Skip to main content

AI assistant

Sign in to chat with this filing

The assistant answers questions, extracts KPIs, and summarises risk factors directly from the filing text.

Central Urbana SA Audit Report / Information 2015

Mar 10, 2016

Preview isn't available for this file type.

Download source file

ACTA Nº 788

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a los 09 días del mes de Marzo de 2016, siendo las 19,00 horas se reúnen los miembros del Directorio de CENTRAL URBANA SOCIEDAD ANONIMA, encontrándose presente el señor Diego Marasca en representación de la Comisión Fiscalizadora.

Contándose con quórum suficiente, preside el acto el señor Federico Tomasevich, Presidente de la Sociedad, quien pone en consideración los puntos del orden del día:

  1. Consideración del Informe del Comité de Auditoria a los Estados contables cerrados al 31.12.2015

INFORME DEL COMITÉ DE AUDITORÍA

A los Señores Directores de

CENTRAL URBANA SOCIEDAD ANONIMA

En cumplimiento En cumplimiento de los dispuesto por el artículo 18, incisos a), b) y c), Capítulo III, de las Normas de la C.N.V., el Comité de Auditoría de Central Urbana S.A. ha elaborado el presente informe para ser publicado junto con los estados contables anuales de la Sociedad al 31 de Diciembre de 2015.

La emisión de los estados contables de Central Urbana S.A. es responsabilidad del Directorio de la Sociedad en cumplimiento de sus funciones exclusivas. La responsabilidad del auditor externo es opinar sobre la razonabilidad de los estados contables preparados de acuerdo con normas contables profesionales. El rol del Comité de Auditoría surge de la Ley de Mercado de Capitales Ley Nro. 26.831, de las normas reglamentarias y complementarias establecidas por la C.N.V. y de su Reglamento Interno.

Durante el presente ejercicio se celebraron las reuniones mensuales del Comité, con la finalidad de tratar las cuestiones de nuestra competencia establecidas por el art. 110 de la Ley de Mercado de Capitales Ley Nro. 26.831, se analizaron informes del auditor externo y otra información requerida por la Sociedad. En particular, las cuestiones abordadas fueron, entre otras, las siguientes:

  • Se analizó, conjuntamente con el auditor externo, el enfoque y su plan de auditoría para el ejercicio terminado el 31 de Diciembre de 2015.
  • Se analizó la independencia del auditor externo titular y suplente respecto de la Sociedad y se determino que no efectuaron servicios distintos a los correspondientes a la auditoria externa.
  • Se evaluó el resultado de los exámenes del auditor externo y sus conclusiones sobre la confiabilidad del control interno, del sistema administrativo contable y de la información financiera o de otros hechos significativos presentada por la Comisión Nacional de Valores.
  • Se supervisó la aplicación de políticas en materia de comunicación de hechos relevantes.
  • Se revisaron y analizaron los estados financieros de Central Urbana S.A. con el Auditor Externo.
  • Se verificó que no existieron transacciones entre partes relacionadas.
  • Se supervisó el funcionamiento del sistema de control interno de la Compañía.
  • Se asistió al Directorio en la redacción del informe de Código de Gobierno Societario a incluir en la Memoria a los estados contables cerrados al 31 de Diciembre de 2015.

Basados en nuestras revisiones, reuniones con el auditor externo, análisis efectuados e informes considerados, y sujetos a las limitaciones del rol del Comité de Auditoría mencionado en el párrafo segundo del presente, manifestamos que no tenemos observaciones que formular respecto a las materias de nuestra competencia.

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 04 de marzo de 2016.

Por delegación del Comité de Auditoría

FEDERICO TOMASEVICH

Presidente

El Directorio toma debida nota y aprueba incluir el presente informe junto con el resto de la documentación prevista por el artículo 234 de la Ley de Sociedades Comerciales para su tratamiento por la respectiva Asamblea General Ordinaria de Accionistas.

  1. “Consideración del Estado de Situación Patrimonial, Estado de Resultados, Estado de Evolución del Patrimonio Neto, Estado de Flujo de Efectivo, Notas a los Estados Contables, Reseña Informativa requerida por la Resolución General Nº 368/01 de la Comisión Nacional de Valores, Información Adicional requerida por el Artículo 68 del Reglamento de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires, Anexos G y H; Informe de la Comisión Fiscalizadora y Dictamen del Auditor, correspondientes al Ejercicio Nro. 72 de la Sociedad cerrado al 31 de Diciembre de 2015”. Continuando en uso de la palabra el señor Presidente informa que el mencionado balance se encuentra transcripto en el libro Inventario y Balances N° 13 y propone que se omita la lectura del mismo por haber sido puesto a consideración del Directorio con suficiente anticipación.

Se omite la lectura del Balance General al 31 de Diciembre de 2015 y el mismo resulta aprobado por unanimidad.

A continuación se transcribe el Dictamen del Auditor al Balance General de la Sociedad cerrado al 31 de Diciembre de 2015, el que resulta aprobado por unanimidad.

INFORME DEL AUDITOR

Señores Directores y Accionistas de

CENTRAL URBANA S.A.

CUIT Nº 30-52552238-1

Domicilio Legal: Tucumán 1, Piso 14º

Ciudad Autónoma de Buenos Aires

1. IDENTIFICACIÓN DE LOS ESTADOS FINANCIEROS OBJETO DE LA AUDITORIA

Hemos auditado los estados financieros adjuntos de CENTRAL URBANA S.A. (la “Sociedad), que comprenden el estado de situación financiera al 31 de diciembre de 2015, el estado de resultado integral, el estado de cambios en el patrimonio y el estado de flujo de efectivo y equivalente de efectivo correspondientes al ejercicio económico finalizado en dicha fecha, así como un resumen de las políticas contables significativas y otra información explicativa incluidas en las notas y los anexos adjuntos.

Las cifras y otra información correspondiente al ejercicio económico terminado el 31 de diciembre de 2014 son parte integrante de los estados financieros mencionados precedentemente, y se las presenta con el propósito de que se interpreten exclusivamente en relación con las cifras y con la información del período actual.

