Skip to main content

AI assistant

Sign in to chat with this filing

The assistant answers questions, extracts KPIs, and summarises risk factors directly from the filing text.

CAIMAN S.A. Capital/Financing Update 2024

Oct 21, 2024

68856_rns_2024-10-21_36eebe30-c302-425a-8064-fd960a72964f.pdf

Capital/Financing Update

Open in viewer

Opens in your device viewer

PROSPECTO DE EMISIÓN DE OBLIGACIONES NEGOCIABLES BAJO EL RÉGIMEN PYMES CNV GARANTIZADA CAIMÁN SERIE II

OBLIGACIONES NEGOCIABLES PYME CNV GARANTIZADA CAIMAN SERIE II CLASE A, DENOMINADAS, INTEGRADAS Y PAGADERAS EN PESOS A UNA TASA DE INTERÉS VARIABLE CON VENCIMIENTO A LOS 24 MESES DE LA FECHA DE EMISIÓN Y LIQUIDACIÓN

OBLIGACIONES NEGOCIABLES PYME CNV GARANTIZADA CAIMAN SERIE II CLASE B, DENOMINADAS EN DÓLARES ESTADOUNIDENSES, A INTEGRARSE EN PESOS AL TIPO DE CAMBIO DE INTEGRACIÓN Y PAGADERAS EN PESOS AL TIPO DE CAMBIO DE PAGO, A UNA TASA DE INTERÉS FIJA CON VENCIMIENTO A LOS 24 MESES DE LA FECHA DE EMISIÓN Y LIQUIDACIÓN

EN CONJUNTO POR UN VALOR NOMINAL DE HASTA V/N U$S 600.000 (VALOR NOMINAL DÓLARES ESTADOUNIDENSES SEISCIENTOS MIL) O EL EQUIVALENTE EN PESOS AL TIPO DE CAMBIO DE INTEGRACIÓN.

==> picture [234 x 52] intentionally omitted <==

CAIMÁN S.A.

Emisor

==> picture [223 x 52] intentionally omitted <==

Tarallo S.A. ALyC y AN Nº 198 de CNV Organizador Teléfono: 0341-4217164 [email protected]

==> picture [126 x 48] intentionally omitted <==

Industrial Valores S.A. ALyC y AN Propio Nº 153 de CNV Colocador Teléfono: 011-52380280 [email protected]

==> picture [117 x 42] intentionally omitted <==

Allaria S.A. ALyC Integral y AN Nº 24 de CNV

Colocador Tel.: (11) 5555 6000 [email protected]

==> picture [157 x 42] intentionally omitted <==

Tarallo S.A. ALyC y AN Nº 198 de CNV Colocador Tel: 0341-4217164 [email protected]

==> picture [111 x 57] intentionally omitted <==

Banco de Servicios y Transacciones S.A. ALyC y AN Integral N° 64 de CNV Colocador Tel: 11-5235-2800 [email protected]

1

==> picture [154 x 53] intentionally omitted <==

==> picture [121 x 63] intentionally omitted <==

Garantías Bind S.G.R. Banco de Servicios y Transacciones S.A. Entidad de Garantía Entidad de Garantía Tel: 011- 4329-2322 Tel: 011-5235-2800 [email protected] [email protected]

==> picture [118 x 49] intentionally omitted <==

==> picture [120 x 33] intentionally omitted <==

Argenpymes S.G.R. Fid Aval S.G.R. Entidad de Garantía Entidad de Garantía Tel: 11 6091-6000 Tel: 11 4028 0224 [email protected] [email protected]

El presente prospecto (el “Prospecto”) corresponde a la emisión de Obligaciones Negociables PYME CNV GARANTIZADAS CAIMAN SERIE II a ser emitidas por CAIMAN S.A. (la “Emisora” o la “Sociedad”, en forma indistinta) por un valor nominal de hasta U$S 600.000 (dólares estadounidenses seiscientos mil) (el “Monto Máximo de la Emisión”) en dos clases: (i) las Obligaciones Negociables PYME CNV Garantizada Caiman Serie II Clase A (las “ON Caiman Serie II Clase A”); y (ii) las Obligaciones Negociables PYME CNV Garantizada Caiman Serie II Clase B (las “ON Caiman Serie II Clase B” y junto con las ON Caiman Serie II Clase A, las “ON CAIMAN SERIE II” o las “Obligaciones Negociables”) conforme a la Ley N° 23.576 y sus modificatorias y complementarias, los Decretos N° 1.087/93 1.023/13 y las Normas de la Comisión Nacional de Valores (N.T. 2013 y modificatorias) (“CNV”) y de Bolsas y Mercados Argentinos S.A (“ByMA”).

Oferta pública autorizada en los términos de la Ley N° 26.831, los Decretos N° 1.087/93 1.023/13 y las NORMAS (T.O. 2013 y mod.) de la Comisión Nacional de Valores, registrada bajo Resolución N° 22899 del 15 de octubre de 2024. Esta autorización sólo significa que se han cumplido con los requisitos establecidos en materia de información establecidos en el régimen PYME CNV GARANTIZADA. La Comisión Nacional de Valores no ha emitido juicio sobre los datos contenidos en el prospecto. La veracidad de la información suministrada en el presente prospecto es exclusiva responsabilidad del órgano de administración de la emisora y demás responsables según los artículos 119 y 120 de la Ley N° 26.831. El órgano de administración manifiesta, con carácter de declaración jurada, que el presente prospecto contiene, a la fecha de su publicación, información veraz y suficiente conforme a lo requerido por las normas vigentes. Los inversores deben tener en cuenta al momento de realizar su inversión que el sujeto emisor, en relación con la presente, contará con un régimen informativo diferenciado debido a que esta emisión se efectúa bajo el régimen garantizado por una Entidad de Garantía autorizada por la Comisión Nacional de Valores, lo que implicará que se les aplicará el régimen informativo diferenciado establecido en el artículo 24 de la Sección VI del Capítulo VI del Título II.

LA EMISORA, SUS BENEFICIARIOS FINALES, Y LAS PERSONAS FÍSICAS O JURÍDICAS QUE TENGAN COMO MÍNIMO EL DIEZ (10) POR CIENTO DE SU CAPITAL O DE LOS DERECHOS A VOTO, O QUE POR OTROS MEDIOS EJERCEN EL CONTROL FINAL, DIRECTO O INDIRECTO SOBRE LA MISMA, NO REGISTRAN CONDENAS POR DELITOS DE LAVADO DE ACTIVOS Y/O FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO Y NO FIGURAN EN LAS LISTAS DE TERRORISTAS Y ORGANIZACIONES TERRORISTAS EMITIDAS POR EL CONSEJO DE SEGURIDAD DE LAS NACIONES UNIDAS (CONF. ART. 12, SECC. IV, TÍT. XI DE LAS NORMAS CNV N.T. 2013 Y MOD.).

DADO QUE LAS ON CAIMAN SERIE II CLASE B SE ENCUENTRAN DENOMINADAS EN DÓLARES, NO SE ENCUENTRAN ALCANZADAS POR LOS

2

BENEFICIOS IMPOSITIVOS PREVISTOS EN EL DECRETO N° 621/2021 Y EN LA RESOLUCIÓN GENERAL NRO 917 DE LA COMISIÓN NACIONAL DE VALORES REFERIDOS A OBLIGACIONES NEGOCIABLES DENOMINADAS EN MONEDA NACIONAL.

Las ON CAIMAN SERIE II sólo podrán negociarse públicamente en mercados autorizados del país y se encuentran dirigidas al público inversor en general.

Una copia de este Prospecto estará disponible para ser entregado a los interesados en el domicilio del Emisor sito en Calle 10 N° 1717, de la localidad de Las Parejas, Provincia de Santa Fe; en los domicilios de los Colocadores: Tarallo S.A. sito en Av. Corrientes 730 piso 4, oficina A, Edificio Armonía, de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, y/o Industrial Valores S.A sito en calle Maipú 1210 piso 10, de la ciudad Autónoma de Buenos Aires, y/o Allaria S.A. sito en Av. 25 de Mayo 359 piso 12°, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y/o Banco de Servicios y Transacciones S.A., sito en la calle Tte. Gral. Juan Domingo Perón 646, piso 4, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y en la página de internet de la CNV https://www.argentina.gob.ar/cnv.

La fecha del presente Prospecto es del 21 de octubre del 2024.

I.- DESCRIPCIÓN DE LA EMISORA

a) Denominación Social o Razón Social: CAIMAN S.A.

  • b) Sede Inscripta: La sede social inscripta es calle 10 Nº 1717 de la localidad de Las Parejas, provincia de Santa Fe.

  • c) Fecha de constitución, plazo de duración y datos de inscripción en el Registro Público u

Organismo correspondiente: CAIMAN S.A. fue constituida mediante contrato social de fecha 14 de junio de 2001, Tomo 1521, Folio 7648 y N.º 964 inscripto en Contrato, Registro Público de Comercio, Rosario. Última modificación de fecha 07/05/2021 inscripta en Contratos, Tomo 1702, Folio 3608, N.º 677. La transformación de Caimán S.R.L a Caimán S.A. fue aprobada por asamblea de fecha 22 de junio de 2023, y se inscribió en el Registro Público de Comercio de Rosario en Estatutos, Tomo 104, Folio 8441, N° 1404.

  • d) Reseña de la empresa: CAIMAN S.A.: La empresa fue fundada a fines del año 1999, se encontraba ubicada en el centro de la ciudad de Las Parejas, Provincia de Santa Fe, la cual contaba con un taller con solo sus dos dueños. El primer sustento de la empresa en el primer año fue la reparación de equipos usados de arrastre. A su vez, fueron diseñando y vendiendo progresivamente su propia línea de productos de equipos de arrastre y de tres puntos nuevos con marca propia.

A partir del año 2002 con la explosión de demanda, se comenzó a formar los cimientos de lo que hoy es Caiman.

A su vez fue armando su primera red de concesionarios con la cual comercializaba los equipos de arrastre y de tres puntos.

A partir del año 2004 comenzaron a desarrollar y a diseñar los pulverizadores autopropulsados y a mediados del año 2005 se comenzaron a producir y vender.

