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Banco Comafi S.A. Capital/Financing Update 2026

May 7, 2026

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Capital/Financing Update

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BANCO COMAFI

PROSPECTO

PROGRAMAS NO PATROCINADOS DE CERTIFICADOS DE DEPOSITO

ARGENTINOS ("CEDEAR")

EMISOR: BANCO COMAFI S.A.

PARA ACCIONES DE LAS COMPAÑÍAS:

  1. CrowdStrike Holdings, Inc.
  2. Arista Networks Inc.
  3. Realty Income Corp.
  4. Golar LNG Ltd.
  5. Sandisk Corporation
  6. Nebius Group N.V.
  7. Hims & Hers Health, Inc.
  8. Ondas Holdings Inc.
  9. ConocoPhillips
  10. NextEra Energy, Inc.
  11. MP Materials Corp.
  12. Cameco Corporation
  13. Fiserv, Inc.

QUE COTIZAN EN EL NEW YORK STOCK EXCHANGE "NYSE" O EN EL NATIONAL ASSOCIATION OF SECURITIES DEALERS AUTOMATED QUOTATIONS "NASDAQ GS" O "NASDAQ CM" DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA

Fecha de prospecto: 7 de mayo de 2026

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Valeria Amado Apoderado

Carola Pong Suro Apoderado


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IMPORTANTE: EL ALCANCE DE LA OFERTA PÚBLICA DE LOS PRESENTES PROGRAMAS DE CERTIFICADOS DE DEPÓSITO ARGENTINOS ES TANTO PARA INVERSORES CALIFICADOS COMO PARA INVERSORES NO CALIFICADOS.

Oferta Pública autorizada por RESFC-2026-23534-APN-DIR#CNV de fecha 6 de mayo de 2026 de la Comisión Nacional de Valores. Esta autorización sólo significa que ha cumplido con los requisitos establecidos en materia de información. La Comisión Nacional de Valores ("CNV") no ha emitido juicio sobre los datos contenidos en este prospecto ("Prospecto"). La veracidad de la totalidad de la información suministrada en el presente Prospecto es exclusiva responsabilidad del directorio, y en lo pertinente, del órgano de fiscalización y de los auditores que suscriben los estados contables. El directorio manifiesta, con carácter de declaración jurada, que el presente Prospecto contiene, a la fecha de su publicación, información veraz y suficiente sobre todo hecho relevante que pueda afectar la situación patrimonial, económica y financiera de la sociedad y de toda aquélla que deba ser de conocimiento del público inversor con relación a la presente emisión, conforme a las normas vigentes.

Se hace saber que de acuerdo con lo dispuesto en los art. 119 y 120 de la ley 26.831 modificada por la ley 27.440, serán responsables directos del presente Prospecto los emisores de valores negociables, juntamente con los integrantes de los órganos de administración y fiscalización (ambos órganos detallados la pag.5), estos últimos en materia de su competencia, y en su caso los oferentes de los valores negociables con relación a la información vinculada a los mismos, y las personas que firmen el prospecto de una emisión de valores negociables, serán responsables de toda la información incluida en los prospectos por ellos registrados ante la Comisión Nacional de Valores. Asimismo serán responsables indirectos aquellos agentes intermediarios en el mercado que participen como organizadores o colocadores en una oferta pública de venta o compra de valores negociables deberán revisar diligentemente la información contenida en los prospectos de la oferta. Los expertos o terceros que opinen sobre ciertas partes del prospecto sólo serán responsables por la parte de dicha información sobre la que han emitido opinión.

Ninguna persona ha sido autorizada para proporcionar información o efectuar declaraciones que no se encuentren en el presente Prospecto y, en caso de haber sido suministrada o efectuada, dicha información no deberá ser considerada como autorizada por el Emisor de los CEDEARs Banco Comafi S.A. o las sociedades emisoras de las acciones subyacentes ("Acciones Subyacentes") que son representadas por los CEDEARs.

Este Prospecto no constituye, ni podrá ser utilizado ni vinculado a una oferta de venta o una solicitud de compra de los CEDEARs por ninguna persona en ninguna jurisdicción en la que dicha oferta o solicitud no esté autorizada o a ninguna persona a quien resulte ilegal realizar tal oferta o solicitud. Por lo tanto los CEDEARs no pueden ser ofrecidos o


vendidos, directa o indirectamente, en ninguna jurisdicción, ni este Prospecto puede distribuirse en ninguna jurisdicción, excepto si se cumple con los requisitos legales aplicables en tal jurisdicción.

Toda la información puesta a disposición de los eventuales inversores relativa a las sociedades emisoras de las Acciones Subyacentes, que a su vez son representadas por los CEDEARs ha sido extraída del sistema informativo EDGAR de la Securities and Exchange Commission ("SEC") de los Estados Unidos y de la dirección de Internet de cada una de las sociedades emisoras de las Acciones Subyacentes y se encuentra a la disposición de los inversores solamente para su uso en relación con el análisis de la compra de los CEDEARs.

Todo eventual inversor que contemple la adquisición de los CEDEARs realizará, antes de decidir dicha adquisición, la investigación sobre los mismos y sobre los Términos y Condiciones de la emisión.

El CEDEAR representa una certificación de la existencia en depósito de los valores negociables que refiere. En este sentido, los CEDEARs darán a sus Titulares el beneficio de todos los derechos inherentes a las Acciones Subyacentes representadas por los CEDEARs.

Los CEDEARs referidos bajo el presente Prospecto no cuentan con calificación de riesgo sin perjuicio de que la capacidad de pago de las compañías emisoras de la Acciones Subyacentes representadas por los Cedars referidos bajo el presente Prospecto puedan contar con calificaciones de riesgo, las cuales deberán ser consideradas y analizadas por cada potencial inversor para cada uno de los respectivos programas.

El presente Prospecto no tiene por objeto proveer los fundamentos para la obtención de ninguna evaluación crediticia o de otro tipo y no debe ser considerado como una recomendación del Emisor y/o del Custodio para adquirir los respectivos CEDEARs.

El presente Prospecto y los estados financieros que se mencionan en el mismo se encuentran a disposición de los interesados en nuestro domicilio sita en Av. Roque Sáenz Peña 660, 1° piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires (C1035AAO), República Argentina; y en el sitio web de la CNV http://www.argentina.gob.ar/cnv.

Cada potencial comprador de CEDEARs deberá analizar por sí mismo la información contenida en el presente Prospecto y cualquier compra de los presentes CEDEARs deberá basarse en el presente Prospecto y en cualquier análisis adicional que dicho potencial comprador considere pertinente realizar.

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EL EMISOR DE LOS CEDEARS

Banco Comafi S.A. (en adelante “Banco Emisor”) es un banco comercial autorizado por el Banco Central de la República Argentina regulado por la Ley 21.526 de Entidades Financieras y se encuentra constituido conforme a las leyes de la República Argentina. El Banco Emisor reúne los requisitos necesarios para actuar como tal y como emisor de CEDEARs bajo todas las leyes y normas de la República Argentina, en particular en los términos del artículo 5°, Sección II Capítulo VIII del Libro II de las Normas de la CNV (NT 2013 y mod.)

El Banco Emisor tiene un patrimonio neto de $ 382.804 MM al 31 de diciembre de 2025, y está constituido como sociedad anónima en la Ciudad de Buenos Aires, inscripta en el Registro Público de Comercio el 25 de octubre de 1984 bajo el N° 7.383 del Libro 99 Tomo “A” de Sociedades Anónimas.

Banco Comafi S.A. asimismo es emisor de obligaciones negociables, programas emitidos de conformidad con la Ley N° 23.576, modificada por la Ley N° 23.962, y demás regulaciones aplicables.

La autorización otorgada por el Banco Central para operar como banco comercial fue dada por Resolución del Directorio N° 589, del 29 de noviembre de 1991 y su número de C.U.I.T. es 30-60473101-8. Se encuentra inscripto ante la Comisión Nacional de Valores como Agente de Liquidación y Compensación y Agente de Negociación Integral matrícula N° 54 de la CNV, también se encuentra inscripto como emisora de CEDEARs, y como sociedad depositaria de fondos comunes de inversión bajo el Nro. 26 ante CNV.

El plazo de duración del Banco Comafi S.A. es de 99 años contados desde el 25 de octubre de 1984, el que podrá ser prorrogado o reducido si así lo resolviera una asamblea extraordinaria de accionistas.

Domicilio Legal

Av. Roque Sáenz Peña 660, 1° piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires (C1035AAO), República Argentina, Teléfonos (+5411) 4328-5555, contacto por e-mail a través de la página de Internet del Banco (www.comafi.com.ar) mediante el link “Contáctenos”.


Composición accionaria:

Banco Comafi S.A. ACCIONES PARTICIPACIÓN VOTOS PARTICIPACIÓN
CLASE A CLASE B TOTAL CAPITAL CLASE A CLASE B TOTAL
Comafi S.A. 12.318.560 16.612.988 28.931.548 78,2871% 61.592.800 16.612.988 78.205.788 90,6945%
Pasman S.A. - 2.616.710 2.616.710 7,0807% - 2.616.710 2.616.710 3,0346%
Guillermo A. Cerviño - 526.650 526.650 1,4251% - 526.650 526.650 0,6108%
Depuey S.A. - 678.931 678.931 1,8371% - 678.931 678.931 0,7873%
Dissau S.A. - 881.449 881.449 2,3852% - 881.449 881.449 1,0222%
Fliacer Participaciones S.A. - 563.400 563.400 1,5245% - 563.400 563.400 0,6534%
Famicer Participaciones S.A. - 2.685.559 2.685.559 7,2670% - 2.685.559 2.685.559 3,1144%
Charles B. Baker - 35.717 35.717 0,0966% - 35.717 35.717 0,0414%
Gregory L. Baker - 35.717 35.717 0,0966% - 35.717 35.717 0,0414%
TOTAL ACCIONES 12.318.560 24.637.121 36.955.681 100,0000% 61.592.800 24.637.121 86.229.921 100,0000%

En el marco de lo dispuesto en el artículo 12 de la Sección IV del Título XI de las Normas de la Comisión Nacional de Valores (CNV) - TO 2013, se informa que el Banco, sus beneficiarios finales, -entendidos como las personas humanas o jurídicas que tienen como mínimo el diez (10) por ciento de su capital o de los derechos a voto, o que por otros medios ejerzan el control final, directo o indirecto-, no registran condenas por delitos de lavado de activos y/o financiamiento del terrorismo y no figuran en las listas de terroristas y organizaciones terroristas emitidas por el CONSEJO DE SEGURIDAD DE LAS NACIONES UNIDAS.

Integración del Directorio y Comisión Fiscalizadora

Los miembros del directorio y de la comisión fiscalizadora fueron designados por asamblea general ordinaria de fecha 29/04/2026.

Directorio

Nombre y apellido Cargo
Guillermo Alejandro Cerviño Presidente
Francisco Guillermo Cerviño Vicepresidente
Eduardo José Racedo Director Titular
Alberto Luis Nougues Director Titular
Maricel Alicia Lungarzo Director Titular
Marcia Ruibal Director Titular
Dolores Inés Cerviño Director Suplente

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Comisión Fiscalizadora

Nombre y apellido Cargo
Jorge Alejandro Perdomo Síndico Titular
Gastón David Fernando Síndico Titular
Tomás Camps Síndico Titular
Teresa María Perisse Síndico Suplente
Luis Camps Síndico Suplente
Pedro Perisse Síndico Suplente

Historia y Expansión

Comafi S.A. comenzó a operar en 1984 como Agente de Mercado Abierto, especializado en el trading de acciones y de títulos de deuda.

Unos años después, en 1992, adquirió la filial argentina de Banco di Napoli, cambiando su denominación por la actual de Banco Comafi S.A., e incorporando a su operatoria a la banca corporativa y de inversión.

Durante la misma década, Banco Comafi se afianzó, además, en otros segmentos de negocios muy especializados, como la asistencia a beneficiarios de los Programas de Propiedad Participada (PPP) para convertir en líquidas sus tenencias. YPF, Telecom, Central Puerto; Central Costanera y Telefónica fueron casos destacados en esos procesos. También se convirtió en uno de los líderes en administración fiduciaria y desarrollo de productos financieros para empresas.

