Remuneration Information • Feb 27, 2025
Remuneration Information
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| Fecha fin del ejercicio de referencia: | 31/12/2024 | |
|---|---|---|
| CIF: | A08017535 | |
| Denominación Social: | ||
| CEMENTOS MOLINS, S.A. | ||
| Domicilio social: |
CARRETERA N-340, KM. 1.242,300, 08620, (SANT VICENÇ DELS HORTS), BARCELONA

A.1.1 Explique la política vigente de remuneraciones de los consejeros aplicable al ejercicio en curso. En la medida que sea relevante se podrá incluir determinada información por referencia a la política de retribuciones aprobada por la junta general de accionistas, siempre que la incorporación sea clara, específica y concreta.
Se deberán describir las determinaciones específicas para el ejercicio en curso, tanto de las remuneraciones de los consejeros por su condición de tal como por el desempeño de funciones ejecutivas, que hubiera llevado a cabo el consejo de conformidad con lo dispuesto en los contratos firmados con los consejeros ejecutivos y con la política de remuneraciones aprobada por la junta general.
En cualquier caso, se deberá informar, como mínimo, de los siguientes aspectos:
Por lo que respecta a los principios y fundamentos generales de la política de remuneraciones, y en relación con los consejeros externos, ésta persigue que la remuneración sea adecuada a la dedicación y responsabilidad asumidas, acorde con la que se satisfaga en el mercado en compañías de similar tamaño o actividad, sin que pueda comprometer su independencia. En cuanto al consejero ejecutivo el criterio rector fundamental es ofrecer un sistema retributivo que permita cumplir con las mejores prácticas y que sea competitivo respecto de los existentes en corporaciones comparables a nivel nacional e internacional.
La política de remuneraciones de los consejeros es objeto de aprobación por la junta general de accionistas conforme a lo preceptuado legalmente, sobre la base de la propuesta sometida a la junta general por la comisión de nombramientos y retribuciones. Corresponderá al consejo de administración, a propuesta de la comisión de nombramientos y retribuciones, la resolución de cualesquiera conflicto de interés que pudieren suscitarse con ocasión de la aplicación de la política de remuneraciones de los consejeros.
La retribución del consejo de administración se establece anualmente según el siguiente proceso: la comisión de nombramientos y retribuciones, normalmente a finales del año anterior, realiza una propuesta sobre la remuneración del consejo de administración. Esta comisión está integrada por tres consejeros, dos independientes y uno adscrito a la categoría de "consejero dominical". Dicha propuesta es objeto de análisis por parte del consejo de administración, a partir de lo cual éste somete su propia propuesta de cara a la aprobación por parte de la junta general ordinaria de accionistas del ejercicio correspondiente del máximo retributivo del consejo de administración, en los términos del artículo 217.3 de la Ley de Sociedades de Capital (LSC). El acuerdo correspondiente para 2024 fue adoptado por la junta general ordinaria de accionistas celebrada en fecha 26.06.2024, en correspondencia con lo previsto en la Política de Remuneraciones de los Consejeros (PRC) para el trienio 222-2024 entonces vigente.
En la política de remuneraciones vigente se establece que el consejo de administración, cuando concurran circunstancias que a su entender razonado así lo exijan o recomienden en aras a la preservación de los intereses de la Sociedad a largo plazo y su sostenibilidad o su viabilidad, a propuesta de la comisión de nombramientos y retribuciones que deberá emitir el correspondiente informe al efecto, podrá aplicar excepciones temporales a cualesquiera extremos de la Política de Remuneraciones en consideración de circunstancias sobrevenidas de naturaleza excepcional.
A.1.2 Importancia relativa de los conceptos retributivos variables respecto a los fijos (mix retributivo) y qué criterios y objetivos se han tenido en cuenta en su determinación y para garantizar un equilibrio adecuado entre los componentes fijos y variables de la remuneración. En particular, señale las acciones adoptadas por la sociedad en relación con el sistema de remuneración para reducir la exposición a riesgos excesivos y ajustarlo a los objetivos, valores e intereses a largo plazo de la sociedad, lo que incluirá, en su caso, una referencia a

medidas previstas para garantizar que en la política de remuneración se atienden a los resultados a largo plazo de la sociedad, las medidas adoptadas en relación con aquellas categorías de personal cuyas actividades profesionales tengan una repercusión material en el perfil de riesgos de la entidad y medidas previstas para evitar conflictos de intereses.
Asimismo, señale si la sociedad ha establecido algún período de devengo o consolidación de determinados conceptos retributivos variables, en efectivo, acciones u otros instrumentos financieros, un período de diferimiento en el pago de importes o entrega de instrumentos financieros ya devengados y consolidados, o si se ha acordado alguna cláusula de reducción de la remuneración diferida aún no consolidada o que obligue al consejero a la devolución de remuneraciones percibidas, cuando tales remuneraciones se hayan basado atendiendo a unos datos cuya inexactitud haya quedado después demostrada de forma manifiesta.
La retribución de los consejeros por sus funciones generales de administración se estructura, dentro del marco legal y estatutario, mediante el pago de (i) una cantidad anual alzada, con arreglo al calendario de liquidación que determina el consejo de administración, que la distribuye y asigna entre sus integrantes, conforme a lo dispuesto por el artículo 529 septedecies 2 LSC, en consideración de sus respectivas funciones, responsabilidades u otras circunstancias vinculadas a su desempeño según lo estime conveniente, así como (ii) las dietas por asistencia a las sesiones del consejo o sus comisiones según las determina el propio consejo para cada ejercicio. El presidente del consejo de administración podrá percibir, además de la cantidad fija y las dietas que con carácter anual le reconozca el consejo por su desempeño conforme a lo indicado anteriormente, cualesquiera cantidades adicionales o haberes en especie que, a propuesta de la comisión de nombramientos y retribuciones tenga reconocidos en su favor por el consejo de administración por sus funciones de presidente. Asimismo, los consejeros integrantes de la comisión de auditoría y cumplimiento, y de la de nombramientos y retribuciones, perciben la remuneración anual fija y las dietas descritas anteriormente, que reconoce para sus respectivos integrantes la singularidad de sus funciones en tanto que tales.
Las funciones ejecutivas desarrolladas por el consejero delegado en su condición de tal son objeto de remuneración específica, con carácter adicional a la que le corresponde por su desempeño de las funciones generales de administración conforme a lo indicado anteriormente. Dicha retribución ejecutiva, que se entiende establecida también en compensación del pacto de no competencia post-contractual, viene estructurada conforme se indica a continuación, según lo establecido en el contrato correspondiente: (a) retribución fija: determinada en línea con la de mercado para compañías de similar tamaño, estructura y actividad; y (b) retribución variable: determinada con arreglo a criterios objetivos a corto y largo plazo relacionados con el desempeño individual y la consecución de los objetivos empresariales de la Sociedad y de su Grupo, incluyendo un componente variable anual vinculado a la consecución de objetivos concretos, predeterminados, cuantificables y alineados con el interés social, ponderándose igualmente otros objetivos, en particular en materia de desarrollo sostenible. La retribución variable anual del consejero delegado, en función del grado de consecución de los objetivos, está establecida en el 50% de su retribución fija anual, que se entiende supone una ponderación adecuada y equilibrada. Conforme al contrato de prestación de servicios del consejero delegado y al protocolo de retribución variable, cuando las retribuciones se hayan satisfecho atendiendo a parámetros que se manifiesten posteriormente como erróneos o ante la eventualidad de que las cuentas anuales fueran posteriormente modificadas, variando también los datos utilizados para la fijación de la retribución variable, la comisión de nombramientos y retribuciones podrá proponer al consejo de administración el reembolso.
La estructura de retribución fija de los consejeros para el ejercicio 2025 es la siguiente: por el ejercicio de las funciones inherentes a la condición de consejero, perciben cada uno de ellos las cantidades fijas que se indican a continuación, establecidas de conformidad con la Política de Remuneraciones de los Consejeros (PRC) para los ejercicios 2025, 2026 y 2027 aprobada por la junta general ordinaria de accionistas de 2024 a propuesta del consejo de administración y a propuesta de la comisión de nombramientos y retribuciones: (i) vocal del consejo (incluyendo presidente y consejero delegado): 52.250 euros; (ii) presidente del consejo: 150.000 euros, adicionales a la partida precedente; (iii) vocales de la comisión de auditoría y cumplimiento y de la comisión de nombramientos y retribuciones: 18.150 euros; (iv) presidentes de las referidas comisiones: 23.650 euros; y (v) 700 euros, en concepto de dieta de asistencia, por cada reunión del consejo o de comisión a la que asistan.
Sujeto a su eventual revisión a propuesta del consejo de administración durante el primer semestre del ejercicio conforme a los procedimientos internos establecidos al efecto. Dicho componente retributivo fijo anual para el actual consejero delegado se estableció por referencia a la suma de 649.600 euros.

