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Banco Macro SA Interim / Quarterly Report 2011

Aug 5, 2011

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BANCO PRIVADO DE INVERSIONES S.A.

Estados Contables al 30 de junio de 2011

junto con los Informes de revisión limitada

de estados contables de períodos intermedios

y de la Comisión Fiscalizadora

CONTENIDO

  • Informe de revisión limitada de estados contables de períodos intermedios
  • Carátula
  • Estados de situación patrimonial
  • Estados de resultados
  • Estados de evolución del patrimonio neto
  • Estados de flujo de efectivo y sus equivalentes
  • Notas a los estados contables
  • Anexos A a L, N y O
  • Informe de la Comisión Fiscalizadora

INFORME DE REVISIÓN LIMITADA

DE ESTADOS CONTABLES

DE PERÍODOS INTERMEDIOS

A los Señores Directores de

BANCO PRIVADO DE INVERSIONES S.A.

CUIT N°: 30-66323370-6

Domicilio Legal: Teniente General Juan Domingo Perón 564, 2do. piso

Ciudad Autónoma de Buenos Aires

  1. Hemos efectuado una revisión limitada del estado de situación patrimonial adjunto de BANCO PRIVADO DE INVERSIONES S.A. al 30 de junio de 2011 y de los correspondientes estados de resultados, de evolución del patrimonio neto y de flujo de efectivo y sus equivalentes por el período de seis meses finalizado en esa fecha. Dichos estados contables son responsabilidad de la Dirección de la Entidad.
  2. Nuestra revisión fue realizada de acuerdo con las normas de la Resolución Técnica N° 7 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas aplicables a la revisión limitada de estados contables de períodos intermedios y con las “Normas mínimas sobre auditorías externas” emitidas por el Banco Central de la República Argentina (B.C.R.A.) para la revisión de estados contables trimestrales. De acuerdo con dichas normas, una revisión limitada consiste principalmente en aplicar procedimientos analíticos a la información contable y en efectuar indagaciones a los responsables de las cuestiones contables y financieras. El alcance de esta revisión es sustancialmente menor al de una auditoría de estados contables, cuyo objetivo es la expresión de una opinión sobre los estados contables tomados en su conjunto. Por lo tanto, no expresamos tal opinión.
  3. Tal como se describe en la nota 4. a los estados contables adjuntos, los estados contables mencionados en el párrafo 1. han sido preparados por la Entidad de acuerdo con las normas contables establecidas por el B.C.R.A., las cuales difieren de las normas contables profesionales aprobadas por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina, en ciertos aspectos de valuación y exposición que se describen y cuantifican en la mencionada nota.
  4. Basados en nuestra revisión, no hemos tomado conocimiento de hechos o circunstancias que hagan necesario efectuar modificaciones significativas a los estados contables mencionados en el párrafo 1., para que los mismos estén presentados de conformidad con las normas establecidas por el B.C.R.A. y, excepto por el efecto de las cuestiones mencionadas en el párrafo 3, con las normas contables profesionales vigentes en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina.
  5. En relación al estado de situación patrimonial de BANCO PRIVADO DE INVERSIONES S.A. al 31 de diciembre de 2010 y a los estados de resultados, de evolución del patrimonio neto y de flujo de efectivo y sus equivalentes por el período de seis meses finalizado el 30 de junio de 2010, presentados con fines comparativos, informamos que:
  6. Otros auditores han emitido con fecha 10 de febrero de 2011 un informe de auditoría sobre los estados contables de BANCO PRIVADO DE INVERSIONES S.A. al 31 de diciembre de 2010, el cual incluyó salvedades por diferencias entre las normas contables del B.C.R.A. utilizadas por la Entidad y las normas contables profesionales vigentes en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina, tal como se menciona en la nota 4. a los estados contables adjuntos. No hemos auditado ningún estado contable a ninguna fecha y por ningún período posterior al 31 de diciembre de 2010.
  7. Otros auditores han emitido con fecha 17 de agosto de 2010 un informe de revisión limitada sobre los estados contables de BANCO PRIVADO DE INVERSIONES S.A. por el período de seis meses finalizado el 30 de junio de 2010, el cual incluyó salvedades por (i) diferencias entre las normas contables del B.C.R.A. utilizadas por la Entidad y las normas contables profesionales vigentes en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina, tal como se menciona en la nota 4. a los estados contables adjuntos e, (ii) incertidumbres sobre ciertas contingencias que fueron regularizadas durante el ejercicio terminado el 31 de diciembre de 2010, sin generar efectos significativos en dichos estados contables.
  8. En cumplimiento de disposiciones legales vigentes, informamos que:
  9. Los estados contables mencionados en el párrafo 1. surgen de registros contables llevados, en sus aspectos formales, de conformidad con las normas legales vigentes y las normas reglamentarias del B.C.R.A., considerando lo mencionado en b).
  10. Con fecha 25 de julio de 2011, la Entidad ha presentado ante la Inspección General de Justicia (I.G.J.) la documentación requerida para dar cumplimiento a los puntos I y II del art. 287 de la Resolución General N° 7/2005, para el período 2006 a 2010, en relación con la autorización para llevar el libro diario en soportes magnéticos. A la fecha, la I.G.J. no se ha expedido al respecto.
  11. Al 30 de junio de 2011, la deuda devengada en concepto de aportes y contribuciones previsionales a favor de la Administración Nacional de Seguridad Social, que surge de registros contables de la Entidad, asciende a $ 57.422, no siendo exigible a esa fecha.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
4 de agosto de 2011
PISTRELLI, HENRY MARTIN Y ASOCIADOS S.R.L.
C.P.C.E.C.A.B.A. T° 1 - F° 13
KAREN GRIGORIAN
Socio
Contador Público U.B.A.
C.P.C.E.C.A.B.A. T° 175 - F° 31

ESTADOS CONTABLES AL

30 DE JUNIO DE 2011

DENOMINACION SOCIAL: Banco Privado de Inversiones S.A.

