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Banco CMF S.A. Audit Report / Information 2017

Aug 9, 2017

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INFORME DE LA COMISIÓN FISCALIZADORA

A los señores Accionistas de

CMF ASSET MANAGEMENT S.A.U.

Macacha Güemes 150 1er. piso

Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Hemos efectuado una revisión de los estados contables de período intermedio de CMF ASSET MANAGEMENT S.A.U. (la “Sociedad”) que se adjuntan, los que comprenden el estado de situación patrimonial al 30 de junio de 2017, de evolución del patrimonio neto y de flujo de efectivo por el período de seis meses finalizado en esa fecha, las Notas 1 a 9 y Anexo I.

Responsabilidad del Directorio de la Sociedad en relación con los estados contables intermedios

El Directorio es responsable de la preparación y presentación de los estados contables de período intermedio adjuntos de conformidad con las normas contables y por el diseño, implementación y mantenimiento del control interno que considere necesario para permitir la preparación de estados contables libres de incorrecciones significativas.

Responsabilidad de la Comisión Fiscalizadora

Nuestra responsabilidad consiste en emitir una conclusión sobre los estados contables de período intermedio adjuntos sobre la base de nuestra revisión. Nuestro trabajo fue realizado de acuerdo con las normas de sindicatura vigentes. Dichas normas requieren que la revisión de los documentos antes citados se efectúe de acuerdo con las normas de auditoría vigentes. No hemos efectuado ningún control de gestión y, por lo tanto, no hemos evaluado los criterios y decisiones empresarias de administración, financiación y, comercialización, dado que estas cuestiones son de responsabilidad exclusiva del Directorio. Para realizar nuestra tarea profesional sobre los documentos citados en el primer párrafo, hemos revisado el trabajo efectuado por la firma PISTRELLI, HENRY MARTIN Y ASOCIADOS S.R.L. en su carácter de auditores externos, quienes emitieron su informe con fecha 8 de agosto de 2017, de acuerdo con las normas de revisión establecidas en la Resolución Técnica N°37 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas. De acuerdo con dichas normas, una revisión consiste principalmente en aplicar procedimientos analíticos y otros procedimientos de revisión sobre la información contable incluida en los estados contables intermedios y en efectuar indagaciones a los responsables de su elaboración. El alcance de una revisión es sustancialmente menor al de un examen de auditoría practicado de acuerdo con las normas de auditoría vigentes y, por consiguiente, no permite asegurar que todos los asuntos significativos que podrían ser identificados en una auditoría lleguen a nuestro conocimiento. Por lo tanto, no expresamos una opinión de auditoría sobre los estados contables de período intermedio.

Conclusión

Sobre la base de nuestra revisión, estamos en condiciones de manifestar que no se nos han presentado circunstancias que nos hicieran pensar que los estados contables adjuntos de la Sociedad correspondientes al período de seis meses terminado el 30 de junio de 2017 no están presentados en forma razonable, en todos sus aspectos significativos, de acuerdo con las normas contables profesionales argentinas.

Información sobre otros requerimientos legales y reglamentarios

En cumplimiento de disposiciones vigentes, informamos que:

  1. Las cifras de los estados contables mencionados en el primer párrafo de este informe surgen de los registros contables de la Sociedad que, en sus aspectos formales, han sido llevados de conformidad con las disposiciones legales vigentes.
  2. En ejercicio del control de legalidad que nos compete, hemos aplicado durante el período de seis meses finalizado el 30 de junio de 2017 los restantes procedimientos descriptos en el artículo N°294 de la Ley N°19.550, que consideramos necesarios de acuerdo con las circunstancias, no teniendo observaciones que formular al respecto.
  3. No tenemos observaciones que formular en lo que es materia de nuestra competencia, sobre la información incluida en la nota 5 a los estados contables adjuntos al 30 de junio de 2017, en relación con las exigencias establecidas por la Comisión Nacional de Valores respecto al Patrimonio Neto Mínimo y Contrapartida.

Ciudad de Buenos Aires, 8 de agosto de 2017

POR COMISIÓN FISCALIZADORA

SILVIA CHINEN (Síndico)
Contador Público (U.B.A.)
C.P.C.E.C.A.B.A Tomo 112 Folio 200