / (Disminución) de otras deudas | 1.652.253 | (27.158.863) | ||
| Disminución de otros créditos | 1.709.960 | 656.671 | ||
| Aportes de capital de accionistas minoritarios | - | 2.128 | ||
| Flujo neto de efectivo generado por / (aplicado a) las actividades de financiación | 3.362.213 | (26.500.064) | ||
| Aumento / (Disminución) neta del efectivo | 12.560 | (21.474.788) |
Las Notas y Anexos que se acompañan son parte integrante de los Estados Contables Consolidados.
NOTA 1: ESTADOS CONTABLES CONSOLIDADOS
La Sociedad ha consolidado línea por línea su Estado de Situación Patrimonial correspondiente al ejercicio iniciado el 1° de enero de 2010 y finalizado el 31 de diciembre de 2010 y por el ejercicio iniciado el 1 de enero de 2009 y finalizado el 31 de diciembre de 2009 y los Estados de Resultados y Flujo de Efectivo por el ejercicio iniciado el 1° de enero de 2010 y finalizado el 31 de diciembre de 2010 presentado en forma comparativa con el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2009, con los Estados Contables de sus sociedades controladas, siguiendo el procedimiento establecido en la Resolución Técnica Nro. 21 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas, aprobada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Comisión Nacional de Valores (ver Nota 2.5.4. a de los Estados Contables Básicos).
NOTA 2: CONTROL SOCIETARIO
Los datos que reflejan el control societario son los siguientes:
| PARTICIPACIONES | % DE PARTICIPACIÓN DIRECTA E INDIRECTA | |
| Catastros y Relevamientos S.A. | 97,92 | |
| Polledo Do Brasil Concessões e Investimentos Ltda. | 99,99 |
NOTA 3: NORMAS CONTABLES
Los Estados Contables de las sociedades controladas han sido confeccionados sobre la base de criterios uniformes a los aplicados por Polledo S.A.I.C. y F. para la elaboración de sus Estados Contables.
Adicionalmente, los criterios de valuación de mayor relevancia utilizados en la preparación de los Estados Contables de las sociedades controladas y no explicitados en la nota de criterios de valuación de la controlante, son los siguientes:
-
- Información comparativa
Los saldos por el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2009 que se exponen a efectos comparativos, surgen de los estados contables a dichas fechas.
-
- Inversiones Temporarias
Las otras inversiones corresponden a depósitos a plazo fijo en entidades financieras y se encuentran valuadas a su valor nominal más intereses devengados.
NOTA 4: COMPOSICION DE LOS PRINCIPALES RUBROS DEL ESTADO DE SITUACION PATRIMONIAL CONSOLIDADO.
| Activo | |||||
| Activo Corriente | |||||
| 4.1 | Caja y Bancos | 31/12/2010 | 31/12/2009 | ||
| $ | |||||
| Caja | 1.202 | 1.202 | |||
| Bancos | 124.438 | 167.624 | |||
| Bancos moneda extranjera (Anexo G) | 60.759 | - | |||
| Caja y Bancos por participación en Catrel S.A. U.T.E. | 3.974 | 4.707 | |||
| Total | 190.373 | 173.533 | |||
| 4.2 | Créditos por Ventas | ||||
| Sociedades Art. 33 - Ley 19.550 y entes relacionados | 220.398 | 220.398 | |||
| Total | 220.398 | 220.398 | |||
| 4.3 | Otros Créditos | ||||
| Créditos impositivos | 183.461 | 272.636 | |||
| Embargos judiciales a recuperar | 44.691 | 44.691 | |||
| Diversos por participación en Benito Roggio e Hijos S.A. y otros U.T.E. | 184.587 | 127.824 | |||
| Impositivos por participación en Catrel S.A. U.T.E. | 2.340 | 2.340 | |||
| Crédito por venta de Acciones | 4.846.784 | 3.779.396 | |||
| Diversos en Moneda Extranjera (Anexo G) | 367.123 | - | |||
| Diversos | 368.957 | 1.365.661 | |||
| Total | 5.997.943 | 5.592.548 | |||
| Activo No Corriente | |||||
| 4.4 | Otros Créditos | ||||
| Sociedades Art. 33 - Ley 19.550 y entes relacionados | 2.101.777 | 2.473.828 | |||
| En moneda extranjera – Soc. Art. 33 - Ley 19.550 y entes relac. (Anexo G) | 3.747.443 | 2.750.232 | |||
| Créditos impositivos | 944.920 | 821.244 | |||
| Crédito por venta de Acciones | - | 2.078.600 | |||
| Total | 6.794.140 | 8.123.904 |
| Pasivo Corriente | ||||
| 4.5 | Cargas Fiscales | |||
| Plan de Facilidades de pago Resol. 2722 SHYF04 - CABA | - | 89.294 | ||
| Bienes Personales acciones y participaciones | 70.257 | 147.362 | ||
| Moratoria Decreto 1384/01 | 15.636 | 15.636 | ||
| Provisión Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta, neta | 103.746 | 341.222 | ||
| Retenciones a pagar | 167 | 159 | ||
| Regimen de Facilidades de pago Ley 26.476 | 1.300 | - | ||
| Moratoria por Participación en Catrel S.A. U.T.E. | 638.324 | 611.925 | ||
| Participación en Benito Roggio e Hijos S.A. y otros U.T.E. | 149.514 | 127.820 | ||
| Diversos en Moneda Extranjera (Anexo G) | 4.576 | 88.464 | ||
| Total | 983.520 | 1.421.882 |
| 31/12/2010 | 31/12/2009 | ||||
| 4.6 | Otras Deudas | $ | |||
| Provisión Honorarios Directores | 45.477 | 44.853 | |||
| Sociedades Art. 33 - Ley 19.550 y entes relacionados | 8.968 | 8.968 | |||
| Diversos en moneda extranjera (Anexo G) | 3.716 | 78.706 | |||
| Total | 58.161 | 132.527 | |||
| Pasivo No Corriente | |||||
| 4.7 | Cargas Fiscales | ||||
| Plan de Facilidades de pago Resol. 2722 SHYF04 – C.A.B.A. | - | 14.033 | |||
| Participación en Benito Roggio e Hijos S.A. y otros U.T.E. | 35.069 | - | |||
| Regimen de Facilidades de pago Ley 26.476 | 176.352 | 176.209 | |||
| Moratoria Decreto 1384/01 | 2.605 | 18.241 | |||
| Moratorias por participación en Catrel S.A. U.T.E. | 161.762 | 788.597 | |||
| Total | 375.788 | 997.080 | |||
| 4.8 | Otras Deudas | ||||
| Sociedades Art. 33 - Ley 19.550 y entes relacionados | 13.414.960 | 10.252.520 | |||
| Diversos en Moneda Extranjera (Anexo G) | 2.078.730 | - | |||
| Total | 15.493.690 | 10.252.520 |
NOTA 5: INFORMACION POR SEGMENTOS
A continuación se detalla cierta información contable clasificada según el segmento de negocio relacionado:
- Segmento primario: Negocios
| Por el ejercicio iniciado el 1° de enero de 2010 y finalizado el 31 de diciembre de 2010 | Catastros | Viales | Otros | Total |
| $ | ||||
| Resultado Operativo | (5.082) | (2.583.953) | (871.740) | (3.460.775) |
| Total activos | 6.314 | 64.261.251 | 12.669.733 | 76.937.298 |
| Total pasivos | 800.086 | 2.087.013 | 14.631.474 | 17.518.573 |
| Depreciación de bienes de uso | - | - | (20.835) | (20.835) |
| Resultado de Inversiones en entes relacionadas | - | (55.644.672) | - | (55.644.672) |
- Segmento secundario: Geográfico
| Por el ejercicio iniciado el 1° de enero de 2010 y finalizado el 31 de diciembre de 2010 | Argentina | Exterior | Total |
| $ | |||
| Total activos | 76.183.860 | 753.438 | 76.937.298 |
| Total pasivos | 15.431.551 | 2.087.022 | 17.518.573 |
| BIENES DE USO CONSOLIDADO |
| Correspondiente al ejercicio iniciado el 1° de enero de 2010 y finalizado el 31 de diciembre de 2010, presentado en forma comparativa con el ejercicio finalizado al 31 de diciembre de 2009 |
| En Pesos |
Anexo “A”
| Cuenta Principal | VALORES DE ORIGEN | DEPRECIACIONES | Valor residual al 31/12/2010 | Valor residual al 31/12/2009 | ||||||
| Al inicio del Ejercicio | Aumentos del Ejercicio | Diferencia de conversión | Al cierre del Ejercicio | Acumuladas al inicio del Ejercicio | Del Ejercicio | Diferencia de conversión | Acumuladas al cierre del Ejercicio | |||
| Mejoras permanentes | 105.921 | - | 10.288 | 116.209 | 3.043 | 4.005 | 296 | 7.344 | 108.865 | 102.878 |
| Equipos de computación | 91.177 | 3.098 | 4.427 | 98.702 | 59.381 | 11.236 | 707 | 71.324 | 27.378 | 31.796 |
| Muebles y Utiles | 139.691 | - | 4.952 | 144.643 | 87.527 | 5.594 | 472 | 93.593 | 51.050 | 52.164 |
| TOTALES AL 31/12/2010 | 336.789 | 3.098 | 19.667 | 359.554 | 149.951 | 20.835 | 1.475 | 172.261 | 187.293 | |
| TOTALES AL 31/12/2009 | 136.790 | 199.999 | - | 336.789 | 132.938 | 17.013 | - | 149.951 | 186.838 |
| INVERSIONES EN ACCIONES, VALORES NEGOCIABLES Y PARTICIPACIONES PERMANENTES EN SOCIEDADES CONSOLIDADO |
| Estado de Situación Patrimonial al 31 de diciembre de 2010 y 31 de diciembre de 2009 |
| En Pesos |
ANEXO “C”
| Emisor y Características de los Valores | Porcentaje de participación al 31/12/2010 | Valor Registrado al 31/12/2010 | Valor Registrado al 31/12/2009 |
| $ | |||
| CORRIENTES | |||
| Inversiones temporarias | 33.728 | 38.008 | |
| Total | 33.728 | 38.008 | |
| NO CORRIENTES | |||
| Alcalis de la Patagonia S.A.I.C. | 0,20 | 1.011.047 | 1.011.047 |
| Covimet S.A. (*) | 31,802 | - | 6.738.952 |
| Coviares S.A. | 18,6917 | 52.971.118 | 94.328.874 |
| Lismore International S.A. | 31,80 | 10.536.695 | 18.084.659 |
| Eriday Unión Transitoria de Empresas | 6,083 | 2.208.149 | 2.208.149 |
| Otras Inversiones | 80.466 | 80.466 | |
| Subtotal | 66.807.475 | 122.452.147 | |
| Previsión para desvalorización (Anexo E) | (3.294.052) | (3.294.052) | |
| Total | 63.513.423 | 119.158.095 |
(*) Ver Nota 2.5.4 a los Estados Contables básicos.
| PREVISIONES CONSOLIDADO |
| Correspondiente al ejercicio iniciado el 1° de enero de 2010 y finalizado el 31 de diciembre de 2010, presentado en forma comparativa con el ejercicio finalizado al 31 de diciembre de 2009 |
| En Pesos |
| Anexo "E" | |||||
| RUBROS | Saldo al comienzo del Ejercicio | Aumentos del Ejercicio | Saldo al 31/12/2010 | Saldo al 31/12/2009 | |
| $ | |||||
| Deducidas del Activo | |||||
| Inversiones No Corrientes | |||||
| Previsión para Desvalorización - Alcalis de la Patagonia S.A.I.C. | 1.011.047 | - | 1.011.047 | 1.011.047 | |
| Previsión para Desvalorización - Otras Inversiones | 74.856 | - | 74.856 | 74.856 | |
| Previsión para Desvalorización - Eriday U.T.E. | 2.208.149 | - | 2.208.149 | 2.208.149 | |
| Totales al 31/12/2010 | 3.294.052 | - | 3.294.052 | ||
| Totales al 31/12/2009 | 3.294.052 | - | 3.294.052 | ||
| Incluidas en el Pasivo | |||||
| Previsiones Varias Corrientes | 431.541 | 24.811 | 456.352 | 431.541 | |
| Totales al 31/12/2010 | 431.541 | 24.811 | 456.352 | ||
| Totales al 31/12/2009 | 406.730 | 24.811 | 431.541 |
| ACTIVOS Y PASIVOS EN MONEDA EXTRANJERA CONSOLIDADO | |||||
| Estado de Situación Patrimonial al 31 de diciembre de 2010 y 31 de diciembre de 2009 | |||||
| En Pesos |
ANEXO “G”
| Monto de moneda extranjera al 31/12/2010 | Tipo de cambio vigente | Clase de Moneda | Importe Contabilizado al 31/12/2010 | Importe Contabilizado al 31/12/2009 | |||
| $ | |||||||
| ACTIVO | |||||||
| ACTIVO CORRIENTE | |||||||
| Caja y Bancos | 26.189 | 2,32 | R$ | 60.759 | - | ||
| Otros Créditos | 158.243 | 2,32 | R$ | 367.123 | - | ||
| TOTAL ACTIVO CORRIENTE | 427.882 | - | |||||
| ACTIVO NO CORRIENTE | |||||||
| Otros Créditos | 952.094 | 3,936 | U$S | 3.747.443 | 2.750.232 | ||
| TOTAL ACTIVO NO CORRIENTE | 3.747.443 | 2.750.232 | |||||
| TOTAL ACTIVO | 4.175.325 | 2.750.232 | |||||
| PASIVO | |||||||
| PASIVO CORRIENTE | |||||||
| Deudas | |||||||
| Comerciales | 15.738 | 3,976 | U$S | 62.576 | 59.806 | ||
| Cargas Fiscales | 1.891 | 2,42 | R$ | 4.576 | 88.464 | ||
| Otras Deudas | 1.535 | 2,42 | R$ | 3.716 | 78.706 | ||
| TOTAL PASIVO CORRIENTE | 70.868 | 226.976 | |||||
| PASIVO NO CORRIENTE | |||||||
| Otras Deudas | 858.979 | 2,42 | R$ | 2.078.730 | - | ||
| TOTAL PASIVO NO CORRIENTE | 2.078.730 | - | |||||
| TOTAL PASIVO | 2.149.598 | 226.976 | |||||
| U$S = Dólares estadounidenses | |||||||
| R$ = Reales |
POLLEDO S.A.I.C. y F.
ESTADOS CONTABLES BÁSICOS
Correspondientes al ejercicio iniciado el 1° de enero de 2010 y finalizado el 31 de diciembre de 2010,
presentados en forma comparativa
| 31/12/2010 | 31/12/2009 | 31/12/2010 | 31/12/2009 | ||
| $ | $ | ||||
| Activo | Pasivo | ||||
| Activo Corriente | Pasivo Corriente | ||||
| Caja y Bancos (Nota 3.1) | 136.969 | 62.372 | Deudas: | ||
| Créditos por Ventas (Nota 3.2 y Anexo I) | 220.398 | 220.398 | Comerciales (Nota 5 y Anexos G e I) | 95.690 | 93.786 |
| Otros Créditos (Nota 3.3 y Anexo I) | 5.451.077 | 4.330.166 | Cargas Fiscales (Nota 3.5 y Anexo I) | 978.944 | 1.333.418 |
| Total del Activo Corriente | 5.808.444 | 4.612.936 | Otras Deudas (Nota 3.6 y Anexo I) | 216.253 | 215.639 |
| Total de deudas | 1.290.887 | 1.642.843 | |||
| Previsiones (Anexo E) | 456.352 | 431.541 | |||
| Total del Pasivo Corriente | 1.747.239 | 2.074.384 | |||
| Activo No Corriente | Pasivo No Corriente | ||||
| Otros Créditos (Nota 3.4 y Anexo I) | 4.687.336 | 6.126.094 | |||
| Participaciones Permanentes en Sociedades (Anexo C) | 88.838.100 | 145.037.569 | Deudas: | ||
| Total del Activo No Corriente | 93.525.436 | 151.163.663 | Cargas Fiscales (Nota 3.7 y Anexo I) | 375.788 | 997.080 |
| Otras Deudas (Nota 3.8 y Anexo I) | 40.004.188 | 34.791.815 | |||
| Total de Deudas | 40.379.976 | 35.788.895 | |||
| Total del Pasivo No Corriente | 40.379.976 | 35.788.895 | |||
| Total del Pasivo | 42.127.215 | 37.863.279 | |||
| Participación de Terceros en U.T.E. | (2.210.450) | (2.193.313) | |||
| Patrimonio Neto (Según Estado Respectivo) | 59.417.115 | 120.106.633 | |||
| Total del Pasivo, Participación de Terceros en U.T.E., y Patrimonio Neto | 99.333.880 | 155.776.599 | |||
| Total del Activo | 99.333.880 | 155.776.599 |
Las Notas y anexos que se acompañan son parte integrante de los Estados Contables.
| 31/12/2010 | 31/12/2009 | ||
| $ | |||
| Gastos de administración (Anexo H) | (867.203) | (869.893) | |
| Resultado de inversiones en entes relacionados (Nota 3.9) | (58.581.811) | (53.094.226) | |
| Otros ingresos y egresos netos | (1.150.711) | (293.329) | |
| Resultados financieros y por tenencia | |||
| Generados por Activos | |||
| Intereses | 449.826 | 501.193 | |
| Diferencias de cambio | 134.014 | 177.593 | |
| Desvalorización de otros créditos | (75.824) | (143.123) | |
| Resultados por Tenencia | 740.681 | 2.571.019 | |
| Sub-Total | 1.248.697 | 3.106.682 | |
| Generados por Pasivos | |||
| Intereses, actualizaciones y comisiones | (2.089.573) | (2.617.493) | |
| Diferencias de cambio | (1.148.264) | 72.822 | |
| Participación en Catrel S.A. U.T.E. | (74.105) | (89.005) | |
| Sub-Total | (3.311.942) | (2.633.676) | |
| Total | (2.063.245) | 473.006 | |
| Resultado antes de Impuestos y Participación de Terceros en U.T.E. | (62.662.970) | (53.784.442) | |
| Impuesto a las ganancias y a la ganancia mínima presunta | (416.405) | (412.509) | |
| Participación de terceros en U.T.E. | 7.446 | 16.848 | |
| Pérdida del Ejercicio | (63.071.929) | (54.180.103) |
| Resultado por acción ordinaria | |||
| Básico / Diluido: | |||
| Ordinario | (0,5044) | (0,4333) | |
| Total | (0,5044) | (0,4333) | |
Las Notas y Anexos que se acompañan son parte integrante de los Estados Contables.
| Aportes de los Propietarios | Resultados acumulados | Total del Patrimonio Neto al 31/12/2010 | Total del Patrimonio Neto al 31/12/2009 | ||||||
| Capital Social (Nota 4) | Ajuste del Capital | Total | Ganancias Reservadas | Resultados Diferidos | Resultados no Asignados | Total | |||
| Reserva Legal | Diferencias Transitorias de Conversión | ||||||||
| Saldos al inicio del ejercicio | 125.048.204 | 157.384.490 | 282.432.694 | 9.397.953 | 3.865.126 | (175.589.140) | (162.326.061) | 120.106.633 | 164.923.127 |
| Según Asamblea Ordinaria y Extraordinaria de fecha 29 de abril de 2010 | (157.384.490) | (157.384.490) | (9.397.953) | - | 166.782.443 | 157.384.490 | - | - | |
| Diferencias Transitorias de Conversión | 2.382.411 | 2.382.411 | 2.382.411 | 9.363.609 | |||||
| Pérdida del Ejercicio | (63.071.929) | (63.071.929) | (63.071.929) | (54.180.103) | |||||
| Totales al 31/12/2010 | 125.048.204 | - | 125.048.204 | - | 6.247.537 | (71.878.626) | (65.631.089) | 59.417.115 | |
| Totales al 31/12/2009 | 125.048.204 | 157.384.490 | 282.432.694 | 9.397.953 | 3.865.126 | (175.589.140) | (162.326.061) | 120.106.633 |
Las Notas y Anexos que se acompañan son parte integrante de los Estados Contables.
| 31/12/2010 | 31/12/2009 | ||
| $ | |||
| Variaciones del efectivo | |||
| Efectivo al inicio del Ejercicio | 62.372 | 72.658 | |
| Aumento / (Disminución) neta de efectivo | 74.597 | (10.286) | |
| Efectivo al cierre del Ejercicio | 136.969 | 62.372 | |
| Flujo de efectivo de las actividades operativas | |||
| Causa de las variaciones del efectivo | |||
| Actividades operativas | |||
| Pérdida del ejercicio | (63.071.929) | (54.180.103) | |
| Más intereses ganados o perdidos | 1.713.852 | 2.205.303 | |
| Impuesto a las ganancias y a la ganancia mínima presunta devengados en el ejercicio | 416.405 | 412.509 | |
| Ajustes para arribar al flujo neto de efectivo proveniente de las actividades operativas: | |||
| Resultado de Inversiones en entes relacionados (Nota 3.9) | 58.581.811 | 53.094.226 | |
| Resultados financieros y por tenencia | 349.393 | (2.678.311) | |
| Participación de terceros en U.T.E. | (7.446) | (16.848) | |
| Cambios en activos y pasivos operativos: | |||
| Aumento de otros créditos operativos | (231.764) | (233.904) | |
| Disminución de deudas operativas | (752.104) | (903.686) | |
| Intereses pagados | (98.796) | (128.686) | |
| Pago de Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta | (641.423) | (180.543) | |
| Flujo neto de efectivo aplicado a las actividades operativas | (3.742.001) | (2.610.043) | |
| Actividades de inversión | |||
| Variación de inversiones, netas | - | (1.278.546) | |
| Flujo neto de efectivo aplicado a las actividades de inversión | - | (1.278.546) | |
| Actividades de financiación | |||
| Aumento de otras deudas | 2.028.252 | 2.993.130 | |
| (Retiros)/ Aportes efectuados por sociedades relacionadas en Catrel S.A. U.T.E. | (9.693) | 266.061 | |
| Disminución de otros créditos | 1.798.039 | 619.112 | |
| Flujo neto de efectivo generado por las actividades de financiación | 3.816.598 | 3.878.303 | |
| Aumento / (Disminución) neto de efectivo | 74.597 | (10.286) |
Las Notas y Anexos que se acompañan son parte integrante de los Estados Contables.
NOTA 1: ACTIVIDAD DE LA SOCIEDAD
Con fecha 7 de enero de 1997 el grupo de accionistas mayoritario de Polledo S.A.I.C. y F. (la Sociedad) celebró un acuerdo preliminar con CLISA (Compañía Latinoamericana de Infraestructura y Servicios S.A., empresa constituida por Roggio S.A. y por Inversar S.A.) por medio del cual y a través de una fusión - escisión de activos, CLISA adquirió el control de la Sociedad.
Como consecuencia del aumento de capital aprobado por la Asamblea de accionistas de la Sociedad de fecha 30 de septiembre de 1998, la participación de CLISA en el capital accionario de la Sociedad disminuyó, aumentando asimismo la participación de Roggio S.A., manteniendo esta última el control de Polledo S.A.I.C. y F.
Actualmente, Polledo S.A.I.C. y F. desarrolla sus actividades a través de las participaciones que mantiene en las sociedades detalladas en Nota 5.
NOTA 2: NORMAS CONTABLES
A continuación se detallan las normas contables más relevantes utilizadas por la Sociedad para la preparación de los presentes Estados Contables, las que han sido aplicadas uniformemente respecto del ejercicio anterior.
-
- Preparación y presentación de los Estados Contables
Los presentes Estados Contables están expresados en pesos argentinos, y fueron confeccionados conforme a las normas contables de exposición y valuación contenidas en las Resoluciones Técnicas emitidas por la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas, aprobadas por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y de acuerdo, con ciertas modificaciones, con las resoluciones emitidas por la Comisión Nacional de Valores.
-
- Estimaciones contables
La preparación de Estados Contables a una fecha determinada requiere que la Gerencia de la Sociedad realice estimaciones y evaluaciones que afectan el monto de los activos y pasivos registrados y los activos y pasivos contingentes revelados a dicha fecha, como así también los ingresos y egresos registrados en el ejercicio. La Gerencia de la Sociedad realiza estimaciones para poder calcular a un momento dado, por ejemplo, el valor recuperable de los activos no corrientes, el cargo por impuesto a las ganancias y las previsiones para contingencias e incobrabilidad. Los resultados reales futuros pueden diferir de las estimaciones y evaluaciones realizadas a la fecha de preparación de los presentes Estados Contables.
-
- Consideración de los efectos de la inflación
Los Estados Contables han sido preparados en moneda constante, reconociendo en forma integral los efectos de la inflación hasta el 31 de agosto de 1995. A partir de esa fecha y hasta el 31 de diciembre de 2001, se ha discontinuado la reexpresión de los Estados Contables, debido a la existencia de un período de estabilidad monetaria.