Debido a la gran demanda y crecimiento de la Empresa, en octubre del año 2006 se mudó a una nueva planta. A partir de allí Caiman se insertó en el mercado de Pulverizadoras Autopropulsadas. En el 2018 también se incorpora la línea completa de Fertilizadoras Motrices. Hoy la Empresa cuenta con 125 empleados y dispone de una superficie afectada a la producción de 10.000 metros cuadrados. Nuestro producto principal es el Pulverizador

3

Autopropulsado modelo SP. Es considerado un producto premium y se encuentra en el segmento más alto del mercado.

La empresa también ha logrado vender en países como: Uruguay, Paraguay, Bolivia, Venezuela, México, Rusia, Kazajstán, Ucrania, Australia.

Si de algo se destaca CAIMAN es por su gran capacidad de desarrollo de nuevos productos. Uno de sus mejores ejemplos es su participación en el diseño del primer barral de fibra de carbono diseñado en el mundo. Hoy día contamos con la participación societaria en la producción de barrales de fibra de carbono de la empresa BK, un producto estratégico a la hora de comercializar pulverizadores. Este tipo de producto hoy lo tienen solo dos empresas en el mundo. Uno es Caiman.

e) Actividad principal y Provincias donde desarrolla su actividad:

La empresa desarrolla su actividad en las provincias de: Buenos Aires, Córdoba, Santa Fe, Entre Ríos, La Pampa, Chaco, San Luis, Santiago del Estero, Tucumán y Salta.

Nuestra red cuenta con alrededor de 40 distribuidores exclusivos de nuestra marca en lo que respecta a pulverizadores, y luego están los clientes finales propiamente dicho. A su vez los clientes finales se dividen en productores agropecuarios, y contratistas. En algunas zonas no cubiertas por distribuidores se comercializa de forma directa.

La actividad principal de la empresa es la fabricación de máquinas pulverizadoras y fertilizadoras en sus distintos modelos.

f) Equipos de Arrastre y tres puntos

Si bien desde el 2007 dejó de ser el rubro principal, hoy día es un producto estratégico, no solo para Argentina sino para entrar en nuevos mercados. Complementa el negocio, permitiendo brindar solución integral a todo tipo de agricultor.

==> picture [135 x 90] intentionally omitted <==

==> picture [130 x 87] intentionally omitted <==

==> picture [127 x 85] intentionally omitted <==

==> picture [132 x 88] intentionally omitted <==

Modelo SE

Es una pulverizadora del segmento medio de mercado para pequeños y medianos productores. Está diseñada de manera bastante standard, con pocos opcionales. Con diseño y confort acorde a un precio target razonable. Anchos de labor, capacidad de tanque medianos. Cubre la necesidad y nos permite competir con los grandes competidores.

==> picture [91 x 73] intentionally omitted <==

4

==> picture [332 x 222] intentionally omitted <==

Modelo SP

Es la pulverizadora icono de nuestra marca. Se encuentra en lo más alto del segmento medio y cubre todo el segmento alto gracias a su amplia versatilidad, permite adaptarse al cliente grande, pudiendo lograr ancho de labores de hasta 44 mts., que solo puede llegar nuestra máquina. También se puede seleccionar con 3 tipos de rodados, dos tipos de tanque, barrales que van desde los 32 hasta los 36 mts en acero, y de 36, 40 y 44 mts en carbono. Otra característica y no menos importante, es que la calidad constructiva de este modelo responde a una calidad del sector automotriz en cuanto a los interiores de cabina, sistemas eléctricos, electrónicos, etc. En este segmento nuestros competidores son empresas multinacionales, y dada la versatilidad de la máquina, hemos logrado formar un nicho donde competimos con facilidad haciendo cosas que nuestros competidores no pueden ni quieren hacer.

==> picture [338 x 225] intentionally omitted <==

Modelo SP HC

Es el mismo modelo que la SP pero con algunas adaptaciones especiales como la trocha variable hidráulica, orientada más a los requerimientos de los mercados externos a Argentina.

5

==> picture [210 x 140] intentionally omitted <==

Fertilizadoras

Cubrimos la gama completa de fertilizadoras Motrices. Tenemos dos modelos de plato y un modelo de neumática. Este es un mercado nuevo y de mucho crecimiento. Se cree que la fertilización de los suelos agrícolas va a crecer exponencialmente en los próximos años.

==> picture [255 x 170] intentionally omitted <==

==> picture [255 x 170] intentionally omitted <==

g) Monto Promedio de los Ingresos Totales Anuales de acuerdo a la Definición Pyme CNV según Normas de la Comisión Nacional de Valores y Pasivo Total de la Emisora según último Balance (en Pesos): 2019: $

  • . Fecha cierre balance: 31/05

==> picture [91 x 73] intentionally omitted <==

6

485.985

Año 2022: 6.517.345.363,66
Año 2023: 9.438.197.274.43
Año 2024: 39.959.158.934,28
Promedio de los ingresos totales anuales: 18.638.233.857,45
Pasivo Total s/último balance: 18.600.057.105,98

La información patrimonial no tuvo cambios significativos desde el cierre de balance el 31 de mayo de 2024 la fecha del presente prospecto.

Se han realizado pagos de Honorarios a socios administradores en el ejercicio cerrado al 31 de mayo de 2024 por el monto de $ 20.000.000 según acta de asamblea N° 97

La empresa cuenta con 125 empleados en nómina.