La incursión en el sector bancario minorista se produjo en 1996 mediante la adquisición del 75% de Banco del Tucumán S.A., un banco provincial con 21 sucursales, complementado en 1998 con la compra y absorción de Banco San Miguel del Tucumán S.A. La desinversión en esas entidades de produjo en el año 2006.

La excelente situación de liquidez y la solvencia demostrada durante la crisis financiera del año 2001, permitió a Banco Comafi participar en el proceso de consolidación del sistema bancario, y crecer a través de varias adquisiciones.

En ese contexto, en 2002, absorbió la mayor parte del personal, sucursales y depósitos de Scotiabank Quilmes, una subsidiaria argentina del Bank of Nova Scotia (Canadá). Esta adquisición se complementó, poco tiempo después, con la absorción de The Capita Corporation (TCC) empresa líder del mercado de Leasing en Argentina, y con las compras a Banco Meridian de la totalidad de su cartera de tarjetas de crédito, y a Citibank de la cartera de tarjetas Visa-Provenced y Diners. El conjunto de estas transacciones, convirtió a Banco Comafi en un jugador destacado en la banca minorista de nuestro país.


Banco Comafi cuenta, además, con una estructura especialmente dedicada a la administración integral de patrimonios de afectación, y ha intervenido activamente en el asesoramiento, puesta en marcha y colocación de productos securitizados a través de oferta pública, ya sea en su propio nombre, o mediante su controlada Comafi Fiduciario Financiero S.A. En ese rol, también, ha participado activamente en la gestión de cobranza de carteras de varios bancos liquidados por el BCRA.

En el año 2011 adquirió el negocio de ABN AMRO Bank N.V., Sucursal Argentina, lo que representó una importante oportunidad de seguir desarrollando la presencia de Banco Comafi en el segmento de banca corporativa.

Finalmente, en el año 2016, compró el 100% del capital accionario de Deutsche Bank Argentina y, posteriormente, absorbió esa entidad. Esta adquisición ha permitido ampliar y reforzar la base de clientes institucionales e incorporar el capital humano de la entidad absorbida, para aprovechar las significativas oportunidades de un mercado de capitales en pleno desarrollo.

Actualmente Banco Comafi es el primer originador de leasing, principal gestor y administrador de activos distress originados por otras entidades, líder en la emisión de programas de CEDEARs (con el 85% de los programas), así como también uno de los principales participantes como Sociedad Depositaria de Fondos Comunes de Inversión, Negocios Fiduciarios y Custodia de Títulos Valores. Como tal, está calificado con el máximo rating tanto por parte de la calificadora Moody's como por parte de la calificadora FIX, evaluadoras que miden la calidad de gestión del área fiduciaria de la entidad y también contemplan el expertise del área de custodia global y servicios financieros.

En lo que al Mercado de Capitales respecta, Banco Comafi es uno de los principales participantes en la organización y colocación de Obligaciones Negociables. Participó en 75 emisiones de Obligaciones Negociables Corporativas, Obligaciones Negociables bajo el régimen PYME CNV Garantizada, Fideicomisos Financieros con Oferta Pública, Títulos de Deuda Pública y Letras Provinciales. También en 2023 se ubicó en el cuarto lugar en el ranking de operaciones de renta fija en el mercado secundario local, siendo referente y actuando como Market Maker de deuda corporativa y siendo, además, una de las principales entidades elegidas como contraparte por las grandes compañías e inversores institucionales. En el Mercado Argentino de Valores, es avalista y operador de cheques de pago diferido y pagares bursátiles.

Estos 40 años de historia demuestran una estrategia de crecimiento sostenida y consistentemente rentable, orientada a los nichos de mercado donde Banco Comafi es competitivo y puede generar valor.

Siempre atento a la evolución del mercado argentino, Banco Comafi tiene como propósito conectar a los clientes con oportunidades de crecimiento y desarrollo, ofreciendo soluciones ágiles, seguras y transparentes. Su principal aspiración es ser reconocido como una organización profesional, ética y prudente, cuyo éxito radique en la búsqueda constante de la excelencia, y el fomento de una cultura de colaboración y creatividad.

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Descripción de Prevención de Lavado de Activos y Financiamiento al Terrorismo.

El "Lavado de Activos (LA)" se define como el proceso mediante el cual los bienes de origen delictivo se integran en el sistema económico legal aparentando de haber sido obtenidos en forma lícita.

En general, el proceso de lavado de activos se encuentra integrado por tres etapas básicas:

  • Colocación: Es la disposición física del dinero en efectivo proveniente de actividades delictivas. Durante esta fase inicial, el lavador introduce sus fondos ilegales en el sistema financiero y otros negocios, tanto nacionales como internacionales.
  • Estratificación: Es la separación de fondos ilícitos de su fuente mediante una serie de transacciones financieras sofisticadas, cuyo fin es desdibujar la transacción original. Esta etapa implica la conversión de los fondos procedentes de actividades ilícitas a otra forma y la creación de esquemas complejos de transacciones financieras para disimular el rastro documentado, la fuente y la propiedad de los fondos.
  • Integración: Es dar apariencia legítima a la riqueza ilícita mediante el reingreso en la economía con transacciones comerciales o personales que aparentan ser normales. Esta fase conlleva la colocación de los fondos lavados de vuelta en la economía para crear una percepción de legitimidad. El lavador podría optar por invertir los fondos en bienes raíces, artículos de lujo o proyectos comerciales, entre otros.

El Financiamiento del Terrorismo (FT) se define como el acto de proporcionar apoyo financiero a terroristas u organizaciones terroristas para permitirles realizar y/o participar de cualquier modo en actos de terrorismo. Este concepto se basa en la definición de financiamiento del terrorismo aceptada internacionalmente por la Convención de Naciones Unidas para la Supresión del Financiamiento del Terrorismo (1999) y en las Recomendaciones del FATF/GAFI sobre dicho delito.

A diferencia del lavado de dinero, los fondos utilizados en el financiamiento del terrorismo pueden tener un origen lícito, siendo su destino final el que se encuentra al margen de la ley.

Marco Normativo Nacional

Las Entidades Financieras y Cambiarias mencionadas en los artículos 1 y 2 de la Ley 25.246 están sujetas a la Resolución UIF N° 14/2023. Esta resolución, emitida el 1 de febrero de 2023, establece los requisitos mínimos que estas entidades deben cumplir para la identificación, evaluación, monitoreo, administración y mitigación de los riesgos de lavado de activos y financiación del terrorismo (LA/FT).


Los sujetos obligados, según el artículo 20 incisos 1 y 2 de la Ley 25.246, deben adoptar y aplicar políticas, procedimientos y controles específicos para evitar ser utilizados por terceros con fines criminales relacionados con LA/FT. Esto incluye:

  • Identificación: Verificar la identidad de los clientes y beneficiarios finales.
  • Evaluación: Analizar los riesgos asociados a cada cliente y operación.
  • Monitoreo: Supervisar las transacciones para detectar actividades sospechosas.
  • Administración y mitigación: Implementar medidas para gestionar y reducir los riesgos identificados.

Este marco normativo busca fortalecer la prevención del lavado de activos y la financiación del terrorismo, alineándose con los estándares internacionales y protegiendo la integridad del sistema financiero.

Normas de Exterior y Cambios - BCRA - Restricciones a la Adquisición de CEDEARs representativo de acciones extranjeras – Comunicaciones BCRA

  • Con fecha 28 de septiembre 2023 el BCRA emitió la Comunicación A 7852 la cual estableció que las ventas de títulos valores con liquidación en moneda extranjera en el país o en el exterior no se encuentra alcanzada por lo previsto en el punto 3.16.3.1 y 3.16.3.2 del Texto Ordenado de Exterior y Cambios en la medida en que dentro de los 10 días hábiles los fondos recibidos sean utilizados a los destinos previstos en dicha norma, como así también los mismos no computarán durante dicho plazo como activos externos líquidos y/o CEDEARs por el plazo citado previamente en la medida en que se dé cumplimiento a los destinos previstos.
  • Con fecha 13 de junio de 2024 el BCRA emitió la Comunicación A 8042 la cual estableció que los requisitos previstos en los puntos 4.3.3.1. y 4.3.3.2. de las normas del Texto Ordenado de Exterior y cambios no resultarán de aplicación en las compras de títulos valores que concreten los clientes con fondos en moneda extranjera recibidos en los 15 (quince) días hábiles previos a partir del cobro de capital y/o intereses de títulos de deuda emitidos por residentes en la medida que la reinversión de los fondos por parte del beneficiario resulte neutra en materia impositiva respecto de la operatoria de acreditación de los fondos en una cuenta a la vista del beneficiario en una entidad financiera y su posterior débito para la compra de valores.
  • Con fecha 23 de julio de 2024 el BCRA emitió la Comunicación A 8073 la cual deja sin efecto a partir del 24/07/2024 el punto 4.3.2 del Texto Ordenado de Exterior y Cambios respecto de las condiciones de exclusión para realizar las operaciones previstas en los puntos 3.16.3.1 y 3.16.3.2 entre las cuales se encuentra la adquisición de CEDEARs, dejando de estar excluidos:

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  • los beneficiarios de refinanciaciones oportunamente previstas en el punto 1.1.1. de las normas sobre “Servicios financieros en el marco de la emergencia sanitaria dispuesta por el Decreto N° 260/2020 Coronavirus (COVID-19)”, hasta su cancelación total

  • los beneficiarios de “Créditos a Tasa Cero”, “Créditos a Tasa Cero 2021”, “Créditos a Tasa Cero Cultura” o “Créditos a Tasa Subsidiada para Empresas”, oportunamente previstas en los puntos 1.1.2. y 1.1.3. de las normas sobre “Servicios financieros en el marco de la emergencia sanitaria dispuesta por el Decreto N° 260/2020 Coronavirus (COVID-19)”, hasta su cancelación total
  • los beneficiarios de financiaciones en pesos comprendidas en el punto 2. De la Comunicación “A” 6937, en los puntos 2. y 3. de la Comunicación “A” 7006 y normas complementarias; hasta su cancelación total
  • los beneficiarios de lo dispuesto en el artículo 2° del Decreto N° 319/2020 y normas complementarias y reglamentarias, mientras dure el beneficio respecto a la actualización del valor de la cuota
  • aquellas personas humanas alcanzadas por la Resolución Conjunta de la Presidenta del Honorable Senado de la Nación y del Presidente de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación N° 12/2020 del 1° de octubre de 2020
  • las personas usuarias de servicios públicos que sean beneficiarias del subsidio en las tarifas de suministro de gas natural por red y/o energía eléctrica, ya sea que lo hubieran obtenido por solicitarlo o de manera automática, y/o del subsidio en las tarifas de agua potable
  • las personas humanas que sean beneficiarias del “Plan de pago de deuda previsional” previsto en la Ley N° 27.705 u otro plan de regularización de deuda previsional hasta tanto no hayan cancelado la deuda
  • las personas humanas que sean beneficiarias de los “CRÉDITOS ANSES” previstos en la Resolución N° 144/2023 de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) hasta tanto no hayan cancelado la deuda
  • las personas humanas beneficiarias del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y las trabajadoras y los trabajadores aportantes al referido SIPA que hayan recibido el financiamiento previsto en el Decreto N° 463/23, hasta tanto hayan cancelado la deuda

  • Con fecha 19 de septiembre de 2024 el BCRA emitió la Comunicación A 8108 la cual modificó el plazo de 180 a 90 días a los efectos de la confección de las declaraciones juradas previstas en el punto 3.16.3.1 y 3.16.3.2 del Texto Ordenado de Exterior y Cambios entre los cuales se encuentra la adquisición de CEDEARs.