2. RESPONSABILIDAD DE LA DIRECCIÓN EN RELACIÓN CON LOS ESTADOS FINANCIEROS

El Directorio es responsable de la preparación y presentación razonable de los Estados Financieros adjuntos correspondientes al ejercicio económico mencionado en 1. , de conformidad con las Normas Internacionales de Información Financiera emitidas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB, por sus siglas en inglés), adoptadas por la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (FACPCE) como Normas Contables Profesionales e incorporadas por la Comisión Nacional de Valores (CNV) a su marco normativo. Así como del diseño, implementación y mantenimiento del control interno que considere necesario para permitir la preparación de Estados Financieros libres de incorrecciones significativas.

3. RESPONSABILIDAD DE LOS AUDITORES

Nuestra responsabilidad consiste en expresar una opinión sobre los estados financieros adjuntos basada en nuestra auditoría. Hemos llevado a cabo nuestro examen de conformidad con las Normas Internacionales de Auditoría (NIA) adoptadas como norma de auditoría en Argentina mediante la Resolución Técnica N°32 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas y tal como fue aprobada por el Consejo de Normas Internacionales de Auditoría y Aseguramiento (IAASB por sus siglas en inglés). Dichas normas exigen que cumplamos los requerimientos de ética, así como que planifiquemos y ejecutemos la auditoría con el fin de obtener una seguridad razonable de que los estados financieros están libres de incorrecciones significativas.

Una auditoría conlleva la aplicación de procedimientos para obtener elementos de juicio sobre las cifras y la información presentadas en los estados financieros. Los procedimientos seleccionados dependen del juicio del auditor, incluida la valoración de los riesgos de incorrecciones significativas en los estados contables. Al efectuar dichas valoraciones del riesgo, el auditor tiene en cuenta el control interno pertinente para la preparación y presentación razonable por parte de la Sociedad de los estados financieros, con el fin de diseñar los procedimientos de auditoría que sean adecuados en función de las circunstancias y no con la finalidad de expresar una opinión sobre la eficacia del control interno de la Sociedad. Una auditoría también incluye la evaluación de la adecuación de las políticas contables aplicadas y de la razonabilidad de las estimaciones contables realizadas por la Dirección de la Sociedad, así como la evaluación de la presentación de los estados financieros en su conjunto.

Consideramos que los elementos de juicio que hemos obtenido proporcionan una base suficiente y adecuada para nuestra opinión de auditoría.

4. OPINIÓN

En nuestra opinión, los estados financieros adjuntos presentan razonablemente, en todos sus aspectos significativos, la situación financiera de CENTRAL URBANA S.A. al 31 de diciembre de 2015, así como sus resultados, los cambios en su patrimonio y el flujo de su efectivo correspondientes al ejercicio económico terminado en esa fecha, de conformidad con las normas contables profesionales contenidas en la resolución técnica N°26 vigentes en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina.

5. OTRAS CUESTIONES

Los estados contables correspondientes al ejercicio económico finalizado el 31 de diciembre de 2014, cuyas cifras se presentan con fines comparativos, considerando lo indicado en la nota 3. a los estados contables adjuntos, y son las de aquel ejercicio, fueron auditados por otros profesionales, quienes emitieron el Informe de auditoría con fecha 06 de marzo de 2015 conteniendo una opinión favorable sin salvedades.

INFORMACIÓN SOBRE OTROS REQUERIMIENTOS LEGALES Y REGLAMENTARIOS

En cumplimiento de disposiciones legales vigentes en Argentina y de normas de la Comisión Nacional de Valores informamos que:

a) Los estados financieros identificados en 1. de este informe se exponen de acuerdo con lo dispuesto en la Ley N° 19.550 y en las normas aplicables de la Comisión Nacional de Valores, según lo indicado en la nota 2.

b) Los estados financieros de Central Urbana S.A. surgen de los registros contables de la Sociedad, los cuales se mantenían en proceso de copia a la fecha del presente Informe, y son llevados en sus aspectos formales de conformidad con las disposiciones legales vigentes en Argentina.

c) Hemos tenido a la vista la información adicional a las notas de los estados financieros al 31 de diciembre de 2015 y la Reseña informativa requeridas por el art. 68 del Reglamento de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires y la Comisión Nacional de Valores, respectivamente, sobre las que, en lo que es materia de nuestra competencia, no tenemos otras observaciones adicionales que formular.

d) En cumplimiento de lo requerido en el art. 21, inc. e), Sección VI, Cap. III, Título II de la Resolución CNV 622/13, informamos las siguientes relaciones porcentuales correspondientes a los honorarios facturados por nuestra sociedad profesional:

  1. Cociente entre el total de servicios de auditoría facturados a la emisora y el total facturado a la emisora por todo concepto, incluido los servicios de auditoría: 100%

  2. Cociente entre el total de servicios de auditoría facturados a la emisora y el total de servicios de auditoría facturados a la emisora y a las controlantes, controladas y vinculadas: 79%

  3. Cociente entre el total de servicios de auditoría facturados a la emisora y el total facturado a la emisora y sus controlantes, controladas y vinculadas por todo concepto, incluido los servicios de auditoría: 79%

e) Al 31 de diciembre de 2015, según surge de los registros contables de la Sociedad. no existían deudas devengadas ni exigibles a favor del Sistema Integrado Previsional Argentino.

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 09 de marzo de 2016

MARASCA & ASOCIADOS C.P.C.E.C.A.B.A. T° 7 - F° 184
IRIS ANALIA CARRIZO Socia Contadora Pública U.N.L.M. C.P.C.E.C.A.B.A. T° 272 - F° 134

Toma la palabra el señor Diego Marasca, quien en nombre y representación de la Comisión Fiscalizadora, solicita se transcriba a continuación el correspondiente Informe de la Comisión Fiscalizadora.

INFORME DE LA COMISION FISCALIZADORA

A los Señores Directores y Accionistas de CENTRAL URBANA S.A.