DOMICILIO LEGAL: Teniente General Juan Domingo Perón 564, 2do. Piso – Ciudad Autónoma de Buenos Aires

OBJETO Y RAMO PRINCIPAL: Banco Comercial

BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA: Autorizado como “Banco Privado Nacional” bajo el N° 306

INSCRIPCION EN EL REGISTRO PUBLICO DE COMERCIO: Bajo el Nº 3832 - Libro Nº 112, Tomo “A” de Sociedades Anónimas, el 11 de mayo de 1993

FECHA EN LA QUE SE CUMPLE EL CONTRATO SOCIAL: 2 de abril de 2092

CLAVE UNICA DE IDENTIFICACION TRIBUTARIA: 30-66323370-6

FECHAS DE INSCRIPCIONES DE LAS MODIFICACIONES DE ESTATUTO:

15 de junio de 1994, bajo el Nº 5796, Libro 115, Tomo “A” de Sociedades Anónimas; 27 de noviembre de 1997, bajo el Nº 13972, Libro 122, Tomo “A” de Sociedades Anónimas DENOMINACION DE LA SOCIEDAD CONTROLANTE: Banco Macro S.A. DOMICILIO LEGAL DE LA SOCIEDAD CONTROLANTE: Sarmiento 447 – Ciudad Autónoma de Buenos Aires ACTIVIDAD PRINCIPAL DE LA SOCIEDAD CONTROLANTE: Banco Comercial PARTICIPACION DE LA SOCIEDAD CONTROLANTE SOBRE EL CAPITAL SOCIAL Y LOS VOTOS: 99,15%

  1. VENTA DEL PAQUETE ACCIONARIO DE LA ENTIDAD

Con fecha 30 de marzo de 2010, se suscribió con Banco Macro S.A. un contrato de compraventa de acciones del 100% del paquete accionario de la Entidad.

Con fecha 9 de septiembre de 2010, el Banco Central de la República Argentina (B.C.R.A.) emitió la Resolución 198/2010 mediante la cual manifiesta no tener objeciones a que Banco Macro S.A. adquiera el 100% del paquete accionario de Banco Privado de Inversiones S.A., y transfiera un 1% del mismo a Sud Inversiones y Análisis S.A. y un 1% a Macro Securities S.A. Sociedad de Bolsa.

Con fecha 20 de septiembre de 2010, se han cumplido por parte de los vendedores y los compradores los actos consumatorios de la operación y, en consecuencia, se ha transferido el 100% del capital accionario a favor de Banco Macro S.A.

Con fecha 22 de septiembre de 2010, Banco Macro S.A. realizó un aporte de capital de 50.000 en la Entidad, previsto en los términos de la Resolución Nº 443 de la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias (S.E.F. y C.), de fecha 15 de septiembre de 2010. Dicho aporte fue aprobado por el Directorio de la Entidad y, posteriormente, capitalizado por la Asamblea de Accionistas.

Con fecha 20 de diciembre de 2010, Banco Macro S.A. vendió 366.590 acciones ordinarias de Banco Privado de Inversiones S.A. a Sud Inversiones y Análisis S.A. y otras 366.590 a Macro Securities S.A. Sociedad de Bolsa por un total de 740.

Durante el mes de diciembre de 2010, Banco Privado de Inversiones S.A. transfirió a Banco Macro S.A. préstamos (principalmente tarjetas de crédito) por 230.468.

A la fecha de emisión de los presentes estados contables, la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia no se ha expedido sobre su aprobación, sin embargo la Dirección de la Entidad estima que el trámite se resolverá favorablemente.

  1. BASES DE PRESENTACION DE LOS ESTADOS CONTABLES

Los presentes Estados contables, que surgen de libros de contabilidad de la Entidad, están expresados en miles de pesos y han sido preparados de acuerdo con las normas contables establecidas por el B.C.R.A.

  1. Información comparativa

De acuerdo con lo requerido por las normas del B.C.R.A., el estado de situación patrimonial al 30 de junio de 2011 e información complementaria se presentan en forma comparativa con datos al cierre del ejercicio precedente, mientras que los estados de resultados, de evolución del patrimonio neto y de flujo de efectivo y sus equivalentes por el período de seis meses finalizado el 30 de junio de 2011, se presentan en forma comparativa con los datos del mismo período del ejercicio precedente.

Mediante la Comunicación “A” 5180 y complementarias, el B.C.R.A. introdujo modificaciones a los criterios contables de instrumentos de deuda del sector público no financiero y de regulación monetaria del B.C.R.A., a partir del 1° de marzo de 2011. Consecuentemente, ciertos rubros y partidas del estado de situación patrimonial al 31 de diciembre de 2010 y de los estados de resultados y de flujo de efectivo y sus equivalentes por el período de seis meses finalizado el 30 de junio de 2010, así como cierta información complementaria relacionada, fueron reclasificadas por la aplicación de dichas comunicaciones, al solo efecto de su comparación con los presentes estados contables.

  1. Reexpresión en moneda constante

Las normas contables profesionales establecen que los estados contables deben expresarse en moneda homogénea. En un contexto de estabilidad monetaria, la moneda nominal es utilizada como moneda homogénea y, en un contexto de inflación o deflación, los estados contables deben expresarse en moneda de poder adquisitivo de la fecha a la cual corresponden dando reconocimiento contable a las variaciones en el índice de precios internos al por mayor (I.P.I.M.) publicado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos, de acuerdo con el método de reexpresión establecido en la Resolución Técnica (R.T.) N° 6 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (F.A.C.P.C.E.).

Los Estados contables de la Entidad reconocen las variaciones en el poder adquisitivo de la moneda hasta el 28 de febrero de 2003 de acuerdo con lo requerido por el Decreto 664/2003 del Poder Ejecutivo Nacional (P.E.N.), la Resolución General N° 4/2003 de la Inspección General de Justicia (I.G.J.), la Resolución General N° 441 de la Comisión Nacional de Valores (C.N.V.) y la Comunicación “A” 3921 del B.C.R.A. Las normas contables profesionales, establecen que la discontinuación en la aplicación del método de reexpresión establecido en la R.T. N° 6 debió efectuarse a partir del 1° de octubre de 2003. Los efectos de no haber reconocido las variaciones en el poder adquisitivo de la moneda hasta dicha fecha, no han sido significativos en relación con los estados contables tomados en su conjunto.

  1. Uso de estimaciones

La preparación de los Estados contables requiere que la Entidad efectúe, en ciertos casos, estimaciones para determinar los valores contables de activos, pasivos, ingresos, egresos y contingencias como también la exposición de los mismos, a cada fecha de presentación de información contable. Las registraciones efectuadas por la Entidad, se basan en la mejor estimación de la probabilidad de ocurrencia de diferentes eventos futuros y, por lo tanto, el monto final puede diferir de tales estimaciones, las cuales pueden tener un impacto positivo o negativo en futuros períodos.

  1. Criterios de valuación

Los principales criterios de valuación utilizados en la preparación de los presentes Estados contables fueron los siguientes:

  1. Activos y pasivos en moneda extranjera:

Los activos y pasivos nominados en dólares estadounidenses fueron valuados al tipo de cambio de referencia del B.C.R.A., vigente para el dólar estadounidense al cierre de las operaciones del último día hábil del período y ejercicio, respectivamente. Adicionalmente, los activos y pasivos nominados en otras monedas extranjeras fueron convertidos a los tipos de pase comunicados por la mesa de operaciones del B.C.R.A. Las diferencias de cambio fueron imputadas a los resultados del período y ejercicio, respectivamente.

b) Títulos públicos:

  1. Tenencias registradas a valor razonable de mercado:

Al 30 de junio de 2011 y 31 de diciembre de 2010, se valuaron de acuerdo con el valor de cotización vigente para cada título al último día hábil del período y ejercicio, respectivamente. Las diferencias de cotización fueron imputadas a los resultados del período y ejercicio, respectivamente.

