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Banco Macro SA — Interim / Quarterly Report 2009
Aug 10, 2009
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Estados Contables al 30 de junio de 2009
junto con los Informes de revisión limitada
de estados contables de períodos intermedios
y de la Comisión Fiscalizadora
CONTENIDO
- Informe de revisión limitada de estados contables de períodos intermedios
- Carátula
- Estados de situación patrimonial
- Estados de resultados
- Estados de evolución del patrimonio neto
- Estados de flujo de efectivo y sus equivalentes
- Notas a los estados contables
- Anexos A a L, N y O
- Informe de la Comisión Fiscalizadora
INFORME DE REVISIÓN LIMITADA
DE ESTADOS CONTABLES
DE PERÍODOS INTERMEDIOS
A los Señores Directores de
BANCO DEL TUCUMÁN S.A.
San Martín 721
San Miguel de Tucumán – Pcia. de Tucumán
- Hemos efectuado una revisión limitada del estado de situación patrimonial adjunto de BANCO DEL TUCUMÁN S.A. al 30 de junio de 2009 y de los correspondientes estados de resultados, de evolución del patrimonio neto y de flujo de efectivo y sus equivalentes por el período de seis meses finalizado en esa fecha. Dichos estados contables son responsabilidad de la Dirección de la Entidad.
- Nuestra revisión fue realizada de acuerdo con las normas de la Resolución Técnica N° 7 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas aplicables a la revisión limitada de estados contables de períodos intermedios y con las “Normas mínimas sobre auditorías externas” emitidas por el Banco Central de la República Argentina (B.C.R.A.) para la revisión de estados contables trimestrales. De acuerdo con dichas normas, una revisión limitada consiste principalmente en aplicar procedimientos analíticos a la información contable y en efectuar indagaciones a los responsables de las cuestiones contables y financieras. El alcance de esta revisión es sustancialmente menor al de una auditoría de estados contables, cuyo objetivo es la expresión de una opinión sobre los estados contables tomados en su conjunto. Por lo tanto, no expresamos tal opinión.
- Tal como se describe en la nota 4. a los estados contables adjuntos, los estados contables mencionados en el párrafo 1. han sido preparados por la Entidad de acuerdo con las normas contables establecidas por el B.C.R.A., las cuales difieren de las normas contables profesionales aprobadas por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Tucumán, República Argentina, en ciertos aspectos de valuación y exposición que se describen y cuantifican en la mencionada nota.
- Basados en nuestra revisión, no hemos tomado conocimiento de hechos o circunstancias que hagan necesario efectuar modificaciones significativas a los estados contables mencionados en el párrafo 1. para que los mismos estén presentados de conformidad con las normas establecidas por el B.C.R.A. y, excepto por los efectos de las cuestiones mencionadas en el párrafo 3., con las normas contables profesionales vigentes en la Provincia de Tucumán, República Argentina.
- En relación al estado de situación patrimonial de BANCO DEL TUCUMÁN S.A. al 31 de diciembre de 2008 y a los estados de resultados, de evolución del patrimonio neto y de flujo de efectivo y sus equivalentes por el período de seis meses finalizado el 30 de junio de 2008, presentados con propósitos comparativos, informamos que:
- Hemos emitido con fecha 18 de febrero de 2009 un informe de auditoría sobre los estados contables de BANCO DEL TUCUMÁN S.A. al 31 de diciembre de 2008. El mencionado informe incluyó una opinión con salvedades por discrepancias entre las normas contables del B.C.R.A. utilizadas por la Entidad y las normas contables profesionales vigentes en la Provincia de Tucumán, República Argentina, según se menciona en el párrafo 3. No hemos auditado ningún estado contable a ninguna fecha y por ningún período posterior al 31 de diciembre de 2008.
- Hemos emitido con fecha 7 de agosto de 2008 un informe de revisión limitada sobre los estados contables de BANCO DEL TUCUMÁN S.A. al 30 de junio de 2008. El mencionado informe incluyó salvedades por discrepancias entre las normas contables del B.C.R.A. utilizadas por la Entidad y las normas contables profesionales vigentes en la Provincia de Tucumán, República Argentina, según se menciona en el párrafo 3.
- En cumplimiento de disposiciones vigentes, informamos que:
- Los estados contables mencionado en el párrafo 1. surgen de registros contables llevados, en sus aspectos formales, de conformidad con las normas legales vigentes y las normas reglamentarias del B.C.R.A.
- Al 30 de junio de 2009, la deuda devengada en concepto de aportes y contribuciones previsionales a favor de la Administración Nacional de la Seguridad Social, que surge de los registros contables de la Entidad, asciende a $ 1.449.252, no siendo exigible a esa fecha.
San Miguel de Tucumán,
6 de agosto de 2009
| PISTRELLI, HENRY MARTIN Y ASOCIADOS S.R.L. |
| MARIO A. BITTAR |
| Socio |
| Contador Público U.B.A. |
| C.G.C.E.T. – Matrícula Nº 5.793 |
ESTADOS CONTABLES AL
30 DE JUNIO DE 2009
DENOMINACION SOCIAL: BANCO DEL TUCUMAN S.A.
DOMICILIO LEGAL: San Martín 721 – San Miguel de Tucumán – Pcia. de Tucumán – República Argentina
OBJETO Y RAMO PRINCIPAL: Banco Comercial
BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA: Autorizado como “Banco Privado Nacional” bajo el N° 060
INSCRIPCION EN EL REGISTRO PUBLICO DE COMERCIO: Bajo el N° 02, fojas 05/58 – Tomo XI° del protocolo
de contratos sociales el 4 de agosto de 1995
FECHA EN LA QUE SE CUMPLE EL CONTRATO SOCIAL: 31 de marzo de 2094
INSCRIPCION EN LA INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA: Acta fundacional Resolución N° 108/95
el 25 de abril de 1995
Estatuto Social – Resolución 246/95
el 1° de agosto de 1995
CLAVE UNICA DE IDENTIFICACION TRIBUTARIA: 30-51794820-5
FECHAS DE INSCRIPCIONES DE LAS MODIFICACIONES DE ESTATUTO: 11 de diciembre de 1997 y 28 de
diciembre de 2007
- RESEÑA DE LA ENTIDAD
Banco del Tucumán S.A. (la Entidad) tiene su origen en el proceso de privatización del Banco de la Provincia de Tucumán llevado a cabo por el Gobierno de dicha Provincia, en el que la Legislatura de la misma dispuso la transformación de la entidad autárquica en sociedad anónima a partir del 1° de abril de 1995. Desde esa fecha, la Entidad pasó a denominarse “Banco del Tucumán S.A.”.
Con fecha 24 de junio de 1996, el Poder Ejecutivo de la Provincia de Tucumán mediante el Decreto N° 1066/3 MH dispuso adjudicar el 75% del paquete accionario de la Entidad a Banco Comafi S.A., conservando el Gobierno de la Provincia de Tucumán un 20% de dicho paquete accionario, y destinando el 5% remanente al Programa de Propiedad Participada.
A partir del año 1998, los Directorios de Banco del Tucumán S.A. y Banco San Miguel del Tucumán S.A. (entidad controlada en un 99,99% por Banco Comafi S.A.) iniciaron un proceso de reorganización societaria que finalizó con la transferencia de activos y ciertas deudas de Banco San Miguel del Tucumán S.A. a Banco del Tucumán S.A. y, posteriormente, con la revocación por parte del Banco Central de la República Argentina (B.C.R.A.) de la autorización a Banco San Miguel de Tucumán S.A. para funcionar como banco comercial minorista.
Con fecha 24 de noviembre de 2005 Banco Macro S.A. firmó con Banco Comafi S.A. un contrato de compra de acciones por el 75% del capital y de los votos de Banco del Tucumán S.A., hecho que fue aprobado por el B.C.R.A. el 6 de marzo de 2006 a través de la Resolución de Directorio N° 50, así como por la Secretaría de Coordinación Técnica del Ministerio de Economía y Producción el 7 de abril de 2006. En tal sentido, con fecha 5 de mayo de 2006, Banco Macro S.A. perfeccionó la adquisición de 164.850 acciones Clase “A” de Banco del Tucumán S.A tomando a partir de dicha fecha el control de la Entidad.
Adicionalmente, entre los meses de septiembre y diciembre de 2006, Banco Macro S.A. adquirió acciones Clase “C” de Banco del Tucumán S.A. representativas del 4,84% del capital social.