En nuestro carácter de Síndicos Titulares de CENTRAL URBANA S.A. (la Sociedad), hemos examinado los documentos detallados en el párrafo 1 siguiente.

1. DOCUMENTOS EXAMINADOS

  1. Estado de Situación Financiera al 31 de diciembre de 2015.
  2. Estado del Resultado Integral por el ejercicio finalizado al 31 de diciembre de 2015.
  3. Estado de Cambios en el Patrimonio por el ejercicio finalizado al 31 de diciembre de 2015.
  4. Estado de Flujos de Efectivo y Equivalente de Efectivo por el ejercicio finalizado al 31 de diciembre de 2015.
  5. Información complementaria - anexos y notas - integrantes de los citados estados.
  6. Inventario al 31 de diciembre de 2015.
  7. Memoria del Directorio correspondiente al ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2015.

Las cifras y otra información correspondientes al 31 de diciembre de 2014, son parte integrante de los Estados Financieros mencionados precedentemente y se las presenta con el propósito de que se interpreten exclusivamente en relación con las cifras y con la información del ejercicio actual.

2. RESPONSABILIDAD DE LA DIRECCIÓN EN RELACIÓN CON LOS ESTADOS FINANCIEROS

El Directorio es responsable de la preparación y presentación razonable de los Estados Financieros adjuntos correspondientes a los ejercicios mencionados en 1., de conformidad con las Normas Internacionales de Información Financiera emitidas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB, por sus siglas en inglés), adoptadas por la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (FACPCE) como Normas Contables Profesionales e incorporadas por la Comisión Nacional de Valores (CNV) a su marco normativo. Así como del diseño, implementación y mantenimiento del control interno que considere necesario para permitir la preparación de Estados Financieros libres de incorrecciones significativas.

3. RESPONSABILIDAD DE LA COMISIÓN FISCALIZADORA Y ALCANCE DEL EXAMEN

Nuestro trabajo fue realizado de acuerdo con las normas de sindicatura vigentes, incluidas en la Resolución Técnica N° 15 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas. Dichas normas requieren que el examen de los documentos detallados en el párrafo 1 se efectúe de acuerdo con las normas de auditoría vigentes, e incluya la verificación de la congruencia de los documentos revisados con la información sobre las decisiones de la Sociedad expuestas en actas, y la adecuación de dichas decisiones a la ley y a los estatutos en lo relativo a sus aspectos formales y documentales.

Para realizar nuestra tarea profesional sobre los documentos detallados en el párrafo 1, hemos revisado la auditoría efectuada por la firma MARASCA & ASOCIADOS (Socia Iris Analía Carrizo C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 272 - Fº 134) quien emitió su informe de fecha 09/03/2016 de acuerdo con las normas de auditoría vigentes - incluidas en la Resolución Técnica N° 32 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas-, y considerado las normas contables legales emitidas por la CNV. Dicho examen incluyó la verificación de la planificación del trabajo, de la naturaleza, alcance y oportunidad de los procedimientos aplicados y de los resultados de la auditoría de Estados Financieros efectuada por dichos profesionales.

Una auditoría conlleva la aplicación de procedimientos para obtener elementos de juicio sobre las cifras y la información presentadas en los estados financieros. Los procedimientos seleccionados dependen del juicio del auditor, incluida la valoración de los riesgos de incorrecciones significativas en los estados financieros. Al efectuar dichas valoraciones del riesgo, el auditor tiene en cuenta el control interno pertinente para la preparación y presentación razonable por parte de la Sociedad de los estados financieros, con el fin de diseñar los procedimientos de auditoría que sean adecuados en función de las circunstancias y no con la finalidad de expresar una opinión sobre la eficacia del control interno de la Sociedad. Una auditoría también incluye la evaluación de la adecuación de las políticas contables aplicadas y de la razonabilidad de las estimaciones contables realizadas por la Dirección de la Sociedad, así como la evaluación de la presentación de los estados financieros en su conjunto.

Dado que no es responsabilidad del síndico efectuar un control de gestión, el examen no se extendió a los criterios y decisiones empresarias de las diversas áreas de la sociedad, cuestiones que son de responsabilidad exclusiva del Directorio. Consideramos que nuestro trabajo nos brinda una base razonable para fundamentar nuestro informe.

Asimismo, en relación con la memoria del Directorio correspondiente al ejercicio terminado el 31 de diciembre de 2015, hemos verificado que contiene la información requerida por el art. 66 de la Ley de Sociedades Comerciales y, en lo que es materia de nuestra competencia, que sus datos numéricos concuerdan con los registros contables de la Sociedad y otra documentación pertinente.

4. DICTAMEN

Basados en nuestro examen, con el alcance descripto en el párrafo 3, y haciendo nuestras todas las aclaraciones y observaciones de los Auditores Independientes, en nuestra opinión, los estados financieros adjuntos presentan razonablemente, en todos sus aspectos significativos, la situación financiera de CENTRAL URBANA S.A. al 31 de diciembre de 2015, así como sus resultados, los cambios en su patrimonio y el flujo de su efectivo correspondientes al ejercicio económico terminado en esa fecha, de conformidad con las normas contables profesionales contenidas en la resolución técnica N°26 vigentes en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina.