  1. Instrumentos emitidos por el B.C.R.A. – Tenencias registradas a valor razonable de mercado:

Las tenencias de cartera propia y las recibidas por operaciones de pase, se valuaron de acuerdo con el valor de cotización vigente para cada instrumento al último día hábil del período y ejercicio, respectivamente. Las diferencias de cotización fueron imputadas a los resultados del período y ejercicio, respectivamente.

b.3) Instrumentos emitidos por el B.C.R.A. – Tenencias registradas a costo más rendimiento:

Las tenencias de cartera propia y las recibidas por operaciones de pase sin volatilidad publicada por el B.C.R.A., se valuaron al costo de incorporación al patrimonio más los intereses devengados, aplicando en forma exponencial la tasa interna de retorno de acuerdo con las condiciones de emisión de las mismas. Los devengamientos de la tasa interna de retorno mencionada precedentemente fueron imputados a los resultados del período y ejercicio, respectivamente.

c) Devengamiento de intereses:

Los intereses fueron devengados sobre la base de su distribución exponencial en los períodos en que han sido generados, excepto los correspondientes a las operaciones concertadas en moneda extranjera y por un lapso total de vigencia no superior a noventa y dos días, los cuales se distribuyeron linealmente.

La Entidad opta por interrumpir el devengamiento de intereses cuando los préstamos presentan incumplimientos en sus pagos (generalmente con atrasos superiores a los 90 días) o el cobro del capital otorgado y los intereses devengados es de recuperabilidad incierta. Los intereses devengados hasta el momento de la interrupción son considerados como parte del saldo de deuda al momento de determinar el monto de previsiones de dichos préstamos. Posteriormente, los intereses sólo son reconocidos sobre la base del cobro, una vez que se haya cancelado el monto a cobrar por los intereses anteriormente devengados.

d) Previsión por riesgo de incobrabilidad, y previsión por compromisos eventuales:

Se constituyeron sobre la base del riesgo de incobrabilidad estimado de la asistencia crediticia de la Entidad, el cual resulta, entre otros aspectos, de la evaluación del grado de cumplimiento de los deudores y de las garantías que respaldan las respectivas operaciones considerando las disposiciones de la Comunicación “A” 2950 y complementarias del B.C.R.A. y las políticas de previsionamiento de la Entidad.

En los casos de préstamos con previsiones específicas que sean cancelados o generen reversión de previsiones constituidas en el corriente ejercicio, y en los casos en que las previsiones constituidas en ejercicios anteriores resulten superiores a las que se consideran necesarias, el exceso de previsión es reversado con impacto en el resultado del corriente período.

Los recuperos de créditos previamente clasificados en Cuentas de orden – Deudoras – De control – Créditos clasificados irrecuperables, son registrados directamente en resultados.

e) Otros créditos por intermediación financiera y Otras obligaciones por intermediación financiera:

  1. Montos a cobrar por ventas y a pagar por compras contado a liquidar y a término:

Se valuaron de acuerdo con los precios concertados para cada operación más las correspondientes primas devengadas al cierre del período y ejercicio, respectivamente.

  1. Especies a recibir por compras y a entregar por ventas contado a liquidar y a término:
  2. Con cotización: se valuaron de acuerdo con los valores de cotización vigentes para cada especie al último día hábil al cierre del período y ejercicio, respectivamente. Las diferencias de cotización fueron imputadas a los resultados del período y ejercicio, respectivamente.
  3. Sin cotización: se valuaron de acuerdo a su valor de costo acrecentado en forma exponencial en función de su tasa interna de retorno.
  4. Certificados de participación de fideicomisos financieros:

Se valuaron a su valor de incorporación, menos las amortizaciones parciales de capital, menos su previsión por desvalorización.

f) Bienes de uso y bienes diversos:

Se valuaron a su costo de adquisición o incorporación, reexpresado de acuerdo con lo indicado en la nota 2.2., menos las correspondientes depreciaciones acumuladas, calculadas proporcionalmente a los meses de vida útil estimados.

g) Bienes intangibles:

  1. Gastos de organización y desarrollo (excepto Diferencias por resoluciones judiciales – No deducibles para la determinación de la Responsabilidad Patrimonial Computable): se valuaron a su costo de incorporación, reexpresado de acuerdo con lo indicado en la nota 2.2., menos las correspondientes amortizaciones acumuladas, calculadas proporcionalmente a los meses de vida útil estimados.
  2. Diferencias por resoluciones judiciales - No deducibles para la determinación de la responsabilidad patrimonial computable: corresponden al valor que surge de la diferencia entre el saldo de la moneda extranjera de origen, convertido al tipo de cambio aplicado en la liquidación de los recursos de amparo pagados, y el importe contabilizado según las normas vigentes a la fecha de liquidación (conversión a pesos a razón de $1,40 por cada dólar estadounidense, o su equivalente en otras monedas, más la aplicación del Coeficiente de estabilización y referencia. (C.E.R.)), cuyos montos abonados son amortizados en 60 cuotas mensuales, a partir del mes de abril de 2003, tal como lo dispone la Comunicación “A” 3916.

h) Valuación de derivados:

Opciones de venta lanzadas sobre cupones de BODEN 2012: se valuaron a los valores de canje de los bonos más el C.E.R. devengados al último día hábil del período y ejercicio, respectivamente.

Ver adicionalmente nota 9.

i) Depósitos de títulos públicos:

Se valuaron de acuerdo con las cotizaciones vigentes para cada título al cierre del período y ejercicio, respectivamente, más los correspondientes intereses devengados. Las diferencias de cotización fueron imputadas a los resultados del período y ejercicio, respectivamente.

j) Indemnizaciones por despido:

La Entidad imputa directamente a gastos las indemnizaciones por despido.

k) Previsiones del pasivo:

La Entidad posee ciertos pasivos contingentes en relación con reclamos, juicios y otros procesos, existentes o potenciales, incluyendo aquellos relacionados con responsabilidades laborales y de otra naturaleza. Los pasivos se registran cuando es probable que los futuros costos puedan ocurrir y cuando esos costos pueden ser razonablemente estimados.

l) Cuentas del patrimonio neto:

Se encuentran reexpresadas de acuerdo con lo indicado en la nota 2.2., excepto el rubro “Capital social”, el cual se ha mantenido por su valor de origen.

m) Cuentas del estado de resultados:

m.1) Las cuentas que comprenden operaciones monetarias ocurridas en los períodos terminados el 30 de junio de 2011 y 2010 (ingresos y egresos financieros, ingresos y egresos por servicios, cargo por incobrabilidad, gastos de administración, etc.), se computaron a sus valores históricos sobre la base de su devengamiento mensual.

m.2) Las cuentas que reflejan el efecto en resultados por la venta, baja o consumo de activos no monetarios, se computaron sobre la base de los valores de dichos activos, los cuales fueron reexpresados según se explica en la nota 2.2.