Desde el 1° de enero de 2002 y hasta el 1° de marzo de 2003 se reconocieron los efectos de la inflación, debido a la existencia de un período inflacionario. A partir de esa fecha se ha discontinuado la reexpresión de los Estados Contables. Este criterio no está de acuerdo con las normas contables profesionales vigentes, las cuales establecen que los Estados Contables deben ser reexpresados hasta el 30 de septiembre de 2003; sin embargo este desvío no ha generado un efecto significativo sobre los Estados Contables de la Sociedad al 31 de diciembre de 2010.
-
- Información comparativa
Los saldos por el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2009 que se exponen a efectos comparativos, surgen de los estados contables a dichas fechas.
-
- Criterios de Valuación
- Caja y Bancos
El efectivo disponible se ha computado a su valor nominal.
-
-
- Otros Créditos y Deudas
-
Los créditos y pasivos diversos han sido valuados en base a la mejor estimación posible de la suma a cobrar y a pagar, respectivamente, descontada utilizando la tasa estimada en el momento de su incorporación al activo y al pasivo, respectivamente, en caso de ser significativos los componentes financieros implícitos contenidos en los mismos.
-
-
- Saldos por Transacciones Financieras, por Refinanciaciones y Créditos y Deudas Diversas con Entes Relacionados
-
Los créditos y deudas con entes relacionados generados por transacciones financieras y por otras transacciones diversas han sido valuados de acuerdo con las condiciones pactadas entre las partes involucradas.
-
-
- Participaciones Permanentes en Sociedades
-
Las participaciones permanente en sociedades han sido valuadas a su valor patrimonial proporcional de acuerdo con los lineamientos de la Resolución Técnica Nº 21 de la F.A.C.P.C.E., aprobada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y por la Comisión Nacional de Valores. Las participaciones en Catastros y Relevamientos S.A. y Polledo Do Brasil Concessões e Investimentos Ltda. fueron valuadas tomando como base los respectivos Estados Contables al 31 de diciembre de 2010.
Asimismo para la valuación de la participación en Coviares S.A., Covimet S.A. y Lismore International S.A. se tomaron como base los respectivos estados contables al 30 de septiembre de 2010. La Sociedad no ha tomado conocimiento de otras variaciones patrimoniales significativas entre el cierre de los mencionados estados contables y el 31 de diciembre de 2010 que afecten la valuación de estas participaciones. Las normas contables utilizadas por las entidades emisoras son similares a las descriptas en estas notas.
La inversión en Covimet S.A. se encuentra valuada en cero, al poseer dicha sociedad Patrimonio Neto negativo en sus Estados Contables al 30 de septiembre de 2010; no existiendo compromisos de aportes societarios para enmendar tal circunstancia por parte de la Sociedad.
La sociedad radicada en el exterior, Polledo Do Brasil Concessões e Investimentos Ltda. ha sido clasificada como no integrada con las operaciones de la Sociedad.
Las participaciones en aquellas sociedades en las cuales no se ejerce control ni influencia significativa (Servicios Urbanos de Buenos Aires S.A., Servicios Metropolitanos S.A. y Alcalis de la Patagonia S.A.I.C.) han sido valuadas a su costo de adquisición reexpresado siguiendo los lineamientos expuestos en la Nota 2.3, con el límite de su valor recuperable estimado. Los costos de adquisición de las participaciones en Servicios Urbanos de Buenos Aires S.A., y Servicios Metropolitanos S.A. fueron previsionados como consecuencia de los procesos de liquidación en que se encuentran las mencionadas sociedades. La participación en Álcalis de la Patagonia S.A.I.C. se encuentra previsionada.
-
-
- Participaciones en negocios conjuntos
-
Las participaciones en Catrel S.A. U.T.E., Polledo S.A.I.C. y F. - Natino S.A. - Indeco S.A. - Consorcio de Empresas y Benito Roggio e Hijos S.A. y otros - U.T.E. fueron valuadas de acuerdo con las disposiciones de la Resolución Técnica Nº 14 de la F.A.C.P.C.E., consolidando los Estados Contables del negocio conjunto, en el primer caso, y aplicando el método de consolidación proporcional en los dos casos restantes.
La participación en Eriday U.T.E. y sus proyectos asociados, fue valuada al costo de adquisición reexpresado siguiendo los lineamientos expuestos en la Nota 2.3, con el límite de su valor recuperable, pero debido a ser negativos los resultados acumulados de los socios, ha sido previsionada.
-
-
- Previsiones
-
La Sociedad realiza el análisis de las contingencias relacionadas con su actividad que podrían generar probables pérdidas futuras y ha previsionado el valor contingente estimado. La Sociedad registra un pasivo contingente en la medida que sea razonablemente cuantificable y de probable ocurrencia. Estas registraciones están basadas en los hechos y circunstancias conocidos por la Sociedad hasta la fecha de los presentes Estados Contables y las estimaciones hechas por la gerencia.
A la fecha de emisión de los presentes Estados Contables, la gerencia de la Sociedad entiende que no existen elementos que permitan determinar que otras contingencias puedan materializarse y generar un impacto negativo en los presentes Estados Contables.
-
-
- Impuesto a las Ganancias y a la Ganancia Mínima Presunta
-
La Sociedad ha reconocido el cargo por impuesto a las ganancias en base al método del impuesto diferido, reconociendo de esta manera las diferencias temporarias entre las mediciones de los activos y pasivos contables e impositivos. Las principales diferencias temporarias se originan en quebrantos impositivos acumulados y previsiones registradas contablemente.
A los efectos de determinar los activos y pasivos diferidos se ha aplicado sobre las diferencias temporarias identificadas y los quebrantos impositivos, la tasa impositiva que se espera esté vigente al momento de su reversión o utilización, considerando las normas legales sancionadas a la fecha de emisión de estos Estados Contables.
La Sociedad y sus sociedades controladas, de acuerdo con lo permitido por las nuevas normas contables, ha decidido no reconocer el pasivo diferido generado por el efecto del ajuste por inflación sobre los bienes de uso y otros activos no monetarios. Sin embargo, este ajuste no generaría un efecto significativo sobre los Estados Contables.
Debido a la baja probabilidad de que las ganancias impositivas futuras permitan absorber las diferencias temporarias netas activas, dentro de los plazos de prescripción legales, la Sociedad ha computado una desvalorización sobre dicho crédito.
La Sociedad determina el impuesto a la ganancia mínima presunta aplicando la tasa vigente del 1% sobre los activos computables al cierre del ejercicio. Este impuesto es complementario del impuesto a las ganancias. La obligación fiscal de la Sociedad en cada ejercicio coincidirá con el mayor de ambos impuestos. Sin embargo, si el impuesto a la ganancia mínima presunta excede en un ejercicio fiscal al impuesto a las ganancias, dicho exceso podrá computarse como pago a cuenta del impuesto a las ganancias que pudiera producirse en cualquiera de los diez ejercicios siguientes.
La Sociedad ha reconocido el impuesto a la ganancia mínima presunta devengado en el ejercicio y pagado en ejercicios anteriores como resultado (pérdida).
-
-
- Cuentas del Patrimonio Neto
-
Los movimientos de las cuentas del patrimonio neto han sido reexpresados siguiendo los lineamientos expuestos en la Nota 2.3. La cuenta “Capital Social” ha sido expresada a su valor nominal histórico. La diferencia entre el valor expresado en moneda homogénea y el valor nominal histórico ha sido expuesta en la cuenta “Ajustes de Capital” integrante del patrimonio neto.
-
-
- Cuentas del Estado de Resultados
-
Los cargos por activos consumidos se determinaron en función de los valores de tales activos. Los demás resultados del ejercicio se exponen a valores nominales del ejercicio al que corresponden. Los resultados financieros y por tenencia se exponen discriminados según sean generados por activos o pasivos.
-
-
- Estado de Flujo de Efectivo
-
Para la presentación del Estado de Flujo de Efectivo se ha adoptado la alternativa del método indirecto de la Resolución Técnica N° 8 modificada por la Resolución Técnica N° 19 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas, considerándose fondos exclusivamente los saldos de Caja y Bancos.
NOTA 3: COMPOSICIÓN DE LOS PRINCIPALES RUBROS DEL ESTADO DE SITUACIÓN PATRIMONIAL Y DEL ESTADO DE RESULTADOS.
| Activo | 31/12/2010 | 31/12/2009 | |||
| Activo Corriente | $ | ||||
| 3.1 | Caja y Bancos | ||||
| Bancos moneda local | 132.995 | 57.665 | |||
| Caja y Bancos por participación en Catrel S.A. U.T.E. | 3.974 | 4.707 | |||
| Total | 136.969 | 62.372 | |||
| 3.2 | Créditos por Ventas | ||||
| Sociedades Art. 33 - Ley 19.550 y entes relacionados (Nota 5) | 220.398 | 220.398 | |||
| Total | 220.398 | 220.398 | |||
| 3.3 | Otros Créditos | ||||
| Créditos impositivos | 44.079 | 47.660 | |||
| En moneda extranjera Sociedades Art. 33 - Ley 19.550 y entes relacionados (Nota 5 y Anexo G) | 4.390 | 4.049 | |||
| Crédito por venta de Acciones (Nota 5.9) | 4.846.784 | 3.779.396 | |||
| Diversos por participación en Benito Roggio e Hijos S.A. y otros U.T.E. | 184.587 | 127.824 | |||
| Diversos por participación en Catrel S.A. U.T.E. | 2.340 | 2.340 | |||
| Diversos | 368.897 | 368.897 | |||
| Total | 5.451.077 | 4.330.166 | |||
| Activo no Corriente | |||||
| 3.4 | Otros Créditos | ||||
| En moneda extranjera Sociedades Art. 33 - Ley 19.550 y entes relacionados (Nota 5 y Anexo G) | 3.747.443 | 2.750.232 | |||
| Sociedades Art. 33 - Ley 19.550 y entes relacionados (Nota 5) | 148.516 | 608.652 | |||
| Créditos Impositivos | 791.377 | 688.610 | |||
| Crédito por venta de Acciones (Nota 5.9) | - | 2.078.600 | |||
| Total | 4.687.336 | 6.126.094 |
| Pasivo | 31/12/2010 | 31/12/2009 | |||
| Pasivo Corriente | $ | ||||
| 3.5 | Cargas Fiscales | ||||
| Impuesto a la Ganancia Mínima presunta, neto | 103.746 | 341.222 | |||
| Bienes Personales - Acciones y Participaciones | 70.257 | 147.362 | |||
| Moratoria Decreto 1384/01 | 15.636 | 15.636 | |||
| Moratoria por participación en Catrel S.A. U.T.E. | 638.324 | 611.925 | |||
| Participación en Benito Roggio e Hijos S.A. y otros U.T.E. | 149.514 | 127.820 | |||
| Retenciones a pagar | 167 | 159 | |||
| Plan de Facilidades de pago Resol. 2722 SHYF04 – CABA | - | 89.294 | |||
| Régimen de Facilidades de Pago Ley 26.476 | 1.300 | - | |||
| Total | 978.944 | 1.333.418 | |||
| 3.6 | Otras Deudas | ||||
| Provisión honorarios directores | 45.477 | 44.863 | |||
| En moneda local Sociedades Art. 33 - Ley 19.550 y entes relacionados (Nota 5) | 170.776 | 170.776 | |||
| Total | 216.253 | 215.639 | |||
| Pasivo no Corriente | |||||
| 3.7 | Cargas Fiscales | ||||
| Régimen de Facilidades de Pago Ley 26.476 | 176.352 | 176.209 | |||
| Plan de Facilidades de pago Resol. 2722 SHYF04 – CABA | - | 14.033 | |||
| Moratoria Decreto 1384/01 | 2.605 | 18.241 | |||
| Moratoria por participación en Catrel S.A. U.T.E. | 161.762 | 788.597 | |||
| Participación en Benito Roggio e Hijos S.A. y otros U.T.E. | 35.069 | - | |||
| Total | 375.788 | 997.080 | |||
| 3.8 | Otras Deudas | ||||
| En moneda local Sociedades Art. 33 - Ley 19.550 y entes relacionados (Nota 5) | 13.414.960 | 10.252.520 | |||
| En moneda extranjera Sociedades Art. 33 - Ley 19.550 y entes relacionados (Nota 5 y Anexo G) | 26.589.228 | 24.539.295 | |||
| Total | 40.004.188 | 34.791.815 | |||
| Estado de Resultados | |||||
| 3.9 | Resultado de Inversiones en Entes Relacionados | 31/12/2010 | 31/12/2009 | ||
| $ | |||||
| Covimet S.A. | (6.738.952) | (15.603.019) | |||
| Coviares S.A. | (41.357.756) | (25.021.709) | |||
| Lismore International S.A. | (7.547.964) | (5.665.391) | |||
| Catastros y Relevamientos S.A. | (9.463) | (21.078) | |||
| Polledo do Brasil Concessões e Investimentos Ltda. | (2.927.676) | (6.783.029) | |||
| Total | (58.581.811) | (53.094.226) |
NOTA 4: ESTADO DEL CAPITAL SOCIAL
| Capital | Importe $ | Aprobado por | Fecha de Inscripción en Registro Público de Comercio (última modificación) | ||
| Fecha | Organo | ||||
| Suscripto, integrado e inscripto | 125.048.204 | 30/09/98 | Asamblea Ordinaria | 05/05/99 | |
| TOTAL (1) | 125.048.204 | ||||
| (1) Corresponden a 125.048.204 acciones de $ 1 de valor nominal y de un voto cada una. |
NOTA 5: SALDOS Y OPERACIONES CON SOCIEDADES RELACIONADAS Y SOCIEDADES ART. 33 – LEY 19.550.
Los saldos a cobrar y a pagar a Sociedades Art. 33 Ley 19.550 y entes relacionados al 31 de diciembre de 2010 se detallan en el siguiente cuadro:
| Sociedad | Créditos por Ventas Corrientes | Otros Créditos Corrientes | Otros Créditos No Corrientes | Deudas Comerciales Corrientes | Otras Deudas Corrientes | Otras Deudas No Corrientes |
| $ | ||||||
| Sociedad Controlante: | ||||||
| Roggio S.A. | - | - | 148.516 | - | - | - |
| Sociedades Controladas: | ||||||
| Catrelsa S.A. | - | - | - | - | 161.808 | - |
| Polledo do Brasil Concessões e Serviços Ltda. | - | 4.390 | - | - | - | 26.589.228 |
| Sociedades que ejercen influencia significativa sobre la Sociedad: | ||||||
| Clisa S.A. | - | - | - | - | - | 13.414.960 |
| Sociedades en las que se ejerce influencia significativa: | ||||||
| Covimet S.A. | 220.398 | - | - | - | - | - |
| Otros entes Relacionados: | ||||||
| Eriday U.T.E. | - | - | 3.747.443 | 62.575 | 8.968 | - |
| TOTALES al 31/12/2010 | 220.398 | 4.390 | 3.895.959 | 62.575 | 170.776 | 40.004.188 |
Los saldos a cobrar y a pagar a Sociedades Art.33 - Ley 19.550 y entes relacionados al 31 de diciembre de 2009 se detallan en el siguiente cuadro:
| Sociedad | Créditos por Ventas Corrientes | Otros Créditos Corrientes | Otros Créditos No Corrientes | Deudas Comerciales Corrientes | Otras Deudas Corrientes | Otras Deudas No Corrientes |
| $ | ||||||
| Sociedad Controlante: | ||||||
| Roggio S.A. | - | - | 608.652 | - | - | - |
| Sociedades Controladas: | ||||||
| Catrelsa S.A. | - | - | - | - | 161.808 | - |
| Polledo do Brasil Concessões e Investimentos Ltda. | - | 4.049 | - | - | - | 24.539.295 |
| Sociedades que ejercen influencia significativa sobre la Sociedad: | ||||||
| Clisa S.A. | - | - | - | - | - | 10.252.520 |
| Sociedades en las que se ejerce influencia significativa: | ||||||
| Covimet S.A. | 220.398 | - | - | - | - | - |
| Otros entes Relacionados: | ||||||
| Eriday U.T.E. | - | - | 2.750.232 | 59.806 | 8.968 | - |
| TOTAL al 31/12/2009 | 220.398 | 4.049 | 3.358.884 | 59.806 | 170.776 | 34.791.815 |
El detalle de las operaciones con sociedades controladas y entes relacionados que generaron resultados positivos /(negativos) es el siguiente:
| Sociedad | Total al 31/12/2010 | Total al 31/12/2009 |
| $ | ||
| Sociedad Controlante: | ||
| Roggio S.A. | 41.671 | (28.818) |
| Sociedades que ejercen influencia significativa sobre la Sociedad: | ||
| Clisa S.A. | (1.134.526) | (1.744.236) |
| Sociedades Controladas: | ||
| Polledo do Brasil Concessões e Investimentos Ltda. | (2.049.933) | (1.175.027) |
| Otros entes relacionados: | ||
| Eriday U.T.E. | 148.739 | 101.928 |
| TOTAL | (2.994.049) | (2.846.153) |
A continuación se describen los aspectos relevantes de las participaciones en Sociedades y U.T.E. vinculadas:
-
- Covimet S.A.:
La Sociedad posee una participación del 31,802 % en Covimet S.A., sociedad concesionaria de obra pública que tiene por objeto la construcción, conservación y explotación de la Autopista 9 de julio - Tramo Norte. El plazo de concesión es de 20 años contados a partir del 1° de noviembre de 1995, no contándose como período transcurrido el que media entre el 16 de mayo de 1996 y la fecha de perfeccionamiento del Reordenamiento Contractual (22 de febrero de 1999).
Como se menciona en Nota 10, con fecha 25 de febrero de 2003 el Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires dictó el decreto 149/GCBA/2003 mediante el cual resolvió rescindir el contrato de concesión de Covimet S.A.
-
- Coviares S.A.:
La Sociedad participa, directa e indirectamente, en el 31,78% de Coviares S.A.
En nota a los Estados Contables especiales de Coviares S.A. al 30 de septiembre de 2010 se menciona lo siguiente:
“ACTIVIDADES DE LA SOCIEDAD
La Sociedad tiene como objeto social la construcción, conservación y explotación de la Autopista La Plata - Buenos Aires, Ribereña de la Capital Federal y Nuevo Puente sobre el Riachuelo, de acuerdo con el Acuerdo de Reformulación del contrato de concesión (“el Contrato de Concesión”) de fecha 29 de diciembre de 1993, celebrado con la Secretaría de Obras Públicas y Comunicaciones del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos de la Nación (“la Secretaria de Obras Públicas” o “el Concedente”), que fue aprobado por Resolución Ministerial Nº 538/94 y decreto del Poder Ejecutivo Nacional. La concesión comprende, entre otras obligaciones, la construcción de la autopista, el mantenimiento, reparación y conservación de las obras y la administración, explotación y prestación de servicios durante el período de concesión.
El día 22 de diciembre de 2000, Coviares y la Secretaría de Obras Públicas suscribieron una adenda al Acuerdo de Reformulación antes mencionado. Dicha adenda fue aprobada por el Decreto Nº 85/2001 del Poder Ejecutivo Nacional, firmado el 25 de enero de 2001 y publicado en el Boletín Oficial el 30 de enero de 2001. Las principales modificaciones surgidas de la misma se detallan a continuación: (i) prórroga de la fecha de vencimiento del cronograma de obras; (ii) ampliación de los plazos para la devolución de la deuda con el Estado Nacional (Ver Nota 5.4.5.(1)), cuyos pagos comenzarán a hacerse efectivos a partir de enero de 2012, más los intereses correspondientes sobre saldos, calculados a la tasa del 6% anual y directa; y (iii) exclusión de la adenda de la Autopista Ribereña de la Capital Federal hasta tanto se defina la traza y anteproyecto de dicha autopista.
El plazo de concesión es de veintidós años contados a partir de la fecha de habilitación de la primera casilla de peaje (1° de julio de 1995).
Una vez finalizado el período de concesión, la Sociedad no conservará ningún derecho sobre la obra, cuyo dominio pertenece al Estado, ni sobre su explotación, excepto por los que surjan de eventuales reclamos que puedan hacerse a este último.
De acuerdo con el Contrato de Concesión, Coviares es responsable y está obligada al pago de todos los impuestos, tasas y contribuciones que se apliquen a los bienes entregados por el Concedente o los que construya o incorpore a las obras, así como a las actividades que realice, sean dichos tributos de origen nacional, provincial o municipal, con excepción del pago del impuesto a las ganancias, en virtud de la exención establecida en dicho contrato.
A la fecha no existen otros hechos, además de los informados en Nota 1, que hagan presumir la existencia de dificultades en el cumplimiento de las obligaciones emergentes del Contrato de Concesión. Es importante destacar que a la fecha el Concedente no ha aplicado multas ni sanciones por incumplimiento de las obligaciones contractuales que se encuentren firmes, estimándose que serán dejadas sin efecto.
Asimismo, sobre la base de sus proyecciones, la Sociedad prevé que los ingresos a obtener durante el período de concesión le permitirán absorber el valor residual de la obra ya realizada y el costo de las obras a realizarse. Al 30 de septiembre de 2010, los pasivos corrientes superan a sus activos corrientes en $ 74.377.509. Además, a pesar de la crítica situación descripta, al 30 de septiembre de 2010, Coviares se encuentra construyendo el tercer carril entre Quilmes y el Acceso Sudeste, dado que el tránsito alcanzó los niveles que definen la necesidad de su construcción.
Asimismo, se continuó con los trabajos de mantenimiento, conservación y mejorativos de la calzada existente a los fines de mantener los índices técnicos contractuales de la autopista.”
“RENEGOCIACIÓN DE CONTRATOS CELEBRADOS CON LA ADMINISTRACIÓN PUBLICA
A partir de la sanción de la Ley Nº 25.561 (Ley de Emergencia Pública y Reforma del régimen cambiario), quedaron sin efecto las cláusulas de ajuste en dólares u otras monedas extranjeras u otros mecanismos indexatorios incluidos en los contratos celebrados con la Administración Pública. Los precios y tarifas vigentes a dicha fecha fueron convertidos a pesos al tipo de cambio de $ 1 por US$ 1. Asimismo, el Gobierno Nacional quedó autorizado a renegociar dichos contratos debiendo tomar en consideración aspectos tales como el impacto de las tarifas en la competitividad de la economía y en la distribución de los ingresos, la rentabilidad de las empresas, etc. En cumplimiento de ello, a partir del dictado del Decreto 293 del 12 de febrero de 2002, se dio inicio al proceso de renegociación contractual, mediante la creación de la Comisión de Renegociación de Contratos de Obras y Servicios Públicos, para que las concesionarias de obras y servicios públicos presentaran sus propuestas de renegociación.
Los plazos originalmente establecidos para el proceso de negociación fueron prorrogados y a través del Decreto N° 311 del 3 de julio de 2003, se creó una nueva Comisión en el ámbito de los Ministerios de Economía y Producción y de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, en sustitución de la constituida anteriormente, denominada “Unidad de Renegociación y análisis de Contratos de Servicios Públicos” (“UNIREN”).
UNIREN, a través de la Ley 25.790 de octubre de 2003, dispuso que los acuerdos de renegociación podrían abarcar aspectos parciales de los contratos de concesión o licencia, incluyendo la posibilidad de revisiones periódicas.
La referida UNIREN debatió con los concesionarios, la suscripción de una “Carta de Entendimiento” que regiría en forma transitoria hasta la suscripción del Acuerdo definitivo previsto por la mencionada ley 25.790, a debatirse en Audiencia Pública.
A la fecha de emisión de los presentes estados contables especiales se ha sancionado la ley 26.563, la cual prorroga los plazos de la emergencia hasta el 31 de diciembre de 2011, con igual extensión en el plazo de renegociación contractual.
A lo largo del proceso antes explicado, Coviares efectuó varias presentaciones ante la Comisión de Renegociación de Contratos de Obras y Servicios Públicos, ahora UNIREN, en las cuales se sugieren distintas alternativas para aliviar la crítica situación que provocan las medidas mencionadas.
Con fecha 21 de febrero de 2007 se ha suscripto una Carta de Entendimiento que tiene por objeto establecer las bases y condiciones que se estiman razonables y convenientes para adecuar el Contrato de Concesión en las actuales condiciones de la Sociedad y la economía del país. El documento ha sido debatido en una Audiencia Pública, celebrada el 28 de junio de 2007 por Disposición N° 1/2007 de la UNIREN, cuyas conclusiones fueron consideradas, para definir el Acuerdo de Renegociación Contractual, “ad referéndum” del Poder Ejecutivo Nacional.
Con fecha 29 de enero de 2009 se suscribió el Acuerdo de Renegociación Contractual mencionado y con posterioridad al consenso alcanzado, se produjo el cambio de la autoridad a cargo del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas efectuándose adecuaciones derivadas de dicha circunstancia, manteniendo los términos y condiciones de su antecedente de fecha 29 de enero de 2009, suscribiéndose un nuevo Acuerdo de Renegociación Contractual con fecha 9 de octubre de 2009 “ad. Referéndum” de la firma del Decreto del Poder Ejecutivo Nacional.
