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Banco Macro SA Audit Report / Information 2020

Mar 11, 2021

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Audit Report / Information

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ACTA DE COMISION FISCALIZADORA N.º 659

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 10 días del mes de marzo de 2021, en función Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio (el “ASPO”) dispuesto inicialmente por el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 297/2020 (el “DNU”) y sus prórrogas, los miembros de la Comisión Fiscalizadora de Banco Macro S.A., Enrique Alfredo Fila, Carlos Javier Piazza y Alejandro Almarza, a las 17.15 hs. hemos mantenido una conferencia telefónica, unidos por a través del celular del último de los nombrados, con el celular personal de los otros dos miembros. El objetivo de dicha conferencia fue analizar:

  • el estado separado de situación financiera al 31 de diciembre de 2020 del Banco Macro S.A., y los correspondientes estados separados de resultados, de otros resultados integrales, los estados de cambios en el patrimonio y de flujos de efectivo finalizados en esa fecha y las notas, anexos y demás información explicativa que ha sido presentada por la Entidad para nuestra consideración,

  • el estado consolidado de situación financiera al 31 de diciembre de 2020 del Banco Macro S.A., y los correspondientes estados consolidados de resultados y de otros resultados integrales, los estados de cambios en el patrimonio y de flujos de efectivo finalizados en esa fecha y las notas, anexos y demás información explicativa que ha sido presentada por la Entidad para nuestra consideración, y

  • el Informe de la Comisión Fiscalizadora correspondiente a dichos estados financieros.

Se comentan los diversos aspectos que hacen a los citados documentos señalando que incluyen en el examen efectuado sobre dichos estados financieros, el grado de cumplimiento del planeamiento de auditoría para el período en consideración, como así también respecto del intercambio de opiniones en las reuniones mantenidas al efecto con los auditores externos Pistrelli, Henry Martin y Asociados S.R.L. y el análisis del trabajo realizado por éstos.

Asimismo, se han efectuado los controles contables y legales previstos en el Art. 294 de la Ley 19.550.

En el marco de dichas tareas, en el día de la fecha se solicitó el libro Balances de la Sociedad el cual se encuentra en proceso de transcripción de los estados financieros al 31 de diciembre de 2020.

En este estado corresponde entonces que la Comisión Fiscalizadora trate los estados financieros al 31 de diciembre de 2020, los cuales han sido revisados y efectuado las consultas y aclaraciones a la Sociedad.

Se somete a consideración de los presentes el proyecto de Informe de la Comisión Fiscalizadora que seguidamente se pasa a leer, disponiéndose que el texto del mismo quede transcripto en esta acta:

“INFORME DE LA COMISIÓN FISCALIZADORA

A los Señores Accionistas del

BANCO MACRO S.A.

Avenida Eduardo Madero 1182 Ciudad Autónoma de Buenos Aires

  1. En cumplimiento de disposiciones legales, reglamentarias y estatutarias vigentes hemos recibido para nuestra consideración el estado separado de situación financiera de BANCO MACRO S.A. al 31 de diciembre de 2020, y los correspondientes estados separados de resultados y de otros resultados integrales, de cambios en el patrimonio y de flujos de efectivo finalizados en esa fecha y las notas y anexos que los complementan. Además, hemos recibido los estados financieros consolidados por el ejercicio terminado en esa fecha, del BANCO MACRO S.A. con las sociedades controladas. Los documentos citados son responsabilidad del Directorio de la Sociedad. Nuestra responsabilidad consiste en emitir un informe sobre dichos documentos basados en el trabajo que se menciona en el párrafo siguiente.

  2. Nuestro examen fue realizado de acuerdo con las normas de sindicatura vigentes en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Dichas normas requieren que el examen se efectúe de acuerdo con las normas de auditoría vigentes, e incluya la verificación de la congruencia de los documentos revisados con la información sobre las decisiones societarias expuestas en actas, y la adecuación de dichas decisiones a la ley y a los estatutos, en lo relativo a sus aspectos formales y documentales. Para realizar nuestra tarea hemos considerado la auditoria efectuada por los auditores externos Pistrelli, Henry Martin y Asociados SRL, quienes emitieron su informe de fecha 10 de marzo de 2021 suscripto por el socio de la firma Contador Público Carlos M. Szpunar, de acuerdo con las normas de auditoría vigentes en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Dado que no es responsabilidad de los síndicos efectuar un control de gestión, la revisión no se extendió a los criterios y decisiones empresarias de las diversas áreas de la Sociedad, cuestiones que son responsabilidad exclusiva del Directorio. Consideramos que nuestro trabajo nos brinda una base razonable para fundamentar nuestro informe.

  3. Los estados financieros separados y consolidados han sido preparados por la Sociedad de acuerdo con las normas contables establecidas por el Banco Central de la República Argentina (B.C.R.A.), que, tal como se indica en la Nota 3. a los estados financieros adjuntos, se basa en las Normas Internacionales de Información Financiera (“NIIF”), tal como esas normas fueron emitidas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (“IASB” por su sigla en inglés) y adoptadas por la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (“FACPCE”), y con las excepciones (i) del punto 5.5. “Deterioro de Valor” de la NIIF N° 9 “Instrumentos Financieros”, y (ii) de la Norma Internacional de Contabilidad (“NIC”) N° 29 “Información Financiera en Economías Hiperinflacionarias”, que en forma transitoria fueron excluidas por el BCRA del marco contable aplicable a las entidades financieras. El Directorio y la Gerencia de la Entidad son también responsables del control interno que consideren necesario para permitir la preparación de estados financieros libres de distorsiones significativas, ya sea debido a errores o irregularidades.