  1. Estado de flujo de efectivo y sus equivalentes

La Entidad considera como “efectivo y sus equivalentes” al rubro Disponibilidades y a aquellos títulos públicos y privados con vencimiento menor a 90 días desde la fecha de su adquisición. En tal sentido, a continuación se expone la conciliación entre la partida “Efectivo” del Estado de flujo de efectivo y sus equivalentes con los correspondientes rubros del Estado de situación patrimonial al 30 de junio de 2011, 31 de diciembre y 30 de junio de 2010:

30/06/2011 31/12/2010 30/06/2010
Disponibilidades 5.213 26.332 44.206
Títulos públicos y privados
Instrumentos emitidos por el B.C.R.A. 118.909
Efectivo y sus equivalentes 5.213 145.241 44.206
  1. IMPUESTO A LAS GANANCIAS Y A LA GANANCIA MINIMA PRESUNTA

La Entidad determina el impuesto a las ganancias aplicando la tasa vigente del 35% sobre la utilidad impositiva estimada de cada período, sin considerar el efecto de las diferencias temporarias entre el resultado contable y el impositivo.

El impuesto a la ganancia mínima presunta fue establecido durante el ejercicio económico 1998 por la Ley Nº 25.063 por el término de diez ejercicios anuales. Actualmente, luego de sucesivas prórrogas, el mencionado gravamen se encuentra vigente hasta el 30 de diciembre de 2019. Este impuesto es complementario del impuesto a las ganancias, dado que, mientras este último grava la utilidad impositiva del ejercicio, el impuesto a la ganancia mínima presunta constituye una imposición mínima que grava la renta potencial de ciertos activos productivos a la tasa del 1%, de modo que la obligación fiscal de la Entidad coincidirá con el mayor de ambos impuestos. La mencionada ley prevé para el caso de entidades regidas por la Ley de Entidades Financieras que las mismas deberán considerar como base imponible del gravamen el veinte por ciento (20%) de sus activos gravados previa deducción de aquellos definidos como no computables. Sin embargo, si el impuesto a la ganancia mínima presunta excede en un ejercicio fiscal al impuesto a las ganancias, dicho exceso podrá computarse como pago a cuenta de cualquier excedente del impuesto a las ganancias sobre el impuesto a la ganancia mínima presunta que se pudiera producir en cualquiera de los diez ejercicios siguientes, una vez que se hayan agotado los quebrantos acumulados.

Al 30 de junio de 2011 y 2010, la Entidad no constituyó provisión para el impuesto a las ganancias como consecuencia de estimar a dichas fechas quebranto impositivo y, por lo tanto, registró una provisión para impuesto a la ganancia mínima presunta que asciende a 153 y 441, respectivamente.

Adicionalmente, la Entidad mantiene registrado al 30 de junio de 2011 y al 31 de diciembre de 2010, un crédito por el impuesto a la ganancia mínima presunta por 3.715 y 3.562 respectivamente, los cuales se encuentran totalmente previsionados, y anticipos por 41 correspondientes al ejercicio fiscal 2011, y un saldo a favor por 465 correspondiente al año fiscal 2010, los cuales fueron registrados en el rubro Créditos diversos.

A continuación se expone el detalle del crédito por ganancia mínima presunta al 31 de diciembre de 2010, teniendo en cuenta los años en que se originó y los años de vencimiento fiscal:

Año de origen Crédito activado Ejercicio de vencimiento fiscal
2004 389 2014
2005 424 2015
2006 543 2016
2008 815 2018
2009 932 2019
2010 459 2020
Total 3.562
  1. DIFERENCIAS ENTRE LAS NORMAS DEL B.C.R.A. Y LAS NORMAS CONTABLES PROFESIONALES APLICABLES EN LA REPUBLICA ARGENTINA

Las normas contables profesionales vigentes en la República Argentina difieren en ciertos aspectos de valuación y exposición de las normas contables del B.C.R.A. A continuación se detallan las principales diferencias entre dichas normas que la Entidad ha identificado y considera de significación en relación a los presentes estados contables:

  1. Normas de valuación

Los principales rubros de la Entidad que mantienen diferencias en aspectos de valuación al 30 de junio de 2011 y 31 de diciembre de 2010 son los siguientes:

Concepto Ajustes según normas contables profesionales
al patrimonio al resultado
30/06/2011 31/12/2010 30/06/2011
Títulos públicos - Instrumentos emitidos por el B.C.R.A. registrados a costo más rendimiento (a) (563) (640) 77
Bienes intangibles – Gastos de organización y desarrollo (b) (842) (994) 152
Total (1.405) (1.634) 229
    1. Títulos públicos - Instrumentos emitidos por el B.C.R.A.: estas tenencias se encuentran registradas en función a las normas establecidas por el B.C.R.A. que se detallan en la nota 2.4.b.3). De acuerdo con las normas contables profesionales, los instrumentos emitidos por el B.C.R.A. registrados a costo más rendimiento, deben valuarse a su valor corriente.
  • Bienes intangibles: la Entidad mantiene activado en el rubro Bienes intangibles, netos de las correspondientes amortizaciones, las diferencias de cambio resultantes del cumplimiento de medidas cautelares que obligaron a la Entidad a devolver ciertos depósitos convertidos a pesos en su moneda de origen y el efecto de la dolarización de los depósitos judiciales. De acuerdo con las normas contables profesionales vigentes, se debería reducir el valor de libros de los excedentes pagados por la Entidad a su valor recuperable.

De haberse aplicado las normas contables profesionales el patrimonio neto de la Entidad al 30 de junio de 2011 y 31 de diciembre de 2010, hubiera disminuido en aproximadamente 1.405 y 1.634, respectivamente. En consecuencia, el resultado del período terminado el 30 de junio de 2011 hubiera aumentado en 229.

  1. Normas de exposición
  2. La Entidad no ha clasificado sus activos y pasivos en corrientes y no corrientes en función al momento en que se espera que los primeros se conviertan en efectivo o equivalente y en función al momento en que los segundos sean exigibles, tal como es requerido por las normas contables profesionales vigentes.
  3. Existen diferencias entre la información de los flujos de fondos expuestos en el Estado de flujo de efectivo y sus equivalentes y lo requerido por las normas contables profesionales vigentes.

