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Banco Macro SA Capital/Financing Update 2025

Jul 29, 2025

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author: "Lorenzo, Carla Valeria"
date: 2025-07-29 11:56:00+00:00
processor: python-docx+mammoth
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En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 16 días del mes de julio de 2025, siendo las 17 horas, se reúnen los directores de Banco Macro S.A. (el “Banco”), encontrándose presentes en la sede social los señores directores Jorge Pablo Brito, Carlos Alberto Giovanelli, Marcos Brito, Nelson Damián Pozzoli, Mario Vicens, Fabián de Paul, José Sánchez, Guido Gallino, los integrantes de la Comisión Fiscalizadora Cdores. Alejandro Almarza y Carlos Javier Piazza, la Secretaria del Directorio Dra. Carolina Leonhart, y el Asesor Legal del Directorio Dr. Hugo N. L. Bruzone, y mediante videoconferencia los señores directores Delfín Federico Ezequiel Carballo, Sebastián Palla y la integrante de la Comisión Fiscalizadora Cdora. Vivian Stenghele. Conforme a lo dispuesto por el artículo 19 del estatuto social, se deja constancia de que: (i) la videoconferencia permite la transmisión simultánea de sonido e imágenes y posibilita la deliberación de los concurrentes en forma simultánea; y (ii) el acta contendrá las decisiones adoptadas por el Directorio en esta reunión, y los votos de los participantes.

Preside la reunión el Presidente del Directorio, señor Jorge Pablo Brito, quien cede la palabra a la Secretaria de Directorio, Dra. Carolina Paola Leonhart, que informa que la presente reunión tiene por objeto considerar los siguientes puntos de la agenda:... 9) Consideración del aumento del monto autorizado para la emisión de Obligaciones Negociables por hasta US$ 100.000.000 y de la emisión de obligaciones negociables por un valor nominal de hasta US$ 200.000.000, en el marco del Programa Global de Emisión de Obligaciones Negociables a Mediano Plazo. Delegaciones y autorizaciones.

9) Toma la palabra el señor Presidente y manifiesta que, en su reunión de fecha 26 de febrero de 2025, el Directorio autorizó la emisión de una o más clases de obligaciones negociables por un monto de hasta US$500.000.000. Asimismo, menciona el Sr. Presidente que bajo dicha autorización, con fecha 23 de junio de 2025, el Banco emitió, en el marco de su Programa Global de Emisión de Obligaciones Negociables a Mediano Plazo por un valor nominal de U$S 1.500.000.000 (o su equivalente en otras monedas y/o unidades monetarias, de medida o de valor), las obligaciones negociables clase G, denominadas en Dólares Estadounidenses, a tasa fija del 8,000% nominal anual con vencimiento el 23 de junio de 2029, por un valor nominal de US$400.000.000 (las “Obligaciones Negociables Clase G Originales”).

Continúa en uso de la palabra el Sr. Presidente, quien manifiesta que, atento a las condiciones de mercado imperantes y a los efectos de, entre otros usos, contar con fondos para capital de trabajo y/o administrar de manera eficiente y sostenible los pasivos del Banco, sería conveniente que el Banco utilice el monto remanente de US$100.000.000 autorizado por el Directorio el 26 de febrero de 2025, y aumente el monto autorizado en hasta otros US$100.000.000 -es decir, por la suma total conjunta de hasta US$600.000.000, de los cuales quedarían disponibles para la emisión US$200.000.000 (el “Monto Máximo”)-, a efectos de (i) emitir una o más nuevas clases de obligaciones negociables (las “Nuevas Obligaciones Negociables”), las que podrán emitirse en Pesos, en Dólares Estadounidenses o cualquier otra moneda y/o unidad monetaria, de medida o de valor; y/o (ii) realizar una reapertura de las Obligaciones Negociables Clase G, a través de la emisión de Obligaciones Negociables Clase G adicionales (las “Obligaciones Negociables Clase G Adicionales” y junto con las Obligaciones Negociables Clase G Originales, las “Obligaciones Negociables Clase G”), las cuales, una vez y en caso de ser emitidas, formarán una sola clase con las Obligaciones Negociables Clase G Originales y serán fungibles entre sí. Explica el Sr. Presidente que en caso de reapertura de las Obligaciones Negociables Clase G, las Obligaciones Negociables Clase G Adicionales contarán con idénticos términos y condiciones que las Obligaciones Negociables Clase G Originales, excepto por el valor nominal (que podrá ser por hasta el Monto Máximo), la fecha de emisión, el precio de emisión, el período de devengamiento de intereses, los organizadores, compradores iniciales y colocadores, la forma, y el destino de los fondos, y que el Contrato de Fideicomiso de fecha 23 de junio de 2025 mediante el cual fueron emitidas las Obligaciones Negociables Clase G Originales podrá enmendarse o complementarse a fines de incorporar a las Obligaciones Negociables Clase G Adicionales; todo ello según lo especifiquen oportunamente los Subdelegados (conforme se define a continuación).

