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BANCO SAENZ S.A. — Capital/Financing Update 2022
Nov 7, 2022
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Capital/Financing Update
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BANCO SAENZ S.A.
Conforme al artículo 10 ley 23.576 se hace saber que por reunión de directorio de fecha 4 de octubre de 2022, se aprobó la emisión de las Obligaciones Negociables Serie XIII conforme a los siguientes datos complementados con las condiciones establecidas en el Suplemento de Prospecto a publicar en los sistemas de información del/los Mercado/s donde las Obligaciones Negociables se listen y en la Autopista de la Información Financiera de la CNV (www.cnv.gob.ar) (“AIF”) (el “Suplemento de Prospecto”).
| Emisora | BANCO SAENZ S.A. | |
|---|---|---|
| Colocadores | Banco de Valores S.A., Stonex Securities S.A. y Macro | |
Securities S.A.U. |
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| Tipo de valor |
Obligaciones Negociables |
|
negociable |
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ofercido |
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| Monto y Moneda | Se emitirán por un valor nominal de hasta $600.000.000 (pesos |
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de Emisión |
seiscientos millones) el “Monto Ampliable”). Sin perjuicio de ello, |
|
| la Sociedad podrá ampliar dicho monto hasta V/N $ 800.000.000 | ||
| (pesos ochocientos millones). | ||
| El valor nominal emitido será determinado con anterioridad a la | ||
| Fecha de Emisión y Liquidación e informado mediante el Aviso | ||
de Resultados (conforme dichos términos se definen más |
||
| adelante). | ||
| Moneda de |
Pesos |
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| denominación y |
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| pago: | ||
| Valor nominal |
V/N $1 (un peso) |
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| unitario | ||
| Monto | V/N $ 1.000.000 o montos superiores que sean múltiplos de $ | |
| mínimo de |
1. |
|
| Suscripción | ||
| Unidad mínima de | $1.000.000 y múltiplos de $1 por encima de dicho monto. Las |
|
| negociación | Obligaciones Negociables no podrán ser negociadas por |
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montos inferiores a $1.000.000. |
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| Precio de |
Las ON Serie XIII serán emitidas al 100% de su valor |
|
| Suscripción | nominal (a la par). | |
| Integración | En pesos. | |
| Plazo de |
A los 12 meses contados desde la Fecha de Emisión y |
|
| Vencimiento | Liquidación (la “Fecha de Vencimiento”). |
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| Amortización | El capital adeudado se pagará en dos cuotas de la siguiente | |
forma: 50% del capital a los 9 meses y 50% del capital a los 12 |
meses. En todos los casos los plazos se cuentan desde la Fecha de Emisión y Liquidación. Las Fechas de Pago de Servicios y los montos a pagar en concepto de capital se indicarán en el Aviso de Resultados.
Fecha de Pago Los servicios de intereses serán pagados trimestralmente a los de Servicios 3, 6, 9 y 12 meses), y los de capital en 2 cuotas a los 9 y 12 meses, en ambos casos contados desde de la Fecha de Emisión y Liquidación (cada una de dichas fechas, una “Fecha de Pago de Servicios”). En caso que alguna de las Fechas de Pago de Servicios no fuera un Día Hábil, los Servicios se pagarán el Día Hábil inmediato posterior, sin que se devenguen intereses sobre dicho pago por los días transcurridos desde dicha Fecha de Pago de Servicios hasta la fecha de efectivo pago, salvo que la Fecha de Vencimiento sea un día inhábil, en dicho caso se devengarán intereses sobre dicho pago por el o los días que se posponga el vencimiento. El monto de intereses a pagar se redondeará al centavo más cercano, redondeando hacia arriba el medio centavo. Las obligaciones de pago se considerarán cumplidas y liberadas en la medida en que la Emisora ponga a disposición de Caja de Valores S.A. (“CVSA”) la totalidad de los fondos correspondientes. Las Fechas de Pago de Servicios y los montos a pagar en concepto de capital se indicarán en el Aviso de Resultados. “Día Hábil”, es aquel día que transcurra de lunes a viernes, salvo aquellos en los que las entidades financieras estén obligadas a cerrar en la Ciudad de Buenos Aires. Interés Las ON Serie XIII devengarán intereses sobre saldos pendientes de pago a una tasa nominal anual variable equivalente a la Tasa de Referencia (conforme este término se define más adelante) más el Margen Diferencial (conforme este término se define más adelante) a ser determinado de conformidad con el procedimiento indicado en el capítulo “Plan de Distribución” del presente Suplemento, que será informado en el Aviso de Resultado (conforme dicho término se define más adelante). Los intereses se devengarán desde cada Fecha de Pago de Servicios (inclusive) hasta la próxima Fecha de Pago de Servicios (exclusive); salvo para el pago del primer Servicio, en cuyo caso el interés se devengará desde la Fecha de Emisión y Liquidación (inclusive) y hasta la primera Fecha de Pago de Servicios (exclusive) (cada uno de dichos períodos, un “Período de Interés”).
Los intereses se calcularán sobre la base de un año de 365 días (cantidad de días transcurridos / 365).