II.- CONDICIONES DE EMISION DE LAS OBLIGACIONES NEGOCIABLES CAIMAN SERIE II

Emisora: CAIMAN S.A.
Denominación de la Emisión: Obligaciones Negociables PYME CNV Garantizada
CAIMAN SERIE II (las “Obligaciones Negociables” o las
“ON CAIMAN Serie II”).
Monto y moneda de emisión de las
ON CAIMAN SERIE II:
Hasta
V/N
U$S
600.000
(valor
nominal
dólares
estadounidenses seiscientos mil) o su equivalente en pesos
al Tipo de Cambio de Integración (el “Monto Máximo de la
Emisión”), en forma individual o conjunta entre las ON
CAIMÁN SERIE II Clase A y las ON CAIMAN SERIE II
Clase B. El monto definitivo de la emisión será
determinado con anterioridad a la Fecha de Emisión y
Liquidación e informado en el aviso de resultado de
colocación el que se publicará con anterioridad a la Fecha
de Emisión y Liquidación (el “Aviso de Resultado de
Colocación”).
Organizador y Agente de
Liquidación:
Tarallo S.A.
Colocadores: Tarallo S.A., Industrial Valores S.A., Allaria S.A. y Banco
de Servicios y Transacciones S.A.
Entidades de Garantía: Garantías Bind S.G.R., Banco de Servicios y Transacciones
S.A. (“BST”), Argenpymes S.G.R. y Fid Aval S.G.R.
Descripción: Las
Obligaciones
Negociables
serán
obligaciones
negociables simples no convertibles en acciones, no
subordinadas y con garantía común, que calificarán_pari_
_passu sin_preferencia entre sí y en todo momento tendrán al
menos
igual
prioridad
de
pago
que
todo
otro
endeudamiento con garantía común y no subordinadas,
presente o futuro, de la Sociedad (con la excepción de
ciertas obligaciones a las que las leyes argentinas le otorgan
tratamiento preferencial).
Amortización y fechas de pago de La amortización de las ON CAIMÁN SERIE II será en 4
cuotas semestrales,laprimera cuota del 15%,la segunday
capital: tercera cuota del 25%, y la última cuota del 35% del capital
emitido, pagaderas a partir del mes 6. Los servicios de
amortización serán pagaderos semestralmente a los 6, 12,
18 y 24 meses desde la Fecha de Emisión y Liquidación.
Las Fechas de Pago de Servicios serán informadas en el
Aviso de Suscripción.
Intereses: Los intereses se pagarán en forma trimestral, a partir de la
Fecha de Emisión y Liquidación. Los intereses serán
calculados por la Emisora.
Los intereses se devengarán entre la Fecha de Emisión y
Liquidación (inclusive) y la primera Fecha de Pago de
Servicios (exclusive) – para el primer servicio- y entre la
última fecha de pago de servicios (inclusive) y la próxima
fecha de pago de servicios (exclusive) -para los restantes
(el “Periodo de Interés”) y se pagarán en cada Fecha de
Pago de Servicios. El interés se calculará sobre el saldo de
capital (o valor residual de las ON CAIMAN Serie II
emitidas) al inicio de cada Período de Interés por la
cantidad de días de cada Período de Interés, considerando
para su cálculo la base de un año de 365 (trescientos
sesenta y cinco) días (cantidad de días transcurridos/365).
Intereses moratorios: Los intereses moratorios se devengarán desde cada Fecha
de Pago de Servicios respecto del servicio impago. Los
mismos ascenderán a una vez y media el interés
determinado sobre los conceptos adeudados. En caso de
colocarse las ON CAIMAN Serie II Clase B por precio, el
interés moratorio será equivalente a una vez y media el
interés implícito en el precio de suscripción por su
colocación a descuento.
Fecha de Emisión y Liquidación: Será dentro de los tres días hábiles siguientes de concluido
el Período de Licitación conforme se informe en el Aviso
de Suscripción a publicar en la AIF y en los sistemas de
información de ByMA.
Fecha de Vencimiento: A los 24 meses desde la Fecha de Emisión y Liquidación, y
será informada en el Aviso de Suscripción.
Agente de Depósito Colectivo: Caja de Valores S.A.
Agente de Cálculo: La Emisora
Forma de los títulos: Las ON CAIMÁN SERIE II serán documentadas en
certificados globales permanentes, depositados en Caja de
Valores S.A. Los obligacionistas renuncian al derecho a
exigir la entrega de láminas individuales. Las transferencias
se realizarán dentro del sistema de depósito colectivo,
encontrándose habilitada la Caja de Valores S.A para
cobrar aranceles a los depositantes, que estos podrán
trasladar a los beneficiarios.
Fechas de Pagos de Servicios: Los
servicios
de
amortización
y
de
intereses
correspondientes a las ON CAIMÁN SERIE II, serán
pagaderos en las fechas depago de serviciosque se
8
indiquen en el cuadro de pago de servicios indicado en el
Aviso de Suscripción (el “Cuadro de Pago de Servicios”).
Si la fecha fijada para el pago fuera un día inhábil, quedará
pospuesta al Día Hábil siguiente, devengando intereses por
el o los días que se posponga el vencimiento. Las
obligaciones de pago se considerarán cumplidas y liberadas
en la medida en que la Emisora ponga a disposición de
Caja de Valores S.A. los fondos correspondientes. Los
pagos serán efectuados por el Emisor mediante la
transferencia de los importes correspondientes a Caja de
Valores S.A., para su acreditación en las cuentas de los
tenedores con derecho a cobro. Se entenderá por “Día
Hábil” cualquier día que no sea sábado, domingo o
cualquier otro día en el cual los bancos comerciales en la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires los mercados de
valores autorizados estuvieran autorizados o requeridos por
las disposiciones legales vigentes a cerrar o que, de otra
forma, no estuvieran abiertos para operar o tuvieran alguna
restricción para operar dispuesta por el BCRA. Si una fecha
de pago no fuera un Día Hábil, el pago deberá hacerse el
Día Hábil inmediato posterior, salvo que ese día caiga
después de la Fecha de Vencimiento de cualquiera de las
clases de Obligaciones Negociables, caso en el cual el pago
deberá hacerse el Día Hábil inmediato anterior. En el caso
de que el día en el que debe realizarse el pago sea un día
que no tenga numeración correspondiente en el mes
calendario que corra (por ejemplo, el día 29 de febrero en
un año no bisiesto), ese pago deberá realizarse el último
Día Hábil de ese mes calendario. Cualquier pago adeudado
bajo las Obligaciones Negociables efectuado en dicho Día
Hábil inmediatamente posterior tendrá la misma validez
que si hubiera sido efectuado en la fecha en la cual vencía
el mismo, devengándose los intereses durante el período
comprendido entre dicha fecha y el día inmediato anterior
al del efectivo pago.
Pagos de Servicios: La amortización y pago de los intereses correspondientes a
las Obligaciones Negociables serán efectuados por la
Emisora mediante la transferencia de los importes
correspondientes a CVSA, para su acreditación en las
cuentas de los tenedores con derecho a cobro.
Cuadro de Pago de Servicios: Es el cuadro inserto en el Aviso de Suscripción en el que se
indicarán las Fechas de Pago de Servicios de las
Obligaciones Negociables.
Destino de los Fondos El producido neto de la colocación de las ON CAIMAN
SERIE II será utilizado en un 100% para capital de trabajo,
principalmente compra de materias primas y materiales
para la producción de pulverizadores, conforme con lo
previsto en el artículo 36 de la Ley de Obligaciones
Negociables Nº 23.576.
Garantía de las Obligaciones
Negociables.
Las
Obligaciones
Negociables
estarán
totalmente
garantizadas por las Entidades de Garantía, quienes
asumirán el carácter de fiadores lisos, llanos y principales
pagadores del capital,intereses compensatoriospactados,
9
intereses moratorios, gastos y demás accesorios que
razonablemente demande el cobro de las Obligaciones
Negociables impagas, incluidas las costas judiciales.
Garantías Bind S.G.R. garantizará la suma de U$S 198.000
(Dólares ciento noventa y ocho mil), que equivale al 33%
del Monto Máximo de la Emisión, Argenpymes S.G.R.
garantizará la suma de U$S 198.000 (Dólares ciento
noventa y ocho mil), que equivale al 33% del Monto
Máximo de la Emisión, BST garantizará la suma de U$S
102.000 (dólares ciento dos mil), que equivale al 17% del
Monto Máximo de la Emisión, y Fid Aval S.G.R.
garantizará la suma de U$S 102.000 (dólares ciento dos
mil), que equivale al 17% del Monto Máximo de la
Emisión. Las garantías se instrumentarán a través de los
Certificados de Garantía a ser emitidos por las Entidades de
Garantía.
Cada Entidad de Garantía deberá pagar los conceptos
adeudados por la Emisora dentro del quinto día hábil de la
intimación cursada por medio fehaciente por cualquier
obligacionista. Para mayor información, véase la Sección
Garantía” del presente Prospecto.
Aviso de Suscripción Es el aviso a publicar en el Boletín Diario de la BCBA y en
la AIF por medio del cual serán ofrecidas las ON CAIMAN
Serie II.
Período de Colocación Comprende el Período de Difusión y el Período de
Licitación el que será informado en el Aviso de
Suscripción.
Período de Difusión Comprende un periodo de, por lo menos, 3 (tres) días
hábiles.
Período de Licitación Significa el período de, por lo menos, 1 (un) día hábil
bursátil para la subasta o licitación pública que será
informado oportunamente en el Aviso de Suscripción.
Mercados Autorizados en los que se
ofrecerán los Valores Negociables.
Las ON CAIMÁN SERIE II serán listadas y negociadas en
Bolsas y Mercados Argentinos S.A., y podrá solicitarse la
negociación en el Mercado Abierto Electrónico S.A.
Forma de colocación La colocación entre el público inversor será realizada por
los Colocadores, por “subasta o licitación pública” a través
del sistema informático de colocaciones primarias de
Bolsas
y
Mercados
Argentinos
S.A.
(“BYMA”)
denominado “BYMA Primarias” bajo la modalidad abierta,
conforme a lo dispuesto por las Normas de CNV y
negociarse en BYMA, y eventualmente en cualquier otro
mercado autorizado.
Tarallo S.A. será el encargado de generar el pliego de
licitación en el sistema “BYMA Primarias”. Ni la Emisora
ni los Colocadores tendrán responsabilidad alguna por las
órdenes de compra presentadas a agentes de BYMA
distintos de los Colocadores. Los inversores interesados en
presentar órdenes de compra deberán contactar a cualquier
agente de BYMA (incluyendo, sin limitación, a los
Colocadores)con suficiente anticipación a la finalización

del Período de Licitación, a fin de posibilitar que las correspondientes órdenes de compra sean presentadas a través del módulo de licitaciones del sistema “BYMA Primarias” antes de que finalice el Período de Licitación. Ni la Emisora ni los Colocadores pagarán comisión y/o reembolsarán gasto alguno a los agentes de BYMA (distintos de los Colocadores) a través de los cuales se presenten órdenes de compra, sin perjuicio de que estos podrían cobrar comisiones y/o gastos directamente a los inversores que presenten órdenes de compra a través de los mismos.

En la oportunidad que determinen el Emisor y los Colocadores en forma conjunta, luego de aprobada la oferta pública de las ON CAIMAN Serie II por parte de CNV, se publicará un Aviso de Suscripción en la Autopista de Información Financiera de la página web de la CNV (www.argentina.gob.ar/cnv), así como en la Página web de ByMA, en el que se indicará al menos: 1) la fecha de inicio y finalización del Periodo de Difusión, 2) la fecha de inicio y finalización del Periodo de Licitación, y 3) demás datos que pudieran ser necesarios

La oferta de las ON CAIMAN Serie II constará de un tramo competitivo (el “Tramo Competitivo”) y un tramo no competitivo (el “Tramo No Competitivo”).

Las órdenes de compra remitidas bajo el Tramo Competitivo deberán indefectiblemente incluir el Diferencial de Tasa Solicitado para las ON CAIMAN Serie II Clase A, y la tasa solicitada en caso de licitarse tasa, (la “Tasa Solicitada”) o el precio de emisión ofrecido, de colocarse por precio (el “Precio Ofrecido”) para las ON CAIMAN Serie II Clase B, mientras que aquellas que se remitan bajo el Tramo No Competitivo no incluirán dichas variables.

En el Aviso de Suscripción se indicará si para las ON CAIMAN Serie II Clase B se licita tasa o se colocan por precio.

La totalidad de ON CAIMAN Serie II de cada clase adjudicadas al Tramo No Competitivo no podrá superar el 50% de las ON CAIMAN Serie II de cada clase a emitirse. Todas las órdenes de compra bajo el Tramo No Competitivo no podrán ser superiores a $ 1.000.000 para las ON CAIMAN Serie II Clase A y a U$S 1.000 para las ON CAIMAN Serie II Clase B. Todas las órdenes de compra que superen dichos montos serán consideradas órdenes de compra bajo el Tramo Competitivo debiendo indicar el Diferencial de Tasa para las ON CAIMAN Serie II Clase A y la Tasa Solicitada o el Precio Ofrecido, según corresponda para las ON CAIMAN Serie II Clase B.

Bajo el Tramo Competitivo los oferentes podrán presentar, sin limitación alguna, más de una orden de compra que contengan montos y Diferencial de Tasa para las ON CAIMAN Serie II Clase A, o Tasa Solicitada o Precio Ofrecido, según corresponda, para las ON CAIMAN Serie II Clase B que pueden ser distintos entre sí, de las distintas órdenes de compra del mismo oferente, pudiendo quedar adjudicadas una, todas o ninguna de las órdenes de compra remitidas, de conformidad con el procedimiento que se

11

describe en esta sección.

Ningún inversor podrá ingresar ofertas por un monto superior al Monto Máximo de Emisión de VN US$ 600.000 (Dólares seiscientos mil) o su equivalente en pesos al Tipo de Cambio de Integración, ya sea que se presenten en una o más ofertas a través de uno o más colocadores. Las ON CAIMAN Serie II serán colocadas conforme el Diferencial de Tasa para las ON CAIMAN Serie II Clase A, y la Tasa Solicitada o el Precio Ofrecido, según corresponda, para las ON CAIMAN Serie II Clase B en las órdenes de compra recibidas durante el Período de Licitación, volcando en primer lugar las órdenes de compra que formen parte del Tramo No Competitivo de cada clase y en segundo lugar las Ofertas que formen parte del Tramo Competitivo de cada clase. El Emisor, teniendo en cuenta las condiciones de mercado vigentes, determinará el Diferencial de Corte para las ON CAIMAN Serie II Clase A, y la Tasa Fija o el Precio de Emisión, según corresponda, para las ON CAIMAN Serie II Clase B y el monto a emitir de ON CAIMAN Serie II de cada clase, pudiendo en su defecto declarar desierta la colocación. La adjudicación se realizará a un Diferencial de Tasa único para las ON CAIMAN Serie II Clase A (el mayor Diferencial de Tasa aceptado) para todas las ofertas aceptadas (el “Diferencial de Corte”) y una Tasa Fija única (de colocarse por tasa) (la mayor tasa aceptada) para todas las ofertas aceptadas (la “Tasa Fija de Corte”) o un Precio de Emisión único (de colocarse por precio) (el menor precio aceptado) para todas las ofertas aceptadas (el “Precio de Corte”) para las ON CAIMAN Serie II Clase B. El Diferencial de Tasa deberá ser expresado como un porcentaje anual truncado a dos decimales y el mismo podrá ser inferior a 0.

