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Boldt Audit Report / Information 2018

Jun 11, 2018

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ACTA DE DIRECTORIO N° 1129

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 11 días del mes de junio de 2018, a las 12:00 horas, se reúnen en la sede social sita en la calle Aristóbulo del Valle 1257, piso 2°, los miembros del Directorio de BOLDT S.A. (en adelante, la “Sociedad”) y la Sra. Síndico Titular María Paula Sallenave, en representación de la Comisión Fiscalizadora que firman al pie, bajo la presidencia del Sr. Antonio Ángel Tabanelli, quien da comienzo a la reunión luego de constatar que se encuentra reunido el quórum previsto legal y estatutariamente para celebrar válidamente el presente acto.

El Sr. Presidente expresa que el objeto de la presente reunión es la consideración de los estados financieros individuales y consolidados condensados correspondientes al 2° trimestre del 76° ejercicio económico de la Sociedad, que abarca el período comprendido entre el 1° de noviembre de 2017 y el 30 de abril de 2018.

Por ello, indicando que los estados financieros individuales y consolidados condensados a tratar han sido confeccionados conforme a las normas vigentes de la Ley N° 19.550 y de la Comisión Nacional de Valores, somete a consideración de los presentes el Estado de Situación Financiera Individual Condensado, el Estado de Resultado Integral Individual Condensado, el Estado de Cambios en el Patrimonio Individual Condensado, el Estado de Flujos de Efectivo Individual Condensado, Estado de Situación Financiera Consolidado Condensado, Estado de Resultado Integral Consolidado Condensado, Estado de Cambios en el Patrimonio Consolidado Condensado, Estado de Flujos de Efectivo Consolidado Condensado, y las Notas correspondientes al período antes indicado.

Luego de un cambio de ideas por unanimidad de votos presentes se aprueban los estados financieros condensados indicados, la Reseña Informativa, y se toma conocimiento de los textos de los informes de revisión de estados financieros individuales y consolidados condensados de período intermedio, así como también de los informes de la Comisión Fiscalizadora correspondientes a los estados financieros individuales y consolidados condensados.

Toma la palabra la Sra. Síndico Titular, María Paula Sallenave, quien da lectura a los informes de la Comisión Fiscalizadora correspondientes a los estados financieros individuales y consolidados condensados en consideración, que se transcriben seguidamente:

INFORME DE LA COMISION FISCALIZADORA SOBRE ESTADOS INDIVIDUALES

A los señores Accionistas de

BOLDT S.A.

Aristóbulo del Valle 1257

Ciudad Autónoma de Buenos Aires

De nuestra consideración:

Documentos examinados

De acuerdo con lo dispuesto en el inciso 5 del artículo 294 de la Ley General de Sociedades y con lo requerido por el artículo 62 inciso c del Reglamento de listado del MERVAL, hemos examinado el estado de situación financiera individual de BOLDT S.A. al 30 de abril de 2018, así como de los estados individuales de resultado integral, de cambios en el patrimonio y de flujos de efectivo y sus notas 1 a 29, por el período de seis meses finalizado en esa fecha.

Las cifras y otra información correspondientes al ejercicio finalizado el 31 de octubre de 2017 y por el período de seis meses finalizado el 30 de abril de 2017 son parte integrante de los estados financieros mencionados precedentemente y se las presenta con el propósito de que se interpreten exclusivamente en relación con las cifras y con la información del período intermedio actual.

Responsabilidad de la Dirección en relación con los estados financieros

La Dirección de la Sociedad es responsable por la preparación y presentación de los estados financieros de acuerdo con las Normas Internacionales de Información Financiera (“NIIF”) adoptadas por la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (FACPCE) como normas contables profesionales e incorporadas por la Comisión Nacional de Valores (CNV) a su normativa, tal como fueron aprobadas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (“IASB” por su sigla en inglés). Esta responsabilidad incluye el diseño, implementación y mantenimiento de un control interno que la Dirección considere necesario de manera que los estados financieros no contengan distorsiones significativas debidas a errores o fraude.

Responsabilidad de la Comisión Fiscalizadora

Nuestro examen fue realizado de acuerdo con las normas de sindicatura vigentes establecidas en la Resolución Técnica Nro. 15 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas. Dichas normas requieren que el examen se efectúe de conformidad con las normas de auditoría vigentes, e incluya la verificación de la congruencia de los documentos examinados con la información sobre las decisiones societarias expuestas en actas, y la adecuación de dichas decisiones a la ley y a los estatutos, en lo relativo a sus aspectos formales y documentales.