Por último, con fecha 28 de noviembre de 2006, la Asamblea general ordinaria y extraordinaria de Banco del Tucumán S.A. aprobó un aumento del capital social que fue suscripto en su totalidad durante el mes de enero de 2007 por Banco Macro S.A., incrementando de esta forma su participación total en la Entidad a 89,93%.
Banco del Tucumán S.A. actúa como agente financiero único del Gobierno Provincial y Municipal y agente de los mismos para la recaudación de sus rentas y la atención de las órdenes de pago de sus obligaciones hasta el año 2011 y 2013, respectivamente.
La Entidad desempeña su operatoria principalmente en el ámbito de la Provincia de Tucumán, apoyando las actividades productivas de las PyMEs tucumanas y, adicionalmente, realizando colocaciones de préstamos al sector privado no financiero correspondiente a banca empresa e individuos en su conjunto.
En lo referente a banca individuos, la colocación de préstamos está dirigida principalmente a los empleados del sector público provincial y municipal. Asimismo, desde la adquisición de la Entidad por parte del Grupo Macro, se profundizó la participación estratégica en el mercado de individuos con condiciones más competitivas, adecuándose a las políticas que al respecto tiene el Grupo en todo el país. En el área banca empresa, la Entidad respalda a diversos sectores productivos vinculados a la economía regional.
En relación con la prestación de servicios, los productos principales son recaudaciones, planes sueldos, comercio exterior y tarjetas corporativas, especialmente dirigida a empresas con antecedentes como clientes de la Entidad, atención del rescate y pago de tickets a comercios, pago de sueldos en planta y alquiler de cajas de seguridad.
- BASES DE PRESENTACIoN DE LOS ESTADOS CONTABLES
Los presentes estados contables, que surgen de los libros de contabilidad de la Entidad, están expresados en miles de pesos y han sido preparados de acuerdo con las normas contables establecidas por el B.C.R.A. y las normas contables profesionales vigentes en la Provincia de Tucumán, República Argentina.
La preparación de los estados contables requiere que la Entidad efectúe, en ciertos casos, estimaciones para determinar los valores contables de activos, pasivos, ingresos, egresos y contingencias, como también la exposición de los mismos, a cada fecha de presentación de información contable. Las registraciones efectuadas por la Entidad se basan en la mejor estimación de la probabilidad de ocurrencia de diferentes eventos futuros y, por lo tanto, el monto final puede diferir de tales estimaciones, las cuales pueden tener un impacto positivo o negativo en futuros períodos.
- Información comparativa
De acuerdo con lo requerido por el B.C.R.A., el estado de situación patrimonial al 30 de junio de 2009 se presenta en forma comparativa con datos al cierre del ejercicio precedente, mientras que los estados de resultados, de evolución del patrimonio neto y de flujo de efectivo y sus equivalentes por el período de seis meses finalizado el 30 de junio de 2009, se presentan en forma comparativa con datos del mismo período del ejercicio precedente.
- Reexpresión en moneda constante
Las normas contables profesionales establecen que los estados contables deben expresarse en moneda homogénea. En un contexto de estabilidad monetaria, la moneda nominal es utilizada como moneda homogénea y, en un contexto de inflación o deflación, los estados contables deben expresarse en moneda de poder adquisitivo de la fecha a la cual corresponden dando reconocimiento contable a las variaciones en el índice de precios internos al por mayor (I.P.I.M.) publicado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos, de acuerdo con el método de reexpresión establecido en la Resolución Técnica (R.T.) N° 6 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (F.A.C.P.C.E.).
Los estados contables de la Entidad reconocen los efectos de las variaciones en el poder adquisitivo de la moneda hasta el 28 de febrero de 2003. De acuerdo con el Decreto N° 664/2003 del Poder Ejecutivo Nacional (P.E.N.) y la Comunicación “A” 3921 del B.C.R.A., la Entidad discontinuó la aplicación de dicho método y, por lo tanto, no reconoció contablemente los efectos de las variaciones en el poder adquisitivo de la moneda originados a partir del 1° de marzo de 2003. Las normas contables profesionales, establecen que la discontinuación en la aplicación del método de reexpresión establecido en la R.T. N° 6 debió efectuarse a partir del 1° de octubre de 2003. Los efectos de no haber reconocido las variaciones en el poder adquisitivo de la moneda hasta esta última fecha no han sido significativos en relación con los estados contables tomados en su conjunto.
- Principales criterios de valuación
Los principales criterios de valuación utilizados en la preparación de los presentes estados contables al 30 de junio de 2009 y al 31 de diciembre de 2008 fueron los siguientes:
-
- Activos y pasivos en moneda extranjera:
Los activos y pasivos nominados en dólares estadounidenses fueron convertidos a pesos de acuerdo al tipo de cambio de referencia del B.C.R.A. vigente al último día hábil del período y ejercicio, respectivamente. Adicionalmente, los activos y pasivos nominados en otras monedas extranjeras fueron convertidos de acuerdo a los tipos de pase comunicados por la mesa de operaciones del B.C.R.A. Las diferencias de cambio fueron imputadas a los resultados a dichas fechas.
-
- Títulos públicos y privados:
Títulos públicos - Con cotización
Se valuaron de acuerdo con los valores de cotización vigentes para cada título al cierre de las operaciones del último día hábil del período y ejercicio, respectivamente. Las diferencias de cotización fueron imputadas a los resultados a dichas fechas.
Títulos públicos - Sin cotización
De acuerdo a la Comunicación “A” 4898 del B.C.R.A. de fecha 22 de enero de 2009, las tenencias de Bonos para conversión y saneamiento de empréstitos públicos – Consadep serie I y II (Consadep I y II) – se valuaron al valor contable al 31 de enero de 2009 neto de los servicios financieros cobrados con posterioridad a esa fecha y de la cuenta regularizadora correspondiente.
Los intereses devengados y, de corresponder, el ajuste por aplicación del Coeficiente de Estabilización de Referencia (C.E.R.) se reflejaron en una cuenta regularizadora del activo.
Al 31 de diciembre de 2008 estas especies se valuaron, de acuerdo con lo dispuesto por la Comunicación “A” 3911 y complementarias, al menor valor entre su valor presente y su valor técnico. Si dicho menor valor fue mayor al valor teórico (de acuerdo a lo definido en el punto 4. de la Comunicación “A” 3911), la diferencia fue debitada en la cuenta del activo y acreditada en una cuenta regularizadora. Si en cambio dicho menor valor fue también menor que el valor teórico, la diferencia fue registrada como una disminución de la cuenta del activo con contrapartida en resultados (pérdida).
Los montos registrados en cuentas regularizadoras fueron ajustados cada mes sobre la base de los valores calculados de acuerdo con la Comunicación “A” 3911 y complementarias del B.C.R.A.
A los efectos de la determinación del valor presente, en caso de instrumentos que contemplaran cláusulas de actualización, los flujos de fondos se descontaron a las tasas de interés que se establecieron en el cronograma del punto 2. de la citada Comunicación “A” 3911. A partir del mes de agosto de 2007, mensualmente el B.C.R.A. estableció la tasa de descuento a utilizar, conforme a lo establecido por la Comunicación “A” 4704 y complementarias.
En caso de instrumentos que no contemplaran cláusulas de actualización, la Comunicación “A” 4163 estableció la metodología de cálculo de valores presentes.
Instrumentos emitidos por el B.C.R.A. – Con cotización
Al 30 de junio de 2009 se valuaron de acuerdo con los valores de cotización vigentes para cada especie al cierre de las operaciones del último día del período. Las diferencias de cotización fueron imputadas a los resultados a dicha fecha.
Instrumentos emitidos por el B.C.R.A. – Por operaciones de pase – Sin cotización
Al 30 de junio de 2009 se valuaron de acuerdo con lo establecido por la Comunicación “A” 4414 del B.C.R.A., a su valor de costo acrecentado en forma exponencial en función de su tasa interna de retorno.
-
- Préstamos Garantizados – Decreto N° 1387/2001:
De acuerdo a la mencionada Comunicación “A” 4898 del B.C.R.A., los Préstamos Garantizados emitidos por el Gobierno Nacional en el marco del Decreto N° 1387/2001 al 30 de junio de 2009 se valuaron al mayor valor entre el valor presente difundido por el B.C.R.A. y el valor contable al 31 de enero de 2009 neto de los servicios financieros cobrados con posterioridad a esa fecha y de la cuenta regularizadora correspondiente, según se detalla a continuación (valor contable).
