Transaction in Own Shares • Oct 2, 2023
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Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A. ("BBVA" o la "Sociedad"), de conformidad con lo establecido en la legislación del Mercado de Valores, comunica la siguiente:
Como continuación de la comunicación de la Información Privilegiada del 28 de julio de 2023, con número de registro en la CNMV 1944, y una vez recibida la preceptiva autorización por parte del Banco Central Europeo, BBVA comunica la ejecución de un programa temporal de recompra de acciones propias de conformidad con lo previsto en el Reglamento (UE) nº 596/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo de 16 de abril de 2014 sobre el abuso de mercado ("MAR") y en el Reglamento Delegado (UE) nº 2016/1052 de la Comisión, de 8 de marzo de 2016, (el "Reglamento Delegado" y, junto con MAR, los "Reglamentos") con el propósito de reducir el capital social de BBVA (el "Programa de Recompra") y con los términos y condiciones que se detallan a continuación:
| Finalidad: | Reducir el capital social de BBVA mediante la amortización de las acciones adquiridas. |
|---|---|
| Importe monetario máximo: |
El importe monetario máximo será de 1.000 millones de euros. |
| Número máximo de acciones: |
El número máximo de acciones de BBVA a adquirir será de 564.646.606. |
| Inicio de la ejecución: |
La ejecución dará comienzo el 2 de octubre de 2023. |
| Finalización de la ejecución: |
El Programa de Recompra finalizará como tarde el 21 de septiembre de 2024 y, en todo caso, cuando se alcance el importe monetario máximo o se adquiera el número máximo de acciones. |
| No obstante, la Sociedad se reserva el derecho a suspender temporalmente o finalizar anticipadamente la ejecución del Programa de Recompra si concurriera alguna circunstancia que así lo aconsejara o exigiera. |
|
| Centro de negociación: |
Las adquisiciones se efectuarán en el Sistema de Interconexión Bursátil Español – Mercado Continuo (el "Mercado Continuo") y en DXE Europe. |

Recompra:
Gestor: La ejecución se llevará a cabo internamente por la Sociedad, ejecutando las operaciones de compra a través de BBVA.
Condiciones del Programa de El Programa de Recompra se ejecutará en las condiciones siguientes:
(i) Mediante la compra en cada sesión bursátil en el Mercado Continuo (que no sea un Día Discontinuado) de 2.500.000 de acciones (el "Número Objetivo de Acciones Diario en el Mercado Continuo"), salvo causas de fuerza mayor o si no se pudiese llegar a comprar dicho número de acciones por las limitaciones derivadas de lo dispuesto en el artículo 3.2 del Reglamento Delegado; lo cual, en su caso, será debidamente comunicado en las comunicaciones periódicas que se realicen de acuerdo con los Reglamentos, señalando el motivo por el cual no se han adquirido el Número Objetivo de Acciones Diario en el Mercado Continuo.
A estos efectos, por Día Discontinuado se entiende cualquier sesión bursátil del Mercado Continuo en la que se produzca una disrupción significativa del mercado o de la cotización de las acciones de BBVA (incluyendo si su precio de cotización se sitúa por debajo de su valor nominal durante una parte sustancial de la sesión) o si el volumen de contratación de la acción de BBVA es inferior a 2,5 veces el Número Objetivo de Acciones Diario en el Mercado Continuo.
(ii) Las acciones propias se comprarán respetando en todo caso las condiciones y los límites de precio y volumen establecidos en los Reglamentos.
En particular, se hace constar que el Número Objetivo de Acciones Diario en el Mercado Continuo es inferior al 25% del volumen diario medio de las acciones de BBVA en el Mercado Continuo en el mes precedente a la presente comunicación (por lo que se cumple lo dispuesto en el artículo 3.3.a) del Reglamento Delegado).

(i) Mediante la compra en cada sesión bursátil en DXE Europe (que no sea un Día Discontinuado) de 500.000 acciones (el "Número Objetivo de Acciones Diario en DXE Europe"), salvo causas de fuerza mayor o si no se pudiese llegar a comprar dicho número de acciones por las limitaciones derivadas de lo dispuesto en el artículo 3.2 del Reglamento Delegado; lo cual, en su caso, será debidamente comunicado en las comunicaciones periódicas que se realicen de acuerdo con los Reglamentos, señalando el motivo por el cual no se han adquirido el Número Objetivo de Acciones Diario en DXE Europe.
A estos efectos, por Día Discontinuado se entiende cualquier sesión bursátil de DXE Europe en la que se produzca una disrupción significativa del mercado o de la cotización de las acciones de BBVA (incluyendo si su precio de cotización se sitúa por debajo de su valor nominal durante una parte sustancial de la sesión) o si el volumen de contratación de la acción de BBVA es inferior a 2,5 veces el Número Objetivo de Acciones Diario en DXE Europe.
(ii) Las acciones propias se comprarán respetando en todo caso las condiciones y los límites de precio y volumen establecidos en los Reglamentos.
En particular, se hace constar que el Número Objetivo de Acciones Diario en DXE Europe es inferior al 25% del volumen diario medio de las acciones de BBVA en DXE Europe en el mes precedente a la presente comunicación (por lo que se cumple lo dispuesto en el artículo 3.3.a) del Reglamento Delegado).
Las operaciones de compra de acciones realizadas, así como la finalización o, en su caso, la interrupción de la ejecución del Programa de Recompra, serán debidamente comunicadas de acuerdo con los Reglamentos.
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