  • Con fecha 03 de octubre de 2024 el BCRA emitió la Comunicación A 8112 en la cual se admite que respecto del límite previsto en el punto 3.16.2 del Texto Ordenado de Exterior y Cambios para la tenencia de Activos Externos Líquidos y CEDEARs no computarán los fondos depositados en cuentas bancarias en el exterior originados en lo obtenido por la suscripción en el exterior de un nuevo título de deuda en los últimos 60 (sesenta) días corridos y que serán destinados

a concretar una operación de refinanciación, recompra y/o rescate anticipado de títulos de deuda o deudas financieras con el exterior, contempladas en el punto 3.5. del texto ordenado sobre Exterior y Cambios.

  • Con fecha 28 de noviembre de 2024 el BCRA emitió la Comunicación A 8137 en la cual se admite que respecto del límite previsto en el punto 3.16.2 del Texto Ordenado de Exterior y Cambios para la tenencia de Activos Externos Líquidos y CEDEARs no computarán los fondos depositados en cuentas bancarias en el exterior a su nombre que se originaron en los últimos 180 (ciento ochenta) días corridos por desembolsos en el exterior de endeudamientos financieros comprendidos en el punto 3.5. del texto ordenado sobre Exterior y Cambios recibidos a partir del 29/11/24

  • Con fecha 11 de abril de 2025 el BCRA emitió la comunicación A 8226 en la cual estableció, entre otros puntos, la eliminación para las restricciones a las personas humanas a la formación de activos externos, incluidas entre ellas las limitaciones existentes para operar en el Mercado Oficial de Cambios si había realizado operaciones de formación de activos externos, entre los cuales se encuentran la adquisición CEDEARs, en los últimos 90 días corridos y viceversa. A su vez modificó para las personas jurídicas el plazo a partir del cual computan los 90 días para las declaraciones juradas previstas en los puntos 3.16.3.1 a 3.16.3.4 del Texto Ordenado de Exterior y Cambios respecto a sus operaciones con títulos valores y las de sus controlantes y miembros del grupo económico, donde se dejan de tener en cuenta las operaciones y entregas de activos locales realizadas hasta la fecha de la emisión de la comunicación y comienzan a contarse aquellas que se realicen a partir del 14 de Abril de 2025 inclusive.

  • Con fecha 18/09/2025 y con aplicación a partir del 19/09/2025 inclusive el BCRA emitió la Comunicación A 8332 la cual estableció que cuando se trate de las personas humanas que se detallan a continuación, desde el momento en que realicen compra de moneda extranjera para la formación de activos externos (Códigos de concepto A09 y A07) no podrán operar por los siguientes 90 días compra de títulos con liquidación en moneda extranjera:

  • un accionista que en forma directa o indirecta posea el 5 % o más del capital social y/o del total de los votos de los instrumentos con derecho de voto emitidos por una entidad financiera,

  • director –o autoridad equivalente– de una entidad financiera o máximo responsable local de las sucursales de entidades financieras del exterior,
  • síndico o integrantes del Consejo de Vigilancia de una entidad financiera,
  • funcionario con rango de gerente o equivalente o superior de una entidad financiera,
  • una persona que encuadre en alguno de los incisos precedentes respecto de otro tipo de entidades autorizadas a operar en cambios,
  • cónyuge o conviviente (por unión convivencial inscripta) o parientes hasta segundo grado de consanguinidad o primero de afinidad de las personas humanas comprendidas en los incisos anteriores,

  • Con fecha 26/09/2025 y con aplicación en el mismo día, el BCRA emitió la Comunicación A 8336 la cual amplió el alcance de la comunicación A 8332 a todas las personas humanas.

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  • Con fecha 09/10/2025 el BCRA emitió la comunicación A 8361 la cual estableció como excepción a lo previsto en la comunicación A 8336 a la reinversión de los cobros en moneda extranjera de servicios de capital y/o intereses de títulos emitidos por el Tesoro Nacional o el BCRA dentro de los 15 (quince) días hábiles siguientes a la fecha de cobro.

LOS PROGRAMAS DE CERTIFICADOS DE DEPÓSITO ARGENTINOS (CEDEAR) QUE EMITIRÁ BANCO COMAFÍ S.A.

Los programas de CEDEARs a ser emitidos por el Banco Emisor (“Programas”) han sido autorizados por la Comisión Nacional de Valores mediante RESFC-2026-23534-APN-DIR#CNV de fecha 6 de mayo de 2026 conforme al régimen del Capítulo VIII Certificados de Depósito Argentinos (CEDEAR) – Título II de las Normas de la Comisión Nacional de Valores (“CNV”), (T.O. 2013). Se trata de 13 programas no patrocinados por las sociedades emisoras de las Acciones Subyacentes representadas por los CEDEARs de v/n $1 (UN PESO) cada uno.

Estos Programas de CEDEARs se rigen por los Términos y Condiciones de Emisión que se transcriben más adelante, y fueron aprobados por la decisión del directorio del Banco Emisor de acuerdo con el Acta de Directorio de fecha 16 de abril de 2026.

Los CEDEARs representan acciones ordinarias emitidas por cada una de las compañías consignadas en la columna (ii) de la Tabla N° 3 y que representan acciones de las sociedades que se detallan en la Tabla N° 1 y cuyas características se encuentran especificadas en la Tabla N° 3.

The Bank of New York Mellon será el Banco Custodio (“Banco Custodio”) de los valores negociables subyacentes representados por el CEDEAR, de acuerdo con el Contrato de Custodia suscripto entre aquel y el Banco Emisor, que puede consultarse en el Banco Emisor. El Banco Custodio es una entidad que cumplimenta lo dispuesto por el artículo 7°, Sección II, Capítulo VIII, Título II de las Normas de la C.N.V. (NT 2013 y mod.) - exigencia de un patrimonio no inferior a UVA 120.000 (UVA ciento veinte mil) o su equivalente en la moneda del país de emisión -, pues el Banco Custodio tiene un patrimonio que asciende a USD 44.783 MM, según surge de sus estados contables al 31 de marzo de 2026¹

El Banco Custodio prestará en Nueva York los servicios de custodia de las Acciones Subyacentes, recibirá la información que le envíen las sociedades emisoras de las Acciones Subyacentes, informará sobre las asambleas a realizarse y los pagos de dividendos, efectuará la transferencia de los dividendos que perciba, y ejercerá las instrucciones de voto que reciba por cuenta y orden del Banco Emisor y en beneficio de los tenedores de los CEDEARs, y cualquier otro servicio que corresponda prestar conforme a los contratos y regulaciones vigentes

https://www.bny.com/assets/corporate/documents/pdf/investor-relations/earnings/financial-supplement-iq-2026.pdf
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En la tabla de Honorarios y Comisiones anexa al artículo 19 de los Términos y Condiciones se especifican las comisiones de emisión, cancelación, ejercicio de derechos de voto, y comisión por pago de dividendos que percibirá Banco Comafi S.A.

Caja de Valores S.A. será el Agente de Registro y Servicios de Pago de los Programas de CEDEARs del Banco, en los términos del Contrato de Agente de Registro y otros servicios suscriptos entre aquélla y el Banco Emisor, que puede consultarse en el Banco Emisor.

Cada Programa de CEDEAR llevará la denominación correspondiente a la sociedad emisora de las Acciones Subyacentes, representadas por los CEDEARs de V/N $1 (UN PESO) cada uno.

Cada CEDEAR de V/N $1 (UN PESO) cada uno que se emita de acuerdo con cada Programa representará la fracción de la acción ordinaria que se indica en la Tabla N° 3 (CEDEAR/ACCIÓN – n CEDEAR equivalen a x Acciones Subyacentes).

En la Tabla N° 3 se consigna también el monto máximo de CEDEARs admitido por la CNV para cada Programa.

El Banco Emisor proporcionará la información prevista en los artículos 9° y 10°, Sección II, Capítulo VIII, Título II de las Normas de la CNV (NT 2013 y mod.):

  1. a través del acceso al sitio web de la CNV http://www.argentina.gob.ar/cnv;
  2. mediante el acceso al sitio web del sistema EDGAR de la Securities and Exchange Commission ("SEC") www.sec.gov de los Estados Unidos;
  3. a través del acceso al sitio web https://www.comafi.com.ar/2258-CEDEARs.note.aspx provista por el Banco y a través del cual se tendrá acceso directo a la página Internet de cada una de las sociedades emisoras, información y documentación que se proporcionará en forma permanente durante la totalidad del plazo de vigencia de los Programas de Emisión de CEDEARs y hasta su conclusión y cancelación.

Asimismo a través de los mercados autorizados en los que se listen actualmente (BYMA) o en el futuro los CEDEARs, se proporcionará la información detallada en los artículos 9° y 10° Sección II, Capítulo VIII, Título II de las normas de la CNV (NT 2013 y mod.) y la que corresponda en función de los reglamentos por los que se regulen.

El Banco Emisor asume las obligaciones descritas en los Términos y Condiciones de los Programas de CEDEARs, entre ellas las relativas a la información a proporcionar, pago de dividendos y ejercicio de los derechos de voto, previo pago de las comisiones, honorarios, gastos e impuestos (entre ellos el Impuesto al Valor Agregado) que en cada caso corresponda, sin asumir responsabilidad alguna respecto al valor sustantivo e intrínseco de las Acciones Subyacentes, ni su valor de mercado o de cotización bursátil, ni por el cumplimiento de las obligaciones a cargo de las compañías emisoras de las Acciones Subyacentes, incluyendo el pago de dividendos.

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CONSIDERACIONES PARA LA INVERSION

Los potenciales inversores (tenedores) de los CEDEARs deberán analizar y considerar detenidamente la información contenida en este Prospecto, y en particular las Consideraciones de Inversión que se efectúan en esta sección, como así también la información relativa a la situación económica financiera y de mercado de las Acciones Subyacentes representadas por los CEDEARs, y de las sociedades cuyas acciones son representadas por ellos, que se encuentra a su disposición de acuerdo a los Términos y Condiciones de los Programas de CEDEARs.

La adquisición de CEDEARs importa la asunción de riesgos, entre ellos la posibilidad de incumplimiento por parte de las sociedades emisoras de las Acciones Subyacentes de sus obligaciones con relación a los derechos políticos y económicos derivados de ellas. El Banco no asume obligación ni garantía alguna respecto de las Acciones Subyacentes representadas por los CEDEARs, salvo las previstas en los Términos y Condiciones de los Programas de CEDEARs que se transcriben más abajo, ni responde con su patrimonio por las obligaciones asumidas por las sociedades emisoras de las Acciones Subyacentes representadas por los CEDEARs.

El emisor asume explícitamente la responsabilidad por las declaraciones realizadas en el presente Prospecto. Asimismo, declara que para la emisión del presente Prospecto se ha tenido en cuenta la información pública y libremente disponible vinculada a los valores negociables subyacentes, y sobre la base de la misma se han publicado las declaraciones que razonablemente deberían ser tenidas en cuenta por el inversor.

Los derechos de los tenedores de CEDEARs no se verán afectados por la situación económica financiera del Banco Emisor en razón de que, las Acciones Subyacentes representadas por los CEDEARs, no podrán ser objeto de acciones individuales o colectivas por parte de sus acreedores, y se encontrarán segregadas de los bienes del Banco en poder del Banco Custodio, como así también en la contabilidad del Banco como emisor de los CEDEARs.

Los bienes de las sociedades emisoras de las Acciones Subyacentes representadas por los CEDEARs no responden por las obligaciones contraídas en la ejecución de los Programas de CEDEARs. Se trata en todos los casos de Programas no patrocinados por las sociedades cuyas Acciones Subyacentes son representadas por los CEDEARs, y la información relativa a dichas sociedades disponible para los inversores es la emanada de las sociedades y presentada a la SEC y/o remitida a los accionistas.

Recomendamos al inversor leer atentamente la información publicada en dichos sitios con relación al valor negociable subyacente a cada Programa de CEDEARs, que le resulte de interés, el prospecto de los valores negociables subyacentes, especialmente la sección relacionada con los factores de riesgo y la sección

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relacionada con el ejercicio al derecho de voto de cada prospecto de los valores negociables subyacentes publicado en ambas páginas web.

En el supuesto de cancelación del CEDEAR, el tenedor posee derecho a recibir la Acción Subyacente representada por éste, según el ratio correspondiente a cada Programa.