Cuando el valor presente de estas tenencias sea inferior al valor contable, el devengamiento de los intereses y, de corresponder, del ajuste por aplicación del C.E.R., se imputará, en forma acumulativa, a una cuenta regularizadora creada al efecto, hasta que el valor contable sea igual al presente, y dicha cuenta regularizadora se desafectará con imputación a resultados en la medida que su saldo supere la diferencia positiva entre el valor presente y el contable de dichas tenencias.
Los valores presentes difundidos por el B.C.R.A. surgen de la curva de rendimiento de especies correspondientes al mismo tipo de instrumento, con cotización normal y habitual y de similar “duration”, conforme a la metodología divulgada por dicha institución.
Al 31 de diciembre de 2008 estas especies se valuaron al menor valor entre su valor presente y su valor técnico, conforme lo establecido por la Comunicación “A” 3911 y complementarias (ver nota 2.3.b) precedente).
-
- Devengamiento de intereses:
Los intereses fueron devengados sobre la base de su distribución exponencial en los períodos en que han sido generados, excepto los correspondientes a las operaciones concertadas en moneda extranjera y por un lapso total de vigencia no superior a noventa y dos días, los cuales se distribuyeron linealmente.
La Entidad opta directamente por interrumpir el devengamiento de intereses cuando los préstamos presentan incumplimientos en sus pagos (generalmente con atrasos superiores a los 90 días) o el cobro del capital otorgado y los intereses devengados es de recuperabilidad incierta. Los intereses devengados hasta el momento de la interrupción son considerados como parte del saldo de deuda al momento de determinar el monto de previsiones de dichos préstamos. Posteriormente, los intereses sólo son reconocidos sobre la base del cobro, una vez que se haya cancelado el monto a cobrar por los intereses anteriormente devengados.
-
- Devengamiento del C.E.R.:
Los créditos y obligaciones han sido ajustados por el C.E.R., en caso de corresponder, de la siguiente forma:
- Consadep serie I y Préstamos Garantizados Decreto N° 1.387/01: según se expone en las notas 2.3.b) y c) precedentes, respectivamente.
- Otros préstamos: han sido ajustados de acuerdo a la Comunicación “A” 3507 y complementarias, que dispuso que los pagos realizados hasta el 30 de septiembre de 2002 se realizaran en las condiciones originales de cada operación y se imputaran como pagos a cuenta, mientras que el capital se ajustó a partir del 3 de febrero de 2002 por el C.E.R. del último día hábil del período y ejercicio, respectivamente, deduciéndosele los pagos a cuenta mencionados precedentemente desde la fecha de pago, excepto los alcanzados por las disposiciones de los Decretos N° 762/02 y N° 1242/02, que excluyeron de la aplicación de dicho coeficiente a algunas líneas de créditos hipotecarios, prendarios, personales y otros.
- Depósitos: al 31 de diciembre de 2008 se aplicó el C.E.R. al último día del ejercicio finalizado en esa fecha.
- Bienes dados en locación financiera:
Se valuaron a su valor de costo, menos las correspondientes amortizaciones acumuladas, determinadas tomando como base el valor de origen de los bienes, menos el valor actual de las sumas no devengadas, calculadas según las condiciones pactadas en los contratos respectivos aplicando la tasa de interés implícita en ellos.
-
- Montos a cobrar por ventas y a pagar por compras contado a liquidar y a término:
Se valuaron de acuerdo con los precios concertados para cada operación más las correspondientes primas devengadas a dichas fechas.
-
- Especies a entregar por ventas y a recibir por compras contado a liquidar y a término:
-
Con cotización: al 31 de diciembre de 2008 se valuaron de acuerdo con los valores de cotización vigentes para cada especie al último día hábil del ejercicio. Las diferencias de cotización fueron imputadas a los resultados a dicha fecha.
- Sin cotización: se valuaron de acuerdo con lo establecido por la Comunicación “A” 4414 del B.C.R.A., a su valor de costo acrecentado en forma exponencial en función de su tasa interna de retorno.
- Certificados de participación en fideicomisos financieros – Sin cotización:
Se valuaron al valor nominal, neto de amortizaciones, más las rentas devengadas pendientes de cobro al cierre del período y ejercicio, respectivamente. Las mismas fueron imputadas a los resultados a dichas fechas.
Los saldos registrados por la Entidad por tenencias de certificados de participación en fideicomisos financieros, netos de previsiones, al cierre del período y ejercicio, respectivamente, ascienden a:
| Descripción | 30/06/2009 | 31/12/2008 | ||
| Fideicomiso Financiero SAT SAPEM I | 7.097 | 7.981 | ||
| Total | 7.097 | 7.981 |
-
- Participaciones en otras sociedades – Otras no controladas:
Se valuaron al costo de adquisición, reexpresado según se explica en la nota 2.2., más el valor nominal de los dividendos en acciones recibidos. Dicho valor no supera el valor patrimonial proporcional.
-
- Bienes de uso y bienes diversos:
Se valuaron a su costo de adquisición, reexpresado según se explica en la nota 2.2., neto de las correspondientes depreciaciones acumuladas, calculadas proporcionalmente a los meses de vida útil estimados.
-
- Bienes intangibles:
-
Diferencias por resoluciones judiciales – No deducibles para la determinación de la Responsabilidad Patrimonial Computable: según lo dispuesto por la Comunicación “A” 3916 y complementarias del B.C.R.A., se registraron al valor que surge de la diferencia entre el saldo de la moneda extranjera de origen convertido al tipo de cambio aplicado en la liquidación de los recursos de amparo pagados, y el importe contabilizado según las normas vigentes a la fecha de liquidación (conversión a pesos a razón de $ 1,40 por cada dólar estadounidense o su equivalente en otras monedas más la aplicación del C.E.R.), menos las correspondientes amortizaciones acumuladas, calculadas proporcionalmente en 60 meses. En tal sentido, al 30 de junio de 2009 y 31 de diciembre de 2008 el rubro Gastos de organización y desarrollo incluye por este concepto 1.806 y 2.424 (neto de amortizaciones de 26.946 y 26.185), respectivamente.
- Diferencias por dolarización de depósitos judiciales: al 31 de diciembre de 2008 el rubro Gastos de organización y desarrollo incluye 3.210 (neto de amortizaciones de 9.628) correspondiente a la activación del efecto de la dolarización de los depósitos judiciales. Al 30 de junio de 2009 se cumplió el plazo de 24 meses de amortización establecido por la Comunicación “A” 4686 del B.C.R.A., por lo que a esa fecha el monto activado en el citado rubro por 12.838 por este concepto se encuentra totalmente amortizado.
- Resto: se valuaron a su costo de incorporación, reexpresado según se explica en la nota 2.2., neto de las correspondientes amortizaciones acumuladas, calculadas proporcionalmente a los meses de vida útil estimados. Al 30 de junio de 2009 y 31 de diciembre de 2008 el valor residual por este concepto asciende a 5.702 y a 6.077, respectivamente.
- Previsiones por riesgo de incobrabilidad:
Se constituyeron sobre la base del riesgo de incobrabilidad estimado de la asistencia crediticia de la Entidad, el cual resulta, entre otros aspectos, de la evaluación del grado de cumplimiento de los deudores y de las garantías que respaldan las respectivas operaciones de acuerdo con las disposiciones de la Comunicación “A” 2950 y complementarias del B.C.R.A. y las políticas de previsionamiento de la Entidad.
En los casos de préstamos con previsiones específicas que sean cancelados o generen reversión de previsiones constituidas en el corriente período, y en los casos en que las previsiones constituidas en ejercicios anteriores resulten superiores a las que se consideran necesarias, el exceso de previsión es reversado con impacto en el resultado del corriente período.
Los recuperos de créditos previamente clasificados en Cuentas de orden – Deudoras – De control – Créditos clasificados irrecuperables, son registrados directamente en resultados.
-
- Indemnizaciones por despido:
La Entidad imputa directamente a gastos las indemnizaciones por despido.
-
- Previsiones del pasivo:
La Entidad posee ciertos pasivos contingentes en relación con reclamos, juicios y otros procesos, existentes o potenciales, incluyendo aquellos relacionados con responsabilidades laborales y de otra naturaleza. La Entidad registra pasivos cuando es probable que los futuros costos puedan ocurrir y cuando esos costos pueden ser razonablemente estimados.
