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Central Urbana SA — Governance Information 2021
Mar 31, 2021
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Governance Information
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CENTRAL URBANA SOCIEDAD ANÓNIMA
Bonpland 1745, Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Reporte del Código de Gobierno Societario conforme Resolución General N° 797/19 de la Comisión Nacional de Valores
ANEXO IV
[Los espacios establecidos abajo para que las compañías completen con sus explicaciones son solo a modo de guía y podrán extenderse en cuanto crean necesario]
A) LA FUNCIÓN DEL DIRECTORIO
Principios
I. La compañía debe ser liderada por un Directorio profesional y capacitado que será el encargado de sentar las bases necesarias para asegurar el éxito sostenible de la compañía. El Directorio es el guardián de la compañía y de los derechos de todos sus Accionistas.
II. El Directorio deberá ser el encargado de determinar y promover la cultura y valores corporativos. En su actuación, el Directorio deberá garantizar la observancia de los más altos estándares de ética e integridad en función del mejor interés de la compañía.
III. El Directorio deberá ser el encargado de asegurar una estrategia inspirada en la visión y misión de la compañía, que se encuentre alineada a los valores y la cultura de la misma. El Directorio deberá involucrarse constructivamente con la gerencia para asegurar el correcto desarrollo, ejecución, monitoreo y modificación de la estrategia de la compañía.
IV. El Directorio ejercerá control y supervisión permanente de la gestión de la compañía, asegurando que la gerencia tome acciones dirigidas a la implementación de la estrategia y al plan de negocios aprobado por el directorio.
V. El Directorio deberá contar con mecanismos y políticas necesarias para ejercer su función y la de cada uno de sus miembros de forma eficiente y efectiva.
1. El Directorio genera una cultura ética de trabajo y establece la visión, misión y valores de la compañía.
En su actuación, el directorio, máximo órgano de administración de la Sociedad, garantiza la observancia de los más altos estándares de ética e integridad en función del mejor interés de la Sociedad y sus accionistas. A su vez, determina y promueve la cultura y valores corporativos y asegura una estrategia alineada a la visión y misión de la Sociedad, coherente con los valores y la cultura de la misma.
2. El Directorio fija la estrategia general de la compañía y aprueba el plan estratégico que desarrolla la gerencia. Al hacerlo, el Directorio tiene en consideración factores ambientales, sociales y de gobierno societario. El Directorio supervisa su implementación mediante la utilización de indicadores clave de desempeño y teniendo en consideración el mejor interés de la compañía y todos sus accionistas.
Dentro de las principales funciones del directorio, se encuentra la de asegurar una estrategia alineada a la visión y misión de la Sociedad, coherente con los valores y la cultura de la misma.
El objeto de la Sociedad es el llevar a cabo actividades de inversión en cualquier clase de emprendimientos, en el país o en el exterior, por cuenta propia, asociada o vinculada a terceros o por cuenta de terceros. A fin de cumplir con dicho objeto, la sociedad posee una estructura organizativa reducida, y no ha desarrollado aún una estructura gerencial.
Actualmente el directorio se encuentra abocado principalmente a la realización de estudios y evaluaciones necesarias para desarrollar un nuevo modelo de negocios para la Sociedad, que permita la construcción de valor para el accionista.
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Sin perjuicio de ello, dentro de sus funciones, se encuentra la de asegurar el correcto desarrollo, ejecución, monitoreo y modificación del plan estratégico de la Sociedad, teniendo en consideración factores ambientales, sociales y de gobierno societario. Debe supervisar su implementación mediante la utilización de indicadores clave de desempeño y teniendo en cuenta el mejor interés de la Sociedad y los derechos de todos sus accionistas.
3. El Directorio supervisa a la gerencia y asegura que ésta desarrolle, implemente y mantenga un sistema adecuado de control interno con líneas de reporte claras.
Conforme lo informado en el punto anterior, a la fecha, no se han designado gerentes. Junto con la definición de los nuevos objetivos, se evaluará la nueva estructura de gobierno que adoptará la Sociedad.
