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CENTRAL COSTANERA S.A. AGM Information 2013

Apr 12, 2013

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Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 12 de abril de 2013

Señores

Comisión Nacional de Valores

25 de Mayo 175

BUENOS AIRES

De mi consideración:

ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA Y EXTRAORDINARIA DEL 05/04/2013

Conforme lo dispuesto en el artículo 4 f) del capítulo II, libro I de las normas de esa Comisión Nacional de Valores, texto según Resolución General 590/2011, adjunto se acompaña copia del acta de la asamblea general ordinaria y extraordinaria de Endesa Costanera S.A. celebrada el 05 de abril de 2013. El acta se encuentra en proceso de firma.

Sin otro particular, saludo a Uds. muy atentamente.

Rodrigo Quesada

Responsable de Relaciones

con el Mercado

ENDESA COSTANERA S.A.

ACTA DE ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA

y EXTRAORDINARIA DEL 05/04/2013

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, siendo las 10:50 horas del día 05 de abril de 2013, se reúnen en primera convocatoria en la sede social de Av. España 3301, en asamblea general ordinaria y extraordinaria, los accionistas de Endesa Costanera S.A. Preside la reunión el señor Presidente -Joaquín Galindo Vélez- quien informa que conforme surge a foja 49 del Libro de Depósito de Acciones y Registro de Asistencia a Asambleas Generales N° 2, se encuentran presentes 6 accionistas, 2 por sí y 4 por poder que representan el 82,93% del capital y de las acciones, es decir 121.901.833 acciones, que otorgan derecho a igual número de votos.

Se encuentran presentes el señor Vicepresidente José María Hidalgo, los directores Roberto Fagan, Fernando Antognazza, César Amuchástegui y la licenciada Patricia Charvay, el Gerente General Ing. José Miguel Granged, el Gerente de Administración y Finanzas Cdr. Fernando Boggini, el Gerente de Organización y RRHH Lic. Rodolfo Bettinsoli, el Gerente de Producción Ing. Francisco Monteleone, el Gerente Jurídico Rodrigo Quesada, los síndicos Patricio Martin, Hector Huici y Miguel Cosenza, la Dra. Cristina Luis en representación de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires, la Dra. Maria Ines Pont Lezica en representación de la Comisión Nacional de Valores y el Contador Ezequiel Calciati en representación de Pistrelli, Henry Martin y Asociados S.R.L, firma miembro de Ernst & Young Global, la cual se ha desempeñado como auditora de los estados contables del ejercicio a considerar.

Encontrándose reunido el quórum correspondiente para sesionar como asamblea ordinaria y como extraordinaria cuando se trate los puntos 3 (i) y 4 del orden del día, el señor Presidente declara válidamente constituida la asamblea y pone a consideración de los señores accionistas los puntos del orden del día que dicen:

1. Designación de dos accionistas para firmar el acta juntamente con el presidente de la asamblea:

Toma la palabra la representante del accionista Empresa Nacional de Electricidad S.A. quien propone que se designe a los representantes de los accionistas Endesa Argentina S.A. y ANSES-FGS para firmar el acta juntamente con el Presidente.

Sometida a votación, la moción es aprobada por unanimidad.

2. Consideración de la documentación del artículo 234 inciso 1º de la ley de sociedades comerciales correspondiente al ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2012:

Antes de tratar este punto del orden día el señor Presidente dirige unas palabras a los presentes con relación al ejercicio que se trae a consideración. Seguidamente, el Gerente General informa sobre la gestión de la compañía. Toma la palabra el señor Presidente, quien somete a consideración de los señores accionistas la memoria del directorio y los estados contables correspondientes al ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2012. La representante del accionista Endesa Argentina S.A. propone que en virtud del conocimiento que han tenido los presentes de los documentos a considerar y que los mismos se encuentran transcriptos en el libro inventario y balances N° 6 se den por leídos y se omita su transcripción en actas como así también que sean aprobados.

El representante del accionista ANSES-FGS pide la palabra y anticipa su abstención por no compartir ciertos contenidos y argumentos consignados en la Memoria y en ciertas notas a los estados contables.

Sometida a votación, la moción es aprobada por unanimidad de votos computables.