Al 30 de junio de 2009 y al 31 de diciembre de 2008 la Entidad mantiene constituidas previsiones por 13.881 y 11.246, respectivamente, las cuales incluyen 10.579 y 9.627, respectivamente, correspondientes al concepto mencionado en nota 2.3.l) ii.
-
- Cuentas del patrimonio neto:
Se encuentran expresadas a su valor nominal reexpresado a la fecha de cierre del período y ejercicio, respectivamente, según lo indicado en la nota 2.2.
-
- Cuentas del estado de resultados:
Las cuentas que acumulan operaciones monetarias ocurridas a lo largo del período y ejercicio, respectivamente (ingresos y egresos financieros, ingresos y egresos por servicios, cargo por incobrabilidad, etc.) se mantuvieron por sus valores históricos mensuales sobre la base de su devengamiento mensual, mientras que las cuentas que reflejan el efecto en resultados por la venta, baja o consumo de activos no monetarios, se computaron sobre la base de las cifras reexpresadas de dichos activos según se explica en la nota 2.2.
-
- Estado de flujo de efectivo y sus equivalentes
La Entidad considera como “efectivo y sus equivalentes” al rubro Disponibilidades y Títulos públicos y privados con vencimiento menor a 90 días desde la fecha de su adquisición. En tal sentido, a continuación se expone la conciliación entre la partida “Efectivo” del Estado de flujo de efectivo y sus equivalentes con los correspondientes rubros del Estado de situación patrimonial al 30 de junio de 2009 y al 31 de diciembre de 2008:
| 30/06/2009 | 31/12/2008 | |||
| Disponibilidades | 308.571 | 308.977 | ||
| Títulos públicos y privados | 51.906 | |||
| Efectivo | 360.477 | 308.977 |
- impuestos a las ganancias y a la ganancia minima presunta
La Entidad determina el impuesto a las ganancias aplicando la tasa vigente del 35% sobre la utilidad impositiva estimada de cada período y/o ejercicio, sin considerar el efecto de las diferencias temporarias entre el resultado contable y el impositivo.
El impuesto a la ganancias mínima presunta fue establecido durante el ejercicio económico 1998 por la Ley N° 25.063, por el término de diez ejercicios anuales. Con fecha 19 de diciembre de 2008 dicho impuesto fue prorrogado por la Ley N° 26.426 hasta el 30 de diciembre de 2009. Este impuesto es complementario del impuesto a las ganancias, dado que, mientras este último grava la utilidad impositiva del ejercicio, el impuesto a la ganancia mínima presunta constituye una imposición mínima que grava la renta potencial de ciertos activos productivos a la tasa del 1%, de modo que la obligación fiscal de la Entidad coincidirá con el mayor de ambos impuestos. La mencionada ley prevé para el caso de entidades regidas por la Ley de Entidades Financieras que las mismas deberán considerar como base imponible del gravamen el 20% de sus activos gravados, previa deducción de aquellos definidos como no computables. Sin embargo, si el impuesto a la ganancia mínima presunta excede en un ejercicio fiscal al impuesto a las ganancias, dicho exceso podrá computarse como pago a cuenta de cualquier excedente del impuesto a las ganancias sobre el impuesto a la ganancia mínima presunta que se pudiera producir en cualquiera de los diez ejercicios siguientes, una vez que se hayan agotado los quebrantos acumulados.
Al 30 de junio de 2009 y 2008, por los períodos de seis meses finalizados en esas fechas, la Entidad estimó la existencia de impuesto a las ganancias a pagar por 17.600 y 12.200, respectivamente, no correspondiendo determinar el impuesto a la ganancia mínima presunta.
Adicionalmente, al 30 de junio de 2009 la Entidad abonó anticipos de impuesto a las ganancias por 7.511, correspondientes al ejercicio fiscal 2009, los cuales fueron registrados en el rubro “Créditos diversos” (ver nota 5.2.).
- DIFERENCIAS ENTRE LAS NORMAS DEL B.C.R.A. Y LAS NORMAS CONTABLES PROFESIONALES VIGENTES EN LA PROVINCIA DE TUCUMAN, REPUBLICA ARGENTINA
La Junta de Gobierno de la F.A.C.P.C.E. aprobó: (a) en abril de 2005, la Resolución N° 312-05 por medio de la cual incorporó una serie de cambios en sus resoluciones técnicas e interpretaciones, derivadas del acuerdo celebrado con el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para la unificación de las normas contables profesionales en el país y (b) en julio y octubre de 2005, la Resolución N° 323-05 y 324-05, respectivamente, por las cuales se establecieron normas de transición para el primer ejercicio de aplicación de los citados cambios. Dichas normas fueron aprobadas por el Colegio de Graduados en Ciencias Económicas de Tucumán con vigencia para los ejercicios iniciados a partir del 1° de julio de 2005.
Estas normas contables profesionales difieren en ciertos aspectos de valuación y exposición de las normas contables del B.C.R.A. A continuación se detallan las diferencias entre dichas normas que la Entidad ha identificado y considera de significación en relación a los presentes estados contables:
Normas de valuación
-
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- Tenencias de títulos públicos y asistencias crediticias al Sector Público no Financiero: estas financiaciones se valúan en función de las reglamentaciones y normas específicas promulgadas por el Gobierno Nacional y por el B.C.R.A que se detallan en las notas 2.3.b) y 2.3.c) precedentes. Por otra parte, la normativa vigente del B.C.R.A. respecto al previsionamiento determina que las acreencias con el Sector Público no Financiero no se encuentran sujetas a previsiones por riesgo de incobrabilidad, mientras que las normas contables profesionales requieren que los créditos deben compararse con su valor recuperable cada vez que se preparan estados contables.
-
-
La situación particular de la Entidad en relación con estas financiaciones es la siguiente:
-
- Tenencias de títulos públicos sin cotización: al 30 de junio de 2009 y 31 de diciembre de 2008, la Entidad mantiene imputado en el rubro “Títulos Públicos – Sin Cotización” por 6.698 y 7.709, respectivamente, los Bonos para conversión y saneamiento de empréstitos públicos – Consadep serie I y II (Consadep I y II). De acuerdo con las normas contables profesionales, dichos títulos deben valuarse a su valor corriente. Conforme a este criterio de valuación, el patrimonio neto por el período de seis meses terminado el 30 de junio de 2009 y por el ejercicio terminado el 31 de diciembre de 2008 hubiera disminuido en 254 y 3.197, respectivamente.
- Préstamos garantizados: al 30 de junio de 2009 y 31 de diciembre de 2008, la Entidad mantiene imputados los préstamos garantizados del Gobierno Nacional provenientes del canje establecido por el Decreto N° 1.387/01 en el rubro “Préstamos al Sector público no financiero” por un total de 656 y 7.274, respectivamente. De acuerdo con las normas contables profesionales, estos activos deben valuarse a su valor presente. Conforme a ese criterio de valuación, el patrimonio neto por el período de seis meses terminado el 30 de junio de 2009 y por el ejercicio terminado el 31 de diciembre de 2008 hubiera disminuido en 52 y 4.687, respectivamente.
- Instrumentos emitidos por el B.C.R.A. sin cotización: al 31 de diciembre de 2008, la Entidad posee imputados en el rubro “Otros Créditos por Intermediación Financiera” 41.223 por especies sin cotización a recibir por compras contado a liquidar y a término. De acuerdo a las normas contables profesionales, estos activos deben valuarse a su valor corriente. Conforme a este criterio de valuación, el patrimonio neto por el ejercicio terminado el 31 de diciembre de 2008 hubiera disminuido en 876.
-
- Bienes intangibles: al 30 de junio de 2009 y 31 de diciembre de 2008, la Entidad mantiene activado en el rubro “Bienes Intangibles” un valor residual de 1.806 y 5.634, respectivamente, correspondiente a las diferencias de cambio relacionadas con la devolución de ciertos depósitos convertidos a pesos en su moneda de origen que se menciona en la nota 2.3.l) i. y al efecto de la conversión a pesos de los depósitos judiciales en moneda extranjera, que se menciona en la nota 2.3.l) ii. Estos tratamientos no responden a los criterios de valuación establecidos por las normas contables profesionales, según las cuales correspondería imputar a resultados los mayores costos por la conversión a pesos de los depósitos judiciales y reducir el valor de libros de los excedentes pagados a su valor recuperable. A la fecha de los presentes estados contables los elementos de juicio existentes no soportan que el valor de libros de estos activos sea total o parcialmente recuperable. De haberse aplicado las normas contables profesionales, el patrimonio neto de la Entidad por el período de seis meses terminado el 30 de junio de 2009 y por el ejercicio terminado el 31 de diciembre de 2008 hubiera disminuido en 1.806 y 5.634, respectivamente.