No es posible determinar los importes de los componentes de remuneración en especie que serán devengados en el ejercicio 2025 a favor el consejero delegado por el desempeño de sus funciones ejecutivas, que se determinarán en los términos previstos en el apartado A.1.2 precedente.
A.1.6 Importe y naturaleza de los componentes variables, diferenciando entre los establecidos a corto y largo plazo. Parámetros financieros y no financieros, incluyendo entre estos últimos los sociales, medioambientales y de cambio climático, seleccionados para determinar la remuneración variable en el ejercicio en curso, explicación de en qué medida tales parámetros guardan relación con el rendimiento, tanto del consejero, como de la entidad y con su perfil de riesgo, y la metodología, plazo necesario y técnicas previstas para poder determinar, al finalizar el ejercicio, el grado efectivo de cumplimiento de los parámetros utilizados en el diseño de la remuneración variable, explicando los criterios y factores que aplica en cuanto al tiempo requerido y métodos para comprobar que se han cumplido de modo efectivo las condiciones de rendimiento o de cualquier otro tipo a las que estaba vinculado el devengo y la consolidación de cada componente de la retribución variable.
Indique el rango en términos monetarios de los distintos componentes variables en función del grado de cumplimiento de los objetivos y parámetros establecidos, y si existe algún importe monetario máximo en términos absolutos.
Aparte del consejero delegado, los restantes integrantes del consejo no cuentan con una retribución variable. La retribución variable del consejero delegado se estructura con arreglo a dos componentes: a corto y a largo plazo. La retribución variable a corto plazo (RVCP) del consejero delegado correspondiente al ejercicio 2025, que se abonará en 2026, se cuantificó en el [50%] de su retribución fija anual, con la siguiente distribución de porcentajes: (i) rentabilidad del Grupo: 50%, medida sobre ebitda respecto del presupuesto; (ii) ratio de generación de liquidez (cash conversion rate): 20%; (iii) barómetro de sostenibilidad (BS): 20%; y (iv) cumplimiento de objetivos cualitativos personales establecidos para 2024 (objetivo individual): 10%.]
La consolidación de la retribución variable a corto plazo (RVCP) viene condicionada al cumplimiento de los parámetros indicados y se cuantifica, conforme a lo descrito a continuación, en función del porcentaje efectivo verificado de cumplimiento de cada uno de los mismos: sobre cada uno de los cuatro parámetros anteriormente referidos [puntos (i) a (iv) precedentes], se calcula una tasa de consecución respecto del valor de referencia o target definido para cada uno de ellos. En el caso de resultar ésta inferior al 70%, no se devengaría retribución variable alguna; a una tasa de consecución igual o superior al 70% pero inferior al 100%, se correspondería un devengo proporcional del componente retributivo variable entre el 50 y el 100%; a una tasa de consecución igual o superior al 100% hasta el 120%, se correspondería un devengo proporcional de la retribución variable entre el 100 y el 120%; siendo así que, de alcanzarse una tasa de consecución superior al 120%, la retribución variable a corto plazo vendría limitada en todo caso al 150% de su componente retributivo a target como importe potencial máximo.
En términos monetarios, los rangos según porcentaje de consecución de cada uno de los cuatro parámetros referidos se describen como sigue: [(a)rentabilidad generada por el Grupo en términos de ebitda recurrente [(i)ponderación sobre el total de la RVCP: 50%; (ii)valor relativo de referencia o target (100%): 324.800 euros; (iii) importes de devengo según tasa de consecución [70/100/>120%, respectivamente]: 162.400 euros, 324.800 euros y 487.200 euros; (b) cash conversion rate [(i) ponderación sobre el total de la RVCP: 20%; (ii) valor de referencia o target (100%): 129.920 euros; (iii) importes de devengo según tasa de consecución [70/100/>120%, respectivamente]: 64.960 euros, 129.920 euros y 194.880 euros; (c) barómetro de sostenibilidad, que integra cuatro índices; (w) el volumen de emisiones de dióxido de carbono (ponderación sobre el total del 5%) [(i) valor relativo de referencia o target (100%): 32.480 euros; (ii) importes de devengo según tasa de consecución [70/100/ >120%, respectivamente]: 16.240 euros, 32.480 euros y 48.720 euros; (x) la tasa de sustitución de uso de combustibles sólidos (ponderación sobre el total del 5%) [(i) valor relativo de referencia o target (100%): 32.480 euros; (ii) importes de devengo según tasa de consecución [70/100/ >120%, respectivamente]: 16.240 euros, 32.480 euros y 48.720 euros; (y) el índice de satisfacción de los empleados (ponderación sobre el total del 5%) [(i) valor relativo de referencia o target (100%): 32.480 euros; (ii) importes de devengo según tasa de consecución [70/100/ >120%, respectivamente]: 16.240 euros, 32.480 euros y 48.720 euros; y (z) el índice de frecuencia de accidentes laborales (ponderación sobre el total del 5%) [(i) valor relativo de referencia o target (100%): 32.480 euros; (ii) importes de devengo según tasa de consecución [70/100/ >120%, respectivamente]: 16.240 euros, 32.480 euros y 48.720 euros; y finalmente (d) el objetivo individual [(i) ponderación sobre el total de la RVCP: 10%; (ii) valor relativo de referencia o target (100%): 64.960 euros; (iii) importes de devengo según tasa de consecución [70/100/>120%, respectivamente]: 32.480 euros, 64.960 euros y 97.440 euros. El total máximo potencial de la retribución variable a corto plazo para el consejero delegado asciende a 974.400 euros].
En cuanto a la retribución variable a largo plazo (RVLP) del consejero delegado, ésta se devengará en el trienio 2024-2026 por un importe máximo equivalente al 180% de su retribución fija anual según se detalla a continuación, bajo la condición esencial de que se mantenga en el cargo a 31.12.2026, y se hará efectiva en el ejercicio 2027. Su consolidación se cuantifica en función del porcentaje efectivo verificado de cumplimiento de cada uno de los parámetros siguientes: [(i) beneficio neto consolidado total de los ejercicios 2024 a 2026, ambos inclusive, sin ajustes de tipo de cambio y considerando en su caso potenciales ajustes por causas no recurrentes, (este parámetro pondera a razón del 70% del total); (ii) promedio simple de la rentabilidad sobre capital invertido (ROIC) correspondiente a dichos ejercicios, calculado sobre ebit recurrente menos impuestos, dividido entre el promedio del capital invertido según balance inicial y final de cada ejercicio de referencia (patrimonio neto sin cómputo de hiperinflación, más deuda financiera), (este parámetro pondera a razón del 20% del total); y (iii) la reducción de las emisiones de CO2 (CO2/tn cementante) que es uno de los principales pilares del Roadmap 2030, (este parámetro pondera a razón del 10% del total).

El objetivo indicado en el punto (iii) anterior (valor de referencia o target 100% de la RVLP) consiste en la consecución del objetivo fijado para el último año del plan RVLP (2024-2026) de acuerdo con el Plan Estratégico aprobado para el mismo período y en función del límite mínimo y máximo que se determine para ese año.
La consolidación de la RVLP se produce a partir de un 80% de cumplimiento de los dos parámetros (i), (ii) y (iii) antes indicados, al que correspondería un 50% de consecución de la misma, con devengo proporcional lineal hasta el 100% de la retribución fija anual. A partir del 100%, la consolidación de la RVLP es lineal hasta un 120%. La consecución de objetivos por encima del 120% se correspondería con un máximo del 150% de la retribución fija anual.
A.1.7 Principales características de los sistemas de ahorro a largo plazo. Entre otra información, se indicarán las contingencias cubiertas por el sistema, si es de aportación o prestación definida, la aportación anual que se tenga que realizar a los sistemas de aportación definida, la prestación a la que tengan derecho los beneficiarios en el caso de sistemas de prestación definida, las condiciones de consolidación de los derechos económicos a favor de los consejeros y su compatibilidad con cualquier tipo de pago o indemnización por resolución o cese anticipado, o derivado de la terminación de la relación contractual, en los términos previstos, entre la sociedad y el consejero.
Se deberá indicar si el devengo o consolidación de alguno de los planes de ahorro a largo plazo está vinculado a la consecución de determinados objetivos o parámetros relacionados con el desempeño a corto y largo plazo del consejero.
Véase apartado B.9 subsiguiente, donde se describe de forma agregada la estructura del sistema de previsión social correspondiente.
A.1.8 Cualquier tipo de pago o indemnización por resolución o cese anticipado o derivado de la terminación de la relación contractual en los términos previstos entre la sociedad y el consejero, sea el cese a voluntad de la empresa o del consejero, así como cualquier tipo de pactos acordados, tales como exclusividad, no concurrencia post-contractual y permanencia o fidelización, que den derecho al consejero a cualquier tipo de percepción.
El consejero delegado es el único integrante del consejo de administración que tiene derecho a percibir una indemnización en caso de cese y extinción de su contrato de servicios en los términos descritos en el apartado A.1.9 subsiguiente.
A.1.9 Indique las condiciones que deberán respetar los contratos de quienes ejerzan funciones de alta dirección como consejeros ejecutivos. Entre otras, se informará sobre la duración, los límites a las cuantías de indemnización, las cláusulas de permanencia, los plazos de preaviso, así como el pago como sustitución del citado plazo de preaviso, y cualesquiera otras cláusulas relativas a primas de contratación, así como indemnizaciones o blindajes por resolución anticipada o terminación de la relación contractual entre la sociedad y el consejero ejecutivo. Incluir, entre otros, los pactos o acuerdos de no concurrencia, exclusividad, permanencia o fidelización y no competencia post-contractual, salvo que se hayan explicado en el apartado anterior.
Adicionalmente a lo descrito en el apartado precedente, es de reseñar la existencia de un pacto de no competencia post-contractual según el cual el consejero delegado se obliga, tras la extinción del contrato de servicios por cualquier causa, a no prestar servicios, directa o indirectamente, por cuenta ajena o propia, por sí, por persona interpuesta o mediante cualquier otro de tipo de relación jurídica, a empresas involucradas en la fabricación y comercialización de cemento, hormigón, mortero, áridos y prefabricados, respecto de mercados en los que la Sociedad esté ejerciendo su actividad en el momento de la extinción del contrato de servicios. El pacto de no competencia post-contractual tiene una duración de dos (2) años a computar desde la fecha de la extinción de la relación y se extenderá geográficamente a aquellos territorios en los que el Grupo lleve a cabo la producción y comercialización de sus productos o servicios, ya sea a través de Cementos Molins o de cualquier otra de las sociedades que lo integran. La indemnización que tiene derecho a percibir el consejero delegado en caso de cese y extinción del referido contrato de servicios, engloba y subsume la obligación de no competencia post-contractual establecida en el propio contrato de servicios. Asimismo, el importe de la indemnización se verá reducido adicionalmente por cualesquiera cantidades o bienes percibidos de las demás sociedades del Grupo por cualquier concepto indemnizatorio, pago por terminación o compensación por cualesquiera otras obligaciones de no competencia post-contractual.