3. Consideración de la situación de pérdida de capital en los términos del artículo 94, inciso 5º y 96 de la ley Nº 19.550. Medidas vinculadas con la situación patrimonial de la sociedad a adoptarse alternativa o conjuntamente: (i) reintegro de capital social las veces necesarias para evitar la disolución; o (ii) aumento de capital social por un monto máximo equivalente a las pérdidas acumuladas al 31.12.12. Modalidad de la integración: en efectivo o en especie; mediante capitalización de créditos u otros aportes en especie. Delegación en el directorio de la época y demás condiciones de la emisión de las acciones ordinarias, o disposición del reintegro o anulación de parte de las acciones o canje de ellas, según corresponda.

El señor Presidente manifiesta que, tal como es de conocimiento de los accionistas, la compañía presenta en sus estados contables al 31 de diciembre de 2012, aprobados en el punto anterior, pérdidas acumuladas por $ 607.182.731, con un patrimonio negativo de $340.813.980. Manifiesta asimismo que el Directorio de la sociedad ha recomendado el aumento de capital como alternativa a la disolución, por un monto no inferior a $555.000.000, considerando que se han suscripto acuerdos con el mercado eléctrico que mejorarán los ingresos de la sociedad mientras que, a su vez, se espera que medidas regulatorias que se dicten colaboren a mejorar la situación de la sociedad. Agrega que el Directorio ha considerado asimismo la conveniencia de que una parte del aumento se realice en efectivo, por un monto no inferior a $170.000.000. Señala que de no mejorarse resultados o no reducirse pérdidas en los próximos meses, luego del aumento de capital, el capital de la sociedad se encontrará en situación de reducción obligatoria por lo que deberá resolverse dicha reducción a fin de absorber parte de los resultados acumulados negativos y así cumplir con lo prescripto en el artículo 206 de la Ley de Sociedades Comerciales. Informa que el Comité de Auditoría evaluó ciertos pasivos de la sociedad susceptibles de ser capitalizados, generando el informe que oportunamente se puso a disposición de los accionistas. Informa asimismo que no ha habido otros acreedores que hayan manifestado su intención de que se analicen sus créditos a los mismos efectos.