- La Entidad determina el impuesto a las ganancias aplicando la alícuota vigente sobre la utilidad impositiva estimada, sin considerar el efecto de las diferencias temporarias entre el resultado contable e impositivo. De acuerdo a las normas contables profesionales, el impuesto a las ganancias debe registrarse siguiendo el método del impuesto diferido, reconociendo (como crédito o deuda) el efecto impositivo de las diferencias temporarias entre la valuación contable y la impositiva de los activos y pasivos, y su posterior imputación a los resultados de los ejercicios en los cuales se produce la reversión de las mismas, considerando asimismo la posibilidad de utilización de los quebrantos impositivos en el futuro. De haberse aplicado el método del impuesto diferido, el patrimonio neto de la Entidad por el período de seis meses terminado el 30 de junio de 2009 y por el ejercicio terminado el 31 de diciembre de 2008 hubiera aumentado en 3.264 y 2.532 (activo diferido), respectivamente.
-
Luego de considerar las diferencias mencionadas en los acápites precedentes, de haberse aplicado las normas contables profesionales el patrimonio neto de la Entidad por el período de seis meses terminado el 30 de junio de 2009 y por el ejercicio terminado el 31 de diciembre de 2008 hubiera aumentado en 1.152 y disminuido en 11.862, respectivamente, y los resultados por el período de seis meses terminado el 30 de junio de 2009 hubieran aumentado en 13.014.
Aspectos de exposición
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- La Entidad no ha efectuado la apertura de resultado en ordinarios y extraordinarios.
-
La Entidad mantiene en Bienes intangibles, ciertos activos relacionados con el cumplimiento de medidas judiciales por amparos y la pesificación de los depósitos. De acuerdo con las normas contables profesionales y bajo el entendimiento que dichos activos podrían ser recuperados, deberían imputarse como Créditos diversos.
-
DETAlle DE LOS CONCEPTOS INCLUIDOS EN “OTROS” QUE SUPERAN EL 20% DEL TOTAL DE CADA RUBRO
| 30/06/2009 | 31/12/2008 | ||
| 1. Préstamos – Otros: | |||
| Descuento de certificados de obra | 107.963 | 86.202 | |
| Prefinanciación de exportaciones | 67.794 | 22.104 | |
| Anticipos empleados administración pública | 3.607 | ||
| Warrants | 5.787 | 28.740 | |
| Financiación de importaciones | 160 | ||
| Otros | 3.473 | 11.964 | |
| 188.624 | 149.170 | ||
| 1. Créditos diversos – Otros: | |||
| Anticipos de impuestos | 7.733 | 7.784 | |
| Deudores varios | 4.880 | 3.992 | |
| Pagos efectuados por adelantado | 2.209 | 645 | |
| Depósitos en garantía | 1.901 | 789 | |
| Otros | 43 | 26 | |
| 16.766 | 13.236 |
| 1. Otras obligaciones por intermediación financiera – Otras: | |||
| Cobranzas y otras operaciones por cuenta de terceros | 10.188 | 11.041 | |
| Ordenes de pago provisionales pendientes de liquidación | 8.808 | 6.490 | |
| Obligaciones por financiación de compras | 5.553 | 4.363 | |
| Otras retenciones y percepciones | 3.375 | 3.391 | |
| Diversas no sujetas a efectivo mínimo | 1.589 | 14.980 | |
| Otros | 1.182 | 1.898 | |
| 30.695 | 42.163 | ||
| 1. Obligaciones diversas – Otras: | |||
| Impuestos a pagar | 22.943 | 37.138 | |
| Acreedores varios | 4.034 | 5.493 | |
| Remuneraciones y cargas sociales a pagar | 1.757 | 2.262 | |
| Retenciones a pagar | 1.470 | 1.086 | |
| Anticipos por ventas de bienes | 80 | 314 | |
| Cobros efectuados por adelantado | 59 | 55 | |
| 30.343 | 46.348 | ||
| 30/06/2009 | 31/12/2008 | ||
| 1. Cuentas de orden deudoras – De control – Otras: | |||
| Otros valores en custodia | 100.776 | 81.548 | |
| Valores en custodia | 74.124 | 53.409 | |
| Valores al cobro | 16.402 | 9.477 | |
| Valores por debitar | 15.474 | 14.003 | |
| Valores pendientes de cobro | 2.313 | ||
| Otras deudoras de control | 28.555 | 28.082 | |
| 235.331 | 188.832 |
| 30/06/2009 | 30/06/2008 | ||
| 1. Ingresos financieros - Intereses por otros préstamos: | |||
| Intereses por préstamos personales | 70.850 | 59.407 | |
| Intereses por otros préstamos | 9.791 | 1.231 | |
| Intereses por warrants | 2.165 | 1.012 | |
| 82.806 | 61.650 | ||
| 1. Egresos financieros – Otros: | |||
| Impuesto a los ingresos brutos | 8.698 | 5.553 | |
| Primas por pases pasivos | 1.101 | 888 | |
| Otros | 188 | 11 | |
| 9.987 | 6.452 | ||
| 1. Egresos por servicios – Otros: | |||
| Impuesto a los ingresos brutos | 2.641 | 2.071 | |
| Comisiones | 1.182 | 1.376 | |
| Otros | 228 | 118 | |
| 4.051 | 3.565 | ||
| 1. Utilidades diversas – Otras: | |||
| Otros ajustes e intereses por créditos diversos | 112 | 12 | |
| Recupero de gastos de tarjetas | 41 | 23 | |
| Otras | 267 | 1.808 | |
| 420 | 1.843 |
- BIENES DE DISPONIBILIDAD RESTRINGIDA
Al 30 de junio de 2009 y 31 de diciembre 2008 se encuentran restringidos los siguientes activos de la Entidad:
- Otros créditos por intermediación financiera – B.C.R.A.: incluye 24.921 y 24.235, respectivamente, en cuentas corrientes especiales de garantías abiertas en el B.C.R.A. por las operaciones vinculadas con las cámaras electrónicas de compensación y otras asimilables.
- Créditos diversos – otros – depósitos en garantías: incluye 1.901 y 789, respectivamente, afectados principalmente en garantía por la operatoria de tarjetas de crédito y vinculados a depósitos judiciales.
- OPERACIONES CON SOCIEDADES DEL ARTICULO 33 LEY N° 19.550
Los saldos y los resultados correspondientes a las operaciones efectuadas con Banco Macro S.A. (sociedad controlante) y Nuevo Banco Bisel S.A. (sociedad vinculada) son los siguientes:
| Banco Macro S.A. | Total 30/06/2009 | Total 31/12/2008 | |||
| ACTIVO | |||||
| Disponibilidades | 3.075 | 3.075 | |||
| Préstamos | 13.819 | ||||
| Otros créditos por intermediación financiera | 60.272 | 60.272 | 87.838 | ||
| Créditos diversos | 93 | ||||
| Partidas Pend. Imputación | 1 | 1 | 1 | ||
| Total de Activo | 63.348 | 63.348 | 101.751 | ||
| PASIVO | |||||
| Depósitos | 30 | ||||
| Otras obligaciones por intermediación financiera | 60.293 | 60.293 | 111.258 | ||
| Obligaciones diversas | 569 | 569 | 535 | ||
| Total de Pasivo | 60.862 | 60.862 | 111.823 |
| Banco Macro S.A. | Nuevo Banco Bisel S.A. | Total 30/06/2009 | Total 30/06/2008 | ||||
| RESULTADOS | |||||||
| Ingresos financieros | 1.176 | 27 | 1.203 | 404 | |||
| Egresos financieros | (1.242) | (1.242) | (888) | ||||
| Egresos por servicios | (11) | (11) | (12) | ||||
| Gastos de administración | (2.841) | (2.841) | (2.178) | ||||
| Total de Resultados – Ganancia / (Pérdida) | (2.918) | 27 | (2.891) | (2.674) |
De acuerdo con las disposiciones de la Comunicación “A” 2227 y complementarias del B.C.R.A., la Entidad se encuentra alcanzada por las normas de consolidación de estados contables de Entidades Financieras.