  4. DETALLE DE LOS CONCEPTOS INCLUIDOS EN OTROS Y PRINCIPALES SUBCUENTAS

30/06/2011 31/12/2010
    1. Créditos diversos – Otros
Anticipos de impuestos 4.423 4.738
Depósitos en garantía 2.977 7.724
Deudores varios 1.592 2.316
Impuesto al valor agregado – crédito fiscal 152
Pagos efectuados por adelantado 128 86
Anticipos al personal 10
9.282 14.864
    1. Depósitos – Otros
Saldos inmovilizados 1.764 6.198
Otros depósitos 162 237
1.926 6.435
    1. Obligaciones diversas – Otras
Impuestos a pagar 183 561
Acreedores varios 181 2.008
Remuneraciones y cargas sociales a pagar 72 659
Retenciones a pagar sobre remuneraciones Otras retenciones a pagar 50 29 352 291
515 3.871
30/06/2011 30/06/2010
    1. Egresos financieros – Otros
Impuesto a los ingresos brutos 142 4.391
Cargo por desvalorización de préstamos 91 2.101
Primas por pases pasivos con el sector financiero 18
233 6.510
    1. Ingresos por servicios – Otros
Alquiler de cajas de seguridad 37 27
Otros 298 2.261
335 2.288
    1. Egresos por servicios – Otros
Otros 296 1.349
296 1.349
    1. Utilidades diversas – Otras
Alquileres 325
Utilidad por venta de bienes de uso Otros ajustes e intereses por créditos diversos 27 77
Otras 248 40
600 117
  1. BIENES DE DISPONIBILIDAD RESTRINGIDA

Al 30 de junio de 2011 y al 31 de diciembre de 2010, se encuentran restringidos los siguientes activos de la Entidad:

    1. Otros créditos por intermediación financiera
  • Cuentas corrientes especiales de garantías abiertas en el B.C.R.A. por las operaciones vinculadas con las cámaras electrónicas de compensación por 1.284 y 1.550, respectivamente.
  • Otros comprendidos en las normas de clasificación de deudores – Diversos, al 31 de diciembre de 2010 incluye 1.257, afectados en garantía de consumos de clientes de tarjetas de crédito en el exterior.

6.2. Créditos diversos

  1. Depósitos en garantía vinculados con la operatoria de tarjetas de crédito por 2.838 y 7.537, respectivamente.
  2. Deudores varios incluye una partida de 827, correspondiente al embargo trabado en el marco del reclamo de la D.G.R. de la C.A.B.A. por diferencias en el impuesto sobre los ingresos brutos.
  3. Otros depósitos en garantía por 138 y 187, respectivamente.
  4. OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS

Los saldos y resultados correspondientes a las operaciones efectuadas con las partes relacionadas son los siguientes:

Banco Macro S.A. Banco del Tucumán S.A. Otras personas vinculadas (1) 30/06/2011 31/12/2010
ACTIVO
Disponibilidades 138 138 92
Préstamos 5 5 7
Otros créditos por intermediación financiera 20.488 20.488
Total de activo 20.626 5 20.631 99
PASIVO
Depósitos 1 1 1.248
Otras obligaciones por intermediación financiera 21.027 13.013 34.040 1.251
Total de pasivo 21.027 13.013 1 34.041 2.499
Banco Macro S.A. Banco del Tucumán S.A. Otras personas vinculadas (1) 30/06/2011 30/06/2010
RESULTADOS
Egresos financieros (1) (102) (103)
Utilidades diversas 325 325
Total de resultados ganancia / (pérdida) 324 (102) 222
  1. Incluye saldos con otras personas relacionadas a la Entidad por operaciones concertadas en el marco del desarrollo habitual y ordinario de los negocios, en condiciones normales de mercado, tanto en materia de tasas de interés y precios, como de garantías requeridas.
  2. CAPITAL SOCIAL

El capital social suscripto e integrado de la Entidad al 30 de junio de 2011 asciende a 86.659. La evolución del capital social desde el 31 de diciembre de 2004 fue la siguiente:

Al 31 de diciembre de 2004 29.000
* Aumento de capital aprobado por Asamblea de accionistas de fecha 27/10/2008. (a) 7.659
* Aumento de capital aprobado por Asamblea de accionistas de fecha 30/06/2011. (b) 50.000
Al 30 de junio de 2011 86.659
      1. Corresponde al aumento de capital por emisión de 7.659.000 acciones ordinarias con derecho a 1 voto y de valor nominal $ 1 por acción por capitalización del aporte efectuado por los ex accionistas con fecha 30 de abril de 2008, que fue aprobado por el Directorio del B.C.R.A. a través de la Resolución 198/2010 de fecha 9 de septiembre de 2010. El mismo se encuentra a la fecha en proceso de inscripción ante la I.G.J.
    • Corresponde al aumento de capital por emisión de 50.000.000 acciones ordinarias con derecho a 1 voto y de valor nominal $ 1 por acción por la capitalización del aporte oportunamente efectuado por Banco Macro S.A. El mismo se encuentra a la fecha pendiente de inscripción ante la I.G.J.

9. INSTRUMENTOS FINANCIEROS DERIVADOS

La Entidad realiza operaciones que involucran instrumentos financieros derivados, conforme a las definiciones normativas del B.C.R.A. y de las normas contables profesionales vigentes en la República Argentina. Dichos instrumentos corresponden principalmente a:

  • Pases de títulos valores.
  • Opciones de compra y venta.

Dichas operaciones fueron valuadas conforme a lo explicado en las notas 2.4.e.1) y 2.4.e.2) y 2.4.h).

Las posiciones de las operaciones vigentes al 30 de junio de 2011 y al 31 de diciembre de 2010 son las siguientes:

Operación 30/06/2011 31/12/2010
Posición neta (pasiva) de pases (18.412)
Posición de opciones lanzadas sobre cupones de Boden 2012 (a) 319 305

Los resultados netos generados por estas operaciones, al cierre de los períodos terminados el 30 de junio de 2011 y 2010 ascienden a las siguientes ganancias / (pérdidas):

Operación 30/06/2011 30/06/2010
Primas por pases activos 536 353
Primas por pases pasivos 18
Total 536 371

(a) Corresponde a opciones de ventas de cupones de Bonos del Gobierno Nacional en dólares 2012 por V.N. 331.100 de acuerdo al punto 8.1. del texto ordenado de pesificación y reprogramación de depósitos, inserto en las normas OPASI del régimen de reprogramación de depósitos del B.C.R.A.

10. SISTEMA DE SEGURO DE GARANTIA DE LOS DEPOSITOS BANCARIOS

Según lo dispuesto por la Ley Nº 24.485 y el Decreto Nº 540/95, se creó el Sistema de Seguro de Garantía de los Depósitos, al cual se le asignaron las características de ser limitado, obligatorio y oneroso, con el objeto de cubrir los riesgos de los depósitos bancarios, en forma subsidiaria y complementaria al sistema de privilegios y protección de depósitos establecido por la Ley de Entidades Financieras. Asimismo, se dispuso la constitución de SEDESA (Seguro de Depósitos S.A.) con el objeto exclusivo de administrar el Fondo de Garantía de los Depósitos.