La Tasa Solicitada deberá ser expresado como un porcentaje anual truncado a dos decimales y el mismo no podrá ser inferior a 0.

El Precio Ofrecido deberá ser expresado como número truncado en dos decimales.

El Emisor podrá declarar desierta la colocación de las ON CAIMAN Serie II de ambas o una Clase en caso de: (i) ausencia de órdenes de compra respecto de la totalidad de las ON CAIMAN Serie II ofrecidas o de una clase en particular, (ii) que los Diferenciales de Tasa para las ON CAIMAN Serie II Clase A, y las Tasas Solicitadas o los Precios Ofrecidos para las ON CAIMAN Serie II Clase B hubieren sido superiores a los esperados por la Emisora; (iii) que el valor nominal total de las órdenes de compra recibidas hubiere sido inferior al esperado por la Emisora; (iv) que hubieren sucedido cambios adversos en los mercados financieros o de capitales locales, así como en las condiciones generales de la Emisora o de la República Argentina, incluyendo, con carácter meramente enunciativo, condiciones políticas, económicas, financieras, sanitarias o de tipo de cambio en la República Argentina o crediticias de la Emisora que pudieran hacer que no resulte aconsejable efectuar la colocación de las ON CAIMAN Serie II; o (v) que los oferentes no hubieren dado

12

cumplimiento con las normas legales sobre prevención de lavado de activos y financiamiento del terrorismo emitida por la Unidad de Información Financiera (“UIF”), las normas del mercado de capitales que impiden y prohíben el lavado de activos emitidas por la UIF, y las normas de la CNV o el Banco Central de la República Argentina (“BCRA”). En dichos casos, las respectivas órdenes de compra quedarán automáticamente sin efecto, sin que tal circunstancia otorgue a los oferentes derechos a compensación ni indemnización alguna. La decisión de declarar desierta la colocación de las ON CAIMAN Serie II de una o ambas clases será informada mediante un aviso complementario al presente Prospecto.

Se podrá adjudicar a los oferentes una cantidad inferior a la totalidad de las ON CAIMAN Serie II ofrecidas de una o ambas clases en caso de (i) ausencia de órdenes de compra respecto de la totalidad de las ON CAIMAN Serie II ofrecidas de una o ambas clases, o (ii) que se acepte un Diferencial de Tasa para las ON CAIMAN Serie II Clase A o una Tasa Fija de Corte o un Precio de Corte, según el caso, para las ON CAIMAN Serie II Clase B que tan solo permita colocar parte de las ON CAIMAN Serie II ofrecidas de una o ambas clases.

En cualquier caso, las órdenes de compra que no alcancen el Diferencial de Corte para las ON CAIMAN Serie II Clase A, o la Tasa Fija de Corte o Precio de Corte aceptado para las ON CAIMAN Serie II Clase B quedarán automáticamente sin efecto y serán restituidas a los oferentes sin que tal circunstancia otorgue a estos últimos derechos a compensación ni indemnización algunos.

La determinación de los montos de emisión el Diferencial de Corte para las ON CAIMAN Serie II Clase A, o la Tasa Fija de Corte o el Precio de Corte para las ON CAIMAN Serie II Clase B será realizado a través del sistema “BYMA PRIMARIAS, en virtud del cual todas las ofertas del Tramo No Competitivo serán adjudicadas al Diferencial de Corte para las ON CAIMAN Serie II Clase B y a la Tasa Fija de Corte o el Precio de Corte, para las ON CAIMAN Serie II Clase B, estableciéndose, sin embargo, que a las ofertas remitidas bajo el Tramo No Competitivo en ningún caso se les adjudicará un monto de ON CAIMAN Serie II de cada clase superior al 50% del monto final de las ON CAIMAN Serie II de cada clase que será efectivamente emitido, y estableciéndose, asimismo, que en caso que las ofertas del Tramo No Competitivo superen dicho 50%, las mismas serán adjudicadas a prorrata, según lo dispuesto por BYMA Primarias, sobre la base del monto solicitado, sólo excluyendo aquellas ofertas que –en virtud de la aplicación de la prorrata- resultaran ofertas cuyo monto fuera inferior al monto mínimo de suscripción.

Si como resultado del prorrateo bajo el mecanismo de adjudicación arriba descripto, el valor nominal a adjudicar a una oferta contuviera decimales por debajo de los $0.50 para las ON CAIMAN Serie II Clase A y U$S 0,50 para las ON CAIMAN Serie II Clase B, los mismos serán suprimidos a efectos de redondear el valor nominal de las ON CAIMAN Serie II de cada clase a adjudicar.

13

Contrariamente, si contuviera decimales iguales o por
encima de $ 0,50 para las ON CAIMAN Serie II Clase A, o
U$S 0,50 para las ON CAIMAN Serie II Clase B, los
mismos serán ponderados hacia arriba, otorgando $1 para
las ON CAIMAN Serie II Clase A y US$ 1 al valor
nominal de las ON CAIMAN Serie II Clase B a adjudicar.
Si como resultado de los prorrateos el monto a asignar a
una orden de compra fuera un monto inferior al monto
mínimo de suscripción, a esa orden de compra no se le
asignarán
ON
CAIMAN
Serie
II
de
la
clase
correspondiente y el monto no asignado a tales órdenes de
compra será distribuido a prorrata entre las demás órdenes
de compra con Diferencial de Tasa solicitado para las ON
CAIMAN Serie II Clase A igual al Diferencial de Corte, y
Tasa Solicitada o Precio Solicitado, según corresponda,
para las ON CAIMAN Serie II Clase B igual a la Tasa Fija
de Corte o Precio de Corte.
El Período de Difusión y/o el Período de Licitación podrá
ser prorrogado, modificado y/o suspendido por la Emisora,
de común acuerdo con los Colocadores, circunstancia que
se informará mediante la publicación de un nuevo aviso de
colocación en los sistemas de información de BYMA y en
la AIF - dejando expresa constancia de que los inversores
iniciales podrán, en su caso, retirar sus ofertas de
suscripción sin penalización alguna hasta el Día Hábil
anterior al cierre del Período de Licitación.
Ni la Emisora ni los Colocadores serán responsables por
problemas, fallas, pérdidas de enlace, errores en la
aplicación y/o caídas del software al utilizar el sistema
“BYMA Primarias” de ByMA.
Órganos y Fechas en las que se
dispuso el ingreso a Oferta Pública y
las
condiciones
de
la
presente
emisión
La emisión y los términos y condiciones de la emisión
fueron autorizada y fijadas por Asamblea del emisor según
Acta Nº 96 celebrada el 10 de septiembre de 2024, Acta de
Directorio de fecha 12 de septiembre de 2024 y Acta de
Subdelegado de fecha 17 de octubre de 2024.
Agentes y todo otro Interviniente en
el proceso de emisión y colocación y
gastos correspondientes
La Sociedad designó a Tarallo S.A, Agente de Liquidación
y Compensación y Agente de Negociación Propio Nº 198
de Comisión Nacional de Valores, como estructurador,
organizador y colocador; a Industrial Valores S.A. Agente
de Liquidación y Compensación, y Agente de Negociación
Propio Nº 153 de Comisión Nacional de Valores, como
colocador, a Allaria S.A., Agente de Liquidación y
Compensación y Agente de Negociación Propio N°24 de la
Comisión Nacional de Valores, como colocador, a Banco
de Servicios y Transacciones S.A., Agente de Liquidación
y Compensación N° 64 de CNV, como colocador y entidad
de garantía, y a Garantías Bind SGR Fid Aval S.G.R. y
Argenpymes SGR como Entidades de Garantía. El Emisor
pagará una retribución por los servicios de estructuración y
organización de hasta el 1% y por el de colocación de hasta
el 1% sobre el valor nominal efectivamente colocado. En lo
que respecta a la comisión por el otorgamiento del aval la
misma será anual sobre el saldo del aval del 2,5% para
Garantías Bind SGR, el 3% para BST, el 2,5% para
Argenpymes SGR.yel 3 %para Fid Aval S.G.R.por año
adelantado. El gasto de asesoramiento legal será de hasta el
0,2% del monto de emisión.
Compras La Sociedad, o cualquiera de sus controlantes, controladas
o vinculadas, podrá comprar las ON CAIMAN Serie II en
cualquier momento en forma privada o en un mercado, a
cualquier precio. Las ON CAIMAN Serie II así adquiridas,
mientras se encuentren bajo titularidad de la Sociedad o de
una controlada, no serán consideradas en circulación ni
otorgarán derecho de voto, salvo en la medida en que tales
ON CAIMAN Serie II hubieran sido prendadas de buena
fe, si el acreedor prendario prueba su derecho a actuar
respecto de dichas ON CAIMAN Serie II.
Reembolso anticipado a opción del
Emisor
El Emisor podrá reembolsar anticipadamente la totalidad o
una parte de las ON CAIMÁN SERIE II que se encuentren
en circulación, al valor residual con más los intereses
devengados hasta la fecha de pago del valor de reembolso.
El importe a pagar a los obligacionistas será el valor de
reembolso, que resultará de sumar al valor residual los
intereses devengados conforme a las condiciones de
emisión hasta el día de pago del valor de reembolso. La
decisión será publicada en los sistemas de información del
BYMA, y en la Autopista de Información Financiera de la
CNV. Tal publicación constituirá notificación suficiente
para los obligacionistas. El valor de reembolso se pagará en
un plazo no mayor a treinta (30) días desde la publicación
del aviso correspondiente respetando el trato igualitario
ente los obligacionistas.
Resoluciones de los obligacionistas.
Asambleas.
Las asambleas de obligacionistas serán convocadas y se
desarrollarán de conformidad con lo dispuesto por el
artículo 14 y siguientes de Ley de Obligaciones
Negociables. Las asambleas se celebrarán en la fecha y en
el lugar que determine la Emisora. Las asambleas de
obligacionistas pueden ser ordinarias o extraordinarias.
Corresponde a la asamblea ordinaria la consideración de
cualquier autorización, instrucción, o notificación y, en
general, todos los asuntos que no sean competencia de la
asamblea extraordinaria. Corresponde a la asamblea
extraordinaria (i) toda modificación a los términos y
condiciones de las Obligaciones Negociables de la clase en
cuestión y (ii) las dispensas a cualquier disposición de las
Obligaciones Negociables de la clase en cuestión
(incluyendo, pero no limitado a, las dispensas a un
incumplimiento pasado o a Causales de Incumplimiento
bajo las mismas). El quórum para la primera convocatoria
estará constituido por obligacionistas que representen no
menos del 60% (en el caso de una asamblea extraordinaria)
o la mayoría (en el caso de una asamblea ordinaria) del
valor nominal en circulación de las Obligaciones
Negociables de la clase en cuestión, y si no se llegase a
completar dicho quórum, los titulares que representen no
menos del 30% del valor nominal en circulación de las
Obligaciones Negociables de la clase en cuestión (en el
caso de una asamblea extraordinaria) o la persona o
personaspresentes en dicha asamblea(en el caso de una