- FRANQUICIAS OTORGADAS POR EL B.C.R.A.
En el marco del proceso de privatización del Banco de la Provincia de Tucumán llevado a cabo por el Gobierno de dicha Provincia en ejercicios anteriores (ver nota 1.), y mediante las Resoluciones N° 66 y 249 de fechas 18 de enero y 6 de junio de 1996, respectivamente, el Directorio del B.C.R.A. resolvió establecer una serie de facilidades, entre las que se mantiene vigente la posibilidad para la Entidad, mientras actúe en calidad de Agente Financiero del Estado Provincial, de asistir financieramente al mismo, mediante un préstamo rotativo por un monto de hasta 15.000, medido en promedio mensual de saldos diarios y sin superar en ningún momento la suma de 16.000, siempre que cuente con garantía de afectación de la Coparticipación Federal de Impuesto, pudiendo exceder los límites establecidos para Fraccionamiento del Riesgo Crediticio y Asistencia al Sector Público.
- SISTEMA DE SEGURO DE GARANTIA DE LOS DEPOSITOS BANCARIOS
Mediante la Ley N° 24.485, publicada el 18 de abril de 1995, y el Decreto N° 540/95 de la misma fecha, se dispuso la creación del Sistema de Seguro de Garantía de los Depósitos, al cual se le asignaron las características de ser limitado, obligatorio y oneroso, con el objeto de cubrir los riesgos de depósitos bancarios, en forma subsidiaria y complementaria al sistema de privilegios y protección de depósitos establecido por la Ley de Entidades Financieras.
La misma dispuso la constitución de Seguro de Depósitos S.A. (SEDESA) con el objeto exclusivo de administrar el Fondo de Garantía de los Depósitos, cuyos accionistas, de conformidad con las modificaciones introducidas por el Decreto Nº 1292/96, serán el B.C.R.A., con una acción como mínimo, y los fiduciarios del contrato de fideicomiso constituido por las entidades financieras en la proporción que para cada una determine el B.C.R.A. en función de sus aportes al Fondo de Garantía de los Depósitos.
Estarán alcanzados los depósitos en pesos y en moneda extranjera constituidos en las entidades participantes bajo la forma de cuenta corriente, caja de ahorros, plazo fijo u otras modalidades que determine el B.C.R.A. que reúnan los requisitos establecidos en el Decreto N° 540/95 y los demás que disponga la autoridad de aplicación.
Por otra parte, el B.C.R.A. dispuso que se excluirán del régimen de garantía, entre otros, los depósitos de entidades financieras, los efectuados por personas vinculadas a la Entidad y los depósitos de títulos valores.
- INSTRUMENTOS FINANCIEROS DERIVADOS
La Entidad realiza operaciones que involucran instrumentos financieros derivados, conforme a las definiciones normativas del B.C.R.A. y de las normas contables profesionales vigentes en la Provincia de Tucumán, República Argentina. Dichos instrumentos corresponden principalmente a pases de títulos valores.
Las operaciones mencionadas fueron valuadas conforme a lo explicado en las notas 2.3.g) y h).
A continuación se detalla el plazo promedio y los resultados generados por las operaciones de pases activos y pasivos durante los períodos terminados el 30 de junio de 2009 y 2008:
| Concepto | 30/06/2009 | 30/06/2008 | ||
| Pases activos | ||||
| Plazo promedio (días) | 2 | 1 | ||
| Resultados (ganancia) | 1.780 | 329 | ||
| Pases pasivos | ||||
| Plazo promedio (días) | 3 | 2 | ||
| Resultados (pérdida) | 1.101 | 888 |
- CUENTAS QUE IDENTIFICAN EL CUMPLIMIENTO DEL EFECTIVO MINIMO
A continuación se detallan los saldos al cierre del período de los conceptos computados por la Entidad para la integración del Régimen Informativo mensual de Efectivo mínimo, según lo dispuesto por las normas del B.C.R.A.:
| Concepto | Saldos al 30/06/2009 | |
| Disponibilidades | ||
| Efectivo | 75.741 | |
| Saldos en cuentas en el B.C.R.A. | 217.708 | |
| Otros créditos por intermediación financiera | ||
| Cuentas especiales de garantía en el B.C.R.A. | 24.921 | |
| Total | 318.370 |
- EVOLUCION DE LA SITUACION MACROECONOMICA DEL SISTEMA FINANCIERO y de capitales Y DE LA ENTIDAD
Situación del mercado financiero y de capitales
A partir del segundo semestre del 2008 los mercados financieros de los principales países del mundo se han visto afectados por condiciones de volatilidad, iliquidez y falta de crédito. En consecuencia, se observó en los mercados internacionales una significativa caída en los índices bursátiles y comenzó a evidenciarse una desaceleración económica a nivel mundial. A pesar de las acciones tomadas por los países centrales, la evolución futura de los mercados internacionales es incierta.
En Argentina, los mercados bursátiles mostraron bajas pronunciadas en los precios de títulos públicos y privados, así como también un alza de las tasas de interés, del riesgo país y de los tipos de cambio y comenzaron a evidenciarse los efectos de la desaceleración económica mencionada precedentemente. Adicionalmente, se sancionó la Ley N° 26.425 que puso fin al régimen de administración privada de jubilaciones y pensiones (AFJP), quedando vigente un único régimen de administración previsional estatal. Asimismo, a partir del mes de diciembre de 2008, la Administración Nacional de la Seguridad Social (A.N.Se.S.) comenzó a emitir programas de subastas de depósitos bancarios a plazo fijo para el Fondo de Garantía de Sustentabilidad del Sistema Integrado Previsional Argentino (F.G.S.) con el objeto de promover la actividad productiva y la generación de empleo.
Por otro lado, con fecha 2 de febrero de 2009, mediante las Resoluciones Conjuntas N° 8/2009 y N° 5/2009 de las Secretarías de Hacienda y de Finanzas se dispuso la realización de una operación de canje de deuda de determinados préstamos garantizados por un nuevo bono o pagaré denominado “Bono o Pagaré de la Nación Argentina en pesos BADLAR Privada + 275 pbs. Vto. 2014” con fecha de emisión 30 de enero de 2009 y amortización total a su vencimiento el 30 de enero de 2014. La tasa de interés pagadera trimestralmente será del 15,4% el primer año, y, para el resto del período, la tasa BADLAR más 275 puntos básicos.
Considerando que la tenencia de la Entidad de préstamos garantizados elegibles para la suscripción del canje mencionado en el párrafo precedente era insignificante, la misma decidió no ingresar al mismo.
La Gerencia de la Entidad monitorea permanentemente la evolución de las situaciones mencionadas para determinar las posibles acciones a adoptar e identificar eventuales impactos sobre su situación patrimonial y financiera, que pudiera ser necesario reflejar en los estados contables de períodos futuros.
Acciones legales
La situación económico-financiera del país presentó un desmejoramiento en los últimos meses del año 2001, declarándose en ese período la suspensión de los pagos de la deuda pública y estableciéndose una severa restricción a los retiros de fondos de las entidades financieras.
Las medidas adoptadas por el P.E.N. con relación a la situación de emergencia pública en materia política, económica, financiera y cambiaria, ocasionaron que los particulares y empresas inicien acciones legales, mediante recursos de amparo, contra el Estado Nacional, el B.C.R.A. y las entidades financieras, por considerar que la Ley de Emergencia Pública y normas complementarias resultan contrarias a los derechos constitucionales que los ampara.
En el caso particular de depósitos nominados en moneda extranjera, los juzgados ordenaron, en algunos casos, el reintegro de dichos depósitos en moneda extranjera o a la cotización del mercado libre de cambios al momento del reintegro hasta tanto se emita un pronunciamiento final respecto a la constitucionalidad de la conversión a pesos.
Algunos de estos reclamos fueron tratados por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, la cual se expidió oportunamente sobre los fallos emitidos en instancias anteriores para cada caso en particular y de distinta forma.
