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Banco Macro SA Governance Information 2005

Mar 21, 2005

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Propuesta de Modificación al Estatuto Social

ARTICULO 14: La dirección y administración de la Sociedad estará a cargo del Directorio, compuesto por el número de miembros titulares que fije la Asamblea de Accionistas, entre un mínimo de tres y un máximo de doce, quienes durarán un ejercicio en el cargo, podrán ser reelegidos indefinidamente y permanecerán en el cargo hasta ser reemplazados. La Asamblea podrá designar directores suplentes en igual o menor número y por el mismo plazo que los titulares para llenar las vacancias que se produzcan por cualquier causa. En caso de no existir directores suplentes en condiciones de asumir, las vacantes podrán ser cubiertas por quien designe la Comisión Fiscalizadora hasta la reunión de la próxima Asamblea.

ARTICULO 18: Las funciones ejecutivas podrán estar a cargo de un Gerente General designado por el Directorio, quien podrá ser director o no, y será responsable por el desempeño de su cargo en la misma extensión y forma que los directores.

ARTICULO 20: Cada Director deberá prestar una garantía de $ 10.000.-, que deberá consistir en bonos, títulos públicos o sumas de moneda nacional o extranjera depositados en entidades financieras o cajas de valores, a la orden de la sociedad; o en fianzas o avales bancarios o seguros de caución o de responsabilidad civil a favor de la misma, cuyo costo deberá ser soportado por cada director. En ningún caso se podrá constituir la garantía mediante el ingreso directo de fondos a la caja social. Si la garantía consistiera en depósitos de bonos, títulos públicos o sumas de moneda nacional o extranjera, las condiciones de su constitución deberán asegurar su indisponibilidad mientras esté pendiente el plazo de prescripción de eventuales acciones de responsabilidad.