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CENTRAL COSTANERA S.A. Audit Report / Information 2021

Jul 29, 2021

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Audit Report / Information

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BOMCHIL

Proyecto 27-jul-21 - 17:22

Acta Nº 362: En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, siendo las 9:00 horas del 27 de julio de 2021, se reúnen por videoconferencia los miembros de la comisión fiscalizadora de Enel Generación Costanera S.A. con la presencia de los señores síndicos Máximo Luis Bomchil, Ricardo Falabella y José Antonio Tiscornia. Preside la reunión el Sr. Bomchil, quien manifiesta que debido a las restricciones de circulación impuestas por el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 297/2020 y sus sucesivas prórrogas como consecuencia de la emergencia sanitaria por la pandemia del COVID-19, no resulta posible celebrar esta reunión de comisión fiscalizadora de manera presencial, por lo que se ha implementado el sistema de videoconferencia. Continua informando que el directorio de la sociedad le ha hecho llegar para su análisis la siguiente documentación: estados financieros intermedios condensados correspondientes al período de seis meses finalizado el 30 de junio de 2021, que comprenden el estado del resultado integral de Enel Generación Costanera S.A., los estados de situación financiera, de cambios en el patrimonio y de flujos de efectivo por el período de seis meses finalizado en esa fecha y notas que los complementan. A su vez, le ha hecho llegar la reseña informativa requerida por las normas de la Comisión Nacional de Valores y la información adicional requerida por el Reglamento del Listado de Bolsas y Mercados Argentinos S.A., juntamente con el informe del auditor. Agrega el Sr. Bomchil que resulta necesario producir el informe que prescribe el artículo 294 de la ley Nº 19.550, a cuyo fin se ha preparado un informe que será presentado en la reunión de directorio correspondiente.

“INFORME DE LA COMISIÓN FISCALIZADORA

A los señores accionistas de ENEL GENERACIÓN COSTANERA S.A.

En nuestro carácter de miembros de la comisión fiscalizadora de Enel Generación Costanera S.A. de acuerdo con lo requerido por la Ley General de Sociedades y las normas de la Comisión Nacional de Valores, hemos examinado, con el alcance que se describe en el punto

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Proyecto 27-jul-21 - 17:22

II, los documentos detallados en el punto I siguiente. La preparación y emisión de los documentos citados es responsabilidad del directorio de la sociedad en ejercicio de sus funciones exclusivas. Nuestra responsabilidad es informar sobre dichos documentos en base al trabajo realizado con el alcance que se menciona en el punto II.

I. DOCUMENTOS OBJETO DEL INFORME

a) Estado del resultado integral por el período de seis meses finalizado el 30 de junio de 2021.

b) Estado de situación financiera por el período de seis meses finalizado el 30 de junio de 2021.

c) Estado de cambios en el patrimonio por el período de seis meses finalizado el 30 de junio de 2021.

d) Estado de flujos de efectivo por el período de seis meses finalizado el 30 de junio de 2021.

e) Notas 1 a 23 correspondientes a los estados financieros intermedios condensados al 30 de junio de 2021.

f) Reseña informativa sobre los estados financieros intermedios condensados al 30 de junio de 2021 requerida por el artículo 4 del Capítulo III, Título IV del Nuevo Texto Ordenado de la Comisión Nacional de Valores.

g) Información adicional a las notas a los estados financieros intermedios condensados al 30 de junio de 2021 requerida por el artículo 68 del Reglamento del Listado de Bolsas y Mercados Argentinos S.A. y el artículo 12 del Capítulo III, Título IV del Nuevo Texto Ordenado de la Comisión Nacional de Valores.

II. ALCANCE DE LA REVISIÓN

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Nuestro trabajo fue realizado de acuerdo con las normas de sindicatura vigentes. Dichas normas requieren la verificación de la congruencia de los documentos revisados con la información sobre las decisiones societarias expuestas en actas y la adecuación de dichas decisiones a la ley y al estatuto en lo relativo a sus aspectos formales y documentales.

Para la realización de dicho trabajo hemos tenido en cuenta el informe de la auditora externa Natalia P. Zabala (socia de la firma KPMG) de fecha 27 de julio de 2021 basado, según lo allí expuesto, en su revisión efectuada de acuerdo con la Norma Internacional sobre Encargos de Revisión 2410 “Revisión de información financiera intermedia realizada por el auditor independiente de la entidad”, emitida por el Consejo de Normas Internacionales de Auditoría y Aseguramiento, la cual fue adoptada como norma de revisión en la Argentina mediante la resolución técnica Nº 33 de la Federación Argentina de Concejos Profesionales de Ciencias Económicas.

III. CONCLUSIÓN

Conforme surge del informe de revisión de la auditora externa, el directorio de la sociedad es responsable por la preparación de los estados financieros en sus aspectos formales de acuerdo con lo dispuesto en las Normas Internacionales de Información Financiera (“NIIF”), adoptadas por la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas como normas contables profesionales e incorporadas por la Comisión Nacional de Valores (“CNV”) a su normativa, tal como fueron aprobadas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad, siendo entonces responsable por la preparación y presentación de los estados financieros de acuerdo con la Norma Internacional de Contabilidad 34 - Información Financiera Intermedia (“NIC 34”).

IV. MANIFESTACIÓN DE LA COMISIÓN FISCALIZADORA

En lo que es materia de nuestra competencia, los estados financieros

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intermedios condensados de Enel Generación Costanera S.A. al 30 de junio de 2021 cumplen con la Ley General de Sociedades y las normas pertinentes de la CNV.

Los estados financieros mencionados en el primer párrafo surgen de registros contables llevados, en sus aspectos formales, de conformidad con las normas legales vigentes, excepto en cuanto a que, por cuestiones de fuerza mayor, conforme se indica en la nota 2.1 a los estados financieros, el libro Diario solamente se encuentra actualizado hasta el mes de diciembre de 2019 y por las mismas razones, los estados financieros no han podido ser transcriptos al libro de Inventario y Balances.

No hemos efectuado ningún control de gestión y, por lo tanto, no hemos evaluado los criterios y decisiones empresarias de administración, financiación, comercialización, ni producción, dado que estas cuestiones son de responsabilidad exclusiva del directorio.

Basados en el trabajo realizado, no hemos tomado conocimiento de ninguna modificación importante que deba hacerse a:

a) Los estados financieros intermedios condensados mencionados en el primer párrafo, para que los mismos se consideren confeccionados de conformidad con la Ley General de Sociedades y las normas de la CNV.

b) La información adicional a las notas a los estados financieros requerida por el artículo 68 del Reglamento de Listado de Bolsas y Mercados Argentinos S.A.

En ejercicio de control de legalidad que nos compete, hemos aplicado durante el período los distintos procedimientos descriptos en el artículo 294 de la ley N° 19.550 que consideramos necesarios de acuerdo con las circunstancias, no teniendo observaciones que formular al respecto.

Buenos Aires, 27 de julio de 2021

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por la Comisión Fiscalizadora MÁXIMO L. BOMCHIL”

Luego de una breve deliberación, se aprueba por unanimidad el informe de la comisión fiscalizadora, autorizándose al Sr. Máximo Luis Bomchil a suscribir el informe en representación de esta comisión.

No habiendo más asuntos que tratar y siendo las 9:30 horas se levanta la reunión.

MÁXIMO LUIS BOMCHIL

RICARDO FALABELLA

JOSÉ ANTONIO TISCORNIA