Share Issue/Capital Change • Mar 26, 2021
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Comisión Nacional del Mercado de Valores Calle Edison, 4 28006 – Madrid
Madrid, 26 de marzo de 2021
A los efectos de lo previsto en los artículos 17 del Reglamento (UE) Nº 596/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo de 16 de abril de 2014 sobre el abuso de mercado y 226 del texto refundido de la Ley del Mercado de Valores y normativa de desarrollo, se pone en conocimiento de la Comisión Nacional del Mercado de Valores ("CNMV") la siguiente:
en el marco de la Operación; menos b) el número de derechos de suscripción preferente relativo a las Acciones Prestadas. Asimismo, GIC también se ha comprometido a ejercitar derechos de suscripción preferente subyacentes a las acciones compradas en la Colocación.
Atentamente,
Edizione, S.r.l.
Goldman Sachs International
Sandro Saccardi
__________________
__________________ Oliver Wunde
La información aquí contenida no podrá divulgarse, distribuirse o publicarse, directa o indirectamente, en o hacia Estados Unidos (incluyendo sus territorios u posesiones, cualquier estado de los Estados Unidos y el Distrito de Columbia), Canadá, Australia, o Japón, o cualquier otra jurisdicción donde su distribución o divulgación podría constituir una violación de las leyes o las normas de dicha jurisdicción.
Estos materiales escritos no constituyen una oferta de venta, ni una solicitud de oferta para comprar o suscribir valores en Estados Unidos. Los valores aquí referidos no han sido registrados ni serán registrados con arreglo a la Ley de Valores de los Estados Unidos de América de 1933, con sus respectivas modificaciones (US Securities Act of 1933) (la "Ley de Valores"), y no pueden ofrecerse, ejercitarse ni venderse en Estados Unidos si no se ha realizado el registro o si no se hace de acuerdo con una exención de registro. La Sociedad no tiene la intención de registrar en Estados Unidos ningún valor al que se haga alusión en este anuncio, ni de realizar una oferta pública de valores en Estados Unidos.
La emisión, ejercicio o venta de valores en el Aumento de Capital están sujetos a restricciones legales o regulatorias específicas en ciertas jurisdicciones. La Sociedad no asume ninguna responsabilidad en el caso de que se produzca una violación de dichas restricciones por cualquier persona.
La información contenida aquí no constituye una oferta de venta, ni una solicitud de oferta para comprar, ni se producirá ninguna venta de los valores aquí referidos, en cualquier jurisdicción donde dicha oferta, solicitud o venta sería ilegal. Los inversores no deberán aceptar una oferta, ni adquirir cualquier valor a que se refiere este documento, a menos que lo hagan sobre la base de la información contenida en el correspondiente folleto informativo que apruebe la Comisión Nacional del Mercado de Valores. Una vez aprobado, el correspondiente folleto informativo se pondrá a disposición de los accionistas e inversores a través de la página web de la Sociedad (www.cellnextelecom.com) y la CNMV (www.cnmv.es).
La Sociedad no ha autorizado ninguna oferta al público de valores en Reino Unido ni ningún estado miembro del EEE distinto de España. Respecto del Reino Unido y cada Estado Miembro del EEE distinto de España y donde sea de aplicación el Reglamento de Folletos ("Estado Relevante"), no se ha llevado a cabo ninguna acción ni se llevará a cabo ninguna acción para realizar una oferta pública de valores que requiera la publicación de un folleto. Como consecuencia de esto, los valores solo podrán ser ofertados en los Estados Relevantes (a) a una entidad legal que sea un inversor cualificado tal y como se define en el Reglamento de Folletos ("Inversor Cualificado"); o (b) en cualquier otra circunstancia que no requiera la publicación por la Sociedad de un folleto de acuerdo con el Reglamento de Folletos. A los efectos de este párrafo, la expresión "oferta pública de valores" significa cualquier comunicación que de cualquier forma y por cualquier modo, dé suficiente información de los términos de la oferta y de los valores a ofertar para permitir a un inversor decidir si ejercita, adquiere o suscribe los valores, y de la manera en que la misma pudiera variar en dicho Estado Relevante, y la expresión "Reglamento de Folletos" significa el Reglamento (UE) 2017/1129 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de junio de 2017, sobre el folleto que debe publicarse en caso de oferta pública o admisión a cotización de valores en un mercado regulado y por el que se deroga la Directiva 2003/71/CE.
Adicionalmente, en el Reino Unido esta comunicación solo está siendo distribuida y solo se dirige a personas que sean Inversores Cualificados y que (i) tengan experiencia profesional en asuntos relativos a inversiones que se hallen incluidas en la definición de "inversores profesionales" según el Artículo 19 (5) de la Orden de 2005 de la Ley de Mercados y Servicios Financieros de 2000 (promoción financiera) (la "Orden"); o (ii) sean entidades con alto patrimonio neto según lo contemplado en el Artículo 49(2)(a) a (d) de la Orden (todas ellas, conjuntamente, las "personas relevantes"). En el Reino Unido, cualquier inversión o actividad de inversión a la que se refiera esta comunicación solo estará disponible para y podrá realizarse únicamente por las personas relevantes. Cualquier persona en el Reino Unido que no sea una persona relevante no debe actuar o confiar en este documento ni en su contenido.
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