asamblea ordinaria) constituirán quórum para la asamblea convocada en segunda convocatoria. Tanto en las asambleas ordinarias como en las extraordinarias, ya sea en primera o en segunda convocatoria, las decisiones se tomarán por el voto afirmativo de obligacionistas que representen la mayoría absoluta del valor nominal en circulación de las Obligaciones Negociables de la clase en cuestión, presentes o representados en las asambleas en cuestión. Se requerirá el voto afirmativo del 70% de los tenedores de las Obligaciones Negociables de la clase en cuestión afectada en relación con toda modificación de términos esenciales de la emisión, incluyendo, sin carácter limitativo, a las siguientes modificaciones (las “Modificaciones a los Términos Esenciales de Emisión”): - cambio de las fechas de pago de capital o intereses; - reducción del monto de capital, de la tasa de interés o de cualquier otro monto pagadero;

  • reducción del porcentaje del valor nominal en circulación de las Obligaciones Negociables de la clase en cuestión necesario para modificar o enmendar los términos y condiciones de las Obligaciones Negociables de la clase en cuestión, o para prestar su consentimiento a una dispensa bajo las Obligaciones Negociables de la clase en cuestión, o reducir los requisitos para votar o constituir quórum descriptos anteriormente. Todas las decisiones adoptadas por la asamblea serán concluyentes y vinculantes para todos los titulares de las Obligaciones Negociables de la clase en cuestión, independientemente de si estaban presentes en la asamblea o no y de que hayan votado o no. Podrán celebrarse asambleas a distancia, mediante la utilización de un canal de comunicación que permita la transmisión simultánea de sonido, imágenes y palabras en el transcurso de toda la reunión, así como su grabación en un soporte digital. Se aplicarán las siguientes reglas, y aquellas otras que emanen de disposiciones de la CNV:

(a) La Emisora deberá garantizar el libre acceso a la reunión de todos los obligacionistas, de las Entidades de Garantía y de uno o más representantes de la CNV y de los mercados en los que se encuentren listadas las Obligaciones Negociables de la clase en cuestión. Introduce el texto aquíIntroduce el texto aquí

(b) En la convocatoria y en su comunicación por la vía legal y correspondiente, se debe difundir el correo electrónico referido en el punto siguiente e informar de manera clara y sencilla: el canal de comunicación elegido, el modo de acceso a los efectos de permitir dicha participación y los procedimientos establecidos para la emisión del voto a distancia por medios digitales.

(c) Los obligacionistas y demás personas con derecho a participar en la asamblea comunicarán su asistencia por el correo electrónico que la Emisora habilite al efecto. En el caso de tratarse de representantes e deberá remitir a la entidad con una antelación mínima de tres Días Hábiles el instrumento habilitante correspondiente.

(d) Deberá dejarse constancia en el acta de los participantes, el carácter en que lo hicieron y el sistema utilizado.

(e) La Emisora conservará una copia en soporte digital de

16

la reunión por el término de cinco años, la que estará a
disposición de la CNV, de los mercados en que estén
listadas las Obligaciones Negociables de la clase en
cuestión, y de cualquier obligacionista que la solicite. Se
podrá, sin necesidad de reunión ni emisión de voto en
asamblea, si se obtuviera el consentimiento de la mayoría
absoluta de obligacionistas cuando se trate de decisiones
que correspondan a la asamblea ordinaria o extraordinaria,
salvo que se trate de Modificaciones a los Términos
Esenciales de Emisión que se requerirá el consentimiento
de obligacionistas que representen el setenta por ciento
(70%) del capital total pendiente de pago de las
Obligaciones Negociables en circulación de la clase en
cuestión, si los obligacionistas manifiestan su voluntad
mediante notas por escrito dirigidas a la Emisora. Las
asambleas se regirán por las disposiciones de la Ley de
Obligaciones Negociables y las demás normas y requisitos
vigentes establecidos por la CNV y los mercados en los que
las obligaciones negociables estén listadas. Las prórrogas,
renovaciones, modificaciones o novaciones que pudieran
otorgarse con relación a las obligaciones contraídas como
consecuencia de las Obligaciones Negociables de la clase
en cuestión deberán contar con el consentimiento expreso
de las Entidades de Garantía.
Resolución de conflictos por el
Tribunal Arbitral
Conforme a lo dispuesto en el artículo 46 de la ley 26.831
(Ley de Mercado de Capitales), todo conflicto que se
suscite entre los obligacionistas y el Emisor y/o el
organizador y colocador relativo al presente Prospecto, las
condiciones de emisión, su suscripción, y todos los actos y
documentos relacionados, será resuelto a opción de los
obligacionistas: (a) ante los tribunales competentes del
domicilio del Emisor o (b) en forma inapelable por el
Tribunal de Arbitraje General de la Bolsa de Comercio de
Rosario “Sala Mercado de Capitales” (el “Tribunal
Arbitral”), por las reglas del arbitraje de derecho. Ello sin
perjuicio de la acción ejecutiva de cobro que tramitará ante
los tribunales competentes del domicilio del Emisor.
Impuestos Todos los pagos relacionados con las Obligaciones
Negociables serán efectuados por la Emisora sin retención o
deducción por o a cuenta de cualesquiera impuestos,
derechos, gravámenes, tasas, retenciones o gastos de
transferencia de cualquier naturaleza, presentes o futuros
(los “Tributos”),excepto que la Emisora esté legalmente
obligada a actuar como agente de retención de cualquier
Tributo que pudiere recaer sobre los pagos de servicios bajo
las Obligaciones Negociables cuyo pago corresponda a los
obligacionistas con motivo de la titularidad o disposición de
las Obligaciones Negociables, en cuyo caso las sumas
adeudadas a los obligacionistas serán abonadas previa
deducción o retención del Tributo correspondiente.
Ley Aplicable Las Obligaciones Negociables se emitirán conforme con la
Ley de Obligaciones Negociables y las demás normas
vigentes en la Argentina. Todas las cuestiones relacionadas
con lasObligacionesNegociables se regiránpor, ydeberán
ser interpretadas exclusivamente de conformidad con, las
leyes de la República Argentina.
Acción Ejecutiva Conforme con el artículo 29 de la Ley de Obligaciones
Negociables, en el supuesto de incumplimiento por parte de
la Emisora en el pago de cualquier monto adeudado bajo las
Obligaciones Negociables, los tenedores de las mismas
podrán
iniciar
acciones
ejecutivas
ante
tribunales
competentes de la Argentina para reclamar el pago de los
montos adeudados por la Emisora y para ejecutar los
Certificados de Garantía.
En virtud del régimen de depósito colectivo establecido de
conformidad con los términos de la Ley de Nominatividad
de Títulos Valores Privados y el artículo 131 de la Ley de
Mercado de Capitales, Caja de Valores podrá expedir
certificados de tenencia a favor de los tenedores en cuestión
a solicitud de éstos y éstos podrán iniciar con tales
certificados las acciones ejecutivas mencionadas.

III.-TÉRMINOS Y CONDICIONES PARTICULARES DE EMISIÓN DE LAS OBLIGACIONES NEGOCIABLES PYME CNV GARANTIZADA CAIMAN SERIE II CLASE A

Denominación: Obligaciones Negociables PYME CNV Garantizada CAIMAN Serie
II Clase A (las “ON CAIMAN Serie II Clase A”).
Moneda de
Denominación,
suscripción y pago:
Las CAIMAN Serie II Clase A estarán denominadas, serán integradas
y pagaderas en Pesos.
Monto de Emisión El monto de emisión de las ON CAIMAN Serie II Clase A podrá ser
por hasta un valor nominal en pesos equivalente a U$S 600.000
(Dólares seiscientos mil), al Tipo de Cambio de Integración. Sin
embargo, la sumatoria del monto de emisión de las ON CAIMAN
Serie II Clase A y de las ON CAIMAN Serie II Clase B no podrá
superar el monto de U$S 600.000 (Dólares seiscientos mil) o su
equivalente en pesos al Tipo de Cambio de Integración. A los efectos
del cálculo de la equivalencia en pesos del monto a emitir se tomará
el Tipo de Cambio de Integración.
Valor nominal
unitario:
V/N $1 (Pesos uno).
Unidad Mínima de
Negociación
V/N $1 (pesos uno) y múltiplos de $1 (pesos uno) superiores a dicho
monto.
Monto Mínimo de
Suscripción:
V/N $ 1.000 (Pesos mil) y montos superiores que sean múltiplos de
$1 (Pesos uno).
Precio de
Suscripción:
100% (cien por ciento) del valor nominal.
Tasa de Interés Las ON CAIMAN Serie II Clase A devengarán intereses a una tasa
nominal anual variable equivalente a la Tasa Badlar (conforme dicho
término se define más adelante)más un Diferencial de Tasa,a
1