El Acta Acuerdo de Renegociación ha regresado a la UNIREN y ésta remitió por nota N° 246 de fecha 30 de junio de 2009 al Honorable Congreso de la Nación la propuesta de renegociación contractual de Coviares que tramita bajo el expediente CUDAP EXP-S 01:0257392/2002, luego de lo cual el Congreso tomo intervención de acuerdo al art. 4 de la Ley 25.790. A la fecha de los presente estados contables se ha alcanzado el acuerdo con la UNIREN. La Asamblea Extraordinaria de Accionistas se expidió sobre el mismo el 14 de octubre 2009 aprobando el texto adecuado del Acta Acuerdo de Renegociación de fecha 9 de octubre de 2009.
Entre los puntos más sobresalientes se destacan:
a) La firma del Acuerdo no implica renuncia ni desistimiento alguno por parte de esta Sociedad a obtener la extensión de la exención del Impuesto a las Ganancias hacia otros gravámenes de igual naturaleza vigentes y/o que graven el mismo hecho imponible.
b) Referente al Plan de Inversiones, se modificó el Cronograma Plan de Inversiones contenido en la Adenda al Acta Acuerdo de Reformulación contractual del 22 de diciembre de 2000, se contempla la readecuación de la ecuación económica financiera del contrato en función de la diferencia resultante de la comparación entre el plan económico financiero actual y el de origen, es decir, el contemplado en el Contrato suscripto en 1993.
c) Se recompondrá la tasa interna de retorno del plan original de la Concesión cuyo valor es de 14,6%. Se contempló un aumento de la tarifa de peaje del 15% que debió regir a partir de diciembre de 2009 y se estableció una metodología, para el ajuste futuro de las tarifas, que cubra los efectos de la inflación y que comenzará a aplicarse a partir de la firma del Decreto del Poder Ejecutivo Nacional. Se conviene establecer una instancia de revisión contractual entre el Concedente y el Concesionario.
d) Respecto del tratamiento de las penalidades se establece que los incumplimientos del Concesionario respecto a las obligaciones de realización de obras en la Autopista de acuerdo al cronograma contractualmente comprometido y producidos a partir del mes de enero de 2002 en virtud de la situación de emergencia declarada, no serán pasibles de la penalidades previstas en el Contrato de Concesión, por tal motivo la autoridad de aplicación y el órgano de control procederán a dejar sin efecto los procesos en curso originados en actas de constatación.
e) En concordancia con el proyecto, se excluye de las obligaciones de la Concesionaria la construcción, mantenimiento, reparación y conservación de la obra Autopista Ribereña de la Capital Federal y los eventuales trabajos de conexión en el mencionado distribuidor, de forma tal que el Concedente podrá disponer la ejecución de la misma por los medios y en el plazo que estime conveniente. Por su parte, a partir de la firma del mencionado Decreto cesan las obligaciones de la Sociedad a las iniciativas de la remodelación de las zonas bajo viaducto correspondiente a la Av. Pedro de Mendoza como obra complementaria de la Autopista Ribereña, renunciando incondicionalmente además a la explotación comercial de la zona.
El 27 de julio de 2010 se publicó en el Boletín Oficial el decreto 1057/2010, el cual ratifica el Acuerdo de Renegociación Contractual suscripto entre la UNIREN y Coviares. Con la ratificación de este acuerdo, la Dirección Nacional de Vialidad y el OCCOVI, actuando dentro de sus respectivos ámbitos de competencia, deberán proceder al dictado de los actos y al desarrollo de los procedimientos que resulten necesarios para la instrumentación, ejecución y cumplimiento de las disposiciones contenidas en el Acuerdo para recomponer la ecuación económica financiera del Contrato de Concesión. El Acuerdo de Renegociación Contractual tuvo principio de ejecución con la puesta en vigencia del cuadro tarifario que aumentó la tarifa en el 15% a que se hace referencia en el punto c), a partir del día 4 de octubre de 2010. A la fecha, se han realizado presentaciones con el objeto de lograr los avances para recomponer el contrato a la mayor brevedad posible.”
-
- Lismore International S.A.:
La participación de Polledo S.A.I.C. y F. en el capital y votos de esta sociedad asciende al 31,80 %.
-
-
- Eriday Unión Transitoria de Empresas y Proyectos Asociados:
-
La Sociedad tiene una participación del 6,083 % de Eriday U.T.E. y otras participaciones minoritarias en proyectos asociados. Eriday U.T.E. tiene por objeto dar cumplimiento al contrato celebrado con la Entidad Binacional Yacyretá (“EBY”), para la construcción de las obras civiles principales del Proyecto Yacyretá. El plazo de duración de la misma es el de la ejecución del contrato mencionado precedentemente. La U.T.E. ha efectuado presentaciones formales ante el EBY, tendientes a obtener el reconocimiento de Asuntos Contractuales Pendientes generados durante la ejecución de las obras. Por su parte el EBY ha reclamado algunos conceptos correspondientes a cuestiones de cierta antigüedad y que no habían sido planteadas oportunamente.
Dada la falta de acuerdo entre el Comitente y el Contratista, ERIDAY U.T.E. ha optado por la posibilidad prevista en el Contrato Y-C.1. de someter estas cuestiones a un arbitraje internacional. La demanda de arbitraje fue recibida por la Corte Internacional de la Cámara de Comercio Internacional (“C.C.I.”). Luego de un prolongado proceso, las partes presentaron los alegatos y el tribunal llamará a autos para Laudar.
5.5. Catastros y Relevamientos S.A. y Catastros y Relevamientos S.A. U.T.E.:
La Sociedad posee una participación del 97,92% de Catastros y Relevamientos S.A. (“Catrel S.A.”) que conjuntamente con Polledo S.A.I.C. y F., es miembro de Catastros y Relevamientos S.A. U.T.E., la cual tenía por objeto realizar el relevamiento catastral de la Ciudad de Buenos Aires a través del contrato firmado a tal efecto con el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires (GCBA) que finalizó el 4 de diciembre de 2002.
El plazo de duración de Catrel S.A. U.T.E. será el necesario para la extinción de los derechos y obligaciones frente al GCBA, entre empresas miembro y frente a terceros.
Actualmente Catrel S.A. está orientada a ofrecer servicios de Administración Territorial y de Administración Tributaria, este último orientado principalmente a provincias y municipios que necesitan poner marcado énfasis en los servicios de recaudación, a través de la implementación de las más modernas técnicas para gestionar esta área.
5.6. Polledo Do Brasil Concessões e Investimentos Ltda.:
Con fecha 5 de enero de 1999, se aprobó la inscripción de Polledo Do Brasil Concessões e Investimentos Ltda. en la ciudad de San Pablo, Brasil. Polledo S.A.I.C. y F. posee una participación del 99,99% en esta sociedad.
5.7. Polledo S.A.I.C. y F. - Natino S.A. - Indeco S.A. - Consorcio de Empresas:
Polledo participa en un 25% en Polledo S.A.I.C. y F. - Natino S.A. - Indeco S.A. - Consorcio de Empresas (“Polledo-Natino-Indeco U.T.E.”). Las obras correspondientes al contrato original firmado por este consorcio y diversos trabajos adicionales ya han sido ejecutados, certificados y recibidos definitivamente. A la fecha se encuentra liquidando cuestiones y cuentas pendientes vinculadas con la ejecución de su objeto.
5.8. Benito Roggio e Hijos S.A. y Otros U.T.E.:
La Sociedad tiene una participación del 15,4195% en esta U.T.E.. Actualmente, la mencionada U.T.E. se encuentra liquidando cuestiones y cuentas pendientes vinculadas con la ejecución de su objeto.
5.9 Comsa S.A. – Agro-Epsilon S.A.:
Durante el ejercicio cerrado al 30 de junio de 2007, Polledo S.A.I.C. y F. adquirió a Catastros y Relevamientos S.A. la totalidad de las acciones de la que ésta última era titular en Comsa S.A., es decir 7.000 acciones ordinarias nominativas no endosables, Clase B, de $100 de valor nominal c/u y de un voto por acción, a un precio de pesos $1.644.921.
Posteriormente, también durante el mismo ejercicio, se suscribió un contrato mediante el cual Polledo S.A.I.C. y F. vendió la totalidad de su tenencia accionaria en Comsa S.A. y Agro-Epsilon S.A. constituida de las acciones mencionadas en el párrafo anterior y las que tenía Polledo S.A.I.C. y F. con anterioridad. La operación se concretó por un precio total de 5.867 toneladas de soja y 11.588 toneladas de maíz duro (el “Precio”), equivalentes al momento de la operación a U$S 2,7 millones. Esta deuda es convertible en dólares estadounidenses, a opción de Polledo S.A.I.C. y F. El Precio es abonado mediante un pago inicial al momento de la suscripción del contrato, equivalente al veinte por ciento del total, una segunda cuota de 522 toneladas de soja y de 1.030 toneladas de maíz duro pagadera el día 15 de mayo de 2007, y el saldo en cuatro (4) cuotas anuales y consecutivas, cada una igual a 1.043 toneladas de soja y 2.060 toneladas de maíz duro, venciendo la primera de ellas el 15 de mayo de 2008 y la última el 15 de mayo de 2011. La operación contempla el pago de un interés compensatorio medido en toneladas de las mismas especies y en las mismas proporciones como están contempladas en el Precio y se calcularán a una tasa anual igual a la que resulte de adicionar a la tasa de los “Federal Funds” (la “Tasa Fed”) un adicional fijo de 9,92 puntos porcentuales. Dichos intereses se aplicarán al saldo impago a partir del 16/12/2007 (inclusive), y serán pagaderos conjuntamente con las cuotas que venzan a partir de dicha fecha. En garantía del pago de todas las obligaciones, la compradora constituyó un derecho real de prenda a favor de Polledo S.A.I.C. y F. sobre las acciones vendidas y entregó cinco pagarés a la vista, uno por cada cuota, que serán devueltos contra el pago de cada una de ellas.
NOTA 6: LIMITACION A LA DISTRIBUCION DE UTILIDADES
En función de lo establecido por el artículo 70, de la ley de Sociedades Comerciales N° 19.550 toda sociedad debe destinar el 5% de las ganancias netas de cada año a una reserva legal hasta alcanzar el 20% de su capital social.
NOTA 7: AVALES Y FIANZAS OTORGADAS
En relación a la participación del Banco de la Provincia de Buenos Aires en el Préstamo Sindicado otorgado a la sociedad vinculada Coviares S.A., Polledo S.A.I.C. y F. se ha constituido en fiador simplemente mancomunado de Coviares S.A., por hasta un límite de $44.805.416. No obstante, la fianza será ejecutable solamente en caso de rescisión del contrato de concesión por culpa de Coviares S.A.
NOTA 8: IMPUESTO A LAS GANANCIAS – IMPUESTO DIFERIDO
La evolución y composición de los activos y pasivos por impuesto diferido se detallan a continuación:
| Rubro | Saldos al inicio del Ejercicio | Cargo a resultado del Ejercicio | Saldos al cierre del Ejercicio |
| $ | |||
| Quebrantos | 5.345.085 | (343.333) | 5.001.752 |
| Previsiones Varias | 1.226.811 | 35.222 | 1.262.033 |
| Cargas Fiscales | (18.392) | (145) | (18.537) |
| Subtotal | 6.553.504 | (308.256) | 6.245.248 |
| Previsión para desvalorización | (6.553.504) | 308.256 | (6.245.248) |
| Total | - | - | - |
A continuación se presenta una conciliación entre el impuesto a las ganancias cargado a resultados y el que resultaría de aplicar la tasa del impuesto vigente sobre la pérdida contable:
| Al 31 de diciembre de 2010 | Al 31 de diciembre de 2009 | |
| $ | ||
| Pérdida del ejercicio (antes de impuestos) | (62.655.524) | (53.767.594) |
| Tasa del impuesto vigente | 35% | 35% |
| Pérdida del Ejercicio a la tasa del impuesto | 21.929.433 | 18.818.658 |
| Diferencias permanentes a la tasa del impuesto: | ||
| Resultado de inversiones en entes relacionados | (20.503.634) | (18.582.979) |
| Otras | (763.649) | 211.463 |
| Diferencias temporarias a la tasa del impuesto: | ||
| Prescripción de quebrantos impositivos | (970.406) | (1.474.264) |
| Previsión desvalorización activos diferidos netos | 308.256 | 1.027.122 |
| Impuesto determinado del ejercicio | - | - |
Los quebrantos impositivos acumulados registrados por la Sociedad que se encuentran pendientes de utilización al cierre del ejercicio ascienden aproximadamente a $14.290.718 y podrán ser compensados con utilidades impositivas de ejercicios futuros, de acuerdo al siguiente detalle:
| Ejercicio de generación | Monto | Ejercicio de expiración |
| 2005 | 3.535.527 | 2010 |
| 2006 | 3.119.260 | 2011 |
| 2007 | 955.215 | 2012 |
| 2008 | 3.726.916 | 2013 |
| 2009 | 1.162.162 | 2014 |
| 2010 | 1.791.638 | 2015 |
| Total | 14.290.718 |
La Sociedad no ha computado dichos quebrantos en el cálculo del impuesto diferido debido a que estima que no es probable su recupero antes de los plazos de prescripción legales, a la fecha de emisión de los presentes Estados Contables.
NOTA 9: SITUACION FINANCIERA ACTUAL DE COVIMET S.A.
En nota a los Estados Contables especiales de Covimet S.A. al 30 de septiembre de 2010 se menciona lo siguiente:
“Al 30 de septiembre de 2010, los pasivos corrientes de Covimet superan a sus activos corrientes en $ 71.152.721. Esta situación se ha generado como consecuencia del vencimiento de ciertas obligaciones financieras y bancarias que Covimet se había comprometido a cumplir y de las circunstancias mencionadas en las Notas 1 y 16, las cuales han llevado a la Sociedad a no disponer actualmente de un flujo de fondos operativo, que le permita afrontar este endeudamiento.
En consecuencia, Covimet, se encuentra definiendo un plan de acción para obtener los recursos financieros necesarios para ello. En el marco de este plan, ha reestructurado los siguientes préstamos:
Reestructuración de la deuda con Key Largo Trust:
Tal como se menciona en Nota 9, con fecha 10 de mayo de 2005, Covimet ha firmado un acuerdo de reestructuración de la deuda que poseía con Key Largo Trust obteniendo una quita de millones $ 42,6, la cual no está supeditada a condición suspensiva alguna y solo podría quedar sin efecto en el futuro, en el caso que no se cumplieran con las obligaciones contraídas para obtenerla.
Al 30 de septiembre de 2010, la deuda reestructurada que asciende a millones de $ 1,30 se encuentra expuesta en el pasivo de acuerdo a los vencimientos pactados. El resultado por la reestructuración fue registrado en la línea de los Resultados Financieros del Estado de resultados al 30 de junio de 2005.
Reestructuración de la deuda con el Banco Patagonia:
Tal como se menciona en Nota 7.3.2 (1), durante el mes de diciembre de 2004, Covimet procedió a la reestructuración de la deuda que poseía con el Banco Patagonia por millones de $ 18,6, obteniendo una quita de millones de $ 9,5. Al 30 de septiembre de 2010, la Sociedad ha incumplido en el pago de millones de $ 24,36 correspondientes a capital e intereses, situación en virtud de la cual los acreedores podrían reclamar el renacimiento de la obligación original, plantear la caducidad de todos los plazos de vencimientos establecidos y solicitar formalmente la cancelación anticipada de sus acreencias. Al respecto, la Dirección de la Sociedad, a la fecha, no ha recibido intimaciones con relación al pago inmediato por deudas vencidas ni al renacimiento de la obligación original.”
NOTA 10: RESCISION CONTRATO COVIMET S.A.
En nota a los Estados Contables especiales de Covimet S.A. al 30 de septiembre de 2010 se menciona lo siguiente:
“Con fecha 25 de febrero de 2003 el Jefe de Gobierno de la CABA dictó el decreto 149/GCABA/2003 mediante el cual dispuso: (a) revocar el decreto 3135/GCABA/1998, alegando su nulidad absoluta e insanable; y (b) rescindir el contrato de concesión de obra pública para la construcción y concesión de la remodelación y prolongación de la Av. 9 de Julio Tramo Norte (Autopista Arturo Illia), argumentando incumplimiento de Covimet.
El 8 de julio de 2003, la Sociedad promovió una demanda ordinaria contra el GCABA con el objeto de que se declare la nulidad del Decreto 149/GCABA/2003 y se condene a la demandada al pago de los daños y perjuicios derivados del acto administrativo en cuestión y/o el recupero de la concesión. La causa, al cabo de varias incidencias quedó radicada en el Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires N° 1, Secretaría N° 1 y se caratúla “Covimet S.A. c/GCABA s/impugnación de actos administrativos” Expte. N° 8333/0. El GCABA contestó la demanda y actualmente está en la etapa de prueba.
Conjuntamente se interpuso el beneficio de litigar sin gasto, que se caratuló “Covimet S.A. c/GCBA s/Beneficio de Litigar sin Gastos”, el representante del Fisco al contestar el traslado solicitó que se intime a Covimet a abonar la suma de $ 1.276.004 en concepto de Tasa de Justicia, Covimet se opuso basándose en la improcedencia de la intimación frente a lo dispuesto por el Art. 77 CCAyT que declara exenta del pago de la tasa de justicia a la acción principal hasta tanto se resuelva el beneficio.
El Juzgado hizo lugar. Con fecha 8 de septiembre de 2008 el Tribunal desestimó el pedido del Beneficio, Covimet interpuso recurso de revocatoria con apelación en subsidio, el 20 de febrero de 2009 se rechazó el recurso e hizo lugar a la apelación interpuesta por Covimet como así también la deducida por el GCBA, el expediente fue elevado a Cámara y con fecha 23 de octubre de 2009 resolvió confirmar la Sentencia dictada en primera instancia. Los asesores legales interpusieron recurso de inconstitucionalidad el día 14 de diciembre de 2009. El 27 de febrero de 2010 la Cámara ordeno correr traslado del mismo al GCBA, esta contestó el recurso de inconstitucionalidad, y los autos pasaron a resolverse.
Ante dicho juzgado ya tramitaba la causa: “Covimet S.A. c/GCABA s/cobro de pesos” iniciada con anterioridad y cuyo objeto era el cobro de acreencias derivadas del decreto 3135/GCABA/1998, por incumplimiento de pagos. Se cumplió la etapa de prueba.
El Juzgado dispuso la acumulación de ambos expedientes, si bien tramitarán en forma separada, por su vinculación las pruebas serán comunes a ambas y se dictará una sola sentencia.
A raíz de lo explicado precedentemente, Covimet ha adoptado la medida de realizar determinadas previsiones contables sobre ciertos activos, siguiendo el criterio de las normas contables profesionales vigentes, las cuales fueron detalladas en nota a los presentes estados contables especiales . En ningún momento, el hecho de tener estos activos previsionados implica un desistimiento por parte de la Sociedad del derecho que tiene sobre la concesión de la autopista.
A la fecha de emisión de los presentes estados contables especiales no es posible prever el resultado final de los procesos judiciales y, en consecuencia, si la explotación de la mencionada concesión será restituida en forma definitiva a la Sociedad.”
NOTA 11: DEUDAS DE LA SOCIEDAD VINCULADA COVIARES S.A.
En nota a los Estados Contables especiales de la sociedad vinculada Coviares S.A. al 30 de septiembre de 2010 se informa lo siguiente:
- PRESTAMO SINDICADO
“El 7 de mayo de 2001, Coviares obtuvo un préstamo a largo plazo otorgado por un sindicato de bancos liderado por HSBC Bank Argentina S.A. como Banco Agente, por la suma de US$ 238.814.559 (dólares estadounidenses). De acuerdo con lo establecido por el Decreto N° 214/02 este préstamo fue convertido a pesos a la paridad $ 1 por US$ 1 y se le aplica el CER a partir del 3 de febrero de 2002.
Garantía Prendaria sobre acciones de Coviares: Los principales accionistas de Coviares constituyen derecho real de prenda en primer grado de prelación y privilegio, sobre acciones representativas del 60% del capital social y de los votos de Coviares, por las sumas del préstamo y de las obligaciones asumidas en el marco del Contrato de Préstamo Sindicado y sus complementarios, incluyendo los pagarés a la vista emitidos a favor de los bancos otorgantes. Esta prenda sobre las acciones garantiza también el cumplimiento de todas las obligaciones asumidas por Coviares frente al Banco de la Provincia de Buenos Aires (“Bapro”) en relación con la garantía de cumplimiento emitida por éste a favor del Estado Nacional por la suma de $ 18.046.875; incluyendo la de pagar las comisiones que esta garantía genera a favor del citado banco (Ver Nota 9.1.). Asimismo, en el marco del Contrato de Préstamo Sindicado, los principales accionistas de la Sociedad otorgaron fianza simplemente mancomunada a favor del Bapro, por hasta la suma de su participación en dicho Contrato de Préstamo Sindicado, ejecutable en caso de extinción de la concesión por culpa de la Sociedad.
El 13 de septiembre de 2004, Coviares firmó un contrato de reestructuración mediante el cual se reconoció que el capital adeudado al 2 de septiembre de 2004 ascendía a $ 370.421.571 ($ 238.814.559 deuda original, $ 5.891.056 intereses capitalizados y $ 125.715.956 CER), y sería actualizado mediante la aplicación del CER. Asimismo, se estableció que la deuda devengaría un interés compensatorio sobre saldos a una tasa nominal anual del 8% y sería cancelada en 134 cuotas mensuales a partir del mes de septiembre de 2004 y se ratificaron las garantías otorgadas en el contrato original.
La reestructuración mencionada incluyó la suscripción, el 13 de diciembre de 2004, de la 1° Enmienda al contrato de refinanciación de deuda, la 3° Enmienda al contrato de fideicomiso de garantía y prenda (mencionado en Nota 9) con las entidades bancarias poseedoras del 95% de las acreencias. El 10 de mayo de 2005 fue suscripta la 2° Enmienda al contrato de refinanciación, con la adhesión del 100% de las entidades bancarias al acuerdo de reestructuración y, en consecuencia, comenzaron a regir, con efecto pleno y retroactivo al 13 de septiembre de 2004, los siguientes contratos:
-
Contrato de refinanciación con las modificaciones introducidas por la 1° y 2° enmienda del 17 de diciembre de 2004 y 10 de mayo de 2005, respectivamente;
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La 2° enmienda al contrato de fideicomiso del 13 de septiembre de 2004 y las modificaciones introducidas por la 3° enmienda a dicho contrato el 17 de diciembre de 2004;
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La 2° enmienda al contrato de prenda del 13 de septiembre de 2004 y las modificaciones introducidas por la 3° enmienda a dicho contrato el 17 de diciembre de 2004.
Con motivo de la entrada en vigencia de los contratos mencionados en 1., 2. y 3. precedentes, las sumas de dinero depositadas o transferidas a favor de las entidades participantes serán imputadas a la cancelación de las sumas adeudadas conforme al Contrato de refinanciación.
No debe dejar de tenerse en consideración, a los efectos del cumplimiento con los acreedores bancarios, lo descripto en la Nota 1 de los presentes estados contables especiales respecto del Contrato de Concesión. A continuación se exponen algunas de las razones que fundamentan lo descripto anteriormente:
a) Como se conoce, Coviares es una sociedad de objeto único; por ello, las entidades bancarias sólo pudieron tener, como actividad relevante a los fines de la evaluación del riesgo crediticio involucrado en el Contrato de Préstamo, a la Concesión.
b) Ningún activo ni actividad económica alguna pudo servir de respaldo para tomar la decisión del otorgamiento del mutuo, sino la Concesión misma.
c) A su vez, el Contrato de Préstamo es una de las fuentes de recursos para el cumplimiento por Coviares de las inversiones comprometidas en el Contrato de Concesión. Nótese, en las cifras expuestas a continuación, la incidencia del monto dado en mutuo en virtud del Contrato de Préstamo en las inversiones realizadas, en comparación con los recursos propios utilizados.
Total de inversiones: $ 1.489 millones
Monto original dado en mutuo: $ 238 millones
d) El repago del mutuo se encuentra directamente vinculado a los ingresos por peaje. Estos ingresos son la única fuente de recursos de Coviares relevante para las entidades bancarias a los fines del Contrato de Préstamo.
e) Habiéndose otorgado el mutuo bajo ciertas condiciones de la Concesión, la modificación de los términos de ésta sin culpa de las partes necesariamente tiene como consecuencia la reestructuración del Contrato de Préstamo, adecuándolo a las nuevas condiciones de la misma.
f) La modificación del Contrato de Préstamo no significaría un privilegio para Coviares. Por el contrario, la reestructuración de las obligaciones mutuas se encuentra expresamente contemplada en la Ley de Emergencia tanto en las relaciones entre particulares como entre particulares y el Estado.