A.1.10La naturaleza e importe estimado de cualquier otra remuneración suplementaria que será devengada por los consejeros en el ejercicio en curso en contraprestación por servicios prestados distintos de los inherentes a su cargo.
No existe ninguna remuneración suplementaria por servicios prestados distintos de los inherentes a su cargo.
A.1.11 Otros conceptos retributivos como los derivados, en su caso, de la concesión por la sociedad al consejero de anticipos, créditos y garantías y otras remuneraciones.
No existe retribución en forma de anticipos, créditos y garantías concedidos a los consejeros.
A.1.12La naturaleza e importe estimado de cualquier otra remuneración suplementaria prevista no incluida en los apartados anteriores, ya sea satisfecha por la entidad u otra entidad del grupo, que se devengará por los consejeros en el ejercicio en curso.
No existen otras remuneraciones suplementarias no incluidas en los apartados anteriores.
En fecha 26.06.2024, la junta general ordinaria de accionistas de Cementos Molins aprobó la nueva Política de Remuneraciones de los Consejeros, que rige para el trienio 2025-2027, sin cambios significativos respecto de la aplicable para el trienio precedente.
A.3. Identifique el enlace directo al documento en el que figure la política de remuneraciones vigente de la sociedad, que debe estar disponible en la página web de la sociedad.
La Política de Remuneraciones de los Consejeros está disponible en la dirección: https://www.molins.es/inversores/politicas-corporativas/.
A.4. Explique, teniendo en cuenta los datos facilitados en el apartado B.4, cómo se ha tenido en cuenta el voto de los accionistas en la junta general a la que se sometió a votación, con carácter consultivo, el informe anual de remuneraciones del ejercicio anterior.
La junta general de accionistas celebrada el 26.06.2024 aprobó, por unanimidad de los accionistas presentes y representados, el informe anual de remuneraciones de los consejeros correspondiente al ejercicio 2023, sometido a votación con carácter consultivo conforme a la normativa aplicable.
B.1.1 Explique el proceso que se ha seguido para aplicar la política de remuneraciones y determinar las retribuciones individuales que se reflejan en la sección C del presente informe. Esta información incluirá el papel desempeñado por la comisión de retribuciones, las decisiones tomadas por el consejo de administración y,

La retribución de los integrantes del consejo de administración se determina con sujeción al marco establecido por la Política de Retribución de los Consejeros (PRC) aprobada, para el trienio 2022-2024, por la junta general ordinaria de accionistas de la Sociedad de fecha 29.06.2022, y dentro de los límites máximos fijados a cada año por parte de la junta general, todo ello a los fines de lo prescrito en los artículos 217.3 y 529 novodecies LSC.
Los importes correspondientes al ejercicio 2024 son los siguientes: (i) vocal del consejo (incluyendo presidente y consejero delegado): 52.250 euros; (ii) presidente del consejo: 150.000 euros, adicionales a la partida precedente; (iii) vocales de la comisión de auditoría y cumplimiento y de la comisión de nombramientos y retribuciones: 18.150 euros; (iv) presidentes de las referidas comisiones: 23.650 euros; y (v) 700 euros, en concepto de dieta de asistencia, por cada reunión del consejo o de comisión a la que asistan. El importe correspondiente a la retribución variable del consejero delegado, corresponde con el importe indicado en apartado A.1.6 precedente.
B.1.2 Explique cualquier desviación del procedimiento establecido para la aplicación de la política de remuneraciones que se haya producido durante el ejercicio.
No aplicable.
B.1.3 Indique si se ha aplicado cualquier excepción temporal a la política de remuneraciones y, de haberse aplicado, explique las circunstancias excepcionales que han motivado la aplicación de estas excepciones, los componentes específicos de la política retributiva afectados y las razones por las que la entidad considera que esas excepciones han sido necesarias para servir a los intereses a largo plazo y la sostenibilidad de la sociedad en su conjunto o para asegurar su viabilidad. Cuantifique, asimismo, el impacto que la aplicación de estas excepciones ha tenido sobre la retribución de cada consejero en el ejercicio.
B.2. Explique las diferentes acciones adoptadas por la sociedad en relación con el sistema de remuneración y cómo han contribuido a reducir la exposición a riesgos excesivos y ajustarlo a los objetivos, valores e intereses a largo plazo de la sociedad, incluyendo una referencia a las medidas que han sido adoptadas para garantizar que en la remuneración devengada se ha atendido a los resultados a largo plazo de la sociedad y alcanzado un equilibrio adecuado entre los componentes fijos y variables de la remuneración, qué medidas han sido adoptadas en relación con aquellas categorías de personal cuyas actividades profesionales tengan una repercusión material en el perfil de riesgos de la entidad, y qué medidas han sido adoptadas para evitar conflictos de intereses, en su caso.
La política de remuneraciones se ajusta a los objetivos, valores e intereses de Cementos Molins. En relación con el establecimiento de un equilibrio adecuado entre los componentes fijos y variables de la remuneración, los criterios de la política retributiva de Cementos Molins para la alta dirección del Grupo establecen una estructura variable que se calcula en función de porcentajes sobre la retribución fija que se liquidan conforme a los objetivos logrados. El peso de la retribución variable viene determinado por la posición que se ocupa en el seno de la organización. Aquellas categorías de personal que, por su desempeño, puedan tener repercusión material en el perfil de riesgo de la entidad cuentan con un sistema de retribución variable a corto y largo plazo vinculado al logro de objetivos ligados directamente con el cumplimiento de los presupuestos anuales. Por otra parte, excepto por lo reseñado para el consejero delegado, no existe sistema de retribución variable para los restantes consejeros.
Informe igualmente sobre la relación entre la retribución obtenida por los consejeros y los resultados u otras medidas de rendimiento, a corto y largo plazo, de la entidad, explicando, en su caso, cómo las variaciones en el rendimiento de la sociedad han podido influir en la variación de las remuneraciones de los consejeros,