Estarán alcanzados los depósitos en pesos y en moneda extranjera constituidos en las entidades participantes bajo la forma de cuenta corriente, caja de ahorros, plazo fijo u otras modalidades que determine el B.C.R.A., que reúnan los requisitos establecidos en el Decreto Nº 540/95 y los demás que disponga la Autoridad de aplicación. Por otra parte, el B.C.R.A. dispuso que se excluyan, entre otros, del régimen de garantía, a los depósitos realizados por otras entidades financieras, los efectuados por personas vinculadas a la Entidad y los depósitos de títulos valores.

11. CONTRATOS DE FIDEICOMISO

Al 30 de junio de 2011 y al 31 de diciembre de 2010, los saldos registrados en los estados contables de la Entidad por tenencias de Certificados de participación del fideicomiso privado “BPI Créditos I”, según se describe en el párrafo siguiente, en el rubro “Otros créditos por intermediación financiera – Otros no comprendidos en las normas de clasificación de deudores”, ascendían a 191 a ambas fechas. Esta tenencia está totalmente previsionada.

El fideicomiso emitió originalmente un Título de Deuda “A” (senior) por valor de 2.000, un Título de Deuda “B” (junior) por 500, los cuales han sido totalmente cancelados y un Certificado de Participación por 1.500.

12. CUMPLIMIENTO DE LAS DISPOSICIONES PARA ACTUAR COMO AGENTE DE MERCADO ABIERTO

De acuerdo con lo establecido por la Resolución Nº 368/01 de la C.N.V., se informa que el patrimonio neto de la Entidad supera el requerido por dicha norma.

13. CUENTAS QUE IDENTIFICAN EL CUMPLIMIENTO DEL EFECTIVO MINIMO

Los conceptos computados por la Entidad para integrar la exigencia de efectivo mínimo del mes de junio de 2011 se detallan a continuación, indicando el saldo a fin de mes de las cuentas correspondientes:

Concepto 30/06/2011
Disponibilidades
Efectivo 1.860
Saldos en cuentas en el B.C.R.A. 3.060
Otros créditos por intermediación financiera
Cuentas especiales de garantía en el B.C.R.A. 1.284
Total 6.204

14. RECLAMOS IMPOSITIVOS

La Dirección General de Rentas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (D.G.R. C.A.B.A.) realizó a la Entidad una inspección por los períodos fiscales 2002 y 2003, atribuyendo diferencias en materia del impuesto sobre los ingresos brutos, en relación con el tratamiento de diferencias de cambios y bono compensador.

Con fecha 31 de marzo de 2008, la D.G.R. C.A.B.A. dictó la resolución de determinación de oficio del impuesto. Con fecha 22 de abril de 2008, se interpone recurso de reconsideración ante esa Dirección General.

El 23 de septiembre de 2008, la D.G.R. C.A.B.A. dicta la Resolución haciendo lugar en forma parcial al recurso de reconsideración, reliquidando el tributo. El 15 de octubre de 2008, la Entidad interpuso un recurso jerárquico ante el Ministerio de Hacienda del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Con fecha 25 de febrero de 2009, se promovió demanda impugnativa ante el fuero Contencioso, Administrativo y Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Con fecha 4 de marzo de 2010, el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (G.C.B.A.) contestó la demanda. El 10 de junio de 2010, la Entidad solicitó la apertura del período probatorio.

Paralelamente, el G.C.B.A. inició una demanda de apremio y obtuvo, cautelarmente, un embargo preventivo de 827. Se efectuó el descargo correspondiente con fecha 6 de agosto de 2009.

Con fecha 6 de mayo de 2010 la Entidad acusó la perención de la instancia a raíz de la inactividad procesal por parte del G.C.B.A., y con fecha 17 de junio de 2010 el Juez interviniente hizo lugar al planteo. El G.C.B.A. interpuso un recurso de apelación ante la Cámara del fuero mencionado precedentemente.

Por otra parte, el G.C.B.A. inicio en octubre de 2010 demanda persiguiendo el cobro coactivo de la multa objeto del juicio de conocimiento indicado en el acápite anterior. Al respecto, la Entidad opuso excepciones rechazando la pretensión del G.C.B.A.

La Dirección de la Entidad y sus asesores legales e impositivos consideran que existen sólidos argumentos para sustentar el criterio fiscal adoptado y estiman que no existirán efectos significativos que pudieran derivarse del resultado final de dichos reclamos.

15. EVOLUCION DE LA SITUACION MACROECONOMICA DEL SISTEMA FINANCIERO Y DE LA ENTIDAD

Situación del mercado financiero y de capitales

En función de las condiciones de volatilidad reflejadas en los mercados financieros internacionales en los últimos años, la Gerencia de la Entidad monitorea permanentemente la evolución de las situaciones en los mercados internacionales y a nivel local para determinar las posibles acciones a adoptar e identificar eventuales impactos sobre su situación patrimonial y financiera, que pudieran corresponder reflejar en los estados contables de períodos futuros.

Acciones legales

La situación económico-financiera del país presentó un desmejoramiento en los últimos meses del año 2001, declarándose en ese período la suspensión de los pagos de la deuda pública y estableciéndose una severa restricción a los retiros de fondos de las entidades financieras.

Las medidas adoptadas por el P.E.N., con relación a la situación de emergencia pública en materia política, económica, financiera y cambiaria, ocasionaron que los particulares y empresas inicien acciones legales, mediante recursos de amparo, contra el Estado Nacional y el B.C.R.A. y las entidades financieras, por considerar que la Ley de Emergencia Pública y normas complementarias resultan contrarias a los derechos constitucionales que los ampara.

En el caso particular de depósitos denominados en moneda extranjera, los juzgados ordenaron, en algunos casos, el reintegro de dichos depósitos en moneda extranjera o a la cotización del mercado libre de cambios al momento del reintegro hasta tanto se emita un pronunciamiento final respecto a la constitucionalidad de la pesificación.

Algunos de estos reclamos fueron tratados por la C.S.J.N., la cual se expidió oportunamente sobre los fallos emitidos en instancias anteriores para cada caso en particular y de distinta forma.

Con fecha 27 de diciembre de 2006, la C.S.J.N., revocó la sentencia de las instancias anteriores que ordenaban la devolución de los depósitos en dólares estadounidenses y resolvió que los depositantes tienen derecho a obtener el reintegro de sus depósitos convertidos a pesos a la relación de 1,40 por cada dólar estadounidense, ajustado por el C.E.R. hasta el momento del pago y, sobre dicho monto, aplicar un interés del 4% anual no capitalizable hasta la fecha del pago.