Con fecha 27 de diciembre de 2006 en el caso “Massa Juan Agustín c/Estado Nacional y otro s/ Amparo” y en otros pronunciamientos posteriores, la Corte Suprema de Justicia de la Nación revocó la sentencia de las instancias anteriores que ordenaban la devolución de los depósitos en dólares estadounidenses y resolvió que los depositantes tienen derecho a obtener el reintegro de sus depósitos convertidos a pesos a la relación de $1,40 por cada dólar estadounidense, ajustado por el C.E.R. hasta el momento del pago y sobre dicho monto aplicar un interés del 4% nominal anual no capitalizable hasta la fecha de pago. Por otra parte la sentencia dispuso que las sumas abonadas por las entidades financieras durante el transcurso del juicio deben ser computadas como pagos a cuenta del monto total que resulte, el que en última instancia no podrá ser superior a los dólares estadounidenses que la actora hubiere depositado en cada entidad, según lo decidido por las instancias judiciales anteriores en tanto su sentencia no hubiera sido apelada por la actora. Asimismo las costas por la tercera instancia fueron impuestas en el orden causado, en tanto que se confirmaron las costas en primera y segunda instancia.
Posteriormente, con fecha 28 de agosto de 2007, en el marco de otra causa iniciada por un depositante contra el Estado Nacional, la Corte Suprema de Justicia de la Nación clarificó el tratamiento a otorgarle a los pagos que ya hubieren efectuado las entidades financieras a los depositantes por orden de tribunales inferiores. En tal sentido, los importes abonados que deben ser imputados como pago a cuenta de lo adeudado a los depositantes, deben ser considerados según la proporción que tales sumas representaban en relación al monto original del depósito, computando a este último efecto los valores en dólares estadounidenses, tanto respecto del depósito como del pago a cuenta.
Con respecto a los depósitos judiciales constituidos en dólares estadounidenses, con fecha 20 de marzo de 2007, la Corte Suprema de Justicia de la Nación se pronunció en autos “EMM S.R.L. c/TIA S.A. s/ordinario s/incidente de medidas cautelares” resolviendo la inaplicabilidad del art. 2° del Decreto 214/2002 del P.E.N. y que el capital, por lo tanto, debe ser restituido sin mengua alguna de su valor, correspondiendo entonces, mantener las sumas depositadas en su moneda de origen y que no puede válidamente alterarse la sustancia de los bienes cuya custodia se le confió a cada entidad, en ese supuesto, en su carácter de depositario judicial.
De acuerdo con lo establecido por las Comunicaciones “A” 3916, “A” 4686 y complementarias del B.C.R.A., la Entidad registró los efectos derivados de los conceptos mencionados en los párrafos precedentes, según se menciona en notas 2.3.l) i., 2.3.l) ii. y 2.3.o).
La Dirección de la Entidad estima que no existirían efectos adicionales significativos a los ya reconocidos contablemente, que pudieran derivarse del resultado final de dichas demandas sobre el valor de exigibilidad de los pasivos relacionados.
- RESTRICCION PARA LA DISTRIBUCION DE UTILIDADES
-
-
- Mediante la Comunicación “A” 4664, el B.C.R.A. difundió el procedimiento de carácter general para aprobar la solicitud de autorización de distribución de utilidades que le deben formular las entidades según lo establecido en la Comunicación “A” 4152 y “A” 4589, que establece los requisitos mínimos para que la distribución sea admitida (por ejemplo que no registren asistencia financiera del B.C.R.A. por iliquidez, que no presenten atrasos o incumplimientos en el régimen informativo, que no registren deficiencias de integración de capital o efectivo mínimo) y un importe máximo a distribuir, teniendo en cuenta determinados conceptos (por ejemplo deben deducirse del resultado no asignado las diferencias por amparos activadas, diferencias de valuación de títulos públicos sin cotización y/o instrumentos de deuda pública a valor de mercado, franquicias, entre otros).
- Tal como se menciona en nota 2.3.l)i. y 2.3.l)ii. la Entidad mantiene activados en el rubro Bienes Intangibles saldos en concepto de diferencias resultantes en cumplimiento de medidas judiciales, relacionados con la pesificación de los depósitos y diferencias por dolarización de depósitos judiciales. De acuerdo con las disposiciones establecidas por el B.C.R.A. (punto b) precedente) para la distribución de utilidades estos saldos deben deducirse de los resultados no asignados del ejercicio. Al 30 de junio de 2009 y 31 de diciembre de 2008, dichos saldos, netos de amortizaciones, ascienden a 1.806 y 5.634, respectivamente.
- De acuerdo con la Ley N° 25.063, los dividendos que se distribuyan, en dinero o en especie, en exceso de las utilidades impositivas acumuladas al cierre del ejercicio inmediato anterior a la fecha de pago o distribución, estarán sujetos a una retención del 35% en concepto de impuesto a las ganancias con carácter de pago único y definitivo. La ganancia a considerar en cada ejercicio será la que resulte de detraer a la utilidad impositiva, el impuesto pagado por el o los ejercicios fiscales de origen de la ganancia que se distribuye o la parte proporcional correspondiente y sumarle los dividendos o utilidades provenientes de otras sociedades de capital no computados en la determinación de dicha ganancia en el o los mismos períodos fiscales. Lo dispuesto precedentemente alcanza a los ejercicios cerrados a partir del 31 diciembre de 1998 inclusive, por lo cual los dividendos que se distribuyan en función de los resultados acumulados al 31 de diciembre de 1997 no estarán sujetos a la retención comentada precedentemente.
- Con fecha 16 de junio de 2006, Banco Macro S.A. (entidad controlante) y Credit Suisse First Boston International firmaron un contrato de préstamo por U$S 50.000.000, con vencimiento el 21 de enero de 2008, a una tasa LIBO más 1,95%. Dicho contrato incluye restricciones, principalmente relacionadas con el cumplimiento de los pagos establecidos. En caso de incumplimiento del contrato, Banco Macro S.A. no podrá distribuir dividendos directa o indirectamente a través de sus subsidiarias. Con fecha 18 de enero de 2008 se firmó una adenda modificando el vencimiento al 21 de enero de 2010 y estableciendo una tasa nominal anual del 8,55%.
-
- PUBLICACION DE ESTADOS CONTABLES
De acuerdo con lo previsto en la Comunicación “A” 760, la previa intervención del B.C.R.A. no es requerida a los fines de la publicación de los presentes estados contables.
INFORME DE LA COMISIÓN FISCALIZADORA
DE ESTADOS CONTABLES DE PERÍODOS INTERMEDIOS
A los señores accionistas del
Banco del Tucumán SA
San Martín 721
San Miguel de Tucumán – Provincia de Tucumán
-
En cumplimiento de disposiciones legales, reglamentarias y estatutarias vigentes hemos recibido para nuestra consideración el estado de situación patrimonial del Banco del Tucumán SA al 30 de junio de 2009, y los estados de resultados, de evolución del patrimonio neto y de flujo del efectivo y sus equivalentes por el período de seis meses finalizado en esa fecha y las notas y anexos que los complementan. Los documentos citados son responsabilidad del Directorio de la sociedad. Nuestra responsabilidad es informar sobre dichos documentos basados en el trabajo que se menciona en el párrafo siguiente.
-
Nuestra revisión fue realizada de acuerdo con las normas de sindicatura vigentes. Dichas normas requieren que el examen se efectúe de acuerdo con las normas de auditoria vigentes para la revisión limitada de estados contables para períodos intermedios, e incluya la verificación de la congruencia de los documentos revisados con la información sobre las decisiones societarias expuestas en actas, y la adecuación de dichas decisiones a la ley y a los estatutos, en lo relativo a sus aspectos formales y documentales. Para realizar nuestra tarea hemos considerado la revisión efectuada por los auditores externos Pistrelli, Henry Martín y Asociados SRL, quienes emitieron su informe de fecha 6 de agosto de 2009 suscripto por el socio de la firma Contador Público Mario A. Bittar, de acuerdo con las normas de auditoría.
Dado que no es responsabilidad de los síndicos efectuar un control de gestión, la revisión no se extendió a los criterios y decisiones empresarias de las diversas áreas de la sociedad, cuestiones que son responsabilidad exclusiva del Directorio.
Consideramos que nuestro trabajo nos brinda una base razonable para fundamentar nuestro informe.
-
Los estados contables han sido preparados por la sociedad de acuerdo con las normas contables establecidas por el Banco Central de la República Argentina (BCRA), las cuales difieren de las normas contables profesionales aprobadas por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Tucumán, República Argentina, en ciertos aspectos de valuación y exposición que se describen en la nota 4.