A la fecha, la Sociedad ha procedido al pago parcial de las cuotas N° 13 a la 78 cuyos vencimientos operaban los días 15 de cada mes, desde septiembre de 2005. Con posterioridad al 10 de agosto de 2002, Coviares efectuó pagos al Banco por $ 177.954.924 por el período transcurrido entre octubre 2002 a febrero de 2011. Al respecto, Coviares se encuentra en un nuevo proceso de renegociación con sus acreedores bancarios con el objetivo de lograr un equilibrio entre sus compromisos e ingresos. Coviares no ha recibido otras intimaciones en relación al cumplimiento de los compromisos acordados en la reestructuración antes citada, que a la fecha no hayan sido subsanadas. En virtud de esto, la deuda se encuentra expuesta sobre la base de los términos del Contrato de reestructuración antes descriptos, ascendiendo, al 30 de septiembre de 2010, el pasivo corriente a $ 65.170.669 y el pasivo no corriente a $ 775.391.511.
El 31 de octubre de 2007 se decretó una medida cautelar, en la cual se resolvió que los acreedores del Contrato de Préstamo se limiten a percibir mensualmente como pago de la deuda el saldo excedente de los gastos que resulten de obligaciones laborales, fiscales, compromisos de obra y manutención y demás gastos necesarios e imprescindibles para el normal desarrollo y cumplimiento de las obligaciones emergentes del contrato de concesión y por último designar perito informante para determinar con precisión el excedente que resulte de retraer de los ingresos los conceptos mencionados anteriormente.
Una vez cesados los efectos de la medida cautelar, que se informa en el párrafo anterior, y entrando en vigencia el acuerdo de renegociación del contrato de concesión, se establecerá el saldo adeudado en el marco de las modificaciones del préstamo a suscribirse con el conjunto de las entidades participantes.
SEMPER Augustus B.V. es una de las entidades acreedoras de la Sociedad como integrante del Contrato de Préstamo Sindicado. El derecho a cobro de su crédito se encuentra parcialmente restringido por la medida cautelar mencionada.
No obstante SEMPER estando en conocimiento de la medida ha iniciado un pedido de quiebra contra Coviares ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N° 23, Secretaría N° 46, expediente n° 56748, caratulado: “Coviares S.A. s/ pedido de quiebra por SEMPER Augustus B.V.”.
Con fecha 17 de junio de 2009, hemos sido notificados de la citación a juicio en los términos del artículo 84 de la ley de Concursos y Quiebras.
Nuestros asesores legales sostienen que dicho acreedor no cuenta con deuda exigible que haga viable una acción de tal naturaleza, destacando asimismo que no cumplió con ciertas cláusulas del Contrato de Préstamo Sindicado inherentes al ejercicio de las acciones individuales de los acreedores sindicados.
Con fecha 26 de agosto de 2009, se ha dictado sentencia rechazando el pedido de quiebra, por cuanto la peticionante carece de un crédito exigible, que le otorgue la legitimación que invoca. Dicha sentencia ha sido apelada por la parte actora y por Coviares respecto de la imposición en costas. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, Sala B, el 31 de mayo de 2010 dictó sentencia desestimando el recurso de apelación interpuesto por Semper y haciendo lugar al de Coviares, a consecuencia de lo cual, le impuso las costas de ambas instancias a la peticionante de la quiebra.”
- DEUDAS CON EL ESTADO NACIONAL
“Según surge del Acta Acuerdo de Renegociación Contractual modificada por la Adenda al Acta Acuerdo de enero de 2001, el tratamiento de la Deuda con el Estado Nacional es el indicado en el punto aclaratorio (1) a la Nota 5.4.5. de los presentes estados contables especiales. Dicha deuda, en origen en pesos, fue reexpresada en la Adenda en dólares estadounidenses. El sistema de ajuste de la Deuda, tanto en el contrato de Concesión como en su Adenda, se hallaba establecido en función de la evolución de la tarifa por peaje, régimen basado en la economía propia del contrato.
Conforme lo establecido en la Cláusula OCTAVA del Acta Acuerdo de Reformulación Contractual de 1993 y su Anexo IV, al igual que lo establecido en el Artículo 4° de la Adenda, el Contrato establecía una tarifa de peaje en dólares de los Estados Unidos, adoptando como factor de ajuste o corrección anual la variación porcentual habida en el Índice de Precios al Consumidor –todos los rubros- (Consumer Price Index – All Items-) de los EE.UU. (CPI). Al solo efecto del cobro a los usuarios la tarifa se expresaría en pesos. Desde el 29 de diciembre de 1993 hasta el 31 de diciembre de 2011 se aplicará a la deuda una tasa del 5,70%.
La tarifa de peaje no ha experimentado ajuste alguno desde la habilitación de la Concesión y fue congelada en el año 2001 según lo establecido por la Ley de Emergencia Económica. No obstante lo mencionado, el tratamiento dado a los aportes mencionados en los estados contables emitidos a partir del 30 de junio de 2002 y hasta el 30 de septiembre de 2003 ha sido la pesificación (u$s1 = $1) y aplicación del CER desde el 3 de febrero de 2002.
Por lo explicado precedentemente, y según se menciona en estados contables anteriores y en el punto aclaratorio ya mencionado, Coviares cuestionó la aplicación de cualquier tipo de ajuste al valor de la Deuda que no se corresponda con un aumento de tarifa equivalente, teniendo en cuenta las previsiones contractuales.
Por ello, y considerando que el Contrato de Concesión de Coviares quedó comprendido en el artículo 8° de la Ley 25.561 y pesificadas las obligaciones que derivan de dicho contrato en virtud de sus disposiciones, razón por la cual la deuda con el Estado Nacional no resulta alcanzada por el CER, al no encontrarse incluida entre aquellas obligaciones mencionadas en el Artículo 1° del Decreto 214/02, corresponde, en opinión de sus asesores legales, revertir el ajuste por CER correspondiente a la Deuda con el Estado Nacional, lo cual ha sido reflejado como Ajuste de resultados de ejercicios anteriores en los estados contables al 30 de junio de 2005. Asimismo, se han corregido los resultados de los períodos intermedios.
La posición de Coviares ha quedado confirmada en la Carta de Entendimiento y en el Acuerdo de Renegociación Contractual suscripto el 9 de octubre de 2009 entre Coviares y el Estado Nacional donde se dispone que la deuda con el Estado Nacional en concepto de Aportes Reintegrables al 29 de diciembre de 1993 es nominada en pesos y asciende $ 155.556.798. Sobre dicho monto se aplicará un interés directo del 5,7% anual y, adicionalmente, se le aplicará la variación porcentual que se disponga para la tarifa básica de peaje de la Estación de Peaje Dock Sud desde el 29 de diciembre de 1993 y hasta la cancelación total de la deuda.
Los cambios en las condiciones económicas del país y las situaciones descriptas afectaron la ecuación económica y financiera de la Sociedad generando incertidumbre respecto del desarrollo futuro de sus negocios.
La Sociedad ha preparado los presentes estados contables especiales utilizando principios contables aplicables a una empresa en marcha. Por lo tanto, dichos estados no incluyen los eventuales ajustes y/o reclasificaciones, relacionados con la valuación y exposición de los activos y pasivos, que pudieran requerirse de no resolverse en forma favorable las situaciones descriptas.”
NOTA 12: CONTINGENCIAS
La Sociedad no reconoce efecto alguno en sus Estados Contables en concepto de contingencias de ganancia en las cuales ella es parte, de acuerdo a las normas de la Comisión Nacional de Valores.
Durante el mes de diciembre de 1994, la Sociedad fue notificada de la sentencia de segunda instancia dictada en el juicio que el consorcio CONEMAR, que integraba con las empresas Seminara S.A., Ecofisa S.A., Conipa S.A. y Francisco Natino e hijos S.A., mantiene con Proyectos Especiales de Mar del Plata Sociedad del Estado (PEMSE). En dicha resolución el juzgado condena al Consorcio a pagar una multa a PEMSE de $ 50.000 más intereses. Dicho fallo fue apelado por las partes.
Durante el mes de julio de 1998, la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires declaró absurda la mencionada sentencia, y que el reclamo realizado era desproporcionado y ordena que se justiprecie la multa correspondiente en primera instancia.
La Sociedad ha realizado una reconvención por una importante suma que PEMSE le adeuda y además entiende que la sentencia es arbitraria pues carece del más elemental análisis de prueba y ha presentando el correspondiente recurso de apelación.
Se ha recibido el traslado de demanda por un incidente de determinación de daños contra los integrantes del consorcio, por los daños y perjuicios que fueron causados a algunos concesionarios de balnearios por la entrega en mora de la obra.
La gerencia de la Sociedad entiende que el consorcio constructor no fue parte en estos juicios ni fue citado como tercero, por lo tanto no les son oponibles las consecuencias de estas sentencias.
Consecuencia de ello, ha decidido no contabilizar ningún pasivo por este concepto.
En notas a los Estados Contables de Coviares S.A. al 30 de septiembre de 2010, sociedad en la que Polledo S.A.I.C. y F. mantiene una participación directa e indirecta del 31,78 %, se informa lo siguiente:
“b) Tasa de Seguridad e Higiene
Con fecha 19 de diciembre de 2002, se interpuso una Acción Declarativa ante la Justicia Federal contra todos los municipios por los que atraviesa la traza de la Autopista Buenos Aires – La Plata que tenían pretensiones de cobrar dicha Tasa, peticionándose una orden de no innovar, que fue otorgada y apelada por los fiscos respectivos. La deuda reclamada asciende a $ 2.785.634 y los municipios en cuestión son los de Avellaneda, Quilmes y Berazategui. El 6 de agosto de 2007 se suscribió un reconocimiento de deuda con la Municipalidad de Avellaneda por la tasa de Seguridad e Higiene por los períodos comprendidos entre abril de 2003 y marzo 2007 inclusive. Además el 21 de septiembre de 2009 Coviares se acogió a un Plan de Facilidades de Pagos por el período comprendido entre abril 2007 y diciembre 2008. La presentación se realizó con reserva de derechos de continuar con la acción declarativa iniciada, y en el caso de una resolución favorable solicitar la repetición de los montos ingresados. La deuda se regularizó mediante un plan de pagos, que se expone, de acuerdo con el cronograma de vencimientos, en deudas fiscales corrientes y no corrientes.
Encontrándose firme la medida cautelar contra el Municipio de Berazategui que dispone la abstención del pretendido reclamo del municipio a Coviares al pago de la Tasa de Seguridad e Higiene, haciendo caso omiso, dicho municipio ha iniciado un juicio de Apremio trabando como medida cautelar un embargo sobre los fondos disponibles en una cuenta bancaria por un importe de $ 1.332.153,13 Dicha acción ha sido impugnada por Coviares por improcedente e ilegítima. El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 8 del Departamento Judicial de Quilmes desestimó el planteo y Coviares interpuso un recurso de apelación para ser resuelto por la Cámara de Apelaciones, la cual el 1 de octubre de 2009 rechazó el recurso interpuesto confirmando la apelada resolución, con imposición de costas. Se interpuso Recurso Extraordinario ante la Suprema Corte de Justicia que le ha sido concedido. El 22 de diciembre de 2009 se suscribió un reconocimiento de deuda con la Municipalidad de Quilmes por períodos comprendidos entre diciembre 2002 y mayo 2009.
El 27 de mayo de 2010 se suscribió un nuevo reconocimiento de deuda con la Municipalidad de Avellaneda por la tasa de Seguridad e Higiene por los períodos comprendidos entre agosto de 2007 y abril de 2010. Las presentaciones se realizaron con reserva de derechos de continuar con la acción declarativa iniciada, y en el caso de una resolución favorable solicitar la repetición de los montos ingresados. La deuda se regularizó mediante un plan de pagos.
El 06 de mayo de 2010 la Municipalidad de Berazategui inició juicio de apremio contra esta sociedad por la suma de $ 5.070.708,69 en concepto de capital más $ 1.521.212,60 que se presupuestan para cubrir intereses y costas de la ejecución, proveniente de una deuda por Inspección por Seguridad e Higiene, la misma tramita ante el Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial N° 9 Departamento Judicial de Quilmes, Autos: Municipalidad de Berazategui c/Coviares SA. S/Apremio Expte 26723/9, a la fecha se contestó demanda oponiendo excepciones.”
“c) Demanda de Construcciones Meijide S.A.C.I.
Coviares y Covimet han sido demandados por ciertos acreedores de Construcciones Meijide S.A.C.I., un accionista minoritario de la Sociedad cuya quiebra fue decretada en el año 1983. La demanda persigue la declaración de nulidad o inexistencia de los actos societarios que conforman el aumento de capital decidido en la asamblea de Coviares de fecha 19 de agosto de 1983. Basándose en la opinión de sus asesores legales, la Sociedad estima que el resultado final será favorable a sus intereses, razón por la cual no ha contabilizado pasivo por este concepto.
- Otras
La AFIP-DGI dictó una resolución determinativa en concepto de Impuesto a las Ganancias, reclamando capital e intereses; la determinación se origina en un cuestionamiento de la AFIP vinculado con la existencia de determinados bienes de cambio. Al 30 de septiembre de 2010 la deuda por este concepto ha sido regularizada mediante el Plan de Facilidades de Pago Ley 26.476 cuyo acogimiento ha sido realizado en abril de 2009.”
- “Impuesto a las ganancias e impuesto a la ganancia mínima presunta
La Sociedad goza de una exención objetiva en el impuesto a las ganancias (Ver Nota 2). Dicha exención surge del Contrato original de Concesión y aplica para aquellos resultados producidos por la explotación de la obra pública. La Sociedad considera que esta exención es aplicable también al impuesto a la ganancia mínima presunta, en atención a su carácter complementario del anterior.
No obstante lo antes mencionado, la Sociedad comenzó a tributar el impuesto a la ganancia mínima presunta y sus anticipos con el objeto de evitar reclamos, y con el propósito de efectuar las presentaciones correspondientes ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) a efectos de obtener el reconocimiento de su postura. Dichas presentaciones se han demorado debido a que se están realizando gestiones previas ante el Concedente, con el objeto de establecer una posición común, o de obtener por parte de éste, el reconocimiento del cargo por este impuesto. Sin perjuicio de ello, la Sociedad presentó las declaraciones juradas correspondientes a los ejercicios 1999 a 2009 considerando a la obra como un activo exento.
Con fecha 15 de agosto de 2001 la AFIP - a nivel de inspección - comunicó la prevista en la que rechaza la exención en el impuesto a la ganancia mínima presunta por los ejercicios 1999, 2000, 2001 y el tratamiento aplicado a los bienes de cambio en relación con este impuesto. Respecto a esto, se tomó vista de la Determinación de Oficio y el 19 de junio de 2003 Coviares presentó el escrito de descargo alegando y ofreciendo pruebas que avalan su postura. El 15 de octubre de 2003 se ordenó la apertura a prueba, por tal motivo las mismas han sido presentadas por la Sociedad.
El 29 de diciembre de 2004 la AFIP comunicó la Resolución del 15 de diciembre de 2004 en la cual determina nuevamente la deuda para el período 1999 en $ 1.535.852,81 y para el ejercicio 2000 en $ 4.281.279,94, haciendo lugar parcialmente a los agravios desarrollados al contestar la vista. Además determina intereses por ambos períodos hasta el 15 de diciembre de 2004 por $ 9.052.630,57 y aplica una multa del 70 % que asciende a $ 4.071.992,93.
El 8 de julio de 2005 la AFIP comunicó la determinación de oficio por el período 2001, en la cual la deuda determinada asciende a $ 4.697.428,87, es decir que luego de la impugnación de la determinación de deuda efectuada por los inspectores actuantes la deuda disminuyó en $ 1.832.586,61. Por el período 2001 la Sociedad efectuó descargo, alegó y ofreció prueba mediante una presentación de fecha 2 de agosto de 2005.
El 27 de junio de 2006 la AFIP comunicó la determinación del año 2001, intimando el pago de $4.697.428,27 en concepto de impuesto, de $ 6.479.320,22 en concepto de intereses y $ 3.288.200,21 por una multa del 70%. A la fecha de emisión de los presentes estados contables especiales, la Sociedad apeló ante el Tribunal Fiscal la resolución de fecha 15 de diciembre de 2004 y la determinación comunicada el 27 de junio de 2006 solicitando además el beneficio de litigar sin gastos respecto de los períodos 1999 al 2001.
El impuesto abonado por los ejercicios finalizados el 30 de junio de 1999 al 2009 asciende a $ 8.301.608 y se expone dentro de Otros créditos no corrientes, a la espera de una resolución favorable de la AFIP, o del debido resarcimiento por parte del Concedente.
Basándose en la opinión de sus asesores impositivos, la Sociedad estima que se arribará a una resolución favorable para sus intereses y que el criterio mantenido será aceptado.
El 08 de julio de 2005 Coviares inició una acción declarativa conjuntamente con una medida cautelar de prohibición de innovar contra AFIP y contra el PEN con el objeto de que se determine si la exención prevista por contrato y establecida expresamente por Decreto 497/31, con fuente en la Ley 17.520 y la Ley 21.691 respecto al pago del Impuesto a las Ganancias producidas por la explotación de la Autopista La Plata-Buenos Aires alcanza también al impuesto sobre las ganancias mínimas presuntas, a cuyo pago AFIP pretende obligar a la firma, en esta acción se demanda al PEN a los fines de integrarlo a la litis en carácter de parte del contrato que nos ocupa y consecuentemente a participar del debate de la cuestión referida al mantenimiento de la ecuación económica financiera toda vez que la exención del impuesto a las ganancias fue otorgado por el mismo. Tramita ante el Juzgado Federal Contencioso Administrativo N° 10, Secretaria 19, Autos: Coviares S.A. c/Poder Ejecutivo Nac. Y AFIP s/Acción Declarativa Expte. N° 22.510/2005, desde el 08 de abril de 2010 está a Sentencia de Primera Instancia.
Coviares promueve demanda contra AFIP a fin de declarar la nulidad de la resolución AFIP 308/07 por el cual deniega el Recurso de Reconsideración contra la Resolución 52/07 por la que resuelve no hacer lugar al Recurso de Repetición impetrado por esta sociedad y consecuentemente se ordene la devolución de $ 3.244.459,35 más intereses ingresados a la AFIP indebidamente por error en concepto de Ganancia Mínima Presunta por el período fiscal anual 1999, la misma tramita ante el Juzgado de Primera Instancia Contencioso Administrativo Federal N° 3, Secretaria N° 5 Autos: Coviares S.A. c/Estado Nacional AFIP DGI Resolución 308/07 (LGCN) s/DGI Expte. 34.586/07. La AFIP contesta demanda oponiendo excepción de litispendencia, que fue desestimado en primera instancia y atento a que existe otro proceso judicial entre las mismas partes se ordena al Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Federal n° 10, Sec. 19 remitir el Expte 22.510/05 a fin de acumular los procesos, lo que a la fecha aún no se produjo toda vez que el expediente subió a Cámara con motivo de la apelación de la demanda hecha por la AFIP en cuanto le rechazaron la litispendencia.”
En nota a los Estados Contables especiales de Covimet S.A. al 30 de septiembre de 2010 se menciona lo siguiente:
“a) Impuesto al valor agregado
El 28 de diciembre de 2000 la AFIP notificó el cierre del procedimiento de determinación de oficio por un ajuste en concepto del Impuesto al Valor Agregado, por un monto nominal aproximado de $ 5,9 millones por considerar gravadas por ese impuesto a las diferencias reconocidas por el GCABA, que la Sociedad considera que no integran la base imponible.
Las diferencias reconocidas por el GCABA se originaron por demoras en el cumplimiento del Convenio del 3 de enero de 1991 y en diferencias originadas por el cálculo de intereses reconocidos con una tasa distinta a la pactada conforme a las normas legales de aplicación.
Además del ajuste mencionado, la AFIP determinó diferencias respecto del momento en el cual se consideró nacido al hecho imponible correspondiente a los subsidios recibidos de la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires.
La Sociedad presentó un Recurso de Apelación ante el Tribunal Fiscal por considerar exentos a los intereses por ser consecuencia de pagos diferidos de deudas comprendidas en las Leyes 13.064 y 21.392. Asimismo, la empresa considera que el hecho imponible de los subsidios no se produjo con su percepción, sino por su consolidación en el patrimonio de la sociedad. A todo evento, solicitó la aplicación del criterio legal de “correcciones simétricas”.
El Tribunal falló a favor de Covimet en lo que hace a la exención de intereses y a la aplicación del criterio de correcciones simétricas, ordenando efectuar una nueva liquidación, la que, en su caso, será apelada ante la Cámara Federal, ya habiéndose apelado el fallo dictado, lo que también hizo el fisco. Se recibió la liquidación de la AFIP que determinó el mismo capital original y mayores intereses la que hizo un total de $ 5.271.874. La liquidación fue impugnada por la sociedad por no ajustarse a lo resuelto y por la incongruencia explicada precedentemente. Dicha impugnación se encuentra en trámite. La Cámara Federal revocó el fallo anterior y el Fisco apeló ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Tribunal en el que tramita actualmente. La Sociedad estima que la resolución final de esta cuestión no tendrá un impacto adverso significativo en el patrimonio y en los resultados de sus operaciones.
b) Demanda de Construcciones Meijide S.A.C.I.
Covimet y Coviares han sido demandados por ciertos acreedores de Construcciones Meijide S.A.C.I., un accionista minoritario de la Sociedad cuya quiebra fue decretada en el año 1983. La demanda persigue la declaración de nulidad o inexistencia de los actos societarios que conforman la suscripción del aumento de capital decidido en la asamblea de Covimet de fecha 06 de abril de 1983. Basándose en la opinión de sus asesores legales, la Sociedad estima que el resultado final será favorable a sus intereses, razón por la cual no ha contabilizado pasivo por este concepto.”
NOTA 13: PARTICIPACIÓN EN LICITACIONES EN LA REPÚBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL
A través de Polledo do Brasil Concessões e Investimentos Ltda (en adelante POLLEDO DO BRASIL), la Sociedad se encuentra estudiando en Brasil la viabilidad de proyectos de concesiones viales y preparando ofertas en licitaciones públicas a realizarse en dicho país.
Durante el año 2010, los Gobiernos Federal y Provinciales de Brasil han anunciado diversas licitaciones de concesiones viales, algunas en el modelo “Parceria Público Privada - PPP”.
Para la debida evaluación de estas oportunidades, POLLEDO DO BRASIL está realizando estudios de viabilidad técnica-económica-financiera, cuya coordinación ha sido confiada a consultores externos, y buscando asociaciones con empresas brasileñas y extranjeras de competencias convergentes.
NOTA 14: APLICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN TÉCNICA N°26 DE LA F.A.C.P.C.E.
La Comisión Nacional de Valores, a través de las Resoluciones 562/09 y 576/10 ha establecido la aplicación de la Resolución Técnica N° 26 de la F.A.C.P.C.E., que adopta las Normas Internacionales de Información Financiera (“NIIF”) emitidas por el IASB (Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad), para las entidades incluidas en el régimen de oferta pública de la Ley N° 17.811, ya sea por su capital o por sus obligaciones negociables, o que hayan solicitado autorización para estar incluidas en el citado régimen.
La aplicación de tales normas resultará obligatoria para la Sociedad a partir del ejercicio que se inicie el 1° de enero de 2012, siendo los primeros estados financieros trimestrales los correspondientes al 31 de marzo de 2012.
Como consecuencia de esta nueva normativa, la Sociedad ha iniciado el proceso de evaluación de los efectos que tendrá la adopción de las NIIF respecto de las normas contables actualmente aplicadas. Cabe mencionar que con fecha 30 de abril de 2010 el Directorio ha aprobado el plan de implementación específico que se llevará a cabo para la adopción de dichas normas contables, el cual está en proceso de ejecución.
A la fecha de los presentes Estados Contables, la Sociedad se encuentra avanzando de acuerdo con lo establecido en el mencionado plan con el propósito de adoptar las Normas Internacionales de Información Financiera en los plazos previstos.