18

licitarse durante el Período de Licitación. El Diferencial de Tasa
deberá ser expresado como un porcentaje anual truncado a dos
decimales y el mismo podrá ser positivo, igual al 0,00% o negativo.
En caso de que el Diferencial de Tasa fuera negativo, los puntos
básicos en cuestión serán detraídos de la Tasa Badlar en la Fecha de
Pago de Intereses, según pudiera aplicar. De esta forma, podría
suceder que las ON CAIMAN Serie II Clase A puedan no generar
interés, sin perjuicio lo cual, en el caso de que la Tasa de Interés
Aplicable (sumatoria de la Tasa de Badlar y el Diferencial de Tasa)
diera como resultado un monto negativo, se entenderá que el interés
bajo las ON CAIMAN Serie II Clase A será de 0,00%.
Tasa Badlar El promedio aritmético simple de las tasas de interés para depósitos a
plazo fijo de más de un millón de pesos de 30 (treinta) a 35 (treinta y
cinco) días en banco privados, en base a las tasas informadas por el
BCRA durante el período que se inicia el séptimo Día Hábil anterior
al inicio de cada Período de Interés, y finaliza el séptimo Día Hábil
anterior el último día del Período de Interés, incluyendo el primero
pero excluyendo el último. Actualmente la Tasa Badlar es informada
por el BCRA en su página de internet (www.bcra.gob.ar) (la “Página
Web
del
BCRA”),
Sección
“Publicaciones
y
Estadísticas/
Estadísticas/ Monetarias y Financieras/ Cuadros estandarizados de
series estadísticas/ Tasas de interés/ Por depósitos/ Series diarias/
BADLAR - Tasas de interés por depósitos a plazo fijo de 30 (treinta)
a 35 (treinta y cinco) días de plazo y de más de un millón de pesos o
dólares, en % nominal anual”. En caso de que la Tasa Badlar dejare
de ser informada por el BCRA, se tomará: (i) la tasa sustitutiva de la
Tasa Badlar que informe el BCRA o (ii) en caso de no existir o no
informarse la tasa sustituta indicada en (i) precedente, se calculará la
Tasa Badlar, considerando el promedio de tasas informadas para
depósitos a plazos fijo en pesos por un monto mayor a un millón de
pesos por periodos de entre 30 (treinta) y 35 (treinta y cinco) días de
los cinco (5) primeros bancos privados de la Argentina en cantidad de
depósitos, según el último informe de depósitos disponible publicado
por el Banco Central de la República Argentina; en todos los casos,
correspondiente al mes calendario anterior a cada Fecha de Pago de
Servicios.
Diferencial de Tasa Es la tasa nominal anual adicional que se pagará por sobre la Tasa
Badlar respecto de las ON CAIMAN Serie II Clase A, y que se
determinará, a través del sistema de colocación, luego del cierre del
Período de Licitación e informado mediante el Aviso de Resultados
(el “Diferencial de Tasa”). Dicho Diferencial de Tasa se
corresponderá con el Diferencial de Corte. Se aclara a los potenciales
inversores que el Diferencial de Tasa podrá ser positivo, igual al
0,00% o negativo. En caso de que el Diferencial de Tasa fuera
negativo, los puntos básicos en cuestión serán detraídos de la Tasa
Badlar en la Fecha de Pago de Intereses, según pudiera aplicar. De
esta forma, podría suceder que las ON CAIMAN Serie II Clase A
puedan no generar interés, sin perjuicio lo cual, en el caso de que la
Tasa de Interés Aplicable (sumatoria de la Tasa de Badlar y el
Diferencial de Tasa) diera como resultado un monto negativo, se
entenderá que el interés bajo las ON CAIMAN Serie II Clase A será
de 0,00%.

==> picture [91 x 73] intentionally omitted <==

19

IV.- TÉRMINOS Y CONDICIONES PARTICULARES DE EMISIÓN DE LAS OBLIGACIONES NEGOCIABLES PYME CNV GARANTIZADA CAIMAN SERIE II CLASE B

Denominación de la
Clase:
Obligaciones Negociables PYME CNV Garantizada CAIMAN Serie II
Clase B (las “ON CAIMAN Serie II Clase B”).
Moneda de emisión,
integración y pago:
Las ON CAIMAN Serie II Clase B estarán denominadas en Dólares
Estadounidenses. La moneda de integración y pago será pesos al Tipo de
Cambio de Integración o al Tipo de Cambio de Pago, según
corresponda.
Monto de Emisión El monto de emisión de las ON CAIMAN Serie II Clase B podrá ser por
hasta un valor nominal de U$S 600.000 (Dólares seiscientos mil). Sin
embargo, la sumatoria del monto de emisión de las ON CAIMAN Serie
II Clase A y de las ON CAIMAN Serie II Clase B no podrá superar el
monto de U$S 600.000 (Dólares seiscientos mil) o su equivalente en
pesos al Tipo de Cambio de Integración.
Valor nominal
unitario:
V/N U$S 1 (Dólares Estadounidenses uno).
Monto Mínimo de
Suscripción:
U$S 50 (Dólares Estadounidenses cincuenta) y múltiplos de U$S1
(Dólares Estadounidenses uno) superiores a dicho monto
Unidad mínima de
negociación
U$S1 (Dólares Estadounidenses uno) y múltiplos de U$S1 (Dólares
Estadounidenses uno) superiores a dicho monto.
Precio de Emisión: El precio de emisión de las ON CAIMAN Serie II Clase B será
determinado por la Emisora: (i) con anterioridad al inicio del Período de
Difusión e informado en el Aviso de Suscripción, de colocarse por
licitación de tasa; o (ii) con anterioridad a la Fecha de Emisión y
Liquidación, de colocarse por licitación de precio sobre la base del
resultado del procedimiento de colocación y adjudicación de las ON
CAIMAN Serie II detallado en los términos y condiciones generales de
emisión en el inciso “Forma de colocación y plazo” de este Prospecto e
informado a través del Aviso de Resultado de Colocación (el “Precio de
Emisión”).
Tipo de Cambio de
Integración:
Será el tipo de cambio Vendedor Cotización Billetes (Dólares
Estadounidenses) publicado por el Banco de la Nación Argentina en su
página webhttps://www.bna.com.ar/Personas (o el que lo sucediere o
modificare en el futuro), truncado a dos decimales del Día Hábil anterior
al Período de Licitación, el cual será informado en el Aviso de Resultado
de Colocación.
Tipo de Cambio de
Pago:
Significa el promedio aritmético simple de los últimos tres (3) Días
Hábiles previos a la Fecha de Cálculo correspondiente del tipo de
cambio Vendedor Cotización Billetes Dólares Estadounidenses
determinado y publicado por el Banco de la Nación Argentina en su
página webhttps://www.bna.com.ar/Personas,al cierre de sus
operaciones (o el que lo sucediere o modificare en el tiempo), truncado a
dos decimales.
En el supuesto que (y) el Banco de la Nación Argentina dejare de
publicar dicho tipo de cambio, el Tipo de Cambio de Pago será
calculado de acuerdo alpromedio aritmético simple de los últimos tres

20

(3) Días Hábiles previos a la Fecha de Cálculo del tipo de cambio Dólar
Estadounidense Cotización Divisas vendedor informado por el Banco de
la Nación, truncado a dos decimales; o (z) el BCRA decidiera desdoblar
el mercado libre de cambios, el Tipo de Cambio de Pago será el tipo de
cambio vendedor del Dólar Estadounidense por operaciones comerciales
o de exportación (por oposición al dólar financiero) que (i) publique el
Banco de la Nación Argentina; o (ii) si el Banco de la Nación Argentina
no efectuaré dicha determinación y publicación, el promedio del tipo de
cambio vendedor del Dólar Estadounidense por operaciones comerciales
o de exportación determinado e informado por los cinco (5) primeros
bancos privados de Argentina en cantidad de depósitos, según el último
informe de depósitos disponible publicado por el Banco Central de la
República Argentina; en todos los casos, correspondiente al mes
calendario anterior a cada Fecha de Cálculo.
Fecha de Cálculo: Será el sexto Día Hábil anterior a cada Fecha de Pago de Servicios,
según corresponda.
Tasa de Interés: De licitarse tasa, conforme se indique en el Aviso de Suscripción, Las
ON CAIMAN Serie II Clase B devengarán intereses a una tasa nominal
anual fija, a licitarse durante el Período de Licitación (la “Tasa Fija”). La
Tasa Fija se corresponderá con la Tasa Fija de Corte. La tasa deberá ser
expresada como un porcentaje anual truncado a dos decimales y no
podrá ser inferior a 0,00%. En caso que fuera igual al 0,00%, las ON
CAIMAN Serie II Clase B no devengarán intereses.
Renuncia: La Emisora reconoce y declara que los términos y condiciones de las ON
CAIMAN Serie II Clase B denominadas en Dólares Estadounidenses
reflejan su intención y voluntad de endeudarse en Dólares
Estadounidenses y asumir el riesgo de su endeudamiento en dicha
moneda, previéndose la integración y el pago de los servicios en Pesos
como una modalidad de mecánica en el funcionamiento de las
disposiciones contractuales de las ON CAIMAN Serie II Clase B y de
sus obligaciones de pago en Dólares Estadounidenses que no deben ser
tomadas como un mecanismo de ajuste, indexación o repotenciación de
deudas, prohibido bajo el Artículo 7, de la Ley N°23.928 y normas
modificatorias.
Consecuentemente, y a todo evento, la Emisora ha renunciado
expresamente a excusar el cumplimiento de sus obligaciones de pago en
los términos previstos en las ON CAIMAN Serie II Clase B con causa
en una violación a dicho precepto legal.

V.- GARANTIA

Las Obligaciones Negociables PyME CNV Garantizada CAIMÁN SERIE II están garantizadas por las siguientes Entidades de Garantía autorizadas por la CNV, en las proporciones que se indican a continuación: (i) Garantías Bind S.G.R. por el 33% (treinta y tres por ciento); (ii) Argenpymes S.G.R. por el 33% (treinta y tres por ciento); (iii) Banco de Servicios y Transacciones S.A. por el 17% (diecisiete por ciento), y (iv) Fid Aval S.G.R. por el 17% (diecisiete por ciento). Dicha garantía incluye el capital con más los intereses compensatorios pactados, accesorios y los gastos que razonablemente demande en conjunto el cobro de cualesquiera de los montos impagos bajo las Obligaciones Negociables, incluidas las costas judiciales. La garantía es otorgada por cada una de las

==> picture [91 x 73] intentionally omitted <==

21

Entidades de Garantía en la proporción que se indica precedentemente y se otorga en carácter de “liso, llano y principal pagador” de las Obligaciones Negociables con renuncia a los beneficios de excusión y división, en este último caso solo respecto de la Emisora, siendo sus obligaciones simplemente mancomunadas.