Tal como se menciona en la nota 2.4.g.2.), de acuerdo con las Comunicaciones “A” 3916 y “A” 4686 del B.C.R.A., al 30 de junio de 2011 y 31 de diciembre de 2010, la Entidad mantiene activado en el rubro Bienes intangibles por 842 y 994, respectivamente, neto de las correspondientes amortizaciones, correspondiente a las diferencias resultantes del cumplimiento de las medidas judiciales efectivamente abonadas originadas en los depósitos y las estimaciones de los efectos adicionales del fallo de la C.S.J.N.

La Dirección de la Entidad estima que no existirían efectos significativos, que pudieran derivarse del resultado final de dichas demandas sobre el valor de exigibilidad de los pasivos relacionados.

16. RESTRICCION A LA DISTRIBUCION DE UTILIDADES

  1. De acuerdo con las disposiciones del B.C.R.A., el 20% de la utilidad del ejercicio más/menos los ajustes de resultados de ejercicios anteriores y menos la pérdida acumulada al cierre del ejercicio anterior, si existiera, debe ser apropiado a la constitución de la Reserva legal.
  2. De acuerdo con la Ley N° 25.063, los dividendos que se distribuyan, en dinero o en especie, en exceso de las utilidades impositivas acumuladas al cierre del ejercicio inmediato anterior a la fecha de pago o distribución, estarán sujetos a una retención del 35% en concepto de impuesto a las ganancias con carácter de pago único y definitivo. La ganancia a considerar en cada ejercicio será la que resulte de detraer a la utilidad impositiva, el impuesto pagado por el o los ejercicios fiscales de origen de la ganancia que se distribuye o la parte proporcional correspondiente y sumarle los dividendos o utilidades provenientes de otras sociedades de capital no computados en la determinación de dicha ganancia en el o los mismos períodos fiscales.
  3. Mediante la Comunicación “A” 5072, el B.C.R.A. estableció el procedimiento de carácter general para admitir la distribución de utilidades. Conforme al mismo, sólo se podrá efectuar una distribución con autorización expresa del B.C.R.A. y siempre que no se registren asistencias financieras del citado organismo por iliquidez ni deficiencias de integración de capital o efectivo mínimo, entre otras condiciones previas detalladas en la mencionada comunicación que deben cumplirse.

Asimismo, sólo se podrá distribuir utilidades en la medida que se cuente con resultados positivos luego de deducir extracontablemente de los resultados no asignados los importes de las reservas legal y estatutarias, cuya constitución sea exigible, la diferencia neta positiva entre el valor contable y el valor de mercado o valor presente informado por el B.C.R.A., según corresponda, de los instrumentos de deuda pública y/o de regulación monetaria del B.C.R.A. no valuados a precio de mercado, las sumas activadas por causas judiciales vinculadas a depósitos, entre otros conceptos.

17. PUBLICACION DE LOS ESTADOS CONTABLES

De acuerdo con lo previsto en la Comunicación “A” 760, la previa intervención del B.C.R.A. no es requerida a los fines de la publicación de los presentes estados contables.

INFORME DE LA COMISIÓN FISCALIZADORA

A los Señores Accionistas del

BANCO PRIVADO DE INVERSIONES S.A.

Leandro N. Alem 1110

Ciudad Autónoma de Buenos Aires

  1. En cumplimiento de disposiciones legales, reglamentarias y estatutarias vigentes hemos recibido para nuestra consideración el estado de situación patrimonial de Banco Privado de Inversiones S.A. al 30 de junio de 2011, y los correspondientes estados de resultados, de evolución del patrimonio neto y de flujo de efectivo y sus equivalentes por el período de seis meses finalizado en esa fecha y las notas y anexos que los complementan. Los documentos citados son responsabilidad del Directorio de la Sociedad. Nuestra responsabilidad consiste en emitir un informe sobre dichos documentos basados en el trabajo que se menciona en el párrafo siguiente.
  2. Nuestro examen fue realizado de acuerdo con las normas de sindicatura vigentes en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Dichas normas requieren que el examen se efectúe de acuerdo con las normas de auditoría vigentes para la revisión limitada de estados contables correspondientes a períodos intermedios, e incluya la verificación de la congruencia de los documentos revisados con la información sobre las decisiones societarias expuestas en actas, y la adecuación de dichas decisiones a la ley y a los estatutos, en lo relativo a sus aspectos formales y documentales. Para realizar nuestra tarea hemos considerado la revisión efectuada por los auditores externos Pistrelli, Henry Martin y Asociados S.R.L., quienes emitieron su informe de fecha 4 de agosto de 2011 suscripto por el socio de la firma Contador Público Karen Grigorian, de acuerdo con las normas de auditoría vigentes en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para la revisión de estados contables correspondientes a períodos intermedios. Dado que no es responsabilidad de los síndicos efectuar un control de gestión, la revisión no se extendió a los criterios y decisiones empresarias de las diversas áreas de la Sociedad, cuestiones que son responsabilidad exclusiva del Directorio. El alcance de esta revisión es substancialmente menor al de una auditoría de estados contables, cuyo objetivo es la expresión de una opinión sobre los estados contables tomados en su conjunto. Por lo tanto, no expresamos tal opinión.
  3. Los estados contables adjuntos han sido preparados por la Sociedad de acuerdo con las normas contables establecidas por el Banco Central de la República Argentina (B.C.R.A.), las cuales difieren de las normas contables profesionales vigentes en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina, en ciertos aspectos de valuación y exposición que se describen en la nota 4 a los estados contables adjuntos.
  4. Basados en el trabajo realizado y teniendo en cuenta el informe de revisión limitada de los auditores externos, informamos que, excepto por el efecto de las cuestiones mencionadas en el párrafo tercero, los estados contables adjuntos, mencionados en el párrafo primero, contemplan todos los hechos y circunstancias significativos que son de nuestro conocimiento y que, en relación con éstos, no tenemos otras observaciones significativas que formular.
  5. Informamos además, en cumplimiento de disposiciones legales y reglamentarias vigentes que:
  6. hemos realizado las restantes tareas de control de legalidad previstas por el artículo 294 de la Ley N° 19.550, que consideramos necesarias de acuerdo con las circunstancias, incluyendo entre otras, el control de la constitución y subsistencia de la garantía de los directores, no teniendo observaciones que formular al respecto,
  7. los estados contables del Banco Privado de Inversiones S.A. surgen de registros contables llevados, en sus aspectos formales, de conformidad con las disposiciones legales vigentes y las normas reglamentarias del B.C.R.A., considerando lo mencionado en c).
  8. Con fecha 25 de julio de 2011, la Entidad ha presentado ante la Inspección General de Justicia (I.G.J.) la documentación requerida para dar cumplimiento a los puntos I y II del art. 287 de la Resolución General N° 7/2005, para el período 2006 a 2010, en relación con la autorización para llevar el libro diario en soportes magnéticos. A la fecha, la I.G.J. no se ha expedido al respecto.