NOTA 15: REDUCCIÓN OBLIGATORIA DE CAPITAL
Al 31 de diciembre de 2010, los resultados negativos acumulados registrados por la Sociedad insumen las reservas y el 50% del capital social. A la fecha de cierre de los presentes Estados Contables, la Sociedad se encuentra alcanzada por las disposiciones del artículo 206 de la Ley 19.550 de Sociedades Comerciales y los accionistas deberán tomar las medidas necesarias para resolver esta situación.
| INVERSIONES EN ACCIONES, VALORES NEGOCIABLES Y PARTICIPACIONES | ||||
| PERMANENTES EN SOCIEDADES | ||||
| Estado de Situación Patrimonial al 31 de diciembre de 2010 y 31 de diciembre de 2009 En Pesos |
Anexo “C”
| Emisor y Características de los valores | Porcentaje de participación al 31/12/2010 | Valor Registrado al 31/12/2010 | Valor Registrado al 31/12/2009 | |
| CORRIENTES | ||||
| Comsa S.A. | 63,11 | - | ||
| Agro-Epsilon S.A. | 19,31 | - | ||
| Subtotal | - | |||
| Previsión para desvalorización (Anexo E) | - | - | ||
| Total | - | |||
| $ | ||||
| NO CORRIENTES | ||||
| Alcalis de la Patagonia S.A.I.C. | 0,20 | 1.011.047 | 1.011.047 | |
| Covimet S.A. (*) | 31,802 | - | 6.738.952 | |
| Coviares S.A. | 18,6917 | 52.971.118 | 94.328.874 | |
| Lismore International S.A. | 31,80 | 10.536.695 | 18.084.659 | |
| Catastros y Relevamientos S.A. | 97,92 | 75.936 | 85.399 | |
| Polledo do Brasil Concessões e Investimentos Ltda. | 99,99 | 25.248.741 | 25.794.075 | |
| Eriday Unión Transitoria de Empresas | 6,083 | 2.208.149 | 2.208.149 | |
| Otras Inversiones | 80.466 | 80.466 | ||
| Subtotal | 92.132.152 | 148.331.621 | ||
| Previsión para desvalorización (Anexo E) | (3.294.052) | (3.294.052) | ||
| Total | 88.838.100 | 145.037.569 |
(*) Ver nota 2.5.4 a los Estados Contables básicos.
| PARTICIPACIONES PERMANENTES EN SOCIEDADES |
| Estado de Situación Patrimonial al 31 de diciembre de 2010 En Pesos |
Anexo “C 1”
| Emisor y Características de los Valores | Clase | Cantidad de Acciones | Valor Nominal $ | Porcentaje de participación al 31/12/2010 | INFORMACION SOBRE EL EMISOR | |||||
| Actividad Principal | ULTIMOS ESTADOS CONTABLES | |||||||||
| Fecha | Capital | Resultado del Ejercicio | Patrimonio Neto | Valuación Patrimonial | ||||||
| $ | ||||||||||
| Alcalis de la Patagonia S.A.I.C. | Ordinarias | 378.651 | 1 | 0,20 | Prod. Soda Solvay | 30/06/2007 | 189.510.592 | (54.311.507) | (590.090.838) | - |
| Covimet S.A. | Ordinarias | 31.802 | 1 | 31,802 | Concesionaria Vial | 30/09/2010 | 100.000 | (20.892.748) | (11.029.490) | - |
| Coviares S.A. | Ordinarias | 37.425.669 | 1 | 18,6917 | Concesionaria Vial | 30/09/2010 | 200.226.175 | (64.556.068) | 284.119.253 | 52.971.118 |
| Lismore International S.A. | Ordinarias | 14.616.123 | 1 | 31,80 | Inversora | 30/09/2010 | 40.350.980 | (20.201.039) | 33.219.136 | 10.536.695 |
| Catastros y Relevamientos S.A. | Ordinarias | 4.700 | 1 | 97,92 | Relevamiento catastral | 31/12/2010 | 106.928 | (9.664) | 77.552 | 75.936 |
| Polledo do Brasil Concessões e Investimentos Ltda. | Ordinarias | 8.529.167 | 1 | 99,99 | Prestación de servicios de asesoramiento | 31/12/2010 | 4.291.076 | (2.927.961) | 25.251.207 | 25.248.741 |
| Eriday Unión Transitoria de Empresas | - | - | - | 6,083 | Constructora | 31/12/2009 | - | (22.494.422) | (79.234.844) | - |
| PREVISIONES |
| Correspondiente al ejercicio iniciado el 1° de enero de 2010 y finalizado el 31 de diciembre de 2010, presentado en forma comparativa con el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2009. |
| En Pesos |
Anexo “E”
| RUBROS | Saldo al comienzo del Ejercicio | Aumentos del Ejercicio (I) | Saldo al 31/12/2010 | Saldo al 31/12/2009 | |||
| Deducidas del Activo | $ | ||||||
| Participaciones Permanentes en Sociedades | |||||||
| Previsión para Desvalorización - Alcalis de la Patagonia S.A.I.C. | 1.011.047 | - | 1.011.047 | 1.011.047 | |||
| Previsión para Desvalorización -Otras Inversiones | 74.856 | - | 74.856 | 74.856 | |||
| Previsión para Desvalorización - Eriday U.T.E. | 2.208.149 | - | 2.208.149 | 2.208.149 | |||
| Totales al 31/12/2010 | 3.294.052 | - | 3.294.052 | ||||
| Totales al 31/12/2009 | 3.294.052 | - | 3.294.052 | ||||
| Incluidas en el Pasivo | |||||||
| Previsiones varias | 431.541 | 24.811 | 456.352 | 431.541 | |||
| Totales al 31/12/2010 | 431.541 | 24.811 | 456.352 | ||||
| Totales al 31/12/2009 | 406.730 | 24.811 | 431.541 |
(I) El cargo fue imputado al rubro Resultados financieros y por tenencia del Estado de Resultados.
| ACTIVOS Y PASIVOS EN MONEDA EXTRANJERA |
| Estado de Situación Patrimonial al 31 de diciembre de 2010 y 31 de diciembre de 2009 |
| En Pesos |
Anexo “G”
| Monto de moneda extranjera al 31/12/2010 | Tipo de cambio vigente | Clase de Moneda | Importe Contabilizado al 31/12/2010 | Importe Contabilizado al 31/12/2009 | |
| $ | |||||
| ACTIVO | |||||
| ACTIVO NO CORRIENTE | |||||
| Otros Créditos | |||||
| Sociedad Art. 33, Ley 19.550 | 1.892 | 2,32 | R$ | 4.390 | 4.049 |
| Sociedad Art. 33, Ley 19.550 | 952.094 | 3,936 | U$S | 3.747.443 | 2.750.232 |
| TOTAL ACTIVO NO CORRIENTE | 3.751.833 | 2.754.281 | |||
| TOTAL ACTIVO | 3.751.833 | 2.754.281 | |||
| PASIVO | |||||
| PASIVO CORRIENTE | |||||
| Deudas | |||||
| Comerciales | 15.738 | 3,976 | U$S | 62.576 | 59.806 |
| Otros Pasivos | |||||
| Soc. Art. 33 Ley 19.550 (1) | - | R$ | - | - | |
| TOTAL PASIVO CORRIENTE | 62.576 | 59.806 | |||
| PASIVO NO CORRIENTE | |||||
| Otras Deudas | |||||
| Sociedad Art. 33, Ley 19.550 | 6.687.432 | 3,976 | U$S | 26.589.228 | 24.539.295 |
| TOTAL PASIVO NO CORRIENTE | 26.589.228 | 24.539.295 | |||
| TOTAL PASIVO | 26.651.804 | 24.599.101 |
| U$S = Dólares estadounidenses |
| R$ = Reales |
| INFORMACIÓN REQUERIDA POR EL ART. 64 INC. B) DE LA LEY 19.550 |
| Correspondiente al ejercicio iniciado el 1° de enero de 2010 y finalizado el 31 de diciembre de 2010, presentado en forma comparativa. |
| En Pesos |
“Anexo H”
| R U B R O | Gastos de Administración | Totales al 31/12/2010 | Totales al 31/12/2009 |
| $ | |||
| Gastos órganos de contralor | 106.127 | 106.127 | 103.610 |
| Honorarios a Directores | 190.278 | 190.278 | 155.499 |
| Honorarios y retribuciones por servicio | 412.694 | 412.694 | 401.795 |
| Impuestos, tasas y contribuciones | 69.645 | 69.645 | 39.734 |
| Licitaciones y suscripciones | 11.518 | 11.518 | 9.230 |
| Impresos y papelería | 1.564 | 1.564 | 1.180 |
| Participación en Catrel S.A. U.T.E. | 5.082 | 5.082 | 79.484 |
| Diversos | 70.295 | 70.295 | 79.361 |
| Total al 31 de diciembre de 2010 | 867.203 | 867.203 | |
| Total al 31 de diciembre de 2009 | 869.893 | 869.893 |
| PAUTAS DE ACTUALIZACION Y PLAZOS ESTIMADOS DE VENCIMIENTO DE CREDITOS Y PASIVOS |
| Estado de Situación Patrimonial al 31 de diciembre de 2010 |
| En Pesos |
| “Anexo I” |
| Créditos por Ventas | Otros Créditos | Deudas Comerciales | Cargas Fiscales | Otras Deudas | |
| $ | |||||
| A vencer | |||||
| Hasta tres meses | - | 54.373 | 95.690 | 373.133 | 207.285 |
| De tres a seis meses | - | 4.846.784 | - | 268.330 | - |
| De seis a nueve meses | - | - | - | 167.153 | - |
| De nueve a doce meses | - | - | - | 170.328 | - |
| De uno a dos años | - | - | - | 128.499 | - |
| De dos a tres años | - | - | - | 21.418 | - |
| Mas de tres años | - | - | - | 225.871 | - |
| Subtotal | - | 4.901.157 | 95.690 | 1.354.732 | 207.285 |
| Sin plazo establecido | 220.398 | (1) 5.237.256 | - | - | (2) 40.013.156 |
| Total | 220.398 | 10.138.413 | 95.690 | 1.354.732 | 40.220.441 |
| No devengan interés: | 220.398 | 1.395.671 | 95.690 | 174.170 | 216.253 |
| Sí devengan interés: | |||||
| A tasa variable | - | 4.846.784 | - | - | - |
| A tasa fija | - | 3.895.958 | - | 1.180.562 | 40.004.188 |
| Total | 220.398 | 10.138.413 | 95.690 | 1.354.732 | 40.220.441 |
| Sin cláusula de ajuste | 220.398 | 5.291.629 | 95.690 | 1.354.732 | 40.220.441 |
| Con cláusula de ajuste | - | 4.846.784 | - | - | - |
| Total | 220.398 | 10.138.413 | 95.690 | 1.354.732 | 40.220.441 |
| (1) Otros créditos sin plazo, incluyen $4.687.336, clasificados como No Corrientes |
| (2) Otras deudas sin plazo, incluyen $40.004.188, clasificados como No Corrientes |
Estados Contables al 31 de diciembre de 2010
INFORMACION SOLICITADA POR EL ARTICULO 68 DEL REGLAMENTO DE LA BOLSA DE COMERCIO DE BUENOS AIRES
1º) No existen.
2º) Ver Notas 1, 2, 5, 9 y 12 a los Estados Contables.
3º) Ver Anexo I.
4º) Ver Anexo G e I.
5º) Ver Nota 5 y Anexos C, C1 e I.
6º) No existen.
7º) No corresponden.
8º) Ver Nota 2 a los Estados Contables.
9º) No corresponde.
10º) No corresponde.
11º) No existen.
12º) Ver Nota 2 a los Estados Contables.
13º) No existen.
14º) Ver Nota 2 y Anexo E a los Estados Contables.
15º) Ver Nota 12 a los Estados Contables.
16º) No corresponde.
17º) No corresponde.
18º) Ver Nota 6 y 15 a los Estados Contables.
POLLEDO S.A.I.C. y F.
RESEÑA INFORMATIVA
AL 31 DE DICIEMBRE de 2010
RESEÑA INFORMATIVA
AL 31 DE DICIEMBRE de 2010
CONCESIONES VIALES EN EL PAÍS: COVIARES S.A. (AUTOPISTA BUENOS AIRES – LA PLATA) Y COVIMET S.A. (AUTOPISTA ARTURO UMBERTO ILLIA)
Coviares S.A.
En nota a los Estados Contables de Coviares S.A. al 30 de septiembre de 2010 se menciona lo siguiente:
“ACTIVIDADES DE LA SOCIEDAD
La Sociedad tiene como objeto social la construcción, conservación y explotación de la Autopista La Plata - Buenos Aires, Ribereña de la Capital Federal y Nuevo Puente sobre el Riachuelo, de acuerdo con el Acuerdo de Reformulación del contrato de concesión (“el Contrato de Concesión”) de fecha 29 de diciembre de 1993, celebrado con la Secretaría de Obras Públicas y Comunicaciones del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos de la Nación (“la Secretaria de Obras Públicas” o “el Concedente”), que fue aprobado por Resolución Ministerial Nº 538/94 y decreto del Poder Ejecutivo Nacional. La concesión comprende, entre otras obligaciones, la construcción de la autopista, el mantenimiento, reparación y conservación de las obras y la administración, explotación y prestación de servicios durante el período de concesión.
El día 22 de diciembre de 2000, Coviares y la Secretaría de Obras Públicas suscribieron una adenda al Acuerdo de Reformulación antes mencionado. Dicha adenda fue aprobada por el Decreto Nº 85/2001 del Poder Ejecutivo Nacional, firmado el 25 de enero de 2001 y publicado en el Boletín Oficial el 30 de enero de 2001. Las principales modificaciones surgidas de la misma se detallan a continuación: (i) prórroga de la fecha de vencimiento del cronograma de obras; (ii) ampliación de los plazos para la devolución de la deuda con el Estado Nacional (Ver Nota 5.4.5.(1)), cuyos pagos comenzarán a hacerse efectivos a partir de enero de 2012, más los intereses correspondientes sobre saldos, calculados a la tasa del 6% anual y directa; y (iii) exclusión de la adenda de la Autopista Ribereña de la Capital Federal hasta tanto se defina la traza y anteproyecto de dicha autopista.
El plazo de concesión es de veintidós años contados a partir de la fecha de habilitación de la primera casilla de peaje (1° de julio de 1995).
Una vez finalizado el período de concesión, la Sociedad no conservará ningún derecho sobre la obra, cuyo dominio pertenece al Estado, ni sobre su explotación, excepto por los que surjan de eventuales reclamos que puedan hacerse a este último.
De acuerdo con el Contrato de Concesión, Coviares es responsable y está obligada al pago de todos los impuestos, tasas y contribuciones que se apliquen a los bienes entregados por el Concedente o los que construya o incorpore a las obras, así como a las actividades que realice, sean dichos tributos de origen nacional, provincial o municipal, con excepción del pago del impuesto a las ganancias, en virtud de la exención establecida en dicho contrato.
A la fecha no existen otros hechos, además de los informados en Nota 1, que hagan presumir la existencia de dificultades en el cumplimiento de las obligaciones emergentes del Contrato de Concesión. Es importante destacar que a la fecha el Concedente no ha aplicado multas ni sanciones por incumplimiento de las obligaciones contractuales que se encuentren firmes, estimándose que serán dejadas sin efecto.
Asimismo, sobre la base de sus proyecciones, la Sociedad prevé que los ingresos a obtener durante el período de concesión le permitirán absorber el valor residual de la obra ya realizada y el costo de las obras a realizarse. Al 30 de septiembre de 2010, los pasivos corrientes superan a sus activos corrientes en $ 74.377.509. Además, a pesar de la crítica situación descripta, al 30 de septiembre de 2010, Coviares se encuentra construyendo el tercer carril entre Quilmes y el Acceso Sudeste, dado que el tránsito alcanzó los niveles que definen la necesidad de su construcción.
Asimismo, se continuó con los trabajos de mantenimiento, conservación y mejorativos de la calzada existente a los fines de mantener los índices técnicos contractuales de la autopista.”
“RENEGOCIACIÓN DE CONTRATOS CELEBRADOS CON LA ADMINISTRACIÓN PUBLICA
A partir de la sanción de la Ley Nº 25.561 (Ley de Emergencia Pública y Reforma del régimen cambiario), quedaron sin efecto las cláusulas de ajuste en dólares u otras monedas extranjeras u otros mecanismos indexatorios incluidos en los contratos celebrados con la Administración Pública. Los precios y tarifas vigentes a dicha fecha fueron convertidos a pesos al tipo de cambio de $ 1 por US$ 1. Asimismo, el Gobierno Nacional quedó autorizado a renegociar dichos contratos debiendo tomar en consideración aspectos tales como el impacto de las tarifas en la competitividad de la economía y en la distribución de los ingresos, la rentabilidad de las empresas, etc. En cumplimiento de ello, a partir del dictado del Decreto 293 del 12 de febrero de 2002, se dio inicio al proceso de renegociación contractual, mediante la creación de la Comisión de Renegociación de Contratos de Obras y Servicios Públicos, para que las concesionarias de obras y servicios públicos presentaran sus propuestas de renegociación.
Los plazos originalmente establecidos para el proceso de negociación fueron prorrogados y a través del Decreto N° 311 del 3 de julio de 2003, se creó una nueva Comisión en el ámbito de los Ministerios de Economía y Producción y de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, en sustitución de la constituida anteriormente, denominada “Unidad de Renegociación y análisis de Contratos de Servicios Públicos” (“UNIREN”).
UNIREN, a través de la Ley 25.790 de octubre de 2003, dispuso que los acuerdos de renegociación podrían abarcar aspectos parciales de los contratos de concesión o licencia, incluyendo la posibilidad de revisiones periódicas.
La referida UNIREN debatió con los concesionarios, la suscripción de una “Carta de Entendimiento” que regiría en forma transitoria hasta la suscripción del Acuerdo definitivo previsto por la mencionada ley 25.790, a debatirse en Audiencia Pública.
A la fecha de emisión de los presentes estados contables especiales se ha sancionado la ley 26.563, la cual prorroga los plazos de la emergencia hasta el 31 de diciembre de 2011, con igual extensión en el plazo de renegociación contractual.
A lo largo del proceso antes explicado, Coviares efectuó varias presentaciones ante la Comisión de Renegociación de Contratos de Obras y Servicios Públicos, ahora UNIREN, en las cuales se sugieren distintas alternativas para aliviar la crítica situación que provocan las medidas mencionadas.
Con fecha 21 de febrero de 2007 se ha suscripto una Carta de Entendimiento que tiene por objeto establecer las bases y condiciones que se estiman razonables y convenientes para adecuar el Contrato de Concesión en las actuales condiciones de la Sociedad y la economía del país. El documento ha sido debatido en una Audiencia Pública, celebrada el 28 de junio de 2007 por Disposición N° 1/2007 de la UNIREN, cuyas conclusiones serán consideradas, para definir el Acuerdo de Renegociación Contractual, “ad referéndum” del Poder Ejecutivo Nacional.
Con fecha 29 de enero de 2009 se suscribió el Acuerdo de Renegociación Contractual mencionado y con posterioridad al consenso alcanzado, se produjo el cambio de la autoridad a cargo del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas efectuándose adecuaciones derivadas de dicha circunstancia, manteniendo los términos y condiciones de su antecedente de fecha 29 de enero de 2009, suscribiéndose un nuevo Acuerdo de Renegociación Contractual con fecha 9 de octubre de 2009 “ad. Referéndum” de la firma del Decreto del Poder Ejecutivo Nacional.
El Acta Acuerdo de Renegociación ha regresado a la UNIREN y ésta remitió por nota N° 246 de fecha 30 de junio de 2009 al Honorable Congreso de la Nación la propuesta de renegociación contractual de Coviares que tramita bajo el expediente CUDAP EXP-S 01:0257392/2002, luego de lo cual el Congreso tomo intervención de acuerdo al art. 4 de la Ley 25.790. A la fecha de los presente estados contables se ha alcanzado el acuerdo con la UNIREN. La Asamblea Extraordinaria de Accionistas se expidió sobre el mismo el 14 de octubre 2009 aprobando el texto adecuado del Acta Acuerdo de Renegociación de fecha 9 de octubre de 2009.
Entre los puntos más sobresalientes se destacan:
a) La firma del Acuerdo no implica renuncia ni desistimiento alguno por parte de esta Sociedad a obtener la extensión de la exención del Impuesto a las Ganancias hacia otros gravámenes de igual naturaleza vigentes y/o que graven el mismo hecho imponible.
b) Referente al Plan de Inversiones, se modificó el Cronograma Plan de Inversiones contenido en la Adenda al Acta Acuerdo de Reformulación contractual del 22 de diciembre de 2000, se contempla la readecuación de la ecuación económica financiera del contrato en función de la diferencia resultante de la comparación entre el plan económico financiero actual y el de origen, es decir, el contemplado en el Contrato suscripto en 1993.
c) Se recompondrá la tasa interna de retorno del plan original de la Concesión cuyo valor es de 14,6%. Se contempló un aumento de la tarifa de peaje del 15% que debió regir a partir de diciembre de 2009 y se estableció una metodología, para el ajuste futuro de las tarifas, que cubra los efectos de la inflación y que comenzará a aplicarse a partir de la firma del Decreto del Poder Ejecutivo Nacional. Se conviene establecer una instancia de revisión contractual entre el Concedente y el Concesionario.
d) Respecto del tratamiento de las penalidades se establece que los incumplimientos del Concesionario respecto a las obligaciones de realización de obras en la Autopista de acuerdo al cronograma contractualmente comprometido y producidos a partir del mes de enero de 2002 en virtud de la situación de emergencia declarada, no serán pasibles de la penalidades previstas en el Contrato de Concesión, por tal motivo la autoridad de aplicación y el órgano de control procederán a dejar sin efecto los procesos en curso originados en actas de constatación.
e) En concordancia con el proyecto, se excluye de las obligaciones de la Concesionaria la construcción, mantenimiento, reparación y conservación de la obra Autopista Ribereña de la Capital Federal y los eventuales trabajos de conexión en el mencionado distribuidor, de forma tal que el Concedente podrá disponer la ejecución de la misma por los medios y en el plazo que estime conveniente. Por su parte, a partir de la firma del mencionado Decreto cesan las obligaciones de la Sociedad a las iniciativas de la remodelación de las zonas bajo viaducto correspondiente a la Av. Pedro de Mendoza como obra complementaria de la Autopista Ribereña, renunciando incondicionalmente además a la explotación comercial de la zona.
El 27 de julio de 2010 se publicó en el Boletín Oficial el decreto 1057/2010, el cual ratifica el Acuerdo de Renegociación Contractual suscripto entre la UNIREN y Coviares. Con la ratificación de este acuerdo, la Dirección Nacional de Vialidad y el OCCOVI, actuando dentro de sus respectivos ámbitos de competencia, deberán proceder al dictado de los actos y al desarrollo de los procedimientos que resulten necesarios para la instrumentación, ejecución y cumplimiento de las disposiciones contenidas en el Acuerdo para recomponer la ecuación económica financiera del Contrato de Concesión. El Acuerdo de Renegociación Contractual tuvo principio de ejecución con la puesta en vigencia del cuadro tarifario que aumentó la tarifa en el 15% a que se hace referencia en el punto c), a partir del día 4 de octubre de 2010. A la fecha, se han realizado presentaciones con el objeto de lograr los avances para recomponer el contrato a la mayor brevedad posible.”
Con fecha 27 de julio de 2010 se ha publicado en el Boletín Oficial el Decreto Nº 1057/2010 del Poder Ejecutivo Nacional que ratifica el ACTA ACUERDO de fecha 9 de octubre de 2009, antes mencionada.
La recaudación en la Autopista Buenos Aires - La Plata correspondiente a los meses de enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto, septiembre, octubre y diciembre de 2010 ascendió a $10.334.690, $9.962.762, $10.958.709, $10.310.292, $9.959.198, $9.621.497, $10.432.091, $10.460.233, $10.451.993, $11.694.070, $12.139.551 y $12.227.042 respectivamente.
Covimet S.A.
Se constituyó originalmente con un objeto social destinado a la construcción, conservación y explotación de la Autopista 9 de Julio - Tramo Norte, de acuerdo con el Contrato de Concesión de fecha 21 de diciembre de 1993. Al respecto, con la modificación del Estatuto de fecha 15 de julio de 1986, el objeto social de Covimet se hizo extensivo a la construcción de toda otra clase de obras de ingeniería y arquitectura, públicas y privadas; la realización de proyectos de obras y prestación de servicios de ingeniería, asesoramiento industrial y comercial e inversora. A los fines mencionados, la Sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones y ejercer todos los actos que no sean prohibidos por las leyes o por otros estatutos.
Con fecha 25 de febrero de 2003 el Jefe de Gobierno de la CABA dictó el decreto 149/GCABA/2003 mediante el cual dispuso: (a) revocar el decreto 3135/GCABA/1998, alegando su nulidad absoluta e insanable; y (b) rescindir el contrato de concesión de obra pública para la construcción y concesión de la remodelación y prolongación de la Av. 9 de Julio Tramo Norte (Autopista Arturo Illia), argumentando incumplimiento de Covimet. En Nota 10 a los Estados Contables básicos se explica detalladamente esta situación.
PARTICIPACIÓN EN LICITACIONES EN LA REPÚBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL
A través de Polledo do Brasil Concessões e Investimentos Ltda, la Sociedad se encuentra estudiando en Brasil la viabilidad de proyectos viales y preparando ofertas en licitaciones públicas realizadas y a realizarse en dicho país (Ver Nota 13 a los Estados Contables Básicos).