4. El Directorio diseña las estructuras y prácticas de gobierno societario, designa al responsable de su implementación, monitorea la efectividad de las mismas y sugiere cambios en caso de ser necesarios.
El directorio tiene como función, diseñar las estructuras y prácticas de gobierno societario. En este sentido, elaboró el Código de Gobierno Societario de la Sociedad, y deberá aprobar cualquier modificación que sea necesaria.
En su caso, el directorio designará al responsable de su implementación y monitoreo.
5. Los miembros del Directorio tienen suficiente tiempo para ejercer sus funciones de forma profesional y eficiente. El Directorio y sus comités tienen reglas claras y formalizadas para su funcionamiento y organización, las cuales son divulgadas a través de la página web de la compañía.
Conforme lo establecido en el Código de Gobierno Societario de la Sociedad, los directores cuentan con los conocimientos y competencias necesarios para comprender claramente sus responsabilidades y funciones dentro del Gobierno Societario.
Los directores deben ejercer sus funciones con la diligencia de un buen hombre de negocios. Cada director estará diligentemente informado acerca de los negocios de la Sociedad, dedicará el tiempo y esfuerzo requeridos para desempeñar su cargo de manera eficiente y deberá adoptar las medidas apropiadas para una buena gestión y el control de la Sociedad.
Actualmente la Sociedad posee un comité de auditoría, integrado por tres directores, la mayoría de los cuales debe revestir el carácter de “independiente”.
Su finalidad es asistir al directorio de la Sociedad en el cumplimiento de sus responsabilidades ante la Sociedad y sus accionistas, en cuanto a la contabilidad, la información financiera y los procedimientos de auditoría y en la preparación de sus estados financieros.
Por su parte, el comité de auditoría posee un reglamento interno de funcionamiento. Además del estatuto social y el reglamento interno, son de aplicación para el funcionamiento del comité de auditoría las disposiciones de la Ley Nº 26.831 y las normas de la CNV (T.O. 2013).
Tanto el reglamento del comité como el estatuto de la sociedad son de conocimiento del público en general por estar subidos a la página web de la Comisión Nacional de Valores y en Bolsas y Mercados Argentinos S.A.
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B) LA PRESIDENCIA EN EL DIRECTORIO Y LA SECRETARÍA CORPORATIVA
Principios
-
VI. El presidente del Directorio es el encargado de velar por el cumplimiento efectivo de las funciones del Directorio y de liderar a sus miembros. Deberá generar una dinámica positiva de trabajo y promover la participación constructiva de sus miembros, así como garantizar que los miembros cuenten con los elementos e información necesaria para la toma de decisiones. Ello también aplica a los presidentes de cada comité del Directorio en cuanto a la labor que les corresponde.
-
VII. El presidente del Directorio deberá liderar procesos y establecer estructuras buscando el compromiso, objetividad y competencia de los miembros del Directorio, así como el mejor funcionamiento del órgano en su conjunto y su evolución conforme a las necesidades de la compañía.
-
VIII. El presidente del Directorio deberá velar por que el Directorio en su totalidad esté involucrado y sea responsable por la sucesión del gerente general.
6. El Presidente del Directorio es responsable de la buena organización de las reuniones del Directorio, prepara el orden del día asegurando la colaboración de los demás miembros y asegura que estos reciban los materiales necesarios con tiempo suficiente para participar de manera eficiente e informada en las reuniones. Los Presidentes de los comités tienen las mismas responsabilidades para sus reuniones.
Conforme lo establecido en el Código de Gobierno Societario, y en el estatuto de la sociedad, el presidente del directorio es elegido entre los integrantes del directorio. Es el encargado de velar por el cumplimiento efectivo de las funciones del directorio y liderar a sus miembros. A su vez, deberá generar una dinámica positiva de trabajo y promover la participación constructiva de sus miembros. Es responsable de la buena organización de las reuniones del directorio y prepara el orden del día asegurando la colaboración de los demás miembros.