La remuneración devengada en el ejercicio 2024 cumplió con lo dispuesto en la Política de Remuneraciones de los Consejeros, tanto en relación con los componentes fijos como los variables, conforme a lo detallado en los apartados B.6 y B.7 subsiguientes.
El alineamiento de la referida política con los objetivos corporativos de rendimiento sostenible y con el interés social a corto, medio y largo plazo viene expresado por los criterios de indexación de los componentes sobre cuyo comportamiento de cálculo y devengo de retribución variable del consejero delegado. En términos monetarios, los rangos según porcentaje de consecución de cada uno de los cuatro parámetros a que se sujeta la retribución variable a corto plazo (RVCP) referidos se describen como sigue: (a) rentabilidad generada por el Grupo en términos de ebitda recurrente [(i) ponderación sobre el total de la RVCP: 50%; (ii) valor relativo de referencia o target (100%): 72.500 euros; (iii) importes de devengo según tasa de consecución [70/100/>120%, respectivamente]: 36.250 euros, 72.500 euros y 108.750 euros; (b) cash conversion rate [(i) ponderación sobre el total de la RVCP: 20%; (ii) valor de referencia o target (100%): 29.000 euros; (iii) importes de devengo según tasa de consecución [70/100/ >120%, respectivamente]: 14.500 euros, 29.000 euros y 43.500 euros; (c) barómetro de sostenibilidad, que integra tres índices; (x) el volumen de emisiones de dióxido de carbono (ponderación sobre el total del 7%) [(i) valor relativo de referencia o target (100%): 10.150 euros; (ii) importes de devengo según tasa de consecución [70/100/>120%, respectivamente]: 5.075 euros, 10.150 euros y 15.225 euros; (y) la tasa de sustitución de uso de combustibles sólidos (ponderación sobre el total del 6%) [(i) valor relativo de referencia o target (100%): 8.700 euros; (ii) importes de devengo según tasa de consecución [70/100/>120%, respectivamente]: 4.350 euros, 8.700 euros y 13.050 euros; y (z) el índice de frecuencia de accidentes laborales (ponderación sobre el total del 7%) [(i) valor relativo de referencia o target (100%): 10.150 euros; (ii) importes de devengo según tasa de consecución [70/100/>120%, respectivamente]: 5.075 euros, 10.150 euros y 15.225 euros]; y finalmente (d) el objetivo individual [(i) ponderación sobre el total de la RVCP: 10%; (ii) valor relativo de referencia o target (100%): 14.500 euros; (iii) importes de devengo según tasa de consecución [70/100/>120%, respectivamente]: 7.250 euros, 14.500 y 21.750 euros. El total máximo potencial de la retribución variable a corto plazo para el consejero delegado asciende a 217.500 euros.
B.4. Informe del resultado de la votación consultiva de la junta general al informe anual sobre remuneraciones del ejercicio anterior, indicando el número de abstenciones y de votos negativos, en blanco y a favor que se hayan emitido:
| Número | % sobre el total | |||
|---|---|---|---|---|
| Votos emitidos | 50.056.995 | 94,80 | ||
| Número | % sobre emitidos | |||
| Votos negativos | 0,00 | |||
| Votos a favor | 50.048.408 | 99,98 | ||
| Votos en blanco | 8.587 | 0,02 | ||
| Abstenciones | 0,00 | |||
El acuerdo, de fecha 26.06.2024, se aprobó –sobre un total de 50.056.995 acciones que emitieron válidamente su voto, representativas de un 94,798% del capital presente y de un 75,711% del total del capital social– con el voto a favor de 50.048.408 acciones, representativas de un 94,782% del capital presente; y con la abstención de 8.587 acciones, representativas de un 0,016% del citado capital. Las acciones en autocartera, sin derecho a voto, ascendían al tiempo de la citada junta general ordinaria, a un 4,309%.
Los componentes fijos de la retribución para 2024 de los integrantes del consejo de administración fueron acordados por el consejo de administración a propuesta de la comisión de nombramientos y retribuciones en los términos previstos en el apartado B.1 precedente como sigue: (i) vocal del consejo (incluyendo presidente y consejero delegado): 52.250 euros; (ii) presidente del consejo: 150.000 euros adicionales a la partida precedente; (iii) vocales de la comisión de auditoría y cumplimiento y de la comisión de nombramientos y retribuciones: 18.150 euros; (iv) presidentes de las referidas comisiones: 23.650 euros; y (v) 700 euros, en concepto de dieta de asistencia, por cada reunión del consejo o de comisión a la que asistan. Estos importes coinciden con los componentes fijos de la retribución del año 2023.

B.6. Explique cómo se han determinado los sueldos devengados y consolidados, durante el ejercicio cerrado, por cada uno de los consejeros ejecutivos por el desempeño de funciones de dirección, y cómo han variado respecto al año anterior.
La retribución del consejero delegado es objeto de validación anual por la comisión de nombramientos y retribuciones, con arreglo al contrato suscrito entre la Sociedad y el consejero delegado. La retribución en especie a favor del consejero delegado, como parte de su retribución total, incluye el beneficio de un seguro de vida e invalidez. Del mismo modo, el consejero delegado disfruta de coche de empresa para cumplir con sus funciones.
En ocasión de la junta general ordinaria de 2024 y del consejo de administración celebrado en la misma fecha, se produjo el relevo en el cargo del consejero delegado.
La retribución fija anual para quien lo fue hasta entonces fue de 725.540,29 euros. Conforme a lo anterior, la retribución total de dicho consejero delegado durante el ejercicio de 2024 ascendió a un total de 5.373.980,61 euros, desglosado como sigue: (i) retribución fija: 362.770,15 euros; (ii) retribución en tanto que consejero: 26.125 euros; (iii) dietas de asistencia: 5.600 euros; (iv) retribución variable a corto plazo correspondiente a 2023: 454.509,36 euros; (v) retribución variable correspondiente a largo plazo 2020-2024: 2.962.812,61 euros; (vi) indemnización: 1.541.773,12 euros; (vii) seguro de vida: 12.586,37 euros; (viii) renting vehículo: 6.294 euros; y (ix) seguro de asistencia sanitaria: 1.510 euros.
La retribución fija del actual consejero delegado y desde la fecha de su nombramiento 26.06.2024 fue de 290.0000 euros. Conforme a lo anterior, la retribución total de dicho consejero delegado durante el ejercicio de 2024 ascendió a un total de 328.771,92 euros, desglosado como sigue: (i) retribución fija: 290.000 euros; (ii) retribución en tanto que consejero: 26.125 euros; (iii) dietas de asistencia: 4.200 euros; (iv) seguro de vida: 432,42 euros; (v) renting vehículo: 5.351,46 euros; y (vi) seguro de asistencia sanitaria: 2.663,04 euros.
B.7. Explique la naturaleza y las principales características de los componentes variables de los sistemas retributivos devengados y consolidados en el ejercicio cerrado.

Los consejeros no ejecutivos no disponen de retribución variable, ni a corto ni a largo plazo. En lo que concierne al actual consejero delegado, percibe una retribución variable anual a corto plazo (RVCP) por un importe máximo del 50% de su retribución básica, sujeto al cumplimiento de los objetivos establecidos por el consejo de administración y que se determina sujeto a propuesta de la comisión de nombramientos y retribuciones. Corresponde al consejo de administración, a partir de la citada propuesta de la comisión de nombramientos y retribuciones, determinar el grado de consecución de los objetivos y decidir sobre la retribución variable y su importe. La determinación de la retribución variable, así como la forma de pago de esta última, se efectúa siguiendo los parámetros y las reglas establecidos en cada momento en la política de remuneraciones de los consejeros (PCR) de Cementos Molins. La retribución variable anual valora, con periodicidad anual, la aportación a la consecución de objetivos prefijados, concretos y cuantificables, relacionados con variables económico-financieras, así como con cuestiones vinculadas al logro de los objetivos propuestos. Los objetivos establecidos para el consejero delegado tienen en cuenta los indicadores y ponderaciones que fije el consejo de administración, a propuesta de la comisión de nombramientos y retribuciones. La retribución variable anual se calcula aplicando sobre el conjunto de la retribución dineraria fija un porcentaje en función de la consecución de los objetivos previamente fijados. La cuantía de la retribución variable a corto plazo fijada para el año 2024 para el consejero delegado es de 145.000 euros.
Según lo indicado, la retribución variable del consejero delegado se estructura con arreglo a dos componentes: retribución variable a corto y a largo plazo. La consolidación de la retribución variable a corto plazo (RVCP) viene condicionada al cumplimiento de los parámetros siguientes: (i) ebitda, (ii) cash conversion rate, (iii) barómetro de sostenibilidad y (iv) objetivos individuales, y se cuantifica, conforme a lo detallado en el apartado B.3 precedente, en función del porcentaje efectivo verificado de cumplimiento de cada uno de los mismos. El total máximo potencial de la retribución variable a corto plazo (RVCP) para el consejero delegado asciende a 217.500 euros.
En cuanto a la retribución variable a largo plazo (RVLP) del actual consejero delegado, ésta se devengará en el trienio 2024-2026 por un importe máximo equivalente al 180% de su retribución fija anual, bajo la condición esencial de que el consejero delegado se mantuviera en el cargo a dicha fecha, cual ha sido el caso. La RVLP se cuantificará y se hará efectiva en el ejercicio 2027 de conformidad con los términos del Protocolo RVLP correspondiente mediante los acuerdos societarios a tales fines requeridos. Para el 2025, la estructura de la RVLP es la misma descrita para el ejercicio en curso bajo el apartado A.1.6 precedente. El cumplimiento de los respectivos objetivos concede al consejero delegado el derecho a la percepción de la retribución variable a largo plazo en el primer trimestre del ejercicio siguiente al de su finalización, correspondiendo de igual forma a la comisión de nombramientos y retribuciones valorar el grado de consecución de los objetivos previamente fijados y siendo su propuesta sometida a la aprobación del Consejo de administración. El desglose de objetivos y niveles de consecución por objetivo viene detallado en el apartado A1.6 precedente.
B.8. Indique si se ha procedido a reducir o a reclamar la devolución de determinados componentes variables devengados cuando se hubiera, en el primer caso, diferido el pago de importes no consolidados o, en el segundo caso, consolidado y pagado, atendiendo a unos datos cuya inexactitud haya quedado después demostrada de forma manifiesta. Describa los importes reducidos o devueltos por la aplicación de las cláusulas de reducción (malus) o devolución (clawback), por qué se han ejecutado y los ejercicios a que corresponden.
No se han dado las circunstancias indicadas.
B.9. Explique las principales características de los sistemas de ahorro a largo plazo cuyo importe o coste anual equivalente figura en los cuadros de la Sección C, incluyendo jubilación y cualquier otra prestación de supervivencia, que sean financiados, parcial o totalmente, por la sociedad, ya sean dotados interna o externamente, indicando el tipo de plan, si es de aportación o prestación definida, las contingencias que cubre, las condiciones de consolidación de los derechos económicos a favor de los consejeros y su compatibilidad con cualquier tipo de indemnización por resolución anticipada o terminación de la relación contractual entre la sociedad y el consejero.
El consejo de administración aprobó en 2024, con el informe favorable de la comisión de nombramientos y retribuciones, el reglamento del sistema de previsión a favor del consejero delegado, instrumentado mediante una póliza de seguro colectivo cuyo beneficiario exclusivo es este último. El plan de ahorro establecido por la Sociedad a favor del consejero delegado responde a la modalidad de aportación definida para las contingencias de supervivencia, incapacidad permanente en cualquiera de sus grados, fallecimiento y dependencia. El consejero delegado adquirirá la condición de beneficiario cuando alcance la edad de 65 años o si, antes, deviniere afecto por incapacidad permanente o dependiente en cualquiera de sus grados. En el supuesto de fallecimiento, adquirirían la condición de beneficiario las personas que aquél hubiera designado. En el supuesto de que perdiese su condición de consejero delegado como consecuencia de la destitución, separación o no reelección en su cargo, siempre que no se hubiera producido por incumplimiento grave y culpable de sus obligaciones contractuales o no fuese consecuencia de dimisión o renuncia a su cargo, el consejero delegado, como participante en el plan, mantendrá los derechos económicos sobre las aportaciones empresariales realizadas hasta el momento del cese y mantendrá el derecho a percibir las prestaciones del plan, aunque no podrá exigir el abono