5. INFORMACIÓN SOBRE OTROS REQUERIMIENTOS LEGALES Y REGLAMENTARIOS

Adicionalmente en cumplimiento de disposiciones legales vigentes en Argentina informamos que:

  1. Los Estados Financieros e Inventario mencionados en el punto 1 surgen de los registros contables de la Sociedad, los cuales se mantenían en proceso de copia a la fecha del presente Informe, y son llevados en sus aspectos formales de conformidad con las disposiciones legales vigentes en Argentina.
  2. En relación a la memoria del Directorio, no tenemos observaciones que formular en lo que es materia de nuestra competencia, siendo las afirmaciones sobre hechos futuros responsabilidad exclusiva del Directorio.
  3. La Sociedad ha elaborado al 31 de diciembre de 2015 la Reseña Informativa requerida por la normativa vigente de la CNV.
  4. La Sociedad ha elaborado al 31 de diciembre de 2015 la Información Adicional Requerida por el Art. 68 del Reglamento de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires.
  5. Los Directores titulares designados cumplimentan al 31 de diciembre de 2015 las garantías establecidas por la Resolución 7/05 de IGJ, las cuales deberán modificarse para adecuarse a la Resolución 7/15 de IGJ vigente desde el 01 de noviembre de 2015.
  6. Hemos examinado la información incluida en la Memoria, sobre el grado de cumplimiento del Código de Gobierno Societario requerida por las normas de la CNV, y sobre la misma no tenemos observaciones que formular.
  7. De acuerdo con lo requerido por las normas de la CNV, sobre la independencia del auditor externo y sobre la calidad de las políticas de auditoria aplicadas por el mismo y las políticas de contabilización de la sociedad, el informe del auditor externo descripto anteriormente incluye la manifestación de haber aplicado las normas de auditoria vigentes en Argentina, que comprenden el requisito de independencia y no contiene salvedades en relación a la aplicación de dicha norma y de las normas contables profesionales.

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 09 de marzo de 2016.

POR COMISIÓN FISCALIZADORA

DIEGO GABRIEL MARASCA

Síndico Titular

Contador Público (UNLM)

El Directorio, toma nota del mismo.

  1. “Consideración de la Memoria correspondiente al ejercicio Nro. 72 cerrado el 31 de Diciembre de 2015”. Toma la palabra el señor Presidente quien somete a consideración del Directorio la Memoria correspondiente al ejercicio Nro. 72 cerrado el 31 de Diciembre de 2015.

El Directorio luego de deliberar, aprueba por unanimidad el texto de la Memoria, el que se transcribe a continuación:

MEMORIA

Señores Accionistas de

CENTRAL URBANA S.A.:

En cumplimiento de las disposiciones legales y estatutarias vigentes, el Directorio somete a la consideración de los señores Accionistas la Memoria, Estado de Situación Financiera, Estado de Resultado Integral, Estado de Cambios en el Patrimonio, Estado de Flujos de Efectivo y Equivalentes de efectivo, Notas y Anexos a los Estados Financieros, Reseña Informativa requerida por la Resolución General Nº 622/13 de la Comisión Nacional de Valores, Información Adicional requerida por el Artículo 68 del Reglamento de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires, Informe del Comité de Auditoria, Informe de la Comisión Fiscalizadora e Informe de los Auditores Independientes, correspondientes al Ejercicio Nro. 72 de la Sociedad cerrado el 31 de Diciembre de 2015.

  1. CONTEXTO ECONOMICO

En 2015 la Argentina mostro dos periodos bien definidos, marcados por las elecciones del mes de Octubre. Una primera parte hasta Octubre donde el Gobierno pudo maximizar la eficacia del ancla cambiaria y tarifaria en un contexto donde el cepo al dólar sostuvo la demanda de pesos, a partir de la posibilidad de abrir parcialmente la cuenta capital a través del swap con China o de la licitación de las licencias de 3G o 4G y la venta de contratos de futuros por parte del BCRA en la previa a las elecciones. Con un dólar oficial moviéndose sólo 1% por mes y con tarifas de servicios públicos casi congeladas, la inflación hasta octubre se sostuvo en la zona del 1,7% mensual (23% anualizada), mientras la economía creció levemente como contracara de una mejora del salario real con paritarias que se cerraron en la zona del 30% anual.

Y una segunda parte, donde las expectativas de devaluación se aceleraron y se trasladaron a un aumento en la tasa de inflación a partir del resultado de la primera vuelta electoral cuando se afianzaron las chances de que ganara el candidato de la oposición. Algo que tendió a estabilizarse en las últimas dos semanas del año cuando quedó en evidencia que el salto en el tipo de cambio una vez que la nueva Gestión eliminó parcialmente el cepo encontró un equilibrio dólar tasa de interés más bajo que los que esperaba el mercado.

El atraso cambiario que generó la inflación en dólares en un mundo donde el dólar se fortalecía sumada a los impuestos a la exportación y a una brecha cambiaria que en promedio se ubicó en torno a 40% (tomando el dólar de contado con liquidación), agudizó la escasez de divisas por la cuenta corriente en un contexto donde las exportaciones perdieron casi US$20.000 millones de dólares en dos años, en parte por la caída en los precios de exportación y donde la caída en las importaciones de US$10.000 millones en igual plazo, estuvo exacerbada por el manejo discrecional del sector externo frente a la falta de divisas.

El Balance del BCRA volvió a deteriorarse. Las Reservas que cayeron US$8.400 millones desde mediados de año a US$25.400 millones en diciembre y una base monetaria que cerró el año con un crecimiento del 40% i.a. La contracara del problema de liquidez del BCRA fue una mejora significativa en el stock de deuda del Tesoro en el mercado, con un ratio de Deuda a PIB de sólo 10,4% (40,2% cuando se considera además la deuda intrasector público -ANSES y BCRA- y la deuda con organismos de crédito multilateral).

  1. NUEVO MODELO DE NEGOCIOS

Durante el año 2015 el Directorio estuvo abocado a la realización de estudios y evaluaciones necesarias para desarrollar un nuevo modelo de negocios para la Sociedad, que permita la construcción de valor para el accionista.

  1. GESTION ECONOMICA FINANCIERA

Teniendo en cuenta lo informado en el título anterior, el presente ejercicio no permite efectuar análisis de gestión, tales como por ejemplo comparaciones entre resultados sobre ventas tanto del presente como de ejercicios anteriores.

  1. PERSPECTIVAS PARA EL AÑO 2016

Para el año 2016 se espera un contexto apropiado a fin que la situación del mercado permita la conveniencia y factibilidad de la implementación de un plan de negocios que sea aprobado oportunamente por la Sociedad.

  1. RESULTADO

El ejercicio económico en consideración arrojó un resultado positivo de $1.185.973 neto del Impuesto a las Ganancias.

El Directorio, propone la creación de una reserva facultativa por $ 1.185.973.