Todos los pagos derivados de los CEDEARs, como así también su emisión y cancelación, estarán subordinados al previo pago de las sumas debidas en concepto de comisiones, honorarios y gastos, sumas que incluyen las deducciones o retenciones que corresponda realizar a cuenta de impuestos actuales o futuros de cualquier naturaleza. El tenedor deberá pagar, si correspondiere, el impuesto al valor agregado sobre las comisiones pagaderas al Banco. El Banco deberá pagar, si correspondiere, el impuesto sobre las comisiones pagaderas al Agente de Registro y Pago y a los honorarios y gastos razonables de los asesores legales del Banco y a toda otra persona que preste cualquier otro tipo de servicios al Programa de CEDEAR al que correspondan.

Los CEDEARs y las Acciones Subyacentes representadas por éstos constituyen bienes separados del patrimonio del Banco Emisor y del Banco Custodio, en razón de su naturaleza jurídica, y se hallan exentos de la acción singular o colectiva de los acreedores de la sociedad emisora de las Acciones Subyacentes representadas por los CEDEARs, del Banco Custodio o del Banco Emisor, salvo la acción de fraude.

LAS SOCIEDADES EMISORAS DE LAS ACCIONES SUBYACENTES REPRESENTADAS POR LOS CEDEARs

La Tabla N° 1 que seguidamente se transcribe contiene la denominación, domicilio y dirección de Internet de cada una de las sociedades emisoras de las Acciones Subyacentes representadas por los Programas de CEDEARs que emitirá el Banco Emisor.

La Tabla N° 2 contiene la descripción de la actividad de cada una de las sociedades emisoras de las Acciones Subyacentes representadas por los Programas de CEDEARs del Banco Emisor, extractada de la información disponible de cada sociedad en la terminal Bloomberg.

La Tabla N° 3 contiene la siguiente información correspondiente a las Acciones Subyacentes representadas por los CEDEARs: (I) número de identificación en la tabla (II) nombre de la compañía emisora; (III) Identificación en el mercado de cotización; (IV) Número de identificación en el mercado - (ISIN); (V) Dirección Internet de la compañía emisora del valor subyacente; (VI) País de constitución de la sociedad emisora del valor subyacente; (VII) Clase de Acción; (VIII) Valor nominal por acción - Moneda; (IX) Número de acciones en circulación a la fecha indicada; (X) Volumen promedio negociado de los valores negociables subyacentes en los últimos 30 días - en acciones; (XI) Volumen

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promedio negociado de los valores negociables subyacentes en los últimos 30 días - en USD (XII) Precio registrado a la fecha indicada; (XIII) Bolsa o Mercado de cotización; (XIV) Relación Cedear/valor subyacente; (XV) Cantidad máxima a ser emitida en CEDEARs.

Se deja constancia que se trata en todos los casos de acciones autorizadas por la SEC, que cotizan en el NYSE o NASDAQ GS o NASDAQ CM de los Estados Unidos de América.

TABLA N° 1

DENOMINACION, DOMICILIO DE LAS OFICINAS PRINCIPALES Y DIRECCION
INTERNET DE LA SOCIEDADES EMISORAS DE LAS ACCIONES SUBYACENTES
REPRESENTADAS POR LOS CEDEARS

  1. CrowdStrike Holdings, Inc.
    206 E. 9th. Street, Suite 400
    Austin, Texas 78701,
    Estados Unidos
    https://www.crowdstrike.com

  2. Arista Networks Inc.
    5453 Great America Parkway
    Santa Clara, California 95054
    Estados Unidos
    https://www.arista.com/

  3. Realty Income Corp.
    11995 El Camino Real,
    San Diego, California 92130
    Estados Unidos
    https://www.realityincome.com/

  4. Golar LNG Ltd.
    2nd Floor, S.E. Pearman Building
    9 Par-la-Ville Road
    Hamilton, HM 11
    Bermuda - Bermuda
    https://www.golarlng.com/

  5. 16 -


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  • Sandisk Corporation
    951 Sandisk Drive
    Milpitas, California 95035
    Estados Unidos.
    https://www.sandisk.com/

  • Nebius Group N.V.
    Schiphol Boulevard 165
    Schiphol P7
    1118 – BG Schiphol
    Países Bajos
    https://nebius.com/

  • Hims & Hers Health, Inc.
    2269 Chestnut Street, #523
    San Francisco, California 94123
    Estados Unidos.
    https://www.hims.com/

  • Ondas Holdings Inc.
    411 Waverley Oaks Road, Suite 114
    Waltham, Massachusetts 02452
    Estados Unidos
    https://www.ondas.com/

  • ConocoPhillips
    925 N. Eldridge Parkway
    Houston, Texas 77079-2703
    Estados Unidos.
    https://www.conocophillips.com/

  • NextEra Energy, Inc.
    700 Universe Boulevard
    Juno Beach, Florida 33408
    Estados Unidos.


https://www.nexteraenergy.com/

11. MP Materials Corp.

1700 South Pavilion Center Drive, 8th Floor
Las Vegas, Nevada 89135
Estados Unidos
https://mpmaterials.com/

12. Cameco Corporation

2121 – 11th. Street West
Saskatoon, Saskatchewan S7M 1J3
Canadá
https://www.cameco.com/

13. Fiserv, Inc.

255 Fiserv Drive
Brookfield, Wisconsin 53045
Estados Unidos
https://www.fiserv.com/

El precio de mercado y volumen de los valores subyacentes podrán ser consultados mediante el ingreso a sus mercados de origen, a saber www.nyse.com. o www.nasdaq.com.

TABLA N° 2

ACTIVIDAD DE LAS EMISORAS DE LAS ACCIONES REPRESENTADAS POR LOS CEDEARS

1. CrowdStrike Holdings, Inc.

CrowdStrike Holdings, Inc. es una compañía dedicada al desarrollo y prestación de soluciones de ciberseguridad basadas en la nube, orientadas a la protección de sistemas informáticos y activos digitales de organizaciones públicas y privadas. Las soluciones de CrowdStrike utilizan tecnologías de análisis de comportamiento, inteligencia artificial y automatización, lo que permite identificar actividades anómalas y gestionar incidentes de seguridad en tiempo real desde una plataforma centralizada.

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El modelo de negocio de la compañía se basa principalmente en la comercialización de suscripciones a sus distintos módulos de software y servicios asociados, los cuales pueden contratarse de forma individual o combinada, según las necesidades del cliente.

CrowdStrike presta sus servicios a organizaciones de diversos sectores económicos y opera a nivel internacional.

2. Arista Networks Inc.

Arista Networks, Inc. es una compañía dedicada al diseño y provisión de soluciones de redes informáticas, orientadas principalmente a centros de datos, entornos de computación en la nube y redes empresariales de gran escala.

La compañía desarrolla y comercializa equipamiento de red basado en hardware y software, incluyendo conmutadores (switches) y sistemas operativos de red, que permiten la interconexión, gestión y transmisión de datos con altos niveles de rendimiento, escalabilidad y confiabilidad.

Sus soluciones están basadas en una arquitectura de software unificada, que facilita la automatización, supervisión y operación de redes utilizadas por proveedores de servicios en la nube, empresas tecnológicas y organizaciones de gran tamaño.

Arista Networks comercializa sus productos y servicios a nivel internacional, principalmente a través de la venta de equipamiento y licencias de software asociadas.

3. Realty Income Corp.

Realty Income Corp. es una sociedad dedicada a la adquisición, administración y alquiler de propiedades inmobiliarias comerciales, organizada bajo la forma de Real Estate Investment Trust (REIT) conforme a la legislación de los Estados Unidos. Sus valores accionarios listados corresponden a acciones ordinarias (common stock).

La compañía posee una cartera diversificada de inmuebles comerciales arrendados bajo contratos de largo plazo, principalmente a operadores minoristas y empresas de distintos sectores, generando ingresos a través del cobro de alquileres.

Realty Income desarrolla sus actividades principalmente en los Estados Unidos y otros mercados seleccionados.

4. Golar LNG Ltd.

Golar LNG Ltd. es una sociedad dedicada al desarrollo, propiedad y operación de activos vinculados a la producción, licuefacción, transporte y comercialización de gas natural licuado (GNL), con foco en soluciones de infraestructura energética a nivel internacional.

La compañía participa principalmente en proyectos de licuefacción flotante de gas natural (FLNG) y en la gestión de activos relacionados con la cadena de valor del GNL, prestando servicios a productores y comercializadores de gas natural.

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Golar LNG desarrolla sus actividades a través de subsidiarias y proyectos localizados en distintos países y mercados internacionales.

5. Sandisk Corporation

SanDisk Corporation es una compañía tecnológica estadounidense dedicada al diseño, desarrollo y comercialización de soluciones de almacenamiento de datos basadas en tecnología de memoria flash NAND. Su portafolio incluye unidades de estado sólido (SSD) para centros de datos, entornos empresariales y dispositivos cliente, así como productos de almacenamiento removible (tarjetas de memoria y unidades USB) y soluciones de almacenamiento embebido utilizadas en dispositivos móviles, equipos electrónicos de consumo, aplicaciones industriales y automotrices. La compañía atiende una amplia gama de mercados finales, incluyendo computación en la nube, centros de datos, electrónica de consumo y aplicaciones industriales, posicionándose como un proveedor relevante de soluciones de almacenamiento de alto rendimiento a nivel global.

6. Nebius Group N.V.

Nebius Group N.V. es una compañía tecnológica con sede en Ámsterdam dedicada a la provisión de infraestructura y servicios de computación en la nube orientados a inteligencia artificial. A través de su plataforma, ofrece capacidad de cómputo de alto rendimiento basada en unidades de procesamiento gráfico (GPU) y soluciones asociadas para el desarrollo, entrenamiento e implementación de modelos de IA. La compañía presta servicios a empresas, desarrolladores e instituciones que demandan recursos avanzados de procesamiento, posicionándose como un proveedor de infraestructura especializada para aplicaciones intensivas en inteligencia artificial y análisis de datos.

7. Hims & Hers Health, Inc.

Hims & Hers Health, Inc. es una compañía estadounidense dedicada a la prestación de servicios de salud digital y telemedicina, enfocada en la provisión de tratamientos y productos de bienestar a través de plataformas en línea. La empresa ofrece acceso a consultas médicas, diagnósticos y prescripción de tratamientos, así como la comercialización directa de medicamentos y productos de cuidado personal, principalmente en áreas como salud sexual, dermatología, salud mental y control de peso. Su modelo de negocio se basa en una plataforma digital integrada de atención directa al consumidor, orientada a facilitar el acceso a servicios de salud en los mercados en los que opera.

8. Ondas Holdings Inc.

Ondas Holdings Inc. es una compañía tecnológica estadounidense dedicada al desarrollo y provisión de soluciones de conectividad inalámbrica privada y

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sistemas autónomos para aplicaciones industriales, comerciales y gubernamentales. A través de sus divisiones operativas, la empresa ofrece tecnologías de redes de comunicación de misión crítica, así como plataformas de drones autónomos y soluciones basadas en inteligencia artificial orientadas a la recopilación y gestión de datos. Sus productos y servicios están dirigidos principalmente a sectores como infraestructura crítica, energía, transporte, seguridad y defensa, con foco en mejorar la eficiencia operativa y la supervisión remota.

9. ConocoPhillips

ConocoPhillips es una compañía energética estadounidense dedicada principalmente a la exploración, producción y comercialización de hidrocarburos, incluyendo petróleo crudo, gas natural y líquidos asociados, a nivel global. La empresa desarrolla actividades de exploración y producción en diversas regiones y mantiene un portafolio de activos diversificado enfocado en la producción upstream, participando también en proyectos de gas natural licuado (GNL). Su modelo de negocios está orientado a la generación de valor a través de operaciones de energía a gran escala, con presencia en múltiples mercados internacionales.

10. NextEra Energy, Inc.

NextEra Energy, Inc. es una compañía energética estadounidense dedicada principalmente a la generación, transmisión y comercialización de energía eléctrica, con un fuerte enfoque en energías renovables, en particular energía eólica y solar. A través de sus subsidiarias, la empresa opera activos de generación eléctrica a gran escala y redes de distribución, prestando servicios a usuarios residenciales, comerciales e industriales. NextEra Energy se posiciona como uno de los mayores operadores de infraestructura energética y generación renovable a nivel global, con presencia relevante en el mercado estadounidense.

