Notice of Dividend Amount • Feb 2, 2024
Notice of Dividend Amount
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CaixaBank S.A. ("CABK") informa de que ayer, su Consejo de Administración acordó proponer a la Junta General Ordinaria de Accionistas que se convocará durante el mes de febrero, la distribución de un dividendo en efectivo de 0,3919 euros brutos por acción, con cargo a los beneficios del ejercicio 2023, a abonar durante el próximo mes de abril. La aprobación de este dividendo por la Junta General de Accionistas, en su caso, así como las condiciones específicas del pago, se comunicarán oportunamente al mercado. Con el pago de este dividendo, el importe de la remuneración al accionista correspondiente al ejercicio 2023 será equivalente al 60% del beneficio neto consolidado, en línea con la política de dividendos actualmente vigente.
Asimismo, el Consejo de Administración celebrado ayer aprobó el plan de dividendos para el ejercicio 2024, que consiste en una distribución en efectivo de entre el 50% y el 60% del beneficio neto consolidado, que se abonaría mediante dos pagos en efectivo: un dividendo a cuenta a abonar durante el mes de noviembre de 2024, por importe de entre el 30% y el 40% del beneficio neto consolidado correspondiente al primer semestre de 2024, y un dividendo complementario a abonar en abril de 2025, sujeto a aprobación final por parte de la Junta General de Accionistas. La modificación de la periodicidad de los pagos responde a la nueva política de dividendos aprobada en el Consejo de Administración de CABK celebrado ayer, que se adjunta como anexo.
Adicionalmente, también es intención de CABK, previa obtención de la autorización regulatoria pertinente, implementar una nueva recompra de acciones durante el primer semestre del ejercicio 2024, con el objetivo de acercar la ratio CET1 a cierre de 2023 al 12%. Se informará oportunamente de los detalles específicos de la recompra de acciones, incluyendo su importe máximo, una vez obtenida la autorización pertinente.
2 de febrero de 2024
CAIXABANK, S.A. -Políticas Corporativas
| 1. | INTRODUCCIÓN | 2 |
|---|---|---|
| 2. | OBJETO DE LA POLÍTICA | 2 |
| 3. | PRINCIPIOS BÁSICOS DE LA DISTRIBUCIÓN DE DIVIDENDOS | 2 |
| 4. | DIRECTRICES GENERALES | 3 |
| DISTRIBUCIÓN DE DIVIDENDOS POR LA JUNTA 4.1. |
3 | |
| DISTRIBUCIÓN DE DIVIDENDOS A CUENTA 4.2. |
4 | |
| FÓRMULAS DE REMUNERACIÓN AL ACCIONISTA 4.3. |
4 | |
| CUANTÍA DE LA DISTRIBUCIÓN DE DIVIDENDOS 4.4. |
4 | |
| 5. | PREVISIONES DE DISTRIBUCIÓN DE DIVIDENDOS DE CAIXABANK | 4 |
| 6. | DIFUSIÓN | 5 |
| 7. | MARCO DE GOBERNANZA DE LA POLÍTICA | 5 |
• El objeto de la presente Política es configurar los principios y criterios básicos por los que se regirán los acuerdos sobre distribución de dividendos sometidos por el Consejo de Administración a la aprobación de la Junta General y los acuerdos que apruebe el propio Consejo de Administración en esta materia en el ejercicio de sus competencias.
• Los acuerdos relativos a la distribución de dividendos de la Sociedad deberán respetar elprincipio de su vinculación con el beneficio obtenido por la Sociedad, teniendo en cuenta los requisitos exigidos por la normativa aplicable y las mejores prácticas de mercado, así como las recomendaciones, consideraciones y, en su caso, la autorización del supervisor.
• Desde la perspectiva de la distribución de dividendos, el Consejo de Administración de CaixaBank, en sus propuestas que deba someter a la aprobación de la Junta General y en aquellas otras propuestas que el propio Consejo de Administración apruebe enbase a sus competencias, deberá tener en cuenta los criterios legales de actuación y las directrices generales contenidas en esta Política.
• Será competencia de la Junta General acordar el reparto de dividendos con cargo al beneficio del ejercicio, o a reservas de libre disposición, si (i) el valor del patrimonio neto no es o, a consecuencia del reparto, no resulta ser inferior al capital social de la Sociedad y respetando en todo caso las ratios de capital aplicables a la Sociedad en cuanto entidad de crédito; y (ii) el importe de las reservas disponibles no fuera inferior al importe de los gastos de investigación y desarrollo que figuren en el activo del balance de la Sociedad.
En caso de que existieran pérdidas de ejercicios anteriores que hicieran que ese valor del patrimonio neto de la Sociedad fuera inferior a la cifra del capital social, el beneficio se deberá destinar a la compensación de estas pérdidas.
• La Junta General o, en su caso, el Consejo de Administración, podrá determinar en el acuerdo de distribución de dividendos, entre otros aspectos, elmomento del pago. A falta de determinación sobre esta cuestión, el dividendo será pagadero tan pronto como sea posible conforme a la normativa aplicable, a partir del día siguiente al del que se adoptó el acuerdo.
• La Junta General y el Consejo de Administración de la Sociedad podrán acordar la distribución entre los accionistas de cantidades a cuenta de dividendos, siempre que: (i) el Consejo de Administración formule un estado contable en el que se ponga de manifiesto que existe liquidez suficiente para la distribución; y (ii) la cantidad a distribuir no exceda de la cuantía de los resultados obtenidos desde el fin del último ejercicio, deducidas las pérdidas procedentes de ejercicios anteriores y las cantidades con las que deban dotarse las reservas obligatorias, así como la estimación del impuesto a pagar sobre dichos resultados.
• Es intención de la Sociedad abonar el dividendo anual en efectivo dentro del plazo de un mes desde la fecha de celebración de la Junta General Ordinaria de Accionistas en la que se sometan a aprobación las cuentas anuales y la propuesta de aplicación del resultado del ejercicio cerrado, sin perjuicio de la facultad del Consejo de Administración de aprobar el pago de una cantidad a
cuenta del dividendo con anterioridad a ese momento y que, en caso de ejercitar procurará satisfacer durante el último trimestre del ejercicio con cargo al cual se abona el dividendo.
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