INFORMACIÓN COMPARATIVA SOBRE LOS ESTADOS CONTABLES DE POLLEDO S.A.I.C. y F.:
| a) Información comparativa básica: | |||||||||
| Estructura Patrimonial: | |||||||||
| 31/12/2010 | 31/12/2009 | 31/12/2008 | 31/12/2007 | 30/06/2007 | |||||
| En Pesos | En Pesos | En Pesos | En Pesos | En Pesos | |||||
| Activo Corriente | 5.808.444 | 4.612.936 | 3.034.004 | 3.193.549 | 2.683.340 | ||||
| Activo No Corriente | 93.525.436 | 151.163.663 | 192.481.872 | 243.651.360 | 248.470.705 | ||||
| Total | 99.333.880 | 155.776.599 | 195.515.876 | 246.844.909 | 251.154.045 | ||||
| Pasivo Corriente | 1.747.239 | 2.074.384 | 2.156.526 | 2.049.388 | 1.465.169 | ||||
| Pasivo No Corriente | 40.379.976 | 35.788.895 | 30.878.749 | 28.262.500 | 26.460.863 | ||||
| Sub - Total | 42.127.215 | 37.863.279 | 33.035.275 | 30.311.888 | 27.926.032 | ||||
| Participación de terceros en U.T.E. | (2.210.450) | (2.193.313) | (2.442.526) | (2.076.640) | (1.925.407) | ||||
| Patrimonio Neto | 59.417.115 | 120.106.633 | 164.923.127 | 218.609.661 | 225.153.420 | ||||
| Total | 99.333.880 | 155.776.599 | 195.515.876 | 246.844.909 | 251.154.045 |
| Estructura de Resultados: | |||||||||
| 31/12/2010 | 31/12/2009 | 31/12/2008 | 31/12/2007 | 30/06/2007 | |||||
| 12 MESES | 12 MESES | 12 MESES | 6 MESES | 12 MESES | |||||
| En Pesos | En Pesos | En Pesos | En Pesos | En Pesos | |||||
| Resultado operativo ordinario | (867.203) | (869.893) | (654.204) | (283.157) | (397.131) | ||||
| Resultado de Inversiones en entes relacionados | (58.581.811) | (53.094.226) | (45.318.743) | (3.771.708) | (31.671.800) | ||||
| Otros Ingresos y Egresos, Netos | (1.150.711) | (293.329) | (88.327) | - | (812.538) | ||||
| Resultados Financieros y por Tenencia | (2.063.245) | 473.006 | (2.812.564) | (355.720) | (2.749.905) | ||||
| Impuesto a las ganancias y a la ganancia | |||||||||
| mínima presunta | (416.405) | (412.509) | (386.649) | (221.146) | (241.862) | ||||
| Participación de terceros en U.T.E. | 7.446 | 16.848 | 11.387 | 8.027 | 18.377 | ||||
| Resultado Neto | (63.071.929) | (54.180.103) | (49.249.100) | (4.623.704) | (35.854.859) | ||||
| Indices | |||||||||
| 31/12/2010 | 31/12/2009 | 31/12/2008 | 31/12/2007 | 30/06/2007 | |||||
| 12 MESES | 12 MESES | 12 MESES | 6 MESES | 12 MESES | |||||
| Liquidez (1) | 3,3244 | 2,2238 | 1,4069 | 1,5583 | 1,8314 | ||||
| Solvencia (2) | 1,4104 | 3,1721 | 4,9923 | 7,2120 | 8,0625 | ||||
| Inmovilización de capital (3) | 0,9415 | 0,9704 | 0,9845 | 0,9871 | 0,9893 | ||||
| Rentabilidad (4) | (0,7027) | (0,3802) | (0,2525) | (0,0193) | (0,1476) |
| (1) | Activo Corriente | (2) | Patrimonio Neto | (3) | Activo No Corriente | 4) | Resultado del Ejercicio |
| Pasivo Corriente | Pasivo total | Total de Activo | Patrimonio Neto Promedio |
| b) Información comparativa consolidada: | ||||||||||
| Estructura Patrimonial Consolidada: | ||||||||||
| 31/12/2010 | 31/12/2009 | 31/12/2008 | 31/12/2007 | 30/06/2007 | ||||||
| En Pesos | En Pesos | En Pesos | En Pesos | En Pesos | ||||||
| Activo Corriente | 6.442.442 | 6.024.487 | 25.361.930 | 14.431.340 | 17.652.567 | |||||
| Activo No Corriente | 70.494.856 | 127.468.837 | 172.493.101 | 234.820.941 | 245.072.823 | |||||
| Total | 76.937.298 | 133.493.324 | 197.855.031 | 249.252.281 | 262.725.390 | |||||
| Pasivo Corriente | 1.649.985 | 2.135.273 | 2.053.022 | 2.379.886 | 11.107.623 | |||||
| Pasivo No Corriente | 15.869.478 | 11.249.600 | 30.878.749 | 28.262.500 | 26.460.863 | |||||
| Sub - Total | 17.518.573 | 13.384.873 | 32.931.771 | 30.642.386 | 37.568.486 | |||||
| Participación de terceros en sociedades controladas | 1.610 | 1.818 | 133 | 234 | 3.484 | |||||
| Patrimonio Neto | 59.417.115 | 120.106.633 | 164.923.127 | 218.609.661 | 225.153.420 | |||||
| Total | 76.937.298 | 133.493.324 | 197.855.031 | 249.252.281 | 262.725.390 |
| Estructura de Resultados Consolidados: | |||||||||
| 31/12/2010 | 31/12/2009 | 31/12/2008 | 31/12/2007 | 30/06/2007 | |||||
| 12 MESES | 12 MESES | 12 MESES | 6 MESES | 12 MESES | |||||
| En Pesos | En Pesos | En Pesos | En Pesos | En Pesos | |||||
| Resultado operativo ordinario | (3.460.775) | (2.066.696) | (2.980.300) | (2.281.214) | (1.376.343) | ||||
| Resultados de Inversiones en entes relacionados | (55.644.672) | (46.290.119) | (45.933.153) | (16.991.323) | (31.187.093) | ||||
| Otros Ingresos y Egresos, Netos | (1.149.782) | (292.497) | (78.879) | 15.871.138 | (818.678) | ||||
| Resultados Financieros y por Tenencia | (2.382.862) | (5.070.808) | 174.757 | 699.285 | (2.222.818) | ||||
| Impuesto a las ganancias y a la ganancia mínima presunta | (434.041) | (460.429) | (431.624) | (1.924.838) | (260.112) | ||||
| Participación de terceros en Sociedades Controladas | 203 | 446 | 99 | 3.248 | 10.185 | ||||
| Resultado Neto | (63.071.929) | (54.180.103) | (49.249.100) | (4.623.704) | (35.854.859) | ||||
| Indices | |||||||||
| 31/12/2010 | 31/12/2009 | 31/12/2008 | 31/12/2007 | 30/06/2007 | |||||
| Liquidez (1) | 3,9067 | 2,8214 | 12,3535 | 6,0639 | 1,5892 | ||||
| Solvencia (2) | 3,3917 | 8,9733 | 5,0080 | 7,1342 | 5,9931 | ||||
| Inmovilización de capital (3) | 0,9163 | 0,9549 | 0,8718 | 0,9421 | 0,9328 | ||||
| Rentabilidad (4) | (0,7027) | (0,3802) | (0,2525) | (0,0193) | (0,1476) |
| (1) | Activo Corriente | (2) | Patrimonio Neto | (3) | Activo No Corriente | (4) | Resultado del Ejercicio |
| Pasivo Corriente | Pasivo total | Total de Activo | Patrimonio Neto Promedio |
| c) Datos Estadísticos | |||||||||
| Ingresos por peaje | |||||||||
| (Moneda homogénea) | |||||||||
| 01/01/2010 al | 01/01/2009 al | 01/01/2008 al | 01/07/2007 al | 01/07/2006 al | |||||
| 31/12/2010 | 31/12/2009 | 31/12/2008 | 31/12/2007 | 30/06/2007 | |||||
| 12 MESES | 12 MESES | 12 MESES | 6 MESES | 12 MESES | |||||
| En Pesos | En Pesos | En Pesos | En Pesos | En Pesos | |||||
| Econorte S.A. | - | - | - | 35.299.620 | 112.875.886 | ||||
| Coviares S.A. | 128.552.129 | 117.925.415 | 116.860.614 | 57.657.417 | 105.340.497 |
AVANCE EN EL CUMPLIMIENTO DEL PLAN DE IMPLEMENTACIÓN DE LAS NORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACIÓN FINANCIERA (NIIF)
Como resultado del monitoreo del plan de implementación específico de las NIIF, el Directorio no ha tomado conocimiento de circunstancia alguna que requiera modificaciones al referido plan o que indique un eventual desvío de los objetivos y fechas establecidos.
PERSPECTIVAS FUTURAS
De acuerdo a lo ya manifestado, la Sociedad actualmente se encuentra expectante en relación a las medidas que viene adoptando el Gobierno Nacional en lo referente a la renegociación de los contratos de servicios públicos, las cuales esperamos ayuden a revertir la situación de los principales contratos en los que Polledo S.A.I.C. y F. participa, los cuales en virtud de no ser controlados por nosotros, exige una permanente atención sobre la evolución de sus acontecimientos.
Además, la Sociedad se encuentra activamente estudiando nuevas posibilidades de negocios. En Brasil, a través de Polledo do Brasil Concessões e Investimentos Ltda y tal como se explica en la Nota 13 a los Estados Contables Básicos, la Sociedad se encuentra estudiando la viabilidad de proyectos viales y preparando ofertas en licitaciones públicas realizadas y a realizarse en dicho país.
La Sociedad espera poder concretar a futuro algunos de los negocios que tiene bajo análisis, y que éstos resulten satisfactorios para los intereses de la Compañía.
INFORME DE LOS AUDITORES
A los señores Accionistas, Presidente y Directores de
Polledo S.A.I.C. y F.
Domicilio Legal: Leandro N. Alem 1050, Piso 9°
Ciudad Autónoma de Buenos Aires
CUIT N°: 30-53874847-8
-
Hemos efectuado una auditoría del estado de situación patrimonial de Polledo S.A.I.C. y F. al 31 de diciembre de 2010, y de los estados de resultados, de evolución del patrimonio neto y de flujo de efectivo por el ejercicio terminado en dicha fecha, y de las notas 1 a 15 y anexos C, C1, E, G, H e I que los complementan. Además, hemos examinado el estado de situación patrimonial consolidado al 31 de diciembre de 2010, y los estados de resultados y de flujo de efectivo consolidados por ejercicio terminado en dicha fecha de Polledo S.A.I.C. y F. con sus sociedades controladas, los que se presentan como información complementaria. La preparación y emisión de los mencionados estados contables es responsabilidad de la Sociedad. Nuestra responsabilidad consiste en expresar una opinión sobre los estados contables, en base a las auditorías que efectuamos.
-
Excepto por lo indicado en los puntos 3. y 4.d) nuestros exámenes fueron practicados de acuerdo con normas de auditoría vigentes en la República Argentina. Tales normas requieren que planifiquemos y realicemos nuestro trabajo con el objeto de obtener un razonable grado de seguridad que los estados contables estén exentos de errores significativos y formarnos una opinión acerca de la razonabilidad de la información relevante que contienen los estados contables. Una auditoría comprende el examen, en base a pruebas selectivas, de evidencias que respaldan los importes y las informaciones expuestas en los estados contables. Una auditoría también comprende una evaluación de las normas contables aplicadas y de las estimaciones significativas hechas por la Sociedad, así como una evaluación de la presentación general de los estados contables. Consideramos que las auditorias efectuadas constituyen una base razonable para fundamentar nuestra opinión.
-
No hemos revisado los estados contables de Polledo do Brasil Concessões e Investimentos Ltda., sociedad controlada por la Sociedad, que fueron utilizados para el cálculo del valor patrimonial proporcional al 31 de diciembre de 2010. La inversión en dicha entidad al 31 de diciembre de 2010 representa el 1% del total del activo consolidado de Polledo S.A.I.C. y F. Los estados contables utilizados para el cálculo del valor patrimonial proporcional fueron revisados por otro profesional, quien emitió su informe sin observaciones.
-
Nuestro informe de auditoría de fecha 10 de marzo de 2011 sobre los estados contables especiales de Coviares S.A. al 30 de septiembre de 2010 (inversión que representa el 69 % del total del activo consolidado de la Sociedad), en base a los cuales se calculó el valor patrimonial proporcional al 31 de diciembre de 2010, incluía salvedades generadas en las siguientes circunstancias:
-
Incertidumbres referidas a: i) el impacto descripto en notas 5.2 y 11. a los estados contables, de las modificaciones introducidas por el Gobierno Nacional al Contrato de Concesión, generando incertidumbre respecto del desarrollo futuro de los negocios de Coviares S.A., del potencial cumplimiento del programa de inversiones previsto en dicho Contrato y de las obligaciones financieras que ha asumido; ii) la recuperabilidad futura de los valores contables de los bienes de cambio y bienes de uso que ascienden a $ 1.488.970.681 y $ 2.007.686, respectivamente, iii) el incumplimiento de una serie de compromisos acordados en el Contrato de Reestructuración del Préstamo Sindicado descripto en nota 11 a los estados contables, situación en virtud de la cual, los acreedores, previa obtención de ciertas mayorías, podrían plantear la caducidad de todos los plazos de vencimientos establecidos y solicitar formalmente la cancelación anticipada de sus acreencias, y iv) incertidumbre respecto a la continuidad del funcionamiento normal de las operaciones de Coviares S.A. como empresa en marcha.
- Incertidumbre respecto a la resolución final de situaciones contingentes que Coviares S.A. mantiene registradas en los rubros previsiones para indemnizaciones futuras y para juicios por un monto de $ 36.008.500 y $ 17.900.006, respectivamente y, en consecuencia, sus efectos sobre los estados contables de dicha sociedad.
- Incertidumbre respecto a la recuperabilidad de créditos pendientes de cobro de antigua data registrados con sociedades relacionadas en el activo corriente ($ 31.925.773) y no corriente ($ 32.124.926), la cual está sujeta a la evolución de la situación económico-financiera de dichas sociedades relacionadas.
- Limitación en el alcance del trabajo generada por la falta de obtención de respuestas de los bancos y entidades financieras al pedido de confirmación de saldos, solicitados para validar la integridad, existencia, valuación y exposición de los préstamos incluidos en el pasivo corriente y no corriente por $ 64.328.112 y $ 775.391.511, respectivamente.
-
Desvíos a las normas contables vigentes originados por el reconocimiento como crédito a los pagos ingresados en concepto de Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta, según lo descripto en nota 12.e. a los estados contables;
-
La Sociedad ha preparado los estados contables adjuntos utilizando principios contables aplicables a una empresa en marcha y por lo tanto, dichos estados no incluyen los efectos de los eventuales ajustes y reclasificaciones, si los hubiere, que pudieran requerirse de no resolverse favorablemente las situaciones descriptas en los puntos 4. a), b), y c) precedentes, y la misma se viera obligada a realizar sus activos y cancelar sus pasivos, incluyendo los contingentes, en condiciones diferentes al curso normal de sus negocios.
-
En nuestra opinión, excepto por el efecto que sobre los estados contables podrían tener los eventuales ajustes y/o reclasificaciones, si los hubiere, que pudieran resultar de no haber mediado las limitaciones en el alcance de nuestro trabajo descriptas en los puntos 3. y 4.d), excepto por el desvío a normas contables profesionales vigentes indicado en el punto 4.e), y sujeto al efecto que sobre los estados contables podrían tener los eventuales ajustes y reclasificaciones, si los hubiere, que pudieran requerirse de la resolución de las situaciones descriptas en los puntos 4. a), 4.b), 4.c) y 5. precedentes:
- los estados contables de Polledo S.A.I.C. y F. reflejan razonablemente en todos sus aspectos significativos, su situación patrimonial al 31 de diciembre 2010, y los resultados de sus operaciones, las variaciones en su patrimonio neto y el flujo de efectivo por el ejercicio terminado en dicha fecha, de acuerdo con normas contables profesionales vigentes en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
- los estados contables consolidados de Polledo S.A.I.C. y F. con sus sociedades controladas reflejan razonablemente, en todos sus aspectos significativos, su situación patrimonial consolidada al 31 de diciembre de 2010, y el resultado consolidado de sus operaciones y el flujo de efectivo consolidado por el ejercicio terminado en dicha fecha, de acuerdo con normas contables profesionales vigentes en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
-
Los estados contables de Polledo S.A.I.C. y F. por el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2009, que se presenta con fines comparativos, fueron auditados por nosotros, sobre los cuales hemos emitido nuestro informe de auditoría de fecha 10 de marzo 2010 con salvedades referidas a similares circunstancias a las indicadas en los párrafos 3, 4.a), 4.b), 4.d), 4.e) y 5. de este informe; y con una salvedad por incertidumbre relacionada con la inversión en Covimet S.A., la cual fue resuelta de acuerdo a lo mencionado en nota 2.5.4 a los estados contables.
-
En cumplimiento de disposiciones vigentes informamos que:
-
los estados contables de Polledo S.A.I.C. y F. y sus estados consolidados se encuentran asentados en el libro "Inventarios y Balances" y cumplen, en lo que es materia de nuestra competencia, con lo dispuesto en la Ley de Sociedades Comerciales y en las resoluciones pertinentes de la Comisión Nacional de Valores;
- los estados contables de Polledo S.A.I.C. y F. surgen de registros contables llevados en sus aspectos formales de conformidad con normas legales;
- hemos aplicado los procedimientos sobre prevención de lavado de activos y financiación del terrorismo previstos en las correspondientes normas profesionales emitidas por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
- hemos leído la reseña informativa, a excepción del capítulo titulado “Avance en el cumplimiento del plan de implementación de las NIIF”, y la información adicional a las notas a los estados contables requerida por el artículo 68 del Reglamento de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires, sobre las cuales, en lo que es materia de nuestra competencia, no tenemos otras observaciones que formular que las indicadas en los puntos 3. a 5.;
- al 31 de diciembre de 2010, no existe deuda devengada a favor del Sistema Integrado Previsional Argentino que surja de los registros contables de la Sociedad.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 10 de marzo de 2011.
| PRICE WATERHOUSE & CO. S.R.L. (Socio) |
| C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 Fº 17 |
| Dr. Gabriel M. Perrone Contador Público (UCA) C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 182 – Fº 010 |
INFORME ESPECIAL DE LOS AUDITORES
Señores
Presidente y Directores de
Polledo S.A.I.C. y F.
Domicilio Legal: Leandro N. Alem 1050 – 9° Piso
Ciudad Autónoma de Buenos Aires
CUIT N° 30-53874847-8
De nuestra consideración:
En nuestro carácter de auditores externos de Polledo S.A.I.C. y F. (en adelante “la Sociedad”), a efectos de su presentación ante la Comisión Nacional de Valores (y la Bolsa de Comercio de Buenos Aires) y de acuerdo con lo requerido por el artículo 4 de la Resolución General N° 400 emitida por la Comisión Nacional de Valores, que modifica el art. 18 inciso e) del acápite III.9.1 de las Normas de dicha Comisión, informamos que el total de honorarios en concepto de servicios de auditoría y relacionados facturados a la Sociedad en el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2010 representan:
- el 100 % sobre el total de honorarios por servicios facturados a la Sociedad por todo concepto en dicho ejercicio;
- el 2,20 % sobre el total de honorarios por servicios de auditoría y relacionados facturados a la Sociedad, sus sociedades controlantes, controladas y vinculadas en dicho ejercicio;
- el 2,17 % sobre el total de honorarios por servicios facturados a la Sociedad, sus sociedades controlantes, controladas y vinculadas por todo concepto en dicho ejercicio.
El presente informe especial se emite para uso exclusivo de la Sociedad, para su presentación a la Comisión Nacional de Valores, (y la Bolsa de Comercio de Buenos Aires) y no debe ser utilizado para ningún otro propósito.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 10 de marzo de 2011.
| PRICE WATERHOUSE & CO. S.R.L. (Socio) |
| C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 Fº 17 |
| Dr. Gabriel M. Perrone Contador Público (UCA) C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 182 – Fº 10 |
ACTA COMISION FISCALIZADORA
En la ciudad de Buenos Aires a los diez días del mes de marzo de 2011, siendo las 15,00 horas, se reúne la Comisión Fiscalizadora de POLLEDO S.A.I.C. y F. representada por los Sres. Síndicos Jorge Alberto Mencarini, Carlos Francisco Tarsitano y Luis Héctor Lovotrico a los efectos de tratar el siguiente orden del día:
INFORME DE LA COMISION FISCALIZADORA SOBRE LOS ESTADOS CONTABLES CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO CERRADO EL 31 DE DICIEMBRE DE 2010.
El Dr. Lovotrico manifiesta que resulta necesario expedir el dictamen sobre la documentación que respalda el Balance General al 31 de diciembre de 2010 documentación que fuera remitida con la debida anticipación por el Directorio de la Sociedad para consideración de esta Comisión. Luego de un cambio de opiniones resuelven emitir el siguiente informe:
“INFORME DE LA COMISION FISCALIZADORA
Buenos Aires 10 de marzo de 2011
Señores Accionistas de:
POLLEDO SOCIEDAD ANONIMA,
INDUSTRIAL, CONSTRUCTORA Y FINANCIERA
En nuestro carácter de Comisión Fiscalizadora, hemos dado cumplimiento a lo dispuesto por el Art. 294 de la Ley 19550 de Sociedades Comerciales. En ejercicio de estas funciones hemos procedido a examinar, la Memoria y Anexo con Informe del Código de Gobierno Societario, el inventario, el Estado de Situación Patrimonial, Estado de Resultados, Estado de Flujo de Efectivo, el Estado de Evolución del Patrimonio Neto, las Notas complementarias aclaratorias y Anexos, el Estado de Situación Patrimonial Consolidado, Estado de Resultados Consolidado, Estado de Flujo de Efectivo Consolidado, Notas Complementarias Consolidadas, Anexos consolidados, Art. 68 de la resolución Nº 10135/93 y Reseña informativa, correspondientes al ejercicio económico N° 77 iniciado el 1º de enero de 2010, finalizado el 31 de diciembre de 2010, comparativo con el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2009.
En ejercicio del control de legalidad que nos compete, de los actos decididos por los órganos de la Sociedad que fueron expuestos en las reuniones de Directorio y Asambleas, hemos examinado los documentos detallados en el primer párrafo. Para el examen de esa documentación nos hemos basado fundamentalmente en el trabajo realizado por el Auditor Externo quien ha efectuado dicho examen para formarse una opinión acerca de la razonabilidad de la información significativa que contienen los Estados Contables considerados en su conjunto, de acuerdo con normas contables. En ese sentido cabe destacar que una auditoría incluye examinar, sobre bases selectivas, los elementos de juicio que respalden la información expuesta en los Estados Contables, y evaluar las normas contables utilizadas y como parte de ellas la razonabilidad de las estimaciones de significación hechas por el Directorio. Por lo tanto nuestro examen se circunscribe a la razonabilidad de la información significativa de los documentos examinados y su congruencia con la restante información sobre las decisiones societarias expuestas en actas y la adecuación de dichas decisiones a la Ley y los Estatutos.
En nuestra opinión, y basándonos en el informe de auditoría que emitió el Auditor externo de fecha 10 de marzo de 2011, los Estados Contables citados presentan razonablemente la situación patrimonial de Polledo S.A.I.C. y F. al 31 de diciembre de 2010 y al 31 de diciembre de 2009, los resultados de las operaciones, las variaciones en su Patrimonio Neto y las causas de variaciones del Estado de Flujo de Efectivo por los ejercicios cerrados a esas fechas.
En relación a lo determinado por la Resolución 368/2001 de la Comisión Nacional de Valores, informamos que:
- Las políticas de contabilización aplicadas para la preparación de los estados contables mencionados y las notas y anexos están de acuerdo con las normas contables profesionales ; y
- El auditor externo ha desarrollado la auditoría aplicando las normas de auditoría vigentes, establecidas por la Resolución Técnica Nº 7 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas. Dichas normas requieren la independencia y la objetividad del auditor externo en la realización de la auditoría de los estados contables.-
Por lo antes expuesto, damos nuestra conformidad a los documentos mencionados.”
A continuación se resuelve autorizar al Sr. Síndico Luis Héctor Lovotrico a firmar toda la documentación contable y el informe precedente.
No habiendo más asuntos que tratar se lee y aprueba por unanimidad la presente acta, levantándose la sesión a las 15:30 horas.
Firmado: Jorge Alberto Mencarini, Carlos Francisco Tarsitano y Luis Héctor Lovotrico.
A C T A Nº 1364
Cr. Adalberto Omar Campana
Sr. Ricardo Sargiotto
Lic. Héctor Armando Domeniconi
Ing. Enrique Sargiotto
Lic. Gustavo Stafforini
Cr. Gabriel Balbo
En la ciudad de Buenos Aires a los diez días del mes de marzo de 2011 se reúne el Directorio de POLLEDO Sociedad Anónima Industrial, Constructora y Financiera, con la asistencia de los señores Directores que figuran en la presente acta y firman al pie y del Sr. Síndico Titular Dr. Luis Héctor Lovotrico en representación de la Comisión Fiscalizadora.
Siendo las 16:00 horas se declara abierta la sesión.