11. MP Materials Corp.

MP Materials Corp. es una compañía estadounidense dedicada a la extracción, procesamiento y comercialización de tierras raras, minerales estratégicos utilizados en la fabricación de imanes permanentes y componentes tecnológicos avanzados. A través de sus operaciones, la empresa participa en la cadena de valor de insumos críticos para sectores como energías renovables, vehículos eléctricos, electrónica, defensa y tecnología industrial. MP Materials se posiciona

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como un proveedor relevante de materiales estratégicos, con foco en el abastecimiento de tierras raras y el fortalecimiento de capacidades productivas en el mercado norteamericano.

12. Cameco Corporation

Cameco Corporation es una compañía canadiense dedicada principalmente a la producción y comercialización de uranio, así como a la provisión de servicios vinculados al ciclo del combustible nuclear. La empresa participa en actividades de extracción, desarrollo y operación de minas de uranio, y suministra este insumo a operadores de centrales de generación de energía nuclear a nivel global. Cameco se posiciona como uno de los principales productores de uranio del mundo, con operaciones y activos orientados al abastecimiento del mercado internacional de energía nuclear.

13. Fiserv, Inc.

Fiserv, Inc. es una compañía estadounidense dedicada a la provisión de soluciones tecnológicas para servicios financieros y de pagos electrónicos. La empresa desarrolla y comercializa plataformas de procesamiento de pagos, servicios de transferencias electrónicas, soluciones para comercios y sistemas tecnológicos para entidades financieras, incluyendo bancos y proveedores de servicios de pago. Fiserv presta servicios a nivel global y se posiciona como un proveedor relevante de infraestructura tecnológica para el sector financiero y de pagos digitales.

TABLA N°3

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# Nombre de la Compañía Emisora Identificación en el Mercado de Cotización Número de Identificación #ISIN Dirección Internet de la Compañía Emisora del Valor Subyacente País de Constitución de la Sociedad Emisora del Valor Subyacente
I II III IV V VI
1 CrowdStrike Holdings, Inc. CRWD US22788C1053 www.crowdstrike.com ESTADOS UNIDOS
2 Arista Networks Inc. ANET US0404132054 www.arista.com ESTADOS UNIDOS
3 Realty Income Corp. O US7561091049 www.realtyncome.com ESTADOS UNIDOS
4 Golar LNG Ltd. GLNG BMG9456A1009 www.golarlng.com BERMUDA
5 Sandisk Corporation SNDK US80004C2008 www.sandisk.com ESTADOS UNIDOS
6 Nebius Group N.V. NBIS NL0009805522 www.nebius.com PAÍSES BAJOS
7 Hims & Hers Health, Inc. HIMS US4330001060 www.hims.com ESTADOS UNIDOS
8 Ondas Holdings Inc. ONDS US68236H2040 www.ondas.com ESTADOS UNIDOS
9 ConocoPhillips COP US20825C1045 www.conocophillips.com ESTADOS UNIDOS
10 NextEra Energy, Inc. NEE US65339F1012 www.nexteraenergy.com ESTADOS UNIDOS
11 MP Materials Corp. MP US5533681012 www.mpmaterials.com ESTADOS UNIDOS
12 Cameco Corporation CCJ CA13321L1085 www.cameco.com CANADÁ
13 Fiserv, Inc. FISV US3377381088 www.fiserv.com ESTADOS UNIDOS
# Nombre de la Compañía Emisora Clase de Acción Valor Nominal por Acción USD Nro. de Acciones en Circulación al 09/04/2026 Volumen promedio negociado de los valores negociables subyacentes en los últimos 30 días en Acciones
--- --- --- --- --- ---
I II VII VIII IX X
1 CrowdStrike Holdings, Inc. Acción ordinaria 0,0005 253.614.090 3.575.230,00
2 Arista Networks Inc. Acción ordinaria 0,0001 1.256.537.910 6.474.023,70
3 Realty Income Corp. Acción ordinaria 0,01 932.450.630 6.003.825,04
4 Golar LNG Ltd. Acción ordinaria 1 101.589.270 2.978.859,30
5 Sandisk Corporation Acción ordinaria 0,01 153.388.380 18.567.944,74
6 Nebius Group N.V. Acción ordinaria 0,01 219.465.090 18.816.940,87
7 Hims & Hers Health, Inc. Acción ordinaria 0,0001 219.561.140 42.830.738,43
8 Ondas Holdings Inc. Acción ordinaria 0,0001 467.133.270 77.782.132,87
9 ConocoPhillips Acción ordinaria 0,01 1.220.807.770 10.921.699,61
10 NextEra Energy, Inc. Acción ordinaria 0,01 2.085.302.860 8.917.808,91
11 MP Materials Corp. Acción ordinaria 0,0001 177.667.450 5.382.548,04
12 Cameco Corporation Acción ordinaria sin valor par 435.532.980 3.355.974,22
13 Fiserv, Inc. Acción ordinaria 0,01 533.948.660 6.563.122,00

# Nombre de la Compañía Emisora Precio Registrado al 09/04/2026 USD Bolsa o Mercado de Cotización Relación Cedear por Acción Subyacente Cantidad Máxima a ser emitida en CEDEARs
1 CrowdStrike Holdings, Inc. 394,68 NASDAQ GS 79:1 4.330.000
2 Arista Networks Inc. 146,05 NYSE 29:1 4.295.000
3 Realty Income Corp. 63,20 NYSE 13:1 4.450.000
4 Golar LNG Ltd. 53,39 NASDAQ GS 10:1 4.055.000
5 Sandisk Corporation 851,57 NASDAQ GS 170:1 4.320.000
6 Nebius Group N.V. 136,33 NASDAQ GS 27:1 4.285.000
7 Hims & Hers Health, Inc. 19,75 NYSE 4:1 4.380.000
8 Ondas Holdings Inc. 9,14 NASDAQ CM 2:1 4.735.000
9 ConocoPhillips 123,47 NYSE 25:1 4.380.000
10 NextEra Energy, Inc. 94,48 NYSE 19:1 4.350.000
11 MP Materials Corp. 53,90 NYSE 10:1 4.015.000
12 Cameco Corporation 115,54 NYSE 23:1 4.305.000
13 Fiserv, Inc. 56,41 NASDAQ GS 11:1 4.220.000
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BANCO COMAFI S.A.
Av. Presidente Roque Saénz Peña 660, CAPITAL FEDERAL

TÉRMINOS Y CONDICIONES DEL PROGRAMA DE EMISIÓN DE CERTIFICADOS DE DEPÓSITO ARGENTINOS ESCRITURALES REPRESENTATIVOS DE ACCIONES ORDINARIAS¹--- EMITIDOS EN FORMA ESCRITURAL Y QUE RIGEN EL DEPÓSITO ENTRE BANCO COMAFI S.A. ("BANCO EMISOR") Y LOS TITULARES DE CERTIFICADOS DE DEPÓSITO ARGENTINOS ("CEDEARs") EMITIDOS CONFORME A LA SECCIÓN II, CAPÍTULO VIII, TÍTULO II, DE LAS NORMAS DE LA CNV (NT 2013 y MOD.) Y AUTORIZADOS A LA OFERTA PÚBLICA POR LA COMISIÓN NACIONAL DE VALORES ("CNV") Y SU LISTADO EN LOS MERCADOS BURSÁTILES ARGENTINOS AUTORIZADOS (BYMA EN LA ACTUALIDAD y/o LOS QUE SE DESIGNEN EN EL FUTURO)

Este Programa de emisión de Certificados de Depósito Argentinos ha sido aprobado por Res. RESFC-2026-23534-APN-DIR#CNV de fecha 6 de mayo de 2026.

Monto Máximo Admitido del Programa de emisión de CEDEAR aprobado por la C.N.V.² --- de CEDEARs.

Cada Certificado de Depósito Argentino (CEDEAR) tiene un V/N de $1 (UN PESO)
y
representa

³---Acción(es)

EL CEDEAR REPRESENTA EL DEPÓSITO DE UNA SOLA ESPECIE DE VALORES NEGOCIABLES NO AUTORIZADOS PARA SU OFERTA PÚBLICA EN EL TERRITORIO DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

Sociedades emisoras de las acciones representadas por los CEDEARs:
4

Domicilio de la sociedad emisora:
5

Lugar, y organismo que otorgó la autorización de cotización de las Acciones Ordinarias: Nueva York, Estados Unidos de América, Securities and Exchange Commission, ⁶---New York Stock Exchange ("NYSE") o National Association of Securities Dealers Automated Quotations – ("NASDAQ GS" o "NASDAQ CM").

Nombre y domicilio del Banco Custodio y lugar donde se encuentran depositadas las Acciones Subyacentes representadas por el CEDEAR:
THE BANK OF NEW YORK MELLON CORPORATION
ESTADOS UNIDOS DE AMERICA,
ONE WALL STREET NEW YORK - NY 10286

¹ A completar en cada Programa de CEDEAR con la información de la Tabla N° 3.
² Idem nota anterior
³ Idem nota anterior
⁴ Idem nota anterior
⁵ A completar en cada Programa de CEDEAR con la información de la Tabla N° 1
⁶ A completar en cada Programa de CEDEAR con la información de la Tabla N° 3

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BANCO COMAFI S.A. ("el Banco") con domicilio en Av. Presidente Roque Sáenz Peña 660, Capital Federal, ha establecido este Programa de CEDEAR el que se regirá por los siguientes Términos y Condiciones:

(i) a la fecha de emisión de cada CEDEAR, se habrán depositado en el Banco a través del Banco Custodio, las Acciones Subyacentes arriba descriptas.

(ii) a la fecha de emisión de los CEDEARs, éstos representarán las correspondientes Acciones Subyacentes de acuerdo al ratio de conversión de cada programa consignado en la Tabla Nro. 3.

(iii) cada CEDEAR emitido representará la cantidad de Acciones Subyacentes según se establece en el presente; y

(iv) El Titular registrado en el Registro Escritural del Programa de Emisión de CEDEAR, es el Titular del CEDEAR emitido y, salvo expresa disposición en contrario establecida en estos Términos y Condiciones, presentando la solicitud de cancelación de los CEDEARs, con la intervención del Agente de Registro mediante la documentación requerida por éstos, y luego del pago de las comisiones y gastos estipulados en estos Términos y Condiciones, tiene derecho al canje irrestricto por las Acciones Subyacentes que representan los CEDEARs, a opción del Titular y de conformidad con las leyes y reglamentaciones gubernamentales aplicables.

(v) En ningún caso el Banco otorgará al Titular, y en particular en los supuestos de los artículos 12 y 13, mayores derechos que los que el Banco posea como Titular de las Acciones Subyacentes.

(vi) La adquisición de la titularidad del CEDEAR por cualquier causa, importará la aceptación plena de estos Términos y Condiciones de Emisión, que regirán el Programa de Certificados de Depósito Argentinos.

El término "Titular" significa cualquier persona que se encuentre inscripta como tal en el Registro Escritural del Programa de CEDEAR, que como Agente de Registro actualmente lleva la Caja de Valores S.A. por cuenta y orden del Banco. El término "Ley de Títulos de 1933" significa la Ley de Títulos Valores de los Estados Unidos de 1933, con sus modificaciones periódicas. El término "Acciones Subyacentes" significa aquellas Acciones que podrán ser depositadas en el Banco Custodio a los efectos de que sean representadas por los CEDEARs actualmente o en el futuro emitidas, en circulación, totalmente integradas, no sujetas a pagos adicionales, libres de todo derecho de preferencia de los tenedores de Acciones en circulación o los certificados provisorios representativos de dichas Acciones.