“Tasa de Referencia”, se define como el promedio aritmético simple de las tasas de interés para depósitos a plazo fijo de más de un millón de pesos de 30 a 35 días en bancos privados (“BADLAR Privada”), en base a las tasas informadas por el
BCRA durante el período que se inicia el séptimo Día Hábil anterior al inicio de cada Período de Interés, y finaliza el séptimo Día Hábil anterior al último día del Período de Interés. Actualmente, la tasa BADLAR Privada es informada por el BCRA en su página de internet (www.bcra.gov.ar), “Estadísticas /Principales Variables / Badlar en pesos de bancos privados (en % n.a.) / Seleccionar las fechas / Consultar”. En caso de que la tasa BADLAR Privada dejare de ser informada por el BCRA, se tomará: (i) la tasa sustitutiva de la Tasa BADLAR Privada que informe el BCRA o (ii) en caso de no existir o no informarse la tasa sustituta indicada en (i) precedente, se calculará la Tasa de Referencia, considerando el promedio de tasas informadas para depósitos a plazos fijo en pesos por un monto mayor a un millón de pesos por periodos de entre 30 y 35 días de los cinco (5) primeros bancos privados de la Argentina en depósitos totales en pesos según el último informe de depósitos disponibles publicados por el BCRA.
“ Margen Diferencial”: Es la cantidad de puntos básicos a pagar por encima de la Tasa de Referencia. Dicho Margen Diferencial será el Margen de Corte (según se define más adelante) que se determine con anterioridad a la Fecha de Emisión y Liquidación, y será informado mediante el Aviso de Resultados. Dicha determinación resultará del procedimiento de adjudicación de las Obligaciones Negociables detallado en la sección “Plan de Distribución” del presente Suplemento. El Margen Diferencial no podrá ser inferior a 0,00%.
| y será informado mediante el Aviso de Resultados. Dicha determinación resultará del procedimiento de adjudicación de las Obligaciones Negociables detallado en la sección “Plan de Distribución” del presente Suplemento. El Margen Diferencial no podrá ser inferior a 0,00%. |
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|---|---|---|---|---|
| Intereses | Todo importe adeudado por la Emisora bajo las ON Serie XIII que | |||
| moratorios | no sea abonado en tiempo y forma en la correspondiente Fecha | |||
| de Pago de Servicios, devengará intereses moratorios, que | ||||
| ascenderán al 50% del último interés compensatorio, y que se | ||||
| adicionarán a éste. | ||||
| Garantía | Común | |||
| Listado | y | Se ha solicitado autorización para listar las ON Serie XIII en |
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| Negociación | Bolsas y Mercados Argentinos S.A. (“BYMA”) y se podrá | |||
| solicitar su negociación en el Mercado Abierto Electrónico S.A. | ||||
| (el “MAE”). | ||||
| Fecha de Emisión | Tendrá lugar dentro del tercer Día Hábil posterior al cierre del |
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| y Liquidación | Período de Colocación. | |||
| Causales | de | En relación con la Causal de Incumplimiento prevista en inciso |
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| Incumplimiento | (a) del apartado “Causales de Incumplimiento” del Capítulo | |||
| “Condiciones Generales del Programa” del Prospecto, | ||||
| configurará una Causal de Incumplimiento bajo las ON Serie | ||||
| XIII, la falta de pago de los Servicios y/o los Montos | ||||
| Adicionales, si los hubiera, en las respectivas Fechas de Pago | ||||
| de Servicios, y dicha falta de pago persistiera por un período |
de cinco (5) Días Hábiles, como así también, el supuesto que la Emisora consintiera la designación de un administrador y/o interventor de la Sociedad, respecto de la totalidad o de una parte sustancial de los bienes y/o ingresos de la Sociedad y/o los accionistas y/o directores de la Sociedad dispongan la disolución y/o liquidación de la Sociedad, excepto con el fin de llevar a cabo una fusión.
Reembolso La Emisora no podrá reembolsar anticipadamente la totalidad anticipado a o una parte de las ON Serie XIII que se encuentren en opción de la circulación, salvo en caso que tuvieran lugar ciertos cambios Emisora impositivos que generen en la Sociedad la obligación de pagar montos adicionales bajo las ON Serie XIII, conforme surja de un dictamen emanado de un asesor impositivo de reconocido prestigio. En tal supuesto, se procederá como se indica en el apartado “Reembolso anticipado a opción de la Sociedad indicado en el Prospecto”.
DATOS DE LA SOCIEDAD: Banco Sáenz S.A. se constituyó bajo la denominación “Crédito Sáenz Sociedad Anónima Comercial Financiera e Inmobiliaria” el 02/06/56 y está inscripta en el Registro Público de Comercio el 9/8/56, bajo el nº 1516, Folio 220, del Libro 50, Tomo A, de Estatutos Nacionales. Sede social en Esmeralda 83, Buenos Aires. Plazo de duración 99 años a contar desde el día 13/04/56 fecha de autorización de los Estatutos por el Poder Ejecutivo. Objeto social: actuar como banco comercial en los términos de la Ley de Entidades Financieras. Capital al 30/06/2022: $35.000.000. Patrimonio neto al 30/06/2022: $1.688.577.000. Al día de la fecha la Sociedad tiene en circulación ON por $110.000.000 y al 31/12/2021 no registra deudas ni operaciones de cesión de cartera con garantías.
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