En este estado pide la palabra la representante del accionista Endesa Argentina S.A. y mociona para que se aumente el capital social por hasta $555.000.000, representativo del 377,5 % del capital social actual, mediante la emisión de hasta 555.000.000 de acciones ordinarias, escriturales, de $1,00 v/n cada una, con derecho a un voto por acción, sujeto a las autorizaciones del organismo de contralor. Señala que de aprobarse la capitalización mencionada se aumentará el capital de $ 146.988.378 a $ 701.988.378 mediante la emisión de hasta 555.000.000 acciones ordinarias, escriturales, de $1,00 v/n cada una, con derecho a un voto por acción y que oportunamente la asamblea deberá resolver si corresponde la reducción del capital para cumplir con el artículo 206 de la ley de sociedades comerciales. Mociona asimismo para que se aprueben las siguientes condiciones de emisión: a) Derechos que otorgarán las nuevas acciones: derecho a dividendos y otras acreencias en igualdad de condiciones con las acciones que se encuentren en circulación al momento de la suscripción, desde el momento en el que hayan sido efectivamente emitidas; b) Derecho de preferencia y de acrecer: los accionistas tendrán derecho de preferencia y de acrecer en la suscripción de nuevas acciones, en función de sus respectivas tenencias accionarias; c) Forma de integración: las acciones podrán integrarse (i) en dinero en efectivo o (ii) mediante la capitalización de créditos de accionistas y de sociedades relacionadas, y/o de nuevos créditos y/o aportes de accionistas que se generen a partir de esta asamblea, y que existan exclusivamente hasta la fecha del dictado de la autorización de oferta pública de las acciones a emitirse por la Comisión Nacional de Valores y que cuenten con el respectivo informe del Comité de Auditoría, cumpliendo con las exigencias de las normas aplicables; d) Época de emisión: delegar en el directorio la fijación de la época de la emisión; e) Agente de suscripción y de registro: designar a Caja de Valores S.A. como Agente de Suscripción y de Registro, para recibir las solicitudes de suscripción y de registro de las nuevas acciones; f) Fijación del precio: el precio de suscripción será de $1,00 por cada acción. El precio de suscripción deberá ser comunicado mediante publicación en el Boletín Diario de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires y a través de la Autopista de la Información Financiera a más tardar el día hábil bursátil inmediato anterior al día fijado como fecha de comienzo del período de suscripción de las nuevas acciones; g) Período y procedimiento para la suscripción del capital: delegar en el directorio la determinación de las formalidades que deberán ser cumplidas por los accionistas para ejercer el derecho de preferencia o el derecho de acrecer. El derecho de preferencia podrá ser ejercido, dentro del período de suscripción, en proporción a las acciones que posea cada accionista y los accionistas podrán ejercer el derecho de acrecer sobre el eventual remanente de la emisión no suscripta por quienes tenían derecho de suscripción preferente en el plazo que fije el Directorio; h) Integración de las acciones: delegar en el directorio la fijación de los plazos para la integración de las acciones a ser suscriptas. Tales plazos deberán considerar que al menos el 25% de la integración en efectivo deberá ser inmediata y el resto en el plazo que dicho órgano fije. La mora en la integración de las nuevas acciones se producirá en forma automática por el solo vencimiento de los plazos antes mencionados. En caso de mora, el directorio podrá optar por cualquiera de las alternativas previstas en el artículo 193 de la Ley de Sociedades Comerciales y normas concordantes, y exigir al accionista moroso el pago de una multa igual al monto adeudado, la cual deberá abonarse en efectivo; i) Destino de la emisión: disponer que los aportes que reciba la sociedad en efectivo y los créditos que se capitalicen estarán destinados a la recomposición de su patrimonio; j) Saldo no colocado de la emisión: disponer que se efectuará ofrecimiento a accionistas y empresas relacionadas que tuvieran créditos contra la sociedad que cuenten con opinión favorable del Comité de Auditoría, de las acciones no suscriptas en ejercicio de los derechos de suscripción preferente y de acrecer y, en consecuencia, se delega en el directorio la facultad de determinar el monto definitivo del aumento del capital luego del período de suscripción; k) Autorización de oferta pública y cotización: disponer que las nuevas acciones a emitirse estarán sujetas al régimen de oferta pública y cotización en la Bolsa de Comercio de Buenos Aires, a cuyos efectos, mociono para que se autorice a los Dres. Rodrigo Quesada, Vanesa Carrafiello, Patricio Alberto Martin, Francisco Susmel, Florencia Pagani, María Victoria Funes, Marcela Alejandra Gigena, Micaela Palomo, María Victoria Tuculet, María Sol Ramoneda y Victoria Trigo para que, actuando indistintamente cualesquiera de ellos, realicen las presentaciones y suscriban toda la documentación que se acompañe a las mismas (incluyendo versiones preliminares del prospecto) ante la Comisión Nacional de Valores y/o la Bolsa de Comercio de Buenos Aires, tomando vista de las actuaciones, teniendo dichas personas, en forma también indistinta, la facultad de contestar vistas, impulsar los trámites y realizar, en fin, cuantos más trámites fueren menester para obtener las autorizaciones de oferta pública, cotización y negociación de las acciones a ser emitidas, suscribiendo a tales efectos toda la documentación que resulte necesaria; l) Delegación en el directorio: delegar en el directorio, con facultad de subdelegación en uno o más de sus integrantes y/o gerentes de primera línea, las facultades relativas a la determinación del monto, la época de la emisión, forma, condiciones de pago y los demás términos y condiciones de la emisión. Entre las facultades que se delegan al directorio se encuentran las siguientes, sin limitación: (i) la determinación del inicio del período de suscripción preferente; (ii) la fijación y/o modificación de cualquier término y/o condición que sea necesaria o requerida por los organismos de contralor y/o las restantes entidades involucradas; (iii) la aprobación del prospecto definitivo; (iv) la determinación del monto del capital e intereses de los créditos a ser capitalizados a la fecha de inicio del período de suscripción preferente; (v) la determinación del monto definitivo del aumento de capital dentro del monto máximo que sea aprobado por la asamblea; (vi) la suscripción de cualquier contrato que sea necesario, entre ellos, sin limitación, el contrato a ser suscripto con Caja de Valores S.A. para su actuación como Agente de Suscripción y de Registro de las nuevas acciones; y (vii) la suscripción de cualquier aviso relativo al aumento de capital. Asimismo, autorizar al directorio para que cualesquiera de sus integrantes en forma indistinta realicen todos los trámites pertinentes ante los organismos reguladores.