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  1. Comprobante de la registración del CEDEAR. El Comprobante que emita el Agente de Registro (o el Banco si así lo decidiera en el futuro) será uno de una emisión continua de Comprobantes, que evidenciará la inscripción a favor del Titular de CEDEAR, todos ellos representativos de derechos de igual tenor respecto de las Acciones Subyacentes y emitidas o a ser emitidas en los Términos y Condiciones del Programa de CEDEAR establecidos en el presente, los que regirán el acuerdo permanente por parte del Banco respecto de las Acciones Subyacentes depositadas y también de los derechos de los Titulares de CEDEARs. El Banco no aceptará en depósito con conocimiento cualesquiera Acciones Subyacentes que deban ser registradas bajo las disposiciones de la Ley de Títulos de 1933 sino se encuentra entonces vigente una declaración de registro respecto de las Acciones Subyacentes en cuestión. El Banco no asume responsabilidad con respecto a la validez sustantiva de la emisión de las Acciones Subyacentes o el valor sustantivo y de mercado de las Acciones Subyacentes, entendiéndose por validez sustantiva la legalidad de la emisión, por valor sustantivo el valor intrínseco de las Acciones Subyacentes, y por valor de mercado el valor de cotización bursátil.

  2. Banco Custodio. El Banco Custodio es aquél en el cual se hallan depositadas las Acciones Subyacentes representadas por los CEDEARs, y designado más arriba en estos Términos y Condiciones. El Titular del CEDEAR acepta, por el hecho de su adquisición conforme a los Términos y Condiciones de Emisión, que el depósito de las Acciones Subyacentes sea llevado en el futuro, si así lo decidiera el Banco, la Sucursal Nueva York del Banco Custodio actualmente designado: (i) en otra agencia o sucursal de Bank of New York Mellon Corporation en los Estados Unidos de América; (ii) o en la Caja de Valores S.A. de la Ciudad de Buenos Aires; (iii) en el Depositario Central del país de emisión (iv) o en otro Banco Custodio que se designe conforme a lo normado por la Comisión Nacional de Valores en relación a este aspecto.

  3. Retiro de las Acciones Subyacentes. El plazo de entrega de las Acciones Subyacentes en el exterior, de acuerdo con lo indicado en la solicitud de cancelación recibida por el Banco Emisor, una vez cancelado el CEDEAR, será de un plazo máximo de 48 (cuarenta y ocho) horas hábiles. Asimismo, la cancelación de los CEDEARs y el retiro de las Acciones Subyacentes solamente podrá prorrogarse (i) debido a demoras temporarias ocasionadas por el cierre (bloqueo) de los libros de registro del Banco Emisor (o de su Agente de Registro) o del emisor de las Acciones Subyacentes o el depósito de Acciones en relación con la votación en una asamblea de accionistas o el pago de dividendos; (ii) hasta tanto se realice el pago de comisiones, impuestos y cargos similares; (iii) hasta tanto se dé cumplimiento a las leyes argentinas, de los Estados Unidos de América u otros países extranjeros o a reglamentaciones gubernamentales relacionadas con los Certificados o al retiro de las Acciones Subyacentes; o (iv) debido a cualquier otra razón contemplada en los formularios de registro aplicables ante la Securities and Exchange Commission (SEC) conforme a la Ley de Títulos de 1933, o en cualquier disposición que los reemplace o complemente, prorrogándose en tal caso los plazos para la entrega de las Acciones Subyacentes..

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  • CEDEAR. Títulos Valores Escriturales. Registración de los Titulares. Transmisión y Registración de otros derechos. El Banco Emisor llevará un Libro de Registro por intermedio de la Caja de Valores S.A. (el "Agente de Registro") (o bien en forma directa o a través del agente que designe en el futuro) en el cual se inscribirán las cuentas de sus Titulares, sus transmisiones y otros gravámenes y derechos sobre los títulos de acuerdo al régimen legal aplicable (Ley 24.587 y supletoriamente leyes 19.550 y 26831). Las registraciones se efectuarán acompañando los debidos instrumentos y contra el pago de fondos suficientes para hacer frente a las comisiones y gastos del Banco, a cualesquiera impuestos aplicables y demás cargas gubernamentales, previo cumplimiento de las reglamentaciones, si hubiera, establecidas por el Banco al efecto. Tales reglamentaciones, de existir en el futuro, serán las relativas a la acreditación de personería y certificación de la misma, información o documentación impositiva requerida conforme a la legislación aplicable, retenciones, u otros aspectos de procedimiento similares a los ejemplificados conforme a la normativa aplicable. El Banco Emisor podrá cerrar los libros de registración y transferencia en cualquier momento o de tanto en tanto cuando estime adecuado hacerlo en relación con el cumplimiento de sus deberes bajo el presente, sujeto a las disposiciones de este artículo. Las solicitudes de transferencia que no se realicen por intermedio del mercado bursátil se efectuarán al Banco conforme al Modelo de Formulario anexo a estos Términos y Condiciones.

  • Constancia de Ciudadanía o Residencia. El Banco podrá solicitarle a cualquier Titular de CEDEAR o a cualquier persona que presente títulos a efectos de su depósito contra la emisión de CEDEAR que presente de tanto en tanto las constancias de ciudadanía o residencia y toda otra información, por medio de una declaración jurada u otro medio y que otorgue los certificados y demás instrumentos que sean necesarios o adecuados para cumplir con cualesquiera leyes o reglamentaciones relacionadas con la emisión o transferencia de CEDEARs, con la recepción o distribución de dividendos u otros bienes, con los impuestos que les son aplicables o con las Acciones Subyacentes y el Banco podrá negarse a emitir o registrar la transferencia o cancelación de cualquier CEDEAR o a pagar los dividendos o entregar los bienes, las Acciones Subyacentes del Titular, u otra persona, según el caso, que no presente las citadas constancias, certificados o instrumentos.

  • Transmisión y Registro de Titularidad. La transmisión del CEDEAR y el registro de su Titular sólo tendrá efectos frente al Banco desde la fecha de su registración. El Banco considerará (sin tener en cuenta ninguna notificación en contrario salvo la registración de la transferencia) a la persona a cuyo nombre está registrado el CEDEAR en los libros del Banco llevados por el Agente de Registro como su Titular absoluto a efectos de determinar las personas con derecho a los dividendos u otras distribuciones o a cualquier notificación conforme a los términos del presente o a otros efectos.


  1. Restricciones a la Registración, Emisión, Transferencia, y/o Cancelación de CEDEARs. Sujeto a las disposiciones del artículo 4 del presente, la registración y en su caso la emisión de un CEDEAR contra el depósito de Acciones Subyacentes podrá ser suspendido temporariamente o también suspenderse temporariamente o negarse el registro de la transferencia o cancelación de CEDEARs en ciertas instancias, o el registro de transferencia de CEDEARs en circulación en general podrá ser suspendido durante cualquier periodo en que estén cerrados los libros del Banco Emisor o, si cualquier acción tal fuera considerada necesaria o aconsejable por el Banco Emisor en cualquier momento, o de tanto en tanto en razón de un requerimiento legal, gubernamental o bajo cualquier disposición de los Términos y Condiciones del CEDEAR o por cualquier otra circunstancia grave o extraordinaria que tornara necesario o aconsejable suspender momentáneamente el registro de emisión, cancelación y transferencia (tales como interrupción momentánea de las comunicaciones internacionales, huelgas, conflictos internacionales o circunstancias imprevistas similares). Tampoco se emitirán nuevos CEDEAR si excedieran el monto autorizado del Programa por la CNV. La emisión y cancelación de CEDEAR se efectuará sólo en bloques equivalentes a múltiplos de una Acción Subyacente representada por los CEDEAR, sin perjuicio de su negociación secundaria por unidades.

  2. Responsabilidad impositiva del Titular. El Banco no será responsable de impuestos, valuaciones o cargas gubernamentales ni de valuaciones o cargas societarias pagaderas respecto de las Acciones Subyacentes, ni de una parte proporcional de todos y cada uno de ellos, ya sea que dicho impuesto, valuación o carga resulte pagadera en razón de cualquier impuesto, ley, disposición de un instrumento orgánico, estatuto, reglamentación u otra norma presente o futura, de la República Argentina o un país extranjero, será pagadera por el Titular del CEDEAR al Banco en cualquier momento al serle solicitado. Ante la falta de pago de dicho monto por el Titular del CEDEAR el Banco podrá retener dividendos u otras distribuciones o podrá vender para la cuenta de dicho Titular la totalidad o una parte de las Acciones Subyacentes que están representadas por los CEDEARs, y podrá aplicar dichos dividendos y demás distribuciones o el producido de dicha venta al pago del impuesto, valuación o carga, entendiéndose que su Titular seguirá siendo responsable por cualquier monto faltante.

  3. Declaraciones y Garantías. Cada persona que presente Acciones Subyacentes a efectos de su depósito por el solo hecho de su presentación declara y garantiza que las Acciones Subyacentes, según corresponda, que cada CEDEAR por consiguiente, están válidamente emitidos, totalmente integrados, que no son objeto de cargas adicionales y que están libres de todo derecho de preferencia y que la persona que efectúa dicho depósito está debidamente autorizada a hacerlo, y que se trata de Acciones Subyacentes libres de todo gravamen, en el pleno e irrestricto ejercicio de sus derechos, y de libre disponibilidad. Cada una de dichas personas por el solo hecho de

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la presentación de Acciones Subyacentes a los efectos de su depósito declara y garantiza que las Acciones Subyacentes se encuentran registradas bajo la Ley de Títulos de 1933 en relación con la oferta o venta de los mismos en los Estados Unidos. Las declaraciones y garantías subsistirán el depósito de dichos títulos y la emisión de los CEDEAR.

10. Estipulaciones Adicionales

El CEDEAR se ha emitido con sujeción a estos Términos y Condiciones, aprobados por la CNV a cuyas disposiciones deberán ajustarse y someterse en forma expresa todos los derechos del Titular del CEDEAR, entendiéndose que todos dichos Términos y Condiciones forman parte del acuerdo evidenciado por la adquisición del CEDEAR, circunstancia que ha sido plenamente aceptada y aprobada por el Titular del CEDEAR por el solo hecho adquirir su titularidad.

11. Información Disponible

A partir de la emisión del CEDEAR de acuerdo a lo previsto en estos Términos y Condiciones, se presenta en forma permanente a la CNV y se pone a disposición de los Titulares de CEDEARs la totalidad de la información y documentación establecida en el artículo 10 de la Sección II, Capítulo VIII del Título II de las Normas de la CNV (NT 2013 y mod.):

  1. a través del acceso al sitio web de la CNV http://www.argentina.gob.ar/cnv;
  2. mediante el acceso al sitio web del sistema EDGAR de la Securities and Exchange Commission ("SEC") www.sec.gov de los Estados Unidos;
  3. a través del acceso al sitio web https://www.comafi.com.ar/2258-CEDEARs.note.aspx provista por el Banco y a través del cual se tendrá acceso directo a la página Internet de cada una de las sociedades emisoras, información y documentación que se proporcionará en forma permanente durante la totalidad del plazo de vigencia del Programa de Emisión de CEDEAR y hasta su conclusión y cancelación.

Asimismo y de acuerdo a la reglamentación vigente de la Securities and Exchange Commission ("SEC") para emisores de las Acciones Subyacentes, el Banco se responsabiliza a entregar a los mercados bursátiles argentinos en los cuales se encuentren actualmente (BYMA) o en el futuro listados los CEDEARs, una copia de los balances de aquellas empresas que luego de 6 (seis) meses de cerrados sus estados contables los mismos no hayan sido publicados en la respectiva dirección de Internet de la SEC.

12. Notificaciones - Derechos de Voto

El Banco pondrá a disposición de los Titulares, de acuerdo con lo establecido en el artículo precedente, las notificaciones, comunicaciones, e informes acerca de asambleas de accionistas emitidos por el emisor de las Acciones Subyacentes representadas por los CEDEARs (en adelante el "Emisor"), y recibidos por el Banco y/o por el Banco Custodio. Asimismo las comunicaciones e informes recibidos por el Banco o cualquier agente, designatario,

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custodio o corresponsal del Banco, que hubieran sido cursados por el Emisor o por el Banco Custodio y/o (a) que hubieran sido recibidos por el Banco como tenedor de las Acciones Subyacentes; y/o (b) que hubieran sido puestos a disposición de los tenedores de dichas Acciones Subyacentes por el Emisor o por el Banco Custodio, también serán informados de conformidad con el artículo 11. No pesa sobre el Banco obligación alguna de cursar a cada Titular en particular, las mencionadas notificaciones, comunicaciones e informes.

