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Banco Comafi S.A. Audit Report / Information 2014

May 13, 2014

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ACTA Nº: 411

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los nueve días del mes de mayo de 2014, siendo las 9.00 horas, se reúnen en la sede social de Banco Comafi S.A. los miembros de la Comisión Fiscalizadora que firman al pie, a fin de considerar los estados contables de la Entidad al 31 de marzo de 2014, que fueran aprobados por el Directorio el pasado ocho del corriente.

A los fines indicados, toma la palabra el Contador Jorge Perdomo y manifiesta que, como es de conocimiento de los presentes, se han realizado las tareas de control contable previstas en el artículo 294 de la Ley 19.550. Agrega que dichos controles incluyen la revisión de los estados contables de la Entidad al 31 de marzo de 2014, revisión efectuada sobre la base de la que a su vez practicara sobre tales estados contables la firma Pistrelli, Henry Martin y Asociados S.R.L., cuyo informe, suscripto por la Contadora Andrea N.Rey (socia de la firma Pistrelli, Henry Martin y Asociados S.R.L.) se ajusta a las normas de auditoría vigentes en Argentina y a las Normas mínimas sobre auditorías externas del BCRA, y del cual no resultan observaciones respecto al cumplimiento de las normas del BCRA por parte de la Entidad. Asimismo, de acuerdo con lo requerido por la Resolución Nº 622 de la Comisión Nacional de Valores, en relación con la independencia de los auditores externos y la calidad de las políticas de auditoria aplicadas por los mismos, así como las políticas de contabilización de la Entidad, hace saber que el informe de fecha 8 de mayo de 2014 que emitió la Contadora Andrea N.Rey (socia de la firma Pistrelli, Henry Martin y Asociados S.R.L.) sobre los estados contables de la Entidad al 31 de marzo de 2014 incluye la manifestación de haber aplicado las normas de auditoria vigentes en la República Argentina, que comprenden los requisitos de independencia, y no contiene salvedades en relación con la aplicación de tales normas y de las normas contables profesionales vigentes en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, salvo por lo expresado en dicho informe en cuanto a la aplicación de las normas emitidas por el Banco Central de la República Argentina.

Seguidamente, toman la palabra sucesivamente el Dr. Fernando Gastón David y el Dr.Tomás Camps quienes exponen, en los aspectos que hacen a sus respectivas especialidades, que han verificado la aplicación de los controles de legalidad previstos en el artículo 294 de la Ley 19.550 a fin de constatar el cumplimiento por los órganos sociales de las disposiciones de la citada Ley, las que resultan del Estatuto social y las que surgen de las resoluciones asamblearias de la sociedad, sin que a su respecto tengan observaciones que formular. Luego de un breve intercambio de opiniones los presentes aprueban por unanimidad las tareas realizadas.

Finalmente, se procedió al análisis del Patrimonio Neto Mínimo y Contrapartida en virtud de lo establecido en la Sección III del Capítulo I del Título VI de la Resolución General 622/2013.

Habiéndose completado las tareas de auditoría previstas en la Ley 19.550 corresponde emitir el informe que la citada norma exige a esta Comisión, razón por la cual se somete a consideración de los presentes el texto transcripto a continuación, el cual es aprobado y suscripto por unanimidad:

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 9 de mayo de 2014

A los Señores Accionistas

de Banco Comafi S.A.

Av. Pte.Roque Saenz Peña 660, piso 3°

Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Ref.: Informe de revisión limitada de Estados Contables.

De nuestra consideración:

  1. Hemos efectuado una revisión limitada del estado de situación patrimonial adjunto de BANCO COMAFI S.A. al 31 de marzo de 2014 y de los correspondientes estados de resultados, de evolución del patrimonio neto y de flujo de efectivo y sus equivalentes por el período de nueve meses terminado en esa fecha. Dichos estados contables son responsabilidad del Directorio de la Entidad en ejercicio de sus funciones exclusivas.

  2. Nuestro trabajo se basó en la revisión limitada de los documentos arriba indicados efectuada por la firma Pistrelli, Henry Martin y Asociados S.R.L. de acuerdo con las normas de la Resolución Técnica N° 7 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas aplicables a la revisión limitada de estados contables de períodos intermedios y con las “Normas mínimas sobre auditorías externas” emitidas por el Banco Central de la República Argentina (B.C.R.A.) para la revisión de estados contables trimestrales, y se circunscribió a verificar la razonabilidad de la información significativa de los documentos examinados, su congruencia con la información sobre las decisiones societarias expuestas en actas, y la adecuación de dichas decisiones a la ley y a los estatutos, en lo relativo a sus aspectos formales y documentales. No hemos efectuado ningún control de gestión y, por lo tanto, no hemos evaluado los criterios y decisiones empresarias de administración, financiación y comercialización, dado que estas cuestiones son de responsabilidad exclusiva del Directorio de la Entidad.

  3. Tal como se menciona en la nota 3 a los estados contables adjuntos, los estados contables mencionados en el párrafo 1. han sido preparados por la Entidad de acuerdo con las normas contables establecidas por el B.C.R.A., las cuales difieren de las normas contables profesionales aprobadas por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina, en ciertos aspectos de valuación y exposición que se describen y cuantifican en la mencionada nota.

  4. Basados en nuestra revisión y en el informe de fecha 8 de mayo de 2014 que emitió la contadora Andrea N. Rey (socia de la firma Pistrelli, Henry Martin y Asociados S.R.L.), no hemos tomado conocimiento de hechos o circunstancias que hagan necesario efectuar modificaciones significativas a los estados contables adjuntos de BANCO COMAFI S.A. al 31 de marzo de 2014 mencionados en el párrafo 1., para que los mismos estén presentados de conformidad con las normas establecidas por el B.C.R.A. y, excepto por el efecto de las cuestiones mencionadas en el párrafo 3.; con las normas contables profesionales vigentes en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina.

  5. Informamos que, en cumplimiento de disposiciones legales vigentes y en ejercicio del control de legalidad que nos compete, hemos aplicado durante el período los restantes procedimientos descriptos en el artículo N° 294 de la Ley N° 19.550 que consideramos necesarios de acuerdo con las circunstancias, no teniendo que formular otras observaciones al respecto.

  6. La Sociedad ha dado cumplimiento al artículo 5º de la Resolución General 20/2004 de la Inspección General de Justicia.

  7. En relación a las exigencias establecidas por la Comisión Nacional de Valores respecto a Patrimonio Neto Mínimo y Contrapartida dispuestas en la Sección III del Capítulo I del Título VI de la Resolución General 622/2013, no tenemos observaciones que formular, en lo que es materia de nuestra competencia, sobre la información contenida en la nota 6. a los estados contables individuales al 31 de marzo de 2014.

Acto seguido se resuelve que a los efectos de facilitar el proceso de emisión de la documentación, tanto el informe como cualquier otra documentación relacionada con el mismo sea firmado, en representación de la Comisión Fiscalizadora, por cualquiera de sus miembros en ejercicio. Luego de un breve intercambio de opiniones se aprueba por unanimidad el punto.

Finalmente, el Señor Jorge Alejandro Perdomo enumera los temas tratados en las reuniones de Directorio celebradas desde la última la reunión comentándose los mismos en profundidad a los presentes para su toma de conocimiento de las cuestiones relevantes.

Siendo las 11.15 horas se levanta la sesión previa lectura y ratificación de lo expuesto.

Fernando G. David Tomás Camps Jorge A. Perdomo

Síndico Titular Síndico Titular Síndico Titular