Sometidas a votación, las mociones del accionista Endesa Argentina S.A. son aprobadas por unanimidad.

4. Reducción del plazo para el ejercicio del derecho de suscripción preferente:

El señor Presidente manifiesta que para el tratamiento de este punto del orden del día, la asamblea sesiona con carácter de extraordinaria.

La representante del accionista Endesa Argentina S.A. mociona para que se reduzca el plazo para el ejercicio de los derechos de suscripción preferente y de acrecer para la suscripción de las nuevas acciones, hasta el mínimo legal de diez días conforme con lo dispuesto por el artículo 194 de la ley 19.550.

Sometida a votación, la moción es aprobada por unanimidad.

5. Consideración de la gestión del directorio y de la comisión fiscalizadora que actuaron durante el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2012:

La representante del accionista Empresa Nacional de Electricidad S.A. mociona por la aprobación de la gestión del directorio y de los integrantes de la comisión fiscalizadora.

La moción es aprobada por unanimidad.

6. Consideración de las remuneraciones al directorio ($270.000) correspondientes al ejercicio económico finalizado el 31 de diciembre de 2012 el cual arrojó quebranto computable en los términos de las Normas de la Comisión Nacional de Valores. Consideración de las remuneraciones a los miembros de la comisión fiscalizadora que actuaron durante el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2012. Régimen de honorarios para el ejercicio en curso:

La representante del accionista Endesa Argentina S.A. manifiesta que la asamblea general ordinaria celebrada el 23 de marzo de 2012 fijó los honorarios de los directores y síndicos titulares para el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2012 sujeto a lo que resolviera esta asamblea. Debido al resultado negativo del ejercicio, conforme lo dispuesto en el artículo 261 de la Ley de Sociedades Comerciales no corresponde el pago de honorarios a los miembros del directorio. No obstante ello, teniendo en cuenta la realización de funciones especiales por parte de los directores miembros del comité de auditoría en los términos del artículo antes citado, mociona para que se aprueben para cada uno de dichos directores en concepto de honorarios anuales la suma de $ 90.000; mociona asimismo para que se aprueben en concepto de honorarios para cada uno de los síndicos titulares la suma de $45.000 anuales. Estos montos, agrega, serán pagados teniendo en consideración la concurrencia a las reuniones que durante el ejercicio 2012 tuvieron los directores y síndicos titulares y los directores y síndicos suplentes que ocasionalmente sustituyeron a los titulares, encomendando a la administración de la sociedad proceder a la asignación individual de los honorarios conforme los montos y pautas antes referidos.

Sometida a votación, la moción es aprobada por unanimidad

Antes de considerar el siguiente punto del orden del día, la representante del accionista Endesa Argentina S.A. toma la palabra y propone que, sujeto a lo que resuelva la asamblea de accionistas que trate los estados contables correspondientes al ejercicio que finalizará el 31 de diciembre de 2013, se fijen para el ejercicio en curso los honorarios de los directores titulares miembros del Comité de Auditoría en $ 90.000 anuales para cada uno, por las especiales tareas que realizan, y en $ 45.000 anuales para cada uno de los restantes directores titulares y síndicos titulares.

Sometida a votación, la moción es aprobada por unanimidad votos computables, considerando la abstención del accionista ANSES-FGS.

7. Fijación del número de directores titulares y suplentes. Su designación. Presupuesto del comité de auditoría:

La representante del accionista Endesa Argentina S.A. propone que se fije en 8 el número de directores titulares y en 8 el número de directores suplentes.

La moción es aprobada por unanimidad.

Antes de pasar a considerar la elección de las personas que ocuparán los cargos de directores de la sociedad, el señor Presidente informa que un accionista notificó su intención de votar acumulativamente para la elección de directores. Consecuentemente, conforme lo establecido en el artículo 263 de la ley de sociedades comerciales Nº 19.550, todos los accionistas se encuentran facultados para votar por el sistema de voto acumulativo. A su vez, informa que conforme lo dispone el mencionado artículo, hasta un tercio de las vacantes pueden ser elegidas por el sistema de voto acumulativo. En mérito de ello, solicita a los accionistas se sirvan indicar el sistema elegido para la votación.