Balance por el ejercicio iniciado el 01-01-2010 y finalizado el 31-12-2010
El Cr. Adalberto Omar Campana manifiesta que la reunión tiene por finalidad dar cumplimiento a los artículos 62 al 67 y 234 inciso 1º de la Ley 19.550 en relación al septuagésimo séptimo ejercicio, iniciado el 1º de enero de 2010 y finalizado el 31 de diciembre de 2010 y sus respectivas cifras comparativas por el ejercicio finalizado al 31 de diciembre de 2009, sometiendo a consideración de los señores Directores la Memoria y Anexo con Informe del Código de Gobierno Societario, el inventario, el Estado de Situación Patrimonial, Estado de Resultados, Estado de Flujo de Efectivo, Estado de Evolución del Patrimonio Neto, Notas complementarias y Anexos, el Estado de Situación Patrimonial Consolidado, Estado de Resultados Consolidado, Estado de Flujo de Efectivo Consolidado, Notas complementarias consolidadas y Anexos consolidados, Art. 68 de la resolución Nº 10135/93 y la Reseña Informativa, requeridos por la Bolsa de Comercio de Buenos Aires y la Comisión Nacional de Valores, documentación que fue entregada a los presentes con la debida anticipación juntamente con el informe del Contador Certificante.
POLLEDO S.A.I.C. y F.
MEMORIA EJERCICIO CERRADO AL 31.12.10:
SEÑORES ACCIONISTAS: De conformidad con las disposiciones legales y estatutarias vigentes el Directorio somete a vuestra voluntad la Memoria con su correspondiente anexo I “Informe sobre el Código de Gobierno Societario”, el Balance General y los Estados de Resultados, de Evolución del Patrimonio Neto, de Flujo de Efectivo, notas, anexos, Estados Contables Consolidados presentados como información complementaria, Reseña Informativa, Información adicional solicitada por el Art. 68 del Reglamento de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires, proyecto de absorción de pérdidas e Informe de la Comisión Fiscalizadora correspondiente al ejercicio económico Nº 77 iniciado el 1 de enero de 2010 y finalizado el 31 de diciembre de 2010.
ACTIVIDAD DE LA SOCIEDAD: SUS INVERSIONES Y PERSPECTIVAS FUTURAS
En el presente ejercicio el resultado ascendió a una pérdida de $63.071.929.- generada principalmente por la participación en Coviares, ya sea en forma directa e indirecta a través de otras inversiones, la cual representó una pérdida para la Sociedad de aproximadamente $ 55,6.- millones.
Desde fines del año 2002 la crisis económica ha venido evolucionando favorablemente, y paulatinamente comenzaron a revertirse algunos de los factores negativos derivados de la misma. Por otra parte, producto de la devaluación del peso, se produjeron incrementos de competitividad en determinados sectores de la economía argentina, que dieron origen al inicio de un proceso de reactivación económica sobre la base del uso de la capacidad ociosa existente en los distintos sectores de la economía.
No obstante lo enunciado, aún existen aspectos muy importantes a resolver, tales como la renegociación de los contratos de servicios públicos, entre los que se encuentran los contratos de concesiones viales, principal actividad actual de la Sociedad. Ello es de suma importancia para la Compañía, ya que la pérdida mencionada aportada por la participación en Coviares S.A., representa el 94% del Patrimonio Neto al cierre de los presentes Estados Contables al 31 de diciembre de 2010.
A continuación se expone una breve descripción de la situación de cada uno de los proyectos en que participa Polledo S.A.I.C. y F.
COVIARES S.A.
- Coviares S.A. tiene como objeto social la construcción, conservación y explotación de la Autopista La Plata - Buenos Aires, Ribereña de la Capital Federal y Nuevo Puente sobre el Riachuelo, de acuerdo con el Acuerdo de Reformulación del contrato de concesión (“el Contrato de Concesión”) de fecha 29 de diciembre de 1993, celebrado con la Secretaría de Obras Públicas y Comunicaciones del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos de la Nación (“la Secretaria de Obras Públicas” o “el Concedente”), que fue aprobado por Resolución Ministerial Nº 538/94 y decreto del Poder Ejecutivo Nacional. La concesión comprende, entre otras obligaciones, la construcción de la autopista, el mantenimiento, reparación y conservación de las obras y la administración, explotación y prestación de servicios durante el período de concesión.
El día 22 de diciembre de 2000, Coviares y la Secretaría de Obras Públicas suscribieron una adenda al Acuerdo de Reformulación antes mencionado. Dicha adenda fue aprobada por el Decreto Nº 85/2001 del Poder Ejecutivo Nacional, firmado el 25 de enero de 2001 y publicado en el Boletín Oficial el 30 de enero de 2001. Las principales modificaciones surgidas de la misma se detallan a continuación: (i) prórroga de la fecha de vencimiento del cronograma de obras; (ii) ampliación de los plazos para la devolución de la deuda con el Estado Nacional (Ver Nota 5.4.5.(1)), cuyos pagos comenzarán a hacerse efectivos a partir de enero de 2012, más los intereses correspondientes sobre saldos, calculados a la tasa del 6% anual y directa; y (iii) exclusión de la adenda de la Autopista Ribereña de la Capital Federal hasta tanto se defina la traza y anteproyecto de dicha autopista.
El plazo de concesión es de veintidós años contados a partir de la fecha de habilitación de la primera casilla de peaje (1° de julio de 1995).
Una vez finalizado el período de concesión, Coviares S.A. no conservará ningún derecho sobre la obra, cuyo dominio pertenece al Estado, ni sobre su explotación, excepto por los que surjan de eventuales reclamos que puedan hacerse a este último.
De acuerdo con el Contrato de Concesión, Coviares es responsable y está obligada al pago de todos los impuestos, tasas y contribuciones que se apliquen a los bienes entregados por el Concedente o los que construya o incorpore a las obras, así como a las actividades que realice, sean dichos tributos de origen nacional, provincial o municipal, con excepción del pago del impuesto a las ganancias, en virtud de la exención establecida en dicho contrato.
A la fecha no existen otros hechos, además de los informados en Nota 1, que hagan presumir la existencia de dificultades en el cumplimiento de las obligaciones emergentes del Contrato de Concesión. Es importante destacar que a la fecha el Concedente no ha aplicado multas ni sanciones por incumplimiento de las obligaciones contractuales que se encuentren firmes, estimándose que serán dejadas sin efecto.
Asimismo, sobre la base de sus proyecciones, Coviares S.A. prevé que los ingresos a obtener durante el período de concesión le permitirán absorber el valor residual de la obra ya realizada y el costo de las obras a realizarse. Al 30 de septiembre de 2010, los pasivos corrientes superan a sus activos corrientes en $ 74.377.509. Además, a pesar de la crítica situación descripta, al 30 de septiembre de 2010, Coviares se encuentra construyendo el tercer carril entre Quilmes y el Acceso Sudeste, dado que el tránsito alcanzó los niveles que definen la necesidad de su construcción.
Asimismo, se continuó con los trabajos de mantenimiento, conservación y mejorativos de la calzada existente a los fines de mantener los índices técnicos contractuales de la autopista.”
- A partir de la sanción de la Ley Nº 25.561 (Ley de Emergencia Pública y Reforma del régimen cambiario), quedaron sin efecto las cláusulas de ajuste en dólares u otras monedas extranjeras u otros mecanismos indexatorios incluidos en los contratos celebrados con la Administración Pública. Los precios y tarifas vigentes a dicha fecha fueron convertidos a pesos al tipo de cambio de $ 1 por US$ 1. Asimismo, el Gobierno Nacional quedó autorizado a renegociar dichos contratos debiendo tomar en consideración aspectos tales como el impacto de las tarifas en la competitividad de la economía y en la distribución de los ingresos, la rentabilidad de las empresas, etc. En cumplimiento de ello, a partir del dictado del Decreto 293 del 12 de febrero de 2002, se dio inicio al proceso de renegociación contractual, mediante la creación de la Comisión de Renegociación de Contratos de Obras y Servicios Públicos, para que las concesionarias de obras y servicios públicos presentaran sus propuestas de renegociación.
Los plazos originalmente establecidos para el proceso de negociación fueron prorrogados y a través del Decreto N° 311 del 3 de julio de 2003, se creó una nueva Comisión en el ámbito de los Ministerios de Economía y Producción y de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, en sustitución de la constituida anteriormente, denominada “Unidad de Renegociación y análisis de Contratos de Servicios Públicos” (“UNIREN”).
UNIREN, a través de la Ley 25.790 de octubre de 2003, dispuso que los acuerdos de renegociación podrían abarcar aspectos parciales de los contratos de concesión o licencia, incluyendo la posibilidad de revisiones periódicas.
La referida UNIREN debatió con los concesionarios, la suscripción de una “Carta de Entendimiento” que regiría en forma transitoria hasta la suscripción del Acuerdo definitivo previsto por la mencionada ley 25.790, a debatirse en Audiencia Pública.
A la fecha de emisión de los presentes estados contables especiales se ha sancionado la ley 26.563, la cual prorroga los plazos de la emergencia hasta el 31 de diciembre de 2011, con igual extensión en el plazo de renegociación contractual.
A lo largo del proceso antes explicado, Coviares efectuó varias presentaciones ante la Comisión de Renegociación de Contratos de Obras y Servicios Públicos, ahora UNIREN, en las cuales se sugieren distintas alternativas para aliviar la crítica situación que provocan las medidas mencionadas.
Con fecha 21 de febrero de 2007 se ha suscripto una Carta de Entendimiento que tiene por objeto establecer las bases y condiciones que se estiman razonables y convenientes para adecuar el Contrato de Concesión en las actuales condiciones Coviares S.A. y la economía del país. El documento ha sido debatido en una Audiencia Pública, celebrada el 28 de junio de 2007 por Disposición N° 1/2007 de la UNIREN, cuyas conclusiones serán consideradas, para definir el Acuerdo de Renegociación Contractual, “ad referéndum” del Poder Ejecutivo Nacional.
Con fecha 29 de enero de 2009 se suscribió el Acuerdo de Renegociación Contractual mencionado y con posterioridad al consenso alcanzado, se produjo el cambio de la autoridad a cargo del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas efectuándose adecuaciones derivadas de dicha circunstancia, manteniendo los términos y condiciones de su antecedente de fecha 29 de enero de 2009, suscribiéndose un nuevo Acuerdo de Renegociación Contractual con fecha 9 de octubre de 2009 “ad. Referéndum” de la firma del Decreto del Poder Ejecutivo Nacional.
El Acta Acuerdo de Renegociación ha regresado a la UNIREN y ésta remitió por nota N° 246 de fecha 30 de junio de 2009 al Honorable Congreso de la Nación la propuesta de renegociación contractual de Coviares que tramita bajo el expediente CUDAP EXP-S 01:0257392/2002, luego de lo cual el Congreso tomo intervención de acuerdo al art. 4 de la Ley 25.790. A la fecha de los presente estados contables se ha alcanzado el acuerdo con la UNIREN. La Asamblea Extraordinaria de Accionistas se expidió sobre el mismo el 14 de octubre 2009 aprobando el texto adecuado del Acta Acuerdo de Renegociación de fecha 9 de octubre de 2009.
Entre los puntos más sobresalientes se destacan:
a) La firma del Acuerdo no implica renuncia ni desistimiento alguno por parte de Coviares S.A. a obtener la extensión de la exención del Impuesto a las Ganancias hacia otros gravámenes de igual naturaleza vigentes y/o que graven el mismo hecho imponible.
b) Referente al Plan de Inversiones, se modificó el Cronograma Plan de Inversiones contenido en la Adenda al Acta Acuerdo de Reformulación contractual del 22 de diciembre de 2000, se contempla la readecuación de la ecuación económica financiera del contrato en función de la diferencia resultante de la comparación entre el plan económico financiero actual y el de origen, es decir, el contemplado en el Contrato suscripto en 1993.
c) Se recompondrá la tasa interna de retorno del plan original de la Concesión cuyo valor es de 14,6%. Se contempló un aumento de la tarifa de peaje del 15% que debió regir a partir de diciembre de 2009 y se estableció una metodología, para el ajuste futuro de las tarifas, que cubra los efectos de la inflación y que comenzará a aplicarse a partir de la firma del Decreto del Poder Ejecutivo Nacional. Se conviene establecer una instancia de revisión contractual entre el Concedente y el Concesionario.
d) Respecto del tratamiento de las penalidades se establece que los incumplimientos del Concesionario respecto a las obligaciones de realización de obras en la Autopista de acuerdo al cronograma contractualmente comprometido y producidos a partir del mes de enero de 2002 en virtud de la situación de emergencia declarada, no serán pasibles de la penalidades previstas en el Contrato de Concesión, por tal motivo la autoridad de aplicación y el órgano de control procederán a dejar sin efecto los procesos en curso originados en actas de constatación.
e) En concordancia con el proyecto, se excluye de las obligaciones de la Concesionaria la construcción, mantenimiento, reparación y conservación de la obra Autopista Ribereña de la Capital Federal y los eventuales trabajos de conexión en el mencionado distribuidor, de forma tal que el Concedente podrá disponer la ejecución de la misma por los medios y en el plazo que estime conveniente. Por su parte, a partir de la firma del mencionado Decreto cesan las obligaciones de Coviares S.A. a las iniciativas de la remodelación de las zonas bajo viaducto correspondiente a la Av. Pedro de Mendoza como obra complementaria de la Autopista Ribereña, renunciando incondicionalmente además a la explotación comercial de la zona.
El 27 de julio de 2010 se publicó en el Boletín Oficial el decreto 1057/2010, el cual ratifica el Acuerdo de Renegociación Contractual suscripto entre la UNIREN y Coviares. Con la ratificación de este acuerdo, la Dirección Nacional de Vialidad y el OCCOVI, actuando dentro de sus respectivos ámbitos de competencia, deberán proceder al dictado de los actos y al desarrollo de los procedimientos que resulten necesarios para la instrumentación, ejecución y cumplimiento de las disposiciones contenidas en el Acuerdo para recomponer la ecuación económica financiera del Contrato de Concesión. El Acuerdo de Renegociación Contractual tuvo principio de ejecución con la puesta en vigencia del cuadro tarifario que aumentó la tarifa en el 15% a que se hace referencia en el punto c), a partir del día 4 de octubre de 2010. A la fecha, se han realizado presentaciones con el objeto de lograr los avances para recomponer el contrato a la mayor brevedad posible.”
- DEUDAS DE LA SOCIEDAD VINCULADA COVIARES S.A.:
- PRÉSTAMO SINDICADO
El 7 de mayo de 2001, Coviares obtuvo un préstamo a largo plazo otorgado por un sindicato de bancos liderado por HSBC Bank Argentina S.A. como Banco Agente, por la suma de US$ 238.814.559 (dólares estadounidenses). De acuerdo con lo establecido por el Decreto N° 214/02 este préstamo fue convertido a pesos a la paridad $ 1 por US$ 1 y se le aplica el CER a partir del 3 de febrero de 2002.
Garantía Prendaria sobre acciones de Coviares: Los principales accionistas de Coviares constituyen derecho real de prenda en primer grado de prelación y privilegio, sobre acciones representativas del 60% del capital social y de los votos de Coviares, por las sumas del préstamo y de las obligaciones asumidas en el marco del Contrato de Préstamo Sindicado y sus complementarios, incluyendo los pagarés a la vista emitidos a favor de los bancos otorgantes. Esta prenda sobre las acciones garantiza también el cumplimiento de todas las obligaciones asumidas por Coviares frente al Banco de la Provincia de Buenos Aires (“Bapro”) en relación con la garantía de cumplimiento emitida por éste a favor del Estado Nacional por la suma de $ 18.046.875; incluyendo la de pagar las comisiones que esta garantía genera a favor del citado banco (Ver Nota 9.1.). Asimismo, en el marco del Contrato de Préstamo Sindicado, los principales accionistas de Coviares S.A. otorgaron fianza simplemente mancomunada a favor del Bapro, por hasta la suma de su participación en dicho Contrato de Préstamo Sindicado, ejecutable en caso de extinción de la concesión por culpa de Coviares S.A.
El 13 de septiembre de 2004, Coviares firmó un contrato de reestructuración mediante el cual se reconoció que el capital adeudado al 2 de septiembre de 2004 ascendía a $ 370.421.571 ($ 238.814.559 deuda original, $ 5.891.056 intereses capitalizados y $ 125.715.956 CER), y sería actualizado mediante la aplicación del CER. Asimismo, se estableció que la deuda devengaría un interés compensatorio sobre saldos a una tasa nominal anual del 8% y sería cancelada en 134 cuotas mensuales a partir del mes de septiembre de 2004 y se ratificaron las garantías otorgadas en el contrato original.
La reestructuración mencionada incluyó la suscripción, el 13 de diciembre de 2004, de la 1° Enmienda al contrato de refinanciación de deuda, la 3° Enmienda al contrato de fideicomiso de garantía y prenda (mencionado en Nota 9) con las entidades bancarias poseedoras del 95% de las acreencias. El 10 de mayo de 2005 fue suscripta la 2° Enmienda al contrato de refinanciación, con la adhesión del 100% de las entidades bancarias al acuerdo de reestructuración y, en consecuencia, comenzaron a regir, con efecto pleno y retroactivo al 13 de septiembre de 2004, los siguientes contratos:
-
Contrato de refinanciación con las modificaciones introducidas por la 1° y 2° enmienda del 17 de diciembre de 2004 y 10 de mayo de 2005, respectivamente;
-
La 2° enmienda al contrato de fideicomiso del 13 de septiembre de 2004 y las modificaciones introducidas por la 3° enmienda a dicho contrato el 17 de diciembre de 2004;
-
La 2° enmienda al contrato de prenda del 13 de septiembre de 2004 y las modificaciones introducidas por la 3° enmienda a dicho contrato el 17 de diciembre de 2004.
Con motivo de la entrada en vigencia de los contratos mencionados en 1., 2. y 3. precedentes, las sumas de dinero depositadas o transferidas a favor de las entidades participantes serán imputadas a la cancelación de las sumas adeudadas conforme al Contrato de refinanciación.
No debe dejar de tenerse en consideración, a los efectos del cumplimiento con los acreedores bancarios, lo descripto en la Nota 1 de los presentes estados contables especiales respecto del Contrato de Concesión. A continuación se exponen algunas de las razones que fundamentan lo descripto anteriormente:
a) Como se conoce, Coviares es una sociedad de objeto único; por ello, las entidades bancarias sólo pudieron tener, como actividad relevante a los fines de la evaluación del riesgo crediticio involucrado en el Contrato de Préstamo, a la Concesión.
b) Ningún activo ni actividad económica alguna pudo servir de respaldo para tomar la decisión del otorgamiento del mutuo, sino la Concesión misma.
c) A su vez, el Contrato de Préstamo es una de las fuentes de recursos para el cumplimiento por Coviares de las inversiones comprometidas en el Contrato de Concesión. Nótese, en las cifras expuestas a continuación, la incidencia del monto dado en mutuo en virtud del Contrato de Préstamo en las inversiones realizadas, en comparación con los recursos propios utilizados.
Total de inversiones: $ 1.489 millones
Monto original dado en mutuo: $ 238 millones
d) El repago del mutuo se encuentra directamente vinculado a los ingresos por peaje. Estos ingresos son la única fuente de recursos de Coviares relevante para las entidades bancarias a los fines del Contrato de Préstamo.
e) Habiéndose otorgado el mutuo bajo ciertas condiciones de la Concesión, la modificación de los términos de ésta sin culpa de las partes necesariamente tiene como consecuencia la reestructuración del Contrato de Préstamo, adecuándolo a las nuevas condiciones de la misma.
f) La modificación del Contrato de Préstamo no significaría un privilegio para Coviares. Por el contrario, la reestructuración de las obligaciones mutuas se encuentra expresamente contemplada en la Ley de Emergencia tanto en las relaciones entre particulares como entre particulares y el Estado.
A la fecha, la Sociedad ha procedido al pago parcial de las cuotas N° 13 a la 78 cuyos vencimientos operaban los días 15 de cada mes, desde septiembre de 2005. Con posterioridad al 10 de agosto de 2002, Coviares efectuó pagos al Banco por $ 177.954.924 por el período transcurrido entre octubre 2002 a febrero de 2011. Al respecto, Coviares se encuentra en un nuevo proceso de renegociación con sus acreedores bancarios con el objetivo de lograr un equilibrio entre sus compromisos e ingresos. Coviares no ha recibido otras intimaciones en relación al cumplimiento de los compromisos acordados en la reestructuración antes citada, que a la fecha no hayan sido subsanadas. En virtud de esto, la deuda se encuentra expuesta sobre la base de los términos del Contrato de reestructuración antes descriptos, ascendiendo, al 30 de septiembre de 2010, el pasivo corriente a $ 65.170.669 y el pasivo no corriente a $ 775.391.511.
El 31 de octubre de 2007 se decretó una medida cautelar, en la cual se resolvió que los acreedores del Contrato de Préstamo se limiten a percibir mensualmente como pago de la deuda el saldo excedente de los gastos que resulten de obligaciones laborales, fiscales, compromisos de obra y manutención y demás gastos necesarios e imprescindibles para el normal desarrollo y cumplimiento de las obligaciones emergentes del contrato de concesión y por último designar perito informante para determinar con precisión el excedente que resulte de retraer de los ingresos los conceptos mencionados anteriormente.
Una vez cesados los efectos de la medida cautelar, que se informa en el párrafo anterior, y entrando en vigencia el acuerdo de renegociación del contrato de concesión, se establecerá el saldo adeudado en el marco de las modificaciones del préstamo a suscribirse con el conjunto de las entidades participantes.
SEMPER Augustus B.V. es una de las entidades acreedoras de Coviares S.A. como integrante del Contrato de Préstamo Sindicado. El derecho a cobro de su crédito se encuentra parcialmente restringido por la medida cautelar mencionada.
No obstante SEMPER estando en conocimiento de la medida ha iniciado un pedido de quiebra contra Coviares ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N° 23, Secretaría N° 46, expediente n° 56748, caratulado: “Coviares S.A. s/ pedido de quiebra por SEMPER Augustus B.V.”.
Con fecha 17 de junio de 2009, hemos sido notificados de la citación a juicio en los términos del artículo 84 de la ley de Concursos y Quiebras.
Los asesores legales de Coviares sostienen que dicho acreedor no cuenta con deuda exigible que haga viable una acción de tal naturaleza, destacando asimismo que no cumplió con ciertas cláusulas del Contrato de Préstamo Sindicado inherentes al ejercicio de las acciones individuales de los acreedores sindicados.
Con fecha 26 de agosto de 2009, se ha dictado sentencia rechazando el pedido de quiebra, por cuanto la peticionante carece de un crédito exigible, que le otorgue la legitimación que invoca. Dicha sentencia ha sido apelada por la parte actora y por Coviares respecto de la imposición en costas. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, Sala B, el 31 de mayo de 2010 dictó sentencia desestimando el recurso de apelación interpuesto por Semper y haciendo lugar al de Coviares, a consecuencia de lo cual, le impuso las costas de ambas instancias a la peticionante de la quiebra.
- DEUDAS CON EL ESTADO NACIONAL
Según surge del Acta Acuerdo de Renegociación Contractual modificada por la Adenda al Acta Acuerdo de enero de 2001, el tratamiento de la Deuda con el Estado Nacional es el indicado en el punto aclaratorio (1) a la Nota 5.4.5. de los estados contables especiales de Coviares S.A. Dicha deuda, en origen en pesos, fue reexpresada en la Adenda en dólares estadounidenses. El sistema de ajuste de la Deuda, tanto en el contrato de Concesión como en su Adenda, se hallaba establecido en función de la evolución de la tarifa por peaje, régimen basado en la economía propia del contrato.
Conforme lo establecido en la Cláusula OCTAVA del Acta Acuerdo de Reformulación Contractual de 1993 y su Anexo IV, al igual que lo establecido en el Artículo 4° de la Adenda, el Contrato establecía una tarifa de peaje en dólares de los Estados Unidos, adoptando como factor de ajuste o corrección anual la variación porcentual habida en el Índice de Precios al Consumidor –todos los rubros- (Consumer Price Index – All Items-) de los EE.UU. (CPI). Al solo efecto del cobro a los usuarios la tarifa se expresaría en pesos. Desde el 29 de diciembre de 1993 hasta el 31 de diciembre de 2011 se aplicará a la deuda una tasa del 5,70%.
La tarifa de peaje no ha experimentado ajuste alguno desde la habilitación de la Concesión y fue congelada en el año 2001 según lo establecido por la Ley de Emergencia Económica. No obstante lo mencionado, el tratamiento dado a los aportes mencionados en los estados contables emitidos a partir del 30 de junio de 2002 y hasta el 30 de septiembre de 2003 ha sido la pesificación (u$s1 = $1) y aplicación del CER desde el 3 de febrero de 2002.
Por lo explicado precedentemente, y según se menciona en estados contables anteriores y en el punto aclaratorio ya mencionado, Coviares cuestionó la aplicación de cualquier tipo de ajuste al valor de la Deuda que no se corresponda con un aumento de tarifa equivalente, teniendo en cuenta las previsiones contractuales.