de dichas prestaciones hasta que se produzca alguna de las contingencias cubiertas según lo indicado. El importe de la prestación a percibir viene determinado por la suma de las aportaciones empresariales y los rendimientos netos generados durante su acogimiento al plan. Podrá percibirlo en forma de capital, en los términos del contrato de seguro suscrito, en forma de renta, o en una combinación de capital y renta. Las aportaciones correspondientes a la financiación del plan consisten en un 15% de la remuneración básica anual del consejero delegado. De conformidad con el contrato suscrito en fecha 26.06.2024, de suspensión de su relación laboral previa, de dicha aportación se deducirá, cada año, el importe de las aportaciones que la Sociedad realizará en interés del consejero delegado derivadas de los compromisos por pensiones asumidos por aquélla en interés de éste, correspondientes al plan de pensiones de empleo y al contrato de seguro de vida colectivo vigentes en cada momento para los miembros de su comité ejecutivo (comex) y calculados según su retribución vigente a 25.06.2024, oportunamente revalorizadas. Los citados compromisos por pensiones en interés del consejero delegado ligados a su etapa como directivo de la Sociedad ascendieron, para 2024, a un total de 19.067,08 euros, siendo así que la aportación en 2024 al sistema de previsión propio como consejero delegado, instrumentado mediante la citada póliza de seguro, ascendió a la suma de 24.432,92 euros.
En lo que respecta a los consejeros no ejecutivos, éstos no disponen de sistemas de ahorro a largo plazo, ni ningún otro instrumento retributivo que contemple cualquier clase de pago por el cese en sus funciones como administradores de la Sociedad.
B.10. Explique, en su caso, las indemnizaciones o cualquier otro tipo de pago derivados del cese anticipado, sea el cese a voluntad de la empresa o del consejero, o de la terminación del contrato, en los términos previstos en el mismo, devengados y/o percibidos por los consejeros durante el ejercicio cerrado.
No aplicable.
B.11. Indique si se han producido modificaciones significativas en los contratos de quienes ejerzan funciones de alta dirección como consejeros ejecutivos y, en su caso, explique las mismas. Asimismo, explique las condiciones principales de los nuevos contratos firmados con consejeros ejecutivos durante el ejercicio, salvo que se hayan explicado en el apartado A.1.
No se han producido modificaciones significativas en el contrato suscrito con el anterior consejero delegado a los fines de lo previsto por el artículo 249.3 LSC, quien fue relevado en el cargo de consejero delegado en ocasión de la junta general ordinaria de 2024 y del consejo de administración celebrado en la misma fecha.
Respecto a las condiciones principales en el contrato de prestación de servicios suscrito con el actual consejero delegado a los fines de lo previsto por el artículo 249.3 LSC han sido explicadas en el apartado A.1 precedente.
Adicionalmente, el contrato mercantil de prestación de servicios suscrito entre la Sociedad y el consejero delegado (el "Contrato de Servicios") establece el derecho del consejero delegado a percibir de la Sociedad una indemnización en caso de cese y extinción contractual por cualquiera de las siguientes causas: (i) Extinción unilateral por parte del consejero delegado por incumplimiento grave por parte de la Sociedad de las obligaciones que incumben a esta con arreglo al Contrato de Servicios; (ii) Extinción unilateral del Contrato de Servicios por la Sociedad sin justa causa, vaya dicha extinción acompañada o no del cese o no renovación de su puesto como miembro del consejo de administración de la Sociedad; o (iii) Extinción unilateral del Contrato de Servicios por parte del consejero delegado, con dimisión simultánea de su cargo de consejero, en caso de producirse un cambio en la estructura de control de la Sociedad en el sentido previsto en el artículo 42 del Código de Comercio por referencia del artículo 5 de la Ley del Mercado de Valores y de los Servicios de Inversión, cuando sea a resultas de una oferta pública de adquisición de las acciones de la Sociedad, o cesión o transmisión de todo o parte relevante de su actividad o de sus activos y pasivos a un tercero (excluyendo supuestos de fusión u otra operación societaria de modificación estructural de efectos análogos).
El derecho a percibir la indemnización a que refieren los precedentes supuestos extintivos queda condicionado a que el consejero delegado renuncie de modo simultaneo a todos los cargos que pudiera acreditar en las restantes sociedades del Grupo.
En los supuestos previstos en los apartados (i) y (ii) anteriores, la indemnización a percibir por el consejero delegado equivaldrá al agregado de (a) la Retribución Básica aplicable al entero ejercicio en que se produzca la extinción contractual y (b) la Retribución Variable Anual (a prorrata sobre el target nominal 100%) correspondiente a dicho ejercicio. En caso de terminación del Contrato de Servicios como consecuencia del acaecimiento del supuesto previsto en apartado (iii) anterior, el consejero delegado tendrá derecho a una indemnización equivalente al duplo del agregado de (a) la Retribución Básica aplicable al ejercicio precedente a aquel en que se produjera la terminación contractual y (b) la Retribución Variable Anual (a prorrata sobre el target nominal 100%) correspondiente a dicho ejercicio.
El régimen indemnizatorio aquí descrito engloba y compensa la obligación de no competencia post-contractual. Asimismo, el importe de la indemnización que proceda en su caso conforme a lo indicado, se verá reducido adicionalmente por cualesquiera cantidades o bienes percibidos de las restantes sociedades del Grupo por cualquier concepto indemnizatorio, pago por terminación o compensación por obligaciones de no competencia post-contractual.
En el supuesto de que la Sociedad cese al consejero delegado de sus cargos de consejero o de consejero delegado y aquélla resuelva el Contrato de Servicios por justa causa, el consejero delegado no tendrá derecho a percibir indemnización alguna. Se entiende por "justa causa", el incumplimiento grave y culpable de los deberes de lealtad, diligencia y buena fe conforme a los cuales el consejero delegado debe desempeñar su cargo en la Sociedad, así como cualquier otro incumplimiento grave y culpable de las obligaciones asumidas en virtud del Contrato de Servicios o de cualesquiera otras relaciones orgánicas o de servicios que pudieran existir entre el consejero delegado y otras sociedades del Grupo Molins, con arreglo a lo dispuesto en la normativa aplicable o en los estatutos, los reglamentos o cualesquiera disposiciones adoptadas por la Sociedad.