Para realizar nuestra tarea profesional sobre los documentos arriba mencionados, hemos revisado la revisión efectuada por la firma KPMG S.A. en su carácter de auditores externos, quien emitió su informe de fecha 11 de junio de 2018 de acuerdo con las normas de auditoría vigentes en lo referido a encargos de revisión de estados contables de períodos intermedios. Dicha revisión incluyó la verificación de la planificación del trabajo, de la naturaleza, alcance y oportunidad de los procedimientos aplicados y de los resultados de la revisión efectuada por la firma profesional. El profesional mencionado ha llevado a cabo su examen sobre los estados financieros consolidados adjuntos de conformidad con las Norma Internacional de Encargos de Revisión 2410- Revisión de Información Financiera Intermedia Realizada por el Auditor Independiente de la Entidad, la cual fue adoptada como norma de revisión en Argentina mediante la Resolución Técnica N° 33 de la FACPCE tal como fue aprobada por el Consejo de Normas Internacionales de Auditoria y Aseguramiento ("IAASB", por su sigla en inglés). Dichas normas exigen que cumpla los requerimientos de ética, así como que planifique y ejecute la auditoría con el fin de obtener una seguridad razonable de que los estados financieros están libres de incorrecciones significativas.

Una revisión de estados contables de períodos intermedios conlleva la aplicación de procedimientos para obtener elementos de juicio sobre las cifras y la información presentadas en los estados contables. Los procedimientos seleccionados dependen del juicio del auditor, incluida la valoración de los riesgos de incorrecciones significativas en los estados contables. Al efectuar dichas valoraciones del riesgo, el auditor tiene en cuenta el control interno pertinente para la preparación y presentación razonable por parte de la entidad de los estados contables, con el fin de diseñar los procedimientos de auditoría que sean adecuados en función de las circunstancias y no con la finalidad de expresar una opinión sobre la eficacia del control interno de la entidad. Una revisión de estados contables de períodos intermedios también incluye la evaluación de la adecuación de las políticas contables aplicadas y de la razonabilidad de las estimaciones contables realizadas por la dirección de la entidad, así como la evaluación de la presentación de los estados contables en su conjunto.

Dado que no es responsabilidad de los miembros de la comisión fiscalizadora efectuar un control de gestión, el examen no se extendió a los criterios y decisiones empresarias de las diversas áreas de la Sociedad, cuestiones que son de responsabilidad exclusiva del Directorio.

Considero que los elementos de juicio que hemos obtenido proporcionan una base suficiente y adecuada para nuestra conclusión.

Conclusión

Como resultado de nuestra revisión y basado en el informe de los auditores externos de fecha 11 de junio de 2018, nada ha llamado nuestra atención que nos hiciera pensar que los estados contables de período intermedio mencionados no presentan razonablemente, en todos sus aspectos significativos, la situación financiera de la Sociedad al 30 de abril de 2018, los resultados de las operaciones y las variaciones en el patrimonio neto y el flujo de efectivo por el período de seis meses finalizado en esa fecha, de acuerdo con las Normas Internacionales de Información Financiera.

Informes sobre otros requerimientos legales y reglamentarios

Los estados financieros individuales surgen de los registros contables de la Sociedad llevados, en sus aspectos formales, de conformidad con las disposiciones legales vigentes.

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 11 de junio de 2018

María Paula Sallenave

Síndico - Por delegación

Comisión Fiscalizadora

Contadora Pública – U. S.

CPCECABA T° 272 F° 071”

INFORME DE LA COMISION FISCALIZADORA SOBRE ESTADOS FINANCIEROS CONSOLIDADOS

A los señores Accionistas de

BOLDT S.A.

Aristóbulo del Valle 1257

Ciudad Autónoma de Buenos Aires

De nuestra consideración:

Documentos examinados

De acuerdo con lo dispuesto en el inciso 5 del artículo 294 de la Ley General de Sociedades y con lo requerido por el artículo 62 inciso c del Reglamento de listado del MERVAL, hemos examinado el estado consolidado de situación financiera de BOLDT S.A. al 30 de abril de 2018, así como de los estados consolidados de resultado integral, los estados de cambios en el patrimonio y de flujo de efectivo y sus notas 1 a 30 por el período de seis meses finalizado en esa fecha.

Las cifras y otra información correspondientes al ejercicio finalizado el 31 de octubre de 2017 y por el período de seis meses finalizado el 30 de abril de 2017 son parte integrante de los estados financieros consolidados mencionados precedentemente y se las presenta con el propósito de que se interpreten exclusivamente en relación con las cifras y con la información del período intermedio actual.

Responsabilidad de la Dirección en relación con los estados financieros consolidados

La Dirección de la Sociedad es responsable por la preparación y presentación de los estados financieros consolidados de acuerdo con las Normas Internacionales de Información Financiera (“NIIF”) adoptadas por la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (FACPCE) como normas contables profesionales e incorporadas por la Comisión Nacional de Valores (CNV) a su normativa, tal como fueron aprobadas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (“IASB” por su sigla en inglés). Esta responsabilidad incluye el diseño, implementación y mantenimiento de un control interno que la Dirección considere necesario de manera que los estados financieros consolidados no contengan distorsiones significativas debidas a errores o fraude.