Naturaleza de la garantía: garantía común.

En caso de que la Emisora no cumpla con las obligaciones de pago conforme lo indicado en el presente Prospecto, las Entidades de Garantía responderán por cada incumplimiento dentro del plazo máximo de 5 (cinco) días hábiles del vencimiento del plazo correspondiente, por hasta el porcentaje indicado precedentemente.

DENOMINACION SOCIAL DE LA ENTIDAD DE GARANTÍA: GARANTIAS BIND SGR

NATURALEZA DE LA GARANTIA: Garantía Común

DESCRIPCIÓN:

Garantías Bind SGR (en adelante BIND Garantías) es una sociedad de garantía recíproca con más de 20 años de experiencia operando en el mercado SGR. En el año 2018 fue adquirida por el Banco Industrial SA, con el objetivo de impulsar el acceso de las pymes al financiamiento, en las mejores condiciones de mercado, brindándoles soluciones ágiles, eficientes y personalizadas, a través de un servicio que exceda sus expectativas.

Tiene un Fondo de Riesgo integrado a agosto de 2024 en $27.784 millones, con aportes de distintos socios protectores. A agosto de 2024, cuenta con más de 1723 socios partícipes con acciones y clientes Mi Pyme 111 socios protectores y más de 91866 avales emitidos a pymes de todo el país. Se encuentra inscripta en el registro especial del Banco Central de la República Argentina el 20/07/2006, mediante la Resolución 277 de la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias; como así también ante la Comisión Nacional de Valores el 05/10/2017 para actuar como avalista en el Régimen Pyme CNV.

Historia: El día 7/05/2018, Banco Industrial SA adquirió 120.780 Acciones Clase “B”, nominativas no endosables de valor nominal $1 cada una y con derecho a un 1 voto por acción de Garantía de Valores SGR, lo que representa el 48,6% del total del capital social de la SGR. A partir de dicha fecha y con la aprobación de la asamblea de accionistas efectuada con fecha 3/05/2018, la nueva denominación de la Sociedad de Garantía Recíproca es GARANTIAS BIND SGR. Posteriormente, el 31/10/2023 Banco Industrial SA transfirió a Grupo BIND 340.000 acciones. Con esta adquisición, BIND refuerza el compromiso del grupo con las pequeñas y medianas empresas del país, ofreciendo una nueva herramienta para su desarrollo .

El Consejo de Calificación de FIX SCR S.A. AGENTE DE CALIFICACION DE RIESGO “afiliada de Fitch Ratings” - Reg. CNV N°9, reunido el 11 de septiembre de 2024, decidió subir las siguientes calificaciones de Garantías Bind SGR:

  • Calificación de Largo Plazo: AA(arg) desde AA-(arg) manteniendo la Perspectiva Estable.

  • Calificación de Corto Plazo: A1(arg): A1+(arg), desde A1(arg)

Categoría AA(arg): “AA” nacional implica una muy sólida calidad crediticia respecto de otras entidades o fondos calificados, emisores, instrumentos o emisiones del país. El riesgo crediticio inherente a estas obligaciones financieras difiere levemente de los emisores o emisiones mejor calificados dentro del país.

==> picture [91 x 73] intentionally omitted <==

22

Los signos más (+) o menos (-) en las categorías de calificación asignados representan la fortaleza o posición relativa dentro de dichas categorías de calificación y no alteran la definición de la categoría a la cual se los añade.

Categoría A1(arg): Indica una muy sólida capacidad de pago en tiempo y forma de los compromisos financieros respecto de otras entidades o fondos calificados, emisores, instrumentos o emisiones del país. Cuando las características de la emisión o emisor son particularmente sólidas, se agrega un signo “+” a la categoría.

El informe de la Calificación de Riesgo se encuentra subido por el avalista en el ID 3252612 y bajo el ID 3252596 publicado por calificadora en AIF.

Indicadores SGR
Porcentaje de apalancamiento
Porcentaje de mora mensual
Composición del Fondo de Riesgo a su valor de Mercado
Títulos públicos nacionales
Títulos públicos provinciales y de CABA
Obligaciones negociables, debentures y otros títulos VRD autorizados
por CNV
Depósitos en cuentas a la vista
Acciones de Sociedades Anónimas constituidas en el país
Cuotapartes de FCI
Cuotapartes de FCIs PyME CPDs avalados, pagarés avalados y/u ONs
PyMEs
Depósitos en cuenta comitente
Cauciones bursátiles
Títulos valores y acciones emitidas por Sociedades, Estados extranjeros
u organismos int.
Totales
Garantías vigentes (riesgo vivo) según situación de la PYMA en
BCRA
Garantías vigentes (riesgo vivo) en PYMES en situación 1 BCRA
Garantías vigentes (riesgo vivo) en PYMES en situación 2 BCRA
Garantías vigentes (riesgo vivo) en PYMES en situación 3 BCRA
Garantías vigentes (riesgo vivo) en PYMES en situación 4 BCRA
Garantías vigentes (riesgo vivo) en PYMES en situación 5 BCRA
Tipo de acreedor seleccionado
Entidades Financieras
Mercado de Capitales
Garantías Comerciales
Garantías vigentes (riesgo vivo) por tipo de instrumento de
Mercado de Capitales
ON
CPD
PAGARE
sep-24
2,5
0,01
10.037.905.112
ago-24
2,00
0,06
11.851.808.550
1.189.147.590
8.467.108.106
5.585.476
1.518.348.305
1.170.612.024
7.658.373.396
3.145.436
1.430.679.030
6.453.418.256
1.769.918.347
5.817.217.150
6.225.444
5.817.217.150
40.164.711.345


8.579.880.836



2.225.733.680
4.338.027
8.766.561
5.976.310.750
39.827.027.881
94
1
2
2
1
55.2
44.4
0.4
3
47.8
49.2
94.3
1.6
2.4
1.3
0.4
61.1
38.8
0.1
4.7
48.8
46.5

==> picture [91 x 73] intentionally omitted <==

23

Los indicadores de agosto 2024 se encuentran subidos bajo el ID 3251456 y los de septiembre 2024 bajo el ID 3264984.

DENOMINACION SOCIAL DE LA ENTIDAD DE GARANTÍA: ARGENPYMES S.G.R.

NATURALEZA DE LA GARANTIA: Garantía Común

INFORMACIÓN SOBRE LA ENTIDAD DE GARANTÍA:

"Argenpymes S.G.R. se conformó a partir de la iniciativa de ALLARIA LEDESMA & CIA SA accionista mayoritario de la SGR, con el objetivo de atender a todos los sectores, mercados y regiones. La Sociedad fue autorizada para funcionar en Agosto de 2015 y cuenta con la inscripción en el Registro de Sociedades de Garantía Recíproca (artículo 80 de la Ley N° 24.467) otorgada por el Banco Central de la República Argentina (BCRA) para que sus avales sean considerados como Garantía Preferida A.

Argenpymes es una SGR que si bien cuenta con poco más de seis años de trayectoria en el sistema ha aumentado rápidamente su participación en el mercado, otorgando garantías para capital de trabajo e inversión en bienes de capital a MiPyMes argentinas de diversos sectores económico.

Moody’s Local AR (“Moody’s Local Argentina”) con fecha 3 de octubre de 2024 afirma la calificación de fortaleza financiera de Argenpymes S.G.R. (“Argenpymes”) en AA+.ar con perspectiva estable.

El informe de calificación se encuentra subido por calificadora en AIF en el ID 3261939 y por la avalista en el ID 3262338.

Indicadores SGR sep-24 ago-24
Porcentaje de apalancamiento 2,40 2,02
Porcentaje de mora mensual 0,32 0,38
Composición del Fondo de Riesgo a su valor de Mercado
Cauciones bursátiles 40.015.171 39.283.118
Cuotapartes de FCI 9.164.351.130 8.264.261.601
Depósitos en cuenta comitente 75.188.566 -511.355.510
Depósitos en cuentas a la vista -90.926.434 3.775.545
Cuotapartes de FCIs PyME CPDs avalados, pagarés avalados y/u ONs
PyMEs 1.808.115.230 1.808.404.854
Obligaciones negociables, debentures y otros títulos VRD autorizados
por CNV 18.668.025.479 19.600.862.305
Títulos públicos nacionales 44.997.545.906 44.876.433.891
Títulos valores y acciones emitidas por Sociedades, Estados extranjeros
u organismos int. 12.293.903.773 13.073.785.963
Garantías vigentes (riesgo vivo) según situación de la PYMA en
BCRA
Garantías vigentes (riesgo vivo) en PYMES en situación 1 BCRA 96.77 94.88
Garantías vigentes (riesgo vivo) en PYMES en situación 2 BCRA 0.77 0.51
Garantías vigentes (riesgo vivo) en PYMES en situación 3 BCRA 0.37 0.53
Garantías vigentes (riesgo vivo) en PYMES en situación 4 BCRA 0.38 0.84
Garantías vigentes (riesgo vivo) en PYMES en situación 5 BCRA 0.24 0.08

Tipo de acreedor seleccionado Entidades Financieras

54.74

47.72

24

Mercado de Capitales 42.95 44.09
Garantías Comerciales 2.98 8.15
Garantías Técnicas 0.03 0.03
Garantías vigentes (riesgo vivo) por tipo de instrumento de
Mercado de Capitales
ON 3 4
CPD 21 18
PAGARE 18 22

Los indicadores de agosto 2024 se encuentran subidos bajo el ID 3252601 y los de septiembre 2024 bajo el ID 3263854

DENOMINACION SOCIAL DE LA ENTIDAD DE GARANTÍA: BANCO DE SERVICIOS Y TRANSACCIONES S.A.