Para ello, debe asegurar que los directores reciban, en forma anticipada, la información suficiente para debatir los temas del orden del día y dirigir las deliberaciones que tengan lugar en las reuniones de directorio. Asimismo, prepara y entrega al directorio anualmente un cronograma de fechas de reuniones y su correspondiente orden del día y promueve el debate integral de los asuntos estratégicos.
El presidente debe liderar procesos y establecer estructuras que aseguren el compromiso, objetividad y competencia de los miembros del directorio, así como el mejor funcionamiento del órgano en su conjunto y su evolución conforme a las necesidades de la Sociedad. Por ello, debe generar un espacio de trabajo positivo y constructivo para todos los miembros del directorio y asegurar que reciban capacitación continua para mantenerse actualizados y poder cumplir correctamente sus funciones.
7. El Presidente del Directorio vela por el correcto funcionamiento interno del Directorio mediante la implementación de procesos formales de evaluación anual.
Conforme lo dispone la Ley General de Sociedades, es la asamblea de accionistas la que evalúa el desempeño y controla la gestión del directorio.
A su vez, el estatuto de Central Urbana S.A. prevé el funcionamiento de una comisión fiscalizadora compuesta por tres síndicos titulares y tres síndicos suplentes. De acuerdo con la Ley General de Sociedades, las atribuciones y los deberes de los síndicos incluyen el control de la legalidad de la administración de la Sociedad.
Se está analizando la incorporación de un método de evaluación específico del directorio.
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8. El Presidente genera un espacio de trabajo positivo y constructivo para todos los miembros del Directorio y asegura que reciban capacitación continua para mantenerse actualizados y poder cumplir correctamente sus funciones.
La experiencia, la idoneidad moral y profesional y los antecedentes personales y profesionales de los directores son parámetros determinantes tenidos en cuenta por los accionistas para su designación.
Los ejecutivos de la Sociedad, tienen probadamente actualizados sus conocimientos y sus capacidades, y el directorio funciona del modo más eficaz que se corresponde con la dinámica de este órgano en los tiempos actuales. Los integrantes del directorio son reconocidas personalidades del ámbito profesional y empresario.
Conforme lo dispuesto en el Código de Gobierno Societario, el Presidente del directorio debe liderar procesos y establecer estructuras que aseguren el compromiso, objetividad y competencia de los miembros del directorio, así como el mejor funcionamiento del órgano en su conjunto y su evolución conforme a las necesidades de la Sociedad. El directorio debe establecer un programa de inducción para los nuevos directores de modo de brindarles un conocimiento rápido y suficiente acerca de la Empresa, incluidas las normas de gobierno societario, a fin de crear entendimiento, confianza y credibilidad. El directorio también debe iniciar un programa de capacitación y de aprendizaje continuo dirigido a los directores.
9. La Secretaría Corporativa apoya al Presidente del Directorio en la administración efectiva del Directorio y colabora en la comunicación entre accionistas, Directorio y gerencia.
Actualmente no existe la figura de la Secretaría Corporativa. Dentro de la nueva estructura organizativa de la Sociedad, se está evaluando la conveniencia de crear dicha figura, a fin de prestar asistencia al presidente en el diseño y operación de la nueva estructura. Su función sería apoyar al presidente en la administración efectiva del directorio y colaborar en la comunicación entre los accionistas y los directores.
10. El Presidente del Directorio asegura la participación de todos sus miembros en el desarrollo y aprobación de un plan de sucesión para el gerente general de la compañía.
El directorio está trabajando en la elaboración un plan de sucesión general.
C) COMPOSICIÓN, NOMINACIÓN Y SUCESIÓN DEL DIRECTORIO
Principios
| IX. | El Directorio deberá contar con niveles adecuados de independencia y diversidad que le |
|---|---|
| permitan tomar decisiones en pos del mejor interés de la compañía, evitando el pensamiento de | |
| grupo y la toma de decisiones por individuos o grupos dominantes dentro del Directorio. | |
| X. | El Directorio deberá asegurar que la compañía cuenta con procedimientos formales para la |
| propuesta y nominación de candidatos para ocupar cargos en el Directorio en el marco de un | |
| plan de sucesión. |
11. El Directorio tiene al menos dos miembros que poseen el carácter de independientes de acuerdo con los criterios vigentes establecidos por la Comisión Nacional de Valores.