Ante una solicitud escrita del Titular de los CEDEARs recibida en el plazo previo a la realización de la asamblea que establezca y publique el Banco, y previo pago de los gastos necesarios, el Banco dedicará todo esfuerzo razonable para ejercer todos los derechos de voto entonces vigentes respecto del número de Acciones Subyacentes representadas por los CEDEARs de conformidad con la solicitud arriba mencionada.

  1. Distribuciones de dividendos y otros accesorios. Hasta la resolución del acuerdo evidenciado por la emisión del CEDEAR de conformidad con los Términos y Condiciones del Programa de Emisión de CEDEARs, el Banco deberá distribuir o poner de otra forma a disposición del Titular, en cualquier momento y en la forma que éste determine, todo dividendo en efectivo, demás distribuciones en efectivo, distribución de acciones, derechos de suscripción u otros, o cualquier otra distribución respecto del monto de Acciones Subyacentes representadas por los CEDEARs, netas o luego del pago de las comisiones y gastos del Banco a que se hace mención más adelante en el artículo 19, y de la retención de cualesquiera impuestos aplicables; estableciéndose, sin embargo, que el Banco no efectuará distribución alguna que, a criterio del asesor legal, podría importar una violación de la Ley 26.831 de la República Argentina, o de cualquier otra legislación aplicable y, en tales casos, el Banco podrá vender las Acciones Subyacentes, derechos de suscripción u otros derechos, títulos o demás bienes y notificará a los Titulares acerca de la disposición de los mismos y del producido de dicha venta. Todos los dividendos u otras distribuciones recibidos por el Banco serán distribuidos en dólares estadounidenses. En lugar de distribuir fracciones de acciones, el Banco podrá, a su criterio, vender títulos o bienes por un monto igual al total de cualesquiera fracciones de acciones. El Banco tendrá facultades discrecionales en cuanto al procedimiento a ser seguido al poner a disposición del Titular derechos de suscripción u otros derechos o al disponer de dichos derechos en representación de cualquier Titular poniendo a disposición de dicho Titular el producido neto de la disposición efectuada, estableciéndose que si en virtud de los términos de dicha oferta de derechos o por cualquier otra razón de disposición legal, gubernamental, de fuerza mayor o caso fortuito, u otra razón por la cual no fuera lícito para el Banco el poner derechos de suscripción a disposición de cualquier Titular o el disponer de dichos derechos poniendo el producido neto de la venta de dichos derechos a disposición de dicho Titular, el Banco informará sobre el particular así como también dentro de sus posibilidades, las alternativas entre las cuales el Titular podrá optar para poder ejercer sus derechos por sí mismo y según su conveniencia, sin que ello implique perjudicar al Banco de alguna manera. Sin perjuicio de ello en todo momento, el Banco efectuará su mejor esfuerzo para resguardar los derechos de los Titulares. Las ventas de derechos

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de suscripción o de otros derechos, de títulos u otros bienes por parte del Banco podrán concretarse en la ocasión y forma que el Banco estime aconsejables y, en dicho caso, el Banco deberá distribuir al Titular del CEDEAR el producido neto previa deducción de todas las comisiones y gastos del Banco descriptas más adelante en el artículo 19 y de todas las retenciones impositivas u otras cargas gubernamentales aplicables.

Si el Banco determinara a su exclusivo criterio que alguna de las distribuciones en efectivo no es convertible en su totalidad o respecto de los Titulares de una porción de los CEDEARs sobre una base razonable en dólares estadounidenses disponibles en la Ciudad de Buenos Aires, o si cualquier aprobación o permiso requerido de cualquier gobierno o repartición a efectos de dicha conversión fuera negado o no fuera obtenido dentro de un plazo razonable, el Banco podrá, a su criterio, realizar la conversión y distribución al tipo de cambio que el Banco estime adecuado y que sea aceptado por la CNV, y respecto de cualquier moneda no convertida o convertible (i) la distribuirá a los Titulares con derecho a ello; o (ii) la conservará para las respectivas cuentas de dichos Titulares y otorgará las registraciones adecuadas u otros instrumentos representativos de derechos a recibir dicha moneda extranjera. El Banco se ajustará en todos los casos a la legislación vigente en materia cambiaría en la República Argentina.

El Banco publicará la distribución en la Autopista de la Información Financiera de la CNV así como a través de los sitios web informados anteriormente en el artículo 11.

El Banco se reserva el ejercicio de sus facultades conforme a lo establecido en los párrafos precedentes del presente artículo. Sin perjuicio de ello, el Banco seguirá estas pautas en los siguientes casos:

a) Dividendos. Efectivo y títulos. Los dividendos en títulos serán pagados mediante la emisión de nuevos CEDEARs, siempre que los dividendos puedan ser pagados en CEDEARs enteros. Los lotes pequeños ("odd lots") de dividendos en Acciones que sólo permitan la emisión de fracciones de CEDEARs serán enajenados y distribuidos en efectivo a los Titulares de los CEDEARs.

b) Derechos de suscripción. El Banco enajenará los derechos de suscripción y distribuirá su producido neto de gastos a los Titulares de los CEDEARs cuando ello sea posible.

c) Los Titulares de los CEDEARs que deseen recibir Acciones Subyacentes en lugar de efectivo en los casos previstos en los apartados. a) y b) podrán cancelar los CEDEARs y proceder al retiro y obtener la posesión de las Acciones Subyacentes, conforme lo previsto en el artículo 3 de estos Términos y Condiciones.

  1. Fechas de Registro. Cuando se torne exigible cualquier dividendo en efectivo u otras distribuciones en efectivo o cuando se realicen distribuciones que no

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sean en efectivo o cuando se emitan derechos respecto de las Acciones Subyacentes o cuando el Banco sea notificado de cualquier asamblea de tenedores de las Acciones Subyacentes o cuando sea necesario a criterio del Banco determinar los Titulares de CEDEARs, el Banco fijará una fecha de registro para la determinación de los Titulares en general o para la determinación de los Titulares de CEDEARs que tendrán derecho a recibir los dividendos, distribuciones o derechos o el producido neto de la venta de los mismos, o a impartir instrucciones para ejercer derechos de voto en cualquiera de dichas asambleas. La solicitud de registración en el registro de la transferencia del CEDEAR con posterioridad a cualquier fecha de registro y con anterioridad a la fecha de pago, distribución o asamblea no afectará el derecho del Titular registrado de recibir el pago o distribución en dicha fecha de registro o de indicar la forma en que habrán de votarse las Acciones Subyacentes representadas por el presente. La fecha de registro coincidirá con la fecha de registro establecida en el domicilio de la emisora de las Acciones Subyacentes, excepto en los casos en que se requiera una anticipación mayor y así sea informado por el Banco al Agente de Registro.

  1. Cambios que Afectan a las Acciones Subyacentes. De ocurrir (i) cualquier cambio en el valor nominal o a la par o una división, combinación u otra forma de reclasificación de las Acciones Subyacentes; o (ii) cualquier recapitalización, reorganización, venta de activos, liquidación, intervención, quiebra, fusión por absorción, fusión propiamente dicha que afecte a o de la cual sea parte de la sociedad emisora, entonces y en cualquiera de dichos casos el Banco podrá canjear o entregar las Acciones Subyacentes y aceptar y mantener bajo el presente en reemplazo de ellos otras Acciones, títulos, efectivo o bienes a ser emitidos o entregados en lugar o canje o a ser distribuidos o pagados respecto de dichas Acciones Subyacentes.

Ante un canje o entrega del tipo citado, el Banco podrá a su solo criterio cancelar el CEDEAR (contra el pago de las comisiones y gastos del Banco y de todos los impuestos y cargas gubernamentales o de otra índole aplicables) en canje de uno o más CEDEARs del mismo tenor que el CEDEAR cancelado, describiendo en forma expresa los nuevos Acciones, títulos, efectivo u otros bienes. En cualquiera de estos casos el Banco podrá fijar la fecha a partir de la cual el CEDEAR solamente conferirá a su Titular el derecho a recibir dicho nuevo CEDEAR o CEDEARs.

Si cualquiera de las Acciones Subyacentes fueran instrumentos rescatables, el Banco tendrá los derechos que se establecen en el párrafo anterior. El Banco publicará la información relativa, en la Autopista de la Información Financiera de la CNV (pudiendo a su opción informar adicionalmente a través de otros medios) de cualquier rescate de las Acciones Subyacentes al Público Inversor, estableciéndose que si se rescataran menos de la totalidad de las Acciones Subyacentes, el Banco deberá extraer y seleccionar del Programa de Emisión de CEDEARs en la forma que estime adecuada una cantidad equivalente de CEDEARs y deberá informar una notificación de rescate en el sitio web de la CNV conforme al Programa de CEDEARs seleccionado a efectos de su rescate, en su totalidad o en parte. El único derecho de los Titulares de los CEDEARs elegibles a efectos de su rescate luego de la información publicada a través

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del sitio web de la CNV será el de recibir el efectivo, derechos y/u otros bienes aplicables, contra la cancelación al Banco (y contra el pago de las comisiones y gastos del Banco y de cualesquiera impuestos aplicables y cargas gubernamentales o de otra índole) de los CEDEARs que evidencian dichas Acciones Subyacentes.

16. Responsabilidad del Banco

El Banco no asume obligaciones o responsabilidades frente al Titular de CEDEARs (incluyendo, sin limitación, responsabilidad respecto de la validez o valor de las Acciones Subyacentes y respecto del plazo y tipo de cambio utilizado para la conversión de divisas en dólares estadounidenses), excepto en cuanto conviene que cumplirá y ejecutará las obligaciones asumidas en los Términos y Condiciones del Programa de Emisión de CEDEARs sin culpa ni dolo.

Adicionalmente, si el Banco no pudiera o se le prohibiera realizar o consumar o si fuera sancionado penal o civilmente o se le aplicaran gastos extraordinarios al realizar o consumar un acto que en virtud de los Términos y Condiciones del Programa de Emisión de CEDEARs debe ser llevado a cabo, el Banco no será responsable frente al Titular del CEDEAR si su actuar se debe a las disposiciones de una ley nacional o provincial presente o futura de la República Argentina, o de los Estados Unidos de América, u otro país o subdivisión política, o a una disposición presente o futura de los documentos orgánicos o acta constitutiva, estatutos o código de reglamentaciones del Emisor; y el Banco no asume responsabilidad frente a ningún Titular del CEDEAR por la demora en el cumplimiento o falta de cumplimiento de un acto que en virtud de los Términos y Condiciones del Programa debe ser realizado o cumplido o por el ejercicio o no ejercicio de cualquier facultad discrecional del Banco contemplada en estos Términos y Condiciones, cuando la demora, falta de cumplimiento, ejercicio o falta de ejercicio tienen como explicación un acto de fuerza mayor o guerra o cualquier otra circunstancia que escape a su control, los que serán considerados eximentes de responsabilidad derivada de la culpa o dolo.

El Banco no será responsable por no llevar adelante cualquier solicitud de ejercicio de los derechos de voto, o por la forma o efectos de cualquier votación (solicitada o no) o por la falta de ejercicio de cualquier derecho de voto, salvo que mediara culpa o dolo. No pesa sobre el Banco obligación alguna de comparecer, proseguir o defender cualquier acción, juicio u otro procedimiento respecto de cualquiera de las Acciones Subyacentes o respecto de los CEDEARs que a su criterio pueda importar para el Banco un gasto o responsabilidad, salvo que se le suministre una indemnidad satisfactoria de todo gasto o responsabilidad tan pronto como sea requerida. El Banco no incurrirá en responsabilidad alguna frente al Titular del CEDEAR por cualquier acción adoptada u omisión incurrida por él basándose en el asesoramiento o información de sus asesores legales, contadores, cualquier persona que presente Acciones a efectos de su depósito, cualquier Titular o cualquier otra persona que a su leal saber y entender sea competente para brindar dicho asesoramiento o información, salvo que mediara culpa o dolo de El Banco. El Banco y cualquiera de sus afiliadas

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podrán constituirse en Titulares de CEDEARs y comercializar títulos de cualquier clase del Emisor y los CEDEARs.