Los señores Directores proponen no remunerar al Directorio.

  1. INFORMACIÓN ADICIONAL DE LA MEMORIA REQUERIDA POR EL ARTÍCULO 60 DE LA LEY 26.831
  2. Política comercial proyectada y otros aspectos relevantes de la planificación empresaria, financiera y de inversiones.

El Directorio se remite a lo expresado en el título 4 – Perspectivas para el año 2016.

  1. Aspectos vinculados a la organización de la toma de decisiones y del sistema de control interno de la Sociedad.

Gobierno: el órgano de gobierno de la sociedad es la asamblea de accionistas. Dirección y Administracion: La administración de la sociedad estará a cargo de un Directorio compuesto por un mínimo de tres (3) y un máximo de cinco (5) directores, según lo determine la asamblea de accionistas que los elija, quienes durarán un año en sus funciones y serán reelegibles indefinidamente. Fiscalización Interna: La fiscalización de la sociedad estará a cargo de una Comisión Fiscalizadora, integrada por tres (3) miembros titulares y tres (3) suplentes, que remplazarán a los primeros en caso de vacancia, ausencia o impedimento. Durarán un (1) ejercicio en sus cargos y serán reelegibles. Auditores Externos: Anualmente, la Asamblea General designa a los auditores externos independientes, encargados de auditar y certificar la documentación contable de la Sociedad. Control Interno: se implementan procedimientos internos respetando los criterios básicos de control interno.

  1. Política de dividendos propuesta o recomendada por el Directorio, con explicación fundada y detallada de la misma.

El Directorio, siguiendo un criterio de prudencia propone no distribuir dividendos en el presente ejercicio. Asimismo, no se considera necesaria, por el momento, la capitalización de la cuenta Ajuste de Capital.

  1. Modalidades de remuneración del Directorio y política de remuneración de los Cuadros gerenciales de la Sociedad, planes de opciones y cualquier otro sistema remuneratorio de los Directores y gerentes por parte de la Sociedad. La obligación de información se extiende a la que corresponde a sociedades controladas en las que se aplicaren sistemas o políticas sustancialmente diferenciadas.

La remuneración del Directorio y de la Comisión Fiscalizadora es definida y fijada por la Asamblea de Accionistas. No obstante se informa que tal como se expresa en el Título 5 – Resultado, de la presente Memoria la propuesta del Directorio es aceptar la renuncia de honorarios por parte de los señores Directores y Comisión Fiscalizadora.

  1. INFORME DEL CÓDIGO DE GOBIERNO SOCIETARIO

INFORME CODIGO DE GOBIERNO SOCIETARIO DE CENTRAL URBANA S.A. RESOLUCIÓN Nº 606/12 DE LA COMISIÓN NACIONAL DE VALORES

ÁMBITO DE APLICACIÓN DEL CÓDIGO

Relación Emisora – Grupo Económico. El Directorio debe informar pormenorizadamente, de corresponder, si existen políticas aplicables respecto de la relación de la emisora con el grupo económico como tal y con sus partes integrantes. En particular, el Directorio debe informar las operaciones con compañías afiliadas y vinculadas y, en general, aquellas que puedan ser relevantes para determinar el grado de efectividad y la observancia de los deberes de lealtad, diligencia e independencia. Adicionalmente, el Directorio debe informar las operaciones celebradas con los accionistas y los administradores. La sociedad no ha realizado actos y contratos con partes relacionadas que involucren un monto relevante, de existir, los mismos serán aprobados por sus órganos de administración y contarán con la opinión previa del Comité de Auditoría conforme lo establece el art. 73 ley 17.811 y la Normativa de la Comisión Nacional de Valores (en adelante CNV) y serán dados a conocer públicamente mediante la Autopista de Información Financiera (AIF) y la Bolsa de Comercio de Buenos Aires. Asimismo, dichas operaciones serán incluidas en notas a los estados contables que confeccione la Sociedad, documentos que serán aprobados por el órgano de administración en forma trimestral y en forma anual por la Asamblea de Accionistas.

Inclusión en estatuto societario. El Directorio debe evaluar si las previsiones del Código de Gobierno Societario deben reflejarse, total o parcialmente, en el estatuto social, incluyendo las responsabilidades generales y específicas del Directorio. El Directorio debe asegurar que los Estatutos Sociales contengan normas que obliguen a los directores a informar acerca de sus intereses personales vinculados con las decisiones que les sean sometidas, a fin de evitar conflictos de interés. El Directorio de la Sociedad considera que el Estatuto Social aprobado por los accionistas cumple con las disposiciones legales aplicables, es decir Ley Nº 19550 y sus modificatorias, Reglamentaciones de la CNV y de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires; y contiene normas sobre funcionamiento, deberes y facultades del Directorio, Asambleas y Comité de Auditoría.

Asimismo, la normativa interna aprobada por el Directorio establece la obligatoriedad de informar por parte de Directores, funcionarios, empleados y terceros acerca de todo acto, contrato u operación que pudiera ser contrario a lo establecido en la norma o generar un posible conflicto de intereses.

Por tal motivo el Directorio considera que actualmente no es necesario reformar el Estatuto Social.

DEL DIRECTORIO EN GENERAL

Responsable por Estrategia de la Compañía. El Directorio debe asumir la administración de la Sociedad y aprobar las políticas y estrategias generales adecuadas a los diferentes momentos de existencia de la Sociedad, y en particular: a) El plan estratégico o de negocio, así como los objetivos de gestión y presupuestos anuales; b) La política de inversiones y financiación; c) La política de gobierno societario; d) La política de responsabilidad social empresaria; e) Las políticas de control y gestión de riesgos y toda otra que tenga por objeto el seguimiento periódico de los sistemas internos de información y control; y f) El desarrollo de programas de entrenamiento continuo para directores y ejecutivos gerenciales. El Directorio es quien está a cargo y aprueba las estrategias y políticas generales de la Sociedad, así también es quien encomienda la gestión ejecutiva de los negocios a los mandos gerenciales y vela por su cumplimiento en las áreas respectivas.