-
Habiendo obtenido las informaciones que hemos considerado necesarias, y en base a la labor desarrollada según lo dispuesto por las normas legales vigentes y a la revisión limitada de los auditores externos sobre los estados contables al 30 de junio de 2009, informamos que los mismos contemplan todos los hechos y circunstancias significativos que son de nuestro conocimiento y que en relación a los mismos, excepto por el efecto de las cuestiones mencionadas en el párrafo tercero, no tenemos otras observaciones significativas que formular.
-
Esta Comisión Fiscalizadora oportunamente se expidió, en su informe del 23 de marzo de 2009, sobre los estados contables del Banco del Tucumán SA al 31 de diciembre de 2008 que se exponen con fines comparativos, al cual nos remitimos.
Respecto a los estados de resultados y de evolución del patrimonio neto por el período de seis meses finalizado el 30 de junio de 2008 presentados con propósitos comparativos, esta Comisión Fiscalizadora emitió su informe de fecha 7 de agosto de 2008 sobre los estados contables de la sociedad por el período de seis meses finalizado en esa fecha, al cual nos remitimos.
- Informamos además, en cumplimiento de disposiciones legales y reglamentarias vigentes que:
a. hemos realizado las restantes tareas de control de legalidad previstas por el artículo N° 294 de la Ley N° 19.550, que consideramos necesarias de acuerdo con las circunstancias, no teniendo observaciones que formular al respecto.
b. los estados contables del Banco del Tucumán SA surgen de registros contables llevados, en sus aspectos formales, de conformidad con las disposiciones legales vigentes y las normas reglamentarias del BCRA.
San Miguel de Tucumán, 6 de agosto de 2009.
| Por Comisión Fiscalizadora Augusto M. Bruchmann Síndico Titular Abogado |
ACTA DE COMISION FISCALIZADORA
En la ciudad de San Miguel de Tucumán, a los 6 días del mes de agosto de 2009, siendo las 8.00 horas, se reúnen los miembros de la Comisión Fiscalizadora del Banco del Tucumán S.A.
Toma la palabra el Dr. Augusto Bruchmann quien informa acerca de la revisión realizada sobre los estados contables de la entidad por el período de seis meses finalizado el 30 de junio de 2009, proponiendo la redacción del informe de la Comisión Fiscalizadora de acuerdo con el siguiente texto:
A los señores accionistas del
Banco del Tucumán SA
San Martín 721
San Miguel de Tucumán – Provincia de Tucumán
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En cumplimiento de disposiciones legales, reglamentarias y estatutarias vigentes hemos recibido para nuestra consideración el estado de situación patrimonial del Banco del Tucumán SA al 30 de junio de 2009, y los estados de resultados, de evolución del patrimonio neto y de flujo del efectivo y sus equivalentes por el período de seis meses finalizado en esa fecha y las notas y anexos que los complementan. Los documentos citados son responsabilidad del Directorio de la sociedad. Nuestra responsabilidad es informar sobre dichos documentos basados en el trabajo que se menciona en el párrafo siguiente.
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Nuestra revisión fue realizada de acuerdo con las normas de sindicatura vigentes. Dichas normas requieren que el examen se efectúe de acuerdo con las normas de auditoria vigentes para la revisión limitada de estados contables para períodos intermedios, e incluya la verificación de la congruencia de los documentos revisados con la información sobre las decisiones societarias expuestas en actas, y la adecuación de dichas decisiones a la ley y a los estatutos, en lo relativo a sus aspectos formales y documentales. Para realizar nuestra tarea hemos considerado la revisión efectuada por los auditores externos Pistrelli, Henry Martín y Asociados SRL, quienes emitieron su informe de fecha 6 de agosto de 2009 suscripto por el socio de la firma Contador Público Mario A. Bittar, de acuerdo con las normas de auditoría.
Dado que no es responsabilidad de los síndicos efectuar un control de gestión, la revisión no se extendió a los criterios y decisiones empresarias de las diversas áreas de la sociedad, cuestiones que son responsabilidad exclusiva del Directorio.
Consideramos que nuestro trabajo nos brinda una base razonable para fundamentar nuestro informe.
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Los estados contables han sido preparados por la sociedad de acuerdo con las normas contables establecidas por el Banco Central de la República Argentina (BCRA), las cuales difieren de las normas contables profesionales aprobadas por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Tucumán, República Argentina, en ciertos aspectos de valuación y exposición que se describen en la nota 4.
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Habiendo obtenido las informaciones que hemos considerado necesarias, y en base a la labor desarrollada según lo dispuesto por las normas legales vigentes y a la revisión limitada de los auditores externos sobre los estados contables al 30 de junio de 2009, informamos que los mismos contemplan todos los hechos y circunstancias significativos que son de nuestro conocimiento y que en relación a los mismos, excepto por el efecto de las cuestiones mencionadas en el párrafo tercero, no tenemos otras observaciones significativas que formular.
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Esta Comisión Fiscalizadora oportunamente se expidió, en su informe del 23 de marzo de 2009, sobre los estados contables del Banco del Tucumán SA al 31 de diciembre de 2008 que se exponen con fines comparativos, al cual nos remitimos.
Respecto a los estados de resultados y de evolución del patrimonio neto por el período de seis meses finalizado el 30 de junio de 2008 presentados con propósitos comparativos, esta Comisión Fiscalizadora emitió su informe de fecha 7 de agosto de 2008 sobre los estados contables de la sociedad por el período de seis meses finalizado en esa fecha, al cual nos remitimos.
- Informamos además, en cumplimiento de disposiciones legales y reglamentarias vigentes que:
a. hemos realizado las restantes tareas de control de legalidad previstas por el artículo N° 294 de la Ley N° 19.550, que consideramos necesarias de acuerdo con las circunstancias, no teniendo observaciones que formular al respecto.
b. los estados contables del Banco del Tucumán SA surgen de registros contables llevados, en sus aspectos formales, de conformidad con las disposiciones legales vigentes y las normas reglamentarias del BCRA.
San Miguel de Tucumán, 6 de agosto de 2009.
El texto precedente es aprobado por unanimidad, y se designa al Dr. Augusto Bruchmann a suscribir dicho informe.
No habiendo mas temas que tratar, siendo las 8.20 horas, se da por finalizada la sesión.
| Augusto M. Bruchmann Síndico Titular | Carlos A. Rojkés Síndico Titular | Ladislao Szekely Síndico Titular |
| BANCO DEL TUCUMÁN S.A. |
| DIRECTORIO |
ACTA Nº 388
–––––En la ciudad de San Miguel de Tucumán, capital de la Provincia de Tucumán, a los seis (6) días del mes de Agosto de dos mil nueve, siendo las 08:30 horas, se reúnen en la sede social de calle San Martín Nros. 721/37, primer piso, los miembros del Directorio de “BANCO DEL TUCUMAN S.A.” que firman al pie, con la presencia de dos representantes de la Comisión Fiscalizadora. La presente reunión tiene por finalidad el tratamiento de los siguientes temas:--------------
ASUNTO Nº 1 - ESTADOS CONTABLES AL 30/06/2009 e INFORMES EMITIDOS POR LA AUDITORÍA EXTERNA y POR LA COMISIÓN FISCALIZADORA
Hace uso de la palabra el Presidente, señor Jorge Horacio Brito, y manifiesta que han finalizado las tareas relacionadas con los estados de situación patrimonial, de resultados, de evolución del patrimonio neto, y estado de flujo de efectivo y su equivalente, con sus notas y anexos, preparados al 30/06/2009, haciendo notar que la auditoria externa de la entidad ha emitido el informe correspondiente a dichos estados contables de período intermedio, haciendo lo propio la Comisión Fiscalizadora, cuyos términos son de conocimiento de los presentes por haber recibido una copia con la debida antelación. Luego de un intercambio de opiniones, el DIRECTORIO resuelve:------------------------
APROBAR los estados de situación patrimonial, de resultados, de evolución del patrimonio neto, y estado de flujo de efectivo y su equivalente, con sus respectivas notas y anexos correspondientes al período de seis meses finalizado el 30/06/2009, y tomar conocimiento de los informes emitidos por la auditoria externa y por la Comisión Fiscalizadora sobre los citados estados contables.----------------
... Se deja constancia que todas las resoluciones han sido adoptadas con el acuerdo unánime de los directores presentes. No habiendo otros asuntos que tratar se levanta la sesión, siendo las 08:50 horas. Leída que fue la presente, la firman de conformidad los participantes de la reunión.-------------------------------