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 4 de agosto de 2011.

Por Comisión Fiscalizadora
Alejandro Almarza Síndico Titular Contador Público - U.B.A. C.P.C.E.C.A.B.A T° 120 F° 210

ACTA DE LA COMISIÓN FISCALIZADORA N° 435

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 4 días del mes de agosto de 2011, siendo las 14.30 horas, se reúnen 2 de los 3 los miembros titulares de la Comisión Fiscalizadora de Banco Privado de Inversiones S.A.

El Dr. Alejandro Almarza deja constancia que el Dr. Leonardo Pablo Cortigiani le ha comunicado telefónicamente que por encontrarse en el día de la fecha en el exterior se ve imposibilitada su participación en la reunión. No obstante, hecha dicha aclaración, deja constancia que habiendo quórum suficiente abre el acto e informa acerca de la revisión realizada sobre los estados contables de la entidad por el período de seis meses finalizado el 30 de junio de 2011, proponiendo la redacción del informe de la Comisión Fiscalizadora de acuerdo con el siguiente texto:

“A los Señores Accionistas del

BANCO PRIVADO DE INVERSIONES S.A.

Leandro N. Alem 1110

Ciudad Autónoma de Buenos Aires

  1. En cumplimiento de disposiciones legales, reglamentarias y estatutarias vigentes hemos recibido para nuestra consideración el estado de situación patrimonial de Banco Privado de Inversiones S.A. al 30 de junio de 2011, y los correspondientes estados de resultados, de evolución del patrimonio neto y de flujo de efectivo y sus equivalentes por el período de seis meses finalizado en esa fecha y las notas y anexos que los complementan. Los documentos citados son responsabilidad del Directorio de la Sociedad. Nuestra responsabilidad consiste en emitir un informe sobre dichos documentos basados en el trabajo que se menciona en el párrafo siguiente.
  2. Nuestro examen fue realizado de acuerdo con las normas de sindicatura vigentes en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Dichas normas requieren que el examen se efectúe de acuerdo con las normas de auditoría vigentes para la revisión limitada de estados contables correspondientes a períodos intermedios, e incluya la verificación de la congruencia de los documentos revisados con la información sobre las decisiones societarias expuestas en actas, y la adecuación de dichas decisiones a la ley y a los estatutos, en lo relativo a sus aspectos formales y documentales. Para realizar nuestra tarea hemos considerado la revisión efectuada por los auditores externos Pistrelli, Henry Martin y Asociados S.R.L., quienes emitieron su informe de fecha 4 de agosto de 2011 suscripto por el socio de la firma Contador Público Karen Grigorian, de acuerdo con las normas de auditoría vigentes en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para la revisión de estados contables correspondientes a períodos intermedios. Dado que no es responsabilidad de los síndicos efectuar un control de gestión, la revisión no se extendió a los criterios y decisiones empresarias de las diversas áreas de la Sociedad, cuestiones que son responsabilidad exclusiva del Directorio. El alcance de esta revisión es substancialmente menor al de una auditoría de estados contables, cuyo objetivo es la expresión de una opinión sobre los estados contables tomados en su conjunto. Por lo tanto, no expresamos tal opinión.
  3. Los estados contables adjuntos han sido preparados por la Sociedad de acuerdo con las normas contables establecidas por el Banco Central de la República Argentina (B.C.R.A.), las cuales difieren de las normas contables profesionales vigentes en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina, en ciertos aspectos de valuación y exposición que se describen en la nota 4 a los estados contables adjuntos.
  4. Basados en el trabajo realizado y teniendo en cuenta el informe de revisión limitada de los auditores externos, informamos que, excepto por el efecto de las cuestiones mencionadas en el párrafo tercero, los estados contables adjuntos, mencionados en el párrafo primero, contemplan todos los hechos y circunstancias significativos que son de nuestro conocimiento y que, en relación con éstos, no tenemos otras observaciones significativas que formular.
  5. Informamos además, en cumplimiento de disposiciones legales y reglamentarias vigentes que:
  6. hemos realizado las restantes tareas de control de legalidad previstas por el artículo 294 de la Ley N° 19.550, que consideramos necesarias de acuerdo con las circunstancias, incluyendo entre otras, el control de la constitución y subsistencia de la garantía de los directores, no teniendo observaciones que formular al respecto,
  7. los estados contables del Banco Privado de Inversiones S.A. surgen de registros contables llevados, en sus aspectos formales, de conformidad con las disposiciones legales vigentes y las normas reglamentarias del B.C.R.A., considerando lo mencionado en c).
  8. con fecha 25 de julio de 2011, la Entidad ha presentado ante la Inspección General de Justicia (I.G.J.) la documentación requerida para dar cumplimiento a los puntos I y II del art. 287 de la Resolución General N° 7/2005, para el período 2006 a 2010, en relación con la autorización para llevar el libro diario en soportes magnéticos. A la fecha, la I.G.J. no se ha expedido al respecto.

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 4 de agosto de 2011”.

Tras un breve intercambio de opiniones, resulta aprobado el Informe de Comisión Fiscalizadora que será suscripto una vez que hayan sido aprobados por el Directorio los estados contables al 30 de junio de 2011 tratados en esta reunión, en tanto y en cuanto dicha aprobación sea efectuada sin introducir cambios sustanciales a los mismos.

Asimismo, se autoriza al Dr. Alejandro Almarza a suscribir el presente Informe en representación de la Comisión Fiscalizadora.

No habiendo más temas que tratar, siendo las 14.45 horas, se da por finalizada la sesión.

Alejandro Almarza Síndico Titular Santiago M. Maidana Síndico Titular

En la Ciudad de Buenos Aires, a los 4 días del mes de agosto de 2011, siendo las 15 horas, se reúnen en la sede social situada en Teniente General Juan Domingo Perón 562de la Ciudad de Buenos Aires los miembros del directorio de “BANCO PRIVADO DE INVERSIONES S.A.” que firman al pie, con la presencia de un representante de la Comisión Fiscalizadora.

Toma la palabra el presidente del directorio, Sr. Jorge Horacio Brito, quien previo a constatar la existencia de quórum para sesionar, somete a consideración el siguiente orden del día: 1) Consideración del balance trimestral al 30 de junio de 2011; …

1) El señor presidente somete a consideración el balance trimestral de Banco Privado de Inversiones S.A. correspondiente al trimestre cerrado el 30 de junio de 2011.

Luego de un cambio de ideas, por unanimidad se resuelve aprobar el mencionado balance, tomándose conocimiento de los textos del informe del contador dictaminante y del informe de la Comisión Fiscalizadora.

No habiendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión siendo las 15.15 horas.