Control de la gestión. El Directorio debe verificar la implementación de dichas estrategias y políticas, el cumplimiento del presupuesto y del plan de operaciones, y controlar el desempeño de la gerencia, lo que comprende que ésta cumpla los objetivos fijados incluyendo las utilidades previstas, respetando el interés social de la Compañía. Nos remitimos al punto anterior y en este sentido destacamos que el Directorio se reúne mensualmente conforme lo establece el Estatuto Social efectuando un seguimiento del cumplimiento de las estrategias, políticas y de la gestión ejecutiva de los negocios por parte de los mandos gerenciales. El Comité de Auditoría y la Comisión Fiscalizadora se reúne periódicamente en cumplimiento de las obligaciones legales y estatutarias respectivas.

Información y Control Interno. Gestión de Riesgos. El Directoriodebe informar si cuenta con políticas de control y gestión de riesgos, y si ellas son actualizadas permanentemente conforme con las mejores prácticas en la materia; así como si cuenta con otras políticas que, con la misma característica, tengan como objeto el seguimiento periódico de los sistemas internos de información y control. Nos remitimos al punto anterior y destacamos que es el Directorio quien define, actualiza, aprueba y controla el cumplimiento de estas políticas y procedimientos.

Comité de Auditoría. El Directorio debe manifestar si los integrantes del Comité de Auditoría son propuestos por cualquiera de sus integrantes o, únicamente, por su Presidente. En reunión de Directorio, de entre sus miembros, se designan los miembros del Comité de Auditoría, los que pueden ser propuestos por cualquiera de los Directores, debiendo siempre cumplir con lo reglado para tal designación por la normativa de la CNV y el Estatuto Social.

Cantidad de integrantes del Directorio. El Directorio está compuesto por los directores designados por la Asamblea de Accionistas o, en su caso, el Consejo de Vigilancia, dentro de los límites establecidos por el estatuto social. El Directorio debe valorar -en función de las circunstancias propias de cada época, acorde con la importancia de la emisora y con atención al proceso de toma de decisiones- si resulta adecuado su número de integrantes para, de corresponder, proponer con detallada motivación a la Asamblea de Accionistas su modificación. El Directorio debe incluir un número suficiente de directores independientes. El Directorio debe constituir un número suficiente de comités para llevar a cabo su misión en forma efectiva y eficiente. El artículo décimo del Estatuto Social establece que la administración estará a cargo de un Directorio compuesto por un mínimo de tres (3) y un máximo de cinco (5) directores, según lo determine la asamblea de accionistas que los elija, quienes durarán un año en sus funciones y serán reelegibles indefinidamente. La asamblea designará también directores suplentes en igual o menor número que los directores titulares y por el mismo período.

El Directorio considera adecuado el número de integrantes, atento a que el artículo Décimo del Estatuto Social ha sido modificado mediante Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de fecha 30 de Junio de 2008. Asimismo, el Directorio no considera necesario establecer por el momento otros comités distintos al de Auditoría.

Integración del Directorio. El Directorio debe analizar si la existencia de una política dirigida a la composición del órgano de administración con ex-ejecutivos resulta provechosa para la Sociedad y formular las recomendaciones pertinentes.

De acuerdo con lo establecido por la normativa y el Estatuto Social la elección de los integrantes del Directorio es facultad de los accionistas de la Sociedad, no obstante el Directorio está integrado por personas capacitadas y con la profesionalidad requerida para el cabal cumplimiento de los cargos para los que fueron designados. Por tal motivo se estima cumplido el objetivo de este punto.

Pertenencia a diversas sociedades. El Directorio debe examinar si resulta conveniente que los directores y/o síndicos desempeñen funciones como tales en un número limitado de entidades o si ello resulta irrelevante; formulando las recomendaciones que considere menester. El Directorio considera que no existen inconvenientes para que las personas que cubren los cargos de Director y/o Síndico desempeñen similares funciones en otras sociedades, siempre y cuando se respete toda la normativa legal y jurídica que regula dichas funciones.

Evaluación del Desempeño del Directorio. El Directorio debe -con antelación a la realización de la Asamblea Ordinaria de Accionistas convocada para considerar y resolver los asuntos contemplados en los incisos 1º y 2º del artículo 234 de la Ley de Sociedades Comerciales- evaluar su propia gestión. Para ello debe desarrollar previamente un documento escrito que sirva como guía para la evaluación y que establezca los criterios para la medición de su desempeño. El Directorio no cuenta con la práctica de evaluar su desempeño ya que su gestión es aprobada por los accionistas conforme lo dispone la Ley de Sociedades Comerciales Nº 19550 y sus modificatorias. Todas las decisiones y el informe de la marcha de la compañía así como la Memoria a los estados contables anuales constan en las actas de Directorio, los que se publican conforme las normas aplicables.

Capacitación y Desarrollo de Directores. El Directorio debe establecer un programa de capacitación continua para sus integrantes y ejecutivos gerenciales, con el objetivo de mantener y actualizar sus conocimientos y capacidades, y mejorar la eficacia del Directorio en su conjunto. Los Directores se mantienen actualizados en temas vinculados a política económica, regulaciones y toda otra materia de relevancia, temas que son tratados en las reuniones periódicas sobre la marcha de la Sociedad. Igual consideración corresponden para los mandos gerenciales. Por ello, el Directorio entiende que no hace falta adicionar actividades a las ya mencionadas.

INDEPENDENCIA DE LOS DIRECTORES

Directores independientes. El Directorio debe juzgar si quien propone la designación de directores debe exteriorizar, para su amplia difusión, una motivación suficiente respecto de la independencia de la persona indicada; efectuando las recomendaciones del caso. Se considera que la mención de la calidad de independiente o no independiente que reviste el miembro propuesto por los señores accionistas, lo cual consta en el acta del acto asambleario, es y resulta suficiente conforme lo establece la normativa de la CNV, la cual posee difusión y conocimiento público mediante la AIF.