La Sociedad cumple con estándares adecuados en cuanto al número y porcentaje de directores independientes.
El órgano de administración de la Sociedad está integrado por un mínimo de tres y un máximo de cinco directores titulares y hasta igual número de suplentes, de los cuales dos revisten el carácter de “independientes” en los términos de las normas de la Comisión Nacional de Valores.
Por lo expuesto, la Sociedad cumple con estándares adecuados en cuanto al número y porcentaje de directores independientes.
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12. La compañía cuenta con un Comité de Nominaciones que está compuesto por al menos tres (3) miembros y es presidido por un director independiente. De presidir el Comité de Nominaciones, el Presidente del Directorio se abstendrá de participar frente al tratamiento de la designación de su propio sucesor.
De momento la Sociedad no considera necesaria la creación de comités de remuneraciones, nombramientos y gobierno societario.
El directorio asume la responsabilidad en lo referido a remuneraciones, nombramientos y gobierno societario, como órgano colegiado, permitiendo así la participación de todos sus integrantes en todas las instancias.
13. El Directorio, a través del Comité de Nominaciones, desarrolla un plan de sucesión para sus miembros que guía el proceso de preselección de candidatos para ocupar vacantes y tiene en consideración las recomendaciones no vinculantes realizadas por sus miembros, el Gerente General y los Accionistas.
Ver respuesta punto anterior.
14. El Directorio implementa un programa de orientación para sus nuevos miembros electos.
El directorio promueve la capacitación individual y colectiva de sus miembros.
Conforme lo dispuesto en el Código de Gobierno Societario, el directorio deberá asegurar que los directores reciban capacitación continua para mantenerse actualizados y poder cumplir correctamente sus funciones. A tal fin, el directorio establecerá un programa de inducción para los nuevos directores de modo de brindarles un conocimiento rápido y suficiente acerca de la Sociedad, incluidas las normas de gobierno societario para crear entendimiento, confianza y credibilidad. El directorio también iniciará un programa de capacitación y de aprendizaje continuo dirigido a los directores.
D) REMUNERACIÓN
Principios
- XI. El Directorio deberá generar incentivos a través de la remuneración para alinear a la gerencia - liderada por el gerente general- y al mismo Directorio con los intereses de largo plazo de la compañía de manera tal que todos los directores cumplan con sus obligaciones respecto a todos sus accionistas de forma equitativa.
15. La compañía cuenta con un Comité de Remuneraciones que está compuesto por al menos tres (3) miembros. Los miembros son en su totalidad independientes o no ejecutivos.
De momento la Sociedad no considera necesaria la creación de comités de remuneraciones, nombramientos y gobierno societario.
El directorio asume la responsabilidad en lo referido a remuneraciones, nombramientos y gobierno societario, como órgano colegiado, permitiendo así la participación de todos sus integrantes en todas las instancias.
16. El Directorio, a través del Comité de Remuneraciones, establece una política de remuneración para el gerente general y miembros del Directorio.
Aplica la respuesta del punto anterior.
La remuneración de los directores debe ser establecida dentro del marco aprobado por los accionistas. La determinación específica de la suma a abonar a cada director y el método de pago serán propuestos por el directorio. En este aspecto, el directorio tomará en cuenta las funciones y responsabilidades de cada director, los cargos que poseen dentro de dicho órgano y otras circunstancias objetivas que considere pertinentes.
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E) AMBIENTE DE CONTROL
Principios
-
XII. El Directorio debe asegurar la existencia de un ambiente de control, compuesto por controles internos desarrollados por la gerencia, la auditoría interna, la gestión de riesgos, el cumplimiento regulatorio y la auditoría externa, que establezca las líneas de defensa necesarias para asegurar la integridad en las operaciones de la compañía y de sus reportes financieros.