La representante del accionista Endesa Argentina S.A. propone que las siguientes personas sean designadas directores titulares de la Sociedad: Joaquín Galindo Vélez, José María Pedro Hidalgo Martín-Mateos, Fuad Eduardo Escaffi Johnson, María Inés Justo, Máximo Luis Bomchil, Cesar Fernando Amuchástegui, Matías Brea y Rodolfo Silvio Bettinsoli; y que las siguientes personas sean designadas directores suplentes de la sociedad: Roberto José Fagan, Francisco Domingo Monteleone, Fernando Claudio Antognazza, Jorge Raúl Burlando Bonino, Fernando Carlos Luis Boggini, Claudio Cristian Iglesis Guillard, Rodrigo Quesada y Mariana Cecilia Mariné.

Seguidamente informa, conforme lo dispuesto por el art. 4° del Capítulo XXI del Libro 6 de las Normas de la Comisión Nacional de Valores (N.T. 2001), la condición de “independientes” o “no independientes” de los candidatos. Al respecto manifiesta que los directores propuestos Joaquín Galindo Vélez, José María Pedro Hidalgo Martín-Mateos, Fuad Eduardo Escaffi Johnson, María Inés Justo, Máximo Luis Bomchil, Rodolfo Silvio Bettinsoli, Roberto José Fagan, Francisco Domingo Monteleone, Fernando Claudio Antognazza, Jorge Raúl Burlando Bonino, Fernando Carlos Luis Boggini, Claudio Cristian Iglesis Guillard, Rodrigo Quesada y Mariana Cecilia Mariné revisten el carácter de “no independientes” en los términos de la citada norma y del artículo 11, capítulo III, libro I de las normas de la Comisión Nacional de Valores; y que los directores propuestos señores, César Amuchástegui y Matías Brea, revisten el carácter de "independientes" según dichas normas.

Seguidamente el representante del accionista ANS-FGS manifiesta que vota por el sistema acumulativo y propone a la Lic. Patricia Charvay como director titular y al contador público Damián Camacho como director suplente, manifestando que ambos revisten el carácter de “independientes”, conforme las normas de la Comisión Nacional de Valores antes citadas.

Efectuado el cómputo de los votos, los candidatos propuestos por el representante del accionista ANSES-FGS desplazarían a un candidato a director titular y a un candidato a director suplente propuestos por el accionista Endesa Argentina S.A. por una mayoría de 157.579.840 votos contra 102.204.353 votos. En este estado pide la palabra la representante del accionista Endesa Argentina S.A. y manifiesta que prescinde de la candidatura del Lic. Rodolfo Silvio Bettinsoli y de la Dra. Mariana Cecilia Mariné.

Como consecuencia de la votación, el directorio de Endesa Costanera S.A. queda integrado de la siguiente manera:

Directores Titulares Directores Suplentes
Joaquín Galindo Vélez Roberto José Fagan
José María Pedro Hidalgo Martín-Mateos Francisco Domingo Monteleone
Fuad Eduardo Escaffi Johnson Fernando Claudio Antognazza
María Inés Justo Jorge Raúl Burlando Bonino
Máximo Luis Bomchil Fernando Carlos Luis Boggini
Cesar Fernando Amuchástegui Claudio Cristian Iglesis Guillard
Matías Brea Rodrigo Quesada
Patricia Charvay Damián Camacho

Asimismo, se resuelve por unanimidad fijar en la suma de $ 50.000 el presupuesto del comité de auditoría para el ejercicio 2013.

8. Elección de miembros titulares y suplentes de la comisión fiscalizadora:

El señor Presidente informa que un accionista ha notificado su intención de votar acumulativamente para la elección de los miembros de la comisión fiscalizadora. Consecuentemente, conforme lo establecido en los artículos 289 y 263 de la ley de sociedades comerciales Nº 19.550, todos los accionistas se encuentran facultados para votar por el sistema de voto acumulativo. Por tal motivo, solicita a los accionistas se sirvan indicar el sistema elegido para la votación.