Designación de Ejecutivos Gerenciales. El Directorio debe juzgar si con relación a la selección, propuesta y/o designación de ejecutivos gerenciales resulta aconsejable exteriorizar la motivación suficiente que le sirva de sustento y darle amplia difusión pública. Luego de realizar la evaluación de antecedentes y profesionalidad correspondientes, la designación de los niveles Ejecutivos Gerenciales es realizada a través de reuniones de Directorio, encontrándose transcriptas en el libro respectivo y publicado en la AIF, es decir que las mismas poseen amplia difusión pública.

Proporción de Directores Independientes. El Directorio debe explicitar -describiéndola, en caso afirmativo- si tiene una política dirigida a mantener una proporción de directores independientes sobre el número total de directores. También debe difundir públicamente la proporción de directores ejecutivos, no ejecutivos e independientes, indicando a que categoría pertenece cada director. La Sociedad da cumplimiento con lo Dispuesto por las Normas CNV en materia de directores independientes. Nos remitimos en tal sentido al punto anterior y destacamos que además dicha condición es informada por los Directores a posteriori de su designación a los accionistas, la CNV y al público en general mediante la presentación de las declaraciones juradas requeridas por la normativa vigente las que son publicadas en la AIF. El Directorio considera que en función de la cantidad mínima y máxima de Directores y de miembros del comité de Auditoría establecida por el Estatuto Social y de la normativa que regula una mayoría de Directores Independientes en el seno del comité de Auditoría, no resulta necesario establecer una política específica respecto de la proporción de Directores independientes sobre el total de Directores.

Reunión de Directores Independientes. El Directorio debe establecer si resulta adecuada la posibilidad de que realicen reuniones exclusivas los directores independientes. Cuando el Presidente del Directorio no sea independiente, los directores independientes deben designar un director líder independiente, que coordine el funcionamiento de sus comités, prepare la agenda de las reuniones de Directorio y mantenga reuniones específicas con los directores independientes. Todos los Directores son convocados a las reuniones de Directorio, tal como es su derecho y obligación, por lo tanto, si bien no está vedada dicha posibilidad, el Directorio considera que dicha concurrencia es suficiente y no resultaría necesaria la realización de reuniones específicas, ni tampoco el nombramiento de un director líder independiente.

RELACION CON LOS ACCIONISTAS

Información a los accionistas. El Directorio debe informar si promueve periódicamente reuniones informativas con los accionistas, fuera de la celebración de las asambleas. El Directorio informa que continuamente se promueven y realizan reuniones con los accionistas mayoritarios de índole informativa y aclarativa, aclarando que dichas reuniones cumplen con todas las normas que regulan el suministro de información. Por lo que se refiere a los accionistas minoritarios, la Sociedad entiende que con las publicaciones exigidas por las normas aplicables (a través del Boletín Oficial, el Boletín de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires, un diario de gran circulación y la AIF) la convocatoria a las asambleas adquiere amplia difusión y no es necesario tomar medidas adicionales.

Atención a inquietudes y consultas de los Accionistas. El Directorio debe precisar si la Sociedad cuenta con una oficina específica de atención a los accionistas para atender sus consultas e inquietudes, salvo las que puedan afectar la estrategia o planes futuros de la Sociedad. De resultar lo anterior atendible se expedirá sobre la obligación de producir informes periódicos sobre las cuestiones planteadas, para conocimiento de los accionistas, órganos sociales y autoridad de control. La Sociedad no cuenta con una oficina específica que atienda estos temas. La Sociedad no ha recibido de sus accionistas pedidos de información que justifiquen la organización de una oficina específica.

Participación de Accionistas Minoritarios en Asamblea. El Directorio debe emitir opinión fundada acerca de la procedencia de adoptar medidas particulares dirigidas a promover la asistencia y participación de accionistas minoritarios en las asambleas. El Directorio no estima pertinente adoptar alguna medida particular dirigida a promover la asistencia y participación de accionistas minoritarios en las asambleas a las ya previstas por la Ley Nº 19.550 y sus modificatorias, la normativa de la CNV y de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires.

Mercado de Control. El Directorio debe ponderar, en función de los intereses de los accionistas minoritarios, la conveniencia de la existencia de un mercado de control; en caso afirmativo, debe recomendar medidas específicas pasibles de ser adoptadas por la Sociedad para favorecer su desarrollo. En particular, el Directorio debe explicar fundadamente su decisión de adherir o no al sistema de régimen obligatorio de las ofertas públicas de adquisición (tag-along). La Sociedad ha realizado en el año 2010/2011 una Oferta Pública de Adquisición de las acciones y adhiere a tal régimen obligatorio.

Política de Dividendos. El Directorio debe evaluar, de acuerdo con las condiciones particulares de la Sociedad, la utilidad de fijar políticas de pago de dividendos en efectivo, explicitando las conclusiones a que arribe y motivaciones que las fundamenten. En su caso, debe describir el mecanismo empleado para efectuar la propuesta de pago (o no) de dividendos a la Asamblea de Accionistas. El artículo Vigésimo sexto del Estatuto Social establece el modo de distribución de las utilidades. La Sociedad no cuenta con una política en particular. El Directorio al momento de considerar los estados contables anuales expone, manifiesta y fundamenta su propuesta de distribución de utilidades a los señores accionistas.

RELACION CON LA COMUNIDAD

Comunicación vía Internet. El Directorio debe informar, si la Compañía cuenta con un sitio Web particular de libre acceso, que actualizada, fácil, suficiente y diferenciadamente suministre información y recoja inquietudes de los usuarios.

La sociedad no cuenta actualmente con una página web, la que se encuentra en proceso de diseño.

Requisitos del sitio. De contar con tal sitio, la Compañía debe garantizar que la información transmitida por medios electrónicos responda a los más altos estándares de confidencialidad e integridad y propender a la conservación y registro de la información.

Nos referimos al punto anterior y por lo tanto por el momento este ítem no aplica.

COMITÉS

Presidencia del Comité por un Director Independiente. El Directorio debe expedirse sobre la conveniencia de que la Presidencia del Comité de Auditoría corresponda en todo momento a un miembro independiente. El Directorio al designar el Comité de Auditoría analizo los criterios de independencia requeridos por la normativa de la Comisión Nacional de Valores.