-
XIII. El Directorio deberá asegurar la existencia de un sistema de gestión integral de riesgos que permita a la gerencia y al Directorio dirigir eficientemente a la compañía hacia sus objetivos estratégicos.
-
XIV. El Directorio deberá asegurar la existencia de una persona o departamento (según el tamaño y complejidad del negocio, la naturaleza de sus operaciones y los riesgos a los cuales se enfrenta) encargado de la auditoría interna de la compañía. Esta auditoría, para evaluar y auditar los controles internos, los procesos de gobierno societario y la gestión de riesgo de la compañía, debe ser independiente y objetiva y tener sus líneas de reporte claramente establecidas.
-
XV. El Comité de Auditoría del Directorio estará compuesto por miembros calificados y experimentados, y deberá cumplir con sus funciones de forma transparente e independiente.
-
XVI. El Directorio deberá establecer procedimientos adecuados para velar por la actuación independiente y efectiva de los Auditores Externos.
17. El Directorio determina el apetito de riesgo de la compañía y además supervisa y garantiza la existencia de un sistema integral de gestión de riesgos que identifique, evalúe, decida el curso de acción y monitoree los riesgos a los que se enfrenta la compañía, incluyendo -entre otros- los riesgos medioambientales, sociales y aquellos inherentes al negocio en el corto y largo plazo.
Es función del directorio, definir las políticas de control y gestión de riesgos y toda otra que tenga por objeto el seguimiento periódico de los sistemas internos de información y control.
La función de supervisión de riesgos es llevada a cabo por el comité de auditoría. Dentro de las actuaciones del comité de auditoría, se propende al desarrollo y mejoramiento de la gestión corporativa de riesgos de la Sociedad, formulando las propuestas pertinentes al directorio, y supervisando el cumplimiento de las políticas vigentes al respecto.
18. El Directorio monitorea y revisa la efectividad de la auditoría interna independiente y garantiza los recursos para la implementación de un plan anual de auditoría en base a riesgos y una línea de reporte directa al Comité de Auditoría.
Dentro de la nueva estructura organizativa de la Sociedad, se está evaluando la implementación de sistemas de auditoría interna independiente.
Conforme surge del Código de Gobierno Societario, dentro de las funciones del comité de auditoría se encuentra el seguimiento del sistema de control interno de la Sociedad y la realización, de corresponder, de las recomendaciones al directorio para contribuir a su mejora. Deberá cumplir sus funciones de forma transparente e independiente.
A su vez, le corresponde evaluar la organización y recursos de la función de auditoría interna; considerar y elevar al directorio el programa anual de auditoría interna y supervisar el cumplimiento de dicho plan.
19. El auditor interno o los miembros del departamento de auditoría interna son independientes y altamente capacitados.
Ver respuesta punto anterior.
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20. El Directorio tiene un Comité de Auditoría que actúa en base a un reglamento. El comité está compuesto en su mayoría y presidido por directores independientes y no incluye al gerente general. La mayoría de sus miembros tiene experiencia profesional en áreas financieras y contables.
El estatuto social en su artículo décimo quinto dispone que la Sociedad debe contar con un comité de auditoría, el cual se rige por dicho estatuto y por las disposiciones del reglamento del comité de auditoría que fue aprobado por el mencionado Comité el 1 de marzo de 2018. Según lo dispuesto por esas normas el comité de auditoría debe estar compuesto por tres directores titulares con sus tres suplentes, al menos dos de los cuales debe revestir el carácter de director independiente. La presidencia del comité debe recaer en un director independiente. Los miembros son designados por el directorio considerando su versación en temas empresarios, financieros y contables.
21. El Directorio, con opinión del Comité de Auditoría, aprueba una política de selección y monitoreo de auditores externos en la que se determinan los indicadores que se deben considerar al realizar la recomendación a la asamblea de Accionistas sobre la conservación o sustitución del auditor externo.