En consecuencia, el Sr. Presidente propone autorizar (1) el aumento del monto autorizado por el Directorio el 26 de febrero de 2025 para la emisión de obligaciones negociables en US$100.000.000 (es decir, por la suma total conjunta de hasta US$600.000.000, de los cuales quedarían disponibles para la emisión US$200.000.000), y (2) la emisión de una o más clases de obligaciones negociables (que podrán consistir en Nuevas Obligaciones Negociables y/o en Obligaciones Negociables Clase G Adicionales), por hasta el Monto Máximo. Luego de un breve intercambio de ideas, los señores Directores resuelven por unanimidad aprobar las propuestas.

Acto seguido, el señor Presidente manifiesta que, en razón de lo mencionado, es conveniente que este Directorio delegue a favor de los Sres. Juan Martín Parma y Jorge Francisco Scarinci (los “Subdelegados”), las más amplias facultades para que, actuando indistintamente cualquiera de ellos, ejerzan las facultades asignadas al Directorio en el artículo 21 del estatuto social, incluyendo, sin limitación, las siguientes: gestionar, complementar, y aprobar los términos y condiciones definitivos de la emisión de las Nuevas Obligaciones Negociables y/o de las Obligaciones Negociables Clase G Adicionales, según corresponda, incluyendo cualquier documento necesario o menester en relación con lo aprobado en el presente Directorio. En consecuencia, el Sr. Presidente propone que se (i) delegue por el plazo máximo permitido por la regulación aplicable, indistintamente, a favor de los Subdelegados las más amplias facultades para que cualquiera de ellos, en forma indistinta gestione la emisión de las Nuevas Obligaciones Negociables y/o de las Obligaciones Negociables Clase G Adicionales, según corresponda, incluyendo la determinación de la totalidad de los términos y condiciones de las Nuevas Obligaciones Negociables y/o de las Obligaciones Negociables Clase G Adicionales a ser emitidas (incluyendo, sin limitación, los términos detallados en el punto precedente de la agenda en relación a emisión de las Obligaciones Negociables Clase G Adicionales), según corresponda, sin necesidad de ratificación posterior por parte este Directorio, (ii) autorice a los Subdelegados, en forma indistinta, a solicitar, tramitar y/o gestionar ante la CNV la emisión de las Nuevas Obligaciones Negociables y/o de las Obligaciones Negociables Clase G Adicionales; (iii) autorice a los Subdelegados, en forma indistinta, para efectuar cualquier tramitación y/o gestión ante cualquier mercado autorizado de la Argentina y/o bolsa o mercado del exterior, y/o ante cualquier autoridad y/o ente de cualquier tipo, que sea necesaria y/o conveniente en relación con las Nuevas Obligaciones Negociables y/o las Obligaciones Negociables Clase G Adicionales; y (iv) autorice a los Subdelegados, en forma indistinta, para negociar, aprobar y suscribir, y eventualmente modificar, prorrogar y/o complementar, todos y cada uno de los documentos relativos a, y/o relacionados con, la emisión de las Nuevas Obligaciones Negociables y/o de las Obligaciones Negociables Clase G Adicionales, incluyendo sin limitación cualquier prospecto, offer memorandum, suplemento, contrato de fideicomiso (indenture), contrato de fideicomiso suplementario (supplemental indenture), los certificados globales representativos de las Nuevas Obligaciones Negociables y/o de las Obligaciones Negociables Clase G (global notes), los contratos con agentes y demás convenios, los documentos y certificados necesarios para instrumentar la emisión de las Nuevas Obligaciones Negociables y/o de las Obligaciones Negociables Clase G Adicionales, la contratación de las calificadoras de riesgo, de ser aplicable, y/o contrato de colocación local e internacional y/o cualquier otro documento complementario, que fuera menester extender, ya sea en instrumento público o privado. Se deja constancia que las facultades enumeradas son meramente ejemplificativas y no limitativas a los efectos de autorizar a los Subdelegados a realizar todos los actos y diligencias que directa o indirectamente se relacionen con lo autorizado en el presente Directorio. Luego de un breve cambio de ideas, por mayoría de votos presentes, con la abstención del señor Guido Gallino, se resuelve aprobar la delegación y autorización de los señores Juan Martín Parma y Jorge Francisco Scarinci con los alcances descriptos precedentemente.