La extinción del Contrato de Servicios por la causa prevista en el apartado (iii) del tercer párrafo del presente apartado deberá notificarse por escrito en el plazo máximo de un (1) año a contar desde la fecha en que el consejero delegado hubiere tenido conocimiento de la misma. Expirado dicho plazo sin haber ejercitado su derecho a la terminación, el consejero delegado no tendrá derecho a percibir indemnización alguna al respecto.
No aplicable.
B.13. Explique cualquier retribución derivada de la concesión de anticipos, créditos y garantías, con indicación del tipo de interés, sus características esenciales y los importes eventualmente devueltos, así como las obligaciones asumidas por cuenta de ellos a título de garantía.
No existe retribución en forma de concesión de anticipos, créditos y garantías.
B.14. Detalle la remuneración en especie devengada por los consejeros durante el ejercicio, explicando brevemente la naturaleza de los diferentes componentes salariales.
Según lo indicado, no se devengaron remuneraciones en especie a favor de los consejeros no ejecutivos. La remuneración en especie devengada en favor del consejero delegado viene detallada en el apartado B.6 anterior.
B.15. Explique las remuneraciones devengadas por el consejero en virtud de los pagos que realice la sociedad cotizada a una tercera entidad en la cual presta servicios el consejero, cuando dichos pagos tengan como fin remunerar los servicios de éste en la sociedad.
No aplicable.
B.16. Explique y detalles los importes devengados en el ejercicio en relación con cualquier otro concepto retributivo distinto de los anteriores, cualquiera que sea su naturaleza o la entidad del grupo que lo satisfaga, incluyendo todas las prestaciones en cualquiera de sus formas, como cuando tenga la consideración de operación vinculada o, especialmente, cuando afecte de manera significativa a la imagen fiel de las remuneraciones totales devengadas por el consejero, debiendo explicarse el importe otorgado o pendiente de pago, la naturaleza de la contraprestación recibida y las razones por las que se habría considerado, en su caso, que no constituye una remuneración al consejero por su condición de tal o en contraprestación por el desempeño de sus funciones ejecutivas, y si se ha considerado apropiado o no incluirse entre los importes devengados en el apartado de "otros conceptos" de la sección C.
No aplicable.

| Nombre | Tipología | Periodo de devengo ejercicio 2024 |
|---|---|---|
| Don JUAN MOLINS AMAT | Presidente Dominical | Desde 01/01/2024 hasta 31/12/2024 |
| Don JOAQUÍN Mª MOLINS GIL | Vicepresidente Dominical | Desde 01/01/2024 hasta 31/12/2024 |
| Don JOAQUÍN Mª MOLINS LÓPEZ-RODÓ | Vicepresidente Dominical | Desde 01/01/2024 hasta 31/12/2024 |
| Don JULIO RODRÍGUEZ IZQUIERDO | Consejero Ejecutivo | Desde 01/01/2024 hasta 26/06/2024 |
| Don MARCOS CELA REY | Consejero Ejecutivo | Desde 26/06/2024 hasta 31/12/2024 |
| Doña ANDREA KATHRIN CHRISTENSON | Consejero Independiente | Desde 01/01/2024 hasta 31/12/2024 |
| Doña SOCORRO FERNÁNDEZ LARREA | Consejero Independiente | Desde 01/01/2024 hasta 31/12/2024 |
| Don RAFAEL VILLASECA MARCO | Consejero Independiente | Desde 01/01/2024 hasta 31/12/2024 |
| Don JEAN-CARLOS ANGULO | Consejero Independiente | Desde 01/01/2024 hasta 31/12/2024 |
| Don JUAN MOLINS MONTEYS | Consejero Dominical | Desde 01/01/2024 hasta 31/12/2024 |
| Doña BEATRIZ MOLINS DOMINGO | Consejero Dominical | Desde 01/01/2024 hasta 31/12/2024 |
| Don CARLES RIVERA MOLINS | Consejero Dominical | Desde 01/01/2024 hasta 31/12/2024 |
| Don SEBASTIÀ ALEGRE ROSSELLÓ | Consejero Dominical | Desde 01/01/2024 hasta 31/12/2024 |

| Nombre | Remuneración fija |
Dietas | Remuneración por pertenencia a comisiones del consejo |
Sueldo | Retribución variable a corto plazo |
Retribución variable a largo plazo |
Indemnización | Otros conceptos |
Total ejercicio 2024 |
Total ejercicio 2023 |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Don JUAN MOLINS AMAT | 202 | 9 | 211 | 210 | ||||||
| Don JOAQUÍN Mª MOLINS GIL | 52 | 18 | 18 | 88 | 80 | |||||
| Don JOAQUÍN Mª MOLINS LÓPEZ-RODÓ | 52 | 9 | 61 | 56 | ||||||
| Don JULIO RODRÍGUEZ IZQUIERDO | 26 | 6 | 363 | 455 | 2.963 | 1.542 | 20 | 5.375 | 1.124 | |
| Don MARCOS CELA REY | 26 | 4 | 290 | 8 | 328 | |||||
| Doña ANDREA KATHRIN CHRISTENSON | 52 | 18 | 24 | 94 | 88 | |||||
| Doña SOCORRO FERNÁNDEZ LARREA | 52 | 17 | 18 | 87 | 83 | |||||
| Don RAFAEL VILLASECA MARCO | 52 | 17 | 24 | 93 | 83 | |||||
| Don JEAN-CARLOS ANGULO | 52 | 15 | 18 | 85 | 83 | |||||
| Don JUAN MOLINS MONTEYS | 52 | 9 | 61 | 56 | ||||||
| Doña BEATRIZ MOLINS DOMINGO | 52 | 17 | 18 | 87 | 81 | |||||
| Don CARLES RIVERA MOLINS | 52 | 9 | 61 | 56 | ||||||
| Don SEBASTIÀ ALEGRE ROSSELLÓ | 52 | 9 | 61 | 56 |
Observaciones
Según lo indicado anteriormente, D. Julio Rodríguez Izquierdo fue el consejero delegado de la Sociedad hasta el 26.06.2024, fecha en la que dicho cargo pasó a ser ocupado por D. Marcos Cela Rey.

| Nombre | Instrumentos financieros al principio del ejercicio 2024 |
Instrumentos financieros concedidos durante el ejercicio 2024 |
Instrumentos financieros consolidados en el ejercicio | Instrumentos vencidos y no ejercidos |
Instrumentos financieros al final del ejercicio 2024 |
|||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Denominación del Plan |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes/ consolidadas |
Precio de las acciones consolidadas |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados (miles €) |
Nº instrumentos |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
|
| Don JUAN MOLINS AMAT |
N/A | 0,00 | ||||||||||
| Don JOAQUÍN Mª MOLINS GIL |
N/A | 0,00 | ||||||||||
| Don JOAQUÍN Mª MOLINS LÓPEZ RODÓ |
N/A | 0,00 | ||||||||||
| Don JULIO RODRÍGUEZ IZQUIERDO |
N/A | 0,00 | ||||||||||
| Don MARCOS CELA REY |
N/A | 0,00 | ||||||||||
| Doña ANDREA KATHRIN CHRISTENSON |
N/A | 0,00 | ||||||||||
| Doña SOCORRO FERNÁNDEZ LARREA |
N/A | 0,00 | ||||||||||
| Don RAFAEL VILLASECA MARCO |
N/A | 0,00 | ||||||||||
| Don JEAN-CARLOS ANGULO |
N/A | 0,00 | ||||||||||
| Don JUAN MOLINS MONTEYS |
N/A | 0,00 | ||||||||||
| Doña BEATRIZ MOLINS DOMINGO |
N/A | 0,00 |

| Instrumentos financieros Instrumentos financieros al concedidos durante principio del ejercicio 2024 el ejercicio 2024 |
Instrumentos financieros consolidados en el ejercicio | Instrumentos vencidos y no ejercidos |
Instrumentos financieros al final del ejercicio 2024 |
|||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Denominación del Plan |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes/ consolidadas |
Precio de las acciones consolidadas |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados (miles €) |
Nº instrumentos |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
| Don CARLES RIVERA MOLINS |
N/A | 0,00 | ||||||||||
| Don SEBASTIÀ ALEGRE ROSSELLÓ |
N/A | 0,00 |
Según lo indicado anteriormente, D. Julio Rodríguez Izquierdo fue el consejero delegado de la Sociedad hasta el 26.06.2024, fecha en la que dicho cargo pasó a ser ocupado por D. Marcos Cela Rey.
| Nombre | Remuneración por consolidación de derechos a sistemas de ahorro |
|---|---|
| Don JUAN MOLINS AMAT | |
| Don JOAQUÍN Mª MOLINS GIL | |
| Don JOAQUÍN Mª MOLINS LÓPEZ-RODÓ | |
| Don JULIO RODRÍGUEZ IZQUIERDO | 54 |
| Don MARCOS CELA REY | 24 |
| Doña ANDREA KATHRIN CHRISTENSON | |
| Doña SOCORRO FERNÁNDEZ LARREA |

| Nombre | Remuneración por consolidación de derechos a sistemas de ahorro |
|---|---|
| Don RAFAEL VILLASECA MARCO | |
| Don JEAN-CARLOS ANGULO | |
| Don JUAN MOLINS MONTEYS | |
| Doña BEATRIZ MOLINS DOMINGO | |
| Don CARLES RIVERA MOLINS | |
| Don SEBASTIÀ ALEGRE ROSSELLÓ |
| Aportación del ejercicio por parte de la sociedad (miles €) | Importe de los fondos acumulados (miles €) | |||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Sistemas de ahorro con derechos económicos consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos no consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos no consolidados |
||||
| Ejercicio 2024 | Ejercicio 2023 | Ejercicio 2024 | Ejercicio 2023 | Ejercicio 2024 | Ejercicio 2023 | Ejercicio 2024 | Ejercicio 2023 | |
| Don JUAN MOLINS AMAT | 2.479 | 2.335 | ||||||
| Don JOAQUÍN Mª MOLINS GIL | ||||||||
| Don JOAQUÍN Mª MOLINS LÓPEZ-RODÓ |
||||||||
| Don JULIO RODRÍGUEZ IZQUIERDO |
54 | 105 | 860 | 788 | ||||
| Don MARCOS CELA REY | 24 | 448 | ||||||
| Doña ANDREA KATHRIN CHRISTENSON |
||||||||
| Doña SOCORRO FERNÁNDEZ LARREA |