Rotación de Síndicos y/o Auditores Externos. El Directorio debe analizar la utilidad de que la Sociedad cuente con políticas particulares referidas a la rotación de los miembros de la Comisión Fiscalizadora y/o del Auditor Externo; y a propósito del último, si la rotación incluye a la firma de auditoría externa o únicamente a los sujetos físicos. El Comité de Auditoría debe evaluar anualmente la idoneidad, independencia y desempeño del auditor externo y de los miembros del equipo de auditoría. La designación de los integrantes de la Comisión Fiscalizadora es una facultad propia y exclusiva de los accionistas. Los integrantes de la Comisión Fiscalizadora son elegidos considerando el conocimiento que tienen en la materia, y en especial por su destacada profesionalidad y prestigio.

Doble carácter de Síndico y Auditor. El Directorio debe considerar la procedencia de que los integrantes de la Comisión Fiscalizadora desempeñen además la auditoría externa o que pertenezcan a la firma que presta servicios de auditoría externa a la Sociedad. El Contador Certificante tanto Titular como Suplente, así como miembros de la Comisión Fiscalizadora pertenecen a la firma que presta servicios de auditoria externa a la Sociedad, manteniendo los correspondientes criterios de independencia requeridos en tal sentido, los que fueron debidamente analizados por el Directorio con anterioridad a la propuesta de designación ante la asamblea de accionistas.

Sistemas de Compensación. El Directorio debe pronunciarse expresamente sobre lo adecuado o inadecuado de contar con un Comité de Remuneraciones compuesto por directores no ejecutivos, que establezca claras políticas de remuneración de los directores, con especial atención a la consagración de limitaciones convencionales o estatutarias en función de la existencia o inexistencia de ganancias. De existir, el Comité de Remuneraciones es responsable por las políticas de remuneración y beneficios de la Compañía y debe: a) Revisar y evaluar anualmente su reglamento y presentar al Directorio las modificaciones para su aprobación; b) Informar anualmente al Directorio las pautas de valoración seguidas para determinar el nivel de remuneraciones de los directores, gerentes de primera línea, asesores y consultores de la Sociedad con relación a compañías comparables; y recomendar la remuneración de los directores, gerentes de primera línea, asesores y consultores de la Sociedad; c) Revisar la posición competitiva de las políticas y prácticas de la Compañía con respecto a remuneraciones y beneficios y aprobar los cambios correspondientes; d) Administrar el sistema de opciones de compra de acciones; e) Estar compuesto por tres directores, como mínimo; f) Tener mayoría de directores independientes; g) Informar regularmente al Directorio sobre las acciones emprendidas y los temas analizados en sus reuniones; h) Reunirse, como mínimo, dos veces por año; i) Solicitar asesoramiento externo si fuera necesario; j) Informar las pautas para determinar los planes de retiro de los directores y gerentes de primera línea de la sociedad. El Presidente del Comité de Remuneraciones debe estar disponible en la Asamblea de Accionistas que apruebe las remuneraciones al Directorio para explicar la política de la Compañía. Cada miembro del Comité de Remuneraciones debe acreditar suficiente idoneidad y experiencia en temas de recursos humanos, políticas de compensación y manejo de riesgos. El Directorio considera innecesaria en la actualidad la creación de un Comité de Remuneraciones, dadas las características de la empresa y el control a cargo de los Órganos legalmente exigidos (Comité de Auditoría)

Comité de Nombramientos y Gobierno Societario. El Comité de Nombramientos y Gobierno Societario debe fijar las normas y procedimientos inherentes a la selección de directores y ejecutivos clave, y determinar las normas de gobierno societario de la Compañía y supervisar su funcionamiento. A tales fines debe: a) Revisar y evaluar anualmente su reglamento y proponer al Directorio las modificaciones para su aprobación; b) Desarrollar los criterios para la selección de nuevos directores, el ejecutivo principal y los ejecutivos clave; c) Desarrollar planes de sucesión para el ejecutivo principal y los ejecutivos clave; d) Identificar y recomendar los candidatos a directores a ser propuestos por el Comité a la Asamblea de Accionistas; e) Recomendar los directores que habrán de integrar los diferentes Comités del Directorio; f) Establecer las políticas y los criterios para evaluar el desempeño del ejecutivo principal y de los ejecutivos clave; g) Recomendar y desarrollar las normas y procedimientos de Gobierno Societario de la Compañía y supervisar su funcionamiento, comprendiendo todos los aspectos incluidos en estas normas; h) Recomendar formas de mejorar el desempeño del Directorio y sus Comités; e i) Sugerir mecanismos para mejorar las relaciones y comunicaciones con los accionistas de la Compañía. La elección de los Directores, de acuerdo con la Ley Nº 19550, la normativa vigente y el Estatuto Social, es una facultad propia y exclusiva de la Asamblea General Ordinaria de Accionistas y en consecuencia no corresponde al Directorio fijar procedimientos o propuestas destinadas a la elección de los miembros del órgano de administración. Respecto de los Ejecutivos clave el procedimiento ya fue explicitado en el punto pertinente del presente informe del código de gobierno de la Sociedad.

Política de no discriminación en la integración del Directorio. El Comité de Nombramientos y Gobierno Societario debe velar para que la designación de integrantes del Directorio no se vea obstaculizada en razón de ninguna forma de discriminación. El Directorio considera que no es necesaria la creación de un comité con estas características, dado que los miembros del Directorio son propuestos y designados por los accionistas en la asamblea convocada a tal efecto. Hasta el presente no se ha tenido conocimiento que en las designaciones efectuadas por los señores accionistas se haya practicado alguna forma de discriminación.

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 09 de marzo de 2016

EL DIRECTORIO. Federico Tomasevich. Presidente.

Sin más asuntos que tratar se levanta la sesión siendo las 20,05 horas.

Federico Tomasevich

Presidente

CENTRAL URBANA S.A.