Seguidamente, toma la palabra la representante del accionista Southern Cone Power Argentina S.A., quien propone que las siguientes personas sean designadas miembros titulares y suplentes, respectivamente, de la comisión fiscalizadora de la sociedad:

Síndicos Titulares Síndicos Suplentes
Héctor Ruiz Moreno Florencia Wernicke
Carlos Grüneisen Sandra Mariela Hechtlinger
Miguel Ángel Cosenza Mario Alejandro Roisentul Williams

La representante del accionista Southern Cone Power Argentina S.A. agrega que los suplentes Florencia Wernicke y Sandra Mariela Hechtlinger actuarán como suplentes indistintamente de los señores Héctor Ruiz Moreno y Carlos Gruneisen, mientras que el señor Roisentul Williams actuará como suplente exclusivamente del señor Cosenza.

Toma la palabra el representante del accionista ANSES-FGS e informa que renuncia expresamente al derecho de votar acumulativamente dado que la propuesta de la representante del accionista Southern Cone Power Argentina S.A. incluye a los contadores públicos Miguel Ángel Cosenza y Mario Alejandro Roisentul Williams para integrar la comisión fiscalizadora de la sociedad como miembros titular y suplente, respectivamente.

Antes de proceder a la votación la representante del accionista Southern Cone Power Argentina S.A. informa que conforme lo dispuesto por el art. 4° del capítulo XXI del Libro 6 de las Normas de la Comisión Nacional de Valores (N.T. 2001), los doctores Héctor Ruiz Moreno, Carlos Grüneisen, Florencia Wernicke y Sandra Mariela Hechtlinger revisten la condición de “independientes”. Seguidamente, el representante del accionista ANSES-FGS informa a la asamblea, que los doctores Miguel Ángel Cosenza y Mario Alejandro Roisentul Williams revisten asimismo la condición de “independientes”.

Sometida a votación, la moción es aprobada por unanimidad.

9. Autorización a directores y síndicos para participar en sociedades con actividades en competencia con la sociedad de conformidad con los artículos 273 y 298 de la ley 19.550:

El señor Presidente informa que dado que los directores y síndicos designados desempeñan funciones como directores, síndicos y/o gerentes de otras compañías dedicadas a la generación de energía eléctrica, corresponde que esta asamblea los autorice a participar en sociedades con actividades en competencia, de acuerdo con lo establecido en los artículos 273 y 298 de la ley de sociedades comerciales.

Sometida a votación, la moción es aprobada por unanimidad.

10. Fijación de los honorarios del contador certificante correspondientes al ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2012 y designación del contador que certificará el balance del ejercicio que finalizará el 31 de diciembre de 2013:

La representante del accionista Endesa Argentina S.A. propone a la asamblea que apruebe como retribución total y global de los auditores de los estados contables cerrados el 31 de diciembre de 2012 la suma de $ 406.080 más IVA para la firma Pistrelli, Henry Martin y Asociados S.R.L.

Sometida a votación, la moción es aprobada por unanimidad de votos computables considerando la abstención del accionista ANSES-FGS.

El mismo accionista propone que se designen como auditores de los estados contables correspondientes al ejercicio que finalizará el 31 de diciembre de 2013 a los contadores públicos Ezequiel Alejandro Calciati, Enrique Carlos Grotz y Gustavo Jorge Capatti, miembros de Pistrelli, Henry Martin y Asociados SRL, firma miembro de Ernst & Young Global, y que su remuneración sea fijada por la asamblea que considere dichos estados contables, delegándose facultades en el directorio para establecer las modalidades de la prestación y hacer anticipos de honorarios.

Sometida a votación, la moción es aprobada por unanimidad de votos computables considerando la abstención del accionista ANSES-FGS.

Finalmente, se resuelve por unanimidad de votos computables - considerando la abstención del accionista ANSES-FGS- autorizar a los doctores Néstor Belgrano, y/o Tomás Miguel Araya y/o Florencia Pagani y/o Marcela Gigena y/o Micaela Palomo y/o Andrea Fabiana Paredes y/o Mariana Labombarda y/o Rodrigo Quesada y/o Vanesa Carrafiello para que en forma individual e indistinta realicen todos los trámites conducentes a la inscripción de lo resuelto por esta asamblea y efectúen las comunicaciones de rigor a los organismos y registros pertinentes, quedando a tal fin facultados para presentar escritos, publicar avisos, desglosar documentación, contestar vistas y realizar cualquier acto conducente al cumplimiento de este mandato.

No habiendo más asuntos que tratar y siendo las 11:55 horas se da por finalizada la asamblea.