Por ello, y considerando que el Contrato de Concesión de Coviares quedó comprendido en el artículo 8° de la Ley 25.561 y pesificadas las obligaciones que derivan de dicho contrato en virtud de sus disposiciones, razón por la cual la deuda con el Estado Nacional no resulta alcanzada por el CER, al no encontrarse incluida entre aquellas obligaciones mencionadas en el Artículo 1° del Decreto 214/02, corresponde, en opinión de sus asesores legales, revertir el ajuste por CER correspondiente a la Deuda con el Estado Nacional, lo cual ha sido reflejado como Ajuste de resultados de ejercicios anteriores en los estados contables al 30 de junio de 2005. Asimismo, se han corregido los resultados de los períodos intermedios.
La posición de Coviares ha quedado confirmada en la Carta de Entendimiento y en el Acuerdo de Renegociación Contractual suscripto el 9 de octubre de 2009 entre Coviares y el Estado Nacional donde se dispone que la deuda con el Estado Nacional en concepto de Aportes Reintegrables al 29 de diciembre de 1993 es nominada en pesos y asciende $ 155.556.798. Sobre dicho monto se aplicará un interés directo del 5,7% anual y, adicionalmente, se le aplicará la variación porcentual que se disponga para la tarifa básica de peaje de la Estación de Peaje Dock Sud desde el 29 de diciembre de 1993 y hasta la cancelación total de la deuda.
Los cambios en las condiciones económicas del país y las situaciones descriptas afectaron la ecuación económica y financiera de Coviares S.A. generando incertidumbre respecto del desarrollo futuro de sus negocios.
Coviares S.A. ha preparado los estados contables especiales al 30 de septiembre de 2010 utilizando principios contables aplicables a una empresa en marcha. Por lo tanto, dichos estados no incluyen los eventuales ajustes y/o reclasificaciones, relacionados con la valuación y exposición de los activos y pasivos, que pudieran requerirse de no resolverse en forma favorable las situaciones descriptas.
COVIMET S.A.
Covimet S.A. se constituyó originalmente con un objeto social destinado a la construcción, conservación y explotación de la Autopista 9 de Julio - Tramo Norte, de acuerdo con el Contrato de Concesión de fecha 21 de diciembre de 1993 modificado, por el Reordenamiento contractual establecido por el Decreto 3135 del 23 de diciembre de 1998. Al respecto, con la modificación del Estatuto de fecha 15 de julio de 1986, el objeto social de Covimet se hizo extensivo a la construcción de toda otra clase de obras de ingeniería y arquitectura, públicas y privadas; la realización de proyectos de obras y prestación de servicios de ingeniería, asesoramiento industrial y comercial e inversora. A los fines mencionados, Covimet S.A. tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones y ejercer todos los actos que no sean prohibidos por las leyes o por otros estatutos.
Con fecha 25 de febrero de 2003 el Jefe de Gobierno de la CABA dictó el decreto 149/GCABA/2003 mediante el cual dispuso: (a) revocar el decreto 3135/GCABA/1998, alegando su nulidad absoluta e insanable; y (b) rescindir el contrato de concesión de obra pública para la construcción y concesión de la remodelación y prolongación de la Av. 9 de Julio Tramo Norte (Autopista Arturo Illia), argumentando incumplimiento de Covimet.
El 8 de julio de 2003, Covimet S.A. promovió una demanda ordinaria contra el GCABA con el objeto de que se declare la nulidad del Decreto 149/GCABA/2003 y se condene a la demandada al pago de los daños y perjuicios derivados del acto administrativo en cuestión y/o el recupero de la concesión. La causa, al cabo de varias incidencias quedó radicada en el Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires N° 1, Secretaría N° 1 y se caratula “Covimet S.A. c/GCABA s/impugnación de actos administrativos” Expte. N° 8333/0. El GCABA contestó la demanda y actualmente está en la etapa de prueba.
Conjuntamente se interpuso el beneficio de litigar sin gasto, que se caratuló “Covimet S.A. c/GCBA s/Beneficio de Litigar sin Gastos”, el representante del Fisco al contestar el traslado solicitó que se intime a Covimet a abonar la suma de $ 1.276.004 en concepto de Tasa de Justicia, Covimet se opuso basándose en la improcedencia de la intimación frente a lo dispuesto por el Art. 77 CCAyT que declara exenta del pago de la tasa de justicia a la acción principal hasta tanto se resuelva el beneficio.
El Juzgado hizo lugar. Con fecha 8 de septiembre de 2008 el Tribunal desestimó el pedido del Beneficio, Covimet interpuso recurso de revocatoria con apelación en subsidio, el 20 de febrero de 2009 se rechazó el recurso e hizo lugar a la apelación interpuesta por Covimet como así también la deducida por el GCBA, el expediente fue elevado a Cámara y con fecha 23 de octubre de 2009 resolvió confirmar la Sentencia dictada en primera instancia. Los asesores legales interpusieron recurso de inconstitucionalidad el día 14 de diciembre de 2009. El 27 de febrero de 2010 la Cámara ordeno correr traslado del mismo al GCBA, esta contestó el recurso de inconstitucionalidad, y los autos pasaron a resolverse.
Ante dicho juzgado ya tramitaba la causa: “Covimet S.A. c/GCABA s/cobro de pesos” iniciada con anterioridad y cuyo objeto era el cobro de acreencias derivadas del decreto 3135/GCABA/1998, por incumplimiento de pagos. Se cumplió la etapa de prueba.
El Juzgado dispuso la acumulación de ambos expedientes, si bien tramitarán en forma separada, por su vinculación las pruebas serán comunes a ambas y se dictará una sola sentencia.
A raíz de lo explicado precedentemente, Covimet ha adoptado la medida de realizar determinadas previsiones contables sobre ciertos activos, siguiendo el criterio de las normas contables profesionales vigentes, las cuales fueron detalladas en nota a los presentes estados contables especiales. En ningún momento, el hecho de tener estos activos previsionados implica un desistimiento por parte de Covimet S.A. del derecho que tiene sobre la concesión de la autopista.
A la fecha de emisión de la presente memoria no es posible prever el resultado final de los procesos judiciales y, en consecuencia, si la explotación de la mencionada concesión será restituida en forma definitiva a Covimet S.A.
PARTICIPACIÓN EN LICITACIONES EN LA REPÚBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL
A través de Polledo do Brasil Concessões e Serviços Ltda, la Sociedad se encuentra estudiando en Brasil la viabilidad de proyectos viales y preparando ofertas en licitaciones públicas realizadas y a realizarse en dicho país.
Para el año 2010, los Gobiernos Federal y Provinciales de Brasil han anunciado diversas licitaciones de concesiones viales, algunas en el modelo “Parceria Público Privada - PPP”.
Para la debida evaluación de estas oportunidades, POLLEDO DO BRASIL está realizando estudios de viabilidad técnica-económica-financiera cuya coordinación ha sido confiada a consultores externos, y buscando asociaciones con empresas brasileñas y extranjeras de competencias convergentes.
ANÁLISIS DE VARIACIONES, RESULTADOS Y PERSPECTIVAS FUTURAS
En relación a este punto, entendiendo que allí se encuentra adecuadamente considerado y expuesto, nos remitimos a la información suministrada en los estados principales, notas, anexos e información complementaria que integran los Estados Contables de Polledo S.A.I.C. y F. al 31 de diciembre de 2010, y a la información expuesta en la Reseña Informativa de la Compañía por el ejercicio comprendido entre el 1 de enero de 2010 y el 31 de diciembre de 2010.
ASPECTOS VINCULADOS A LA ORGANIZACIÓN DE LA TOMA DE DECISIONES Y AL SISTEMA DE CONTROL INTERNO DE LA SOCIEDAD
El Directorio asume la administración de la Sociedad, a cuyo efecto adopta, aprueba y hace implementar las políticas y estrategias generales para llevar a cabo en forma diligente y eficiente la gestión del negocio.
Los directores son designados por la Asamblea de Accionistas, según lo dispuesto por el estatuto social. El número de integrantes es de siete titulares, resultando adecuado su número en la actualidad en función de las circunstancias actuales y la envergadura de la Compañía. Asimismo, el Directorio está integrado por dos directores independientes.
La Sociedad cuenta con un Comité de Auditoría integrado por mayoría de directores independientes y son elegidos por el Directorio en su conjunto. El Comité de Auditoría ejerce sus funciones legales conforme a su Reglamento Interno, en total arreglo a las disposiciones legales y estatutarias vigentes.
El Directorio verifica la implementación de las estrategias y políticas. Asimismo controla el desempeño de las gerencias de la sociedad, de la estructura organizativa y de los procedimientos significativos referidos al sistema de control interno, como así también analiza los contratos relevantes y otorga poderes, todo ello en coherencia con las normas y disposiciones regulatorias referidas a la actividad, en el marco del respeto por el interés social de la misma.
Respecto al control interno, la Sociedad cuenta con sistemas de información que permiten lograr una adecuada registración de todos los hechos económicos en que interviene la Compañía, con un sistema de control interno acorde a la operatoria y estructura de la misma.
POLÍTICAS DE REMUNERACIÓN DEL DIRECTORIO
Las remuneraciones de la compañía se establecen en base a remuneraciones de mercado comparando para todas las escalas tareas y responsabilidades similares. En lo que respecta a la remuneración de los directores, salvo ciertas excepciones, los mismos han renunciado a sus honorarios y no perciben remuneración alguna por parte de la Compañía. La Sociedad no cuenta con planes de opciones de compra de acciones, ni tampoco existen planes de jubilaciones o retiros especiales como alternativas de remuneración de sus directores.
PROYECTO DE ABSORCIÓN DE PÉRDIDAS
El resultado del ejercicio arroja una pérdida de pesos sesenta y tres millones setenta y un mil novecientos veintinueve ($ 63.071.929); conformando un saldo total de Resultados no Asignados al 31 de diciembre de 2010 de pérdida pesos setenta y un millones ochocientos setenta y ocho mil seiscientos veintiséis ($ 71.878.626).
Debido a que la Sociedad no posee ganancias reservadas capitalizables ni ajustes monetarios de capital, el Directorio no efectúa propuestas sobre estos conceptos.
Al 31 de diciembre de 2010, los mencionados Resultados Acumulados negativos registrados por la Sociedad insumen las reservas y el 50% del capital social, por lo que los accionistas deberán tomar las medidas necesarias para resolver esta situación.
RECONOCIMIENTO
Finalmente el Directorio desea dejar constancia de su reconocimiento a la totalidad de los funcionarios y colaboradores de la empresa, como también a todos los integrantes de las empresas vinculadas, a sus clientes, bancos, y proveedores, por su permanente colaboración.
Ciudad autónoma de Buenos Aires, 10 de marzo de 2011
EL DIRECTORIO
Anexo I
Informe sobre el Código de Gobierno Societario
(Resolución General N° 516/2007 de la Comisión Nacional de Valores)
AMBITO DE APLICACIÓN
1) Relación Emisora- Grupo Económico:
La Sociedad cuenta con adecuadas políticas respecto a la relación de la emisora con el grupo económico y con sus integrantes. El estatuto de la sociedad contiene normas relacionadas con los requisitos necesarios para las contrataciones con partes relacionadas, a fin de que las mismas se realicen como entre partes independientes. Asimismo, en los balances anuales y trimestrales de la sociedad se informan las operaciones con partes relacionadas y se confecciona una nota al respecto.
2) Inclusión en estatuto societario de las previsiones del Código Societario:
Este Directorio entiende que las normas y preceptos de la Ley de Sociedades y del Decreto 677/01 de Transparencia han sido adecuadamente cristalizados en las previsiones de los estatutos sociales donde se reflejan las obligaciones y responsabilidades de los órganos societarios, y se brinda el marco apropiado de actuación suficiente al respecto. Por tal motivo, el Directorio no considera necesario -en esta instancia- recomendar la introducción de otras normas estatutarias.
DEL DIRECTORIO EN GENERAL
3) Responsable por Estrategia de la Compañía
El Directorio asume la administración de la Sociedad, a cuyo efecto adopta, aprueba y hace implementar las políticas y estrategias generales para llevar a cabo en forma diligente y eficiente la gestión del negocio.
4) Control de la gestión
El Directorio verifica la implementación de las estrategias y políticas. Asimismo controla el desempeño de las gerencias de la sociedad, de la estructura organizativa y de los procedimientos significativos referidos al sistema de control interno, como así también analiza los contratos relevantes y otorga poderes, todo ello en coherencia con las normas y disposiciones regulatorias referidas a la actividad, en el marco del respeto por el interés social de la misma.
En cumplimiento de lo establecido en la Ley Sociedades Comerciales y en las normas de la Comisión Nacional de Valores, la exposición de resultados económico financieros y sus explicaciones, el marco regulatorio aplicable y sus consecuencias o posibles efectos, y las perspectivas del negocio, entre otros aspectos, son tratados regularmente y dados a conocer en oportunidad de la emisión de cada balance de publicación trimestral de la Sociedad, en el documento denominado Reseña Informativa, y anualmente, en la Memoria del Directorio dirigida a los accionistas.
5) Información y control interno. Gestión de Riesgos
Respecto al control interno, la Sociedad cuenta con sistemas de información que permiten lograr una adecuada registración de todos los hechos económicos en que interviene la Compañía, con un sistema de control interno acorde a la operatoria y estructura de la misma.
6) Comité de Auditoría
El Comité de Auditoría de la Sociedad está integrado por mayoría de directores independientes y son elegidos por el Directorio en su conjunto. El Comité de Auditoría ejerce sus funciones legales conforme a su Reglamento Interno, en total arreglo a las disposiciones legales y estatutarias vigentes.
7) Cantidad de integrantes del Directorio
El Directorio de Polledo S.A. está compuesto por los directores designados por la Asamblea de Accionistas, según lo dispuesto por el estatuto social. El número de integrantes es de siete titulares, resultando adecuado su número en la actualidad en función de las circunstancias actuales y la envergadura de la Compañía. Asimismo, el Directorio está integrado por dos directores independientes.
8) Integración del Directorio
Este Directorio no tiene establecida como política una recomendación a los accionistas de la Sociedad, acerca de la eventual elección de ex ejecutivos de la Sociedad como nuevos miembros del Directorio. Actualmente, el Directorio está conformado por personas capacitadas en los temas que les toca intervenir. El tratamiento de esta cuestión podrá hacerse en la ocasión que resultare oportuno, en cuyo caso se formularán las recomendaciones pertinentes.
9) Pertenencia a diversas sociedades
El Directorio entiende que no resulta inconveniente que sus directores y/o síndicos desempeñen funciones en diversas sociedades, toda vez que aquellos cumplen con sus actividades de forma completa y responsable, sin que ello afecte la situación de la Sociedad. Los directores aceptan y conservan sus cargos cuando consideran poder dedicar al desarrollo diligente de sus tareas el tiempo necesario, no habiéndose presentado inconvenientes por este tema a lo largo de la vida de la Sociedad.
10) Evaluación del desempeño del Directorio
El Directorio entiende que corresponde a la asamblea de accionistas evaluar su desempeño, para lo cual y según lo establecido por las disposiciones legales vigentes, prepara anualmente la memoria dirigida a los accionistas de la Sociedad.
11) Capacitación y desarrollo de Directores
Los directores designados han sido elegidos en función a su alto grado de especialización y conocimiento, hecho por el cual la Sociedad no tiene fijada una política de capacitación permanente.
INDEPENDENCIA DE LOS DIRECTORES
12) Directores Independientes. 14) Proporción de Directores Independientes. 15) Reuniones de Directores Independientes
La Sociedad da cumplimiento a lo dispuesto en el Decreto 677/01 en materia de directores independientes. Todos los directores son designados por la asamblea de accionistas y sus antecedentes, como así también su condición de independencia, son informados a los accionistas en la asamblea y a la Comisión Nacional de Valores mediante la presentación de las declaraciones juradas requeridas. Por ello, la Sociedad considera que no es necesaria publicación adicional de su designación o de las razones que la motivaron. Asimismo, el número de directores independientes está de acuerdo con las disposiciones del estatuto, cumpliéndose además con las normas vigentes que requieren la mayoría de directores independientes en la composición del Comité de Auditoría.
El Directorio entiende que la cantidad y periodicidad de las reuniones que celebra son adecuadas para el cumplimiento de sus obligaciones y el normal desarrollo de la Sociedad.
13) Designación de Ejecutivos Gerenciales
La designación de los ejecutivos gerenciales es facultad del directorio. Éstos son elegidos en función de sus antecedentes profesionales y técnicos.
RELACION CON LOS ACCIONISTAS
16) Información a los accionistas. 17) Atención a inquietudes y consultas de los accionistas.
El Directorio considera que el medio idóneo para asegurar que todos los accionistas reciban información simétrica en calidad, cantidad y frecuencia es el estricto cumplimiento de las normas de información exigidas por las autoridades regulatorias, el que se satisface por medio de la Autopista de la Información Financiera y del Boletín de la Bolsa de Comercio, así como a través de medios de amplia circulación cuando ello es necesario.
Asimismo, cuenta con un Responsable de Relaciones con el Mercado, quien recibe las consultas e inquietudes de los mismos y cuyo nombre y direcciones de contacto se encuentran publicados en la Autopista de la Información Financiera.
18) Participación de accionistas minoritarios en Asamblea
Las normas legales y reglamentarias protegen y facilitan la participación de todos los accionistas en la vida societaria, en particular en las Asambleas. El Directorio además se asegura, a través de los distintos medio obligatorios de difusión tales como la Autopista de la Información Financiera, el Boletín de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires y el Boletín Oficial, de que toda la información relevante de la Sociedad sea adecuadamente diseminada, en el ánimo de alentar el interés de accionistas minoritarios a concurrir y participar en las asambleas de la Sociedad.
19) Mercado de Control
Los accionistas de la sociedad votaron la no adhesión al régimen de la Oferta Pública de Adquisición Obligatoria y participación significativa establecido en el artículo 23 del Decreto Nro. 677/01 Régimen de Transparencia de la Oferta Pública, tal como quedó estipulado en el título VII del estatuto de la Sociedad.
20) Política de Dividendos
En el estatuto de Polledo S.A. se prevén normas específicamente relacionadas con la materia de política de dividendos.
RELACION CON LA COMUNIDAD
21) Comunicación vía Internet. 22) Requisitos del sitio
El Directorio considera que el estricto cumplimiento de las normas de información exigidas por las autoridades regulatorias, el que se satisface por medio de la Autopista de la Información Financiera y del Boletín de la Bolsa de Comercio, así como a través de medios de amplia circulación cuando ello es necesario, es un medio idóneo para asegurar que la comunidad reciba información de la Sociedad simétrica en calidad, cantidad y frecuencia, por lo cual hasta el momento no cuenta con un sitio de internet al efecto.
COMITES
23) Presidencia del Comité por un Director Independiente
El Comité de Auditoría debe estar compuesto en su mayoría por directores independientes, tal lo requerido por las normas de la Comisión Nacional de Valores y el propio reglamento del mismo. El comité reunido con sus integrantes resuelve a quien le corresponde ocupar el lugar de presidente del mismo.
24) Rotación de síndicos y/o Auditores Externos
La sociedad cuenta con la auditoría externa de PriceWaterhouse & Co. S.R.L.– firma miembro de PriceWaterhouseCoopers, que cuenta con prestigio a nivel mundial y que rota periódicamente sus equipos de profesionales de acuerdo con la normativa vigente.
En cuanto a los miembros de la Comisión Fiscalizadora, los mismos poseen amplia trayectoria y avanzada experiencia en sus funciones; por este motivo, ha sido política de la compañía la estabilidad en la composición de la Comisión Fiscalizadora, no considerando a la rotación como garantía de un mejor desempeño de sus funciones.
25) Doble carácter de Síndico y Auditor
En la actualidad la sindicatura y la auditoría externa son llevadas a cabo por personas diferentes.
26) Sistemas de compensación
Las remuneraciones de la compañía se establecen en base a remuneraciones de mercado comparando para todas las escalas tareas y responsabilidades similares. En lo que respecta a la remuneración de los directores, salvo ciertas excepciones, los mismos han renunciado a sus honorarios y no perciben remuneración alguna por parte de la Compañía. La Sociedad no cuenta con planes de opciones de compra de acciones, ni tampoco existen planes de jubilaciones o retiros especiales como alternativas de remuneración de sus directores.
27) Comité de nombramientos y Gobierno Societario
La Sociedad, si bien no tiene constituido un Comité de Nombramientos y Gobierno Societario, desarrolla su actividad con apoyo en la experiencia acumulada de los miembros del Directorio y contando con la asistencia y asesoramiento de renombrados asesores externos, en los casos en que ello lo demande.
28) Política de no discriminación en la integración del Directorio
Corresponde a la asamblea de accionistas la elección de los miembros del Directorio. Se basan para ello en la competencia, habilidades, conocimiento del manejo del negocio de la empresa y por ende no existe discriminación alguna en la elección.
Los integrantes de la Comisión Fiscalizadora manifiestan que han revisado la documentación, por lo que hacen entrega del informe respectivo que dice así:
“INFORME DE LA COMISION FISCALIZADORA
Buenos Aires 10 de marzo de 2011
Señores Accionistas de:
POLLEDO SOCIEDAD ANONIMA,
INDUSTRIAL, CONSTRUCTORA Y FINANCIERA
En nuestro carácter de Comisión Fiscalizadora, hemos dado cumplimiento a lo dispuesto por el Art. 294 de la Ley 19550 de Sociedades Comerciales. En ejercicio de estas funciones hemos procedido a examinar, la Memoria y Anexo con Informe del Código de Gobierno Societario, el inventario, el Estado de Situación Patrimonial, Estado de Resultados, Estado de Flujo de Efectivo, el Estado de Evolución del Patrimonio Neto, las Notas complementarias aclaratorias y Anexos, el Estado de Situación Patrimonial Consolidado, Estado de Resultados Consolidado, Estado de Flujo de Efectivo Consolidado, Notas Complementarias Consolidadas, Anexos consolidados, Art. 68 de la resolución Nº 10135/93 y Reseña informativa, correspondientes al ejercicio económico N° 77 iniciado el 1º de enero de 2010, finalizado el 31 de diciembre de 2010, comparativo con el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2009.
En ejercicio del control de legalidad que nos compete, de los actos decididos por los órganos de la Sociedad que fueron expuestos en las reuniones de Directorio y Asambleas, hemos examinado los documentos detallados en el primer párrafo. Para el examen de esa documentación nos hemos basado fundamentalmente en el trabajo realizado por el Auditor Externo quien ha efectuado dicho examen para formarse una opinión acerca de la razonabilidad de la información significativa que contienen los Estados Contables considerados en su conjunto, de acuerdo con normas contables. En ese sentido cabe destacar que una auditoría incluye examinar, sobre bases selectivas, los elementos de juicio que respalden la información expuesta en los Estados Contables, y evaluar las normas contables utilizadas y como parte de ellas la razonabilidad de las estimaciones de significación hechas por el Directorio. Por lo tanto nuestro examen se circunscribe a la razonabilidad de la información significativa de los documentos examinados y su congruencia con la restante información sobre las decisiones societarias expuestas en actas y la adecuación de dichas decisiones a la Ley y los Estatutos.
En nuestra opinión, y basándonos en el informe de auditoría que emitió el Auditor externo de fecha 10 de marzo de 2011, los Estados Contables citados presentan razonablemente la situación patrimonial de Polledo S.A.I.C. y F. al 31 de diciembre de 2010 y al 31 de diciembre de 2009, los resultados de las operaciones, las variaciones en su Patrimonio Neto y las causas de variaciones del Estado de Flujo de Efectivo por los ejercicios cerrados a esas fechas.
En relación a lo determinado por la Resolución 368/2001 de la Comisión Nacional de Valores, informamos que:
- Las políticas de contabilización aplicadas para la preparación de los estados contables mencionados y las notas y anexos están de acuerdo con las normas contables profesionales ; y
- El auditor externo ha desarrollado la auditoría aplicando las normas de auditoría vigentes, establecidas por la Resolución Técnica Nº 7 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas. Dichas normas requieren la independencia y la objetividad del auditor externo en la realización de la auditoría de los estados contables.-
Por lo antes expuesto, damos nuestra conformidad a los documentos mencionados.”
A continuación el Directorio aprueba por unanimidad, la Memoria y Anexo con Informe del Código de Gobierno Societario, el inventario, el Estado de Situación Patrimonial, Estado de Resultados, Estado de Flujo de Efectivo, Estado de evolución del Patrimonio Neto, Notas complementarias, Anexos, el Estado de situación Patrimonial Consolidado, Estado de Resultados Consolidado, Estado de Flujo de Efectivo Consolidado, Notas complementarias consolidadas, Anexos consolidados, Información requerida por el Art. 68 de la Resolución 10135/93 y la Reseña Informativa referida a dichos estados contables. Además toma debida nota del informe de auditoría emitido con fecha 10 de marzo de 2011.
No habiendo más asuntos que tratar se levanta la sesión siendo las 17:00 horas.