El Comité de Auditoría posee las siguientes funciones en relación con la designación del auditor externo de la Sociedad:
(i) Revisar las propuestas del directorio para la selección, designación, reelección y reemplazo del auditor externo de la Sociedad y emitir opinión al respecto.
(ii) Revisar las declaraciones juradas e inscripciones establecidas por la CNV de la firma auditora y de los auditores titulares y suplentes designados por la asamblea de accionistas.
(iii) Consideración de los antecedentes de la firma auditora y de los auditores titulares y suplentes designados por la asamblea, de la política de independencia y normas de calidad de la firma auditoria y del énfasis dado a su aplicación.
(iv) Revisar el contenido de la carta de contratación de la auditoría externa.
A su vez, el Comité de Auditoría realiza anualmente la evaluación de independencia de los auditores externos haciendo constar su opinión en las actas del citado comité.
F) ÉTICA, INTEGRIDAD Y CUMPLIMIENTO
Principios
XVII. El Directorio debe diseñar y establecer estructuras y prácticas apropiadas para promover una cultura de ética, integridad y cumplimiento de normas que prevenga, detecte y aborde faltas corporativas o personales serias. XVIII. El Directorio asegurará el establecimiento de mecanismos formales para prevenir y en su defecto lidiar con los conflictos de interés que puedan surgir en la administración y dirección de la compañía. Deberá contar con procedimientos formales que busquen asegurar que las transacciones entre partes relacionadas se realicen en miras del mejor interés de la compañía y el tratamiento equitativo de todos sus accionistas.
22. El Directorio aprueba un Código de Ética y Conducta que refleja los valores y principios éticos y de integridad, así como también la cultura de la compañía. El Código de Ética y Conducta es comunicado y aplicable a todos los directores, gerentes y empleados de la compañía.
La Sociedad se encuentra evaluando la nueva estructura de gobierno corporativo a ser implementada.
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23. El Directorio establece y revisa periódicamente, en base a los riesgos, dimensión y capacidad económica un Programa de Ética e Integridad. El plan es apoyado visible e inequívocamente por la gerencia quien designa un responsable interno para que desarrolle, coordine, supervise y evalúe periódicamente el programa en cuanto a su eficacia. El programa dispone: (i) capacitaciones periódicas a directores, administradores y empleados sobre temas de ética, integridad y cumplimiento; (ii) canales internos de denuncia de irregularidades, abiertos a terceros y adecuadamente difundidos; (iii) una política de protección de denunciantes contra represalias; y un sistema de investigación interna que respete los derechos de los investigados e imponga sanciones efectivas a las violaciones del Código de Ética y Conducta; (iv) políticas de integridad en procedimientos licitatorios; (v) mecanismos para análisis periódico de riesgos, monitoreo y evaluación del Programa; y (vi) procedimientos que comprueben la integridad y trayectoria de terceros o socios de negocios (incluyendo la debida diligencia para la verificación de irregularidades, de hechos ilícitos o de la existencia de vulnerabilidades durante los procesos de transformación societaria y adquisiciones), incluyendo proveedores, distribuidores, prestadores de servicios, agentes e intermediarios.
El directorio se encuentra evaluando la nueva estructura de gobierno corporativo a ser implementada.
24. El Directorio asegura la existencia de mecanismos formales para prevenir y tratar conflictos de interés. En el caso de transacciones entre partes relacionadas, el Directorio aprueba una política que establece el rol de cada órgano societario y define cómo se identifican, administran y divulgan aquellas transacciones perjudiciales a la compañía o sólo a ciertos inversores.
Las principales operaciones efectuadas por la Sociedad con sociedades comprendidas en el artículo 33 de la Ley 19.550 y/o con otras partes relacionadas son expuestas en las notas correspondientes de los estados contables auditados de la Sociedad, ya sea que se trate de documentación contable por períodos intermedios o anuales.
En todos los supuestos, el órgano de administración se encuentra al corriente de los convenios celebrados así como de su respectiva evolución y/o cumplimiento.
