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BANCO SAENZ S.A. Regulatory Filings 2021

Mar 9, 2021

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Sr. Presidente de la Comisión Nacional de Valores Presente

Ref: "Banco Saenz S.A s/ OP ON Serie XII"

$\leftarrow$

De mi consideración:

Tengo el agrado de dirigirme a Ud. en mi carácter de director de Banco Saenz S.A. (la "Emisora") a fin de ejercer las facultades delegadas conforme acta de directorio de fecha 23 de septiembre de 2021, a fin de ratificar que las condiciones de emisión de las Obligaciones Negociables Serie XII son las siguientes:

Emisora BANCO SAENZ S.A.
Colocadores Banco de Valores S.A., Stonex Securities S.A. y Macro Securities
S.A
Tipo de valor
negociable ofercido
Obligaciones Negociables
Monto y Moneda de
Emisión
Se emitirán por un valor nominal de hasta \$250.000.000 (pesos doscientos
cincuenta millones) el "Monto Ampliable"). Sin perjuicio de ello, la
Sociedad podrá ampliar dicho monto hasta V/N \$ 300.000.000 (pesos
trescientos millones).
El valor nominal emitido será determinado con anterioridad a la Fecha de
Emisión y Liquidación e informado mediante el Aviso de Resultados
(conforme dichos términos se definen más adelante).
Moneda de
denominación y pago:
Pesos
Valor
unitario
nominal $V/N$ \$1 (un peso)
Monto
mínimo
Suscripción
de V/N \$ 1.000.000 o montos superiores que sean múltiplos de \$ 1.
Unidad
mínima
negociación
de \$1.000.000 y múltiplos de \$1 por encima de dicho monto. Las
Obligaciones Negociables no podrán ser negociadas por montos
inferiores a \$1.000.000.
Precio de Suscripción Las ON Serie XII serán emitidas al 100% de su valor nominal (a la
par).
Integración En pesos.
Forma: Estará documentada en un certificado global permanente depositado
en Caja de Valores S.A. Los obligacionistas renuncian al derecho a
exigir la entrega de láminas individuales, por lo que todas las
transferencias se realizarán a través del sistema de depósito
colectivo encontrándose habilitada Caja de Valores S.A. a cobrar
aranceles a los depositantes que estos podrán trasladar a los
tenedores.
Plazo de Vencimiento A los 12 meses contados desde la Fecha de Emisión y Liquidación (la
"Fecha de Vencimiento").
Amortización El capital adeudado se pagará en dos cuotas de la siguiente forma: 50% del
capital a los 9 meses y 50% del capital a los 12 meses. En todos los casos
los plazos se cuentan desde la Fecha de Emisión y Liquidación. Las Fechas
de Pago de Servicios y los montos a pagar en concepto de capital se
indicarán en el Aviso de Resultados.
Fecha de Pago de
Servicios
Los servicios de intereses serán pagados trimestralmente a los 3,6,9 y 12
meses), y los de capital en 2 cuotas a los 9 y 12 meses, en ambos casos
contados desde de la Fecha de Emisión y Liquidación (cada una de dichas
fechas, una "Fecha de Pago de Servicios"). En caso que alguna de las
Fechas de Pago de Servicios no fuera un Día Hábil, los Servicios se
pagarán el Día Hábil inmediato posterior, sin que se devenguen intereses
sobre dicho pago por los días transcurridos desde dicha Fecha de Pago de
Servicios hasta la fecha de efectivo pago, salvo que la Fecha de
Vencimiento sea un día inhábil, en dicho caso se devengarán intereses
sobre dicho pago por el o los días que se posponga el vencimiento. El
monto de intereses a pagar se redondeará al centavo más cercano,
redondeando hacia arriba el medio centavo. Las obligaciones de pago se
considerarán cumplidas y liberadas en la medida en que la Emisora ponga
a disposición de Caja de Valores S.A. ("CVSA") la totalidad de los fondos
correspondientes. Las Fechas de Pago de Servicios y los montos a pagar
en concepto de capital se indicarán en el Aviso de Resultados. "Día
Hábil", es aquel día que transcurra de lunes a viernes, salvo aquellos en los
que las entidades financieras estén obligadas a cerrar en la Ciudad de
Buenos Aires.
Interés Las ON Serie XII devengarán intereses sobre saldos pendientes de pago a
una tasa nominal anual variable equivalente a la Tasa de Referencia
(conforme este término se define más adelante) más el Margen Diferencial
(conforme este término se define más adelante) a ser determinado de
conformidad con el procedimiento indicado en el capítulo "Plan de
Distribución" del presente Suplemento, que será informado en el Aviso de
Resultado (conforme dicho término se define más adelante).
Los intereses se devengarán desde cada Fecha de Pago de Servicios
(inclusive) hasta la próxima Fecha de Pago de Servicios (exclusive); salvo
para el pago del primer Servicio, en cuyo caso el interés se devengará
desde la Fecha de Emisión y Liquidación (inclusive) y hasta la primera
Fecha de Pago de Servicios (exclusive) (cada uno de dichos períodos, un
"Período de Interés").
Los intereses se calcularán sobre la base de un año de 365 días (cantidad
de días transcurridos / 365).
"Tasa de Referencia", se define como el promedio aritmético simple de
las tasas de interés para depósitos a plazo fijo de más de un millón de
pesos de 30 a 35 días en bancos privados ("BADLAR Privada"), en base a
las tasas informadas por el BCRA durante el período que se inicia el
séptimo Día Hábil anterior al inicio de cada Período de Interés, y finaliza
el séptimo Día Hábil anterior al último día del Período de Interés.
Actualmente, la tasa BADLAR Privada es informada por el BCRA en su
página de internet (www.bcra.gov.ar), "Estadísticas /Principales Variables