Finalmente, el señor Presidente manifiesta que resulta conveniente autorizar a Carolina Paola Leonhart, Paola Beatriz Gayoso, Carla Valeria Lorenzo, Maria Luján Daqua, Alejandro Senillosa, Gabriela Eliana Blanco, Hugo Nicolás Luis Bruzone, José María Bazán, Lucrecia Von Petery, Ramón Augusto Poliche, Manuel Etchevehere, Juan María Rosatto, Sebastian Pereyra Pagiari, Quimey Waisten, Branko Serventich, Sofía Maselli, Pedro María Azumendi, Facundo Suarez Loñ, Malena Tarrío, Lucía de Luca, Victoria Negro, Gonzalo Javier Vilariño, Marco Haas, Teo Panich y/o Francisco Mendioroz, para que, actuando indistintamente uno cualquiera de ellos, realicen las pertinentes presentaciones ante la CNV, la Bolsa de Comercio de Buenos Aires, Bolsas y Mercados Argentina S.A, A3 Mercados S.A. (como continuador del Mercado Abierto Electrónico S.A. (MAE)), el Banco Central de la República Argentina, Caja de Valores S.A. y cualquier otro mercado de valores y/o agente de depósito de la Argentina y/o del exterior autorizado por la CNV y/o cualquier otra entidad y/u organismo público de la República Argentina (Boletín Oficial, Banco Central de la República Argentina, etc.) y/u organismo privado y reparticiones gubernamentales en relación con la emisión de las Nuevas Obligaciones Negociables y/o de las Obligaciones Negociables Clase G Adicionales, pudiendo tomar vista de las actuaciones y teniendo, en forma también indistinta, la facultad de contestar vistas, impulsar los trámites, retirar copias, realizar notificaciones, suscribir e inicialar toda la documentación que resulte necesaria, incluyendo sin limitación, las versiones definitivas de dichos documentos y realizar cuantos más trámites fueren menester a los fines indicados. Luego de un intercambio de ideas, se aprueba por unanimidad la propuesta del Sr. Presidente.

En cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 19 del estatuto social, los miembros de la Comisión Fiscalizadora participantes de la presente reunión dejan constancia de la regularidad de las decisiones adoptadas.

No habiendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión, siendo las 17.15 horas.

Firmado: Jorge Pablo Brito (Presidente); Carlos Alberto Giovanelli (Vicepresidente); Marcos Brito (Director); Delfín Federico Ezequiel Carballo (Director); Nelson Damián Pozzoli (Director); Mario Luis Vicens (Director); Fabián de Paul (Director); José Alfredo Sánchez (Director); Sebastián Palla (Director); Guido Gallino (Director); Alejandro Almarza (Síndico); Carlos Javier Piazza (Síndico); Vivian Stenghele (Síndica); Carolina Paola Leonhart (Secretaria del Directorio).