  4. En nuestra opinión, los estados financieros mencionados en el apartado 1. presentan razonablemente, en todos sus aspectos significativos, la situación financiera de BANCO MACRO S.A. y la situación financiera consolidada con sus sociedades controladas al 31 de diciembre de 2020, así como sus resultados, la evolución de su patrimonio neto y los flujos de efectivo correspondientes al ejercicio finalizado en esa fecha, de conformidad con el marco de información contable establecido por el BCRA mencionado en el párrafo 3.

  5. Sin modificar la opinión expresada en el párrafo 4, llamamos la atención sobre lo indicado en la nota 3 a los estados financieros condensados adjuntos referidos a que:

  6. a) La Entidad indica que no ha aplicado la sección 5.5 “Deterioro de Valor” de la NIIF 9 “Instrumentos Financieros” a los activos financieros que comprenden exposiciones al sector público, los que fueron excluidas transitoriamente de esa aplicación por la Comunicación “A” 6847 del BCRA, y que se encuentra en proceso de cuantificación de los efectos que sobre los estados financieros tendría la aplicación plena de dicha norma.

  7. b) La Entidad expone, respecto de la aplicación del método del ajuste por inflación integral, (i) que de acuerdo con lo establecido por las Comunicaciones “A” 6651 y 6849, los importes correspondientes a las variaciones ocurridas en ciertos activos financieros medidos a valor razonable con cambios en el resultado integral fueron determinados en términos reales, de modo que el resultado monetario generado por esos activos monetarios se reconoce en el estado de otros resultados integrales, en tanto que por aplicación de la NIC 29 “Información Financiera en Economías Hiperinflacionarias” la totalidad del resultado monetario generado por esos activos financieros debe reconocerse en el resultado del ejercicio y (ii) la cuantificación del efecto de lo mencionado en el punto (i).

  8. c) La Entidad expone que, a efectos de la medición a valor razonable de una tenencia de instrumentos de patrimonio en particular, ha aplicado las cuestiones requeridas por el BCRA a través de un Memorando de fecha 29 de abril de 2019, y que, si bien se encuentra en proceso de cuantificación de la diferencia entre este dicho valor y el valor razonable determinado de acuerdo con la aplicación de las NIIF al 31 de diciembre de 2020, estima que esos efectos podrían ser significativos.

  9. Informamos, además, en cumplimiento de disposiciones legales y reglamentarias vigentes que:

  10. a) hemos revisado la memoria del Directorio, sobre la cual no tenemos objeciones que formular con respecto a materias de nuestra competencia, siendo las afirmaciones sobre hechos futuros responsabilidad exclusiva del Directorio. Asimismo, hemos realizado una revisión del Informe sobre el grado de cumplimiento del Código de Gobierno Societario, acompañado como anexo a la Memoria, elaborado por el Órgano de Administración en cumplimiento de la Resolución General 606/2012 de la Comisión Nacional de Valores. Como resultado de nuestra revisión no se ha puesto de manifiesto ningún aspecto que nos haga creer que dicho Anexo contiene errores significativos o no ha sido preparado, en todos sus aspectos significativos, de acuerdo con lo establecido en la citada Resolución General de la Comisión Nacional de Valores,

  11. b) hemos realizado las restantes tareas de control de legalidad previstas por el artículo 294 de la Ley N° 19.550, que consideramos necesarias de acuerdo con las circunstancias, incluyendo entre otras, el control de la constitución y subsistencia de la garantía de los directores, no teniendo observaciones que formular al respecto,

  12. c) los estados financieros de BANCO MACRO S.A. se encuentran en proceso de transcripción al libro de Balances de Banco Macro S.A. y surgen de registros contables llevados, en sus aspectos formales, de conformidad con las disposiciones legales vigentes y las normas reglamentarias del B.C.R.A.,

  13. d) no tenemos observaciones significativas que formular en lo que es materia de nuestra competencia, sobre la información incluida en la nota 33 a los estados financieros

separados adjuntos al 31 de diciembre de 2020, en relación con las exigencias establecidas por la Comisión Nacional de Valores respecto a Patrimonio Neto Mínimo y Contrapartida,

  • e) de acuerdo a lo requerido por la Resolución General N° 622 de la Comisión Nacional de Valores, sobre la independencia de los auditores externos y sobre la calidad de las políticas de auditoria aplicadas por los mismos y de las políticas de contabilización de la Sociedad, el informe de los auditores externos referido anteriormente incluye la manifestación de haber aplicado las normas de auditoria vigentes, que comprenden los requisitos de independencia, y no contiene salvedades en relación a la aplicación de dichas normas, salvo lo expresado en el párrafo quinto de dicho informe, en cuanto a la aplicación de las normas emitidas por el B.C.R.A. con supremacía sobre las contables profesionales.

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 10 de marzo de 2021”.

Tras un breve intercambio de opiniones, resulta aprobado el Informe de Comisión Fiscalizadora que será suscripto una vez que hayan sido aprobados por el Directorio los estados financieros al 31 de diciembre de 2020 tratados en esta reunión, en tanto y en cuanto dicha aprobación sea efectuada sin introducir cambios sustanciales a los mismos.

Asimismo, se autoriza al Cdor. Alejandro Almarza a suscribir el presente Informe en representación de la Comisión Fiscalizadora.

Sin otros asuntos que tratar siendo las 17.30 hs., se deja constancia que la presente será transcripta al respectivo Libro de la Comisión, una vez cesadas las medidas excepcionales señaladas en el párrafo primero, comprometiéndose los tres (3) miembros de la Comisión, a firmar la misma en la oportunidad señalada.

Alejandro Almarza Carlos Javier Piazza Enrique Alfredo Fila Síndico Titular Síndico Titular Síndico Titular