$\tilde{\omega}$

Badlar en pesos de bancos privados (en % n.a.) / Seleccionar las fechas /
Consultar". En caso de que la tasa BADLAR Privada dejare de ser
informada por el BCRA, se tomará: (i) la tasa sustitutiva de la Tasa
BADLAR Privada que informe el BCRA o (ii) en caso de no existir o no
informarse la tasa sustituta indicada en (i) precedente, se calculará la Tasa
de Referencia, considerando el promedio de tasas informadas para
depósitos a plazos fijo en pesos por un monto mayor a un millón de pesos
por periodos de entre 30 y 35 días de los cinco (5) primeros bancos
privados de la Argentina en depósitos totales en pesos según el último
informe de depósitos disponibles publicados por el BCRA.
"Margen Diferencial": Es la cantidad de puntos básicos a pagar por
encima de la Tasa de Referencia. Dicho Margen Diferencial será el
Margen de Corte (según se define más adelante) que se determine con
anterioridad a la Fecha de Emisión y Liquidación, y será informado
mediante el Aviso de Resultados. Dicha determinación resultará del
procedimiento de adjudicación de las Obligaciones Negociables detallado
en la sección "Plan de Distribución" del presente Suplemento.
Intereses moratorios Todo importe adeudado por la Emisora bajo las ON Serie XII que no sea
abonado en tiempo y forma en la correspondiente Fecha de Pago de
Servicios, devengará intereses moratorios, que ascenderán al 50% del
último interés compensatorio, y que se adicionarán a éste.
Garantía Común
Destino de los fondos En el marco de lo dispuesto por el artículo 36 de la LON, los fondos
obtenidos por la colocación de las ON Serie XII, netos de gastos y
comisiones, serán destinados a otorgar préstamos de acuerdo con las
normas del BCRA.
Colocación La colocación de las ON Serie XII se realizará mediante el sistema de
adjudicación de ofertas por Margen Diferencial descripto en el Capítulo
"Plan de Distribución" del presente.
Listado y Negociación Se ha solicitado autorización para listar las ON Serie XII en Bolsas y
Mercados Argentinos S.A. ("BYMA") y se podrá solicitar su
negociación en el Mercado Abierto Electrónico S.A. (el "MAE").
Fecha de Emisión y
Liquidación
Tendrá lugar dentro del tercer Día Hábil posterior al cierre del Período
de Colocación.
Causales
Incumplimiento
deEn relación con la Causal de Incumplimiento prevista en inciso (a) del
apartado "Causales de Incumplimiento" del Capítulo "Condiciones
Generales del Programa" del Prospecto, configurará una Causal de
Incumplimiento bajo las ON Serie XII, la falta de pago de los Servicios
y/o los Montos Adicionales, si los hubiera, en las respectivas Fechas de
Pago de Servicios, y dicha falta de pago persistiera por un período de
consintiera la designación de un administrador y/o interventor de la
Sociedad, respecto de la totalidad o de una parte sustancial de los bienes
y/o ingresos de la Sociedad y/o los accionistas y/o directores de la
Sociedad dispongan la disolución y/o liquidación de la Sociedad, excepto
con el fin de llevar a cabo una fusión.
Reembolso anticipado La Emisora no podrá reembolsar anticipadamente la totalidad o una parte
opción
de
a
Emisora
la de las ON Serie XII que se encuentren en circulación, salvo en caso que
tuvieran lugar ciertos cambios impositivos que generen en la Sociedad la
obligación de pagar montos adicionales bajo las ON Serie XII, conforme
surja de un dictamen emanado de un asesor impositivo de reconocido
prestigio. En tal supuesto, se procederá como se indica en el apartado
"Reembolso anticipado a opción de la Sociedad indicado en el
Prospecto".
Jurisdicción Todo conflicto que se suscite entre los obligacionistas y la Sociedad
relativo al Programa, el Prospecto, el Suplemento bajo el Programa, las
condiciones de emisión de las ON Serie XII, su suscripción, y todos los
actos y documentos relacionados, será resuelto por el Tribunal de
Arbitraje General de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires (conforme
las facultades delegadas por BYMA), o el tribunal que en su caso
conforme el BYMA, por las reglas del arbitraje de derecho. Ello sin
perjuicio de (a) la opción para acudir a la justicia estatal que para los
inversores consagra el art. 46 de ley 26.831, o (b) la acción ejecutiva de
cobro. En estos dos últimos casos la acción tramitará ante los tribunales
competentes del domicilio de la Sociedad.
Calificación de Riesgo FIX SCR S.A. AGENTE DE CALIFICACION DE RIESGO con fecha
11 de febrero de 2021 calificó a las ON Serie XII con A3 (arg).
El informe de calificación puede ser consultado en fixscr.com.
Acción ejecutiva Conforme al artículo 29 de la Ley de Obligaciones Negociables, las ON
Serie XII otorgan acción ejecutiva a sus tenedores para reclamar el
capital, actualizaciones e intereses.

Saludo a Ud. atentamente, Estanislao Iturbe Director