Se están elaborando las políticas correspondientes sobre operaciones con partes relacionadas, las que deberán ser tratadas por el directorio, con la previa intervención del comité de auditoría de la Sociedad.
G) PARTICIPACIÓN DE LOS ACCIONISTAS Y PARTES INTERESADAS
| Principios | Principios |
|---|---|
| XIX. | La compañía deberá tratar a todos los Accionistas de forma equitativa. Deberá garantizar el |
| acceso igualitario a la información no confidencial y relevante para la toma de decisiones | |
| asamblearias de la compañía. | |
| XX. | La compañía deberá promover la participación activa y con información adecuada de todos los |
| Accionistas en especial en la conformación del Directorio. | |
| XXI. | La compañía deberá contar con una Política de Distribución de Dividendos transparente que se |
| encuentre alineada a la estrategia. | |
| XXII. | La compañía deberá tener en cuenta los intereses de sus partes interesadas. |
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25. El sitio web de la compañía divulga información financiera y no financiera, proporcionando acceso oportuno e igual a todos los Inversores. El sitio web cuenta con un área especializada para la atención de consultas por los Inversores.
La sociedad divulga información financiera a través del sitio web de la Comisión Nacional de Valores y Bolsas y Mercados Argentinos S.A.[1]
26. El Directorio debe asegurar que exista un procedimiento de identificación y clasificación de sus partes interesadas y un canal de comunicación para las mismas.
La Sociedad se encuentra evaluando la nueva estructura de gobierno corporativo a ser implementada.
27. El Directorio remite a los Accionistas, previo a la celebración de la Asamblea, un “paquete de información provisorio” que permite a los Accionistas -a través de un canal de comunicación formal- realizar comentarios no vinculantes y compartir opiniones discrepantes con las recomendaciones realizadas por el Directorio, teniendo este último que, al enviar el paquete definitivo de información, expedirse expresamente sobre los comentarios recibidos que crea necesario.
El directorio debe procurar la participación activa, equitativa e informada de los accionistas en las asambleas generales y, en consecuencia, adopta las medidas que estima convenientes de modo que la asamblea general pueda ejercer efectivamente las facultades conferidas en virtud de la ley y del estatuto social. Particularmente, el directorio pone a disposición de los accionistas, previo a la asamblea general, toda información requerida por ley.
A fin de que los accionistas minoritarios propongan asuntos para debatir en la asamblea, tienen a su disposición los mecanismos previstos por la Ley General de Sociedades.
La Sociedad está evaluando la implementación de políticas de estímulo a la participación de accionistas de mayor relevancia.
Con motivo de la asamblea anual, los accionistas minoritarios tienen la posibilidad de requerir información al directorio de la Sociedad sobre la marcha de la Empresa.
Si bien la asamblea de accionistas no cuenta con un reglamento de funcionamiento, es norma que todos los accionistas tengan a su disposición toda la documentación a ser tratada por la asamblea con la suficiente antelación.
28. El estatuto de la compañía considera que los Accionistas puedan recibir los paquetes de información para la Asamblea de Accionistas a través de medios virtuales y participar en las Asambleas a través del uso de medios electrónicos de comunicación que permitan la transmisión simultánea de sonido, imágenes y palabras, asegurando el principio de igualdad de trato de los participantes.
El estatuto de la Sociedad no prevé la participación de los accionistas a distancia.
29. La Política de Distribución de Dividendos está alineada a la estrategia y establece claramente los criterios, frecuencia y condiciones bajo las cuales se realizará la distribución de dividendos.
La Sociedad considera por el momento que no es necesaria la implementación de una política de distribución de dividendos.
Sin perjuicio de ello, su distribución se ha efectuado siempre de manera transparente.
En virtud de lo dispuesto en las normas de la CNV y en la Ley General de Sociedades, en caso de existir ganancias realizadas y líquidas, luego de constituida la reserva legal el resultado del ejercicio puede destinarse a la distribución de dividendos o la constitución de reservas facultativas.
988157.v3.mcb
1 https://www.cnv.gov.ar/SitioWeb/Empresas/Empresa/30525522381