| Aportación del ejercicio por parte de la sociedad (miles €) | Importe de los fondos acumulados (miles €) | |||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Sistemas de ahorro con derechos económicos consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos no consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos no consolidados |
||||
| Ejercicio 2024 | Ejercicio 2023 | Ejercicio 2024 | Ejercicio 2023 | Ejercicio 2024 | Ejercicio 2023 | Ejercicio 2024 | Ejercicio 2023 | |
| Don RAFAEL VILLASECA MARCO |
||||||||
| Don JEAN-CARLOS ANGULO | ||||||||
| Don JUAN MOLINS MONTEYS | ||||||||
| Doña BEATRIZ MOLINS DOMINGO |
||||||||
| Don CARLES RIVERA MOLINS | ||||||||
| Don SEBASTIÀ ALEGRE ROSSELLÓ |
Observaciones
Solo se consignan datos en los supuestos donde son de aplicación. Según lo indicado anteriormente, D. Julio Rodríguez Izquierdo fue el consejero delegado de la Sociedad hasta el 26.06.2024, fecha en la que dicho cargo pasó a ser ocupado por D. Marcos Cela Rey.
| Nombre | Concepto | Importe retributivo |
|---|---|---|
| Don JUAN MOLINS AMAT | N/A | |
| Don JOAQUÍN Mª MOLINS GIL | N/A | |
| Don JOAQUÍN Mª MOLINS LÓPEZ-RODÓ | N/A |

| Nombre | Concepto | Importe retributivo |
|---|---|---|
| Don JULIO RODRÍGUEZ IZQUIERDO | Seguro de vida y salud y renting de automóvil | 20 |
| Don MARCOS CELA REY | Seguro de vida y salud y renting de automóvil | 8 |
| Doña ANDREA KATHRIN CHRISTENSON | N/A | |
| Doña SOCORRO FERNÁNDEZ LARREA | N/A | |
| Don RAFAEL VILLASECA MARCO | N/A | |
| Don JEAN-CARLOS ANGULO | N/A | |
| Don JUAN MOLINS MONTEYS | N/A | |
| Doña BEATRIZ MOLINS DOMINGO | N/A | |
| Don CARLES RIVERA MOLINS | N/A | |
| Don SEBASTIÀ ALEGRE ROSSELLÓ | N/A |
Solo se consignan datos en los supuestos donde son de aplicación. Según lo indicado anteriormente, D. Julio Rodríguez Izquierdo fue el consejero delegado de la Sociedad hasta el 26.06.2024, fecha en la que dicho cargo pasó a ser ocupado por D. Marcos Cela Rey.
| Nombre | Remuneración fija |
Dietas | Remuneración por pertenencia a comisiones del consejo |
Sueldo | Retribución variable a corto plazo |
Retribución variable a largo plazo |
Indemnización | Otros conceptos |
Total ejercicio 2024 |
Total ejercicio 2023 |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Don JUAN MOLINS AMAT |

| Nombre | Remuneración fija |
Dietas | Remuneración por pertenencia a comisiones del consejo |
Sueldo | Retribución variable a corto plazo |
Retribución variable a largo plazo |
Indemnización | Otros conceptos |
Total ejercicio 2024 |
Total ejercicio 2023 |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Don JOAQUÍN Mª MOLINS GIL | ||||||||||
| Don JOAQUÍN Mª MOLINS LÓPEZ-RODÓ | ||||||||||
| Don JULIO RODRÍGUEZ IZQUIERDO | 19 | 19 | 17 | |||||||
| Don MARCOS CELA REY | 19 | 19 | ||||||||
| Doña ANDREA KATHRIN CHRISTENSON | ||||||||||
| Doña SOCORRO FERNÁNDEZ LARREA | ||||||||||
| Don RAFAEL VILLASECA MARCO | ||||||||||
| Don JEAN-CARLOS ANGULO | ||||||||||
| Don JUAN MOLINS MONTEYS | ||||||||||
| Doña BEATRIZ MOLINS DOMINGO | ||||||||||
| Don CARLES RIVERA MOLINS | ||||||||||
| Don SEBASTIÀ ALEGRE ROSSELLÓ |
Observaciones
Solo se consignan datos en los supuestos donde son de aplicación. Según lo indicado anteriormente, D. Julio Rodríguez Izquierdo fue el consejero delegado de la Sociedad hasta el 26.06.2024, fecha en la que dicho cargo pasó a ser ocupado por D. Marcos Cela Rey.

| Instrumentos financieros al principio del ejercicio 2024 |
Instrumentos financieros concedidos durante el ejercicio 2024 |
Instrumentos financieros consolidados en el ejercicio | Instrumentos vencidos y no ejercidos |
Instrumentos financieros al final del ejercicio 2024 Nº Nº instrumentos |
||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Denominación del Plan |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes/ consolidadas |
Precio de las acciones consolidadas |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados (miles €) |
instrumentos | Nº Acciones equivalentes |
|
| Don JUAN MOLINS AMAT |
N/A | 0,00 | ||||||||||
| Don JOAQUÍN Mª MOLINS GIL |
N/A | 0,00 | ||||||||||
| Don JOAQUÍN Mª MOLINS LÓPEZ RODÓ |
N/A | 0,00 | ||||||||||
| Don JULIO RODRÍGUEZ IZQUIERDO |
N/A | 0,00 | ||||||||||
| Don MARCOS CELA REY |
N/A | 0,00 | ||||||||||
| Doña ANDREA KATHRIN CHRISTENSON |
N/A | 0,00 | ||||||||||
| Doña SOCORRO FERNÁNDEZ LARREA |
N/A | 0,00 |

| Instrumentos financieros al principio del ejercicio 2024 |
Instrumentos financieros concedidos durante el ejercicio 2024 |
Instrumentos financieros consolidados en el ejercicio | Instrumentos vencidos y no ejercidos |
Instrumentos financieros al final del ejercicio 2024 |
||||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Denominación del Plan |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes/ consolidadas |
Precio de las acciones consolidadas |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados (miles €) |
Nº instrumentos |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
||
| Don RAFAEL VILLASECA MARCO |
N/A | 0,00 | ||||||||||||
| Don JEAN-CARLOS ANGULO |
N/A | 0,00 | ||||||||||||
| Don JUAN MOLINS MONTEYS |
N/A | 0,00 | ||||||||||||
| Doña BEATRIZ MOLINS DOMINGO |
N/A | 0,00 | ||||||||||||
| Don CARLES RIVERA MOLINS |
N/A | 0,00 | ||||||||||||
| Don SEBASTIÀ ALEGRE ROSSELLÓ |
N/A | 0,00 |
Observaciones
Según lo indicado anteriormente, D. Julio Rodríguez Izquierdo fue el consejero delegado de la Sociedad hasta el 26.06.2024, fecha en la que dicho cargo pasó a ser ocupado por D. Marcos Cela Rey.

iii) Sistemas de ahorro a largo plazo.
| Nombre | Remuneración por consolidación de derechos a sistemas de ahorro |
|---|---|
| Don JUAN MOLINS AMAT | |
| Don JOAQUÍN Mª MOLINS GIL | |
| Don JOAQUÍN Mª MOLINS LÓPEZ-RODÓ | |
| Don JULIO RODRÍGUEZ IZQUIERDO | |
| Don MARCOS CELA REY | |
| Doña ANDREA KATHRIN CHRISTENSON | |
| Doña SOCORRO FERNÁNDEZ LARREA | |
| Don RAFAEL VILLASECA MARCO | |
| Don JEAN-CARLOS ANGULO | |
| Don JUAN MOLINS MONTEYS | |
| Doña BEATRIZ MOLINS DOMINGO | |
| Don CARLES RIVERA MOLINS | |
| Don SEBASTIÀ ALEGRE ROSSELLÓ |
| Aportación del ejercicio por parte de la sociedad (miles €) | Importe de los fondos acumulados (miles €) | ||||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Sistemas de ahorro con derechos económicos consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos no consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos no consolidados |
|||||||
| Ejercicio 2024 | Ejercicio 2023 | Ejercicio 2024 | Ejercicio 2023 | Ejercicio 2024 | Ejercicio 2023 | Ejercicio 2024 | Ejercicio 2023 | ||||
| Don JUAN MOLINS AMAT | |||||||||||
| Don JOAQUÍN Mª MOLINS GIL |

| Aportación del ejercicio por parte de la sociedad (miles €) | Importe de los fondos acumulados (miles €) | ||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Sistemas de ahorro con derechos económicos consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos no consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos no consolidados |
|||||
| Ejercicio 2024 | Ejercicio 2023 | Ejercicio 2024 | Ejercicio 2023 | Ejercicio 2024 | Ejercicio 2023 | Ejercicio 2024 | Ejercicio 2023 | ||
| Don JOAQUÍN Mª MOLINS LÓPEZ-RODÓ |
|||||||||
| Don JULIO RODRÍGUEZ IZQUIERDO |
|||||||||
| Don MARCOS CELA REY | |||||||||
| Doña ANDREA KATHRIN CHRISTENSON |
|||||||||
| Doña SOCORRO FERNÁNDEZ LARREA |
|||||||||
| Don RAFAEL VILLASECA MARCO |
|||||||||
| Don JEAN-CARLOS ANGULO | |||||||||
| Don JUAN MOLINS MONTEYS | |||||||||
| Doña BEATRIZ MOLINS DOMINGO |
|||||||||
| Don CARLES RIVERA MOLINS | |||||||||
| Don SEBASTIÀ ALEGRE ROSSELLÓ |