Responsabilidad de la Comisión Fiscalizadora

Nuestro examen fue realizado de acuerdo con las normas de sindicatura vigentes establecidas en la Resolución Técnica Nro. 15 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas. Dichas normas requieren que el examen se efectúe de conformidad con las normas de auditoría vigentes, e incluya la verificación de la congruencia de los documentos examinados con la información sobre las decisiones societarias expuestas en actas, y la adecuación de dichas decisiones a la ley y a los estatutos, en lo relativo a sus aspectos formales y documentales.

Para realizar nuestra tarea profesional sobre los documentos arriba mencionados, hemos revisado la revisión efectuada por la firma KPMG S.A. en su carácter de auditores externos, quien emitió su informe de fecha 11 de junio de 2018 de acuerdo con las normas de auditoría vigentes en lo referido a encargos de revisión de estados contables de períodos intermedios. Dicha revisión incluyó la verificación de la planificación del trabajo, de la naturaleza, alcance y oportunidad de los procedimientos aplicados y de los resultados de la auditoría efectuada por la firma profesional. El profesional mencionado ha llevado a cabo su examen sobre los estados financieros consolidados adjuntos de conformidad con las Norma Internacional de Encargos de Revisión 2410- Revisión de Información Financiera Intermedia Realizada por el Auditor Independiente de la Entidad, la cual fue adoptada como norma de revisión en Argentina mediante la Resolución Técnica N° 33 de la FACPCE tal como fue aprobada por el Consejo de Normas Internacionales de Auditoria y Aseguramiento ("IAASB", por su sigla en inglés). Dichas normas exigen que cumpla los requerimientos de ética, así como que planifique y ejecute la auditoría con el fin de obtener una seguridad razonable de que los estados financieros consolidados están libres de incorrecciones significativas.

Una revisión de estados contables de períodos intermedios conlleva la aplicación de procedimientos para obtener elementos de juicio sobre las cifras y la información presentadas en los estados financieros consolidados. Los procedimientos seleccionados dependen del juicio del auditor, incluida la valoración de los riesgos de incorrecciones significativas en los estados financieros consolidados. Al efectuar dichas valoraciones del riesgo, el auditor tiene en cuenta el control interno pertinente para la preparación y presentación razonable por parte de la entidad de los estados financieros consolidados, con el fin de diseñar los procedimientos de auditoría que sean adecuados en función de las circunstancias y no con la finalidad de expresar una opinión sobre la eficacia del control interno de la entidad. Una revisión de estados contables de períodos intermedios también incluye la evaluación de la adecuación de las políticas contables aplicadas y de la razonabilidad de las estimaciones contables realizadas por la dirección de la entidad, así como la evaluación de la presentación de los estados financieros consolidados en su conjunto.

Dado que no es responsabilidad de los miembros de la comisión fiscalizadora efectuar un control de gestión, el examen no se extendió a los criterios y decisiones empresarias de las diversas áreas de la Sociedad, cuestiones que son de responsabilidad exclusiva del Directorio.

Considero que los elementos de juicio que hemos obtenido proporcionan una base suficiente y adecuada para nuestra conclusión.

Conclusión

Como resultado de nuestra revisión y basado en el informe de los auditores externos de fecha 11 de junio de 2018, nada ha llamado nuestra atención que nos hiciera pensar que los estados contables de período intermedio consolidados mencionados no presentan razonablemente, en todos sus aspectos significativos, la situación financiera de la Sociedad al 30 de abril de 2018, los resultados de las operaciones y las variaciones en el patrimonio neto y el flujo de efectivo por el período de seis meses terminado en esa fecha de acuerdo con las Normas Internacionales de Información Financiera.

Informes sobre otros requerimientos legales y reglamentarios

Los estados financieros consolidados surgen de los registros contables de la Sociedad llevados, en sus aspectos formales, de conformidad con las disposiciones legales vigentes.

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 11 de junio de 2018

Por delegación Comisión Fiscalizadora

María Paula Sallenave

Síndico - Por delegación

Comisión Fiscalizadora

Contadora Pública – U. S.

CPCECABA T° 272 F° 071”

No habiendo más asuntos que tratar, previa lectura y ratificación de la presente acta, siendo las 12:30 horas se levanta la sesión.

Fdo: Antonio Ángel Tabanelli (Presidente) – Antonio Eduardo Tabanelli (Vicepresidente) – Rosana Beatriz Martina Tabanelli (Director) – Guillermo Enrique Gabella (Director) – Mario Fernando Rodríguez Traverso (Director) –María Paula Sallenave (Síndico Titular en representación de la Comisión Fiscalizadora).

____________________

Antonio Ángel Tabanelli

Presidente