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Banco Macro SA Proxy Solicitation & Information Statement 2005

Sep 5, 2005

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Texto del Articulo 14 proyectado a proponer a la Asamblea:

ARTICULO 14: a. La dirección y administración de la Sociedad estará a cargo del Directorio, compuesto por el número de miembros titulares que fije la Asamblea de Accionistas, entre un mínimo de tres y un máximo de doce. b. Los directores durarán tres ejercicios y se renovarán por tercios. En ningún caso, se renovará un número menor a tres Directores en cada oportunidad. c. La Asamblea podrá designar Directores Suplentes en igual o menor número y por el mismo plazo que los Directores Titulares para llenar las vacancias que se produzcan por cualquier causa y determinará la forma en que los Directores Suplentes reemplazarán a los Directores Titulares en cada caso. d. La actuación del Director Suplente se extenderá hasta que reasuma el Director Titular al que reemplazó, y en caso de ausencia o cese definitivos, hasta la próxima Asamblea Ordinaria en la que corresponda elegir Directores. Dicha Asamblea deberá decidir la ratificación del Director Suplente para completar el período del Director cesante, o la designación de otro Director Titular a tal fin. En caso de vacancia del Directorio, la Comisión Fiscalizadora nombrará los Directores necesarios para el funcionamiento del órgano hasta la reunión de la próxima Asamblea. e. Los Directores, tanto Titulares como Suplentes, pueden ser reelectos en forma indefinida. Cuando la Asamblea Ordinaria se realice en una fecha posterior al vencimiento del término establecido para las funciones de los Directores, éstos continuarán válidamente en sus cargos hasta la elección de sus reemplazantes.

La primera Asamblea en que se elijan Directores, a partir de la aprobación de la reforma al presente artículo, determinará entre los Directores elegidos cuales cumplirán funciones por periodos de un ejercicio, dos ejercicios y tres ejercicios.

Texto del Artículo 14 vigente:

ARTICULO 14: La dirección y administración de la sociedad estará a cargo del Directorio, compuesto por el número de miembros titulares que fije la Asamblea de Accionistas, entre un mínimo de tres y un máximo de doce, quienes durarán un ejercicio en el cargo, podrán ser reelegidos indefinidamente y permanecerán en el cargo hasta ser reemplazados. La Asamblea podrá designar directores suplentes en igual o menor número y por el mismo plazo que los titulares para llenar las vacancias que se produzcan por cualquier causa. En caso de no existir directores suplentes en condiciones de asumir, las vacantes podrán ser cubiertas por quien designe la Comisión Fiscalizadora hasta la reunión de la próxima Asamblea.