Observaciones
Según lo indicado anteriormente, D. Julio Rodríguez Izquierdo fue el consejero delegado de la Sociedad hasta el 26.06.2024, fecha en la que dicho cargo pasó a ser ocupado por D. Marcos Cela Rey.
| Nombre | Concepto | Importe retributivo |
|---|---|---|
| Don JUAN MOLINS AMAT | Concepto | |
| Don JOAQUÍN Mª MOLINS GIL | Concepto | |
| Don JOAQUÍN Mª MOLINS LÓPEZ-RODÓ | Concepto | |
| Don JULIO RODRÍGUEZ IZQUIERDO | Concepto | |
| Don MARCOS CELA REY | Concepto | |
| Doña ANDREA KATHRIN CHRISTENSON | Concepto | |
| Doña SOCORRO FERNÁNDEZ LARREA | Concepto | |
| Don RAFAEL VILLASECA MARCO | Concepto | |
| Don JEAN-CARLOS ANGULO | Concepto | |
| Don JUAN MOLINS MONTEYS | Concepto | |
| Doña BEATRIZ MOLINS DOMINGO | Concepto | |
| Don CARLES RIVERA MOLINS | Concepto | |
| Don SEBASTIÀ ALEGRE ROSSELLÓ | Concepto |

Observaciones
c) Resumen de las retribuciones (en miles de €):
Se deberán incluir en el resumen los importes correspondientes a todos los conceptos retributivos incluidos en el presente informe que hayan sido devengados por el consejero, en miles de euros.
| Retribución devengada en la Sociedad | |||||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Total Retribución metálico |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados |
Remuneración por sistemas de ahorro |
Remuneración por otros conceptos |
Total ejercicio 2024 sociedad |
Total Retribución metálico |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados |
Remuneración por sistemas de ahorro |
Remuneración por otros conceptos |
Total ejercicio 2024 grupo |
Total ejercicio 2024 sociedad + grupo |
| Don JUAN MOLINS AMAT | 211 | 211 | 211 | ||||||||
| Don JOAQUÍN Mª MOLINS GIL |
88 | 88 | 88 | ||||||||
| Don JOAQUÍN Mª MOLINS LÓPEZ-RODÓ |
61 | 61 | 61 | ||||||||
| Don JULIO RODRÍGUEZ IZQUIERDO |
5.375 | 54 | 5.429 | 19 | 19 | 5.448 | |||||
| Don MARCOS CELA REY | 328 | 24 | 352 | 19 | 19 | 371 | |||||
| Doña ANDREA KATHRIN CHRISTENSON |
94 | 94 | 94 | ||||||||
| Doña SOCORRO FERNÁNDEZ LARREA |
87 | 87 | 87 |

| Retribución devengada en la Sociedad | Retribución devengada en sociedades del grupo | ||||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Total Retribución metálico |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados |
Remuneración por sistemas de ahorro |
Remuneración por otros conceptos |
Total ejercicio 2024 sociedad |
Total Retribución metálico |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados |
Remuneración por sistemas de ahorro |
Remuneración por otros conceptos |
Total ejercicio 2024 grupo |
Total ejercicio 2024 sociedad + grupo |
| Don RAFAEL VILLASECA MARCO |
93 | 93 | 93 | ||||||||
| Don JEAN-CARLOS ANGULO |
85 | 85 | 85 | ||||||||
| Don JUAN MOLINS MONTEYS |
61 | 61 | 61 | ||||||||
| Doña BEATRIZ MOLINS DOMINGO |
87 | 87 | 87 | ||||||||
| Don CARLES RIVERA MOLINS |
61 | 61 | 61 | ||||||||
| Don SEBASTIÀ ALEGRE ROSSELLÓ |
61 | 61 | 61 | ||||||||
| TOTAL | 6.692 | 78 | 6.770 | 38 | 38 | 6.808 |
Según lo indicado anteriormente, D. Julio Rodríguez Izquierdo fue el consejero delegado de la Sociedad hasta el 26.06.2024, fecha en la que fue dicho cargo pasó a ser ocupado por D. Marcos Cela Rey.

C.2. Indique la evolución en los últimos 5 años del importe y variación porcentual de la retribución devengada por cada uno de los consejeros de la cotizada que lo hayan sido durante el ejercicio, de los resultados consolidados de la sociedad y de la remuneración media sobre una base equivalente a tiempo completo de los empleados de la sociedad y de sus entidades dependientes que no sean consejeros de la cotizada.
| Importes totales devengados y % variación anual | ||||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Ejercicio 2024 | % Variación 2024/2023 |
Ejercicio 2023 | % Variación 2023/2022 |
Ejercicio 2022 | % Variación 2022/2021 |
Ejercicio 2021 | % Variación 2021/2020 |
Ejercicio 2020 | ||
| Consejeros ejecutivos | ||||||||||
| Don JULIO RODRÍGUEZ IZQUIERDO |
5.448 | 337,24 | 1.246 | 5,06 | 1.186 | 2,86 | 1.153 | -24,04 | 1.518 | |
| Don MARCOS CELA REY | 371 | - | 0 | - | 0 | - | 0 | - | 0 | |
| Consejeros externos | ||||||||||
| Don JUAN MOLINS AMAT | 211 | 0,48 | 210 | 0,00 | 210 | -24,46 | 278 | -20,80 | 351 | |
| Don JOAQUÍN Mª MOLINS GIL | 88 | 10,00 | 80 | 100,00 | 40 | - | 0 | - | 0 | |
| Don JOAQUÍN Mª MOLINS LÓPEZ RODÓ |
61 | 8,93 | 56 | -1,75 | 57 | 7,55 | 53 | 0,00 | 53 | |
| Doña ANDREA KATHRIN CHRISTENSON |
94 | 6,82 | 88 | -10,20 | 98 | -8,41 | 107 | 8,08 | 99 | |
| Doña SOCORRO FERNÁNDEZ LARREA |
87 | 4,82 | 83 | -16,16 | 99 | -6,60 | 106 | 7,07 | 99 | |
| Don RAFAEL VILLASECA MARCO | 93 | 12,05 | 83 | -11,70 | 94 | -7,84 | 102 | 7,37 | 95 | |
| Don JEAN-CARLOS ANGULO | 85 | 2,41 | 83 | 1,22 | 82 | 115,79 | 38 | - | 0 | |
| Don JUAN MOLINS MONTEYS | 61 | 8,93 | 56 | -1,75 | 57 | 7,55 | 53 | 0,00 | 53 | |
| Doña BEATRIZ MOLINS DOMINGO | 87 | 7,41 | 81 | 17,39 | 69 | 146,43 | 28 | - | 0 | |
| Don CARLES RIVERA MOLINS | 61 | 8,93 | 56 | 93,10 | 29 | - | 0 | - | 0 |

| Importes totales devengados y % variación anual | ||||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Ejercicio 2024 | % Variación 2024/2023 |
Ejercicio 2023 | % Variación 2023/2022 |
Ejercicio 2022 | % Variación 2022/2021 |
Ejercicio 2021 | % Variación 2021/2020 |
Ejercicio 2020 | ||
| Don SEBASTIÀ ALEGRE ROSSELLÓ | 61 | 10,91 | 55 | 89,66 | 29 | - | 0 | - | 0 | |
| Resultados consolidados de la sociedad |
||||||||||
| 239 | 18,91 | 201 | 12,29 | 179 | 5,29 | 170 | 37,10 | 124 | ||
| Remuneración media de los empleados |
||||||||||
| 38 | 8,57 | 35 | -20,45 | 44 | 25,71 | 35 | 12,90 | 31 |
Observaciones
Según lo indicado anteriormente, D. Julio Rodríguez Izquierdo fue el consejero delegado de la Sociedad hasta el 26.06.2024, fecha en la que dicho cargo pasó a ser ocupado por D. Marcos Cela Rey.

Si existe algún aspecto relevante en materia de remuneración de los consejeros que no se haya podido recoger en el resto de apartados del presente informe, pero que sea necesario incluir para recoger una información más completa y razonada sobre la estructura y prácticas retributivas de la sociedad en relación con sus consejeros, detállelos brevemente.

Este informe anual de remuneraciones ha sido aprobado por el consejo de administración de la sociedad, en su sesión de fecha:

Indique si ha habido consejeros que hayan votado en contra o se hayan abstenido en relación con la aprobación del presente Informe.
[ ] [ √ ] Si No
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