Queda entendido que el Banco es el emisor de los CEDEARs y como tal es la persona jurídica responsable, sin extensión a ninguna otra persona jurídica, que resulta del acuerdo evidenciado en los Términos y Condiciones del Programa de CEDEARs.

17. Modificación de los Términos y Condiciones de Suscripción del Programa de Emisión de CEDEARs

Los Términos y Condiciones del Programa de Emisión de Certificados de Depósito Argentinos (CEDEARs) podrán en cualquier momento, y de tanto en tanto, ser reformados por el Banco en cualquier aspecto que éste considere necesario o aconsejable, previa presentación a la CNV y aprobación por dicha autoridad y posterior publicación en la Autopista de la Información Financiera de la CNV, en el sitio web http://www.argentina.gob.ar/cnv, de conformidad con la normativa vigente. Cualquier reforma que perjudique cualquier derecho sustancial vigente a ese momento de los Titulares no se aplicará a los CEDEARs en circulación hasta transcurridos 30 (treinta) días luego de la notificación de la citada reforma a los Titulares de los CEDEARs en circulación; estableciéndose, sin embargo, que el citado plazo de 30 (treinta) días no se aplicará respecto de cualquier reforma que imponga o incremente cualquier impuesto u otra carga gubernamental, comisión de registro, costos de transmisión por teléfono, email, cable o fax, costos de entrega u otros similares. Al entrar en vigencia cualquier reforma, se considerará que todo Titular que posea entonces un CEDEAR registrado a su nombre y lo continúe poseyendo producida la reforma en cuestión, ha dado su consentimiento y manifestado su acuerdo con la referida reforma y que ha acordado obligarse por el acuerdo evidenciado por los Términos y Condiciones del CEDEAR así reformados. Ninguna reforma afectará en modo alguno, el derecho que tiene el Titular de un CEDEAR de canjear irrestrictamente sus CEDEARs en todo momento (antes, durante o después de entrada en vigencia de la modificación de los Términos y Condiciones del Programa) por las Acciones Subyacentes representadas por éstos, mediante su cancelación, salvo para cumplir con disposiciones obligatorias de la legislación aplicable.

18. Conclusión y Resolución del Programa de Emisión de CEDEARs y Cancelación del CEDEAR

En caso de vencimiento, resolución o liquidación del Programa de Emisión de CEDEARs, el procedimiento aplicable a la liquidación de los CEDEARs se realizará conforme a las pautas, procedimientos y modalidades que rijan para los valores negociables subyacentes representados por los CEDEARs, de acuerdo con la normativa vigente y las disposiciones del mercado de origen. Esto podrá implicar, según corresponda, la entrega de los valores subyacentes, el pago en efectivo, o cualquier otra modalidad de liquidación que resulte aplicable a los valores negociables subyacentes, incluyendo los casos de rescate, reorganización, fusión, quiebra, liquidación o cualquier otro evento corporativo relevante.

En todos los casos, los titulares de CEDEARs serán responsables del pago de los gastos, comisiones e impuestos que pudieran corresponder en virtud de la liquidación,

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entrega de valores subyacentes, pago en efectivo o cualquier otra modalidad que se aplique, conforme a la normativa vigente y a los Términos y Condiciones del Programa. El Banco Emisor actuará conforme a la normativa local y las regulaciones del mercado de origen de los valores subyacentes, asegurando que los titulares de CEDEARs reciban el tratamiento económico equivalente al que corresponda a los titulares de los valores negociables subyacentes, sujeto al pago de las comisiones, gastos e impuestos aplicables.

El Programa de CEDEARs no estará sujeto a un plazo de vencimiento, y el Banco cumplirá en forma permanente y continúa las obligaciones establecidas en los Términos y Condiciones, incluida la de información conforme a lo previsto en el artículo 11. Sin embargo, el Banco podrá en cualquier momento concluir y resolver el Programa de Emisión de CEDEARs conforme a estos Términos y Condiciones, cursando una notificación de tal resolución mediante la publicación de hecho relevante en el sitio web de la CNV (pudiendo además notificar mediante otros medios que el Banco estime pertinente) a los Titulares de todos los CEDEARs emitidos en ese momento, como mínimo 30 (treinta) días antes a la fecha fijada en la referida notificación de resolución. Al momento y con posterioridad a la citada fecha de resolución el Titular, contra cancelación del CEDEAR en la Oficina de Títulos del Banco, tendrá derecho a recibir las Acciones Subyacentes representadas por los CEDEARs en dicha fecha de resolución en los mismos Términos y Condiciones, contra el pago de una comisión a las tasas dispuestas en los Términos y Condiciones de emisión para la cancelación del CEDEAR y entrega de Acciones Subyacentes, y contra el pago de todo impuesto y carga gubernamental o de otro tipo aplicable. El Banco cancelará en dólares estadounidenses en la forma contemplada en el presente todo dividendo en efectivo recibido luego de la resolución, previa deducción de las comisiones y gastos del Banco y de los impuestos y otras cargas gubernamentales mencionadas en el presente y conservar el saldo de dichos dividendos para beneficio proporcional de los Titulares de los respectivos CEDEARs. Dicha distribución se efectuará a través de Caja de Valores S.A. (o a través del agente que el Banco designe en el futuro) depositando el resultante en la cuenta de titularidad del tenedor del CEDEAR. En lo que respecta a cualquier CEDEAR que no sea entregado de la citada manera dentro de los 30 (treinta) días posteriores a la resolución, el Banco no tendrá de allí en adelante obligación alguna con respecto a la cobranza o desembolso de cualquier dividendo posterior o a cualesquiera suscripciones u otros derechos que se devenguen sobre las Acciones Subyacentes, ni deberá el Banco proveer la información prevista en el artículo 11. Transcurridos 6 (seis) meses de la resolución, el Banco podrá vender cualquier Acción Subyacente remanente en la forma que él determine adecuada, pudiendo conservar de allí en adelante sin invertir el producido neto de cualquiera de tales ventas, junto con cualquier dividendo recibido antes de la mencionada venta o los dólares estadounidenses recibidos al convertirlos, segregándolos del resto de su patrimonio y sin responsabilidad por los intereses sobre los mismos, para el beneficio proporcional de los Titulares de los CEDEARs cuya cancelación no hubiera sido solicitada hasta entonces Luego de la citada venta o, de no poder concretarse una venta tal luego de transcurridos dos años desde la fecha de resolución, el Banco quedará liberado de toda obligación que hubiere persistido y de la cual no hubiere quedado liberado aún el Banco de conformidad con los dispuesto en el

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presente artículo transcurridos los 30 días de la resolución citada, respecto de los Titulares de los CEDEARs, con excepción de la obligación de distribuir el producido neto de la venta y los referidos dividendos (luego de deducir las comisiones, cargas y gastos del Banco) o las Acciones Subyacentes si no pudiera efectuarse una venta contra entrega de los CEDEARs, obligación que tampoco podrá ser exigible por los Titulares de CEDEARs luego de los cinco años de publicada la mencionada resolución de acuerdo al plazo de prescripción genérico del Código Civil y Comercial de la Nación. En caso de que los valores negociables subyacentes representados por los CEDEARs de uno o más Programas dejaran de negociarse en mercados autorizados por la Comisión Nacional de Valores y pasaran a cotizar exclusivamente en mercados no autorizados, el Emisor procederá a dar de baja el o los Programas de CEDEARs afectados, de conformidad con la normativa vigente aplicable.

  1. Ciertas Comisiones y Cargas del Banco. El Banco podrá cobrar comisiones por la recepción de depósitos y emisión de CEDEARs, por la entrega de las Acciones Subyacentes contra la cancelación de los CEDEARs, por la transferencia de CEDEARs, por la distribución de dividendos, por las ventas o ejercicios de derechos, o por cualquier otro servicio prestado bajo el presente. Las comisiones del Banco podrán ser diferentes de las de otros emisores de CEDEARs. El Banco se reserva el derecho de alterar, reducir o aumentar cualquier comisión o carga por los servicios prestados previa publicación al mercado. Si se tratara de aumentos de las comisiones éstos serán aplicables a los tenedores a partir de los (30) días de su publicación.

  2. Ley y Jurisdicción Aplicable. El Programa de Emisión de CEDEARs regido por estos Términos y Condiciones de Suscripción se interpretará de conformidad con las leyes de la República Argentina, y todos los derechos, obligaciones y disposiciones que emanan de los mismos se regirán por dichas leyes de la República Argentina aplicables a los contratos celebrados y a ser cumplidos en su jurisdicción. Se deja constancia sin embargo de que el Contrato de Depósito en Custodia de las Acciones Subyacentes se rige por la ley del Estado de Nueva York. Cualquier controversia o reclamo que se suscite respecto de su ejecución e interpretación se someterá definitivamente a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la Ciudad de Buenos Aires, con renuncia expresa a cualquier otro tribunal o jurisdicción.

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BANCO COMAFI S.A.

MODELO DE FORMULARIO DE SOLICITUD DE REGISTRACION DE TRANSFERENCIA DE CEDEAR PREVISTO EN EL ART.4 DE LOS TERMINOS Y CONDICIONES DEL PROGRAMA DE CEDEARs.

POR VALOR RECIBIDO, el suscripto vende, cede y transfiere a:

Sírvase insertar el número de Documento de Identidad o C.U.I.T. u otro número identificatorio del cesionario _________ (Sírvase imprimir o mecanografiar el nombre y domicilio del cesionario)

________ el CEDEAR al que se hace referencia y todos los derechos y participaciones representados por éste, y por el presente designa y nombra de manera irrevocable a ________ apoderado, para transferirlo en los libros del Banco, con plenos poderes de sustitución.

Fecha: ________ Firma: ________

Si la solicitud de transferencia e inscripción en el Registro de CEDEARs está firmada por un apoderado, albacea, sindico, fiduciario o custodio, el endosante deberá informar su cargo e investidura y suministrar la constancia de la autoridad que le ha sido conferida para actuar en tal carácter, la cual, si no se hubiera presentado ante el Banco, deberá enviarse juntamente con el presente Formulario.

En toda solicitud de registración de transferencia del CEDEAR deberá estar certificada la firma.

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ANEXO ARTICULO 19 DE LOS TERMINOS Y CONDICIONES DE LOS PROGRAMAS DE CEDEAR DE BANCO COMAFI S.A.

TABLA DE HONORARIOS Y COMISIONES DE LOS PROGRAMAS DE CEDEAR

BANCO COMAFI S.A. PERCIBIRÁ LOS SIGUIENTES HONORARIOS Y COMISIONES POR LA EMISIÓN, CANCELACIÓN Y EJERCICIO DE DERECHOS DE VOTO DE CEDEARS CONFORME A LOS PROGRAMAS DE CERTIFICADOS ARGENTINOS.

HONORARIOS DE EMISIÓN
U$S 0,01 POR CEDEAR¹
HONORARIOS DE CANCELACIÓN
U$S 0,03 POR CEDEAR¹

HONORARIOS Y GASTOS POR EJERCICIO DE DERECHOS DE VOTO: Se abonarán los honorarios y gastos que liquide el Agente de Registro, más los gastos de transferencia de las instrucciones a New York, más los gastos que liquide el Banco Custodio por el ejercicio de los derechos de voto.

Comisión Mínima: La comisión mínima a aplicar por cada operación de emisión/cancelación de CEDEAR será de U$D 10.

Comisión por pago de dividendos: Se aplicará una comisión del 8% sobre el valor neto de cada pago de dividendo en dólares estadounidenses.

Costos: En todos los casos los Titulares de CEDEARs se harán cargo de los gastos en concepto de impuestos y contribuciones (inclusive intereses y penalidades) y cualquier arancel gubernamental, incluido el Impuesto al Valor Agregado si correspondiera.

Buenos Aires, 7 de mayo de 2026

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¹ más el Impuesto al Valor Agregado y otros impuestos que pudieran corresponder