NATURALEZA DE LA GARANTIA: Garantía Común

INFORMACIÓN SOBRE LA ENTIDAD DE GARANTÍA:

Banco de Servicios y Transacciones S.A. (“BST”) es una sociedad constituida en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, continuadora de Heller Financial Banco S.A. (“Heller Financial Bank”) y comenzó a operar bajo esta nueva denominación el 27 de diciembre de 2002, luego de que el BCRA aprobara, mediante Resolución de Directorio N° 708 de fecha 28 de noviembre de 2002, la transferencia del paquete accionario de dicha entidad a un grupo de banqueros locales integrado por Pablo Peralta, Roberto Domínguez y Eduardo Oliver.

BST se encuentra inscripta en el Registro Público de Comercio bajo el número 12.915 del Libro del Tomo – de Sociedad por Acciones de la IGJ con fecha 6 de septiembre de 1999. BST tiene su sede social y comerciales en Tte. Gral. Juan Domingo Perón 646, piso 4°, (C1038AAN), Ciudad Autónoma de Buenos Aires. CUIT: 30-70496099-5. Teléfono: 11-5235-2800. Correo electrónico: [email protected]. Sitio web: www.bst.com.ar

El potencial inversor podrá acceder a información completa económica, financiera y societaria de BST publicada en la CNV y el BCRA siguiendo los links que se indican a continuación:

  • http://www.cnv.gov.ar/sitioWeb/Empresas

  • http://www.bcra.gob.ar/SistemasFinancierosYdePagos/Entidades_financieras.asp

Información sobre BST, expresados en pesos, al 30 de junio de 2024 ID #3242533: (Cifras en miles de Pesos)

  • Activo: 358.606.595

  • Pasivo: 265.651.509

  • Patrimonio Neto: 92.955.086

BST fue autorizado a actuar como Entidad Garantizada por la CNV con fecha 30 de octubre de 2017.

==> picture [91 x 73] intentionally omitted <==

25

La calificación de riesgo vigente otorgada por FIX SCR S.A. Agente de Calificación de Riesgo en fecha 27 de agosto de 2024, publicada en AIF bajo ID N° 3245289 (y cargado por la calificadora bajo ID N° 3244852), indica las siguientes notas: Endeudamiento de Largo Plazo “A+(arg)” con perspectiva estable Endeudamiento de Corto Plazo “A1(arg)”

Definición de las Calificaciones asignadas:

A+(arg): indica una sólida calidad crediticia respecto de otros emisores o emisiones del país. Sin embargo, cambios en las circunstancias o condiciones económicas pueden afectar la capacidad de repago en tiempo y forma en un grado mayor que para aquellas obligaciones financieras calificadas con categorías superiores. Los signos "+" o "-" se añaden a una calificación para darle una mayor o menor importancia relativa dentro de la correspondiente categoría y no alteran la definición de la Categoría a la cual se los añade; y

A1(arg): Indica una muy sólida capacidad de pago en tiempo y forma de los compromisos financieros respecto de otros emisores o emisiones del mismo país. Cuando las características de la emisión o emisor son particularmente sólidas, se agrega un signo “+” a la categoría.

A su vez, la calificación de riesgo vigente, otorgada por Moody’s Local Argentina Agente de Clasificación de Riesgos S.A., de fecha 13 de septiembre de 2024 y publicada en AIF bajo ID N° 3253526 (y cargado por la calificadora bajo ID N° 3253463) indica las siguientes notas:

  • Calificación de emisor el ML: A.ar /EST.

  • Calificación de emisor en ML (Corto Plazo): ML A-1.ar. Definición de las Calificaciones asignadas:

A.ar: Emisores o emisiones calificados en A.ar con una calidad crediticia por encima del promedio en comparación con otros emisores locales.

ML A-1.ar: Los Emisores Calificados en ML A-1.ar tienen la mayor capacidad para pagar las obligaciones de deuda senior no garantizada de corto plazo en comparación con otros emisores locales.

Asimismo, la calificación de riesgo vigente de fecha 18 de septiembre de 2024 otorgada por Evaluadora Latinoamericana S.A. es: A+, publicada en la AIF de BST bajo el ID #3223778 (y cargada por la calificadora bajo el ID #3255343 ).

Definición de la Calificación asignada: El instrumento de deuda cuenta con una muy baja probabilidad de incumplimiento de los términos pactados. Muy buena capacidad de pago. En el más desfavorable escenario económico previsible, el riesgo de incumplimiento es bajo.

DENOMINACION SOCIAL DE LA ENTIDAD DE GARANTÍA: FID AVAL S.G.R.

NATURALEZA DE LA GARANTIA: Garantía Común

INFORMACIÓN SOBRE LA ENTIDAD DE GARANTÍA:

a) Fid Aval S.G.R.: Fid Aval S.G.R. (“Fid Aval”) se encuentra inscripta en el Registro Público de Comercio bajo el número 7852 del Libro 107 del Tomo - de Sociedades por Acciones con fecha 3 de mayo de 2022. Fid Aval es una sociedad de garantía recíproca y tiene su sede social y comercial en la calle Tte. Gral. J. D. Perón 646, Piso 4°, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, CUIT: 33-70900345-9. Teléfono: (011) 15 2868 8213. Correo electrónico: [email protected]. Sitio web: https://fidaval.com.ar/

==> picture [91 x 73] intentionally omitted <==

26

Fid Aval S.G.R. ha resuelto por Acta de Asamblea General Extraordinaria de fecha 24 de septiembre de 2021 aprobar el cambio de denominación social de Fidus S.G.R. a Fid Aval S.G.R., habiendo la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y los Emprendedores aprobado ésta y otras reformas del estatuto mediante la Resolución Número IF-2021-67102196-APN-DGD#MDP de fecha 26 de julio de 2021.

El potencial inversor podrá acceder a información completa económica, financiera y societaria de Fid Aval publicada en la CNV siguiendo el link que se indican a continuación:

https://www.argentina.gob.ar/cnv/empresas.

La calificación de riesgo vigente de fecha 6 de septiembre de 2024 (otorgada por Moody’s y publicada en AIF de la calificadora con ID# 3250106 ) es: “A (arg)” con perspectiva estable. El informe de calificación de riesgo se encuentra cargado en la AIF de Fid Aval bajo el ID#3250322.

Indicadores SGR sep-24 ago-24
Porcentaje de apalancamiento 3,17 2,86
Porcentaje de mora mensual 0 0,1
Composición del Fondo de Riesgo a su valor de Mercado
Depósitos en cuentas a la vista 1.129.147 1.244.852
Depósitos en cuenta comitente 1.596 -
Cauciones bursátiles 22.272 21.881
Títulos públicos nacionales 2.738.865.044 2.214.453.677
Acciones de Sociedades Anónimas constituidas en el país 206.799.942 217.023.807
Cuotapartes de FCI 76.789.266 530.050.566
Obligaciones negociables, debentures y otros títulos
VRD autorizados por CNV 622.345.216 561.353.535
Garantías vigentes (riesgo vivo) según situación de la PYMA en
BCRA
Garantías vigentes (riesgo vivo) en PYMES en situación 1 BCRA 100 100
Tipo de acreedor seleccionado
Entidades Financieras 40 35.4
Mercado de Capitales 60 64.6
Garantías vigentes (riesgo vivo) por tipo de instrumento de
Mercado de Capitales
ON 6.55 4.42
CPD 39.4 41.01
PAGARE 54.05 54.57

Los indicadores de agosto 2024 se encuentran subidos bajo el ID 3250499 y los de septiembre de 2024 bajo el ID 3263315.

==> picture [91 x 73] intentionally omitted <==

27

==> picture [163 x 41] intentionally omitted <==

CAIMÁN S.A.

Emisor

Calle 10 N° 171 Las Parejas, Provincia de Santa Fe Tel: 03471 470680 [email protected]

==> picture [223 x 53] intentionally omitted <==

Tarallo S.A. ALyC y AN Nº 198 de CNV

Organizador

Av. Corrientes 730, Piso 4, Oficina A, Edificio Armonía

S2000CTT - Rosario – Argentina Teléfono: 0341-4261265 / 4217164 [email protected] - www.tarallo.com.ar

==> picture [126 x 48] intentionally omitted <==

Industrial Valores S.A.

ALyC y AN Propio Nº 153 de CNV

Colocador

Teléfono: 011-52380280 Maipú 1210 piso 10, CABA [email protected]

==> picture [117 x 42] intentionally omitted <==

Allaria S.A.

ALyC Integral y AN Nº 24 de CNV

Colocador Tel.: (11) 5555 6000 Av. 25 de Mayo 359 piso 12°, CABA [email protected]

==> picture [157 x 41] intentionally omitted <==

Tarallo S.A.

ALyC y AN Nº 198 de CNV Colocador

Tel: 0341-4217164 Corrientes 730 Piso 4 oficina A- Edificio Armonía, Rosario, Santa Fe [email protected]

==> picture [133 x 68] intentionally omitted <==

Banco de Servicios y Transacciones S.A. AlyC y AN Integral N° 64 de CNV

Colocador

==> picture [91 x 73] intentionally omitted <==

Tel: 11-5235-2800 Tte. Gral. Juan Domingo Perón 646, piso 4, Ciudad Autónoma de Buenos Aires [email protected]

28

==> picture [154 x 52] intentionally omitted <==

==> picture [133 x 68] intentionally omitted <==

Garantías Bind S.G.R. Banco de Servicios y Transacciones S.A. Entidad de Garantía Entidad de Garantía Tel: 011- 4329-2322 Tel: 011-5235-2800

Maipú 1210,10 piso, C1004AAF – CABA Tte. Gral. Juan Domingo Perón 646, piso 4, CABA [email protected] [email protected]

==> picture [118 x 49] intentionally omitted <==

==> picture [120 x 33] intentionally omitted <==

Argenpymes S.G.R. Fid Aval S.G.R. Entidad de Garantía Entidad de Garantía Tel: 11 6091-6000 Tel: 11 4028 0224 [email protected] [email protected]

==> picture [132 x 35] intentionally omitted <==

Asesores legales Nicholson y Cano Abogados San Martín 140 - piso 14 C1004AAD Ciudad de Buenos Aires

==> picture [91 x 73] intentionally omitted <==

Introduce el texto aquí

29